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Entes sin ánimo de lucro también aplicarían contabilidad simplificada a partir del 2014 C.P Diego Hernán Guevara Madrid Líder de Investigación Contable y Tributaria actualicese.com (Julio 1 de 2013)

Entes sin animo de lucro

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De acuerdo a lo indicado en el art. 2 de la Ley 1314 de 2009 y el decreto 2706 de 2012, los entes sin ánimo de lucro que quieran que su información financiera tenga validez ante terceros, y que tengan los topes de una microempresa establecidos en el decreto 2706, también deberán ajustar su contabilidad al marco normativo para microempresas establecido con el mencionado decreto.

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Entes sin ánimo de lucro también aplicarían contabilidad simplificada a

partir del 2014C.P Diego Hernán Guevara Madrid

Líder de Investigación Contable y Tributaria actualicese.com(Julio 1 de 2013)

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Las normas del Decreto 2706 de 2012 también son para entes sin ánimo de lucro

El nuevo marco normativo de contabilidad simplificada para microempresas contenido en el decreto 2706 de diciembre 27 de 2012 (el cual se empezará a aplicar en el 2014 de forma conjunta con las normas del decreto 2649 de 1993 y luego será la norma única a aplicar desde el 2015 en adelante), es un marco normativo que también será aplicado por los entes sin ánimo de lucro cuando reúnan las características de una microempresa.Veamos lo que dicen las normas del art. 2 de la Ley 1314 de 2009 y el párrafo 1.2 del marco normativo de contabilidad simplificada contenido en el decreto 2706 de 2012

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Entes sin ánimo de lucro también aplicarían

contabilidad simplificada a partir del 2014