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GA . .::. OFICIAL - ordenjuridico.gob.mx · ARTíCULO 13º la entrada de los niños/as que ingresen al CENDI para que sean considerados en el servicio de COMEDOR para su DESAYUNO

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Calle Morelos, No. 43, Col. Centro Te!. 817-81-54 Xalapa-Enríquez, Ver.

TomoCLXXXVIll Xalapa-Enríquez, Ver., lunes 15 de julio de 2013 Núm. Ext. 272

NÚMERO EXTRAORDINARIO

Página 2 GACETA OFICIAL Lunes 15 de julio de 2013

INSTITUTO DE PENSIO·NES ~DEL~ ESTADO DE VERACRUZ

REGLAMENTO INTERNO

DEL CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL

"DIVINA MORALES DE GUTIÉRREZ BARRIOS"

MARZO 2013

Lunes 15 de julio de 2013

CAPíTULO I

CAPíTULO 11

CAPíTULO 111

CAPíTULO IV

CAPíTULO V

CAPíTULO VI

CAPíTULO VII

CAPíTULO VIII

CAPíTULO IX

CONCEPTO

GACETA OFICIAL

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CENTRO DESARROLLO INFANTIL "DIVINA MORALES DE GUTlÉRREZ BARRIOS"

íNDICE

DISPOSICIONES GENERALES

ESTRUCTURA FíSICA Y ORGÁNICA DEL CENDI

DE lOS SERVICIOS PROPORCIONADOS POR El CENDI

INGRESO DEL NIÑO/DE LA NIÑA

DEL HORARIO DEL SERVICIO

ATRIBUCIONES DEL CENDI

DERECHOS DE lOS PADRES/MADRES DE FAMILIA O TUTOR/A

OBLIGACIONES DE lOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA

DE lAS MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS

ARTícULOS TRANSITORIOS

FORMATOS ANEXOS

FIRMAS DE AUTORIZACiÓN

Página 3

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CENTRO DESARROllO INFANTil "DIVINA MORALES DE GUTlÉRREZ BARRIOS"

Lunes 15 de julio de 2013

El presente Reglamento fue aprobado mediante Acuerdo No. 75, 971-A por el H. Consejo Directivo del Instituto de

Pensiones del Estado de Veracruz, en términos de lo dispuesto en el artículo 82 fracción 111 de la ley No. 20 de Pensiones del Estado de Veracruz, en la sesión plenaria de fecha 20 de Marzo de 2013, cuyo texto se transcribe a

continuación:

MISiÓN

Educar integralmente a los nmos y nmas con los principios y valores universales, identificando sus talentos personales para así coadyuvar en el desarrollo de los mismos y brindarles las competencias que fomenten en ellos y ellas la disciplina y las actitudes para hacerlos futuros profesionistas de éxito; mediante la mejora continua de trabajo coordinado por personal educativo, administrativo y padres y madres de familia.

VISiÓN

Ser una institución de alto prestigio en la educación de nuestros alumnos/as, reconocida por el carácter

comprometido con la verdad, la cultura de la investigación educativa, el aprendizaje constante y actualización de nuestro personal, así como incorporación permanente de las nuevas tendencias educativas y el uso de las tecnologías de la información y comunicación.

CAPíTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTíCULO l Q _Brindar atención, cuidado y asistencia pedagógica al niño o niña durante su permanencia en el Centro de Desarrollo Infantil, que coadyuven en satisfacer sus necesidades básicas en su formación

y desarrollo intégralen un espacio adecuado, amplio, cálido e higiénico.

ARTíCULO 2Q El CENDI tiene como finalidad la atención y cuidado de niños y niñas dentro de un horario específico, orientados a favorecer su formación integral y armónica desde los 45 días de nacido hasta el término del ciclo escolar de Preescolar 111.

ARTíCULO 3Q

ARTíCULO 4Q

CAPíTULO 11

ESTRUCTURA FíSICA Y ORGÁNICA DEL CENDI

El CENDI dispone de 5 salas acondicionadas para la atención de lactantes, maternales y preescolar; además de contar con área médica, administración, cocina, comedor, salón de usos múltiples,

áreas verdes.

El personal que presta servicio en la institución conforma el equipo técnico y estará integrado por:

• Administradora o Administrador.

• Auxiliares administrativos.

• Médico/a.

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• Enfermera/o.

• Educadoras/es

• Asistentes educativos

• Cocinera/o.

