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Plan MERISS INKA – UGZA EXPEDIENTE TECNICO “INSTALACION DEL SISTEMA DE RIEGO QUISCO-DISTRITO ALTO PICHIGUA-PROVINCIA ESPINAR-CUSCO” TOMO VI: ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 1 Contenido 1. Resumen Ejecutivo....................................................................................................................... 3 2. Descripción del Proyecto .............................................................................................................. 9 2.1 Antecedentes ........................................................................................................................ 9 2.2 Nombre del proyecto ............................................................................................................. 9 2.3 Marco legal ........................................................................................................................... 9 2.4 Marco Institucional y administrativo ......................................................................................18 2.5 Objetivo del proyecto............................................................................................................19 2.6 Justificación del proyecto .....................................................................................................19 2.7 Localización geográfica y política del proyecto (coordenadas UTM – Cartografía – gráfica). .19 2.8 Descripción del proyecto ......................................................................................................20 2.9 Área de influencia del proyecto.............................................................................................23 2.10 Tiempo de vida útil del proyecto ...........................................................................................23 2.11 Descripción de la etapa de construcción...............................................................................23 2.12 Descripción de la etapa de operación y mantenimiento ........................................................29 2.13 Descripción de la etapa de abandono o cierre ......................................................................30 3. LINEA DE BASE .........................................................................................................................31 3.1 Ubicación .............................................................................................................................31 3.1.1 Extensión y Emplazamiento .................................................................................................31 3.1.2 Ubicación en Relación a un Área Protegida ..........................................................................31 3.2 Medio Físico.........................................................................................................................31 3.2.1 Meteorología ........................................................................................................................31 3.2.2 Zona de Vida........................................................................................................................32 3.2.3 Geología y geomorfología ....................................................................................................33 3.2.4 Hidrografía, hidrológico, hidrogeología y balance hídrico ......................................................39 3.2.5 Suelo, capacidad de uso mayor, uso actual de suelos ..........................................................41 3.2.6 Calidad del aire ....................................................................................................................41 3.2.7 Calidad de suelo ..................................................................................................................42 3.2.8 Calidad de agua ...................................................................................................................43 3.3 Medio biológico ....................................................................................................................44 3.3.1 Diversidad biológica y componentes.....................................................................................44 3.3.2 Flora ....................................................................................................................................44 3.3.3 Fauna ..................................................................................................................................46 3.3.4 Ecosistemas frágiles ............................................................................................................47 3.3.5 Áreas naturales protegidas o Zonas de Amortiguamiento .....................................................47 3.3.6 Unidades paisajísticas..........................................................................................................47 3.3.7 Factores que amenazan la conservación de los habitas o ecosistemas ................................47 3.4 Aspectos sociales ................................................................................................................47 3.4.1 Indicadores Demográficos Sociales......................................................................................47 3.4.2 Indicadores Demográficos Económicos ................................................................................48 3.4.3 Servicios básicos .................................................................................................................49 3.4.4 Uso actual del territorio.........................................................................................................51 3.4.5 Entorno Institucional Local ...................................................................................................51 3.5 Aspectos Culturales .............................................................................................................53 3.6 Aspectos de vulnerabilidad ...................................................................................................53 3.6.1 Peligros de origen natural ....................................................................................................54 3.6.2 Peligros de origen antropogénicas........................................................................................56 4. PLAN DE PARTICIPACION.........................................................................................................56 4.1 Objetivos..............................................................................................................................56 4.2 Mecanismos de involucramiento y participación ciudadana ..................................................57 4.1.1 Audiencia pública .................................................................................................................57 4.1.2 Talleres en la etapa de ejecución de obras...........................................................................58 4.1.3 Constataciones en la etapa de operación y funcionamiento del proyecto ..............................58 5. CARACTERIZACION DE IMPACTO AMBIENTAL .......................................................................59 5.1 Metodología .........................................................................................................................60 5.2 Identificación de los Impactos Ambientales en la Fase de Construcción ...............................62 5.2.1 Medio Físico.........................................................................................................................62 5.2.2 Medio Biológico....................................................................................................................63

Estudio de Impacto Ambiental

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    TOMO VI: ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 1

    Contenido 1. Resumen Ejecutivo ....................................................................................................................... 3 2. Descripcin del Proyecto .............................................................................................................. 9 2.1 Antecedentes ........................................................................................................................ 9 2.2 Nombre del proyecto ............................................................................................................. 9 2.3 Marco legal ........................................................................................................................... 9 2.4 Marco Institucional y administrativo ......................................................................................18 2.5 Objetivo del proyecto ............................................................................................................19 2.6 Justificacin del proyecto .....................................................................................................19 2.7 Localizacin geogrfica y poltica del proyecto (coordenadas UTM Cartografa grfica). .19 2.8 Descripcin del proyecto ......................................................................................................20 2.9 rea de influencia del proyecto.............................................................................................23 2.10 Tiempo de vida til del proyecto ...........................................................................................23 2.11 Descripcin de la etapa de construccin ...............................................................................23 2.12 Descripcin de la etapa de operacin y mantenimiento ........................................................29 2.13 Descripcin de la etapa de abandono o cierre ......................................................................30 3. LINEA DE BASE .........................................................................................................................31 3.1 Ubicacin .............................................................................................................................31 3.1.1 Extensin y Emplazamiento .................................................................................................31 3.1.2 Ubicacin en Relacin a un rea Protegida ..........................................................................31 3.2 Medio Fsico.........................................................................................................................31 3.2.1 Meteorologa ........................................................................................................................31 3.2.2 Zona de Vida........................................................................................................................32 3.2.3 Geologa y geomorfologa ....................................................................................................33 3.2.4 Hidrografa, hidrolgico, hidrogeologa y balance hdrico ......................................................39 3.2.5 Suelo, capacidad de uso mayor, uso actual de suelos ..........................................................41 3.2.6 Calidad del aire ....................................................................................................................41 3.2.7 Calidad de suelo ..................................................................................................................42 3.2.8 Calidad de agua ...................................................................................................................43 3.3 Medio biolgico ....................................................................................................................44 3.3.1 Diversidad biolgica y componentes .....................................................................................44 3.3.2 Flora ....................................................................................................................................44 3.3.3 Fauna ..................................................................................................................................46 3.3.4 Ecosistemas frgiles ............................................................................................................47 3.3.5 reas naturales protegidas o Zonas de Amortiguamiento .....................................................47 3.3.6 Unidades paisajsticas ..........................................................................................................47 3.3.7 Factores que amenazan la conservacin de los habitas o ecosistemas ................................47 3.4 Aspectos sociales ................................................................................................................47 3.4.1 Indicadores Demogrficos Sociales ......................................................................................47 3.4.2 Indicadores Demogrficos Econmicos ................................................................................48 3.4.3 Servicios bsicos .................................................................................................................49 3.4.4 Uso actual del territorio.........................................................................................................51 3.4.5 Entorno Institucional Local ...................................................................................................51 3.5 Aspectos Culturales .............................................................................................................53 3.6 Aspectos de vulnerabilidad ...................................................................................................53 3.6.1 Peligros de origen natural ....................................................................................................54 3.6.2 Peligros de origen antropognicas........................................................................................56 4. PLAN DE PARTICIPACION .........................................................................................................56 4.1 Objetivos ..............................................................................................................................56 4.2 Mecanismos de involucramiento y participacin ciudadana ..................................................57 4.1.1 Audiencia pblica .................................................................................................................57 4.1.2 Talleres en la etapa de ejecucin de obras ...........................................................................58 4.1.3 Constataciones en la etapa de operacin y funcionamiento del proyecto ..............................58 5. CARACTERIZACION DE IMPACTO AMBIENTAL .......................................................................59 5.1 Metodologa .........................................................................................................................60 5.2 Identificacin de los Impactos Ambientales en la Fase de Construccin ...............................62 5.2.1 Medio Fsico.........................................................................................................................62 5.2.2 Medio Biolgico ....................................................................................................................63

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    5.2.3 Medio Socioeconmicos.......................................................................................................64 5.3 Identificacin de los Impactos en la Fase de Operacin ........................................................65 5.3.1 Medio Fsico.........................................................................................................................65 5.3.2 Medio Biolgico ....................................................................................................................66 5.3.3 Medio Socioeconmico ........................................................................................................66 5.4 Jerarquizacin de los impactos ambientales potenciales ......................................................67 5.5 Conclusiones .......................................................................................................................68 6. ESTRATEGIA DE MANEJO AMBIENTAL (Segn Ley N 27446) ................................................68 6.1 Plan de manejo ambiental ....................................................................................................68 6.2 Plan de vigilancia ambiental .................................................................................................71 6.3 Plan de contingencias ..........................................................................................................72 6.4 Plan de abandono y cierre ....................................................................................................73 6.5 Cronograma y presupuesto ..................................................................................................73 6.5.1 Presupuesto .........................................................................................................................73 6.5.2 Cronograma de Ejecucin ....................................................................................................75 7. CONSULTORIA ..........................................................................................................................77 8. ANEXOS .....................................................................................................................................77

