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EN ZAPOPAN, JALISCO A 16 DE ENERO DE 2015 ANTE LOS TESTIGOS QUE AL CALCE FIRMAN COMPARECIERON paR UNA PARTE EL CONSEJO ESTATAL DE TRASPLANTES DE 6RGANOS YTEJIDOS, REPRESENTADO EN ESTE ACTO paR EL DOCTOR RAYMUNDO HERNANDEZ HERNANDEZ, SECRETARIO TECNICO A QUIEN EN La SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL CHOT" ,Y paR OTRA PARTE DR . OSCAR DAVID RIVERA BARAJAS, QUIEN EN La SUCE SIVO SE DENOMINARA "EL PRESTADOR" QUIENES MANI FIESTAN SU VOLUNTAD DE CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO DE PRESTACI6N DE SERVICIOSYEL CUAL LaSUJETAN A LAS SIG UIENTES DECLARACIONES YcLAUS ULAS : DECLARACIONES: I. Declaran los representantes de "EL CHOT" que se encuentran facultados para celebrar el presente contrato con fundamento en los articulos 104·1 y 104·K de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, as! como el articulo 21 fracci6n XVIII del Reglamento Inter ior del Consejo Estatal de Trasplante de 6rganos y Tejidos. II. Sigue declarando "EL CHOT", que con el objeto de fortalecer el programa denominado "Hospital Donante", mediante el cual se les br indara apoyo a los Hospitales tanto publicos como privados del E stado que cuenten con la licenc ia sanitar ia para la dispo sic i6n de 6rganos y tejidos, en la tarea de la procuraci6n de 6rganos y tejidos . III. "EL CHOT" declara que el apoyo que se brinde a los hosp itales sera otorgado a trave s de la Unidad Estatal Coordinadora de Donacion de 6rganos y Tejidos a manera deun servicio profesional para cumpl ir con el programa deactividades, se requ iere una persona para capacitar,a sesorar y coadyuvar en el proceso de donaci6nde 6rgano s y tej idos provenientes de personas que pe rdieron lavid a para trasplante con fine sterapeuticos . IV. "EL CHOT" declara que tiene su domicilio fiscal y legal en la finca m arcada con el nurnero 2600 dela calle Lago Tequesqu itengo, en la Colonia Lago sdel Cou ntry, en la ciudad deZapopan, Jalisco, c.P. 45177. V. Declara "EL PRESTADOR" que se encuentra ffsica y legalmente capaz de contratar y obligarse a nombre propio con Registro Federal de Contribuyentes RIBO·760826·L 11, que tiene su domicilio legal en la finca marcada con el numero1832, de la calle Sierra de Ouila, en la Colonia Las Aguilas, en el Municipio de Zapopan, Jalisco y que se somete durante la vigencia del presente contrato, a las normas establecidas en el C6digo Civil del Estado, en el artfculo 2254, demas artfculos correlativos del mismo y las dernas disposiciones legales que tengan aplkacion en la presente relaci6n contractual. VI. Sigue dec lar ando "EL PRESTADOR" que cuenta con el perfil y los conocimiento s basico s para el desempeiio de la prestaci6n del servicio que hoy se Ie encom ienda . VII. Declara "EL PRESTADOR" que se compromete a seguir s us acto s con el mas alto grado de profesionalismo ya cumplir con todos los deberes inherentes ala prestaci6n deservicios que hoy se Ie encomienda . En virtud delasanteriores declaraciones, las partes celebran el presente contrato conforme a las siguientes: CLAuSULAS: PRIMERA.· Objeto del Contrato: EI objeto del contrato es el fortalecimiento del programa denominado "Hospital Donante" con la prestaclon de servicio como personal coadyuvante en el proceso de Donaci6n de 6rganos y Tejidos Cadavericos pa ra trasplante con fines terapeuticos, cuyas principales funciones seran las de: A. Coadyuvar con los Coordinadores Hospitalarios de Donaci6n de 6rganos y Tejidos para trasplantes de los hosp itales publ i privados que cuenten con licencia para disposici6n de 6rganos, en el proceso de Donaci6n de 6rganos y Tejidos Cadavericos. B. Las func ione s en la sque "EL PRESTADOR" ccadyuvara con los Coordinadores HospitalariosdeDonaci6n son: I. Detectar , evaluar y seleccionar a los donantes potenciales; __ el con sentimiento de los familia res del potencial donante; III. Fa . itarla coordinac i6n entre los profesionalesde la salud encargado sde la extracci6n del 0 de los 6rgano sy tejidos y I de 10 med icos que real izaran el 0 los tras plantes ; IV. Co dinar la loqis ticadentro del establecimiento de la donaci6n yel trasp lante; V. rtic ipar en -reelizac ion de los tramites medicos lega les de los casos que as! corresponda, manteniendo y coordinaci6n permanente con el Agente del Min ister io Publico Especial, para la identificaci6n del donante 1 de4

