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impacto ambiental en saneamiento
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EXPEDIENTE TECNICO: AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA INTEGRAL DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y DISPOSICION FINAL DE LA ZONA URBANA DEL DISTRITO DE RUPA RUPA 1RA ETAPA
CONSORCIO RUPA RUPA INFORME Nro. 04 (FINAL)
INDICE
CAPTULO I
INTRODUCCIN 5
1.1 Generalidades 5
1.2 Objetivos del estudio 5
1.2.1 Objetivo General 5
1.2.2 Objetivos Especficos 5
1.3 Ubicacin Geogrfica 6
CAPTULO II
MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL
2.1 Legislacin Nacional 7
2.2 Marco de Institucional 20
2.3 Normas que se relacionan con el Proyecto 21
CAPTULO III
DESCRIPCIN GENERAL DE LA LINEA BASE
3.1 Ubicacin 22
3.1.1 Ubicacin Poltica 22
3.1.2 Ubicacin Geogrfica 22
3.2 Aspecto Fsico 23
3.2.1 Suelos 23
3.2.2 Geologa 23
3.2.3 Topografa 23
3.2.4 Sismicidad 23
3.2.5 Aspectos Meteorolgicos 23
3.2.6 Hidrologa 24
3.3 Aspecto Biolgico 25
3.3.1 Flora 25
3.3.2 Fauna 25
3.3.2 Parque Nacional de Tingo Mara 26
3.4 Aspecto Socioeconmico 27
3.4.1 Poblacin 28
3.4.2 Servicios Bsicos 28
3.4.3 Actividades Econmicas 30
3.4.4 Diagnstico de la Situacin Actual 31
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CAPTULO IV
VULNERABILIDAD DEL AREA DEL PROYECTO
4.1 Introduccin 32
4.2 Vulnerabilidad Directa 32
4.2.1 Vulnerabilidad de la Tierra 32
4.2.2 Amenaza de Deslizamiento 32
4.2.3 Disminucin de los Recursos Hdricos 32
4.2.4 Riesgo Ssmico 33
4.3 Vulnerabilidad Indirecta 35
4.3.1 Deterioro de las Estructuras Metlicas 35
4.3.2 Destruccin de las Estructuras de las Instalaciones del Proyecto 35
4.3.3 Incendios 35
4.3.4 Cortes de Energa Elctrica 35
CAPITULO V
DESCRIPCIN DEL PROYECTO
5.1 Descripcin General del Proyecto 36
5.1.1 Nombre y Localizacin del Proyecto 36
5.1.2 Justificacin del Proyecto 36
5.2 Etapa de Seleccin del Sitio 38
5.2.1 Ubicacin Fsica 38
5.2.2 Vas de Acceso 39
5.3 Descripcin del Proceso 40
5.3.1 Construccin y Mejoramiento del Sistema de Agua y Alcantarillado 40
5.3.2 Sistema de Alcantarillado Sanitario Proyectado 45
CAPITULO VI
IDENTIFICACION Y EVALUACION DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES
6.1 Definicin de Indicadores de Impactos 57
6.1.1 Determinacin de Indicadores 57
6.1.2 Valores de los indicadores de lnea base 57
6.2 Anlisis Identificacin de Impactos Ambientales 60
6.2.1 Principales impactos en la etapa de construccin y operacin 65
6.2.2 Evaluacin de los impactos ambientales 66
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CAPITULO VII
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA)
7.1 Implementacin de las medidas de mitigacin ambiental 73
7.1.1 Objetivos 73
7.1.2 Implementacin de actividades a desarrollar 74
7.1.3 Medidas de mitigacin para la etapa de construccin y operacin 74
7.2 Plan de Contingencia 75
7.2.1 Introduccin 75
7.2.2 Objetivos 75
7.2.3 Alcance 76
7.2.4 Procedimiento del Plan de Contingencia 76
7.2.5 Acciones a tomar en caso de Emergencia 76
7.2.6 Incendio y Explosiones 76
7.2.7 Respuesta ante la fuga de gas 77
7.3 Programa de Capacitacin 77
7.3.1 Introduccin 77
7.3.2 Alcance 77
7.3.3 Objetivo 77
7.3.4 Plan Operacional del Programa 77
7.4 Programa de Monitoreo Ambiental
7.4.1 Introduccin 79
7.4.2 Objetivo General 79
7.4.3 Seleccin de parmetros 79
7.4.4 Muestreo y Mediciones 81
7.4.5 Procesamiento de Datos 85
7.4.6 Elaboracin del Informe 86
7.5 Plan de Manejo de Residuos Slidos 87
7.5.1 Introduccin 87
7.5.2 Alcance 87
7.5.3 Plan Operacional 88
7.5.4 Capacitacin 90
7.5.5 Manejo de registros 90
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7.6 Plan Mantenimiento de instalaciones y equipos 91
7.6.1 Objetivos 91
7.6.2 Alcance 91
7.6.3 Responsabilidad 91
7.6.4 Programa de mantenimiento 91
CAPITULO VIII
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
8.1 Conclusiones 92
8.2 Recomendaciones 92
8.3 Anexos
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CAPITULO 1
INTRODUCCION
1 INTRODUCCIN
1.1 GENERALIDADES
El presente proyecto es planificado por los entes locales como son la Municipalidad Provincial
de Leoncio Prado y La empresa SEDA HUANUCO, quien es la prestadora de servicios de
agua potable y alcantarillado de la ciudad de Tingo Mara la misma que tambin se encarga del
desarrollo de obras sanitarias as como la operacin y mantenimiento de los sistemas de agua
potable y alcantarillado.
El presente Estudio de Impacto Ambiental (EIA) se desarrolla sobre la base de las obras
definidas en el Expediente Tcnico Ampliacin y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua
Potable, Alcantarillado y Disposicin Final de la Zona Urbana del Distrito de Rupa Rupa - 1ra.
Etapa.
1.2 OBJETIVOS DEL ESTUDIO
1.2.1 Objetivo General
El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del presente Proyecto tiene como objetivo
general analizar los efectos sobre el medio ambiente de la ejecucin de las obras y/o
trabajos previstos en el Proyecto Ampliacin y Mejoramiento del Sistema Integral
de Agua Potable, Alcantarillado y Disposicin Final de la Zona Urbana del Distrito
de Rupa Rupa 1ra Etapa. Teniendo como propsito identificar, evaluar e interpretar
los impactos ambientales potenciales, cuya ocurrencia tendra lugar en las distintas
etapas del Proyecto (Preparacin del lugar, Construccin, Operacin y Abandono de
las reas Intervenidas) a fin de prever las medidas apropiadas orientadas a evitar y/o
mitigar los efectos adversos y fortalecer los positivos.
1.2.2 Objetivos Especficos
El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) adems tiene como objetivos especficos:
Elaborar el diagnstico ambiental del mbito del proyecto.
Identificar, evaluar e interpretar los Impactos Ambientales Potenciales, cuya
ocurrencia tendra lugar en las diferentes etapas del Proyecto.
Proponer el plan Gestin Ambiental, que incluye las medidas ambientales
adecuadas que permitan prevenir, mitigar o corregir los efectos adversos
significativos.
Proponer el Programa de Monitoreo Ambiental.
Proponer el Plan de Abandono de las reas intervenidas.
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1.3 UBICACIN GEOGRFICA
El Proyecto Ampliacin y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable,
Alcantarillado y Disposicion Final de la Zona Urbana del Distrito de Rupa Rupa 1ra
Etapa. El rea de estudio corresponde a la parte urbana del Distrito de Rupa Rupa, Provincia
de Leoncio Prado, Departamento de Hunuco, en la Regin del mismo nombre.
Geogrficamente se ubica en las siguientes coordenadas: 755952 de Longitud Oeste y
91718 de Latitud Sur, a una altitud promedio de 652 m.s.n.m.
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CAPITULO 2
MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL
2 MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL
Existen un conjunto de normas o dispositivos legales nacionales y criterios o pautas a
nivel internacional, aplicables a los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), los mismos
que dan un marco de referencia a tomar en cuenta en el proceso de construccin de
las obras de agua potable y alcantarillado.
2.1 LEGISLACIN NACIONAL
De acuerdo a la naturaleza del Proyecto, las acciones, actividades y otros, tienen que
estar enmarcados dentro de la normatividad jurdica vigente en el pas, tanto en cuanto
a sus normas internas como tambin el respeto a los Tratados y Convenios
Internacionales suscritos y autorizados por el Gobierno del Per. La legislacin
ambiental aplicable en el mbito nacional es:
Constitucin Poltica del Per
La Constitucin Poltica de 1993, precisa en el Artculo 66, que los recursos naturales
renovables y no renovables son patrimonio de la Nacin. Considerndose que los
recursos naturales son todos aquellos bienes que se encuentran dentro del territorio y
que sirven para su explotacin racional y el desenvolvimiento y progreso de la Nacin.
Los Artculos 67 al 69, definen las funciones del Estado respecto a la poltica ambiental,
la conservacin y la promocin del desarrollo sustentable.
En el Artculo 2 inciso 22, dice: todas las personas tienen derecho a la paz, a la
tranquilidad, a la salud y al disfrute del tiempo libre y al descanso, as como gozar de
un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; el Artculo 7, dice: todos
tienen derecho a la proteccin de la salud, as el deber de contribuir a su promocin y
defensa.
