15

ESTATUTO DE LA ROSA PATA

  • Upload
    others

  • View
    0

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

ESTATUTO DE LA COMUNIDADCAMPESINAROSA PATA

TIWANAKU - BOLIVIA

ESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATAESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATA

1. ACTA DE PRESENTACION 5

2. AUTORIDADES ORIGINARIAS DE LA GESTIÓN 2015 6

3. AUTORIDADES ORIGINARIAS DE LA GESTIÓN 2012 7

4. MAPA PARLANTE DE LA COMUNIDAD 8

5. PLANO GEOREFERENCIADO DE LA COMUNIDAD 9

6. PERSONALIDAD JURÍDICA 10

7. ACTA DE APROBACION DEL ESTATUTO 11

8. ESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATA 12

CAPITULO I

UBICACIÓN, DOMICILIO, AFLIACIÓN, CONFORMACIÓN, EXTENCIÓN Y LÍMITE 12

CAPÍTULO II

OBJETIVO GENERAL Y ESPECIFICOS 13

CAPÍTULO III

PRINCIPIOS, RELIGION 13

CAPITULO IV

PATRIMONIO DE LA COMUNIDAD 14

CAPITULO V

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL 14

CAPÍTULO VI

REQUISITOS PARA REALIZAR CARGOS DE AUTORIDADES 14

CAPÍTULO VII

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LAS AUTORIDADES 15

La impresión de este Estatuto Orgánico fue posible gracias al apoyo de:

Edición:

TIERRA - Regional AltiplanoC. Hermanos Manchego Nº 2566 Telf: (591-2) 243 2263 - Fax: 211 1216E-mail: [email protected]ágina Web: www.ftierra.orgCasilla Postal: 8155

Elaboración de contenidos: Comunidad Campesina Rosa Pata

D.L.:

Tiraje: 1000 Unidades

Diagramación e Impresión: Imprenta Gráfica Claros

La Paz - Bolivia, Febrero 2015

INDICE

5

ESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATAESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATA

1. ACTA DE PRESENTACION

En la comunidad originaria Rosa Pata perteneciente al gobierno autónomo municipal de Tiwanaku de la provincia Ingavi del departamento de La Paz y del Estado Plurinacional de Bolivia.

Por decisión unánime la comunidad decide actualizar su Estatuto comunal, con la finalidad rescatar y mantener el respeto entre todas las personas que viven en la comunidad y se pueda alcanzar la convivencia pacífica y armónica.

En diciembre 2014 se presentó el estatuto para la aprobación y promulgación en plena asamblea general. El presente Estatuto contienen 13 capítulos y 51 artículos, este trabajo fue un proceso de construcción colectiva de toda la comunidad y gran agradecimiento a las personas que han participado en la elaboración del Estatuto.

¡¡¡ Jallalla Comunidad de Rosa Pata !!!

CAPÍTULO VIII

DE LAS FALTAS Y SANCIONES DE LAS AUTORIDADES 17

CAPÍTULO IX

DE LAS FALTAS Y SANCIONES DE LOS COMUNARIOS Y COMUNARIAS 18

CAPÍTULO X

TIERRA Y TERRITORIO 20

CAPÍTULO XI

GESTIÓN DEL LIBRO DE REGISTRO COMUNAL DE

DERECHOS PROPIEDAD DE LA TIERRA 23

CAPÍTULO XII

VESTIMENTA TÍPICA DE LAS AUTORIDADES 23

CAPITULO XIII

LA DISPOSICIONES, REFORMA Y VIGENCIA DEL ESTATUTO 24

Anexo: AGRADECIMIENTO A LOS GRUPOS DE TRABAJO EN LA

ELABORACION DEL ESTATUTO 24

6 7

ESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATAESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATA