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    1. Resumen Ejecutivo 1.1.- Nombre del Proyecto Instalacin del Sistema de Riego Quisco Distrito Alto Pichigua Provincia Espinar - Cusco. 1.2.- Objetivos del Proyecto El proyecto propone Incrementar los Rendimientos en la Produccin Pecuaria a travs de la construccin de un sistema de riego de modo que se mejore la oferta hdrica y las eficiencias de captacin, conduccin, distribucin y de aplicacin tanto para los sistemas de gravedad y aspersin planteados. Con el objetivo de dar sostenibilidad al proyecto se realizaran las siguientes actividades:

    Construccin de infraestructura de riego Acciones de Capacitacin en Gestin de Sistemas de Riego Acciones de Mitigacin de Impactos

    Del mismo modo se implementarn acciones de fortalecimiento de capacidades y competencias para la autogestin de los sistemas de riego esto a cargo de GPSR.

    Se implementar un plan de capacitacin a todos los usuarios para el fortalecimiento de sus capacidades.

    Fortalecimiento de organizaciones comunales y de riego, para difundir y aplicar los nuevos conocimientos con el fin de mejorar la capacidad de gestin de la organizacin.

    Manejo de sistemas de riego, para garantizar la eficiente operacin de la infraestructura de riego.

    Riego parcelario y manejo de cultivos, para que los usuarios manejen tcnicas mejoradas de riego y manejo de cultivos, desarrollando destreza y habilidades y lograr el uso eficiente del agua a nivel de parcela.

    1.3.- Localizacin del Proyecto El proyecto de Instalacin del Sistema de Riego Quisco est ubicado polticamente en el distrito de Alto Pichigua provincia de Espinar de la Regin Cusco, y geogrficamente SE encuentra entre las coordenadas 14 41 12 a 14 26 35 LS y 71 05 00 h 71 10 27 LO

    Regin : Cusco Provincia : Espinar Distrito : Alto Pichigua Localidad : Ccahuaya y Molloccahua Altitud : 3.950 - 4030 msnm

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    Grfico N 01: Ubicacin del rea de influencia del Proyecto

    1.4.- rea de Influencia Directa e Indirecta El mbito del proyecto est delimitado por los ros Challuta y Anccarca del distrito de Alto Pichigua, comprende un rea total de 945 ha, incluyndose en esta a cuatro sectores.. 1.5.- Caracterizacin de Impactos Ambientales El proyecto Instalacin del Sistema de Riego Quisco en la etapa de construccin y operacin y mantenimiento generar impactos negativos en los medios Fsico, Biolgico y Socioeconmico. 1.5.1.- Medio Fsico En esta se generaran ruidos molestosos que podran afectar la salud de los trabajadores principalmente, la generacin de polvo con partculas de dimetros mnimos que de igual manera podran afectar la salud de los trabajadores y poblacin aledaa al rea de influencia directa. La generacin de residuos slidos si nos son manejados adecuadamente contaminaran los suelos, as mismo la mala ubicacin de los servicios higinicos de uso de los trabajadores contaminara suelos El recurso agua ser uno de los mas afectados principalmente debido a que se realizara el represamiento mediante una presa de tierra. El paisaje se modificara debido a que se construir una presa de tierra y formara una laguna artificial modificando el paisaje alto andino. 1.5.2.- Medio Biolgico Principalmente se afectaran reas extensas de cobertura vegetal, esto debido a la apertura de zanjas para la instalacin de los canales de conduccin.

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    El represamiento de las aguas generara que extensas reas de pastizales se inunden perdindose definitivamente estos pastizales Con la construccin de los canales de conduccin se crearan barreras temporales para el normal trnsito de la fauna de la zona, cabe sealar que los trabajadores de la obra representan un peligro en vista que realizaran caza furtiva de algunas especies de mamferos, aves, y reptiles. 1.5.3.- Medio Socioeconmico Principalmente la generacin de trabajo temporal y permanente en una segunda etapa (operacin y mantenimiento) son impactos positivos que el proyecto generara. 1.5.4.- Plan de Gestin Ambiental El plan de gestin ambiental se refiere a las medidas de carcter ambiental que se implementarn en las etapas construccin y operacin del proyecto con el fin de mitigar los impactos ambientales que fueron identificados y evaluados; de manera que el proyecto se lleve a cabo de manera responsable y compatible con el medio ambiente, generando la sostenibilidad de operacin del sistema de riego. Los efectos ambientales causados por la ejecucin de las obras de infraestructura de riego son los usuales en las obras pblicas: alteracin de factores ambientales y destruccin de recursos naturales, as como las secuelas posteriores a toda obra, si no se protege el entorno, as podra producirse por ejemplo; instalaciones provisionales parcialmente destruidas (campamentos), residuos diversos esparcidos por doquier, canteras no restauradas, malestar de la poblacin por efectos del polvo, entre otros. El plan de gestin ambiental comprende: El plan de accin preventivo corrector Plan de monitoreo ambiental y de contingencias. Comprende las medidas de control de los impactos ambientales (medidas preventivas y/o correctoras) identificando su ubicacin espacial y temporal, estas medidas son tcnica y econmicamente factibles de implementar, asimismo en este proceso las organizaciones beneficiarias muestran predisposicin de participar. 1.5.4.1.- Plan de Contingencias Se plantea un plan de contingencia para efectos que no se tengan previstos en vista que el rea de intervencin ser permanentemente impactada por acciones antrpicas en la fase de puesta en marcha o de operacin del mismo. Este plan de contingencias comprende:

    Minimizar el dao producido por ocurrencia de un determinado evento de riesgo, realizando las acciones necesarias para impedir su agravamiento.

    Mitigar el dao producido al ambiente. Reducir los costos directos e indirectos que ocasionar la ocurrencia. Informar oportunamente a la autoridad superior para que a travs de los canales

    correspondientes se designe se pueda mitigar los riesgos producidos En los proyectos de riego, la infraestructura hidrulica est potencialmente expuesto a casos de eventos extremos no frecuentes, que no pueden ser controlados por simples medidas de mitigacin, en este caso ser necesario medidas ms intensas y especficas, para minimizar los impactos ambientales, en consecuencia el plan de contingencia permitir delinear planes de accin que sern implementados si ocurre una contingencia que involucre riesgos ambientales. 1.5.4.2.- Plan de Abandono y Cierre El plan de abandono abarca las actividades de cierre de construccin, que se realizar con la finalidad de restaurar las reas disturbadas y dejar libre el rea de influencia directa de la construccin. El objetivo fundamental del plan de abandono es dejar el rea afectada en las mejores condiciones en que se encontraba originalmente. Se ha identificado las principales actividades de abandono, indicndose en el cuadro siguiente.

    Desmantelamiento de campamentos. Recojo de residuos slidos inorgnicos y su traslado a la localidad ms cercana.