• Asistente de cocina.

• Encargada/o de banco de leche y almacén.

• Vigilantes.

• Intendentes.

ARTíCULO 5º El personal del CENOI se rige bajo los Estatutos del Instituto de Pensiones del Estado de Veracruz,

así como a lo establecido en el Manual de Organización de la Subdirección de Prestaciones Institucionales y en el Manual de Procedimientos de la misma.

CAPíTULO 111

DE lOS SERVICIOS PROPORCIONADOS POR EL CENDI

ARTícULO 6º Corresponde al CENOI del Instituto de Pensiones del Estado de Veracruz, lo siguiente:

1. Proporcionar a niños y niñas asistencia médica, educativa, recreativa, y alimentaria en los términos establecidos en el presente Reglamento.

2. El servicio del CENOI será para hijos o hijas de Trabajadores/as Oerechohabientes del IPE, así como a público en general; a estos últimos se les denominará PARTICULARES.

En caso de que 'haya vacantes, tendrá prioridad el hijo/a del padre/madre o tutor/a que preste su servicio en el

Instituto de Pensiones del Estado de Veracruz.

ARTíCULO 7º

ARTíCULO 8º

El servicio que proporciona el CENOI se clasifica de la siguiente forma:

GRUPOS

LACTANTES A lACTANTES B LACTANTES C MATERNAL

PREESCOLAR I PREESCOLAR 11

PREESCOLAR 111

EDADES

(niños/as de 45 días a 6 meses) (niños/as de 7 a 11 meses) (niños/as de 1 año a 1 año 6 meses) (niños/as de laño 7 meses a 2 años 11 meses)

(niños/as de 3 años a 3 años 11 meses) (niños/as de 4 años a 4 años 11 meses)

(niños/as de 5 años hasta el término del ciclo escolar)

CAPíTULO IV

INGRESO DEL NIÑO/lA NIÑA

El ingreso de una niña/un niño al CENOI, será en base al artículo 6º numeral 2 del presente reglamento y a la capacidad física de cada sala, a la edad y maduración del niño o la niña.

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ARTíCULO 9º la promoción de los niños/as, dependerá de la edad y la maduración de los mismos.

ARTíCULO 10º Al inicio del ciclo escolar, el CENDI entregará al padre/madre de familia o tutor/a la lista de material que utilizará el niño o la niña, y si éste no fuera suficiente, será requerido al intermedio de dicho ciclo por la educadora encargada del grupo.

ARTíCULO 11º El CENDI al inicio del ciclo escolar entregará a los padres/madres de familia o tutor/a el calendario de actividades y el calendario oficial de días de descanso obligatorio para empleados al servicio del Poder Ejecutivo del Estado de Vera cruz.

CAPíTULO V

DEL HORARIO DEL SERVICIO

ARTíCULO 12º El horario establecido de servicio de atención de los niños y niñas en el CENDI es de 07:30 a 16:00 Hrs.

ARTíCULO 13º la entrada de los niños/as que ingresen al CENDI para que sean considerados en el servicio de COMEDOR para su DESAYUNO será de 07:30 a 08:30 Hrs., con tolerancia de 5 minutos, pasado el minuto 36 se suspenderá la recepción del niño o niña, salvo en casos de permiso por consulta médica y exámenes de laboratorio.

ARTíCULO 14º El niño o niña que no pueda ingresar al CENDI en el horario señalado en el artículo anterior, tienen la opción de poder entrar en el horario de 09:15 a 09:30 Hrs., no tendrán derecho a la tolerancia y deberán ingresar al plantel ya desayunados.

ARTíCULO 15º El horario de salida para hijos/as de trabajadores/as basificados dellPE y alumnos/as PARTICULARES, será a partir de 13:00 Hrs., hasta las 15:30 Hrs., con una tolerancia de 15 minutos (15:45 Hrs.), pasado el minuto 45 será considerado como retardo.

El horario de salida para hijos/as de trabajador/as de confianza del IPE será de 13:00 Hrs., hasta las 16:30 Hrs., con una tolerancia de 15 minutos (16:45 Hrs.) pasado el minuto 46 será considerado como retardo.

ARTíCULO 16º En el caso de los/las PARTICULARES que requieran extensión de horario de salida con un máximo de 1 hora, tendrá un costo adicional, lo cual deberá ser notificado previamente a la administración del CENDI.

