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EXPEDIENTE TECNICO: “AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA INTEGRAL DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y DISPOSICION FINAL DE LA ZONA URBANA DEL DISTRITO DE RUPA RUPA 1RA ETAPA” CONSORCIO RUPA RUPA INFORME Nro. 04 (FINAL) INDICE CAPÍTULO I INTRODUCCIÓN 5 1.1 Generalidades 5 1.2 Objetivos del estudio 5 1.2.1 Objetivo General 5 1.2.2 Objetivos Específicos 5 1.3 Ubicación Geográfica 6 CAPÍTULO II MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL 2.1 Legislación Nacional 7 2.2 Marco de Institucional 20 2.3 Normas que se relacionan con el Proyecto 21 CAPÍTULO III DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA LINEA BASE 3.1 Ubicación 22 3.1.1 Ubicación Política 22 3.1.2 Ubicación Geográfica 22 3.2 Aspecto Físico 23 3.2.1 Suelos 23 3.2.2 Geología 23 3.2.3 Topografía 23 3.2.4 Sismicidad 23 3.2.5 Aspectos Meteorológicos 23 3.2.6 Hidrología 24 3.3 Aspecto Biológico 25 3.3.1 Flora 25 3.3.2 Fauna 25 3.3.2 Parque Nacional de Tingo María 26 3.4 Aspecto Socioeconómico 27 3.4.1 Población 28 3.4.2 Servicios Básicos 28 3.4.3 Actividades Económicas 30 3.4.4 Diagnóstico de la Situación Actual 31

Estudio Impacto Ambiental Final Crr

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impacto ambiental en saneamiento

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    CONSORCIO RUPA RUPA INFORME Nro. 04 (FINAL)

    INDICE

    CAPTULO I

    INTRODUCCIN 5

    1.1 Generalidades 5

    1.2 Objetivos del estudio 5

    1.2.1 Objetivo General 5

    1.2.2 Objetivos Especficos 5

    1.3 Ubicacin Geogrfica 6

    CAPTULO II

    MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL

    2.1 Legislacin Nacional 7

    2.2 Marco de Institucional 20

    2.3 Normas que se relacionan con el Proyecto 21

    CAPTULO III

    DESCRIPCIN GENERAL DE LA LINEA BASE

    3.1 Ubicacin 22

    3.1.1 Ubicacin Poltica 22

    3.1.2 Ubicacin Geogrfica 22

    3.2 Aspecto Fsico 23

    3.2.1 Suelos 23

    3.2.2 Geologa 23

    3.2.3 Topografa 23

    3.2.4 Sismicidad 23

    3.2.5 Aspectos Meteorolgicos 23

    3.2.6 Hidrologa 24

    3.3 Aspecto Biolgico 25

    3.3.1 Flora 25

    3.3.2 Fauna 25

    3.3.2 Parque Nacional de Tingo Mara 26

    3.4 Aspecto Socioeconmico 27

    3.4.1 Poblacin 28

    3.4.2 Servicios Bsicos 28

    3.4.3 Actividades Econmicas 30

    3.4.4 Diagnstico de la Situacin Actual 31

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    CAPTULO IV

    VULNERABILIDAD DEL AREA DEL PROYECTO

    4.1 Introduccin 32

    4.2 Vulnerabilidad Directa 32

    4.2.1 Vulnerabilidad de la Tierra 32

    4.2.2 Amenaza de Deslizamiento 32

    4.2.3 Disminucin de los Recursos Hdricos 32

    4.2.4 Riesgo Ssmico 33

    4.3 Vulnerabilidad Indirecta 35

    4.3.1 Deterioro de las Estructuras Metlicas 35

    4.3.2 Destruccin de las Estructuras de las Instalaciones del Proyecto 35

    4.3.3 Incendios 35

    4.3.4 Cortes de Energa Elctrica 35

    CAPITULO V

    DESCRIPCIN DEL PROYECTO

    5.1 Descripcin General del Proyecto 36

    5.1.1 Nombre y Localizacin del Proyecto 36

    5.1.2 Justificacin del Proyecto 36

    5.2 Etapa de Seleccin del Sitio 38

    5.2.1 Ubicacin Fsica 38

    5.2.2 Vas de Acceso 39

    5.3 Descripcin del Proceso 40

    5.3.1 Construccin y Mejoramiento del Sistema de Agua y Alcantarillado 40

    5.3.2 Sistema de Alcantarillado Sanitario Proyectado 45

    CAPITULO VI

    IDENTIFICACION Y EVALUACION DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES

    6.1 Definicin de Indicadores de Impactos 57

    6.1.1 Determinacin de Indicadores 57

    6.1.2 Valores de los indicadores de lnea base 57

    6.2 Anlisis Identificacin de Impactos Ambientales 60

    6.2.1 Principales impactos en la etapa de construccin y operacin 65

    6.2.2 Evaluacin de los impactos ambientales 66

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    CAPITULO VII

    PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA)

    7.1 Implementacin de las medidas de mitigacin ambiental 73

    7.1.1 Objetivos 73

    7.1.2 Implementacin de actividades a desarrollar 74

    7.1.3 Medidas de mitigacin para la etapa de construccin y operacin 74

    7.2 Plan de Contingencia 75

    7.2.1 Introduccin 75

    7.2.2 Objetivos 75

    7.2.3 Alcance 76

    7.2.4 Procedimiento del Plan de Contingencia 76

    7.2.5 Acciones a tomar en caso de Emergencia 76

    7.2.6 Incendio y Explosiones 76

    7.2.7 Respuesta ante la fuga de gas 77

    7.3 Programa de Capacitacin 77

    7.3.1 Introduccin 77

    7.3.2 Alcance 77

    7.3.3 Objetivo 77

    7.3.4 Plan Operacional del Programa 77

    7.4 Programa de Monitoreo Ambiental

    7.4.1 Introduccin 79

    7.4.2 Objetivo General 79

    7.4.3 Seleccin de parmetros 79

    7.4.4 Muestreo y Mediciones 81

    7.4.5 Procesamiento de Datos 85

    7.4.6 Elaboracin del Informe 86

    7.5 Plan de Manejo de Residuos Slidos 87

    7.5.1 Introduccin 87

    7.5.2 Alcance 87

    7.5.3 Plan Operacional 88

    7.5.4 Capacitacin 90

    7.5.5 Manejo de registros 90

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    7.6 Plan Mantenimiento de instalaciones y equipos 91

    7.6.1 Objetivos 91

    7.6.2 Alcance 91

    7.6.3 Responsabilidad 91

    7.6.4 Programa de mantenimiento 91

    CAPITULO VIII

    CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

    8.1 Conclusiones 92

    8.2 Recomendaciones 92

    8.3 Anexos

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    CAPITULO 1

    INTRODUCCION

    1 INTRODUCCIN

    1.1 GENERALIDADES

    El presente proyecto es planificado por los entes locales como son la Municipalidad Provincial

    de Leoncio Prado y La empresa SEDA HUANUCO, quien es la prestadora de servicios de

    agua potable y alcantarillado de la ciudad de Tingo Mara la misma que tambin se encarga del

    desarrollo de obras sanitarias as como la operacin y mantenimiento de los sistemas de agua

    potable y alcantarillado.

    El presente Estudio de Impacto Ambiental (EIA) se desarrolla sobre la base de las obras

    definidas en el Expediente Tcnico Ampliacin y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua

    Potable, Alcantarillado y Disposicin Final de la Zona Urbana del Distrito de Rupa Rupa - 1ra.

    Etapa.

    1.2 OBJETIVOS DEL ESTUDIO

    1.2.1 Objetivo General

    El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del presente Proyecto tiene como objetivo

    general analizar los efectos sobre el medio ambiente de la ejecucin de las obras y/o

    trabajos previstos en el Proyecto Ampliacin y Mejoramiento del Sistema Integral

    de Agua Potable, Alcantarillado y Disposicin Final de la Zona Urbana del Distrito

    de Rupa Rupa 1ra Etapa. Teniendo como propsito identificar, evaluar e interpretar

    los impactos ambientales potenciales, cuya ocurrencia tendra lugar en las distintas

    etapas del Proyecto (Preparacin del lugar, Construccin, Operacin y Abandono de

    las reas Intervenidas) a fin de prever las medidas apropiadas orientadas a evitar y/o

    mitigar los efectos adversos y fortalecer los positivos.

    1.2.2 Objetivos Especficos

    El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) adems tiene como objetivos especficos:

    Elaborar el diagnstico ambiental del mbito del proyecto.

    Identificar, evaluar e interpretar los Impactos Ambientales Potenciales, cuya

    ocurrencia tendra lugar en las diferentes etapas del Proyecto.

    Proponer el plan Gestin Ambiental, que incluye las medidas ambientales

    adecuadas que permitan prevenir, mitigar o corregir los efectos adversos

    significativos.

    Proponer el Programa de Monitoreo Ambiental.

    Proponer el Plan de Abandono de las reas intervenidas.

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    1.3 UBICACIN GEOGRFICA

    El Proyecto Ampliacin y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable,

    Alcantarillado y Disposicion Final de la Zona Urbana del Distrito de Rupa Rupa 1ra

    Etapa. El rea de estudio corresponde a la parte urbana del Distrito de Rupa Rupa, Provincia

    de Leoncio Prado, Departamento de Hunuco, en la Regin del mismo nombre.

    Geogrficamente se ubica en las siguientes coordenadas: 755952 de Longitud Oeste y

    91718 de Latitud Sur, a una altitud promedio de 652 m.s.n.m.

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    CAPITULO 2

    MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL

    2 MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL

    Existen un conjunto de normas o dispositivos legales nacionales y criterios o pautas a

    nivel internacional, aplicables a los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), los mismos

    que dan un marco de referencia a tomar en cuenta en el proceso de construccin de

    las obras de agua potable y alcantarillado.

