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ESCUELA COLOMBIANA DE REHABILITACIÓN LINEAMIENTOS INSTITUCIONALES OPCIONES DE GRADO DIRECCIÓN ACADÉMICA DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN JEFATURA DE PROYECCIÓN SOCIAL BOGOTÁ ABRIL DE 2017 ESCUELA COLOMBIANA DE REHABILITACIÓN LINEAMIENTOS INSTITUCIONALES OPCIONES DE GRADO

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ESCUELA COLOMBIANA DE REHABILITACIÓN

LINEAMIENTOS INSTITUCIONALES OPCIONES DE GRADO

DIRECCIÓN ACADÉMICA DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN JEFATURA DE PROYECCIÓN SOCIAL

BOGOTÁ ABRIL DE 2017

ESCUELA COLOMBIANA DE REHABILITACIÓN

LINEAMIENTOS INSTITUCIONALES OPCIONES DE GRADO

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INTRODUCCIÓN El documento presenta los lineamientos Institucionales para el desarrollo de la opción de grado, en la Escuela Colombiana de Rehabilitación – ECR que de acuerdo al parágrafo del artículo 243 del reglamento académico, declara “Las opciones de grado, tanto para estudiantes de pregrado como de posgrado, corresponderán al desarrollo de las funciones sustantivas de la ECR y se regirán por sus propios lineamientos, avalados por el Consejo Académico”. Para empezar se presentan la definición y las diferentes opciones de grado; continuando con los requisitos para la inscripción de la opción escogida, condiciones académicas, requisitos para la selección y desarrollo de cada opción, así como las condiciones académicas para su aprobación finalmente se presenta las condiciones de pago de derechos pecuniarios cuando haya lugar.

I. DEFINICION Y OPCIONES

El art, 16 del Reglamento académico define la opción de grado como “una actividad académica

de elección voluntaria, que se desarrolla desde una o más de las funciones misionales, la

investigación, la formación y la proyección social dentro de un ambiente de enseñanza y

aprendizaje, con el fin de consolidar las competencias profesionales e investigativas adquiridas

por el estudiante de pregrado y posgrado durante su proceso de formación”.

Las opciones de grado, que oferta la institución son las siguientes,

1. ACTIVIDADES DE CIENCIA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN - ACTI. Incluye las siguientes modalidades:

✓ Autor de Proyectos de Investigación

✓ Asistente de Proyectos de Investigación

✓ Autor o coautor de ACTI derivadas de la participación en semilleros de

investigación.

✓ Innovación en procedimientos, procesos y servicios.

2. DIPLOMADO

3. PASANTÍA NACIONAL E INTERNACIONAL

4. COTERMINAL.

Las opciones de ACTI, diplomado y coterminal, aplican a estudiantes de pregrado. La opción

de ACTI y pasantía nacional e Internacional aplica a estudiantes de posgrado

II. REQUISITOS E INSCRIPCIÓN DE LA OPCIÓN DE GRADO

1. El estudiante de la ECR puede elegir la opción de grado de su interés cuando:

• Para pregrado: El estudiante matricule VI semestre o cumpla con el 75 - 80% de los

créditos académicos matriculados.

• Para posgrado: El estudiante este iniciando el primer módulo del programa de posgrado

respectivo.

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2. En la fecha establecida por Calendario Académico, la facultad en conjunto con el

departamento de investigaciones y proyección social, harán la presentación de las diversas

opciones de grado a los estudiantes de pregrado y posgrado para su selección.

3. Una vez seleccionada, el estudiante hará la inscripción en el programa correspondiente,

utilizando el formato establecido para tal fin (ver anexo 1), máximo dos (2) semanas después de

la presentación.

4. Independientemente de la opción de grado escogida por el estudiante, de acuerdo al

reglamento académico, artículo 247, este contará con dos (2) periodos académicos, desde el

periodo que realiza la inscripción, prorrogable por un periodo más para cumplir con este

requisito.