CAPíTULO VI

ATRIBUCIONES DEL CENDI

ARTfcULO 17º En caso de urgencia, se llamará primeramente vía telefónica al padre/madre o tutor/a del niño o

niña, y en el supuesto de no ser localizados se llamará a alguna de las personas que designaron en

la cédula de identificación.

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ARTíCULO 18º los padres/madres de familia o tutor/a, podrán pasar al interior de las salas, sólo con autorización

de la administración del CENOI.

ARTíCULO 19º En el momento de la recepción al CENOI, el niño o niña pasará al filtro médico para ser examinado

por el personal autorizado quien decidirá su ingreso a la sala correspondiente.

CAPíTULO VII

DERECHOS DE lOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA O TUTOR/A

ARTíCULO 20º Conocer oportuna y ampliamente el Reglamento que rige al CENOI.

ARTíCULO 21º Ser tratados con respeto y dignidad por el personal del CENOI.

ARTíCULO 22º . Ser convocado/a oportunamente a las reuniones informativas que se programen en el CENOI.

ARTíCULO 23º Recibir oportunamente las cartillas de evaluación y la documentación respectiva del niño o niña

que cursa Preescolar 1,11 Y 111.

ARTícULO 24º Solicitar entrevistas con el personal que preste su servicio en el CENOI y ser atendidos/as con

previa cita.

ARTíCULO 25º Recibir la información oportuna del desempeño del niño o niña, tanto en el aspecto conductual

como el académico.

ARTíCULO 26º Participar en las actividades socio-culturales que organice el CENOI.

ARTíCULO 27º Comunicar sus inquietudes relacionadas con el servicio que se proporciona, en primera instancia

con el ó la titular del CENOI.

CAPíTULO VIII

OBLIGACIONES DE lOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA

ARTíCULO 28º los padres y madres de familia o tutor/a deberán cumplir con los requisitos de inscripción para

considerar al niño o niña como aspirante a ingresar al CENOI." (Anexo 1)

ARTíCULO 29º los padres y madres de familia o tutor/a deberán de llenar los siguientes formatos que forman

parte de los requisitos de inscripción:

• Solicitud de Inscripción (Anexo 2)

• Constancia de plática de nuevo ingreso (Anexo 3)

• Carta responsiva médica (Anexo 4)

• Ficha de preinscripción (Anexo 5)

• Cédula de Identificación (Anexo 6)

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• Carta Compromiso (Anexo 7)

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ARTícULO 30º El padre/madre de familia o tutor/a del menor, deberá cumplir con las entrevistas pedagógica, médica y administrativa para el ingreso del niño/a al CEND!.

ARTíCULO 31º los padres/madres de familia deberán asistir a la junta inicial con la finalidad de recibir información de actividades pedagógicas, conocer fechas calendario de suspensiones del servicio durante el año escolar; conocer la plantilla del personal y actividades de cada integrante; la conformación de los integrantes de la sociedad de padres y madres de familia; así como asistir a las juntas, pláticas y entrevistas que durante el ciclo escolar se convoquen.

ARTíCULO 32º los padres y madres deberán entregar y recoger a sus hijos/as personalmente y/o las personas que ellos autoricen en la cédula de identificación del niño ó niña. En casos que por circunstancias ajenas no puedan, éstos últimos están obligados a informar al CENDI quién acudirá por el niño o la niña, proporcionando el nombre y apellidos, los cuales serán corroborados con la credencial de elector que deberá presentar a la entrada de las instalaciones.

ARTíCULO 33º los padres/madres de familia o tutor/a deberán de entregar el material requerido en el Art. lO, en un plazo no mayor de 30 días, a partir de la fecha que se proporcionó la lista.

ARTíCULO 34º Deberá traer al niño/niña aseado/a y con los artículos y prendas requeridos para el uso diario dentro del CENDI, los cuales serán:

lactantes

Maternales

Preescolares

babero, 2 mudas de ropa completa, 4 pañales, 2 bolsas de plástico, de 2 a 4 biberones dependiendo de la edad.

2 mudas de ropa completas, 2 bolsas de plástico, 4 pañales dependiendo de la edad, 2 baberos y bata, y para el control de esfínteres, zapato de plástico, 2 pantalones extras y 1 playera vieja para la clase de pintura.

bata, 1 muda de ropa la cual permanecerá en el CEND!.