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EN ZAPOPAN, JALISCO A 16 DE ENERO DE 2015 ANTE LOS TESTIGOS QUE AL CALCE FIRMAN COMPARECIERON paR UNA PARTE EL CONSEJO ESTATAL DE TRASPLANTES DE 6RGANOS YTEJIDOS, REPRESENTADO EN ESTE ACTO paR EL DOCTOR RAYMUNDO HERNANDEZ HERNANDEZ, SECRETARIO TECNICO A QUIEN EN La SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL CHOT", Y paR OTRA PARTE DR. OSCAR DAVID RIVERA BARAJAS, QUIEN EN La SUCESIVO SE DENOMINARA "EL PRESTADOR" QUIENES MANI FIESTAN SU VOLUNTAD DE CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO DE PRESTACI6N DE SERVICIOSYEL CUAL LaSUJETAN ALAS SIGUIENTES DECLARACIONES YcLAUSULAS:

DECLARACIONES:

I. Declaran los representantes de "EL CHOT" que se encuentran facultados para celebrar el presente contrato con fundamento en los articulos 104·1 y 104·K de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, as! como el articulo 21 fracci6n XVIII del Reglamento Interior del Consejo Estatal de Trasplante de6rganos yTejidos.

II. Sigue declarando "EL CHOT", que con el objeto defortalecer el programa denominado "Hospital Donante", mediante el cual se les brindara apoyo a los Hospitales tanto publicos como privados delEstado que cuenten con la licenc ia sanitaria para la disposici6n de 6rganos y tejidos, en la tarea de la procuraci6n de6rganos ytejidos.

III. "EL CHOT" declara que el apoyo que se brinde a los hospitales sera otorgado a traves de la Unidad Estatal Coordinadora de Donacion de 6rganos y Tejidos amanera deunservicio profesional para cumpl ir con el programa deactividades, se requ iere una persona para capacitar, asesorar y coadyuvar en el proceso dedonaci6nde6rganosytejidos provenientes depersonas que pe rdieron lavida para trasplante con finesterapeuticos.

IV. "EL CHOT" declara que tiene su domicilio fiscal y legal en la finca marcada con el nurnero 2600 dela calle Lago Tequesqu itengo, en la Colonia LagosdelCou ntry, en la ciudad deZapopan, Jalisco, c.P. 45177.

V. Declara "EL PRESTADOR" que se encuentra ffsica y legalmente capaz decontratar y obligarse a nombre propio con Registro Federal deContribuyentes RIBO·760826·L11, quetiene su domicilio legalen la finca marcada con el numero1832, de la calle Sierra de Ouila, en la Colonia Las Aguilas, en el Municipio de Zapopan, Jalisco y que se somete durante la vigencia del presente contrato, a las normas establecidas en el C6digo Civil del Estado, en el artfculo 2254, demas artfculos correlativos del mismo y las dernas disposiciones legales que tengan aplkacion en la presente relaci6n contractual.

VI. Sigue declarando "EL PRESTADOR" que cuenta con el perfil y los conocimientos basicos para el desempeiio de la prestaci6n del servicio que hoy se Ie encomienda.

VII. Declara "EL PRESTADOR" que se compromete aseguir sus actoscon el mas alto grado deprofesionalismo y a cumplir con todos los deberes inherentes ala prestaci6n deservicios que hoy se Ie encomienda.

Envirtud delasanteriores declaraciones, las partes celebran el presente contrato conforme a las siguientes:

CLAuSULAS:

PRIMERA.· Objeto del Contrato: EI objeto del contrato es el fortalecimiento del programa denominado "Hospital Donante" con la prestaclon de servicio como personal coadyuvante en el proceso deDonaci6n de6rganos yTejidos Cadavericos pa ra trasplante con fines terapeuticos, cuyas principales funciones seran las de:

A. Coadyuvar con los Coordinadores Hospitalarios de Donaci6n de 6rganos y Tejidos para trasplantes de los hospitales publ i privados que cuentencon licencia para disposici6n de 6rganos, en el proceso deDonaci6n de6rganos yTejidos Cadavericos.

