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Cuadernillo 4 Pag 19 NOVIEMBRE 29 CIAN MAG YELL BLACK www.eltiempo.com/clasificados DOMINGO 29 DE NOVIEMBRE DE 2009 4-19 publíquese por una sola vez en el diario El Espectador o EL TIEMPO, notifíquese, el juez, Bernardo Cubillos Serna. Jenith Rodrí- guez Chinchía, secretaria. EDICTO EMPLAZATORIO.- República de Co- lombia. Juzgado Primero Civil Municipal San- ta Marta. El suscrito secretario del Juzgado Primero Civil Municipal de Santa Marta, CITA y EMPLAZA: A la señora Dubis Leonor Trujillo Núñez para que comparezca por sí o por me- dio de apoderado a la secretaría del juzgado a recibir la notificación del auto de fecha fe- brero seis (6) del 2009 mediante el cual se li- bró mandamiento de pago en proceso ejecu- tivo seguida por cooperativa de los profesio- nales de la salud “Coasmedas”, por medio de su apoderado en contra Dubis Leonor Trujillo Núñez advirtiéndose que transcurriendo quince (15) días después de la publicación, se entenderá surtido el emplazamiento y de no concurrir se le designará curador ad litem. Para los efectos del artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, se le hace entrega de este emplazamiento al interesado y se le or- dena publicar una sola vez en un medio escri- to de amplia circulación nacional (EL TIEMPO o La República). Santa Marta, veinticinco (25) de agosto de dos mil nueve (2009). José Echeverría Martínez, secretario. EDICTO EMPLAZATORIO.- República de Co- lombia. Rama Judicial. Juzgado Único Promis- cuo Municipal de Hobo, Huila. El Juzgado Úni- co Promiscuo Municipal de Hobo, Huila, EM- PLAZA A Manuel Suárez Cuellar y Albenis Morales, para que comparezcan a este Des- pacho Judicial, ubicado en la calle 5 No. 8-77 de Hobo, Huila, dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del presente edic- to, con el fin de notificarle el contenido del auto mandamiento ejecutivo calendado el 02 de febrero de 2009, radicado bajo la partida 2009-00013; proferido dentro del proceso ejecutivo singular de mínima cuantía que en su contra les adelanta el Banco Agrario de Colombia S.A. Se advierte a los emplazados que en caso contrario se les designará cura- dor ad lítem, con quien se surtirá la actua- ción y se continuará con el trámite del proce- so. Se expide el presente edicto para su pu- blicación por una sola vez en uno de los si- guientes diarios de amplia circulación nacio- nal EL TIEMPO, El Espectador o La República, de conformidad con lo establecido en el artí- culo 318 del Código de Procedimiento Civil. Gloria Inés Cabrera Quintero, secretaria Ad- Hoc. EDICTO EMPLAZATORIO.- República de Co- lombia. Rama Judicial del Poder Público. Juz- gado Octavo Civil Municipal Santa Marta. La suscrita secretaria del Juzgado Octavo Civil Municipal de Santa Marta, EMPLAZA: A los señores María Concepción Pacheco Duarte y Orlando Miguel Vásquez García, para que comparezcan por sí o por medio de apodera- do a la secretaría del juzgado a recibir la noti- ficación del auto de mandamiento de pago de fecha 20 de junio de 2008, dentro del pro- ceso ejecutivo seguido por Fundación Mun- dial de la Mujer, y a estar en derecho en for- ma legal, para efectos del Art. 138 del C.P.C., se le hace entrega de este emplazamiento a los interesados y se les ordena publicar una sola vez cualquier día en una emisora de am- plia difusión nacional en las horas compren- didas entre las seis (06) de la mañana y las once (11) de la noche, o el día domingo en un diario de amplia circulación nacional, advir- tiéndole que transcurrido quince (15) días después de la publicación se entenderá surti- do el emplazamiento y de no concurrir se le designará curador ad litem. Ana Elisa Charris de Kligman, secretaria. EDICTO.- Héctor Julio Becerra Ruiz, abogado titulado Civil - Penal - Laboral. Emplazatorio de quien debe ser notificado personalmente (Artículo 318 del C.P.C.). Persona emplazada: Herederos indeterminados de María del Car- men Pinzón de Becerra. Juzgado: Primero Ci- vil del Círcuito de Duitama. Demandante: Jai- me Hernán Martínez García. Demandados: Ana Blanca Pinzón Patiño, María Graciela Ba- rreto de Ayala, herederos indeterminados de María del Carmen Pinzón de Becerra y perso- nas indeterminadas. Objeto: Notificación del auto admisorio de la demanda, fechado el 1 de septiembre del año 2009. Clase de proce- so: Proceso ordinario agrario de pertenencia de mayor cuantía, por prescripción extraordi- naria adquisitiva del dominio. Número del proceso: 2009-00136. EDICTO.- Juzgado 10o. de Familia de Mede- llín, AVISA que en proceso declaración de muerte presunta por desaparecimiento pro- movido por Blanca Marín Restrepo, mediante providencia de julio 13/09 confirmada por el H. T. S. de Medellín Sala de Familia en Sept. 16/09, se declaró la muerte presunta por desaparecimiento de Rigoberto Marín Res- trepo, providencia de la cual extractamos: Juzgado 10o. de Familia de Medellín, julio 13/09, en mérito de lo expuesto, el Juzgado 10o. de Familia de Medellín, administrando justicia en nombre de la República de Colom- bia y por autoridad de la ley, FALLA: 1. Se de- clara la muerte presunta por desapareci- miento de Rigoberto Marín Restrepo, nacido en Amagá, marzo 23/65, hijo de Severo An- tonio Marín y María Alicia Restrepo. 2. En consecuencia, se fija como fecha presuntiva de su muerte Sept. 3/04, Art. 97 Num. 6o. C. Civil. 3. Se ordena la transcripción de esta re- solución a la Notaría Única de Amagá, para lo de su competencia y para que la inscriba en el libro de varios y además extienda el regis- tro civil de defunción de Rigoberto Marín Restrepo. Igualmente a la parroquia donde se encuentra inscrita la partida eclesiástica de nacimiento de éste para que si a bien lo tie- ne, haga las anotaciones correspondientes. 4. Publíquese encabezamiento y parte reso- lutiva de esta sentencia en EL TIEMPO en El Mundo y en una radiodifusora local Art. 657 C.P.C. en conc. con el Art. 656, regla 2a., lit b) ib). 5. Notifíquese al Agente del Ministerio Público. 6. Consúltese esta providencia ante el T. S. de Medellín, Sala de familia. Medellín, Oct. 20/09. Yamile Stella Giraldo, secretaria. EDICTO.- Juzgado 2o. de Familia de Itagüí. Rad. 2009/0689, HACE SABER: A Gustavo Diego Castro Herrera, de conformidad con el Art. 657 C.P.C., se previene a quienes tengan noticias de él, para que las comuniquen al Juzgado en proceso Jurisdicción Voluntaria Declaración de Muerte por Desaparecimien- to, instaurado por Rosa Elena Vélez Ocampo de cuya demanda se extracta lo siguiente: 1. Que Gustavo Diego Castro Herrera y Ángela María Vasco Vélez, iniciaron una unión mari- tal de hecho desde 1996 hasta mediados de diciembre/2002, cuyo domicilio común fue el municipio de Itagüí, Ant. 2. Que Gustavo Diego Castro Herrera, salió de su residencia a mediados de diciembre/2002, e hizo 2 llama- das a la señora Ángela María Vasco Vélez y a su hija María Camila Castro Vasco, en el mes de febrero de 2003 y el 17 de abril de 2003, sin que desde ese instante se haya vuelto a tener noticias de su paradero, habiendo transcurrido más de 2 años. 3. Que desde la fecha de desaparecimiento del señor Gusta- vo Diego Castro Herrera, se han realizado va- rias diligencias en la Fiscalía General de Puer- to Triunfo y edictos emplazatorios a sus pa- rientes. 4. Que la actora tiene interés legíti- mo en el proceso, por ser abuela de la menor María Camila Castro Vasco. Este edicto se sujetará a lo dispuesto en el Art. 318 del C. Adjetivo, pero deberá publicarse en el diario EL TIEMPO de Santa Fe de Bogotá, D.C., en el periódico El Mundo de esta ciudad y en una radiodifusora local; así mismo, se publicará en el Diario Oficial, 3 veces por lo menos, de- biendo correr más de 4 meses entre cada 2 citaciones, conforme al núm. 2o. del Art. 97 C. Civil. Itagüí, noviembre 13/2009. Jaime Alonso Jiménez. Fijado noviembre 13/09, 8 a.m. EDICTO.- Juzgado 2o. de Familia de Itagüí, Rad. 2009/0693, HACE SABER: A Elvira de Jesús Rojas Restrepo, de conf. Con el Art. 657 C.P.C., se previene a quienes tengan no- ticias de ella, para que las comuniquen al Juz- gado en proceso Jurisdicción Voluntaria De- claración de Muerte Presunta por Desapare- cimiento instaurado por Luis Carlos Álvarez Macías, de cuya demanda se extracta: 1. Que los señores Luis Carlos Álvarez Macías y Elvi- ra de Jesús Rojas Restrepo, contrajeron ma- trimonio católico en junio 30/63, en la Parro- quia Nuestra Señora del Rosario del Mpio. de Itagüí, hecho que fue debidamente registra- do. 2. Que Elvira de Jesús Rojas Restrepo, tuvo su domicilio permanente en este Mpio. hasta julio 24/88 fecha cuando desapareció. 3. Que desde la fecha de desaparecimiento hasta el día de la presentación de la deman- da, han transcurrido más de 2 años y no se ha tenido ninguna noticia de la citada, no obstante las diligencias que se han adelanta- do para dar con su paradero. 4. Que se en- cuentran cumplidos los plazos exigidos por la ley, para la declaración de la muerte presun- ta por desaparecimiento de la Sra. Elvira de Jesús Rojas Restrepo. Este edicto se sujetará a lo dispuesto en el Art. 318 C.P.C., pero de- berá publicarse en EL TIEMPO de Bogotá, D.C., en El Mundo y en radiodifusora local, así mismo, se publicará el edicto en Diario Ofi- cial 3 veces por lo menos, debiendo correr más de 4 meses entre cada 2 citaciones, conforme al Nral. 2o. del Art. 97 C. Civil. Fija- do Oct. 28/09, 8 a.m. Jaime Alonso Jiménez, Secretario. EDICTO.- Juzgado Promiscuo de Familia de Yarumal, Ant., EMPLAZA: Al señor Robinson de Jesús Pérez, cuyo paradero se desconoce para que comparezca por sí o por medio de apoderado dentro del término de fijación del presente edicto y 5 días más, a oír notifica- ción personal del Auto por medio del cual se admitió la demanda sobre muerte presunta por desaparecimiento, promovido ante este Despacho por la Sra. María Delfa Pérez de Areiza. Se le advierte al emplazado que si no comparece dentro del término fijado, se le designará curador ad lítem, con quien se sur- tirá la notificación y se continuará la tramita- ción del proceso. Se previene a las personas que tengan noticias del emplazado para que las informen al Juzgado. El extracto de la de- manda es: Robinson de Jesús Pérez, mayor de edad, que era vecino de la vereda El Neva- do del Mpio. de Valdivia, Ant., quien después de ingresar como soldado regular al Ejército Nacional de Colombia en la primera semana del mes de marzo/91, con el fin de prestar su servicio militar obligatorio, terminado el mis- mo sin problema alguno, por lo que tomó la decisión de continuar como soldado profe- sional desde septiembre/93, fecha desde la cual luego de salir a cumplir con sus respec- tivas rutinas, a él impuestas por sus superio- res y luego de un aparente combate con gru- pos subversivos, nunca hasta la fecha se vol- vió a saber del paradero de este soldado de la patria, un joven soldado amigo de Robin- son, el cual vivía para la época (q.e.p.d.) en Ventanas, Ant. “Su hijo había desaparecido después de unos combates que le libraron con integrantes de un grupo subversivo en la zona, que posiblemente había muerto, pero que su cuerpo no había sido recuperado, que esperara que si algo se sabía se le comunica- ría inmediatamente” Hasta que se tuvo cono- cimiento de Robinson de Jesús Pérez, se supo que estaba perteneciendo al Batallón de Infantería No. 32 Francisco de Paula Vélez Contingente. 3.91 Compañía Águila, con sede en Carepa, Ant. Se fija y publica el presente edicto de conformidad con los Arts. 656, 657 y 318 C.P.C., 97 Nral. 2 C. Civil, julio 8/09. Gloria M. Pérez, Secretaria. EDICTO.- Juzgado Promiscuo de Familia de Cáqueza, Cundinamarca, CITA Y EMPLAZA A los herederos indeterminados de Silvestre Montenegro Cardozo (q.e.p.d.), para que dentro del término de quince (15) días hábi- les contados a partir de la publicación del presente edicto comparezcan personalmente o por medio de apoderado judicial a este Juz- gado a recibir notificación del auto calenda- do veintinueve (29) de octubre del año 2009, proferido en el proceso No. 25 151 31 84 001 2009 00132 00. Ordinario - declaración de existencia de unión marital de hecho, disolu- ción y liquidación de la sociedad patrimonial que adelanta en este Despacho la señora Fre- desminda Bejarano Beltrán contra herederos indeterminados de Silvestre Montenegro Cardozo (q.e.p.d.). Se le advierte a los empla- zados que si no comparecen al juzgado en la oportunidad señalada les será designado cu- rador ad lítem, con quien se surtirá la notifi- cación y se adelantará el proceso hasta su terminación. En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 318 del C. de P.C., se fija el presente edicto hoy diez (10) de noviembre del año dos mil nueve (2009), en lugar público visi- ble de la secretaría del Juzgado, y se expiden copias al carbón del mismo para su publica- ción en un medio escrito de amplia circula- ción nacional EL TIEMPO o El Espectador. El secretario, Amadeo Betancourt Rodríguez. EDICTO.- Juzgado Promiscuo Municipal Cabrera (Cund.), doce (12) de noviembre de dos mil nueve (2009). Ref. Ejecutivo No. 0005-2008. De: José Abel Arévalo Vs. Víc- tor Hugo Vargas Duque. Es procedente lo solicitado en memorial que antecede. En consecuencia, en la forma y términos esta- blecidos en el artículo 318 del C. de P.C., emplácese al demandado Víctor Hugo Var- gas Duque. Por tanto, inclúyase su nombre, el de las partes procesales, la naturaleza del asunto y el juzgado que lo requiere en un listado que se publicará en un diario de amplia circulación nacional, en este caso, EL TIEMPO o La República, para que en el término de quince (15) días posteriores a la publicación comparezca a este despacho a recibir notificación personal del auto man- damiento de pago de fecha 12 de febrero de 2008 proferido en el asunto de la refe- rencia, advirtiéndole que de no compare- cer se designará curador ad litem para que lo represente, con quien se surtirá la notifi- cación respectiva y se proseguirá el curso del proceso hasta su terminación. Copia del presente entréguese a la parte intere- sada para fines del caso. Notifíquese, la juez, Myriam Celis Pérez. EDICTO.- Juzgado Segundo Civil Municipal Santa Marta. La suscrita secretaria del Juzga- do Segundo Civil Municipal, EMPLAZA: A los señores Milena Elvira Narváez Martínez y Je- sús Granados para que dentro del término de quince días (15) comparezca al despacho por sí o por medio de apoderado a recibir la notificación personal del auto de enero 15 del 2008 dictado dentro del proceso ejecutivo singular, que sigue Fundación Mundial de la Mujer Bucaramanga, por medio de apodera- do contra los señores Milena Elvira Narváez Martínez y Jesús Granados que cursa en este juzgado. Se le advierte a el emplazado que si dentro del término no comparece se le nom- brará curador ad litem, para que lo represen- ten en el proceso hasta su terminación. Para los efectos indicados en el Art. 318 del C. de P.C. Hoy 20 de octubre del 2009 a la hora de las 8:00 a.m., se le entrega copias del mismo al interesado para que sea publicado en un periódico de amplia circulación nacional o por una radiodifusora local. Martha Lucía Ur- bina Guerra, secretaria. EDICTO.- Juzgado Segundo Civil Municipal Santa Marta. La suscrita secretaria del Juzga- do Segundo Civil Municipal, EMPLAZA: A el señor José Fernando Polo Mercado, para que dentro del término de quince días (15) com- parezca al despacho por sí o por medio de apoderado a recibir la notificación personal del auto de fecha septiembre ocho (08) del año dos mil nueve (2009) dictado dentro del proceso ejecutivo que sigue Coasmedas, por medio de apoderado contra José Fernando Mercado Polo, que cursa en este juzgado. Se le advierte a la emplazada que si dentro del término no comparece se le nombrará cura- dor ad litem para que lo representen en el proceso hasta su terminación. Para los efec- tos indicados en el Art. 318 del C. de P.C. Hoy de del 2009 a la hora de las 8:00 a.m., se le entrega copia del mismo al interesado para que sea publicado en un periódico de amplia circulación nacional y por una radiodifusora local. Martha Lucía Urbina Guerra, secretaria. EDICTO.- Juzgado Segundo Civil Municipal Santa Marta. La suscrita secretaria del Juzga- do Segundo Civil Municipal, EMPLAZA: A el señor Yennifer Tatiana Guerrero Escorcia para que dentro del término de quince días (15) comparezca al despacho por sí o por medio de apoderado a recibir la notificación personal del auto de fecha julio 16 del 2008 dictado dentro del proceso ejecutivo singu- lar, que sigue Fundación Mundial de la Mujer Bucaramanga, por medio de apoderado con- tra Yennifer Tatiana Guerrero y Neovis Elena de Jesús Guerrero Escorcia que cursa en este juzgado. Se le advierte a el emplazado que si dentro del término no comparece se le nom- brará curador ad litem para que lo represen- ten en el proceso hasta su terminación. Para los efectos indicados en el Art. 318 del C. de P.C. Hoy 20 de octubre del 2009 a la hora de las 8:00 a.m., se le entrega copias del mismo al interesado para que sea publicado en un periódico de amplia circulación nacional o por una radiodifusora local. Martha Lucía Ur- bina Guerra, secretaria. EDICTO.- Juzgado Sesenta y Siete Civil Muni- cipal, calle 16 No. 7-39, piso 7. CITA Y EM- PLAZA A María Marbely Domínguez Guzmán y José Miguel Contreras Beltrán, para que en el término de quince (15) días comparezca(n) a este Despacho Judicial a recibir notifica- ción personal del auto que libró mandamien- to de pago, proferido(s) dentro del proceso ejecutivo singular No. 2008-1172, que en este Juzgado adelanta Teresa Rincón de Per- domo contra María Marbely Domínguez Guz- mán, José Miguel Contreras Beltrán y el esta- blecimiento de comercio Chatarreando. Se advierte a la(s) persona emplazada(s) que si transcurridos cinco días contados a partir del vencimiento del término arriba señalado no concurren, se le designará curador ad lítem, con quien se adelantará el proceso hasta su terminación. Para los efectos del artículo 318 del C.P.C., se fija el presente edicto en un lu- gar público y visible de la secretaría del Juz- gado por el término de quince (15) días y se expiden copias del mismo para su publica- ción en el diario EL TIEMPO o en La República y en una radiodifusora local, en el horario comprendido entre las siete de la mañana y las diez de la noche. Se fija el día de hoy 18- 11-2009, a las 8:00 a.m. Laura Ximena Var- gas Chaparro, secretaria. Se desfija el día de hoy, a las 5:00 p.m. Laura Ximena Vargas Chaparro, secretaria. EDICTO.- Juzgado Treinta y Cuatro Adminis- trativo Circuito de Bogotá, secretaría. Carre- ra 7a. No. 13-27, piso 8, Bogotá D.C. Juez Dra. Olga Cecilia Henao Marín. Lista para empla- zamientos (Artículo 318 del C.P.C. modifica- do por el Art. 30 de Ley 794 de 2003). Fecha: Noviembre 19 de 2009. Orden 1. Expediente: 11001333103420080015200. Sujeto empla- zado: Representante legal de la Constructora de Los Andes - Coandes Cía. Ltda. Deman- dante: Ana Lara de Gaviria. Demandado: Em- presa de Acueducto y Alcantarillado de Bo- gotá. Naturaleza: Reparación Directa. Versa sobre: Llamamiento en Garantía. 2. 11001333103420080015200. Representante legal de la Soc. Microtunel S.A. de C.V. Ana Lara de Gaviria. Empresa de Acueducto y Al- cantarillado de Bogotá. Reparación Directa. Llamamiento en Garantía. 3. 11001333103420080015200. Representante legal de la SPC. Consultoría Etnica Latinoa- mericana y del Caribe Ltda. Ana Lara de Gavi- ria. Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá. Reparación Directa. Llamamiento en Garantía. 4. 11001333103420080015200. Gerente de E. P. M. Bogotá Aguas. Ana Lara de Gaviria. Empresa de Acueducto y Alcanta- rillado de Bogotá. Reparación Directa. Llama- miento en Garantía. Se deja constancia que el presente listado se encuentra disponible a partir de la fecha para su retiro por la parte interesada. Reinaldo Antonio Cortes Rivera, secretario. EDICTO.- Juzgado Veinte de Familia de Bogo- tá D.C., calle 14 No. 7-36, piso 6. La suscrita secretaria del Juzgado Veinte de Familia de Bogotá D.C., EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir dentro del proceso de sucesión doble e intestada de Jaime García Calderón y Elma María Núñez de García, quienes tuvieron su último domici- lio en esta ciudad, la cual se declaró abierta y radicada en este juzgado mediante providen- cia de fecha julio treinta y uno (31) de dos mil nueve (2009) con aclaración mediante auto de septiembre dos (2) del mismo año. En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 589 del C. de P. Civil, se fija el presente edicto en lugar público y visible de la secretaría del Juzgado por el término de diez (10) días, hoy 19 noviembre 2009, siendo las ocho de la mañana, háganse las publicaciones en el dia- rio EL TIEMPO o El Espectador y en una emi- sora local de amplia emisión. Delia Yasmín Escobar Leal, secretaria. EDICTO.- La(el) suscrita(o) notaria(o) Nove- na(o) del Círculo de Cali, EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días si- guientes a la publicación del presente edicto, en el periódico ante el tramite notarial de li- quidación intestada de Carlos Alfonso Rojas Prado, c.c. No. 16.863.764 de El Cerrito (V.), quien falleció en Cali en septiembre 10 de 2009. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta No. 136 de fecha 24 de noviembre del 2009, se ordena publica- ción de este edicto en el periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988, orde- nándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy veinticuatro (24) días del mes de noviembre del año dos mil nueve (2009), a las 8:30 a.m. La(el) No- taria(o), Miryan Patricia Barona Muñoz, No- taria Novena del Círculo de Cali. EDICTO.- LA SECRETARÍA AD-HOC DEL JUZ- GADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUI- TO DE SAMANIEGO - MARIÑO, CITA Y EM- PLAZA AL señor JEIMAR IVAN MORA ACOS- TA, persona mayor de edad identificado con la cédula de ciudadanía 87.462.488 de Sa- maniego (N) cuyo paradero se desconoce al igual que la totalidad de las, personas que puedan saber de él. Al primero para que den- tro del término de fijación del presente EDICTO comparezca a éste Despacho por si o por conducto de apoderado judicial, a poner- se a derecho dentro del proceso de JURIS- DICCIÓN VOLUNTARIA DE DECLARACIÓN DE MUERTE POR DESAPARECIMIENTO, adelanta- do por la señora ROSA FREDESMINDA ACOS- TA y el cual, se ha radicado a la partida nú- mero 200800019-00; y a los segundos para que acudan oportunamente a darle aviso “EXTRACTO DE LA DEMANDA,” HECHOS, 1° ,- El señor JEIMAR IVAN MORA ACOSTA es hijo de mi representada ROSA FREDESMINDA ACOSTA 2* .- El señor JEIMAR IVAN .MORA ACOSTA, fue soltero, no tuvo descendencia y siempre convivió bajo la dirección de mi po- derdante ROSA FREDESMINDA ACOSTA. 3* - El 21 de Noviembre de 2006, el señor JEIMAR IVAN MORA ACOSTA, salió desde Samaniego con destino a la ciudad de Túquerres y Gua- chucal, para luego pasar a la ciudad de Pasto, salió de Samaniego acompañado con e! se- ñor ÓSCAR AFRANIO ESCOBAR, quien era el conductor del vehículo DAHATSUN, color rojo de placas AGD- 964 en el cual se trans- portaban 4° - El vehículo en el que se condu- cían tanto el señor JEIMAR IVAN MORA ACOSTA como el señor ÓSCAR AFRANIO ES- COBAR, fue encontrado abandonado en la vía que de Chirristes conduce a Guaitarilla, sin rastros de los ocupantes, ni huellas de haber sido atropellados dentro de él 5* o Desde esa fecha o sea desde el 21 de Noviembre de 2005, no se ha vuelto a saber absolutamente nada del señor JEIMAR IVAN MORA ACOSTA ni tampoco del señor ÓSCAR AFRANIO ESCO- BAR; habiendo transcurrido más de dos años hasta la presente fecha. 6°- Desde la fecha atrás indicada se han adelantado varias dili- gencias encaminadas a dar con su paradero, sin tener ninguna noticia, destacándose en- tre ellas las siguientes: a) El señor JAIRO MORA ACOSTA, hermano del señor JEIMAR IVAN MORA ACOSTA, acudió a las autorida- des e Informaron del desaparecimiento del mismo , urgiendo su ayuda para localizarlo, pero ha sido infructuoso La denuncia se pre- sentó en Imués en la Estación de Servicio : pero solicitada la copia de manifiesta por esa entidad que en el archivo ya no obra copia de la susodicha diligencia 7°.- Mi mandante tie- ne interés legítimo en la declaración de muerte presunta del señor JEIMAR IVAN MORA ACOSTA, ya que es su madre “ En cumplimiento de lo dispuesto en el articule 97 del C.C. en armonía con el Artículo 318 Ibí- dem, se fija el presente EDICTO EMPLAZATO- RIO en un lugar visible de la secretaria del Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Samaniego-Nariño, hoy veinticinco (25) de Noviembre de Dos Mil Nueve (2009), siendo las 8 de la mañana, emplazamiento que se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de su publicación en la edición dominical del periódico El Tiempo o El Espec- tador, en un periódico de circulación local y en la radiodifusora local para lo cual se entre- garán sendas copias a la parte interesada. LILIANA CAICEDO CAICEDO, Secretario Ad- Hoc. EDICTO.- La secretaria del Juzgado Prime- ro de Familia de Santa Marta, EMPLAZA: Al señor Joei Enrique Trout Pertuz, para que en el término de 15 (quince) días compa- rezca por sí o por medio de apoderado a este juzgado a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda fechado 27 de octubre de 2009, dictado dentro del proceso de divorcio de matrimonio civil, seguido en su contra por la señora Indira Cecilia Romero Pérez y a estar en derecho en el proceso en la forma legal. Para los efectos previstos en el artículo 30 de la Ley 794 de 2003, modificatorio del artícu- lo 318 del Código de Procedimiento Civil, se hace entrega de copia de este emplaza- miento al interesado para que haga las pu- blicaciones el día domingo, por una sola vez en el listado del periódico EL TIEMPO, de amplia circulación nacional, o por la ra- diodifusora Caracol, a nivel nacional, entre las 6:00 (seis) de la mañana y las 11:00 (once) de la noche. Se le advierte a la em- plazada que transcurrido 15 (quince) días después de la publicación del listado, se entenderá surtido el emplazamiento y de no comparecer se le designará curador ad litem, con quien se surtirá la notificación. Carmen Cecilia Guardiola Ramírez, secre- taria. EDICTO.- La secretaria del Juzgado Primero de Familia de Santa Marta, EMPLAZA: Al se- ñor Juan Fabián López García, para que en el término de 15 (quince) días comparezcan por sí o por medio de apoderado a este juzgado a recibir notificación personal del auto admiso- rio de la demanda fechado 25 de agosto de 2009, dictado dentro del proceso de priva- ción de la patria potestad, seguido en su con- tra por la señora Patricia María Avendaño Ce- ledón, en interés de su menor hijo Fabio José López Avendaño y a estar en derecho en el proceso en forma legal. Para los efectos pre- vistos en el artículo 30 de la Ley 794 de 2003, modificatorio del artículo 318 del Códi- go de Procedimiento Civil, se hace entrega de copia de este emplazamiento al interesa- do para que haga las publicaciones el día do- mingo, por una sola vez en el listado del pe- riódico EL TIEMPO de amplia circulación na- cional o en la radiodifusora Caracol a nivel nacional, cualquier día de la semana, entre las 6:00 (seis) de la mañana y las 11:00 (on- ce) de la noche. Se le advierte a los emplaza- dos que transcurrido 15 (quince) días des- pués de la publicación del listado, se enten- derá surtido el emplazamiento y de no com- parecer se le designará curador ad litem, con quien se surtirá la notificación. Carmen Ceci- lia Guardiola Ramírez, secretaria. EDICTO.- La secretaria del Juzgado Tercero Civil del circuito de Bogotá D.C., por medio del presente CITA Y EMPLAZA A las personas indeterminadas que se crean con derecho so- bre el respectivo bien, a fin de que dentro del término de fijación de este edicto y quince días más, comparezcan a este despacho por sí o por medio de apoderado judicial a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda de fecha diez de noviembre de dos mil nueve, dictado dentro del proceso ordina- rio de pertenencia No. 2009-00744 que por prescripción ordinaria adquisitiva de dominio ha instaurado Amanda Enciso Rozo contra herederos indeterminados de Manuel María Garzón Velásquez y personas indetermina- das. El bien cuya pertenencia se solicita es el siguiente; Placa BCQ-167, clase automóvil, marca Mazda, color azul, modelo 1993, servi- cio particular, carrocería Cedan, línea 323NB 1.5, capacidad cinco pasajeros, serie y chasis N. 323NB27273, motor N. E5742632. Se le advierte a los emplazados que si vencido el término aquí señalado y no comparecieren se les designará curador ad lítem con quien se surtirá la notificación y se proseguirá el pro- ceso hasta su terminación. Para los efectos de que trata el Art. 318 y 407 del C. de P. Ci- vil, se fija el presente edicto en el lugar públi- co de la secretaría del Juzgado por el término de veinte (20) días, hoy 20 de noviembre de 2009, siendo las 8:00 a.m. La secretaria, Amanda Ruth Salinas Celis. EDICTO.- La secretaria del Juzgado Trece de Familia de Bogotá, D.C., CITA y EMPLAZA: A todas las personas por línea paterna que se crean con derecho a Intervenir en el ejercicio de la guarda del(os) menor(es) Valentina Ro- dríguez Bejarano, dentro del proceso de pri- vación de patria potestad No. 2008-0414 de- mandante Sandra Milena Bejarano Aguilar contra Oscar Orlando Rodríguez Díaz, en re- presentación de los intereses del(os) me- nor(es) antes mencionados para lo cual se ordena fijar edicto para proceder a su publi- cación en cualquiera de los diarios de EL TIEMPO, El Espectador, La República o El Nuevo Siglo. Para dar cumplimiento a lo pre- visto en el Art. 446 del C. de P.C., se fija el presente edicto en la secretaría del juzgado por el término de ley, hoy 20 Nov. de 2009, siendo las 8:00 a.m. La secretaria, Sandra Lucía Barriga Moreno. EDICTO.- La secretaria E. del Juzgado Prime- ro Promiscuo de Familia de Florencia, Caque- tá, EMPLAZA: Al señor Aidemi Martínez Ve- ga, a estar en derecho en el proceso de de- claración de muerte presunta por desapare- cimiento, iniciado en este Despacho por la señora Camila Vega de Martínez, por inter- medio de apoderado judicial, previniendo a todas las personas que tengan noticias del desparecido Martínez Vega, para que las co- muniquen en forma inmediata. Declaracio- nes: Primera: Que se declare la muerte pre- suntiva por causa de desaparecimiento del señor Aidemi Martínez Vega, persona mayor, natural y vecino de Florencia, Caquetá, lugar de su último domicilio. Segunda: Que se se- ñale la fecha presunta del acontecimiento con arreglo a las disposiciones del Código Ci- vil. Tercera: Que se transcriba la parte res- pectiva de la sentencia y se le comunique al correspondiente funcionario encargado del registro civil, a efecto que extienda el regis- tro de defunción, haciéndose saber los datos personales completos del desaparecido. Cuarta: Que se ordene la publicación del en- cabezamiento y parte resolutiva de la sen- tencia en un periódico de amplia circulación nacional y en un periódico y radiodifusora lo- cal, conforme lo ordenado en el Art. 318 del C.P.C. Hechos: Primero: La señora Camila Vega de Martínez, durante su matrimonio procreó a Aidemi Martínez Vega, quien pres- taba su servicio militar en el Batallón “Jua- nambu” de la ciudad de Florencia. Segundo: el señor Aidemi Martínez Vega, salió de su residencia el cuatro de junio de 1999 aprove- chando una licencia que le concedió el bata- llón donde prestaba su servicio y se desplazó a visitar a sus hermanos a la Inspección de San Antonio de Getuchá, jurisdicción del mu- nicipio de Milán, Caquetá y al día siguiente al parecer unos milicianos del frente 15 de las Farc se lo llevaron en un yate por el río Orte- guaza abajo, sin que desde ese instante se haya vuelto a tener noticia de su paradero, habiendo transcurrido más de dos años. Ter- cero: Desde la fecha indicada se han adelan- tado varias diligencias encaminadas a dar con su paradero. Cuarto: La demandante tie- ne interés legítimo en la declaración de muerte presunta del señor Aidemi Martínez Vega, ya que es su progenitora y se requiere para el trámite pertinente ante el batallón donde prestaba su servicio militar. Para los efectos previstos en los artículos 318, 657 del C.P.C., y Art. 97 del Código Civil, se fija el presente edicto emplazatorio en la cartelera de la secretaría del Juzgado por el término le- gal, hoy tres (3) de noviembre de dos mil nueve (2009), siendo las 8 de la mañana y se publicará por una sola vez en el periódico ofi- cial, en uno de amplia circulación a nivel na- cional EL TIEMPO o El Espectador, el día do- mingo en un periódico local y radiodifundido en una emisora local entre las 6 de la maña- na y 11 de la noche. Nirza Gely Vargas Vargas, secretaria (e). EDICTO.- La suscrita secretaria del Juzgado Promiscuo de Familia de Melgar, Tolima, EM- PLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la causa sucesoral del señor Anastacio Jiménez Ortegón, perso- na que fuera mayor de edad y falleciera el día catorce (14) de junio del año dos mil (2000) en la ciudad de Bogotá D.C., siendo Icononzo, Tolima, su último domicilio, juicio declarado abierto y radicado en este juzgado mediante providencia el día treinta (30) de octubre de dos mil nueve (2009). Especialmente se les cita para la confección de inventarios y ava- lúos de los bienes relictos, citación que se entenderá surtida transcurridos quince (15) días a partir de la publicación del presente edicto por una sola vez y en un medio escrito de amplia circulación nacional como EL TIEMPO o El Espectador en una edición domi- nical y en una radiodifusora local. Melgar, To- lima, noviembre 20 de 2009. Paola Andrea Bocanegra Velásquez. EDICTO.- La suscrita secretaria del Juzgado Cuarto Civil Municipal de Santa Marta, por medio del presente, EMPLAZA: A los deman- dados, señores Luz Mejía Cano, Elizabeth Cano de Mejía y Julio César Gómez Delgado, para que comparezca por sí o por medio de apoderado a la secretaria del juzgado, a reci- bir la notificación personal del auto de man- damiento de pago datada 07 de diciembre del año dos mil siete (2007), en el proceso ejecutivo promovido por Fundación Mundial de la Mujer, representado legalmente por el señor Franz Hederich García. Se le advierte al emplazado que si dentro del término legal no comparece se le nombrará curador ad litem, con quien se le proseguirá el proceso hasta su terminación. Para efectos del artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, se le hace entrega de el emplazamiento al interesado y se ordena su difusión por una sola vez en la emisión de EL TIEMPO o Heraldo de amplia circulación nacional, el día domingo, advir- tiéndosele que transcurridos quince (15) días después de la difusión se entenderá surtido el emplazamiento. Omaira Britto Britto, se- cretaria. Rad. No. 00733-07. EDICTO.- Liquidación Sucesoral. María Sol Si- nisterra Álvarez, Notaria Catorce del Círculo de Cali. Calle 9 No. 8-74. Pbx 884-1476. Fax: 889-6418. El Notario Catorce (14) del Círculo de Cali, EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir (den- tro de los diez (10) días siguientes a la publi- cación del presente edicto, en el periódico), en el trámite notarial de liquidación suceso- ral de la causante Grimanesa Gómez de Bui- trago, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 38.992.010, expedida en Cali, cuyo último domicilio fue la ciudad de Cali (Valle), quien falleció el día doce (12) de abril de dos mil cinco (2005). Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 142 de fecha once (11) de noviem- bre de dos mil nueve (2009). Se ordena la publicación de este edicto en un periódico re- gional de circulación nacional y su difusión por una vez en una emisora local, en cumpli- miento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en un lugar, visible de la Notaría por el término de diez (10) días, El presente edicto se fija hoy once (11) de noviembre de dos mil nueve (2009) siendo las 8:00 a.m. La Notaria, María Victoria Vélez Castrillón, Nota- ria Catorce de Cali, Encargada. EDICTO.- Listado de emplazamiento. La sus- crita secretaria del Juzgado Primero Promis- cuo de Familia Circuito de Facatativá, Cundi- namarca, CITA Y EMPLAZA Al señor Fredy Alexander Torres González, para que dentro del término de quince (15) días contados a partir de la publicación de este listado, com- parezca al Juzgado, ya sea por sí o por medio de apoderado judicial a recibir notificación del auto admisorio de la demanda y a estar en derecho dentro del proceso de divorcio, radicado bajo el No. 2009-411, instaurado por Mónica María Díaz Jiménez. Se le advierte al emplazado que si no comparece dentro del término antes indicado el Juzgado le desig- nará un curador ad lítem, con quien se surti- rá la notificación y traslado de la demanda y se seguirá el proceso hasta su terminación. Para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 318 del Código de Procedimiento Ci- vil, modificado por el artículo 30 de la Ley 794 de 2003, se elabora y entrega el presen- te listado a la parte interesada, hoy 26 no- viembre 2009, y se expiden copias para su publicación en día domingo, en un diario de amplia circulación nacional La República, EL TIEMPO y/o El Espectador. María Cristina Jáuregui González, secretaria. EDICTO.- Luis Carlos Restrepo. Secretaría: A Despacho de la señora Juez, informándo- le que la parte accionante ha solicitado el emplazamiento al demandado, petición que reúne los requerimientos legales. Pro- vea. Santiago de Cali, julio 30 de 2009. La Secretaria, Amparo Molina Narváez. Auto de sustanciación 1875. Juzgado Cuarto de Familia, Santiago de Cali, julio treinta de dos mil nueve. En atención al precedente informe de secretaría, el Juzgado ordena: 1. Agréguese al proceso la constancia el in- forme suministrado por Servientrega, con relación a la notificación al demandado Luis Carlos Restrepo. 2. Ordénese incluir el nombre del demandado Luis Carlos Restre- po, de las partes del proceso, su naturaleza y el de este Despacho Judicial, en un perió- dico de amplia circulación nacional (EL TIEMPO o La República) el día domingo o en una radiodifusora de emisión nacional (RCN o Caracol) cualquier día de la semana en las horas comprendidas entre las seis de la mañana y las once de la noche. Notifí- quese, La Juez, María Cecilia González Hol- guín. Juzgado Cuarto de Familia de Cali. En estado No. 129 hoy notifico a las partes el Auto que antecede (Art. 321 del C.P.C.). Santiago de Cali, 3 agosto 2009. La Secre- taria, Hay firma. EDICTO.