ARTíCULO 35º Cuando el niño o niña presente síntomas de enfermedad infectocontagiosas, luxación, fractura o pediculosis (PIOJOS), entre otras, los padres y madres de familia o tutor/a no deberán acudir con

ést~/a al CEND!.

ARTíCULO 36º En caso de ser necesario, suministrar medicamentos al menor durante su estancia en el CENDI, que no implique la aplicación de inyecciones o vacunas, los padres y madres deberán proporcionar el medicamento descrito, acompañado de la receta médica y anotar claramente en los medicamentos el nombre del niño o la niña, la sala, la dosis y horario de administración del medicamento.

ARTíCULO 37º Deberán acudir a la brevedad posible a recoger a sus hijos e hijas cuando se les comunique que han sufrido un accidente o que están enfermos.

ARTíCULO 38º los padres y madres de familia deberán firmar la CARTA RESPONSIVA (anexo 3), donde exime de toda responsabilidad al personal del CENDI en lo que respecta a la salud del niño o niña en los casos previstos en la misma.

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ARTíCULO 39º los padres y madres no deberán permitir que el ó la menor lleve al CENDI objetos de valor,

juguetes, golosinas u objetos peligrosos.

ARTíCULO 40º Sólo con la autorización de la administración del CENDI, los padres y madres podrán pasar al

interior de las salas.

ARTíCULO 41º En el momento de recepclOn del menor se le examinará diariamente por el médico/a o la enfermera/o en el filtro del CENDI para decidir su ingreso a la sala correspondiente.

ARTíCULO 42º Cuando los padres y madres de familia o tutor/a decidan dar de baja al menor, deberá notificarse

por escrito al titular del CENDI, explicando el motivo.

ARTícULO 43º Durante los periodos vacacionales de JULIO y DICIEMBRE, los y las PARTICULARES cubrirán únicamente el 50% de la cuota mensual vigente.

ARTícULO 44º los PARTICULARES deberán cubrir las cuotas fijadas por el IPE, durante los primeros 5 días hábiles

de cada mes, debiendo comprobante de pago a la Administración del CENDI, quien realizará el trámite ante ellPE para la emisión del recibo de caja correspondiente.

ARTíCULO 45º Si la colegiatura se paga después de los 6 días hábiles, tendrá un recargo mensual del 10% del

monto total de la mensualidad.

ARTícULO 46º Si los y las PARTICULARES requieren extensión de horario; es decir, 1 hora más del horario de salida

estipulado, se deberá realizar la aportación del monto por este concepto.

ARTíCULO 47º Se deberá reportar al CENDlla/s falta/s de asistencia del niño o niña, cualquiera que sea el motivo

que la origine.

Para los niños y niñas que cursen el Preescolar será necesario presentar el justificante de la/s falta/s por escrito, para no afectar la cartilla de evaluación

ARTíCULO 48º El padre/madre o tutor/a que deje de prestar sus servicios para ellPE contarán con 5 días hábiles a partir de esa fecha para dar de baja a su hijo/a, o en su caso deberá pagar la parte proporcional de

la colegiatura del mes un curso.

ARTíCULO 49º Toda sugerencia o queja deberá hacerse al Titular del CENDI, dentro del horario de labores o depositarse en el buzón de sugerencias instalado en el plantel.

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CAPíTULO IX

DE lAS MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS

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ARTíCULO SOº El incumplimiento de las condiciones que establece el presente reglamento, dará lugar a la aplicación de las siguientes medidas:

1. Amonestación verbal 2. Amonestación escrita 3. Suspensión temporal

4. Suspensión definitiva

ARTícULO Slº la amonestación verbal procederá cuando se viole por primera vez alguna de las disposiciones de este reglamento, y se hará personalmente por el ó la titular del CENOI.

ARTíCULO S2º la amonestación escrita procederá cuando a pesar de la amonestación verbal se incurra nuevamente en la misma irregularidad, y será comunicada por el ó la titular del CENOI.

ARTíCULO S3º El ó la titular del CENOI suspenderá en forma temporal o definitiva, la prestación de los servicios a un menor por causas médicas o administrativas

ARTíCULO S4º Serán causas de suspensión temporal del servicio:

1. Por enfermedad transmisible o crónica del menor.

2. Por pediculosis (PIOJOS).

3. Por fractura, luxación. Esguince.

4. Por desaseo habitual evidente en el niño o niña.

5. Por la acumulación de tres retardos a la salida en el mes correspondiente, causará suspensión

del niño o niña 1 día hábil.

