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instrumentos de gestion ambiental
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Instrumentos de Gestión Ambiental
Ada Alegre ChangSetiembre de 2008
"Seminario de Derecho Minero, Fiscalización y Legislación Ambiental Aplicada a la Minería"
1. Gestión y Derecho Ambiental en el Perú
Problemática ambiental
• Problemas globales: Multiplicidad de agendas y algunas estrategias conjuntas.
• Cambio climático, pérdida de la diversidad biológica, desertificación, insuficiencia de recursos hídricos… y aún déficit en cuanto al saneamiento básico.
• El Perú afronta muchos retos asociados a su propia complejidad.
Algunas cifras: Perú
• Metales: 1° plata 3° cobre 3° zinc 3° estaño 4° molibdeno 5° oro
• Principal productor de harina de pescado, textiles, potencial hidroenergético,entre otros.
• Entre los 15 países con mayor diversidad biológica del mundo.
• 84 de las 117 zonas de vida.
• 28 de los 32 tipos de clima
• 12,000 lagos y lagunas
• Gran diversidad de flora y fauna.
• Destrucción de 10 millones de Has. de bosques.
• 221 especies de fauna en peligro de extinción.
• 70% de la población peruana es urbana.
• Déficit importante en infraestructura de saneamiento básico.
1969 1975
• C.Sant• LGA• Regl.
LGA
• Ley Forestal y de Fauna Silvest.
• Regl. LF y FS
1993CMA
Algunas normas ambientales importantes
2001200019971994
• LF y FS
• Ley RRSS
Rgto.Electric.
Ley creaciónCONAM
• Rgtos. Minero, Hidroc.
• Constitución
• Ratific. Conv. 169 OIT
• SEIA• ECA
aire• ZEE
2004
LGA• LOARN• ANP• DB• Salud• Rgto.
Ley de Tierras
Después1977 2005
Antes 1990
• Ley SNGA
• Ley Patrm.Arq.
• Ley Trans. Mater. Resid. Peligr.
2008: Creación del Ministerio del Ambiente
2. Instrumentos de Gestión Ambiental
Instrumentos de Gestión Ambiental
• Son mecanismos orientados a la ejecución de la política ambiental, sobre la base de los principios establecidos en la Ley.
• Constituyen medios operativos que son diseñados, normados y aplicados con carácter funcional o complementario, para efectivizar el cumplimiento de la Política Nacional Ambiental y las normas ambientales que rigen en el país.
• Ley 28611, Ley General del Ambiente, art. 16
¿Qué es la contaminación ambiental para efectos jurídicos?
Parámetro de Contaminación
ECA ó
LMP
¿Qué son los Límites Máximos Permisibles y los Estándares de Calidad Ambiental?
ECALMP
A B
LMP
C
LMP
LMP
ECA
Manejo Interno
Seguridad e Higiene Ocupacional
Regulaciones sectoriales
EFLUENTEINDUSTRIAL
EMISIONES
RESIDUOS SÓLIDOS
Años noventa: Primer paso hacia medidas de protección ambiental integrales
Dos instrumentos principales en las primeras normas de los años noventa
PAMA EIA
Extracción o producciónReglamentos de Protección Ambiental
• LMP: Límite Máximo Permisible
• EIA: Estudio de Impacto Ambiental
• PAMA: Programa de Adecuación y Manejo Ambiental
PAMA
OperacionesAntiguas
OperacionesNuevas
EIA
LMP
LMP
Extracción y beneficio: Reglamento de Protección Ambiental (1)
• LMP: Límite Máximo Permisible • ECA: Estandar de Calidad Ambiental• EIA: Estudio de Impacto Ambiental• EIA sd : Estudio de Impacto Ambiental Semi Detallado• PAMA: Programa de Adecuación y Manejo Ambiental
PAMAPEMA
OperacionesAntiguas
OperacionesNuevas
• EIA • EIA sd
LMP
LMP
ECA
• Mediana y gran minería:D.S. 016-93-EM (1993)
• Pequeña minería y minería artesanal:Ley 27651 y D.S. 013-2002-EM (2002)
Exp
lora
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(2)
Cie
rre
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)
ECA
Reglamento de Protección Ambiental (1)
• LMP: Límite Máximo Permisible • ECA: Estandar de Calidad Ambiental• DIA: Declaración de Impacto Ambiental• EIA: Estudio de Impacto Ambiental• EIA sd : Estudio de Impacto Ambiental Semi Detallado
•PAMA•PEMA
OperacionesAntiguas
OperacionesNuevas
•DIA•EIA sd•EIA
LMP
LMP
ECA
• PAMA: Programa de Adecuación y Manejo Ambiental
• PEMA: Programa Especial de Manejo Ambiental
Exp
lora
ción
(2)
Cie
rre
/ Pas
ivos
(3)
ECA
(4)
3. El Sector Minero
Situación en el Sector Energía y Minas antes de 1993
• Falta de normatividad ambiental para las actividades del Sector.
