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LEY 5 DE JUNIO LEY GENERAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ATENCIÓN, CUIDADO Y DESARROLLO INTEGRAL INFANTIL. Es una Ley que regula la actuación de la federación, los estados, los municipios y los sectores privado y social en el funcionamiento de los centros de atención infantil, estableciendo que cualquier disposición relativa a estos servicios estará sujeta a la presente Ley. ¿Qué es un Centro de Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil? Son lugares en lo que se prestan servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil en el marco de un ejercicio pleno de los derechos de niñas y niños a partir de los cuarenta y tres días de nacidos. En los Centros de Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil deben garantizarse el cumplimiento de los Derechos de las Niñas y los Niños a: • Un entorno seguro. • Protección contra los malos tratos, los abusos y la discriminación. • Cuidado para un desarrollo físico y psicológico adecuado a su edad. • Cuidado de la salud preventiva y curativa. • Educación acorde a la edad. • Alimentación. • Juego y recreación. • Atención de calidad y con calidez a través de personal capacitado y suficiente. • Su participación en la toma de decisiones que les competan, conside- rando sus necesidades y desarrollo. www.movimiento5dejunio.org Búscanos en Facebook y Twitter como Movimiento 5 de Junio

Diptíco ley 5 de junio Movimiento 5 de junio

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LEY GENERAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ATENCIÓN, CUIDADO Y DESARROLLO INTEGRAL INFANTIL, MEJOR CONOCIDA COMO LEY 5 DE JUNIO

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Pública Privada Mixta

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LEY 5 DE JU

NIO

LEY GENERAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ATENCIÓN, CUIDADO Y DESARROLLO INTEGRAL INFANTIL.Es una Ley que regula la actuación de la federación, los estados, los municipios y los sectores privado y social en el funcionamiento de los centros de atención infantil, estableciendo que cualquier disposición relativa a estos servicios estará sujeta a la presente Ley.

¿Qué es un Centro de Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil?

Son lugares en lo que se prestan servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil en el marco de un ejercicio pleno de los derechos de niñas y niños a partir de los cuarenta y tres días de nacidos.

En los Centros de Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil deben garantizarse el cumplimiento de los Derechos de las Niñas y los Niños a:

• Un entorno seguro.

• Protección contra los malos tratos, los abusos y la discriminación.

• Cuidado para un desarrollo físico y psicológico adecuado a su edad.

• Cuidado de la salud preventiva y curativa.

• Educación acorde a la edad.

• Alimentación.

• Juego y recreación.

• Atención de calidad y con calidez a través de personal capacitado y sufi ciente.

• Su participación en la toma de decisiones que les competan, conside- rando sus necesidades y desarrollo.

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¿Cuáles son las diferentes modalidades bajo las cuales puede prestar servicio un Centro de Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil?

• PUBLICA, financiada y operada por cualquier organismo gubernamental de cualquiera de los tres niveles federal, estatal y/o municipal.

• PRIVADA, aquella que es operada y financiada por particulares.

• MIXTA, aquella que para operar, administrarse y financiarse requiere de la participación conjunta de alguna instancia de gobierno y particulares.

¿Qué tipo de actividades y servicios son los que se brindan en estos Centros?

• Protección y seguridad.

• Cuidado de la salud.

• Alimentación adecuada y nutritiva.

• Descanso, juego y diversión adecuada a su edad.

• Información para las madres, padres y tutores para el mejoramiento de la crianza de niñas y niños.

La Ley obliga a que los Centros de Atención, Cuidado y Desarrollo Integral In-fantil en cualquiera de sus modalidades, implementen programas apropiados de educación y seguridad y, a que estén sujetas a supervisiones y verificaciones de manera periódica.

En materia de seguridad, entre otros aspectos, deberán contar con:

• Un Programa Interno de Protección Civil, aprobado y evaluado de manera periódica por la autoridad correspondiente, sea estatal o municipal, en mate- ria de Protección Civil.

• Apoyo para su desarrollo biológico, cognoscitivo, psicomotriz y socio-afectivo.

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• Salidas de emergencia, rutas de evacuación, alarmas y pasillos de circu- lación, equipo contra incendios, señalizaciones.

