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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012.
DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro
Diario oficial
S U M a r i o
1rEPUBlica DE El SalVaDor EN la aMErica cENTral
TOMO Nº 395 SAN SALVADOR, JuEVES 14 DE JuNIO DE 2012 NuMERO 109
-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: [email protected]
Pág.
5-19
20
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Pág.
34-35
35-37
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40-42
ORGANO LEGISLATIVO
Acuerdos Nos. 1991, 1997, 1998, 1999, 2002, 2012, 2013,
2015, 2018, 2021, 2022, 2023, 2033, 2034 y 2038.- Se llama a
Diputados Suplentes para que concurran a formar asamblea. ...
Acuerdo No. 2037.- Se deja sin efecto el Acuerdo Legislativo
No. 2020, de fecha 22 de marzo de 2012, referente a llamamiento
a conformar asamblea. ...............................................................
ORGANO EJECuTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Ramo de Relaciones exteRioRes
Acuerdo No. 18.- Se modifica el numeral 3 del Acuerdo
Ejecutivo No. 3, de fecha 20 de enero de 2012. ........................
Acuerdos Nos. 19, 23 y 24.- Se aumentan clasificadores
de ingresos del Presupuesto Extraordinario para Reactivación
Económica. .................................................................................
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN
Ramo de GobeRnación
Estatutos de la Iglesia Cristiana Evangélica “El Remanente
de Cristo” y Acuerdo Ejecutivo No. 135, aprobándolos y
confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ...........................
MINISTERIO DE HACIENDA
Ramo de Hacienda
Acuerdo No. 752.- Se modifica el Acuerdo Ejecutivo No. 712, de fecha 7 de julio de 2011, del Fondo de Actividades Especiales de la Secretaría de Cultura de la Presidencia. ..........
MINISTERIO DE EDuCACIÓN
Ramo de educación
Acuerdos Nos. 15-0304, 15-0306 y 15-0522.- Reconocimiento de estudios académicos. ..................................
Acuerdo No. 15-0346.- Se autoriza ampliación de servicios educativos en el Colegio Cristiano El Salvador, ubicado en el municipio de San Salvador. .......................................................
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL
Ramo de la defensa nacional
Acuerdos Nos. 67 y 68.- Se otorgan condecoraciones militares. .....................................................................................
Acuerdo No. 69.- Se nombra integrante de la Comisión de Revisión e Interpretación de las Instrucciones Emanadas por el señor Presidente de la República, el 16 de enero de 2012, en El Mozote, jurisdicción de Meanguera. ..........................................
ORGANO JuDICIAL
CORTE SupREMA DE JuSTICIA
Acuerdos Nos. 253-D, 277-D, 323-D, 348-D, 354-D, 371-D, 416-D, 424-D, 447-D, 460-D, 466-D y 469-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ..................
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INSTITuCIONES AuTONOMAS
ALCALDíAS MuNICIpALES
Decreto No. 1.- Ordenanza Transitoria de Amnistía
Tributaria y no Tributaria para la Exoneración de los Intereses
y Multas Producto de las Tasas, Impuestos y Contribuciones
Especiales Municipales de Soyapango. .....................................
Decreto No. 14.- Ordenanza para la Protección Arbórea
y el Desarrollo de Nuevo Cuscatlán en Armonía con el Medio
Ambiente. ...................................................................................
Decreto No. 15.- Reforma a la Ordenanza Reguladora de
Tasas y Servicios Municipales de Nuevo Cuscatlán. .................
Estatutos de la Asociación Juvenil Apopense Monseñor
Oscar Arnulfo Romero y Acuerdo No. 3, emitido por la Alcaldía
Municipal de Apopa, aprobándolos y confiriéndoles el carácter
de persona jurídica. ....................................................................
SECCION CARTELES OFICIALES
DE pRIMERA puBLICACION
Declaratoria de Herencia
Cartel No. 608.- María Eulalia Flores viuda de Quinteros
(1 vez) ........................................................................................
Cartel No. 609.- Maximina Rivera viuda de Hernández
(1 vez) ........................................................................................
Cartel No. 610.- Francisca Arévalo y Otros (1 vez) .........
aceptación de Herencia
Cartel No. 611.- Paula Reinosa viuda de Avalos y Otros
(3 v. alt.) .....................................................................................
Cartel No. 612.- José Antonio Chávez Orellana y Otros
(3 v. alt.) .....................................................................................
Cartel No. 613.- María Celestina Quinteros de Callejas y
Otra (3 v. alt.) .............................................................................
Cartel No. 614.- María Inés Arias (3 v. alt.) .....................
Cartel No. 615.- María Juana Laínez García (3 v. alt.) .....
Cartel No. 616.- Marta Elisa Jurado de Caballero (3 v.
alt.) ...........................................................................................
Títulos de Propiedad
Cartel No. 617.- Estado de El Salvador, en el Ramo de
Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano
(3 v. alt.) .....................................................................................
Cartel No. 618.- Estado de El Salvador, en el Ramo de
Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano
(3 v. alt.) .....................................................................................
aviso de inscripción
Cartel No. 619.- Asoc. Coop. de Producción Agropecuaria
Mensajeros de Paz de R.L. ACOMEPAZ DE R.L. (1 vez) .......
Cartel No. 620.- Asoc. Coop. de Producción Agropecuaria
y Servicios Múltiples Villas del Mar de R.L. ACOPASEMVIM
DE R.L. (1 vez) ..........................................................................
Juicio de ausencia
Cartel No. 621.- María Lili Solís de Grimaldi (1 vez) ......
Edicto de Emplazamiento
Cartel No. 622.- Arturo Benjamín Guevara Reyes
(1 vez). .......................................................................................
DE SEGuNDA puBLICACION
aceptación de Herencia
Cartel No. 640.- Ingrid Elizabeth Amaya Hernández y Otros
(3 v. alt.) .....................................................................................
Títulos de Propiedad
Cartel No. 593.- María Claudia García Hernández (3 v.
alt.) ...........................................................................................
Títulos de Dominio
Cartel No. 594.- Luis Enrique Berríos Monteagudo (3 v.
alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 595.- José Santos Salmerón Martínez (3 v.
alt.) ...........................................................................................
DE TERCERA puBLICACION
aceptación de Herencia
Cartel No. 581.- Carlos Alexander Jovel Alfaro (3 v. alt.). ...........................................................................................
Subasta Pública
Cartel No. 585.- José Rosa Pérez Ortiz (3 v. alt.) .............
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106
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113
114-120
120-121
121-122
122-123
123-124
125-126
SECCION CARTELES pAGADOS
DE pRIMERA puBLICACION
Declaratoria de Herencia
Carteles Nos. C002109, C002119, F041721, F041728,
F041742, F041760, F041795, F041798, F041800, F041804,
F041822, F041843, F041847, F041881, F041890, F041898,
F041913 .....................................................................................
aceptación de Herencia
Carteles Nos. F041733, F041741, F041754, F041763,
F041780, F041782, F041826, F041891, F041892, F041901,
F041905, F041922, C002111, C002112, C002115, F041720,
F041762, F041790, F041799, F041855, F041856, F041858,
F041879, F041883, F041912 .....................................................
Título Supletorio
Carteles Nos. C002114, C002116, F041767, F041769,
F041771, F041857 .....................................................................
renovación de Marcas
Carteles Nos. F041803, F041805, F041806, F041807,
F041808, F041810, F041830, F041831, F041832, F041834,
F041835, F041837, F041839, F041840, F041842, F041844,
F041846, F041848, F041850, F041866, F041867 ....................
Señal de Publicidad comercial
Cartel No. F041784 ...........................................................
convocatorias
Cartel No. F041916 ...........................................................
Subasta Pública
Carteles Nos. F041732, F041865 ......................................
Reposición de Certificados
Carteles Nos. F041765, F041772, F041777, F041778,
F041897 .....................................................................................
aumento de capital
Cartel No. F041735 ...........................................................
aviso de cobro
Cartel No. F041893 ...........................................................
Marca industrial
Carteles Nos. F041811, F041815, F041816, F041818,
F041819, F041821, F041823, F041825, F041828, F041829 ....
Edicto de Emplazamiento
Cartel No. F041731 ...........................................................
Marca de Servicio
Carteles Nos. C002117, F041813 .....................................
Marca de Producto
Cartel No. F041827 ...........................................................
DE SEGuNDA puBLICACION
aceptación de Herencia
Carteles Nos. C002047, F041310, F041320, F041323,
F041324, F041325, F041326, F041341, F041352, F041362,
F041378, F041379, F041395, F041414, F041456, F041457,
F041474, F041476 .....................................................................
Título de Propiedad
Carteles Nos. C002046, F041292, F041293, F041453 .....
Título Supletorio
Cartel No. F041440 ...........................................................
Título de Dominio
Carteles Nos. F041308, F041327, F041410 .....................
renovación de Marcas
Carteles Nos. C002049, C002050, F041462.....................
Marca de fábrica
Carteles Nos. C000933, C002048, C008522, F041321,
F041461 .....................................................................................
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167
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168
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convocatorias
Carteles Nos. C002037, F041309 .....................................
Subasta Pública
Carteles Nos. C002044, C002045, F041294, F041295,
F041336, F041337, F041421 .....................................................
Reposición de Certificados
Carteles Nos. F041344, F041426, F041451 .....................
Título Municipal
Cartel No. F034520 ...........................................................
Marca de Servicio
Carteles Nos. F041387, F041390, F041391, F041394 .....
Marca de Productos
Carteles Nos. C002042, F041377, F041388, F041393,
F041405 .....................................................................................
DE TERCERA puBLICACION
aceptación de Herencia
Carteles Nos. C001935, C001936, C001939, C001948,
C001949, F040896, F040911, F040915, F040924, F040988,
F041005 .....................................................................................
Título de Propiedad
Carteles Nos. C001833, F040920 .....................................
Título Supletorio
Carteles Nos. C001938, F040901, F040902, F040904 .....
renovación de Marcas
Carteles Nos. C001940, C001941, C001942, C001944,
C001961, C001962, C001963, C001964, C001965, C001966,
C001967, C001968, C001969, C001970, C001971, C001972,
C001973, C001977, C001978, C001979, C001980, C001981,
C001982, C001983, C001984, C001985, C001986, C001987,
C001999, C002000 ....................................................................
Marca de fábrica
Carteles Nos. C001989, C001990, C001991, C001993,
C001994, C001996, F040872, F040873, F040958, F040959 ...
Nombre comercial
Cartel No. C001992 ..........................................................
Señal de Publicidad comercial
Cartel No. F040883 ...........................................................
convocatorias
Carteles Nos. C001947, C002036 .....................................
Subasta Pública
Carteles Nos. C001950, C001955, C001958, C001959 ...
Reposición de Certificados
Carteles Nos. C001998, F040939, F040969, F041000 .....
Balances de liquidación
Cartel No. C001954 ..........................................................
Emblemas
Cartel No. C001937 ..........................................................
Marca de Servicio
Cartel No. C001951 ..........................................................
reposición de Póliza de Seguro
Cartel No. C001988 ..........................................................
Marca de Producto
Cartel No. F041021 ...........................................................
SECCION DOCuMENTOS OFICIALES
MINISTERIO DE EDuCACIÓN
Resoluciones Nos. 10, 22, 132, 150, 203, 336, 350, 391, 416,
437, 462, 467, 478, 480, 481, 483, 495, 507 y 520.- Reposiciones
de títulos. ....................................................................................
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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012.
acUErDo No. 1991.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado MARIO MARROQUÍN, se le ha designado en Misión
Oficial, en período comprendido del 10 al 14 de febrero de 2012; según Acuerdo de Junta Directiva No. 4589, de fecha 25 de enero de 2012; y de
conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar al Diputado
Suplente MARCOS FRANCISCO SALAZAR, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo
pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de
esta Asamblea, incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo
de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
VACANTE SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
SÉPTIMO SECRETARIO
ORGANO LEGISLATIVO
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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395acUErDo No. 1997.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA, se le ha designado en
Misión Oficial, en período comprendido del 26 al 29 de febrero de 2012; según Acuerdo de Junta Directiva No. 4628, de fecha 7 de febrero de 2012;
y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar al Diputado
Suplente CÉSAR HUMBERTO SOLÓRZANO, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo
pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de
esta Asamblea, incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo
de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los quince días del mes de febrero del año dos mil doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
VACANTE SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
SÉPTIMO SECRETARIO
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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. acUErDo No. 1998.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA, se le ha desig-
nado en Misión Oficial, en período comprendido del 26 al 29 de febrero de 2012; según Acuerdo de Junta Directiva No. 4628, de fecha 7 de febrero
de 2012; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar
al Diputado Suplente JOSÉ VIDAL CARRILLO DELGADO, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba mencionado,
debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional
de esta Asamblea, incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo
de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los quince días del mes de febrero del año dos mil doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
VACANTE SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
SÉPTIMO SECRETARIO
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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395acUErDo No. 1999.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado LUIS ROBERTO ANGULO SAMAYOA, se le ha
concedido licencia, por motivos de salud, en período comprendido del 15 al 29 de febrero de 2012; según Acuerdo de Junta Directiva No. 4657, de
fecha 15 de febrero de 2012; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea,
ACUERDA: Llamar al Diputado Suplente ALEXANDER HIGINIO MELCHOR LÓPEZ, del 16 al 29 de febrero del corriente año, para que concurra
a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva
de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea, incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado
Propietario a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUE-
SE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los quince días del mes de febrero del año dos mil doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
VACANTE SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
SÉPTIMO SECRETARIO
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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012.
acUErDo No. 2002.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado GASPAR ARMANDO PORTILLO BENÍTEZ, se le
ha designado en Misión Oficial, en período comprendido del 26 al 29 de febrero de 2012; según Acuerdo de Junta Directiva No. 4698, de fecha 22 de
febrero de 2012; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA:
Llamar al Diputado Suplente GERMÁN GREGORIO LINARES HERNÁNDEZ, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado
arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la
Tesorería Institucional de esta Asamblea, incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a
que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintidós días del mes de febrero del año dos mil doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
VACANTE SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
SÉPTIMO SECRETARIO
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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395acUErDo No. 2012.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado SIGFRIDO REYES MORALES, se le ha designado
en Misión Oficial, en el período comprendido del 27 de febrero al 3 de marzo de 2012; según Acuerdos de Junta Directiva Nos. 4592 y 4644, de
fechas 25 de enero y 15 de febrero de 2012; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta
Asamblea, ACUERDA: Llamar a la Diputada Suplente IRIS MARISOL GUERRA, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado
arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la
Tesorería Institucional de esta Asamblea, incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a
que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintinueve días del mes de febrero del año dos mil
doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
VACANTE SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
SÉPTIMO SECRETARIO
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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. acUErDo No. 2013.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado RUBÉN ORELLANA, se le ha concedido licencia por
motivos de salud, en período comprendido del 1 de febrero al 31 de marzo de 2012; según Acuerdo de Junta Directiva No. 4634, de fecha 7 de febrero
de 2012; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar al
Diputado Suplente OMAR ARTURO ESCOBAR OVIEDO, del 16 de febrero al 5 marzo del corriente año, para que concurra a formar Asamblea en
sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios
vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea, incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien
sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintinueve días del mes de febrero del año dos mil doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
VACANTE SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
SÉPTIMO SECRETARIO
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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395
acUErDo No. 2015.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado RUBÉN ORELLANA, se le ha concedido licencia por
motivos de salud, en período comprendido del 1 de febrero al 31 de marzo de 2012; según Acuerdo de Junta Directiva No. 4634, de fecha 7 de febrero
de 2012; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar al
Diputado Suplente CÉSAR HUMBERTO SOLÓRZANO, del 6 al 20 de marzo del corriente año, para que concurra a formar Asamblea en sustitución
del Diputado arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente,
por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea, incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye,
salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los seis días del mes de marzo del año dos mil doce.
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PRESIDENTE
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
VACANTE SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
SÉPTIMO SECRETARIO
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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. acUErDo No. 2018.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado RUBÉN ORELLANA, se le ha concedido licencia
por motivos de salud, en período comprendido del 1 de febrero al 31 de marzo de 2012,; según Acuerdo de Junta Directiva No. 4634, de fecha 7 de
febrero de 2012; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA:
Llamar al Diputado Suplente ALEXANDER HIGINIO MELCHOR, del 21 al 31 de marzo del corriente año, para que concurra a formar Asamblea en
sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios
vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea, incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien
sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce.
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CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
VACANTE SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395acUErDo No. 2021.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que a la Diputada IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ, se le ha
designado en Misión Oficial, en el período comprendido, del 25 al 28 de marzo de 2012; según Acuerdo de Junta Directiva No. 4699, de fecha 22 de
febrero de 2012; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA:
Llamar al Diputado Suplente SAÚL ANSELMO MÉNDEZ, para que concurra a formar Asamblea en sustitución de la Diputada arriba mencionada,
debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional
de esta Asamblea, incorporándose a las comisiones a que pertenece la Diputada Propietaria a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo
de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce.
