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Ficha descriptiva de la actividad docente StreetLaw 2009/2010 Teoría e Historia de los Derechos Humanos Número de grupo: 3 Fecha y hora: 29-04-2010 Tema: Derechos de los niños. Prostitución infantil en Lima http://www.youtube.com/watch?v=ap8srvDdzzY Niños trabajando http://www.youtube.com/watch?v=1UnsnVfzPj4 Niños de Hamás http://www.youtube.com/watch?v=LsbGBbZU3p0 TEMA OBJETIVOS CONCEPTOS DESARROLLO TIEMPO RESPONSABLE Derechos de los niños. Con la proyección de videos seleccionados para la materia a tratar y con reflexiones dar a conocer e intentar transmitir la importancia de los derechos de los niños, afianzados en la Convención sobre derechos del Niño. Explotación laboral y sexual infantil. Protección de malos tratos. Derecho al esparcimiento y al juego. Derecho a la salud y a la educación. Tras una breve introducción para explicar que existe una Convención sobre derechos del Niño y la importancia de ello, se procederá la proyección de los videos seleccionados para reflexionar sobre los videos. Preguntarles qué derechos se vulneran, y posibles soluciones. Relación derechos con el video 30 min Introducción: Angel. Hay 5 videos, cada uno se dedicará a un video, excepto el último que lo expondremos con la participación de todos. Conclusiones Cerrar la discusión y fijar todos los conceptos y temas debatidos en la sesión Protección de los derechos vulnerados. Resumen y relación de los derechos tratados y sobre todo hablar de la protección . Soluciones que ellos darían en ciertos casos. 25 min Puesta en común con todos y con los alumnos.

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Ficha descriptiva de la actividad docenteStreetLaw 2009/2010

Teoría e Historia de los Derechos Humanos

Número de grupo: 3

Fecha y hora: 29-04-2010Tema: Derechos de los niños.

Prostitución infantil en Lima http://www.youtube.com/watch?v=ap8srvDdzzY

Niños trabajando http://www.youtube.com/watch?v=1UnsnVfzPj4Niños de Hamás http://www.youtube.com/watch?v=LsbGBbZU3p0

TEMA OBJETIVOS CONCEPTOS DESARROLLO TIEMPO RESPONSABLEDerechos de los niños.

Con la proyección de videos seleccionados para la materia a tratar y con reflexiones dar a conocer e intentar transmitir la importancia de los derechos de los niños, afianzados en la Convención sobre derechos del Niño.

Explotación laboral y sexual infantil. Protección de malos tratos. Derecho al esparcimiento y al juego. Derecho a la salud y a la educación.

Tras una breve introducción para explicar que existe una Convención sobre derechos del Niño y la importancia de ello, se procederá la proyección de los videos seleccionados para reflexionar sobre los videos. Preguntarles qué derechos se vulneran, y posibles soluciones.Relación derechos con el video

30 min Introducción: Angel.Hay 5 videos, cada uno se dedicará a un video, excepto el último que lo expondremos con la participación de todos.

Conclusiones Cerrar la discusión y fijar todos los conceptos y temas debatidos en la sesión

Protección de los derechos vulnerados.

Resumen y relación de los derechos tratados y sobre todo hablar de la protección . Soluciones que ellos darían en ciertos casos.

25 min Puesta en común con todos y con los alumnos.

Derecho al juego : http://www.youtube.com/watch?v=KkpTOo9DTYk

Video de UNICEF aprendamos : http://www.youtube.com/watch?v=_vv2JBpinbE

En cuanto a la manera de la dinámica: Se proyectarán los videos a modo de sensibilización e intentando sacar de cada video los derechos violados y su importancia en el mundo. Se concluiría con un debate como los que hemos hecho hasta ahora en el que explicaríamos ya en sí la normativa como la Convención que protege los derechos así como establecer que los niños no son objeto sin más de protección sino que se les dota de una serie de derechos que pueden desarrollar libremente.(más que nada toda la carga teórica en cuanto a los derechos del niño y su protección)

Carga teórica

CONCEPTOS

Explotación laboral y sexual infantil.