- Proceso 2006-00530. El Juzgado Sexto de la Familia de Manizales, EMPLAZA: Al señor Mario Tobón Rivera de quien se des- conoce su paradero y se encuentra ausente, a fin de que se presente por sí solo o por me- dio de apoderado (a) a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda del 14 de noviembre de 2006, de declaratoria de presunción de muerte por desapareci- miento que, se adelante en este despacho a través de Mandatario Judicial por solicitud de la señora Gloria Estela Rivera de Tobón, como madre del presunto desaparecido. Se previene a quienes tengan noticias del des- aparecido Mario Tobón Rivera, para que las comuniquen al juzgado. Extracto de la de- manda. La señora Gloria Estela Rivera de To- bón pretende la declaración de muerte por desaparecimiento de su hijo, el señor Mario Tobón Rivera, quien tenía como domicilio principal la ciudad de Manizales, El 20 de mayo de 2002, el señor Mario Tobón Rivera, viajó a pasar vacaciones el Municipio de Bar- bacoas - Nariño, donde un amigo llamado Da- río Giraldo. El 24 de mayo de 2002, el señor Darío Giraldo llamó a la señora Gloria Estela Rivera de Tobón, para informarle que a Mario lo habían detenido en un retén, al parecer guerrilleros de las FARC, entre las poblacio- nes de Barbacoas y Llorente; por lo que, des- de ese entonces se perdió todo contacto con el señor Tobón Rivera. Desde la anterior fe- cha hasta el día de la formulación de esta de- manda, ninguna noticia se ha tenido del cita- do señor. Para su búsqueda la señora Gloria Estela Rivera de Tobón, ha acudido a las au- toridades judiciales, mas concretamente ante la Fiscalía General de la Nación (Seccio- nal Caldas) (Gaula de Caldas); Seccional de Barbacoas, Nariño; Seccional de Mocoa, Pu- tumayo, las cuales no han dado ninguna ra- zón sobre lo desaparecido. Conforme a los dispuesto en el Art. 657-2 del C.P. Civil se fija el presente edicto en lugar visible de la se- cretaría del juzgado, hoy siete de diciembre del año dos mil seis (2006) expidiendo co- pias del mismo para su publicación en el Dia- rio Oficial de la Nación, tres veces por lo me- nos, debiendo correr más de cuatro meses entre cada dos citaciones (Art. 97-2 C.C.); además deberá publicarse la totalidad de este edicto en uno de los periódicos de ma- yor circulación que se editan en la Capital de la República (EL TIEMPO), y en un periódico local (La Patria) y en una radiodifusora local. Se advierte al emplazado que surtido el em- plazamiento y allegadas las respectivas pu- blicaciones, de no comparecer se le designa- rá curador ad litem, con quien se surtirá la notificación y quien lo representara en el pro- ceso. Nidyan Margoth Montes Ramírez, se- cretaria. Juzgado Sexto de Familia. Dando cumplimiento a lo ordenado por el H. Tribu- nal Superior de Manizales, Sala Civil - Familia en auto del 11 de agosto de 2009 (cuaderno No. 2), se dispone que la parte interesada re- alice publicación del edicto emplazatorio del presunto desaparecido, por dos ocasiones más, en EL TIEMPO, La Patria y en una radio- difusora local (Red de los Andes), con un in- tervalo de no menos de cuatro meses entre una y otra publicación, a fin de completar el ciclo de las mismas. Notifíquese, Pedro Anto- nio Montoya Jaramillo, juez. EDICTO.- Proceso No. 0034/09. Ejecutivo Singular. Secretaria: A su Despacho señor Juez el presente proceso pendiente de trasla- do para alegar. Provea usted. Cartagena, 29 de octubre de 2009. María C. Guardo Sán- chez, secretaria. Juzgado Séptimo Civil del Circuito. Cartagena, veintinueve (29) de oc- tubre del año dos mil nueve (2009). Vista la constancia expedida por Secure Express Ser- vice Ltda., fechada 9 de octubre de 2009, que da cuenta que en la dirección indicada en la demanda para surtir la notificación perso- nal al demandado Manuel Reda Ramal, no re- side, y con fundamento en lo preceptuado por los artículos 315 Nral. 4 y 318 del C de P.C., ordena el emplazamiento del menciona- do demandado en la forma prevista en esta última disposición, el cual se surtirá a través de los periódicos EL TIEMPO o El Espectador, en un día domingo. Notifíquese, Héctor I. Mattar Gaitán, Juez. EDICTO.- Rdo. 05-001-31-10-006-2009- 00170. El Juzgado Sexto de Familia de Mede- llín, EMPLAZA: Al señor Luis Fernando Velás- quez Piedrahita para que se presente ante este despacho y, previene a todas las perso- nas que tengan noticias de su paradero, para que las comuniquen al juzgado a la mayor brevedad posible, HACE SABER: que por pro- videncia del 1º de abril de 2009, se admitió la demanda mediante la cual la señora Ana Nu- bia Restrepo Vélez y Sergio Andrés, Ana Ma- ría y Juan Fernando Velásquez Restrepo, en calidad de cónyuge e hijos, están solicitando que se declare la muerte presuntiva por des- aparecimiento del señor Luis Fernando Velás- quez Piedrahita. Informan los hechos de la demanda El señor Luis Fernando Velásquez Piedrahita, tuvo su último domicilio en la ciu- dad de Medellín y residiendo temporalmente en Panamá, salió de su residencia el 21 de ju- nio de 2006, sin que desde entonces se ten- ga noticia de su paradero, a pesar de las de- nuncias ante la Fiscalía General de la Nación y otras diligencias encaminadas a dar con su paradero. Su esposa e hijos tienen derecho a solicitar la declaración judicial de muerte presunta por desaparecimiento. Medellín, 1º de abril de 2009. Julio César Llano Romero, secretario. EDICTO.- República de Colombia. Juzgado Octavo de Familia, carrera 7a. No. 14-23, piso 4. El Juzgado Octavo de Familia de Bogotá D.C., CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con algún derecho para ejercer la guarda de Rubén Escobar Paque en caso de ser declarado en interdicción por discapa- cidad mental, conforme a las pretensiones de la demanda que sobre el particular ha inicia- do la señora María Genoveva Restrepo de Es- cobar y que fuera admitida por auto de no- viembre diecisiete (17) de dos mil nueve (2009). Para dar cumplimiento a lo previsto en el Art. 659 del C.P.C., modificado por el Art. 42 de la Ley 1306 de 2009, se fija el pre- sente edicto en lugar visible de la secretaría del Juzgado por el término de ley, hoy 26 no- viembre 2009, a las ocho de la mañana (8:00 a.m.). Radicado: 2009-0794. Dora Inés Gó- mez Ruiz, secretaria. Es copia de su original, Hay firma y sello. EDICTO.- República de Colombia. Notaría Se- gunda Yopal, Casanare. El Notario (e) Segun- do del Círculo de Yopal, HACE SABER: A to- das las personas que se consideren con dere- cho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edic- to en el periódico en trámite notarial de liqui- dación sucesoral de la causante Josefina Ri- vera de Pérez, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 23.738.369 de Yo- pal, cuyo último domicilio fue el municipio de Yopal y quien falleció el día 06 de diciembre del 2009 en la ciudad de Yopal. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 16 de fecha 13 de noviembre del año dos mil nueve (2009), se ordena la publica- ción de este edicto en un periódico de amplia circulación y en una emisora local en cumpli- miento a lo dispuesto en el artículo 3 del De- creto 902 de 1988. Ordenándose además de su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy catorce (14) de noviembre del año dos mil nueve (2009) siendo las 7:30 a.m. Edilberto Pérez Suárez, Notario Segundo del Círculo de Yopal. EDICTO.- República de Colombia. Rama Judi- cial. Juzgado Noveno de Familia Barranquilla D.E.I.P. Radicado 2009-0454. La suscrita se- cretaria del Juzgado Noveno de Familia de Barranquilla, CITA Y EMPLAZA Al señor Si- món Pinto Anaya, para que dentro del térmi- no de quince (15) días comparezca a este Juzgado, ubicado en el 5o. piso del Centro Cí- vico (Rodrigo Lara Bonilla) de Barranquilla, por sí o por intermedio de apoderado judicial a recibir notificación personal del auto admi- sorio calendado octubre veinte (20) de 2009, proferido dentro del proceso de cesa- ción de los efectos civiles de matrimonio ca- tólico (divorcio) radicado bajo el No. 0454- 2009, promovido por la señora Alicia Raquel Sanjuán Pacheco. Si el emplazado no compa- rece a notificarse dentro del término de quin- ce (15) días a la publicación del presente edicto, se designará curador ad lítem, con quien se surtirá la notificación, para todos los fines indicados en el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, modificado por la Ley 794 en su artículo 30. Hágase la publicación de este emplazamiento por una sola vez, en un diario de amplia circulación como EL TIEMPO o El Heraldo en una edición domini- cal. Se expide el presente edicto a los 28 días del mes de octubre de 2009. La secretaria, Carmen Márquez Varelo. EDICTO.- Secretaria del Juzgado Tercero Ci- vil Municipal de Santa Marta. Emplazatorio de quien debe ser notificado personalmente (artículo 318 del C. de P. Civil). Persona em- plazada: Mónica Sofía Martínez Hernández. Clase de proceso: Ejecutivo. Rad. 2006-030. Demandante: Coasmedas. Demandado: Mó- nica Sofía Martínez Hernández. Objeto: Noti- ficar auto que libra mandamiento de pago ejecutivo de fecha 20 de enero del 2006. Para los efectos del artículo 318 del C. de P. Civil, se hace entrega de este listado al inte- resado y se ordena su publicación en la edi- ción dominical del diario EL TIEMPO o La Re- pública por ser medios escritos de amplia cir- culación nacional. Neovis E. Manjarres DZ. Gdos., secretaria. AVISO DE REMATE.- Juzgado Promiscuo de Circuito Puerto Asís, Putumayo. El se- cretario del Juzgado Primero Promiscuo de Circuito Puerto Asís, Putumayo, HACE SA- BER: Que dentro del proceso ejecutivo hi- potecario No. 1998-0110-00, propuesto por el Banco Ganadero, en contra de Betty Socorro Montenegro y Orlando Murillo Gó- mez, se fijó el día quince (15) de diciembre de dos mil nueve (2009), a las dos de la tarde (2:00 p.m.), para que tenga lugar la tercera licitación de venta en pública su- basta de los bienes embargados, secues- trados y avaluados dentro de este asunto, y que se relacionan a continuación: 1. In- mueble consistente en una casa de habita- ción incluido el terreno sobre el que está construida, ubicado en la calle 16 No. 24B-45 del barrio Obrero de este munici- pio, con cabida superficiaria de doscientos metros cuadrados (200 m2), de propiedad de los señores Betty Socorro Montenegro y Orlando Murillo, predio identificado con la matrícula inmobiliaria 440-0015-744 de la Oficina de Registro de este municipio, de los linderos y características descritos en la Escritura Pública número 578 de fecha 7 de junio de 1989 otorgada en la Notaría Única del Círculo de Puerto Asís. 2. Inmue- ble consistente en una casa de habitación, incluido el terreno sobre el que está cons- truida, ubicado en la calle 16 No. 24-19 del barrio Obrero de este municipio, con cabi- da superficiaria de doscientos metros cua- drados (200 m2), de propiedad de los se- ñores Betty Socorro Montenegro y Orlando Murillo, predio identificado con la matrícu- la inmobiliaria 440-0015-745 de la Oficina de Registro de este municipio, de los linde- ros y características descritos en la Escri- tura pública número 835 de fecha 21 de septiembre de 1986 otorgada en la Notaría Única del Círculo de Puerto Asís. Será pos- tura admisible la que cubra el 50% del ava- lúo de los bienes, previa consignación del 40% del avalúo en el Banco Agrario de Co- lombia de esta ciudad, en la cuenta de de- pósitos judiciales que para el efecto lleva este Juzgado. Se fija en cartelera del Juz- gado hoy veintisiete (27) de noviembre de dos mil nueve (2009), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.). Cristian Antonio Ur- bano Gómez, secretario. AVISO DE REMATE.- La suscrita secretaria del Juzgado Promiscuo Municipal de Choachí, Cundinamarca, HACE SABER: Que dentro del proceso No. 258/07 ejecutivo que en este Despacho adelanta Banco Popular S.A. contra Jaime Hernández Rodríguez y otra, mediante auto del 13 de noviembre del 2009, se señaló la hora de las 9:30 a.m., del 15 de diciembre del 2009, para llevar a cabo la diligencia de remate del siguiente bien: Motocicleta carro- cería turismo, marca Auteco BAJ, línea Bo- xer-Tec99,27, modelo 2007, color rojo, cubi- taje 99,27, capacidad pasaj:1/ton, placas OJG86A, motor DUMBNG71695, serie MD2DUB4Z57FG00270, importación 13500020044315, Aduana Itagüí, registrada Secretaría de Tránsito y Transporte de Cá- queza. Avalúo comercial $ 3.400.000.00. Será postura admisible la que cubra el 70% del valor fijado al bien ($ 3.400.000.00) y por postor hábil quien consigne el porcentaje legal del 40% del avalúo del bien, que deberá efectuarse mediante depósito judicial en el Banco Agrario de esta localidad a ordenes de este Juzgado. Si quien se presentare como postor fuere alguno de los comuneros, se tendrá en cuenta lo previsto en el numeral 8 del Art. 471 del C.P.C. La licitación comenza- rá a la hora indicada y no se cerrará sino des- pués de haber transcurrido dos horas por lo menos. Para los efectos pertinentes por se- cretaría se anuncia el presente aviso al públi- co de conformidad con el Art. 525 del C.P.C. modificado por la Ley 794 del 2003 en su Art. 55, y para que la parte interesada en for- ma oportuna realice las publicaciones que or- dena la ley en uno de los periódicos de am- plia circulación en el lugar y en una radiodifu- sora local si la hubiere. Berthilda Cáqueza Pardo, secretaria. AVISO DE REMATE.- Número 602-048 de fe- cha 24/11/2009. Dirección Seccional de Im- puestos de Medellín, Dependencia, Gestión de Cobranzas, Contribuyente: Luis Hernán Muñoz Reyes, con NIT 70.041.889. Municipio Medellín, Departamento Antioquia. El funcio- nario de Gestión de Cobranzas de esta Direc- ción Seccional, HACE SABER: Que dentro del proceso administrativo coactivo adelantado por la Nación contra Luis Hernán Muñoz Re- yes, con NIT 70.041.889, mediante Auto No. 601-047 de 24/11/2009, se señaló el día die- cisiete (17) de diciembre del año 2009 a las 09:00 horas, para que tenga lugar en el Des- pacho de la División de Gestión de Cobran- zas, ubicado en el Centro Administrativo La Alpujarra, Carrera 52 No. 42-43, Edificio de la DIAN, primer piso, la diligencia de remate del bien inmueble de propiedad del contribuyen- te en un 75%: Luis Hernán Muñoz Reyes con NIT 70.041.889, el cual consiste en una casa de 2 plantas de 198.36 mts2, cuenta con 3 habitaciones, 4 baños, sauna, garaje y cuarto del servicio con baño, ubicada en la Calle 48B No. 66-36. Matrícula Inmobiliaria No. 001-29467. El bien objeto del remate fue avaluado pericialmente en la suma de ciento treinta y cinco millones de pesos m/l. ($ 135.000.000), la licitación comenzará el día y hora señalado y no se cerrará hasta des- pués de haber transcurrido 2 horas por lo menos. Por ser la primera licitación, será postura admisible para el remate la que cu- bra el setenta por ciento (70%) del avalúo, es decir la suma de noventa y cuatro millo- nes quinientos mil pesos m/l. ($ 94.500.000), previa consignación del cua- renta por ciento (40%) del valor del mismo, es decir la suma de cincuenta y cuatro millo- nes de pesos m/l. ($ 54.000.000), valor que debe ser consignado con anterioridad al re- mate en la cuenta de depósitos judiciales No. 050019193001 del Banco Agrario ubicado en la ciudad Botero en Medellín, a nombre de Di- rección Seccional de Impuestos de Medellín, artículo 526 C.P.C. Se fija el presente aviso en lugar visible de la Secretaría del Despacho por el término de diez (10) días hábiles. La Dirección Seccional de Impuestos de Mede- llín, no se hace responsable por el pago del impuesto predial, valorización, servicios pú- blicos y expensas comunes de administra- ción que adeude dicho bien u otro valor que se tenga que cancelar para legalizar el rema- te, en consecuencia el rematante asumirá los costos. Medellín, noviembre 24 de 2009. Santiago Morales Quijano, Funcionario Ejecu- tor Grupo Coactiva I, Dirección Seccional de Impuestos de Medellín. AVISO DE REMATE.- Número 602-049 de fe- cha 24/11/2009. Dirección Seccional de Im- puestos de Medellín, Dependencia, Gestión de Cobranzas, Contribuyente: Luis Hernán Muñoz Reyes, con NIT 70.041.889. Municipio Medellín, Departamento Antioquia. El funcio- nario de Gestión de Cobranzas de esta Direc- ción Seccional, HACE SABER: Que dentro del proceso administrativo coactivo adelantado por la Nación contra Luis Hernán Muñoz Re- yes, con NIT 70.041.889, mediante Auto No. 601-048 de 24/11/2009, se señaló el día die- cisiete (17) de diciembre del año 2009 a las 14:00 horas, para que tenga lugar en el Des- pacho de la División de Gestión de Cobran- zas, ubicado en el Centro Administrativo La Alpujarra, Carrera 52 No. 42-43, Edificio de la DIAN, primer piso, la diligencia de remate del bien inmueble de propiedad del contribuyen- te: Luis Hernán Muñoz Reyes con NIT 70.041.889, el cual consiste en una casa de 2 plantas de 59.13 mts2, identificada con el No. 205, ubicada en el Conjunto Residencial Por- tofino, Etapa II. Calle 14 No. 72-65. Cuenta con 3 habitaciones y 2 baños. Matrícula In- mobiliaria No. 001-535062. El bien objeto del remate fue avaluado pericialmente en la suma de ochenta millones de pesos m/l. ($ 80.000.000), la licitación comenzará el día y hora señalado y no se cerrará hasta después de haber transcurrido 2 horas por lo menos. Por ser la primera licitación, será postura ad- misible para el remate la que cubra el seten- ta por ciento (70%) del avalúo, es decir la suma de cincuenta y seis millones de pesos m/l. ($ 56.000.000), previa consignación del cuarenta por ciento (40%) del valor del mis- mo, es decir la suma de treinta y dos millo- nes de pesos m/l. ($ 32.000.000), valor que debe ser consignado con anterioridad al re- mate en la cuenta de depósitos judiciales No. 050019193001 del Banco Agrario ubicado en la ciudad Botero en Medellín, a nombre de Di- rección Seccional de Impuestos de Medellín, artículo 526 C.P.C. Se fija el presente aviso en lugar visible de la Secretaría del Despacho por el término de diez (10) días hábiles. La Dirección Seccional de Impuestos de Mede- llín, no se hace responsable por el pago del impuesto predial, valorización, servicios pú- blicos y expensas comunes de administra- ción que adeude dicho bien u otro valor que se tenga que cancelar para legalizar el rema- te, en consecuencia el rematante asumirá los costos. Medellín, noviembre 24 de 2009. Santiago Morales Quijano, Funcionario Ejecu- tor Grupo Coactiva I, Dirección Seccional de Impuestos de Medellín. AVISO.- El Juzgado Promiscuo de Familia de Cisneros, Antioquia, NOTIFICA AL PÚBLICO EN GENERAL Que en proceso de jurisdicción voluntaria relacionada con una interdicción de persona con discapacidad mental absolu- ta, promovida por el señor Ramiro de Jesús Gallego García, mediante providencia dictada en la fecha por este Despacho, se decretó la interdicción provisoria de la persona con dis- capacidad mental absoluta, referente al se- ñor Leonardo Gallego Castaño, teniendo en cuenta los certificados médicos acompaña- dos con la demanda, los que le diagnostican una demencia degenerativa primaria y por consiguiente se le designó como curadora provisoria tanto de la persona del presunto interdicto como de sus bienes, a su esposa Yolanda García de Gallego. En cumplimiento artículo 659-7 C.P.C., modificado por artículo 42 Ley 1306 de 2009, se fija este aviso por una sola vez periódico EL TIEMPO amplia cir- culación nacional, un día domingo. Cisneros, Antioquia, noviembre 10 de 2009. Ramiro Torres Agudelo, secretario. AVISO.- El Juzgado Promiscuo de Familia de Leticia, INFORMA Que dentro del proceso de interdicción por demencia incoado por la se- ñora Elvira León de Enriquez, a través de apo- derado judicial y radicado bajo el número 177-05, se decretó la interdicción provisoria del señor Jorge William Enriquez León, identi- ficado con cédula de ciudadanía No. 15.877.509 de Leticia, mediante sentencia del 01 de agosto de dos mil seis (2006), en- tendiéndose que no tiene libre administra- ción de sus bienes. Como curadora provisoria se designó su progenitora Elvira León de En- riquez, identificada con cédula de ciudadanía No. 40.177.004 de Leticia. Lo anterior de conformidad con el artículo 659 numeral 7 del Código de Procedimiento Civil. Se expi- den copias para su publicación en el Diario Oficial y el periódico EL TIEMPO (edición do- minical) y en cualquier emisora local de am- plia difusión, hoy veintiuno (21) de enero del año dos mil ocho (2008). Adiela De La Cruz Salazar Ramírez, secretaria. AVISO.- El Juzgado Veinticinco Civil del Cir- cuito de Bogotá D.C., HACE SABER: A todos los miembros de la comunidad que mediante proveído del martes 10 de noviembre de 2009, se admitió la demanda de acción po- pular 110013103025200900641, promovida por Germán Castiblanco Castillo contra Con- junto Residencial Triunfo de las Americas I Etapa, que desarrolla su actividad comercial en la carrera 71F No. 5 A-22 Bogotá, con oca- sión de la vulneración de los derechos a la re- alización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposi- ciones jurídicas de manera ordenada dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes, al goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público, a la seguridad y salubridad públicas y el acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública. Para los efectos previstos en el artículo 21 de la Ley 472 de 1998, se fija el presente aviso en un lugar público de la secretaría del juzgado, por el término legal, hoy 27 noviembre 2009, a las 8:00 a.m., y copia del mismo para su pu- blicación en un medio masivo de comunica- ción a nivel nacional o cualquier otro meca- nismo eficaz. Martha Cecilia Cruz Carrillo, se- cretaria. AVISO JUDICIAL.- El suscrito secretario del Juzgado Dieciocho de Familia de Bogo- tá D.C., HACE SABER: Que dentro del pro- ceso de interdicción judicial de Óscar Patri- cio Quiñónez Arévalo adelantado en este Juzgado, se dictaron las siguientes provi- dencias: “Juzgado Dieciocho de Familia, Bogotá D.C., ocho (8) de mayo de dos mil nueve (2009). …En mérito de lo brevemen- te expuesto, el Juzgado Dieciocho de Fami- lia de Bogotá D.C., administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, RESUELVE: Prime- ro: Declárese en interdicción definitiva por demencia a Óscar Patricio Quiñónez Aréva- lo, con la cédula de ciudadanía No. 19.446.977 de Bogotá. Segundo: Corolario de lo anterior, declárese que no tiene dere- cho a la libre disposición de administrar sus bienes. Tercero: Desígnase como cura- dor(a) del interdicto al(a) señor(a) (herma- no) Ana Teresa Quiñónez Arévalo, a quien deberá dar posesión y discernírsele el car- go. Cuarto: El(a) curador(a) deberá elabo- rar la confección de inventarios de confor- midad con lo establecido en la ley. Quinto: Inscríbase esta sentencia en el Registro Ci- vil de nacimiento de Óscar Patricio Quiñó- nez Arévalo y publíquese por aviso que se insertará por una vez en el Diario Oficial y en un periódico de amplia circulación como EL TIEMPO o El Espectador de con- formidad con lo preceptuado en el Num. 7o. del Art. 659 del C. de P.C. Sexto: Si no fuere apelada esta sentencia, consultase con el Superior, tal como lo consagra el Art. 386 de Nuestro Ordenamiento Proce- sal Civil. Notifíquese y cúmplase, la Juez (Fdo.) Carmen Cecilia Amador Castella- nos”. “… “Tribunal Superior del Distrito Ju- dicial de Bogotá D.C. - Sala de Familia - Bo- gotá, D.C., veintiuno (21) de septiembre del año dos mil nueve (2009) …En mérito de lo expuesto, la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C., administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, RE- SUELVE: Primero: Confirmar la sentencia consultada de fecha ocho (8) de mayo de dos mil nueve (2009), dictada por el Juz- gado Dieciocho de Familia de Bogotá, en el proceso de la referencia. Segundo: Remitir oportunamente las diligencias al Juzgado de origen. Cópiese, notifíquese y cúmpla- se. Los magistrados Lucía Josefina Herrera López (Fdo.) Magistrado, Óscar Maestre Palmera (Fdo.) (magistrado) Jaime Hum- berto Araque González (magistrado (Fdo.)”. “… Se fija el presente aviso judicial en la secretaria del Juzgado de acuerdo a lo dispuesto en el Num. 7o. del Art. 659 del C. P. Civil, hoy veintitrés (23) de noviembre de dos mil nueve (2009), siendo las ocho (8) a.m. El secretario, Jorge Santiago Bravo Guerrero. AVISO.- Juzgado Segundo de Familia de Pal- mira, Valle del Cauca. El secretario del Juzga- do Segundo de Familia de Palmira Valle del Cauca, AVISA: Al público en general que en el proceso de interdicción judicial radicado con el número 76-520-3110-002-2005-00176- 00, mediante Sentencia No. 342 fechada 19 de octubre de 2007, se decretó la interdic- ción indefinida por causa de demencia de Vi- vian Carolina López Nossa, identificada con la cédula de ciudadanía número 1.113.619.743 y se designó como curadora legítima y con carácter general de la interdicta al señor Car- los Alfonso Nossa Saldarriaga, identificada con la cédula de ciudadanía número 16.281.654, residente en la Calle 36 No. 22-02 de Palmira. Se fija el presente aviso hoy 25 de marzo de 2009, en un lugar públi- co de la Secretaría y se entrega copia del mismo a la parte interesada para su publica- ción una vez por lo menos en el Diario Oficial y en un diario de amplia circulación nacional como lo es EL TIEMPO, tal como lo establece el numeral 7o. del artículo 659 del Código de Procedimiento Civil. José Ricardo Flor Herre- ra, Secretario. AVISO.- La suscrita secretaria del Juzgado Quinto de Familia de Barranquilla, AVISA: Que en el proceso de interdicción con Rad. No. 0044/08 instaurado por la Sra. Asunción Elena Pizarro Arcon mediante el cual se pre- tende que se declare la interdicción del Sr. Emiro Rafael Pizarro Sarmiento se ha dictado la siguiente sentencia. Juzgado Quinto de Fa- milia. Barranquilla, marzo cuatro (4) del dos mil nueve (2009). 1. Declárese en estado de interdicción judicial definitiva al Sr. Emiro Ra- fael Pizarro Sarmiento, mayor de edad y veci- no de esta ciudad. 2. Declárese que dicho se- ñor no tiene la libre administración de sus bienes. 3. Desígnese como curador del de- mente ya mencionado a la Sra. Asunción Ele- na Pizarro Arcon quien se le discernirá el car- go para que pueda ejercerlo. Una vez preste caución legal. 4. Inscríbase este decreto en el registro civil y notifíquese al público por avi- so que se insertará una vez por lo menos en el Diario Oficial y el diario EL TIEMPO, tal como lo prescribe el numeral 7 del artículo 659 del C. de P.C. 5. Consúltese esta senten- cia con el superior, tal como lo prescribe el Art. 386 del C. de P.C. Notifíquese y cúmpla- se, el juez (Fdo.), Alejandro Castro Batista. Se expide el presente aviso a los veintitrés (23) días del mes de octubre del dos mil nueve (2009). La secretaria, Mónica Pérez Morales. AVISO.- República de Colombia. Ministerio de la Protección Social. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Cecilia De la Fuente de Lleras. Regional Bogotá. Centro Zonal Engati- vá. El suscrito defensor del Centro Zonal En- gativá, AVISA Al señor Lázaro Rodríguez, sin documento de identificación conocido que ante esta Defensoría de Familia se ha presen- tado la señora Sara Paulette Freitas Vélez, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1128059558 expedida en Cartagena, Bolívar, con el fin de solicitar permiso de salida del país de su hijo Michael Jenrry Rodríguez Frei- tas de 6 años (NUIP 1.018.448.247, indicativo serial 44321036), con destino a Sarasota, es- tado La Florida, Estados Unidos de América, con fines de residencia permanente. Que el progenitor tiene cinco (5) días hábiles conta- dos a partir del día siguiente de la fecha de esta publicación, para que comparezca por sí o por intermedio de apoderado al Centro Zo- nal Engativá ICBF Regional Bogotá, ubicado en la carrera 103 No. 73-13, para hacer valer sus derechos. Lo anterior de conformidad al 110 de la Ley 1098/06. Dado en Bogotá D.C., a los veintiséis (26) días del mes de noviem- bre de 2009. Jorge Enrique Romero Caita, Defensor de Familia Centro Zonal Engativá I.C.B.F. Regional Bogotá D.C. EDICTO.- Código 0800131100082007- 00201-00. Ref. Existencia y Disolución Socie- dad Conyugal - Ordinario. Señora Juez: Doy cuenta a Ud. Del proceso de la referencia, in- formándole que el apoderado de la parte de- mandante solicitó los oficios correspondien- tes a la notificación de los herederos deter- minados e indeterminados del señor Edgardo Luis Bustamente García. Por otra parte el apoderado judicial del señor Eduardo Luis Bustamente Gómez, aportó los documentos requeridos mediante Auto de fecha junio 4 de 2009. Sírvase proveer. Rubén D. Delgado G., Secretario. Barranquilla, agosto 28 de 2009. Juzgado Octavo de Familia, Barranqui- lla, veintiocho (28) de agosto de dos mil nue- ve (2009). Visto el anterior informe secreta- rial, y teniendo en cuenta que los herederos indeterminados y determinados del finado. Edgardo Luis Bustamante García aún no han sido notificados, se dispone: Emplácese por listado a los herederos indeterminados del fi- nado, señor Edgardo Luis Bustamante García y a los demandados señores Edgardo Luis Bustamante Gómez, Ernesto Bustamante Gó- mez, Enrique Bustamante Gómez y María de los Ángeles Bustamante Gómez, emplaza- miento que se sujetará a lo dispuesto en el artículo 318 del C. de P.C. Por otra parte, a través de escrito de fecha 6 de agosto del hogaño, el apoderado judicial de la parte de- mandante, en respuesta al requerimiento he- cho por este despacho, mediante Auto de fe- cha 4 de junio de la presente anualidad, apor- tó los registros civiles de nacimiento de los señores María de los Ángeles Bustamante Gómez, Eduardo Luis Bustamante Gómez y Enrique Luis Bustamante Gómez, al igual que las Escrituras Públicas Nos. 1.703 de la Nota- ría Primera del Círculo Notarial de Cartagena y 1.991 de la Notaría Segunda del Círculo No- tarial de Barranquilla de fechas 2 de julio de 1997 y agosto 8 de 2002 respectivamente. Así mismo allegó los certificados de constan- cia de inexistencia de nota alguna de revoca- toria de poder en las referidas Escrituras Pú- blicas. Sin embargo, se advierte que los men- cionados certificados fueron expedidos en el mes de septiembre del año 2007, habiendo transcurrido casi dos años a partir de su ex- pedición. En razón de lo anterior se requiere al apoderado judicial del señor Eduardo Luis Bustamante Gómez, a efectos de que allegue al instructivo los certificados de constancia de inexistencia de nota de revocatoria o sus- titución actualizados en relación con las es- crituras públicas de otorgamiento de poder general Nos. 1.703 y 1.991. Notifíquese y cúmplase. La Juez, Astrid Escalante Correa. EDICTO.- Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Chiquinquirá, veintinueve de oc- tubre de dos mil nueve. Teniendo en cuenta el memorial que antecede se dispone: De conformidad con el artículo 318 ibídem, EM- PLAZAR: Al señor José Paulino Peña Virguez. Disponer que el emplazamiento se realice a través de un medio escrito de amplia en la circulación nacional, diario EL TIEMPO o El Espectador, únicamente el día domingo. Sur- tido el emplazamiento si el convocado no comparece se le nombrará curador ad lítem, con quien se hará la notificación del Auto ad- misorio. Notifíquese, Bernardo Arturo Rodrí- guez Sánchez, Juez. El Auto anterior se notifi- ca por estado número 43, a las ocho de la mañana del día 27 de octubre de 2009. José Edgar Daza Duarte, Secretario. María Doris García Carrillo Quinto Civil Mu- nicipal de Neiva, Huila Cooperativa de Impresores del Sur Ltda., apoderado Jorge Eliécer Acosta Álvarez María Doris García Carrillo Mandamiento de pago 11 de julio de 2008 Ejecutivo Mínima Cuantía Radicació n : 2 0 0 8 - 5 2 9-00 Sociedad Carbones e Inversiones Integrales S.A. Once Civil del Circuito de Cali Álvaro Hernán Hormaza Carbones e Inversio- nes Integrales S.A. y C.I. Carbones del Valle S.A. Para que com- parezca al proceso Ejecutivo Singular Ejecutivo Singular 2007-0304 MIRIAM FORERO RAMIREZ PROMISCUO MUNICIPAL DE MACHETA CUN- DINAMARCA MARIA EMPERA- TRIZ HERNANDEZ CAMELO GUILLERMO CASTRO CASALLAS Y MIRIAM FORERO RAMIREZ NOTIFICACIÓN PERSONAL DEL AUTO MEDIANTE EL CUAL SE LIBRO MANDAMIENTO DE PAGO EN SU CON- TRA DE FECHA 17 DE AGOSTO DE 2007 EJECUTIVO 0113 DE 2 007 Acreedores que se crean con derecho intervenir proceso ejecutivo acumulado de Benjamín Castro Castro, Ejecutivo No. 0050-2007 Segundo Civil Municipal de Zipaquirá Blanca Irene González Rodrí- guez Benjamín Castro Castro Mandamiento de pago marzo 14-2007 Ejecutivo acu- mulado Radicació n d e l e x p e diente: 0050-2007 Ana Mercedes Jiménez de Acero, Leonor Jiménez de Bohórquez, Luis Jorge Jiménez Vanegas, Blanca Cecilia Jiménez de Camacho, José Francisco Jiménez Vanegas, Jesús Eduardo Jiménez Vanegas Setenta y Tres Civil Municipal Pi- loto de la Oralidad de Bogotá D.C. Ana Mercedes Jiménez de Acero Leasing Bolívar S.A. Compañía de Financiamiento Comercial Notificación de auto admisorio fecha 29 de julio de 2009 Verbal de cancel- ación y reposición de título valor (CDT) 2009-0702 Cooperativa de Trabajo Asociado de Colombia “Amiga” Quinto Laboral del Circuito de Bogotá Pedro Antonio Montenegro Cruz Empresa Proac- tiva Doña Juana y Cooperativa de Trabajo Asociado de Colombia “Amiga” Reclamación laboral, salario, prestaciones sociales, pensión, entre otros Ordinario laboral 2009-0173 Jesús María Flórez c.c. 4.419.319 Primero Civil Municipal carrera 21 No. 29-29 piso dos Manizales Caldas Fabio Ruiz Mejía Jesús María Flórez Emplazamiento Ejecutivo Rad. 719/ 07 YENIS DEL CARMEN CONEO JIMENEZ NOVENO CIVIL MUNICIPAL DE CARTAGENA SUFINANCIA- MIENTO YENIS DEL CARMEN CONEO JIMENEZ EMPLAZAMIENTO SEGUN ART 31 EJECUTIVO RADICACIO N : 3 0 817 LUIS GUILLERMO CASTILLO ROS- ESTAN NOVENO CIVIL MUNICIPAL DE CARTAGENA SUFINANCIA- MIENTO LUIS GUILLERMO CASTILLO ROS- ESTAN EMPLAZAMIENTO SEGUN ART 318 EJECUTIVO RADICACIO N . : 3 1 096 JUAN WALBERTO BARRIOS MER- LANO TERCERO CIVIL MUNICIPAL ADJUNTO DE CARTAGENA DE INDIAS IRMA DEL CARMEN LORA DIAZ JUAN WALBERTO BARRIOS MERLANO EMPLAZAMIENTO DE CONFORMIDAD CON EL ART 318 EJECUTIVO RADICACIO N : 1 3 - 0 0 1 - 40-03-001- 2007-644-00 Herederos indeterminados del causante José Ignacio Hernández Cincuenta y Siete Civil Municipal de Bogotá D.C. Juan de J. Novoa R. Sonia Yarid Rodrí- guez Roberto, Heidy Nataly Rodríguez López, Jaime Ignacio Rodríguez López y el menor Kevin Alejandro Rodríguez López representado por Rosa Amelia López Velandia, en calidad de herederos determinados del causante José Ignacio Rodríguez Hernández Auto del 12-11- 2009 que ordenó notificarle la exis- tencia de títulos de ejecución en contra del causante José Ignacio Rodríguez Hernández Ejecutivo 2008-01249 Víctor Hugo Panesso Gómez Treinta y Tres (33) Administrativo Circuito Judicial de Bogotá Sec- ción Tercera Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público Víctor Hugo Panesso Gómez Emplazamiento Ejecutivo Expedient e N o . 1 1 0 0 1 33 31 033 2006 00102 00 José Gustavo Bedoya Correa Promiscuo de Fa- milia del Circuito Chiquinquirá (Boyacá) Alieth Zaida Casas Peña como repre- sentante legal de la menor Mariana Valeria Bedoya Casas José Gustavo Bedoya Correa y Alonso López Cuervo Emplazamiento artí- culo 318 del Código de Procedimiento Civil, notificación auto admisorio 28 de septiembre 2009 Impugnación e investigación de la paternidad 2008200- 0 0 - 4 018 Corporación Central de Ahorro y Vivienda. Representante legal o quien haga sus veces Once Civil Municipal Piloto de la Oralidad en el régimen Civil de Bogotá Miryam Nancy Salazar Castaño Corporación Central de Ahorro y Vivienda Fecha del Auto: Junio 18 de 2009 Ordinario cancelación de hipoteca Radicació n E x p e d i e n te: 2009- 0331 Las personas indeterminadas Segundo Civil Municipal Chap- arral, Tolima Lucrecia Peña Soche Personas indeter- minadas Recibir notificación del Auto admisorio de la demanda ordinaria de fecha agosto 10 de 2009 Ordinario reivindi- catorio Radicació n 0 0 1 3 9 / 2 0 09. Tomo 12, Folio 160 L.R. Alfredo Ochoa Rivera Quince (15) Civil Municipal Banco de Bogotá Alfredo Ochoa Rivera Fecha de admisión demanda o Auto mandamiento de pago: abril 23/07 Ejecutivo 156/08 Rosa Magdalena Pineda Ramírez y José Manuel Pineda, identi- ficados con c.c. Nos. 27.968.958 y 79.622.018 1 Civil Municipal de Bogotá Banco Colmena hoy BCSC S.A. Rosa Magdalena Pineda Ramírez y José Manuel Pineda Notificar Auto de mandamiento de pago de fecha 18 de febrero de 2009. Término de comparecencia: 15 días contados a partir de la fecha de la presente publicación, so pena de designarle curador ad lítem, con quien se surtirá la notificación, Art. 318 C.P.C. Ley 794/03. Ejecutivo singular 2009-0155 Maryeris López Ramírez Tercero Civil Mu- nicipal de Santa Marta Coasmedas Maryeris López Ramírez Notificar manda- miento de pago de fecha 14 de abril de 2009 Ejecutivo singular Rad. 2009 - 0 226 Julián Duarte Rangel 11 Civil del Cir- cuito de Bogotá Comestibles La 80 Ltda. Julián Duarte Rangel Emplazatorio artículo 318 Ejecutivo 2007-0679 Hugo Mantilla García Cuarto Civil del Circuito (4o. C.C.) de Bogotá Andrés Fernando Mazo Mora, Isabel Cristina Toro Leasing Bancolom- bia S.A. Compañía de Financiamiento Comercial, Hugo Mantilla García Responsabilidad civil extracon- tractual Ordinario 11 00 13 1 0 3 0 0 4 2 0 09 00 587 Bernardo Fon- seca Sarmiento y Virginia Rojas Triana Segundo Civil del Circuito de Chiquinquirá Ligia Ortega de Becerra Bernardo Fonseca Sarmiento y Virginia Rojas Triana y perso- nas indeterminadas Emplazamiento Art. 318 C.P.C. Pertenencia por prescripción extraordinaria Radicació n : 2 0 0 9 - 236 Lila Marina Sán- chez Castaño 7o. Civil Munici- pal Bogotá, D.C. Orjuela y Cía. Ltda. Lila Marina Sánchez Castaño, Gerardo Tibaná Herrera, Luis Eduardo Hernández Contreras y Germá Leonardo Hernández Pulido Auto a notificar: Mandamiento de pago. Fecha de la providencia: 4 de abril de 2008 Ejecutivo singular Radicado d e l p r o c e s o: 2008-351 Orlando Marrugo Promiscuo Munic- ipal de Galapa Banco BCSC Orlando Marrugo Fecha del man- damiento o Auto mandamiento de pago: Junio 10 de 2009 Ejecutivo singular 146-2009 Jesús Santiago Araujo Primero Promis- cuo Municipal de Baranoa Banco BCSC Jesús Santiago Araujo Fecha del man- damiento o Auto mandamiento de pago: junio 4 de 2009 Ejecutivo singular 201-2009 Wilson Soto Alvarez Primero Promis- cuo Municipal de Malambo Banco BCSC Wilson Soto Alvarez Fecha del man- damiento o Auto mandamiento de pago: Mayo 5 de 2009 Ejecutivo singular 188-2009 Malely Meza Molina Once Civil Municipal de Bar- ranquilla Banco BCSC Malely Meza Molina Fecha del man- damiento o Auto mandamiento de pago: Mayo 13 de 2009 Ejecutivo singular 454-2009 Pablo Sanjuan Rosales Once Civil Municipal de Bar- ranquilla Banco BCSC Pablo Sanjuan Rosales Fecha del man- damiento o Auto mandamiento de pago: Mayo 13 de 2009 Ejecutivo singular 451-2009 Francisco Páez Martínez Once Civil Municipal de Bar- ranquilla Banco BCSC Francisco Páez Martínez Fecha del man- damiento o Auto mandamiento de pago: Mayo 13 de 2009 Ejecutivo singular 449-2009 Adriana María Ochoa Álvarez Doce (12) Civil Municipal Banco de Bogotá Adriana María Ochoa Álvarez Fecha de admisión demanda o auto mandamiento de pago mayo 02 de 2007 Ejecutivo 280/07