5. El cambio de opción de grado, solo podrá hacerse por una y una única vez. El estudiante tendrá

un periodo académico para solicitar el cambio de la opción de grado y deberá solicitarla

mediante el formato de solicitud estudiantil; el consejo asesor de facultad tendrá la potestad de

aceptar el cambio, no sin antes verificar la disponibilidad y condiciones que la institución pueda

ofrecer en el momento en que se presente la solicitud.

6. Todas las opciones de grado tienen un producto que se definirá de acuerdo a su naturaleza.

7. Las opciones de grado no tienen nota cuantitativa y se registraran como aprobado o no

aprobado en el sistema de gestión académica – SIGA

8. Entregar certificación de la opción de grado, que será entregada en el día de grado del

estudiante con el diploma. Las firma de la certificación el decano de la facultad y el jefe de la

unidad correspondiente.

III. DESCRIPCIÓN DE LAS OPCIONES DE GRADO

3.1 ACTIVIDADES DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACIÓN.

DEFINICIÓN.

Incluye las siguientes modalidades:

● AUTOR DE PROYECTO DE INVESTIGACIÓN: Se considera como autor al estudiante que

participa tanto en la concepción y diseño de un proyecto de investigación, como

en la recolección de datos, análisis e interpretación de la información, y en la

redacción y revisión crítica del informe final que se derive de este.

● ASISTENTE DE PROYECTO DE INVESTIGACIÓN: Se considera asistente de investigación al

estudiante que hace una contribución evidente a la gestión de un proyecto de

investigación a través de la ejecución de actividades y tareas definidas por el

director del proyecto en el marco de su proceso de formación.

● AUTOR O COAUTOR DE ACTI DERIVADAS DE LA PARTICIPACIÓN EN SEMILLEROS DE

INVESTIGACIÓN. Se concibe la participación del estudiante en calidad de autor o

coautor en el desarrollo de una Actividad de Ciencia, Tecnología e Innovación –

ACTI- llevada a cabo en el marco del plan de trabajo de un semillero de

investigación reconocido por la ECR. Únicamente se reconocerán como ACTI en

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esta modalidad: a) Informes Finales de Investigación (IFI); b) Certificados de

participación con ponencia o poster en evento nacional o internacional, y c)

Artículos de investigación publicados o en proceso de publicación en revistas

científicas1.

● INNOVACIÓN EN PROCEDIMIENTOS, PROCESOS Y SERVICIOS. Se refiere a innovaciones

de procedimientos significativamente mejorados en empresas de todos los

sectores de la economía (no protegidos por patentes o en proceso de

protección), generados por efecto de la intervención del estudiante en el marco

de la práctica. La innovación en el procedimiento, proceso o servicio debe ser

verificable objetivamente y contar con certificación por parte del representante

legal de la empresa certificando la innovación del procedimiento, proceso o

servicio.

CONDICIONES ACADÉMICAS PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTI.

De acuerdo con la Política para la Organización y Gestión de la Ciencia, la Tecnología y la

Innovación en la ECR, las ACTI se conciben en el mismo sentido en el que las define el CONPES

3582 de 2009. Esta opción aplica para estudiantes de pregrado y posgrado. Dentro de esta

opción el estudiante deberá escoger una (1) de las cuatro (4) modalidades presentadas.

Condiciones académicas para autor de proyectos de investigación.

● Para llevar a cabo un proyecto de investigación en calidad de autor, el estudiante interesado,

a través del líder de investigación de la Facultad, debe presentar la ficha de proyecto al

Consejo Asesor de Facultad (ver anexo 2), acompañada de una carta de aval de la línea de

investigación en la que se inscribe el proyecto.

● El líder de investigación del programa informará al Departamento de Investigación, el (los)

proyectos de estudiantes aprobados por el Consejo Asesor de Facultad para la asignación

del código de funcionamiento.