La explotación laboral se refiere a cualquier trabajo de niños en cualquier sistema de producción económica de un país, una región y en el mantenimiento económico de un grupo o clan familiar. La explotación infantil es un hecho que azota en especial a países en vías de desarrollo, pero en el mismo se ven implicados los países industrializados

Las causas de la explotación laboral son:

Marginación social y extrema pobreza: la familia en general carece de las condiciones necesarias de subsistencia y hace que los niños trabajen para mantener la economía familiar. Esta situación solo puede resolverse con una decidida voluntad estatal de desarrollar a la nación y proteger la familia.

Redes de explotación infantil: múltiples redes del crimen organizado trabajan en todo el planeta para usar a los niños y niñas en sus propósitos económicos, como la mendicidad y la prostitución.

Conflictos armados: en situaciones desastrosas de orden público, los niños y las niñas son víctimas de todo tipo de abuso.

Por presión del grupo de pares: algunos niños y adolescentes trabajan por acompañar a sus amigos, sus ganancias son utilizadas para cubrir sus propias necesidades, pero por el gusto de manejar dinero se van quedando mayor tiempo en las calles, adaptándose a las vivencias de la calle.

Por negligencia de sus padres: Esto es un acto de irresponsabilidad paterna. Es muy frecuente en padres adolescentes.

La explotación sexual es cualquier actividad ilegal mediante la cual una persona (mayoritariamente mujer o menor de edad) es sometida sexualmente y de forma violenta a realizar actividades sexuales sin su consentimiento , por la cual un tercero recibe una remuneración económica. Este delito está vigente hoy en día en todos los rincones del mundo favoreciendo así la trata de personas, principalmente mujeres, mediante el cual redes de criminales secuestran a niñas y las explotan hasta que no resultan atractivas sexualmente.

Las ONG luchan por defender los derechos de estas mujeres tratadas como objetos y que sufren física y psíquicamente una de las peores torturas en manos de estos asesinos, sin embargo, no parece ser suficiente ya que se calcula que más de 2.000.000 de mujeres y niñas son explotadas sexualmente en todo el mundo.

Protección de malos tratos. Ejemplo prostitución infantil

Los malos tratos pueden ser físicos, sexuales, psicológicos, verbales o una combinación de estos. La falta de atención, que ocurre cuando los padres no atienden las necesidades básicas de los menores que dependen de ellos, puede ser una forma de maltrato. Según el art 19 de la Convencion de Derechos del niño establece que Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadaspara proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.Esas medidas de protección deberían comprender, según corresponda, porcedimientos eficaces para el establecimiento de programas sociales con objeto de proporcionar la asistencia necesaria al niño y a quienes cuidan de él, así como para otras formas de prevención y para la identificación, notificación, remisión a una institución, investigación, tratamiento y observación ulterior de los casos antes descritos de malos tratos al niño y, según corresponda, la intervención judicial.

Derecho a la salud y a la educación.

El derecho del niño es reconocido como un derecho humano, con el propósito de establecer el derecho al beneficio de una educación primaria para todos los niños y niñas a una obligación de desarrollar una educación secundaria accesible a todos los niños, como de igual forma el acceso equitativo a la educación superior, y la responsabilidad de proveer educación básica a individuos que no hayan completado la educación primaria. Además del acceso, el derecho a una educación, abarca también la obligación de eliminar descriminación a todos los niveles del sistema de educación, para establecer estándares mínimos y el mejorar la calidad.