2. AUTORIDADES ORIGINARIAS DE LA GESTIÓN 2015.

• Jilir Mallku Felix Artega• Jilir Mallku Tayka Francisca Llusco• Sullka Mallku Felix Chipana• Sullka Mallku Tayka Gregoria Fernandez• Qillqa Mallku Germán Pachaguaya• Qilqir Mallku Tayka Matha Yahuasi• Jalja Mallku Mario Arteaga• Jalja Mallku Tayka Sabina Dora Quispe• Qulqi Kamani Federico Choque• Qulqi Kamani Tayka Andrea Chiquipa• Yapu Kamani Leandro Pachaguaya • Yapu Kamani Tayka Damiana Calle

3. AUTORIDADES ORIGINARIAS DE LA GESTIÓN 2012

• Jilir Mallku Antonio Huanca• Jilir Mallku Tayka Eusebia Colque• Sullka Mallku Paulina Pachaguaya• Qilqa Mallku Pedro Pablo Flores• Jalja Mallku Santiago Pachaguaya• Jalja Mallku Tayka Cecilia Calle• Qullqi Kamani Zenón J. Pachaguaya• Yapu Kamani Daniel Quispe• Yapu Kamani Tayka Andrea Mamani

8 9

ESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATAESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATA

4. MAPA PARLANTE DE LA COMUNIDAD 5. PLANO GEOREFERENCIADO DE LA COMUNIDAD

10 11

ESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATAESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATA

6. PERSONALIDAD JURÍDICA 7. ACTA DE APROBACION DEL ESTATUTO

12 13

ESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATAESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATA

8. ESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATA

CAPITULO I UBICACIÓN, DOMICILIO, AFLIACIÓN, CONFORMACIÓN, EXTENCIÓN Y LÍMITE

ART.1.- (UBICACIÓN). La comunidad campesina Rosa Pata está situada al oeste de Tiwanaku, está a 85 Km aproximadamente de la ciudad de La Paz.

ART. 2.- (DOMICILIO). La sede de la comunidad originaria campesina Rosa Pata, está ubicada en el centro de la comunidad, la sede social es de utilidad para llevar a cabo deferentes reuniones y donde se toman decisiones, la sede comunal es declara patrimonio de la comunidad.

ART. 3.- (AFILIACIÓN). La comunidad campesina Rosa Pata está afiliada a las siguientes organizaciones matrices: Concejo de Ayllu y Comunidades Originarias Tiwanaku ( CACOT), Suyo Ingavi de Markas Ayllus y Comunidades Originarias ( SIMACO), Federación Departamental Única de Trabajadores Campesinos de La Paz -Túpac Katari (FDUTCLP-TK) a la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB).

ART. 4.- (CONFORMACIÓN). La comunidad está conformada por tres zonas: 1.- Pucara 2.- Jach’a Jawira 3.- Calvario

ART. 5.- (EXTENCIÓN). Se reconoce que la comunidad cuenta con una superficie de su territorio de 361.4175 Ha. (datos del saneamiento).

ART. 6.- (LISTA). La comunidad campesina Rosa Pata actualmente tiene 40 propietarios/as y copropietarias afiliadas en las lista comunal.

ART. 7.- (LÍMITES). La comunidad campesina Rosa Pata, geográficamente limita con las siguientes comunidades: • Al este: Comunidad Suriri • Al oeste: Comunidad Queruni • Al norte: Comunidad Huacullani • Al sur: Comunidad Pillapi

CAPÍTULO IIOBJETIVO GENERAL Y ESPECIFICOS

ART. 8.- (OBJETIVO GENERAL). Reconstruir sus estructura organizacional originaria de Rosa Pata, defender y proteger el espacio territorial en todas las extensiones además del entorno (cósmico telúrico) y velar por la educación y salud gratuita de sus habitantes, asimismo desarrollo la actividad, minka y waki para convivencia armónica del hombre con la naturaleza “suma qamaña” de la comunidad de Rosa Pata.

ART. 9.- (OBJETIVOS ESPECÍFICOS)• Fortalecer, conservar y preservar la identidad cultural, espiritual, económica, política

ancestral.• Concientizar a la niñez y adolescencia, que los aymaras somos una nación con una identidad

propia con tierra territorio, lengua, cultura, religión, política y justicia.• Consolidar la autoridad originaria dual del Chacha- warmi.• Consolidar la buena práctica del compartimiento y respeto de todos y todas personas.