6. Por negligencia de la madre o el padre ante un problema específico del menor que haya sido

detectado por el personal médico o pedagógico, hasta en tanto se compruebe que ya ha sido

atendido para lo cual deberá presentar una constancia de tratamiento y su reingreso quedará

a juicio del titular del CENOI.

7. Por no acudir a entrevistas o pláticas para tratar asuntos relacionados con el niño o niña.

8. Por incumplimiento de la entrega de material escolar en el plazo señalado en el artículo 33.

9. Por incumplimiento estipulado en el artículo 46.

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ARTícULO SSº Serán causas de suspensión definitiva:

Página 11

1. Cuando el padre/madre o tutor/a cause baja como trabajador/a dellPE y no haya dado de baja

al niño o niña transcurridos 5 días a partir de que dejó de laborar.

2. Cuando el ó la menor de acuerdo a su edad, ya deba ingresar a otro nivel educativo, de

acuerdo al Artículo 2 de este Reglamento.

3. Cuando sin previo aviso o justificación, el niño ó la niña falte 15 días consecutivos.

4. Por algún padecimiento que ponga en peligro la integridad del niño ó la niña o la de los otros

menores.

5. Por incumplimiento de la atención oportuna de niños reportados y canalizados a servicios especializados.

ARTíCULO s6º la suspensión temporal o definitiva del niño o niña será comunicada por escrito y entregada personalmente al padre/madre o tutor/a por el titular del CENO!.

ARTícULOS TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial, órgano de

difusión del Gobierno del Estado.

SEGUNDO. Se abrogan los acuerdos y reglamentos emitidos con anterioridad, que contravengan lo dispuesto en el presente.

TERCERO. los trámites que se encuentren pendientes de resolverse al momento del inicio de la vigencia del presente Reglamento, continuarán su procedimiento conforme al Reglamento abrogado.

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FORMATOS ANEXOS

1.0 REQUISITOS DE INGRESO.

2.0 SOLICITUD DE INGRESO.

3.0 CONSTANCIA DE PLÁTICA DE NUEVO INGRESO.

4.0 CARTA RESPONSIVA MÉDICA.

5.0 FICHA DE PREINSCRIPCIÓN.

6.0 CÉDULA DE IDENTIFICACiÓN.

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7.0 CÉDULA DE AUTORIZACiÓN PARA RECOGER AL NIÑO O LA NIÑA Y COMUNICARSE EN CASO DE

URGENCIA.

8.0 CARTA COMPROMISO.

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ANEXO 1

REQUISITOS DE INSCRIPCiÓN

ENTREGAR LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

• Dos copias del ACTA DE NACIMIENTO del niño o niña.

• 2 FOTOFRAFíAS tamaño infantil actual del niño o niña

• 1 FOTOGRAFíA de ambos padres y de las personas autorizadas para recogerlo{a) o asistir en casos

urgencias.

• 1 copia de la CURP del niño o niña.

• 1 copia de la CARTILLA DE VACUNACiÓN del niño o niña

• 1 copia de la ALTA HOSPITALARIA del niño o la niña.

• Resultados de ESTUDIOS DE LABORATORIO:

• Biometría hemática completa (BHC)

• Coproparasitoscópico en serie de tres

• Exámen general de orina (EGO)

• Tipo sanguíneo con factor RH (sólo de nuevo ingreso) • Exudado faríngeo (a partir de 1 año de edad)

LLENAR LOS SIGUIENTES FORMATOS:

• Solicitud de Inscripción

• Constancia de plática de nuevo ingreso

• Carta responsiva médica

• Ficha de preinscripción

• Cédula de Identificación

• Carta de conformidad

Página 13

de

EL PADRE/MADRE o TUTOR/A, DEBERÁ ASISTIR EN LA FECHA Y HORA FIJADA DE LA ENTREVISTA, LLEVANDO LOS DOCUMENTOS MÉDICOS Y

ADMINISTRATIVOS REQUERIDOS; POR LA OMISiÓN DE ALGÚN DOCUMENTO, NO SE RECEPCIONARÁ NINGUNO.

PADRE/MADRE O TUTOR/A TRABAJADOR/A DEL IPE:

Anexar constancia laboral actualizada por el Departamento de Recursos Humanos deII.P.E.