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    Recomposicin y revegetacin de las reas afectadas. 1.5.4.3.- Plan de Monitoreo Ambiental El plan de monitoreo ambiental ha sido preparado con el fin de prevenir, controlar o reducir al mnimo los impactos ambientales negativos que pudieran generarse durante el desarrollo de las diferentes actividades, en las fases de ejecucin de obras y operacin del proyecto. Se recomienda el seguimiento y control de las condiciones ambientales en los sitios donde se desarrollarn las diferentes actividades, mediante la elaboracin de informes peridicos que contengan el grado de avance de las diferentes tareas de mitigacin propuestos. El monitoreo, ser una herramienta de mucha importancia tanto en la etapa de ejecucin de obras, que tendr por objetivo el medir y controlar las alteraciones presentes en la fase de operacin del proyecto, sobre la base de este resultado se alcanzar sugerencias para incorporar acciones correctivas en el proceso de ejecucin de tareas en las fases ya mencionadas. Continuacin se podr apreciar un resumen del plan de monitoreo ambiental Acciones de mitigacin Se considera que la implantacin de por lo menos un 75% de las medidas de mitigacin propuestas son usualmente implementadas al final del proceso de intervencin de cada una de las fases de construccin, operacin y el cierre de la misma; con la finalidad de monitorear que cada uno de los pasos y estrategias sugeridas estn siendo debidamente cumplidas y estn dando el resultado esperado. Caudal ecolgico En busca de un buen control del caudal ecolgico que se estar brindando a la cuenca del Rio Quiscamayo y as mismo que este no este careciendo de un adecuado nivel de caudal; para ello se realizaran trimestralmente una evolucin del caudal que se est utilizando, haciendo un especial hincapi en las pocas de secas. Con el objetivo de que el uso de agua en exceso durante las pocas de caudales mnimos no ocasione daos ecolgicos aguas abajo del Rio Quiscamayo. Cubierta vegetal en zonas intervenidas se ha recuperado Uno de los indicadores de un adecuado manejo es la recuperacin de las reas que fueron afectadas durante la construccin esperndose que estas se recuperen en un promedio de un 80% esta evaluacin se deber de realizar al trmino de cada fase del proceso de construccin, operacin. Eficiencia de utilizacin del recurso hdrico Con la finalidad de que la aplicacin de tcnicas adecuadas de riego por aspersin se han incrementado hasta niveles aceptables y que la eficiencia de riego previstos se han logrado por lo menos en un 70% en el ao de retirada de acciones de capacitacin. Asiendo se un monitoreo de los resultados en el fortalecimiento en las capacidades a los usuarios. Productividad de los suelos Los suelos se deben mantener con una constante o cercana a la fertilidad o principalmente de los contenidos de los micronutrientes como son en esencia el N, P, K y as mismo de sus caractersticas fsicas y qumicas como pH, materia orgnica, humedad y dems esto se deber de evaluacin en un periodo comprendido por cada campaa (de preferencia de 2 aos); esto se lograra con la capacitacin de los usuarios. 1.6.- Presupuesto La implementacin de las medidas preventivas-correctoras requerir la asignacin de recursos presupuestarios que alcanza la suma de S/. 330,034.95 nuevos soles.

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    Cuadro N 01: Presupuesto de Mitigacin de Impactos Ambientales

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    TOMO VI: ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 8

    1.7.- Conclusiones

    1. Las aguas del ro Quisco estn calificadas como aptas para uso en riego.

    2. El anlisis de impactos realizado para cada fase del proyecto, muestra que la fase de construccin de la infraestructura de riego generara mayor cantidad de impactos negativos al ambiente; por otra parte, la fase de operacin causara ms impactos positivos y menos impactos negativos al ambiente.

    3. La construccin de la infraestructura de riego aumentar la productividad, por lo que se

    generar ms ingresos econmicos mejorando la calidad de vida de la poblacin

    4. La implementacin del sistema de riego generara trabajo temporal a los pobladores de la zona durante la fase de construccin, durante la fase de operacin se generara trabajo temporal (jornaleros) y trabajo permanente (propietarios).

    5. El Proyecto Instalacin del Sistema de Riego Quisco, es viable ambiental y socialmente.

    6. A travs de los talleres de Participacin Ciudadana, se ha llegado a la conclusin, que sin duda

    con la implementacin del proyecto, las condiciones socioeconmica de la poblacin cambiar significativamente como consecuencia de los impactos econmicos del proyecto, como tambin resultarn afectadas algunos recurso naturales en el proyecto.

    1.8.- Recomendaciones

    1. Implementar en obra el residentado de un especialista ambiental; Bilogo o Ing. Ambiental capaz de ejecutar el expediente de Mitigacin de Impacto Ambiental.

    2. Implementar las capacitaciones en los temas antes referido, en cuanto a conservacin de la

    fuente hdrica.

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    2. Descripcin del Proyecto 2.1 Antecedentes Se ha tomado como antecedente para la formulacin de la presente EIA, el Estudio de Factibilidad, donde el enfoque sistmico fue la base para la definicin de la parte conceptual del proyecto; se ha efectuado el anlisis de la situacin actual y situacin con proyecto, referidos a: la caracterizacin de los recursos agua y suelo con fines de uso agrcola, definicin del rea de influencia, mejoramiento y construccin de la infraestructura de riego, organizacin comunal y gestin de los sistemas de riego, anlisis de los sistemas de produccin, procedimiento estratgico de la implementacin del proyecto, y la correspondiente evaluacin econmica. Uno de los problemas crticos en el mbito del proyecto, constituye la escasez de agua para riego, la mayora de los terrenos se encuentran en situacin de secano, donde la explotacin agrcola es marginal y de alto riesgo, por lo que las familias se dedican principalmente a la actividad pecuaria. Considerando esta problemtica las Autoridades de la Municipalidad Distrital de Alto Pichigua, los Directivos de la Comunidades de Ccahuaya y Molloccahua y los comuneros en general, en el ao 2004, han solicitado la intervencin del Plan Meriss, para identificar y verificar las reas potenciales de tierras de las comunidades de Ccahuaya y Molloccahua, por lo que se recorri por la parte alta del distrito, para evaluar el potencial hdrico del distrito, encontrndose varias lagunas como el Lliptacocha que cuenta con una presa rstica, la laguna Quilca que presenta una represa colapsada y otras lagunas pequeas como el Yanaccocha y Alkaccota, y dentro de ello se identific el vaso natural Quisco con una capacidad fsica importante para su represamiento y una buena oferta hdrica del rio Quiscamayo. Por lo que los usuarios y la Municipalidad de Alto Pichigua han priorizado el proyecto de represamiento del vaso Quisco, y han considerado como un proyecto estratgico para el desarrollo ganadero del distrito, por lo que en el 2005, la municipalidad suscribi un convenio con el Plan Meriss, para realizar el estudio de pre inversin a nivel de Perfil, con un presupuesto de S/. 40.000 y posteriormente se priorizo este proyecto en los presupuestos participativo a nivel distrital y provincial para continuar con los estudios de prefactibilidad y Factibilidad. 2.2 Nombre del proyecto Proyecto de Instalacin del Sistema de Riego Quisco Distrito Alto Pichigua Provincia Espinar - Cusco. 2.3 Marco legal Dentro del marco legal, se tiene aquellas normas de carcter general y propiamente las especficas dirigidas a las actividades de construccin de sistemas de riego, siendo las siguientes: Constitucin Poltica del Per (1993) Artculo 2, numeral 22, establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. Artculo 66 al 69 menciona que los recursos naturales renovables y no renovables son patrimonio de la Nacin, debiendo el Estado Peruano regular sus usos por particulares. Artculo 70 el Estado protege el derecho a la propiedad y lo garantiza, nadie puede privarse de su propiedad, pero cuando se requiere desarrollar proyectos de inters nacional, declarados por Ley, se podr expropiar propiedades para su ejecucin; siendo necesario indemnizar previamente a las personas y/o familias que resulten afectadas. Ley General del Ambiente Ley N 28611 Artculo 24.- Del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental 24.1 Toda actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y otras actividades, as como las polticas, planes y programas pblicos susceptibles de causar impactos ambientales de carcter significativo, est sujeta, de acuerdo a ley, al Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental SEIA, el cual es administrado por la Autoridad Ambiental Nacional. La ley y su reglamento desarrollan los componentes del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental. 24.2 Los proyectos o actividades que no estn comprendidos en el Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental, deben desarrollarse de conformidad con las normas de proteccin ambiental especficas de la materia.

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    Artculo 25.- De los Estudios de Impacto Ambiental Los Estudios de Impacto Ambiental EIA, son instrumentos de gestin que contienen una descripcin de la actividad propuesta y de los efectos directos o indirectos previsibles de dicha actividad en el medio ambiente fsico y social, a corto y largo plazo, as como la evaluacin tcnica de los mismos. Deben indicar las medidas necesarias para evitar o reducir el dao a niveles tolerables e incluir un breve resumen del estudio para efectos de su publicidad. La ley de la materia seala los dems requisitos que deban contener los EIA. Decreto Supremo N 039-2008-AG Reglamento de Organizacin y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua ANA Artculo 37 Administraciones Locales de Agua - ALA Las Administraciones Locales de Agua son las unidades orgnicas de las Autoridades Administrativas del Agua, que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos mbitos territoriales que aprueban mediante Resolucin Ministerial, en base a la agrupacin de unidades hidrogrficas indivisas conforme a la metodologa aprobada por el Ministerio de Agricultura. Dependen jerrquicamente del Director de la Autoridad Administrativa del Agua y tienen las funciones siguientes:

    a. Otorgar permisos y autorizaciones de uso de agua dando cuenta al Director de la Autoridad Administrativa del Agua.

    b. Aprobar la implantacin, modificacin y extincin de servidumbres convencionales de uso de agua.

    c. Desarrollar acciones de supervisin y vigilancia en las fuentes naturales de agua y bienes asociados a esta para asegurar su conservacin y uso sostenible, instruyendo los procedimientos sancionadores dando cuenta al Director de la Autoridad Administrativa del Agua para la imposicin de las sanciones correspondientes.