ART. 10.- (LOS RECURSOS HUMANOS). Proteger los recursos humanos de las drogas y otros que puedan dañar a la salud de la población.

Velar por la buena educación integradora, bilingüe pluricultural, descolonización, libertador, de orden y las buenas costumbres.

Velar por la formación, orientación y capacitación en la teoría y la práctica de todas las ramas educativas y aprendizaje para el desarrollo humano.

Proteger y velar por la buena salud y bienestar de los /as habitantes de la comunidad.

Recuperar y fomentar la medicina natural y científica.

CAPÍTULO IIIPRINCIPIOS, RELIGION

ART. 11.- (PRINCIPIOS). Reivindicar nuestros valores culturales, folklóricos, música, ritos, costumbres y otros.

14 15

ESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATAESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATA

La moral equivale a la amistad, la fraternidad, y el respeto por hombre y la mujer. Bajo los preceptos de:

- Vivir bien “suma jakawi”- No seas flojo “Jan jayrampi”- No seas ladrón “Jan lunthatanti” - No seas mentiroso “Jan karimpi”

ART. 12.- (RELIGIÓN), respetar y hacer respetar nuestra religión andina, católica y evangélica.

CAPITULO IVPATRIMONIO DE LA COMUNIDAD

ART. 13.- (PATRIMONIO DE LA COMUNIDAD). Se reconoce patrimonio en la comunidad: sayañas, aéreas comunales, agua, ríos, vertientes y otros. Todos los bienes muebles e inmuebles adquiridos por la comunidad, escuela, casa cultural, capilla, cancha, cementerio, baño antisarnico, caminos herraduras, caminos vecinales, danza y música.

CAPITULO VESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

ART. 14.- (ESTRUCTURA ORGANIZATIVA). Se reconoce y garantiza la conformación de las autoridades originarias según los usos y costumbres y de acuerdo a la lista, de la siguiente estructura:

1.- Jiliri Mallku y Jiliri Mallku Tayka2.- Sullka Mallku y Sullka Mallku Tayka3.- Qilqa Mallku y Qilqa Mallku Tayka4.- Jalja Mallku y Jalja Mallku Tayka5.- Qulqi Kamani y Qulqi kamani Tayka6.- Yapu Kamani y Yapu kamani Tayka

CAPÍTULO VIREQUISITOS PARA REALIZAR CARGOS DE AUTORIDADES

ART. 15.- (REQUISITOS PARA JILIR MALLKU o JILIR MALLKU TAYKA). Los requisitos para ejercer los cargos son:1. Tener o poseer terreno o sayañas dentro la comunidad.2. Haber ejercido cargos menores.3. Tener alta moral, dignidad para ejercer el cargo.

4. Ejercer personalmente el cargo.5. Ser mayor de edad de 18 años a 60.6. De ser yerno o nuera, haber demostrado buen comportamiento previa aceptación comunal

y haber radicado por lo menos 4 a 5 años en la comunidad.

ART. 16.- (PROHIBICIÓN). Se prohíbe terminantemente ejercer el cargo a las personas que han traicionado y/ o han sido expulsada de la comunidad o tener mayores antecedentes.

CAPÍTULO VIIFUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LAS AUTORIDADES

ART. 17.- (FUNCIONES Y ATRIBUCIONES). Cada autoridad designada cumplirá con las funciones y atribuciones de las siguientes actividades:

JILIR MALLKU Y JILIR MALLKU TAYKA• Velar por el estricto cumplimiento y por lo dispuesto en el presente estatuto comunal.• Buscar y ejecutar proyectos de trabajo comunal.• Defender la integralidad territorial, supervisar la misma al inicio de la gestión.• Atender y resolver las necesidades urgente de la comunidad• Convocar a los comunarios y comunarias a las reuniones ordinarias y extraordinarias.

Suscribir convenios con las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, previa autorización de la asamblea comunal.

