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1 Escuela Básica Valle del Choapa MANUAL Y REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Manual y Reglamento de Convivencia Escolar sustentado por la Comunidad Educativa con la finalidad de establecer normas de convivencia entre todos sus Estamentos, está basado en un clima organizacional armónico e integrador tendiente a favorecer el desarrollo sicobiológico pleno del educando que pretende formar, basado en los principios de la Reforma Educacional y Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.). 2018

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Escuela Básica Valle del Choapa

MANUAL Y REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Manual y Reglamento de Convivencia Escolar sustentado por la Comunidad Educativa con la finalidad de establecer normas de convivencia entre todos sus Estamentos, está basado en un clima organizacional armónico e integrador tendiente a favorecer el desarrollo sicobiológico pleno del educando que pretende formar, basado en los principios de la Reforma Educacional y Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.).

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INDICE Introducción…………………………..…………………………..……………………........05 Antecedentes generales del Establecimiento. ………………………………………....06 Dotación Personal………………………………………………………………………..…07 Horarios Generales...……………………………………………………………...............08 Bases Legales…. ………………………………………………………………….............09 Principios en que está basado este Manual y Reglamento..………………...………..09 Objetivos del Manual y Reglamento de Convivencia …………………………………..10 Misión, Visión y Objetivo del P.E.I.………………………………………………………..11

CAPÍTULO I. CONVIVENCIA ESCOLAR Art. Nº 1 Comité de la Buena Convivencia Escolar……………………………......…12 Art. Nº 2 Encargada de Convivencia Escolar……………………………………….…13 Art. Nº 3 Acoso Escolar, Bullying, Ciberbulliyng, Grooming y morphing...…………13 Art. Nº 4 Los aspectos que caracterizan el maltrato por abuso de poder entre iguales….……………………………………………………………………………......…..15 Art. Nº 5 Normas de protección en Laboratorios informática y Biblioteca CRA.........15 Art. Nº 6 Protocolo resolución de conflictos.............................................................16 Art. Nº 7 Mal Trato Escolar………………………………………………………………17 Art. Nº 8 Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas……………….………………………………………………………17 Art. Nº 9 En función de la responsabilidad compartida que compete a todos los adultos por la protección de la infancia y la juventud ……………….…………...……18 Art.Nº 10 Protocolo de actuación ante acoso y maltrato escolar (Bullying)………….19 Art. Nº11 Protocolo de denuncias por posibles delitos…………………………………20 Art. Nº12 Protocolo de actuación local en el caso de sospecha o delito infraganti de consumo de drogas y /o alcohol…………………………………………………………..21 Art.N°13 Protocolo frente a una agresión de un estudiante a un funcionario……….24 Art.N°14 Protocolo frente a la agresión escolar a un estudiante……………………...25 Art.N°15 Protocolo en caso de abuso sexual infantil.................................................26 Art.N°16 Protocolo de actuación frente al porte y uso de arma blanca...…………...27 art.N°17 Protocolo de retención en el sistema escolar de estudiantes embarazadas, madres y padres adolescentes….……………………………………….……..…………28

CAPÍTULO II NORMAS GENERALES DE ÍNDOLE TÉCNICO-PEDAGÓGICO Art. Nº18 Creación de un clima de aula apropiado para el aprendizaje. ……......…31

Art. Nº19 Diagrama Reglamento de Evaluación. …………………………………...…34

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CAPÍTULO III NORMAS TÉCNICO ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL

Art. Nº20 Perfil del Docente y Educadora de Párvulos………………………..……35 Art. Nº21 Perfil del Alumno y Alumna. ………………………………………………..36 Art. Nº22 Perfil del Personal Asistentes de la Educación………………………….37 Art. Nº23 Perfil del Apoderado.……………………………...……………………….…37 Art. Nº24 Derechos del Director……………………………………………………….. 38 Art. Nº25Deberes del Director…………………………………………………………….39 Art. Nº26 Derechos Jefa UTP….……...………………………………………...……..…40 Art. Nº27 Deberes Jefa UTP…….…………………………………………………..........40 Art.Nº28Derechos de la Coordinadora General (Inspectora General)……...………..41 Art. Nº29 Deberes de la Coordinadora General (Inspectora General) ...……………41 Art. Nº30 Derechos de la Orientadora.………………………….……………………….43 Art. Nº32 Deberes de la Orientadora….………......…………………...……………..…43 Art. Nº33 Derechos de los Docentes y Educadoras de Párvulos…………................45 Art. Nº34 Deberes de los Docentes y Educadoras de Párvulos.…………................46 Art. Nº35 Corresponde al Docente las siguientes funciones...…...…………………...47 Art. Nº36 De los deberes del Profesor de Turno………………………………..…………..47

Art. Nº37 Derechos del Personal Asistente de la Educación………………………….48 Art. Nº38 Deberes del Personal Asistente de la Educación. …………………………48 Art. Nº39 Las funciones del Personal Administrativo. …………………………………50 Art. Nº40 Las funciones del Personal Auxiliares de Servicios. ……………..……….50

Art. Nº41 Funciones específicas de la Bibliotecaria …………………………….…….51 Art. Nº42 Funciones del Encargado del Laboratorio de Informática………………….51 Art. Nº43 Funciones de las Auxiliares de Párvulos. ………………………….………..52 Art. Nº44 Derecho de los Alumnos y Alumnas……………………………….…………53 Art. Nº45 Deberes de los Alumnos y Alumnas.…………………………………………54 Art. Nº46 De la asistencia y puntualidad de los Alumnos y Alumnas. ………………55 Art. Nº47 Del uniforme escolar de los Alumnos y Alumnas……………………………56 Art. Nº48 De la permanencia de los Alumnos y Alumnas…………………………….57 Art. Nº49 De la mantención de espacios físicos y/o materiales de los Alumnos

y las Alumnas..............................................................................................57 Art. Nº50 De las normas de interacción de los Alumnos y Alumnas. ……………….58 Art. Nº51 Derechos de los Apoderados………………………………………………….60 Art. Nº52 Deberes de los Apoderados. …………………………………………………61

CAPÍTULO IV SEGURIDAD ESCOLAR. Art. Nº53 Para evitar accidentes escolares la Escuela..............................................63 Art. Nº54 Normas Básicas de Seguridad para prevenir Accidentes Escolares.........63 Art. Nº55 Protocolo Accidente Escolar………………………………………………......64 Art. Nº56 Atención de Primeros Auxilio……………………………………………........67 Art. Nº57 Sala de Primeros Auxilios y Botiquín Escolar……………………………........67

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CAPÍTULO V - NORMAS DE INTERACCIÓN, DE LAS PROHIBICIONES GENERALES Y PROCEDIMIENTOS DE DISCIPLINA Art. Nº 58 Normas de Interacción…………………………………………….…………..68 Art. Nº 59 Se prohíbe. ………………………………………………………………….... 69 Art. Nº 60 Comportamientos positivos. ……………………………………….………....71 Art. Nº 61 Comportamientos negativos leves.............................................................72 Art. Nº 62 Comportamientos negativos graves. ……………………………….…….....72

Art. Nº 63 Comportamientos gravísimos. ……………………………………………….73

Art. Nº 64 Procedimiento en las sanciones…………………………………………......74

CAPITULO VI DE LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS Art. Nº 65 Procedimiento en solución de conflicto. ………………………………….....77 Art. Nº 66 Mediación Escolar de los Alumnos. ………………………………………....77

Art. Nº 67 Los Mediadores. ……………………………………………………………....77

Art. Nº68 Funciones de los Mediadores. ………………………………………............77

Art. Nº 69 Características del Mediador. …………………………………………….....78 Art. Nº 70 Procedimiento de Mediación. …………………………………………….....78

Art. Nº71 Procedimientos de Corrección con carácter formativo a las faltas. ….......79 Art. Nº72 Derecho de Apelación. ……………………………………………………......80

CAPITULO VII DISCRIMINACIÓN. Art. Nº 73 De las Alumnas en Estado de Embarazo. …………………………….......81

Art. Nº 74 Estudiantes portadores de VIH o SIDA. ………………………………...81 Art. Nº 75 Discriminación arbitraria...………………………………………………........82

CAPITULO VIII Art. Nº 76 Estímulos para los Alumnos Destacados. ……………………………........83

CAPITULO IX Art. Nº 77 Celebraciones….............………………………………………………………84

CAPITULO X Art. Nº 78 Socialización del Manual y Reglamento de Convivencia.…………...........85

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INTRODUCCIÓN

El Manual y Reglamento de Convivencia Escolar de la ESCUELA BÁSICA VALLE DEL CHOAPA DE ILLAPEL entró en vigencia el año 2007, teniendo como base los principios que sustentan la actual Reforma Educacional, el Proyecto Educativo Institucional y la Ley sobre Violencia Escolar. Siendo actualizado según requerimientos legales y propios de la Escuela en Noviembre de 2016 con la participación representativa de cada estamento que conforman la Comunidad Educativa.

Este Manual y Reglamento intenta apoyar y dar forma a lo que es la MISIÓN y la VISIÓN de la Escuela, vale decir, lograr en los Alumnos y Alumnas una excelente formación valórica, de hábitos y actitudes sociales, que unido a una buena formación académica, de corte humanista democrática e integral, los ayude a desenvolverse con éxito en la sociedad, consolidando así el desarrollo de una Personalidad Integral en que prime su Autovaloración y Autoestima.

La premisa “Una educación de calidad para todos” presentada por el Ministerio de Educación, es entendida en esta Comunidad Educativa, no tan solo como una situación donde todos los Alumnos y Alumnas aprenden, si no que este aprender sea desarrollado dentro de un marco valórico, de hábitos y actitudes sociales positivas para el logro de una Buena Convivencia que de fuerza y sentido al aprendizaje.

El Buen Trato en la convivencia escolar se basa en los modos de relación que generen satisfacción y bienestar entre quienes interactúan, estas relaciones además, favorecerán el desarrollo social y humano de los integrantes de la Comunidad Educativa. El Buen Trato se construye en una relación fundamentada en un compromiso afectivo, que busca el reconocimiento, la participación y la cooperación de todos.

El Reconocimiento.- Se define como la capacidad de “darse cuenta” de que tanto uno como el otro(a) existen y tienen características, intereses, necesidades y formas de expresión tan importantes como las nuestras. Participación.- Es la existencia de una entidad grupal, anclada en la presencia de valores, intereses y motivaciones compartidas que dan sustento a un “nosotros”. A una identidad colectiva. La Comunicación Efectiva.- Es un diálogo efectivo, y para serlo, precisa de las capacidades fundamentales: saber expresarse con claridad y saber escuchar sin prejuzgar. La Interacción Igualitaria.- Posibilita un encuentro con los demás, reconociendo sus sentimientos y preocupaciones. Relación vinculada necesariamente con la participación y la comunicación. La Negociación.- Es la capacidad de resolver conflictos de manera que entre las partes involucradas se pueda generar un acuerdo. Cuando negociamos acerca de la convivencia escolar no puede haber vencedores ni vencidos. Los conflictos en la convivencia escolar son inevitables precisamente porque somos diferentes. Si reconocemos que las características, intereses, necesidades y puntos de vista de todos y todas son igualmente importantes, podremos resolver de buena manera los desacuerdos que caracterizan la interacción humana.

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ANTECEDENTES GENERALES DEL ESTABLECIMIENTO.

LA ESCUELA BASICA VALLE DEL CHOAPA es un Establecimiento Municipal, ubicado en calle Buin Nº 794 de la ciudad de Illapel, Provincia del Choapa, en la Región de Coquimbo, contando a la fecha con 78 años de existencia, siendo uno de los planteles más grandes de la Provincia.

El Alumnado que atiende el Establecimiento corresponde a un nivel socioeconómico de características y estratificación “Media Baja”, lo que se comprueba a través del Índice de Vulnerabilidad del Establecimiento (82.03%).

La Escuela imparte Educación Parvularia (Niveles de Transición I y II, Educación General Básica de 1º a 8º año y Programas de Educación Diferencial (DEI, TEL, TEA, TDH), cuenta con una matrícula mixta de 570 Alumnos a marzo de 2018. El Establecimiento desde el año 2008 se encuentra incorporado al régimen de

Jornada Escolar Completa con los cursos desde 1° a 8º año, a contar del año

2009, la Educación Parvularia, y NB1 concretándose a partir del año 2010.

A contar del año 2008, el Establecimiento se encuentra incorporado el Proyecto de Mejoramiento Educativo, en función de la Ley de Subvención Preferencial (SEP), estando clasificado en la categoría de “AUTONOMA”.

En el ámbito pedagógico, se destaca que el Establecimiento cuenta con Planes y Programas Propios de Idioma Extranjero (INGLES) y Planes Propios para NB1 y NB2 ambos aprobados por el Ministerio de Educación, además de talleres en función de nuestro Proyecto Intercultural y talleres extracurriculares.

En relación con la Jornada Escolar Completa, se cuenta con Talleres en función de las Aptitudes, Habilidades e Intereses de los Alumnos y Alumnas, enmarcándose en las áreas de Lenguaje, Matemática y Formativa los que se desarrollan durante la semana y talleres en función de nuestro proyecto de multiculturalidad y además de talleres extracurriculares (basquetball, talleres insttrumentales, etc)

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LA DOTACIÓN DEL PERSONAL ESTÁ CONFORMADA POR:

-Director, Jefe de Unidad Técnico Pedagógica, Orientadora, cuarenta y cuatro docentes de Educación Básica que imparten el Plan de Estudio. Distribuyéndose las horas en primer lugar a los Profesores con especializaciones; entre ellos Especialista de Inglés, Religión (Católica ), Educación Física, Educación Musical, Matemática, Lenguaje y Ciencias Naturales. Incorporadas a la dotación docente se encuentran siete Profesoras Especialistas.

En el ámbito de Asistentes de la Educación se cuenta con una dotación de

-Cinco Inspectores, una Bibliotecaria, cuatro asistentes de aula (para 1° y 2° básico) cuatro Asistentes de Párvulos, una Secretaria, cinco Auxiliares de Servicios Menores, un asistente de Laboratorio de computación, una asistente del Laboratorio de Ciencias, un nochero, dos porteras.

Se cuenta con personal adicional que trabaja en las diferentes áreas del Proyecto de Integración: Una Técnica de Educación Especial, dos Psicólogas, dos Fonoaudiólogos, dos

Nutricionistas y un Kinesiólogo.

Además se cuenta con una Trabajadora Social y un coordinador administrativo e Informático. Todo este personal descrito que desarrollan actividades de apoyo sus remuneraciones son canceladas en su mayoría con recursos de la Subvención Escolar Preferencial (SEP).

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HORARIOS GENERALES

HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA:

LUNES A JUEVES: 07:30 a 18:30 HRS.

VIERNES : 07:30 a 14:30 HRS. .

HORARIO DE ESTUDIANTES:

JORNADA DE MAÑANA

LUNES A VIERNES: 08:00 a 13:10 HRS.

JORNADA DE TARDE

LUNES A JUEVES 14:10 a 15:40 HRS.

.

RECREOS:

PRIMER RECREO : 09:30 a 09:50 HRS.

SEGUNDO RECREO: 11:20 a 11:40 HRS. .

HORARIO DE COLACIÓN PARA ESTUDIANTES Y PROFESORES DE AULA:

COLACIÓN: 13:10 a 14:10 HRS. .

ATENCIÓN DE PADRES O APODERADOS:

EXISTE HORARIO DE PROFESORES JEFES PARA ATENCIÓN DE APODERADOS. Una hora pedagógica semanal. Disponible en Portería, Secretaria, entre otros.

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Bases Legales El presente Manual y Reglamento de Convivencia establece artículos de leyes, normas,

protocolos y especificaciones de orden, higiene, seguridad, deberes, derechos, y prohibiciones, como también la resolución pacífica de conflictos a que deben ajustarse el Personal, Alumnos y Apoderados de la Escuela, en relación a las tareas y/o funciones de sus integrantes, con la finalidad expresa de lograr una sana convivencia necesaria para el

desarrollo del proceso educativo de la Escuela, en función de optimizar el logro de los aprendizajes esperados.

Marco Legal y los principios en que está basado el presente Manual y

Reglamento son los siguientes: Declaración de los Derechos Humanos.

Los Derechos y Deberes del Niño.

Ley Nº 20.536, de Violencia Escolar.

Ley General de Educación.

Ley de Subvenciones.

Ley de la Jornada Escolar Completa.

Ley Nº 19.284, Integración de las Personas con Discapacidad.

Ley Nº 20.000, de Drogas.

Ley Nº 19.925, de Expendio y Consumo de Alcoholes. Ley Nº 19.779, de VIH / SIDA. Ley Nº 20.609, Medidas contra la Discriminación.

Ley nº 20.845 de Inclusión Escolar: La ley de inclusión escolar regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en los establecimientos educacionales que reciben aporte del Estado:

o Prohíbe toda forma de discriminación arbitraria.

o Permite sanciones disciplinarias solo si están contenidas en el reglamento interno.

o Establece un plan de apoyo a la inclusión para fomentar la buena convivencia.

o Obliga a reconocer el derecho a asociarse libremente. Ley General de Educación, Decreto nº 79, Artículo 11° reglamento de estudiantes

embarazadas y madres

Código Procesal Penal.

Resolución pacífica de conflictos.

Educación para la Paz.

Consolidación de valores en los Alumnos y Alumnas de acuerdo a laVisión y Misión formulada en el Proyecto Educativo Institucional de la Escuela (PEI).

Objetivos del PEI de la Escuela.

Reglamento Interno de la Escuela.

Manual “Política de Convivencia Escolar”.

Conceptos clave para la resolución pacífica de conflictos en el ámbito escolar.

Logros de niveles óptimos de rendimiento académico de los Alumnos y Alumnas.

Tender a la consolidación de una Personalidad Integral de los Alumnos y Alumnas con énfasis en la Autovaloración y Autoestima Personal.

Fomentar estilos de vida saludables libre de drogas.

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OBJETIVOS DEL MANUAL Y REGLAMENTO DE CONVIVENCIA.

Objetivos Generales:

1. Favorecer la formación personal y conductual del alumno (a) a través de la adquisición de hábitos y valores que le permitan la autodisciplina.

2. Aunar criterios frente a la aplicación de las normas de Convivencia en los diferentes

niveles, ciclos y por los distintos agentes educativos de la Escuela favoreciendo en ello su aplicación con carácter educativo en forma sistemática y sostenida.

3. Establecer el conjunto de normas y procedimientos que regulan los derechos y

deberes de todos los Estudiantes, Directivos, Profesores, Asistentes de la Educación y Apoderados como miembros de la Escuela.

Objetivos Específicos:

a) Contribuir a la Formación Integral de los Educandos, fomentando el desarrollo de hábitos de responsabilidad, honradez, respeto, tolerancia, higiene y presentación personal.

b) Mantener, reforzar y estimular la buena conducta de los alumnos y alumnas dentro y fuera del Establecimiento.

c) Lograr el desarrollo intelectual, social, ético y moral de los educandos a través de una acción conjunta de Docentes, Asistentes de la Educación, Padres y Apoderados.

d) Promover la buena convivencia escolar y prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos.

e) Instituir los procedimientos sobre los derechos y deberes de los Estudiantes, Apoderados y Personal de la Escuela.

f) Fomentar la capacidad de conciencia y respeto por la naturaleza, para la protección del medio natural y cultural.

g) Cautelar la protección del entorno educativo respecto a la presencia de drogas

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MISIÓN DE LA ESCUELA.

Promover y potenciar una educación pluralista, basada en una formación multicultural, cognitiva, social y cívica; en la que se manifieste el respeto por la diversidad, aprovechando los recursos humanos y tecnológicos que ofrece la escuela

VISION DE LA ESCUELA.

Brindar una formación valórica, de respeto hacia la diversidad y el cuidado del medio ambiente, rescatando las tradiciones locales y complementarlo con el desarrollo de competencias, inspiradas en una educación personalizada, para formar educandos, que puedan participar exitosamente en la vida

OBJETIVO DEL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (P.E.I.).

Lograr aprendizajes significativos en todos nuestros alumnos(as) para la totalidad de las asignaturas del Plan de Estudio , mediante la generación de acciones efectivas que promuevan la innovación de las prácticas pedagógicas, el trabajo asociado o de equipo , tendientes a favorecer la convivencia y la interacción social entre alumnos , familia y comunidad , apreciando y valorando la diversidad cultural.

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CAPITULO I

CONVIVENCIA ESCOLAR.

Art. 1 COMITÉ DE LA BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR (Documento síntesis de la política nacional de Convivencia Escolar Publicada en nov. 2011).