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CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
VACANTE SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. acUErDo No. 2022.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado RICARDO BLADIMIR GONZÁLEZ, se le ha designado
en Misión Oficial, en el período comprendido del 25 al 31 de marzo de 2012; según Acuerdo de Junta Directiva No. 4771, de fecha 15 de marzo de
2012; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar a
la Diputada Suplente IRIS MARISOL GUERRA, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo
pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de
esta Asamblea, incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo
de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
VACANTE SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395acUErDo No. 2023.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO, se le ha
designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 25 al 31 de marzo de 2012; según Acuerdo de Junta Directiva No. 4738, de fecha 29 de
febrero de 2012; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA:
Llamar al Diputado Suplente MAURICIO ERNESTO RODRÍGUEZ, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba men-
cionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería
Institucional de esta Asamblea, incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere
el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
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CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
VACANTE SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. acUErDo No. 2033.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ,
se le ha designado en Misión Oficial, en el período comprendido del 25 al 31 de marzo de 2012; según Acuerdo de Junta Directiva No. 4738, de
fecha 29 de febrero de 2012; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea,
ACUERDA: Llamar al Diputado Suplente JOSÉ ARMANDO GRANDE PEÑA, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado
arriba mencionado, debiendo pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la
Tesorería Institucional de esta Asamblea, incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a
que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
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CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
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LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
VACANTE SEXTA SECRETARIA
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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395acUErDo No. 2034.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA, se le ha designado en
Misión Oficial, en el período comprendido del 26 de marzo al 2 de abril de 2012; según Acuerdo de Junta Directiva No. 4798, de fecha 21 de marzo
de 2012; y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar
al Diputado Suplente JOSÉ VIDAL CARRILLO, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo
pagársele en el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de
esta Asamblea, incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo
de Junta Directiva No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
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CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
VACANTE SEXTA SECRETARIA
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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. acUErDo No. 2038.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, en atención a que al Diputado RAFAEL EDUARDO PAZ VELIZ, se le ha designado
en Misión Oficial, en el período comprendido del 16 al 18 de abril de 2012; según Acuerdo de Junta Directiva No. 4748 de fecha 6 de marzo de 2012;
y de conformidad con el Art. 131, ordinal 4o. de la Constitución y Art. 21 del Reglamento Interior de esta Asamblea, ACUERDA: Llamar al Diputado
Suplente ERICK ERNESTO CAMPOS, para que concurra a formar Asamblea en sustitución del Diputado arriba mencionado, debiendo pagársele en
el referido período el sueldo que señala la partida respectiva de la Ley de Salarios vigente, por medio de la Tesorería Institucional de esta Asamblea,
incorporándose a las comisiones a que pertenece el Diputado Propietario a quien sustituye, salvo el caso a que se refiere el Acuerdo de Junta Directiva
No. 3765, de fecha 15 de octubre del 2008.- COMUNÍQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
VACANTE SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395acUErDo No. 2037.
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, ACUERDA: Dejar sin efecto el Acuerdo Legislativo No. 2020, de fecha 22 de marzo
de 2012, por medio del cual se llamó a conformar Asamblea a la Diputada Suplente ANA SILVIA ROMERO VARGAS, del 25 al 31 de marzo de
2012; en sustitución de la Diputada JACKELINE NOEMI RIVERA AVALOS, en atención a que según Acuerdo de Junta Directiva No. 4830, de
fecha 28 de marzo de 2012, se dejó sin efecto, a petición de la Diputada Jackeline Rivera, su participación en la Misión Oficial, en el período antes
mencionado.- COMUNIQUESE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
QUINTA SECRETARIA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
VACANTE SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
SÉPTIMO SECRETARIO
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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012.
acUErDo EJEcUTiVo No. 18-2012
SETEfE – PErE.
Antiguo Cuscatlán, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil doce.
EL ÓRGANO EJECUTIVO, en el ramo de relaciones exteriores,
coNSiDEraNDo:
I) El Acuerdo Ejecutivo No. 03-2012 SETEFE-PERE, de fecha 20 de enero del año 2012, en virtud del cual se realizó el Cargo, Descargo y
Liquidación de CIEN MIL 00/100 DÓLARES para la ejecución del proyecto denominado: "Reconstrucción Infraestructura del Banco de
Leche Humana", Código Contable No. 2563;
II) La necesidad de modificar el numeral 3 en lo relativo a la operación presupuestaria de cargo, la cual reza de la siguiente forma: Aplicar a la
Unidad Presupuestaria 56 denominada: Proyectos Prioritarios Diversos para el Desarrollo Económico y Social del País, Línea de Trabajo
74 denominada: "Atención a la Población y Rehabilitación de Zonas Afectadas por Desastres Naturales", Fuente de Financiamiento 02-Re-
cursos Propios al Proyecto denominado: "Reconstrucción Infraestructura del Banco de Leche Humana", Código Contable No. 2563.
Por TaNTo coN BaSE EN:
I) Las Disposiciones Específicas del Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica, aprobado mediante el Decreto No. 206 de
fecha 29 de abril de 1983, publicado en el Diario Oficial No. 80, Tomo No. 279 del 2 de mayo de 1983;
acUErDa:
1. Modificar el numeral 3 por: Aplicar a la Unidad Presupuestaria 55 denominada: Asistencia Humanitaria, Línea de Trabajo 12 denominada:
"Banco de Leche", Fuente de Financiamiento 02-Recursos Propios al Proyecto denominado: "Reconstrucción Infraestructura del Banco de
Leche Humana", Código Contable No. 2563, quedando el siguiente cifrado presupuestario: 00-0800-03-055-12-22.
COMUNÍQUESE. El Ministro de Relaciones Exteriores, HUGO ROGER MARTINEZ BONILLA.
ORGANO EJECuTIVOMinisterio de relaciones exteriores
RAMO DE RELACIONES EXTERIORES
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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395acUErDo EJEcUTiVo No. 19-2012
SETEfE-PErE
Antiguo Cuscatlán, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil doce.
EL ÓRGANO EJECUTIVO, en el ramo de relaciones exteriores,
coNSiDEraNDo:
I) Que según Acuerdo Ejecutivo No, 14-2012 del trece de marzo del año dos mil doce, emitido en el Ramo de Relaciones Exteriores, se
ha incorporado al Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica (PERE), en la fuente de financiamiento Donación China
2010-2014, el valor de TRECE MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO 23/100 DÓLARES
(EUA$13,808,338.23).
II) Que el día treinta de marzo del presente año, el Señor Embajador Jaime, H.T. Chen, en nombre y representación del Gobierno de la República
de China (Taiwán), hizo entrega al Ministerio de Relaciones Exteriores de un fondo por un monto QUINIENTOS MIL DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $ 500,000.00), como primer desembolso para contribuir al proyecto denominado "Fortale-
cimiento y Modernización Institucional de la Cancillería 2012-2014", Código Contable No. 2567, los cuales se incorporan al Presupuesto
Extraordinario para Reactivación Económica (PERE), con el presente Acuerdo Ejecutivo, bajo la Fuente de Financiamiento Donación
China 2010-2014;
III) Que con los fondos relacionados en el Considerando I) y II) , el total incorporado en el Presupuesto Extraordinario para Reactivación
Económica, en la Fuente de Financiamiento Donación de la República de China (Taiwán) 2010-2014, asciende a la cantidad de CATORCE
MILLONES TRESCIENTOS OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO 23/100 DÓLARES (EUA$14,308,338.23).
Por TaNTo coN BaSE EN:
1) El Artículo 6 de las Disposiciones Específicas del Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica, aprobado mediante el Decreto
No. 206 de fecha 29 de abril de 1983, publicado en el Diario Oficial No. 80, Tomo No. 279 del 2 de mayo de 1983, se dan por reforzadas
legalmente las asignaciones de dicho Presupuesto Extraordinario, con las cantidades que se perciban en exceso de lo estimado en las res-
pectivas fuentes de ingreso.
2) El Artículo 3 del Decreto Legislativo No. 559 de fecha 21 de diciembre de 1995, publicado en el Diario Oficial No. 239, Tomo No. 329
de fecha 23 de diciembre del mismo año, se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores para asumir las facultades, obligaciones y
compromisos que hubiere adquirido a la fecha el Ministerio de Coordinación del Desarrollo Económico y Social.
3) La Ley de Integración Monetaria, aprobada mediante el Decreto No. 201 de fecha 30 de noviembre de 2000, publicado en el Diario Oficial
No. 241, Tomo No. 349 del 22 de diciembre de 2000, el dólar tendrá curso legal irrestricto con poder ilimitado para el pago de obligaciones
en dinero en el territorio nacional.
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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. acUErDa:
1. Aumentar en el Nivel de Agrupación del Clasificador de Ingresos Corrientes, en el Rubro No. 22 Transferencias de Capital, Cuenta No.
224 Transferencias de Capital del Sector Externo, Objeto Específico No. 22403 de Gobiernos y Organismos Gubernamentales, la cantidad
de QUINIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 500,000.00);
2. Incorporar la siguiente asignación presupuestaria con la cantidad que se indica:
rUBro DE
aSiGNaciÓN QUE SE rEfUErZa aGrUPacioN Valor
coNDUcciÓN aDMiNiSTraTiVa
DEl GoBiErNo
ProYEcToS PrioriTarioS DiVErSoS
Para El DESarrollo EcoNÓMico
Y Social DEl PaÍS
SEcrETaria DE ESTaDo
MiNiSTErio DE rElacioNES
EXTEriorES (SEMrrEE)
00-0800-01-056-33-22 09 $ 500,000.00
APOYO INSTITUCIONAL PARA RELACIONES
EXTERIORES
5 DoNacioNES:
(DoNacioN cHiNa 2010-2014)
"FORTALECIMIENTO Y MODERNIZACIÓN
INSTITUCIONAL DE LA CANCILLERÍA
2012-2014" CODIGO CONTABLE No.2567
TOTAL $500,000.00
COMUNÍQUESE. El Ministro de Relaciones Exteriores, HUGO ROGER MARTINEZ BONILLA.
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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395acUErDo EJEcUTiVo No. 23-2012
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Antiguo Cuscatlán, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil doce.
EL ÓRGANO EJECUTIVO, en el Ramo de Relaciones Exteriores,
coNSiDEraNDo:
I. Que con fecha 17 de agosto de 2005, se suscribió el Canje de Notas entre el Gobierno del Japón y el Gobierno de la República de El Salvador
a través del Ramo de Relaciones Exteriores, con el objeto de contribuir a la promoción del esfuerzo por el ajuste estructural económico del
Gobierno de la República de El Salvador y a la mitigación de las dificultades económicas incluyendo la deuda de la República de El Salvador,
por lo que el Gobierno del Japón efectuó un donativo al Gobierno de la República de El Salvador, denominado "Donación Japonesa para
Adquisición de Bienes Importados 2005" (Non Project 2005) hasta por la suma de QUINIENTOS MILLONES DE YENES JAPONESES
(¥ 500,000,000.00), el cual fue ratificado mediante el Decreto Legislativo No. 864, de fecha 04 de noviembre de 2005, publicado en el
Diario Oficial No. 231, Tomo No. 369 del 12 de diciembre del mismo año;
II. Que del valor relacionado en el Considerando 1), con el Acuerdo Ejecutivo 16-2009, de fecha siete de mayo del año dos mil nueve, se
incorporaron al Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica (PERE), OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETENTA
Y DOS 57/100 DOLARES (EUA $882,072.57), para financiar el proyecto "Remodelación y Equipamiento del Edificio de Especialidades
del Hospital Nacional Rosales";
III. Que del valor relacionado en el Considerando I), con el Acuerdo Ejecutivo 8-2011, de fecha catorce de febrero del año dos mil once, se
incorporaron al Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica (PERE), UN MILLON QUINIENTOS MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 00/100 ($1,500,000.00), para financiar el proyecto denominado "Ampliación del Sistema Automatizado
de Identificación de Huellas Dactilares de la Policía Nacional Civil" Código Contable No. 2533;
IV. Que del valor relacionado en el Considerando I), con el Acuerdo Ejecutivo 40-2011, de fecha catorce de noviembre del año dos mil once,
se incorporaron al Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica (PERE), NOVECIENTOS OCHO MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 00/100 ($908,000,00), para financiar el proyecto denominado "Introducción y Mejoramiento de
Sistemas de Agua Potable en los Municipios de Santa Catarina Masahuat, Departamento de Sonsonate y Sesori en el Departamento de San
Miguel" Código Contable No. 2553, lo cual fue autorizado a través de Nota Verbal referencia ES 152 2011, de fecha 25 de octubre del año
2011, proveniente de la Embajada del Japón;
V. Que del valor relacionado en el Considerando 1), con el Acuerdo Ejecutivo 49-2011, de fecha siete de diciembre del año dos mil once,
se incorporaron al Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica (PERE), UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS
MIL QUINIENTOS TRES DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 96/100 ($1,286,503.96), para financiar el proyecto
denominado "Rehabilitación y Fortalecimiento del Centro de Desarrollo para la Agricultura Familiar en la Región Oriental CEDAF", Có-
digo Contable No. 2557, lo cual fue autorizado a través de Nota Verbal referencia ES 164 2011, de fecha 21 de noviembre del año 2011,
proveniente de la Embajada del Japón;
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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. VI. Que del valor relacionado en el Considerando I), con el Acuerdo Ejecutivo 04-2012, de fecha veinte de enero del año dos mil doce, se
incorporaron al Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica (PERE), CIENTO VEINTE MIL 00/100 DÓLARES (EUA
$120,000.00), para financiar el proyecto denominado "Mejoramiento de Equipos e Instalaciones Educativas de la Academia Nacional de
Seguridad Pública" Código Contable No. 2562, lo cual fue autorizado a través de Nota Verbal referencia ES 003 2012, de fecha 12 de enero
del año 2012, proveniente de la Embajada del Japón;
VII. Que del valor relacionado en el Considerando I), con el Acuerdo Ejecutivo 16-2012, de fecha veinte de marzo del año dos mil doce, se
incorporaron al Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica (PERE), el valor de ONCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA
Y CUATRO 65/100 DÓLARES (EUA $11,854.65), para financiar el proyecto denominado "Rehabilitación de Planta de Acondicionamiento
y Almacenaje de Semilla de Granos Básicos en CENTA para Apoyar la Producción Nacional", Código Contable No. 2566, lo cual fue
autorizado a través de Nota Verbal referencia ES 025 2012 de fecha 23 de febrero del año 2012, proveniente de la Embajada del Japón;
VIII. Que la cuenta aperturada para el manejo de los fondos del Proyecto denominado "Ampliación del Sistema Automatizado de Identificación de
Huellas Dactilares de la Policía Nacional Civil" Código Contable No. 2533, generó intereses, los cuales ascienden a DOS MIL OCHENTA
Y NUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 84/100 ($2,089.84);
IX. Que con fecha 30 de abril del año 2012, a través de nota MRRE/DGCD/UCBNS/JR070/2012, se autorizó reforzar la asignación del Pro-
yecto antes mencionado, con los fondos referidos en el Considerando anterior, incrementando con ello el monto total de la asignación del
mismo a la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS DOS MIL OCHENTA Y NUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA 84/100 ($ 1,502,089.84);
X. Que de los fondos mencionados en el Considerando IX) se incorporan con el presente Acuerdo Ejecutivo, al Presupuesto Extraordinario para
Reactivación Económica (PERE), en concepto de intereses, el valor de DOS MIL OCHENTA Y NUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA 84/100 ($2,089.84);
XI. Que con los recursos relacionados en los Considerandos II), III), IV), V), VI), VII) y X), los fondos incorporados al Presupuesto Extraor-
dinario para Reactivación Económica, en la Fuente de Financiamiento Donación Japonesa para Adquisición de Bienes Importados 2005
(NON PROJECT-2005) ascienden a CUATRO MILLONES SETECIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS VEINTIUNO 02/100 DÓLARES
(EUA $4,710,521.02), de los cuales CUATRO MILLONES SETECIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO 18/100
DÓLARES (EUA $4,708,431.18) provienen de moneda generada del Convenio y DOS MIL OCHENTA Y NUEVE 84/100 DÓLARES,
de intereses generados en la cuenta del proyecto No. 2533.
Por TaNTo coN BaSE EN:
1) Las Disposiciones Específicas del Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica, aprobado mediante el Decreto No. 206 de
fecha 29 de abril de 1983, publicado en el Diario Oficial No. 80, Tomo No. 279 del 2 de mayo de 1983.
2) La Ley de Integración Monetaria, aprobada mediante Decreto No. 201 de fecha 30 de noviembre de 2000, publicado en el Diario Oficial
No. 241, Tomo No. 349 del 22 de diciembre de 2000, el dólar tendrá curso legal irrestricto con poder ilimitado para el pago de obligaciones
en dinero en el territorio nacional.
3) Nota MRRE/DGCD/UCBNS/JR070/2012, de fecha 30 de abril del año 2012, mediante la cual la Dirección General de Cooperación para el
Desarrollo/Secretaría Técnica del Financiamiento Externo aprueba la reprogramación financiera del proyecto Código Contable No. 2533.
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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395acUErDa:
1- Aumentar el Clasificador de Ingresos 22 Transferencias de Capital 224 Transferencias de Capital del Sector Externo, Específico 22403
de Gobiernos Extranjeros, con el valor de DOS MIL OCHENTA Y NUEVE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
84/100 ($2,089.84).
2- Reforzar las siguiente asignación presupuestaria con la cantidad que se indica:
rUBro DE
aSiGNaciÓN QUE SE rEfUErZa aGrUPacioN Valor
aDMiNiSTraciÓN DE JUSTicia Y
SEGUriDaD ciUDaDaNa
ProYEcToS PrioriTarioS DiVErSoS
Para El DESarrollo EcÓNoMico
Y Social DEl PaÍS
MiNiSTErio DE JUSTicia Y
SEGUriDaD PÚBlica
00-0800-02-056-77-22 09 USA $2,089.84
SEGURIDAD PÚBLICA Y EFICACIA POLICIAL
5-DoNacioNES:
(DoNacioN JaPoNESa Para aDQUiSiciÓN
DE BiENES iMPorTaDoS 2005
(NoN ProJET-2005)
"AMPLIACIÓN DEL SISTEMA AUTOMATIZADO
DE IDENTIFICACIÓN DE HUELLAS DÁCTILARES
DE LA POLICIA NACIONAL CIVIL"
CODIGO CONTABLE No. 2533.