    Ley Marco para el Crecimiento de la Inversin Privada D.L. N 757 Esta Ley modifica varios artculos del Cdigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, con el objetivo de armonizar las inversiones privadas, el desarrollo socioeconmico, la conservacin del medio ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales. El Artculo 50 establece que las autoridades sectoriales competentes para conocer los asuntos relacionados con la aplicacin de las disposiciones del Cdigo del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales, son los Ministerios de los sectores correspondientes a las actividades que desarrollan las empresas. Dichas autoridades determinarn a las actividades que por su riesgo ambiental pudieran exceder los niveles o estndares tolerables de contaminacin o deterioro del medio ambiente, requieren necesariamente de la elaboracin de Estudios de Impacto Ambiental previos al desarrollo de dichas actividades (Artculo 51). Los Estudios de Impacto Ambiental sern realizados por empresas o instituciones pblicas o privadas, que se encuentren debidamente calificadas e inscritas en el Registro que, para tal efecto, abrir la autoridad sectorial competente. El Artculo 52, seala que en los casos de peligro grave e inminente para el medio ambiente, la autoridad sectorial competente podr disponer la adopcin de una de las siguientes medidas de seguridad por parte del titular de la actividad: a) Procedimientos que hagan desaparecer el riesgo o lo disminuyan a niveles permisibles y; b) Medidas que limiten el desarrollo de las actividades que generan peligro grave e inminente para el medio ambiente. Los Artculos 51 y 52, de la ley en referencia, fueron modificados por la Ley de Evaluacin de Impacto Ambiental para Obras y Actividades. Ley del Sistema Nacional de Evaluacin del Impacto Ambiental Ley N 27446 Segn el DL. N 1078 que Modifica la Ley 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental establece lo siguiente: Artculo 2.- mbito de la ley Quedan comprendidos en el mbito de aplicacin de la presente ley, las polticas, planes y programas de nivel nacional, regional y local que puedan originar implicaciones ambientales significativas; as

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    TOMO VI: ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 11

    como los proyectos de inversin pblica, privada o de capital mixto, que impliquen actividades, construcciones, obras y otras actividades comerciales y de servicios que puedan causar impactos ambientales negativos significativos. El reglamento sealar los proyectos y actividades comerciales y de servicios que se sujetarn a la presente disposicin. Artculo 3.- Obligatoriedad de la Certificacin Ambiental No podr iniciarse la ejecucin de proyectos ni actividades de servicios y comercio referidos en el artculo 2 y ninguna autoridad nacional, sectorial, regional o local podr aprobarlas, autorizarlas, permitirlas, concederlas o habilitarlas si no cuentan previamente con la certificacin ambiental contenida en la Resolucin expedida por la respectiva autoridad competente. Artculo 4.- Categorizacin de proyectos de acuerdo al riesgo ambiental 4.1.- Toda accin comprendida en el listado de inclusin que establezca el Reglamento, segn lo previsto en el Artculo 2 de la presente Ley, respecto de la cual se solicite su certificacin ambiental, deber ser clasificada en una de las siguientes categoras:

    a. Categora I - Declaracin de Impacto Ambiental.- Incluye aquellos proyectos cuya ejecucin no origina impactos ambientales negativos de carcter significativo.

    b. Categora II - Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado.- Incluye los proyectos cuya ejecucin puede originar impactos ambientales moderados y cuyos efectos negativos pueden ser eliminados o minimizados mediante la adopcin de medidas fcilmente aplicables. Los proyectos clasificados en esta categora requerirn un Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd).

    c. Categora III - Estudio de Impacto Ambiental Detallado.- Incluye aquellos proyectos cuyas caractersticas, envergadura y/o localizacin, pueden producir impactos ambientales negativos significativos, cuantitativa o cualitativamente, requiriendo un anlisis profundo para revisar sus impactos y proponer la estrategia de manejo ambiental correspondiente. Los proyectos de esta categora requerirn de un Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d).

    4.2.- Esta clasificacin deber efectuarse siguiendo los criterios de proteccin ambiental establecidos en el artculo 5 de la presente ley. La autoridad competente podr establecer criterios complementarios adicionales. Artculo 5 Criterios de proteccin ambiental Para los efectos de la clasificacin de los proyectos de inversin que queden comprendidos dentro del SEIA, la autoridad competente deber ceirse a los siguientes criterios:

    a. La proteccin de la salud de las personas; b. La proteccin de la calidad ambiental, tanto del aire, del agua, del suelo, como la incidencia

    que puedan producir el ruido y los residuos slidos, lquidos y emisiones gaseosas y radiactivas;

    c. La proteccin de los recursos naturales, especialmente las aguas, el suelo, la flora y la fauna; d. La proteccin de las reas naturales protegidas; e. Proteccin de la diversidad biolgica y sus componentes: ecosistemas, especies y genes; as

    como los bienes y servicios ambientales y bellezas escnicas, reas que son centros de origen y diversificacin gentica por su importancia para la vida natural;

    f. La proteccin de los sistemas y estilos de vida de las comunidades; g. La proteccin de los espacios urbanos; h. La proteccin del patrimonio arqueolgico, histrico, arquitectnicos y monumentos nacionales;

    e, i. Los dems que surjan de la poltica nacional ambiental.

    Artculo 10 Contenido de los instrumentos de gestin ambiental De conformidad con lo que establezca el Reglamento de la presente Ley y con los trminos de referencia que en cada caso se aprueben; los estudios de impacto ambiental y, segn corresponda, los dems instrumentos de gestin ambiental, debern contener:

    a. Una descripcin de la accin propuesta y los antecedentes de su rea de influencia; b. La identificacin y caracterizacin de las implicaciones y los impactos ambientales negativos,

    segn corresponda, en todas las fases y durante todo el periodo de duracin del proyecto. Para tal efecto, se deber tener en cuenta el ciclo de vida del producto o actividad, as como el ambiental, en los casos aplicables y otros instrumentos de gestin ambiental conexos;

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    TOMO VI: ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 12

    c. La estrategia de manejo ambiental a la definicin de metas ambientales incluyendo, segn el caso el plan de compensacin y el plan de abandono o cierre;

    d. El plan de participacin ciudadana de parte del mismo proponente; e. Los planes de seguimiento, vigilancia y control; f. La valorizacin econmica del impacto ambiental; g. Un resumen ejecutivo de fcil comprensin; y. h. Otros que determine la autoridad competente.

    Artculo 15.- Seguimiento y control 15.1 La autoridad competente ser la responsable de efectuar la funcin de seguimiento, supervisin y control de la evaluacin de impacto ambiental, aplicando las sanciones administrativas a los infractores. 15.2 El MINAM a travs del Organismo de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental OEFA es responsable del seguimiento y supervisin de la implementacin de las medidas establecidas en la evaluacin ambiental estratgica. Artculo 16.- Organismo director del sistema El Ministerio del Ambiente MINAM, es el encargado de dirigir y administrar el SEIA, en concordancia con lo se establece su Ley de Creacin y la presente Ley. Artculo 17.- Funciones del Organismo Rector Corresponde al MINAM:

    a. Revisar, de manera aleatoria, los estudios de Impacto Ambiental aprobados por las autoridades competentes, con la finalidad de coadyuvar al fortalecimiento y transparencia del Sistema de Evaluacin de Impacto Ambiental.

    b. Aprobar las Evaluaciones Ambientales estratgicas de polticas, planes y programas. c. Emitir opinin previa favorable y coordinar con las autoridades competentes, el o los proyectos

    de reglamentos relacionados a los procesos de evaluacin de impacto ambiental EIA y sus modificaciones;

    d. Coordinar con las autoridades competentes la adecuacin de los regmenes de evaluacin del impacto ambiental existentes a lo dispuesto en la presente Ley y asegurar su cumplimiento;

    e. Llevar un registro administrativo de carcter pblico y actualizado de las certificaciones ambientales concedidas o denegadas por los organismos correspondientes. Dicho registro indicar adems la categora asignada al proyecto, obra o actividad;

    f. Controlar y supervisar la aplicacin de la presente Ley y su Reglamento, as como resolver en segunda instancia administrativa los recursos impugnativos que se le formulen por infracciones a esta norma.