A) AL COMITÉ DE LA BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR le corresponde la responsabilidad de estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa, tomando las medidas que permitan fomentar una sana Convivencia Escolar, dentro del ámbito de su competencia.

B) INTEGRANTES DEL COMITÉ DE LA BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR:

- Director - Asesor UTP - Inspectora General - Orientadora - Profesor o Profesora de Aula, elegido por Consejo de Profesores. - Psicóloga I Ciclo. - Psicóloga II Ciclo - Asistente Social

Profesor(a) Jefe (según caso).

C) COMPROMISOS: a) Promover acciones, medidas y estrategias que fortalezcan la convivencia escolar en la Escuela.

b) Promover acciones, medidas y estrategias orientadas a prevenir la violencia entre los miembros de la Comunidad educativa.

c) Elaborar, en conjunto con el Encargado de Convivencia Escolar, un Plan de Acción para promover la buena convivencia y prevenir la violencia en la Escuela.

d) Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y participar de su actualización considerando la Convivencia Escolar como un eje central.

e) Participar en la actualización del Manual y Reglamento de Convivencia de acuerdo al criterio formativo planteado en la Política Nacional de Convivencia Escolar.

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Art.2 ENCARGADO(A) DE CONVIVENCIA ESCOLAR DE LA ESCUELA: ORIENTADOR(A).

a) AL ORIENTADOR(A) COMO ENCARGADO O ENCARGADA DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR le corresponde asumir el rol primario en la implementación de las medidas de Convivencia Escolar que determine el Consejo Escolar o el Comité para la Buena Convivencia Escolar. b) COMPROMISOS:

1.- Promover el trabajo colaborativo en torno a la Convivencia, en el Consejo Escolar o el Comité para la Buena Convivencia.

2.- Disponer la implementación de las medidas sobre Convivencia Escolar que disponga el Consejo Escolar o el Comité para la Buena Convivencia.

3.- Elaborar el Plan de Acción sobre Convivencia escolar, en función de las indicaciones del Consejo Escolar o del Comité para la Buena Convivencia.

4.- Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia y manejo de situaciones de conflicto entre los diversos estamentos de la Comunidad Escolar.

5.- Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la Comunidad Educativa en la elaboración, implementación y difusión de las políticas de prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias que fomenten la buena convivencia.

Art.3.- ACOSO ESCOLAR, BULLYING, CIBERBULLYING , GROOMING Y MORPHING.

a) La Ley de Violencia Escolar, vigente desde el 17 de Septiembre de 2011, tiene como finalidad definir y sancionar los hechos que pueden ser considerados como acoso escolar, ya sea dentro o fuera de la Escuela.

b) La Ley de Violencia Escolar define el Acoso Escolar como todo acto de agresión u hostigamiento reiterado, valiéndose de una situación de superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o temor fundado de verse expuesto a un mal de carácter grave. Es decir, la conducta debe tener consecuencias dañinas para el afectado.

c) La Ley sanciona a las Escuelas cuando sus autoridades, conociendo un hecho de acoso escolar, no adopten las medidas correctivas, pedagógicas o disciplinarias que correspondan, de acuerdo.

d) La Ley de Violencia Escolar considera especialmente graves los hechos de violencia ya sea física o psicológica, que cometan adultos hacia alumnos miembros de la comunidad escolar.

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e) Para que una agresión sea calificada de acoso debe ser reiterada en el tiempo y el responsable debe encontrarse en una posición de superioridad física o psicológica que le impida al afectado defenderse. Por tanto, una agresión ocasional o bien una pelea entre compañeros NO se califica como acoso, sin embargo, estas situaciones igualmente deben ponerse en conocimiento de las personas correspondiente para que adopten las medidas necesarias. f) El acoso u hostigamiento NO constituye delito. Cabe señalar además que la Ley NO contempla sanciones para los alumnos, sino sólo para las Escuelas que no reaccionan o son indiferentes ante situaciones de maltrato. g) Las medidas respecto de los alumnos(as), deberán ser aplicadas por cada Establecimiento, de acuerdo con su Manual y Reglamento de Convivencia. h) Bullying, se refiere al Acoso Escolar como una o varias conductas de hostigamiento y maltrato frecuentes y continuadas en el tiempo donde las agresiones psíquicas adquieren mayor relevancia que las físicas". i) El Bullying que se realiza en el ámbito escolar por parte de uno o más alumnos en contra de otro que es víctima de su hostigamiento, sustentándose en un sentimiento de superioridad. Es pertinente añadir que este sentimiento o actitud de superioridad puede fundarse en la fuerza física, en un carácter dominante, en la actuación en grupo, en la pusilanimidad (falta de ánimo o valor para soportar las desgracias) o debilidad del agredido, en su baja autoestima, inestabilidad emocional, en alguna discapacidad o defecto físico del acosado, entre otros motivos. j) Ciberbullying, se denomina al comportamiento que podemos definir como la manifestación del Acoso Escolar que se produce mediante plataformas virtuales y herramientas tecnológicas, tales como chats, blogs, fotologs, mensajes de texto para aparatos celulares, correo electrónico, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, páginas webs, teléfonos y otros medios tecnológicos. k) Grooming o acoso sexual infantil a través de medios virtuales, como Internet. Acciones deliberadamente emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la amistad de un menor de edad, al crearse una conexión emocional con el mismo, con el fin de disminuir las inhibiciones del niño y poder abusar sexualmente de él. Muchos factores contribuyen a que los menores estén más expuestos a situaciones riesgosas. Las cámaras fotográficas digitales, los celulares con cámara incorporada, los mensajes de texto, las salas de chat, y los sitios de redes sociales como Facebook, Instagram, whatsapp, Messenger, entre otros, permiten a los niños acceder a comunidades virtuales donde no existe claridad respecto de la identidad de las personas con quienes conversan o relacionan. Es ahí donde conviven sin restricciones posibles víctimas y victimarios y se genera un ambiente propicio para el anonimato y el encubrimiento de los abusadores.

l) Morphing consistente en aplicarle filtros o efectos a una imagen real para crear una ilustración ficticia. Por ejemplo, se toman partes de imágenes, como rostros y genitales de niños y se mezclan –tipo collage -, impidiendo la identificación de la posible víctima.

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Art. 4.- LOS ASPECTOS QUE CARACTERIZAN EL MALTRATO POR ABUSO DE PODER ENTRE IGUALES SE PUEDE RESUMIR EN:

a) Se causa daño a un individuo que está en situación de indefensión, sumisión o inferioridad. Existe un agresor que es fuerte y una víctima que es débil Se basa en una relación de asimetría de poder. b) El daño puede ser de diversa índole:

Agresiones físicas: directas (peleas, golpes, palizas, empujones, entre otras) o Indirectas (pequeños hurtos, destrozo de pertenencias, provocaciones, entre otras).

Agresiones verbales: directas (insultos a la víctima y/o su familia, ofensas hacia la persona o su familia) o indirectas (hablar mal de alguien, sembrar rumores y mentiras).

Agresión psicológica por medio de intimidaciones, chantaje y amenazas para provocar miedo, obtener algún objeto o dinero, u obligar a la víctima a hacer cosas que no quiere hacer.

Aislamiento y exclusión social: no dejar participar a la víctima, aislarle del grupo ignorando su

presencia, o no contando con él o ella para actividades del grupo.

Acoso racial, xenofobia u homofobia o por presencia de discapacidad dirigido a colectivos de personas diferentes y que por tanto no responden a la norma homogénea (inmigrantes o minorías étnicas, alumnos diferentes...); usar apodos racistas o frases estereotipadas despectivas.

Acoso sexual: Supone un atentado dirigido a la dignidad y libertad sexual de las personas. Alusiones o agresiones verbales obscenas, tocaciones o agresiones físicas.

Intimidación por medios tecnológicos: intimidaciones a través de e-mail, chats, mensajes en teléfono móvil, etc.

c) El daño se ejerce de forma repetida en el tiempo, durante un periodo largo y de forma recurrente. d) El agresor o agresores muestran intencionalidad de hacer daño aunque a menudo lo justifican con "es una broma" o “todos lo hacemos”.

Art.5.- NORMAS DE PROTECCIÓN EN LABORATORIOS DE INFORMÁTICA Y BIBLIOTECA CRA. En función de la responsabilidad que les corresponde a los Profesionales a cargo de estos Laboratorios y la Encargada de Biblioteca CRA ante la protección de la infancia y la juventud, mantienen normas para el mejor aprovechamiento de los recursos y en forma especial como medidas de prevención para evitar el ciberbullying.

a) Se trabaja con software NET SUPPORT SCHOOL, el cual bloquea programas y páginas como de facebook, instagram y las que llevan a chat. b) En las clases o espacios de investigaciones con alumnos y alumnas se monitorean los equipos para que ellos no se distraigan en otras páginas y trabajen según las indicaciones que entrega el o la Docente. c) En caso de sorprender a un estudiante en algo indebido, se comunica al Profesor o Profesora presente, luego a Inspectora General, siguiendo así el conducto regular para estas situaciones, quedando registrada por el Profesor o la Inspectora General la observación en el Libro de Clase correspondiente.

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Art.6.- PROTOCOLO RESOLUCION DE CONFLICTOS:

Los conflictos son parte inherente de la convivencia entre personas. En medida en que somos diferentes, pensamos en forma diferente y tenemos intereses, actitudes y preferencias distintas lo unos de los otros. Es habitual que surjan desacuerdos, sin embargo no todos los desacuerdos constituyen un conflicto. Este surge cuando alguna de las partes, o ambas, perciben que el otro constituye un obstáculo para lograr las propias metas. Los conflictos bien abordados pueden constituir una oportunidad de crecimiento para

las personas y de cambio para los grupos en los que se presentan.

CONFLICTO Situación emergente, de carácter negativo, ocurrida dentro del Establecimiento Escolar.

DENTRO DE LA SALA DE FUERA DE LA SALA DE

CLASES. CLASES.

PROFESORES INSPECTORES

*Detectar e informar la Detectar e informar la situación ocurrida. situación ocurrida fuera

*Registrar en el libro

INSPECTORA GENERAL -Recepcionar y coordinar acciones para resolución de problemas. -Acudir en forma inmediata al lugar, una vez ocurrido el conflicto, para recabar información.

-Aplicar estrategias de resolución pacífica de conflicto.

NEGOCIACIÓN:

Conversación de las partes

involucradas para aclarar

ARBITRAJE: Búsqueda

de una solución formativa

para ambas partes.

MEDIACIÓN: Llegar a acuerdo y resolución del problema.

* Conversación con los apoderados delos alumnos (as) involucrados. * Aplicación de sanción correspondiente según Reglamento de

Convivencia Escolar.

Derivación a Asistente Social Sicóloga, u Orientación en caso de necesidad o petición de los apoderados delos alumnos (as)

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Art.7.- Mal Trato Escolar.- Se entenderá por Mal Trato Escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la Comunidad Escolar, independiente del lugar en que se cometa, siempre que pueda: Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad

física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales.

Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.

Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

ART.8.- Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:

Decir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la Comunidad Educativa.

Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un Alumno, Alumna o de cualquier otro miembro de la Comunidad Educativa.

Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la Escuela. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un

Alumno, Alumna u otro miembro de la Comunidad Educativa (por ejemplo utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, entre otras).

Discriminar a un integrante de la Comunidad Educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un Alumno, Alumna o a cualquier otro integrante de la Escuela a través de: chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios Webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar.

Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aún cuando no sean constitutivos de delitos.

Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean auténticos o con apariencias de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos.

Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas, o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior de la Escuela o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por ésta.

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ART.9.- EN FUNCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD COMPARTIDA QUE COMPETE A TODOS LOS ADULTOS POR LA PROTECCIÓN DE LA INFANCIA Y LA JUVENTUD.

Son responsables penalmente los jóvenes mayores de 14 años y menores de 18 años, quienes se rigen por la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente. Los menores de 14 años están exentos de responsabilidad penal, por lo que no pueden ser denunciados por la comisión de un delito. En estos casos, los tribunales competentes para conocer la situación son los Tribunales de Familia, los que pueden aplicar medidas de protección si es necesario.

Denuncias por maltrato.

Respecto al maltrato se establece la denuncia bajo lo dispuesto en los artículos 175, letra e) y 176 del Código Procesal Penal, que a continuación se mencionan:

Art. 175 Denuncia obligatoria. Estarán obligados a denunciar:

“Los Directores, Inspectores y Profesores de Establecimientos Educacionales de todo nivel, los delitos que afectaren a los Alumnos o que hubieren tenido lugar en el Establecimiento”.

Art. 176 Plazo para efectuar la denuncia.

“Las personas indicadas en el Art. anterior deberán hacer la denuncia dentro de las veinticuatro horas siguientes al momento en que tomaren conocimiento del hecho criminal…”

Respecto al maltrato también la Ley de Educación establece que estarán obligados a denunciar: Todos los profesionales y personal en general que trabajen en el Establecimiento: Psicólogos, Trabajadores Sociales, Fonoaudiólogos, entre otros.

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ART.10.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE ACOSO Y MALTRATO ESCOLAR (BULLYING).

CUALQUIER MIEMBRO DE LA ESCUELA que tenga indicios, conocimientos de los hechos o evidencias de acoso.

COMUNICACIÓN INMEDIATA: A Director, Inspectora General u Orientadora

IDENTIFICACIÓN DE LA SITUACIÓN: Profesor(a) Jefe(a), Orientador(a),Inspectora General, Director, Encargado de Convivencia. (Tipo de maltrato, intensidad, historia, intervinientes).

DAR A CONOCER LOS HECHOS al o los

Apoderados de alumnos involucrados: Director.

Remitir al o los

estudiantes y sus

familias para apoyo

social.

PLAN DE INTERVENCIÓN

ANTE EL ACOSO Y MALTRATO

ESCOLAR Comité Convivencia: Director, Inspectora General, Orientadora

Profesor o Profesora de Aula (1)

Profesor(a) Jefe ( según caso)

BUSCAR ALTERNATIVAS DE

SOLUCIÓN Y REPARACIÓN A

LOS HECHOS PRESENTADOS DE

COMÚN ACUERDO: Comité Conv.

SEGÚN NECESIDADES DE

APOYO REALIZAR DERIVA-

CIONES Y SEGUIMIENTOS.

Remitir al o la

estudiante afectado(a) a Orientador, Psi-

cólogo o Trab. Social

PRIMERAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y VIGILANCIA: Director, Orientadora, Inspectora General.

Remitir al o los estu-diantes agresores a Orientador(a), Psi-cólogo o Trab. Social.

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ART. 11.- PROTOCOLO DE DENUNCIAS POR POSIBLES DELITOS. Artículo 175º y 176º de acuerdo a lo establecido en el Código Procesal Penal.

Cualquier miembro de la Comunidad Escolar: Sospecha de delito o vulneración de Derechos

DIRECTOR:

Ponderar la gravedad de la

falta, debe dilucidar si se

está o no frente a la comisión de un delito

DEBER DE DENUNCIAR: DIRECTOR, PROFESORES, INSPECTORES Y TODO PROFESIONAL QUE TRABAJE EN LA ESCUELA. ( Cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la Comunidad Educativa).

Faltas y Delitos cometidos

dentro del Establecimiento.

Faltas y Delitos que ocurran

fuera del Establecimiento,

pero que afecten a los y las

Estudiantes.

Denuncia: Plazo 24 hrs. Desde el

conocimiento del hecho.

Carabineros de Policía de Fiscalía del Tribunales de

Chile Investigaciones:PDI Ministerio Público Familia

Información A LA

DAEM

FAMILIA

DIREPROV

Proceso

investigativo

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ART. 12.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN LOCALEN EL CASO DE SOSPECHA O DELITO INFRAGANTI DE CONSUMO DE DROGAS Y /O ALCOHOL AL INTERIOR DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES (Manual De Convivencia Escolar y Reglamento Interno).

El consumo de Drogas y Alcohol dentro de un Establecimiento Educacional es considerado un delito. La Ley Número 20.000 que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes, en su artículo 50, sostiene que toda persona que consuma algún tipo de drogas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas en lugares públicos o Colegios comete una falta gravísima que será sancionada.

PROCEDIMIENTOS: Si un estudiante consume o trafica drogas y/o alcohol dentro de la Escuela. 1. Quien sorprenda al estudiante, debe informar inmediatamente al Orientador/a y/o

Coordinador de Convivencia Escolar quien reportará a la Dirección del Establecimiento.

2. El/la Coordinador/a de Convivencia Escolar, cita al estudiante que consumió la droga/alcohol con el fin de realizar una entrevista para que relate los hechos ocurridos.

3. Se cita al apoderado para informar de la situación ocurrida. Paralelamente, el Establecimiento realiza la denuncia a Carabineros si el estudiante es mayor de 14 años. Si la edad del menor, es inferior a la mencionada, se derivará el caso a OPD/ SENDA.

4. Si la situación corresponde a venta de drogas, Carabineros determinarán los procedimientos de acuerdo a la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil y la Ley 20.000.

5. En relación a las sanciones adoptadas por el Establecimiento, esta falta es considerada como gravísima, por lo que se dejará registro escrito en la hoja de vida del alumno/a, con aplicación de medidas disciplinarias como la suspensión en el hogar (hasta 7 días). Se iniciará el proceso de Condicionalidad de Matrícula y se visualizará la Cancelación de Matrícula, cierre del año escolar o plan remedial de apoyo personalizado si se amerita, con el proceso de acompañamiento respectivo. Nota: Los procedimientos de denuncia que adoptará el Establecimiento se considerarán tanto para consumo y venta de drogas/alcohol.

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Enfrentar situaciones de tráfico o micro tráfico de drogas, asumiendo el siguiente procedimiento:

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Consumo y Tráfico de drogas en establecimientos educacionales; Guía de Apoyo Para Directores, quipos Directivos y representantes de Consejos Escolares; Gobierno de Chile ministerio del Interior CONACE (Pág. 60-65)

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ART: 13 PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A UNA AGRESIÓN DE UN ESTUDIANTE A UN FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO

Una agresión no solo se produce por niveles jerárquicos, también se puede presentar por parte de un estudiante hacia un funcionario del Establecimiento. Manual, es necesario especificar procedimientos a realizar en caso de que algún miembro de la Comunidad Educativa se vea afectado por agresiones ejecutadas por estudiantes.

PROCEDIMIENTOS:

1- El funcionario del Establecimiento deberá dirigirse al Orientador/a y/o Coordinador(a) de Convivencia Escolar a informar sobre la situación ocurrida. Se registrarán los hechos y se identificará al estudiante que ha cometido la falta. 2- Orientador/a y/o Coordinador/a de Convivencia Escolar de manera inmediata informará a la Director/a de la situación ocurrida. 3- Se citará al estudiante que ha cometido la falta para registrar los hechos y de manera inmediata se citará a su apoderado. 4- Una vez obtenido los relatos de ambas partes y efectuada la investigación, Coordinador/a de Convivencia Escolar realizará una entrevista con el funcionario de la Escuela y estudiante involucrado con su respectivo apoderado para clarificar la situación, según el caso. 5- El funcionario afectado recibirá acompañamiento por parte del Equipo Directivo en el caso de que lo requiera. 6- Una vez terminada la investigación (plazo máximo de 5 días hábiles), en la resolución que se adopte se deberán especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como también, se especificarán las sanciones al estudiante, adoptadas por el Establecimiento, según Reglamento de Convivencia Escolar. 7- Esta falta es considerada como gravísima, por ende, de comprobarse, la sanción la cual puede contemplar, después de un trabajo de investigación , según el caso, cierre del año escolar, un plan remedial de apoyo personalizado para el estudiante en jornada contraria o aplicar una cancelación de matrícula al término del año escolar. 8-Si el hecho, es constitutivo de delito, se derivará el caso inmediatamente a las entidades respectivas y el Director/a junto con el Dpto. de Convivencia Escolar y Comité para la buena Convivencia determinará si amerita una expulsión inmediata. De acuerdo a lo establecido en la Ley de Inclusión, esta medida es considerada como extrema, excepcional y última, legítima sólo cuando la situación afecte gravemente la Convivencia Escolar.

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ART: 14 PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A UNA AGRESIÓN ESCOLAR A UN ESTUDIANTE

Se entiende como agresión hacia un estudiante cualquier acción intencional, ya sea física y/o sicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos, en contra de cualquier estudiante de la Comunidad Educativa. Se consideran constitutivas de agresión escolar las siguientes conductas: a) Proferir insultos, hacer gestos groseros o amenazantes y ofender reiteradamente a

un estudiante. b) Agredirlo físicamente, golpearlo o ejercer violencia en contra de él. c) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un estudiante. d) Discriminarlo, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia. (Discriminación Arbitraria) e) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un estudiante a través de facebook, instagram, whatsapp, twitter, mensajes de textos, correo electrónico o cualquier otro medio virtual. f) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de agresión escolar.