Ley General del Ambiente
Esta Ley fue promulgada mediante Ley N 28611 el 13 de Octubre del 2005 teniendo
como objetivo principal, ordenacin del marco normativo legal para la gestin ambiental
en el Per. Establece los principios y normas bsicas para asegurar el efectivo ejercicio
del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo
de la vida, as como el cumplimiento del deber de contribuir a una efectiva gestin
ambiental y de proteger el ambiente, as como sus componentes, con el objetivo de
mejorar la calidad de vida de la poblacin y lograr el desarrollo sostenible del pas.
Esta Ley consta de un ttulo preliminar con once artculos y cuatro ttulos con 154
artculos, adems de disposiciones transitorias, complementarias y finales.
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Artculo 24.- Toda Actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y
otras actividades, as como las polticas, planes y programas pblicos susceptibles de
causar impactos ambientales de carcter significativo, est sujeta de acuerdo a ley, al
Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental SEIA, el cual es administrado
por la Autoridad Ambiental Nacional. La ley y su reglamento desarrollan los
componentes del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental.
Los proyectos o actividades que no estn comprendidos en el Sistema Nacional de
Evaluacin de Impacto Ambiental, deben desarrollarse de conformidad con las normas
de proteccin ambiental especficas de la materia.
Artculo 25.- Los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), son instrumentos de gestin
que contienen una descripcin de la actividad propuesta y de los efectos directos o
indirectos previsibles de dicha actividad en el medio ambiente fsico y social, a corto y
largo plazo, as como la evaluacin tcnica de los mismos. Deben indicar las medidas
necesarias para evitar o reducir el dao a niveles tolerables e incluir un breve
resumen del estudio para efectos de su publicidad. La Ley de la materia seala los
dems requisitos que deban contener los EIA.
Ley del Sistema Nacional de Evaluacin del Impacto Ambiental
Esta Ley fue promulgada mediante Ley N 27446 el 23 de Abril del 2005, teniendo
como finalidad: La creacin del Sistema Nacional de Evaluacin Ambiental (SEIA),
como un sistema nico y coordinado de identificacin, prevencin, supervisin, control
y correccin anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las
acciones humanas expresadas por medio del proyecto de inversin (Art. 1).
El establecimiento de un proceso uniforme que comprenda los requerimientos, etapas y
alcances de las evaluaciones del impacto ambiental de proyectos de inversin (Art. 1).
En el Artculo 2 se establece el mbito de la Ley, la que dice: Quedan comprendidos
en el mbito de aplicacin de la presente Ley, los Proyectos de inversin pblicos y
privados que impliquen actividades, construcciones u obras que puedan causar
impactos ambientales negativos.
Artculo 10.- Los Estudios de Impacto Ambiental debern contener:
a) Una descripcin de la accin propuesta y los antecedentes de su rea de
influencia;
b) La identificacin y caracterizacin de los impactos ambientales durante todo el ciclo
de duracin del proyecto;
c) La estrategia de manejo ambiental o la definicin de metas ambientales incluyendo,
segn el caso, el plan de manejo, el plan de contingencia, el plan de compensacin
y el plan de abandono;
d) Los planes de seguimiento, vigilancia y control; y.
e) Un resumen ejecutivo de fcil compresin.
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En el Artculo 11 se seala que se deber presentar el estudio de impacto ambiental a
la autoridad componente para su revisin.
Ley de Evaluacin de Impacto Ambiental para Obras y Actividades
Ley promulgada mediante Ley N 26786 el 13 de Mayo de 1997, modifica los Artculos
51 y 52 del D.L. N 757; precisando la necesidad de comunicar al CONAM sobre las
actividades a realizarse en cada sector, que pudieran exceder los lmites permisibles de
contaminacin y sobre los lmites mximos permisibles de impacto ambiental
acumulado.
Ley Marco para el Crecimiento de la Inversin Privada
Esta Ley fue promulgada mediante Decreto Legislativo N 757 el 08 de Noviembre de
1991, teniendo como objetivo principal, armonizar la inversin privada, el desarrollo
socioeconmico, la conservacin del medio ambiente y el use sostenible de los
recursos naturales. Sus Artculos 49, 51 y 52 expresan lo siguiente:
Artculo 49: El estado estimula al equilibrio racional entre el desarrollo
socioeconmico, la conservacin del ambiente y el uso sostenido de los recursos
naturales garantizando la debida seguridad jurdica a los inversionistas mediante el
establecimiento de normas claras de proteccin del medio ambiente. El Estado
promueve la participacin de empresas e instituciones privadas en las actividades
destinadas a la proteccin del medio ambiente y a la reduccin de la contaminacin
ambiental.
Artculo 51: La autoridad sectorial competente determinar las actividades que por su
riesgo ambiental pudieran exceder de los niveles o estndares tolerables de
contaminacin o deterioro del medio ambiente, de tal modo que requieran
necesariamente la elaboracin de Estudios de Impacto Ambiental, previo al desarrollo
de dichas actividades.
Artculo 52 En los casos de peligro grave e inminente para el medio ambiente, la
autoridad sectorial competente podr imponer la adopcin de una de las siguientes
medidas de seguridad por parte del titular de la actividad:
a) Procedimientos que hagan desaparecer el riesgo o lo disminuyan a niveles
permisibles, estableciendo para el efecto los plazos adecuados en funcin a su
gravedad a inminencia.
b) Medidas que limiten el desarrollo de las actividades que generan peligro grave a
inminente para el medio ambiente.
En caso de que el desarrollo de la actividad fuera capaz de causar un dao irreversible
con peligro grave para el medio ambiente, la vida o la salud de la poblacin, la
autoridad sectorial competente podr suspender los permisos, licencias o
autorizaciones que hubiera otorgado para el efecto.
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Cdigo Civil
En el Artculo 961 dice: El propietario en ejercicio de su derecho y especialmente en su
trabajo de explotacin industrial debe abstenerse de perjudicar las propiedades
contiguas o vecinas, la seguridad y el sosiego y la salud de los habitantes.
Estn prohibidos los humos, hollines, emanaciones, ruidos, trepidaciones y molestias
anlogas que excedan de la tolerancia que mutuamente se deben los vecinos en
atencin a las circunstancias. Concordancias, Constitucin Poltica Artculo 2, inciso 22;
Artculo 68; Cdigo Penal artculos: 304 al 314.
Cdigo Penal
En el Ttulo XIII sobre delitos contra la Ecologa en su Captulo nico de Delitos Contra
los Recursos Naturales y el Medio Ambiente, dice:
Artculo 304.- El que infringiendo las normas sobre proteccin del medio ambiente, lo
contamina vertiendo residuos slidos, lquidos, gaseosos o de cualquier otra naturaleza
por encima de los lmites establecidos, y que causen o puedan causar perjuicio o
alteraciones en la flora, fauna y recursos hidrobiolgicos, ser reprimidas con pena
privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de tres aos o con ciento ochenta a
trescientos sesenta y cinco das multa.
Si el agente actu por culpa, la pena ser privativa de libertad no mayor de un ao o
prestacin de servicio comunitario de diez a treinta jornadas.
Artculo 307.- El que deposita, comercializa o vierte desechos industriales o
domsticos en lugares no autorizados o sin cumplir con las normas sanitarias y de
proteccin del medio ambiente, ser reprimido con pena privativa de la libertad no
mayor de dos aos. Cuando el agente es funcionario o servidor pblico, la pena ser
no menor de uno ni mayor de tres aos, e inhabilitacin de uno a dos aos conforme al
artculo 36, incisos 1,2 y 4.
Artculo 313.- El que, contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente
altera el ambiente natural o el paisaje urbano o rural, o modifica la flora o fauna,
mediante la construccin de obras o tala de rboles que daan la armona de sus
elementos, ser reprimido con pena privativa de la libertad no mayor de dos aos y con
sesenta a noventa das multa.
Artculo 314.- El Juez penal ordenar como medida cautelar, la suspensin inmediata
de la actividad contaminante, as como la clausura definitiva o temporal del
establecimiento de que se trate de conformidad con el artculo 105, inciso 1, sin
perjuicio de lo que pueda ordenar la autoridad en manera ambiental.
Ley del Consejo Nacional del Ambiente (CONAM)
Ley N 26410, promulgada en Diciembre de 1994, es el organismo rector de la poltica
nacional del ambiente, encargado de planificar, promover, coordinar, controlar y velar
por el ambiente. En tal sentido, entre muchas otras funciones, le compete establecer
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los criterios generales para la elaboracin de los EIA y la fijacin de los lmites mximos
permisibles: asimismo la supervisin de la poltica ambiental por la parte de las
entidades de los Gobiernos Locales.
Ley General de Salud
Ley N 26410, promulgada en Julio de 1997, por la cual se deroga el antiguo Cdigo
Sanitario D.L. N 17505. Norma los problemas referentes a la salud, bajo el supuesto
que las normas de salud son de orden pblico y por lo tanto regulan la proteccin del
ambiente.
El Ttulo Segundo abarca diversos aspectos, como en el Captulo VI, donde se legisla
sobre las sustancias y productos peligrosos para la salud, en tanto que en su Captulo
VII, lo hace en relacin con la higiene y seguridad en los ambientes de trabajo
asimismo, en el Captulo VIII, se regula expresamente la proteccin del ambiente para
la salud.