    2.1 LEGISLACIN NACIONAL

    De acuerdo a la naturaleza del Proyecto, las acciones, actividades y otros, tienen que

    estar enmarcados dentro de la normatividad jurdica vigente en el pas, tanto en cuanto

    a sus normas internas como tambin el respeto a los Tratados y Convenios

    Internacionales suscritos y autorizados por el Gobierno del Per. La legislacin

    ambiental aplicable en el mbito nacional es:

    Constitucin Poltica del Per

    La Constitucin Poltica de 1993, precisa en el Artculo 66, que los recursos naturales

    renovables y no renovables son patrimonio de la Nacin. Considerndose que los

    recursos naturales son todos aquellos bienes que se encuentran dentro del territorio y

    que sirven para su explotacin racional y el desenvolvimiento y progreso de la Nacin.

    Los Artculos 67 al 69, definen las funciones del Estado respecto a la poltica ambiental,

    la conservacin y la promocin del desarrollo sustentable.

    En el Artculo 2 inciso 22, dice: todas las personas tienen derecho a la paz, a la

    tranquilidad, a la salud y al disfrute del tiempo libre y al descanso, as como gozar de

    un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; el Artculo 7, dice: todos

    tienen derecho a la proteccin de la salud, as el deber de contribuir a su promocin y

    defensa.

    Ley General del Ambiente

    Esta Ley fue promulgada mediante Ley N 28611 el 13 de Octubre del 2005 teniendo

    como objetivo principal, ordenacin del marco normativo legal para la gestin ambiental

    en el Per. Establece los principios y normas bsicas para asegurar el efectivo ejercicio

    del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo

    de la vida, as como el cumplimiento del deber de contribuir a una efectiva gestin

    ambiental y de proteger el ambiente, as como sus componentes, con el objetivo de

    mejorar la calidad de vida de la poblacin y lograr el desarrollo sostenible del pas.

    Esta Ley consta de un ttulo preliminar con once artculos y cuatro ttulos con 154

    artculos, adems de disposiciones transitorias, complementarias y finales.

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    Artculo 24.- Toda Actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y

    otras actividades, as como las polticas, planes y programas pblicos susceptibles de

    causar impactos ambientales de carcter significativo, est sujeta de acuerdo a ley, al

    Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental SEIA, el cual es administrado

    por la Autoridad Ambiental Nacional. La ley y su reglamento desarrollan los

    componentes del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental.

    Los proyectos o actividades que no estn comprendidos en el Sistema Nacional de

    Evaluacin de Impacto Ambiental, deben desarrollarse de conformidad con las normas

    de proteccin ambiental especficas de la materia.

    Artculo 25.- Los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), son instrumentos de gestin

    que contienen una descripcin de la actividad propuesta y de los efectos directos o

    indirectos previsibles de dicha actividad en el medio ambiente fsico y social, a corto y

    largo plazo, as como la evaluacin tcnica de los mismos. Deben indicar las medidas

    necesarias para evitar o reducir el dao a niveles tolerables e incluir un breve

    resumen del estudio para efectos de su publicidad. La Ley de la materia seala los

    dems requisitos que deban contener los EIA.

    Ley del Sistema Nacional de Evaluacin del Impacto Ambiental

    Esta Ley fue promulgada mediante Ley N 27446 el 23 de Abril del 2005, teniendo

    como finalidad: La creacin del Sistema Nacional de Evaluacin Ambiental (SEIA),

    como un sistema nico y coordinado de identificacin, prevencin, supervisin, control

    y correccin anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las

    acciones humanas expresadas por medio del proyecto de inversin (Art. 1).

    El establecimiento de un proceso uniforme que comprenda los requerimientos, etapas y

    alcances de las evaluaciones del impacto ambiental de proyectos de inversin (Art. 1).

    En el Artculo 2 se establece el mbito de la Ley, la que dice: Quedan comprendidos

    en el mbito de aplicacin de la presente Ley, los Proyectos de inversin pblicos y

    privados que impliquen actividades, construcciones u obras que puedan causar

    impactos ambientales negativos.

    Artculo 10.- Los Estudios de Impacto Ambiental debern contener:

    a) Una descripcin de la accin propuesta y los antecedentes de su rea de

    influencia;

    b) La identificacin y caracterizacin de los impactos ambientales durante todo el ciclo

    de duracin del proyecto;

    c) La estrategia de manejo ambiental o la definicin de metas ambientales incluyendo,

    segn el caso, el plan de manejo, el plan de contingencia, el plan de compensacin

    y el plan de abandono;

    d) Los planes de seguimiento, vigilancia y control; y.

    e) Un resumen ejecutivo de fcil compresin.

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    En el Artculo 11 se seala que se deber presentar el estudio de impacto ambiental a

    la autoridad componente para su revisin.

    Ley de Evaluacin de Impacto Ambiental para Obras y Actividades

    Ley promulgada mediante Ley N 26786 el 13 de Mayo de 1997, modifica los Artculos

    51 y 52 del D.L. N 757; precisando la necesidad de comunicar al CONAM sobre las

    actividades a realizarse en cada sector, que pudieran exceder los lmites permisibles de

    contaminacin y sobre los lmites mximos permisibles de impacto ambiental

    acumulado.

    Ley Marco para el Crecimiento de la Inversin Privada

    Esta Ley fue promulgada mediante Decreto Legislativo N 757 el 08 de Noviembre de

    1991, teniendo como objetivo principal, armonizar la inversin privada, el desarrollo

    socioeconmico, la conservacin del medio ambiente y el use sostenible de los

    recursos naturales. Sus Artculos 49, 51 y 52 expresan lo siguiente:

    Artculo 49: El estado estimula al equilibrio racional entre el desarrollo

    socioeconmico, la conservacin del ambiente y el uso sostenido de los recursos

    naturales garantizando la debida seguridad jurdica a los inversionistas mediante el

    establecimiento de normas claras de proteccin del medio ambiente. El Estado

    promueve la participacin de empresas e instituciones privadas en las actividades

    destinadas a la proteccin del medio ambiente y a la reduccin de la contaminacin

    ambiental.

    Artculo 51: La autoridad sectorial competente determinar las actividades que por su

    riesgo ambiental pudieran exceder de los niveles o estndares tolerables de

    contaminacin o deterioro del medio ambiente, de tal modo que requieran

    necesariamente la elaboracin de Estudios de Impacto Ambiental, previo al desarrollo

    de dichas actividades.

    Artculo 52 En los casos de peligro grave e inminente para el medio ambiente, la

    autoridad sectorial competente podr imponer la adopcin de una de las siguientes

    medidas de seguridad por parte del titular de la actividad:

    a) Procedimientos que hagan desaparecer el riesgo o lo disminuyan a niveles

    permisibles, estableciendo para el efecto los plazos adecuados en funcin a su

    gravedad a inminencia.

    b) Medidas que limiten el desarrollo de las actividades que generan peligro grave a

    inminente para el medio ambiente.

    En caso de que el desarrollo de la actividad fuera capaz de causar un dao irreversible

    con peligro grave para el medio ambiente, la vida o la salud de la poblacin, la

    autoridad sectorial competente podr suspender los permisos, licencias o

    autorizaciones que hubiera otorgado para el efecto.

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    CONSORCIO RUPA RUPA INFORME Nro. 04 (FINAL)

    Cdigo Civil

    En el Artculo 961 dice: El propietario en ejercicio de su derecho y especialmente en su

    trabajo de explotacin industrial debe abstenerse de perjudicar las propiedades

    contiguas o vecinas, la seguridad y el sosiego y la salud de los habitantes.

    Estn prohibidos los humos, hollines, emanaciones, ruidos, trepidaciones y molestias

    anlogas que excedan de la tolerancia que mutuamente se deben los vecinos en

    atencin a las circunstancias. Concordancias, Constitucin Poltica Artculo 2, inciso 22;

    Artculo 68; Cdigo Penal artculos: 304 al 314.

    Cdigo Penal

    En el Ttulo XIII sobre delitos contra la Ecologa en su Captulo nico de Delitos Contra

    los Recursos Naturales y el Medio Ambiente, dice:

    Artculo 304.- El que infringiendo las normas sobre proteccin del medio ambiente, lo

    contamina vertiendo residuos slidos, lquidos, gaseosos o de cualquier otra naturaleza

    por encima de los lmites establecidos, y que causen o puedan causar perjuicio o

    alteraciones en la flora, fauna y recursos hidrobiolgicos, ser reprimidas con pena

    privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de tres aos o con ciento ochenta a

    trescientos sesenta y cinco das multa.

    Si el agente actu por culpa, la pena ser privativa de libertad no mayor de un ao o

    prestacin de servicio comunitario de diez a treinta jornadas.

    Artculo 307.- El que deposita, comercializa o vierte desechos industriales o

    domsticos en lugares no autorizados o sin cumplir con las normas sanitarias y de

    proteccin del medio ambiente, ser reprimido con pena privativa de la libertad no

    mayor de dos aos. Cuando el agente es funcionario o servidor pblico, la pena ser

    no menor de uno ni mayor de tres aos, e inhabilitacin de uno a dos aos conforme al

    artculo 36, incisos 1,2 y 4.

    Artculo 313.- El que, contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente

    altera el ambiente natural o el paisaje urbano o rural, o modifica la flora o fauna,

    mediante la construccin de obras o tala de rboles que daan la armona de sus

    elementos, ser reprimido con pena privativa de la libertad no mayor de dos aos y con

    sesenta a noventa das multa.

    Artculo 314.- El Juez penal ordenar como medida cautelar, la suspensin inmediata

    de la actividad contaminante, as como la clausura definitiva o temporal del

    establecimiento de que se trate de conformidad con el artculo 105, inciso 1, sin

    perjuicio de lo que pueda ordenar la autoridad en manera ambiental.