● Al finalizar el primer periodo académico de ejecución del proyecto, el estudiante entregará

al Departamento de Investigación el documento de anteproyecto siguiendo los lineamientos

institucionales definidos para la presentación de proyectos de investigación. Esta entrega se

hará en las fechas estipuladas en el calendario académico para este fin y deberá contar con

una carta de aval del director del trabajo de grado.

● La ejecución y cumplimiento del cronograma del proyecto será total responsabilidad del

autor o autores del proyecto.

● La asignación académica de los tiempos de dedicación de un docente para llevar a cabo la

dirección de un trabajo de grado se hará una vez el estudiante interesado elija el tema

dentro del banco de ideas de las líneas de investigación. El docente asignado debe

pertenecer a la línea de investigación respectiva y haber participado en la construcción del

banco de ideas.

1 Para el caso de los estudiantes de posgrado que estén interesados en esta opción de grado no se exigirá el requisito de vinculación al semillero de investigación.

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● Son funciones del director de trabajo de grado:

✓ Avalar el proyecto de investigación y el informe final ante las instancias académicas y

administrativa Pertinentes.

✓ Asesorar al estudiante en las decisiones sobre la planeación, organización y ejecución

del proyecto de investigación

✓ Destinar tiempos y espacios adecuados dentro de su actividad docente para el

desarrollo de las asesorías

✓ Evaluar y validar los avances que el estudiante presente del proceso investigativo que

adelanta

✓ Instruir al estudiante sobre las consideraciones éticas que debe seguir en el desarrollo

del proceso de investigación

✓ Velar por la veracidad, sistematicidad, originalidad, el rigor y la validez del proyecto de

investigación.

✓ Garantizar la pertinencia, la viabilidad, la aplicabilidad y coherencia del proyecto de

investigación

✓ Promover la diversificación de productos derivados del proyecto de investigación

generados dentro y fuera de los tiempos de ejecución del proyecto.

✓ Gestionar los apoyos de soporte institucional y/o académico requeridos para el óptimo

funcionamiento del proyecto.

✓ Dar cuenta del desempeño del estudiante y de la ejecución del proyecto a las instancias

académicas y administrativas en el momento que éstas lo requieran.

✓ Informar a las instancias académicas y administrativas pertinentes sobre actos de

indisciplina, faltas al reglamento de la institución, y en general sobre cualquier otro tipo

de situaciones que se presenten durante el desarrollo del proceso investigativo liderado

por los estudiantes.

✓ Acompañar el desarrollo del proyecto desde su aprobación hasta su finalización

poniendo todo su esfuerzo para garantizar que éste se lleve a feliz término en los

tiempos y condiciones estipuladas por estos lineamientos.

Condiciones académicas para asistentes de proyectos de investigación.

✓ Los estudiantes que opten por participar en calidad de asistentes de investigación serán

asignados a los proyectos docentes que estén en curso en el momento en el que

inscriban esta opción de grado. Esta asignación estará sujeta a la oferta de proyectos

vigentes y al perfil de asistentes que requiera cada proyecto. Esta asignación será

determinada por el Departamento de Investigación previa aprobación de los requisitos

mencionados.

✓ El estudiante tendrá la libertad de mencionar en el formato de inscripción el nombre del

proyecto de su interés, pero la designación como asistente a éste u a otro proyecto

estará supeditada al cumplimiento del perfil solicitado por el director de la investigación.

✓ El número de asistentes requeridos por proyecto aprobado, lo determinara el director

del proyecto, previa justificación de acuerdo a las características metodológicas y

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alcance del mismo. En caso de que la solicitud para un proyecto supere el número

máximo de asistentes requeridos, la elección además de lo establecido se hará teniendo

en cuenta el promedio académico.