Ley Orgnica de Municipalidades
La Ley Orgnica de Municipalidades (Ley 27972) fue promulgada el 26 de Mayo del
2003, norma sobre la creacin, origen, naturaleza, autonoma, organizacin, finalidad,
tipos, competencias, clasificacin y rgimen econmico de las municipalidades;
tambin sobre la relacin entre ellas y con las dems organizaciones del Estado y las
Privadas, as como los mecanismos de participacin ciudadana y los regmenes
especiales de las municipalidades.
Son funciones de las municipalidades 1) emitir normas tcnicas en materia de
proteccin y conservacin del ambiente (Artculo 73, inciso d). 2) aprobar la regulacin
provincial respecto del otorgamiento de licencias y las labores de control y fiscalizacin
de las municipalidades distritales en las materias reguladas por los planes, de acuerdo
con las normas tcnicas de la materia, sobre estudios de impacto ambiental (Artculo
79 , inciso 1.4). 3) regular y controlar el proceso de disposicin final de desechos
slidos, lquidos y vertimientos industriales en el mbito provincial, as como regular y
controlar la emisin de humos, gases, ruidos y dems elementos contaminantes de la
atmsfera y el ambiente (Artculo 80, inciso 1).
Ley General de Aguas
Aprobada por Decreto Ley N 17752, la misma que ha sufrido una serie de
modificaciones, al respecto a travs del Decreto Ley N 19503 que adiciona el inciso d)
de: Artculo 49 y el Decreto Legislativo N 106 que modifica Artculos del D.L. N
17752; establece que las aguas sin excepcin alguna son de propiedad del Estado y su
dominio es inalienable e imprescriptible.
No hay propiedad privada de las aguas, ni derechos adquiridos sobre ellas. El uso
justificado y racional del agua. Solo puede ser otorgado en armona con el inters
social y el desarrollo del pas. El Estado formula la poltica que rige su utilizacin y
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preservacin. Los usos de las aguas son aleatorios y se encuentran condicionados a
las disponibilidades del recurso y a las necesidades reales del objeto al que se destinen
y debern ejercerse en funcin del inters social y el desarrollo del pas.
Segn lo establece el Artculo 27 del Decreto Legislativo N 17752 el orden de
preferencia en el uso de las aguas es el siguiente:
a) Necesidades primarias y abastecimientos de poblaciones.
b) Cra y explotacin de animales.
c) Agricultura.
d) Usos energticos, industriales y mineros.
e) Para otros usos.
Los usos de las aguas se otorgarn mediante permiso (por la Autoridad de Aguas),
autorizacin (Resolucin Ministerial) o licencia (por Resolucin Suprema). El Estado
otorgar el uso de las aguas preferentemente para fines domsticos y abastecimiento
de poblaciones, que comprender la satisfaccin de las necesidades primarias y
sanitarias de la poblacin como conjunto humano. Esta Ley establece las normas que
regulan la conservacin y preservacin de las aguas, de los usos de las aguas; etc.
La presente Ley presenta modificaciones en su reglamento normados mediante
Decretos Supremos N 007-83 SA. A continuacin se presenta los valores
permisibles dados para la utilizacin de las aguas (Reglamento de la Ley General de
aguas Cuadros N 01, 02, 03 y 04).
CUADRO N 01 Clasificacin del Agua (*)
Clasificacin Definicin:
I Aguas de abastecimiento domstico con simple desinfeccin
II
Aguas de abastecimiento domstico con tratamiento equivalente a procesos combinados
de mezcla y coagulacin, sedimentacin, filtracin y elaboracin aprobados por el
ministerio de Salud.
III Aguas para riego de vegetales de consumo crudo y bebida de animales.
IV Aguas de Zonas recreativas de contacto primario (baos similares).
V Aguas de zonas de pesca de mariscos bivalvos.
VI Aguas de zonas de preservacin de Fauna Acutica y Pesca Recreativa o Comercial.
* Segn Ley General de Agua, D.L. 17752 Art. 81 - Para los efectos de la aplicacin del presente Reglamento, la calidad de los cuerpos de agua en general ya sea terrestre o martima del pas se clasificarn respecto a sus usos de la siguiente manera.
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CUADRO N 02 Lmites Bacteriolgicos **
Parmetros
Clasificacin (valores en N.M.P. / 100 ml)
I II III IV V VI
Coliformes Totales 8,8 20,000 5,000 5,000 1,000 20,000
Coliformes Fecales 0 4,000 1,000 1,000 200 4,000
** Entidades como valor mximo en 80% de 5 o ms muestras mensuales. Fuente: Ley General de Agua D.L. N 17752, incluyendo las modificaciones de los Artculos 81 y 82 del Reglamento de los Ttulos I, II y III, segn el D.S. N 007-83-SA.
CUADRO N 03
Lmites de Demanda Bioqumica de Oxgeno (DBO) y Oxgeno Disuelto (O.D.)
Parmetros
Clasificacin (Valores en mg/l)
I II III IV V VI
D.B.O (5 das, 20C) 5 5 15 10 10 10
O.D. 3 3 3 3 5 4
*Nuevo texto dado por D.S. N 007-83-S.A. Fuente: Ley General de Agua D.L. N 17752, incluyendo las modificaciones de los Artculos 81 y 82 del reglamento de los Ttulos I, II y III. Segn el D.S. N 007-83-SA y D.S. N 003-2003-SA.
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CUADRO N 04
Lmites de Sustancias Potencialmente Peligrosas
Parmetros Unidades
Clasificacin(2)
I II III V VI
Selenio mg/l 0.01 0.010 0.050 0.005 0.010
Mercurio mg/l 0.002 0.002 0.010 0.0001 0.0002
PCB mg/l 0.001 0.001 1+ 0.002 0.002
Esteres
Eftalatos mg/l 0.0003 0.0003 0.0003 0.0003 0.0003
Cadmio mg/l 0.010 0.010 0.050 0.0002 0.004
Cromo mg/l 0.050 0.050 1.000 0.050 0.050
Niquel mg/l 0.002 0.002 1+ 0.002 **
Cobre mg/l 1.000 1.000 0.500 0.010 *
Plomo mg/l 0.050 0.050 0.100 0.010 0.030
Zinc mg/l 5.0 5.0 25.000 0.020 **
Cianuro Wad mg/l 0.08 0.08 0.10 0.022 0.022
Cianuro Libre mg/l 0.08 0.08 0.10 0.022 0.022
Fenoles mg/l 0.0005 0.001 1+ 0.001 0.100
Sulfuros mg/l 0.001 0.002 1+ 0.002 0.002
Arsnico mg/l 0.10 0.10 0.200 0.010 0.050
Nitratos (N) mg/l 0.010 0.010 0.100 N.A N.A
NOTAS:* Pruebas de 96 horas LC50 multiplacadas por 0.1 ** Pruebas de 96 horas multiplacadas por 0.02, LC50 dosis letal para provocar 50% de muertes o inmovilizaciones de la especie del bio ensayo. 1+ Valores a ser determinados. En caso de sospechar su presencia se aplicar los valores de la columna V
provisionalmente.
(2) Para el uso de aguas IV no es aplicable.
N.A. Valor no aplicable.
PESTICIDAS: Para cada uso se aplicar como lmite, los criterios de calidad de aguas establecidas por el
Environmental Protection Agency de los Estados Unidos de Norteamrica.
Fuente: Ley General de Agua D.L. N 17752, incluyendo las modificaciones de los artculos 81 y 82 del
reglamento de los Ttulos I, II y III, segn el D.S. N 007-83-SA y D.S.N 003-2003-SA.
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Ley Forestal y de la Fauna Silvestre
El 13 de Mayo de 1975 se promulg mediante Decreto Ley N 21147, en la que se
contemplan una serie de factores que garantizan los derechos del Estado y regulan los
de aquellos que directa o indirectamente concurran a las actividades vinculadas con los
recursos y productos forestales y de fauna silvestre. Precisando que los recursos
forestales y la fauna silvestre son del dominio pblico y no hay derechos adquiridos.
Considera bajo el rgimen de recurso forestal a las reas necesarias para la
proteccin, conservacin y aprovechamiento de la fauna silvestre y las que tengan
especial significacin por sus valores histricos, paisajsticos y cientficos.
El Decreto Ley N 21147 cuenta con su Reglamento sobre Conservacin de Flora y
Fauna Silvestre aprobado por D.S. N 158-77-AG y que a la vez contempla en uno de
sus captulos: De las Especies Protegidas de Flora y Fauna Silvestre que de una u otra
forma estn amenazadas para asegurar su conservacin la misma que por resolucin
Ministerial se establecer la lista de especies protegidas de la flora y de la fauna
silvestre con fines de proteccin, as como el establecimiento de las vedas que sern
establecidas para asegurar la proteccin y/o utilizacin de las especies.
Pero mediante Decreto Supremo N 013-99-AG se decreta la prohibicin de caza,
extraccin, transporte y/o exportacin con fines comerciales de especies de fauna
silvestres no autorizadas por el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA),
donde se aprueba la categorizacin de especies amenazadas d fauna silvestre, que
entro en vigencia a partir del 1 de Enero del 2000.
Mediante Decreto Supremo N 034-2004-AG del 22 de Septiembre del 2004 se
aprueba la categorizacin de especies amenazadas de fauna silvestre y prohben su
caza, captura, tenencia, transporte o exportacin con fines comerciales, norma que
consta de una lista de 301 especies categorizadas como en peligro critico (CR), en
peligro (EN), vulnerable (VU) y casi amenazado (NT).