• Representar como autoridad de la comunidad en distintos eventos sociales• Autorizar con su firma, cualquiera trabajo y proyecto en bien de la comunidad.• Recibir visitas y delegaciones educativas, culturales, deportivas y otras autoridades.• Convocar y organizar cursos de capacitación, con el de mejorar los conocimientos básicos,

tanto en la educación técnico y agropecuario.

SULLKA MALLKU Y SULLKA MALLKU TAYKA• Remplazar al Jiliri Mallku o Jilir Mama Mallku en caso de ausencia por un tiempo limitado.• Apoyar y ayudar en los trabajos comunales al Jiliri Mallku o Jilir Mama Mallku.

QILQA MALLKU Y QILKA MALLKU TAYKA• Levantar el libro de registro de actas de reuniones ordinarias y extraordinarias y dar lectura

correspondiente.

16 17

ESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATAESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATA

• Redactar y leer las resoluciones u otros documentos.• Pasar lista a los asistentes en las reuniones ordinarias y extraordinarias y en los trabajos

comunales.

JALJA MALLKU Y JALJA MALLKU TAYKA• Intervenir en todos los conflictos sociales, especialmente dentro de la comunidad dando

soluciones y conciliación como alternativa de solución.• Decepcionar en el libro de actas todas las demandas y denuncias o actos que perturben la

convivencia pacífica de la comunidad.• Citar a los demandantes y demandados con anticipación a fin de buscar soluciones.• Atender y resolver toda clase de quejas de las comunarios como riñas, peleas, daños

provocados por los animales domésticos y otros.• Dar informe correspondiente de los hechos y casos muy graves ya sea homicidio actos de

violación, se dará un informe de antecedentes previos. Para luego ser remetido a la justicia ordinaria.

• La aplicación de las sanciones a los infractores directos o indirectos dentro de la comunidad según las faltas cometidas, En casos de ser muy grave se remitirá a la justicia ordinaria.

QULQI KAMANI Y QULQI KAMANI TAYKA• Desempeñar las funciones administrativas y manejo de los aportes de la gestión.• Rendir cuentas semestrales de los ingresos.• Informar sobre los gastos y compras.

YAPU KAMANI Y YAPU KAMANI TAYKA• Es directo responsable del cuidado de sembradíos.• Introducir nuevos métodos de defensa de cultivo,s de los animales, es una forma de prevenir

los efectos nocivos de las enfermedades o fenómenos naturales.• Cumplir según usos y costumbres “yapu misa” perdón de oración.• Pedir ayuda en caso de desastres naturales (granizadas, sequía y otros).

ART. 18.- (MALLKU DE ZONA Y MALLKU DE MARKA). Se entiende que son los realizados fuera de la comunidad como: Mallku de Zona, Mallku de MarKa y otros.

a) Mallku de Zona: para la elección será por lista de afiliación.b) Para el Mallku de MarKa será elegido por tres ternas con previa presentación de hoja de

vida.c) Comité obra se elegirá al comunario o comunaria más responsable de la comunidad.

CAPÍTULO VIIIDE LAS FALTAS Y SANCIONES DE LAS AUTORIDADES

ART. 19.- (DE LAS FALTAS Y SANCIONES DE LAS AUTORIDADES ORIGINARIAS). La comunidad de Rosa Pata establece las faltas y las sanciones en el presente estatuto comunal en base a los usos y costumbres y respetando los derechos humanos. Las faltas se clasifican en:

1.- Faltas Leves2.- Falta graves

3.- Falta muy graves

1. FALTAS LEVES• La inasistencia a las reuniones ordinarias y extraordinarias y también a los trabajos comunales.• El atraso consecutivo a reuniones ordinarias y extraordinarias y trabajos comunales.• La agresión verbal a las bases.• Vociferar en estado de ebriedad a las personas.• Incumplir las determinaciones de las asambleas generales.• No acatar las determinaciones del presente Estatuto.• No llevar las vestimentas de autoridades originarias.

Sobre esta falta cometida en forma leve, en primera instancia se aplicara una primera llamada de atención, por desacato si es necesaria la multa.