    Ley del Consejo Nacional del Ambiente (CONAM)

    Ley N 26410, promulgada en Diciembre de 1994, es el organismo rector de la poltica

    nacional del ambiente, encargado de planificar, promover, coordinar, controlar y velar

    por el ambiente. En tal sentido, entre muchas otras funciones, le compete establecer

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    los criterios generales para la elaboracin de los EIA y la fijacin de los lmites mximos

    permisibles: asimismo la supervisin de la poltica ambiental por la parte de las

    entidades de los Gobiernos Locales.

    Ley General de Salud

    Ley N 26410, promulgada en Julio de 1997, por la cual se deroga el antiguo Cdigo

    Sanitario D.L. N 17505. Norma los problemas referentes a la salud, bajo el supuesto

    que las normas de salud son de orden pblico y por lo tanto regulan la proteccin del

    ambiente.

    El Ttulo Segundo abarca diversos aspectos, como en el Captulo VI, donde se legisla

    sobre las sustancias y productos peligrosos para la salud, en tanto que en su Captulo

    VII, lo hace en relacin con la higiene y seguridad en los ambientes de trabajo

    asimismo, en el Captulo VIII, se regula expresamente la proteccin del ambiente para

    la salud.

    Ley Orgnica de Municipalidades

    La Ley Orgnica de Municipalidades (Ley 27972) fue promulgada el 26 de Mayo del

    2003, norma sobre la creacin, origen, naturaleza, autonoma, organizacin, finalidad,

    tipos, competencias, clasificacin y rgimen econmico de las municipalidades;

    tambin sobre la relacin entre ellas y con las dems organizaciones del Estado y las

    Privadas, as como los mecanismos de participacin ciudadana y los regmenes

    especiales de las municipalidades.

    Son funciones de las municipalidades 1) emitir normas tcnicas en materia de

    proteccin y conservacin del ambiente (Artculo 73, inciso d). 2) aprobar la regulacin

    provincial respecto del otorgamiento de licencias y las labores de control y fiscalizacin

    de las municipalidades distritales en las materias reguladas por los planes, de acuerdo

    con las normas tcnicas de la materia, sobre estudios de impacto ambiental (Artculo

    79 , inciso 1.4). 3) regular y controlar el proceso de disposicin final de desechos

    slidos, lquidos y vertimientos industriales en el mbito provincial, as como regular y

    controlar la emisin de humos, gases, ruidos y dems elementos contaminantes de la

    atmsfera y el ambiente (Artculo 80, inciso 1).

    Ley General de Aguas

    Aprobada por Decreto Ley N 17752, la misma que ha sufrido una serie de

    modificaciones, al respecto a travs del Decreto Ley N 19503 que adiciona el inciso d)

    de: Artculo 49 y el Decreto Legislativo N 106 que modifica Artculos del D.L. N

    17752; establece que las aguas sin excepcin alguna son de propiedad del Estado y su

    dominio es inalienable e imprescriptible.

    No hay propiedad privada de las aguas, ni derechos adquiridos sobre ellas. El uso

    justificado y racional del agua. Solo puede ser otorgado en armona con el inters

    social y el desarrollo del pas. El Estado formula la poltica que rige su utilizacin y

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    CONSORCIO RUPA RUPA INFORME Nro. 04 (FINAL)

    preservacin. Los usos de las aguas son aleatorios y se encuentran condicionados a

    las disponibilidades del recurso y a las necesidades reales del objeto al que se destinen

    y debern ejercerse en funcin del inters social y el desarrollo del pas.

    Segn lo establece el Artculo 27 del Decreto Legislativo N 17752 el orden de

    preferencia en el uso de las aguas es el siguiente:

    a) Necesidades primarias y abastecimientos de poblaciones.

    b) Cra y explotacin de animales.

    c) Agricultura.

    d) Usos energticos, industriales y mineros.

    e) Para otros usos.

    Los usos de las aguas se otorgarn mediante permiso (por la Autoridad de Aguas),

    autorizacin (Resolucin Ministerial) o licencia (por Resolucin Suprema). El Estado

    otorgar el uso de las aguas preferentemente para fines domsticos y abastecimiento

    de poblaciones, que comprender la satisfaccin de las necesidades primarias y

    sanitarias de la poblacin como conjunto humano. Esta Ley establece las normas que

    regulan la conservacin y preservacin de las aguas, de los usos de las aguas; etc.

    La presente Ley presenta modificaciones en su reglamento normados mediante

    Decretos Supremos N 007-83 SA. A continuacin se presenta los valores

    permisibles dados para la utilizacin de las aguas (Reglamento de la Ley General de

    aguas Cuadros N 01, 02, 03 y 04).

    CUADRO N 01 Clasificacin del Agua (*)

    Clasificacin Definicin:

    I Aguas de abastecimiento domstico con simple desinfeccin

    II

    Aguas de abastecimiento domstico con tratamiento equivalente a procesos combinados

    de mezcla y coagulacin, sedimentacin, filtracin y elaboracin aprobados por el

    ministerio de Salud.

    III Aguas para riego de vegetales de consumo crudo y bebida de animales.

    IV Aguas de Zonas recreativas de contacto primario (baos similares).

    V Aguas de zonas de pesca de mariscos bivalvos.

    VI Aguas de zonas de preservacin de Fauna Acutica y Pesca Recreativa o Comercial.

    * Segn Ley General de Agua, D.L. 17752 Art. 81 - Para los efectos de la aplicacin del presente Reglamento, la calidad de los cuerpos de agua en general ya sea terrestre o martima del pas se clasificarn respecto a sus usos de la siguiente manera.

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    CUADRO N 02 Lmites Bacteriolgicos **

    Parmetros

    Clasificacin (valores en N.M.P. / 100 ml)

    I II III IV V VI

    Coliformes Totales 8,8 20,000 5,000 5,000 1,000 20,000

    Coliformes Fecales 0 4,000 1,000 1,000 200 4,000

    ** Entidades como valor mximo en 80% de 5 o ms muestras mensuales. Fuente: Ley General de Agua D.L. N 17752, incluyendo las modificaciones de los Artculos 81 y 82 del Reglamento de los Ttulos I, II y III, segn el D.S. N 007-83-SA.

    CUADRO N 03

    Lmites de Demanda Bioqumica de Oxgeno (DBO) y Oxgeno Disuelto (O.D.)

    Parmetros

    Clasificacin (Valores en mg/l)

    I II III IV V VI

    D.B.O (5 das, 20C) 5 5 15 10 10 10

    O.D. 3 3 3 3 5 4

    *Nuevo texto dado por D.S. N 007-83-S.A. Fuente: Ley General de Agua D.L. N 17752, incluyendo las modificaciones de los Artculos 81 y 82 del reglamento de los Ttulos I, II y III. Segn el D.S. N 007-83-SA y D.S. N 003-2003-SA.

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    CONSORCIO RUPA RUPA INFORME Nro. 04 (FINAL)

    CUADRO N 04

    Lmites de Sustancias Potencialmente Peligrosas

    Parmetros Unidades

    Clasificacin(2)

    I II III V VI

    Selenio mg/l 0.01 0.010 0.050 0.005 0.010

    Mercurio mg/l 0.002 0.002 0.010 0.0001 0.0002

    PCB mg/l 0.001 0.001 1+ 0.002 0.002

    Esteres

    Eftalatos mg/l 0.0003 0.0003 0.0003 0.0003 0.0003

    Cadmio mg/l 0.010 0.010 0.050 0.0002 0.004

    Cromo mg/l 0.050 0.050 1.000 0.050 0.050

    Niquel mg/l 0.002 0.002 1+ 0.002 **

    Cobre mg/l 1.000 1.000 0.500 0.010 *

    Plomo mg/l 0.050 0.050 0.100 0.010 0.030

    Zinc mg/l 5.0 5.0 25.000 0.020 **

    Cianuro Wad mg/l 0.08 0.08 0.10 0.022 0.022

    Cianuro Libre mg/l 0.08 0.08 0.10 0.022 0.022

    Fenoles mg/l 0.0005 0.001 1+ 0.001 0.100

    Sulfuros mg/l 0.001 0.002 1+ 0.002 0.002

    Arsnico mg/l 0.10 0.10 0.200 0.010 0.050

    Nitratos (N) mg/l 0.010 0.010 0.100 N.A N.A

    NOTAS:* Pruebas de 96 horas LC50 multiplacadas por 0.1 ** Pruebas de 96 horas multiplacadas por 0.02, LC50 dosis letal para provocar 50% de muertes o inmovilizaciones de la especie del bio ensayo. 1+ Valores a ser determinados. En caso de sospechar su presencia se aplicar los valores de la columna V

    provisionalmente.

    (2) Para el uso de aguas IV no es aplicable.

    N.A. Valor no aplicable.

    PESTICIDAS: Para cada uso se aplicar como lmite, los criterios de calidad de aguas establecidas por el

    Environmental Protection Agency de los Estados Unidos de Norteamrica.

    Fuente: Ley General de Agua D.L. N 17752, incluyendo las modificaciones de los artculos 81 y 82 del

    reglamento de los Ttulos I, II y III, segn el D.S. N 007-83-SA y D.S.N 003-2003-SA.

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    CONSORCIO RUPA RUPA INFORME Nro. 04 (FINAL)

    Ley Forestal y de la Fauna Silvestre

    El 13 de Mayo de 1975 se promulg mediante Decreto Ley N 21147, en la que se

    contemplan una serie de factores que garantizan los derechos del Estado y regulan los

    de aquellos que directa o indirectamente concurran a las actividades vinculadas con los

    recursos y productos forestales y de fauna silvestre. Precisando que los recursos

    forestales y la fauna silvestre son del dominio pblico y no hay derechos adquiridos.

    Considera bajo el rgimen de recurso forestal a las reas necesarias para la

    proteccin, conservacin y aprovechamiento de la fauna silvestre y las que tengan

    especial significacin por sus valores histricos, paisajsticos y cientficos.