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ANEXO 2

INGRESO

REINGRESO

SOLICITUD DE INSCRIPCI6N

SALA: _______ _

CICLO ESCOLAR: _____ _

NOMBRE DEL NIÑO O

NIÑA: ;,?ElLlDO

FECHA DE NACIMIENTO:

NOMBRE DE LA MADRE

CcNTRU DE 1 RMli\J0

SEXO:

• hOiV1BRI-

DATOS LABORALES

-----~~

[lOMiClUO DEL ,RABAJO

• MLJJ;,I{

TELÉI-ONO CELULAR:

DEL PADRE:

CCNTRe DE TRf\!3AIO

DATOS LABORALES

DOMICILIO DEL TRABA;O

Xalapa, Enriquez, Ver., 3_ de ______ de __ _

NOMBRE Y FIRMA DEL PADRE/ MADRE O TUTOR/A

Lunes 15 de julio de 2013

Lunes 15 de julio de 2013 GACETA OFICIAL

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ANEXO 3

CONSTANCIA DE PLÁTICA DE NUEVO INGRESO

--SALA A LAQUE

INGRESA:

NOMBRE DEL NIÑOONIÑA:

i-----~.wELL! DO

PATERNO APEl.lIDO MATEHNO

NOMBRE (5

NOMBRE DEL i: __ .. ____ . _______ . ______ . _____ .-r _____ . _______ . ___ . _______ ~ .... -.--------------~ PADRE/ i APELLIDO PATERNO 1 .APE! lIDO MATERNO i NOMBRE (SI

MADRE o !

POR MEDIO DEL PRESENTE, SE HACE CONSTAR QUE RECIBf PLÁTICA DE NUEVO INGRESO EN LA QUE SE ABORDARON LOS SIGUIENTES TEMAS:

o CONFORMACIÓN DE ESTRUCTURA FíSICA Y ORGÁNICA DEL CEND!.

o PRESENTACIÓN DEL PERSONAL AUTORIZADO PARA PROPORCIONAR INFORMACiÓN RELACIONADA CON ASPECTOS

COTIDIANOS INHERENTES AL MENOR.

o ENTREGA DEL REGLAMENTO INTERNO DEl CENDI "DIVINA MORALES DE GUTIÉRREZ BARRIOS"

o INFORMACiÓN ACERCA DE LA ACREDITACIÓN DE SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS

DELCEND!.

o SOLICITUD DE CONSTANCIA DE TRABAJO EN LA INSCRIPCIÓN O REINSCRIPCIÓN DEL MENOR COMO TRABAJADORES DELIPE, V EN CASOS EXTRAORDINARIOS, CUANDO SEA AUTORIZADO POR EL DIRECTOR, APLICAR DESCUENTO EN EL COSTO DEL SERVICIO PARA PARTICULARES V/O ABUELOS TRABAJADORES ACTIVOS DElIPE.

o ACCIONES PARA REALIZAR ENTREVISTAS CON LA DIRECTORA O CON El RESPONSABLE DEL SERVICIO DEL QUE REQUIERAN

ORIENTACiÓN, ACERCA DE LOS ASPECTOS CONCERNIENTES Al MENOR.

o PRESENTACIÓN DE QUEJAS V SUGERENCIAS A TRAVÉS DE LAS ENCUESTAS DE OPINiÓN O MEDIANTE EL USO DEL BUZÓN

UBICADO EN LAS MISMAS INSTALACIONES DEL CENDI.

o IMPACTO DE LAS FALTAS INJUSTIFICADAS V JUSTIFICADAS DE LOS MENORES.

o AGRUPAMIENTO POR SALA DE ATENCiÓN DE LOS MENORES, DE ACUERDO CON LA EDAD CRONOLÓGICA.

o PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA EN LAS JUNTAS V/O PLÁTICAS PEDAGÓGICAS, MÉDICAS, ADMINISTRATIVAS,

ETC., CONVOCADAS POR EL CEND!.

o INFORMACiÓN DE LAS PERSONAS AUTORIZADAS PARA RECOGER AL NIÑO O NIÑA, LOS CUALES QUEDARÁN CONSTADAS EN

LA CÉDU LA DE IDENTIFICACiÓN.

