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PROBLEMÁTICA
¨PROBLEMAS LEGALES POR
INICIO DE OBRA SIN AVISO DE
EXPROPIACIÓN¨
EFECTOS
CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE PUERTO REAL
Declaran de utilidad pública doce predios Contratación de obra
sin cancelación de los terreros expropiados
Inconformidad del avalúo de los terrenos
De los 12 terrenos declarados de utilidad pública, seis se acogieron a los valores según el catastro municipal y seis no están de acuerdo con el "justo precio"
Detalles de expropiación retrasaron un poco el inicio de la obra.
Inicio de demanda por inconformidad de pago de los terrenos
CAUSAS
TERRENOS AFECTADOS PARA LA CONSTRUCCION DEL CIRCUITO VIAL PUENTE Y
PARQUE PUERTO REAL
PROPIETARIOS DE TERRENOS AFECTADOS
EXPROPIACIÓN : GENERALIDADES
Constituye el fundamento de la Expropiación Forzosa, la potestad expropiatoria de la Administración a partir de la necesidad de que se sacrifique una situación de propiedad privada ante intereses públicos superiores.
Esto trae implícito la previa declaración de utilidad pública o interés social del fin a que haya de afectarse el objeto expropiado; además deberá ser declarado expresa y singularmente mediante ley en cada caso.
Pero al mismo tiempo se trata de que tal sacrificio sea el mínimo posible, de forma que no acarree la pérdida del contenido económico de la situación sacrificada, contenido que se sustituye por el justo precio.
La expropiación es el desposeimiento o privación de la propiedad, por causa de utilidad pública o interés social, a cambio de una indemnización previa.
EXPROPIACIÓN : CONCEPTO
En el artículo 57 literal L del COOTAD se establece que.-Al consejo municipal le corresponde:l) Conocer las declaraciones de utilidad pública o de interés social de los bienes materia de expropiación resueltos por el alcalde conforme a la ley.
La declaratoria de utilidad pública o interés social sobre bienes de propiedad privada es el antecedente para llegar a una expropiación dando conocimiento al dueño del bien inmueble
Las personas jurídicas de derecho privado sujetas a la ley y al reglamento del sistema nacional de contratación pública, como entes contratantes podrán negociar directamente la adquisición del inmueble dentro de los parámetros establecidos en la ley.
La resolución de la declaratoria será inscrita en el registro de la propiedad del cantón en que se encuentre ubicado el bien y se notificara al propietario.
La inscripción de la declaratoria traerá como consecuencia que el registrador de la propiedad se abstenga de inscribir cualquier acto traslaticio de dominio o gravamen, salvo el que sea a favor de la entidad que declare la utilidad pública.
TIPOS DE EXPROPIACIÓN EN EL ECUADOR
El Estado y sus Instituciones tanto públicas como mixtas se rigen por:Constitución
C.P.C Ley de Contratación
Publica Reglamento de la Ley de
Contratación Publica
Mientras que Los Municipios tienen como base el COOTAD, desde el Art 446-459 yArt 594- 596.
CONCLUSIÓNES:
La expropiación de los terrenos afectados por la construcción del Puente y Parque Puerto Real y prolongación de la calle Ricaurte demoró debido a la inconformidad de los propietarios por ¨justo precio¨ de sus predios.
El Gobierno Autónomo Descentralizado debió concientizar acerca del valor a pagar a los propietarios por los predios afectados o llegar a un acuerdo para evitar haber ido a instancias judiciales .
Lo primero que debió realizarse fue solucionar los problemas de la expropiación de los terrenos antes de la construcción del Puente Puerto Real .
Glosario: GRAVAMEN: Un gravamen es una carga (una obligación, impuesto o
tributo que se aplica a un inmueble, a un caudal o a un bien y al uso que se hace de estos).
C.P.C: Código de Procesamiento Civil.
AFECCIONES: Condiciones de uso de suelo que proviene de disposición legal administrativa o de planificación.