    Artculo 18.- Autoridades competentes de administracin y ejecucin 18.1 Sern consideradas como autoridades competentes de administracin y ejecucin, el Ministerio del Ambiente, las autoridades sectoriales nacionales, las autoridades regionales y las autoridades locales. Corresponda al MINAM las funciones establecidas en el artculo 17 de la presente Ley y su reglamento. Corresponde a las autoridades sectoriales emitir la certificacin ambiental de los proyectos o actividades de alcance nacional o multi regional, en el mbito de sus respectivas competencias. Corresponde a las autoridades regionales y locales emitir la certificacin ambiental de los proyectos que dentro del marco del proceso de descentralizacin resulten de su competencia. 18.2 Salvo que la ley disponga algo distinto, la autoridad competente a la que se deber solicitar la certificacin ambiental ser aquella del sector correspondiente a la actividad del titular por la que ste obtiene sus mayores ingresos brutos anuales. Si el proyecto o actividad cuya certificacin ambiental se solicita corresponda a otro sector, la autoridad receptora de la solicitud deber requerir la opinin del sector competente, Dicho trmite deber realizarse dentro del plazo establecido para la expedicin de la certificacin y no podr generar pago adicional alguno al solicitado. El reglamento especificar el procedimiento intersectorial aplicable. Si no obstante lo dispuesto en este artculo, el conflicto de competencia subsistir, el MINAM definir la competencia segn lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1013 y sus modificaciones. Ley Marco del Sistema Nacional de Gestin Ambiental Ley N 28245 El artculo 2, del Sistema Nacional de Gestin Ambiental, se constituye sobre la base de las instituciones estatales, rganos y oficinas de los distintos ministerios, organismos pblicos descentralizados e instituciones pblicas a nivel nacional, regional y local que ejerzan competencias y

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    funciones sobre el ambiente y los recursos naturales; as como por los Sistemas Regionales y Locales de Gestin Ambiental, contando con la participacin del sector privado y la sociedad civil. El artculo 3, de la finalidad del Sistema. Su finalidad es integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicacin de las polticas, planes, programas y acciones destinados a la proteccin del ambiente y contribuir a la conservacin y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. El inciso 4.2 del artculo 4, seala que el carcter transectorial de la gestin ambiental implica que la actuacin de las autoridades pblicas con competencias y responsabilidades ambientales se orienta, integra, estructura, coordina y supervisa, con el objeto de efectivizar la direccin de las polticas, planes, programas y acciones pblicas hacia el desarrollo sostenible del pas. El artculo 6, seala que la direccin del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental es uno los Instrumentos de Gestin y Planificacin Ambiental, las competencias sectoriales, regionales y locales se ejercen con sujecin a los instrumentos de gestin ambiental, diseados, implementados y ejecutados para fortalecer el carcter transectorial y descentralizado de la Gestin Ambiental, y el cumplimiento de la Poltica, el Plan y la Agenda Ambiental Nacional. Para este efecto, el CONAM debe asegurar la transectorialidad y la debida coordinacin de la aplicacin de este instrumento. El artculo 22, numeral 1 seala que los Gobiernos Regionales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, en concordancia con las polticas, normas y planes nacionales y sectoriales, en el marco de los principios de la gestin ambiental contenidos en el artculo 5 de la presente Ley. El artculo 22, numeral 2, seala que los Gobiernos Regionales deben implementar el sistema regional de gestin ambiental, en coordinacin con las Comisiones Ambientales Regionales y el CONAM, sobre la base de los rganos que desempean diversas funciones ambientales en el Gobierno Regional. El artculo 23, seala que las Comisiones Ambientales Regionales, CAR, son las instancias de gestin ambiental, de carcter multisectorial, encargadas de coordinar y concertar la poltica ambiental regional. Promueven el dilogo y el acuerdo entre los sectores pblico y privado. El Consejo Directivo del CONAM aprueba la creacin de la Comisin Ambiental Regional, su mbito, funciones y composicin. Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental-D.S. N 019-2009-MINAM Artculo 5 Entidades que conforman el SEIA. EL SEIA est conformado por las siguientes entidades:

    a. El MINAM en calidad de organismo rector y administrador del SEIA, conforme a lo cual est encargado de asegurar el mecanismo de integracin y de coordinacin transectorial de la gestin ambiental entre los distintos niveles de gobierno.

    b. Las autoridades sectoriales nacionales, las autoridades regionales y las autoridades locales, que ejercen competencias y funciones para conducir procesos de evaluacin de impacto ambiental entendidas en adelante como Autoridades Competentes.

    c. Las autoridades en los tres niveles de gobierno, en materia de supervisin, fiscalizacin y sancin ambiental, que ejercen funciones en el mbito del SEIA.

    Artculo 36 Clasificacin de los proyectos de inversin Los proyectos pblicos o privados que estn sujetos al SEIA, deben ser clasificados por las autoridades competentes, de acuerdo a los sealados en el Art 8 de la Ley, en una de las siguientes categoras: Categora I.- Declaracin de Impacto Ambiental (DIA): Estudio ambiental mediante el cual se evala los proyectos de inversin respecto de los cuales se prev la generacin de impactos ambientales negativos leves. Categora II.- Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd): Estudio ambiental mediante el cual se evalan los proyectos de inversin respecto de los cuales se prev la generacin de impactos ambientales negativos moderados. Categora III.- Estudio de Impactos Ambientales Detallado (EIA-d): Estudio ambiental mediante el cual se evalan los proyectos de inversin respecto de los cuales se prev la generacin de impactos ambientales negativos significativos. Toda mencin al trmino Estudio de Impacto Ambiental- EIA, en el presente Reglamento entindase referida al EIA-sd y al EIA-d. Artculo 40 Contenido de la Evaluacin Preliminar y los Trminos de Referencia del EIA.

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    La Evaluacin Preliminar debe contener como mnimo lo establecido en el Anexo VI sin perjuicio de la informacin adicional que pueda solicitar la Autoridad Competente y debe estar suscrito por el titular y el o los profesionales responsables de su elaboracin. La autoridades competentes elaboraran o actualizaran guas especficas para la formulacin de Temimos de Referencia de los estudios de Impacto Ambiental relacionados con los proyectos clasificados de acuerdo a lo establecidos en el Art. 36 del presente Reglamento, considerando los contenidos y criterios indicados en los Anexos III y IV. Ley Forestal y de Fauna Silvestre Ley N 27308 Ley 29317 Ley que modifica e incorpora diversos artculos al D.L. N 1090 Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Artculo 25.- Eliminacin de cobertura vegetal en tierras privadas con aptitud agrcola y pecuaria. 25.1.- En las tierras con aptitud agrcola y pecuaria con cobertura vegetal natural que puede incluir masa boscosa; se debe reservar un mnimo de treinta por ciento 30% de su cobertura vegetal y una franja no menor de cincuenta 50 metros, del cauce de los ros, espejos de agua y otros similares. La eliminacin de la cobertura vegetal ser autorizada por la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, considerando los criterios y condiciones que se establezcan en el reglamento de la presente norma y la evaluacin del expediente tcnico que principalmente garantice la sostenibilidad del ecosistema. Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 23853 El Artculo 65 se refiere a las funciones especficas que compete a las Municipalidades en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva; as, en el numeral 3) seala, que deber velar por la conservacin de la flora y fauna locales; adems de promover ante las entidades respectivas, las acciones necesarias para el desarrollo, aprovechamiento racional y recuperacin de los recursos naturales ubicados en el territorio de su jurisdiccin. Ley de Recursos Hdricos Ley N 29338 Artculo III.- Principios Los principios que rigen el uso y gestin integrada de los recursos hdricos son: 1. Principio de valoracin del agua y de gestin Integrada del agua El agua tiene valor sociocultural, valor econmico y valor ambiental, por lo que su uso debe basarse en la gestin integrada y en el equilibrio entre estos. El agua es parte integrante de los ecosistemas y renovable a travs del ciclo hidrolgico. Artculo 2.- Dominio y uso pblico sobre el agua El agua constituye patrimonio de la Nacin. El dominio sobre ella es inalienable e imprescriptible, Es un bien de uso pblico. y su administracin solo puede ser otorgada y ejercida en armona con el bien comn, la proteccin ambiental y el inters de la Nacin. No hay propiedad privada sobre el agua. Artculo 3.- Declaratoria de inters nacional y necesidad pblica Declrese de inters nacional y necesidad pblica la gestin integrada de los recursos hdricos con el propsito de lograr eficiencia y sostenibilidad en el manejo de las cuencas hidrogrficas y los acuferos para la conservacin e incremento del agua, as como asegurar su calidad fomentando una nueva cultura del agua, para garantizar la satisfaccin de la demanda de las actuales y futuras generaciones. Artculo 11.- Conformacin e integrantes del Sistema Nacional de Gestin de los Recursos Hdricos. El Sistema Nacional de Gestin de los Recursos Hdricos est conformado por el conjunto de instituciones, principios, normas, procedimientos, tcnicas e instrumentos mediante los cuales el Estado desarrolla y asegura la gestin integrada, participativa y multisectorial, el aprovechamiento sostenible, la conservacin, la preservacin de la calidad y el incremento de los recursos hdricos. Integran el Sistema Nacional de Gestin de los Recursos Hdricos:

    1. La Autoridad Nacional; 2. Los Ministerios del Ambiente; de Agricultura; de Vivienda, Construccin y Saneamiento; de

    Salud; de la Produccin; y de Energa y Minas; 3. Los gobiernos regionales y gobiernos locales a travs de sus rganos competentes; 4. Las organizaciones de usuarios agrarios y no agrarios; 5. Las entidades operadoras de los sectores hidrulicos, de carcter sectorial y multisectorial; 6. Las comunidades campesinas y. Comunidades nativas; y

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    7. Las entidades pblicas vinculadas con, la gestin de los recursos hdricos. Artculo 28.- La junta de usuarios La junta de usuarios se organiza sobre la base de un sistema hidrulico comn, de acuerdo con los criterios tcnicos de la Autoridad Nacional. La junta de usuarios tiene las siguientes funciones:

    a. Operacin y mantenimiento de la infraestructura hidrulica. b. Distribucin del agua. c. Cobro y administracin de las tarifas de agua.