Legislacin sobre Preservacin del Patrimonio Cultural
La Ley 24047 o Ley General de Amparo al Patrimonio Monumental de la Nacin, en su
Artculo 4, define los bienes culturales como inmuebles y muebles.
Entre los inmuebles se citan a los sitios arqueolgicos, los edificios y dems
construcciones de valor artstico, cientfico, histrico tcnico y los conjuntos y
ambientes de construcciones, urbanas y rurales que tengan valor cultural aunque estn
constituidos por bienes de diversa antigedad y destino.
Asimismo, se establece que la condicin de bien inmueble del Patrimonio Cultural de la
Nacin ser inscrita de oficio en la partida correspondiente del Registro de la Propiedad
inmueble, consignando las restricciones y limitaciones de uso correspondiente en cada
caso.
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La proteccin de los bienes inmuebles comprende el suelo y subsuelo en que se
asistan, los aires y el marco circundante en la extensin tcnicamente necesaria para
cada caso.
Entre los muebles se citan los objetos, documentos, libros y dems cosas que son
testimonio de creacin humana, material o inmaterial expresamente declarados como
tales por su importancia artstica, cientfica, histrica o tcnica.
Por otro lado, el Reglamento de Exploraciones y Excavaciones Arqueolgicas
aprobado mediante Resolucin Suprema N 559-85-ED, define la arqueologa de
emergencia en las siguientes variantes:
Arqueologa de salvataje como necesidad inevitable ante ineludibles obras
pblicas.
Arqueologa de rescate o intervenciones de emergencia, ante obras de diversa
ndole.
En la misma Resolucin suprema se detallan los procedimientos a seguir para obtener
los permisos de investigacin y excavacin expedidos por el mismo Instituto Nacional
de Cultura (INC).
Ley General de Residuos Slidos
La Ley General de Residuos Slidos (Ley N 27314) fue promulgada el 21 de julio del
2000, norma que tiene por finalidad el manejo integral y sostenible, mediante la
articulacin, integracin y compatibilizacin de las polticas, planes, programas,
estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestin y el manejo de los residuos
slidos, aplicando los lineamientos de poltica que se establecen en el Artculo 4 de la
presente Ley.
Para el presente Proyecto los residuos slidos que se generen segn su origen se
clasifican en residuos de las actividades de construccin de acuerdo al artculo 15 de la
Ley.
El 22 de Julio del 2004 se aprueba el Reglamento de la Ley N 27314 (Ley General de
Residuos Slidos) el cual se publica mediante Decreto Supremo N 057-2004-PCM,
que consta de diez (10) Ttulos, ciento y cincuenta (150) Artculos, doce (12)
Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, y seis (06) Anexos.
El reglamento tiene por finalidad asegurar que la gestin y el manejo de los residuos
slidos sean apropiados para prevenir riesgos sanitarios, proteger y promover la
calidad ambiental, la salud y el bienestar de la persona humana.
Los titulares de los proyectos de obras o actividades pblicas o privadas, que generen
o vayan a manejar residuos, deben de incorporar compromisos legalmente exigibles
relativos a la gestin adecuada de los residuos slidos generados, en las
Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA), en los Estudios de Impacto Ambiental
(EIA), en los Programas de Adecuacin y Manejo Ambiental (PAMA) y en otros
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instrumentos ambientales exigidos por la legislacin ambiental respectiva (Artculo 26
del Reglamento).
Reglamento de Estndares de Calidad del Aire
El 24 de Junio del 2001 se aprob mediante Decreto Supremo N 074-2001-PCM el
Reglamento de Estndares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire, el cual consta de
5 ttulos, 28 artculos, 9 disposiciones complementarias, 3 disposiciones transitorias y 5
anexos. Los estndares de calidad del aire tienen como objetivo proteger la salud de la
poblacin, son considerados estndares primarios.
Los Estndares de Calidad del Aire son aquellos que consideran los niveles de
concentracin mxima de contaminantes del aire que en su condicin de cuerpo
receptor es recomendable no exceder para evitar riesgo a la salud humana, los que
debern alcanzarse a travs de mecanismos y plazos detallados en el Reglamento.
Los Estndares Primarios de Calidad del Aire consideran los niveles de concentracin
mxima de los siguientes contaminantes del aire:
a) Dixido de Azufre (SO2)
b) Material Particulado con dimetro menor o igual a 10 micrmetros (PM 10).
c) Monxido de Carbono (CO2).
d) Dixido de Nitrgeno (NO2).
e) Ozono (O3).
f) Plomo (Pb).
g) Sulfuro de Hidrgeno (H2S).
Asimismo, se considera el Material Particulado con dimetro menor o igual a 2.5
micrmetros (PM 2.5) con el objeto de establecer su correlacin con el PM10.
Los valores referenciales se muestran en el Cuadro N 05, as como los mtodos de
anlisis de los contaminantes.
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CUADRO N 05
Estndares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire (Todos los valores son concentracin en microgramos por metro cbico)
Contaminantes Periodo
Forma del Estndar
Mtodo de Anlisis [1]
Valor Formato
Dixido de Azufre
Anual 80 Media aritmtica anual Fluorescencia UV
(mtodo automtico) 24 horas 365 NE ms de 1 vez al ao
PM10
Anual 50 Media aritmtica anual Separacin inercial /
filtracin (Gravimetra) 24 horas 150 NE ms de 3 veces/ao
Monxido de Carbono
8 horas 10000 Promedio mvil Infrarrojo no dispersivo
(NDIR)
1 hora NE ms de 1 vez/ao (Mtodo automtico)
Dixido de Nitrgeno
Anual Promedio aritmtico anual Quimiluminiscencia
(Mtodo automtico) 1 hora NE ms de 24 veces/ao
Ozono 8 horas NE ms de 24 veces/ao Fotometra UV (Mtodo
automtico)
Plomo
Anual [2] Mtodo para PM10 (Espectrofotometra
atmica) Mensual NE ms de 4 veces/ao
Sulfuro de Hidrgeno
24 horas2
Fluorescencia UV (Mtodo automtico)
[1] O mtodo equivalente aprobado [2] A determinarse segn lo establecido en el Artculo 5 del presente reglamento. Fuente: Decreto Supremo N 074-2001-PCM.
Lmites Permisibles para Ruidos
Mediante el Decreto Supremo N 085-2003-PCM del 24 de Octubre del 2003 se
aprueba el Reglamento de Estndares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, el
cual consta de 5 ttulos, 25 artculos, 11 disposiciones complementarias, 2
disposiciones transitorias y 1 anexo.
Los Estndares de Calidad Ambiental (ECA) para Ruido establecen los niveles
mximos de ruido en el ambiente que no deben excederse para proteger la salud
humana. Dichos ECAs consideran como parmetro el Nivel de Presin Sonora
Continuo Equivalente con ponderacin A (LAeqT) y toman en cuenta las zonas de
aplicacin y horarios que se establecen en el Cuadro N 06
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CUADRO N 06 Estndares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido
Zonas de Aplicacin
Niveles de Ruido (LAeqT)
Horario Diurno
07:01 22:00
Horario Nocturno
22:01 07:00
Zona de Proteccin Especial 50 40
Zona Residencial 60 50
Zona Comercial 70 60
Zona Industrial 80 70
Fuente: Decreto Supremo N 085-2003-PCM
Ley del Sistema Nacional de Inversin Pblica
El 9 de Julio del 2000 se aprueba la Ley N 27293 Ley del Sistema Nacional de
Inversin Pblica (SNIP), consta de 10 artculos, y 3 disposiciones complementarias.
La presente Ley crea el Sistema Nacional de Inversin Pblica, con la finalidad de
optimizar el uso de los Recursos Pblicos destinados a la inversin, mediante el
establecimiento de principios, procesos, metodologas y normas tcnicas relacionados
con las diversas fases de los proyectos de inversin.
Artculo 6 Fases de los Proyectos de Inversin
a) Preinversin: Comprende la Elaboracin del perfil, del estudio de prefactibilidad y
del estudio de factibilidad.
b) Inversin: Comprende la Elaboracin del expediente tcnico detallado y la
ejecucin del proyecto.
c) Postinversin: Comprende los procesos de control y evaluacin ex post.
El Sistema Nacional de Inversin Pblica opera durante la fase de Preinversin a
travs del Banco de Proyectos y durante la fase de Inversin a travs del Sistema
Operativo de Seguimiento y Monitoreo.
La elaboracin del perfil es obligatoria. Las evaluaciones de prefactibilidad y factibilidad
pueden no ser requeridas dependiendo de las caractersticas del proyecto de inversin
pblica.
Decreto Supremo N 009-2005-TR
El objetivo de esta norma es propiciar el mejoramiento de las condiciones de trabajo a
fin de prevenir daos a la integridad de los trabajadores y asegurar la compensacin
y/o reparacin del trabajador en caso de accidentes de trabajo o enfermedades
laborales.