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Cuadernillo 4 Pag 19 NOVIEMBRE 29 CIAN MAG YELL BLACK

www.eltiempo.com/clasificados DOMINGO 29 DE NOVIEMBRE DE 2009 4-19publíquese por una sola vez en el diario El Espectador o EL TIEMPO, notifíquese, el juez, Bernardo Cubillos Serna. Jenith Rodrí- guez Chinchía, secretaria.EDICTO EMPLAZATORIO.- República de Co- lombia. Juzgado Primero Civil Municipal San- ta Marta. El suscrito secretario del Juzgado Primero Civil Municipal de Santa Marta, CITA y EMPLAZA: A la señora Dubis Leonor Trujillo Núñez para que comparezca por sí o por me- dio de apoderado a la secretaría del juzgado a recibir la notificación del auto de fecha fe- brero seis (6) del 2009 mediante el cual se li- bró mandamiento de pago en proceso ejecu- tivo seguida por cooperativa de los profesio- nales de la salud “Coasmedas”, por medio de su apoderado en contra Dubis Leonor Trujillo Núñez advirtiéndose que transcurriendo quince (15) días después de la publicación, se entenderá surtido el emplazamiento y de no concurrir se le designará curador ad litem. Para los efectos del artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, se le hace entrega de este emplazamiento al interesado y se le or- dena publicar una sola vez en un medio escri- to de amplia circulación nacional (EL TIEMPO o La República). Santa Marta, veinticinco (25) de agosto de dos mil nueve (2009). José Echeverría Martínez, secretario.EDICTO EMPLAZATORIO.- República de Co- lombia. Rama Judicial. Juzgado Único Promis- cuo Municipal de Hobo, Huila. El Juzgado Úni- co Promiscuo Municipal de Hobo, Huila, EM- PLAZA A Manuel Suárez Cuellar y Albenis Morales, para que comparezcan a este Des- pacho Judicial, ubicado en la calle 5 No. 8-77 de Hobo, Huila, dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del presente edic- to, con el fin de notificarle el contenido del auto mandamiento ejecutivo calendado el 02 de febrero de 2009, radicado bajo la partida 2009-00013; proferido dentro del proceso ejecutivo singular de mínima cuantía que en su contra les adelanta el Banco Agrario de Colombia S.A. Se advierte a los emplazados que en caso contrario se les designará cura- dor ad lítem, con quien se surtirá la actua- ción y se continuará con el trámite del proce- so. Se expide el presente edicto para su pu- blicación por una sola vez en uno de los si- guientes diarios de amplia circulación nacio- nal EL TIEMPO, El Espectador o La República, de conformidad con lo establecido en el artí- culo 318 del Código de Procedimiento Civil. Gloria Inés Cabrera Quintero, secretaria Ad- Hoc.EDICTO EMPLAZATORIO.- República de Co- lombia. Rama Judicial del Poder Público. Juz- gado Octavo Civil Municipal Santa Marta. La suscrita secretaria del Juzgado Octavo Civil Municipal de Santa Marta, EMPLAZA: A los señores María Concepción Pacheco Duarte y Orlando Miguel Vásquez García, para que comparezcan por sí o por medio de apodera- do a la secretaría del juzgado a recibir la noti- ficación del auto de mandamiento de pago de fecha 20 de junio de 2008, dentro del pro- ceso ejecutivo seguido por Fundación Mun- dial de la Mujer, y a estar en derecho en for- ma legal, para efectos del Art. 138 del C.P.C., se le hace entrega de este emplazamiento a los interesados y se les ordena publicar una sola vez cualquier día en una emisora de am- plia difusión nacional en las horas compren- didas entre las seis (06) de la mañana y las once (11) de la noche, o el día domingo en un diario de amplia circulación nacional, advir- tiéndole que transcurrido quince (15) días después de la publicación se entenderá surti- do el emplazamiento y de no concurrir se le designará curador ad litem. Ana Elisa Charris de Kligman, secretaria.EDICTO.- Héctor Julio Becerra Ruiz, abogado titulado Civil - Penal - Laboral. Emplazatorio de quien debe ser notificado personalmente (Artículo 318 del C.P.C.). Persona emplazada: Herederos indeterminados de María del Car- men Pinzón de Becerra. Juzgado: Primero Ci- vil del Círcuito de Duitama. Demandante: Jai- me Hernán Martínez García. Demandados: Ana Blanca Pinzón Patiño, María Graciela Ba- rreto de Ayala, herederos indeterminados de María del Carmen Pinzón de Becerra y perso- nas indeterminadas. Objeto: Notificación del auto admisorio de la demanda, fechado el 1 de septiembre del año 2009. Clase de proce- so: Proceso ordinario agrario de pertenencia de mayor cuantía, por prescripción extraordi- naria adquisitiva del dominio. Número del proceso: 2009-00136.EDICTO.- Juzgado 10o. de Familia de Mede- llín, AVISA que en proceso declaración de muerte presunta por desaparecimiento pro- movido por Blanca Marín Restrepo, mediante providencia de julio 13/09 confirmada por el H. T. S. de Medellín Sala de Familia en Sept. 16/09, se declaró la muerte presunta por desaparecimiento de Rigoberto Marín Res- trepo, providencia de la cual extractamos: Juzgado 10o. de Familia de Medellín, julio 13/09, en mérito de lo expuesto, el Juzgado 10o. de Familia de Medellín, administrando justicia en nombre de la República de Colom- bia y por autoridad de la ley, FALLA: 1. Se de- clara la muerte presunta por desapareci- miento de Rigoberto Marín Restrepo, nacido en Amagá, marzo 23/65, hijo de Severo An- tonio Marín y María Alicia Restrepo. 2. En consecuencia, se fija como fecha presuntiva de su muerte Sept. 3/04, Art. 97 Num. 6o. C. Civil. 3. Se ordena la transcripción de esta re- solución a la Notaría Única de Amagá, para lo de su competencia y para que la inscriba en el libro de varios y además extienda el regis- tro civil de defunción de Rigoberto Marín Restrepo. Igualmente a la parroquia donde se encuentra inscrita la partida eclesiástica de nacimiento de éste para que si a bien lo tie- ne, haga las anotaciones correspondientes. 4. Publíquese encabezamiento y parte reso- lutiva de esta sentencia en EL TIEMPO en El Mundo y en una radiodifusora local Art. 657 C.P.C. en conc. con el Art. 656, regla 2a., lit b) ib). 5. Notifíquese al Agente del Ministerio Público. 6. Consúltese esta providencia ante el T. S. de Medellín, Sala de familia. Medellín, Oct. 20/09. Yamile Stella Giraldo, secretaria.EDICTO.- Juzgado 2o. de Familia de Itagüí. Rad. 2009/0689, HACE SABER: A Gustavo Diego Castro Herrera, de conformidad con el Art. 657 C.P.C., se previene a quienes tengan noticias de él, para que las comuniquen al Juzgado en proceso Jurisdicción Voluntaria Declaración de Muerte por Desaparecimien- to, instaurado por Rosa Elena Vélez Ocampo de cuya demanda se extracta lo siguiente: 1. Que Gustavo Diego Castro Herrera y Ángela María Vasco Vélez, iniciaron una unión mari- tal de hecho desde 1996 hasta mediados de diciembre/2002, cuyo domicilio común fue el municipio de Itagüí, Ant. 2. Que Gustavo Diego Castro Herrera, salió de su residencia a mediados de diciembre/2002, e hizo 2 llama- das a la señora Ángela María Vasco Vélez y a su hija María Camila Castro Vasco, en el mes de febrero de 2003 y el 17 de abril de 2003, sin que desde ese instante se haya vuelto a tener noticias de su paradero, habiendo transcurrido más de 2 años. 3. Que desde la fecha de desaparecimiento del señor Gusta- vo Diego Castro Herrera, se han realizado va- rias diligencias en la Fiscalía General de Puer- to Triunfo y edictos emplazatorios a sus pa- rientes. 4. Que la actora tiene interés legíti- mo en el proceso, por ser abuela de la menor María Camila Castro Vasco. Este edicto se sujetará a lo dispuesto en el Art. 318 del C. Adjetivo, pero deberá publicarse en el diario EL TIEMPO de Santa Fe de Bogotá, D.C., en el periódico El Mundo de esta ciudad y en una radiodifusora local; así mismo, se publicará en el Diario Oficial, 3 veces por lo menos, de- biendo correr más de 4 meses entre cada 2 citaciones, conforme al núm. 2o. del Art. 97 C. Civil. Itagüí, noviembre 13/2009. Jaime Alonso Jiménez. Fijado noviembre 13/09, 8 a.m.EDICTO.- Juzgado 2o. de Familia de Itagüí, Rad. 2009/0693, HACE SABER: A Elvira de Jesús Rojas Restrepo, de conf. Con el Art. 657 C.P.C., se previene a quienes tengan no- ticias de ella, para que las comuniquen al Juz- gado en proceso Jurisdicción Voluntaria De- claración de Muerte Presunta por Desapare- cimiento instaurado por Luis Carlos Álvarez Macías, de cuya demanda se extracta: 1. Que los señores Luis Carlos Álvarez Macías y Elvi- ra de Jesús Rojas Restrepo, contrajeron ma- trimonio católico en junio 30/63, en la Parro- quia Nuestra Señora del Rosario del Mpio. de Itagüí, hecho que fue debidamente registra- do. 2. Que Elvira de Jesús Rojas Restrepo, tuvo su domicilio permanente en este Mpio. hasta julio 24/88 fecha cuando desapareció. 3. Que desde la fecha de desaparecimiento hasta el día de la presentación de la deman- da, han transcurrido más de 2 años y no se ha tenido ninguna noticia de la citada, no obstante las diligencias que se han adelanta- do para dar con su paradero. 4. Que se en- cuentran cumplidos los plazos exigidos por la ley, para la declaración de la muerte presun- ta por desaparecimiento de la Sra. Elvira de Jesús Rojas Restrepo. Este edicto se sujetará a lo dispuesto en el Art. 318 C.P.C., pero de- berá publicarse en EL TIEMPO de Bogotá, D.C., en El Mundo y en radiodifusora local, así mismo, se publicará el edicto en Diario Ofi- cial 3 veces por lo menos, debiendo correr más de 4 meses entre cada 2 citaciones, conforme al Nral. 2o. del Art. 97 C. Civil. Fija- do Oct. 28/09, 8 a.m. Jaime Alonso Jiménez, Secretario.EDICTO.- Juzgado Promiscuo de Familia de Yarumal, Ant., EMPLAZA: Al señor Robinson de Jesús Pérez, cuyo paradero se desconoce para que comparezca por sí o por medio de apoderado dentro del término de fijación del presente edicto y 5 días más, a oír notifica- ción personal del Auto por medio del cual se admitió la demanda sobre muerte presunta por desaparecimiento, promovido ante este Despacho por la Sra. María Delfa Pérez de Areiza. Se le advierte al emplazado que si no comparece dentro del término fijado, se le designará curador ad lítem, con quien se sur- tirá la notificación y se continuará la tramita- ción del proceso. Se previene a las personas que tengan noticias del emplazado para que las informen al Juzgado. El extracto de la de- manda es: Robinson de Jesús Pérez, mayor de edad, que era vecino de la vereda El Neva- do del Mpio. de Valdivia, Ant., quien después de ingresar como soldado regular al Ejército Nacional de Colombia en la primera semana del mes de marzo/91, con el fin de prestar su servicio militar obligatorio, terminado el mis- mo sin problema alguno, por lo que tomó la decisión de continuar como soldado profe- sional desde septiembre/93, fecha desde la cual luego de salir a cumplir con sus respec- tivas rutinas, a él impuestas por sus superio- res y luego de un aparente combate con gru- pos subversivos, nunca hasta la fecha se vol- vió a saber del paradero de este soldado de la patria, un joven soldado amigo de Robin- son, el cual vivía para la época (q.e.p.d.) en Ventanas, Ant. “Su hijo había desaparecido después de unos combates que le libraron con integrantes de un grupo subversivo en la zona, que posiblemente había muerto, pero que su cuerpo no había sido recuperado, que esperara que si algo se sabía se le comunica- ría inmediatamente” Hasta que se tuvo cono- cimiento de Robinson de Jesús Pérez, se supo que estaba perteneciendo al Batallón de Infantería No. 32 Francisco de Paula Vélez Contingente. 3.91 Compañía Águila, con sede en Carepa, Ant. Se fija y publica el presente edicto de conformidad con los Arts. 656, 657 y 318 C.P.C., 97 Nral. 2 C. Civil, julio 8/09. Gloria M. Pérez, Secretaria.EDICTO.- Juzgado Promiscuo de Familia de Cáqueza, Cundinamarca, CITA Y EMPLAZA A los herederos indeterminados de Silvestre Montenegro Cardozo (q.e.p.d.), para que dentro del término de quince (15) días hábi- les contados a partir de la publicación del presente edicto comparezcan personalmente o por medio de apoderado judicial a este Juz- gado a recibir notificación del auto calenda- do veintinueve (29) de octubre del año 2009, proferido en el proceso No. 25 151 31 84 001 2009 00132 00. Ordinario - declaración de existencia de unión marital de hecho, disolu- ción y liquidación de la sociedad patrimonial que adelanta en este Despacho la señora Fre- desminda Bejarano Beltrán contra herederos indeterminados de Silvestre Montenegro Cardozo (q.e.p.d.). Se le advierte a los empla- zados que si no comparecen al juzgado en la oportunidad señalada les será designado cu- rador ad lítem, con quien se surtirá la notifi- cación y se adelantará el proceso hasta su terminación. En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 318 del C. de P.C., se fija el presente edicto hoy diez (10) de noviembre del año dos mil nueve (2009), en lugar público visi- ble de la secretaría del Juzgado, y se expiden copias al carbón del mismo para su publica- ción en un medio escrito de amplia circula- ción nacional EL TIEMPO o El Espectador. El secretario, Amadeo Betancourt Rodríguez.EDICTO.- Juzgado Promiscuo Municipal Cabrera (Cund.), doce (12) de noviembre de dos mil nueve (2009). Ref. Ejecutivo No. 0005-2008. De: José Abel Arévalo Vs. Víc- tor Hugo Vargas Duque. Es procedente lo solicitado en memorial que antecede. En consecuencia, en la forma y términos esta-