    El Decreto Ley N 21147 cuenta con su Reglamento sobre Conservacin de Flora y

    Fauna Silvestre aprobado por D.S. N 158-77-AG y que a la vez contempla en uno de

    sus captulos: De las Especies Protegidas de Flora y Fauna Silvestre que de una u otra

    forma estn amenazadas para asegurar su conservacin la misma que por resolucin

    Ministerial se establecer la lista de especies protegidas de la flora y de la fauna

    silvestre con fines de proteccin, as como el establecimiento de las vedas que sern

    establecidas para asegurar la proteccin y/o utilizacin de las especies.

    Pero mediante Decreto Supremo N 013-99-AG se decreta la prohibicin de caza,

    extraccin, transporte y/o exportacin con fines comerciales de especies de fauna

    silvestres no autorizadas por el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA),

    donde se aprueba la categorizacin de especies amenazadas d fauna silvestre, que

    entro en vigencia a partir del 1 de Enero del 2000.

    Mediante Decreto Supremo N 034-2004-AG del 22 de Septiembre del 2004 se

    aprueba la categorizacin de especies amenazadas de fauna silvestre y prohben su

    caza, captura, tenencia, transporte o exportacin con fines comerciales, norma que

    consta de una lista de 301 especies categorizadas como en peligro critico (CR), en

    peligro (EN), vulnerable (VU) y casi amenazado (NT).

    Legislacin sobre Preservacin del Patrimonio Cultural

    La Ley 24047 o Ley General de Amparo al Patrimonio Monumental de la Nacin, en su

    Artculo 4, define los bienes culturales como inmuebles y muebles.

    Entre los inmuebles se citan a los sitios arqueolgicos, los edificios y dems

    construcciones de valor artstico, cientfico, histrico tcnico y los conjuntos y

    ambientes de construcciones, urbanas y rurales que tengan valor cultural aunque estn

    constituidos por bienes de diversa antigedad y destino.

    Asimismo, se establece que la condicin de bien inmueble del Patrimonio Cultural de la

    Nacin ser inscrita de oficio en la partida correspondiente del Registro de la Propiedad

    inmueble, consignando las restricciones y limitaciones de uso correspondiente en cada

    caso.

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    CONSORCIO RUPA RUPA INFORME Nro. 04 (FINAL)

    La proteccin de los bienes inmuebles comprende el suelo y subsuelo en que se

    asistan, los aires y el marco circundante en la extensin tcnicamente necesaria para

    cada caso.

    Entre los muebles se citan los objetos, documentos, libros y dems cosas que son

    testimonio de creacin humana, material o inmaterial expresamente declarados como

    tales por su importancia artstica, cientfica, histrica o tcnica.

    Por otro lado, el Reglamento de Exploraciones y Excavaciones Arqueolgicas

    aprobado mediante Resolucin Suprema N 559-85-ED, define la arqueologa de

    emergencia en las siguientes variantes:

    Arqueologa de salvataje como necesidad inevitable ante ineludibles obras

    pblicas.

    Arqueologa de rescate o intervenciones de emergencia, ante obras de diversa

    ndole.

    En la misma Resolucin suprema se detallan los procedimientos a seguir para obtener

    los permisos de investigacin y excavacin expedidos por el mismo Instituto Nacional

    de Cultura (INC).

    Ley General de Residuos Slidos

    La Ley General de Residuos Slidos (Ley N 27314) fue promulgada el 21 de julio del

    2000, norma que tiene por finalidad el manejo integral y sostenible, mediante la

    articulacin, integracin y compatibilizacin de las polticas, planes, programas,

    estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestin y el manejo de los residuos

    slidos, aplicando los lineamientos de poltica que se establecen en el Artculo 4 de la

    presente Ley.

    Para el presente Proyecto los residuos slidos que se generen segn su origen se

    clasifican en residuos de las actividades de construccin de acuerdo al artculo 15 de la

    Ley.

    El 22 de Julio del 2004 se aprueba el Reglamento de la Ley N 27314 (Ley General de

    Residuos Slidos) el cual se publica mediante Decreto Supremo N 057-2004-PCM,

    que consta de diez (10) Ttulos, ciento y cincuenta (150) Artculos, doce (12)

    Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, y seis (06) Anexos.

    El reglamento tiene por finalidad asegurar que la gestin y el manejo de los residuos

    slidos sean apropiados para prevenir riesgos sanitarios, proteger y promover la

    calidad ambiental, la salud y el bienestar de la persona humana.

    Los titulares de los proyectos de obras o actividades pblicas o privadas, que generen

    o vayan a manejar residuos, deben de incorporar compromisos legalmente exigibles

    relativos a la gestin adecuada de los residuos slidos generados, en las

    Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA), en los Estudios de Impacto Ambiental

    (EIA), en los Programas de Adecuacin y Manejo Ambiental (PAMA) y en otros

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    CONSORCIO RUPA RUPA INFORME Nro. 04 (FINAL)

    instrumentos ambientales exigidos por la legislacin ambiental respectiva (Artculo 26

    del Reglamento).

    Reglamento de Estndares de Calidad del Aire

    El 24 de Junio del 2001 se aprob mediante Decreto Supremo N 074-2001-PCM el

    Reglamento de Estndares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire, el cual consta de

    5 ttulos, 28 artculos, 9 disposiciones complementarias, 3 disposiciones transitorias y 5

    anexos. Los estndares de calidad del aire tienen como objetivo proteger la salud de la

    poblacin, son considerados estndares primarios.

    Los Estndares de Calidad del Aire son aquellos que consideran los niveles de

    concentracin mxima de contaminantes del aire que en su condicin de cuerpo

    receptor es recomendable no exceder para evitar riesgo a la salud humana, los que

    debern alcanzarse a travs de mecanismos y plazos detallados en el Reglamento.

    Los Estndares Primarios de Calidad del Aire consideran los niveles de concentracin

    mxima de los siguientes contaminantes del aire:

    a) Dixido de Azufre (SO2)

    b) Material Particulado con dimetro menor o igual a 10 micrmetros (PM 10).

    c) Monxido de Carbono (CO2).

    d) Dixido de Nitrgeno (NO2).

    e) Ozono (O3).

    f) Plomo (Pb).

    g) Sulfuro de Hidrgeno (H2S).

    Asimismo, se considera el Material Particulado con dimetro menor o igual a 2.5

    micrmetros (PM 2.5) con el objeto de establecer su correlacin con el PM10.

    Los valores referenciales se muestran en el Cuadro N 05, as como los mtodos de

    anlisis de los contaminantes.

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    CUADRO N 05

    Estndares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire (Todos los valores son concentracin en microgramos por metro cbico)

    Contaminantes Periodo

    Forma del Estndar

    Mtodo de Anlisis [1]

    Valor Formato

    Dixido de Azufre

    Anual 80 Media aritmtica anual Fluorescencia UV

    (mtodo automtico) 24 horas 365 NE ms de 1 vez al ao

    PM10

    Anual 50 Media aritmtica anual Separacin inercial /

    filtracin (Gravimetra) 24 horas 150 NE ms de 3 veces/ao

    Monxido de Carbono

    8 horas 10000 Promedio mvil Infrarrojo no dispersivo

    (NDIR)

    1 hora NE ms de 1 vez/ao (Mtodo automtico)

    Dixido de Nitrgeno

    Anual Promedio aritmtico anual Quimiluminiscencia

    (Mtodo automtico) 1 hora NE ms de 24 veces/ao

    Ozono 8 horas NE ms de 24 veces/ao Fotometra UV (Mtodo

    automtico)

    Plomo

    Anual [2] Mtodo para PM10 (Espectrofotometra

    atmica) Mensual NE ms de 4 veces/ao

    Sulfuro de Hidrgeno

    24 horas2

    Fluorescencia UV (Mtodo automtico)

    [1] O mtodo equivalente aprobado [2] A determinarse segn lo establecido en el Artculo 5 del presente reglamento. Fuente: Decreto Supremo N 074-2001-PCM.

    Lmites Permisibles para Ruidos

    Mediante el Decreto Supremo N 085-2003-PCM del 24 de Octubre del 2003 se

    aprueba el Reglamento de Estndares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, el

    cual consta de 5 ttulos, 25 artculos, 11 disposiciones complementarias, 2

    disposiciones transitorias y 1 anexo.

    Los Estndares de Calidad Ambiental (ECA) para Ruido establecen los niveles

    mximos de ruido en el ambiente que no deben excederse para proteger la salud

    humana. Dichos ECAs consideran como parmetro el Nivel de Presin Sonora

    Continuo Equivalente con ponderacin A (LAeqT) y toman en cuenta las zonas de

    aplicacin y horarios que se establecen en el Cuadro N 06

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    CONSORCIO RUPA RUPA INFORME Nro. 04 (FINAL)

    CUADRO N 06 Estndares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido

    Zonas de Aplicacin

    Niveles de Ruido (LAeqT)

    Horario Diurno

    07:01 22:00

    Horario Nocturno

    22:01 07:00

    Zona de Proteccin Especial 50 40

    Zona Residencial 60 50

    Zona Comercial 70 60

    Zona Industrial 80 70

    Fuente: Decreto Supremo N 085-2003-PCM

    Ley del Sistema Nacional de Inversin Pblica

    El 9 de Julio del 2000 se aprueba la Ley N 27293 Ley del Sistema Nacional de

    Inversin Pblica (SNIP), consta de 10 artculos, y 3 disposiciones complementarias.

    La presente Ley crea el Sistema Nacional de Inversin Pblica, con la finalidad de

    optimizar el uso de los Recursos Pblicos destinados a la inversin, mediante el

    establecimiento de principios, procesos, metodologas y normas tcnicas relacionados

    con las diversas fases de los proyectos de inversin.

    Artculo 6 Fases de los Proyectos de Inversin

    a) Preinversin: Comprende la Elaboracin del perfil, del estudio de prefactibilidad y

    del estudio de factibilidad.

    b) Inversin: Comprende la Elaboracin del expediente tcnico detallado y la

    ejecucin del proyecto.

    c) Postinversin: Comprende los procesos de control y evaluacin ex post.