✓ El Departamento de Investigación informará la asignación de los asistentes tanto al

estudiante como al director del proyecto, dentro de los 15 días siguientes al cierre del

proceso de inscripción. Luego de esta asignación será responsabilidad del estudiante

ponerse en contacto con el director de la investigación para iniciar sus labores como

asistente, en los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la respuesta.

✓ La semana siguiente a la asignación de los asistentes el director del proyecto entregará

al Departamento de Investigación el plan de trabajo para el periodo académico vigente

de cada uno de los estudiantes asignados a su proyecto indicando los propósitos

formativos de este proceso. Este plan debe estar firmado por el docente y por el

estudiante.

✓ El estudiante debe garantizar cuatro (4) horas a la semana de trabajo presencial y ocho

(8) horas de trabajo independiente para el cumplimiento del plan de trabajo asignado

como asistente de investigación. Las actividades que se desarrollarán en estos tiempos,

así como el horario en el que se llevarán a cabo serán establecidas de común acuerdo

con el director del proyecto.

Condiciones académicas para autor o coautor de ACTI derivadas de la participación en

semilleros de investigación.

Cualquier modalidad de ACTI derivada de semillero será validada como opción de grado, previo

cumplimiento de los siguientes requisitos:

✓ Haber sido gestada dentro de un semillero de investigación reconocido por la ECR al cual

pertenezca o haya pertenecido el estudiante que opta por esta modalidad.

✓ Haber sido formulada antes del periodo académico en el cual el estudiante interesado

elige esta modalidad como opción de grado.

✓ El estudiante interesado en esta opción de grado debe entregar al Departamento de

Investigación, el soporte del producto junto con una carta de aval firmada por el

Coordinador del semillero que dé constancia de la participación del estudiante en el

desarrollo de dicho producto.

✓ La fecha máxima de recepción de los certificados de existencia de las ACTI para opción

de grado será publicada en el calendario académico de cada periodo.

Condiciones académicas para Innovación en procedimientos, procesos y servicios.

✓ Una vez inscrita la opción de grado, el estudiante contará con máximo un tiempo de dos

(2) meses para entregar al Consejo Asesor de Facultad la propuesta de innovación

justificando: el procedimiento, proceso o servicio que será mejorado; las estrategias,

herramientas e instrumentos a implementar, y los resultados esperados en el corto,

mediano y largo plazo; así como la carta de aval de la empresa autorizando el desarrollo

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de la propuesta.

✓ El Consejo Asesor de Facultad evaluará la pertinencia, la coherencia y la viabilidad de la

propuesta, y asignará un asesor conceptual, quien acompañará el proceso.

✓ Una vez aprobada la propuesta de innovación, el programa informará al Departamento

de Investigación el nombre de él (los) autores, del docente asesor asignado y de la

propuesta.

✓ Se aceptará un máximo de tres (3) estudiantes por propuesta.

✓ Es responsabilidad del estudiante asumir y realizar todas las acciones y hacer uso de los

diferentes recursos requeridos para el éxito del proceso de intervención.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN Y ADMISIÓN ACTIVIDADES DE CIENCIA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN -

ACTI.

Para solicitar la admisión a la opción de ACTI, los estudiantes deben inscribirse en el periodo de

convocatoria establecida en el Calendario Académico Institucional.

✓ El estudiante que opte por desarrollar un proyecto de investigación en calidad de autor

o coautor debe elegir su proyecto del banco de ideas vigente en las líneas de

investigación de la ECR. Esta modalidad sólo es validada para estudiantes de pregrado.

✓ El estudiante que opte por desarrollar un proyecto de investigación en calidad de

asistente, debe presentar una justificación señalando su interés a partir de la

descripción de su perfil.

✓ El estudiante que opte por la modalidad de autor o coautor de una ACTI debe haberla

desarrollado como parte de su participación en un semillero reconocido por la ECR, y en

todo caso, el producto debe haberse formulado antes de que haga su inscripción de

opción de grado.