blecidos en el artículo 318 del C. de P.C., emplácese al demandado Víctor Hugo Var- gas Duque. Por tanto, inclúyase su nombre, el de las partes procesales, la naturaleza del asunto y el juzgado que lo requiere en un listado que se publicará en un diario de amplia circulación nacional, en este caso, EL TIEMPO o La República, para que en el término de quince (15) días posteriores a la publicación comparezca a este despacho a recibir notificación personal del auto man- damiento de pago de fecha 12 de febrero de 2008 proferido en el asunto de la refe- rencia, advirtiéndole que de no compare- cer se designará curador ad litem para que lo represente, con quien se surtirá la notifi- cación respectiva y se proseguirá el curso del proceso hasta su terminación. Copia del presente entréguese a la parte intere- sada para fines del caso. Notifíquese, la juez, Myriam Celis Pérez.EDICTO.- Juzgado Segundo Civil Municipal Santa Marta. La suscrita secretaria del Juzga- do Segundo Civil Municipal, EMPLAZA: A los señores Milena Elvira Narváez Martínez y Je- sús Granados para que dentro del término de quince días (15) comparezca al despacho por sí o por medio de apoderado a recibir la notificación personal del auto de enero 15 del 2008 dictado dentro del proceso ejecutivo singular, que sigue Fundación Mundial de la Mujer Bucaramanga, por medio de apodera- do contra los señores Milena Elvira Narváez Martínez y Jesús Granados que cursa en este juzgado. Se le advierte a el emplazado que si dentro del término no comparece se le nom- brará curador ad litem, para que lo represen- ten en el proceso hasta su terminación. Para los efectos indicados en el Art. 318 del C. de P.C. Hoy 20 de octubre del 2009 a la hora de las 8:00 a.m., se le entrega copias del mismo al interesado para que sea publicado en un periódico de amplia circulación nacional o por una radiodifusora local. Martha Lucía Ur- bina Guerra, secretaria.EDICTO.- Juzgado Segundo Civil Municipal Santa Marta. La suscrita secretaria del Juzga- do Segundo Civil Municipal, EMPLAZA: A el señor José Fernando Polo Mercado, para que dentro del término de quince días (15) com- parezca al despacho por sí o por medio de apoderado a recibir la notificación personal del auto de fecha septiembre ocho (08) del año dos mil nueve (2009) dictado dentro del proceso ejecutivo que sigue Coasmedas, por medio de apoderado contra José Fernando Mercado Polo, que cursa en este juzgado. Se le advierte a la emplazada que si dentro del término no comparece se le nombrará cura- dor ad litem para que lo representen en el proceso hasta su terminación. Para los efec- tos indicados en el Art. 318 del C. de P.C. Hoy de del 2009 a la hora de las 8:00 a.m., se le entrega copia del mismo al interesado para que sea publicado en un periódico de amplia circulación nacional y por una radiodifusora local. Martha Lucía Urbina Guerra, secretaria.EDICTO.- Juzgado Segundo Civil Municipal Santa Marta. La suscrita secretaria del Juzga- do Segundo Civil Municipal, EMPLAZA: A el señor Yennifer Tatiana Guerrero Escorcia para que dentro del término de quince días (15) comparezca al despacho por sí o por medio de apoderado a recibir la notificación personal del auto de fecha julio 16 del 2008 dictado dentro del proceso ejecutivo singu- lar, que sigue Fundación Mundial de la Mujer Bucaramanga, por medio de apoderado con- tra Yennifer Tatiana Guerrero y Neovis Elena de Jesús Guerrero Escorcia que cursa en este juzgado. Se le advierte a el emplazado que si dentro del término no comparece se le nom- brará curador ad litem para que lo represen- ten en el proceso hasta su terminación. Para los efectos indicados en el Art. 318 del C. de P.C. Hoy 20 de octubre del 2009 a la hora de las 8:00 a.m., se le entrega copias del mismo al interesado para que sea publicado en un periódico de amplia circulación nacional o por una radiodifusora local. Martha Lucía Ur- bina Guerra, secretaria.EDICTO.- Juzgado Sesenta y Siete Civil Muni- cipal, calle 16 No. 7-39, piso 7. CITA Y EM- PLAZA A María Marbely Domínguez Guzmán y José Miguel Contreras Beltrán, para que en el término de quince (15) días comparezca(n) a este Despacho Judicial a recibir notifica- ción personal del auto que libró mandamien- to de pago, proferido(s) dentro del proceso ejecutivo singular No. 2008-1172, que en este Juzgado adelanta Teresa Rincón de Per- domo contra María Marbely Domínguez Guz- mán, José Miguel Contreras Beltrán y el esta- blecimiento de comercio Chatarreando. Se advierte a la(s) persona emplazada(s) que si transcurridos cinco días contados a partir del vencimiento del término arriba señalado no concurren, se le designará curador ad lítem, con quien se adelantará el proceso hasta su terminación. Para los efectos del artículo 318 del C.P.C., se fija el presente edicto en un lu- gar público y visible de la secretaría del Juz- gado por el término de quince (15) días y se expiden copias del mismo para su publica- ción en el diario EL TIEMPO o en La República y en una radiodifusora local, en el horario comprendido entre las siete de la mañana y las diez de la noche. Se fija el día de hoy 18- 11-2009, a las 8:00 a.m. Laura Ximena Var- gas Chaparro, secretaria. Se desfija el día de hoy, a las 5:00 p.m. Laura Ximena Vargas Chaparro, secretaria.EDICTO.- Juzgado Treinta y Cuatro Adminis- trativo Circuito de Bogotá, secretaría. Carre- ra 7a. No. 13-27, piso 8, Bogotá D.C. Juez Dra. Olga Cecilia Henao Marín. Lista para empla- zamientos (Artículo 318 del C.P.C. modifica- do por el Art. 30 de Ley 794 de 2003). Fecha: Noviembre 19 de 2009. Orden 1. Expediente: 11001333103420080015200. Sujeto empla- zado: Representante legal de la Constructora de Los Andes - Coandes Cía. Ltda. Deman- dante: Ana Lara de Gaviria. Demandado: Em- presa de Acueducto y Alcantarillado de Bo- gotá. Naturaleza: Reparación Directa. Versa sobre: Llamamiento en Garantía. 2. 11001333103420080015200. Representante legal de la Soc. Microtunel S.A. de C.V. Ana Lara de Gaviria. Empresa de Acueducto y Al- cantarillado de Bogotá. Reparación Directa. Llamamiento en Garantía. 3. 11001333103420080015200. Representante legal de la SPC. Consultoría Etnica Latinoa- mericana y del Caribe Ltda. Ana Lara de Gavi- ria. Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá. Reparación Directa. Llamamiento en Garantía. 4. 11001333103420080015200. Gerente de E. P. M. Bogotá Aguas. Ana Lara de Gaviria. Empresa de Acueducto y Alcanta- rillado de Bogotá. Reparación Directa. Llama- miento en Garantía. Se deja constancia que el presente listado se encuentra disponible a partir de la fecha para su retiro por la parte interesada. Reinaldo Antonio Cortes Rivera, secretario.EDICTO.- Juzgado Veinte de Familia de Bogo- tá D.C., calle 14 No. 7-36, piso 6. La suscrita secretaria del Juzgado Veinte de Familia de Bogotá D.C., EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir dentro del proceso de sucesión doble e intestada de Jaime García Calderón y Elma María Núñez de García, quienes tuvieron su último domici- lio en esta ciudad, la cual se declaró abierta y radicada en este juzgado mediante providen- cia de fecha julio treinta y uno (31) de dos mil nueve (2009) con aclaración mediante auto de septiembre dos (2) del mismo año. En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 589 del C. de P. Civil, se fija el presente edicto en lugar público y visible de la secretaría del Juzgado por el término de diez (10) días, hoy 19 noviembre 2009, siendo las ocho de la mañana, háganse las publicaciones en el dia- rio EL TIEMPO o El Espectador y en una emi- sora local de amplia emisión. Delia Yasmín Escobar Leal, secretaria.EDICTO.- La(el) suscrita(o) notaria(o) Nove- na(o) del Círculo de Cali, EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días si- guientes a la publicación del presente edicto, en el periódico ante el tramite notarial de li- quidación intestada de Carlos Alfonso Rojas Prado, c.c. No. 16.863.764 de El Cerrito (V.), quien falleció en Cali en septiembre 10 de 2009. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta No. 136 de fecha 24 de noviembre del 2009, se ordena publica- ción de este edicto en el periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988, orde- nándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy veinticuatro (24) días del mes de noviembre del año dos mil nueve (2009), a las 8:30 a.m. La(el) No- taria(o), Miryan Patricia Barona Muñoz, No- taria Novena del Círculo de Cali.EDICTO.- LA SECRETARÍA AD-HOC DEL JUZ- GADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUI- TO DE SAMANIEGO - MARIÑO, CITA Y EM- PLAZA AL señor JEIMAR IVAN MORA ACOS- TA, persona mayor de edad identificado con la cédula de ciudadanía 87.462.488 de Sa- maniego (N) cuyo paradero se desconoce al igual que la totalidad de las, personas que puedan saber de él. Al primero para que den- tro del término de fijación del presente EDICTO comparezca a éste Despacho por si o por conducto de apoderado judicial, a poner- se a derecho dentro del proceso de JURIS- DICCIÓN VOLUNTARIA DE DECLARACIÓN DE MUERTE POR DESAPARECIMIENTO, adelanta- do por la señora ROSA FREDESMINDA ACOS- TA y el cual, se ha radicado a la partida nú- mero 200800019-00; y a los segundos para que acudan oportunamente a darle aviso “EXTRACTO DE LA DEMANDA,” HECHOS, 1° ,- El señor JEIMAR IVAN MORA ACOSTA es hijo de mi representada ROSA FREDESMINDA ACOSTA 2* .- El señor JEIMAR IVAN .MORA ACOSTA, fue soltero, no tuvo descendencia y siempre convivió bajo la dirección de mi po- derdante ROSA FREDESMINDA ACOSTA. 3* - El 21 de Noviembre de 2006, el señor JEIMAR IVAN MORA ACOSTA, salió desde Samaniego con destino a la ciudad de Túquerres y Gua- chucal, para luego pasar a la ciudad de Pasto, salió de Samaniego acompañado con e! se- ñor ÓSCAR AFRANIO ESCOBAR, quien era el conductor del vehículo DAHATSUN, color rojo de placas AGD- 964 en el cual se trans- portaban 4° - El vehículo en el que se condu- cían tanto el señor JEIMAR IVAN MORA ACOSTA como el señor ÓSCAR AFRANIO ES- COBAR, fue encontrado abandonado en la vía que de Chirristes conduce a Guaitarilla, sin rastros de los ocupantes, ni huellas de haber sido atropellados dentro de él 5* o Desde esa fecha o sea desde el 21 de Noviembre de 2005, no se ha vuelto a saber absolutamente nada del señor JEIMAR IVAN MORA ACOSTA ni tampoco del señor ÓSCAR AFRANIO ESCO- BAR; habiendo transcurrido más de dos años hasta la presente fecha. 6°- Desde la fecha atrás indicada se han adelantado varias dili- gencias encaminadas a dar con su paradero, sin tener ninguna noticia, destacándose en- tre ellas las siguientes: a) El señor JAIRO MORA ACOSTA, hermano del señor JEIMAR IVAN MORA ACOSTA, acudió a las autorida- des e Informaron del desaparecimiento del mismo , urgiendo su ayuda para localizarlo, pero ha sido infructuoso La denuncia se pre- sentó en Imués en la Estación de Servicio : pero solicitada la copia de manifiesta por esa entidad que en el archivo ya no obra copia de la susodicha diligencia 7°.- Mi mandante tie- ne interés legítimo en la declaración de muerte presunta del señor JEIMAR IVAN MORA ACOSTA, ya que es su madre “ En cumplimiento de lo dispuesto en el articule 97 del C.C. en armonía con el Artículo 318 Ibí- dem, se fija el presente EDICTO EMPLAZATO- RIO en un lugar visible de la secretaria del Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Samaniego-Nariño, hoy veinticinco (25) de Noviembre de Dos Mil Nueve (2009), siendo las 8 de la mañana, emplazamiento que se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de su publicación en la edición dominical del periódico El Tiempo o El Espec- tador, en un periódico de circulación local y en la radiodifusora local para lo cual se entre- garán sendas copias a la parte interesada. LILIANA CAICEDO CAICEDO, Secretario Ad- Hoc.EDICTO.- La secretaria del Juzgado Prime- ro de Familia de Santa Marta, EMPLAZA: Al señor Joei Enrique Trout Pertuz, para que en el término de 15 (quince) días compa-