ToTal USa $ 2,089.84
COMUNIQUESE. El Ministro de Relaciones Exteriores, HUGO ROGER MARTINEZ BONILLA.
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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. acUErDo EJEcUTiVo No. 24-2012
SETEfE-PErE
Antiguo Cuscatlán, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil doce.
EL ÓRGANO EJECUTIVO, en el Ramo de Relaciones Exteriores,
coNSiDEraNDo:
I) Que con fecha 29 de octubre del año 2008, se suscribió el Convenio Básico de Cooperación, entre el Gobierno de la República de El Sal-
vador y el Reino de España, el cual fue ratificado mediante Decreto Legislativo No.863 de fecha 30 de abril del año 2009, publicado en el
Diario Oficial No.94, Tomo No.383, del 25 de mayo del año 2009;
II) Que la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), ha emitido el Manual de Justificación de Ayudas y
Subvenciones de la AECID. de fecha 20 de octubre del año 2003;
III) Que la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), ha emitido la Resolución No.03000365/3071/09 de
fecha 10 de diciembre del año 2009, relativa a la Subvención para la ejecución del "Programa de Fortalecimiento Institucional para el
Desarrollo", por el valor de CINCO MILLONES 00/100 EUROS(€5,000,000.00);
IV) Que se han recibido recursos, por el valor de CINCO MILLONES 00/100 EUROS(€5,000,000.00), equivalentes a SEIS MILLONES SE-
TECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO 00/100 DÓLARES (EUA$6,778,495.00), los cuales
se han depositado en una cuenta bancaria a nombre de SETEFE/Programa de Fortalecimiento Institucional para el Desarrollo España - El
Salvador, de acuerdo al numeral quinto denominado Depósito, Condiciones de Entrega y Utilización de los Fondos, de la Resolución de
la Subvención relacionada en el considerando III);
V) Que de los fondos mencionados en el Considerando anterior se incorporaron con el Acuerdo Ejecutivo No. 11-2010 de fecha 4 de mayo
del año 2010, al Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica (PERE), el valor de TRES MILLONES CINCUENTA MIL
TRESCIENTOS VEINTICINCO 00/100 DÓLARES (EUA $3,050,325.00);
VI) Que de los fondos mencionados en el Considerando IV) se incorporaron con el Acuerdo Ejecutivo No.14-2010 de fecha 9 de junio del año
2010, al Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica (PERE), el valor de CIENTO TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS
SETENTA 00/100 DÓLARES( EUA $ 135,570.00);
VII) Que de los fondos mencionados en el Considerando IV) se incorporan con el presente Acuerdo Ejecutivo, al Presupuesto Extraordinario
para Reactivación Económica (PERE), el valor de DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS
OCHENTA Y TRES 74/100 DÓLARES (EUA $2,756,883.74);
VIII) Que de los fondos mencionados en el Considerando IV), se incorporaron con el Acuerdo Ejecutivo No. 19-2010, de fecha 27 de julio del
año 2010, al Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica (PERE), el valor de OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL
SETECIENTOS DIECISEIS 26/100 DÓLARES (EUA $835,716.26);
IX) Que de los fondos mencionados en el Considerando IV), se incorporaron con el Acuerdo Ejecutivo No. 24-2011, de fecha veintisiete de
junio del presente año, al Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica (PERE), el valor de NOVENTA Y CUATRO MIL
TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO 17/100 DÓLARES (EUA $94,378.17), en concepto de intereses generados para la ampliación de
asignación para la ejecución del proyecto denominado "Fortalecimiento de la Política y del Mecanismo Nacional de la Mujer", Código
Contable No. 2521";
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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 X) Que de los fondos mencionados en el Considerando IV), se incorporaron con el Acuerdo Ejecutivo No. 43-2011, de fecha 15 de noviembre
del año 2011, al Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica (PERE), los valores de DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y
OCHO 73/100 DÓLARES (EUA $2,368.73) y VEINTISIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA 03/100 DÓLARES (EUA $27,750.03),
en concepto de intereses generados, para la ampliación de las asignaciones para la ejecución de los proyectos denominados "Manejo In-
tegrado de Ecosistemas Prioritarios en la Zona Costero Marina", Código Contable No. 2522 y "Apoyo a la Política Penitenciaria Fase I",
Código Contable No. 2518, respectivamente;
XI) Que de los fondos mencionados en el Considerando IV), se incorporaron con el Acuerdo Ejecutivo No. 06-2012, de fecha 23 de enero del
año 2012, al Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica (PERE), el valor de CUATROCIENTOS CUARENTA 58/100 DÓ-
LARES (EUA $440.58), en concepto de intereses generados, para la ampliación de asignación para la ejecución del proyecto denominado
"Fortalecimiento de la Política y del Mecanismo Nacional de la Mujer", Código Contable No. 2521", de acuerdo a nota referencia MRRE/
DGCD/UCBNS/2508/2011, de fecha 20 de diciembre del año 2011;
XII) Que de los fondos mencionados en el Considerando IV), se incorporaron con el Acuerdo Ejecutivo No. 07-2012, de fecha 20 de febrero del
año 2012, al Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica (PERE), el valor de CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA
Y DOS 41/100 DÓLARES (EUA $4,342.41), en concepto de intereses generados, para la ampliación de asignación para la ejecución del
proyecto denominado "Reducción de Tiempos de Espera en Cirugías Electivas y Consultas de Especialidades en los tres Hospitales Espe-
cializados del país y un Hospital Regional de la Red Pública Nacional MSPAS", Código Contable No. 2523", de acuerdo a nota referencia
MRRE/DGCD/UCBNS/SN/2011, de fecha 30 de noviembre del año 2011;
XIII) Que la cuenta aperturada para el manejo de los fondos del Proyecto denominado "Manejo Integrado de Ecosistemas Prioritarios en la Zona
Costero Marina", Código Contable No. 2522, generó intereses, los cuales ascienden a OCHOCIENTOS DIECINUEVE DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 57/100 (EUA $819.57);
XIV) Que con fecha 14 de mayo del presente año, a través de nota MRREE/DGCD/UCBNS/KE0069/2012, se autorizó reforzar la asignación del
Proyecto antes mencionado, con los fondos referidos en el Considerando anterior, incrementando con ello el monto total de la asignación
del mismo a la cantidad de QUINIENTOS ONCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA 80/100 (EUA $511,575.80);
XV) Que de los fondos mencionados en el Considerando XIII) se incorporan con el presente Acuerdo Ejecutivo, al Presupuesto Extraordinario
para Reactivación Económica (PERE), en concepto de intereses, el valor de OCHOCIENTOS DIECINUEVE DÓLARES DE LOS ES-
TADOS UNIDOS DE AMERICA 57/100 (EUA $819.57);
XVI) Que con los valores citados en los Considerandos V), VI), VII), VIII), IX), X), XI), XII) y XV), los fondos incorporados al Presupuesto
Extraordinario para Reactivación Económica (PERE), en la Fuente de Financiamiento Subvención Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo (AECID) 2009, ascienden a SEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS NOVEN-
TA Y CUATRO 49/100 DÓLARES (US$6,908,594.49); de los cuales SEIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO 00/100 DÓLARES (EUA$6,778,495.00), corresponden a la subvención recibida y CIENTO
TREINTA MIL NOVENTA Y NUEVE 49/100 DÓLARES (US $130,099.49), corresponden a intereses generados.
Por TaNTo coN BaSE EN:
1) Las Disposiciones Específicas del Presupuesto Extraordinario para Reactivación Económica, aprobado mediante el Decreto No. 206 de
fecha 29 de abril de 1983, publicado en el Diario Oficial No. 80, Tomo No. 279 del 2 de mayo de 1983;
2) El Convenio Básico de Cooperación, entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Reino de España;
3) Resolución No.03000365/3071/09, relativa a la Subvención para la ejecución del "Programa de Fortalecimiento Institucional para el De-
sarrollo";
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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. 4) La Ley de Integración Monetaria, aprobada mediante el Decreto No,201 de fecha 30 de noviembre de 2000, publicado en el Diario Oficial
No.24l, Tomo No.349 del 22 de diciembre de 2000, el dólar tendrá curso legal irrestricto con poder ilimitado para el pago de obligaciones en dinero en el territorio nacional.
acUErDa:
1. Aumentar en el Nivel de Agrupación del Clasificador de Ingresos Corrientes, en el Rubro No.16 Transferencias Corrientes, Cuenta No.164 Transferencias Corrientes del Sector Externo, Objeto Específico No.16403 de Gobiernos y Organismos Gubernamentales, la cantidad de OCHOCIENTOS DIECINUEVE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 57/100 (EUA $819.57).
2. Reforzar la siguiente asignación presupuestaria con la cantidad que se indica:
rUBro DE
aSiGNaciÓN QUE SE rEfUErZa aGrUPaciÓN Valor
aPoYo al DESarrollo EcoNÓMico.
ProYEcToS PrioriTarioS DiVErSoS Para
El DESarrollo EcoNÓMico Y Social DEl
PaiS
MiNiSTErio DE MEDio aMBiENTE Y rEcUrSoS
NaTUralES (MarN)
00-0800-04-056-39-22 09 $819.57
DESARROLLO, PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN
DE LOS RECURSOS NATURALES DEL MEDIO
AMBIENTE
5-DoNacioNES:
SUBVENciÓN aGENcia ESPaÑola DE
cooPEraciÓN iNTErNacioNal Para
El DESarrollo (aEciD) 2009
"MANEJO INTEGRADO DE ECOSISTEMAS
PRIORITARIOS EN LA ZONA COSTERO
MARINA"
CÓDIGO CONTABLE No. 2522
TOTAL $819.57
COMUNÍQUESE. El Ministro de Relaciones Exteriores, HUGO ROGER MARTINEZ BONILLA.
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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395
ESTaTUToS DE la iGlESia criSTiaNa EVaNGÉlica
"El rEMaNENTE DE criSTo"
caPiTUlo i.
NaTUralEZa, DENoMiNaciÓN,
DoMicilio Y PlaZo.
Artículo uno.- Créase en la ciudad de Aguilares, departamento de
San Salvador, la Iglesia de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará
Iglesia Cristiana Evangélica "EL REMANENTE DE CRISTO" y que
podrá abreviarse "RDC", como una Entidad de interés particular y re-
ligiosa, la que en los presentes Estatutos, se denominará “La Iglesia”,
Artículo dos.- El domicilio de la Iglesia será el de la ciudad de
Aguilares, departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales
en todo el territorio de la República y fuera de él.
Artículo tres.- La Iglesia se constituye por tiempo indefinido.
caPiTUlo ii
loS fiNES.
Artículo cuatro.- Los fines de la Iglesia serán:
a) Inspirar a sus miembros la adoración a Dios en espíritu y en
verdad,
b) Difundir el conocimiento del Evangelio de nuestro Señor
Jesucristo dentro y fuera del país,
c) Elevar las normas de vida espiritual, moral, intelectual y
cívica de los miembros mediante la enseñanza sistemática
de la Doctrina Cristiana, y
d) Fomentar el amor entre los miembros.
caPiTUlo iii
DE loS MiEMBroS.
Artículo cinco. Podrán ser miembros todas las personas mayores
de 18 años de edad, sin distinción de raza, credo; religión e ideología
política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.
Artículo seis.- La Iglesia tendrá las siguientes clases de miem-
bros:
a) Miembros Fundadores,
b) Miembros Activos, y
c) Miembros Honorarios,
Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que
suscriban el Acta de Constitución de la Iglesia,
MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva
acepten como tales en la Iglesia; y
MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su
labor y méritos a favor de la Iglesia sean así nombrados por la Asamblea
General.
Artículo siete.- Son derechos de los miembros Fundadores y Ac-
tivos:
a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-
neral,
b) Optar o cargos Directivos llenando los requisitos que señalen
los Estatutos de la Iglesia, y
c) Los demás que le señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Iglesia.
Artículo ocho.- Son deberes de los Miembros Fundadores y Acti-
vos:
a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General,
b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de
la Iglesia,
c) Cancelar las cuotas acordadas en la Asamblea General,
d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General,
y.
e) Los demás que señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Iglesia.
Artículo nueve.- La calidad de miembro se perderá por las causas
siguientes:
a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos
y resoluciones de la Asamblea General,
Ministerio de GobernaciónRAMO DE GOBERNACION
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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea
General merezcan tal sanción, y
c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
caPiTUlo iV
DEl GoBiErNo DE la iGlESia.
Artículo diez.- El Gobierno de la Iglesia será ejercido por:
a) La Asamblea General; y
b) La Junta Directiva.
caPiTUlo V
DE la aSaMBlEa GENEral.
Artículo once.- La Asamblea General, debidamente, convocada,
es la autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad
de los miembros Activos y Fundadores.
Artículo doce.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una
vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta
Directiva, las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría
absoluta de votos, excepto en los casos especiales en la que requiera una
mayoría diferente.
Artículo trece.- Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de
las sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse
representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones
es de un miembro, llevando la voz y voto de su representado.
Artículo catorce.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros
de la Junta Directiva,
b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento
Interno de la Iglesia,
c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuestos
anual de la Iglesia,
d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la
Iglesia, presentada por la Junta Directiva,
e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los
miembros,
f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes
inmuebles pertenecientes a la Iglesia, y
g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y
que no estén contemplados en los presentes Estatutos.
caPiTUlo Vi
DE la JUNTa DirEcTiVa.
Artículo quince.- La dirección y administración de la Iglesia estará
confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente
forma: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos Vocales.
Artículo dieciséis.- Los miembros de la Junta Directiva serán
electos para un periodo de cinco años pudiendo ser reelectos.
Artículo diecisiete.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente
una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Artículo dieciocho.- El quórum necesario para que la Junta Directiva
pueda sesionar será de tres de sus miembros y sus acuerdos deberán ser
tomados por la mayoría de los asistentes.
Artículo diecinueve.- La Junta Directiva tendrá las siguientes
atribuciones:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los
fines de la Iglesia,
b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio
de la Iglesia,
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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 c) Elaborar la memoria anual de labores de la Iglesia,
d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y
presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea Gene-
ral,
e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y
de la misma Junta Directiva,
f) Nombrar de entre los miembros de la Iglesia los Comités o
Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento
de los fines de la Iglesia,
g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea
General,
h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos
miembros, y proporcionarlos a la Asamblea General; e
i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la
Asamblea General.
Artículo veinte.- Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General,
b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de
la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los
Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia,
c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo
otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva,
d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-
blea General y de la Junta Directiva,
e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que
tenga que hacer la Iglesia,
f) Presentar la Memoria de labores de la Iglesia y cualquier
informe que sea solicitado por la misma.
Artículo veintiuno.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar los libros de actas de las sesiones de la Asamblea
General y de Junta Directiva,
b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros
de la Iglesia,
c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la
iglesia,
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las
sesiones, y
e) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia.
Artículo veintidós.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga, en el
Banco que la Junta Directiva seleccione,
b) Llevar o tener control directo de los libros, de contabilidad
de la Iglesia,
c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que
la Iglesia tenga que realizar.
Artículo veintitrés.- Son atribuciones de los Vocales:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta
Directiva,
b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de
ausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorce
literal a) de estos Estatutos.
caPiTUlo Vii
DEl PaTriMoNio.
Artículo veinticuatro.- El patrimonio de la Iglesia estará constituido
por:
a) Las cuotas de los Miembros,
b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas
naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-
mente; y
c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y los
rentas provenientes de los mismos de conformidad con la
ley.
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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012.
Artículo veinticinco.- El Patrimonio será administrado por la Junta
Directiva conforme a las Directrices que le manifieste la Asamblea
General.
caPiTUlo Viii
DE la DiSolUciÓN.
Artículo veintiséis.- No podrá disolverse la Iglesia si no por
disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General
Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que
representen por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.
Artículo veintisiete.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia
se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas,
electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución.
Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se
donarán a cualquier entidad Benéfica, Cultural que la Asamblea General
señale.
caPiTUlo iX
DiSPoSicioNES GENEralES.
Artículo veintiocho.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos
será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de
los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.
Artículo veintinueve.- La Junta Directiva tiene la obligación de
enviar al Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de
enero de cada año, la Nómina de los miembros y dentro de los cinco
días después de electa la nueva Junta Directiva, una Certificación del
Acta de elección de la misma, y en todo caso proporcionar al expresado
Ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.
Artículo treinta.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia
no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento
Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva
y aprobado por la Asamblea General.
Artículo treinta y uno.- La Iglesia Cristiana Evangélica "EL RE-
MANENTE DE CRISTO" y que podrá abreviarse “RDC”, se regirá por
los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.
Artículo treinta y dos.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia
desde el día de su publicación en el Diario Oficial.
acUErDo No.135
San Salvador, 21 de mayo de 2012
Vistos los anteriores ESTATUTOS de la Iglesia que se denomi-
nará IGLESIA CRISTIANA EVANGÉLICA "EL REMANENTE DE
CRISTO" , compuestos de TREINTA Y DOS Artículos, fundada en la
Ciudad de Aguilares, Departamento de San Salvador, a las ocho horas
del día catorce de agosto del año dos mil once y no encontrando en ellos
ninguna disposición contraria a las leyes del país, de conformidad con
los Artículos 26 de la Constitución de la República, Art.34 numeral 6 del
Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y Art. 542 y 543 del Código
Civil, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a)
Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dicha Entidad el carácter
de PERSONA JURIDICA. b) Publíquese en el Diario Oficial. CO-
MUNIQUESE.- EL MINISTRO DE GOBERNACION, GREGORIO
ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS,
(Registro No.F041908)
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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395
acUErDo No. 752.