PROCEDIMIENTOS:

1. Si un estudiante sufre de agresión dentro del Establecimiento por parte de sus pares, se le dará contención por el Equipo de Convivencia Escolar y/o por sus docentes. Si la agresión es física, se derivará inmediatamente a la enfermería de la Escuela para que la persona encargada pueda evaluar la condición del estudiante. 2. Una vez realizada la evaluación, se determinará si el estudiante será derivado al

hospital. 3. En forma paralela, el Equipo de Convivencia Escolar, realizará una entrevista con el o los estudiante/s agresor/es, con el fin de conocer su versión de los hechos. Posteriormente se citará a estudiantes del curso, para realizar una triangulación de los hechos. 4. Se cita a los apoderados de ambos estudiantes, los cuales se atenderán por separado, para dar a conocer la situación de agresión e indicar las medidas disciplinarias que se adoptarán. 5. Durante el proceso de reparación, los estudiantes serán derivados al Dpto. de Convivencia Escolar para realizar un proceso de acompañamiento. 6. Los estudiantes firmarán un acuerdo de Convivencia Escolar, el cual contemplará

compromisos y sanciones en caso de volver a cometer la falta. Las sanciones están estipuladas en las Faltas Gravísimas. 7. El/a Coordinador/a de Convivencia en conjunto con el Profesor Jefe mantendrá informado a sus padres y/o apoderados sobre los procedimientos a efectuar así como también al Director/a del Establecimiento. Nota: El Equipo de Convivencia Escolar determinará si la acción cometida amerita una denuncia del hecho ante la autoridad respectiva. (OPD, PDI, Carabineros de Chile, Tribunales, etc.)

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Cabe señalar que cada apoderado tiene la facultad para determinar y realizar lo que estime conveniente para la seguridad de su pupilo. Si la acción es constitutiva de delito, la escuela, realizará la denuncia, considerando la ley de responsabilidad penal juvenil. Consideraciones relevantes: Si la agresión es cometida por un adulto funcionario del establecimiento, el Director y el Equipo de Convivencia Escolar, realizarán una investigación para clarificar los hechos. Si el hecho es comprobado, se sancionará de acuerdo a la normativa vigente. Si el agresor fuese un adulto ajeno al establecimiento, se procederá a realizar una denuncia del hecho ante la autoridad respectiva (PDI, Carabineros de Chile ,etc.) , en forma paralela se procederá a informar al Sostenedor y DAEM.

ART 15. PROTOCOLO EN CASO DE ABUSO SEXUAL INFANTIL

El abuso sexual es definido como cualquier actividad de connotación sexual entre dos o más personas sin consentimiento. Este acto puede producirse entre adultos, de un adulto a un menor o incluso entre menores. De acuerdo a lo que establece la Ley, el no notificar un caso de abuso sexual infantil nos hace cómplices de esta situación. La conducta pasiva de los equipos frente a la sospecha de abuso puede significar la pérdida de la vida del niño/a o la mantención de la situación de abuso, la cual puede tener consecuencias nefastas para él/ella. Si existe sospecha que algún estudiante está siendo Víctima de Abuso Sexual, se debe proceder de la siguiente manera: 1- Informar al/a Coordinador de Convivencia Escolar en forma inmediata, quien reportará al Director/a del Establecimiento. 2- El estudiante será derivado al Dpto. Convivencia Escolar (Psicólogo-Orientador-Trabajadora Social) quienes recopilarán antecedentes. 3- Se citará al apoderado para informar de la situación e indicarle que se realizará la denuncia respectiva a (PDI, OPD y/o Fiscalía). 4- Se informará el caso al profesor Jefe y profesores de asignatura, para que puedan brindar acompañamiento al estudiante. 5- Se mantendrá contacto con OPD para que la Escuela se mantenga informada de los procedimientos legales que adoptará fiscalía. 6- Si el abuso sexual es provocado entre estudiantes, el Equipo Directivo determinar medidas de protección para los involucrados con las Instituciones que correspondan. De comprobarse el abuso sexual, los estudiantes que cometieron este delito, se procederá, según el caso a: cancelar la matrícula, aplicar si se amerita, un plan remedial de apoyo personalizado para los alumnos/as en jornada contraria, cierre del año escolar, o bien serán expulsados del Establecimiento.

Si el Abusador/a es Funcionario/a de la Escuela:

Inmediatamente conocida una denuncia de Abuso Sexual Infantil o que se tome conocimiento directo de los hechos, se deberá informar al Director/a de la Escuela, no más allá de 24 horas de conocido el hecho.-Se procederá a dejar constancia de lo sucedido a través de una denuncia (PDI y/ Carabineros de Chile)

El Director/a deberá remitir la información a la Representante Legal de la Escuela. -Con el fin de proteger al estudiante se desvinculara inmediatamente al funcionario de sus laborales, hasta que la investigación y normativa legal lo determine.

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El Director/a y Orientador/a y/o Coordinador/a de Convivencia Escolar, se entrevistará con los apoderados para abordar la situación. Se procederá a realizar la denuncia a las entidades respectivas como OPD y Fiscalía. El Director/a de la Escuela deberá disponer de una medida de protección. Esta medida tiende no sólo a proteger a los estudiantes sino también al denunciado/a, en tanto no se clarifiquen los hechos. La resolución y la investigación se enmarcarán dentro de la normativa legal, por lo que la justicia investigará y dictaminará sobre la acusación.

ART. 16. PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE AL PORTE Y USO DE ARMAS DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO De acuerdo a la normativa legal, el uso de armas está tratado en el Código Penal y en la Ley de Control de Armas cuyo texto refundido se encuentra en el Decreto Supremo 400 del Ministerio de Defensa del año 1978. En todo Establecimiento Educacional está prohibido portar todo tipo de armas (blancas y/o de fuego), utensilios u objetos cortantes, punzantes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales. Se entiende por Arma “Blanca” o “Corto-punzante” aquella herramienta que se caracteriza por su capacidad de cortar, herir o punzar mediante bordes afilados o puntiagudos. El arma de “fuego” es un dispositivo destinado a propulsar uno o múltiples proyectiles mediante la presión generada por la combustión de un propelente. Dentro de esta definición, también se incluyen las armas hechizas así como las de fantasía (fogueo).

PROCEDIMIENTOS:

Si un estudiante porta y usa un arma corto-punzante o de fuego: 1.- Quien sorprenda al estudiante, debe informar inmediatamente al Orientador/a y/o Coordinador de Convivencia Escolar quien reportará a la Dirección del Establecimiento. 2.- Orientador/a y/o Coordinador/a de Convivencia Escolar, cita al estudiante que porta el arma solicitándole su entrega. Posteriormente se realiza una entrevista para que el estudiante relate los hechos ocurridos. Esta entrevista también se realizará con la persona agredida, siempre y cuando esté en condiciones. Todos los relatos deben quedar documentados y firmados por las partes en conflicto. 3.- Se cita a los apoderados de ambos estudiantes para informar la situación. Paralelamente, en forma paralela ,el Establecimiento realiza la denuncia a Carabineros y/o PDI, quienes determinarán los procedimientos de acuerdo a la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil y Código Penal. 4.- Si el estudiante hace uso de arma y en caso de existir algún herido, se brindarán los primeros auxilios para luego derivar al Hospital de la Ciudad. 5.- En relación a las sanciones, esta falta es considerada como gravísima, por lo que se dejará registro escrito en la hoja de vida del estudiante, con aplicación de medidas disciplinarias como la suspensión en el hogar (hasta 7 días). Se iniciará el proceso de Condicionalidad de Matrícula y se visualizará la Cancelación de Matrícula, cierre del año escolar o la alternativa, según el caso, de un plan remedial de apoyo personalizado para el alumno/a en jornada contraria, con un proceso de acompañamiento respectivo. 6.- Si el hecho, constituye un daño físico y psicológico al otro estudiante, el Equipo Directivo determinará si amerita una expulsión inmediata. De acuerdo a lo establecido en la Ley de Inclusión, esta medida es considerada como extrema, excepcional y última, legítima sólo cuando la situación afecte gravemente la Convivencia Escolar.

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Nota: Los procedimientos de denuncia que adoptará el Establecimiento se considerarán tanto para porte, uso y amenaza.

Art. 17. PROTOCOLO DE RETENCIÓN EN EL SISTEMA ESCOLAR DE

ESTUDIANTES EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES ADOLESCENTES

Ley Nº 20.370 /2009 (LGE) General de Educación, Art 11 señala: “El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar las facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos” El propósito de este documento es entregar orientaciones y criterios de actuación frente a situaciones de embarazo, maternidad y paternidad en que se puedan encontrar algunos estudiantes, con el objetivo de brindarles el apoyo que necesitan Contar con orientaciones claras permitirá a nuestros directivos, madres, padres, apoderados, docentes y asistentes de la educación, actuar de modo coherente con su rol formativo brindando las facilidades que correspondan para la permanencia de nuestros estudiantes en el sistema escolar, evitando así la deserción de las alumnas embarazadas y/o madres y padres adolescentes, asegurando el derecho a la educación.

Criterios a considerar en el Protocolo de Actuación:

Toda estudiante embarazada, madres y padres adolescentes tendrán derecho a continuar sus estudios en la Escuela Valle del Choapa , bajo las mismas condiciones que el resto del alumnado. Las estudiantes embarazadas o progenitores adolescentes serán tratados con respeto por todos los integrantes de la Comunidad Educativa. Tendrán derecho a participar en el Centro de Estudiantes y en todo tipo de eventos, como en la Ceremonia de Licenciatura o actividades extra programáticas. Se establecerán criterios para la promoción con el fin de asegurar que los / las estudiantes cumplan efectivamente con los aprendizajes y contenidos mínimos establecidos en los Programas de Estudio. Se elaborará un calendario flexible, brindando a los estudiantes el apoyo pedagógico necesario. Su profesor tutor en conjunto con el/ la Coordinador/a Académica de Ciclo serán responsables de la supervisión. No se exigirá el 85% de asistencia a clases durante el año escolar a las estudiantes en estado de embarazo o maternidad. Sin embargo, las inasistencias que tengan como causa directa por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control de niño sano y enfermedades del hijo menor de un año se considerarán válidas cuando la estudiante presente certificado médico, carnét de salud, tarjeta de control u otro documento que indique las razones médicas de la inasistencia. En el caso de que la estudiante tenga una asistencia a clases menor a un 50% durante el año escolar, el Director tendrá la facultad de resolver su promoción.

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En su calidad de estudiante embarazada, madre o padre adolescente, éstos deben tener claro que serán tratados con los mismos deberes y derechos que sus pares, en relación a las exigencias conductuales. La estudiante embarazada deberá asistir a clases de educación física, debiendo ser evaluada de manera especial en caso de ser necesario. Después del parto, será suspendida de la clase (por su condición médica) hasta que finalice un periodo de seis semanas (puerperio). Asimismo, en casos calificados por el/la médico tratante, podrá excluirse de la actividad física. En estos casos, la estudiante deberá realizar trabajos alternativos designados.Durante el período de embarazo: La estudiante podrá recibir acompañamiento de los especialistas de la Escuela, como Orientadora, Psicólogo, Trabajadora Social, Nutricionista, Kinesiólogo, si lo requiere. Él /la estudiante tendrá derecho a ser evaluada de la misma forma que sus compañeros. Sin embargo, podrá acceder a un sistema de evaluación alternativo, si la situación de embarazo o de maternidad / paternidad le impida asistir regularmente al Colegio, quien le otorgará las facilidades necesarias para cumplir con el calendario de evaluación. La estudiante embarazada o progenitor adolescente tendrán permiso para concurrir a las actividades que demanden el control prenatal y el cuidado del embarazo, todas ellas documentadas con el carnét de salud o certificado emitido por un médico tratante o matrona. Las estudiantes embarazadas tendrán permiso para ir al baño cuantas veces lo requiera, sin tener que reprimirse por ello, previniendo el riesgo de producir una infección urinaria. La estudiante tiene derecho a adaptar su uniforme escolar a su condición de embarazo. La estudiante embarazada o progenitor adolescente deben realizar todos los esfuerzos para terminar el año escolar, cumpliendo con las exigencias académicas. La estudiante deberá mantener informado a su Profesor Jefe / Tutor de toda su situación.Durante el período de maternidad y paternidad: Se brindará el derecho a la madre adolescente a decidir el horario de alimentación del hijo o hija, correspondiente a una hora, sin considerar los tiempos de traslado a su hogar o sala cuna. Este horario será comunicado formalmente al Director durante la primera semana de ingreso de la estudiante. Durante el período de lactancia la estudiante tiene derecho a asistir a la enfermería a extraerse leche cuando lo estime necesario. Cuando el hijo/a menor de un año, presente alguna enfermedad que necesite de su cuidado específico, según conste en un certificado emitido por el médico tratante, se dará, tanto al padre como a la madre adolescente las facilidades pertinentes. Él / la estudiante continuará con el apoyo del Profesor Tutor y el/la Coordinador/a Académica del Ciclo, quien se preocupará que se le otorguen las facilidades pedagógicas y de evaluación correspondiente, en tanto la situación de maternidad / paternidad le impida asistir regularmente a clases. Respecto del Consejo Escolar: El Consejo Escolar deberá tener conocimiento del Protocolo de Retención de Estudiantes Embarazadas, Madres y Padres Adolescentes. Esto será informado en reunión, quedando en acta.Respecto del Reglamento de Convivencia: Se registrará la asistencia, permisos y horarios de ingreso y salida de él / la estudiante, diferenciando las etapas de embarazo, maternidad y paternidad. Para esto

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existirá un cuaderno de registro por estudiante que se encontrará en recepción del Establecimiento.

Él / la estudiante deberá presentar el carnét de salud o certificado médico, cada vez que falte a clases por razones asociadas al embarazo, maternidad y paternidad. El Equipo de Convivencia Escolar verificará en forma regular las inasistencias y atrasos del estudiante.Respecto de deberes del apoderado/a: El apoderado/a deberá informar la condición de embarazo, maternidad o paternidad del estudiante. El Dpto. de Convivencia Escolar en conjunto con profesor/a Jefe responsable informará sobre los derechos y obligaciones, tanto del/la estudiante, como de la familia y de la escuela. Cada vez que el/la estudiante se ausente, el apoderado deberá concurrir al Establecimiento a entregar el certificado médico. Además deberá preocuparse de velar por materiales de estudio y calendario de evaluaciones. El apoderado deberá mantener su vínculo con el colegio cumpliendo con su rol de apoderado/a. ·El apoderado/a deberá firmar un compromiso de acompañamiento al adolescente, que señale su consentimiento para que el/la estudiante asista a los controles, exámenes médicos y otras instancias que demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido, que implique la ausencia parcial o total del/la estudiante durante la jornada de clase. El apoderado/a deberá notificar al colegio de situaciones como cambio de domicilio o

si el hijo/a en condición de embarazo, maternidad o paternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.

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CAPITULO II

NORMAS GENERALES DE ÍNDOLE TÉCNICO-PEDAGÓGICO

DE LA CONCEPCIÓN CURRICULAR.

Art. 18: Creación de un clima de aula apropiado para el aprendizaje

a) La creación de un clima de respeto, de equidad, de tolerancia, de

solidaridad, entre otros, dentro de la sala de clases, adquiere especial relevancia

porque las investigaciones realizadas en este campo indican que la calidad de los

aprendizajes depende, en gran medida, de componentes que van más allá de

las prácticas de enseñanza mismas y que también influyen aspectos sociales,

afectivos y materiales.

En tal sentido, resultan claves aspectos como el entusiasmo del profesor o profesora

por enseñar, las expectativas que tenga sobre las posibilidades de aprender de sus

estudiantes, el apoyo y la estimulación de las fortalezas antes que el acento en las

debilidades, la valoración de sus características e intereses, la acogida y

consideración de sus preocupaciones particulares, y el aprecio por su potencial

intelectual y humano.

Asimismo, son importantes las interacciones que ocurren al interior del aula

entre docente, estudiantes y asistentes de aula, y de estos últimos entre sí. Es claro

que los aprendizajes se ven favorecidos cuando ocurren en un clima de confianza, de

aceptación, de equidad y de respeto entre las personas.

Igualmente, cuando se establecen y mantienen normas constructivas de

comportamiento, donde la sala de clases se transforma en un espacio de aprendizaje

organizado y enriquecido, que invita a indagar, a compartir y a aprender.

b) Criterios básicos para mantener un clima adecuado:

I.- Establecer un sistema de relaciones de aceptación, equidad, diversidad,

confianza, solidaridad, respeto y empatía.

II.- Manifestar altas expectativas sobre las posibilidades de aprendizaje,

respetando la diversidad de cada estudiante.

III.- Establecer y mantener consistentemente normas de comportamiento dentro del

aula.

IV.- Construir un ambiente organizado de trabajo y disponer los espacios físicos

y los recursos en función de los aprendizajes, tales como mobiliario adecuado en

relación a la edad y numero de los estudiantes en la sala de clases, bajar niveles de

contaminación acústica para así generar un ambiente adecuado para el aprendizaje.

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c) Establecer un clima de relaciones de aceptación, equidad, confianza, solidaridad y respeto. Un clima de respeto en la sala de clases, está dada por la manera cómo el o la docente se relaciona con sus estudiantes y el tipo de relación que estimula entre ellos.

Un buen clima de aula se caracteriza porque las y los estudiantes se sienten valorados y seguros; saben que serán tratados con dignidad, que sus preguntas, opiniones y experiencias serán acogidas con interés y respeto. Este tipo de relaciones entre docentes y estudiantes se caracteriza por un trato respetuoso y cordial, donde la profesora o profesor no olvida su rol de autoridad pedagógica, responsable del curso en que enseña, y las y los estudiantes reconocen esa autoridad. En un ambiente como el descrito, el docente escucha prudentemente a sus estudiantes y promueve que se escuchen entre sí, tanto en conversaciones sobre sus experiencias y sentimientos, como en las referidas a los contenidos de la clase; valora sus aportes, los comenta, los enriquece y abre espacios de intercambio con el resto del curso.

Del mismo modo, demuestra con sus actitudes que las diferencias culturales, étnicas, de género, físicas o socioeconómicas son consideradas como fortalezas, en cuanto permiten enriquecer las conversaciones, conocimientos y experiencias del conjunto de estudiantes.

d) Manifestar altas expectativas sobre las posibilidades de aprendizaje de cada estudiante.

Un aspecto crucial al interior de las salas de clase es la capacidad del profesor o profesora para despertar el interés por el aprendizaje en sus estudiantes. Esto se relaciona estrechamente con su disposición a comprometerse con los contenidos que enseña y, también, con lograr que se motiven y valoren lo que están aprendiendo.

Cuando un(a) docente tiene altas expectativas sobre los aprendizajes, la sala de clases se distingue porque hay un ambiente activo, en el que docentes y estudiantes se formulan preguntas; están interesados en indagar, llegar a resultados y aprendizajes satisfactorios y en comunicar a otros sus hallazgos.

En un ambiente así, las y los estudiantes se sienten desafiados a aprender, apoyados por su docente, quien tiene la convicción de que todos pueden aprender y esforzarse para lograrlo, no por imposición sino favoreciendo el ejercicio de su autonomía.

De esta manera, no temen al ridículo cuando proponen ideas, preguntan u opinan sobre temas de su interés, ya que saben que la clase es un espacio para aprender y cuestionarse, y que su profesor(a) se interesará por sus aportes.

Las y los estudiantes se sienten seguros porque su docente refuerza su compromiso con el logro de buenos resultados y trabajos bien hechos; no enfatiza solamente la realización de la actividad o la tarea, sino también el sentido y calidad de la misma, ofreciendo ayuda para que lo logren.

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e) Establecer y mantener normas consistentes de comportamiento en el aula.

La enseñanza no se puede generar en un ambiente en el que el comportamiento de las y los estudiantes no permite el trabajo coordinado y organizado. Cuando la clase es interesante, los estudiantes están comprometidos y concentrados, por lo tanto, es menos probable que se distraigan y promuevan el desorden.

Es necesario establecer normas claras, concordadas entre docentes y estudiantes, que orienten las interrelaciones y faciliten los aprendizajes. En este sentido, es importante explicitar los efectos y las consecuencias para quienes traspasen los límites establecidos; estas transgresiones deben ser tratadas con sentido formativo.

Estas normas deben tener la flexibilidad suficiente como para adecuarse a las características de los estudiantes y sus necesidades de aprendizaje. La flexibilidad no debe entenderse como despreocupación o laxitud, sino claramente como una adecuación criterios a las particularidades de cada estudiante.