    El Sistema Nacional de Inversin Pblica opera durante la fase de Preinversin a

    travs del Banco de Proyectos y durante la fase de Inversin a travs del Sistema

    Operativo de Seguimiento y Monitoreo.

    La elaboracin del perfil es obligatoria. Las evaluaciones de prefactibilidad y factibilidad

    pueden no ser requeridas dependiendo de las caractersticas del proyecto de inversin

    pblica.

    Decreto Supremo N 009-2005-TR

    El objetivo de esta norma es propiciar el mejoramiento de las condiciones de trabajo a

    fin de prevenir daos a la integridad de los trabajadores y asegurar la compensacin

    y/o reparacin del trabajador en caso de accidentes de trabajo o enfermedades

    laborales.

    Esta norma encarga al Ministerio de Trabajo promover una cultura de prevencin de

    riesgos laborales, brindar asesora, asistencia y cooperacin tcnica en seguridad y

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    CONSORCIO RUPA RUPA INFORME Nro. 04 (FINAL)

    salud en el trabajo, desarrollar actividades de capacitacin, formacin e investigacin

    en seguridad y salud en el trabajo, Fomentar y garantizar la difusin e informacin en

    seguridad y salud en el trabajo, efectuar el seguimiento de las acciones preventivas, en

    seguridad y salud en el trabajo, que realicen los empleadores, velar por el cumplimiento

    de la normativa de prevencin de condiciones de riesgo y de las patologas que puedan

    afectar a la salud de los trabajadores, as como el intercambio de informacin con las

    entidades vinculadas en materia de seguridad y salud en el trabajo, la orientacin y

    supervisin de la formacin que, en materia de prevencin y promocin en salud de los

    trabajadores, deba recibir el personal sanitario actuante en los servicios de prevencin

    autorizados, la elaboracin y divulgacin de estudios e investigaciones relacionados

    con la salud de los trabajadores.

    La norma establece tambin la obligacin de los empleadores de ejercer un firme

    liderazgo a las actividades de su empresa en materia de seguridad y salud en el

    trabajo; asimismo, debe estar comprometido a fin de proveer y mantener un ambiente

    de trabajo seguro y saludable en concordancia con las mejores prcticas y con el

    cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo.

    As mismo establece las normas que deben cumplir los trabajadores en la prevencin

    de accidentes.

    2.2 MARCO DE INSTITUCIONAL

    El presente proyecto est enmarcado dentro de los lineamientos de poltica funcional

    del Sistema Nacional de Inversin Pblica (SNIP), normada por la Ley N 27293: Ley

    del Sistema Nacional de Inversin Pblica, de fecha 28/06/2000; el Decreto Supremo

    N 157-2002-EF: Reglamento del SNIP, de fecha 04/10/2002; la Directiva 004-2002-

    EF/68.01, de fecha 22/11/2002 y anexos Asimismo por normas complementarias como

    la Resolucin Ministerial N 066-2003-EF/15, de fecha 17/01/2003.

    Asimismo el proyecto se encuentra enmarcado dentro de los Lineamientos de Poltica

    del Sub Sector Saneamiento, orientado a: i) incrementar la cobertura del servicio de

    agua potable con conexiones domiciliarias, ii) contribuir en la instalacin del sistema de

    alcantarillado, conexiones domiciliarias, tratamiento de aguas servidas y disposiciones

    de excretas.

    Asimismo el proyecto responde a las polticas y los objetivos estratgicos del sector

    saneamiento, las mismas que se orientan a contribuir y ampliar la cobertura, as como

    mejorar la calidad de los servicios de agua potable, alcantarillado.

    Sistema Nacional de Inversin Pblica

    El presente proyecto est enmarcado dentro de los lineamientos de Poltica funcional

    del Sistema Nacional de Inversin Pblica (SNIP), la misma que esta normada por Ley

    N 27293 del 28 de Junio del 2000 Ley del Sistema Nacional de Inversin Pblica y sus

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    normas complementarias, con la finalidad de optimizar el uso de los Recursos Pblicos

    destinados a la inversin, mediante el establecimiento de principios, procesos,

    metodologas y normas tcnicas relacionados con las diversas fases de los proyectos

    de inversin.

    El presente Proyecto de Inversin Pblica se encuentra en la fase de inversin, que

    comprende la elaboracin del estudio definitivo (Expediente Tcnico)

    Sub Sector Saneamiento

    De igual forma el proyecto se encuentra enmarcado dentro de los lineamientos de

    Poltica del Subsector Saneamiento, orientado a: Incrementar la cobertura del servicio

    de agua potable con conexin domiciliaria. Contribuir en la instalacin del sistema de

    alcantarillado, la contribucin de las comunidades ser de apoyar facilitando

    informacin, los pagos a efectuar por los usuarios deben cubrir como mnimo los costos

    de operacin y mantenimiento de los servicios.

    2.3 NORMAS QUE SE RELACIONAN CON EL PROYECTO

    Las normas que se relacionan con el Proyecto se enumeran a continuacin, la

    descripcin se detalla en el tem 2.1

    - La Constitucin Poltica del Per. 1993

    - Ley General de Ambiente (Ley N28611).

    - Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental (Ley N 27446)

    - Ley de Evaluacin de Impacto Ambiental para obras y Actividades (Ley N 26786)

    - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversin Privada (DS N 757)

    - Cdigo Civil (Art. 961).

    - Cdigo Penal (Art 304, Art. 307, Art. 313, Art. 314).

    - Ley del Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) (Ley 26410).

    - Ley General de Salud (Ley N 26854).

    - Ley Orgnica de Municipios (Ley N 27972).

    - Ley General de Aguas Decreto Ley N 17752 y sus modificaciones segn el

    Decreto Supremo N 007-83-SA y el D.S N 003-2003-SA

    - Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Ley N 27314).

    - Reglamento de Estndares de Calidad del Aire (D.S. N 074-2001-PCM).

    - Lmites permisibles para Ruidos (D.S. N 085-2003-PCM).

    - Ley del Sistema Nacional de Inversin Pblica (Ley N 27293).

    - Decreto Supremo N 009-2005-TR

    - Otros:

    Seguridad laboral en la construccin civil.

    Cartilla Bsica de Higiene y Seguridad Ocupacional.

    Cartilla de Sealizacin de Transito y Medidas de Seguridad del RNE.

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    CAPITULO 3

    DESCRIPCIN GENERAL DE LA LNEA BASE

    El presente captulo describe el entorno geofsico, biolgico y socioeconmico del rea

    de influencia del sistema de agua potable y alcantarillado del distrito de Rupa Rupa.

    3.1 Ubicacin

    3.1.1 Ubicacin Poltica

    El Distrito de Rupa Rupa se ubica en la parte central-norte del Per y es capital de la

    Provincia de Leoncio Prado del Departamento de Hunuco. Se encuentra en la parte

    media del Rio Huallaga, entre la cordillera azul y la vertiente oriental de la cordillera de

    los andes en una zona denominada Yunga.

    El rea del proyecto se ubica en el distrito de Rupa Rupa, Provincia de Leoncio Prado,

    Departamento y Regin de Hunuco.

    3.1.2 Ubicacin Geogrfica

    El Distrito de Rupa Rupa se ubica geogrficamente entre las coordenadas siguientes:

    Cuadro N 07: Ubicacin Geogrfica del Proyecto

    COORDENADAS

    UTM

    COORDENADAS

    GEOGRAFICAS

    8974000N 8972800N

    390700E 391800E

    09 16 53.54 09 15 42.43

    75 59 06.71 75 59 36.47

    Tiene una superficie aproximada de 1007.00 ha de las cuales 618 ha. Pertenecen a la

    ciudad de Tingo Mara y 389 ha. Al centro poblado de Castillo.

    Altitud

    El Distrito de Rupa Rupa referido inicialmente se encuentra a una altitud mxima de

    690 msnm y mnima de 652 msnm.

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    3.2 Aspecto Fsico

    3.2.1 Suelos

    El terreno de Tingo Mara est constituido por capas sucesivas de materiales de

    diferente gradacin (desde limos hasta gravas) de origen fluvial. En las laderas afloran

    rocas calizas del trisico jursico, erosin y depsitos de areniscas y lutitas.

    3.2.2 Geologa

    Hidrolgicamente, la cuenca del ro Huallaga descansa sobre unidades que van desde

    el Neoproterozoico hasta el Cuaternario Reciente. El Neoproterozoico se caracteriza

    mayormente por presentar esquistos micceos con reducidos afloramientos de gneis.

    En la zona de Hunuco le sigue una serie sedimentaria del Paleozoico inferior. En

    discordancia angular aflora el Ordovcico con lutitas, areniscas con abundantes

    graptolites de la Formacin Contaya. En Devnico, est representado por pizarras,

    filitas y areniscas cuarcticas muy replegadas denominadas como Grupo Exclsior.

    3.2.3 Topografa

    La topografa en la zona urbana de la ciudad de Tingo Mara se constituye sobre una

    terraza fluvial con poca pendiente (menor al 3%), ubicada en la parte baja de las

    laderas de cerros que tienen una fuerte pendiente (mayor a 40%). En estos terrenos

    generalmente se siembra y cosecha arroz dadas las caractersticas del suelo. Al

    respecto existe un estudio de suelos que se adjunta basado en el muestreo de material

    a travs de calicatas, as como un informe de Topografa realizado con un alto nivel de

    precisin y con controles geodsicos exigidos por el expediente tcnico.

    3.2.4 Sismicidad

    La fuente bsica de datos de intensidades ssmicas es el trabajo de Silgado

    (1969,1973, 1978 y 1992), que describe los principales eventos ssmicos ocurridos en

    el Per. Un mapa de distribucin de mximas intensidades ssmicas observadas en el

    Per ha sido propuesto por Alva Hurtado (1984) Se concluye que de acuerdo a la

    historia ssmica del rea del Proyecto, han ocurrido en los ltimos 400 aos

    intensidades de hasta VI MMI en Tingo Mara.

