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EN BUSCA DE UNA DEMOCRACIA TECNOLÓGICA O DEMOCRACIA TECNOLÓGICA O DIGITAL A NIVEL FEDERAL EN MÉXICO l d í Dra. Ma. Macarita Elizondo Gasperín Junio de 2010

EN BUSCA DE UNA DEMOCRACIA TECNOLÓGICA … · EN BUSCA DE UNA DEMOCRACIA TECNOLÓGICAO DIGITAL A NIVEL FEDERAL EN MÉXICO Dra. Ma. Macarita Eldlizondo Gasperín Junio de 2010

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EN BUSCA DE UNA DEMOCRACIA TECNOLÓGICA ODEMOCRACIA TECNOLÓGICA O DIGITAL A NIVEL FEDERAL EN 

MÉXICO

l d íDra. Ma. Macarita Elizondo Gasperín

Junio de 2010

Ley para la Elección de Poderes Federales 1° de julio de 1918 por Don Venustiano Carranza1 de julio de 1918 por Don Venustiano Carranza

Artículo 58. La votación podrá recogerse por medio de máquinast áti i ll l i it i i tautomáticas, siempre que llenen los requisitos siguientes:

I. Que pueda colocarse en lugar visible el disco de color que sirvaI. Que pueda colocarse en lugar visible el disco de color que sirvade distintivo al partido y los nombres de los candidatospropuestos;

á l ú l d lII. Que automáticamente marque el número total de votantes y losvotos que cada candidato obtenga;

III. Que tenga espacios libres donde los ciudadanos puedan escribirQ g p plos nombres de los candidatos cuando voten por alguno noregistrado;

IV Q d l t d l tIV. Que pueda conservarse el secreto del voto;V. Que el registro total señalado automáticamente sea visible e

igual a las sumas parciales de los votos obtenidos por cadag p pcandidato;

VI. Que los electores de la sección respectiva conozcan su manejo.

Ley Federal Electoral de 1973

Siguió vigente pero con algunas modificaciones (Art. 140) :

• La votaciónvotación podrápodrá recogerserecogerse porpor mediomedio dede máquinasmáquinas automáticasautomáticas cuyomodelo sea aprobado previamente por la Comisión Federal Electoral;

• Que se garanticegarantice la efectividadefectividad y secretosecreto del sufragio;• Que se garanticegarantice la efectividadefectividad y secretosecreto del sufragio;• Que puedan colocarse en lugar visible de la máquina los distintivos de los

partidos y los nombres de los candidatoscandidatos registradosregistrados;• Que la máquina impidaimpida elel registroregistro dede másmás dede unun votovoto por elector para• Que la máquina impidaimpida elel registroregistro dede másmás dede unun votovoto por elector para

elegir diputados, o en su caso, de mas de dos para elegir senadores y demas de uno para Presidente de la República;

• Que permitapermita al elector votarvotar por candidato distintodistinto aa loslos registradosregistrados;• Que registre automáticamente en progresión aritmética el número de

votantes en un marcador que pueda ser leído durante la votación;• Que hagahaga elel registroregistro totaltotal así como las sumas parciales de los votos

emitidos a favor de cada candidato, incluyendo a los no registrados, demanera tal que sólo puedan ser leídos una vez que se haya cerrado laq p q yvotación en la casilla.

Esta redacción sería la última vez que se conoció, pues la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales de 1977, en su artículo 188 

previó:

“La votación podrá recogerse por medio de máquinasd l b d i t l C i iócuyo modelo sea aprobado previamente por la Comisión

Federal Electoral, siempre que se garantice laefectividad y secreto del sufragio”.efectividad y secreto del sufragio .

Los ordenamientos posteriores ya no mencionan esta disposición

La modalidad del llamado “voto electrónico” o el usoLa modalidad del llamado  voto electrónico  o el uso de medios electrónicos para la recepción del voto no se encuentra comprendido por la legislación electoralse encuentra comprendido por la legislación electoral 

federal vigente

¿México cuenta ya con las condiciones necesarias parai l t i t l t ó i d t i ?implantar un sistema electrónico de votaciones?