    El ejercicio de las funciones asignadas a las juntas de usuarios, por realizarse respecto a recursos de carcter pblico, es evaluado conforme a las normas aplicables del Sistema Nacional de Control. Ttulo iii Usos de los recursos hdricos Artculo 34.- Condiciones generales para el uso de los recursos hdricos El uso de los recursos hdricos se encuentra condicionado a su disponibilidad. El uso del agua debe realizarse en forma eficiente y con respeto a los derechos de terceros, de acuerdo con lo establecido en la Ley, promoviendo que se mantengan o mejoren las caractersticas fsico-qumicas del agua, el rgimen hidrolgico en beneficio del ambiente, la salud pblica y la seguridad nacional. Artculo 35.- Clases de usos de agua y orden de prioridad La Ley reconoce las siguientes clases de uso de agua: 1. Uso primario. 2. Uso poblacional. 3. Uso productivo. La prioridad para el otorgamiento y el ejercicio de los usos anteriormente sealados sigue el orden en que han sido enunciados. Artculo 55.- Prioridad para el otorgamiento en el uso del agua Existe concurrencia de solicitudes cuando en cualquier etapa del procedimiento administrativo de otorgamiento de un derecho de uso de agua se presenta ms de una solicitud sobre una misma fuente de agua. Cuando la disponibilidad del recurso no sea suficiente para atender todas las solicitudes concurrentes, el otorgamiento debe realizarse conforme a las siguientes reglas:

    1. El orden de prioridad general establecido en la Ley; 2. El orden de preferencias de los usos productivos establecido por la Autoridad Nacional,

    tomando en cuenta lo establecido en los artculos 350 y 430; y, 3. Tratndose de un mismo uso productivo, la que sea de mayor inters pblico, conforme a los

    siguientes criterios: a. La mayor eficiencia en la utilizacin del agua; b. La mayor generacin de empleo; y, c. El menor impacto ambiental.

    En igualdad de condiciones, tiene derecho de preferencia la solicitud que tenga mayor antigedad en su presentacin. Cuando se presenten dos (2) o ms solicitudes para un mismo uso y el recurso no fuera suficiente, la Autoridad Nacional, con la opinin del Consejo de Cuenca respectivo, define la prioridad para el otorgamiento y/o el uso o usos de agua que sirvan mejor al inters de la Nacin, el desarrollo del pas y el bien comn, dentro de los lmites y principios establecidos en la Ley. Ley General de Manejo de Residuos Slidos Ley N 27314 D.L. N 1065, Modifica la Ley 27314 Artculo 10 Del rol de las Municipalidades Las municipalidades provinciales son responsables por la gestin de los residuos slidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a stos, en todo el mbito de su jurisdiccin, efectuando las coordinaciones con el gobierno regional al que corresponden, para promover la ejecucin, revalorizacin o adecuacin, de infraestructura para el manejo de los residuos slidos, as como para la erradicacin de botaderos que pongan en riesgo la salud de las personas y del ambiente. Artculo 16 Residuos del mbito no Municipal.

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    El generador, empresa prestadora de servicios, empresa comercializadora, operador y cualquier persona que intervenga en el manejo de residuos slidos no comprendidos en el mbito de la gestin municipal es responsable por su manejo seguro, sanitario y ambientalmente adecuado, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley, sus reglamentos, normas complementarias y las normas tcnicas correspondientes. Los generadores de residuos slidos del mbito no municipal son responsables de:

    1. Manejar los residuos generados de acuerdo a criterios tcnicos apropiados a la naturaleza de cada tipo de residuo, diferenciando los peligrosos, de los no peligrosos.

    2. El tratamiento y la adecuada disposicin final de los residuos que genere.

    Reglamento de la Ley que declara en emergencia la utilizacin de explosivos de uso civil D.S. N 086-92-PCM Artculo 19.- La licencia es el documento expedido por la DICSCAMEC mediante la cual se autoriza el ejercicio de una actividad con sujecin a la ley. Artculo 21.- El personal que manipule, opere y administre material explosivo o conexo deber ser entendido en la materia, requiriendo para el desarrollo de sus actividades de la Licencia de Operacin de Explosivos otorgada por la DICSCAMEC, para lo cual los usuarios presentarn una solicitud acompaando los siguientes documentos:

    a. Copia fotosttica de la Libreta Electoral. b. Dos fotos tamao carn, de frente y con fondo blanco. c. Certificacin de la Ca. Minera o contratista de obra para el caso de explosivos empleados en

    la construccin de carreteras y obras pblicas, indicando respecto al personal que manipule, opere y administre material explosivo o conexos, sus generales de ley, tiempo que viene trabajando, experiencia en el uso de explosivos y cargo que ocupa.

    d. Declaracin Jurada Simple de no registrar antecedentes penales o policiales y encontrarse fsica y mentalmente apto para manipular explosivos, refrendado por el superintendente o el representante legal de la empresa.

    e. Certificado Domiciliario, expedido por la autoridad competente. Artculo 26.- Las empresas de transporte de carga de explosivos de uso civil, insumos y conexos debern inscribirse en un Registro Especial, ante la Direccin General de Circulacin Terrestre del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccin, que otorgar la certificacin correspondiente. Ley del Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental Ley N 29325 Artculo 3 Finalidad El Sistema tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislacin ambiental por parte de todas las personas naturales y jurdicas, as como supervisar y garantizar que las funciones de evaluacin, supervisin, fiscalizacin control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realice de forma independiente, imparcial, gil y eficiente, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestin Ambiental, en la Ley N 28611, ley General del Ambiente, en la Poltica Nacional del Ambiente y dems normas, polticas, planes, estrategias, programas y acciones destinadas a coadyuvar a la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales, al desarrollo de als actividades productivas y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales que contribuyan a una efectiva gestin y proteccin del ambiente. Ley orgnica de Gobiernos Regionales Ley N 27867 Artculo 5.- Misin del Gobierno Regional La misin de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestin pblica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las polticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la regin. Artculo 6.- Desarrollo regional El desarrollo regional comprende la aplicacin coherente y eficaz de las polticas e instrumentos de desarrollo econmico social, poblacional, cultural y ambiental, a travs de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento econmico armonizado con la dinmica demogrfica, el desarrollo social equitativo y la conservacin de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades.

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    Artculo 9.- Competencias constitucionales Los gobiernos regionales son competentes para:

    a. Aprobar su organizacin interna y su presupuesto. b. Formular y aprobar el plan de desarrollo regional concertado con las municipalidades y la

    sociedad civil. c. Administrar sus bienes y rentas. d. Regular y otorgar las autorizaciones, licencias y derechos sobre los servicios de su

    responsabilidad. e. Promover el desarrollo socioeconmico regional y ejecutar los planes y programas

    correspondientes. f. Dictar las normas inherentes a la gestin regional. g. Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquera, industria,

    agroindustria, comercio, turismo, energa, minera, vialidad, comunicaciones, educacin, salud y medio ambiente, conforme a Ley.

    h. Fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecucin de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional.

    i. Presentar iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia. j. Ejercer las dems atribuciones inherentes a su funcin, conforme a ley.

    Artculo 29.- Gerencias Regionales Se constituirn las Gerencias Regionales de: 1) Desarrollo Econmico; 2) Desarrollo Social; 3) Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; 4) Infraestructura; 5) Recursos naturales y gestin del medio ambiente. Artculo 29-A.- Funciones especficas sectoriales de las gerencias regionales Le corresponden a las Gerencias Regionales las funciones que se sealan a continuacin, adems de las establecidas expresamente por Ley:

    1. Gerencia de Desarrollo Econmico.- Le corresponde ejercer las funciones especficas regionales en los sectores industria, comercio, turismo, artesana, pesquera, minera, energa e hidrocarburos y agricultura.

