Disa Sur Lima II

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Directiva Administrativa: Requisitos y procedimientos administrativos para el proceso de categorizacin y recategorizacin de los establecimientos de salud y servicios mdicos de apoyo, pblicos y privados, en la Direccin de Salud II Lima Sur.

DIRECTIVA ADMINISTRATIVA N 001-2010-DISA II LS/MINSA DESP V.01 DIRECTIVA ADMINISTRATIVA: REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL PROCESO DE CATEGORIZACION Y RECATEGORIZACIN DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD Y SERVICIOS MDICOS DE APOYO, PUBLICOS Y PRIVADOS, EN LA DIRECCIN DE SALUD II LIMA SUR. I. FINALIDAD:Optimizar el proceso de categorizacin y recategorizacin de los establecimientos de salud y servicios mdicos de apoyo pblicos y privados, de la Direccin de Salud II Lima Sur.

II.

OBJETIVO:Establecer el marco tcnico administrativo para la mejora de los procesos de categorizacin y recategorizacin de los establecimientos de salud y servicios mdicos de apoyo pblicos y privados, adscritos a la jurisdiccin sanitaria de la Direccin de Salud II Lima Sur ( DISA II LS).

III.

AMBITO DE APLICACIN:La presente Directiva Administrativa es de aplicacin obligatoria en las Direcciones, Oficinas, Redes, Micro redes, establecimientos de salud y servicios mdicos de apoyo, pblicos y privados ubicados dentro de la jurisdiccin sanitaria de la DISA II Lima Sur; as como para el Comit Tcnico de Categorizacin de la DISA II LS y los comits locales e institucionales.

IV.

BASE LEGAL:1. Ley N 26842, Ley General de Salud. 2. Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 3. Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo. 4. Decreto Supremo N 013-2006-SA, que aprob el Re glamento de Establecimientos de Salud y Servicios Mdicos de Apoyo. 5. Decreto Supremo N 096-2007-PCM, que regula la f iscalizacin posterior aleatoria de los procedimientos administrativos por parte del Estado. 6. Resolucin Ministerial N 769-2004/MINSA, que ap rob la Norma Tcnica N 021- MINSA / DGSP/ V.01: Categoras de establecimientos del sector salud. 7. Resolucin Ministerial N 1142-2004/MINSA, que a prob Gua para la categorizacin de los establecimientos de salud del sector salud. 8. Resolucin Ministerial N 588-2005/MINSA, que ap rob los listados de equipos biomdicos bsicos para establecimientos de salud del primer, segundo y tercer nivel de atencin. 9. Resolucin Ministerial N 970-2005/MINSA, que ap rob la NTS N 038-MINSA/DGSPV.01: Norma Tcnica de Salud para Proyectos de Arquitectura, Equipamiento y Mobiliario de Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atencin. 10. Resolucin Ministerial N 341-2006/MINSA, que a prob Reglamento de Organizacin y Funciones de la Direccin de Salud II Lima Sur.

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11. Resolucin Ministerial N 386-2006/MINSA, que a prob la NTS N 042 Norma Tcnica de Salud de los Servicios de Emergencia. 12. Resolucin Ministerial N 953-2006/MINSA, que a prob la NTS N 051-MINSA/OGDNV.01: Norma Tcnica de Salud para el Transporte Asistido de Pacientes por Va Terrestre. 13. Resolucin Ministerial N 627-2008/MINSA, que a prob la NTS N 072-MINSA/DGSPV.01: Norma Tcnica de Salud de la Unidad Productora de Servicios de Patologa Clnica. 14. Resolucin Ministerial N 292-2009/MINSA, que a prob la Directiva Administrativa N 149MINSA/SG-V.01, Directiva Administrativa que establece el procedimiento para la Fiscalizacin Posterior de los Procedimientos previstos en el Texto nico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Salud.

V.

DISPOSICIONES GENERALES: 5.1. DEFINICIONES OPERATIVAS:

Para efectos de la presente directiva, se considerarn las siguientes definiciones operativas:

5.1.1 CATEGORA: Es la condicin que asume un establecimiento de salud en base a sus funciones, caractersticas y nivel de complejidad, la misma que responde a su realidad sociosanitaria y est diseada para enfrentar demandas equivalentes.o o o o o o o o Categora I-1 Categora I-2 Categora I-3 Categora I-4 Categora II-1 Categora II-2 Categora III-1 Categora III-2 : : : : : : : : Puesto de salud sin mdico. Puesto de salud con mdico. Centro de salud sin internamiento. Centro de salud con internamiento. Hospital I. Hospital II. Hospital III. Instituto especializado.

5.1.2 CATEGORIZACIN: Es el proceso que conduce a homogenizar y clasificar los diferentes establecimientos de salud y servicios mdicos de apoyo, en base a niveles de complejidad y a caractersticas funcionales que permitan responder a las necesidades de salud de la poblacin que atiende. 5.1.3 RECATEGORIZACIN: Proceso mediante el cual, transcurrido por lo menos un (01)ao de obtenida la categorizacin o por caducidad de la misma y a solicitud del interesado, se realiza una nueva determinacin de la categora de un establecimiento de salud o servicio mdico de apoyo. Al finalizar el proceso de recategorizacin el establecimiento de puede mantener su misma categora, elevarla o disminuirla.

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5.1.4 UNIDAD PRODUCTORA DE SERVICIOS (UPS): Es la unidad bsica de oferta desalud, constituida por el conjunto de recursos humanos, fsicos y tecnolgicos, organizados para determinar funciones homogneas y producir servicios de salud, en relacin con su complejidad.

5.1.5 ESTABLECIMIENTO DE SALUD: Es la unidad operativa de la oferta de servicios de salud implementada con recursos humanos, materiales y equipos, encargada de ejecutar actividades asistenciales y administrativas. 5.1.6 NIVEL DE COMPLEJIDAD: Es el grado de diferenciacin y desarrollo de los servicios de salud, alcanzado merced a la especializacin y tecnificacin de sus recursos. Guarda una relacin con las categoras de establecimientos de salud.1 nivel de complejidad: 2 nivel de complejidad: 3 nivel de complejidad: 4 nivel de complejidad: 5 nivel de complejidad: 6 nivel de complejidad: 7 nivel de complejidad: 8 nivel de complejidad: I-1 I-2 I-3 I-4 II-1 II-2 III-1 III-2

5.1.7

NIVEL DE ATENCIN: Conjunto de establecimientos de salud con niveles de complejidad necesaria para resolver con eficacia y eficiencia las necesidades de salud de diferente magnitud y severidad.o o o Primer nivel de atencin : Incluye las categoras del I-1 al I-4. Incluye las categoras del II-1 y II-2. Incluye las categoras del III-1 y III-2. Segundo nivel de atencin : Tercer nivel de atencin :

5.1.8 ESTABLECIMIENTO DE SALUD PBLICO: Para efectos de la presente Directiva, se considera dentro de ste grupo, a aquellos establecimientos perteneciente a la Sanidad de las Fuerzas Armadas, Sanidad de las Fuerzas Policiales y Seguridad Social (EsSalud): hospitales, clnicas, policlnicos, centros y postas de salud. 5.1.9 ESTABLECIMIENTO DE SALUD PRIVADO: Este grupo incluye a todo establecimiento de salud que no pertenece al sector pblico: consultorios mdicos y de otros profesionales privados, de ONGs, iglesias, parroquias, municipalidades, consultorios PAAD y otros. 5.1.10 ESTABLECIMIENTO DE SALUD CON INTERNAMIENTO: Son aquellos establecimientos de salud que brindan atencin integral, general o especializada al paciente agudo o crnico, y que para realizar atenciones o procedimientos clnicos o quirrgicos, con fines diagnsticos, teraputicos o de rehabilitacin, requieren permanencia y necesidad deDireccin Ejecutiva de Salud de las Personas Direccin de Servicios de Salud

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soporte asistencial por ms de doce (12) horas por su grado de dependencia o riesgo. Los establecimientos de salud con internamiento pueden ser: Hospitales o clnicas de atencin general. Hospitales o clnicas de atencin especializada. Centros de salud con camas de internamiento. Centros de atencin geritrica. Institutos de salud especializados.