¿Es necesaria una reforma electoral que incluya el uso de medios electrónicos en el sistema de votación mexicanomedios electrónicos en el sistema de votación mexicano 

en el marco de una sociedad posmodernista?

El legislador ordenó la realización de estudios queEl legislador ordenó la realización de estudios que permitan ponderar la viabilidad o no del uso de 

instrumentos electrónicos de votación, autorizandoinstrumentos electrónicos de votación, autorizando para ello que el Instituto Federal Electoral pueda 

destinar recursos para ello.destinar recursos para ello.

Punto Vigésimo Quinto del Presupuesto de Egresos de la Federaciónpara el Ejercicio Fiscal 2010 señala:

“Del presupuesto total asignado al Instituto Federal Electoral para elejercicio fiscal 2010 podrá destinar recursos para iniciar investigacionesejercicio fiscal 2010, podrá destinar recursos para iniciar investigacioneso estudios técnicos que permitan determinar, en el mediano plazo, laviabilidad o no, de utilizar instrumentos electrónicos de votación en los

l t l f d l ti l f ti id dprocesos electorales federales, que garanticen la efectividad yautenticidad del sufragio, así como el posible recuento de la votación,sin afectar el principio del secreto del voto.”

Conformación de la 

Comisión Temporal del Consejo General del Instituto Federal Electoral para Realizar las Investigaciones y Estudios Té i P itTécnicos que Permitan Determinar la Viabilidad o No de Utilizar Instrumentosde Utilizar Instrumentos Electrónicos de Votación en los Procesos Electorales Federales. (CG678/2009).

No estamos lejos de ver cómo el legislador pudieraNo estamos lejos de ver cómo el legislador pudieraincluir la modalidad de recepción del voto por mediode instrumentos electrónicos, la experiencia legislativade instrumentos electrónicos, la experiencia legislativaha demostrado que los Estados de la Federación hansido pioneros en diversas figuras jurídicas.sido pioneros en diversas figuras jurídicas.

Lo que se busca es una mayor participación ciudadana en la vidademocrática facilitada con el uso de las tecnologías ademásdemocrática facilitada con el uso de las tecnologías , ademásdebemos de tomar en cuenta los países que ya han incursionadoen la adopción de sistemas electrónicos para la emisión del votocomo referentes.

Recomendación CM/Rec (2009)1del Comité de Ministros a losdel Comité de Ministros a losEstados miembros de lademocracia electrónica (e‐democracy), adoptada por elComité de Ministros, el 18 def b 2009 l 1049febrero 2009, en la 1049areunión de Ministros

Al introducir revisar y mejorar la e‐democracia laAl introducir, revisar y mejorar la e‐democracia, laatención debería centrarse en la democracia y las partesinteresadas no en la tecnologíainteresadas, no en la tecnología.

Recomendación CM/Rec (2009) – G1 

La e‐democracy debe incluir a las partes interesadas:

• Autoridades públicas en todos los niveles

• Políticos

• Representantes electos

• Partidos políticos

• Funcionarios públicos

• Ciudadanos

• Electores

• Empresas y asociaciones

• Sociedad civil

• Medios de comunicación

• Proveedores de infraestructura

Recomendación CM/Rec (2009) – G10 

• La e‐democracy debe dirigirse a los niños y losó ljóvenes en particular.

• Debe tenerse en cuenta la etapa de desarrollode la sociedad civil, el nivel general y los mediosde comunicación entre las autoridades públicasy otras partes interesadas, en particular, a losciudadanos y el estado de desarrollo de lasociedad de la información del país encuestión.