    2. Gerencia de Desarrollo Social.- Le corresponde ejercer las funciones especficas regionales de educacin, cultura, ciencia y tecnologa, recreacin, deportes, salud, vivienda, trabajo, promocin del empleo, pequea y microempresa, poblacin, saneamiento, desarrollo social e igualdad de oportunidades.

    3. Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.- Le corresponde ejercer las funciones especficas sectoriales en materia de planificacin estratgica prospectiva, inversiones, presupuesto, tributacin y ordenamiento territorial, administracin y adjudicacin de terrenos de propiedad del Estado.

    4. Gerencia de Recursos Naturales y Gestin del Medio Ambiente.- Le corresponde atender las funciones especficas sectoriales en materia de reas protegidas, medio ambiente y defensa civil.

    5. Gerencia de Infraestructura.- Le corresponde ejercer las funciones especficas sectoriales en materia de vialidad, transportes, comunicaciones, telecomunicaciones y construccin y dems funciones establecidas por Ley. (*)

    (*) Artculo incorporado por el Artculo 3 de la Ley N 27902, publicado el 01-01-2003 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacin Ley N 28296 Artculo 1.- Clasificacin Los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacin se clasifican en: 1. Bienes Materiales 1.1 Inmuebles Comprende de manera no limitativa, los edificios, obras de infraestructura, ambientes y conjuntos monumentales, centros histricos y dems construcciones, o evidencias materiales resultantes de la vida y actividad humana urbanos y/o rurales, aunque estn constituidos por bienes de diversa antigedad o destino y tengan valor arqueolgico, arquitectnico, histrico, religioso, etnolgico,

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    artstico, antropolgico, paleontolgico, tradicional, cientfico o tecnolgico, su entorno paisajstico y los sumergidos en espacios acuticos del territorio nacional. La proteccin de los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacin, comprende el suelo y subsuelo en el que se encuentran o asientan, los aires y el marco circundante, en la extensin tcnicamente necesaria para cada caso. Artculo 22.- Proteccin de bienes inmuebles 22.1 Toda obra pblica o privada de edificacin nueva, remodelacin, restauracin, ampliacin, refaccin, acondicionamiento, demolicin, puesta en valor o cualquier otra que involucre un bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nacin, requiere para su ejecucin de la autorizacin previa del Instituto Nacional de Cultura. 22.2 Es nula la licencia municipal que carezca de dicha autorizacin, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y penales que correspondan. 22.3 El Instituto Nacional de Cultura queda facultado para disponer la paralizacin y/o demolicin de la obra no autorizada, de la que se ejecute contraviniendo, cambiando o desconociendo las especificaciones tcnicas y de las que afecten de manera directa o indirecta la estructura o armona de bienes inmuebles vinculados al Patrimonio Cultural de la Nacin, solicitando el auxilio de la fuerza pblica, en caso de ser necesario. 22.4 Las paralizaciones de obra y las demoliciones que ordene el Instituto Nacional de Cultura, se ejecutarn por la va coactiva y todo gasto que se irrogue ser asumido por los infractores. La orden de paralizacin de obra o de demolicin a que se refiere esta Ley, conlleva la obligacin de los infractores de devolverla al estado anterior a la agresin, salvo el caso de imposibilidad material demostrada, correspondiendo a dicha entidad ejercer las acciones legales necesarias. 22.5 En los casos en que se compruebe la destruccin o alteracin de un inmueble sometido al rgimen que prev esta Ley, los organismos competentes darn cuenta al Ministerio Pblico para que inicie la accin penal correspondiente. Artculo 30.- Concesiones Las concesiones a otorgarse que afecten terrenos o reas acuticas en las que existan bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacin, debern contar con la autorizacin previa del Instituto Nacional de Cultura, sin perjuicio de las competencias propias de cada uno de los sectores involucrados. Las concesiones que se otorguen sin observar lo dispuesto en el presente artculo son nulas de pleno derecho. Reglamento de Investigaciones Arqueolgicas R.S. N 004-2000-ED Artculo 2 Los Monumentos Arqueolgicos Prehispnicos, con fines de registro, investigacin, conservacin y proteccin, se clasifican en: d.- Elementos Arqueolgicos Aislados.- Son los restos de actividad humana de poca Prehispnica que, por situaciones culturales o sociales, se manifiestan en la actualidad de manera aislada o descontextualizada. Estn referidos a objetos o parte de ellos, presentes en el paisaje sin asociacin a sitios o zonas arqueolgicas, teniendo en cuenta que su registro y estudio es tambin importante para la investigacin y la conservacin del patrimonio cultural. 2.4 Marco Institucional y administrativo Autoridades Competentes La Ley Marco para el Crecimiento de la Inversin Privada establece las competencias sectoriales de los Ministerios para tratar los asuntos ambientales sealados en Ley General del Ambiente. De acuerdo a lo antes expuesto, el Ministerio de Agricultura se constituye en la autoridad competente para tratar los asuntos ambientales relacionados con la ejecucin del proyecto de irrigacin. Competencias en Materia Ambiental El Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestin Ambiental (SNGA) establece que la competencia del Estado en materia ambiental tiene carcter compartido y es ejercida por autoridades del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales. Asimismo, el SNGA asegura la coherencia en el ejercicio de las funciones entre los diversos niveles de gobierno y en el interior de cada uno de dichos niveles.

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    El Ministerio del Ambiente, es la Autoridad Ambiental Nacional. Competencias en Materia de Regulacin Los Ministerios, sus organismos pblicos descentralizados y sus organismos pblicos reguladores son responsables de la regulacin ambiental de las actividades de aprovechamiento de recursos naturales, productivos, de comercio y de servicios que se encuentran dentro de sus mbitos de competencia, debiendo complementarse con las competencias de los gobiernos regionales y locales, as como las de la autoridad de salud a nivel nacional.

    Cuadro N 02: Competencia en Materias de Regulacin.

    MINISTERIO DEPENDENCIA A NIVEL REGIONAL

    Ministerio de Agricultura

    Direccin General de Asuntos Ambientales

    Direccin Regional de Agricultura Cusco - DRAC

    Direccin General Forestal y Fauna Silvestre

    Direccin Regional de Forestal y Fauna Silvestre

    Adscritas al MINAG Autoridad Nacional del Agua - ANA

    Autoridad Local del Agua ALA-Cusco

    Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA

    Servicio Nacional de Sanidad Agraria Cusco - SENASA

    Ministerio del Ambiente Direccin General de Polticas Normas e Instrumentos de Gestin Ambiental

    Enlace Regional- Especialista de Enlace Regional MINAM-Cusco

    Adscritas al MINAM Servicio Nacional de reas Naturales Protegidas-SERNANP

    Servicio Nacional de reas Naturales Protegidas-SERNANP

    Servicio Nacional de Meteorologa e Hidrologa del Per - SENAMHI

    Servicio Nacional de Meteorologa e Hidrologa del Cusco SENAMHI-Cusco

    Organismo de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental - OEFA

    Organismo de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental OEFA-Cusco

    2.5 Objetivo del proyecto Es el Incremento de la Productividad Agropecuaria, la dotacin de agua de riego permanente en parcela permitir invertir con seguridad a las familias en esta actividad, por consiguiente se mejorar la productividad agropecuaria incrementndose los ingresos econmicos y mejora de la calidad de vida de las familias. 2.6 Justificacin del proyecto El Proyecto de Instalacin del Sistema de Riego Quisco es un proyecto productivo que busca construir, implementar un sistema nuevo de tuberas y obras de arte dentro de un sistema nuevo, ya que en la zona de intervencin se tena parcialmente una cultura de riego, y por ende el objetivo es de optimizar la produccin agropecuaria de la poblacin cuya vida econmica gira en torno a esta actividad. 2.7 Localizacin geogrfica y poltica del proyecto (coordenadas UTM Cartografa grfica).