rezca por sí o por medio de apoderado a este juzgado a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda fechado 27 de octubre de 2009, dictado dentro del proceso de divorcio de matrimonio civil, seguido en su contra por la señora Indira Cecilia Romero Pérez y a estar en derecho en el proceso en la forma legal. Para los efectos previstos en el artículo 30 de la Ley 794 de 2003, modificatorio del artícu- lo 318 del Código de Procedimiento Civil, se hace entrega de copia de este emplaza- miento al interesado para que haga las pu- blicaciones el día domingo, por una sola vez en el listado del periódico EL TIEMPO, de amplia circulación nacional, o por la ra- diodifusora Caracol, a nivel nacional, entre las 6:00 (seis) de la mañana y las 11:00 (once) de la noche. Se le advierte a la em- plazada que transcurrido 15 (quince) días después de la publicación del listado, se entenderá surtido el emplazamiento y de no comparecer se le designará curador ad litem, con quien se surtirá la notificación. Carmen Cecilia Guardiola Ramírez, secre- taria.EDICTO.- La secretaria del Juzgado Primero de Familia de Santa Marta, EMPLAZA: Al se- ñor Juan Fabián López García, para que en el término de 15 (quince) días comparezcan por sí o por medio de apoderado a este juzgado a recibir notificación personal del auto admiso- rio de la demanda fechado 25 de agosto de 2009, dictado dentro del proceso de priva- ción de la patria potestad, seguido en su con- tra por la señora Patricia María Avendaño Ce- ledón, en interés de su menor hijo Fabio José López Avendaño y a estar en derecho en el proceso en forma legal. Para los efectos pre- vistos en el artículo 30 de la Ley 794 de 2003, modificatorio del artículo 318 del Códi- go de Procedimiento Civil, se hace entrega de copia de este emplazamiento al interesa- do para que haga las publicaciones el día do- mingo, por una sola vez en el listado del pe- riódico EL TIEMPO de amplia circulación na- cional o en la radiodifusora Caracol a nivel nacional, cualquier día de la semana, entre las 6:00 (seis) de la mañana y las 11:00 (on- ce) de la noche. Se le advierte a los emplaza- dos que transcurrido 15 (quince) días des- pués de la publicación del listado, se enten- derá surtido el emplazamiento y de no com- parecer se le designará curador ad litem, con quien se surtirá la notificación. Carmen Ceci- lia Guardiola Ramírez, secretaria.EDICTO.- La secretaria del Juzgado Tercero Civil del circuito de Bogotá D.C., por medio del presente CITA Y EMPLAZA A las personas indeterminadas que se crean con derecho so- bre el respectivo bien, a fin de que dentro del término de fijación de este edicto y quince días más, comparezcan a este despacho por sí o por medio de apoderado judicial a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda de fecha diez de noviembre de dos mil nueve, dictado dentro del proceso ordina- rio de pertenencia No. 2009-00744 que por prescripción ordinaria adquisitiva de dominio ha instaurado Amanda Enciso Rozo contra herederos indeterminados de Manuel María Garzón Velásquez y personas indetermina- das. El bien cuya pertenencia se solicita es el siguiente; Placa BCQ-167, clase automóvil, marca Mazda, color azul, modelo 1993, servi- cio particular, carrocería Cedan, línea 323NB 1.5, capacidad cinco pasajeros, serie y chasis N. 323NB27273, motor N. E5742632. Se le advierte a los emplazados que si vencido el término aquí señalado y no comparecieren se les designará curador ad lítem con quien se surtirá la notificación y se proseguirá el pro- ceso hasta su terminación. Para los efectos de que trata el Art. 318 y 407 del C. de P. Ci- vil, se fija el presente edicto en el lugar públi- co de la secretaría del Juzgado por el término de veinte (20) días, hoy 20 de noviembre de 2009, siendo las 8:00 a.m. La secretaria, Amanda Ruth Salinas Celis.EDICTO.- La secretaria del Juzgado Trece de Familia de Bogotá, D.C., CITA y EMPLAZA: A todas las personas por línea paterna que se crean con derecho a Intervenir en el ejercicio de la guarda del(os) menor(es) Valentina Ro- dríguez Bejarano, dentro del proceso de pri- vación de patria potestad No. 2008-0414 de- mandante Sandra Milena Bejarano Aguilar contra Oscar Orlando Rodríguez Díaz, en re- presentación de los intereses del(os) me- nor(es) antes mencionados para lo cual se ordena fijar edicto para proceder a su publi- cación en cualquiera de los diarios de EL TIEMPO, El Espectador, La República o El Nuevo Siglo. Para dar cumplimiento a lo pre- visto en el Art. 446 del C. de P.C., se fija el presente edicto en la secretaría del juzgado por el término de ley, hoy 20 Nov. de 2009, siendo las 8:00 a.m. La secretaria, Sandra Lucía Barriga Moreno.EDICTO.- La secretaria E. del Juzgado Prime- ro Promiscuo de Familia de Florencia, Caque- tá, EMPLAZA: Al señor Aidemi Martínez Ve- ga, a estar en derecho en el proceso de de- claración de muerte presunta por desapare- cimiento, iniciado en este Despacho por la señora Camila Vega de Martínez, por inter- medio de apoderado judicial, previniendo a todas las personas que tengan noticias del desparecido Martínez Vega, para que las co- muniquen en forma inmediata. Declaracio- nes: Primera: Que se declare la muerte pre- suntiva por causa de desaparecimiento del señor Aidemi Martínez Vega, persona mayor, natural y vecino de Florencia, Caquetá, lugar de su último domicilio. Segunda: Que se se- ñale la fecha presunta del acontecimiento con arreglo a las disposiciones del Código Ci- vil. Tercera: Que se transcriba la parte res- pectiva de la sentencia y se le comunique al correspondiente funcionario encargado del registro civil, a efecto que extienda el regis- tro de defunción, haciéndose saber los datos personales completos del desaparecido. Cuarta: Que se ordene la publicación del en- cabezamiento y parte resolutiva de la sen- tencia en un periódico de amplia circulación nacional y en un periódico y radiodifusora lo- cal, conforme lo ordenado en el Art. 318 del C.P.C. Hechos: Primero: La señora Camila Vega de Martínez, durante su matrimonio procreó a Aidemi Martínez Vega, quien pres- taba su servicio militar en el Batallón “Jua- nambu” de la ciudad de Florencia. Segundo: el señor Aidemi Martínez Vega, salió de su residencia el cuatro de junio de 1999 aprove- chando una licencia que le concedió el bata- llón donde prestaba su servicio y se desplazó a visitar a sus hermanos a la Inspección de San Antonio de Getuchá, jurisdicción del mu- nicipio de Milán, Caquetá y al día siguiente al parecer unos milicianos del frente 15 de las Farc se lo llevaron en un yate por el río Orte- guaza abajo, sin que desde ese instante se haya vuelto a tener noticia de su paradero, habiendo transcurrido más de dos años. Ter- cero: Desde la fecha indicada se han adelan- tado varias diligencias encaminadas a dar con su paradero. Cuarto: La demandante tie- ne interés legítimo en la declaración de muerte presunta del señor Aidemi Martínez Vega, ya que es su progenitora y se requiere para el trámite pertinente ante el batallón donde prestaba su servicio militar. Para los efectos previstos en los artículos 318, 657 del C.P.C., y Art. 97 del Código Civil, se fija el presente edicto emplazatorio en la cartelera de la secretaría del Juzgado por el término le- gal, hoy tres (3) de noviembre de dos mil nueve (2009), siendo las 8 de la mañana y se publicará por una sola vez en el periódico ofi- cial, en uno de amplia circulación a nivel na- cional EL TIEMPO o El Espectador, el día do- mingo en un periódico local y radiodifundido en una emisora local entre las 6 de la maña- na y 11 de la noche. Nirza Gely Vargas Vargas, secretaria (e).EDICTO.- La suscrita secretaria del Juzgado Promiscuo de Familia de Melgar, Tolima, EM- PLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la causa sucesoral del señor Anastacio Jiménez Ortegón, perso- na que fuera mayor de edad y falleciera el día catorce (14) de junio del año dos mil (2000) en la ciudad de Bogotá D.C., siendo Icononzo, Tolima, su último domicilio, juicio declarado abierto y radicado en este juzgado mediante providencia el día treinta (30) de octubre de dos mil nueve (2009). Especialmente se les cita para la confección de inventarios y ava- lúos de los bienes relictos, citación que se entenderá surtida transcurridos quince (15) días a partir de la publicación del presente edicto por una sola vez y en un medio escrito de amplia circulación nacional como EL TIEMPO o El Espectador en una edición domi- nical y en una radiodifusora local. Melgar, To- lima, noviembre 20 de 2009. Paola Andrea Bocanegra Velásquez.EDICTO.- La suscrita secretaria del Juzgado Cuarto Civil Municipal de Santa Marta, por medio del presente, EMPLAZA: A los deman- dados, señores Luz Mejía Cano, Elizabeth Cano de Mejía y Julio César Gómez Delgado, para que comparezca por sí o por medio de apoderado a la secretaria del juzgado, a reci- bir la notificación personal del auto de man- damiento de pago datada 07 de diciembre del año dos mil siete (2007), en el proceso ejecutivo promovido por Fundación Mundial de la Mujer, representado legalmente por el señor Franz Hederich García. Se le advierte al emplazado que si dentro del término legal no comparece se le nombrará curador ad litem, con quien se le proseguirá el proceso hasta su terminación. Para efectos del artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, se le hace entrega de el emplazamiento al interesado y se ordena su difusión por una sola vez en la emisión de EL TIEMPO o Heraldo de amplia circulación nacional, el día domingo, advir- tiéndosele que transcurridos quince (15) días después de la difusión se entenderá surtido el emplazamiento. Omaira Britto Britto, se- cretaria. Rad. No. 00733-07.EDICTO.- Liquidación Sucesoral. María Sol Si- nisterra Álvarez, Notaria Catorce del Círculo de Cali. Calle 9 No. 8-74. Pbx 884-1476. Fax: 889-6418. El Notario Catorce (14) del Círculo de Cali, EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir (den- tro de los diez (10) días siguientes a la publi- cación del presente edicto, en el periódico), en el trámite notarial de liquidación suceso- ral de la causante Grimanesa Gómez de Bui- trago, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 38.992.010, expedida en Cali, cuyo último domicilio fue la ciudad de Cali (Valle), quien falleció el día doce (12) de abril de dos mil cinco (2005). Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 142 de fecha once (11) de noviem- bre de dos mil nueve (2009). Se ordena la publicación de este edicto en un periódico re- gional de circulación nacional y su difusión por una vez en una emisora local, en cumpli- miento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en un lugar, visible de la Notaría por el término de diez (10) días, El presente edicto se fija hoy once (11) de noviembre de dos mil nueve (2009) siendo las 8:00 a.m. La Notaria, María Victoria Vélez Castrillón, Nota- ria Catorce de Cali, Encargada.EDICTO.- Listado de emplazamiento. La sus- crita secretaria del Juzgado Primero Promis- cuo de Familia Circuito de Facatativá, Cundi- namarca, CITA Y EMPLAZA Al señor Fredy Alexander Torres González, para que dentro del término de quince (15) días contados a partir de la publicación de este listado, com- parezca al Juzgado, ya sea por sí o por medio de apoderado judicial a recibir notificación del auto admisorio de la demanda y a estar en derecho dentro del proceso de divorcio, radicado bajo el No. 2009-411, instaurado por Mónica María Díaz Jiménez. Se le advierte al emplazado que si no comparece dentro del término antes indicado el Juzgado le desig- nará un curador ad lítem, con quien se surti- rá la notificación y traslado de la demanda y se seguirá el proceso hasta su terminación. Para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 318 del Código de Procedimiento Ci- vil, modificado por el artículo 30 de la Ley 794 de 2003, se elabora y entrega el presen- te listado a la parte interesada, hoy 26 no- viembre 2009, y se expiden copias para su publicación en día domingo, en un diario de amplia circulación nacional La República, EL TIEMPO y/o El Espectador. María Cristina Jáuregui González, secretaria.EDICTO.- Luis Carlos Restrepo. Secretaría: A Despacho de la señora Juez, informándo-

