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SITUACIÓN PROBLEMÁTICA Carlos, Juan, José y Miguel, quienes se encontraban desocupados, planean juntarse a comer un asado en la casa de éste último. Miguel no quería que Carlos viniese a su casa debido a que éste había sido condenado años atrás por haberse apropiado de un aparato celular en casa de la que por entonces era su novia. Ante esa situación Miguel, Juan le recordó a Miguel que él también tenía antecedentes penales, y que había sido condenado apenas tres meses atrás por haber simulado un casamiento con la misma mujer dueña del celular robado por Carlos. Cuando la discusión se elevó de tono intercedió José a los fines de restablecer la calma. Pasadas las horas, la ingesta de alcohol comenzó afectar a los comensales, y unánimemente decidieron salir a la vereda. Miguel, en muy mal estado, observa a su vecino que se encontraba en el jardín, y con quien mantenía una relación violenta. Al cabo de unos segundos, Miguel comenzó a arrancar el alambrado que dividía su casa de la del vecino, mientras gritaba “este terreno es mío, lo voy a cercar”. Al mismo tiempo, sus amigos retiraron al vecino desconcertado del jardín mediante empujones y los trasladaron hasta la vereda, luego de lo cual, comenzaron a delimitar el “nuevo” terreno de Miguel. Mientras esto se desarrollaba, José arrojó un pedazo de concreto contra el vidrio de un automóvil que se encontraba estacionado, cuyo dueño se había detenido a observar lo que ocurría. Luego de un breve momento de calma, Carlos se separó del grupo y comenzó a trepar por la pared de la casa del otro vecino de Miguel, con una ganzúa entre sus dientes. Tras ingresar por los fondos con el elemento mencionado abrió la puerta de ingreso, retirándose a los minutos con un equipo de DVD en sus manos. Pasada la noche, y ya amaneciendo, se presentó en el domicilio de Miguel su primera ex esposa, reclamándole el dinero correspondiente a la cuota alimentaria fijada judicialmente, reprochándole a los gritos que estaba atrasado ya seis meses. PREGUNTAS

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SITUACIN PROBLEMTICA

Carlos, Juan, Jos y Miguel, quienes se encontraban desocupados, planean juntarse a comer un asado en la casa de ste ltimo. Miguel no quera que Carlos viniese a su casa debido a que ste haba sido condenado aos atrs por haberse apropiado de un aparato celular en casa de la que por entonces era su novia. Ante esa situacin Miguel, Juan le record a Miguel que l tambin tena antecedentes penales, y que haba sido condenado apenas tres meses atrs por haber simulado un casamiento con la misma mujer duea del celular robado por Carlos. Cuando la discusin se elev de tono intercedi Jos a los fines de restablecer la calma. Pasadas las horas, la ingesta de alcohol comenz afectar a los comensales, y unnimemente decidieron salir a la vereda. Miguel, en muy mal estado, observa a su vecino que se encontraba en el jardn, y con quien mantena una relacin violenta. Al cabo de unos segundos, Miguel comenz a arrancar el alambrado que divida su casa de la del vecino, mientras gritaba este terreno es mo, lo voy a cercar. Al mismo tiempo, sus amigos retiraron al vecino desconcertado del jardn mediante empujones y los trasladaron hasta la vereda, luego de lo cual, comenzaron a delimitar el nuevo terreno de Miguel. Mientras esto se desarrollaba, Jos arroj un pedazo de concreto contra el vidrio de un automvil que se encontraba estacionado, cuyo dueo se haba detenido a observar lo que ocurra. Luego de un breve momento de calma, Carlos se separ del grupo y comenz a trepar por la pared de la casa del otro vecino de Miguel, con una ganza entre sus dientes. Tras ingresar por los fondos con el elemento mencionado abri la puerta de ingreso, retirndose a los minutos con un equipo de DVD en sus manos. Pasada la noche, y ya amaneciendo, se present en el domicilio de Miguel su primera ex esposa, reclamndole el dinero correspondiente a la cuota alimentaria fijada judicialmente, reprochndole a los gritos que estaba atrasado ya seis meses.

PREGUNTAS

1 Cules consideras que son los delitos que se cometieron en el caso planteado? (Interpreta las conductas considerando qu bien jurdico est protegido)2- Qu grado de participacin le corresponde a cada uno de los intervinientes?3- Qu tipo de concurso de delitos adviertes que se producen en el caso?4- Con qu argumentos podras asumir la defensa de Carlos, Juan, Jos y Miguel en orden a los delitos contra la propiedad?