2. FALTAS GRAVES• Reincidencia a una falta leve, no cumplir con las funciones establecidas en este estatuto.• Perder o similar la perdida de documentos de valor por responsabilidad.• Ser miembro de partidos políticos y hacer el proselitismo por ellos.• Hacer compromisos personales a nombre de la comunidad la autorización previa de la

asamblea comunal.• Aceptar o recibir favores a cambio de dinero o tratos o nombre de la comunidad.• No llevar o vestir con uniforme del Mallku Originario.

A esta falta grave se aplicara la sanción económica según establecido por la asamblea y los usos y costumbres de la comunidad.

3.- FALTAS MUY GRAVES• Reincidencia a las faltas graves, falsificar firmas y utilizar sellos de la comunidad en beneficio

personal.

18 19

ESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATAESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATA

• Desobediencia a las resoluciones de la asamblea.• Malversaciones de fondos de los proyectos y fondos comunales sin conocimiento de las

bases.• Prestarse a los servicios de los políticos tradicionales durante las épocas electorales y

electorales.

Por esta falta muy grave previo sumario con registro de nombre y delitos del infractor en libro de acta de la comunidad se aplicara las siguientes alternativas de sanción.- Sanción económica- Trabajos forzados- Destitución de cargos- En caso de rebeldía será expulsado de la comunidad

ART. 20.- (GRADOS DE SANCIÓN). Para ejecutar las sanciones, se deberá considerar la existencia de tres grados de sanción:

1.- SANCIÓN LEVE: El afectado pagara una sanción de acuerdo de sus grados de culpabilidad en efectivo o en trabajo forzado.

2.- SANCIONES GRAVES: Renuncia de cargos, pero podrá apelar en la sala para ser perdonado requiriéndose la mitad más uno de los participantes, la asamblea determinara la sanción de acuerdo al grado de culpabilidad.

3.- SANCIÓN MUY GRAVE.- Con la expulsión definitiva de la comunidad y se entregara una sentencia (resolución comunal) para el conocimiento de la comunidad y otras instancias.

CAPÍTULO IXDE LAS FALTAS Y SANCIONES DE LOS COMUNARIOS Y COMUNARIAS

ART. 21.- (FALTAS Y SANCIONES). Falta para los comunarios y comunarias son estipuladas en el presente estatuto:• Falta Leve• Falta Grave• Falta Muy Grave

FALTA LEVE• La inasistencia a las reuniones ordinarias y extraordinarias convocadas por la autoridades.• Desacato a las decisiones comunales: marchas, bloqueos y otros. • Destrozo de la infraestructura caminera, educativa, salud, sistemas de agua potable u otros.

• El incumplimiento a los aportes comunales.• Daños provocados a los sembradíos y pastizales ajenos.• Desobediencia a las autoridades originarias y hablar mal de las autoridades en público.• No recoger la cosecha en su debido tiempo.• Practicar la mentira injuria de su perjuicio de sus prójimo en benefició personal.• Pisotear y destruir los sembradíos ajenos con excusa de cortar el camino.

FALTA GRAVE• Reincidencia a las faltas de anteriores.• Practicar la flojera, mentira y robo.• Abandonar a los padres y ancianos provocando el sufrimiento.• Discriminar a los miembros “hombres y mujeres” de la comunidad por sus condición o sexo.

FALTA MUY GRAVE• Reincidencia la falta grave.• Ingresar a las casa de las personas, sin el consentimiento de los dueños.• Cometer actos de inmoralidad.• Abandonar a los hijos o hijas por otro hombre o mujer.• Falsificar firmas y sellos de las autoridades y otras personas.• Pertenecer a bandas delincuenciales y de narcotraficantes• Usurpar terrenos de personas inválidos y huérfanos.• Destruir sembradíos ajenos por venganza o envidia.• Los practican el aborto.

ART. 22.- (DE LA CITACIÓN). Se realizara la citación o notificación verbal o escrito a los sindicados del delito de la siguiente forma.• Para los delitos menores se realizara la citación, indicando el tipo de denuncia, en caso de

no presentarse a la fecha, hora fijada por las autoridades, en caso de no presentarse en la segunda citación, las autoridades declararan rebelde y será remitido a la asamblea.

