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Federación Nacional de Voleibol de Guatemala Encargado de Actualización: Roberto Carlos Hernández Ortega Fecha de actualización: 31/05/2017 Estructura Orgánica, Funciones y Marco Normativo Reglamento Comisión Técnica (Artículo 10, numeral 1, Ley de Acceso a la Información Pública)

Federación Nacional de Voleibol de Guatemala · Asesorar al Comité Ejecutivo de la Federación de Voleibol, respecto a los elementos adecuados para dirigir los representativos de

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Federación Nacional de Voleibol de Guatemala Encargado de Actualización: Roberto Carlos Hernández Ortega Fecha de actualización: 31/05/2017 Estructura Orgánica, Funciones y Marco Normativo Reglamento Comisión Técnica (Artículo 10, numeral 1, Ley de Acceso a la Información Pública)

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TITI]LO I. INSTITUTIONALIZACION

"o*rffEFnor'r *

ARTICULO 1".- La Comisión Téonico Deportiva de la Federación de Voleibol deGuatemala, es un organismo técnico, de asesoda y consultorla; que tiene como misión,apoyar la labor de la Federación a efecto de que la misma tenga el mayor fundamentotécnico, en beneficio de los afiliados.

ARTICLILO 2o.- De ¿cuerdo con lo establecido en el Decreto 76-97 del Congreso de laReprlblica, Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Flsica y el Deporte, Artlculolo 102, esta Comisión "es la instancia a cargo de la asesoria, programación fiscalizacióny apoyo en materia técnica en la rama deportiva especifica".

ARTICIILO 3'." La Comisión Técnico Deportiva denho de la estruchrra deportivanacional, forma parte de la Federación de Voloibol de Guatemala y es el brazo técnicode la misma, por lo que bajo su respofisabilidad deberá de realizarse todo 1o relacionadocon el diseño de programas técnicos de capacitación y preparación de los sectores deárbitros, entrenadores y selecoiones. Asl mismq determinarán todo lo que sea másadecuado a la realidad y necesidades del Voleibol.

ARTfCULo 4'.- El Cómité Ejecutivo y la Administración de la Fede Voleibol, aslcomo el segmento arbitral y de enhenadores, les deberán dar el apoyo necesario paraque pueda desarrollarse en mejor forma la responsabilidad que este reglamento leasigna. Esta Comisión regulará sus funciones y actividades por lo que establece la LeyNacional para el Desarrollo de la Cultura Flsica y el Deporte; estatutos y reglamentos dela CDAG, Federación Nacional de Voleibol; así como de lo que establezcan losestatutos, leyes y norma de la Federación Internacional de Voleibol.

ARTICLLO 5'.- La Comisión Técnico Deportiva, en su carácter de organismo rector,ticne por objeto:

5.1.- Elaborar los proyectos fundamentales que permitan orientar el accionar Federativodentro de los canales técnicos correspondientes.

5.2.- Proponer las pollticas a seguir en los campos de arbitraje, entrenarniento,selecciones, calendarizaciones, participaciones oficiales, etc. de los elementosafiliados a la Fede Voleibol.

5.3.- Diseñar los programas de capacitación del personal téonico; de la preparación delos contingentes representativos; las participaciones en eventos oficiales; ladosificación y sistema de los tornos oficiales.

5.4.- Apoyar todas aquellas acciones de cualquier organismo o segmento asooiativo, quepropugnen por la superación técnica del Voleibol.

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5.5.- En toda actividad competitiv4 didáctic4 de capacitación, etc. que realice laFederación de voleibol, deberá de hacer la consulta correspondiente a la Comisión,la quo cumplirá con emitir su dictamen, oorrespondiendo al Comité Ejeoutivo ladecisión.

TITT]LO trDE SU CONSTITUCIÓN Y GOBTERNO

CAPITTJLO IDE SU CONSTITUCIÓN

ARTICULO 6'.- La Comisión Técnica Deportiva se intogrará con tres miembros, dereconocida capacidad y experienoia en el Voleibol.

ARTICIILO 7'.- Serán e'leotos para un periodo de cuatro años, por la AsambleaGeneral de la federación de Voleibol, y norrnaran sus acciones de acuerdo a lo queestablece la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Flsica y el Deporte.

CAPITT]LO IIDE SU GOBTERNO

ARTICTILO 8'.- El gobierno de la Comisión Técnica Deportiva radica en sus tresmiembros electos, que determinará dentro de ellos, los cargos de Presidente, Secretarioy Vooal; determinando en un Reglamento Intemo, las atribuciones que a cada uno deellos corresponde.