Las normas que sean adecuadas al nivel de desarrollo de las y los estudiantes, que prevengan y eviten actitudes violentas o descalificatorias y, especialmente, que los estimulen a monitorear su propio comportamiento.

f) Construir un ambiente organizado de trabajo y disponer los espacios y recursos en función de los aprendizajes.

Las mejores estrategias de enseñanza son inútiles en un ambiente desestructurado. Por lo tanto, es relevante desarrollar procedimientos claros y explícitos para que se genere un trabajo fluido y una utilización eficiente del tiempo.

Las “rutinas” o “procedimientos para el trabajo en la sala” permiten la organización de las diferentes actividades. Un aula sin “procedimientos de trabajo para aprender” es fácilmente reconocible: se pierde tiempo en asuntos no relacionados con actividades de enseñanza, el curso debe esperar que el profesor(a) organice las actividades, el trabajo no tiene orientación clara, faltan materiales y las etapas de la clase son confusas, los estudiantes no saben qué hacer para empezar la actividad o qué hacer cuando terminan el trabajo.

En una clase bien organizada, se pueden distinguir claramente las actividades de inicio, de desarrollo y de cierre. Las y los estudiantes saben cómo trabajar o qué se espera de la clase y, también, qué se desea de ellos. Ocupan su tiempo en actividades interesantes y relevantes.

Además, se ocupa poco tiempo en acciones que no son de enseñanza, como mantener la disciplina, explicar repetidamente las instrucciones, llamar la atención, etc., porque una clase bien organizada es dinámica, hay momentos de conversación, de interacción con los pares y con la profesora o profesor, donde todos participan.

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Art. 19.- DIAGRAMA REGLAMENTO DE EVALUACIO ESC. BAS. VALLE DEL CHOAPA.

Se basa en

La Ley 20248 que crea una Subvención Educacional

denominada Preferencial, SEP, destinada al

mejoramiento de la calidad de la educación de los

Establecimientos Educacionales Subvencionados,

que se impetrará por los Alumnos Prioritarios que

estén cursando primer o segundo nivel de transición

de la Educación Parvularia y Educ. General Básica.

Las disposiciones contenidas en el Reglamentos de Evaluación y Promoción escolar de alumnos y alumnas de Enseñanza Básica (Decreto 511/97, Dec. 158/99 que modifica 511/97 y 112/99, y Dec. 107/2003 quemodifica 511/97

Establece(acuerda)

Disposiciones Generales De las Calificaciones

De la Asistencia

Régimen Tipos de Notas del 1.0 al 7.0 Mínima 4.0

Mínimo

Casos especiales: Semestral Evaluaciones

60% de exigencia

aprobación 85% Dirección

Evaluación

diagnóstica

Nota Semestral: Ponderación de

diferentes procedimientos y prueba

de nivel. Sin aproximación a la cent.

Evaluación

Formativa

Calificación Anual:

Promedio dos calificaciones

Evaluación Sumativa

Evaluación Diferenciada.

Serán

Promovidos

Docente Especialista

Evaluación y/o

Prueba de Nivel

Reevaluación NEE Docente Especialista

SI NO Diversidad de

Evaluación Nt1 Nt2

Los que no cumplan Procedimientos

con los requisitos de

promoción consignado

Los que hubieran aprobado todos los sectores en el reglamento.

de sus respectivos planes de estudio

De 2°,4° a 8° E.B, que no hubieren reprobado 1

sector y su promedio sea igual o superior a 4,5

Los alumnos de 1° y 3° E.B, que hayan logrado El director decide excepcionalmente,

lectoescritura y/o matemática previo informe no promover, por retraso

pedagógico, (Decreto 107/2003. Art único)

De 2°,4° a 8° E.B, que no hubieren reprobado 2

sectores y su promedio sea igual o superior a 5,0

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CAPITULO III

NORMAS TÉCNICO ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO DE LOS

CARGOS, ROLES, FUNCIONES Y ACTIVIDADES DE CADA FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL.

DE LOS PERFILES, DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL DE LA ESCUELA.

Art. 20.-.- PERFIL DEL DOCENTE Y EDUCADORA DE PÁRVULOS:

a) Compromiso profesional y éticamente responsable de su quehacer laboral.

b) Participativo y en pleno conocimiento de las propuestas del Proyecto Intercultural del Establecimiento.

c) Valora y respeta a los niños y a las niñas que tiene a su cargo con todas sus características físicas, sociales, de género, culturales, lingüísticas, etc.

d) Disposición a la innovación y perfeccionamiento constante en la (s) disciplina (s) que enseña.

e) Creativo y motivador en sus clases para el logro de aprendizajes significativos en todos sus educandos.

f) Empático y respetuoso con todos los integrantes de la Comunidad Educativa, sin dejar de ser crítico y exigente en el proceso de desarrollo y formación integral, dentro de un clima de sana convivencia.

g) Atento y proactivo frente a cualquier forma de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento ocurrida entre los Alumnos y Alumnas dentro o fuera del establecimiento.

h) Disposición positiva a la prevención e información del acoso sexual, consumo de drogas, maltrato.

i) Capacidad de liderazgo y trabajo en equipo.

j) Capacidad de integración o participación en las diversas actividades y/o compromisos de la Escuela con la familia y comunidad.

k) Respetar y aplicar el protocolo de acción frente a la venta, distribución, consumo y uso de drogas o sustancias ilícitas.

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Art. 21.-.- PERFIL DEL ALUMNO Y ALUMNA:

Siendo una constante de nuestro Establecimiento Educacional la sana convivencia y la atención a la diversidad, el Perfil del Alumno y Alumna que queremos lograr, es el que la Escuela pretende para todos sus educandos respetando si, los tiempos y Necesidades Educativas Especiales (N.E.E.) de los Alumnos y Alumnas a través de un trato digno, sin discriminación alguna:

a) Seguros de sí mismos, con autoestima y con identidad personal y cultural.

b) Practica y valora su cultura: Ser personas que se desenvuelven adecuadamente

en su comunidad, pero también pueden hacerlo en otros contextos socioculturales.

c) Practican la interculturalidad: Ser personas que respetan a los que son

diferentes y que no discriminan a nadie por ningún motivo: sexo, raza, religión, género, capacidades, etc., que no se dejan discriminar y que tampoco permiten que otros discriminen a los que están a su alrededor.

d) Autoimagen Positiva: Valorarse como persona positiva, alegre, confiada en sus

aptitudes, capacidades y desarrollo personal. e) Responsable y Autónomo: Capaz de tomar decisiones basadas en sus

intereses y cumplimientos de metas. f) Creativo y Comprometido con sus funciones escolares: Desarrollo de la

personalidad y de su capacidad intelectual al servicio de nuevos y mejores aprendizajes.

g) Respetuoso y Tolerante: Valorar el respeto y el buen trato como normas

indispensables para una sana convivencia escolar. h) Honrado y veraz: Ante tareas, calificaciones, pertenencias de otras personas,

entre otras. i) Conciencia Ecológica del Medio Ambiente: Respeto por el entorno del Medio

Natural y Cultural apoyando y colaborando con el Cuidado y Mantención de los espacios educativos y del entorno a través de una conciencia ecológica.

j) Conciencia crítica y preventiva frente al consumo de drogas: Participación en

el desarrollo de todas las actividades que fortalezcan los factores protectores para desarrollar una vida escolar y social saludable.

Para los Alumnos y Alumnas con N.E.E. de la Escuela Básica Valle del Choapa, rige el mismo perfil, respetando si, sus diferencias y Necesidades Educativas Especiales. Por lo cual se les solicita mantener las siguientes normas:

k) Demostrar interés en asistir a los Talleres en que participan. l) Demostrar interés por lograr superar sus dificultades

m) Mantener buen comportamiento en clase y/o taller.

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n) Acudir a todas las citaciones de los profesionales que no son profesores, como Psicólogo, Fonoaudiólogo y Trabajadora Social.

o) Utilizar adecuadamente los recursos materiales en los talleres.

p) Participar e integrarse a las diversas actividades propias del curso y de la Escuela.

Art. 22.- PERFIL DEL ASISTENTE DE LA EDUCACION.

a) Valorar su trabajo como medio sólido para alcanzar la realización personal y mejorar su calidad de vida.

b) Promover y asegurar una sana convivencia escolar realizando sus actividades con respeto mutuo y tolerancia.

c) Identificarse con la Misión de la Escuela y practicarla con el ejemplo personal en sus actitudes y hábitos.

d) Ser responsable y respetuoso consigo mismo y con los demás. e) Ser transparente en su conducta, honesto, leal y solidario. f) Ser capaz de trabajar en equipo y manejar buenas relaciones con cada

integrante de la Unidad Educativa. g) Manifestar una actitud de rechazo frente a la venta, distribución, consumo y uso

de drogas o sustancias ilícitas. h) Estar siempre a disposición de la escuela. i) Colaborar con el equipo directivo y sus pares (inherente a la función que

desempeña)

Art. 23.- PERFIL DEL APODERADO.

a) Ser un constante colaborador del proceso de enseñanza y aprendizaje. b) Ser respetuoso de las normas establecidas en la Escuela. c) Ser perseverante en el apoyo escolar diario frente a tareas, trabajos,

estudio, aseo y presentación personal de sus Pupilos y Pupilas. d) Comprometer su participación en todas las actividades que lleva a cabo la

Escuela: reuniones, apoyo a sus hijos y/o pupilos en el quehacer pedagógico y disciplinario, actos, charlas, talleres de prevención de consumo de drogas y otros.

e) Comprometer su exigencia para que sus Pupilos y Pupilas participen en los Actos y Desfiles que le correspondan a la Escuela.

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DEL DIRECTOR. Es el (la) Docente que como Jefe (a) del Establecimiento es responsable de la Dirección, Organización y Funcionamiento de toda la Unidad Educativa, de acuerdo a las normas generales, legales y reglamentarias vigentes.

A partir de la Ley General de la Educación El artículo 10 de la Ley Nº 20.370/09, establece que: “Sin perjuicio de los derechos y deberes que establecen las leyes y reglamentos, los integrantes de la comunidad educativa gozarán de los siguientes derechos y estarán sujetos a los siguientes deberes”:

Art. 24.- DERECHOS DEL DIRECTOR:

a) Velar por la gestión a nivel pedagógico, institucional y administrativo.

b) Ser respetado por todos los Estamentos de la Escuela.

c) Planificar, coordinar, organizar, supervisar y evaluar la marcha educativa de la Escuela, con el fin de lograr los objetivos propuestos en el P.E.I.

d) Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y evaluación del currículum del Establecimiento, procurando una eficiente distribución de los recursos asignados.

e) Coordinar, supervisar, apoyar y constatar el funcionamiento de todos los organismos de la Escuela.

f) Acompañar y supervisar la función docente para lograr que el proceso de enseñanza aprendizaje sea coherente con los objetivos educacionales propuestos en el P.E.I.

g) Presidir los diversos Consejos, delegando funciones cuando corresponda.

h) Participar en reuniones de Directivos Locales, Comunales y otras que requiera el servicio.

i) Controlar el régimen disciplinario de acuerdo a las normas del Manual y Reglamento de Convivencia.

j) Tomar medidas disciplinarias, desde una suspensión hasta la cancelación de matrículas de un Alumno o Alumna, de acuerdo a las condiciones establecidas en este Manual y Reglamento de Convivencia.

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Art. 25.- DEBERES DEL DIRECTOR:

a) Conocer y vivenciar en su actuar profesional y desarrollo personal, el PEI de la Escuela.

b) Impulsar procesos de reflexión y cambio para optimizar la respuesta de la Escuela a la diversidad a nivel de: Una cultura escolar inclusiva, Organización y gestión escolar centrada en el aprendizaje y la colaboración, Prácticas educativas para la diversidad.

c) Cultivar, construir, fomentar el respeto y una sana convivencia, valorando y apreciando la integridad, el bienestar físico y psicológico de todos y cada uno de los integrantes de la Comunidad Educativa.

d) Desarrollar la capacidad de liderazgo de los demás, estimulando el talento y la motivación, en un clima de colaboración y confianza, lejos de la competitividad entre las partes.

e) ser un agente de cambio que aprovecha las competencias y esfuerzo de todos en torno a una misión común.

f) Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autoridades educacionales competentes.

g) Propiciar un ambiente educativo estimulante, creando condiciones favorables para el logro de los O.F. y los O.F.T. en el marco del currículo propuesto.

h) Integrar el Comité de Convivencia Escolar. i) Procurar la existencia de recursos y material didáctico suficiente y adecuado al

nivel y modalidad de enseñanza que se imparte en las diferentes áreas y niveles.

j) Evaluar el rendimiento escolar, de acuerdo a las normas del control de calidad del proceso de enseñanza - aprendizaje procurando que se determinen las estrategias para mejorarlo.

k) Preocuparse constante, de realizar acciones proactivas y reactivas, por la salud, bienestar, formación valórica y desarrollo integral de los Alumnos y Alumnas entregando apoyo y gestión.

l) Estimular y facilitar el perfeccionamiento y/o capacitación del Personal, de su

dependencia, como así mismo la investigación y experimentación educacional.

m) Facilitar las medidas necesarias para la realización de supervisión e inspección por parte del Ministerio de Educación, conforme a las instrucciones que emanen de la Superioridad.

n) Vincular el Establecimiento Educacional con los Padres, Apoderados y Organismos de la comunidad.

o) Prestar apoyo oportuno y calificado a Padres y Apoderados cuando estos lo requieran por problemas intrafamiliares que afecten al educando.

p) Frente a casos de consumo, comercialización, porte o permuta de drogas será obligación del Director, según dicta la Ley 20.000 comunicarse con la Unidad Policial más cercana, con el alumno/a y su apoderado.

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DEL JEFE/A DE LA UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA. Es el (la) Docente, responsable de asesorar al Director en la programación, organización, supervisión y evaluación del desarrollo de las actividades curriculares. La Jefa Técnica facilitará el logro de los aprendizajes educacionales, optimizará el desarrollo de los procesos técnicos pedagógicos. Además será el principal soporte técnico que lidera los cambios y las acciones de mejoramiento al interior de la Escuela.

Art. 26.- DERECHOS DE LA JEFA U.T.P:

a) En ausencia del Director, subrogarlo en la Dirección y funcionamiento del Establecimiento.

b) Ser respetado por todos los Estamentos de la Escuela.

c) Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar del alumnado procurando el

mejoramiento permanente del proceso enseñanza aprendizaje.

d) Organizar y dirigir los Talleres de Reflexión Pedagógica.

e) Dirigir la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje con el fin de verificar el nivel de logros alcanzados y tomar las decisiones pertinentes.

f) Asesorar al Director en el proceso de elaboración del plan de actividades

curriculares del Establecimiento Educacional

g) Asesorar y supervisar a los docentes en la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación y en la aplicación de planes y programas de estudios.

h) Art. 27.- DEBERES DE LA JEFA U.T.P.:

a) Programar, organizar, supervisar y evaluar junto con los otros integrantes de la Unidad Técnica Pedagógica las actividades correspondientes del proceso enseñanza aprendizaje.

b) Generar instancias sistemáticas de dialogo, reflexión e intercambio de experiencias sobre las practicas pedagógicas entre los Docentes.

c) Cultivar, construir, fomentar el respeto y una sana convivencia, valorando y

apreciando la integridad, el bienestar físico y psicológico de todos y cada uno de los integrantes de la Comunidad Educativa.

d) Planificar el calendario escolar y supervisar su cumplimiento.

e) Revisión y actualización de Programas y Proyectos.

f) Funcionamiento del Banco de Datos con las evidencias de cada nivel y

subsector.

g) Proyectar y proveer los recursos necesarios para desarrollar acciones que aseguren, con efectividad, el aprendizaje de los educandos.

h) Propiciar la integración de los diversos subsectores y/o asignaturas en unidades

extraprogramáticas. i) Propiciar el Perfeccionamiento Docente que permita el mejoramiento de la

Calidad de la Educación.

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DEL COORDINADOR(A) GENERAL.

Es la docente que está encargada de dar las condiciones para que las actividades del Establecimiento se desarrollen en un ambiente de disciplina, bienestar y sana convivencia. Cumple las funciones de Inspectora General.

Art. 28.- DERECHOS DEL COORDINADOR(A) GENERAL (Inspector(a)

General):

a) Ser respetado por todos los Estamentos de la Escuela.

b) Asistir a los Consejos y Reflexión Pedagógica.

c) Velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos de disciplina incluidas en el Manual y Reglamento de Convivencia Escolar.

d) Autorizar la salida extraordinaria de los Alumnos y Alumnas en caso de enfermedad o problemas familiares.

e) Manejar los datos necesarios para confeccionar estadísticas de uso frecuente.

f) Citar Apoderados de los Alumnos y Alumnas en caso de reincidencias en faltas a

las normas del Manual y Reglamento de Convivencia Escolar.

Art. 29.- DEBERES DE LA COORDINADORA GENERAL:

a) Facilitar el proceso de supervisión e inspección del Ministerio de Educación.

b) Control, revisión e información diaria de la asistencia de los Alumnos y Alumnas para envío a Subvenciones.

c) Integrar el Comité de Convivencia Escolar.

d) Controlar la disciplina y presentación personal de los Alumnos y Alumnas exigiendo de ellos y/o ellas hábitos de puntualidad, correcta presentación personal y buen trato hacia todo el personal que trabaja en el Establecimiento y frente a sus pares.

e) Integrar el Comité de Convivencia Escolar.

f) Convocar a reuniones extraordinarias en cursos que presenten problemática

disciplinaria, pedagógica, entre otras.

g) Supervisar y controlar los turnos, formaciones y presentaciones del establecimiento, dentro y fuera del establecimiento

h) Controlar el régimen disciplinario de acuerdo a las normas del Manual

y Reglamento de Convivencia.

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i) Resguardar la integridad de los libros de clases, registro escolar, otros y dar fe de la información que en ellos existe.

j) Aplicar a los Alumnos y Alumnas las sanciones disciplinarias cuando corresponda.

k) Verificar la correcta documentación de los alumnos que ingresan.

l) Entregar documentación de los alumnos que se retiran del establecimiento.

m) Controlar la disciplina del alumnado, exigiendo hábitos de puntualidad y respeto a Directivos, Profesores, Asistentes de Educación, Manipuladoras y entre pares.

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DE LA ORIENTADORA

Es el (la) Profesor(a) responsable de planificar, coordinar, supervisar y evaluar las actividades de orientación educacional, vocacional, profesional y de programas especiales de la vinculadas con orientación además de atender problemas a nivel grupal e individual.

Art. 30.- DERECHOS DE LA ORIENTADORA:

a) Asesorar específicamente a los Profesores Jefes en sus funciones de guía del alumno a través de la Jefatura y Consejo de Curso, proporcionándoles material de apoyo a su labor.

b) Ser respetada por todos los Estamentos de la Escuela.

c) Asesorar técnicamente a Profesores de Asignaturas, cursos y/o especialidades, en materias de orientación y rendimiento escolar.

d) Asistir a los Consejos y Reflexión Pedagógica.

e) Contribuir al perfeccionamiento del personal del Establecimiento en materias de orientación.

f) Coordinar las actividades de orientación de la Escuela y talleres en reuniones de Subcentros de cursos.

g) Coordinar la atención de Psicóloga y Trabajadora Social para atención de los Alumnos y Alumnas.

h) Evaluar periódicamente las actividades de Orientación del Establecimiento.

i) Asesorar a Padres y Apoderados para que contribuyan eficazmente al proceso de orientación de sus hijos e hijas.

Art. 31.- DEBERES DE LA ORIENTADORA:

a) Planificar y coordinar las actividades de orientación vocacional del Establecimiento junto a la Unidad Técnico Pedagógica.

b) Integrar el Comité de Convivencia Escolar.

c) Coordinar y asesorar la programación de las actividades propias de los

programas especiales y redes de apoyo (Escuela para Padres, Talleres de

prevención del alcoholismo, drogadicción, mediación, sexualidad entre otros)

d) Coordinar, apoyar y controlar el Programa de Salud JUNAEB (Oftalmólogo, otorrino y traumatólogo).

e) Distribución de Útiles Escolares, asignar raciones alimentarias de beca JUNAEB y

mantener actualizado el Sistema Nacional de Asignación con Equidad (SINAE).

f) Cautelar los documentos de seguimiento de los alumnos.

