2
Expte. 1717135 Anteproyecto Convocatoria a Inscripción a Concurso Ordinario de Ingreso, Reingreso, Pases y traslados Hasta el cargo de director de 4 ta. Categoría de JS.; Suplencias y suplencias de ascenso JS, JC y JCA/A, hasta director de 1ª cat. Visto el anteproyecto de convocatoria a inscripción, Expte. 1717135 y acordando con las bases normativas que lo sustentan, Leyes de Concursos 9595 y 9605 de Regulación de Concursos Públicos de titularización interinatos y suplencias, considerando que en el marco de la política educativa la estabilidad es pilar del sistema democrático. Y considerando que Que en paritaria de condiciones laborales se acordó la Resol. 1000/13 CGE producto del Acuerdo Ministerial 783/12. Me presento a Ud. y digo: Que se convoca por la presente a inscripción de Concursos ordinarios para Ingreso, reingreso pase, traslado de acuerdo a la Resol. 1000/13 CGE art. 66 y 67 y director de 4ta. Cat. De jornada simple; suplencias y suplencias de ascenso hasta Director de 1º cat. Que dado la especificidad de esta inscripción, que se encuentra con dos normativas bisagras, ya que hasta el 23 /06 /2013 se evaluara con la resol. 862/90 y posteriormente con la Resol. 1000/13 CGE, siendo doble el marco normativo frente a la imposibilidad de aplicar normas de manera retroactiva.

expte. 1717135

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Expediente tramitado por Agmer. Er. www.agmer.com.ar

Citation preview

  • Expte. 1717135

    Anteproyecto

    Convocatoria a Inscripcin a Concurso Ordinario de

    Ingreso, Reingreso, Pases y traslados

    Hasta el cargo de director de 4 ta. Categora de JS.;

    Suplencias y suplencias de ascenso

    JS, JC y JCA/A, hasta director de 1 cat.

    Visto el anteproyecto de convocatoria a inscripcin, Expte. 1717135 y acordando con

    las bases normativas que lo sustentan, Leyes de Concursos 9595 y 9605 de Regulacin

    de Concursos Pblicos de titularizacin interinatos y suplencias, considerando que en

    el marco de la poltica educativa la estabilidad es pilar del sistema democrtico.

    Y considerando que

    Que en paritaria de condiciones laborales se acord la Resol. 1000/13 CGE producto

    del Acuerdo Ministerial 783/12.

    Me presento a Ud. y digo:

    Que se convoca por la presente a inscripcin de Concursos ordinarios para Ingreso,

    reingreso pase, traslado de acuerdo a la Resol. 1000/13 CGE art. 66 y 67 y director de

    4ta. Cat. De jornada simple; suplencias y suplencias de ascenso hasta Director de 1

    cat.

    Que dado la especificidad de esta inscripcin, que se encuentra con dos normativas

    bisagras, ya que hasta el 23 /06 /2013 se evaluara con la resol. 862/90 y

    posteriormente con la Resol. 1000/13 CGE, siendo doble el marco normativo frente a

    la imposibilidad de aplicar normas de manera retroactiva.

  • Que es necesario establecer acuerdos en relacin a lo establecido en el Anexo, punto 4

    sobre el Concepto Anual Profesional dado que la resol. 1000 /13 contempla a ser

    evaluado 10 periodos anuales de concepto.

    Que esto producira dao en los aspirantes a la inscripcin puesto que en el nivel

    primario se evaluaban todos los periodos de conceptos de la carrera, dado que esta

    modificacin implicar una merma en el puntaje de cada aspirante ya que la valoracin

    contemplada en la Resol 1000/13 CGE es inferior en puntaje y en cantidad de aos a la

    establecida en la Resol. 862/90 CGE

    Que es inherente a cada docente la carrera construida y los puntajes de la misma son

    parte de su propiedad, resultando ocasin de perjuicio el aplicar la normativa en forma

    retroactiva.

    Por lo cual solicito, en mi carcter de Vocal Docente, Representante de los

    Trabajadores de la Educacin, se modifique el punto d), del anexo

    Y se tome la decisin de No innovar en relacin al puntaje consolidado y evaluado

    por el Jurado de Concursos de Nivel Primario, dado que el mismo es producto de la

    carrera docente, y establecer que dado la doble normativa a aplicar en el periodo a

    convocar, es necesario establecer claramente que los diez aos comiencen a ser

    considerados a partir de la prxima inscripcin, Resol 1000/13 CGE Art 60.

    Vocala-CGE

    Paran, 23 de Julio de 2015