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Derecho Romano, las fuentes obligaciones y Contratos cuasicontratos
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Universidad Tecnológica de los AndesFacultad de Derecho y Ciencias Políticas
Derecho RomanoIntegrantes:
Bellido López, Lisenia Sutta Mottoccanchi, Fidel Valdez Solís, Rogelio Felipe
Tema:
«FUENTES DE LAS OBLIGACIONES Y
CONTRATOS»
OBLIGACIONES
Vínculo jurídico entre al menos dos personas determinadas, un acreedor y un deudor
Es una relación entre dos personas, contraída voluntariamente.
obligatio deriva de obligare “ligar o atar alrededor”
Evolución de las Obligaciones
Romanas
La sponsi
o:
El nexum
O vinculo era un rito donde debía suceder en presencia de no menos 5 testigos existiendo el compromiso a pagar la deuda. Y en el caso de que si no pagaba, pues el acreedor podía ejercitar contra el deudor.
Es un rito contractual verbal, cuyo contenido originario se le vincula a la religión, Consistía en una pregunta ¿spondes? (¿Te comprometes?) seguida de una respuesta: Spondeo (me comprometo) Debía utilizarse necesariamente el verbo spondere.
Objeto de las obligaciones:
Es el acto que el deudor debe cumplir, dando (DARE) o haciendo algo (FACERE)
Ejm, el objeto de un comprador es el acto pagar un dinero
Clasificación de Obligaciones.
Según su Objeto
Obligaciones de dar y de hacer: Consiste en dar al acreedor la propiedad de alguna cosa genérica o específica.Y la obligación de hacer es realizar cualquier otra conducta (+) (-)
Según su Vinculo
Por la autoridad que los sanciona.
DE DERECHO CIVIL: Aquellas obligaciones provistas de una acción que se deriva del derecho civil, son formales.OBLIGACIONES HONORARIAS: Las que tienen acción acordada por los magistrados (pretores) no son formales.DE DERECHO DE GENTES: Aquellas que emanaban de los contratos conocidos por el derecho de gentes y se podía dar entre ciudadanos romanos como extranjeros.
Clasificación de Obligaciones.
Según su Vinculo
Por Formalismo
DE DERECHO ESTRICTO (STRICTUS SENSU: Aquellas obligaciones cuya existencia se hace depender la realización de ciertos formalismos. Tenia como única prueba a los testigos.DE BUENA FE (BUONA FIDEI): Aquellas obligaciones cuyo perfeccionamiento no exigían formas solemnes si no el consentimiento de las partes. Debia probarse por escrito.
El alcance de la sanción
PERFECTAMENTE SANCIONADAS Aquellas obligaciones que permitía al acreedor obligar judicialmente al deudor a su cumplimiento.IMPERFECTAMENTE SANCIONADAS Aquellas obligaciones que no tenían provisto acciones que permitiera perseguir judicialmente al deudor. Y se puede asegurar por fianza o hipoteca.NATURALES IMPROPIAS: Tienen su razón de ser en preceptos religiosos, morales o convencionales, los típicos de la época romana.
Clasificación de Obligaciones.
Según su EfectoObligaciones propiamente dichas, amparadas por una acción.NATURALES Son aquellas desprovistas de actio y, por tanto, carentes de medio jurídico del cual pueda servirse el acreedor para constreñir al deudor al cumplimiento.
Por el contenido de la prestación
DARE Son aquellas obligaciones en donde el sujeto pasivo, deudor, está obligado a entregar una cosa. Ejm, compra ventaPRESTARE Aquellas obligaciones que tienen como objeto la entrega de una cosa, sin constituir un derecho real. Ejm. Arendamiento.FACERE: Tiene como objeto la realización de un acto, conducta positiva acción. Ejm, contrato de servicio.NO FACERE: : Aquellas obligaciones en donde el sujeto pasivo, deudor, está obligado a una conducta negativa, abstención.
Según su Prestación
Clasificación de Obligaciones.
Por el sentido de la prestación
POSITIVAS Serán aquellas obligaciones que consisten en la realización de una determinada acción DARE FACERE PRESTARE.NEGATIVAS Son aquellas cuyo objeto es la NO realización de una determinada actividad. NO FACERE
Según su Prestación
Por su temporalidad.
TRANSITORIAS Aquellas que limitan la actividad del deudor de un modo pasajero, temporáneo.CONTINUAS Son las obligaciones que imponen una limitación permanente al sujeto pasivo, deudor.
LAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES
Se denomina Fuentes de las Obligaciones a los actos que las generan o causan, dando el nacimiento de las obligaciones .
DEUDOR ACREEDOR
VÍNCULO
Prestaciones:
Dar
Hacer
No hacer
Cuasicontratos
Delito
LAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES
Contratos
Cuasidelito
Según Gayo las obligaciones nacen de contratos o delitos, distinguiendo 4 tipos de contratos o convenios- Reales- Verbales- Literales- Consensuales
Según Justiniano sigue clasificación de gayo añadiendo 2 categorías más que son - Cuasidelitos- Cuasicontratos
Cuasicontratos
DelitoContratos
Cuasidelito
LAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES
Son convenios en los que las dos partes se obligan recíprocamente, el cual genera obligaciones recíprocamente, distinguiéndose estos de los prestamos porque solo una de las dos partes devuelve la cosa recibida promesa dada.