    3.2.5 Aspectos Meteorolgicos

    A. Clima

    Es clido y hmedo.

    B. Temperatura

    La temperatura media anual vara entre 22C a 25C. Las temperaturas mximas

    varan entre 33C a 36 C y las temperaturas mnimas entre 10C a 15C.

    C. Humedad

    Humedad relativa de 80 %

    D. Precipitacin

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    La precipitacin pluvial es en promedio de 3000 mm. Al ao.

    3.2.6 Hidrologa

    A. La Cuenca Del Ro Huallaga

    El ro Huallaga nace en las alturas de Cerro de Pasco, por la confluencia de dos ros

    Ticlayan, Pariamarca y Pucurhuay. El ro Huertas es uno de los principales tributarios

    del ro Huallaga y uno de los ms caudalosos. El ro Huallaga recorre hacia el Norte y

    Nor Este por los departamentos de Cerro de Pasco y Hunuco, alcanzando mayor

    amplitud en Hunuco. Los principales tributarios del ro Huallaga son: el ro Tingo,

    Condoraga, Chaupihuananga, Coqun y Quo en la zona de Ambo; los ros

    Huancachupa, Higueras, Garbanza, Chinobamba y Acomayo, provenientes de las

    alturas de Hunuco, en su margen derecha recibe caudales de las quebradas, Chicuy,

    Pumarini, olijmayo y Yanamayu provenientes de las lagunas situadas al SE de la

    ciudad de Hunuco.

    Otros ros importantes son: los ros Monzn, Magdalena y Marta, afluentes del Huallaga

    por su margen izquierdo, Tulumayo y Aucayacu, que vierte sus aguas al Huallaga por

    la margen derecha, estos cinco ros estn en la zona de Tingo Mara.

    B. El Ro Huallaga

    El ro Huallaga, con nacimiento en el departamento de Pasco, al Sur de la llamada

    Cordillera de Rauna, en la laguna de Huascacocha, en sus orgenes se llama ro

    Ranracancha y luego se llama sucesivamente ro blanco y ro Chaupihuaranga, hasta

    unirse con el ro Huariaca, lugar a partir del cual toma la denominacin de ro Huallaga.

    En Hunuco forma un importante valle interandino entre Ambo - Hunuco y Santa

    Mara del Valle luego de cruzar el relieve de Carpish ya en la Selva Alta, forma el valle

    de Tingo Mara, El Huallaga es afluente del Maran, al que vierte sus aguas por la

    margen derecha y en territorio del Departamento de Loreto, luego de recorrer

    aproximadamente 1300 km.

    C. Las Lagunas

    LAGUNA MILAGRO

    Ubicada en la localidad de Pendencia, a 25 minutos de Tingo Mara, en una extensin

    de 40 mil mts2, se encuentran dos lagunas donde pueden realizarse paseos en bote,

    pesca deportiva y apreciar la flora y fauna de este interesante lugar.

    D. Cataratas

    CATARATA VELO DE LAS NINFAS

    Est ubicada en la localidad de Tambillo, a 25 minutos en transporte vehicular, se inicia

    una caminata para llegar a este extico lugar. Especialmente para los amantes de la

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    aventura, tiempo de caminata aproximadamente dos horas. Ayudados por gente

    experimentada, realizarn escalamiento ligero en algunos lugares, atravesando por 13

    cascadas, disfrutando de la flora y fauna que ofrece esta zona, hasta llegar a la mgica

    Catarata.

    CATARATA DE SANTA CARMEN

    La Catarata de Santa Carmen est ubicada a 25 minutos de la carretera, caminando

    entre la espesura de la selva, llegarn a la ms visitada Catarata del lugar, compuesta

    de dos pozos.

    3.3 Aspecto Biolgico

    3.3.1 Flora

    La zona en estudio cuenta con una variedad de recursos naturales agropecuarios y

    forestales. Las especies forestales estn fuertemente afectadas por la presencia

    humana, la cual por motivos de expansin agraria y ganadera tala y roza la vegetacin

    existente. Las especies forestales encontradas en la zona en estudio estn formados

    bosques secundarios o purmas. Las especies vegetales encontradas en la zona

    pueden ser clasificadas en:

    Maderas: El cedro tulpay, etc.

    Plantas medicinales: Ua de gato, leche caspi o sanango, maca, quillobordn, sangre

    de grado y quinua.

    Plantas ornamentales: Las orqudeas.

    Frutas: aguaje, cocona, pltano, etc.

    3.3.2 Fauna

    Debemos iniciar como parte de fauna existente en la zona de estudio se ha encontrado

    como actividad econmica la ganadera con la crianza de vacunos, y porcinos;

    adems de la crianza de aves de corral. Tambin viene destacando la apicultura

    mediante la cual se viene extrayendo como principal producto la miel de abeja.

    En cuanto a la fauna silvestre se puede mencionar a las siguientes: la carachupa o

    armadillo y el picuro, el auje, el ronsoco, monos, venado, achuni, huangana,

    sachavaca, sajino; tambin hay cantidad de aves, como: garza blanca, paujil,

    manacaraco, pava de monte, paucar, perdiz, cndor, tucn gallito de la rocas

    papagayos loros tucanes, etc. En cuanto a serpientes, tenemos: la shushupe, el loro

    machaco, la jergn entre las ms importantes Peces: zngaro paiche tilapia

    carachama. Adems de innumerables insectos y microorganismos. Esta informacin

    fue recopilada de los trabajos de campo mediante entrevistas a los pobladores.

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    3.3.3 Parque Nacional de Tingo Mara

    Parque Nacional de Tingo Mara (Bella Durmiente), ubicado a 6 Km. de la ciudad, se

    encuentra este importante centro turstico. En un recorrido de 20 minutos se llega a la

    Cueva de las Lechuzas, gruta gigante, donde puede apreciarse formaciones de

    estalactitas. Puede observarse una hermosa vista panormica. All cerca se encuentra

    otro interesante lugar Aguas sulfurosas.

    3.4 Aspecto Socioeconmico

    A partir de la dcada del 40', con la apertura de la carretera Federico Basadre

    (actualmente la marginal), que permiti la conexin por va terrestre de la zona de

    Pucallpa con las ciudades de Tingo Mara, Hunuco, Cerro de Pasco y Lima, se inicia

    un proceso socioeconmico muy dinmico de poblamiento y ocupacin del espacio

    cuyos resultados ms relevantes fueron:

    La inmigracin masiva de contingentes poblacionales provenientes de diversas

    regiones, particularmente de los departamentos de Hunuco, San Martn, Cerro de

    Pasco y Junn;

    La apertura de un frente agropecuario a ambos lados de la carretera con la

    consecuente conversin de los bosques originales en pastizales y/o complejos de

    chacras y purmas.

    El empobrecimiento y erosin gentica de los bosques por la tala indiscriminada y

    selectiva de las especies ms valiosas, hasta entonces poco intervenidos por las

    dificultades de transporte.

    El cambio en la tendencia de la concentracin espacial de la poblacin, pues hasta

    1940, la mayor concentracin de la poblacin estaba en las zonas ribereas

    (mrgenes del ro Ucayali principalmente); pero a partir de la culminacin de la

    carretera Federico Basadre, la zona de mayor densidad pasa a ser las reas

    adyacentes al Rio Huallaga, incluyendo sus ramales secundarios.

    Estos procesos demogrficos, a su vez, han generado problemas ecolgicos y

    socioeconmicos como la deforestacin, prdida de biodiversidad, erosin de suelos,

    colmatacin de cuerpos de agua y pobreza rural, entre otros.

    Tingo Mara se caracteriza por tener un cerro, en el cual yace la figura de una mujer

    llamada "bella durmiente" que representa una leyenda en cuyos pies circulan los ros

    Huallaga y Monzn. Esta ciudad constituye un foco de atraccin turstica importante, el

    cual presenta un hermoso y tpico paisaje selvtico. Tingo Mara es uno de los centros

    principales del desarrollo turstico de la zona selvtica.

    La ciudad de Tingo Mara, capital de la provincia de Leoncio Prado, fue fundada el 15

    de octubre de 1938.

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    3.4.1 Poblacin

    La Ciudad de Tingo Mara en conjunto con Castillo Grande, es el centro urbano

    principal de la Provincia de Leoncio Prado, con una poblacin urbana total calculada

    para el ao 2010, de 52,251 habitantes; de los cuales 36,023 habitan en Tingo Mara y

    16,229 en Castillo Grande.

    Las Proyecciones poblacionales se han efectuado tomando como informacin bsica

    los datos resultantes de los Censos efectuados por el INEI de los aos 1981, 1993,

    2005 y 2007 para la ciudad de Tingo Mara zona urbana.

    Los datos oficiales del INEI son:

    Cuadro N 08: Datos INEI Rupa Rupa (Tingo Mara)

    AO

    POBLACION URBANA (habitantes)

    URBANA RURAL TOTAL

    1981 33794 s/d s/d

    1993 43152 4571 47723

    2005 46610 5853 52463

    2007 50414 5975 56389

    Fuente: Censos INEI 1981, 1993, 2005, 2007.

    Si vemos los datos del Cuadro N 08, podremos apreciar una aparente incongruencia

    en los aos 2005 y 2007. Es decir como desde el ao 1993 hasta el 2005 la poblacin

    creci en 3458 habitantes, mientras que en solo 02 aos (del 2005 al 2007) la

    poblacin creci en 3804 habitantes, o sea, ms que el periodo anterior de 12 aos.

    Lo sealado en el prrafo anterior pueda ser explicado por el trmino del terrorismo y el

    regreso de muchas personas que emigraron de Tingo Mara por ese motivo. El hecho

    es que ha habido una disminucin importante de la tasa de crecimiento que tena el

    Pas en aos anteriores. Esto puede apreciarse si comparamos con el ao 1981.

    En virtud a lo sealado, se han hecho los clculos para la determinacin de la

    poblacin futura, utilizando los mtodos matemticos y encontrando que el crecimiento

    geomtrico se acerca mejor a la poblacin esperada en esta zona de trabajo.