San Salvador, 29 de mayo de 2012.
El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, a solicitud de la Secretaría de Cultura de la Presidencia y de conformidad con el Art. 153 de las
Disposiciones Generales de Presupuestos.
coNSiDEraNDo:
I. Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 712 de fecha 7 de julio de 2011, se autorizaron precios para la venta de productos y prestación de
servicios, comercializados por medio del Fondo de Actividades Especiales de la Secretaría de Cultura de la Presidencia y a través del
Acuerdo Ejecutivo No. 863 de fecha 22 de agosto de 2011, se exoneraron de pago para el ingreso a los parques, museos, sitios arqueoló-
gicos, Palacio Nacional y teatros a estudiantes, personal docente y padres de familia de los Centros y Complejos Educativos Públicos los
días miércoles.
II. Que la institución pretende contribuir desde sus competencias, a propiciar un cambio cultural, apoyando especialmente a la juventud desde
las escuelas públicas, POR TANTO,
acUErDa:
1. Se sustituye en el numeral 1 del Acuerdo Ejecutivo No. 712 de fecha 7 de julio de 2011, el contenido de lo siguiente:
Ministerio de HaciendaRAMO DE HACIENDA
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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012.
2. Se sustituye literal h. del numeral 2 del Acuerdo Ejecutivo No. 712 de fecha 7 de julio de 2011, por el siguiente:
“h. Los estudiantes y personal docente de los Centros y Complejos Educativos Públicos, ingresarán de forma gratuita a los parques, mu-seos, sitios arqueológicos y Palacio Nacional administrados por Secretaría de Cultura, de miércoles a viernes (Previa reservación).
Asimismo, los niños hasta la edad de 12 años y personas adultas mayores no cancelarán entrada a los parques, museos, sitios arqueo-lógicos, Palacio Nacional y teatros administrados por Secretaría de Cultura”.
3. Se deja sin efecto el Acuerdo Ejecutivo No. 863 de fecha 22 de agosto de 2011.
4. Se mantiene sin ninguna modificación el resto del contenido del Acuerdo Ejecutivo No. 712 de fecha 07 de julio de 2011.
5. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su aprobación. COMUNÍQUESE: El Ministro de Hacienda, CECáceres.
acUErDo No. 15-0304.
San Salvador, 21 de febrero de 2012.
EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades
legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó
OSCAR RAMIRO CHÓ MAQUÍN, de nacionalidad guatemalteca, solicitando INCORPORACIÓN de su Título de Perito en Administración de
Empresas, extendido por el Colegio Bilingüe Especializado en Computación Yulimay'Pc, Jornada Matutina, Ciudad de Guatemala, República de
Guatemala en el año 2008; II) Que según Resolución de fecha 20 de febrero de 2012, emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la
Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los
requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incor-
Ministerio de educaciónRAMO DE EDuCACION
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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395poración del Título de Perito en Administración de Empresas obtenido por OSCAR RAMIRO CHÓ MAQUÍN, en el Colegio Bilingüe Especializado
en Computación Yulimay'Pc, Jornada Matutina, Ciudad de Guatemala, República de Guatemala. POR TANTO, de conformidad a lo establecido en el
Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e
Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el Reconocimiento e Incorporación
del Título de Perito en Administración de Empresas realizados por OSCAR RAMIRO CHÓ MAQUÍN, en el Colegio Bilingüe Especializado en
Computación Yulimay'Pc, Jornada Matutina, Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro
sistema educativo como Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.
SalVaDor SÁNcHEZ cErÉN,
VicEPrESiDENTE DE la rEPÚBlica DE El SalVaDor
Y MiNiSTro DE EDUcaciÓN aD-HoNorEM.
(Registro No. F041870)
acUErDo No. 15-0306.
San Salvador, 21 de febrero de 2012.
EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades
legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó
MARTÍN ALBERTO CASTRO GUEVARA, de nacionalidad nicaragüense, solicitando INCORPORACIÓN de su Diploma de Bachiller en Ciencias
y Letras, extendido por el Centro de Educación Pública Carmela Noguera, Municipio de Granada, Departamento de Granada, República de Nicaragua
en el año 2006; II) Que según Resolución de fecha 20 de febrero de 2012 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección
Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de las requisitos
legales exigidos, con base al Artículo 60 de a Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación
del Diploma de Bachiller en Ciencias y Letras obtenido por MARTIN ALBERTO CASTRO GUEVARA, en el Centro de Educación Pública Carmela
Noguera, Municipio de Granada, Departamento de Granada, República de Nicaragua. POR TANTO, de conformidad a lo establecido en el Artículo
60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e Incor-
poración de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el Reconocimiento e Incorporación del
Diploma de Bachiller en Ciencias y Letras realizados par MARTÍN ALBERTO CASTRO GUEVARA, en el Centro de Educación Pública Carmela
Noguera, Municipio de Granada, Departamento de Granada, República de Nicaragua, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema
educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.
SalVaDor SÁNcHEZ cErÉN,
VicEPrESiDENTE DE la rEPÚBlica DE El SalVaDor
Y MiNiSTro DE EDUcaciÓN aD-HoNorEM.
(Registro No. F041871)
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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. acUErDo No. 15-0522.
Son Salvador, 17 de abril de 2012.
EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de los facultades
legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó
DOUGLAS ALEXANDER REYES GUEVARA, C/P DOUGLAS A. REYES, de nacionalidad salvadoreña, solicitando INCORPORACIÓN de su
Diploma de High School, extendido por John F. Kennedy High School, Rockville, Maryland, Estados Unidos de América en el año 2006; II) Que
según Resolución de fecha 16 de abril de 2012 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de
este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al
Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación del Diploma de High School
obtenido por DOUGLAS ALEXANDER REYES GUEVARA, C/P DOUGLAS A. REYES, en John F. Kennedy High School, Rockville, Maryland,
Estados Unidos de América. POR TANTO, de conformidad o lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Regla-
mento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones
legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el Reconocimiento e Incorporación del Diploma de High School realizados por DOUGLAS ALEXANDER
REYES GUEVARA, C/P DOUGLAS A. REYES, en John F. Kennedy High School, Rockville, Maryland, Estados Unidos de América, reconociéndole
su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.
SalVaDor SÁNcHEZ cErÉN,
VicEPrESiDENTE DE la rEPÚBlica DE El SalVaDor
Y MiNiSTro DE EDUcaciÓN aD-HoNorEM.
(Registro No. F041791)
acUErDo No.15-0346.
San Salvador, 06 de marzo de 2012.
EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, CONSIDERANDO: I)
Que de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, se establece que es obligación y finalidad primordial
del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura a la persona humana; así mismo se establece su responsabilidad de reglamentar,
organizar e inspeccionar el sistema educativo, en los centros educativos oficiales y privados. En relación a lo anterior, compete al Ministerio de Edu-
cación, con base al Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, autorizar las instituciones y servicios educativos
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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395que fueren necesarios, controlar y supervisar los centros oficiales y privados de Educación, así como regular la creación, funcionamiento y nominación
de los mismos; II) Que de conformidad a los Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación regula la prestación del
servicio educativo de las instituciones oficiales y privadas; para lo cual establece normas y mecanismos necesarios, que garanticen la calidad, eficiencia
y cobertura de la educación. En tal sentido la creación y funcionamiento de los centros educativos privados se autorizan por Acuerdo Ejecutivo en el
Ramo de Educación, el cual deberá sustentarse en comprobaciones que garanticen la organización académica y administrativa adecuada, los recursos
físicos y financieros necesarios y el personal docente calificado de conformidad a los servicios que ofrezcan; III) Que el Departamento de Acreditación
Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, conoció sobre la solicitud presentada por la señora Elizabeth Gladys Gustave
de Quintero, en su calidad de Administradora Única y Representante Legal de la Sociedad God's Rainbow, Sociedad Anónima de Capital Variable,
Institución autorizada por el Ministerio de Educación para brindar servicios educativos a través del centro educativo privado denominado COLEGIO
“CRISTIANO EL SALVADOR”, con Código de Infraestructura No. 21454, ubicado en Calle Los Bambúes y Avenida Las Bugambilias, No. 130,
Colonia San Francisco, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, en la que requiere la AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCA-
TIVOS, para el Nivel de Educación Media, en la modalidad de Bachillerato General, jornada diurna; IV) Que habiendo realizado visita de verificación
en el lugar señalado para su funcionamiento con fecha 3 de noviembre de 2011, en la cual se comprobó que dicho Centro Educativo cumple con los
requisitos exigidos por el artículo 80 de la Ley General de Educación, en cuanto a la organización académica y administrativa adecuada, los recursos
físicos y financieros necesarios y el personal docente calificado, en consecuencia se emite dictamen favorable para la ampliación del servicio educativo
solicitado; V) Que conforme a lo anterior, el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio
con fecha 9 de enero de 2012, emitió resolución autorizando la AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS, para el Nivel de Educación Media,
en la modalidad de Bachillerato General, jornada diurna, en dicho Centro Educativo. POR TANTO, de conformidad con los Artículos 53, 54 y 57
de la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, Artículos 1, 12 y
80 de la Ley General de Educación, y en uso de las facultades legales antes citadas. ACUERDA: 1) Confirmar en todas sus partes la Resolución de
fecha 9 de enero de 2012, emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, por
medio de la cual se autoriza a partir del 3 de enero de 2012, la AMPLIACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO, para el Nivel de Educación Media,
en la modalidad de Bachillerato General, jornada diurna, en el centro educativo privado denominado COLEGIO “CRISTIANO EL SALVADOR”,
con Código de Infraestructura No. 21454, ubicado en Calle Los Bambúes y Avenida Las Bugambilias, No. 130, Colonia San Francisco, Municipio de
San Salvador, Departamento de San Salvador, solicitado por la señora Elizabeth Gladys Gustave de Quintero, en su calidad de Administradora Única
y Representante Legal de la Sociedad God's Rainbow, Sociedad Anónima de Capital Variable, Institución autorizada por el Ministerio de Educación,
para brindar servicios educativos a través del Centro Educativo Privado antes mencionado; 2) El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días
después de su publicación en el Diario Oficial. PUBLÍQUESE.
SalVaDor SÁNcHEZ cErÉN,
VicEPrESiDENTE DE la rEPÚBlica DE El SalVaDor
Y MiNiSTro DE EDUcaciÓN aD-HoNorEM.
(Registro No. C002118)
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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012.
acUErDo No. 067
SaN SalVaDor, 06 de junio de 2012.
El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a las disposiciones especiales 1ª.- a), 2ª.-, 3ª.-, 4ª.- c), 5ª.- c), 22ª.- b), del Acuerdo Ministerial No. 0116 de fecha doce de septiembre de dos mil once, ACUERDA: AUTORIZAR al señor Jefe del Estado Mayor General del Ejército para que OTORGUE la Condecoración Medalla “Legión de la Libertad” en Grado de Caballero, a los señores SOLDADO DE 1ª CLASE RENÉ ALEXANDER GERÓNIMO MELARA y SOLDADO DE 2ª CLASE LUIS ALEJANDRO CAÑAS GARCÍA, de alta en el Regimiento de Caballería, por demostrar un alto espíritu de sacrificio, hermandad, valor excepcional y heroísmo, arriesgando incluso sus propias vidas al rescatar aún con vida al Sgto. Adm. Tomás Antonio García Corvera de alta en el Ministerio de la Defensa Nacional, en instantes posteriores a que ocurrieran dos explosiones al interior de un polvorín. COMUNÍQUESE.
JoSÉ aTilio BENÍTEZ ParaDa,
GENEral DE DiViSiÓN
MiNiSTro DE la DEfENSa NacioNal.
acUErDo No. 068
SaN SalVaDor, 06 de junio de 2012.
El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a las disposiciones especiales 1ª.- a), 2ª.-, 3ª.-, 4ª.- c), 5ª.- c), 5., 24ª.- y 31ª.-, del Acuerdo Ministerial No. 0116 de fecha doce de septiembre de dos mil once, ACUERDA: AUTORIZAR al señor Jefe del Estado Mayor General del Ejército para que OTORGUE la Condecoración Blasón “Por Acciones Sobresalientes” al Estandarte del Comando de Fuerzas Especiales, por haber obtenido el Título de Campeón Internacional del Ejercicio Fuerzas Comando 2011, realizado en nuestro país del 09 al 26JUN011, enalte-ciendo las virtudes militares, el esfuerzo, sacrificio y trabajo en equipo del personal de la Fuerza Armada de El Salvador. COMUNÍQUESE.
JoSÉ aTilio BENÍTEZ ParaDa,
GENEral DE DiViSiÓN
MiNiSTro DE la DEfENSa NacioNal.
acUErDo No. 069
SaN SalVaDor, 05 de junio de 2012.
El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, ACUERDA: NOMBRAR a partir del 01JUN012 al señor CNEL. INF. DEM ENRIQUE AMÉRICO LÓPEZ ROSALES para que integre la COMISIÓN DE REVISIÓN E INTERPRETACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES EMANADAS POR EL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DURANTE DISCURSO PRONUNCIADO EL 16ENE012 EN EL CANTÓN EL MOZOTE, JURISDICCIÓN DE MEANGUERA, EN EL DEPARTAMENTO DE MORAZÁN, QUE TIENEN RELACIÓN CON LA FUERZA ARMADA, en sustitución del señor CNEL. INF. DEM JULIO ENRIQUE OCHOA ORELLANA. COMUNÍQUESE.
JoSÉ aTilio BENÍTEZ ParaDa,
GENEral DE DiViSiÓN
MiNiSTro DE la DEfENSa NacioNal.
Ministerio de la defensa nacionalRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395
ACUERDO No. 253-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce. El Tribunal con fecha seis de
febrero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ROSARIO CAROLINA MORAN MILIN, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-
QUESE Y PUBLIQUESE.- J.B.JAIME.- F.MELENDEZ.- M.REGALADO.- PERLA J.- R.M.FORTIN H.- M.TREJO.- M.POSADA.- E.R.NUÑEZ.-
Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S.RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041781)
ACUERDO No. 277-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce. El Tribunal con fecha catorce de
diciembre de dos mil once, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada JENNY QUEZADA FERNANDEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en
todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE
Y PUBLIQUESE.- J.B.JAIME.- F.MELENDEZ.- E.S.BLANCO R.- M.REGALADO.- PERLA J.- R.M.FORTIN H.- M.TREJO.- M.POSADA.- Pro-
nunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S.RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041859)
ACUERDO No. 323-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce. El Tribunal con fecha seis de febrero
de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada DORIS IVETTE RUGAMAS AVELAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas
sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE
Y PUBLIQUESE.- J.B.JAIME.- F.MELENDEZ.- M.REGALADO.- PERLA J.- R.M.FORTIN H.- M.TREJO.- M.POSADA.- E.R.NUÑEZ.- Pro-
nunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041783)
ACUERDO No. 348-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil doce. El Tribunal con fecha siete de marzo
de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada KARLA PATRICIA ESQUIVEL BARAHONA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en
todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE
Y PUBLIQUESE.- J.B.JAIME.- F. MELENDEZ.- J.N.CASTANEDA S.- E.S.BLANCO R.- M. REGALADO.- R.M.FORTIN H.- M.TREJO.- M.
POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041753)
ORGANO JuDICIALcorte supreMa de Justicia
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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. ACUERDO No. 354-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil doce. El Tribunal con fecha veintidós de
febrero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ROSA ELENA ORANTES DE GONZALEZ, para que ejerza la profesión de ABO-
GADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- CO-
MUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J.B.JAIME.- E.S.BLANCO R.-R.E.GONZALEZ.- M.REGALADO.- PERLA J.- M.POSADA.- M.A.CARDOZA
A.- E.R.NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041906)
ACUERDO No. 371-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil doce. El Tribunal con fecha quince de
febrero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada BALKYS BEATRIZ COLATO PAIZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNI-
QUESE Y PUBLIQUESE.- J.B.JAIME.- F.MELENDEZ.- J.N.CASTANEDA S.- E.S.BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M.TREJO.- M.
POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041752)
ACUERDO No. 416-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil doce. El Tribunal con fecha quince
de marzo de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada WENDY VANESSA AREVALO HERNANDEZ, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J.B.JAIME.- F.MELENDEZ.- J.N.CASTANEDA S.- E.S.BLANCO R.- M.REGALADO.-R.M.FORTIN H.-
M.TREJO.- M.POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041923)
ACUERDO No. 424-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil doce. El Tribunal con fecha seis de marzo
de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JAIME ERNESTO DELEON, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en
vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-
J.B.JAIME.-F.MELENDEZ.- J.N.CASTANEDA S.-E.S.BLANCO R.- M. REGALADO.- R.M.FORTIN H.- M.TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado
por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041740)
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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 ACUERDO No. 447-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil doce. El Tribunal con fecha siete de
marzo de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado PORFIRIO ANTONIO MARINERO ORANTES, para que ejerza la profesión de ABO-
GADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J.B.JAIME.- F.MELENDEZ.- J.N.CASTANEDA S.- E.S.BLANCO R.- M. REGALADO.- R.M.FORTIN
H.-- M.TREJO.- M.POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041779)
ACUERDO No. 460-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil doce. El Tribunal con fecha trece de marzo
de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ROMEO ERNESTO ZELAYANDIA GONZALEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-
QUESE Y PUBLIQUESE.- J.B.JAIME.- F.MELENDEZ.- J.N.CASTANEDA S.- E.S.BLANCO R.- M.REGALADO.- PERLA J.- M.TREJO.- M.
POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041907)
ACUERDO No. 466-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil doce. El Tribunal con fecha seis de marzo
de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSE RICARDO SAGASTIZADO LOPEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas
sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE
Y PUBLIQUESE.- J.B.JAIME.- F.MELENDEZ.- J.N.CASTANEDA S.- E.S.BLANCO R.- M. REGALADO.- R.M.FORTIN H.- M.TREJO.- M.
POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradasque lo suscriben. S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041737)
ACUERDO No. 469-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil doce. El Tribunal con fecha dieciséis de
febrero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado FERNANDO ANDRES SILIEZAR POSADA, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.COMUNI-
QUESE Y PUBLIQUESE.- J.B.JAIME.- F.MELENDEZ.- J.N.CASTANEDA S.- E.S.BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M.TREJO.- M.
POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041774)
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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012.
DEcrETo No. UNo
El coNcEJo MUNiciPal DE SoYaPaNGo,
coNSiDEraNDo:
I. Que el artículo Doscientos tres de la Constitución otorga autonomía al municipio en lo económico, técnico y en lo administrativo. Así mismo,
el artículo Doscientos cuatro ordinal primero de la Carta Magna, prescribe la facultad del Municipio para crear, modificar y suprimir tasas,
en asuntos de su competencia; correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa, que la ejerce a través de sus Ordenanzas con
rango de Ley.
II. Conocedores que la Asamblea Legislativa tiene la facultad de crear impuestos fiscales y municipales, tasas y contribuciones especiales, y
además condonar el pago de los intereses; así mismo, los Municipios por medio de sus Concejos Municipales al tener la facultad de crear
tasas y contribuciones municipales, también a través de una Ordenanza puede condonar el pago de los intereses y multas al igual que lo
hace la Asamblea Legislativa, dado que el artículo doscientos cinco de la Constitución de forma expresa establece que ninguna autoridad
podrá eximir ni dispensar el pago y contribuciones especiales; pero no existe en la misma ni en la legislación secundaria prohibición alguna
para condonar el pago de intereses y multa a la mora tributaria.
III. Con el objeto de brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales,
en tal sentido, la nueva Administración siendo conocedores de la crisis económica por la cual atraviesa el país en general y especialmente
aquellas familias de escasos recursos, pequeñas y medianas empresas de este Municipio, es menester y propicio emitir la presente Orde-
nanza Transitoria de Amnistía Tributaria y no Tributaria para la Exoneración de los Intereses y Multas productos de las Tasas, Impuestos
y Contribuciones Especiales Municipales de Soyapango.
Por TaNTo,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
DEcrETa la siguiente:
orDENaNZa TraNSiToria DE aMNiSTia TriBUTaria Y No TriBUTaria Para la
EXoNEracioN DE loS iNTErESES Y MUlTaS ProDUcToS DE laS TaSaS, iMPUESToS Y
coNTriBUcioNES ESPEcialES MUNiciPalES DE SoYaPaNGo.
finalidad de la ordenanza.
Art. 1.- La presente Ordenanza tiene por finalidad reducir el índice de morosidad de las deudas tributarias y no tributarias en general y brindar
beneficios a los contribuyentes en general.
INSTITuCIONES AuTONOMASalcaldías Municipales
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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395Vigencia del Beneficio.
Art. 2.- Concédase un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, para que las personas naturales
o jurídicas que se encuentren en el caso de los artículos siguientes, puedan cancelar sus deudas por tasas, impuestos y contribuciones especiales, con
el Municipio de Soyapango, obteniendo una exoneración en el recargo de los intereses moratorios generados en dicho concepto, y la exoneración de
la multa en todos los impuestos, tasas y contribuciones especiales, en el caso de la Administración de Mercados y el Comercio en la Vía Pública, el
beneficio se aplicará únicamente a las personas naturales.
Sujetos de aplicación.
Art. 3.- Podrán acogerse a los beneficios establecidos en el artículo 2 de la presente Ordenanza, las personas naturales o jurídicas que se encuentren
en cualquiera de las siguientes condiciones:
a) Aquellos contribuyentes que estando registrados en el municipio, se encuentren en situación de mora en el pago de las Tasas e Impuestos
Municipales.
b) Los contribuyentes que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por Tasas, Impuestos y Contribuciones Espe-
ciales y hayan suscrito el correspondiente plan de pago, deberán solicitar la anulación de dicho plan de pago, para gozar de este beneficio,
pudiendo pagar la totalidad de la deuda o realizar pagos parciales durante el plazo concedido en la presente Ordenanza.
c) Podrán acogerse al presente decreto, los contribuyentes que se les haya iniciado proceso de cobro administrativo por Tasas, Impuestos y
Contribuciones Especiales.
d) Aquellos contribuyentes que hayan incumplido el plan de pago suscrito con la Municipalidad y se favorezcan con el beneficio otorgado en
la presente Ordenanza.
e) Aquellos contribuyentes que hayan interpuesto recurso de revisión, apelación y/o hayan iniciado juicio contencioso administrativo, previo
desistimiento de dichos recursos y juicio.
f) Sujetos de aplicación o de la multa por inscripción extemporánea en el Catastro Municipal.
Art. 4.- Podrán acogerse a los beneficios establecidos en el presente artículo, los siguientes sujetos pasivos:
Aquellos contribuyentes que no hayan presentado las escrituras de cualquier naturaleza a inscripción en el Catastro Municipal, después de 30
días a partir de la fecha de la escrituración.
El presente artículo no exime al sujeto pasivo del pago de la Tasa por Inscripción en el Catastro Municipal de las escrituras de sus inmuebles.
Sujetos de aplicación en la administración de Mercados.
Art. 5.- Podrán acogerse a los beneficios establecidos en el artículo 2 de la presente Ordenanza únicamente las personas naturales del Sistema
de Mercados y que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones:
a) Los sujetos pasivos del Sistema de Mercados, que se encuentren en situación de mora en el pago de las tasas por arrendamiento de locales,
puestos de venta y otros servicios cargados.
b) Los arrendatarios que hayan suscrito el correspondiente plan de pago, gozarán de los beneficios para las cuotas pendientes de pago, sola-
mente durante el plazo concedido en la presente Ordenanza.
c) Aquellos arrendatarios que hayan incumplido los planes de pago hasta hoy suscritos con la Administración de Mercados, y se favorezcan
con el beneficio otorgado en la presente Ordenanza.
Sujetos de aplicación en la administración General de cementerios.
Art. 6.- Podrán acogerse a los beneficios establecidos en el artículo 2 de la presente Ordenanza las personas naturales y jurídicas de la Adminis-
tración General de Cementerios y que se encuentren en la siguiente condición:
Aquellos contribuyentes que estando registrados en el sistema de cuentas de la Administración General de Cementerios, se encuentren en situación
de mora en el pago de las tasas por servicios prestados a los puestos de perpetuidad y refrendables, la autorización de funcionamiento de cementerios
particulares y de funerarias.
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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. Sujetos de aplicación de los y las comerciantes en los Espacios Públicos.
Art. 7.- Podrán acogerse a los beneficios establecidos en el artículo 2 de la presente Ordenanza las personas naturales que comercian en los
espacios públicos y que se encuentren en la siguiente condición:
Aquellos contribuyentes que estando registrados en el Catastro Tributario de la municipalidad y no han cumplido debidamente con el pago
correspondiente y que a la fecha están en situación de morosidad y se les haya generado un recargo de intereses y multas.
otros casos de aplicación.
Art. 8.- Los contribuyentes, cuya capacidad económica no permita el pago total de lo adeudado a la municipalidad, podrán acceder a planes de
pago de acuerdo a su capacidad económica y gozarán de los beneficios de esta Ordenanza.
Para obtener el beneficio que establece el inciso anterior, se deberá de suscribir un Plan de Pago entre la Municipalidad y el Contribuyente; el
cual debe suscribirse dentro del plazo de vigencia de esta Ordenanza y pagar de inmediato la primera cuota.
Los planes de pago a los que se refiere este artículo no podrán ser mayores de seis meses. Dichos plazos están directamente relacionados al
monto adeudado y la cuota mensual que se pacte mediante plan de pago. Los meses establecidos en el Plan de Pago que quedaren fuera de la vigencia
de la presente Ordenanza, el contribuyente deberá presentar caución y ésta será mediante el pagaré igual al monto adeudado más una tercera parte del
mismo y si el monto fuere mayor de $5,000.00 se exigirá Garantía Hipotecaria o Fianza Bancaria.
Art. 9.- Los beneficios de este decreto cesarán de inmediato en el caso de incumplimiento de dos cuotas del plan de pagos pactado con el muni-
cipio y en consecuencia se hace exigible la totalidad de la obligación para las cantidades que faltare por cumplirse, excepto en caso de fuerza mayor
o caso fortuito, esto deberá ser calificado por el Concejo Municipal.
forma de pago.
Art. 10.- Los sujetos pasivos de la obligación tributaria podrán realizar su pago de forma total o parcial, siempre y cuando estos pagos se realicen
en el plazo durante la vigencia de esta Ordenanza o los planes de pago formalizados durante su vigencia.
Cuando los pagos fueren de manera parcial gozarán de los beneficios de esta Ordenanza los montos en la proporción del abono realizado.
lugar de pago.
Art. 11.- Las personas naturales o jurídicas que estén interesadas en acogerse a los beneficios de intereses por Tasas, Impuestos y Contribuciones
Especiales detalladas en la presente Ordenanza, así como los del sistema de Administración de Mercados, de Administración General de Cementerios
y los Comerciantes en los Espacios Públicos, deberán solicitar la exoneración en las oficinas respectivas y en el Departamento de Cuentas Corrientes.
En cualquiera de los casos que preceden, el lugar para realizar el pago será la Colecturía de la Administración Municipal o Institución Financiera que
designe la municipalidad.
Vencimiento de Plazo.
Art. 12.- Vencido el plazo que establece esta Ordenanza transitoria, cesará de inmediato y sin previo aviso el beneficio otorgado en la misma.
Vigencia.
Art. 13.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SOYAPANGO, a los cinco días del mes de Junio de dos mil doce.
PUBLÍQUESE.
Lic. Jaime Nilo Lindo García, Licda. Leslie Jennifer Cornejo de García,
Alcalde Municipal. Secretaria Municipal.
(Registro No. F041878)
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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395DEcrETo No. caTorcE
El coNcEJo MUNiciPal DEl MUNiciPio DE NUEVo cUScaTlaN, DEParTaMENTo DE la liBErTaD,
coNSiDEraNDo:
I.- Que de conformidad al Artículo 204 de la Constitución de la República, el municipio es autónomo, y en parte ésta consiste, en decretar Ordenanzas y Reglamentos legales, para gestionar libremente en materia de su competencia.
II.- Que de conformidad al Artículo 15 de la Ley Forestal, publicada en el Diario Oficial número 110, Tomo 355 del 17 de junio de 2002, la regulación sobre siembra, poda y tala de árboles en zonas urbanas y rurales del país es competencia exclusiva de las municipalidades.
III.- Que de conformidad al Artículo 4 , numeral 10 del Código Municipal se establece que es competencia municipal la regulación y el desarrollo de planes y programas destinados a la preservación, restauración, aprovechamiento racional y mejoramiento de los recursos naturales.
IV.- Que la municipalidad tiene como marco de desarrollo, estructurar todas las acciones de forma coherente, para así enfrentar los efectos del cambio climático a nivel local. Dentro de las medidas de mitigación contempladas a desarrollar, está la implementación de programas, planes y proyectos de arborización intensiva en el municipio, en especial, considerando la categoría de riesgo y vulnerabilidad que tiene Nuevo Cuscatlán por encontrarse dentro de la zona geográfica de la Cordillera del Bálsamo, y asimismo para alcanzar el Desarrollo Local Integral y sostenido en equilibrio con el Medio Ambiente.
V.- Que la Alcaldía de Nuevo Cuscatlán para la aplicación de sus normativas relativas al desarrollo urbanístico es parte de la Asociación de Municipios del Sur de La Libertad AMUSDELI, constituida el 06 de noviembre de 2003, y en cuyo capítulo II de la Ordenanza de AMUS-DELI, Artículo 4, relativo a sus Fines, dice "... fomentar, conservar y promover el medio ambiente...": Además, cuenta con la Oficina de Planificación y Gestión Territorial para la Región de La Libertad OPAMUR, con el Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica entre el Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano, a través del Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano y AMUSDELI para la implementación del estudio: Plan de Desarrollo Territorial para la Región de La Libertad, suscrito el veintisiete de agosto del año dos mil siete; y con la Ordenanza del Control y Cobro por Servicios para el Desarrollo Territorial en el Municipio de Nuevo Cuscatlán, Decreto número tres, del Diario Oficial del martes 19 de enero de 2010, Tomo N° 386. Sin embargo, toda esta normativa en su conjunto debe actualizarse e incorporar otros aspectos para contribuir a preservar y fortalecer en general los recursos naturales, y en particular el arbolado del municipio, todo en armonía con el Desarrollo Económico y Bienestar de Nuevo Cuscatlán.
Por TaNTo,
en uso de sus facultades constitucionales y legales.
DEcrETa la SiGUiENTE orDENaNZa Para la ProTEccioN arBorEa Y El DESarrollo DE NUEVo cUScaTlaN
EN arMoNia coN El MEDio aMBiENTE
caPiTUlo i
DiSPoSicioNES GENEralES
Art. 1.- OBJETO Y AMBITO DE APLICACION.
La presente Ordenanza tiene por objeto la protección del patrimonio arbóreo, asimismo, garantizar que el municipio de Nuevo Cuscatlán se desarrolle plenamente y dé garantías y condiciones a sus habitantes, empresas, comercio e inversionistas, todo en plena armonía con el cuido y pre-servación del Medio Ambiente, estableciendo para ello, el marco normativo y técnico que regule las actividades de siembra, plantación, poda y tala de árboles y arbustos en el espacio público.
Esta normativa aplica igualmente a toda especie arbórea o arbustiva que se encuentre plantada en el espacio privado puesto que también constituye parte del recurso ecológico del municipio y de la riqueza ambiental de todos sus habitantes, visto como patrimonio colectivo.
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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. Esta Ordenanza también tiene como objetivo: generar conciencia ecológica en la población y responsabilidad social-empresarial respecto al manejo sostenible que debe darse a las diferentes especies arbóreas y al equilibrio necesario entre crecimiento y medio ambiente.
Art. 1.- A CONTEO DE PLAZOS.
Todos los plazos a los que se refiere la presente Ordenanza, se contarán en días hábiles.
Art. 2.- AUTORIDADES COMPETENTES.
Son autoridades competentes para el conocimiento y aplicación de lo establecido en esta Ordenanza las siguientes:
1. El Concejo Municipal de Nuevo Cuscatlán.
2. El Alcalde y sus Delegados.
Créase la Unidad Técnica de Protección Arbórea Municipal en adelante UTPAM, que estará integrada por: La Gerencia de Planificación y De-sarrollo Urbano, el Jefe de la Unidad Ambiental y el Responsable de Plazas, Parques y Ornato, a los que les corresponderá el trámite para evaluar las solicitudes de permiso de tala, trasplante, poda y/o siembra y otras facultades establecidas en esta Ordenanza teniendo como soporte técnico cuando así se necesitare o solicitare a la oficina técnica de AMUSDELI.
Art. 3.- APLICACION A LAS PERSONAS.
Toda persona natural o jurídica que realice acciones de siembra, plantación, poda o tala de árboles en el espacio público del municipio, está sujeta al cumplimiento de las disposiciones de la presente Ordenanza, así como aquellas personas cuyos bienes arbóreos privados afecten negativamente al bienestar o la seguridad de otras personas o sus bienes.
Los propietarios, arrendatarios, depositarios o poseedores de inmuebles a cualquier título que pretendan sembrar, plantar, podar o talar ejemplares arbóreos dentro de los mismos y que tales ejemplares formen parte del patrimonio arbóreo municipal y además constituye pulmones ecológicos, fuente de recarga hídrica, o parte del perfil urbanístico, estarán igualmente regulados.
Art. 4.- El Gerente de Planificación y Desarrollo Urbano, auxiliado por agentes del CAM, cuando así sea requerido, tendrán la obligación de verificar directamente el cumplimiento de los requisitos, compensación por tala, trasplante de ejemplares arbóreos, revisión de especímenes a con-servar y demás obligaciones establecidas en esta Ordenanza, debiendo rendir informe inmediato al Alcalde, quien a su vez lo discutirá en el Concejo Municipal.
En el texto de esta Ordenanza, cada vez que se mencione las palabras árbol, arbusto o espécimen se entenderá que se refieren a lo mismo, para efectos de los diferentes trámites establecidos en esta Ordenanza.
Art. 5.- GLOSARIO DE TERMINOS USADOS.
Para los efectos de la presente Ordenanza, deberá entenderse por:
arBol: Planta perenne de tronco leñoso con eje central definido, con un altura mayor a cinco metros sobre el nivel del suelo el cual puede ser maderable, frutal, ornamental, energético y es componente del arbolado municipal.