Son las relaciones en las que no hay propiamente un acuerdo, pero generan alguna obligación, como quien recibe el pago de algo que no le era debido y queda obligado a devolverlo.
Son actos ilícitos, y quien lo comete queda obligado a pagar a favor de la victima por haber cometido el delito, ejem, el delincuente resulta deudor y la victima el acreedor .
Son actos que no son propiamente delitos porque no existe intención maliciosa o dolo, pero como causan daño se puede exigir a su autor una reparación.
LAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES SEGÚN D’ORS Y OTROS FIGURAS JURÍDICAS.Álvaro D'Ors y Pérez-Peix (nacido en Barcelona, 14 de abril
de 1915 - Pamplona, 1 de febrero de 2004) fue un jurista español. Fue, además, uno de los romanistas más influyentes del siglo XX
PRESTAMOS ESTIPULACIONESDELITOS CONTRATOS
DACIONES OB REMSon daciones hechas para que
quien recibe, el excipiente, dé o haga algo lícito. Por ejemplo, se
le da un esclavo para que lo manumita en cierto tiempo
Quien hizo la dación no tiene una acción para exigir que se cumpla lo convenido, pues la dación no es un contrato que
obligue a una contraprestación
Contractualización pretoria de algunas daciones ob rem.
Hubo dos daciones en las que el pretor dio una acción in factum para exigirel cumplimiento de lo convenido, con lo cual se aproximaron al régimen delos
contratos, particularmente al contrato de compraventa.
Los «contratos innominados»La doctrina posclásica, quizá
partiendo de la contractualización de la
permuta y la dación estimatoria, formuló la
categoría general de «contratos innominados»
Estos contratos innominados no obligaban por el mero acuerdo de
voluntades, no eran contratos consensuales, pero en cuanto una
de las partes se adelantaba a cumplir lo convenido
En la actualidad los contratos ya no son simplemente pactados
verbalmente en este caso actúan los documentos escritos que beneficien a ambas partes para un buen pacto.
DACIONES EX EVENTU
•Falta de propiedad, esto es que quien entregó no era propietario, •Falta de forma, si no se hizo el acto formal necesario.•Falta de capacidad (como un hijo de familia que actúa sin autorización del padre) para ceder la propiedad
•.
La condictio furtiva.Un caso importante de dación eventual es el que se produce respecto de una cosa robada. El ladrón no adquiere la propiedad de lo robado
DACIONES OB CAUSAM
El pago de lo no debido.El caso más importante de dación ob causam es el de pago, por error, de algo no debido
Dación por un convenio inmoral o ilícito.Otro caso de dación ob causam es cuando alguien da algo por causa de unconvenio inmoral o ilícito
Otros casos de daciones ob causam.Hay muchos otros casos de este tipo de daciones, entre los que cabemencionar
CONSTITUTUM O CONSTITUCIÓN DE PLAZO.
COMODATO
Acción del comodato (actio comodati).
Posición jurídica del comodatario respecto de la cosa
Responsabilidad del comodatario por la custodia de la cosa
PRENDAObjetos que pueden darse en
prenda
Posición jurídica del acreedor respecto de la prenda
La acción pignoraticia personal.
Eventual responsabilidad del pignorante
Pacto de venta.
LA HIPOTECA
ESTIPULACIONES
ESTIPULACIÓN O PROMESA
ESTIPULACIONES INVÁLIDAS E INDETERMINADAS
SUPERPOSICIÓN DE ESTIPULACIONES Y NOVACIÓN
ESTIPULACIONES SOLIDARIAS YGARANTÍAS PERSONALES
Solidaridad material
Solidaridad formal
Acciones entre co-deudores o co-acreedores.
Formas de garantía personal
La adpromissio o promesa adjunta.
CONTRATOS
Clasificación de los contratos
Contratos unilaterales y bilaterales,
Contratos unilaterales y bilaterales,
Contratos iuris civilis y iuris gentium
Contratos de buena fe y de derecho estricto
Contratos nominados e innominados
Contratos gratuitos y onerosos
Elementos de los contratos
La capacidad
El consentimiento
El objeto
La causa Naturales
Accidentales
Vicios del consentimiento
ESTIPULACIONES SOLIDARIAS Y GARANTÍAS PERSONALES
Cuando en una obligación existan varios deudores o varios acreedores se dice que es una obligación solidaria. Si hay pluralidad de deudores, se habla de solidaridad pasiva, si de acreedores, solidaridad activa. La solidaridad se puede producir por efecto de la sucesión hereditaria, y se habla entonces de «solidaridad material», o como consecuencia de algún acto jurídico y se habla entonces de «solidaridad formal».
Formas de garantía personal
EL adpromis
sio
•(promesa adjunta)
La fideiussio
•(autorización de deuda ajena)
Solo sirve para garantizar deudas provenientes de una estipulación, porque el fiador se obliga a lo que el deudor original «prometió»; en consecuencia la deuda del fiador es de objeto cierto o incierto según lo sea la promesa original.
Régimen de la adpromissio.