✓ El estudiante que opte por la modalidad de Innovación en procedimientos, procesos y

servicios debe contar con el aval del representante legal de la empresa en la que se

implementará la innovación. Esta modalidad sólo sea validada para estudiantes de

posgrado.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE ACTIVIDADES DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INVESTIGACIÓN - ACTI

Para autor de proyectos de investigación.

✓ Una vez finalizada la investigación, el autor debe entregar al Departamento de

Investigación el informe final, con una carta de aval del director del trabajo de grado.

Luego de esta entrega el Departamento de Investigación asignará dos lectores expertos

quienes avalarán la calidad del informe. Tanto el anteproyecto de investigación como el

informe final deben ajustarse a los criterios definidos por el documento de lineamientos

para la presentación de proyectos de investigación en la ECR (anexo 3).

✓ El requisito de grado se dará por cumplido una vez que el informe final reciba

aprobación por parte de los evaluadores y el estudiante entregue la versión final en el

formato y las condiciones exigidas por la Biblioteca Elvira Concha de Saldarriaga.

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✓ La fecha máxima de recepción de Informes Finales de Investigación (IFI) será publicada

en el calendario académico de cada periodo.

Para asistentes de proyectos de investigación.

✓ Al final de cada periodo, en coherencia con las fechas establecidas por el Calendario

Académico, el director del proyecto reportará al programa respectivo y al departamento

de Investigación, un concepto cualitativo de aprobado o no aprobado, sobre el

desempeño del asistente de investigación en las diferentes actividades en las que éste

participó. Este concepto no podrá ser enviado al departamento de investigación sin

conocimiento previo del mismo por parte del estudiante.

Para autor o coautor de ACTI derivadas de la participación en semilleros de investigación.

✓ El requisito de grado se dará por cumplido una vez que el (los) estudiante (s) entregue

(n) al Departamento de Investigación:

✓ Para Informe Final de Investigación (IFI): constancia emitida por el Departamento de

Investigación que dé cuenta de la participación del estudiante en calidad de autor

dentro del proyecto, señalando el código, la convocatoria en la que fue avalado y las

fechas de inicio y finalización del mismo.

✓ Para participación con ponencia o poster en evento nacional o internacional: una copia

magnética del certificado de participación y el resumen de la ponencia o copia del

poster.

✓ Para artículo: una copia de la comunicación emitida por la revista a la que fue postulado,

en la que se da constancia de aceptación del artículo. Además, se debe anexar copia

magnética del artículo y los datos bibliográficos de publicación en la que éste aparece o

aparecerá (nombre de la revista, año, volumen, formato, número de página de inicio y

finalización del artículo, número DOI del sitio de internet de la revista, si aplica).

Para Innovación en procedimientos, procesos y servicios.

✓ El requisito de trabajo de grado se dará por cumplido una vez que el estudiante entregue

al Departamento de Investigación una copia de la comunicación emitida por el

representante legal de la empresa dando constancia del cumplimiento de los objetivos

propuestos por la innovación, junto con el informe técnico de desarrollo de la misma.

La comunicación emitida por la empresa debe incluir: Nombre de la empresa, NIT o

Código de Registro Tributario, tamaño según la ley (pequeña, mediana o grande); Fecha

de inicio y finalización de la intervención y el nombre del procedimiento, proceso o

servicio intervenido y señalar los principales logros.

Derechos Pecuniarios para las actividades de ciencia, tecnología e innovación

Los estudiantes que opte por una actividades de Ciencia Tecnología e Innovación - ACTI. ACTI,

no asumen derechos pecuniarios por fuera de la matricula correspondiente, si esta opción se

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desarrolla antes e culminado el plan de estudios, de lo contrario los derechos pecuniarios se

establecen de acuerdo al artículo 247 del reglamento académico.