Esta norma encarga al Ministerio de Trabajo promover una cultura de prevencin de
riesgos laborales, brindar asesora, asistencia y cooperacin tcnica en seguridad y
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salud en el trabajo, desarrollar actividades de capacitacin, formacin e investigacin
en seguridad y salud en el trabajo, Fomentar y garantizar la difusin e informacin en
seguridad y salud en el trabajo, efectuar el seguimiento de las acciones preventivas, en
seguridad y salud en el trabajo, que realicen los empleadores, velar por el cumplimiento
de la normativa de prevencin de condiciones de riesgo y de las patologas que puedan
afectar a la salud de los trabajadores, as como el intercambio de informacin con las
entidades vinculadas en materia de seguridad y salud en el trabajo, la orientacin y
supervisin de la formacin que, en materia de prevencin y promocin en salud de los
trabajadores, deba recibir el personal sanitario actuante en los servicios de prevencin
autorizados, la elaboracin y divulgacin de estudios e investigaciones relacionados
con la salud de los trabajadores.
La norma establece tambin la obligacin de los empleadores de ejercer un firme
liderazgo a las actividades de su empresa en materia de seguridad y salud en el
trabajo; asimismo, debe estar comprometido a fin de proveer y mantener un ambiente
de trabajo seguro y saludable en concordancia con las mejores prcticas y con el
cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo.
As mismo establece las normas que deben cumplir los trabajadores en la prevencin
de accidentes.
2.2 MARCO DE INSTITUCIONAL
El presente proyecto est enmarcado dentro de los lineamientos de poltica funcional
del Sistema Nacional de Inversin Pblica (SNIP), normada por la Ley N 27293: Ley
del Sistema Nacional de Inversin Pblica, de fecha 28/06/2000; el Decreto Supremo
N 157-2002-EF: Reglamento del SNIP, de fecha 04/10/2002; la Directiva 004-2002-
EF/68.01, de fecha 22/11/2002 y anexos Asimismo por normas complementarias como
la Resolucin Ministerial N 066-2003-EF/15, de fecha 17/01/2003.
Asimismo el proyecto se encuentra enmarcado dentro de los Lineamientos de Poltica
del Sub Sector Saneamiento, orientado a: i) incrementar la cobertura del servicio de
agua potable con conexiones domiciliarias, ii) contribuir en la instalacin del sistema de
alcantarillado, conexiones domiciliarias, tratamiento de aguas servidas y disposiciones
de excretas.
Asimismo el proyecto responde a las polticas y los objetivos estratgicos del sector
saneamiento, las mismas que se orientan a contribuir y ampliar la cobertura, as como
mejorar la calidad de los servicios de agua potable, alcantarillado.
Sistema Nacional de Inversin Pblica
El presente proyecto est enmarcado dentro de los lineamientos de Poltica funcional
del Sistema Nacional de Inversin Pblica (SNIP), la misma que esta normada por Ley
N 27293 del 28 de Junio del 2000 Ley del Sistema Nacional de Inversin Pblica y sus
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normas complementarias, con la finalidad de optimizar el uso de los Recursos Pblicos
destinados a la inversin, mediante el establecimiento de principios, procesos,
metodologas y normas tcnicas relacionados con las diversas fases de los proyectos
de inversin.
El presente Proyecto de Inversin Pblica se encuentra en la fase de inversin, que
comprende la elaboracin del estudio definitivo (Expediente Tcnico)
Sub Sector Saneamiento
De igual forma el proyecto se encuentra enmarcado dentro de los lineamientos de
Poltica del Subsector Saneamiento, orientado a: Incrementar la cobertura del servicio
de agua potable con conexin domiciliaria. Contribuir en la instalacin del sistema de
alcantarillado, la contribucin de las comunidades ser de apoyar facilitando
informacin, los pagos a efectuar por los usuarios deben cubrir como mnimo los costos
de operacin y mantenimiento de los servicios.
2.3 NORMAS QUE SE RELACIONAN CON EL PROYECTO
Las normas que se relacionan con el Proyecto se enumeran a continuacin, la
descripcin se detalla en el tem 2.1
- La Constitucin Poltica del Per. 1993
- Ley General de Ambiente (Ley N28611).
- Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental (Ley N 27446)
- Ley de Evaluacin de Impacto Ambiental para obras y Actividades (Ley N 26786)
- Ley Marco para el Crecimiento de la Inversin Privada (DS N 757)
- Cdigo Civil (Art. 961).
- Cdigo Penal (Art 304, Art. 307, Art. 313, Art. 314).
- Ley del Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) (Ley 26410).
- Ley General de Salud (Ley N 26854).
- Ley Orgnica de Municipios (Ley N 27972).
- Ley General de Aguas Decreto Ley N 17752 y sus modificaciones segn el
Decreto Supremo N 007-83-SA y el D.S N 003-2003-SA
- Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Ley N 27314).
- Reglamento de Estndares de Calidad del Aire (D.S. N 074-2001-PCM).
- Lmites permisibles para Ruidos (D.S. N 085-2003-PCM).
- Ley del Sistema Nacional de Inversin Pblica (Ley N 27293).
- Decreto Supremo N 009-2005-TR
- Otros:
Seguridad laboral en la construccin civil.
Cartilla Bsica de Higiene y Seguridad Ocupacional.
Cartilla de Sealizacin de Transito y Medidas de Seguridad del RNE.
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CAPITULO 3
DESCRIPCIN GENERAL DE LA LNEA BASE
El presente captulo describe el entorno geofsico, biolgico y socioeconmico del rea
de influencia del sistema de agua potable y alcantarillado del distrito de Rupa Rupa.
3.1 Ubicacin
3.1.1 Ubicacin Poltica
El Distrito de Rupa Rupa se ubica en la parte central-norte del Per y es capital de la
Provincia de Leoncio Prado del Departamento de Hunuco. Se encuentra en la parte
media del Rio Huallaga, entre la cordillera azul y la vertiente oriental de la cordillera de
los andes en una zona denominada Yunga.
El rea del proyecto se ubica en el distrito de Rupa Rupa, Provincia de Leoncio Prado,
Departamento y Regin de Hunuco.
3.1.2 Ubicacin Geogrfica
El Distrito de Rupa Rupa se ubica geogrficamente entre las coordenadas siguientes:
Cuadro N 07: Ubicacin Geogrfica del Proyecto
COORDENADAS
UTM
COORDENADAS
GEOGRAFICAS
8974000N 8972800N
390700E 391800E
09 16 53.54 09 15 42.43
75 59 06.71 75 59 36.47
Tiene una superficie aproximada de 1007.00 ha de las cuales 618 ha. Pertenecen a la
ciudad de Tingo Mara y 389 ha. Al centro poblado de Castillo.
Altitud
El Distrito de Rupa Rupa referido inicialmente se encuentra a una altitud mxima de
690 msnm y mnima de 652 msnm.
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3.2 Aspecto Fsico
3.2.1 Suelos
El terreno de Tingo Mara est constituido por capas sucesivas de materiales de
diferente gradacin (desde limos hasta gravas) de origen fluvial. En las laderas afloran
rocas calizas del trisico jursico, erosin y depsitos de areniscas y lutitas.
3.2.2 Geologa
Hidrolgicamente, la cuenca del ro Huallaga descansa sobre unidades que van desde
el Neoproterozoico hasta el Cuaternario Reciente. El Neoproterozoico se caracteriza
mayormente por presentar esquistos micceos con reducidos afloramientos de gneis.
En la zona de Hunuco le sigue una serie sedimentaria del Paleozoico inferior. En
discordancia angular aflora el Ordovcico con lutitas, areniscas con abundantes
graptolites de la Formacin Contaya. En Devnico, est representado por pizarras,
filitas y areniscas cuarcticas muy replegadas denominadas como Grupo Exclsior.
3.2.3 Topografa
La topografa en la zona urbana de la ciudad de Tingo Mara se constituye sobre una
terraza fluvial con poca pendiente (menor al 3%), ubicada en la parte baja de las
laderas de cerros que tienen una fuerte pendiente (mayor a 40%). En estos terrenos
generalmente se siembra y cosecha arroz dadas las caractersticas del suelo. Al
respecto existe un estudio de suelos que se adjunta basado en el muestreo de material
a travs de calicatas, as como un informe de Topografa realizado con un alto nivel de
precisin y con controles geodsicos exigidos por el expediente tcnico.
3.2.4 Sismicidad
La fuente bsica de datos de intensidades ssmicas es el trabajo de Silgado
(1969,1973, 1978 y 1992), que describe los principales eventos ssmicos ocurridos en
el Per. Un mapa de distribucin de mximas intensidades ssmicas observadas en el
Per ha sido propuesto por Alva Hurtado (1984) Se concluye que de acuerdo a la
historia ssmica del rea del Proyecto, han ocurrido en los ltimos 400 aos
intensidades de hasta VI MMI en Tingo Mara.
3.2.5 Aspectos Meteorolgicos
A. Clima
Es clido y hmedo.
B. Temperatura
La temperatura media anual vara entre 22C a 25C. Las temperaturas mximas
varan entre 33C a 36 C y las temperaturas mnimas entre 10C a 15C.
C. Humedad
Humedad relativa de 80 %
D. Precipitacin
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La precipitacin pluvial es en promedio de 3000 mm. Al ao.