le que la parte accionante ha solicitado el emplazamiento al demandado, petición que reúne los requerimientos legales. Pro- vea. Santiago de Cali, julio 30 de 2009. La Secretaria, Amparo Molina Narváez. Auto de sustanciación 1875. Juzgado Cuarto de Familia, Santiago de Cali, julio treinta de dos mil nueve. En atención al precedente informe de secretaría, el Juzgado ordena: 1. Agréguese al proceso la constancia el in- forme suministrado por Servientrega, con relación a la notificación al demandado Luis Carlos Restrepo. 2. Ordénese incluir el nombre del demandado Luis Carlos Restre- po, de las partes del proceso, su naturaleza y el de este Despacho Judicial, en un perió- dico de amplia circulación nacional (EL TIEMPO o La República) el día domingo o en una radiodifusora de emisión nacional (RCN o Caracol) cualquier día de la semana en las horas comprendidas entre las seis de la mañana y las once de la noche. Notifí- quese, La Juez, María Cecilia González Hol- guín. Juzgado Cuarto de Familia de Cali. En estado No. 129 hoy notifico a las partes el Auto que antecede (Art. 321 del C.P.C.). Santiago de Cali, 3 agosto 2009. La Secre- taria, Hay firma.EDICTO.- Proceso 2006-00530. El Juzgado Sexto de la Familia de Manizales, EMPLAZA: Al señor Mario Tobón Rivera de quien se des- conoce su paradero y se encuentra ausente, a fin de que se presente por sí solo o por me- dio de apoderado (a) a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda del 14 de noviembre de 2006, de declaratoria de presunción de muerte por desapareci- miento que, se adelante en este despacho a través de Mandatario Judicial por solicitud de la señora Gloria Estela Rivera de Tobón, como madre del presunto desaparecido. Se previene a quienes tengan noticias del des- aparecido Mario Tobón Rivera, para que las comuniquen al juzgado. Extracto de la de- manda. La señora Gloria Estela Rivera de To- bón pretende la declaración de muerte por desaparecimiento de su hijo, el señor Mario Tobón Rivera, quien tenía como domicilio principal la ciudad de Manizales, El 20 de mayo de 2002, el señor Mario Tobón Rivera, viajó a pasar vacaciones el Municipio de Bar- bacoas - Nariño, donde un amigo llamado Da- río Giraldo. El 24 de mayo de 2002, el señor Darío Giraldo llamó a la señora Gloria Estela Rivera de Tobón, para informarle que a Mario lo habían detenido en un retén, al parecer guerrilleros de las FARC, entre las poblacio- nes de Barbacoas y Llorente; por lo que, des- de ese entonces se perdió todo contacto con el señor Tobón Rivera. Desde la anterior fe- cha hasta el día de la formulación de esta de- manda, ninguna noticia se ha tenido del cita- do señor. Para su búsqueda la señora Gloria Estela Rivera de Tobón, ha acudido a las au- toridades judiciales, mas concretamente ante la Fiscalía General de la Nación (Seccio- nal Caldas) (Gaula de Caldas); Seccional de Barbacoas, Nariño; Seccional de Mocoa, Pu- tumayo, las cuales no han dado ninguna ra- zón sobre lo desaparecido. Conforme a los dispuesto en el Art. 657-2 del C.P. Civil se fija el presente edicto en lugar visible de la se- cretaría del juzgado, hoy siete de diciembre del año dos mil seis (2006) expidiendo co- pias del mismo para su publicación en el Dia- rio Oficial de la Nación, tres veces por lo me- nos, debiendo correr más de cuatro meses entre cada dos citaciones (Art. 97-2 C.C.); además deberá publicarse la totalidad de este edicto en uno de los periódicos de ma- yor circulación que se editan en la Capital de la República (EL TIEMPO), y en un periódico local (La Patria) y en una radiodifusora local. Se advierte al emplazado que surtido el em- plazamiento y allegadas las respectivas pu- blicaciones, de no comparecer se le designa- rá curador ad litem, con quien se surtirá la notificación y quien lo representara en el pro- ceso. Nidyan Margoth Montes Ramírez, se- cretaria. Juzgado Sexto de Familia. Dando cumplimiento a lo ordenado por el H. Tribu- nal Superior de Manizales, Sala Civil - Familia en auto del 11 de agosto de 2009 (cuaderno No. 2), se dispone que la parte interesada re- alice publicación del edicto emplazatorio del presunto desaparecido, por dos ocasiones más, en EL TIEMPO, La Patria y en una radio- difusora local (Red de los Andes), con un in- tervalo de no menos de cuatro meses entre una y otra publicación, a fin de completar el ciclo de las mismas. Notifíquese, Pedro Anto- nio Montoya Jaramillo, juez.EDICTO.- Proceso No. 0034/09. Ejecutivo Singular. Secretaria: A su Despacho señor Juez el presente proceso pendiente de trasla- do para alegar. Provea usted. Cartagena, 29 de octubre de 2009. María C. Guardo Sán- chez, secretaria. Juzgado Séptimo Civil del Circuito. Cartagena, veintinueve (29) de oc- tubre del año dos mil nueve (2009). Vista la constancia expedida por Secure Express Ser- vice Ltda., fechada 9 de octubre de 2009, que da cuenta que en la dirección indicada en la demanda para surtir la notificación perso- nal al demandado Manuel Reda Ramal, no re- side, y con fundamento en lo preceptuado por los artículos 315 Nral. 4 y 318 del C de P.C., ordena el emplazamiento del menciona- do demandado en la forma prevista en esta última disposición, el cual se surtirá a través de los periódicos EL TIEMPO o El Espectador, en un día domingo. Notifíquese, Héctor I. Mattar Gaitán, Juez.EDICTO.- Rdo. 05-001-31-10-006-2009- 00170. El Juzgado Sexto de Familia de Mede- llín, EMPLAZA: Al señor Luis Fernando Velás- quez Piedrahita para que se presente ante este despacho y, previene a todas las perso- nas que tengan noticias de su paradero, para que las comuniquen al juzgado a la mayor brevedad posible, HACE SABER: que por pro- videncia del 1º de abril de 2009, se admitió la demanda mediante la cual la señora Ana Nu- bia Restrepo Vélez y Sergio Andrés, Ana Ma- ría y Juan Fernando Velásquez Restrepo, en calidad de cónyuge e hijos, están solicitando que se declare la muerte presuntiva por des- aparecimiento del señor Luis Fernando Velás- quez Piedrahita. Informan los hechos de la demanda El señor Luis Fernando Velásquez Piedrahita, tuvo su último domicilio en la ciu- dad de Medellín y residiendo temporalmente en Panamá, salió de su residencia el 21 de ju- nio de 2006, sin que desde entonces se ten- ga noticia de su paradero, a pesar de las de- nuncias ante la Fiscalía General de la Nación y otras diligencias encaminadas a dar con su paradero. Su esposa e hijos tienen derecho a solicitar la declaración judicial de muerte presunta por desaparecimiento. Medellín, 1º de abril de 2009. Julio César Llano Romero, secretario.EDICTO.- República de Colombia. Juzgado Octavo de Familia, carrera 7a. No. 14-23, piso 4. El Juzgado Octavo de Familia de Bogotá D.C., CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con algún derecho para ejercer la guarda de Rubén Escobar Paque en caso de ser declarado en interdicción por discapa- cidad mental, conforme a las pretensiones de la demanda que sobre el particular ha inicia- do la señora María Genoveva Restrepo de Es- cobar y que fuera admitida por auto de no- viembre diecisiete (17) de dos mil nueve (2009). Para dar cumplimiento a lo previsto en el Art. 659 del C.P.C., modificado por el Art. 42 de la Ley 1306 de 2009, se fija el pre- sente edicto en lugar visible de la secretaría del Juzgado por el término de ley, hoy 26 no- viembre 2009, a las ocho de la mañana (8:00 a.m.). Radicado: 2009-0794. Dora Inés Gó- mez Ruiz, secretaria. Es copia de su original, Hay firma y sello.EDICTO.- República de Colombia. Notaría Se- gunda Yopal, Casanare. El Notario (e) Segun- do del Círculo de Yopal, HACE SABER: A to- das las personas que se consideren con dere- cho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edic- to en el periódico en trámite notarial de liqui- dación sucesoral de la causante Josefina Ri- vera de Pérez, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 23.738.369 de Yo- pal, cuyo último domicilio fue el municipio de Yopal y quien falleció el día 06 de diciembre del 2009 en la ciudad de Yopal. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 16 de fecha 13 de noviembre del año dos mil nueve (2009), se ordena la publica- ción de este edicto en un periódico de amplia circulación y en una emisora local en cumpli- miento a lo dispuesto en el artículo 3 del De- creto 902 de 1988. Ordenándose además de su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy catorce (14) de noviembre del año dos mil nueve (2009) siendo las 7:30 a.m. Edilberto Pérez Suárez, Notario Segundo del Círculo de Yopal.EDICTO.- República de Colombia. Rama Judi- cial. Juzgado Noveno de Familia Barranquilla D.E.I.P. Radicado 2009-0454. La suscrita se- cretaria del Juzgado Noveno de Familia de Barranquilla, CITA Y EMPLAZA Al señor Si- món Pinto Anaya, para que dentro del térmi- no de quince (15) días comparezca a este Juzgado, ubicado en el 5o. piso del Centro Cí- vico (Rodrigo Lara Bonilla) de Barranquilla, por sí o por intermedio de apoderado judicial a recibir notificación personal del auto admi- sorio calendado octubre veinte (20) de 2009, proferido dentro del proceso de cesa- ción de los efectos civiles de matrimonio ca- tólico (divorcio) radicado bajo el No. 0454- 2009, promovido por la señora Alicia Raquel Sanjuán Pacheco. Si el emplazado no compa- rece a notificarse dentro del término de quin- ce (15) días a la publicación del presente edicto, se designará curador ad lítem, con quien se surtirá la notificación, para todos los fines indicados en el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, modificado por la Ley 794 en su artículo 30. Hágase la publicación de este emplazamiento por una sola vez, en un diario de amplia circulación como EL TIEMPO o El Heraldo en una edición domini- cal. Se expide el presente edicto a los 28 días del mes de octubre de 2009. La secretaria, Carmen Márquez Varelo.EDICTO.- Secretaria del Juzgado Tercero Ci- vil Municipal de Santa Marta. Emplazatorio de quien debe ser notificado personalmente (artículo 318 del C. de P. Civil). Persona em- plazada: Mónica Sofía Martínez Hernández. Clase de proceso: Ejecutivo. Rad. 2006-030. Demandante: Coasmedas. Demandado: Mó- nica Sofía Martínez Hernández. Objeto: Noti- ficar auto que libra mandamiento de pago ejecutivo de fecha 20 de enero del 2006. Para los efectos del artículo 318 del C. de P. Civil, se hace entrega de este listado al inte- resado y se ordena su publicación en la edi- ción dominical del diario EL TIEMPO o La Re- pública por ser medios escritos de amplia cir- culación nacional. Neovis E. Manjarres DZ. Gdos., secretaria.