• Poquísima experiencia en materia de gestión ambiental.
• Fiscalización y control ambiental prácticamente inexistentes.
• Escasa coordinación con otros organismos del Estado en temas ambientales.
• Capacidad no desarrollada en consultoría ambiental.
• Limitada conciencia ambiental en las empresas mineras.
Desarrollo normativoDesarrollo normativo
• 1993: Reglamento para la Protección Ambiental en la Actividad Minero–metalúrgica (D.S.
N° 016-93-EM): PAMA y EIA aprobados.
• 1996: Se establecieron los LMP para emisiones gaseosas minero–metalúrgicas (R.M. N°315-96-EM/VMM).
• 1996: Se establecieron los LMP para efluentes (R.M. N° 011-96-EM/VMM).
• 1998: Se regularon las actividades de exploración minera (D.S. N° 038-98-EM / D.S. N° 020-2008-EM).
Principales normas ambientales mineras
• 2002: Adecuación de la pequeña minería y minería artesanal (Ley N° 27651 y D.S.N°013-2002-EM).
• 2002: Reglamento de participación ciudadana (antes 1996 / 1999 / 2008)
• 2003: Ley que regula el cierre de minas (Ley 28090 / minado subterráneo y a cielo abierto).
• 2003: Establece el Compromiso Previo para el desarrollo sostenible de las
actividades mineras• 2004: Ley que regula los pasivos ambientales
(Ley 28271)• 2005: Reglamento de cierre de minas (D.S. 033-
2005-EM))• 2005: Reglamento de Pasivos Ambientales
Mineros (059-2003-EM)
Más de 30 Guías Técnicas.
Regulación actual de todas las fases de la actividad minera
EXPLORACIÓN EXPLOTACIÓN / PROCESAMIENTO CIERRE
Declaración de Impacto Ambiental
Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado
Estudio de Impacto Ambiental
Programa de Adecuación y Manejo Ambiental
Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado
Plan de Cierre de Minas
Plan de Cierre de Pasivos Ambientales Mineros
Actividad
DefiniciónActividades que causan ligera o ninguna afectación del ambiente
Actividades que originan vertimientos y se requiere disponer desechos.
Actividades que originan vertimientos y se requiere disponer desechos.
Actividades
- Estudios Geológicos- Estudios geofísicos- Levantamientos topograficos.- Recolección de muestras - Uso de equipos portátiles
- 20 plataformas de perforación o menos.- Túneles de menos de 50 metros.
- Más de 20 plataformas de perforación.- Túneles por más de 50 metros.
Área de instalaciones No precisa Menor a 10 ha Mayor a 10 ha
Requisito de aprobación No requiere autorización
DJ aprobación automática * DIA
EA aprobada por el MEM (silencio positivo) EIAsd
Exploración
Categoría Categoría A Libre Categoría B I Categoría C II
Exploración minera
GRAN Y MEDIANA MINERÍA
ACTIVIDAD EXPLOTACIÓN
CATEGORÍA NUEVOS PROYECTOS PROYECTOS EN MARCHADEFINICIÓN - Proyectos de explotación
y/o procesamiento- Concesiones mineras o de
beneficio de proyectos en operación.
- Ampliación de producción en operaciones o tamaño de planta de beneficio por más del 50%
ACTIVIDADES - Actividades de extracción, procesamiento fundición y sinterización.
- Actividades de extracción procesamiento fundición y sinterización.
ESTUDIOS AMBIENTALES
EIA aprobado por el MEM PAMA aprobado por el MEM
TÉRMINO DE ACTIVIDAD
Plan de Cierre Plan de Cierre
PEQUEÑA MINERÍA Y MINERÍA ARTESANAL
ACTIVIDAD EXPLORACIÓN / EXPLOTACIÓNCATEGORÍA NUEVOS PROYECTOS PROYECTOS EN
MARCHACATEGORÍA I CATEGORÍA II DEFINICIÓN Proyectos cuya
ejecución no origina impactos ambientales negativos de carácter significativo.