5.1.11 ESTABLECIMIENTO DE SALUD SIN INTERNAMIENTO: Son considerados dentrode ste rubro aquellos establecimientos donde atienden uno o ms profesionales de la salud que desarrollan actividades que se restringen a la atencin clnica ambulatoria, o a la realizacin de procedimientos diagnsticos, teraputicos o de rehabilitacin que no requieran internamiento. Pueden tener camas para observacin, pero sta no puede exceder las doce (12) horas; los establecimientos de salud sin internamiento pueden ser: Puestos o postas de salud. Centros de salud o centros mdicos. Policlnicos. Centros mdicos especializados. Consultorios mdicos y de otros profesionales de la salud.

5.1.12 SERVICIO MEDICO DE APOYO: Son unidades productoras de servicios de salud quefuncionan independientemente o dentro de un establecimiento, con o sin internamiento, segn corresponda. Brindan servicios complementarios o auxiliares en la atencin mdica, con la finalidad de coadyuvar al diagnstico y/o tratamiento de los problemas clnicos. Se considera servicio mdico de apoyo a los servicios de patologa clnica, anatoma patolgica, diagnstico por imgenes, medicina nuclear, radioterapia, medicina fsica y rehabilitacin, hemodilisis, litotripsia, medicina hiperbrica, endoscopias, colposcopias, servicio de traslado de pacientes, atencin domiciliaria, atencin pre hospitalaria, establecimientos de recuperacin o reposo, laboratorio de prtesis dental, centros pticos, ortopedias y servicios de podologa, centros de atencin para dependientes a sustancias psicoactivas y otras dependencias, centros de vacunacin, centros de medicina alternativa u otros servicios que sean determinados por el nivel correspondiente. Para el caso de los establecimientos pblicos, la categorizacin de los servicios mdicos de apoyo se incluye dentro de la categorizacin del establecimiento. Tratndose de establecimientos del sub sector privado, la categorizacin de los servicios mdicos de apoyo puede ser independiente al de la categorizacin del establecimiento de salud.

5.1.13 COMIT DE CATEGORIZACIN: Es el ente tcnico de la Direccin de Salud II LimaSur y nica instancia encargado de determinar la categora final de los establecimientos de salud y servicios mdicos de apoyo, pblicos y privados. Esta conformado por los miembros titulares o su representante de la Direccin General, la Direccin Ejecutiva de Salud de las Personas, la Direccin de Servicios de Salud, la Oficina de Epidemiologa, el Director General del Hospital Mara Auxiliadora y los Directores Ejecutivos de las Redes de Salud; su conformacin se oficializa mediante Resolucin Directoral. Acepta o desestima la categora propuesta por el equipo operativo de categorizacin.Direccin Ejecutiva de Salud de las Personas Direccin de Servicios de Salud

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5.1.14 EQUIPO OPERATIVO DE CATEGORIZACIN:

Es el responsable de la visita de inspeccin, aplicacin de la ficha de informacin de establecimientos de salud, la elaboracin del informe y proponer la categora del establecimiento de salud o servicio mdico de apoyo; esta conformado por miembros de las Direcciones de Redes y Microrredes capacitados. En determinadas ocasiones, pueden integrase a ste, miembros del Comit de Categorizacin de la DISA.

5.1.15 DIRECCIN EJECUTIVA DE SALUD DE LAS PERSONAS: Es la unidad orgnica de lnea que depende de la Direccin General, que tiene como objetivos funcionales el difundir, cumplir y hacer cumplir las normas tcnicas, protocolos y procedimientos de atencin integral de salud; monitorear, supervisar y evaluar el logro de los objetivos y metas de la atencin de salud y su impacto; conocer el nivel de calidad de la oferta de los prestadores de servicios y la satisfaccin en la atencin de la salud de los beneficiarios; cumplir y hacer cumplir las normas de atencin integral de salud, de categorizacin, acreditacin, habilitacin y funcionamiento de las entidades pblicas y privadas que prestan servicios de salud. 5.1.16 DIRECCIN DE SERVICIOS DE SALUD: Es la unidad orgnica que depende de laDireccin Ejecutiva de Salud de las Personas, que tiene como objetivos funcionales el difundir, supervisar y evaluar el cumplimiento de las normas de categorizacin, habilitacin y funcionamiento de los servicios de salud; autorizar, monitorear y evaluar el funcionamiento de las entidades pblicas y privadas que prestan servicios de salud en la jurisdiccin; prestar asistencia tcnica y evaluar a las entidades pblicas y privadas en la administracin y gestin de los servicios de salud.

VI.

DISPOSICIONES ESPECFICAS:

6.1.

DE LOS REQUISITOS PARA LA ELABORACIN DEL EXPEDIENTE TCNICO DE CATEGORIZACIN O RECATEGORIZACION:La documentacin que se seala a continuacin, son requisitos que forman parte del expediente tcnico que debe ser presentado a la Direccin General de la DISA II Lima Sur, para solicitar categorizacin o recategorizacin de un establecimiento de salud o servicio mdico de apoyo; la ausencia de uno de ellos dar lugar a la devolucin o rechazo del mismo. La inclusin de la documentacin en el expediente tcnico a ser presentado, depender de la categora del establecimiento de salud o servicio mdico de apoyo a la que se desea acceder; como se indica en el anexo N 12.

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REQUISITOS PARA LA ELABORACIN DEL EXPEDIENTE TCNICO DE CATEGORIZACIN O RECATEGORIZACIONSolicitud, con carcter de declaracin jurada, dirigida a la Direccin General de la DISA II LS (Ver anexo N 1). Copia del ttulo de propiedad del establecimiento de salud, acta de donacin, convenio de posesin o administracin, contrato de alquiler (segn corresponda). Original de la ficha de inscripcin del RENAES Original de la ficha de la declaracin jurada del RENAES Plan mdico funcional. Copia simple de convenios. Copia simple de contratos. Copia simple de Constancia o Resolucin Directoral de categorizacin anterior. Constancia de zonificacin o compatibilidad de uso, otorgada por la Municipalidad correspondiente. (*) Copia simple del ttulo profesional del Director Mdico, del Mdico Jefe o Responsable de la atencin. Copia simple de la colegiatura del Director Mdico, del Mdico Jefe o Responsable de la atencin. Copia simple del registro de especialidad (si lo tuviera) del Director Mdico, del Mdico Jefe o Responsable de la atencin. Copia simple de la habilidad laboral actualizada del Director Mdico, del Mdico Jefe o Responsable de la atencin. Relacin de recursos humanos (profesional y no profesional), ver anexo N 3. Informe de aprobacin de planos arquitectnicos por parte de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratgico de la DISA II LS (**). Croquis o mapa de la ubicacin del establecimiento de salud. (Ver anexo N 5). Croquis de distribucin de reas y servicios del establecimiento de salud (metrado), ver anexo N 6. Reglamento de Organizacin y Funciones del establecimiento de salud (ROF). Manual de Organizacin y Funciones del establecimiento de salud (MOF). Manual de procedimientos del establecimiento de salud (MAPRO). Guas de manejo de las patologas ms frecuentes, segn los servicios a ofertar. Relacin de equipos biomdicos y mobiliario por servicio, diferenciando aquellos propios de los provistos por terceros (Ver anexos N 7 y 8). Cronograma de mantenimiento preventivo de equipos. (Ver anexo N 9). Manual de bioseguridad (especificado por reas). Certificado de seguridad en defensa civil, otorgado por INDECI o Municipalidad. (***) Copia simple de la autorizacin del Instituto Peruano de Energa Nuclear (IPEN), en caso tengan equipos que emitan radiaciones. Recibos de pagos de caja de DISA II LS, segn lo establecido en el TUPA. (*) En caso que la Municipalidad Distrital no otorgue el documento requerido, ste deber reemplazarse por una declaracin jurada (Ver anexo N 2). (**) Para el caso de haber obtenido una aprobacin de planos arquitectnicos anteriormente y no haberse realizado modificacin alguna de la infraestructura del establecimiento de salud o servicio mdico de apoyo, el requisito sealado ser reemplazado por una declaracin jurada de no haber realizado modificacin alguna (Ver anexo N 4).e incluir copia simple del informe tcnico de aprobacin anterior. (***) Cualquier establecimiento puede solicitarlo a INDECI; en caso de consultorios pequeos tambin puede ser expedido por la municipalidad respectiva.