El derecho a la educación es un derecho humano de segunda generación que en general contiene que la educación primaria debe ser gratuita para todos los niños. El derecho a la educación es, sin duda, uno de los más importantes derechos de la niñez y quizás el más importante de los sociales. Al tenor del art. 28 de la Convencion del derecho de niño establece que os Estados Partes reconocen el derecho del niño a la educación y, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho, deberán en particular: a) Implantar la enseñanza primaria obligatoria y gratuita para todos; b) Fomentar el desarrollo, en sus distintas formas, de la enseñanza secundaria, incluida la enseñanza general y profesional, hacer que todos los niños dispongan de ella y tengan acceso a ella y adoptar medidas apropiadas tales como la implantación de la enseñanza gratuita y la concesión de asistencia financiera en caso de necesidad; c) Hacer la enseñanza superior accesible a todos, sobre la base de la capacidad, por cuantos medios sean apropiados; d) Hacer que todos los niños dispongan de información y orientación en cuestiones educacionales y profesionales y tengan acceso a ellas; e) Adoptar medidas para fomentar la asistencia regular a las escuelas y reducir las tasas de deserción escolar.Los Estados Partes adoptarán cuantas medidas sean adecuadas para velar por que la disciplina escolar se administre de modo compatible con la dignidad humana del niño y de conformidad con la presente Convención.Los Estados Partes fomentarán y alentarán la cooperación internacional en cuestiones de educación, en particular a fin de contribuir a eliminar la ignorancia y el analfabetismo en todo el mundo y de facilitar el acceso a los conocimientos técnicos y a los métodos modernos de enseñanza. A este respecto, se tendrán especialmente en cuenta las necesidades de los paísesen desarrollo.

En cuanto al derecho a la salud el art 24 de la Covencion de los Derechos de niño dice que los Estados Partes reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. Los Estados Partes se esforzarán por asegurar que ningún niño sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios.

Los Estados Partes asegurarán la plena aplicación de este derecho y, en particular, adoptarán las medidas apropiadas para: a) Reducir la mortalidad infantil y en la niñez; b) Asegurar la prestación de la asistencia médica y la atención sanitaria que sean necesarias a todos los niños, haciendo hincapié en el desarrollo de la atención primaria de salud; c) Combatir las enfermedades y la malnutrición en el marco de la atención primaria de la salud mediante, entre otras cosas, la aplicación de la tecnología disponible y el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre, teniendo en cuenta los peligros y riesgos de contaminación del medio ambiente; d) Asegurar atención sanitaria prenatal y postnatal apropiada a las madres; e) Asegurar que todos los sectores de la sociedad, y en particular los padres y los niños, conozcan los principios básicos de la salud y la nutrición de los niños, las ventajas de la lactancia materna, la higiene y el saneamiento ambiental y las medidas de prevención de accidentes, tengan acceso a la educación pertinente y reciban apoyo en la aplicación de esos conocimientos; f) Desarrollar la atención sanitaria preventiva, la orientación a los padres y la educación y servicios en materia de planificación de la familia.

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas eficaces y apropiadas posibles para abolir las prácticas tradicionales que sean perjudiciales para la salud de los

niños. se comprometen a promover y alentar la cooperación internacional con miras a lograr progresivamente la plena realización del derecho reconocido en el presente artículo. A este respecto, se tendrán plenamente en cuenta las necesidades de los paísesen desarrollo.

Derecho al esparcimiento y al juego.