1. En base al caso dado, seala cmo encuadraras la conducta de Carlos, quien se haba apropiado aos atrs de un aparato celular en casa de la que por entonces era novia Miguel: Hurto calificado. Hurto simple. La conducta no es tpica debido a que el valor del objeto no representa un perjuicio considerable para la vctima (bagatela). Robo calificado. Robo. 2. El delito cometido por Carlos requiere: No requiere un elemento subjetivo. Dolo. Culpa consciente. Dolo indirecto. Culpa inconsciente. 3. El hurto tipificado en el art. 162 del CP puede calificarse cuando: Cuando la conducta fuese desplegada por dos personas. Cuando se perjudicare con la conducta a de menores de edad. Cuando fuere de vehculos dejados en la va pblica. Cuando se hiciere uso de ganza. Cuando fuese de objetos de alto valor econmico. 4. La conducta desarrollada por Jos -dao-, requiere: No requiere un elemento subjetivo. Dolo indirecto. Culpa inconsciente. Dolo. Culpa consciente. 5. Son caractersticas del hecho cometido por Jos -dao-, las siguientes: Puede cometerse mediante una omisin. No puede integrar otro delito (robo, etc.). No es una figura subsidiaria. Permite ser cometido en forma culposa. Es instantneo, pero eventualmente permanente. 6. Si la conducta de Miguel con relacin a su primera ex esposa encuadra en las previsiones del art. 1 de la Ley 13.944, Incumplimiento de los deberes de asistencia familiar; cules de los siguientes requisitos conforman la conducta tpica?: Que sean los padres de un menor de 18 aos. Que exista sentencia civil previa que obligue a Miguel a pagar la cuota. Que se cumpla con la obligacin al menos en una proporcin mnima. Que sean los padres de un mayor de edad pero impedido. Que no se cubran los gastos suntuosos. 7. Para la postura del autor del Manual (Ricardo Nez) la nocin de apoderarse del equipo de DVD realizada por Carlos implica: El acto material de obtener la cosa. La simple maquinacin exacta de cmo realizar el apoderamiento. El propsito de someterla al propio poder. El propsito de disponer de ella sola y nicamente con animo de dueo. El propsito de disponer de ella. 8. La pena se aumentara en un tercio en su mnimo y en un mximo, si Carlos fuese Miembro del servicio penitenciario. Miembro de las fuerzas de seguridad. Miembro de un cuerpo de vigilancia civil. Fuese guardia nocturno en una empresa privada. Polica. 9. El bien jurdico que arremete Carlos con su conducta, es La tenencia de cosas muebles a ttulo de dueo. La posesin de cosas inmuebles. La tenencia de cosas muebles a ttulo de poseedor. La tenencia de cosas muebles, an las que pertenezcan al autor, desconociendo ste tal extremo. La tenencia de cosas muebles a ttulo de simple tenedor. 10. La conducta llevada adelante por Miguel -simulacin de matrimonio con quien era duea del celular robado por Carlos-, requiere: No requiere un elemento subjetivo. Dolo indirecto. Culpa inconsciente. Dolo. Culpa consciente. 11. Encuadra la conducta de Carlos al momento en que trep por la pared de la casa del otro vecino de Miguel, y mediante ganza, ingres a la vivienda retirndose con un DVD ajeno: Robo simple. Hurto doblemente agravado. Hurto. Robo doblemente agravado. Hurto agravado. 12. La conducta de Jos al arrojar un pedazo de concreto contra el vidrio de un vehculo es constitutiva del delito de dao (art. 183 del CP), figura penal que requiere para su configuracin: Que se trate de una cosa mueble sobre la cual el autor tenga un derecho de propiedad parcial. Que se destruya, inutilice, desaparezca o de cualquier modo se dae una cosa mueble. Que no se trate de una conducta dirigida contra un animal. Que no se trate de una conducta dirigida contra una cosa inmueble. Que se trate de un objeto de propiedad del autor. 13. Si la conducta de Carlos fuese encuadrada en el tipo penal del art. 164 del CP (Robo), este requerira: El apoderamiento ilegtimo de una cosa mueble. Que bajo ninguna circunstancia medie violencia fsica en las personas. Que la violencia siempre tenga lugar antes del robo para facilitarlo. Que la cosa mueble sea total o parcialmente ajena. Que medie fuerza en las cosas. 14. Si la conducta de Carlos fuese encuadrada en el tipo penal del art. 164 del CP (Robo), podra agravarse por las siguientes circunstancias: Si el robo fuese realizado por dos o ms personas. Si el robo se cometiere ocultando el rostro. Si por la violencia ejercida se causare lesiones graves o gravsimas a la vctima. Si el robo se comete con toma de rehenes. Si el robo fuese en un lugar poblado. 15. Si la conducta de Carlos fuese encuadrada en el tipo penal del art. 164 del CP (Robo), este requerira: No requiere un elemento subjetivo. Culpa inconsciente. Dolo. Dolo indirecto. Culpa consciente. 16. La conducta de Miguel con respecto al terreno de su vecino, encuadrada en los trminos del art. 181 inc. 2do. del CP (Destruccin o alteracin de trminos o lmites, Captulo 6: Usurpacin), requiere: Dolo indirecto. No requiere un elemento subjetivo. Culpa inconsciente. Dolo. Culpa consciente. 17. La conducta de Miguel con respecto al terreno de su vecino, encuadrada en los trminos del art. 181 inc. 2do. del CP (Destruccin o alteracin de trminos o lmites, Captulo 6: Usurpacin), requiere: Que el autor tenga adems la intencin de apoderarse de los materiales que conformaban el lmite. La destruccin o alteracin de los lmites o trminos. El apoderamiento de todo o parte de un inmueble. Que el nmero de autores sea superior a dos. Que el inmueble se encuentre exclusivamente ubicado dentro del radio urbano. 18. La figura del delito cometido por Miguel (art. 1 de la Ley 13.944, Incumplimiento de los deberes de asistencia familiar), presenta las siguientes caractersticas: Se consuma con la no prestacin, previa intimacin fehaciente. Admite la conducta culposa. Se consuma aunque el obligado no se encuentre en condiciones econmicas de hacer frente a la obligacin total o parcialmente. Se consuma con la no prestacin, previa intimacin informal. No admite tentativa. 19. Teniendo en cuenta la conducta de Miguel con respecto a su novia (art. 135 del CP, Matrimonios ilegales) simulacin de matrimonio- se agrava cuando: Quien simula se encuentre unido en matrimonio con anterioridad. Exista una promesa prenupcial. No se agrava. La vctima fuese menor de edad. El matrimonio se formalice ante autoridades civiles y eclesisticas. 20. Si el hecho cometido por Jos -dao- fuese agravado, esto se debera a la/s siguiente/s circunstancia/s: Cualquier medio de transporte no pblico. Sobre vehculos y automotores en general. Durante la noche. Al uso de veneno. Al uso de sustancias corrosivas.