3.2. COTERMINAL

DEFINICIÓN

Se entiende como coterminal, de acuerdo al artículo 89 del reglamento estudiantil, la opción de

grado que permite que los estudiantes de pregrado cursen un conjunto de créditos y cursos de

los programas de posgrado ofertados por la ECR. Esta modalidad se ofrece para facilitar y

promover la preparación de aquellos estudiantes interesados en continuar sus estudios

posgraduales.

CONDICIONES ACADÉMICAS PARA EL DESARROLLO DEL COTERMINAL

1. Solo aplica para estudiantes de pregrado.

2. Los programas de posgrado determinaran los cursos que ofertaran como opción del

coterminal, los cuales serán presentados a los estudiantes interesados en el

momento de la selección de la opción de grado, establecida en el calendario

académico institucional.

3. De acuerdo al art.90 parágrafo 2 del reglamento académico, la asignación del

coterminal es equivalente a la asignación académica de los cursos matriculados en

el periodo, los cuales no debe exceder el total de los créditos máximos establecidos

en el plan de estudios para un periodo académico. Por lo tanto y en todos los casos,

este conjunto de cursos estará entre un mínimo de 20 y el máximo 25% del total de

créditos del programa.

4. El estudiante que opte por la opción de coterminal deberá desarrollar los cursos en

el momento que este cursando su último periodo académico (VIII).

5. El estudiante de pregrado que opte por coterminal, no adquiere por este sólo hecho,

la calidad de estudiante de postgrado y su régimen académico seguirá rigiéndose

por el reglamento académico título 3 –de los estudiantes de pregrado-. No obstante,

el estudiante deberá responder a las exigencias académicas de los cursos del

postgrado en que se inscriba, en las mismas condiciones de los estudiantes

regulares de postgrado.

6. En el sistema de gestión académica – SIGA se registrara el coterminal del programa

de posgrado de elección del estudiante, como parte de la opción de grado.

7. Una vez el estudiante ha culminado satisfactoriamente el coterminal y desea

continuar sus estudios posgraduales podrá matricularse al programa de posgrado

correspondiente cumpliendo con los requisitos de inscripción, selección y admisión

y solicitar reconocimiento de los créditos académicos de los cursos

correspondientes según lo establecido en el reglamento académico.

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REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN Y ADMISIÓN DEL COTERMINAL

Para solicitar la admisión a la opción de coterminal, los estudiantes deben inscribirse en el

periodo de convocatoria establecida en el calendario académico institucional. La selección de

un estudiante en la opción de grado del coterminal, no garantiza, ni obliga a la admisión

posterior al programa de posgrado.

Los requisitos que se deben cumplir para la inscripción, selección y admisión son:

1. Estar a paz y salvo financiero con la ECR por todo concepto.

2. No contar con sanciones académicas ni disciplinarias. 3. Haber cursado y aprobado el 90 – 91% de los créditos académicos de su plan de estudios.

4. Presentar por escrito al decano de la facultad del programa de posgrado

correspondiente, su interés en ser seleccionado para cursar la opción de grado

coterminal.

5. Tener un promedio ponderado del pregrado igual o mayor a 3.8.

6. Cumplir con el proceso de selección establecido para el programa de posgrado de su

elección.

APROBACIÓN DEL COTERMINAL Para aprobar el coterminal, el estudiante deberá culminar satisfactoriamente el total de los

cursos que componen el coterminal de acuerdo a lo establecido en el reglamento académico de

posgrado para tal fin, capitulo X, art 185 a 196.

El coordinador del programa de posgrado reportara a registro y control – RYC la aprobación del

coterminal una vez el estudiante haya culminado el desarrollo de los cursos. Las notas obtenidas

de los cursos desarrollados en la opción del coterminal, deben quedar registradas en SIGA.

El reporte a RYC del coterminal se realizara en término de APROBADO - A.