    Con el crecimiento proyectado para Tingo Mara, que es la base para proyectar la

    poblacin, se ha determinado los porcentajes de crecimiento del ao 2009 a los aos

    2020, 2026 y 2030 correspondientes a periodos de 10, 16 y 20 aos respectivamente.

    Estos porcentajes sern aplicados a la poblacin actual (2009) que tenemos,

    obteniendo de esta manera las poblaciones proyectadas a los periodos de diseo que

    nos interesa. En el Cuadro N 09, se muestran los resultados finales.

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    Cuadro N 09: Poblacin proyectada

    TIEMPO POBLACION PROYECTADA (habitantes)

    AO PERIODO TINGO MARIA %

    2009 Ao 0 51547 100.00

    2020 Ao 10 58247 113.00

    2026 Ao 16 62262 120.79

    2030 Ao 20 65092 126.28

    3.4.2 Servicios Bsicos

    a. Agua Potable.

    El servicio de agua potable brindados por la Empresa SEDA HUANUCO S.A,

    abarcando una cobertura del 48.1%.

    b. Alcantarillado

    El servicio de alcantarillado cubre un 35.5%. Esta cobertura se ha obtenido

    considerando la poblacin de la ciudad de Tingo Mara, los Asentamientos Humanos

    aledaos y al Centro Poblado Castillo Grande.

    c. Salud

    La ciudad cuenta con dos hospitales: El hospital Regional de Tingo Mara y el hospital

    de ESSALUD, as como 3 puestos de Salud.

    d. Educacin

    Otro aspecto que puede extenderse de la ciudad de Tingo Mara.

    En el cuadro N 10 se puede observar que el nivel educativo alcanzado ms

    preponderante en los habitantes de la Ciudad de Tingo Mara y Castillo Grande es

    el Secundario (37.81%), le sigue el nivel Primario (22.46%) y el nivel superior (17.67%)

    y luego con mucho menor participacin el nivel Secundaria Incompleta (7.22%). Las

    estadsticas muestran que el nivel alcanzado por la poblacin en estudio es muy bajo,

    aproximadamente el 79.90% de la poblacin tiene un nivel igual o inferior al

    Secundario.

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    Cuadro N 10: Nivel Educativo RUPA RUPA: Grado de Instruccin

    GRADO DE INSTRUCCIN PORCENTAJE %

    Secundaria Completa 37.81

    Primaria 22.46

    Superior 17.67

    Secundaria Incompleta 7.22

    Sin instruccin 6.58

    Primaria Incompleta 3.58

    Superior Tcnica 2.43

    Inicial 1.91

    Superior Incompleta 0.35

    FUENTE: Elaboracin Propia Encuesta Socioeconmica agosto 2008. CONSORCIO HUALLAGA

    A pesar del cuadro anterior el 92.17% de la poblacin total encuestada respondi que

    sabe leer y escribir. Ver cuadro N 11

    Cuadro N 11

    RUPA RUPA: Condicin de Alfabetismo en la poblacin de Tingo Mara

    Zona Sabe Leer y escribir No Sabe Leer y escribir

    encuestados porcentaje Encuestados %

    Tingo Mara 1442 92.38% 119 7.62%

    FUENTE: Elaboracin Propia Encuesta Socioeconmica agosto 2008. CONSORCIO HUALLAGA

    En educacin se cuenta con centro educativo de niveles iniciales, primarios,

    secundarios y superiores; estatales y privados; los que tienen una infraestructura en

    buen estado Centro de Estudio Estatal

    Nivel primario: 6

    Nivel secundario: 3

    Nivel superior: 1

    e. Suministro de Energa

    El suministro de energa est a cargo de la empresa Electrocentro, que tiene una

    buena cobertura y brinda un servicio de 24 horas.

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    f. Infraestructura Vial

    Tingo Mara se encuentra comunicado e interconectado por va terrestre a la capital de

    la Repblica a 528 Km. Y 113 Km. de Hunuco, a la cual se accede por carretera

    asfaltada hasta Tingo Mara. El tiempo de viaje es de aproximadamente de 11 horas.

    La carretera asfaltada es mantenida regularmente, pero afectada por constantes

    huaycos que ocasionan deslizamientos de laderas de montaas en poca de lluvias. La

    ciudad de Tingo Mara tambin se comunica a Pucallpa por va terrestre a travs de

    una carretera afirmada cuyo estado es regular, dependiendo de la poca del ao y del

    mantenimiento del tramo.

    g. Vivienda

    En Tingo Mara y Castillo Grande, el material predominante de construccin de las

    viviendas es de material noble, con el 72.6% y 85.7% respectivamente, seguido de las

    viviendas de madera que, en Tingo Mara es el 20.3% de las viviendas y en Castillo

    Grande, el 6.1%.

    3.4.3 Actividades Econmicas

    Las actividades econmicas con mayor participacin en el VAB departamental de 2006

    son: la agricultura, caza y silvicultura (28,3 por ciento), seguida del comercio (16,1 por

    ciento) y servicios gubernamentales (12,6 por ciento).

    La actividad primaria (extractiva) aport con el 32,6% del VAB departamental de 2006,

    destacando la actividad agropecuaria (28,3 por ciento en la estructura departamental),

    que se constituy como la principal, la misma que disminuy en 2,5% ciento en el 2007

    respecto al ao anterior, debido a la poca disponibilidad de agua que influy en la

    menor produccin de papa blanca y amarilla, principales productos del departamento.

    El sector secundario (transformacin), represent el 12,4%, sobresaliendo el sector

    manufacturero con el 9,9% por ciento, debido a la industrializacin del caf y el cacao

    principalmente, seguido de la construccin, que aport el 1,9 por ciento.

    Finalmente, el sector terciario represent el 55,0% del VAB departamental, destacando

    el comercio (16,1%), servicios gubernamentales (12,6 %), y transportes y

    comunicaciones (11,0 %)

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    3.4.4 Diagnstico de la Situacin Actual

    Las principales caractersticas de la situacin actual, que servirn como base para la

    identificacin del problema y el planteamiento de soluciones se presentan a

    continuacin:

    A. Caractersticas de Salud

    En distrito de Rupa Rupa, los servicios de saneamiento no tienen una adecuada

    continuidad y presentan ausencia de tratamiento de aguas servidas, estas condiciones

    repercuten en la salud de la localidad.

    Las enfermedades prevalentes son las respiratorias agudas, seguido por las

    enfermedades de la Cavidad Bucal, en tercer lugar se presentan las enfermedades

    infecciosas intestinales seguidas de las Helmintiasis.

    B. Situacin Actual del Consumo Urbano.

    SISTEMA DE AGUA POTABLE

    El sistema administrado por Seda Hunuco tiene como fuente de agua el agua

    subterrnea procedente del acufero superior existente en la ribera del ro Huallaga el

    cual es captado y recargado a travs de 02 Caisson e impulsado en 02 estaciones de

    Bombeo por medio de 03 lneas de Impulsin hacia los 03 reservorios existentes de

    agua. Las redes de Distribucin suman en total 53.90 km. De longitud, que cubren

    parcialmente la ciudad, quedando la zona sur y las zonas altas sin redes de

    distribucin, la poblacin de Tingo mara no cuenta con agua disponible las 24 horas

    del da hay zonas donde hay disponibilidad de agua solo 3 horas y otras donde la

    disposicin de agua es de 18 o hasta 24 horas al da.

    Por otra parte encontramos los sistemas de agua potable paralelos, ubicados en la

    zona Norte y Este de Tingo Mara que son sistemas cuya fuente de agua es superficial

    en el 95% de los casos y el 5% de estas captaciones es subterrnea de manantiales de

    tipo ladera.

    SERVICIO DE ALCANTARILLADO SANITARIO

    El sistema de alcantarillado que actualmente est en funcionamiento es administrado

    por Seda Hunuco, el 85.2% de todas las redes construidas tiene una antigedad de

    ms de 30 aos, existen 03 colectores principales y todas descargan a la caseta de

    bombeo, que se encuentra en buenas condiciones estructurales, sin embargo el

    funcionamiento de las bombas es manual y de 10 horas al da, La manera como se

    viene evacuando las aguas servidas de la caseta de bombeo no es de lo mejor puesto

    que las bombas funcionan en horarios diurnos solamente y el resto de tiempo se

    encuentran apagadas y las aguas servidas que se producen en estas horas se van

    llenando en la cmara hmeda y los buzones del sistema hasta rebosar lo que produce

    que casi en su totalidad todos los buzones se encuentren en un proceso de colapso.

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    CAPITULO 4

    VULNERABILIDAD DEL REA DEL PROYECTO

    4.1 Introduccin

    El Per es una regin expuesta a diversas amenazas naturales, terremotos,

    inundaciones, deslizamientos, fuertes precipitaciones, periodos de estiaje, provocando

    graves desastres, la suma de estas amenazas naturales con el incremento de la

    vulnerabilidad provocada por la accin del hombre en los procesos de desarrollo,

    industrializacin, urbanizacin exagerada, el deterioro del medio ambiente, ha

    disparado la frecuencia de los desastres y especialmente el efecto de los mismos, que

    es necesario tenerlos en cuenta en un EIA.

    En este captulo se presenta la evaluacin del rea del proyecto susceptible de sufrir

    una predisposicin o susceptibilidad fsica, econmica, o social debido a sucesos

    externos ya sea de origen natural o antrpico.

    El proceso de anlisis de vulnerabilidad parte de un estudio de la lnea base del rea

    de influencia donde se desarrolla el proyecto, de las etapas de operacin y

    mantenimiento de la misma, por otro lado involucra las caractersticas de cualquier

    amenaza natural que potencialmente puede ocasionar daos.

    4.2 Vulnerabilidad Directa

    En esta seccin se analizan los aspectos de vulnerabilidad de carcter fsico,

    recalcando el carcter exploratorio de la investigacin el cual se basa de los datos

    obtenidos del rea de influencia.