Xalapa, Enríquez, Ver., a_ de _______ de __ _

NOMBRE V FIRMA DEL PADRE/ MADRE O TUTOR/A

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ANEXO 4

CARTA RESPONSIVA MÉDICA

Lunes 15 de julio de 2013

El/la que suscribe _________________ -', PADRE/MADRE O TUTOR/A del

niño o niña eximo de toda responsabilidad al CENDI con

relación a la salud de mi hijo/a, en caso de presentar las siguientes situaciones:

1. Por no haber declarado a su ingreso, algún padecimiento que ya sea de nacimiento o posterior que

presente mi hijo/a; y estoy de acuerdo de que sea suspendido/a en forma temporal mientras tanto no

sea tratado/a y dado/a de alta por el servicio especializado correspondiente.

2. Si mi hijo/a estuviera en tratamiento médico, presentaré la receta correspondiente para su seguimiento;

en caso de no contar con ésta, deberé firmar la libreta de control de suministros de medicamentos para

que sean administrados por el personal autorizado del CENDI.

3. Cuando se presente una urgencia con mi hijo/a, otorgo mi consentimiento para que pueda ser

atendido/a por el personal autorizado del área médica del CENDI, y si la urgencia lo amerita, sea

canalizado/a a la clínica de salud más cercana.

4. En caso de que se presente una urgencia con mi hijo/a y no contactarme, autorizo para que se le hable a

las personas registradas en la cédula de identificación.

Xalapa, Enríquez, Ver., a_ de _______ de __ _

ATENTAMENTE

NOMBRE Y FIRMA DEL PADRE/ MADRE o TUTOR/A

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ANEXO S

FICHA DE PREINSCRIPCIÓN

NOMBRE DEL

NIÑO O NIÑA: APELLIDO PATERNO

I APELLIDO MATERNO

I NOMBRE (S)

FECHA DE NACIMIENTO: EDAD ACTUAL: SEXO:

I I I I 1 • HOMBRE • MUJER

OlA

I MES ! AÑO AÑOS

i MESES OlAS

I i ----- -------_ ......... ----

I I I CURP I NACIONALIDAD LENGUA MATERNA i ASISTiÓ A UN CENTRO I i

I

I EDUCATIVO I I

• SI • NO ¿PORQUÉ?

-

PESO I ESTATURA ! TIPO DE SANGRE ¡ DISCAPACIDAD ENFERMEDADES I I

I I I ~- , ,

I I I --- ._---_._-'------ _0 ____ - ______________ I --

_ ..... "

INDICAR SI PADECE ALGUNA ALERGIA: ---------¡

I -"--,~-------

I ¿A MEDICAMENTOS? I ¿A COMIDA? ¿AL AMBIENTE? i ¿OTRA ALERGIA? I TRATAMIENTO ACTUAL I

I I ,

I ! i • SI I • NO I • SI I • NO • SI I • NO I

I I i 1

, ¿CUÁL?

I

¿CUÁL? ¿CUÁL? I j

I I I I I

¿ESPECIFICAR EL TIPO DE SERVICIO NQ AFILIACiÓN ¿VA AL BAÑO SOLO?

MÉDICO CON QUE CUENTA?

. NO

I I •

Página 17

Página 18 GACETA OFICIAL Lunes 15 de julio de 2013

INSTITUTO DE PENSIONES DEL ESTADO REGLAMENTO INTERNO DEL

CENTRO DESARROLLO INFANTIL "DIVINA MORALES DE GUTIÉRREZ BARRIOS"

! ---

ESPECIFICAR LUGAR DE RESIDENCIA:

DOMICILIO COLONIA No. c.P. LOCALlDAD/ MPIO. ENTIDAD

- ----

-

ENTRE QUE CALLES

I TELÉFONO DE CASA:

--

REFERENCIAS DE ACTA DE NACIMIENTO

LIBRO No.

ACTA No.

CRIP

f----No. DE CONTROL

--

. -_._-_ ... _------ ___ o ._---_.-- --AÑO DE REGISTRO DEl ACTA

- -_._-- ----PADRE/MADRE O TUTOR/A

TUTOR/A: I SI NO PARENTESCO:

NOMBRE DE LA MAMÁ ler. APELLIDO ZO APELLIDO

FECHA DE NACIMIENTO CURP

SEXO ESTADO CIVIL

DOMICILIO No. INT.

ENTRE QUE CALLES?

COLONIA:

I ENTIDAD:

I 1 c.P.