3.2.6 Hidrologa
A. La Cuenca Del Ro Huallaga
El ro Huallaga nace en las alturas de Cerro de Pasco, por la confluencia de dos ros
Ticlayan, Pariamarca y Pucurhuay. El ro Huertas es uno de los principales tributarios
del ro Huallaga y uno de los ms caudalosos. El ro Huallaga recorre hacia el Norte y
Nor Este por los departamentos de Cerro de Pasco y Hunuco, alcanzando mayor
amplitud en Hunuco. Los principales tributarios del ro Huallaga son: el ro Tingo,
Condoraga, Chaupihuananga, Coqun y Quo en la zona de Ambo; los ros
Huancachupa, Higueras, Garbanza, Chinobamba y Acomayo, provenientes de las
alturas de Hunuco, en su margen derecha recibe caudales de las quebradas, Chicuy,
Pumarini, olijmayo y Yanamayu provenientes de las lagunas situadas al SE de la
ciudad de Hunuco.
Otros ros importantes son: los ros Monzn, Magdalena y Marta, afluentes del Huallaga
por su margen izquierdo, Tulumayo y Aucayacu, que vierte sus aguas al Huallaga por
la margen derecha, estos cinco ros estn en la zona de Tingo Mara.
B. El Ro Huallaga
El ro Huallaga, con nacimiento en el departamento de Pasco, al Sur de la llamada
Cordillera de Rauna, en la laguna de Huascacocha, en sus orgenes se llama ro
Ranracancha y luego se llama sucesivamente ro blanco y ro Chaupihuaranga, hasta
unirse con el ro Huariaca, lugar a partir del cual toma la denominacin de ro Huallaga.
En Hunuco forma un importante valle interandino entre Ambo - Hunuco y Santa
Mara del Valle luego de cruzar el relieve de Carpish ya en la Selva Alta, forma el valle
de Tingo Mara, El Huallaga es afluente del Maran, al que vierte sus aguas por la
margen derecha y en territorio del Departamento de Loreto, luego de recorrer
aproximadamente 1300 km.
C. Las Lagunas
LAGUNA MILAGRO
Ubicada en la localidad de Pendencia, a 25 minutos de Tingo Mara, en una extensin
de 40 mil mts2, se encuentran dos lagunas donde pueden realizarse paseos en bote,
pesca deportiva y apreciar la flora y fauna de este interesante lugar.
D. Cataratas
CATARATA VELO DE LAS NINFAS
Est ubicada en la localidad de Tambillo, a 25 minutos en transporte vehicular, se inicia
una caminata para llegar a este extico lugar. Especialmente para los amantes de la
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aventura, tiempo de caminata aproximadamente dos horas. Ayudados por gente
experimentada, realizarn escalamiento ligero en algunos lugares, atravesando por 13
cascadas, disfrutando de la flora y fauna que ofrece esta zona, hasta llegar a la mgica
Catarata.
CATARATA DE SANTA CARMEN
La Catarata de Santa Carmen est ubicada a 25 minutos de la carretera, caminando
entre la espesura de la selva, llegarn a la ms visitada Catarata del lugar, compuesta
de dos pozos.
3.3 Aspecto Biolgico
3.3.1 Flora
La zona en estudio cuenta con una variedad de recursos naturales agropecuarios y
forestales. Las especies forestales estn fuertemente afectadas por la presencia
humana, la cual por motivos de expansin agraria y ganadera tala y roza la vegetacin
existente. Las especies forestales encontradas en la zona en estudio estn formados
bosques secundarios o purmas. Las especies vegetales encontradas en la zona
pueden ser clasificadas en:
Maderas: El cedro tulpay, etc.
Plantas medicinales: Ua de gato, leche caspi o sanango, maca, quillobordn, sangre
de grado y quinua.
Plantas ornamentales: Las orqudeas.
Frutas: aguaje, cocona, pltano, etc.
3.3.2 Fauna
Debemos iniciar como parte de fauna existente en la zona de estudio se ha encontrado
como actividad econmica la ganadera con la crianza de vacunos, y porcinos;
adems de la crianza de aves de corral. Tambin viene destacando la apicultura
mediante la cual se viene extrayendo como principal producto la miel de abeja.
En cuanto a la fauna silvestre se puede mencionar a las siguientes: la carachupa o
armadillo y el picuro, el auje, el ronsoco, monos, venado, achuni, huangana,
sachavaca, sajino; tambin hay cantidad de aves, como: garza blanca, paujil,
manacaraco, pava de monte, paucar, perdiz, cndor, tucn gallito de la rocas
papagayos loros tucanes, etc. En cuanto a serpientes, tenemos: la shushupe, el loro
machaco, la jergn entre las ms importantes Peces: zngaro paiche tilapia
carachama. Adems de innumerables insectos y microorganismos. Esta informacin
fue recopilada de los trabajos de campo mediante entrevistas a los pobladores.
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3.3.3 Parque Nacional de Tingo Mara
Parque Nacional de Tingo Mara (Bella Durmiente), ubicado a 6 Km. de la ciudad, se
encuentra este importante centro turstico. En un recorrido de 20 minutos se llega a la
Cueva de las Lechuzas, gruta gigante, donde puede apreciarse formaciones de
estalactitas. Puede observarse una hermosa vista panormica. All cerca se encuentra
otro interesante lugar Aguas sulfurosas.
3.4 Aspecto Socioeconmico
A partir de la dcada del 40', con la apertura de la carretera Federico Basadre
(actualmente la marginal), que permiti la conexin por va terrestre de la zona de
Pucallpa con las ciudades de Tingo Mara, Hunuco, Cerro de Pasco y Lima, se inicia
un proceso socioeconmico muy dinmico de poblamiento y ocupacin del espacio
cuyos resultados ms relevantes fueron:
La inmigracin masiva de contingentes poblacionales provenientes de diversas
regiones, particularmente de los departamentos de Hunuco, San Martn, Cerro de
Pasco y Junn;
La apertura de un frente agropecuario a ambos lados de la carretera con la
consecuente conversin de los bosques originales en pastizales y/o complejos de
chacras y purmas.
El empobrecimiento y erosin gentica de los bosques por la tala indiscriminada y
selectiva de las especies ms valiosas, hasta entonces poco intervenidos por las
dificultades de transporte.
El cambio en la tendencia de la concentracin espacial de la poblacin, pues hasta
1940, la mayor concentracin de la poblacin estaba en las zonas ribereas
(mrgenes del ro Ucayali principalmente); pero a partir de la culminacin de la
carretera Federico Basadre, la zona de mayor densidad pasa a ser las reas
adyacentes al Rio Huallaga, incluyendo sus ramales secundarios.
Estos procesos demogrficos, a su vez, han generado problemas ecolgicos y
socioeconmicos como la deforestacin, prdida de biodiversidad, erosin de suelos,
colmatacin de cuerpos de agua y pobreza rural, entre otros.
Tingo Mara se caracteriza por tener un cerro, en el cual yace la figura de una mujer
llamada "bella durmiente" que representa una leyenda en cuyos pies circulan los ros
Huallaga y Monzn. Esta ciudad constituye un foco de atraccin turstica importante, el
cual presenta un hermoso y tpico paisaje selvtico. Tingo Mara es uno de los centros
principales del desarrollo turstico de la zona selvtica.
La ciudad de Tingo Mara, capital de la provincia de Leoncio Prado, fue fundada el 15
de octubre de 1938.
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3.4.1 Poblacin
La Ciudad de Tingo Mara en conjunto con Castillo Grande, es el centro urbano
principal de la Provincia de Leoncio Prado, con una poblacin urbana total calculada
para el ao 2010, de 52,251 habitantes; de los cuales 36,023 habitan en Tingo Mara y
16,229 en Castillo Grande.
Las Proyecciones poblacionales se han efectuado tomando como informacin bsica
los datos resultantes de los Censos efectuados por el INEI de los aos 1981, 1993,
2005 y 2007 para la ciudad de Tingo Mara zona urbana.
Los datos oficiales del INEI son:
Cuadro N 08: Datos INEI Rupa Rupa (Tingo Mara)
AO
POBLACION URBANA (habitantes)
URBANA RURAL TOTAL
1981 33794 s/d s/d
1993 43152 4571 47723
2005 46610 5853 52463
2007 50414 5975 56389
Fuente: Censos INEI 1981, 1993, 2005, 2007.
Si vemos los datos del Cuadro N 08, podremos apreciar una aparente incongruencia
en los aos 2005 y 2007. Es decir como desde el ao 1993 hasta el 2005 la poblacin
creci en 3458 habitantes, mientras que en solo 02 aos (del 2005 al 2007) la
poblacin creci en 3804 habitantes, o sea, ms que el periodo anterior de 12 aos.
Lo sealado en el prrafo anterior pueda ser explicado por el trmino del terrorismo y el
regreso de muchas personas que emigraron de Tingo Mara por ese motivo. El hecho
es que ha habido una disminucin importante de la tasa de crecimiento que tena el
Pas en aos anteriores. Esto puede apreciarse si comparamos con el ao 1981.
En virtud a lo sealado, se han hecho los clculos para la determinacin de la
poblacin futura, utilizando los mtodos matemticos y encontrando que el crecimiento
geomtrico se acerca mejor a la poblacin esperada en esta zona de trabajo.
Con el crecimiento proyectado para Tingo Mara, que es la base para proyectar la
poblacin, se ha determinado los porcentajes de crecimiento del ao 2009 a los aos
2020, 2026 y 2030 correspondientes a periodos de 10, 16 y 20 aos respectivamente.