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g) Cautelar que los archivadores con expedientes individuales de los Alumnos y Alumnas estén a resguardo y al día.

h) Atender a los Apoderados de Alumnos, Alumnas con problemas de rendimiento,

comportamiento y/o emocionales, cuando se le solicite.

i) Coordinar y apoyar a la Directiva del Centro General de Padres y Apoderados en su funcionamiento.

j) Coordinar y apoyar a la Directiva del Centro de Alumnos en su funcionamiento. k) Asesorar a Padres y Apoderados para que contribuyan eficazmente al proceso

de orientación de sus hijos.

l) Realizar seguimiento de conducta de los alumnos con problemas específicos.

m) Programar y realizar charlas para Padres y apoderados.

n) Trabajar en red y en coordinación con instituciones que forman parte de la Red Infancia.

o) Trabajar en red y en coordinación con Profesionales de la Educación

(Docentes , psicóloga , asistentes sociales u otro) del Establecimiento.

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DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES.

Es el profesional de la Educación que presta servicios en el Establecimiento de Educación Básica como asimismo en la Educación Parvularia.

Art. 32.- DERECHOS DE LOS DOCENTES Y EDUCADORAS DE PÁRVULOS:

a) Ser escuchados con respeto en todo momento por la Dirección, otros Docentes, Alumnado y Apoderados de la Escuela.

b) Participar con carácter consultivo en el diagnóstico, planteamiento, ejecución y evaluación de las actividades de la Escuela y las relacionadas con la Comunidad.

c) Gozar de autonomía en el ejercicio de su función docente. d) Recibir apoyo y asesoramiento para orientar procesos de cambio

y mejoramiento hacia la inclusión. e) Participar en actividades de actualización y capacitación que se basen en los

problemas y necesidades detectadas entre los propios docentes f) Promover el reconocimiento y valoración de las distintas culturas, características

e identidades de todos los estudiantes. g) Solicitar permiso para ausentarse de sus labores por motivos particulares

hasta por seis días en el año calendario con goce de remuneraciones. h) A trabajar en un ambiente armónico, tolerante y de respeto mutuo. i) Recibir buen trato, que se respete su integridad física y moral para una

sana convivencia. j) Ser respaldado en su función por parte de todos los integrantes de la Unidad

Educativa ante cualquier falta de respeto, menoscabo hacia su persona , profesión , agresión verbal, física, psicológica a través de cartas y/o mensajería electrónica, sitios Web, redes sociales (Facebook, WhatsApp,Twitter, Instagram, Youtube, snapchat, etc), mensajes de texto, correos electrónicos, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico por algún miembro de la Comunidad educativa u otra persona dentro y fuera del Establecimiento.

k) Suspender reunión de apoderados según lo amerite ante situaciones de falta de respeto o agresiones verbales entre los apoderados o hacia el docente

l) Trabajar en un ambiente de higiene, limpieza y sana convivencia, respetándose las diferencias individuales.

m) No ser interrumpido en su labor docente en el aula. n) Ser consultado o informado, oportunamente de cualquier cambio que afecte a

su función docente o) Ser informado del incumplimiento de sus funciones laborales a través de un

protocolo de actuación acorde a estas situaciones. p) Tener acceso diariamente a materiales de apoyo pedagógico (fotocopias,

plumones , textos , elementos audiovisuales, entre otros)

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Art. 33.- DEBERES DE LOS DOCENTES Y EDUCADORAS DE PÁRVULOS:

a) Planificar, desarrollar, evaluar y dar a conocer de manera sistemática las actividades evaluadas realizadas por docentes de su asignatura o especialidad.

b) Conocer y aplicar el Reglamento Interno de Convivencia del Establecimiento. c) Generar un clima propicio para el aprendizaje. d) Realizar y firmar las horas de clases que le corresponda de acuerdo al Plan de

Estudio y al horario establecido al inicio del año escolar, según lo estipulado en su contrato de trabajo.

e) Pasar la lista de asistencia del curso durante el primer bloque de clases (08:00 – 09:00 hrs) y luego al inicio de cada hora de clases.

f) Exigir y registrar en la primera hora, la justificación o pase a los alumnos ausentes del día anterior y/o retrasados entregado por Inspectoria General.

g) Respetar horario de ingreso y salida del Establecimiento de acuerdo a la jornada laboral establecido por el contrato y la dirección.

h) Cumplir con las normas técnicas pedagógicas que la escuela exige. i) Estar actualizado en materias técnico pedagógicas de su área. j) Atender a tiempo y con prontitud el curso o clase según horario asignado. k) Hacer uso del celular en horas de clases, solo en caso de emergencia. l) Tratar cordialmente, con respeto y vocabulario adecuado a los apoderados,

alumnos(as) y funcionarios del Establecimiento. m) Exigir el uso correcto del uniforme escolar al interior de la sala de clases. n) Fomentar e internalizar en el alumnado el buen trato, valores, hábitos y actitudes a

través del ejemplo personal y enseñarles con rigor, los contenidos de su especialidad. o) Asistir a los actos educativos culturales y cívicos que la Dirección de la Escuela

determine, considerando y respetando la jornada de trabajo p) Mantener una comunicación permanente y oportuna con los Padres y Apoderados,

proporcionándoles información sobre el desarrollo del proceso educativo , conductual , emocional y seguridad de sus pupilos siguiendo los protocolos establecidos en nuestro Reglamento de Convivencia Escolar : Reuniones de subcentro o entrevistas en horas de atención apoderado , dejando registro en hoja de vida del alumno/a y/o hoja de entrevista al Apoderado.

q) Asistir a las formaciones generales y de aula después de cada recreo. r) Cuidar el orden y presentación personal de los Alumnos y Alumnas. s) Llegar junto a sus Alumnos(as) a la sala de clases. t) Finalizada la clase deberá procurar con sus alumnos(as) entregar la sala limpia,

ordenada. u) Desempeñar turnos que señale el Director. v) Asistir a todas las reuniones que son convocadas por los miembros del Equipo

Directivo, PIE, Dpto. Intercultural y Convivencia Escolar, Reflexión Pedagógica y/o Consejo de Profesores, las cuales se realizaran teniendo en cuenta sus funciones pedagógicas y horario establecido dentro de su contrato de trabajo.

w) Llevar al día su libro de clases, especialmente lo referido a la consignación de asistencias, materias y evaluaciones.

x) Respetar la Institucion y la labor docente. y) Comunicar al Director cualquier situación relacionada con consumo, porte,

Comercialización, permuta de drogas y maltrato físico o psicológico al interior del Establecimiento de cualquier miembro de la Comunidad Educativa.

z) Respetar la discreción y la confidencialidad con respecto a la información y situaciones personales de los alumnos

aa) Respetar la confidencialidad de la información y acuerdos que se tomen en el consejo de profesores.

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DEL PROFESOR JEFE Y / O DEL AULA. La función Docente es aquella de carácter profesional de nivel superior que lleva a cabo directamente los procesos sistemáticos de enseñanza y educación, lo que incluye el diagnóstico, planificación, ejecución, evaluación y retroalimentación de estos procesos y las actividades educativas generales y complementarias que tienen lugar en las Comunidades Educativas. El Docente de Aula es el profesional responsable directo de administrar el proceso enseñanza aprendizaje y asegurar que los Alumnos y Alumnas tengan éxito en el desarrollo de todas sus potencialidades.

Art. 34.- Corresponde al Docente las siguientes funciones:

a) Reunir y organizar las informaciones sobre los Alumnos y Alumnas llevando un registro del progreso escolar (libretas de calificaciones y otros documentos).

b) Organizar y asesorar el Consejo de Curso.

c) Organizar, asesorar y reunirse, con los Apoderados con el objeto principal de

informarles del progreso de sus Pupilos. Cada reunión deberá regirse por la calendarización entregada por UTP.

d) Informar en de problemas conductuales y/o aprendizaje a la entidad

correspondiente.

e) Mantener contacto permanente con los profesores de cada Subsector,

Profesor de Ed. Especial u otro Profesionales, para recibir información del proceso escolar y educativo de sus alumnos.

f) Elaborar informes de alumnos que sean solicitados por la dirección y/o

UTP, red de apoyos, apoderados, especialistas, entre otros

g) Derivar a la Dirección, U.T.P, inspectoría general, Orientación los casos cuyo diagnóstico y tratamiento sobrepasen funciones específicas del docente.

Art. 35.- DE LOS DEBERES DEL PROFESOR DE TURNO.

a) Dirigir y coordinar en conjunto con la Dirección, todo lo concerniente a: Formaciones y Actos.

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DEL PERSONAL ASISTENTES DE LA EDUCACION.

El Estamento Asistente de la Educación está conformado por todo el Personal que trabaja en el Establecimiento y que no es Profesor o Profesora.

Art. 36.- DERECHOS DEL PERSONAL ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN:

a) Tomar medidas y sanciones ante una agresión verbal y física de cualquier integrante de la Unidad Educativa

b) Recibir un trato digno, igualitario y respetuoso de parte de todos los integrantes de la Unidad Educativa; Dirección, Profesores, Alumnado y Apoderados.

c) Realizar sus actividades en un ambiente de higiene, limpieza y sana

convivencia.

d) Ser escuchado por cada estamento de la Unidad Educativa. e) Ser considerados en las decisiones importantes que involucran a toda la

comunidad educativa

f) Que se respete su integridad física, psicológica y moral no pudiendo ser objeto

de tratos vejatorios o degradantes por parte de algún miembro de la Comunidad Educativa u otro ajeno a esta.

g) No realizar actividades que atenten contra su seguridad personal.

h) Proveerles de útiles, herramientas y equipos de seguridad necesarias para desempeñar de manera segura y en buena forma su labor diaria.

i) Proponer las iniciativas que estimen útiles para el progreso del Establecimiento.

j) Solicitar permiso para ausentarse de sus labores por motivos particulares

hasta por seis días en el año calendario con goce de remuneraciones.

Art. 37.- DEBERES DEL PERSONAL ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN:

. a) Tratar cordialmente, con respeto y vocabulario adecuado a los apoderados,

alumnos y funcionarios del establecimiento para mantener una sana convivencia

b) Fomentar e internalizar en el alumnado el buen trato, valores, hábitos y actitudes a través del ejemplo personal.

c) Hacer uso del celular en horas de trabajo, solo en caso de emergencia.

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d) Concurrir a todas las reuniones que son convocadas por los miembros del

Equipo Directivo, las cuales se realizaran teniendo en cuenta sus funciones y horario establecido dentro de su contrato de trabajo.

e) Cumplir con responsabilidad, esmero y respeto sus labores asignadas por

la Dirección, Personal reemplazante o designado por el Director.

f) Comunicar lo observado ante actitudes de maltrato o actitudes negativas hacia los Alumnos y Alumnas y entre ellos(as), a Docentes, Inspectoría General, Orientador(a) y Director.

g) Informar al Director, Orientadora y/o Inspectora General de situaciones irregulares que afecten el desempeño de su función, de su ámbito de trabajo, mediante un documento y/o informe escrito, para la búsqueda de soluciones.

h) Mantener una actitud confidencial, de respeto y cooperar ante casos, procedimientos de Convivencia Escolar que se estén llevando en el Establecimiento.

i) Llegar puntualmente a la escuela de acuerdo al horario establecido por Dirección.

j) Apoyar la labor del Profesor cuando lo requiera.

k) Entregar y recibir material audiovisual, didáctico o de apoyo a las actividades

lectivas y extraescolares.

l) Tolerancia, empatía y respeto mutuo.

m) Comunicar al Director cualquier situación relacionada con consumo, porte,

comercialización, permuta de drogas o maltrato al interior del Establecimiento.

n) Colaborar con sus pares en las funciones designadas por el equipo directivo

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FUNCIONES ESPECÍFICAS PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE LOS AUXILIARES DE SERVICIOS.

Art. 38.- LAS FUNCIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO:

a) Hacer buen uso del material y bienes de la Escuela. b) Velar por el buen uso de los timbres y otros sellos propios de la Escuela.

Art. 39.-LAS FUNCIONES DEL PERSONAL AUXILIARES DE SERVICIOS:

a) Son responsables directo del aseo y demás funciones subalternas de índole similar.

b) Colaborar en el mantenimiento del orden y el aseo en todas las

dependencias del Establecimiento.

c) Abrir o cerrar dependencias del Establecimiento y manejar las llaves.

d) Retirar, repartir mensajes, correspondencia y otros.

e) Realizar reparaciones e instalaciones menores del local.

f) Cuidar y velar por el uso, conservación de materiales, útiles y herramientas de

la Escuela.

g) Desempeñar cuando proceda, atención de portería.

h) Informar previamente a su superior la solicitud de ingreso de personas, antes

de autorizar su entrada.

i) Realizar otras tareas de apoyo a la marcha del Establecimiento cuando solicite la Dirección,UTP o quién lo requiera previa autorización de la Dirección.

j) Mantener en todo momento una actitud de respeto, honestidad y lealtad para

con Director, U.T.P, Docentes, alumnos, alumnas, apoderados y pares.

k) Usar un vocabulario adecuado al Establecimiento Educacional.

l) Comunicar a todos los estamentos, incluyendo a Profesor Jefe cualquier situación relacionada con consumo, porte, comercialización, permuta de drogas y maltrato al interior del Establecimiento.

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Art. 40.- FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LA BIBLIOTECARIA.

Es aquella persona que cumple labores en la Biblioteca Escolar del Establecimiento.

Funciones: a) Mantener al día el inventario de textos y materiales didácticos de la

Biblioteca CRA. b) Cautelar la conservación, mantención y resguardo del material de la

Biblioteca CRA. c) Ser apoyo a las labores educativas de los Alumnos y Alumnas en sus trabajos

de investigación. d) Cumplir las tareas inherentes a las funciones emanadas por la Dirección. e) Monitorear el buen funcionamiento de la Biblioteca CRA. f) Comunicar al Director o a quien lo reemplace cualquier situación relacionada con

consumo, porte, comercialización, permuta de drogas y maltrato al interior del Establecimiento.

g) Proponer proyectos e iniciativas al equipo directivo para ser incluidos en el PME para un bbuen desempeño laboral.

DEL ENCARGADO DEL LABORATORIO DE INFORMÁTICA.

Funcionario que cumple horario y labores en los Laboratorios de Informática para velar por la conservación, mantención y buen uso de los computadores y material que en ellos se encuentra.

Art.41.- FUNCIONES DEL ENCARGADO DEL LABORATORIO DE INFORMÁTICA:

a) Mantener en buen estado las redes informáticas del establecimiento y todos los elementos de la Sala de Informática.

b) Mantener al día el inventario de software educativos y recursos de la Sala de Informática.

c) Cautelar la conservación, mantención y resguardo del material del Laboratorio. d) Ser apoyo a las labores educativas de los Alumnos y Alumnas en sus trabajos

de investigación. e) Cumplir las tareas inherentes a las funciones emanadas por la Dirección. f) Atender según horarios a Cursos, Alumnos y Alumnas del Establecimiento. g) Apoyar a los Profesores en el uso de los recursos informáticos. h) Será obligación del encargado del Laboratorio de Informática comunicar al

Director cualquier situación relacionada con consumo, porte, comercialización, permuta de drogas o maltrato al interior del Establecimiento.

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DE LAS AUXILIARES DE PÁRVULOS

Es el personal que apoya a la labor de las Educadoras de Párvulos, cautelando la conservación, mantención de los recursos materiales de sala y espacios del recinto.

Art. 42.- FUNCIONES DE LAS AUXILIARES DE PÁRVULOS:

a) Cumplir con las funciones inherentes al trabajo con los Párvulos.

b) Apoyo en confección y elaboración de material didáctico.

c) Trabajo de decoración de los espacios físicos de prebásica.

d) Resguardar la seguridad e integridad física de los Párvulos.

e) Cumplir con funciones emanadas de la Dirección.

f) Comunicar al Director cualquier situación relacionada con consumo, porte, comercialización, permuta de drogas o maltrato al interior del Establecimiento.

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DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS.

Art. 43.- DERECHO DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS:

a) Recibir una formación y educación de acuerdo a lo que estipula la Misión de la Escuela y el Perfil del Alumno.

b) Ser tratados y tratadas con respeto en todo momento y lugar, por todas las personas que laboran en la Escuela.

c) Permanecer en un ambiente seguro, limpio, agradable y propicio para el aprendizaje.

d) Optar por participar en las distintas actividades: sociales, religiosas, artísticas, deportivas o culturales que favorezcan la autonomía y el desarrollo de su libertad personal.

e) Ser escuchado y comprendido en sus peticiones debidamente argumentadas en un margen de respeto

f) Que su rendimiento y comportamiento escolar sea evaluado con objetividad. g) A ser informado de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de

acuerdo al Reglamento de Evaluación y Promoción. h) Recibir información relacionada con su actividad escolar. i) Recibir atención del Seguro Escolar en caso de accidente ya sea al interior del

recinto escolar o durante el trayecto escuela-hogar, salidas pedagógicas o en actividades artísticas culturales y deportivas fuera del Establecimiento.

j) Recibir, en caso de accidente o enfermedad repentina, la atención de primeros auxilios y si la situación lo requiere, ser derivado al hospital, centro de salud familiar. Si la escuela (Director, Inspector General, Profesor de Sector o Inspector de Patio.) no ha tomado conocimiento del accidente porque el alumno no informó, no se responsabilizará de las consecuencias que éste pudiera tener.

k) Recibir los beneficios asistenciales de la JUNAEB, Ley SEP y otras instancias, según prioridades establecidas en la norma.

l) Recibir un reconocimiento positivo que será registrado en su hoja de vida, cuando desarrolle o tenga comportamiento digno de ser destacado.

m) Ser atendidas sus situaciones individuales de carácter pedagógicas y personales como: N.E.E, maltratos, enfermedad y /o accidente, situaciones de embarazo, entre otras que requieran una atención especial.

n) En situaciones de ausencias escolares debidamente justificadas por él o la Apoderado(a) tendrá derecho a cumplir con sus obligaciones escolares, mediante un sistema personalizado y calendarizado.

o) A rendir una prueba fuera de plazo estipulado por calendario, previa inasistencia justificada.

p) Recibir información relacionada con sus actividades académicas: calendarización de las evaluaciones, sistemas y procedimientos evaluativos, ya sean pruebas, trabajos, actividades asignadas.

q) Conocer el resultado de sus evaluaciones en forma oportuna, según lo especificado en el Reglamento de Evaluación de la escuela, y atender a sus objeciones en caso de no estar de acuerdo con ellas.

r) Plantear respetuosamente preguntas sobre diferentes aspectos del proceso enseñanza – aprendizaje, las cuales deben ser contestadas con interés y respeto por parte de los profesores o personal de la escuela.

s) En caso de estar involucrado en una situación de indisciplina tiene el derecho a ser escuchado y explicar las razones que tuvo para actuar de determinada manera y, siendo considerado inocente mientras no se demuestre lo contrario.

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t) Organizarse en Centro de Alumnos y elegir a sus representantes en forma democrática e informada y asesorada por un docente.

t) Ser informado del Reglamento de Evaluación y del manual de Convivencia Escolar

u) Tiene derecho, además, a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas o ideológicas, así como su identidad personal, conforme al presente Manual y Reglamento del Establecimiento.

Art. 44.- DEBERES DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS:

a) Adoptar un comportamiento que esté de acuerdo con el Manual y Reglamento de Convivencia.

b) Aceptar que el respeto a todas las personas es primordial para una sana convivencia y un ambiente adecuado para el aprendizaje.

c) Brindar un trato respetuoso y no discriminatorio con todos los integrantes de la Comunidad Educativa.

d) Mantener una actitud de respeto en actos cívicos, desfiles, salidas a terreno, visitas pedagógicas, u otras actividades de convocatoria masiva

e) Manifestar corrección en sus modales, lenguaje y trato dentro o fuera del Establecimiento.

f) Ser prudente, tolerante, respetuoso y escuchar a la otra persona en todo tipo de situaciones conflictivas.

g) Excusarse ante faltas cometidas, reconociendo el o los errores. h) Mantener una actitud preventiva del autocuidado de su persona y su salud. i) Participar activamente en el trabajo escolar, cumplir sus obligaciones

escolares, horarios y las orientaciones dadas por el personal a su cargo. j) Aceptar y cumplir las responsabilidades que le asignen los Profesores. k) Esforzarse por alcanzar al máximo el desarrollo de sus capacidades. l) Asistir y participar correctamente uniformado a los actos cívicos, culturales,

deportivos, citados por la dirección de la escuela, manteniendo un comportamiento de respeto y disciplina.

m) Usar adecuadamente las instalaciones, mobiliario y material didáctico que el Establecimiento pone a su disposición.

n) Mantener aseados sus lugares de trabajo, sala de clases, comedor, pasillos, patios, escaleras, entre otros.

o) No lanzar papeles u objetos en la sala de clases, comedores, patios y jardines. p) Evitar juegos bruscos y con objetos que pueden dañar a compañeros u

otra persona; trompo, botellines u otros. q) No traer objetos distractores y de valor (celulares, máquinas fotográficas,

aparatos electrónicos, joyas, dinero, entre otros). Además el personal de la Escuela no se responsabiliza por pérdidas y/o daños de estos objetos mencionados.

r) Expresar por si mismo o a través de su Apoderado cualquier queja fundada respecto a situaciones que estime injustas y arbitrarias. El conducto regular en las situaciones anteriores será: 1. Profesor o Profesora del Subsector. 2. Profesor o Profesora Jefe. 3. Orientadora 4. Coordinadora General (Inspectora General). 5. U.T.P. 6. Dirección

s) Asistir a lo menos al 85% de las clases lectivas en el año escolar, en caso de enfermedad, debe presentar certificado médico.