PERDIDA DEL COTERMINAL Si el estudiante no aprueba el coterminal, la opción de grado aparecerá como NO APROBADA –

NA y el estudiante tendrá que optar por otra opción de grado y contara con el tiempo

establecido por el reglamento académico, art. 247 para la obtención del título de pregrado

correspondiente. En cualquier caso, los créditos aprobados en el coterminal podrán ser

reconocidos como cursos libres y serán avalados por educación continuada.

DERECHOS PECUNIARIOS

1. Si al estudiante que se le aprobó el coterminal cuenta con créditos disponibles de

acuerdo a lo establecido en el numeral 3 de las condiciones académicas del coterminal,

y le son suficientes para el desarrollo de los créditos y cursos escogidos, no tendrá que

pagar derechos pecuniarios adicionales.

2. Si los estudiantes admitidos al coterminal, no cuentan con créditos disponibles para su

desarrollo o no le son suficientes para cubrir el coterminal, deben pagar los derechos

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pecuniarios correspondientes, los cuales corresponden al valor del crédito del programa

de posgrado por el total de créditos matriculados en el coterminal.

3.3. DIPLOMADO

DEFINICIÓN.

El Diplomado se constituye en una estrategia de educación no formal, que tiene como propósito

la profundización o actualización de conocimientos profesionales en temas específicos, que le

permite al estudiante fortalecer competencias en áreas tanto específicas como

complementarias de su campo de conocimiento.

CONDICIONES ACADÉMICAS PARA EL DESARROLLO DEL DIPLOMADO

1. Solo aplica para estudiantes de pregrado. 2. Los diplomados que son aprobados como una modalidad de opción de grado deberán

tener una carga académica con un rango de 80 - 120 horas. 3. El estudiante podrá cursar el diplomado, al tiempo de desarrollo del plan de estudios,

siempre y cuando se cumpla con los requisitos para su desarrollo. Una vez cursado el diplomado deberá solicitar su validación como opción que aprobó mediante el trámite correspondiente; si el estudiante finaliza su plan de estudios y no ha tomado una opción de grado deberá acogerse a lo estipulado en el reglamento académico artículo 247.

4. Solo se permiten diplomados como opción de grado los ofertados por la ECR, ya sean presenciales o virtuales, con el correspondiente aval de los programas y aprobación del comité de proyección social institucional. Es importante precisar que no es responsabilidad de la universidad garantizar un determinado diplomado y es de libertad del estudiante la selección del mismo.

5. La apertura de cada diplomado está sujeto a cupo mínimo de participantes. 6. La matrícula, desarrollo y aprobación del diplomado deberá darse una vez el estudiante

certifique el requisito establecido de créditos académicos de su plan de estudios, para tal fin el estudiante cuenta con tres (3) periodos académicos, o de lo contrario deberá acogerse a lo establecido en el artículo 247 del reglamento académico.

7. Los diplomados tendrán un componente investigativo. 8. Los diplomas de certificación del diplomado deberán ser firmados por la(s) decana(s) o

que avalen académicamente el mismo y por el jefe de proyección social.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN Y ADMISIÓN DEL DIPLOMADO

1. Estar a paz y salvo financiero con la Institución por todo concepto. 2. Haber cursado y aprobado el 75 - 80% de los créditos académicos de su plan de estudios. 3. Identificar en el formato establecido para la selección de la opción de grado, el

diplomado al que desea matricularse en las fechas establecidas por educación

continuada.

APROBACIÓN DEL DIPLOMADO La aprobación del diplomado como opción de grado, está sujeta a las siguientes condiciones:

1. Cumplir con la asistencia al 90% de las sesiones presenciales dispuestas en el diplomado.

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2. Desarrollo y cumplimiento de un producto académico, como resultado del diplomado. El seguimiento de este aspecto será realizado por el coordinador del diplomado.

3. Una vez cumplidos los requisitos y finalización del diplomado, educación continuada realiza envió del reporte de APROBACION - a registro y control para los fines pertinentes.