Estos porcentajes sern aplicados a la poblacin actual (2009) que tenemos,
obteniendo de esta manera las poblaciones proyectadas a los periodos de diseo que
nos interesa. En el Cuadro N 09, se muestran los resultados finales.
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Cuadro N 09: Poblacin proyectada
TIEMPO POBLACION PROYECTADA (habitantes)
AO PERIODO TINGO MARIA %
2009 Ao 0 51547 100.00
2020 Ao 10 58247 113.00
2026 Ao 16 62262 120.79
2030 Ao 20 65092 126.28
3.4.2 Servicios Bsicos
a. Agua Potable.
El servicio de agua potable brindados por la Empresa SEDA HUANUCO S.A,
abarcando una cobertura del 48.1%.
b. Alcantarillado
El servicio de alcantarillado cubre un 35.5%. Esta cobertura se ha obtenido
considerando la poblacin de la ciudad de Tingo Mara, los Asentamientos Humanos
aledaos y al Centro Poblado Castillo Grande.
c. Salud
La ciudad cuenta con dos hospitales: El hospital Regional de Tingo Mara y el hospital
de ESSALUD, as como 3 puestos de Salud.
d. Educacin
Otro aspecto que puede extenderse de la ciudad de Tingo Mara.
En el cuadro N 10 se puede observar que el nivel educativo alcanzado ms
preponderante en los habitantes de la Ciudad de Tingo Mara y Castillo Grande es
el Secundario (37.81%), le sigue el nivel Primario (22.46%) y el nivel superior (17.67%)
y luego con mucho menor participacin el nivel Secundaria Incompleta (7.22%). Las
estadsticas muestran que el nivel alcanzado por la poblacin en estudio es muy bajo,
aproximadamente el 79.90% de la poblacin tiene un nivel igual o inferior al
Secundario.
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Cuadro N 10: Nivel Educativo RUPA RUPA: Grado de Instruccin
GRADO DE INSTRUCCIN PORCENTAJE %
Secundaria Completa 37.81
Primaria 22.46
Superior 17.67
Secundaria Incompleta 7.22
Sin instruccin 6.58
Primaria Incompleta 3.58
Superior Tcnica 2.43
Inicial 1.91
Superior Incompleta 0.35
FUENTE: Elaboracin Propia Encuesta Socioeconmica agosto 2008. CONSORCIO HUALLAGA
A pesar del cuadro anterior el 92.17% de la poblacin total encuestada respondi que
sabe leer y escribir. Ver cuadro N 11
Cuadro N 11
RUPA RUPA: Condicin de Alfabetismo en la poblacin de Tingo Mara
Zona Sabe Leer y escribir No Sabe Leer y escribir
encuestados porcentaje Encuestados %
Tingo Mara 1442 92.38% 119 7.62%
FUENTE: Elaboracin Propia Encuesta Socioeconmica agosto 2008. CONSORCIO HUALLAGA
En educacin se cuenta con centro educativo de niveles iniciales, primarios,
secundarios y superiores; estatales y privados; los que tienen una infraestructura en
buen estado Centro de Estudio Estatal
Nivel primario: 6
Nivel secundario: 3
Nivel superior: 1
e. Suministro de Energa
El suministro de energa est a cargo de la empresa Electrocentro, que tiene una
buena cobertura y brinda un servicio de 24 horas.
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f. Infraestructura Vial
Tingo Mara se encuentra comunicado e interconectado por va terrestre a la capital de
la Repblica a 528 Km. Y 113 Km. de Hunuco, a la cual se accede por carretera
asfaltada hasta Tingo Mara. El tiempo de viaje es de aproximadamente de 11 horas.
La carretera asfaltada es mantenida regularmente, pero afectada por constantes
huaycos que ocasionan deslizamientos de laderas de montaas en poca de lluvias. La
ciudad de Tingo Mara tambin se comunica a Pucallpa por va terrestre a travs de
una carretera afirmada cuyo estado es regular, dependiendo de la poca del ao y del
mantenimiento del tramo.
g. Vivienda
En Tingo Mara y Castillo Grande, el material predominante de construccin de las
viviendas es de material noble, con el 72.6% y 85.7% respectivamente, seguido de las
viviendas de madera que, en Tingo Mara es el 20.3% de las viviendas y en Castillo
Grande, el 6.1%.
3.4.3 Actividades Econmicas
Las actividades econmicas con mayor participacin en el VAB departamental de 2006
son: la agricultura, caza y silvicultura (28,3 por ciento), seguida del comercio (16,1 por
ciento) y servicios gubernamentales (12,6 por ciento).
La actividad primaria (extractiva) aport con el 32,6% del VAB departamental de 2006,
destacando la actividad agropecuaria (28,3 por ciento en la estructura departamental),
que se constituy como la principal, la misma que disminuy en 2,5% ciento en el 2007
respecto al ao anterior, debido a la poca disponibilidad de agua que influy en la
menor produccin de papa blanca y amarilla, principales productos del departamento.
El sector secundario (transformacin), represent el 12,4%, sobresaliendo el sector
manufacturero con el 9,9% por ciento, debido a la industrializacin del caf y el cacao
principalmente, seguido de la construccin, que aport el 1,9 por ciento.
Finalmente, el sector terciario represent el 55,0% del VAB departamental, destacando
el comercio (16,1%), servicios gubernamentales (12,6 %), y transportes y
comunicaciones (11,0 %)
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3.4.4 Diagnstico de la Situacin Actual
Las principales caractersticas de la situacin actual, que servirn como base para la
identificacin del problema y el planteamiento de soluciones se presentan a
continuacin:
A. Caractersticas de Salud
En distrito de Rupa Rupa, los servicios de saneamiento no tienen una adecuada
continuidad y presentan ausencia de tratamiento de aguas servidas, estas condiciones
repercuten en la salud de la localidad.
Las enfermedades prevalentes son las respiratorias agudas, seguido por las
enfermedades de la Cavidad Bucal, en tercer lugar se presentan las enfermedades
infecciosas intestinales seguidas de las Helmintiasis.
B. Situacin Actual del Consumo Urbano.
SISTEMA DE AGUA POTABLE
El sistema administrado por Seda Hunuco tiene como fuente de agua el agua
subterrnea procedente del acufero superior existente en la ribera del ro Huallaga el
cual es captado y recargado a travs de 02 Caisson e impulsado en 02 estaciones de
Bombeo por medio de 03 lneas de Impulsin hacia los 03 reservorios existentes de
agua. Las redes de Distribucin suman en total 53.90 km. De longitud, que cubren
parcialmente la ciudad, quedando la zona sur y las zonas altas sin redes de
distribucin, la poblacin de Tingo mara no cuenta con agua disponible las 24 horas
del da hay zonas donde hay disponibilidad de agua solo 3 horas y otras donde la
disposicin de agua es de 18 o hasta 24 horas al da.
Por otra parte encontramos los sistemas de agua potable paralelos, ubicados en la
zona Norte y Este de Tingo Mara que son sistemas cuya fuente de agua es superficial
en el 95% de los casos y el 5% de estas captaciones es subterrnea de manantiales de
tipo ladera.
SERVICIO DE ALCANTARILLADO SANITARIO
El sistema de alcantarillado que actualmente est en funcionamiento es administrado
por Seda Hunuco, el 85.2% de todas las redes construidas tiene una antigedad de
ms de 30 aos, existen 03 colectores principales y todas descargan a la caseta de
bombeo, que se encuentra en buenas condiciones estructurales, sin embargo el
funcionamiento de las bombas es manual y de 10 horas al da, La manera como se
viene evacuando las aguas servidas de la caseta de bombeo no es de lo mejor puesto
que las bombas funcionan en horarios diurnos solamente y el resto de tiempo se
encuentran apagadas y las aguas servidas que se producen en estas horas se van
llenando en la cmara hmeda y los buzones del sistema hasta rebosar lo que produce
que casi en su totalidad todos los buzones se encuentren en un proceso de colapso.
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CAPITULO 4
VULNERABILIDAD DEL REA DEL PROYECTO
4.1 Introduccin
El Per es una regin expuesta a diversas amenazas naturales, terremotos,
inundaciones, deslizamientos, fuertes precipitaciones, periodos de estiaje, provocando
graves desastres, la suma de estas amenazas naturales con el incremento de la
vulnerabilidad provocada por la accin del hombre en los procesos de desarrollo,
industrializacin, urbanizacin exagerada, el deterioro del medio ambiente, ha
disparado la frecuencia de los desastres y especialmente el efecto de los mismos, que
es necesario tenerlos en cuenta en un EIA.
En este captulo se presenta la evaluacin del rea del proyecto susceptible de sufrir
una predisposicin o susceptibilidad fsica, econmica, o social debido a sucesos
externos ya sea de origen natural o antrpico.
El proceso de anlisis de vulnerabilidad parte de un estudio de la lnea base del rea
de influencia donde se desarrolla el proyecto, de las etapas de operacin y
mantenimiento de la misma, por otro lado involucra las caractersticas de cualquier
amenaza natural que potencialmente puede ocasionar daos.
4.2 Vulnerabilidad Directa
En esta seccin se analizan los aspectos de vulnerabilidad de carcter fsico,
recalcando el carcter exploratorio de la investigacin el cual se basa de los datos
obtenidos del rea de influencia.
4.2.1 Vulnerabilidad de la Tierra
El rea posee tierras con ligero riesgo y debido a sus caractersticas ecolgicas y de
uso presenta ciertas limitaciones para su capacidad de produccin.