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6.2.

DE LOS DOCUMENTOS PARA LA ELABORACIN DE EXPEDIENTE TCNICO:6.2.1 SOLICITUD, CON CARCTER DE DECLARACIN JURADA, DIRIGIDA A LA DIRECCIN GENERAL DE LA DISA II LS (Anexo N 1).: Debe ser presentada segn modelo establecido por la DISA II LS Para el caso en el que el propietario, el Director Mdico o el responsable de la atencin sea el mismo profesional, registrar sus nombres y apellidos en los espacios que corresponda. COPIA DEL TTULO DE PROPIEDAD DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD O, ACTA DE DONACIN, O CONVENIO DE POSESIN O ADMINISTRACIN, CONTRATO DE ALQUILER: Anexar copia simple del documento que corresponda. ORIGINAL DE LA FICHA DE INSCRIPCIN Y DECLARACIN JURADA DEL REGISTRO NACIONAL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD Y SERVICIOS MDICOS DE APOYO (RENAES): Este software es un servidor que es mantenido por el Ministerio de Salud, al cual se accede va internet, en la siguiente direccin electrnica: www.app.minsa.gob.pe/renaes/. Al acceder a la pgina del RENAES, ingresar como persona natural o jurdica (empresas) segn sea el caso. Debe ingresarse la totalidad de los datos; al final del proceso, el software le permitir imprimir la ficha ingresada y una declaracin jurada, la que debe ser firmada por quienes corresponda y ser incluidas dentro del expediente. PLAN MDICO FUNCIONAL, el mismo que deber tener la siguiente estructura:

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6.2.4.1 INTRODUCCIN: Resumen del contenido del documento, donde se enfatiza la misin, la visin y los servicios a ofertar. Debe indicarse el tipo de atencin (ambulatoria o con internamiento) e incluir el beneficio que la poblacin usuaria obtendr al iniciar sus actividades. 6.2.4.2 OBJETIVO/S GENERAL/ES: Puede ser uno o varios; debe ser concreto y directo: Brindar atencin ambulatoria especializada a gestantes; Brindar atencin recuperativa a adultos mayores, Brindar servicios de traslado de pacientes, etc. 6.2.4.3 OBJETIVOS ESPECFICOS: Por lo general revelan las formas como se alcanzar el objetivo general. 6.2.4.4 POBLACIN OBJETIVO A QUIENES SE VA ATENDER: Para establecimientos particulares la poblacin objetivo es la poblacin en general o aquella a quien diferenciadamente atender: poblacin menor de 14 aos para consultorios peditricos; mujeres en edad frtil, consultorios gneco obsttricos, etc. Para establecimientos pblicos, la poblacin objetivo es la asignada institucionalmente.Direccin Ejecutiva de Salud de las Personas Direccin de Servicios de Salud

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6.2.4.5 DATOS DEL ESTABLECIMIENTO: NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO: Registrar el nombre con el que ser identificado el establecimiento de salud: Clnica Los Geranios (nombre comercial). RAZON SOCIAL DEL ESTABLECIMIENTO: Clnica Los Geranios SAC; Clnica Los Geranios SRL, etc. Si el nombre y razn social son la misma, repetir el nombre donde corresponda. NUMERO DE RUC DEL ESTABLECIMIENTO: Colocar el nmero de RUC que corresponda. DIRECCION DEL ESTABLECIMIENTO. Colocar la direccin exacta donde se ubica el establecimiento de salud, sealando alguna referencia que permita llegar a l. TELEFONO: Registrar el nmero del telfono fijo del establecimiento de salud. WEB: Colocar la direccin web, si lo tuviese. HORARIO DE ATENCIN: Indicar los das y horas de atencin al pblico: Lunes a domingo de 08:00 20:00 horas. Lunes mircoles - viernes de 16:00 a 22:00 horas. Lunes a domingo, 24 horas del da. 6.2.4.6 PROFESIONAL DE LA SALUD RESPONSABLE DE LA ATENCION: Colocar los nombres y apellidos del Director Mdico o del responsable directo de la atencin a los pacientes; indicando nmero de documento de identidad (DNI), Colegio profesional (CMP, COP, etc), Registro de especialidad si tu tuviera (RNE); domicilio, telfono fijo y celular. 6.2.4.7 NOMBRE DEL PROPIETARIO, indicar nombres y apellidos completos del propietario de la empresa, nmero de documento de identidad (DNI) o lo que corresponda, domicilio, telfono fijo y celular. 6.2.4.8 DOMICILIO LEGAL DE LA EMPRESA, indicar el domicilio legal de la empresa, que puede o no coincidir con el de la ubicacin del establecimiento de salud. 6.2.4.9 NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: Consignar los datos del representante legal de la empresa, que puede o no ser el mismo responsable de la atencin. Para cualquiera de los casos deber sealarse los mismos datos que fueron registrados para el profesional responsable: nombres y apellidos, DNI, Colegio profesional (si lo tuviese), domicilio, telfono fijo y celular. 6.2.4.10 DATOS DE LA CONSTITUCION DE EMPRESA: Debe incluirse en el expediente copia simple del acta de la constitucin de la empresa. A efectos de garantizar la relacin entre la actividad a ser desarrollada por el establecimiento de salud y la empresa, alguno de los objetivos de sta, as

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como alguna actividad sealada en el RUC deber necesariamente estar relacionada con una actividad de salud. 6.2.4.11 RELACIN DE RECURSOS HUMANOS (profesional y no profesional): Deber listarse el total del recurso humano que desarrolla actividades en el establecimiento de salud o servicio mdico de apoyo. 6.2.4.12 SERVICIOS A OFERTAR: Numerar y detallar todos los servicios y los horarios en los que sern ofertados stos, incluyendo las especialidades mdicas y los servicios de apoyo diagnstico: Medicina General, Ginecologa, Pediatra, Ciruga General, Odontologa, Psicologa, Nutricin, Atencin de Partos, Hospitalizacin, Emergencia, farmacia, Rayos X, Resonancia, TAC, Ecografa; Laboratorio, Banco de Sangre; rehabilitacin, etc. - Para el caso de equipos que emitan radiaciones ionizantes deber incluirse autorizacin del Instituto Peruano de Energa Nuclear IPEN. 6.2.4.13 NUMERO Y DISTRIBUCIN DE AMBIENTES POR PISOS: Como se detalla en anexo N 10. 6.2.4.14 RELACIN DE EQUIPOS BIOMDICOS Y MOBILIARIO POR SERVICIO, DIFERENCIANDO AQUELLOS PROPIOS DE LOS PROVISTOS POR TERCEROS: Segn se muestra en los anexos N 7 y 8. 6.2.5 COPIA SIMPLE DE CONVENIOS Y CONTRATOS: Como parte del expediente tcnico y en cumplimiento a lo establecido en al Art. 11 del DS 013-2006-SA, deber incluirse copia simple de todos los convenios y contratos vigentes que mantiene con otras instituciones o personas. Aquellos convenios o contratos, necesarios para el funcionamiento del establecimiento de salud, que se encuentran en proceso de renovacin o firma, debern ser listados, indicando la fecha en que se tenga formalmente, ver anexo N 11. COPIA SIMPLE DE CONSTANCIA O RESOLUCIN DIRECTORAL DE CATEGORIZACIN ANTERIOR: Debe incluirse la constancia o Resolucin Directoral de categorizacin anterior, en caso la hubiere obtenido anteriormente. CONSTANCIA DE ZONIFICACIN O COMPATIBILIDAD DE USO, otorgada por la municipalidad correspondiente. COPIA SIMPLE DEL TITULO PROFESIONAL, COLEGIATURA, REGISTRO DE ESPECIALIDAD Y HABILIDAD PROFESIONAL DEL DIRECTOR MDICO, DEL MDICO JEFE O RESPONSABLE DE LA ATENCIN: Slo para el caso del Director Mdico, el Mdico Jefe o el responsable de la atencin de los pacientes, debern incluirse los documentos sealados. Solo en el caso de tener especialidad deber incluir la documentacin que sustente lo sealado.