Especímenes entre uno y cinco metros, en proceso de desarrollo y crecimiento para cada categoría, serán considerados como árboles juveniles.
arBol caTEGoria i: ESPEcial ProTEccioN
Son aquellos árboles que por sus características, tales como ubicación, dimensiones, especie, valor histórico y/o cultural, que se encuentren en el listado oficial de especies de vida silvestre amenazadas o en periodo de extinción conforme el acuerdo número diez del Órgano Ejecutivo en el ramo de Medio Ambiente y Recursos Naturales y que se clasifiquen como amenazados o a punto de extinguirse y que por decreto sean protegidos.
arBol caTEGoria ii: MaDEraS DUraS
Árboles de crecimiento lento de hojas caducas (caduciófilos) ejemplo: Cedro, caoba, roble, cortés blanco, maquilishuat, etc.
arBol caTEGoria iii: MaDEraS BlaNDaS
Árboles de crecimiento rápido siempre verdes (pereniófilos) ejemplo: Eucaliptos, Almendro de río, Pepeto de Laurel de la India, etc.
arBol DE caTEGoria iV: PalMacEaS
Árbol cuyo tronco es un tallo fibroso: Ejemplos: Cocoteros, Palmeras real, Miami, Colas de pez, etc.
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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 arBol o arBUSTo MUErTo: Es toda especie vegetal que no tiene vida, sus estructuras celulares dejaron de realizar procesos fotosintéticos y por lo tanto se tornan desechos.
arBUSTo: Espécimen vegetal que ramifica a baja altura, no alcanza dimensiones mayores de cinco metros, generalmente con la ramificación interior a menos de dos metros sobre el nivel del suelo y es componente del arbolado urbano y rural.
Especímenes entre uno y dos metros, en proceso de desarrollo y crecimiento para cada categoría, serán considerados como arbustos juveniles.
arBUSTo caTEGoria i: Arbustos Leñosos
Se incluyen todos los arbustos, con un eje central definido, cuyo tallo es leñoso. Ejemplo: Arbustos de café, cítricos, etc.
arBUSToS caTEGoria ii: Arbustos no leñosos, se incluyen especímenes de plantas que pueden crecer más de cinco metros o tienen características de ambas clasificaciones (árbol y arbusto). Ejemplo: Las gramíneas como los bambúes, musáceas como huerta, plátano, guineos, las alecaceas como las palmeras, helechos arborescentes.
arBoriZacioN: La siembra que se hace de una especie vegetal en el suelo para que de forma natural despliegue sus raíces en el subsuelo y crezca.
arBol HiSTorico: Vegetal leñoso que representa bien particular para una comunidad o Gobierno Central y que así esté declarado por Decreto Legislativo, Ejecutivo u Ordenanza Municipal.
arBolaDo UrBaNo MUNiciPal: Son árboles, arbustos y otros especímenes vegetales que se encuentren plantados en la parte urbana del Municipio.
arBolaDo DE MaXiMa ProTEccioN: Son árboles, arbustos y otros especímenes que se encuentran plantados en el suelo de máxima protección o son especies en vía de extinción.
arBolaDo EN DESarrollo rESTriNGiDo: Son árboles, arbustos y otros especímenes vegetales que se encuentran plantados en suelo de desarrollo restringido.
caMBio cliMaTico: Es la alteración de los factores que caracterizan el clima como consecuencia de la acción del hombre, favoreciéndose un calentamiento global. Entres sus causas fundamentales se encuentra la producción de bióxido de carbono y otros gases de efecto invernadero en aumento constante.
ZoNa corDillEra DEl BalSaMo: Zona montañosa con alto riesgo de deslizamiento en la que se encuentra ubicado el municipio de Nuevo Cuscatlán.
coMPENSacioN aMBiENTal: Conjunto de mecanismos que el municipio y la población puede adoptar conforme a la normativa vigente para reponer o compensar los impactos negativos que cause su presencia en el medio ambiente. Las compensaciones pueden ser efectuadas en forma directa o a través de agente especializadas, en el sitio del impacto, en zonas aledañas o en zonas más propicias para su reposición o recuperación.
EJE cENTral: Línea imaginaria que determina la longitud del tallo del árbol.
EJEMPlarES arBÓrEoS: Son todas aquellas especies que tienen un eje central definido y que pueden llegar a medir hasta cincuenta metros de altura según su edad.
ESPEciES EXoTicaS: Son todas aquellas especies vegetales introducidas en nuestro medio y no forman parte de bosques naturales o ecosistemas locales.
ESPEciES NaTiVaS: Son ejemplares vegetales propios del ecosistema de la región o bosques naturales.
ESTUDio DE iMPacTo aMBiENTal: Instrumento de diagnóstico, evaluación, planificación, y control constituido por un conjunto de actividades técnicas y científicas realizadas por un equipo técnico destinada a la identificación, predicción y control de los impactos ambientales positivos y lo negativos de una actividad.
forESTacioN: Es el establecimiento de un bosque en forma artificial sobre terrenos en lo que no haya vegetación arbórea.
iMPacTo aMBiENTal: Se entiende como el efecto adverso que produce una determinada acción sobre el Medio Ambiente en sus distintos aspectos, técnicamente, es la alteración de la línea de base natural, debido a la acción humana o a eventos físicos naturales, en un área de influencia definida.
MaNEJo SoSTENiBlE: Dirección planificada para desarrollar y utilizar adecuadamente un área determinada manteniendo la armonía y el equilibrio con el medio ambiente.
MarN: Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales
MEDio aMBiENTE: El sistema de elementos bióticos, abióticos, socioeconómicos, culturales, estéticos que interactúan entre sí con los individuos y con la comunidad en la que viven, determinando su relación y sobrevivencia en el tiempo y el espacio.
MaNTo arBUSTiVo: Conjunto de plantas hasta de cinco metros de altura que no tienen un eje central definido.
aMUSDEli: Asociación de Municipios del Sur de La Libertad
oPaMUr: Oficina de Planificación y Gestión Territorial para los municipios del Sur de La Libertad.
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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. PErfil UrBaNiSTico TErriTorial: Se refiere a todas aquellas características determinadas, por ejemplo: los estilos arquitectónicos
o la falta de éstos, ornamentación, arborización, colores, imágenes, ordenamiento de mobiliario y muchos otros que constituyen en referente urbano
municipal con el cual se identifica el lugar.
PErMiSo MUNiciPal: Documento que la alcaldía otorga a personas naturales o jurídicas para la siembra, poda o tala de ejemplares arbóreos,
así como la realización de obras y actividad relacionados con dicho aprovechamiento.
ProYEcTo coNSTrUcTiVo: Son todas aquellas obras que comprenden particiones, segregaciones, lotificaciones y/o parcelaciones o
construcciones habitacionales, comerciales e industriales.
ProYEcTo UrBaNiSTico: Son todas aquellas obras que comprenden particiones, segregaciones, lotificaciones y/o parcelaciones o cons-
trucciones habitacionales, comerciales e industriales.
PoDa: Es la separación de ramas del fuste del árbol y/o arbusto por medios artesanales o industriales.
PoDa arTificial: Es cuando interviene el hombre, eliminando las ramas vivas o muertas del tronco, mediante herramientas.
PoDa NaTUral: Es la muerte o pérdida del área foliar que puede ser causada por medios naturales, ambientales o efecto de plagas y enfer-
medades.
rEforESTacioN: Es el establecimiento de un bosque en forma natural o artificial, sobre terrenos en los que la vegetación arbórea es.
Tala: Acción y efecto de derribar o arrancar árboles o arbustos.
UTPaM: Unidad Técnica de Protección Arbórea Municipal.
caPiTUlo ii
DE la SiEMBra o PlaNTacioN
Art. 6.- CRITERIOS DE SIEMBRA O PLANTACION.
En la planificación de toda siembra o plantación de árboles y arbustos en el espacio público, deberán contemplarse los siguientes criterios:
1. Para la elección de especies, considerar su origen, época de floración, velocidad de crecimiento, características del follaje, sistema radicular
y espacio disponible.
2. Época del año en la que se realizará la siembra.
3. Anchura del arriate o espacio público disponible.
4. Instalaciones aéreas o subterráneas.
Art. 7.- REGULACION DE ESPECIES.
Para la siembra o plantación de ciertas y determinadas especies arbóreas en el espacio público municipal, se establece el siguiente criterio:
1. ESPEciES PErMiTiDaS: Son todas aquellas que no requieren de un cuidado especial para su crecimiento y no pueden plantarse dentro
de arriates menores a dos metros de ancho, arriates centrales y por supuesto áreas abiertas como parques, plazas y zonas verdes.
2. ESPEciES rESTriNGiDaS: Son aquellas que por sus características naturales no son recomendables para ser sembradas en arriates
de acera o centrales menores a dos metros de ancho, Sin embargo, se podrá autorizar su siembra en dichos espacios, cuando el propietario
del terreno colindante, se compromete a dar el tratamiento de poda adecuado para evitar inconvenientes posteriores; este compromiso se
hará constar mediante declaración jurada del colindante interesado.
Art. 8.- ESPECIES PERMITIDAS.
Además de las características señaladas en el artículo para las especies permitidas de sembrar o plantar en el espacio público del municipio, se
encuentra la de su atractiva, floración o abundante follaje, cualidades que contribuyen al ornato de la ciudad y al esparcimiento ciudadano sin perjudicar
la vía pública y sin poner en peligro la seguridad de los transeúntes o los bienes de los habitantes.
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 14 de la ley forestal y de conformidad a las recomendaciones del Ministerio de Agricultura y Ganadería
sobre las especies adecuadas para el ornato, se establece el siguiente listado:
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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395
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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012.
Art. 9.- ESPECIES RESTRINGIDAS.
Las especies restringidas por la presente Ordenanza son las siguientes:
a) EN raZoN DE la ESPEciE: Por su difícil manejo y considerable tamaño, por lo que genera inconvenientes en las áreas construidas
en su entorno.
b) EN raZoN DEl ESPacio DoNDE SE UBica: Por la insuficiencia del espacio para que la especie se desarrolle adecuadamente.
Cuando se autoricen especies de este tipo deberá incorporarse a la autorización las condicionantes técnicas de manejo adecuado y mante-
nimiento necesarias, las cuales deberá observar como condicionantes del permiso.
c) El permiso de siembra de especies restringidas deberá contar con un apartado que señale el manejo apropiado de la especie y su forma de
siembra o plantación, con el objeto de evitar el posterior daño a la especie misma o a su entorno urbano.
d) La Municipalidad desarrollará los planes de siembra y arborización según los criterios establecidos por la UTPAM.
Art. 10.- ESPECIES PROHIBIDAS.
Las especies clasificadas como prohibidas NO suponen la tala inmediata o progresiva de las mismas, sino que no se permite que sigan sem-
brando o plantando y siempre se deberá contar con el correspondiente permiso de poda o tala para intervenirlas ya que en éste se expresan el tipo de
compensación a realizar y la forma en la tala o poda se realizará; de lo contrario incurrirá en una multa según lo dispuesto en el artículo 28 de esta
Ordenanza.
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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Art. 11.- OTROS ESPACIOS PUBLICOS.
Para el manejo de espacios públicos distintos a la vía pública como micro cuencas y áreas abiertas como parques, zonas verdes y otros similares
con amplitud modulada para la siembra, la Unidad Técnica de Protección arbórea establecida en el art. 2 de la presente Ordenanza, estipulará los
lineamientos técnicos para una planificación efectiva de arborización y reforestación de cada uno de estos espacios en particular.
Para la siembra o plantación de especímenes arbóreos en cualquier parte del espacio público del Municipio de Nuevo Cuscatlán, se tendrá como
carácter referencial lo orientado por la UTPAM.
caPiTUlo iii
DE la PoDa
Art. 12.- OBJETIVOS DE LA PODA.
La poda de árboles y arbustos comprende la eliminación de material vegetal, ramas, tallos o raíces, sin afectar la sobrevivencia de la planta,
que puede ser de carácter leve o grave, dependiendo de los requerimientos fitosanitarios; y será autorizada mediante el permiso municipal, cuando se
persigan los siguientes objetivos:
a) Regular el crecimiento radicular e inducir mayor cantidad de follaje.
b) Regular la altura de la copa y el desarrollo de la raíz.
c) Suprimir ramas mal orientadas o equilibrar el crecimiento de la planta.
d) Reducir el riesgo de plagas, enfermedades o accidentes.
e) Evitar interferencia a estructuras de alto voltaje, así como prevenir la interrupción de los servicios de telefonía, electricidad y similares.
f) Para evitar la comisión de ilícitos de cualquier naturaleza.
g) Mejorar ornato y aspecto general de parques, carreteras, avenidas y calles, para tener mayor visibilidad en la circulación vehicular y en la
señalización vial como semáforos, rótulos y otros.
No podrá realizarse ningún trabajo de poda mayor al cincuenta (50%) de su masa foliar, salvo por enfermedad del ejemplar que obligue a realizar
una poda extrema lo cual será comprobado mediante inspección realizada por el Jefe de la Unidad Ambiental del municipio.
Art. 13.- HERRAMIENTAS Y RESIDUOS.
Con el objeto de no dañar innecesariamente al ejemplar, las herramientas a utilizar para los trabajos de poda, deben ser motosierras, sierras
curvas, tijeras, agroquímicos protectores de cortes para ramas mayores de 20 cms. De diámetros y otras que estén específicamente recomendadas para
ese trabajo.
Los residuos deberán tratarse como desechos sólidos, procurando compostarse o desecharlos en lugares apropiados para tal efecto. Estos residuos
serán recogidos por quien los genera, en un plazo no mayor a 48 horas, y en caso de que los particulares deseen que el servicio de recolección de basura
los deseche, deberán empaquetarlos o embolsarlos de forma adecuada para ser transportados a los lugares de descarga.
Para el caso de las empresas de servicio público, establecidas en el artículo 24 de la presente Ordenanza deberán encargarse de la recolección,
transporte y disposición final adecuada de los residuos generados, durante las operaciones de poda, tala y jardinería.
caPiTUlo iV
DE la Tala
Art. 14.- CRITERIOS PARA TALAR.
La tala de árboles y arbustos (categoría I) deberá realizarse previo aviso municipal, con base a los siguientes criterios:
a) Cuando el árbol padezca una enfermedad fatal que pueda afectar a otros ejemplares arbóreos.
b) Cuando sus raíces o follaje ocasionen daño en los servicios públicos o privados de determinada infraestructura urbana, instalaciones aéreas
y del subsuelo o lugar habitado.
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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. c) Cuando levante el nivel de la acera, calle o alguna porción de inmueble que contenga construcción mixta.
d) Cuando sean nocivas para otras especies o ejemplares a su alrededor y que se encuentren clasificada como no permitida para la siembra en
ese lugar.
e) Cuando represente un peligro inminente a peatones, automovilistas e infraestructura privada o pública.
f) Cuando se trate de proyectos enmarcados en la Ordenanza de Uso del Suelo de Nuevo Cuscatlán, deberá especificarse el tratamiento y/o
compensación, que no podrá ser menor a lo señalado en esta Ordenanza, so pena de imponer la multa respectiva, por cada ejemplar arbóreo,
en el caso sea ejecutado por particulares.
g) Cuando los ejemplares a talar no se encuentren entre las especies amenazadas o en peligro de extinción, de acuerdo a los criterios estable-
cidos por el Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales.
h) Cuando exista riesgo de peligro por el desplome de uno o varios ejemplares.
i) Cuando se trate de proyectos constructivos o urbanísticos, de carácter privado, que cumplan con todos los requisitos exigidos en las Orde-
nanzas y demás regulaciones pertinentes.
Art. 15.- PROHIBICION DE TALA PARA PROYECTOS URBANISTICOS.
Se prohíbe la tala de especies arbóreas, en los espacios público y privado en los siguientes casos:
a) Cuando de acuerdo a estudios técnicos establecidos por el Ministerio de Medio Ambiente o la UTPAM, se afecta negativa y significati-
vamente, la capacidad de infiltración del suelo. Los ecosistemas naturales o artificiales o condiciones de riesgo ambiental y desastre por
deslizamientos, desprendimientos de tierra o derrumbes.
b) Cuando no se presente el plan de mitigación, establecido en el artículo 18, inciso segundo de la presente Ordenanza, o presentándolo éste
no cumpla con los requisitos técnicos necesarios para proteger el medio ambiente.
c) Cuando por motivos climatológicos, sísmicos, medioambientales y otros, la Municipalidad considere inconveniente otorgar favorable un
permiso.
d) Cuando de conformidad al diseño del proyecto a realizarse no sea necesario talar los árboles solicitados.
e) Cuando los árboles estén en un inmueble ubicado en la Zona de máxima protección o desarrollo restringido.
Art. 16.- DECOMISO DE PRODUCTOS SUBPRODUCTOS Y APEROS.
Los productos y subproductos forestales cuyo origen lícito no pueda ser demostrado legalmente mediante autorización para el transporte de la
misma, serán decomisados y reportados por miembros del Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM), si es necesario en coordinación con la Policía
Nacional Civil PNC. Por producto o subproducto forestal se entenderá el producto evidente de una tala de árboles.
Art. 17.- PROYECTOS CONSTRUCTIVOS/URBANISTICOS.
Todo proyecto constructivo o urbanístico que se desarrolle en el Municipio de Nuevo Cuscatlán, deberá contar con el correspondiente permiso de
tala otorgado y cancelado en el municipio, que queda supeditado al cumplimiento de las condiciones señaladas en el mismo para minimizar el impacto
ambiental a producirse.
Para otorgar el permiso de tala en proyectos constructivos y/o urbanísticos se deberá presentar el Estudio de Impacto Ambiental aprobado por
el MARN; así como el Plan de Mitigación de dicho impacto causado por el proyecto.
No se podrá talar, trasplantar o hacer cualquier tipo de trabajo constructivo que dañe directa o indirectamente cualquier ejemplar arbóreo dentro
del perímetro del proyecto urbanístico o construcción de que se trate, si no cuenta previamente con el permiso de tala debidamente otorgado y can-
celado. De incumplir este precepto se impondrá una multa de UN MIL DOLARES de los Estados Unidos de América por cada ejemplar derribado o
fatalmente dañado, debiendo además, efectuar la compensación establecida por ley y determinada por autoridad competente.