ARTICIILO 9o.- Los miembros de la Comisión determinarán intemamente los camposespeclfioos que a cada quien corresponda, decisión que queda a criterio de ellos,divulgar o mantener para si.

C APITI,'LO ilIDE SUS FTINCIONES

ARTICULO 10.- El gobierno de la Comisión Técnica Deportiva lo ejercerán sus tresmiembros, de acuerdo a las disposiciones intemas y de la definición de camposespecíficos de responsabilidad que a cada quien se asignen.

ARTfCULO 11.- Denho de los campos específicos que debe atender la CornisiónTécnica, est¡in los siguientes:

11.1.- Nomar todo lo relacionado con el arbitraje en la jurisdicción de la Federación deVoleibol.

11.2.- Determinar las acciones a seguir en la formación de nuevos árbitros;actualización de los que están activos; reincorporai a aquellos elementos que

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estén reiterados del arbitraje, y que durante el tiempo que ejercieron lajudicatura, fueron ritiles para el voleibol.

11.3.- Asesorar al Comité Bjecutivo de la Federación de Voleibol respecto a losmecanismos de oontratacióq oontrol, evaluaoión, asignación, etc. del CuerpoArbitral, en las actividades oficiales y exha oficiales que se desarrollen en la.jurisdicción de Guatemala.

11.4.- Nonnar todo lo relabionado con los entrenadores que actúan en el Voleibolorganizado, buscando esencialmente proteger sus intereses y el de los afiliados.

11,5.- Determinar las acciones a seguir en el oampo de organización, capacitación yrendimiento de los entrenadorcs afiliados.

1I.6.- Asesorar al Comité Ejecutivo de la Federación de Voleibol, respecto a loselementos adecuados para dirigir los representativos de la entidad; así como plande entrenamiento y mecanismos de convocatoria, selección y control de loselementos integrantes de preselecciones.

11.7.- Proponer al Comité Ejecutivo todos aquellos elementos que faciliten su labortécnica en la planificación desanollo y evaluación de los tomeos oficiales.

I1.8.- Asesorar al Comité Ejecutivo, respecto a los prograrnas de organización,difusión, capacitación, etc. en el sector departamental, municipal, vecinal,sectorial, etc.

CAPITT]LO tVDE SUS REI]NIONES

ARTIC[ILO 12.- La Comisión Técnico Deportiva, deberá de realizar como mlnimo,las siguientes reuniones.

12.1.- Reuniones mensuales de sus inte$antes, preferentemenle, en el inicio o cierre delmes.

12.2.- Reuniones conjuntas con los otros organismos asociados, en forma birnensual, amediados de mes.

12.3.- Reuniones trimestrales con Ia Asamblea General, preferentemente, en el iniciodel proceso de convocatoria de cada tomeo.

I2.4.- Reuniones extfaordinarias que sean convocadas para conocer aspectosrelacionados con proyectos o programas de árbitros, entrenadores y selecci,ones.

12.5.- cuando se trate do tomas de decisiones intemas, para que tengan validez, deberánestar presentes dos, o los hes miembros de la Comisión. En caso de estarpresente solo dos, el presidente o el Vocal, en su caso, tendrán voto dirimente.

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CAPITTJLOVDA SU UBICACIÓN

ARTICITLO 13.- La Comisión Técnica Deportiva de la Federación de Voleibol deGuatemala, tendrá autoridad jurisdicoional sobre todos los afiliados a la entidad;normará su campo técnico, incluyendo el de las Asociaciones Departamentales deVoleibol de la Reprlblica.

ARTfCIILO 14.- En aquellos Departamentos donde se organice Comisión TécnicoDeporliva, estas contarán con apoyo total de la Comisión Nacional, que velará porquenormen su accionar al reglamento.

CAPITT,]LO VITRANSTTORIO§

ARTfCULO 15.- Los miembros de la Comisión Técnico Deportiva, deberán habilitarsu libro de actas, autorizado por el Comité Ejecutivo de la Federación de Voleibol deGuatemala; en el que quedarán plasmadas las reunionos que se realicen. Cuando se¿

requerido por afiliados. Dirigentes u organismos de Federación de Voleibol o CDAGdeberán extenderse las Certificaciones que sean solicitadas.

ARTICIJLO 16.- La Comisión Técnico Deportiva tendrá su sede y domicilio en laouidad de Guatemala y su duraoión es indefinid4 mientras constituya mandato legal yrespondan a las necesidades mas sentidas del Voleibol Guatemalteco.

Dado en la Cuidad de Guatemalq a los veintisiete dlas del mes de mayo de dos milocho.

Proyecto Elaborado por:Carlos Alfonso Gordillo G.

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