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RELACION DE RECURSOS HUMANOS (PROFESIONAL Y NO PROFESIONAL: Deber listar el total del recurso humano profesional y no profesional del establecimiento de salud, segn anexo N 3. Para el caso de personal profesional deber adjuntarse copias simples del ttulo profesional, colegiatura, especialidad (de ser el caso); para el personal no profesional, deber anexarse copia simple del DNI.

6.2.10 INFORME DE APROBACIN DE PLANOS ARQUITECTNICOS POR PARTE DE LA OFICINA EJECUTIVA DE PLANEAMIENTO ESTRATGICO DE LA DISA II LS: Como parte de la documentacin a ser presentada, deber incluirse copia simple del informe tcnico de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratgico (OEPE) de la DISA II LS, mediante el cual APRUEBA los planos arquitectnicos del establecimiento a categorizar. La aprobacin se tramitar antes de solicitar la categorizacin pertinente. Para el caso de haber obtenido una aprobacin de planos arquitectnicos anteriormente y no haber realizado modificacin alguna de la infraestructura del establecimiento de salud o servicio mdico de apoyo, el requisito sealado ser reemplazado por una declaracin jurada de no haber realizado la modificacin sealada (anexo N 4) e incluir copia simple del informe tcnico de aprobacin anterior. 6.2.11 CROQUIS O MAPA DE UBICACIN DE ESTABLECIMIENTO DE SALUD: Inclyase un grfico que permita la ubicacin rpida del establecimiento, consignando en el, puntos referenciales que facilite la llegada al mismo al equipo operativo, tal como se muestra en el anexo N 5. 6.2.12 CROQUIS DE DISTRIBUCIN DE REAS Y SERVICIOS DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD (METRADO): Del mismo modo, deber incluirse un grfico que muestre la distribucin de los ambientes (metrado) dentro del edificio o rea del establecimiento de salud, tal como se muestra en el anexo N 6. 6.2.13 REGLAMENTO DE ORGANIZACIN Y FUNCIONES (ROF) Y MANUAL DE ORGANIZACIN Y FUNCIONES (MOF) DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD: Documentos de gestin que describen la estructura orgnica y funcional de la institucin o establecimiento de salud; debe guardar relacin con el Plan Mdico Funcional y los objetivos institucionales. 6.2.14 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD O SERVICIO MEDICO DE APOYO: 6.2.15 GUIAS DE MANEJO DE LAS PATOLOGIAS MS FRECUENTES SEGN LOS SERVICIOS QUE SE OFERTAN: 6.2.16 RELACIN DE EQUIPOS BIOMDICOS Y MOBILIARIO POR SERVICIO, diferenciando aquellos propios de los provistos por terceros (Anexos N 7 y 8). 6.2.17 CRONOGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE EQUIPOS. (Anexo N 9).

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6.2.18 MANUAL DE BIOSEGURIDAD. 6.2.19 CERTIFICADO DE SEGURIDAD EN DEFENSA CIVIL; Sin importar las dimensiones del establecimiento, ste puede ser solicitarlo a INDECI; en caso de consultorios pequeos tambin puede ser expedido por la municipalidad respectiva. 6.2.20 RECIBOS DE PAGOS DE CAJA DE DISA II LS, por concepto de categorizacin y registro, segn lo establece el TUPA institucional.

6.3.

PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCION DE LA CATEGORIZACIN Y RECATEGORIZACIN:

6.3.1 DEL INGRESO DEL EXPEDIENTE: 6.3.1.1 El proceso para la obtencin de la categorizacin o recategorizacin de un establecimiento de salud o servicios mdico de apoyo pblico o privado, se inicia con la presentacin del expediente tcnico, por parte del interesado, ante la Unidad de Trmite Documentario (mesa de partes) de la Direccin de Salud II Lima Sur, conteniendo los requisitos sealados en el numeral 6.1. 6.3.1.2 El personal de la Unidad de Trmite Documentario o quien haga sus veces, verificar que el expediente contenga los requisitos ya sealados, evaluando que stos se encuentren completos; de no ser el caso, proceder a su devolucin inmediata, a efectos de ser adecuados a lo establecido. Si el expediente se encontrara completo, proceder a asignarle un nmero al expediente, sellando y firmando el cargo de recepcin del mismo, trasladando todo lo actuado a la Direccin Ejecutiva de Salud de las Personas. 6.3.2 DE LA RE EVALUACIN DEL EXPEDIENTE: 6.3.2.1 El profesional responsable de los establecimientos pblicos o privados de la Direccin de Servicios de Salud (DSS) de la Direccin Ejecutiva de Salud de las Personas (DESP), quien acta como Jefe del equipo operativo del Comit Tcnico de Categorizacin de la DISA II LS, reevaluar la pertinencia de la documentacin contenida en el expediente tcnico. Si el expediente no cumple con los requisitos exigidos, previa comunicacin con el interesado, se le otorgar dos (02) das hbiles para completar la documentacin faltante; vencido el plazo y no habindose regularizado la documentacin exigida, se proceder a la devolucin del expediente con las observaciones pertinentes. Si el expediente cumple con la documentacin exigida o se regulariz el mismo, el profesional responsable proceder a coordinar con el interesado fecha y hora para la visita de inspeccin. 6.3.3 DE LA VISITA DE INSPECCION: 6.3.3.1 Concertada la fecha y hora de la inspeccin con el interesado, el equipo operativo del Comit Tcnico de Categorizacin de la Direccin de Salud II Lima Sur, se apersonar al establecimiento de salud o servicio mdico de apoyo que solicit categorizacin o recategorizacin.Direccin Ejecutiva de Salud de las Personas Direccin de Servicios de Salud

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6.3.3.2 El Jefe del equipo operativo, cumplida las formalidades del caso, proceder a visitar los ambientes del establecimiento para verificar si la informacin que obra en el expediente tcnico, es coincidente con lo que se encuentra dentro del establecimiento de salud; constatando la conformidad en lo referente a: Documentacin. Infraestructura. Equipamiento. Recursos humanos. Bioseguridad.

6.3.3.3. Durante la visita al establecimiento de salud, el equipo supervisor aplicar la Ficha de categorizacin de establecimientos de salud y adicionalmente levantar un acta de supervisin en la que se deja constancia de la conformidad o no de lo encontrado; ambos documentos sern refrendados por el Director Mdico, representante legal, Mdico Jefe o responsable de la atencin y el equipo operativo. De encontrarse alguna no conformidad se otorgar un plazo de seis (06) das hbiles para el levantamiento de las mismas.