La Alcaldía supervisará periódicamente a estas empresas a efecto de garantizar que las mismas cumplan con lo estipulado en la presente Orde-
nanza y particularmente con los términos del permiso municipal otorgado.
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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Art. 18.- PLAN DE MITIGACION.
El Plan de Mitigación que se deberá presentar a la Alcaldía, debe contener como mínimo los siguientes aspectos:
a) Áreas de repoblación forestal.
b) Jardinería urbana.
c) Infraestructura física para reducir el impacto del aumento de la escorrentía, provocado por la impermeabilización.
Art. 19.- COMPENSACION POR TALA.
Toda persona natural o jurídica que tale un ejemplar arbóreo, con el permiso correspondiente, dentro del municipio de Nuevo Cuscatlán, está
obligada a una compensación para resarcir el impacto ambiental adverso ocasionado por la pérdida del árbol.
La compensación de ejemplares arbóreos talados es obligatoria.
Opera también la compensación cuando se provoque daño intencional o no, a un ejemplar arbóreo, sin perjuicio de la sanción que corresponda por
tal acción; o cuando el daño ocasionado sea el resultado de una poda, autorizada o no por la autoridad competente. Los términos de la compensación
deberán expresarse en el permiso otorgado.
Todo proyecto urbanístico o constructivo, deberá presentar copia de planos con planimetría y altimetría con el registro de árboles existentes,
detallando los que se pretenden talar, trasplantar y conservar, deberán numerarse e identificarse taxonómicamente, montando sobre un plano construc-
tivo, cuya verificación estará a cargo de la UTPAM.
Art. 20.- TIPOS DE COMPENSACION.
En la compensación por la tala de cualquier especie, o debido a la muerte del ejemplar en razón del daño causado como consecuencia de la
magnitud de la poda, se deberán observar las siguientes disposiciones:
a) Tala aUToriZaDa: Se deberá compensar con el doble de ejemplares efectivamente talados, los cuales deberán ser de la misma especie
u otra adecuada, en el permiso correspondiente deberá señalarse el espacio público o privado en el cual serán plantados, o de lo contrario,
deberán ser consignados al municipio para su debida utilización en el ornato planificado.
b) La compensación por Tala autorizada en cuencas o riberas de los ríos y quebradas del municipio será de veinte ejemplares por especie
talada.
c) En proyectos que pueden generar impactos ambientales adversos, significativos, la compensación será motivo de un análisis especial de
parte de la UTPAM.
d) Se podrá autorizar compensación por especie talada en cualquier espacio público o privado, en la que en vez de ejemplares compensados por
especie talada, se autorice la siembra de zacate vetiver, o cualquier otra barrera viva autorizada en los taludes o zonas de riesgo, señaladas
y autorizadas por la UTPAM.
e) Tala No aUToriZaDa: Se compensará independientemente de la multa impuesta, con el cuádruple de ejemplares talados, los cuales
deberán ser de la misma especie y otra adecuada. En la resolución correspondiente deberá señalarse el espacio público en el cual deberán
ser plantados, o de lo contrario deberán ponerse a la disposición del municipio, siendo las alternativas semejantes a las enunciadas en la
presente Ordenanza en el inciso d.
f) DaÑo a UN EJEMPlar arBorEo: con o sin permiso para podar, la compensación será en relación de tres por cada ejemplar dañado,
de la misma especie u otra adecuda.
g) ProYEcToS UrBaNiSTicoS o coNSTrUcTiVoS: La compensación será del cuádruple de los ejemplares talados o dañados.
Para evitar la tala, se podrá permitir la reubicación o trasplante de ejemplares hacia los espacios o lugares que señale la UTPAM, de preferencia
dentro de la misma área y de acuerdo a un plan de monitoreo que acredite las normas técnicas aceptables que garanticen la sobrevivencia de la especie
trasplantada, no obstante, los ejemplares de compensación deberán plantarse en terrenos municipales donde sea factible y no en terrenos privados,
salvo que sea en el mismo inmueble del proyecto.
Cuando los ejemplares arbóreos sean depositados a disposición del municipio. La municipalidad emitirá un recibo en el cual se especifiquen
las características de los ejemplares depositados o puestos a disposición que ha generado la compensación. Dichos ejemplares compensados deberán
tener entre 1.5 y 3 metros de altura, dependiendo del tamaño de la especie talada.
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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. La UTPAM, presentará el anteproyecto de creación del Vivero Municipal para el resguardo, protección, reproducción (en el caso de ornamen-tales), y modulará las fases o períodos de entrega de las especies dadas en compensación cuando no sean plantadas directamente a fin de asegurar el buen uso y el aprovechamiento ornamental de esta acción.
Quien desarrolle proyectos urbanísticos, podrá presentar alternativas de compensación al pago de las tasas y permiso; que entre otras podrán ser parques, plazas, o zonas verdes, y no podrán ser ponderados económicamente de forma menor al pago de las tasas que deberían ser pagadas a la municipalidad en concepto del permiso correspondiente.
caPiTUlo V
DEl PErMiSo MUNiciPal
Art. 21.- DEL PERMISO DE PODA, TALA Y TRANSPLANTE.
Los entes municipales que participan en la revisión y otorgamiento del permiso para llevar a cabo trabajos de poda, tala y trasplante de especies arbóreas en el municipio son: El Concejo Municipal de Nuevo Cuscatlán y UTPAM, mencionada en el Artículo 2 de esta Ordenanza, previa entrega por el interesado del correspondiente formulario que contiene la solicitud, realización de la inspección técnica, así como el pago de la correspondiente tasa por el permiso de que se trate.
El permiso de tala deberá tramitarse antes de iniciar cualquier intervención en el inmueble. Las entidades pertinentes como AMUSDELI no darán curso a ningún trámite si el interesado no cumple con este requisito.
Las inspecciones para determinar la veracidad de la información proporcionada por el solicitante y la viabilidad para el otorgamiento del permiso, serán efectuadas por la UTPAM.
PErMiSo DE PoDa: Requerirán permiso aquellas personas naturales o jurídicas que realicen trabajos de poda en el espacio público y priva-do.
PErMiSo DE Tala: La tala será autorizada únicamente en los casos del Art. 14 de esta Ordenanza, debiendo establecerse el destino que se le dará a los residuos de la operación.
El permiso de la tala o poda de cualquier especie arbórea, tendrá una duración de sesenta días calendario al final de los cuales caducará. Por tanto, si transcurriere dicho plazo sin que se hayan realizado tales actividades, el interesado deberá tramitar otro permiso para el mismo caso.
aMUSDEli: Exigirá el permiso de tala en todo trámite de revisión vial y zonificación, requisito sin el cual no dará curso ni aprobación al proyecto, salvo que el mismo proyecto constructivo no lo requiera.
Cualquier incongruencia en la información proporcionada generará rechazo técnico y requerirá presentar una nueva solicitud.
Art. 22.- REQUISITOS.
La solicitud de poda, tala o trasplante de árboles deberá ser presentada ante la UTPAM, en las instalaciones de la Municipalidad en Nuevo Cuscatlán, la cual debe cumplir con lo siguiente:
1. Lugar y fecha de solicitud.
2. Nombre del solicitante o razón social. En el caso que se actúe en calidad de representante y cuando el propietario del inmueble sea una persona jurídica, deberá comprobar su personería con el respectivo poder; en el caso de las personas naturales, autorización con auténtica notarial de firma, salvo que lo presente el interesado.
3. Identificación del solicitante, en caso de Nacionales: con Documento Único de Identidad, licencia de conducir o pasaporte. En caso de extranjeros domiciliados; por medio de carnét de residente o pasaporte. Extranjeros no domiciliados, pasaporte; en todos los casos número de identificación tributaria y su domicilio.
4. Justificación de la solicitud.
5. Solvencia municipal de la empresa responsable del proyecto y del propietario del inmueble donde se desarrollará el proyecto.
6. Plano de conjunto a una escala legible donde están ubicados los especímenes que se pretende podar, talar, trasplantar o conservar, estable-ciendo la altura de cada espécimen y el diámetro a la altura del pecho. Cada espécimen deberá estar claramente numerado e identificado taxonómicamente, además de detallar la acción que se pretende realizar.
7. Se requerirán a la vez fotografías de cada uno de los ejemplares arbóreos, anexando copia en memoria digital de todos los árboles que se pretende intervenir.
8. Lugar para recibir notificaciones dentro del Municipio y/o dirección electrónica.
Adicionalmente, a los requisitos anteriores, en el caso de los proyectos urbanísticos se exigirá el permiso ambiental o constancia de no necesitarlo, expedida por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 La UTPAM, proporcionará al interesado el formulario de solicitud de poda, tala o trasplante para la presentación de la información requerida.
Plazo para resolver la solicitud de permiso no excederá de 30 días calendario a partir de la recepción de toda la documentación solicitada, para los proyectos constructivos, mientras que en los proyectos urbanísticos será de 60 días calendario máximo.
Art. 23.- PROCEDIMIENTO PARA SU OBTENCION.
Presentada la solicitud de permiso por el interesado, los funcionarios de la Alcaldía deberán observar el siguiente procedimiento en la toma de decisiones para su otorgamiento:
a) PoDa, Tala, o TraNSPlaNTE EN ProYEcToS coNSTrUcTiVoS No MaYor a 5 ESPEciMENES: Será resuelto por la UTPAM posterior al informe de la inspección realizada y la presentación de observaciones pertinentes, que ésta realice, las cuales deberán ser tomadas en cuenta para el otorgamiento de la autorización.
b) PoDa, Tala, o TraNSPlaNTE EN ProYEcToS coNSTrUcTiVoS MaYor a 5 ESPEciMENES: Será resuelto por la UTPAM posterior al informe de la inspección realizada y la presentación de observaciones pertinentes, que ésta realice, las cuales deberán ser tomadas en cuenta para el otorgamiento de la autorización.
c) PoDa, Tala o TraNSPlaNTE EN ProYEcToS UrBaNiSTicoS: Será resuelto por el Concejo Municipal, con base al proce-dimiento y plazos.
d) Tala DE ESPEciMENES arBorEoS SiGNificaTiVoS, MoNUMENTalES (caTEGoria i) Será resuelto por el Concejo Municipal, con base al procedimiento y plazos.
Si la solicitud fuera resuelta favorablemente, se le extenderá al interesado el respectivo permiso de tala, trasplante o poda según el caso, conforme las instrucciones técnicas y el cumplimiento de las disposiciones administrativas financieras que le competa.
Art. 24.- EMPRESAS DE SERVICIO PUBLICO.
Aquellas empresas que presten servicio de telefonía, señal de televisión, energía eléctrica, publicidad, internet y otras similares, que para la pres-tación del servicio requieran de la instalación y mantenimiento de cables y alambres aéreos o subterráneos en la ciudad, deberán solicitar a la Alcaldía el correspondiente permiso de Poda o Tala de los ejemplares arbóreos de que se trate, previo pago de la tasa correspondiente y debiendo observar las normas técnicas que al respecto se dicten en el correspondiente permiso, so pena de ser sancionadas según lo dispuesto en la presente normativa. La Alcaldía supervisará periódicamente a estas empresas a efecto de garantizar que las mismas cumplan con lo estipulado en la presente Ordenanza y particularmente con los términos del permiso municipal otorgado.
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DE laS oBliGacioNES
Art. 25.-SIEMBRA O PLANTACION.
Para la siembra o plantación de nuevos ejemplares arbóreos en el espacio público del municipio, los interesados deberán atender y acatar el listado de especies permitidas establecido en el Artículo 8 de la presente Ordenanza. UTPAM brindará la asesoría técnica necesaria en relación a las especies del listado mencionado.
Los propietarios, poseedores, arrendatarios de inmuebles en el municipio, deberán permitir el acceso y permanencia dentro de los mismos a los miembros de la Unidad Técnica de Protección Arbórea Municipales quienes estarán debidamente identificados, y que acudirán a ese lugar con el objeto de desarrollar labores de supervisión de tala o poda en ese lugar o en la colindancia.
Toda persona que se considere perjudicada directa o indirectamente por una acción de poda o tala, podrá denunciarlo ante la UTPAM.
Art. 26.- OBLIGACIONES MUNICIPALES.
La Alcaldía a través de la UTPAM, tiene la obligación de proteger por todos los medios posibles las especies vegetales ya plantadas en el área municipal, evitando su tala ilegal o poda desmesurada, tanto por personas particulares como por empresas de cualquier tipo y buscar soluciones creativas mediante opciones favorables para peatones, vehículos y población en general.
Art. 27.- PODA Y TALA EN ESPACIO PUBLICO.
La Alcaldía a través de la Unidad Técnica de Protección Arbórea Municipal, podrá de acuerdo a los criterios establecidos en esta Ordenanza, ordenar la poda y tala de especímenes que se encuentren en el espacio público, tales como zonas verdes parques, plazas, arriates y otras similares, así como la recolección de los residuos que éstos generen.
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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. Art. 28.- DE LA SANCION O MULTA.
Las personas naturales o jurídicas que infrinjan las disposiciones de la presente Ordenanza, serán sancionadas con una multa cuya cuantía será
fijada de acuerdo a la gravedad del daño causado y a la capacidad económica del infractor.
Cuando se trate de poda o tala no autorizada, la multa se calculará por cada ejemplar dañado; cuando sea por incumplimiento de permisos, parcial
o totalmente, se impondrá una multa equivalente por poda o tala no autorizada según sea el caso, y en base a los criterios establecidos en la presente
normativa.
Art. 29.- SANCIONES POR AGRESION.
Se comete agresión a un ejemplar arbóreo, cuando la acción es intencional y causa un daño efectivo, directa o indirectamente. Se sancionará todo
tipo de agresiones: mecánica, química, y peligrosa, siendo esta última cuando se queme o electrifique el espécimen.
Cualquiera de las agresiones anteriores se sancionarán con una multa de uno a tres salarios mínimos urbanos mensuales por cada especímen
agredido, dependiendo de la gravedad de la infracción y de la capacidad económica del infractor.
Art. 30.- CRITERIOS PARA SANCIONAR.
La cuantía de la multa por tala ilegal, se calculará sumando el valor consignado por cada uno de los siguientes literales que apliquen, debiendo
además observarse los siguientes criterios:
a) En caso que la tala ilegal, se realice cuando se tratare de proyectos constructivos y/o urbanísticos, se sancionará con uno a cuatro salarios
mínimos mensuales para el comercio por ejemplar, dependiendo de las características de la zona y de la capacidad económica del infrac-
tor.
b) Si se tratara de ejemplares históricos o de especial protección, se impondrá por cada ejemplar, una multa equivalente a ocho salarios mínimos
mensuales, para el comercio por ejemplar.
En cualquier caso, deberá establecerse en la resolución condenatoria, la compensación que corresponda, de conformidad a lo ya establecido en
la presente Ordenanza.
La Alcaldía podrá, como medida cautelar, dictar resolución en el sentido de suspender las obras de construcción o modificación que no cumplan
con las disposiciones de la presente Ordenanza, hasta que las condiciones que generaron la resolución sean superadas. Caso contrario no se permitirá
continuar con el desarrollo del proyecto y se denegarán los permisos requeridos.
En aquellos proyectos constructivos y/o urbanísticos, lotificaciones o construcción de residenciales, donde se lleven a cabo acciones de tala sin
haber sido previamente autorizados por la Alcaldía, deberá ser compensada en relación a lo establecido en el artículo 20 de la presente Ordenanza, por
cada ejemplar talado, los que deberán ser plantados por el infractor, en donde así lo dictamine la UTPAM, todo lo anterior, sin perjuicio de la sanción
que corresponda.
Art. 31.- SERVICIO COMUNITARIO.
Las personas naturales que demuestren no estar en la capacidad de pagar la multa a la que se han hecho acreedores, se les permitirá permutar por
la sanción de Servicio Comunitario, de preferencia en el área ambiental, en una relación a dos horas de servicio comunitario por cada quince dólares
de la multa. Esta disposición no se aplicará a los proyectos constructivos/ urbanísticos.
Art. 32.- PROCEDIMIENTO PARA SANCIONAR.
Cuando se tenga conocimiento de una infracción a la presente ordenanza, la UTPAM deberá abrir expediente y ordenar inspección en el lugar de
los hechos para recabar la información pertinente. Si de la inspección resultare que ha lugar a formación de causa, se emplazará al presunto infractor
para que comparezca dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes. Si compareciere o en su rebeldía, se abrirá a prueba por el término de tres días;
transcurrido el cual se dictará resolución motivada dentro de los dos días siguientes.
Si hubiere motivo para imponer la sanción de la multa, se deberá precisar su cuantía y la forma de pago y si fuere procedente, se consignará de
forma precisa la compensación a realizar.
Las multas deberán ser pagadas dentro de los tres días siguientes a la notificación de la resolución que la impone, salvo el caso de interposición
del recurso de apelación, en que la obligación de pago será dentro de los tres días siguientes a la resolución definitiva del mismo. La certificación de
la resolución que impone la sanción de multa tiene fuerza ejecutiva.
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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Art. 33.- SUSPENSION DE LA OBRA.
En los proyectos urbanísticos y en los proyectos viales, los inspectores, funcionarios, empleados municipales y agentes del CAM podrán levantar
acta en el caso que se haya talado o se esté talando árboles, para efectos de ordenar la suspensión de la obra, como una medida cautelar, previa al inicio
del procedimiento sancionatorio. Después de la suspensión de la obra el acta de inspección deberá ser entregada al encargado de la UTPAM para su
debida diligencia jurídica.