AVISO DE REMATE.- Juzgado Promiscuo de Circuito Puerto Asís, Putumayo. El se- cretario del Juzgado Primero Promiscuo de Circuito Puerto Asís, Putumayo, HACE SA- BER: Que dentro del proceso ejecutivo hi- potecario No. 1998-0110-00, propuesto por el Banco Ganadero, en contra de Betty Socorro Montenegro y Orlando Murillo Gó- mez, se fijó el día quince (15) de diciembre de dos mil nueve (2009), a las dos de la tarde (2:00 p.m.), para que tenga lugar la tercera licitación de venta en pública su- basta de los bienes embargados, secues- trados y avaluados dentro de este asunto, y que se relacionan a continuación: 1. In- mueble consistente en una casa de habita- ción incluido el terreno sobre el que está construida, ubicado en la calle 16 No. 24B-45 del barrio Obrero de este munici- pio, con cabida superficiaria de doscientos metros cuadrados (200 m2), de propiedad de los señores Betty Socorro Montenegro y Orlando Murillo, predio identificado con la matrícula inmobiliaria 440-0015-744 de la Oficina de Registro de este municipio, de

los linderos y características descritos en la Escritura Pública número 578 de fecha 7 de junio de 1989 otorgada en la Notaría Única del Círculo de Puerto Asís. 2. Inmue- ble consistente en una casa de habitación, incluido el terreno sobre el que está cons- truida, ubicado en la calle 16 No. 24-19 del barrio Obrero de este municipio, con cabi- da superficiaria de doscientos metros cua- drados (200 m2), de propiedad de los se- ñores Betty Socorro Montenegro y Orlando Murillo, predio identificado con la matrícu- la inmobiliaria 440-0015-745 de la Oficina de Registro de este municipio, de los linde- ros y características descritos en la Escri- tura pública número 835 de fecha 21 de septiembre de 1986 otorgada en la Notaría Única del Círculo de Puerto Asís. Será pos- tura admisible la que cubra el 50% del ava- lúo de los bienes, previa consignación del 40% del avalúo en el Banco Agrario de Co- lombia de esta ciudad, en la cuenta de de- pósitos judiciales que para el efecto lleva este Juzgado. Se fija en cartelera del Juz- gado hoy veintisiete (27) de noviembre de dos mil nueve (2009), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.). Cristian Antonio Ur- bano Gómez, secretario.AVISO DE REMATE.- La suscrita secretaria del Juzgado Promiscuo Municipal de Choachí, Cundinamarca, HACE SABER: Que dentro del proceso No. 258/07 ejecutivo que en este Despacho adelanta Banco Popular S.A. contra Jaime Hernández Rodríguez y otra, mediante auto del 13 de noviembre del 2009, se señaló la hora de las 9:30 a.m., del 15 de diciembre del 2009, para llevar a cabo la diligencia de remate del siguiente bien: Motocicleta carro- cería turismo, marca Auteco BAJ, línea Bo- xer-Tec99,27, modelo 2007, color rojo, cubi- taje 99,27, capacidad pasaj:1/ton, placas OJG86A, motor DUMBNG71695, serie MD2DUB4Z57FG00270, importación 13500020044315, Aduana Itagüí, registrada Secretaría de Tránsito y Transporte de Cá- queza. Avalúo comercial $ 3.400.000.00. Será postura admisible la que cubra el 70% del valor fijado al bien ($ 3.400.000.00) y por postor hábil quien consigne el porcentaje legal del 40% del avalúo del bien, que deberá efectuarse mediante depósito judicial en el Banco Agrario de esta localidad a ordenes de este Juzgado. Si quien se presentare como postor fuere alguno de los comuneros, se tendrá en cuenta lo previsto en el numeral 8 del Art. 471 del C.P.C. La licitación comenza- rá a la hora indicada y no se cerrará sino des- pués de haber transcurrido dos horas por lo menos. Para los efectos pertinentes por se- cretaría se anuncia el presente aviso al públi- co de conformidad con el Art. 525 del C.P.C. modificado por la Ley 794 del 2003 en su Art. 55, y para que la parte interesada en for- ma oportuna realice las publicaciones que or- dena la ley en uno de los periódicos de am- plia circulación en el lugar y en una radiodifu- sora local si la hubiere. Berthilda Cáqueza Pardo, secretaria.AVISO DE REMATE.- Número 602-048 de fe- cha 24/11/2009. Dirección Seccional de Im- puestos de Medellín, Dependencia, Gestión de Cobranzas, Contribuyente: Luis Hernán Muñoz Reyes, con NIT 70.041.889. Municipio Medellín, Departamento Antioquia. El funcio- nario de Gestión de Cobranzas de esta Direc- ción Seccional, HACE SABER: Que dentro del proceso administrativo coactivo adelantado por la Nación contra Luis Hernán Muñoz Re- yes, con NIT 70.041.889, mediante Auto No. 601-047 de 24/11/2009, se señaló el día die- cisiete (17) de diciembre del año 2009 a las 09:00 horas, para que tenga lugar en el Des- pacho de la División de Gestión de Cobran- zas, ubicado en el Centro Administrativo La Alpujarra, Carrera 52 No. 42-43, Edificio de la DIAN, primer piso, la diligencia de remate del bien inmueble de propiedad del contribuyen- te en un 75%: Luis Hernán Muñoz Reyes con NIT 70.041.889, el cual consiste en una casa de 2 plantas de 198.36 mts2, cuenta con 3 habitaciones, 4 baños, sauna, garaje y cuarto del servicio con baño, ubicada en la Calle 48B No. 66-36. Matrícula Inmobiliaria No. 001-29467. El bien objeto del remate fue avaluado pericialmente en la suma de ciento treinta y cinco millones de pesos m/l. ($ 135.000.000), la licitación comenzará el día y hora señalado y no se cerrará hasta des- pués de haber transcurrido 2 horas por lo menos. Por ser la primera licitación, será postura admisible para el remate la que cu- bra el setenta por ciento (70%) del avalúo, es decir la suma de noventa y cuatro millo- nes quinientos mil pesos m/l. ($ 94.500.000), previa consignación del cua- renta por ciento (40%) del valor del mismo, es decir la suma de cincuenta y cuatro millo- nes de pesos m/l. ($ 54.000.000), valor que debe ser consignado con anterioridad al re- mate en la cuenta de depósitos judiciales No. 050019193001 del Banco Agrario ubicado en la ciudad Botero en Medellín, a nombre de Di- rección Seccional de Impuestos de Medellín, artículo 526 C.P.C. Se fija el presente aviso en lugar visible de la Secretaría del Despacho por el término de diez (10) días hábiles. La Dirección Seccional de Impuestos de Mede- llín, no se hace responsable por el pago del impuesto predial, valorización, servicios pú- blicos y expensas comunes de administra- ción que adeude dicho bien u otro valor que se tenga que cancelar para legalizar el rema- te, en consecuencia el rematante asumirá los costos. Medellín, noviembre 24 de 2009. Santiago Morales Quijano, Funcionario Ejecu- tor Grupo Coactiva I, Dirección Seccional de Impuestos de Medellín.AVISO DE REMATE.- Número 602-049 de fe- cha 24/11/2009. Dirección Seccional de Im- puestos de Medellín, Dependencia, Gestión de Cobranzas, Contribuyente: Luis Hernán Muñoz Reyes, con NIT 70.041.889. Municipio Medellín, Departamento Antioquia. El funcio- nario de Gestión de Cobranzas de esta Direc- ción Seccional, HACE SABER: Que dentro del proceso administrativo coactivo adelantado por la Nación contra Luis Hernán Muñoz Re- yes, con NIT 70.041.889, mediante Auto No. 601-048 de 24/11/2009, se señaló el día die- cisiete (17) de diciembre del año 2009 a las 14:00 horas, para que tenga lugar en el Des- pacho de la División de Gestión de Cobran- zas, ubicado en el Centro Administrativo La Alpujarra, Carrera 52 No. 42-43, Edificio de la DIAN, primer piso, la diligencia de remate del bien inmueble de propiedad del contribuyen- te: Luis Hernán Muñoz Reyes con NIT 70.041.889, el cual consiste en una casa de 2 plantas de 59.13 mts2, identificada con el No. 205, ubicada en el Conjunto Residencial Por- tofino, Etapa II. Calle 14 No. 72-65. Cuenta con 3 habitaciones y 2 baños. Matrícula In- mobiliaria No. 001-535062. El bien objeto del remate fue avaluado pericialmente en la suma de ochenta millones de pesos m/l. ($ 80.000.000), la licitación comenzará el día y hora señalado y no se cerrará hasta después de haber transcurrido 2 horas por lo menos. Por ser la primera licitación, será postura ad- misible para el remate la que cubra el seten- ta por ciento (70%) del avalúo, es decir la suma de cincuenta y seis millones de pesos m/l. ($ 56.000.000), previa consignación del cuarenta por ciento (40%) del valor del mis- mo, es decir la suma de treinta y dos millo- nes de pesos m/l. ($ 32.000.000), valor que debe ser consignado con anterioridad al re- mate en la cuenta de depósitos judiciales No. 050019193001 del Banco Agrario ubicado en la ciudad Botero en Medellín, a nombre de Di- rección Seccional de Impuestos de Medellín, artículo 526 C.P.C. Se fija el presente aviso en lugar visible de la Secretaría del Despacho por el término de diez (10) días hábiles. La Dirección Seccional de Impuestos de Mede- llín, no se hace responsable por el pago del impuesto predial, valorización, servicios pú- blicos y expensas comunes de administra- ción que adeude dicho bien u otro valor que se tenga que cancelar para legalizar el rema- te, en consecuencia el rematante asumirá los costos. Medellín, noviembre 24 de 2009. Santiago Morales Quijano, Funcionario Ejecu- tor Grupo Coactiva I, Dirección Seccional de Impuestos de Medellín.

AVISO.- El Juzgado Promiscuo de Familia de Cisneros, Antioquia, NOTIFICA AL PÚBLICO EN GENERAL Que en proceso de jurisdicción voluntaria relacionada con una interdicción de persona con discapacidad mental absolu- ta, promovida por el señor Ramiro de Jesús Gallego García, mediante providencia dictada en la fecha por este Despacho, se decretó la interdicción provisoria de la persona con dis- capacidad mental absoluta, referente al se- ñor Leonardo Gallego Castaño, teniendo en cuenta los certificados médicos acompaña- dos con la demanda, los que le diagnostican una demencia degenerativa primaria y por consiguiente se le designó como curadora provisoria tanto de la persona del presunto interdicto como de sus bienes, a su esposa Yolanda García de Gallego. En cumplimiento artículo 659-7 C.P.C., modificado por artículo 42 Ley 1306 de 2009, se fija este aviso por una sola vez periódico EL TIEMPO amplia cir- culación nacional, un día domingo. Cisneros, Antioquia, noviembre 10 de 2009. Ramiro Torres Agudelo, secretario.AVISO.- El Juzgado Promiscuo de Familia de Leticia, INFORMA Que dentro del proceso de interdicción por demencia incoado por la se- ñora Elvira León de Enriquez, a través de apo- derado judicial y radicado bajo el número 177-05, se decretó la interdicción provisoria del señor Jorge William Enriquez León, identi- ficado con cédula de ciudadanía No. 15.877.509 de Leticia, mediante sentencia del 01 de agosto de dos mil seis (2006), en- tendiéndose que no tiene libre administra- ción de sus bienes. Como curadora provisoria se designó su progenitora Elvira León de En- riquez, identificada con cédula de ciudadanía No. 40.177.004 de Leticia. Lo anterior de conformidad con el artículo 659 numeral 7 del Código de Procedimiento Civil. Se expi- den copias para su publicación en el Diario Oficial y el periódico EL TIEMPO (edición do- minical) y en cualquier emisora local de am- plia difusión, hoy veintiuno (21) de enero del año dos mil ocho (2008). Adiela De La Cruz Salazar Ramírez, secretaria.AVISO.- El Juzgado Veinticinco Civil del Cir- cuito de Bogotá D.C., HACE SABER: A todos los miembros de la comunidad que mediante proveído del martes 10 de noviembre de 2009, se admitió la demanda de acción po- pular 110013103025200900641, promovida por Germán Castiblanco Castillo contra Con- junto Residencial Triunfo de las Americas I Etapa, que desarrolla su actividad comercial en la carrera 71F No. 5 A-22 Bogotá, con oca- sión de la vulneración de los derechos a la re- alización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposi- ciones jurídicas de manera ordenada dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes, al goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público, a la seguridad y salubridad públicas y el acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública. Para los efectos previstos en el artículo 21 de la Ley 472 de 1998, se fija el presente aviso en un lugar público de la secretaría del juzgado, por el término legal, hoy 27 noviembre 2009, a las 8:00 a.m., y copia del mismo para su pu- blicación en un medio masivo de comunica- ción a nivel nacional o cualquier otro meca- nismo eficaz. Martha Cecilia Cruz Carrillo, se- cretaria.AVISO JUDICIAL.- El suscrito secretario del Juzgado Dieciocho de Familia de Bogo- tá D.C., HACE SABER: Que dentro del pro- ceso de interdicción judicial de Óscar Patri- cio Quiñónez Arévalo adelantado en este Juzgado, se dictaron las siguientes provi- dencias: “Juzgado Dieciocho de Familia, Bogotá D.C., ocho (8) de mayo de dos mil nueve (2009). …En mérito de lo brevemen- te expuesto, el Juzgado Dieciocho de Fami-

lia de Bogotá D.C., administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, RESUELVE: Prime- ro: Declárese en interdicción definitiva por demencia a Óscar Patricio Quiñónez Aréva- lo, con la cédula de ciudadanía No. 19.446.977 de Bogotá. Segundo: Corolario de lo anterior, declárese que no tiene dere- cho a la libre disposición de administrar sus bienes. Tercero: Desígnase como cura- dor(a) del interdicto al(a) señor(a) (herma- no) Ana Teresa Quiñónez Arévalo, a quien deberá dar posesión y discernírsele el car- go. Cuarto: El(a) curador(a) deberá elabo- rar la confección de inventarios de confor- midad con lo establecido en la ley. Quinto: Inscríbase esta sentencia en el Registro Ci- vil de nacimiento de Óscar Patricio Quiñó- nez Arévalo y publíquese por aviso que se insertará por una vez en el Diario Oficial y en un periódico de amplia circulación como EL TIEMPO o El Espectador de con- formidad con lo preceptuado en el Num. 7o. del Art. 659 del C. de P.C. Sexto: Si no fuere apelada esta sentencia, consultase con el Superior, tal como lo consagra el Art. 386 de Nuestro Ordenamiento Proce- sal Civil. Notifíquese y cúmplase, la Juez (Fdo.) Carmen Cecilia Amador Castella- nos”. “… “Tribunal Superior del Distrito Ju- dicial de Bogotá D.C. - Sala de Familia - Bo- gotá, D.C., veintiuno (21) de septiembre del año dos mil nueve (2009) …En mérito de lo expuesto, la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C., administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, RE- SUELVE: Primero: Confirmar la sentencia consultada de fecha ocho (8) de mayo de dos mil nueve (2009), dictada por el Juz- gado Dieciocho de Familia de Bogotá, en el proceso de la referencia. Segundo: Remitir oportunamente las diligencias al Juzgado de origen. Cópiese, notifíquese y cúmpla- se. Los magistrados Lucía Josefina Herrera López (Fdo.) Magistrado, Óscar Maestre Palmera (Fdo.) (magistrado) Jaime Hum- berto Araque González (magistrado (Fdo.)”. “… Se fija el presente aviso judicial en la secretaria del Juzgado de acuerdo a lo dispuesto en el Num. 7o. del Art. 659 del C. P. Civil, hoy veintitrés (23) de noviembre de dos mil nueve (2009), siendo las ocho (8) a.m. El secretario, Jorge Santiago Bravo Guerrero.