6.3.4 DE LA ELABORACIN DEL INFORME TCNICO DEL EQUIPO OPERATIVO Y DEL TRASLADO DEL EXPEDIENTE AL COMIT TCNICO DE CATEGORIZACIN DE LA DISA II LS: 6.3.4.1 Realizada la visita de supervisin y firmados los documentos sealados en el numeral 6.3.3.3, el Jefe del equipo operativo o quien haga sus veces, elaborar el informe de la actividad desarrollada, el mismo que concluir sobre la pertinencia o no de categorizarlo. Si el informe tuviese opinin favorable, incluir adems la propuesta de la categora que debiera corresponderle al establecimiento de salud o servicio mdico de apoyo. Adicionalmente, ingresar los datos consignados en fa ficha de categorizacin en el software denominado CSPro, tal como lo exige la normatividad del MINSA; aplicativo que permite obtener un puntaje respecto a informacin levantada durante la visita de supervisin. 6.3.4.2 Concluido con lo sealado en el numeral anterior, el expediente tcnico original, as como la ficha de categorizacin aplicada, el informe tcnico aprobatorio y el puntaje obtenido en el CSPro, sern presentados ante el Comit Tcnico de Categorizacin de la DISA II Lima Sur, para evaluacin. 6.3.5 DE LA EVUALUACION DEL EXPEDIENTE TCNICO POR EL COMIT TCNICO DE CATEGORIZACIN DE LA DISA II LS: 6.3.5.1 El Comit Tcnico de la DISA II Lima Sur, recepcionar y evaluar el o los expedientes tcnicos a l presentados. Oportunamente la Secretara Tcnica del mismo, revisar toda la documentacin que ser evaluada por el Comit; si esta estuviera incompleta solicitar al responsable del equipo operativo complete la misma en plazo tal que permita ser evaluada por el Comit. Los expedientes completos se colocarn en agenda para categorizarlos o recategorizarlos, segn corresponda. 6.3.5.2 La evaluacin del o los expedientes tcnicos, ser hecha por el Comit en pleno; para estos efectos se tomar en cuenta: la totalidad de la documentacin que conforma el expediente tcnico presentado, el puntaje obtenido en el CSPro y el informe del equipo operativo en el que se incluyeDireccin Ejecutiva de Salud de las Personas Direccin de Servicios de Salud

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la propuesta de la categorizacin o recategorizacin. En esta etapa, el Comit podr aceptar o rechazar la categora propuesta por el equipo operativo y asignarle aquella que tras la evaluacin, le corresponda. De ser pertinente, observar cualquier documento presentado o la necesidad de incluir algn otro, as como alguna no conformidad sealada en el informe respectivo. En estos casos, el Comit esperar hasta la prxima reunin, para que el interesado regularice la observacin o no conformidad realizada. De no levantarla la no conformidad, el expediente ser devuelto formalmente para que sea subsanado. 6.3.5.3 Con la conformidad de todo lo actuado, el Comit aceptar o rechazar la categora preliminar sugerida por el equipo operativo; si esta es rechazada, asignar aquella que le corresponda tcnicamente. Las decisiones tomadas en este acto constaran en el libro de actas del Comit, elaborndose adems un acta de categorizacin o recategorizacin por cada uno de los establecimientos evaluados el que contendr la firma de todos los miembros participantes. El libro de actas y el acta de categorizacin consignarn si la categora fue otorgada por unanimidad o por mayora, en este ltimo caso, se sealar el nombre de los miembros discrepantes y los motivos de sta.

6.3.6 DE LA ELABORACION DE LA RESOLUCIN DIRECTORAL: 6.3.6.1 Culminada la reunin del Comit Tcnico de Categorizacin de la DISA II Lima Sur, la Secretaria Tcnica o quien haga sus veces, proyectar la Resolucin Directoral de categorizacin o recategorizacin. La Resolucin antes mencionada llevar adems, la visacin de la Direccin de Servicios de Salud, la Direccin Ejecutiva de Salud de las Personas y la Oficina de Asesora Jurdica. 6.3.6.2 La Resolucin proyectada con las visaciones de las Direcciones y Oficina antes sealadas, el acta de categorizacin del Comit Tcnico de Categorizacin de la DISA II LS y el expediente original, son trasladados a la Direccin General de la DISA para el refrendo respectivo. 6.3.6.3 La Resolucin Directoral refrendada con todo lo actuado es trasladada a la Direccin Ejecutiva de Salud de las Personas para ser entregada al interesado.

6.4.

DE LA ENTREGA DE LA RESOLUCIN CATEGORIZACIN O RECATEGORIZACION:6.4.1

DIRECTORAL

DE

La Direccin Ejecutiva de Salud de las Personas, a travs de la Direccin de Servicios de Salud es el encargado de entregar la Resolucin Directoral de categorizacin o recategorizacin del establecimiento de salud o servicio mdico de apoyo. A estos efectos y antes de la recepcin formal del documento, el interesado o su representante legal, verificar la congruencia de la informacin registrada en el mismo. De no haber observacin del mismo, firmar el cuaderno de cargo y se entregar formalmente la Resolucin Directoral correspondiente. Si existiese alguna observacin al mismo, se dejar constancia de ello y proceder a solicitar la rectificacin correspondiente.

6.4.2

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VII. RESPONSABILIDADES:7.1 7.2 La Direccin Ejecutiva de Salud de las Personas, a travs de la Direccin de Servicios de Salud, es responsable de la difusin y monitoreo de la presente Directiva Administrativa. Los Directores Ejecutivos de las Redes o quien haga sus veces, en EsSalud, la Sanidad de las Fuerzas Armadas, Sanidad de las Fuerzas Policiales y establecimientos del sub sector privado son responsables de la difusin, implementacin, ejecucin y cumplimiento de la presente Directiva Administrativa.

VIII. DISPOSICIONES FINALES:8.1 Los establecimientos de salud y servicios mdicos de apoyo que manejen sustancias estupefacientes, psicotrpicas, precursores de uso mdico y otras sustancias sujetas a fiscalizacin sanitaria as como medicamentos que las contienen deben contar con un responsable qumico farmacutico encargado de vigilar que se cumplan las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia. Los establecimientos de salud y servicios mdicos de apoyo deben asegurar personal suficiente e idneo para garantizar la calidad y continuidad de la atencin, en los horarios establecidos por ellos. La programacin del personal deber estar disponible para su verificacin por la autoridad de salud o los usuarios. Para el caso de los Comits Locales o Institucionales, las actividades por ellos desarrollados en los establecimientos de sus respectivas jurisdicciones sanitarias y para efectos de poder viabilizar la presentacin de los expedientes tcnicos ante el Comit Tcnico de Categorizacin de la DISA II LS, sern considerados como equipos operativos de ste. Para el caso de impugnaciones a las categoras o re categoras asignada por el Comit Tcnico de Categorizacin de la Direccin de Salud II Lima Sur, el procedimiento se desarrollar segn lo establecido en la Gua para la categorizacin de los establecimientos de salud del sector salud, aprobada mediante Resolucin Ministerial N 1142-2004/MINSA. De existir la necesidad de corregir algn error en la Resolucin Directoral entregada, esta se har de acuerdo a lo establecido en la Ley N 27444, Ley General del Procedimiento Administrativo. Para el caso de aquellas instituciones que tengan incluidas dentro del establecimiento de salud o servicio mdico de apoyo, en las cuales se realiza parte de un proceso general (unidad de toma de muestra, etc.), debern incluir adems, copia simple de la Resolucin de Categorizacin del establecimiento de salud o servicio mdico de apoyo en el cual se culminar el mismo. A estos efectos, se emitir la constancia pertinente. Para el caso en el que la administracin y la atencin al usuario es proporcionada directamente por un mismo profesional, la exigencia de los requisitos se adecuar a lo establecido en el Art. 5 del D.S. N 013-2006-SA.