Proyectos con posibles impactos ambientales moderados y con efectos negativos mitigables con medidas de fácil aplicación.
Concesiones mineras o de beneficio de proyectos en operación.
ACTIVIDADES Exploración minera y procesamiento de minerales.
Exploración y/o explotación minera y procesamiento de minerales.
Explotación minera y procesamiento de minerales.
ESTUDIOS AMBIENTALES
DIA aprobada por el MEM
TdR y EIAsdaprobados por el MEM
PAMA aprobado por el MEM
TÉRMINO DE ACTIVIDAD
Plan de Cierre Plan de Cierre Plan de Cierre
Reglamento de Participación Ciudadana en el Subsector Minero
D.S. Nº 028-2008-EM
Luego de obtenida la concesión minera
Obligaciones del Estado
El Ministerio de Energía y Minas, deberá promover oejecutar actividades para informar a la población de lasáreas con concesiones mineras de titulares de la mediana ogran minería, sobre los siguientes temas:
• El alcance del derecho de concesión que otorga el Estado
• Las obligaciones ambientales
• La normatividad vigente que regula la actividad
• Derechos y obligaciones de las poblaciones involucradas
• Etapas de la actividad
• Las tecnologías aplicables
• Entre otros que permitan a la población tener información cierta, oportuna e imparcial sobre la actividad minera.
Obligaciones complementarias
• También es obligación del titular de una concesión minera, el informar sobre los aspectos indicados como obligación del Estado
• Los titulares pueden cumplir esta obligación en forma individual o conjunta con otros titulares mineros y en coordinación con las autoridades nacionales, regionales o locales.
• El MEM podrá promover alianzas público-privadas o la constitución de fondos que faciliten la realización de las actividades descritas.
• Los Gobiernos Regionales tienen la misma obligación y prerrogativas respecto de las concesiones mineras de la pequeña minería y minería artesanal.
Protocolo de Relacionamiento
La realización de actividad minera obliga a sutitular a contar con un Protocolo deRelacionamiento que contenga los lineamientos,principios y políticas de comportamiento queadoptará durante el ejercicio de dicha actividad,en su relación con los diferentes actoressociales que se encuentran ubicados en el áreade influencia de la misma.
Protocolo de Relacionamiento
El titular promoverá que dicho Protocolo seaelaborado en forma conjunta con la poblacióninvolucrada desde una etapa temprana derelacionamiento y podrá ser modificado oactualizado según resulte necesario, de acuerdoa las circunstancias
El Protocolo relacionamiento deberá considerarlas costumbres, cultura y particularidades de lapoblación involucrada, así como los principiosasumidos por el titular minero conforme alDecreto Supremo Nº 042-2003-EM.
Para la evaluación de los Estudios Ambientales
Fase de exploración
• La ejecución de actividades de exploración minera presupone la realización de mecanismos de participación ciudadana previos a la presentación del Estudio Ambiental a la autoridad competente o su modificatoria.
• También, garantizar el acceso al contenido de dicho Estudio y la formulación de aportes, comentarios u observaciones, según corresponda.
• Los Estudios Ambientales estarán a disposición de la población involucrada en lugares apropiados y a través de la página web de la autoridad competente.
Evaluación del Estudio para la Explotación Minera
• El titular minero propondrá un Plan deParticipación Ciudadana a la autoridadcompetente.
• Detalla y fundamenta los mecanismos departicipación ciudadana que deben desarrollarsedurante el procedimiento de evaluación del estudioambiental.
• La autoridad competente dará su conformidadsobre la propuesta y contenido del Plan deParticipación Ciudadana para esa etapa y delResumen Ejecutivo, observando o disponiendo lasmodificaciones que resulten necesarias.
Mecanismos
• Publicidad de avisos en medios escritos y radiales.
• Distribución de materiales informativos.
• Acceso público
• Actividades Encuestas
Entrevistas
Grupos focales
Resúmenes ejecutivos
Estudios ambientales
• Difusión de información a través de equipo de facilitadores.
• Visitas guiadas al área donde se ejecutará el proyecto o a sus instalaciones.
• Presentación de aportes, comentarios y observaciones ante la autoridad competente
• Talleres participativos
• Audiencias públicas
Mecanismos
• Establecimiento de oficina de información permanente.
• Monitoreo y vigilancia ambiental participativo.