• En caso de comprobarse el delito mayor y reincidencia, no se necesitará la citación y será directamente detenido ante las autoridades y la asamblea.

ART. 23.- (DESTINOS DE LAS MULTAS).Las multas serán registradas en el libro de actas, en casos de sanciones económicas se entregara un recibo, dicho multa económica era en beneficio de la organización.

20 21

ESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATAESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATA

CAPÍTULO XTIERRA Y TERRITORIO

ART. 24.- (TIERRA Y TERRITORIO). La tierra y el territorio de la comunidad originaria campesina, Rosa Pata es inalienable, indivisible, inembargable e imprescriptible y considerada patrimonio.

ART. 25.- (RECONOCIMIENTO DE LA PROPIEDAD INDIVIDUAL O FAMILIAR Y COLECTIVA). La comunidad reconoce y garantiza la propiedad individual y/o familiar de la parcela o sayaña, siempre y cuando este cumpla la FS (Función social) según como se Establece en la Constitución Política del Estado en sus artículos 393 y 397, además de cumplir el mandato del Estatuto de la comunidad.

ART. 26.- (FUNCIÓN SOCIAL). La función social en la comunidad, se reconoce demostrando la residencia de los propietarios en el lugar de la parcela o sayaña, así como el aprovechamiento tradicional y el uso sostenible de la tierra y sus recursos naturales. La Función Social incluye el cumplimiento de las obligaciones de la comunidad (la realización de cargos, trabajos comunales, participar en reuniones y aportes).

ART. 27.- (DEL INCUMPLIMIENTO DE LA FUNCIÓN SOCIAL). Por ser contrario al interés social de la comunidad, el incumplimiento de la Función Social será sancionado de manera escalonada, considerando el grado de incumplimiento. Las sanciones serán decididas por la asamblea de la comunidad tomando en cuenta los antecedentes del hecho. La gradualidad de las penas se considerará la siguiente escala:

I. A las faltas leves corresponde una llamada de atención.II. Si hay reincidentes y/o gravedad en las faltas, corresponde la imposición de sanciones.III. A las faltas muy graves, corresponde la denuncia formal ante el Instituto Nacional de Reforma

Agraria (INRA) con el fin de iniciar el proceso de expropiación de la tierra en los términos descritos en el artículo 59, inciso IV de la Ley INRA.

ART. 28.- (DISTRIBUCIÓN DE TIERRAS). Respecto a la distribución de la tierra se sujeta a los usos y costumbres de la comunidad tal como indica en el presente Estatuto. ART. 29.- (DERECHOS DE LOS/AS PROPIETARIOS/AS). Cada propietario tiene la obligación de cuidar, mantener y usufructuar de la tierra y territorio.

ART. 30.- (SUCESIÓN HEREDITARIA DE LA TIERRA). Se reconoce la sucesión hereditaria y cualquier otra forma de transferencia de la tierra previa presentación obligatoria de acuerdo familiar o testamento en constancia de las autoridades y la comunidad.

ART. 31.- (PROPIEDAD INDIVIDUAL). Se respeta la propiedad de cada afiliado o afiliada, las tierras poseídas son desde sus ancestros y es vista como un patrimonio familiar y se entiende que la propiedad familiar y no está permitido su división o subdivisión.

ART. 32.- (PROPIEDAD COLECTIVA O DE USO COMÚN). Esta propiedad colectiva es perteneciente a todos/as los afiliados/as a la comunidad. La superficie total es de 18.3500 ha. El área colectiva es uso exclusivo de toda la comunidad, no podrá ser declarado como área protegida.

ART. 33.- (SOBRE LA DONACIÓN DE LA TIERRA). Es aceptada la donación de la tierra o propiedad siempre cuando favorezca a otras personas sin tierra de la comunidad.

ART. 34.- (DE LA COMPRA VENTA). Se acepta la compra venta cuando una de las partes decide voluntariamente vender o transferir la propiedad a otras personas a un precio entre ellos acordado ya sea personas familiares descendientes y ascendientes, conyugues, convivientes o familia colateral.