B. Las funcionesen lasque "EL PRESTADOR" ccadyuvara con losCoordinadoresHospitalariosdeDonaci6n son: I. Detectar, evaluar yseleccionara los donantes potenciales;

__~-<..;So lic ta r elconsentimiento de los familia res delpotencial donante;::: i

III. Fa . itarlacoordinaci6nentre los profesionalesde la salud encargadosde la extracci6n del0 de los 6rganosy tejidos y I de 10 med icos que real izaran el0 los trasplantes;

IV. Co dinar la loqisticadentro del establecimiento dela donaci6n yel trasp lante; V. rtic ipar en -reelizacion de los tramites medicos lega les de los casos que as! corresponda, manteniendo ~[IU/'A1'caLiclon y coordinaci6n permanente con el Agente del Min isterio Publico Especial, para la identificaci6n deldonante

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SEPTIMA.- Confidencialidad: "El PRESTADOR" edemas delas obligaciones que emanan de la naturaleza del presente contrato, yen relacion a la informacion confidencial a laque tenga acceso con motivo de los servicios prestados, estara obligado a:

1. Mantener la informacion confidencial en estricta reserva y no revelar ninqun dato de la informacion a ninguna otra parte, relacionada 0 no, sin elconsentimiento prev ioescrito de "El CETOT".

2. Recib ir, tratar y usar la informacion confidencial que reciban como confidencial y destinada unicamente al proposito para el cual fue entregada, en los mismos terrninos en que se establece en el presente instrumento.

3.Divulgar la informacion confidencial unicarnente alaspersonas autorizadas para su recepdon dentro de "El CETOT".

4. Tratar confidencialmente toda la informacion recibida directa 0 indirectamente de "El CETOT", Yno utilizar ningun dato de esa informacion de ninguna manera distinta alproposito para elcual fue entregada.

5. No manejar, usar, explotar, 0 divulgar la informacion confidencial a ninguna persona 0 entidad por ninqun motivo en contravenci6n a 10

dispuesto en este instrumento, salvo que sea expresamente autorizado por escrito a hacerlo por "El CETOT" 0 por el titular de la informacion confidencial.

6. No divulgar la informacion que rec iba a 10 largo de mi relacion con "El CETOT", subsistiendo este deber de secreto, aun despuesde que finalice dicha relaci6n y tanto si esta informacion es de propiedad de"El CETOT", como si pertenece aun usuario de "El CETOl", 0 aalguna otra institution que nos proporcione el acceso a dicha informacion, cualquiera que sea la forma de acceso a tales datos 0 informacion y el soporte en elque consten, quedando absolutamente prohibidoobtener copias sin previaautorizaclon.

7. EI incu mplimiento de cualesquiera de las obligaciones que constan en el presente documento, intencionadamente 0 por negligencia, podrian implicar en sucaso, lassanciones y/o pen as privativas correspondientes por parte de "El CETOT" ylo delas autoridades competentes y laposible reclamadon por parte del titular de la informacion de los dafioseconornicos causados, de conformidad con 10 dispuesto en laLey de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica del Estado de Jalisco y sus Municipios, as! como lineamientos Generales en materia de Prcteccion de Informacion Confidencial yReservada y los Criterios Generales en materia de Proteccion deInformacion Confidencial yReservada de "El CETOT".

OCTAVA.- Vigencia: La vigencia del presente contrato inicia el16 de enero de 2015 y concluye el dia 15 de julio de 2015, pud iendo dar por concluida la relacion contractual en forma unilateral, mediante comunicado por escrito con 30 dfas deanticipacion. siendo cbllqacicn de "El PRESTADOR" hacer entrega formal de material, equipo, documentacicn, asuntos en tramite ydernas que se Iehubieren facilitado para la prestacion de sus servicios bajo su estricta responsabilidad.

NOVENA.· Causas de Rescislon: Son causas de rescision sin responsabilidad para "El CETOl":

A) EI incumpl imiento por parte de "El PRESTADOR" en alguna de las dausulas expresadas, B) No iniciar sus actividades en la fecha estipulada, C) Infring ir las disposiciones contempladas en la Constitucion Polftica del Estado libreySoberano de Jalisco. elReglamento Interior

Consejo Estatal de Trasplantes de Organos yTejidos, as! como la l.eqislacion Sanitaria relacionada con losservicios prestados. D) Suspender injustificadamente, "El PRESTADOR", los servicios que Ie hayan side encomendados.

DECIMA.- Jurisdiccion y Competencia: Ambas partes manifiesta e para la interpretacion y cumplimiento de este contrato, as! como para todo aquello que no este expresamente

eten alajurisd iccion de los Tr ibunales Competentes del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, por tanto esde su domicilio presente 0 futuro les pueda corresponder.

estipulado en el . 's'mo, seso renuncian a ero que 0 razo

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fallecido; tarn bien debera mantener comunicaci6n y coord inaci6n con el personal del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, CoordinadorHosp italariode Donaci6n y"El CETOT".