Geolgicamente son estables y la vulnerabilidad es atenuada por la cobertura vegetal,
generalmente la estabilidad de estas tierras es alterada por la actividad agrcola. Las
actividades productivas requieren considerar acciones de conservacin de suelos.
Sin embargo el rea presenta diferentes grados de capacidad de resistencia del
ecosistema a los procesos geodinmicos naturales o aquellos generados por la
actividad del hombre.
4.2.2 Amenaza de Deslizamiento
En la actualidad, la selva peruana constituye una de las zonas ms propensas a
registrar deslizamientos por efectos de las lluvias que se estn presentando en el pas
4.2.3 Disminucin de los Recursos Hdricos
La fuente de abastecimiento de agua para el sistema de agua potable y alcantarillado
es el ro Huallaga principalmente. Los caudales del ro presenta variaciones
estacinales.
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Cuando los caudales sean menores puede ocurrir que la captacin disminuya y por
ende la lnea de conduccin tenga salidas con mermas alcuotas; esto ocurrira en los
siguientes casos:
Por fenmenos climticos de sequa.
Por no haberse efectuado obras de regulacin estacional en las cuencas altas del
HUALLAGA.
Pueden ocurrir disminuciones del caudal por carcter temporal que podran ser ocasionadas
por:
- Problemas en el transporte hidrulico por la lnea de conduccin. Mayores
abstracciones aguas arriba del punto de derivacin a la planta de tratamiento.
- Interrupciones del flujo por roturas de la lnea de conduccin.
- Acciones de tipo geolgico a lo largo del ro o en el punto de captacin
ocasionando taponamientos, desviaciones u otros que determinen la disminucin
del caudal.
Mientras que el primer caso corresponde a un manejo regional de los abastecimientos
de agua, el segundo es un caso fortuito que tendr solucin en un tiempo relativamente
corto.
4.2.4 Riesgo Ssmico
Segn los mapas de zonificacin ssmica, el rea de influencia se encuentra
comprendida en la Zona 2, correspondindole una sismicidad media y una intensidad
de VII en la Escala de Mercalli, tal como se muestra en el Diagrama N 01 donde se
observa el mapa de zonificacin ssmica.
Los diseos estructurales de las instalaciones del proyecto han tenido en cuenta estos
parmetros y por lo tanto se han ceido a lo estipulado por las normas de diseo.
En todo caso, ante la posibilidad de que sismos de gran magnitud afecten la zona,
debe tenerse presente la posibilidad de daos que ocasionara en las viviendas y vas
de acceso principalmente.
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Diagrama N 01 Intensidades Ssmicas
Fuente: INDECI
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4.3 Vulnerabilidad Indirecta
4.3.1 Deterioro de las Estructuras Metlicas
El deterioro de las estructuras metlicas se da por intemperismo o por accin humana,
el deterioro referente al intemperismo se puede evitar mediante mantenimiento
constante a las partes expuestas al aire y humedad. La administracin del servicio
deber tener un programa de mantenimiento que incluya pintado de las estructuras y el
engrase de la maquinaria, instrumentos, vlvulas y compuertas.
En el proyecto se ha provisto de cercos a todas las estructuras nuevas y a todas las
rehabilitadas, adems de ello la administracin deber tener un sistema de vigilancia
en el periodo de operacin.
4.3.2 Destruccin de las Estructuras de las Instalaciones del Proyecto
Las estructuras que comprenden las instalaciones del sistema de agua potable y
alcantarillado pueden ser destruidas por accin humana y por la naturaleza.
Las acciones humanas se refieren principalmente a los actos de terrorismo, conmocin
social y a los casos de acciones blicas. En caso de presentarse estas situaciones es
difcil encontrar un medio efectivo que impida la destruccin de las estructuras pues la
vigilancia y/o proteccin que pueda presentar la institucin es limitada. Por otro lado las
compaas aseguradoras tienen sistemas de precio elevado para estos casos por lo
que deber decidir optar por un seguro en los periodos en que se detecte la posibilidad
de presentar alguna de estas situaciones.
4.3.3 Incendios
Las posibilidades de incendios son latentes debido a la existencia de combustibles y
conexiones elctricas en las instalaciones del sistema. La presencia de material
combustible se limita a los aislamientos elctricos y algn pequeo material de madera
o plstico presente dentro de las instalaciones. En estas condiciones la posibilidad de
proliferacin de fuego iniciado es reducida significativamente. Sin embargo entre los
equipo a proporcionar por la administracin se debe incluir extintores de fuego.
4.3.4 Cortes de Energa Elctrica
Dentro del proyecto se ha considerado un equipamiento que funciona casi
ntegramente por un sistema de bombeo. Para estos casos se prev la inclusin de un
generador elctrico, asegurando el abastecimiento de agua potable con calidad de
reglamento a un alto porcentaje del total de la poblacin del proyecto en periodos de
corte de fluido elctrico.
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CAPITULO 5
DESCRIPCIN DEL PROYECTO En el presente captulo se describe en forma general las actividades que se llevarn a cabo
durante las etapas de seleccin de sitio, construccin y operacin del sistema de agua potable
y alcantarillado
5.1 Descripcin General Del Proyecto
5.1.1 Nombre y Localizacin del Proyecto
El Proyecto se denomina Estudio de Impacto Ambiental de la Ampliacin y
Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposicin Final
de la zona urbana del distrito de Rupa Rupa 1ra. Etapa, la cual se desarrollar en la
ciudad de Tingo Mara distrito de Rupa Rupa Provincia de Leoncio Prado
Departamento y Regin de Hunuco.
5.1.2 Justificacin del Proyecto
El proyecto se justifica econmicamente, por la necesidad de SEDA HUANUCO SA de
garantizar un abastecimiento satisfactorio, y de ptima calidad de agua para consumo
humano. Asimismo un servicio y disposicin adecuada del alcantarillado en la ciudad.
El proyecto desde el punto de vista ambiental evidencia impactos negativos
mnimos, dado que el mismo se desarrollar dentro de un ambiente urbano ya
acondicionado para la instalacin y construccin de los componentes de un sistema de
agua potable y alcantarillado. Los impactos positivos se centran sobre todo en el
aspecto socioeconmico y cultural, debido a que esta actividad crear puestos de
trabajo, mejorando las condiciones de vida de las personas que participen en su
construccin y posterior funcionamiento, asimismo la poblacin se beneficiar y
mejorar su calidad de vida con los servicios brindado por la empresa.
5.1.3 Programa General de Trabajo
A continuacin se presenta el programa general de trabajo, detallando las actividades
que se llevarn a cabo durante las etapas de construccin e instalacin del sistema de
agua potable y alcantarillado.
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5.1.3.1 SISTEMA DE AGUA POTABLE
C-01 CAPTACIN
Reequipamiento de la Estacin de Bombeo Existente EB-01 (Antiguo).
Reequipamiento de la Estacin de Bombeo Existente EB-02 (Nuevo).
Construccin de almacn insumos qumicos
Construccin Cerco Perimtrico y acondicionamiento
Construccin Caisson C-03 y C-04
Construccin Estaciones de Bombeo EB-03 y EB-04
Construccin Caisson de recarga CR-02, CR-03 y CR-04
C-02 LINEAS DE IMPULSION
Construccin e instalacin de la lnea de Impulsin LI-01.
Construccin e instalacin de la lnea de Impulsin LI-02.
Construccin e instalacin de la lnea de Impulsin LI-03.
Construccin e instalacin de la lnea de Impulsin LI-04.
Construccin e instalacin de la lnea de Impulsin LI-05.
C-03 RESERVORIOS
Rehabilitacin del Reservorio Existente R-01 V=1800 m3 (Tingo Bajo).
Rehabilitacin del Reservorio Existente R-02 V=1000 m3 (Castillo Grande).
Construccin Reservorio R-03 V=600 m3 (09 de Octubre).
Construccin Reservorio R-04 V=300 m3 (Tingo Medio).
Construccin Reservorio R-05 V=1650 m3 (Zona Sur).
C-04 LNEAS DE ADUCCIN Y REDES DE DISTRIBUCIN
Construccin e instalacin de la lnea de aduccin y distribucin para los sectores de Tingo Bajo, Tingo Medio, Zona Sur, 9 de Octubre y Castillo Grande.
C-05 CONEXIONES DOMICILIARIAS
Instalacin de conexiones domiciliarias con su respectivo micromedidor.
5.1.3.2 SISTEMA DE ALCANTARILLADO
C-01 INSTALACION DE COLECTORES
Instalacin de los colectores principales.
Instalacin de los colectores secundarios.
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C-02 CONSTRUCCION DE CAMARAS DE BOMBEO
Construccin de la Cmara de Bombeo de Aguas Residuales CB-01 (Tingo Maria).
Construccin de la Cmara de Bombeo de Aguas Residuales CB-02 (Los Laureles).
Construccin de la Cmara de Bombeo de Aguas Residuales CB-03 (Castillo G.)
C-03 INSTALACION DE LINEAS DE IMPULSION DE AGUAS RESIDUALES
Instalacin de Lneas de Impulsin CB-01 a PTAR-01.
Instalacin de Lnea de Impulsin CB-02 a Colector Castillo.
Instalacin de Lnea de Impulsin CB-03 a PTAR-02.
C-04 CONSTRUCCIO