• Uso de medios tradicionales.
• Mesas de diálogo.
• Entre otros que la autoridad nacional competente determine mediante Resolución Ministerial a efectos de garantiza una adecuada participación ciudadana.
Mecanismos
Para la ejecución del proyecto minero
Contenido adicional del Plan de Participación Ciudadana
• El Plan de Participación Ciudadana también contendrá una propuesta de mecanismos de participación ciudadana a desarrollarse durante la ejecución del proyecto minero, la misma que será evaluada por la autoridad conjuntamente con el estudio ambiental y en concordancia con el Plan de Relaciones Comunitarias.
• Los mecanismos propuestos tienen como objeto que los ciudadanos de manera organizada participen en los procesos de monitoreo de los impactos ambientales de la actividad y la vigilancia en el cumplimiento de los compromisos que se deriven de los estudios ambientales.
Contenido adicional del Plan de Participación Ciudadana
• La implementación de los mecanismos de participación ciudadana a desarrollarse durante la ejecución del proyecto minero correrá a cargo del titular minero e implicará una coordinación y diálogocon la población involucrada, con la participación de la autoridad competente.
• Los mecanismos de participación ciudadana a desarrollarse durante la ejecución del proyecto minero, deben contemplar preferentemente la implementación de una Oficina de Información Permanente y/o un Comité de Vigilancia y Monitoreo Ambiental Participativo, de acuerdo con las características particulares de cada proyecto, considerando su magnitud, área de influencia, situación del entorno y otros aspectos relevantes a criterio de la autoridad.
• Para las actividades de vigilancia y monitoreoambiental participativo.
• El titular minero podrá proponer la constitución de unfondo.
• O en su defecto, la autoridad podrá disponer suconstitución, en atención a los potenciales riesgosambientales que pueda implicar la actividad o de lascondiciones y particularidades socioambientales de laoperación.
Financiamiento
Para el cierre del proyecto minero
• La reglamentación ambiental especial de las actividades de cierre de minas determinará los mecanismos de participación ciudadana aplicables.
• Sin perjuicio de ello, la autoridad competente podrá requerir la adopción de mecanismos de participación ciudadana adicionales a los establecidos para la aprobación y modificación del Plan de Cierre de Minas, conforme se aproxime el cese de operaciones del titular minero y en particular, para el período de los dos años de actividad final de la empresa y el post cierre.
Nuevos instrumentos de la gestión ambiental minera
El Plan de Cierre de Minas
2. Investigación Detallada del Sitio, Diseño y Estimación
Generalmente 1-3 años
Diseño del Cierre
4. Operación
2 - 100 años
Rehabilitación Progresiva
3. Construcción
1 - 3 años
4A. Cierre
Temporal
5. Desmantelamiento y Cierre del Sitio
1 - 5 años
1. Exploración
1 - 10 años
6. Post Cierre
A Perpetuidad
1A. Suspensión,
Término
2A. Suspensión,
Término
Plan de Cierre del Proyecto
de Exploración(Exploración
avanzada requiere un plan de cierre
completo, con estimación de
costos y garantía financiera)
Plan de Cierre(Incluye
estimación de costos y garantía
financiera)
Actualizaciones del Plan de CierreIncluye Estimados de Costo
•Primera actualización 3 años después de la aprobación, seguida por actualizaciones cada 5 años
Monitoreo Ambiental / Rehabilitación Progresiva (Presentado semestralmente)
EIA(Incluye Plan de
Cierre conceptual sin estimación de
costos)
•CERTIFICADO DE CIERRE
•APROBACIÓN DE PERMISO DE
EXPLORACIÓN•APROBACIÓN
DEL EIA
•APROBACIÓN DEL PLAN DE
CIERRE
Fuente: Guía de Cierre de Minas – MEM, 2006
El Plan de Cierre en el Proceso Minero
Base legal
• Ley Nº 28090, Ley que regula el Cierre de Minas,pub. 14/10/2003. Modificada por la Ley N° 28234,pub. 28/05/2004 y la Ley Nº 28507, pub. el08/05/2005.
• Decreto Supremo N° 033-2005-EM, Reglamentopara el Cierre de Minas, pub. 15/08/2005.Modificado por Decreto Supremo Nº 035-2006-EM, pub. 05/07/2006 y por Decreto Supremo N°045-2006-EM, pub. el 15/09/2006.