AVISO.- Juzgado Segundo de Familia de Pal- mira, Valle del Cauca. El secretario del Juzga- do Segundo de Familia de Palmira Valle del Cauca, AVISA: Al público en general que en el proceso de interdicción judicial radicado con el número 76-520-3110-002-2005-00176- 00, mediante Sentencia No. 342 fechada 19 de octubre de 2007, se decretó la interdic- ción indefinida por causa de demencia de Vi- vian Carolina López Nossa, identificada con la cédula de ciudadanía número 1.113.619.743 y se designó como curadora legítima y con carácter general de la interdicta al señor Car- los Alfonso Nossa Saldarriaga, identificada con la cédula de ciudadanía número 16.281.654, residente en la Calle 36 No. 22-02 de Palmira. Se fija el presente aviso hoy 25 de marzo de 2009, en un lugar públi- co de la Secretaría y se entrega copia del mismo a la parte interesada para su publica- ción una vez por lo menos en el Diario Oficial y en un diario de amplia circulación nacional como lo es EL TIEMPO, tal como lo establece el numeral 7o. del artículo 659 del Código de Procedimiento Civil. José Ricardo Flor Herre- ra, Secretario.

AVISO.- La suscrita secretaria del Juzgado Quinto de Familia de Barranquilla, AVISA: Que en el proceso de interdicción con Rad. No. 0044/08 instaurado por la Sra. Asunción Elena Pizarro Arcon mediante el cual se pre- tende que se declare la interdicción del Sr. Emiro Rafael Pizarro Sarmiento se ha dictado la siguiente sentencia. Juzgado Quinto de Fa- milia. Barranquilla, marzo cuatro (4) del dos mil nueve (2009). 1. Declárese en estado de interdicción judicial definitiva al Sr. Emiro Ra- fael Pizarro Sarmiento, mayor de edad y veci- no de esta ciudad. 2. Declárese que dicho se- ñor no tiene la libre administración de sus bienes. 3. Desígnese como curador del de- mente ya mencionado a la Sra. Asunción Ele- na Pizarro Arcon quien se le discernirá el car- go para que pueda ejercerlo. Una vez preste caución legal. 4. Inscríbase este decreto en el registro civil y notifíquese al público por avi- so que se insertará una vez por lo menos en el Diario Oficial y el diario EL TIEMPO, tal como lo prescribe el numeral 7 del artículo 659 del C. de P.C. 5. Consúltese esta senten- cia con el superior, tal como lo prescribe el Art. 386 del C. de P.C. Notifíquese y cúmpla- se, el juez (Fdo.), Alejandro Castro Batista. Se expide el presente aviso a los veintitrés (23) días del mes de octubre del dos mil nueve (2009). La secretaria, Mónica Pérez Morales.

AVISO.- República de Colombia. Ministerio de la Protección Social. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Cecilia De la Fuente de Lleras. Regional Bogotá. Centro Zonal Engati- vá. El suscrito defensor del Centro Zonal En- gativá, AVISA Al señor Lázaro Rodríguez, sin documento de identificación conocido que ante esta Defensoría de Familia se ha presen- tado la señora Sara Paulette Freitas Vélez, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1128059558 expedida en Cartagena, Bolívar, con el fin de solicitar permiso de salida del país de su hijo Michael Jenrry Rodríguez Frei- tas de 6 años (NUIP 1.018.448.247, indicativo serial 44321036), con destino a Sarasota, es- tado La Florida, Estados Unidos de América, con fines de residencia permanente. Que el progenitor tiene cinco (5) días hábiles conta- dos a partir del día siguiente de la fecha de esta publicación, para que comparezca por sí o por intermedio de apoderado al Centro Zo- nal Engativá ICBF Regional Bogotá, ubicado en la carrera 103 No. 73-13, para hacer valer sus derechos. Lo anterior de conformidad al 110 de la Ley 1098/06. Dado en Bogotá D.C., a los veintiséis (26) días del mes de noviem- bre de 2009. Jorge Enrique Romero Caita, Defensor de Familia Centro Zonal Engativá I.C.B.F. Regional Bogotá D.C.

EDICTO.- Código 0800131100082007- 00201-00. Ref. Existencia y Disolución Socie- dad Conyugal - Ordinario. Señora Juez: Doy cuenta a Ud. Del proceso de la referencia, in- formándole que el apoderado de la parte de- mandante solicitó los oficios correspondien- tes a la notificación de los herederos deter- minados e indeterminados del señor Edgardo Luis Bustamente García. Por otra parte el apoderado judicial del señor Eduardo Luis Bustamente Gómez, aportó los documentos requeridos mediante Auto de fecha junio 4 de 2009. Sírvase proveer. Rubén D. Delgado G., Secretario. Barranquilla, agosto 28 de 2009. Juzgado Octavo de Familia, Barranqui- lla, veintiocho (28) de agosto de dos mil nue- ve (2009). Visto el anterior informe secreta- rial, y teniendo en cuenta que los herederos indeterminados y determinados del finado. Edgardo Luis Bustamante García aún no han sido notificados, se dispone: Emplácese por listado a los herederos indeterminados del fi- nado, señor Edgardo Luis Bustamante García y a los demandados señores Edgardo Luis Bustamante Gómez, Ernesto Bustamante Gó- mez, Enrique Bustamante Gómez y María de los Ángeles Bustamante Gómez, emplaza- miento que se sujetará a lo dispuesto en el artículo 318 del C. de P.C. Por otra parte, a través de escrito de fecha 6 de agosto del hogaño, el apoderado judicial de la parte de- mandante, en respuesta al requerimiento he- cho por este despacho, mediante Auto de fe- cha 4 de junio de la presente anualidad, apor- tó los registros civiles de nacimiento de los señores María de los Ángeles Bustamante Gómez, Eduardo Luis Bustamante Gómez y Enrique Luis Bustamante Gómez, al igual que las Escrituras Públicas Nos. 1.703 de la Nota- ría Primera del Círculo Notarial de Cartagena y 1.991 de la Notaría Segunda del Círculo No- tarial de Barranquilla de fechas 2 de julio de 1997 y agosto 8 de 2002 respectivamente. Así mismo allegó los certificados de constan- cia de inexistencia de nota alguna de revoca- toria de poder en las referidas Escrituras Pú- blicas. Sin embargo, se advierte que los men- cionados certificados fueron expedidos en el mes de septiembre del año 2007, habiendo transcurrido casi dos años a partir de su ex- pedición. En razón de lo anterior se requiere al apoderado judicial del señor Eduardo Luis Bustamante Gómez, a efectos de que allegue al instructivo los certificados de constancia de inexistencia de nota de revocatoria o sus- titución actualizados en relación con las es- crituras públicas de otorgamiento de poder general Nos. 1.703 y 1.991. Notifíquese y cúmplase. La Juez, Astrid Escalante Correa.EDICTO.- Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Chiquinquirá, veintinueve de oc- tubre de dos mil nueve. Teniendo en cuenta el memorial que antecede se dispone: De conformidad con el artículo 318 ibídem, EM- PLAZAR: Al señor José Paulino Peña Virguez. Disponer que el emplazamiento se realice a través de un medio escrito de amplia en la circulación nacional, diario EL TIEMPO o El Espectador, únicamente el día domingo. Sur- tido el emplazamiento si el convocado no comparece se le nombrará curador ad lítem, con quien se hará la notificación del Auto ad- misorio. Notifíquese, Bernardo Arturo Rodrí- guez Sánchez, Juez. El Auto anterior se notifi- ca por estado número 43, a las ocho de la mañana del día 27 de octubre de 2009. José Edgar Daza Duarte, Secretario.

María Doris García Carrillo

Quinto Civil Mu-nicipal de Neiva, Huila

Cooperativa de Impresores del Sur Ltda., apoderado Jorge Eliécer Acosta Álvarez

María Doris García Carrillo

Mandamiento de pago 11 de julio de 2008

Ejecutivo Mínima Cuantía

Radicació

n : 2 0 0 8 - 5 2 9-00

Sociedad Carbones e Inversiones Integrales S.A.

Once Civil del Circuito de Cali

Álvaro Hernán Hormaza

Carbones e Inversio-nes Integrales S.A. y C.I. Carbones del Valle S.A.

Para que com-parezca al proceso Ejecutivo Singular

Ejecutivo Singular 2007-0304

MIRIAM FORERO RAMIREZ

PROMISCUO MUNICIPAL DE MACHETA CUN-DINAMARCA

MARIA EMPERA-TRIZ HERNANDEZ CAMELO

GUILLERMOCASTRO CASALLAS Y MIRIAM FORERO RAMIREZ

NOTIFICACIÓN PERSONAL DEL AUTO MEDIANTE EL CUAL SE LIBRO MANDAMIENTO DE PAGO EN SU CON-TRA DE FECHA 17 DE AGOSTO DE 2007

EJECUTIVO 0113 DE 2

007

Acreedores que se crean con derecho intervenir proceso ejecutivo acumulado de Benjamín Castro Castro, Ejecutivo No. 0050-2007

Segundo Civil Municipal de Zipaquirá

Blanca Irene González Rodrí-guez

Benjamín Castro Castro

Mandamiento de pago marzo 14-2007

Ejecutivo acu-mulado

Radicació

n d e l e x p e diente: 0050-2007

Ana Mercedes Jiménez de Acero, Leonor Jiménez de Bohórquez, Luis Jorge Jiménez Vanegas, Blanca Cecilia Jiménez de Camacho, José Francisco Jiménez Vanegas, Jesús Eduardo Jiménez Vanegas

Setenta y Tres Civil Municipal Pi-loto de la Oralidad de Bogotá D.C.

Ana Mercedes Jiménez de Acero

Leasing Bolívar S.A. Compañía de Financiamiento Comercial

Notificación de auto admisorio fecha 29 de julio de 2009

Verbal de cancel-ación y reposición de título valor (CDT)

2009-0702

Cooperativa de Trabajo Asociado de Colombia “Amiga”

Quinto Laboral del Circuito de Bogotá

Pedro Antonio Montenegro Cruz

Empresa Proac-tiva Doña Juana y Cooperativa de Trabajo Asociado de Colombia “Amiga”

Reclamación laboral, salario, prestaciones sociales, pensión, entre otros

Ordinario laboral 2009-0173

Jesús María Flórez c.c. 4.419.319

Primero Civil Municipal carrera 21 No. 29-29 piso dos Manizales Caldas

Fabio Ruiz Mejía Jesús María Flórez Emplazamiento Ejecutivo Rad. 719/

07

YENIS DEL CARMEN CONEO JIMENEZ

NOVENO CIVIL MUNICIPAL DE CARTAGENA

SUFINANCIA-MIENTO

YENIS DEL CARMEN CONEO JIMENEZ

EMPLAZAMIENTO SEGUN ART 31

EJECUTIVO RADICACIO

N : 3 0 817

LUIS GUILLERMO CASTILLO ROS-ESTAN

NOVENO CIVIL MUNICIPAL DE CARTAGENA

SUFINANCIA-MIENTO

LUIS GUILLERMO CASTILLO ROS-ESTAN

EMPLAZAMIENTO SEGUN ART 318

EJECUTIVO RADICACIO

N . : 3 1 096

JUAN WALBERTO BARRIOS MER-LANO

TERCERO CIVIL MUNICIPAL ADJUNTO DE CARTAGENA DE INDIAS

IRMA DEL CARMEN LORA DIAZ

JUAN WALBERTO BARRIOS MERLANO

EMPLAZAMIENTO DE CONFORMIDAD CON EL ART 318

EJECUTIVO RADICACIO

N : 1 3 - 0 0 1 - 40-03-001-2007-644-00

Herederos indeterminados del causante José Ignacio Hernández

Cincuenta y Siete Civil Municipal de Bogotá D.C.

Juan de J. Novoa R. Sonia Yarid Rodrí-guez Roberto, Heidy Nataly Rodríguez López, Jaime Ignacio Rodríguez López y el menor Kevin Alejandro Rodríguez López representado por Rosa Amelia López Velandia, en calidad de herederos determinados del causante José Ignacio Rodríguez Hernández

Auto del 12-11-2009 que ordenó notificarle la exis-tencia de títulos de ejecución en contra del causante José Ignacio Rodríguez Hernández

Ejecutivo 2008-01249

Víctor Hugo Panesso Gómez

Treinta y Tres (33) Administrativo Circuito Judicial de Bogotá Sec-ción Tercera

Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público

Víctor Hugo Panesso Gómez

Emplazamiento Ejecutivo Expedient

e N o . 1 1 0 0 1 33 31 033 2006 00102 00

José Gustavo Bedoya Correa

Promiscuo de Fa-milia del Circuito Chiquinquirá(Boyacá)

Alieth Zaida Casas Peña como repre-sentante legal de la menor Mariana Valeria Bedoya Casas

José Gustavo Bedoya Correa y Alonso López Cuervo

Emplazamiento artí-culo 318 del Código de Procedimiento Civil, notificación auto admisorio 28 de septiembre 2009

Impugnación e investigación de la paternidad

2008200-0

0 - 4 018

Corporación Central de Ahorro y Vivienda. Representante legal o quien haga sus veces

Once Civil Municipal Piloto de la Oralidad en el régimen Civil de Bogotá

Miryam Nancy Salazar Castaño

Corporación Central de Ahorro y Vivienda

Fecha del Auto: Junio 18 de 2009

Ordinario cancelación de hipoteca

Radicació

n E x p e d i e n te: 2009-0331

Las personas indeterminadas

Segundo Civil Municipal Chap-arral, Tolima

Lucrecia Peña Soche

Personas indeter-minadas

Recibir notificación del Auto admisorio de la demanda ordinaria de fecha agosto 10 de 2009

Ordinario reivindi-catorio

Radicació

n 0 0 1 3 9 / 2 0 09. Tomo 12, Folio 160 L.R.

Alfredo Ochoa Rivera

Quince (15) Civil Municipal

Banco de Bogotá Alfredo Ochoa Rivera

Fecha de admisión demanda o Auto mandamiento de pago: abril 23/07

Ejecutivo 156/08

Rosa Magdalena Pineda Ramírez y José Manuel Pineda, identi-ficados con c.c. Nos. 27.968.958 y 79.622.018

1 Civil Municipal de Bogotá

Banco Colmena hoy BCSC S.A.

Rosa Magdalena Pineda Ramírez y José Manuel Pineda

Notificar Auto de mandamiento de pago de fecha 18 de febrero de 2009. Término de comparecencia: 15 días contados a partir de la fecha de la presente publicación, so pena de designarle curador ad lítem, con quien se surtirá la notificación, Art. 318 C.P.C. Ley 794/03.

Ejecutivo singular 2009-0155

Maryeris López Ramírez

Tercero Civil Mu-nicipal de Santa Marta

Coasmedas Maryeris López Ramírez

Notificar manda-miento de pago de fecha 14 de abril de 2009

Ejecutivo singular Rad. 2009

- 0 226

Julián Duarte Rangel

11 Civil del Cir-cuito de Bogotá

Comestibles La 80 Ltda.

Julián Duarte Rangel Emplazatorio artículo 318

Ejecutivo 2007-0679

Hugo Mantilla García

Cuarto Civil del Circuito (4o. C.C.) de Bogotá

Andrés Fernando Mazo Mora, Isabel Cristina Toro

Leasing Bancolom-bia S.A. Compañía de Financiamiento Comercial, Hugo Mantilla García

Responsabilidad civil extracon-tractual

Ordinario 11 00 13

1 0 3 0 0 4 2 0 09 00 587

Bernardo Fon-seca Sarmiento y Virginia Rojas Triana

Segundo Civil del Circuito de Chiquinquirá

Ligia Ortega de Becerra

Bernardo Fonseca Sarmiento y Virginia Rojas Triana y perso-nas indeterminadas

Emplazamiento Art. 318 C.P.C.

Pertenencia por prescripción extraordinaria

Radicació

n : 2 0 0 9 - 236

Lila Marina Sán-chez Castaño

7o. Civil Munici-pal Bogotá, D.C.

Orjuela y Cía. Ltda. Lila Marina Sánchez Castaño, Gerardo Tibaná Herrera, Luis Eduardo Hernández Contreras y Germá Leonardo Hernández Pulido

Auto a notificar: Mandamiento de pago. Fecha de la providencia: 4 de abril de 2008

Ejecutivo singular Radicado

d e l p r o c e s o: 2008-351

Orlando Marrugo Promiscuo Munic-ipal de Galapa

Banco BCSC Orlando Marrugo Fecha del man-damiento o Auto mandamiento de pago: Junio 10 de 2009

Ejecutivo singular 146-2009

Jesús Santiago Araujo

Primero Promis-cuo Municipal de Baranoa

Banco BCSC Jesús Santiago Araujo

Fecha del man-damiento o Auto mandamiento de pago: junio 4 de 2009

Ejecutivo singular 201-2009

Wilson Soto Alvarez

Primero Promis-cuo Municipal de Malambo

Banco BCSC Wilson Soto Alvarez Fecha del man-damiento o Auto mandamiento de pago: Mayo 5 de 2009

Ejecutivo singular 188-2009

Malely Meza Molina

Once Civil Municipal de Bar-ranquilla

Banco BCSC Malely Meza Molina Fecha del man-damiento o Auto mandamiento de pago: Mayo 13 de 2009

Ejecutivo singular 454-2009

Pablo Sanjuan Rosales

Once Civil Municipal de Bar-ranquilla

Banco BCSC Pablo Sanjuan Rosales

Fecha del man-damiento o Auto mandamiento de pago: Mayo 13 de 2009

Ejecutivo singular 451-2009

Francisco Páez Martínez

Once Civil Municipal de Bar-ranquilla

Banco BCSC Francisco Páez Martínez

Fecha del man-damiento o Auto mandamiento de pago: Mayo 13 de 2009

Ejecutivo singular 449-2009

Adriana María Ochoa Álvarez

Doce (12) Civil Municipal

Banco de Bogotá Adriana María Ochoa Álvarez

Fecha de admisión demanda o auto mandamiento de pago mayo 02 de 2007

Ejecutivo 280/07