8.2

8.3

8.4

8.5

8.6

8.7

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IX. ANEXOS9.1 9.2 9.3 9.4 9.5 9.6 9.7 9.8 9.6 9.10 9.11 N 1: Solicitud dirigida al Director General de la DISA II LS. N 2: Declaracin jurada de que la municipalidad distrital no otorga constancia de zonificacin o compatibilidad de uso. N 3: Relacin de recursos humanos (profesional y no profesional). N 4: Declaracin jurada de no haberse realizad o modificacin alguna de la infraestructura del establecimiento de salud o servicio mdico de apoyo. N 5: Croquis o mapa de la ubicacin del establecimiento de salud. N 6: Croquis de distribucin de reas y servicios del establecimiento de salud (metrado). N 7: Relacin de equipos biomdicos por servicio. N 8: Relacin de mobiliario por servicio. N 9: Cronograma de mantenimiento preventivo de equipos. N 10 Nmero y distribucin de ambientes por p isos. N 11 Copia simple de convenios y contratos

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ANEXO N 1 MODELO DE SOLICITUD DE CATEGORIZACIN/RECATEGORIZACION DE ESTABLECIMIENTO DE SALUD / COMUNICACIN DE INICIO DE ACTIVIDADESSOLICITO: (( ( (

) CATEGORIZACIN DE ESTABLECIMIENTO DE SALUD.) RECATEGORIZACIN DE ESTABLECIMIENTO DE SALUD. ) COMUNICO INICIO DE ACTIVIDADES. ) COMUNICO CONTINUACION DE ACTIVIDADES.

SEOR DIRECTOR GENERAL DIRECCION DE SALUD II LIMA SUR. SD: Nosotros,, propietario/a ( ), identificado/a con D.N.I. N .... y, , Director Mdico ( ) o responsable de la atencin ( ), identificado/a con D.N.I. N ..., del establecimiento de salud con internamiento ( ) / establecimiento de salud sin internamiento ( ) servicio mdico de apoyo ( ) denominado., sito en la Av. Jr. Calledel distrito de. A usted nos presentamos y decimos: En cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Supremo N 013-2006-SA que aprob el Reglamento de Establecimiento de Salud y Mdicos de apoyo, comunicamos a su despacho el INICIO ( ) / CONTINUACION ( ) de nuestras actividades asistenciales y solicitamos ordene a quien corresponda se inicie el proceso de CATEGORIZACION ( ) / RECATEGORIZACIN ( ), a cuyo fin adjuntamos el correspondiente expediente tcnico que contiene los documentos que se detallan en el anexo al presente y que guardan el orden estipulado. Asimismo, DECLARAMOS BAJO JURAMENTO, que nuestro establecimiento de salud y los profesionales que en el desarrollan sus funciones, garantizamos la calidad y seguridad de los servicios que brindamos; comprometindonos adems, al levantamiento de las no conformidades que puedan suscitarse en la evaluacin del expediente tcnico, as como de la visita de inspeccin que se ejecute. POR LO EXPUESTO: Srvase Seor Director General, dar trmite al presente segn lo solicitado. Barranco,...de.del .. Director Mdico o Responsable de la Atencin DNI N .

.. Propietario o Representante legal DNI N ..

Horario de atencin:. Telfono fijo:.... E-mail:

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ANEXO N 2 DECLARACIN JURADA DE NO OTORGAMIENTO DE CONSTANCIA DE ZONIFICACION O COMPATIBILIDAD DE USO OTORGADA POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

Los suscritos,.., propietario/a ( ), identificado/a con D.N.I. N .... y, , Director Mdico ( ) o responsable de la atencin ( ), identificado/a con D.N.I. N ..., del establecimiento de salud con internamiento ( ) / establecimiento de salud sin internamiento ( ) servicio mdico de apoyo ( ) denominado., sito en la Av. Jr. Calledel distrito de. DECLARAMOS BAJO JURAMENTO QUE:

Hemos solicitado la constancia de zonificacin o compatibilidad de uso a la Municipalidad Distrital de.., habiendo obtenido como respuesta que la entidad no otorga tales documentos. Barranco,...de.del

.. Propietario o Representante legal DNI N ..

.. Director Mdico o Responsable de la Atencin DNI N .

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ANEXO N 03 RELACIN DE RECURSOS HUMANOS (PROFESIONAL Y NO PROFESIONAL)Nombre del establecimiento de salud: Representante legal:. Director Mdico, Mdico Jefe o responsable de la atencin:. Direccin del establecimiento de salud:.. Fecha:.

N 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.

Nombres y apellidos Juan Prez Prez Rosa Huamn Quezada Liz Villena Jara Juan Lpez Ruz Manuel Chipana Vsquez

Profesin Mdico Cirujano Mdico Cirujano Mdico Cirujano Enfermero

Colegio profesional 0012 0011 0123 0021

Especialidad Pediatra Gastroenterologa

Registro de especialidad 0124 0408 0578

Cargo Director Mdico Jefe de departamento de gastroenterologa Mdico asistente Enfermero asistente Chofer Mantenimiento Secretaria Vigilancia

N DNI 12345678 87654321 85476910 89756431 77596421

.. Propietario o Representante legal DNI N ..

.. Director Mdico o Responsable de la Atencin DNI N .

Para el caso de personal profesional deber adjuntarse copia simple del ttulo, colegiatura y de registro de especialidad (de ser el caso); para el caso de no profesionales, anexar copia simple del DNI.

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ANEXO N 4 DECLARACIN JURADA DE NO HABER REALIZADO MODIFICACION DE INFRAESTRUCTURA DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD O SERVICIO MEDICO DE APOYO

Los suscritos,.., propietario/a ( ), identificado/a con D.N.I. N .... y, , Director Mdico ( ) o responsable de la atencin ( ), identificado/a con D.N.I. N ..., del establecimiento de salud con internamiento ( ) / establecimiento de salud sin internamiento ( ) servicio mdico de apoyo ( ) denominado., sito en la Av. Jr. Calledel distrito de.

DECLARAMOS BAJO JURAMENTO QUE:

No se ha realizado modificacin alguna de la infraestructura fsica del establecimiento de salud con internamiento ( ) / establecimiento de salud sin internamiento ( ) servicio mdico de apoyo ( ) bajo nuestra regencia, la misma cuyos planos arquitectnicos fueron aprobados por la DISA II Lima Sur mediante el documento.de fecha., cuya copia anexo al presente. Barranco,...de.del

.. Propietario o Representante legal DNI N ..

.. Director Mdico o Responsable de la Atencin DNI N .

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ANEXO N 05

CROQUIS O MAPA DE LA UBICACIN DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD O SERVICIO MDICO DE APOYONombre del establecimiento de salud: Fecha:

INEN

CONSULTORIO

.. Propietario o Representante legal DNI N ..

. Director Mdico o Responsable de la Atencin DNI N .

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ANEXO N 06

CROQUIS DE DISTRIBUCIN DE REAS Y SERVICIOS (METRADOS) DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD O SERVICIO MEDICO DE APOYO

Nombre del establecimiento de salud: Fecha:

.. Propietario o Representante legal DNI N ..

. Director Mdico o Responsable de la Atencin DNI N .

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ANEXO N 07 NMERO Y DISTRIBUCIN DE AMBIENTES POR PISOSNombre del establecimiento de salud: Fecha:

N piso

rea / servicio Sala de espera Admisin

rea (m2)

1

Triaje Bao pblico Tpico Consultorio medicina 1 Consultorio medicina 2

2

Consultorio pediatra 1 Consultorio ginecologa Bao profesionales Radiologa

3 Laboratorio

.. Propietario o Representante legal DNI N ..

. Director Mdico o Responsable de la Atencin DNI N .

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ANEXO N 07 RELACIN DE EQUIPOS BIOMDICOS POR SERVICIONombre del establecimiento de salud: Fecha: Marca del equipo Memmert N de Cdigo patrimonial 1245-10 Propio Si X Yeny Enrrquez Snchez / Clnica gastroenterolgica San Luis No Observaciones

N 1

Consultorio

Nombre del equipo Esterilizadora

Modelo 14 Lts.