Base legal
• Decreto Supremo Nº 039-2005-EM, pub.11/10/2005 y Resolución Ministerial Nº 627-2003-MEM-DM, pub. 24/11/2003, Registro deEntidades Autorizadas a Elaborar Planes deCierre de Minas.
• Resolución Ministerial N° 515-2006-MEM/DM,pub. 04/11/2006, Reglamento para evaluar yaceptar el Fideicomiso sobre “Inversión Forestal”en garantía del cumplimiento del Plan de Cierrede Minas.
Los pasivos ambientales mineros
Base legal que regula los PAM
• Ley Nº 28271, Ley que regula los PasivosAmbientales de la Actividad Minera, pub.14/07/2004. Modificada por la Ley N° 28234,pub. 28/05/2004, la Ley Nº 28526, publicada el25/05/2005 y Decreto Legislativo N° 1042.
• Decreto Supremo N° 059-2005-EM, Reglamentode Pasivos Ambientales de la Actividad Minera,pub. 09/12/2005.
• Resolución Ministerial N° 290-2006-EM/DM,Inventario Inicial de Pasivos AmbientalesMineros, pub. 19/06/2006.
Hermanos mellizos, pero no gemelos
Cierre de Pasivos y Cierre de Minas
Se diferencian en que:
CIERRE DE PASIVOS CIERRE DE MINAS• Busca solucionar
problemas.• Aplicable para los rezagos
de la minería del pasado.• Es el resultado de la falta de
normas ambientales en el pasado.
• Es una tarea compartida entre las empresas y el Estado.
• Busca prevenir problemas en los proyectos mineros.
• Aplicable para la actividad minera actual y futura.
• Es el fruto de la experiencia y de la nueva normatividad que se viene desarrollando.
• Es una tarea que debe ser ejecutada por las empresas operadoras.
Objetivos del Plan de Cierre
• Estabilidad física a largo plazo• Estabilidad química a largo plazo• Recuperación del área afectada• Uso alternativo de áreas o instalaciones• Condiciones de posible uso futuro
Para la determinación de los objetivos del Plan de Cierre es necesario tener en cuenta los mandatos establecidos en las
normas que regulan los diversos componentes del medio ambiente, así como la protección de los recursos naturales.
4. Legislación sobre residuos sólidos
La Ley N° 27314
Generación Al macenamientoRecolección y transporte
Tratamiento yreaprovechamiento
Disposición final
Manejo integral e integrado
- Minimización
- Prevención
- Responsabilidad
- Formalización del manejo externo
Plan de ManejoDeclaración Anual
Manifiesto (peligrosos)
La Ley N° 27314
Campamentos
Talleres de mantenimiento
Laboratorios
RefineríasPlantas de procesamiento
Oficinas
Comedores
Plantas de tratamiento
Almacenes
Suelos contaminados
Lodos Obras civiles
Desbosque yreforestación
Centros médicos
Estaciones
Aceites usados
Cenizas
Productos vencidos u obsoletos
ChatarrasBaterías
Sustancias, productos y subproductos, sólidos o semisólidos, de los que el poseedor se desprende o que está obligado a manejar
como residuo sólido (incluye aceites usados)
Envasesy embalajes
Obligaciones del Generador
1. Manejar los residuos generados de acuerdo a criterios técnicos apropiados a la naturaleza de cada tipo de residuo, diferenciando los peligrosos, de los no peligrosos.
2. Contar con áreas o instalaciones apropiadas para el acopio y almacenamiento de los residuos, en condiciones tales que eviten la contaminación del lugar o la exposición de su personal o terceros, a riesgos relacionados con su salud y seguridad.
3. El reaprovechamiento de los residuos cuando sea factible o necesario de acuerdo a la legislación vigente.
4. El tratamiento y la adecuada disposición final de los residuos que genere.
Obligaciones del Generador
5. Conducir un registro sobre la generación y manejo de los residuos sólidos en las instalaciones bajo su responsabilidad.
6. El cumplimiento de las demás obligaciones sobre residuos, establecidas en las normas reglamentarias y complementarias de la presente Ley.
La contratación de terceros para el manejo de los residuos sólidos, no exime a su generador de la responsabilidad de verificar la vigencia y alcance de la autorización otorgada a la empresa contratada y de contar con documentación que acredite que las instalaciones de tratamiento o disposición final de los mismos, cuentan con las autorizaciones legalescorrespondientes.
Ada Alegre
"Seminario de Derecho Minero, Fiscalización y Legislación Ambiental Aplicada a la Minería"