I MUNICIPIO:

I LOCALIDAD:

TEL. DE CASA: TElo DE OFICINA: CELULAR:

OCUPACiÓN ¿SABE LEER Y ESCRIBIR? NIVEL DE ESTUDIOS:

GRADO: I

I GRUPO AL QUE INSCRIBE

Lunes 15 de julio de 2013 GACETA OFICIAL Página 19

. INSTITUTO DE PENSIONES DEL ESTADO

REGLAMENTO INTERNO DEL , CENTRO DESARROLLO INFANTIL

"DIVINA MORALES DE GUTIÉRREZ BARRIOS"

TUTOR/A SI NO PARENTESCO: -- --

NOMBRE DEL PAPÁ lER. APELLIDO 2Q. APELLIDO

FECHA DE NACIMIENTO CURP

SEXO ESTADO CIVIL

DOMICILIO I No. INT.

ENTRE QUE CALLES?

COLONIA: I ENTIDAD: I c.P.

MUNICIPIO: LOCALIDAD: ,

TEL. DE TEl. DE CASA: CELULAR:

OFICINA:

Xalapa, Enríquez, Ver., a_ de de

NOMBRE y FIRMA DEL PADRE/ MADRE O TUTOR/A

Página 20 GACETA OFICIAL

INSTITUTO DE PENSIONES DEL ESTADO REGLAMENTO INTERNO DEL

CENTRO DESARROLLO INFANTIL "DIVINA MORALES DE GUTIÉRREZ BARRIOS"

ANEXO 6

I ti! '1 .. adelante INSTITUTO DE PENSIONES DEl ESTADO DE VERACRUZ

CEDULA DE IDENTIFICACiÓN

SALA:

CICLO ESCOLAR:

SERVICIO MtOICO:

Fotografío del

alumno

NOMBRE DEL ALUMNOI A

Lunes 15 de julio de 2013

Lunes 15 de julio de 2013 GACETA OFICIAL

Nombre:

Parentesco:

Te!. Ofna.:

Te!. casa:

Tel. Celular:

Otro Te!.:

INSTITUTO DE PENSIONES DEL ESTADO REGLAMENTO INTERNO DEL

CENTRO DESARROLLO INFANTIL "DIVINA MORALES DE GUTIÉRREZ BARRIOS"

ANEXO 7

PERSONAS AUTORIZADAS PARA RECOGER AL NIÑO O NIÑA Y COMUNICARSE EN CASO DE URGENCIA

EJ EJ Nombre:

Parentesco:

Celular:

Tel. Oflc.:

EJ Nombre:

Parentesco:

Celular:

Otro Te!.:

EJ Nombre:

Parentesco:

Celular:

Otro Te!': F'RMA

PADRE/ MADRE o TUToR/A

. Página 21

Página 22 GACETA OFICIAL

INSTITUTO DE PENSIONES DEL ESTADO REGLAMENTO INTERNO DEL

CENTRO DESARROLLO INFANTIL "DIVINA MORALES DE GUTIÉRREZ BARRIOS"

ANEXOS

CARTA COMPROMISO

El/la suscrito/a ________________ _

Lunes 15 de julio de 2013

por medio del presente

manifiesto bajo protesta de decir verdad que conozco el contenido del Reglamento Interno

que rige la vida interna del CENDI "Divina Morales de Gutiérrez Barriosl/, mismo que recibí en

la inscripción y el cual me comprometo a cumplir y respetarlo en todo y cada uno de sus

términos previamente establecidos.

Xalapa, Enríquez, Ver., a_ de _______ de __

NOMBRE Y FIRMA POR

PADRE/MADRE O TUTOR! A

Lunes 15 de julio de 2013 GACETA OFICIAL

INSTITUTO DE PENSIONES DEL ESTADO REGLAMENTO INTERNO DEL

CENTRO DESARROLLO INFANTIL "DIVINA MORALES DE GUTlÉRREZ BARRIOS"

FIRMAS DE AUTORIZACiÓN Xalapa-Enríquez, Ver., a 20 de marzo de 2013

ELABORÓ

PRO FR. JosÉ ADÁN CÓRDOBA MORALES

SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO

Rúbrica.

REVISÓ

LIC. CAROLINA GALVÁN GALVÁN LIC. CARLOS ENRIQUE LEVET RIVERA

SUBDIRECTORA DE PRESTACIONES INSTITUCIONALES

Rúbrica.

SUBDIRECTOR JURíDICO Rúbrica.

AUTORIZÓ

LIC. ARMANDO ADRIANO FABRE

DIRECTOR GENERAL DEL IPE Rúbrica.

Página 23

folio 711