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Art. 45.- DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD DE LOS ALUMNOS y ALUMNAS.

La asistencia a todas las clases y actividades programadas y extraprogramáticas es obligatoria.

a) La asistencia es de carácter obligatoria para las clases, actividades extra-escolares, citaciones por compromisos oficiales ante Actos y Desfiles, beneficios de alimentación y salud escolar.

b) La inasistencia al Establecimiento y los atrasos durante la jornada escolar deberán ser registrados despues en el registro diario del libro de clases del profesor.

c) Los atrasos al llegar al Establecimiento serán registrados por el personal de Inspectoría general, después de las 08:10, luego los alumnos atrasados deberán ser enviados a la Biblioteca hasta el cambio de hora, para posteriormente recibir un pase para entrar a la sala de clases.

d) En caso de inasistencias por enfermedad el Apoderado del Alumno o

Alumna deberá justificarlas con certificado médico, personalmente en Inspectoría. En caso de inasistencia por motivo familiar o personal será registrado en el libro de justificaciones en recepción.

e) Los alumnos de I Ciclo y II Ciclo de Educación Parvularia también

justifican atrasos e inasistencias, siguiendo los protocolos establecidos.

f) Toda inasistencia a una prueba previamente fijada, deberá ser justificada personalmente por el Apoderado y al incorporarse a clases, debe estar en condiciones de rendir la prueba.

g) Si un alumno presenta un porcentaje de asistencia anual inferior al 85%, la

Dirección realizara una revisión de su situación académica , de acuerdo a lo estipulado en el reglamento de Evaluación y Promoción (Decreto 511)

h) Los alumnos que falten a clases por un período de tres días o más durante

un mes y sin justificación serán visitados por el trabajador social de la Escuela.

i) El retiro de un alumno del establecimiento debe ser realizado por el apoderado titular o apoderado suplente, previo registro de Rut y firma en el libro de retiro de los alumnos.

j) Desde Pre kínder a Cuarto Año Básico, es responsabilidad de los Padres y

Apoderados procurar los medios para poner al día a su Pupilo o Pupila en las materias escolares realizadas en sus días de inasistencia a clases.

k) De Quinto a Octavo Año Básico, será responsabilidad del Alumno o Alumna

ponerse al día en las materias y trabajos realizados en su ausencia, ajustándose al Reglamento de Evaluación.

l) De Pre Kínder a Segundo Año Básico, es obligación de los Padres traer y

retirar al Alumno o Alumna de la Escuela o determinar una persona que los reemplace.

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Art. 46.- PRESENTACION PERSONAL Y UNIFORME ESCOLAR DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS.

El Uniforme Escolar consistirá en:

a) Niñas: Falda a cuadrille azul marino, bléiser azul marino, camisera blanca, polera oficial, corbata azul marino, calcetas azul marino y zapatos negros.

b) Niños: Pantalón gris (con corte escolar), vestón azul marino, camisa blanca, polera oficial, corbata azul marino y zapatos negros.

c) Uso del uniforme obligatorio para todos los Alumnos y Alumnas, deberán usarlo cada vez que concurran al Establecimiento y en Actos Oficiales fuera de éste. La excepción a la regla la constituyen las clases de Educación Física, donde los Alumnos y Alumnas podrán venir con buzo.

d) Mientras el Alumno o Alumna no cuente con el buzo oficial, deberá cambiarse de ropa en la Escuela.

e) Todos los Alumnos y Alumnas deben presentarse con su vestuario limpio y ordenado, evitando las tenidas de colores, zapatillas y otras que sean contraria a su condición de estudiante. Exceptuando el Día del Color.

f) “El día del color” ante extravió de alguna prenda, el alumno o alumna se hace responsable de sus pertenencias.

g) Todo accesorio en época de invierno debe ser de color azul marino. (bufanda, guantes, gorros y parka) el alumno o alumna se hace responsable de sus pertenencias.

h) En caso de disertaciones, trabajos, exposiciones, salidas a instituciones y cuando

el docente lo solicite, el (la) estudiante deberá presentarse con su uniforme oficial completo, aun cuando al estudiante le corresponda Educación física.

i) En clases de Educación Física: Uso de Buzo institucional (completo), pretina a la cintura) pantalón no ajustado y polera blanca o short azul, polera blanca del colegio, zapatillas deportivas de acuerdo a horario de curso en la asignatura de Educación Física. En caso de salidas a terreno o actividades extra curriculares el uso del buzo de la escuela deberá ser utilizado previa consulta a Inspectoría General.

j) Los varones usarán. Cabello corto y peinado (el largo del pelo no debe exceder el cuello de la camisa en la parte posterior, en su parte frontal no exceder de las cejas, ni tapar las orejas) limpio y natural, sin corte, ni peinado de fantasía, no se permitirá el uso de aros y/o distintivos llamativos dentro del Establecimiento.

k) Toda prenda del uniforme, deberá tener marcado el nombre y el curso del alumno o alumna para facilitar la identificación en caso de encontrarse extraviada. En todo caso, el alumno o alumna se hace responsable de sus pertenencias.

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l) Se permite el uso de pequeños y discretos aros en la oreja y reloj, el uso de pulseras, cadenas y anillos no se permiten en el Establecimiento, ante lo expuesto, no se hace responsable de la perdida de joyas.

m) En caso que el estudiante haga uso de piercing (nariz, boca, ceja u otro lugar del cuerpo) estos deberán ser usados fuera del Establecimiento Educacional.

n) Las uñas deben mantenerse cortas, limpias y sin esmalte.

o) No se permite el uso de maquillaje, ni el pelo teñido o con visos. Si la niña usa el pelo largo debe estar en orden , limpio y tomado.

Art. 47.- DE LA PERMANENCIA DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS.

La permanencia del Alumno y Alumna en la Escuela es de vital importancia para su normal desarrollo en el proceso enseñanza – aprendizaje.

a) En ocasiones especiales en que el Alumno o Alumna deba salir antes del término de la Jornada, deberá retirarlo el Apoderado, apoderado suplemente y/o familiar en la Inspectoría o Dirección previa autorización del Profesor Jefe o del Subsector para su registro en el Libro de Salidas.

b) Ante cualquier situación irregular en que el Alumno o Alumna abandone la Sala de Clases o Establecimiento, el Profesor Jefe o de Subsector comunicará en forma inmediata la situación al Coordinador General (Inspector General), Orientadora, quien llamará en forma urgente al Apoderado dejando registrada la situación en el Libro de Clases y Libro de Salidas.

Art. 48.- DE LA MANTENCIÓN DE ESPACIOS FÍSICOS Y/O MATERIALES DE LOS ALUMNOS Y LAS ALUMNAS.

Los espacios físicos y materiales que dispone la Escuela están al servicio para brindar mayor seguridad, comodidad, contribuyendo al logro de procesos cognitivos, afectivos y valóricos.

a) Cuidar y velar por el mantenimiento del mobiliario, aseo y ornato de todos los espacios físicos del Establecimiento, así como los espacios físicos de la Comunidad, en que se desarrollen actividades escolares.

b) Cada curso con su Profesor dejará la sala limpia y ordenada al término de cada periodo de trabajo.

c) Los Alumnos y Alumnas encargados del aseo (semaneros) de su sala de clases durante la semana deben colaborar con la limpieza y orden de ésta.

d) El Alumno o Alumna se hará responsable de todo daño ocasionado en el Establecimiento: mobiliario, vidrios, puertas, paredes (rayados, palabras obscenas, otros), elementos de laboratorio, biblioteca, informática, entre otros.

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Art. 49.- DE LAS NORMAS DE INTERACCIÓN DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS.

En la Escuela existen normas que los Alumnos y Alumnas deben cumplir en su vida escolar para una sana convivencia que permita su desarrollo integral. Las normas indican una forma positiva de corrección en el alumnado, por lo que su incumplimiento determinará la aplicación de sanciones.

49.1 Responsabilidad: La Responsabilidad es un valor fundamental presente en el quehacer educativo, base ante todo proceso de crecimiento y transformación social que la Escuela y Comunidad requiere.

a) Presentarse a clases con sus materiales y útiles necesarios (cuadernos, textos, otros) de acuerdo al horario de clases, debidamente ordenados y limpios.

b) Presentarse a las Evaluaciones fijadas con anterioridad en los diversos subsectores, esforzándose en lograr los objetivos requeridos.

c) Portar diariamente su Agenda Escolar exclusiva de la Escuela. d) Asistir a Actos Cívicos, Desfile y/o actividades propias de la Escuela ante la

Comunidad con el uniforme establecido. e) Cumplir con las disposiciones reglamentarias relativas al uso de la

Biblioteca y Laboratorios de la Escuela. f) Cumplir con las comunicaciones firmadas por el Apoderado. g) Respetar las vías establecidas de acceso y salida de la Escuela. h) Mostrar conductas que no dañen la imagen de la Escuela manteniendo el

respeto hacia las personas y bienes, tanto dentro como fuera del Establecimiento.

i) Respetar los bienes y materiales ajenos haciendo devolución de cualquier objeto que se encuentre en la sala, pasillo, patio o cualquier dependencia de la Escuela o donde se esté desarrollando una actividad escolar.

49.2.- Integridad Física y/o Moral: Formar personas que asuman responsablemente su propio desarrollo sicobiológico, desarrollando plenamente los OFT y normas que resguarden la integridad física y moral de él, ella y los demás.

a) Demostrar respeto y prudencia a las diferencias de ideas, caracteres, creencias religiosas u opiniones de los demás aceptándose con equidad la diversidad.

b) Respetar, mantener trato cordial, amable, modales y cortesía con sus Compañeros, Apoderados y Personal del Establecimiento.

c) Evitar discusiones con agresiones verbales o físicas. d) Respetar las Normas de Seguridad contempladas en el Reglamento Interno

en el Anexo de Seguridad Escolar tanto en salas, pasillos, escalas, patios, baños, comedores, etc. que permitan el autocuidado físico de él, ella y los demás.

e) Por la seguridad personal y de los demás, no se debe portar elementos que puedan ocasionar daños personales a compañeros y a otros: cadenas, cuchillo cartonero, tijeras con puntas, cortaplumas, fósforos, encendedores, juguetes bélicos o elementos contundentes.

f) Prohibido el porte, consumo y venta de drogas, alcohol y cigarrillo.

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49.3.- Atención a la Diversidad: La realidad escolar de nuestro Establecimiento nos lleva a prestar una especial atención a la diversidad con el fin de planificar medidas educativas que faciliten una respuesta adaptada a las necesidades educativas específicas que presentan los Alumnos y Alumnas.

Planes de Apoyo:

Apoyo A (Necesidades Educativas Permanentes): a) Alumnos o Alumnas con discapacidad sensorial (visuales, auditivas, físicas). b) Alumnos o Alumnas con discapacidad Intelectual hasta opción 2 (

hasta moderado, sin problemas de adaptación funcional).

Apoyo B (Necesidades Educativas Transitorias): a) Alumnos o Alumnas con necesidades educativas transitorias por la

existencia de dificultades motivadas por un retraso madurativo de causas biológicas, ser consecuencia de alguna circunstancia vital reciente que provoca inhibición, depresión u otros estados que interfieren en el proceso educativo.

b) Alumnos o Alumnas con problemas que dificultan el aprendizaje, como dislexia, hiperactividad, entre otros.

c) Alumnos o Alumnas con algunas alteraciones del Lenguaje que condiciona

negativamente el logro de los objetivos educativos fundamentales.

Apoyo C (Refuerzo Educativo): a) Alumnos con retraso o dificultades en el aprendizaje de los contenidos

mínimos de Lenguaje y/o Matemática que no requieran adaptación curricular.

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DERECHOS Y DEBERES DE LOS APODERADOS.

La Ley General de Educación, del 12 de septiembre de 2009 señala explícitamente en su artículo 10° que es deber de las madres, padres y apoderados: “Educar a sus hijos e informarse sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para estos; apoyar su proceso educativo; cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional; respetar su normativa interna y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad educativa.”

Art. 50.- DERECHOS DE LOS APODERADOS.

a) Solicitar al profesor jefe y al inspector general información respecto del rendimiento académico, conductual y Formación Personal de su Pupilo(a), en los días y horarios establecidos para ello.

b) Ser informado del Proyecto Educativo y del Reglamento de Convivencia Escolar del Establecimiento, estando este siempre visible y de libre acceso.

c) Que el Establecimiento atienda a su Pupilo, en forma rápida y oportuna, en caso de accidente, emergencia, enfermedad o agresión de otros alumnos,(as) siguiendo los protocolos establecidos en el Reglamento de Convivencia Escolar. En la salvedad de no poder contactarle, mediante previa autorización al momento de la matrícula, personal del establecimiento podrá llevar al alumno accidentado hasta el servicio de salud mas cercano.

d) Participar e integrar del Centro de Padres y Apoderados y/o, Subcentros de Padres y Apoderados de acuerdo con los estatutos de dicha organización, mientras tenga la calidad de apoderado.

e) Ser atendidos con amabilidad y respeto por todo el personal, en horarios establecidos para ello.

f) Proponer ideas que tengan como finalidad mejorar aspectos y/o procesos que entrega el Establecimiento, cuando sea pertinente y la Escuela lo requiera.

g) Colaborar con propuestas que fortalezcan el proceso educativo presentándolas al Profesor Jefe y/o de Subsector para su consideración, y si éste se lo solicita.

h) Ser informado por el establecimiento de manera oportuna sobre actividades extracurriculares que realizarán los (as) alumnos(as).

i) Ser escuchado y atendido en su función de apoderado por el Inspector General ante cualquier falta de respeto, menoscabo hacia su persona sea esta verbal, física y/o psicológica por parte de algún miembro de la Comunidad educativa u otra persona dentro del Establecimiento.

j) Recibir información sobre cambios en el horario de entrada o salida de clases mediante los medios que se consideren oportunos.

k) Recibir información sobre protocolos de embarazo adolescentes, NEE y ley de inclusión.

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Art. 51.- DEBERES DE LOS APODERADOS.

a) Comprometerse e integrarse activamente con su rol de apoderado al proceso educativo de su pupilo.

b) Promover y reforzar el estudio en el hogar, motivando el interés por aprender, la formación valórica, hábitos y actitudes sociales.

c) Ser responsable de la presentación personal e higiene, tareas, trabajos, materiales de su Pupilo o Pupila.

d) Informarse y cumplir con lo dispuesto en el Reglamento de Convivencia Escolar. e) El ingreso del apoderado al Establecimiento debe responder a situaciones

especificas de su función en el rol que le compete : de orden pedagógico con su hijo/a) , grupo curso , otro, teniendo en cuenta que no debe ingresar, acompañar o interrumpir a su hijo(a) , pupilo y Docentes en aula en horas de clases mientras realicen alguna actividad de orden pedagógico , incluye Talleres de Reforzamiento , exceptuando aquellos apoderados de apoyo pedagógico en aula autorizados previo acuerdo escrito por UTP , PIE y Profesor Jefe.

f) Justificar en Inspectoria General en forma oral o escrita las inasistencias o atrasos de su pupilo.

g) Las inasistencias a reuniones de sub.centro o citaciones deben ser justificadas oportunamente.

h) Controlar periódicamente el rendimiento y conducta de su Pupilo o Pupila, tomando conocimiento bajo firma en Hoja de Vida.

i) Solicitar personalmente los permisos de su Pupilo o Pupila. j) Actuar con respeto ante todo el Personal de la Escuela para establecer buenas

relaciones humanas. k) Asistir y cumplir responsablemente con los compromisos que le son

encomendados por la Escuela : Reuniones de subcentro, reuniones de Centro General de Padres y apoderados , atención de apoderados, citaciones, actos,desfiles, beneficios, talleres convocados por el Establecimiento.

l) Respetar, cuidar y defender la imagen del Establecimiento, evitando efectuar comentarios o actitudes que perjudiquen a algún miembro de la Comunidad Educativa , ya sea con agresiones físicas , verbales , psicológicas, hostigamiento dentro o fuera del establecimiento , como también, amenazas, atacar, injuriar o desprestigiar a cualquier integrante de la comunidad educativa a través de cartas whatsApps y/o mensajería electrónica, sitios web, redes sociales (Facebook, Whatsapp, Twitter, Instagram, Youtube, snapchat, etc), mensajes de texto, correos electrónicos, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico. Se especifica que de acuerdo a la gravedad de la situación, la Dirección del Establecimiento en conjunto con el Comité de Convivencia Escolar, analizarán el caso y podrán determinar: Cambio inmediato y definitivo de apoderado, Prohibición inmediata y definitiva de ingreso de esté al Establecimiento, tomando las acciones legales que correspondan.

m) Notificar oportunamente al Establecimiento educacional de situaciones como cambio de domicilio y teléfono. (Inspectoria General – Secretaria)

n) Asumir la responsabilidad en la restitución o pago de daños ocasionados por el estudiante ante deterioro de mobiliario u otros, causado intencionalmente, previa comprobación.

o) Dejar y retirar a sus hijos y/o pupilo a la entrada de la Escuela (portón de

entrada o puerta, según corresponda). Se destaca que el retiro de su pupilo desde Educ. Parvularia a Cuarto año básico debe realizase por parte del apoderado , tutor y/o adulto que allá sido autorizado por el apoderado del estudiante previamente informando a inspectoría general y/o Profesor Jefe del alumno/a.

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p) Hacer uso responsable y respetar el horario de atención de Apoderados evitando

interrumpirla acción educativa sistemática de los alumnos. q) Ser responsables y puntuales en el cumplimiento de los horarios establecidos para el

funcionamiento de la Escuela. (inicio de la jornada, horarios intermedios y horarios de retiro).

r) Ser responsables y puntuales en el retiro oportuno de su pupilo al término de cada jornada En caso que el apoderado no se presente oportunamente a retirar a su hijo(a) al termino de la jornada escolar, el Establecimiento procederá a establecer contacto telefónico con el apoderado, apoderado suplente o familiares. Si esta situación persiste en reiteradas ocasiones durante el año escolar evidenciándose en el apoderado una falta a sus responsabilidades con su hijo(a) el Establecimiento activará la red correspondiente para evaluar una eventual vulneración de derechos.

s) Comprometerse con el proceso educativo de su hijo(a), tales como: asistencia a evaluaciones, cumplimiento de tareas en el hogar, puntualidad con entrevistas y reuniones en las cuales es citado.

t) Otorgar los medios y recursos mínimos para desarrollar el proceso educacional

normal de su Pupilo (lápices, cuadernos, libros, hojas, etc.). u) El transporte del alumno (a) de la casa a la Escuela es de responsabilidad del

apoderado, asegurándose que lo deje y retire del Establecimiento. Debe velar porque el transporte escolar de su pupilo (a) cumpla con los horarios establecidos por la Escuela, tanto en la hora de inicio, como en la de término de la jornada.

v) Cuando surjan problemas de orden pedagógico o disciplinario, el apoderado deberá respetar el conducto regular de nuestro establecimiento que considere, según sea el caso: 1) Profesor (a) Jefe, 2) U.T.P., 3) Inspectoría General, 4) convivencia Escolar.

w) Informar al Establecimiento Educacional cuando la o el estudiante estén en situación de embarazo, maternidad o paternidad. Este deberá ser informando de los deberes y derechos del/la estudiante como el de la familia y del establecimiento educacional.

Notificar al Establecimiento Educacional si el estudiante en situación de embarazo, maternidad o paternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.

Firmar un compromiso de acompañamiento del estudiante en condición de embarazo,

maternidad o paternidad, que permita la salida del/la alumno/a del Establecimiento para asistir a los controles, exámenes médicos y otras instancias que demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo(a) nacido que implique ausentarse durante la jornada escolar.

x) En caso de emergencia el apoderado deberá informar personalmente o

telefónicamente a Inspectoría cuando en caso lo amerite y no interrumpir al alumno en clases con llamadas al celular.

y) Informar por escrito a Orientadora y/o Inspector/a General de toda orden o prohibición judicial que diga relación con la visita o el retiro de sus pupilos de clases, y de cualquier cambio de Apoderado, teniendo que ratificarse esta última decisión personalmente en el Establecimiento por el Apoderado registrado oficialmente en el mismo

CAPÍTULO IV

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SEGURIDAD ESCOLAR.