Recomendación CM/Rec (2009) – G11, G13 

• Se deben ofrecer oportunidades adecuadas para la participación incluyente de las minorías y para  la democracia multicultural, por ejemplo, por medio de herramientas electrónicas multilingües y foros de discusión.

Recomendación CM/Rec (2009) – G75

• Los procesos de participación en todas las etapas dedeliberación toma de decisiones y durante la ejecucióndeliberación, toma de decisiones, y durante la ejecución,seguimiento y evaluación de la instauración de la democraciatecnológica;

• La vigilancia continua y revisión periódica de acceso a lag y pinformación como requisitos importantes del método de e‐democracia que se desarrolle;

• El intercambio de información y conocimientos con terceros,la creación de nuevas redes que reviertan la tendencia haciauna disminución de la legitimidad;

• La apertura a la toma de decisiones para crear confianza enlas instituciones democráticaslas instituciones democráticas.

Recomendación CM/Rec (2009) – G‐15, G‐31, G‐36, G‐47

Coahuila“Pionero en votación electrónica”.

Tribunal Electoral del Poder Judicial delTribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza, en el Juicio Electoral JE 035/2009 y suJuicio Electoral  JE‐035/2009 y su 

acumulado JE‐036/2009 se realizó el estudio de votos contenidos en urnasestudio de votos contenidos en urnas 

electrónicas.

Distrito Federal“Un esfuerzo de colaboración con autoridades y partidos 

políticos, con primicias jurisdiccionales” 

• En el Acuerdo ACU‐419‐09 del 29 de abrilde 2009, el Consejo General del IEDFaprobó la utilización de urnasaprobó la utilización de urnaselectrónicas para la recepción y cómputode votos en el proceso electoral localde votos en el proceso electoral localordinario 2008‐2009;

• Acuerdo Plenario número 24/2009 de 05de mayo de 2009, el TEDF aprobó lasBases y Criterios aplicaría lo relativo a las

lid d bl id l lnulidades establecidas en la Ley ProcesalElectoral local Gaceta Oficial del DistritoFederal el catorce de mayo de 2009Federal el catorce de mayo de 2009.

Jalisco “Un ejercicio vinculante en elecciones j

ordinarias y extraordinarias”.

• Los Juicios de Inconformidad• Los Juicios de Inconformidadhechos valer en la elecciónordinaria local fueron dos aordinaria local fueron dos, asaber:

/JIN‐026/2009

JIN‐135/2009

Consideraciones globales de los ejercicios vinculantes

• Los tres ejercicios vinculantes de “urnaelectrónica” no contemplan, en lo sustantivo, elp , ,cumplimiento de figuras electorales que a nivelfederal se encuentran vigentes:

– Candidaturas no registradas (independientes).

– El recuento (logro de la reforma electoral de 2008).

– Utilización de la credencial de elector vinculada aluso de las tecnologías.g

– Voto nulo.

– El voto de los mexicanos residentes en el extranjero.

Entre los temas por definir: 

1 “Urna electrónica” como medio de prueba1. Urna electrónica como medio de prueba.

2. Los llamados conteos rápidos o del PREP.

3. Los funcionarios integrantes de la mesadirectivadirectiva .

4. La presencia de los observadores electoralesy los visitantes extranjeros.

5. El voto de los mexicanos en el extranjero.5. El voto de los mexicanos en el extranjero.

CONCLUSIONCONCLUSION

Pensar en una democracia tecnológica conlleva elestudio y análisis no solo de las cuestionestécnicas o del tipo de tecnología a implementar,sino de adecuaciones legales, soportadas eninvestigaciones y ejercicios así como en ajustes ala ley procesal que permita la instauración demecanismos de los actores políticos en defensa desus legítimos intereses.

EN BUSCA DE UNA DEMOCRACIA TECNOLÓGICA ODEMOCRACIA TECNOLÓGICA O DIGITAL A NIVEL FEDERAL EN 

MÉXICO

it li d @[email protected]

macarita@prodigy net [email protected]