• Extintores y detectores de humo colocados en lugares despejados de obs- táculos que impidan o dificulten su uso y estar debidamente señalizados para permitir su rápida localización.

• Espacios de almacenamiento de sustancias tóxicas o peligrosas alejados del alcance de niñas y niños.

• Sistema de cableado eléctrico, instalaciones de gas, ventilación y enfria- miento en buenas condiciones y con mantenimiento regular.

• Inspecciones internas en materia de seguridad al menos una vez al mes.

• Al menos cada dos meses, realizar un simulacro.

• Que el personal esté debidamente capacitado para actuar en caso de una emergencia.

En materia del desarrollo del programa educativo y la formación del per-sonal, la Ley obliga a:

• Que las personas que prestan sus servicios en los Centros cuenten con formación, capacitación y actualización permanentes en materia de compe- tencias.

• Y a que dicho personal se someta a diferentes exámenes que tengan como finalidad garantizar la seguridad, la salud y la integridad de las niñas y niños asistentes al Centro.

En materia de supervisiones y verificaciones a los Centros, la Ley establece que serán las autoridades competentes designadas por las legislaciones locales las que realizarán visitas de verificación por lo menos cada seis meses e imple-mentarán, a través de un Consejo encabezado por la Secretaría de Salud, un Programa Integral de Supervisión, Acompañamiento, Monitoreo y Evaluación del funcionamiento de los Centros.

Si en las verificaciones se detectan anomalías que pongan en riesgo la inte-gridad de niñas y niños, la Ley establece desde recomendaciones escritas con plazos determinados para tomar las medidas correctivas correspondientes, hasta multas o la suspensión temporal o total y revocación de la autorización para la operación del Centro que no cumpla con las recomendaciones respec-tivas. La Ley 5 de junio establece que es un derecho del padre, madre o tutor de una niña o un niño que asiste a un Centro de Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil el reportar cualquier irregularidad o incumplimiento a la nor-matividad o factor que pueda constituir un riesgo en el mismo.

El texto completo de la Ley lo puedes descargar en: http://www.movimiento5dejunio.org/abc/wp-content/uploads/2012/05/PUBLICACION-DE-LEY-5-DE-JUNIO-EN-DOF-24-OCT.2011.pdf

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Algunas preguntas que debes hacerte para saber si están garantizadas la educación, salud y seguridad de tus hijas o hijos, en el Centro al que asisten:

La modalidad del Centro de Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil al que asiste tu hija o hijo es:

¿Cuántas niñas y niños hay en la sala donde está tu hijo e hija?

¿Cuántas maestras y/o maestros los atienden?

¿Te parece suficiente el número de maestras para el número de niñas y niños que hay en la sala?

¿Conoces al médico responsable del Centro?

¿Conoces el programa educativo que se implementa en la sala donde está tu hija o hijo?

¿Consideras que favorece el desarrollo de tu hija o hijo ?

¿Cómo calificarías la alimentación proporcionada en el Centro?

El Centro de Atención, Cuidado y Desarrollo Integral cuenta con un Programa Interno de Protección Civil:

¿Te han informado que el personal del Centro ha tomado cursos de capacita-ción en materia de Protección Civil?

¿Cuándo fue la última vez que te informaron que el Centro fue supervisado por personal de Protección Civil?

¿Son conocidos por padres y madres del Centro los resultados de estas visitas?

¿Consideras que las instalaciones del Centro son seguras?

¿El centro cuenta con equipamiento contra incendios como detectores de humo y extinguidores?

¿Las salidas de emergencia están señaladas y libres de obstáculos para abrirse en caso de ser requeridas?

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Si No ¿Por qué?

Si No ¿Por qué?

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Si No ¿Por qué?

Buena Mala Regular ¿Por qué?

Si No

Si No

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Si No

Si No ¿Por qué?

Si No ¿Por qué?

Si No ¿Por qué?

El cuidado de niñas y niños en los Centros de Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, son un Derecho; vigilar que estos sean seguros y que cumplan con la Ley, son también nuestro Derecho.Para la reproducción de este material se contó con el apoyo del Ayuntamiento de Eibar, España. A través de la fundación Ayuda en Acción, México.