PERDIDA DEL DIPLOMADO Si durante este periodo el estudiante no matricula o no aprueba el diplomado, deberá acogerse

a lo dispuesto en el art. 247 del reglamento académico.

DERECHOS PECUNIARIOS

El valor del diplomado como opción de grado, será el establecido por la Institución en el año

correspondiente.

3.4. PASANTIA NACIONAL E INTERNACIONAL

Definición

La pasantía internacional es una experiencia académica, que busca la profundización en un área

de conocimiento y que tiene como objetivo aplicar los conocimientos teóricos adquiridos en el

transcurso del programa académico y al mismo tiempo proporcionar una experiencia para

fortalecer el perfil profesional del estudiante de pregrado o posgrado.

Condiciones académicas para el desarrollo de la pasantía internacional

• Aplica para estudiantes de pregrado y posgrado de los diferentes programas que oferta

la institución.

• Contar con un convenio o acuerdo vigente o un acuerdo con una entidad académica

nacional o extranjera, en el marco de política de movilidad estudiantil.

• La pasantía tendrá una duración mínima de un mes y máxima de seis meses.

• Las modalidades de intercambio deben garantizar para su reconocimiento, que las

condiciones académicas de la pasantía como: número de créditos, competencias,

contenidos y nota aprobatoria sean equivalentes con alguno (s) de los cursos o prácticas

del plan de estudios en el que este matriculado el estudiante.

• Contar con un asesor conceptual durante el desarrollo de la pasantía.

Requisitos para la inscripción y admisión de la pasantía internacional

• Ser un estudiante regular de un programa que oferte la institución, en pregrado o

posgrado.

• Haber cumplido 60 % de los créditos académicos matriculados en su plan de estudios.

• Estar a paz y salvo financiero con la Institución por todo concepto.

• No tener sanciones académicas ni disciplinarias.

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• Presentar por escrito al decano de la facultad del programa de pregrado o posgrado

correspondiente, su interés en ser seleccionado para cursar la opción de grado pasantía

internacional.

• Tener un promedio ponderado del posgrado de 4, 3 y pregrado mayor a 4.0.

Selección e Inscripción

El estudiante regular aspirante a la pasantía deberá presentar los siguientes documentos

durante el periodo de convocatoria de movilidad académica nacional o internacional:

1. Carta de intención: se deberá presentar en la Decanatura de la facultad con copia a

Dirección de relacionamiento.

2. Cumplir con los requisitos que la entidad académica de destino solicite (ejemplo

suficiencia en segundo idioma – si aplica-, vacunas, pólizas entre otros)

Aprobación de la pasantía internacional

El seguimiento y control académico del desarrollo de la opción de grado de los estudiantes será

responsabilidad del tutor designado desde la entidad académica de destino; los aspectos

administrativos y operativos que haya a lugar en el marco de la movilidad será de

responsabilidad de la unidad de dirección de relacionamiento.

Para la aprobación el estudiante deberá.

• Cumplir con el 100 % de la asistencia a la pasantía.

• Obtener una calificación de aprobado.

• Entregar un producto de investigación producto de su pasantía, previo acuerdo con el

programa.

• Presentar al programa una vez finalice la pasantía sus compromisos académicos

adquiridos al inicio del proceso.

Perdida de la pasantía internacional

Si durante este periodo el estudiante no matricula o no aprueba la pasantía, deberá acogerse a

lo dispuesto en el reglamento académico, articulo 247.

Los estudiantes deben garantizar la capacidad de pago que implica la movilidad.

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IV. REPORTE DE APROBACION DE LA OPCION DE GRADO

Una vez cumplidas con el desarrollo de cualquiera de las opciones de grado planteadas, y a partir de

la evaluación de la opción de grado, el decano o quien el delegue, reportara a registro y control, el

concepto de aprobado o no del requisito de grado. Este concepto será cualitativo y debe ser conocido

por el estudiante previamente.