ART. 35.- (ALQUILER DE LA TIERRA). Este acto de recibir un justo dinero(o pago en especie) por razón de alquiler o arrendamiento la tierra, se reconoce como alquiler como una forma de uso de la tierra, siempre cuando las partes entren en acuerdo estableciendo el tiempo del alquiler: los acuerdos pueden duran de un año hasta tres años con opción a ampliar el acuerdo.ART. 36.- (DE LOS CUIDADORES). El cuidador es aquella persona de la comunidad que bajo su propia voluntad o ruegos del dueño, se comprometen a cuidar, el terreno y a usufructuar de acuerdo a sus necesidad y estableciendo el tiempo de lo convenido entre ambos.

ART. 37.- (DEL ABANDONO DE LA TIERRA). Ante el abandono de las tierras o sayañas por familias hacia centros urbanos se dispone lo siguiente:I.- El abandono por dos años consecutivos e incumplimiento de la función social, sin previa

comunicación a las autoridades originarias, en previsión de usurpación y querella la sayaña o la propiedad pasara a la tutela de la comunidad.

II.- Posterior al abandono de la tierra, la familia regresa y decide recuperar la tierra, deberá cancelar una suma determinada en la reunión ordinaria de la comunidad.

III.- El abandono de tres años consecutivos sin previo aviso a las autoridades y la base de la comunidad, pierde el derecho propietario definitivamente, misma propiedad pasara a favor de la comunidad, previo trámite de expropiación.

ART. 38.- (SOBRE LA USURPACIÓN Y EXPROPIACIÓN). Se prohíbe la usurpación y expropiación de la tierra de la comunidad originaria por parte de otras personas o con fines de lucro u otros intereses de carácter personal.

22 23

ESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATAESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATA

ART. 39.- (PROHIBICIÓN DE LA VENTA DE LA PROPIEDAD). Está prohibido la venta de la propiedad a personas ajenas o desconocidas, cualquier arreglo interno entre partes, se deberá contar con el consentimiento de las autoridades originarias de la comunidad.

ART. 40.- (MINIFUNDIO). En estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 400 de la Constitución Política del Estado y con el fin de combatir el minifundio, se prohíbe la división de la pequeña propiedad. Las familias y/o herederos que deseen dividir la pequeña propiedad podrán hacerlo de manera interna manteniendo la unidad de la parcela familiar y deberá estar respaldado con un acuerdo interno.

ART. 41.- (DE LA MIGRACIÓN). Se reconoce la migración temporal de las familias de la comunidad por causa de necesidad económica, siempre y cuando haga conocer a la asamblea general, con el fin de tomar recaudos necesarios que le permitan garantizar su derecho propietario.

ART. 42.- (DERECHOS DE LAS MUJERES). Se reconocen los derechos de las mujeres al acceso, tenencia y uso de la tierra, sin discriminación alguna, según lo establecido en el artículo 402 de la Constitución Política del Estado y la Ley 3545 Disposición octava final.

ART. 43.- (LINDEROS). Los/as comunario/as están obligados a respetar los linderos, bajo los siguientes términos: • Sayaña a sayaña (parcela) 25 cm.• Comunidad a comunidad 50 cm.

ART. 44.- (DESTROZO EN LOS SEMBRADÍOS). Se debe respetar los sembradíos de todas las familias, es una fuente principal de alimentación familiar, está totalmente prohibido destruir o causar daños a los sembradíos por personas y/o animales.

ART. 45.- (DE LOS CAMINOS VECINALES). Los caminos vecinales se respetaron bajo la siguiente clasificación:I. Los caminos vecinales principales son de 4 metros. (de ancho).II. Los caminos vecinales secundarios son de 2 a 3 metros (de ancho).III. Los caminos peatonales son de 1 metro.

ART. 46.- (DE LAS SANCIONES). Las sanciones serán aplicadas a las personas que violen dichos artículos del presente estatuto y tendrá que reparar los daños y perjuicios.