    4.2.1 Vulnerabilidad de la Tierra

    El rea posee tierras con ligero riesgo y debido a sus caractersticas ecolgicas y de

    uso presenta ciertas limitaciones para su capacidad de produccin.

    Geolgicamente son estables y la vulnerabilidad es atenuada por la cobertura vegetal,

    generalmente la estabilidad de estas tierras es alterada por la actividad agrcola. Las

    actividades productivas requieren considerar acciones de conservacin de suelos.

    Sin embargo el rea presenta diferentes grados de capacidad de resistencia del

    ecosistema a los procesos geodinmicos naturales o aquellos generados por la

    actividad del hombre.

    4.2.2 Amenaza de Deslizamiento

    En la actualidad, la selva peruana constituye una de las zonas ms propensas a

    registrar deslizamientos por efectos de las lluvias que se estn presentando en el pas

    4.2.3 Disminucin de los Recursos Hdricos

    La fuente de abastecimiento de agua para el sistema de agua potable y alcantarillado

    es el ro Huallaga principalmente. Los caudales del ro presenta variaciones

    estacinales.

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    Cuando los caudales sean menores puede ocurrir que la captacin disminuya y por

    ende la lnea de conduccin tenga salidas con mermas alcuotas; esto ocurrira en los

    siguientes casos:

    Por fenmenos climticos de sequa.

    Por no haberse efectuado obras de regulacin estacional en las cuencas altas del

    HUALLAGA.

    Pueden ocurrir disminuciones del caudal por carcter temporal que podran ser ocasionadas

    por:

    - Problemas en el transporte hidrulico por la lnea de conduccin. Mayores

    abstracciones aguas arriba del punto de derivacin a la planta de tratamiento.

    - Interrupciones del flujo por roturas de la lnea de conduccin.

    - Acciones de tipo geolgico a lo largo del ro o en el punto de captacin

    ocasionando taponamientos, desviaciones u otros que determinen la disminucin

    del caudal.

    Mientras que el primer caso corresponde a un manejo regional de los abastecimientos

    de agua, el segundo es un caso fortuito que tendr solucin en un tiempo relativamente

    corto.

    4.2.4 Riesgo Ssmico

    Segn los mapas de zonificacin ssmica, el rea de influencia se encuentra

    comprendida en la Zona 2, correspondindole una sismicidad media y una intensidad

    de VII en la Escala de Mercalli, tal como se muestra en el Diagrama N 01 donde se

    observa el mapa de zonificacin ssmica.

    Los diseos estructurales de las instalaciones del proyecto han tenido en cuenta estos

    parmetros y por lo tanto se han ceido a lo estipulado por las normas de diseo.

    En todo caso, ante la posibilidad de que sismos de gran magnitud afecten la zona,

    debe tenerse presente la posibilidad de daos que ocasionara en las viviendas y vas

    de acceso principalmente.

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    Diagrama N 01 Intensidades Ssmicas

    Fuente: INDECI

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    4.3 Vulnerabilidad Indirecta

    4.3.1 Deterioro de las Estructuras Metlicas

    El deterioro de las estructuras metlicas se da por intemperismo o por accin humana,

    el deterioro referente al intemperismo se puede evitar mediante mantenimiento

    constante a las partes expuestas al aire y humedad. La administracin del servicio

    deber tener un programa de mantenimiento que incluya pintado de las estructuras y el

    engrase de la maquinaria, instrumentos, vlvulas y compuertas.

    En el proyecto se ha provisto de cercos a todas las estructuras nuevas y a todas las

    rehabilitadas, adems de ello la administracin deber tener un sistema de vigilancia

    en el periodo de operacin.

    4.3.2 Destruccin de las Estructuras de las Instalaciones del Proyecto

    Las estructuras que comprenden las instalaciones del sistema de agua potable y

    alcantarillado pueden ser destruidas por accin humana y por la naturaleza.

    Las acciones humanas se refieren principalmente a los actos de terrorismo, conmocin

    social y a los casos de acciones blicas. En caso de presentarse estas situaciones es

    difcil encontrar un medio efectivo que impida la destruccin de las estructuras pues la

    vigilancia y/o proteccin que pueda presentar la institucin es limitada. Por otro lado las

    compaas aseguradoras tienen sistemas de precio elevado para estos casos por lo

    que deber decidir optar por un seguro en los periodos en que se detecte la posibilidad

    de presentar alguna de estas situaciones.

    4.3.3 Incendios

    Las posibilidades de incendios son latentes debido a la existencia de combustibles y

    conexiones elctricas en las instalaciones del sistema. La presencia de material

    combustible se limita a los aislamientos elctricos y algn pequeo material de madera

    o plstico presente dentro de las instalaciones. En estas condiciones la posibilidad de

    proliferacin de fuego iniciado es reducida significativamente. Sin embargo entre los

    equipo a proporcionar por la administracin se debe incluir extintores de fuego.

    4.3.4 Cortes de Energa Elctrica

    Dentro del proyecto se ha considerado un equipamiento que funciona casi

    ntegramente por un sistema de bombeo. Para estos casos se prev la inclusin de un

    generador elctrico, asegurando el abastecimiento de agua potable con calidad de

    reglamento a un alto porcentaje del total de la poblacin del proyecto en periodos de

    corte de fluido elctrico.

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    CAPITULO 5

    DESCRIPCIN DEL PROYECTO En el presente captulo se describe en forma general las actividades que se llevarn a cabo

    durante las etapas de seleccin de sitio, construccin y operacin del sistema de agua potable

    y alcantarillado

    5.1 Descripcin General Del Proyecto

    5.1.1 Nombre y Localizacin del Proyecto

    El Proyecto se denomina Estudio de Impacto Ambiental de la Ampliacin y

    Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposicin Final

    de la zona urbana del distrito de Rupa Rupa 1ra. Etapa, la cual se desarrollar en la

    ciudad de Tingo Mara distrito de Rupa Rupa Provincia de Leoncio Prado

    Departamento y Regin de Hunuco.

    5.1.2 Justificacin del Proyecto

    El proyecto se justifica econmicamente, por la necesidad de SEDA HUANUCO SA de

    garantizar un abastecimiento satisfactorio, y de ptima calidad de agua para consumo

    humano. Asimismo un servicio y disposicin adecuada del alcantarillado en la ciudad.

    El proyecto desde el punto de vista ambiental evidencia impactos negativos

    mnimos, dado que el mismo se desarrollar dentro de un ambiente urbano ya

    acondicionado para la instalacin y construccin de los componentes de un sistema de

    agua potable y alcantarillado. Los impactos positivos se centran sobre todo en el

    aspecto socioeconmico y cultural, debido a que esta actividad crear puestos de

    trabajo, mejorando las condiciones de vida de las personas que participen en su

    construccin y posterior funcionamiento, asimismo la poblacin se beneficiar y

    mejorar su calidad de vida con los servicios brindado por la empresa.

    5.1.3 Programa General de Trabajo

    A continuacin se presenta el programa general de trabajo, detallando las actividades

    que se llevarn a cabo durante las etapas de construccin e instalacin del sistema de

    agua potable y alcantarillado.

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    5.1.3.1 SISTEMA DE AGUA POTABLE

    C-01 CAPTACIN

    Reequipamiento de la Estacin de Bombeo Existente EB-01 (Antiguo).

    Reequipamiento de la Estacin de Bombeo Existente EB-02 (Nuevo).

    Construccin de almacn insumos qumicos

    Construccin Cerco Perimtrico y acondicionamiento

    Construccin Caisson C-03 y C-04

    Construccin Estaciones de Bombeo EB-03 y EB-04

    Construccin Caisson de recarga CR-02, CR-03 y CR-04

    C-02 LINEAS DE IMPULSION

    Construccin e instalacin de la lnea de Impulsin LI-01.

    Construccin e instalacin de la lnea de Impulsin LI-02.

    Construccin e instalacin de la lnea de Impulsin LI-03.

    Construccin e instalacin de la lnea de Impulsin LI-04.

    Construccin e instalacin de la lnea de Impulsin LI-05.

    C-03 RESERVORIOS

    Rehabilitacin del Reservorio Existente R-01 V=1800 m3 (Tingo Bajo).

    Rehabilitacin del Reservorio Existente R-02 V=1000 m3 (Castillo Grande).

    Construccin Reservorio R-03 V=600 m3 (09 de Octubre).

    Construccin Reservorio R-04 V=300 m3 (Tingo Medio).

    Construccin Reservorio R-05 V=1650 m3 (Zona Sur).

    C-04 LNEAS DE ADUCCIN Y REDES DE DISTRIBUCIN

    Construccin e instalacin de la lnea de aduccin y distribucin para los sectores de Tingo Bajo, Tingo Medio, Zona Sur, 9 de Octubre y Castillo Grande.

    C-05 CONEXIONES DOMICILIARIAS

    Instalacin de conexiones domiciliarias con su respectivo micromedidor.

    5.1.3.2 SISTEMA DE ALCANTARILLADO

    C-01 INSTALACION DE COLECTORES

    Instalacin de los colectores principales.

    Instalacin de los colectores secundarios.

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    C-02 CONSTRUCCION DE CAMARAS DE BOMBEO

    Construccin de la Cmara de Bombeo de Aguas Residuales CB-01 (Tingo Maria).

    Construccin de la Cmara de Bombeo de Aguas Residuales CB-02 (Los Laureles).

    Construccin de la Cmara de Bombeo de Aguas Residuales CB-03 (Castillo G.)

    C-03 INSTALACION DE LINEAS DE IMPULSION DE AGUAS RESIDUALES

    Instalacin de Lneas de Impulsin CB-01 a PTAR-01.

    Instalacin de Lnea de Impulsin CB-02 a Colector Castillo.

    Instalacin de Lnea de Impulsin CB-03 a PTAR-02.

    C-04 CONSTRUCCIO