C. Resguardar y mantener actualizadoslosarch ivosrelacionadoscon suactividad,

D. Cumplir con 10 dispuestoen el articu lo335 Bisl de la Ley General deSalud, ello para la ident ificaci6n deundonante fallecido,

E. Colaborar en el fomento a lacultura de la donaci6n pa rticipa ndo en las actividades info rmativas y acadernicas que determine "El CETOT", y

F. Lasdernas que se requ ieran afin de fortalece rel proceso estatal dedonaci6n de6rganos ytejidos.

Ambas partes acuerdan que este servicio se otorqara bajo la coordinaci6n del titular de la Unidad Estatal Coordinadora de Donaci6n de Orqanos y Tej idos quien com unicara con oportunidad a "El PRESTADOR" los casos que Ie sera n encomendados, as i como el hospital 0 los hospitalesque habradevisitery loscursos 0 platicas que tendra que impartir.

Para la prestaci6n de este servicio y debido a la naturaleza de las actividades que realiza "El PRESTADOR" debera tener disponibilidad de 24 horasde lunesadomingo po relperiodo de vigencia delpresente contrato .

SEGLlNDA.- Disposiciones Generales: "El PRESTADOR" se obligaadesarrolla r las actividades mencionadas en la clausula PRIMERA deeste contrato, con laeticaque ameritan estos casos en formaeficiente, dedicada, cumpliendoen todo momento con los l ineamientosdeladependencia en la forma que mejor convenga a lamisma.

"El CETOT" eroq are los gastos que sean necesarios pa ra el desarrollo de las actividades materia de este contrato en los casos en que "El PRESTADOR" deba traslad arse fuerade la Zona Metro politana.

Para los fines descritos en esta clausula se requiere la validaci6n del titular de la Unidad Estatal Coord inadora de Donaci6n de Orq anos y Tejidos.

TERCERA.- Honorarios y Regimen Fiscal: "El CETOT" cub rira honorarios a "El PRESTADOR" bajo el regimen fiscal de honorarios asimilados a sa larios en forma quincenal, por la cantidad de $5,928 .00 (Cinco mil novecientos veintiocho pesos 00/100 M.N.) menos impuestos, por concepto de la contraprestaci6n de losservicios real izados. conforme a los procedimientos establecidosen este reg imen fiscal.

En la segunda quincena de cada mes sera necesario que "El PRESTADOR" entreg ue a la Direcci6n deAdmin istraci6n un informe de las actividades realizadasdurante el mes correspondiente. previamente validado por elTitular de laUn idad Estatal Coordinadora de Don aci6n de Organos yTejidos.

Dichos honorariosserancubiertospor "El CETOT" demanera quincena l, mediante transferenciabancaria a lacuentaque "El PRESTADOR" en su momento proporcione.

CUARTA.-Informe desus Servicios: "El PRESTADOR" debera informar de susservicios alTitular delaUnidad Estatal CoordinadoradeDonaci6ndeOrqanos y Tejidos responsable cuantasvecessea solicitado. destacando los avances que se presenten en eldesempefio de la relaci6n contratada.

EI informe de servicios sera entregado por "El PRESTADOR" ta ntas veces como 10 requ iera "El CETOT", estos informes deberan pormenorizados senalandocircunstanciascomprobablesde tiernpo, modoy lugar.

QUINTA.- Acreditaci6n : "El PRESTADOR" debera ser acreditado por "El CETOT" ante lasdiversasareas de las institucionesen las que brindara susservicios a fin quese Ie permitael desernpeno delosservicios.

SEXTA.-Respons .~ \ \ La neg ligen . ,impericia, rror 0 dolo por parte de "El PRESTADOR", sera motivo de responsabilidad para con "El CETOT" ante quien

\ \ respon apor los an perju i osocasionados.

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Declaran las partes que en el contrato no existe error, dolo 0 lesion, por 10 que de conformidad 10 firman 3 (tres) ejemplares, el dia 16 de enero de 2015ante lapresencia de los testigos que alcalee firman.

DR. OSCAR

TEST/GOS

lie. HECTOR M~BlES GUTIERREZ DR. CARLOS AL AMARTINEZ

Las anteriores firmas corresponden al Contrato de Prestaci6n de Servicios de Procuraci6n celebrado entre el Dr. Oscar David Rivera Barajas y "EL CETOT", eldfa 16de enero de 2015.

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