Podría decirse que el juego es casi un instinto con el que nacemos los seres humanos. En los primeros meses de vida el bebé juega con sus manos, las mira, las descubre y poco a poco entiende lo que puede hacer con ellas.El juego es entonces la forma natural de incorporar a los niños en el medio que les rodea, de aprender, de relacionarse con los otros, de entender las normas de la sociedad a la cual pertenecen.Un bebé con su sonajero descubre sonidos y movimientos, una niña con su rompecabezas se divierte mientras piensa, relaciona y capta. Así mismo, un adolescente con juegos como "Escondidijos" o de deportes como el fútbol o el baloncesto aprende la importancia del trabajo en equipo, el respeto al otro sea adversario o no y el acatamiento de normas en pro del entendimiento y la sana diversión.Casi todos los padres le han comprado a su hijo un carrito o una pelota y a su hija la muñeca a la que podrá darle tetero y cambiarle la ropita. Estos juegos de hecho son importantes, pero a los padres se les ha olvidado incentivar en sus hijos el juego creativo y, más importante aún, compartido. Sentarse con los hijos a hacer figuras de plastilina, a pintar, a leer un cuento, a jugar "Lotería" o "Parqués", o animarse a correr e inventar juegos que refuercen los lazos familiares.El juego puede ser un fin porque proporciona diversión y esparcimiento pero también puede ser un medio para alcanzar un fin, y en ese sentido los padres pueden crear juegos para que sus hijos aprendan, por ejemplo, a recoger los juguetes después de jugar, despertarles el interés por algunos alimentos, enseñarles a lavarse los dientes y muchas cosas más. Hemos mencionado aquí todas las ventajas que tiene el juego y, sin embargo, desde el sistema escolar se está presionando al niño para que cada vez, a más temprana edad, entre a una educación formal en la que el juego tiene escasa cabida. Detrás de estas medidas hay más un interés monetario que cualquier otra cosa y no sólo se minimiza el potencial del juego en el aprendizaje sino que también se está olvidando la importancia del juego en el desarrollo emocional y afectivo de los niños.

Conforme al art. 31 de la Convencion de los Derechos del niño establece que Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar librementeen la vida cultural y en las artes.

Los Estados Partes respetarán y promoverán el derecho del niño a participar plenamente en la vida cultural y artística y propiciarán oportunidades apropiadas, en condiciones de igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y de esparcimiento.

CONCLUSION

Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos bajo ninguna circunstancia. Varios documentos consagran los derechos de la infancia a nivel internacional, entre ellos la Declaración de los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos del Niño. Estos documentos reconocen a los niños como sujetos de derecho, pero convierten a los Estados y a los adultos en titulares de la obligación de respetarlos, protegerlos y hacerlos respetar.

Al aceptar las obligaciones de la Convención (mediante la ratificación o la adhesión), los gobiernos nacionales se han comprometido a proteger y asegurar los derechos de la infancia y han aceptado que se les considere responsables de este compromiso ante la comunidad internacional. Los Estados parte de la Convención están obligados a la estipular y llevar a cabo todas las medidas y políticas necesarias para proteger el interés superior del niño.

La Convención afirma que: teniendo presente que, como se indica en la Declaración de los Derechos del Niño, "el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento".

Según lo dispuesto en el art2, de la Convención 1. Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales. 2. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares.

Así mismo, los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención. En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados Partes adoptarán esas medidas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del marco de la cooperación internacional, según dispone el art.4.

La protección de los derechos de niñas, niños y , tiene como objetivo asegurarles un desarrollo pleno e integral, lo que implica la oportunidad de formarse física, mental, emocional, social y moralmente en condiciones de igualdad y protegerlos de las barbaries que puedan cometer. Son principios rectores de la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes: Interés superior de la infancia; no-discriminación por ninguna razón, ni circunstancia; igualdad sin distinción de raza, edad, sexo, religión, idioma o lengua, opinión política o de cualquier otra índole, origen étnico, nacional o social, posición económica, discapacidad, circunstancias de nacimiento o cualquiera otra condición suya o de sus ascendientes, tutores o representantes legales; vivir en familia, como espacio primordial

de desarrollo; tener una vida libre de violencia, tutela plena e igualitaria de los derechos y de las garantías constitucionales.

UNICEF tiene una misión para la protección de los derechos, que consiste en proteger los derechos de niños y niñas, para contribuir a resolver sus necesidades básicas y ampliar sus oportunidades a fin de que alcancen su pleno potencial. Para ello, UNICEF se rige bajo las disposiciones y principios de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Al aceptar las obligaciones de la Convención (mediante la ratificación o la adhesión), los gobiernos nacionales se han comprometido a proteger y asegurar los derechos de la infancia y han aceptado que se les considere responsables de este compromiso ante la comunidad internacional. Los Estados parte de la Convención están obligados a la estipular y llevar a cabo todas las medidas y políticas necesarias para proteger el interés superior del niño.