CAPÍTULO XIGESTIÓN DEL LIBRO DE REGISTRO COMUNAL DE DERECHOS PROPIEDAD DE LA TIERRA

ART. 47.- (LIBRO REGISTRO). Es obligación de las autoridades originarias de la comunidad, actualizar “El libro de Registro del Ayllu de Derechos de Propiedad de la Tierra”. El registro de las propiedades familiares de la comunidad se realizará progresivamente de la siguiente manera:a) Las familias interesadas deberán hacer conocer su solicitud de actualización y registro de la

propiedad ante las autoridades y la asamblea de la comunidad.b) Las autoridades luego de verificar el contenido de las carpetas familiares otorgará su visto

bueno para la aprobación de la asamblea de la comunidad.c) Los datos de las carpetas son inscritos en el libro de Registro Comunal de Derechos de

Propiedad de la Tierra.d) Las autoridades encargadas archivarán las carpetas.

CAPÍTULO XIIVESTIMENTA TÍPICA DE LAS AUTORIDADES

ART. 48.- (VESTIMENTA). La vestimenta de los varones y mujeres de Rosa Pata es la siguiente.

HOMBRES• Elsombrero(color negro) es sinónimo de experiencia de la autoridad en el presente y futuro.• Ellluchu.- Es el imagen del ayllu con compromiso y responsabilidad.• Ponchowayruro.-Es una prenda de vestir, tiene una combinación de colores rojos y negro,

el rojo representa a la sangre derramada en las luchas de nuestros antepasados para conquistar la libertad. También representa la energía, valor y coraje. El color negro según nuestro costumbre, significa luto, duelo, llanto, y tristeza, su uso es muy sagrado y único que simboliza a las autoridad.

• ElChicote.- Es el sinónimo de jerarquía y respeto a las personas• Lachalina.- Es de color vicuña con figuras de wiphala que simboliza la amistad, cariño y amor

con todos.• LaChuspa.-Tener la chuspa llena de coca simboliza tener buena relación y comportamiento.

MUJERESLa vestimenta de la Mallku Tayka adopta la siguiente vestimenta:• Sombrero de color negro.• Pollera de color verde y phullo rosado que representa el amor y la belleza de la naturaleza.• Onda (qurawa) la triunfo de lucha por la libertad.

24

ESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA ROSA PATA

CAPITULO XIIILAS DISPOSICIONES, REFORMA Y VIGENCIA DEL ESTATUTO

ART. 49.- (LA DISPOSICIÓN). El presente estatuto de la comunidad Rosa Pata, se somete a disposición de todos los comunarios y tomar recaudos a contribuir a su cumplimiento a las instituciones públicas y privadas.

ART. 50.- (LA REFORMA TOTAL O PARCIAL). La reforma total o parcial del presente estatuto, se realizara cada tres años, previa aprobación de la asamblea general de la comunidad para el efecto deberá designarse un comité redactor que se encargue de proponer las reformas a la magna asamblea para su aprobación.

ART. 51.- (VIGENCIA Y APLICACIÓN). Entra en vigencia una vez aprobado y promulgado en un congreso magno de la comunidad. Para una vigencia de 6 años.

¡¡¡ Jallalla Comunidad de Rosa Pata !!!

Anexo:

AGRADECIMIENTO A LOS GRUPOS DE TRABAJO EN LA ELABORACION DEL ESTATUTO

Primergrupo SegundoGrupo TercerGrupo CuatroGrupoCirilo ArteagaHilarión QuispeTomas HuancaDaniel QuispeZoila Rosa ChipanaHilaria PachaguayaDamián Calle

Alejandro ArteagaJhony HuancaFederico Choque Eusebia ColqueRosaura QuispePaulina Rodrigues Susana PachaguayaGregoria Huanca

Lorenzo PachaguayaFelix ArteagaValentina AduviriJuana AduviriSabina QuispeRafaela HuancaVictoria Merlo Blas Arteaga

Agustín HuancaFrancisco HuancaPedro SalasEugenio SalasJuan HuancaPaulino PachaguayaManuel ArteagaTomas Huanca ChoquePatrona Chipana