Art. 52.- PARA EVITAR ACCIDENTES ESCOLARES LA ESCUELA:

Revisa periódicamente las instalaciones del Establecimiento. Las escaleras se mantienen bien iluminadas, con pasamanos y

sistemas antideslizantes. El mobiliario escolar es el adecuado para cada sala según la edad de

los estudiantes. Verifica la ausencia de elementos peligrosos como escombros, vidrios u otros

en zonas de patios. Revisa que el sistema eléctrico este en buenas condiciones.

Motiva a los Estudiantes a proceder con cautela y responsabilidad.

Art.53.- NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD PARA PREVENIR ACCIDENTES ESCOLARES.

1.-Medidas que debe mantener el Estudiante entre su casa y el Establecimiento:

a) Salir oportunamente para evitar correr y llegar atrasado. b) No distraerse en el trayecto. c) Mantener siempre una actitud seria y cumplir las normas que rigen el

tránsito de peatones y conductores. d) No hablar con desconocidos ni aceptar dulces u obsequios de parte de éstos. e) Cruzar las calles sólo en las esquinas, nunca a la mitad de cuadra. f) Si debe usar locomoción colectiva, esperarla en los paraderos.

2.- Medidas de seguridad que debe tener dentro del Establecimiento: a) Nunca subir o bajar las escaleras corriendo o en forma descuidada. b) Evitar correr por los pasillos o lugares resbaladizos. c) No apoyarse en las ventanas, ni asomar el cuerpo por estas como

tampoco lanzar objetos al exterior. d) No jugar con objetos cortantes o contundentes como reglas metálicas, palos,

cortapapeles, piedras, entre otras, con los cuales puedes herirte o herir a tus compañeros.

e) Evitar empujones, bromas, golpes y juegos bruscos con tus compañeros. f) Si te sientes enfermo, avisa inmediatamente al Profesor(a) o a un Inspector. g) Evitar treparse en lugares que no son apto para jugar.

3.- Medidas de seguridad que debe mantener el Estudiante al regresar de la Escuela a su casa.

a) Formarse para esperar las instrucciones de salida. b) No salir corriendo de la Escuela, ni cruzar la calle en forma descuidada c) Irse a su hogar de inmediato. d) No pasarse en lugares públicos o de entretención. e) En lo posible, ir acompañado de otro estudiante, evitando andar solo cuando

ha oscurecido.

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Art. 54.- PROTOCOLO, ATENCIÓN DE ENFERMERÍA Y ACCIDENTE ESCOLAR

La Ley 16.744 Art. 3º, dispone que estarán protegidos todos los estudiantes de establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios, o en la realización de su práctica profesional. Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño. Dentro de esta categoría se considera también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales. En caso de accidente escolar todos los/as estudiantes, tanto de la Educación Parvularia, Básica y Media, están afectos al Seguro Escolar desde el instante en que se matriculen en nuestro colegio. ¿Cómo debe reaccionar la Escuela frente a la ocurrencia de un Accidente Escolar?

La Escuela, contara con un protocolo, previamente establecido y conocido por la Comunidad Escolar, señalando como proceder frente a estas situaciones. Se mantendrá un registro actualizado de los padres y apoderados del establecimiento y la forma de establecer rápido contacto con ellos, a través de sus teléfonos. Si un/a estudiante requiere ser trasladado de urgencia ,la Escuela deberá hacerlo aunque aún no haya sido posible localizar a los padres. El Asistente de la Educación a cargo, deberá completar el formulario de “Accidente Escolar” de modo que la atención médica o dental, quede cubierta por el SeguroEscolar. El accidente escolar que requiere atención del servicio de urgencia será trasladado al Hospital de Illapel. De los Accidentes Escolares: En este aspecto se considera en primer lugar la gravedad de la lesión que pueda sufrir el estudiante y según sea ésta, las clasificaremos como: lesión leve o lesión de carácter grave.

Lesiones leves: se considera lesiones tales como: rasguños, golpes simples que no presenten hematomas o sangrado, que no exista compromiso de conciencia por parte del estudiante. Ante estas situaciones se procederá de la siguiente manera:

Traslado del estudiante a la enfermería de la Escuela para evaluar su condición. Aviso inmediato al teléfono de contacto de su apoderado/a, comunicando lo

sucedido para que se presente con prontitud en la Escuela. Evaluación por parte del apoderado/a, en compañía de un funcionario de la Escuela, de la situación de su pupilo/a. El Establecimiento ante una situación de este tipo, ofrecerá al apoderado gestionar de inmediato, el Formulario de Accidente Escolar, para que pueda llevarlo al Servicio de Urgencia del Hospital local, como una acción preventiva.

Lesiones graves: se considera dentro de las lesiones de este tipo, situaciones como: esguinces, heridas que presentan hematomas y sangrado, fracturas, golpes en la cabeza con o sin pérdida de conciencia, obstrucciones de vías respiratorias, taquicardias producto de sobre esfuerzo en clases de Educación Física y otras. Ante estas situaciones se procederá de la siguiente manera:

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Evaluación del estudiante en el mismo lugar del accidente. Solicitud de atención al Servicio de Urgencia del Hospital local (SAMU), si la

situación lo amerita. Para agilizar su atención el estudiante será acompañado por un funcionario del establecimiento hasta este servicio, si no está presente su apoderado. Paralelamente se dará aviso al apoderado de la situación de su hijo/a. Entrega de formulario de Accidente Escolar en el centro hospitalario. Posteriormente el apoderado se mantendrá en contacto con la Escuela para

informar, la evolución del estudiante accidentado.

IMPORTANTE:

Ante un accidente escolar que requiera atención médica, será el/la apoderado/a quien tendrá que acompañar a su hijo/a hasta el centro asistencial, pues nadie mejor que él/ella, conoce los antecedentes de salud del estudiante, en caso que se solicite información por parte del personal que lo está atendiendo. Mientras el estudiante permanezca en horario de clases o en alguna actividad organizada por el Establecimiento, el/la apoderado/a debe mantener su celular encendido, ya que ante cualquier eventualidad se le llamará de inmediato. Los padres tienen la responsabilidad de informar al/la profesor/a tutor/a, la actualización de su número telefónico y siempre contar con un número de contacto alternativo. De las relaciones entre los distintos estamentos de la comunidad: Todos los miembros de la Comunidad Educativa: Estudiantes, Apoderados, Profesores, Personal no docente y Administrativos, deberán promover y mantener relaciones basadas en el respeto, la cordialidad, el espíritu de servicio y colaboración mutua, de tal manera de crear un clima de sana convivencia en todas las instancias de participación que la Escuela propone.

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PROTOCOLO ACCIDENTE ESCOLAR.

ACCIDENTE: ES ALGO QUE OCURRE

EN FORMA INESPERADA Y NO QUEREMOS QUE OCURRA.

Comunicación a: -Inspectora General -Inspectoras a cargo de los Primeros

Auxilios o la Persona Adulta más

próxima al o los accidentados. (Evaluar el tipo de accidente)

Lesión leve.

Primeros auxilios:

Inspectoras a cargo.

Regreso a clases.

Aviso a Padres o Apoderados

Lesión medianamente grave y grave.

Primeros auxilios:

Inspectoras a cargo, Prof. Ed. Física

Registro formulario accidente escolar:

Secretaria, Inspectora General.

Servicio de Emergencias. Con acompañante: Apod. o Inspector.

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Art. 55.- ATENCIÓN DE PRIMEROS AUXILIOS.

a) El Establecimiento cuenta con una pequeña sala para Primeros Auxilios y un Botiquín Escolar.

b) El Botiquín es atendido por dos Inspectora, las cuales realizaron curso

de Primeros Auxilios.

c) Apoyan en algunos casos de accidentes escolares los Profesores

de Educación Física.

Art. 56.- SALA DE PRIMEROS AUXILIOS Y BOTIQUÍN ESCOLAR:

(Según normativa la Escuela NO debe administrar MEDICAMENTOS a los Estudiantes.)

1 Camilla metálica de altura Frazada Sabanillas 1 Camilla de madera 1 Camilla plegable Cuello ortopédico Cabestrillo Gel para golpes Riñón de acero inoxidable Pinza de acero inoxidable Tijeras de acero inoxidable Termómetro Algodón Suero fisiológico Mascarillas desechables Guantes Parches curita spray Parches adhesivos Gasa Cinta adhesiva Agua oxigenada Cuaderno de control

* Adquisición de Centro General de Padres y Apoderados y Kiosco Escolar.

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CAPITULO V

NORMAS DE INTERACCION, DE LAS PROHIBICIONES GENERALES Y PROCEDIMIENTOS DE DISCIPLINA PARA TODOS LOS ESTAMENTOS DE LA

ESCUELA.

Art. Nº 57 - Normas de Interacción

a) Normas referidas al respeto en las relaciones entre todos los integrantes de la comunidad educativa. Vocabulario: todo integrante deberá mantener siempre un vocabulario adecuado y respetuoso hacia los miembros de la comunidad educativa. No se permitirá las groserías, apodos, burlas por aspectos físico de las personas, expresiones ofensivas o maltrato verbal entre pares, como así mismo todo comentario mal intencionado y que lesione la dignidad de algún miembro de la comunidad educativa.

b) Actitudes: todo miembro de esta comunidad educativa deberá mantener una actitud de respeto en el trato con otra persona, tanto verbal como gestual, evitando ofender y/o humillar con sus expresiones. En el trato diario deberá haber tolerancia respeto y adecuada convivencia.

c) Normas que promueven actitudes no discriminatorias: Dentro del establecimiento no se permitirá la discriminación de ningún tipo, ni étnica, condición sexual, económica, política o religiosa, dado que uno de los valores principales es la tolerancia y el respeto por la persona humana.

d) Normas que resguarden la integridad psicológica de la comunidad educativa: ningún miembro de la comunidad podrá incurrir en, apremios ilegítimos, acoso, abusos deshonestos, o castigos físicos que atenten contra la integridad psicológica de las personas.

Se realizará prevención permanente mediante el desarrollo de unidades de orientación, tanto con alumnos, como con apoderados, que apunten a internalizar las normas señaladas.

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Art. Nº 58- SE PROHÍBE:

a) Decir improperios, acosar, burlarse, hostigar, amenazar, dar portazos, hacer gestos groseros, o cualquier otra conducta similar que involucre falta de respeto.

b) Interrumpir las clases por parte de los Padres y/o Apoderados por cualquier

razón, motivo o circunstancia que exija su presencia en la Escuela, deberá ser canalizada a través de Inspectoría, quien tomará las medidas del caso para entregar una esmerada atención al Apoderado o visita en el Establecimiento.

c) Respetar, cuidar y defender la buena imagen del Establecimiento, evitando efectuar comentarios o actitudes que perjudiquen algún miembro de la Comunidad educativa , ya sea con agresiones físicas , verbales , psicológicas, hostigamiento dentro o fuera del establecimiento como así también, amenazas, atacar, injuriar o desprestigiar a cualquier integrante de la comunidad educativa a través de cartas y/o mensajería electrónica, sitios web, redes sociales (Facebook, whatsApp Twitter, Instagram, Youtube, Snapchat, etc), mensajes de texto, correos electrónicos, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico. Se especifica que si esta situación se da y por su gravedad, la Dirección del Establecimiento en conjunto con el Comité de Convivencia escolar, analizarán el caso, siguiendo los protocolos del Reglamento de Convivencia Escolar y/o tomando las acciones legales que correspondan.

d) Las faltas de: respeto, veracidad e interés por el aprendizaje, dentro o fuera del establecimiento.

e) Consumir, portar, permutar, comercializar cigarrillos, alcohol, marihuana pasta base o todo tipo de droga ilícita dentro o en el radio cercano del Establecimiento Educacional y además en actividades extraescolares.

f) Portar, usar, celulares, objetos electrónicos u otros objetos de valor por parte de los Alumnos y Alumnas de la Escuela, durante la jornada de clases en horas de clases.

g) Hacer uso de celulares, durante la jornada de clases a funcionarios en horas de clases, solo se admite su uso en caso de emergencia.

h) Realizar juegos bruscos, peleas, riñas, bromas mal intencionadas. i) Se prohíbe permanecer en salas de clases durante recreos, hora de colación y

otras actividades que se desarrollan fuera de éstas. j) Depositar restos de comida, envases, toallas higiénicas a desagües, servicios

higiénicos o en cualquier otro lugar del Establecimiento. k) Utilizar anillos, argollas, collares y cadenas por parte del alumnado, los cuales

en cualquier momento pueden ser motivo de accidente o robo. l) Usar maquillaje joyas, piercing, expansiones, tatuajes, accesorios en general

que no corresponden al uniforme escolar. m) Correr en escaleras, pasillos o salas de clases (siempre usar su derecha al

desplazarse) subir a graderías, columnas, arcos de futbol, barandas, rejas muros y techos.

n) Destruir, rayar el mobiliario o infraestructura del Establecimiento. o) Porte de objetos corto punzantes (cartoneros, cuchillos, filos de sacapuntas,

navajas entre otros). p) Se prohíben manifestaciones afectivas de índole sexual (tocaciones, besos

caricias entre otros. q) Salir de las salas de clases o del establecimiento sin autorización

correspondiente y sin previo aviso del apoderado titular.

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r) Entregar información de cualquier índole ya sea pedagógica o conductual, entre otros a cualquier persona que no cumple el rol de apoderado del alumno.

s) Se prohíbe el acceso de personas extrañas al Establecimientos y que no cumplan con un rol específico dentro de la Escuela.

t) Se prohíbe asistir al Establecimiento con vestuario que no corresponda al uniforme escolar.

u) Se prohíbe no asistir a clases sin justificación previa de parte del Apoderado. v) Se prohíbe ingresar atrasado al Establecimiento al comienzo de la jornada y

después de recreos. w) Se prohíbe no acatar las normas establecidas por el Reglamento de

Convivencia Escolar.

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Art. Nº 59.- COMPORTAMIENTOS POSITIVOS.

Respetar las normas establecidas en el manual y reglamento de convivencia escolar.

a) Actuar con respeto, responsabilidad, humildad, orden, honestidad, lealtad y en general con hábitos y actitudes sociales que contribuyen a formar el perfil de nuestro Alumno o Alumna.

b) Tener comportamientos que contribuyan al fortalecimiento de los valores

patrios, compromiso e identidad con su Familia, Escuela y Compañeros. c) Demostrar en su proceder diario el saludo, la amabilidad,

solidaridad, gratitud y despedida. d) Ser tolerante, paciente escuchar a las personas en todo momento. e) Usar un lenguaje deferente y respetuoso con cada integrante de

la Comunidad Educativa. f) Tener trato reservado ante llamados de atención frente a aspectos

personales que involucren daño a la imagen o moral de la otra persona.

g) Demostrar hábitos de asistencia y puntualidad. h) Presentarse con la vestimenta adecuada. i) Ser empático; ponerse en el lugar de la otra persona. j) Cumplir oportunamente con sus tareas y trabajos correspondientes. k) Ir a diario al desayuno y almuerzo, si pertenece al Programa Alimentación

Escolar (PAE). l) Ocupar las dependencias del Establecimiento, respetando las normas

de seguridad. m) Participar en Actos y Desfiles. n) Participar en las actividades extraescolares en representación de la Escuela,

comuna o provincia.

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COMPORTAMIENTOS NEGATIVOS.

Art. Nº60.- COMPORTAMIENTOS NEGATIVOS LEVES: Actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad.

a) No cumplir con las tareas por parte de los alumnos y las alumnas. b) No traer firmadas las comunicaciones que se envían al hogar. c) Presentarse atrasado al inicio de las clases o jornada laboral, y al

comienzo de una clase después de un recreo. d) Uso del celular u otro elemento tecnológico en horas de clases e) No traer firmada por el Apoderado la evaluación enviada al hogar. f) No presentar el justificativo de inasistencia a clases. g) No usar su uniforme acorde a las exigencias del establecimiento. h) Presentación personal deficiente que incluya pelo largo o cortes de pelo

no acordes a las exigencias del reglamento de convivencia. i) Se presenta a clases sin sus materiales de trabajo j) Ser sorprendido copiando o informando a otro contenidos de una prueba. k) Sorprender al alumno (a) en sala de clases durante recreos, hora de

colación y otras actividades que se desarrollan fuera de éstas. l) Ingresar atrasado al Establecimiento sin el Apoderado que justifique dicho

atraso.

Art. Nº61.- COMPORTAMIENTOS NEGATIVOS GRAVES: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia.

a) Provocar intencionalmente daño físico al local escolar y mobiliario, que pongan en peligro la seguridad de las personas.

b) Decir improperios (vocabulario soez o vulgar, sobrenombres entre otros) dar portazos, hacer gestos groseros, o cualquier otra conducta similar que atente contra el respeto de cualquier miembro de la Comunidad Educativa.

c) Hacer la cimarra, salir de casa a la Escuela y no llegar a ésta por voluntad propia.

d) Negarse a rendir una prueba. e) Cometer una falta menos grave estando en calidad de condicional. f) Solicitar a terceros la suplantación del Apoderado. g) Falsificar comunicaciones y/o firma del Apoderado. h) Destruir el mobiliario o infraestructura del Establecimiento. i) Participar en desordenes con daños a personas. j) Faltar el respeto al Profesor o funcionario de la Comunidad Educativa, tales como: romper una prueba, desobedecer, salir de la clase sin autorización, tener gestos o actitudes inadecuados, entre otros. k) Tomar objetos, útiles, entre otros, sin consentimiento de su dueño. l) Hacer manifestación afectiva de índole sexual (tocaciones, besos, caricias entre otros). m) Ser sorprendidos en horas de clases utilizando: celulares, auriculares, articulo tecnológico u otros objetos de valor por parte de los alumnos y alumnas que impidan la concentración y el normal desarrollo del alumno en una clase.

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Art. Nº 62.- Comportamientos Gravísimos: Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa.

a) Agredir física o psicológicamente a un compañero o miembro de la Comunidad Educativa provocándole o no lesiones de cualquier índole.

b) Agresiones físicas o sostenidas en el tiempo como el bullying, cibergrooming,

entre otros.

c) Adulterar, robar o destruir documentos públicos y privados tales como: libro de clases, actas, libro de crónicas, pruebas u otros de uso habitual en el Establecimiento.

d) Portar o difundir material pornográfico de celular a celular o a través de redes sociales (facebook, whatsapp, entre otros).

e) Hurtar, robar, saquear colaciones, útiles escolares, objetos, dinero,

entre otros.

f) Portar objetos considerados peligrosos, tales como: cuchillos, estoque, armas de fuego, cortaplumas, entre otros.

g) Portar objetos corto punzantes (cartoneros, cuchillos, filos de sacapuntas,

navajas entre otros).

h) Ser sorprendido bajo los efectos del alcohol, marihuana pasta base u otro tipo de droga ilícita dentro o en el radio cercano del Establecimiento Educacional y además en actividades extraescolares ya sea portándolas, consumiéndolas o comercializándolas.

i) Sorprender al alumno saliendo de las salas de clases o del

Establecimiento sin autorización correspondiente y sin previo aviso del profesor o apoderado titular en el caso que corresponda.

j) Ser sorprendido fumando cigarrillos, bebiendo alcohol, dentro o en el

radio cercano del Establecimiento Educacional y además en actividades extraescolares.

k) Ser sorprendido bajo los efectos de drogas y/o alcohol, portándolas

o comercializándolas

l) Adulterar notas en libros de clases o cualquier otro documento.

m) Incurrir en peleas o riñas dentro y fuera del Establecimiento.

n) Publicar o escribir injurias, calumnias , amenazas hacia miembros de la Comunidad Educativa y/o comentarios que desprestigien la buena imagen del Establecimiento ,mediante redes sociales (facebook , whatsAPP,Messenger mensajes de texto , correos electrónicos u otro).

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PROCEDIMIENTO FORMATIVO A UTILIZAR SEGÚN EL TIPO DE FALTA

PROCEDIMIENTO EN LAS SANCIONES Las sanciones que este Manual y Reglamento establecen tienen por objetivo hacer efectiva la responsabilidad de los alumnos por las faltas que cometan, de tal manera que la sanción forme parte de una intervención socioeducativa amplia y orientada a una educación integral.