    Localizacin Poltica

    Cuadro N 03: Localizacin Poltica del Proyecto. REGION PROVINCIA DISTRITO COMUNIDAD CAMPESINA

    Cusco Espinar Alto Pichigua Ccahuaya Mollocahua

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    Localizacin Geogrfica El proyecto de Instalacin del Sistema de Riego Quisco est ubicado polticamente en el distrito de Alto Pichigua provincia de Espinar de la Regin Cusco, y geogrficamente SE encuentra entre las coordenadas 14 41 12 a 14 26 35 LS y 71 05 00 h 71 10 27 LO

    Regin : Cusco Provincia : Espinar Distrito : Alto Pichigua Localidad : Ccahuaya y Molloccahua Altitud : 3.950 - 4030 msnm

    Grafico N 02: Ubicacin del Proyecto Instalacin del Sistema de Riego Quisco

    2.8 Descripcin del proyecto La ejecucin de obras fsicas est programada para 03 aos. Las acciones de capacitacin se iniciarn en el ao 3 de la ejecucin fsica de obras. Con el proyecto se plantea irrigar 945 ha; de las cuales 78,5 corresponde a reas de mejoramiento y 866,5 son reas de incorporacin, a fin de optimizar el recurso hdrico, se ha propuesto irrigar 492,5 hectreas por aspersin y 452,5 ha por gravedad, el sistema de conduccin en su mayora es en tubera. La infraestructura beneficiara a 378 familias de las comunidades de Ccahuaya y Molloccahua (227 familias Ccahuaya y 151 familias Molloccahua). La principal fuente hdrica constituir el represamiento del vaso Quisco con una capacidad de almacenamiento de 8209,962m3; de donde se captara un caudal total de 471.10 l/s en el mes crtico.

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    A partir de la bocatoma Anccara, se plantea para la distribucin del agua cuatro sistemas, dentro de los cuales se encuentran los canales principales de conduccin, uno por la margen izquierda llamada Canal Principal Dique Margen Izquierda, y otro por la margen derecha llamada Canal Principal Ccahuaya Margen Derecha, a continuacin se describe la operacin de cada sistema: Sistema Alccamarina. En este sistema la conduccin es netamente a presin, ya que rene las condiciones para riego presurizado, en el presente sistema se irrigara 112,50 ha que correspondiente al sector Alccamarina; de las cuales 30 ha sern regadas por gravedad, y 82,5 ha por aspersin, el cual estar abastecido por un mdulo de aspersin estratgicamente ubicado para cubrir toda su rea de influencia con un caudal de 89.31 l/s. Sistema Ccahuaya. Con este sistema se irrigara 335 ha del sector Ccahuaya Margen Derecha, de las cuales 267,50 se regaran por gravedad, y 67.5 ha por aspersin, el mismo que se distribuir a travs de tres mdulos el primero ubicado en la progresiva 7+740 del canal principal Ccahuaya, el modulo dos se ubica en la progresiva 9+350 y el modulo tres est ubicado en la progresiva 12+080. A este sistema se dotara un caudal total de 319.46 l/s. Sistema Molloccahua. Con este sistema se irrigara 377,5 ha de la jurisdiccin de la comunidad de Molloccahua, de las cuales 87,5 se regaran por gravedad, y 290 ha por aspersin, el mismo que se distribuir a travs de dos mdulos el primero ubicado en la progresiva 17+450 del canal principal y el segundo en la progresiva 19+060 del canal principal; a este sistema se dotara un caudal total de 169.07 l/s. Sistema Dique. En el Sistema Dique, se irrigara 120 ha, de las cuales 67,5 se regaran por gravedad, y 52,5 ha por aspersin, el mismo que se distribuir a travs de seis mdulos: el primero ubicado en la progresiva 3+120 del canal principal Dique, y los siguientes en las progresivas 5+240, 6+180, 6+520, 7+500 y 9+150; a este sistema se dotara un caudal total de 62.83 l/s.

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    Cuadro N 04: Resumen de costos de la Infraestructura de Riego

    Proyecto: INSTALACION DEL SISTEMA DE RIEGO QUISCO

    1 OBRAS PRELIMINARES 1,392,902.652 MOVIMIENTO DE TIERRAS 735,716.733 OBRAS DE CONCRETO SIMPLE 17,190,729.114 OBRAS DE CONCRETO ARMADO 468,867.855 CASETA DE VALVULAS 14,337.576 TUBERIAS Y ACCESORIOS 165,280.007 FLETES 1,796,063.798 CONTROL DE CALIDAD 44,843.109 SISTEMA DE SEGURIDAD 16,384.20

    COSTO DIRECTO 21,825,125.00GASTOS GENERALES (13%) 2,837,266.25

    GASTOS DE SUPERVISION (5%) 1,091,256.25COSTO TOTAL 25,753,647.50

    1 OBRAS PRELIMINARES 1,933,305.162 SISTEMA DE CAPTACION 33,908.373 SISTEMA DE CONDUCCION 5,210,346.804 SISTEMA DE DISTRIBUCION 1,492,451.585 OBRAS DE ARTE STANDARD 657,019.336 OBRAS DE ARTE ESPECIALES 6,801,189.25

    COSTO DIRECTO 16,128,220.49GASTOS GENERALES (13%) 2,096,668.66

    GASTOS DE SUPERVISION (5%) 806,411.02COSTO TOTAL 19,031,300.18

    1 RIEGO POR ASPERSION MODULO ALCAMARINA 1,452,242.902 RIEGO POR ASPERSION MODULO MOLLOCAHUA 3,461,702.973 RIEGO POR ASPERSION MODULO CAADA 280,188.724 RIEGO POR ASPERSION MODULO CAHUAYA 01 209,725.425 RIEGO POR ASPERSION MODULO CAHUAYA 02 111,703.796 RIEGO POR ASPERSION MODULO TORCAPAMPA 473,872.957 RIEGO POR ASPERSION MODULO DIQUE 01 64,170.218 RIEGO POR ASPERSION MODULO DIQUE 02 102,489.129 RIEGO POR ASPERSION MODULO DIQUE 03 87,009.0310 RIEGO POR ASPERSION MODULO DIQUE 04 71,148.7811 RIEGO POR ASPERSION MODULO DIQUE 05 82,876.2712 RIEGO POR ASPERSION MODULO DIQUE 06 188,784.1713 PARTIDAS GENERALES 252,710.42

    COSTO DIRECTO 6,838,624.75GASTOS GENERALES (13%) 889,021.22

    GASTOS DE SUPERVISION (5%) 341,931.24COSTO TOTAL 8,069,577.21

    COSTO DIRECTO TOTAL 44,791,970.24GASTOS GENERALES (13%) 5,822,956.13GASTOS DE SUPERVISION (5%) 2,239,598.51COSTO TOTAL DEL PROYECTO 52,854,524.88

    RESUMEN DE PRESUPUESTO

    SISTEMA DE ALMACENAMIENTO (PRESA DE GRAVEDAD)

    SISTEMA DE CAPTACION, CONDUCCION Y DISTRIBUCION

    SISTEMA DE ASPERSION

  • Plan MERISS INKA UGZA EXPEDIENTE TECNICO INSTALACION DEL SISTEMA DE RIEGO QUISCO-DISTRITO ALTO PICHIGUA-PROVINCIA ESPINAR-CUSCO

    TOMO VI: ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 23

    2.9 rea de influencia del proyecto El rea de influencia del Proyecto de Instalacin del Sistema de Riego Quisco se ha determinado basndose en aspectos climticos, hidrolgicos, geolgicos, fisiogrficos, de suelos, biolgicos y socioeconmicos, que influyen sobre la zona de estudio. Para mayor comprensin y anlisis, el rea de influencia se ha subdividido en un rea de influencia directa y un rea de influencia indirecta, considerando el grado interrelacin que tendr el proyecto con las distintas variables ambientales. 2.9.1.- rea de Influencia Directa Esta rea comprende todo el sector donde los impactos ambientales se darn en forma directa e inmediata, durante el proceso de construccin de los canales de conduccin, canales laterales. Propiamente es el rea donde se construir las diversas obras del Proyecto, donde ocurrir la mayor afluencia de vehculos y trnsito de maquinaria, la instalacin del campamento y el mayor grado de afectacin por emisin de polvo, movimiento de suelos, entre otros aspectos. Est dada por la apertura de aproximadamente 37 km de canales de un ancho aproximado de 0.50 m. a ambos mrgenes de los canales. El mbito del proyecto est delimitado por los ros Challuta y Anccarca del distrito de Alto Pichigua, comprende un rea total de 945 ha, incluyndose en esta a cuatro sectores. En el mbito de influencia se incluye bsicamente los siguientes aspectos: depsitos de material excedente, canteras a explotar, cursos de agua, fuentes de agua a utilizar, reas donde se ubicarn los campamentos, reas de cultivo y pecuaria, centros poblados. Cabe sealar que el proyecto contempla la construccin de un sistema de almacenamiento donde se construir una presa de tierra, constituyndose en el vaso Quisco con una capacidad de almacenamiento de 8209,962 m3 de donde se captaran un caudal total de 471.10 l/s en el mes ms crtico. 2.9.2.- rea de Influencia Indirecta El rea de influenci