2 3 4 5 6 7 8 9 10

Consultorio de Gastroenterologa

Endoscopio flexible

Olympus

CHF-XP20

s/n

X

Consultorio medicina Consultorio pediatra Consultorio ginecologa Laboratorio

Negatoscopio

Balanza peditrica digital Balanza con tallmetro Microscopio binocular

. Propietario o Representante legal DNI N ..

.... Director Mdico o Responsable de la Atencin DNI N .

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ANEXO N 08 RELACIN DE MOBILIARIO POR SERVICIONombre del establecimiento de salud: Fecha: Propio N 1 2 3 4 4 5 6 Consultorio pediatra 7 8 Consultorio ginecologa 9 10 Laboratorio Consultorio medicina Consultorio de Gastroenterologa Consultorio Mobiliario Escritorio de madera Silla giratoria Silla fijas Camilla de examen mdico Cantidad 1 1 2 1 Si No Observaciones

. Propietario o Representante legal DNI N ..

.... Director Mdico o Responsable de la Atencin DNI N .

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ANEXO N 09 CRONOGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE EQUIPOSNombre del establecimiento de salud: Fecha: Nombre del equipo Esterilizadora Consultorio de Gastroenterologa Endoscopio flexible Marca del equipo Memmert Olympus N de Cdigo patrimonial 1245-10 s/n Fecha de mantenimiento de equipo E F M X X A M J J A X X S O N D

N 1 2 3 4 5 6

Consultorio

Modelo 14 Lts. CHFXP20

Consultorio medicina

Negatoscopio

Consultorio pediatra 7 8 9 10 Consultorio ginecologa Laboratorio

Balanza peditrica digital Balanza con tallmetro Microscopio binocular

. Propietario o Representante legal DNI N ..

.... Director Mdico o Responsable de la Atencin DNI N .

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ANEXO N 10 NMERO Y DISTRIBUCIN DE AMBIENTES POR PISOSNombre del establecimiento de salud: Fecha:

N piso

rea / servicio Sala de espera Admisin Triaje

rea (m2)

1

Bao pblico Tpico

Consultorio medicina 1 Consultorio medicina 2 2 Consultorio pediatra 1 Consultorio ginecologa Bao profesionales Radiologa 3 Laboratorio

.. Propietario o Representante legal DNI N ..

. Director Mdico o Responsable de la Atencin DNI N .

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ANEXO N 11 RELACIN DE CONVENIOS Y CONTRATOS DE SERVICIOSNombre del establecimiento de salud:. Fecha: Institucin con la que tiene convenio Motivo del convenio/contrato Fecha de inicio de convenio Fecha de trmino de convenio

N 1 2 3 4 5

Observaciones

(*) No incluya contrato de servicios de recursos humanos.

.. Propietario o Representante legal DNI N ..

.. Director Mdico o Responsable de la Atencin DNI N.

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ANEXO N 12 DOCUMENTOS A SER PRESENTADOS POR CATEGORA DE ESTABLECIMIENTO DE SALUDCATEGORA DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD N REQUISITOS I-1 I-2 I-3 I-4 II-1 II-2 III-1

Establecimiento sin internamiento

Establecimiento con internamiento

1

2

3 4 5 6 7 8

Solicitud, con carcter de declaracin jurada, dirigida a la Direccin General de la DISA II LS (Ver anexo N 1). Copia del ttulo de propiedad del establecimiento de salud, acta de donacin, convenio de posesin o administracin, contrato de alquiler (segn corresponda). Original de la ficha de inscripcin del RENAES Original de la ficha de la declaracin jurada del RENAES Plan mdico funcional. Copia simple de convenios. Copia simple de contratos. Copia simple de Constancia o Resolucin Directoral de categorizacin anterior. Constancia de zonificacin o compatibilidad de uso, otorgada por la Municipalidad correspondiente. Copia simple del ttulo profesional del Director Mdico, del Mdico Jefe o Responsable de la atencin. Copia simple de la colegiatura del Director Mdico, del Mdico Jefe o Responsable de la atencin. Copia simple del registro de especialidad (si lo tuviera) del Director Mdico, del Mdico Jefe o Responsable de la atencin. Copia simple de la habilidad laboral actualizada del Director Mdico, del Mdico Jefe o Responsable de la atencin.

9

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ANEXO N 12 DOCUMENTOS A SER PRESENTADOS POR CATEGORA DE ESTABLECIMIENTO DE SALUD (continuacin)CATEGORA DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD N REQUISITOS I-1 I-2 I-3 I-4 II-1 II-2 III-1

Establecimiento sin internamiento

Establecimiento con internamiento

14

15

16 17

18 19 20 21

22

23 24 25

26

27

Relacin de recursos humanos (profesional y no profesional), ver anexo N 3. Informe de aprobacin de planos arquitectnicos por parte de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratgico de la DISA II LS. Croquis de ubicacin del establecimiento de salud. (Ver anexo N 5). Croquis de distribucin de reas y servicios del establecimiento de salud (metrado), ver anexo N 6. Reglamento de Organizacin y Funciones del establecimiento de salud (ROF). Manual de Organizacin y Funciones del establecimiento de salud (MOF). Manual de procedimientos del establecimiento de salud (MAPRO). Guas de manejo de las patologas ms frecuentes, segn los servicios a ofertar. Relacin de equipos biomdicos y mobiliario por servicio, diferenciando aquellos propios de los provistos por terceros (Ver anexos N 7 y 8). Cronograma de mantenimiento preventivo de equipos. (Ver anexo N 9). Manual de bioseguridad (especificado por reas). Certificado de seguridad en defensa civil, otorgado por INDECI o Municipalidad. Copia simple de la autorizacin del Instituto Peruano de Energa Nuclear (IPEN), en caso tengan equipos que emitan radiaciones. Recibos de pagos de caja de DISA II LS, por concepto de categorizacin y registro.

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ANEXO N 13 EQUIPAMIENTO E INSUMOS MNIMO POR UPSUNIDAD PRODUCTORA DE SERVICIO - UPS

EQUIPAMIENTO Cialtica porttil Camilla de examen para uso mltiple Mesa rodable para curaciones Porta suero metlico rodable Vitrina para instrumental mdico de dos cuerpos Mesa metlica rodable tipo Mayo Taburete giratorio rodable Escalinata de dos peldaos Porta balde metlico rodable con balde de acero inoxidable Biombo metlico rodable de dos cuerpos Aspirador de secreciones rodable Cilindro de oxgeno medicinal 3.4 m3, con accesorios Estetoscopio adulto y nio Laringoscopio adulto Laringoscopio peditrico/neonatal Pantoscopio Nebulizador mltiple Resucitador manual adulto Resucitador manual peditrico/neonatal Tensimetro aneroide adulto Set instrumental de curaciones Set instrumental de pequeas intervenciones quirrgicas Set instrumental para examen ginecolgico Camilla con bastidor rodable (traslado de paciente) Balanza mecnica de pie con tallmetro Silla de ruedas Maletn de reanimacin cardiopulmonar Coche de paro Camilla para examen de uso mltiple Mesa escritorio con cajones Escritorio con cajones Sillas Balanza metlica con tallmetro Balanza mecnica peditrica de sobremesa Tensimetro aneroide peditrico Estetoscopio peditrico Biombo metlico de un cuerpo Vitrina metlica para material de un cuerpo Negatoscopio de 1 campo Pantoscopio peditrico

Atencin de emergencias (Tpico)