Art. Nº 63.- En caso de cometer por parte de Alumno o Alumna las faltas descritas en los artículos anteriores se aplicará el siguiente procedimiento en las sanciones.

a) A una o tres faltas leves se citará al Apoderado para la toma de conocimiento por parte del Profesor Jefe o del subsector correspondiente, situación que quedará registrada en la hoja de vida del alumno (a).

b) Si el alumno (a) registrase en su hoja de vida una cantidad superior de tres faltas

leves se llamará al Apoderado por parte de Inspectoría General para aplicar la suspensión correspondiente a “PASO DE ESTUDIO” en la cual el Alumno (a) deberá quedarse a continuación de su horario normal de clases durante una semana, por una hora. En caso de que el alumno siga manifestando conductas negativas leves, aún cumplida la primera sanción, se extenderá el número de días de suspensión, hasta llegar a un período de tres semanas. Una vez cumplido este período (tres semanas) y el alumno persiste en su mala conducta, se procederá a suspender por uno a tres días.

c) Si comete el Alumno o Alumna faltas graves o gravísimas, se le aplicará la sanción

de uno a tres dias de suspensión de clases según sea la falta cometida, la que se aplicará una vez agotados el proceso de diálogo entre el alumno (a), Apoderado, Inspectoría, Orientador y Director, la que se registrará en la hoja de vida o carpeta adicional del Alumno (a)

d) Si el Alumno (a) registra en su hoja de vida faltas leves o graves y por este motivo

ha sido suspendido cumpliendo con el protocolo de acción de suspensión de: uno, dos y tres días y en forma paralelo ha recibido apoyo de Orientación, psicólogo (a), según sea el caso y aun así continúa con su mala conducta, se procederá a aplicar MATRICULA CONDICIONAL, la cual tendrá un período de observación y acompañamiento (Orientación u otras redes de apoyo) de dos semestres para los alumnos (as) antiguos (as) y de un semestre para los alumnos (as) nuevos (as).

e) Si el alumno (a) cometiese faltas leves acumuladas en el tiempo, faltas graves o gravísimas estando ya su matrícula en calidad de condicional, no manifestando la intencionalidad de mejorar dicho comportamiento se podrá solicitar el retiro del Alumno del Establecimiento por parte del Apoderado, o bien la cancelación de la matrícula, la cual consiste en la separación total del alumno (a) del Establecimiento quedando inhabilitado para volver de manera definitiva.

f) En caso de que el alumno (a) cometiese una falta considerada gravísima, esto puede ser causal de matrícula condicional en forma inmediata aun no teniendo faltas leves anteriores.

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g) Si la falta es consumo o micro tráfico de drogas, el procedimiento, según indica la Ley 20.000, es comunicarse con la Unidad Policial más cercana o Fiscalía, quienes iniciarán la investigación correspondiente , se procederá a conversar con el Alumno (a) involucrado (a) cuidando no estigmatizarlo (a), resguardando su privacidad y se citará a su Apoderado. El alumno queda como alumno/a libre mientras se lleva a cabo la investigación.

h) En situaciones especiales como el uso de celulares u otro artículo tecnológico que

interrumpa el normal desarrollo de la clase, se procederá a solicitar la entrega del objeto por parte del Alumno (a) a su profesor (a) el cual dará aviso en Inspectoría General y así mismo entrega del objeto dejando registro de lo sucedido en el libro de clases.

i) El objeto será retenido en Inspectoría General y entregado solo al Apoderado los

días viernes .En caso de que esta situación se repita en tres ocasiones, el objeto se les entregará a finalizar el semestre.

j) Atrasos reiterados: se considerarán las siguientes medidas: tres atrasos: se llamará

al Apoderado, por parte de Inspectoría, para la toma de conocimiento y firma de este, cuatro o más atrasos se aplicará la sanción de “PASO DE ESTUDIO” por el período de una semana. Posterior al “PASO DE ESTUDIO” el alumno/a continua con atrasos sin justificación se aplicara suspensión de uno a tres días, registrándose en el libro de clases.

k) En caso que el Apoderado tome conocimiento de la situación académica,

conductual, matrícula condicional, cancelación de matrícula u otros, negándose a firmar el documento correspondiente que acredite dicha situación, queda estipulado que de igual forma se dará cumplimiento a lo expuesto en dicho documento.

l) Si un estudiante ha sido reiterativo en relación a faltas graves y/o gravísimas que

afectan la sana convivencia escolar, después de una investigación, con profesionales de Convivencia Escolar y Comité para la Buena Convivencia, se establece, que se puede proceder , según el caso del estudiante, cierre del año escolar, modalidad de alumno/a libre ,un plan remedial de apoyo personalizado para el alumno/a en jornada contraria ,cancelación de matrícula al término del año escolar y si amerita una expulsión inmediata , de acuerdo a lo establecido en la Ley de Inclusión, esta medida es considerada como extrema, excepcional y última, legítima sólo cuando la situación afecte gravemente la convivencia escolar de los miembros de la Comunidad Educativa .

m) Si un estudiante ha sido reiterativo en relación a faltas graves y/o gravísimas y

estas situaciones están afectando la sana convivencia escolar y el Establecimiento ha generado y agotado todas las redes de apoyo para el estudiante y apoderado, producto de problemas de orden conductual, psicológico, emocional, social ,de convivencia y éstos aun persistan, por parte del alumno/a y del apoderado y además se evidencia por parte de este último una falta reiterada a los compromisos acordados , constatando que estas situaciones generadas por el alumno/a y el apoderado están perjudicando la integridad emocional, física o psicológica de los miembros de la Comunidad Educativa , se procederá a las siguientes instancias , según el caso del estudiante, cierre del año escolar, un plan remedial de apoyo personalizado para el alumno/a en jornada contraria , modalidad de alumno/a libre

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o cancelación de matrícula al término del año escolar y si amerita una expulsión inmediata , de acuerdo a lo establecido en la Ley de Inclusión, esta medida es considerada como extrema, excepcional y última, legítima sólo cuando la situación afecte gravemente la convivencia escolar de los miembros de la Comunidad Educativa .

n) Si un estudiante ha sido reiterativo en relación a faltas graves y/o gravísimas y ante estas situaciones está afectando la sana convivencia escolar, después de una investigación, con profesionales de Convivencia Escolar y Comité para la Buena Convivencia, se establece, según el caso del estudiante se evaluara su participación en salidas pedagógicas, actividades extra programáticas del Establecimiento y/o participación en Acto de Licenciatura.

o) Los procedimientos expuestos en el inciso (i , n y m) será producto de un completo análisis de todos y cada uno de los antecedentes del estudiante y apoderado a través del Comité de Convivencia Escolar e Instituciones Red Infancia, DEPROV, DAEM Dpto. Asuntos Estudiantiles, siendo la Dirección del Establecimiento quien tome la última decisión.

n) Una vez aprobada esta medida, Dirección, Orientadora e Inspectora General comunicara al apoderado del estudiante, la medida disciplinaria tomada, informando los procedimientos seguidos según nuestro Reglamento de Convivencia Escolar.

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CAPITULO VI

DE LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Art. Nº 64.- Procedimiento en solución de conflicto respecto del Personal del Establecimiento ante queja o denuncia de Apoderado: En caso de surgir una queja o denuncia en contra de un docente, personal asistente de la educación del establecimiento por parte de un padre o apoderado, se buscará la solución a través del siguiente procedimiento:

a) Conversar para esclarecer y lograr solución a la problemática presentada por la persona afectada.

b) Si de esta conversación el afectado considerare no satisfactoria la explicación dada por la otra parte podrá dirigirse a la Dirección del establecimiento, quien ofrecerá su mediación para encontrar la solución al conflicto planteado.

c) Si no se logra solucionar el conflicto con la mediación el Director procederá a solicitar que la queja o denuncia se formule por escrito refrendada con la firma correspondiente.

d) El escrito será conocido por el afectado quién dispondrá de tres días hábiles desde el momento de recibida la comunicación, para presentar por escrito sus descargos o defensa a la dirección.

e) El Director procederá a darle curso al trámite administrativo que establece la normativa vigente para estos casos.

Art. Nº 65.-MEDIACIÓN ESCOLAR DE LOS ALUMNOS.

La Mediación Escolar es una técnica de resolución pacífica de conflictos en la cual una persona o grupo que no es parte del conflicto, ayuda a las partes en conflicto a llegar a un acuerdo, restablecer la relación y/o reparación cuando es necesario.

Art. N° 66.- Los mediadores: Serán algunos adultos de la Escuela como Profesores Jefes, Coordinadora

(Inspectora General), Orientadora y Alumnos o Alumnas elegidos por sus respectivos compañeros de curso para llevar a cabo los procesos de mediación escolar, en la cantidad y conforme al sistema que ellos mismos determinen, o en su defecto serán designados por el Profesor Jefe.

Art. N° 67.- Son funciones de los mediadores: Ayudar en forma imparcial a que los Alumnos y Alumnas en conflicto expresen sus posiciones, intereses y valores. Contribuir a que se genere confianza entre ellos y facilitar la búsqueda de soluciones.

El rol del mediador(es) o mediadora(s) debe asumirse desde las siguientes características: a) Asumir que la responsabilidad de transformar el conflicto está en las

partes involucradas, siendo él o ella un facilitador de esta tarea. b) Ayudar a las partes a identificar y satisfacer sus intereses. c) Ayudar a las partes a comprenderse y a sopesar sus planteamientos. d) Contribuir a que se genere confianza entre las partes y en el proceso. e) No juzgar a las partes. Estar atentos a los valores por los que se guían o dicen

guiarse.

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Art. 68.- Características del mediador: a) Es tolerante: porque acepta las diferencias de sus compañeros,

los respeta y no se burla de ellos. b) Inspira confianza: da credibilidad, acogida y en especial porque

mantiene la confidencialidad del proceso. c) Líder positivo: promueve la convivencia pacifica y no la violencia, con

el ejemplo. d) Es empático: se pone en el lugar del otro, intentando imaginar cómo se

es imparcial: intenta no tomar preferencia o tener favoritismo por ninguna de las partes en conflicto.

e) Sabe escuchar: respeta los tiempos de los demás, no interrumpe y es imparcial.

f) Acepta las críticas: porque sabe que sólo así podrá mejorar. g) Ayuda a resolver conflictos: promueve el acercamiento entre los

compañeros en conflicto.

LLEVAR A CABO LA MEDIACIÓN. Para realizar la Mediación Escolar la herramienta principal será el diálogo y la escucha activa. Entendiéndose que el proceso es una conversación guiada.

Art.69.- PROCEDIMIENTO DE MEDIACIÓN:

a) Los alumnos que tengan un conflicto entre sí, podrán acudir voluntariamente a un mediador para que los ayude a resolverlo.

b) El mediador escuchará a ambas partes y les ayudará a ponerse de acuerdo

para solucionar el problema.

c) Los alumnos que se someten a mediación deben tratarse respetuosamente,

escucharse y no interrumpirse mientras hablan, cooperar para solucionar el problema y mantener la confidencialidad.

d) El mediador buscará y concentrará todos sus esfuerzos para que los alumnos

en conflictos lleguen a un acuerdo, y dará fe de las alternativas de solución y los compromisos a seguir por las partes.

e) Si el mediador no puede obtener alguna solución convenida entre las partes, o

si se trata de una infracción gravísima, deberá recurrir a los profesores y autoridades escolares para que tomen conocimiento del asunto.

La Escuela aplicará diversos procedimientos que se utilizarán, en caso de no llegar a solución a través de la mediación, para mejorar la Convivencia Escolar dentro del Establecimiento.

Evaluar y aplicar los procedimientos de corrección con carácter formativo a las faltas, la Escuela cuenta con el trabajo en equipo de Profesionales: Dirección, UTP, Orientadora, Coordinador General que a su vez colaboran con Profesores Jefes en la resolución de conflictos; integrando cuando los problemas son de mayor complejidad a Psicólogos, Trabajadora Social u otros especialistas.

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Art. Nº 70.- PROCEDIMIENTOS DE CORRECCIÓN CON CARÁCTER FORMATIVO A LAS FALTAS.

a) Dialogo entre el Alumno y el Profesor: Es la instancia de reflexión entre el alumno y el profesor, es donde se entregarán las estrategias necesarias para superar la situación, que puede estar relacionada con las actitudes sociales y/o de rendimiento.

b) Entrevista del Profesor con los Apoderados: Es la instancia en donde el

profesor jefe o de subsector da a conocer al apoderado una situación no resuelta de su pupilo en relación al rendimiento o actitudes sociales, con el fin de aunar criterios en busca de superación.

c) Entrevista personal del Apoderado, con el Profesor y Profesionales que

presten apoyo a la Docencia: Es la instancia en la que el profesor jefe y los profesionales de apoyo a la docencia prestan ayuda a aquellos alumnos (as) que no han superado una situación problemática, buscando las estrategias necesarias para este logro.

d) Entrevista personal del Apoderado, con Profesor, Coordinador General y

con Profesionales que presten apoyo a la Docencia: Es la instancia en que el profesor jefe presenta a la Dirección, UTP, Coordinación General el caso no resuelto, para determinar junto al apoderado nuevos plazos para el cumplimiento de lo indicado anteriormente por los profesionales de apoyo a la Docencia.

e) Consejo de Profesores: Es la instancia donde el profesor jefe presenta a los

profesores del curso y cuerpo directivo UTP, el caso de aquellos alumnos (as) que no han superado su problema de rendimiento o actitudes sociales, a pesar de haber recibido el apoyo necesario. Además es la instancia en que propondrá en común acuerdo los procedimientos a seguir y se solicitará el apoyo de otros profesionales (Psicólogos, Instituciones y otros).

f) Carta de acuerdo de los Apoderados y Alumnos, cuando corresponda en

la que se comprometen a superar las conductas inadecuadas, las dificultades académicas o ambas: Es el documento oficial en el cual quedan registradas la situación el alumno (a), las estrategias abordadas, resultados obtenidos y los procedimientos propuestos en el Consejo de Profesores.

g) Todo procedimiento para superar faltas en que incurra el alumno (a) deberá quedar explícitamente registrada la observación en la hoja de vida del estudiante, ante la reiteración de la falta, se citará al apoderado, quien firmará la hoja de vida tomando razón del procedimiento aplicado.

h) En casos especiales de falta reiterada y/o grave la Orientadora realizará la continuidad del alumno llevando el registro de seguimiento en su registro de entrevista.

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Art. Nº 71.- DEL DERECHO DE APELACIÓN.

Situaciones disciplinarias y de convivencia escolar no contempladas en el presente reglamento será sancionada por el Coordinador General. No obstante a lo anterior, todo alumno, alumna que haya sido sancionado (a) por alguna medida, que para su entender no la considere justa, por intermedio de su apoderado (a) podrá apelar a las resoluciones tomadas en cualquiera de las instancias señaladas en las materias precedentes ante la Dirección del Establecimiento. La autoridad por su parte, se pronunciará acerca de la petición y el derecho de apelación del alumno (a) afectado a la brevedad posible.

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CAPITULO VII

DISCRIMINACIÓN.

Art. Nº 72.-DE LAS ALUMNAS EN ESTADO DE EMBARAZO.

El embarazo y la maternidad no constituyen impedimento para ingresar y permanecer en la Escuela otorgándose para ello las siguientes facilidades académicas del caso de acuerdo a la Ley Constitucional Nº 16.688 de 30/08/2000.

a) Rendir un mínimo de tres evaluaciones, durante cada trimestre lectivo, si la situación lo requiere bajo la supervisión de la evaluadora.

b) El instrumento evaluativo que se le aplicará deberá ceñirse al Reglamento de Evaluación de la Escuela.

c) Tener un calendario especial de evaluaciones coordinado por la Evaluadora si la situación lo amerita.

d) Promoción por porcentaje de asistencia a clases inferior al 85% cuando las causas se deban a problemas durante el embarazo, parto o enfermedades del hijo menor de un año.

Art. 73.- ESTUDIANTES PORTADORES DE VIH O SIDA.

No se puede condicionar el ingreso al Establecimiento, ni la permanencia o promoción de alumnos, por encontrarse afectados por el VIH. Tampoco se puede exigir la realización o presentación del examen de VIH para estos efectos.

La Ley 19.779 en Capítulo III, indica: Art. 7º.-“De igual manera, no podrá condicionarse el ingreso a un establecimiento

educacional, ni la permanencia o promoción de sus alumnos, a la circunstancia de

encontrarse afectados por el virus de inmunodeficiencia humana. Tampoco podrá

exigirse la realización o presentación del referido examen para tales efectos”.

Artículo 9º.- “La infracción a lo dispuesto en el artículo 7° será sancionada con multa a beneficio fiscal de 10 a 50 unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de la responsabilidad por los daños causados”.

Artículo 12.- “Será competente para conocer de las infracciones sancionadas en este Capítulo el juzgado de policía local correspondiente al domicilio del afectado, sin perjuicio de la competencia que corresponda a los juzgados del trabajo y al tribunal aduanero o criminal respectivo, en su caso”.

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Art. 74.- DISCRIMINACIÓN ARBITRARIA.

LEY 20.609.-

Título I Disposiciones Generales

Artículo 2º.- “Definición de discriminación arbitraria. Para los efectos de esta ley, se entiende por discriminación arbitraria toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad”.

Título II La acción de no discriminación arbitraria

Artículo 3º.- “Acción de no discriminación arbitraria. Los directamente afectados por una acción u omisión que importe discriminación arbitraria podrán interponer la acción de no discriminación arbitraria, a su elección, ante el juez de letras de su domicilio o ante el del domicilio del responsable de dicha acción u omisión”.

Artículo 5º.- Plazo y forma de interposición. La acción deberá ser deducida dentro de noventa días corridos contados desde la ocurrencia de la acción u omisión discriminatoria, o desde el momento en que el afectado adquirió conocimiento cierto de ella. En ningún caso podrá ser deducida luego de un año de acontecida dicha acción u omisión. La acción se interpondrá por escrito, pudiendo, en casos urgentes, interponerse verbalmente, levantándose acta por la secretaría del tribunal competente.

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CAPITULO VIII

Art. 75.- DE LOS ESTIMULOS PARA LOS ALUMNOS DESTACADOS.

EL Establecimiento considera los siguientes estímulos a los Alumnos y Alumnas que tienen una destacada participación en su formación Académica, Personal y relación de sana convivencia con sus pares.

a) Registro de observación positiva en Hoja de Vida, Libro de Clases. b) Reconocimiento en Actos Internos; ser nombrados, salir adelante

y aplausos. c) Cuadro de Honor de Alumnos y Alumnas destacados en rendimiento,

deportes, recreación, solidaridad social, modales y cortesía. d) Entrega de estímulos a los Alumnos y Alumnas destacados por su

rendimiento académico y desarrollo personal en el Acto de Clausura del Año Escolar, reconocimiento otorgado por el Centro General de Padres y Apoderados.

e) Premio al mejor Alumno o Alumna de la promoción de cada curso en la Licenciatura de Octavos Años.

f) Diploma de Honor a los Alumnos y Alumnas destacados en rendimiento, deportes, cultura, recreación, desarrollo personal y de solidaridad social, en el Acto de Clausura del Año Escolar.

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CAPITULO IX

Art. Nº 71.- CELEBRACIONES

a) Actos Cívicos (Desfiles). b) Día de la Madre. c) Día del Alumno. d) Día sin Fumar. e) Día del Niño. f) Día de la Paz y la no Violencia (19 de Agosto). g) Juegos Deportivos Nacionales (Etapa comunal, provincial, regional y nacional).

h) Aniversario de la Escuela. i) Día de la Chilenidad. j) Día de la Familia, entre otras.

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CAPITULO X

Art. Nº 72.- SOCIALIZACIÓN DEL MANUAL Y REGLAMENTO DE CONVIVENCIA.

a) El presente Manual y Reglamento de Convivencia Escolar, debe ser conocido por todos los Estamentos que conforman la Comunidad Educativa.

b) Es por ello que al momento de la matrícula se entregará un extracto de éste

a los Padres y Apoderados.

c) Se realizara difusión completa a todos los Alumnos y Alumnas (as) del

Establecimiento durante el Año Escolar. Responsabilidad del Profesor Jefe de cada curso.

d) Se realizara difusión completa al Consejo Escolar, Centro de Alumnos,

Consejo de Profesores, Asistentes de la Educación y Comité de Convivencia Escolar, siendo responsabilidad de la Orientadora su difusión.

e) Lectura detallada a los Padres y Apoderados del Establecimiento, se realizará

en reunión de subcentro durante el año escolar y en Reunión del Centro General de Padres y apoderados. Responsabilidad del Profesor Jefe de cada curso, en reuniones de subcentro y de Orientadora en reuniones del Centro General de padres y apoderados.

Todas estas normas y condiciones adquirirán significado solamente si son asumidas mediante el compromiso en

conjunto de todos los Estamentos del Establecimiento, originándose con ello un clima armónico y de Sana Convivencia Escolar que permitirá, en consecuencia, el lograr

en nuestros Alumnos y Alumnas aprendizajes de calidad y

una sólida formación personal, ética y social.