Consulta externa - Nio

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EQUIPAMIENTO E INSUMOS MNIMO POR UPS (continuacin)UNIDAD PRODUCTORA DE SERVICIO - UPS EQUIPAMIENTO Camilla ginecolgica Escalinata de dos peldaos Escritorio 3 sillas Vitrina para instrumental Balanza para adulto con tallmetro Tensimetro con brazalete para adultos Tambor de gasa Estetoscopio con campana y diafragma Biombo metlico de dos cuerpos Martillo para reflejos Cubo metlico para desperdicios con tapa Taburete giratorio Centmetro o cinta mtrica inextensible Fetoscopio Mesa de curaciones Lmpara de cuello de ganso Balde con su porta balde Papelera Espculos Pinzas de anillo (Foester) Equipo de insercin de DIU Pinzas de limpieza vaginal de Bozzeman Histermetro Tijeras Mayo curva 20 cm. Pinza tirabalas de Pozzi Termmetro oral adultos Gestograma Pinza porta objetos, mediana Rionera de 26 x 14 cm Cubeta metlica de acero con tapa 26x22x6 cm. Caja de metal para instrumental 33x13x9 Tambor metlico de 18 x 18 Tijera de Mayo curva de 30 cm. Guantes estriles 6, 7, 7, 8 Frasco boca ancha (lminas Papanicolaou) Solucin antisptica (Savln) Agua destilada Alcohol yodado Bencina yodada Jabn lquido Solucin de cloruro de sodio al 0.9 % Tintura de yodo Vaselina lquida Cintas para detectar albmina en orina Cinta tornasol pH Baja lengua

Consulta externa - Mujer

Consultorio Mujer

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EQUIPAMIENTO E INSUMOS MNIMO POR UPS (continuacin)UNIDAD PRODUCTORA DE SERVICIO - UPS EQUIPAMIENTO

Esptula de Ayre de madera Hisopos de algodn Papel Kraft Algodn estril Gasa estril Esparadrapo antialrgico Ligadura para cordn umbilical 1 ciento de clips Lpices de cera Solucin de leja Cepillos dentales y molde dental para educacin Historia clnica perinatal simplificada Historia clnica de la mujer Consultorio Mujer (continuacin) Carn perinatal Recetarios Registros HIS-MIS Registros de Papanicolaou Libro de registro de mujeres en edad frtil (libro nico) Libro de registro de gestantes (libro nico) Cuaderno de citas Carn de citas Rotafolios y poster educativos Cartilla de alimentacin de la gestante Soleras de plstico de 1.5 x 1 m. Batas para examen Toalla de mano Mandiles Camilla para examen mdico Escalinata de dos peldaos Biombo metlico de dos cuerpos Mesa escritorio con cajones Sillas Negatoscopio de 2 campos Tensimetro aneroide adulto - peditrico Estetoscopio adulto - peditrico Consulta externa medicina adulto/nio Vitrina para material mdico de dos cuerpos Pantoscopio Recetarios Baja lenguas Linterna para examen mdico Martillo para reflejos Papel toalla Jabn lquido Amalgamador Destartarizador ultrasnico Autoclave elctrica 15 lit. Consultorio de odontologa Unidad dental completa Set instrumental para exodoncia Set instrumental de diagnstico odontolgico Set instrumental de ciruga dentalDireccin Ejecutiva de Salud de las Personas Direccin de Servicios de Salud

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Directiva Administrativa: Requisitos y procedimientos administrativos para el proceso de categorizacin y recategorizacin de los establecimientos de salud y servicios mdicos de apoyo, pblicos y privados, en la Direccin de Salud II Lima Sur.

EQUIPAMIENTO E INSUMOS MNIMO POR UPS (continuacin)UNIDAD PRODUCTORA DE SERVICIO - UPS Mesa modular Escritorio con cajones Sillas Lmpara de luz halgena Negatoscopio de 1 campo Vitrina dental para material, de dos cuerpos Camilla ginecolgica Lmpara de cuello de ganso Mesa de curaciones Escalinata de dos peldaos Mesa metlica rodable tipo Mayo Aspirador de secreciones sobremesa Taburete giratorio rodable Cialtica porttil Porta balde metlico rodable con balde de acero inoxidable Porta suero metlico rodable Cuna de calor radiante para atencin del recin nacido Balanza mecnica peditrica de sobremesa Estufa de calefaccin de ambiente Cilindro de oxigeno medicinal 3.4 m3, con accesorios Sala de preparacin, dilatacin atencin de parto y atencin del recin nacido Resucitador manual peditrico/neonatal Laringoscopio neonatal Estetoscopio adulto Estetoscopio neonatal Tensimetro aneroide peditrico Set instrumental para atencin del parto Set instrumental para episiotoma Set instrumental para revisin de cuello uterino Set instrumental para legrado puerperal Cuna acrlica rodable para recin nacidos Vitrina para instrumental de dos cuerpos Incubadora de transporte Oxmetro de pulso, porttil Cuna metlica rodable Aspirador de secreciones Tina Incubadora estndar Laringoscopio neonatal EQUIPAMIENTO

Consultorio de odontologa (continuacin)

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Directiva Administrativa: Requisitos y procedimientos administrativos para el proceso de categorizacin y recategorizacin de los establecimientos de salud y servicios mdicos de apoyo, pblicos y privados, en la Direccin de Salud II Lima Sur.

EQUIPAMIENTO E INSUMOS MNIMO POR UPS (continuacin)UNIDAD PRODUCTORA DE SERVICIO - UPS Mesa de operaciones Mquina de anestesia Aspirador de secreciones rodantes Cialtica de techo Porta sueros rodable Mesa para anestesia Vitrina para instrumental Mesa curva tipo mayo Negatoscopio de dos cuerpos Cilindro de oxgeno Taburete giratorio rodable Sala de operaciones Pota balde rodable con balde Porta lavatorio con lavatorios metlicos Escalinata de dos peldaos Monitor de 5 parmetros Desfibrilador porttil Set de intervenciones de ciruga menor Set para legrados Set para cesreas Set de laparotoma Laringoscopio Resucitador manual adulto Resucitador neonatal - peditrico Microscopio binocular estndar Centrifuga universal de tubos Patologa clnica (laboratorio) Centrifuga para microhematocrito Contador diferencial de clulas sanguneas Refrigeradora, con termmetro Bao mara de 10 - 15 Lit. Cama clnica Porta sueros rodable Papelera Ambiente de observacin/reposo Biombo metlico de dos cuerpos Escalinata de dos peldaos Chata Papagayo EQUIPAMIENTO

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Directiva Administrativa: Requisitos y procedimientos administrativos para el proceso de categorizacin y recategorizacin de los establecimientos de salud y servicios mdicos de apoyo, pblicos y privados, en la Direccin de Salud II Lima Sur.

EQUIPAMIENTO E INSUMOS MNIMO POR UPS (continuacin)

UNIDAD PRODUCTORA DE SERVICIO - UPS Escritorio Mueble alto con puerta Farmacia / Botiqun

EQUIPAMIENTO

Estante con ngulo ranurados Silla giratoria Computadora con impresora Escalinata de tres peldaos Refrigeradora Congeladora Termo porta vacunas Micrfono y parlante Mesa de trabajo Soporte para rota folios Camilla de transporte Ambulancia Grupo electrgeno de 8 KVA Equipo de radiocomunicaciones Tanque elevado Electrobomba o equipo hidroneumtico

Cadena de fro

Otros

Los requerimientos se establecen de acuerdo a la categora y/o tipo de servicio, las mismas que deben correlacionarse con las normas tcnicas que se detallan a continuacin y otras que por la naturaleza del servicio a ofertar, sean aprobadas por el nivel central: RM N 588-2005/MINSA: Listado de equipos biomdicos bsicos para establecimientos de salud; RM N 970 2005/MINSA: Norma tcnica de salud para proyectos de arquitectura, equipamiento y mobiliario de establecimientos de salud del primer nivel de atencin; Estndar de infraestructura y equipamiento del primer nivel de atencin

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