Art. 34.- REINCIDENCIA.
Si el infractor cometiere cualquier otro tipo de infracción a esta Ordenanza dentro del período de un año, la sanción a imponer y la compensación
correspondiente, será el doble de la sanción anterior, sin sobrepasar el límite máximo que por sanción administrativa se puede imponer de conformidad
al Código Municipal.
Si el infractor fuere un urbanizador, constructor o persona dedicada a actividades similares, se le suspenderá durante un año cualquier permiso
que se le haya concedido de conformidad a la presente Ordenanza. Dicho plazo se contará a partir de la imposición de la segunda sanción.
Art. 35.- RECURSO DE APELACION.
De la resolución del Alcalde o Delegado, se admitirá recurso de apelación para ante el Concejo Municipal, dentro de los tres días siguientes a su
notificación.
Admitido el recurso por el Concejo, se notificará al apelante y se abrirá a prueba por el término de cuatro días. Transcurrido dicho término, la
UTPAM devolverá expediente al Concejo para su resolución definitiva dentro de los ocho días siguientes. El período de prueba antes mencionado se
otorgará únicamente si el apelante lo pide expresamente, caso contrario, la sustanciación del recurso se hará con los elementos probatorios que consten
en el expediente.
El caso que la apelación sea rechazada por extemporánea o porque la resolución le sea adversa al recurrente, el Concejo confirmará la resolución
del Alcalde o Delegado, no pudiendo modificarla en perjuicio del apelante.
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Art. 36.- LEGISLACION SUPLETORIA.
En todo lo no previsto en la presente Ordenanza se estará a lo dispuesto a la Ley de Medio Ambiente, Ley Forestal y Código Municipal.
Art. 37.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN LA CIUDAD DE NUEVO CUSCATLÁN, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil doce.
NAYIB BUKELE, JUAN CARLOS FIGUEROA CHAVEZ,
ALCALDE DE NUEVO CUSCATLAN. SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F041729)
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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. DEcrETo NÚMEro QUiNcE:
El coNcEJo MUNiciPal DE NUEVo cUScaTlÁN, DEParTaMENTo DE la liBErTaD.
coNSiDEraNDo:
1. Que la Ley Tributaria Municipal sienta las bases y principios generales sobre los cuales los municipios emiten sus tarifas de tasas por
servicios prestados, tanto administrativos como jurídicos. Arts. 3 al 6.
2. Que conforme a lo dispuesto por la LEY GENERAL TRIBUTARIA MUNICIPAL en su Art. 7 inciso segundo, corresponde al Concejo
Municipal, crear, modificar o suprimir las tasas y contribuciones especiales, mediante la emisión de ordenanzas en las cuales se fijen las
políticas, criterios y regulaciones, dependientes de la Administración Tributaria Municipal.
3. Que como consecuencia del crecimiento y desarrollo del Municipio, la prestación de servicios se ha diversificado y multiplicado, y la obli-
gación de garantizar el equilibrio entre Desarrollo y preservación del Medio Ambiente se hace inminente en la vida de Nuevo Cuscatlán.
Todo lo anterior, eleva exponencialmente el costo de la Administración municipal en el mantenimiento y garantía de los servicios públicos
municipales. Por tanto, en aras de elevar la calidad de los mismos y asegurar el cumplimiento de las obligaciones con todos los sectores y
la ciudadanía, se hace necesario modificar y ajustar el valor de las tasas para un conjunto de contraprestaciones, dentro de la jurisdicción
del Municipio de Nuevo Cuscatlán, tomando en cuenta en su aplicación y fijación, la condición económica de cada uno de los sectores y/o
habitantes de esta localidad.
4. Asimismo, al efectuar el estudio y análisis de la Ordenanza vigente, se pudo apreciar que en su contenido se carece de algunos principios
teóricos que en la actualidad constituyen la base para el establecimiento de tasas Municipales, por tanto, al proyectar nuestras obligaciones
con valores y principios tal como: justicia, igualdad, capacidad contributiva, no confiscatoriedad, servidumbre, preservación, inclusión,
comodidad y economía, nos permitirá crear y establecer Tasas en forma justa y equitativa.
Por TaNTo: Este Concejo, en uso de las facultades que le señala el Art. 204, ordinal 1° y 5° de la Constitución de la República, el Art. 30 numeral
4°, Artículos 2, 3, 4 y 7 del Código Municipal y los Artículos 2, 5, 77 y 76 de la Ley General Tributaria Municipal.
DEcrETa la SiGUiENTE rEforMa a la orDENaNZa rEGUlaDora DE TaSaS Y
SErVicioS MUNiciPalES DE NUEVo cUScaTlaN:
caPÍTUlo PriMEro
coNcEPToS GENEralES
Refórmase el literal 3 del Capítulo Primero, Conceptos generales, el cual literalmente queda de la siguiente forma:
3).- TaSaS Por licENciaS, PErMiSoS, MaTricUlaS o PaTENTES, entendiéndose como tales, aquellos que gravan todos los actos
que requieran el aval o permiso del municipio para realizarse, según se especifica en los artículos 142 y 143 de la Ley General Tributaria.
caPÍTUlo SEGUNDo
TaSaS Por SErVicioS PÚBlicoS
Refórmase el literal a) del CAPÍTULO SEGUNDO, TASAS POR SERVICIOS PÚBLICOS, Artículo 2, SERVICIOS PÚBLICOS, quedando
de la siguiente manera:
a) Construcciones de cualquier naturaleza hasta 50 mt², por cada mt² de área a construir se cobrará…………………… $ 0.90
a.1) Emisión de permiso de habitar una nueva edificación o permiso de funcionamiento de comercio, industria, financiera y otros
servicios en nuevo negocio, por cada mt² de área construida. ……………..……………………………………… $ 0.60
a.2) Demoliciones de cualquier naturaleza por cada mt² a demoler. ……........................................................…….. $ 0.40
a.3) Remodelaciones internas sin tocar estructura, hasta 50 mt² por cada mt² a remodelar. …………...…………... $ 0.90
a.7) Recepción de obras menores de 50 mt². a recepcionar. ……......................................................……………… $ 0.60
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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Derógase los incisos r y s, del CAPÍTULO SEGUNDO, TASAS POR SERVICIOS PÚBLICOS, Artículo 2, SERVICIOS PÚBLICOS, Literal 13, inciso 1.
Adiciónese el literal II, en el Art. 2 de Servicios Públicos, el que literalmente queda de la siguiente forma:
art. 2) SErVicioS PÚBlicoS
13) licencias/Permisos
ii) PErMiSo MUNiciPal DE PoDa, Tala Y TraSPlaNTE
PErMiSo DE PoDa HaBiTacioNal
a) Permiso. ………………………………………….....................… $ 33.00
b) Arboles de 1 a 10 metros. ………………….....................………. $ 70.00 c/u + entre el 5 al 20% según masa Foliar.
c) Arboles de 10 metros en adelante. ……......................………....... $ 75.00 c/u + entre el 5 al 20% según masa Foliar.
PErMiSo DE PoDa coMErcial, loTificacioNES, coNSTrUccioNES ParcElacioNES
a) Permiso. …………………………………....................…………. $ 33.00
b) Arboles de 1 a 10 metros. ……………....................…………..... $ 90.00 c/u + entre el 5 al 20% según masa Foliar.
c) Arboles de 10 metros en adelante. …………....................……… $ 110.00 c/u + entre el 5 al 20% según masa Foliar.
PErMiSo DE Tala HaBiTacioNal
a) Permiso. …………………………………..................…..……… $ 35.00
b) Arboles de Madera Dura. ……………….................……..…….. $ 125.00 c/u + entre el 5 al 20% según masa Foliar.
c) Arboles de Madera Blanda. …………………….................……. $100.00 c/u + entre el 5 al 20% según masa Foliar.
d) Aracáceas/Palmeras y otros dentro de esta Clasificación. ............ $ 90.00 c/u + entre el 5 al 20% según masa Foliar.
e) Arbusto. ……….................……………………………………… $ 90.00 c/u + entre el 5 al 20% según masa Foliar.
PErMiSo DE Tala coMErcial, loTificacioNES, coNSTrUccioNES, ParcElacioNES
a) Permiso. ………………………………….................…………… $ 35.00
b) Sin distingo de tamaño, especie o tipo de madera.......................... $ 180.00 c/u + entre el 5 al 20% según masa Foliar.
PErMiSo DE TraSPlaNTE
a) Sin distingo de tamaño y especie. ……………...............……….. $ 33.00 c/u
DiSPoSicioNES GENEralES
Art. 36.- Todos los proyectos de Parcelación, Construcción, Lotificación y de cualquier otra naturaleza habitacional o de la que se tratare, deberán contar con el permiso de Tala, Poda, o Trasplante que es parte de lo ya establecido en la Ordenanza de Control y Cobro por Servicios para el Desarrollo Territorial, en el Municipio de Nuevo Cuscatlán, y en el Reglamento de la Ley de Urbanismo y Construcción. Dicho permiso se ventilará según lo estipulado en la presente Ordenanza.
DEroGaToria
Art. 37.- Refórmese la Ordenanza Reguladora de las Tasas Municipales, del Municipio de Nuevo Cuscatlán Departamento de La Libertad, publicada en el Diario Oficial No. 12, Tomo 386, de fecha 19 de enero de 2010 y deróguese toda otra norma que contravenga las reformas a la presente Ordenanza.
Art. 38.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en el Salón de reuniones de la Alcaldía de Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, a los diecisiete días del mes de mayo de 2012.-
NAYIB BUKELE, JUAN CARLOS FIGUEROA CHÁVEZ,
Alcalde de Nuevo Cuscatlán. Secretario Municipal.
(Registro No. F041727)
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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. ESTaTUToS DE la aSociacioN JUVENil aPoPENSE,
MoNSEÑor oScar arNUlfo roMEro
“aJaMor”
caPiTUlo i
NaTUralEZa, DENoMiNacioN, DoMicilio
Y PlaZo.
Artículo 1.- Créase en la Ciudad de Apopa, Departamento de San Salvador, la Asociación Juvenil de nacionalidad salvadoreña, que se denominará Asociación Juvenil Apopense “Monseñor Oscar Arnulfo Romero”, que se abrevia “AJAMOR”, como una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará “La Asociación”.
Artículo 2.- El domicilio de la Asociación será la Ciudad de Apopa, Departamento de San Salvador.
Artículo 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido.
caPiTUlo ii
fiNES U oBJETiVoS
Artículo 4.- Los Fines u Objetivos de la Asociación serán:
a) La promoción del desarrollo humano sostenible para los y las Jóvenes de las comunidades del municipio de Apopa.
b) Gestionar ante las agencias e instituciones de cooperación, nacionales e internacionales los recursos técnicos y financieros para la ejecución de planes, programas y proyectos en las áreas de Educación y Contraloría Social, Salud y Medio Ambiente, género y participación ciudadana y cultura y recreación de beneficio a las comunidades parte de la “AJAMOR”.
c) Promover las iniciativas económicas de grupos de jóvenes organizados principalmente.
d) Promover la organización de jóvenes en las comunidades en donde ésta ejecute sus programas y proyectos.
caPiTUlo iii
DEl PaTriMoNio
Artículo 5.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o ex-tranjeras.
b) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la Ley.
Artículo 6.- El patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General.
caPiTUlo iV
DEl GoBiErNo DE la aSociacioN
Artículo 7.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por:
a) La Asamblea General.
b) La Junta Directiva.
caPiTUlo V
DE la aSaMBlEa GENEral
Artículo 8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la máxima autoridad de la Asociación y estará integrada por la totalidad de los integrantes activos.
Artículo 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente cada semestre, es decir dos veces al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva.
La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta por ciento más uno, como mínimo en primera convocatoria y en segunda convocatoria dos horas más tarde con los integrantes pre-sentes, excepto en los casos especiales en que requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría simple de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente.
Artículo 10.- Todo integrante que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justificados, podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de represen-taciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado o representada.
Artículo 11.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los integrantes de la Asociación que estén inscritos en la nómina.
b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación.
c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto anual de la Asociación.
d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación, presentada por la Junta Directiva.
e) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Asociación.
f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.
g) Otras señaladas en estos Estatutos y demás leyes del país.
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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395caPiTUlo Vi
DE la JUNTa DirEcTiVa
Artículo 12.- La dirección y administración de la Asociación estará
confiada a la Junta Directiva, la cual estará conformada por doce inte-
grantes de la siguiente forma: Secretaría General y Secretaría General
Adjunta, Secretaría de Actas y Secretaría de Actas Adjunta, Secretaría
de Finanzas, Secretaría de Asuntos Legales, Primera Secretaría Vocal,
Segunda Secretaría Vocal, Secretaría de Educación y Contraloría Social,
Secretaría de Salud y Medio Ambiente, Secretaría de Género y Partici-
pación Ciudadana y Secretaría de Cultura y Recreación.
Artículo 13.- Las personas integrantes de la Junta Directiva serán
electas para un periodo de tres años pudiendo ser reelectas en un setenta
y cinco por ciento.
Artículo 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez
al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Artículo 15.- El quórum necesario para que la Junta Directiva
pueda sesionar será la mitad más uno de sus integrantes y sus acuerdos
deberán ser tomados por mayoría simple de los mismos.
Artículo 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribucio-
nes:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los
fines de la Asociación.
b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio
de la Asociación.
c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación.
d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos
y presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea
General.
e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento
Interno, Manual de Funciones, Acuerdos y Resoluciones de
la Asamblea General y de la misma Junta Directiva.
f) Nombrar de entre sus integrantes de la Asociación, las
comisiones que respondan principalmente a las cuatro áreas
de Gestión, establecidas en cuatro secretarías de la Junta
Directiva y otras comisiones que considere necesarias para
el cumplimiento de los fines u objetivos de la Asociación.
g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea
General.
h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos
integrantes y proponerlos a la Asamblea General.
i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la
Asamblea General o demás establecidos en los Estatutos.
Artículo 17.- Son atribuciones de la Secretaría General y Secretaría
General Adjunta:
a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-
blea General.
b) Velar por el cumplimiento de los Acuerdos, Resoluciones
de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de
los Estatutos y Reglamento Interno y Manual de Funciones
de la Asociación.
c) Representar Judicial y Extrajudicialmente a la Asociación,
pudiendo delegar y otorgar poderes previa autorización de
la Junta Directiva.
d) Convocar a Sesiones Ordinarias o Extraordinarias de la
Asamblea General y de Junta Directiva.
e) Autorizar juntamente con el Secretario o Secretaria de Finanzas
las erogaciones que tenga que hacer la Asociación.
f) Presentar un informe anual de rendición de cuentas y memoria
de labores de la Asociación y cualquier informe que le sea
solicitado por la misma.
g) Las demás que le señalen los Estatutos, Reglamento y manuales
respectivos.
Artículo 18.- Son Atribuciones de la Secretaría de Actas y Secretaría
de Actas Adjunta:
a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General
y la Junta Directiva.
b) Llevar el archivo de documentos y registros de la membresía
o integrantes de la Asociación y de las comisiones respecti-
vas.
c) Extender todas las certificaciones que fueren solicitadas a la
Asociación.
d) Hacer y enviar las convocatorias respectivas a los integrantes
de la Asociación con 8 días de anticipación para las sesiones
o asambleas respectivas.
e) Ser el Órgano de Comunicación de la Asociación.
f) Las demás atribuciones que se señalen los Estatutos y Re-
glamento y manuales respectivos.
Artículo 19.- Son Atribuciones de la Secretaría de Finanzas:
a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en
el banco que la Junta Directiva designe.
b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad
de la Asociación.
c) Autorizar juntamente con la Secretaría General las erogaciones
que la Asociación tenga que realizar.
d) Presentar informes financieros periódicos a la Asamblea
General y a la Junta Directiva.
e) Las demás que le señalen los Estatutos, Reglamento y manuales
respectivos.
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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. Artículo 20.- Son Atribuciones de la Secretaría de Asuntos Lega-
les:
a) La Representación Legal o Jurídica y de Relaciones Públicas
de la Asociación.
b) Otorgará y revocará poderes judiciales o administrativos,
previa autorización de la Junta Directiva.
c) Será la o el encargado de velar por el estricto cumplimiento
de los Estatutos, Reglamento Interno, Manual de Funciones
y demás acuerdos emitidos por la Asamblea General o Junta
Directiva.
Artículo 21.- Son Atribuciones de la Primera y Segunda Secretaría
de Vocales:
a) Colaborar directamente con todos los integrantes de la Junta
Directiva.
b) Sustituir a cualquier integrante de la Junta Directiva en caso
de ausencia prolongada o impedimento, de conformidad al
Artículo once literal a) de estos Estatutos.
c) Las demás que señalen los Estatutos, Reglamento y Manuales
respectivos.
Artículo 22.- Atribuciones de la Secretaría de Educación y
Contraloría Social:
a) Promover procesos educativos y formativos para demandar
la transparencia en los diferentes ámbitos, con el propósito
de incidir en el combate a la corrupción en todo nivel.
b) Promover y gestionar oportunidades formativas para el
fortalecimiento de capacidades, habilidades y destrezas en
adolescentes y jóvenes, principalmente.
c) Promover espacios de análisis y síntesis de la realidad local,
nacional y regional.
d) Propiciar espacios de gestión y movilización social, sobre las
demandas ciudadanas según el marco jurídico establecido.
e) Promover y apoyar procesos de alfabetización.
f) Gestionar y promover procesos de formación técnica voca-
cional.
g) Gestionar procesos de inserción laboral de jóvenes.
Artículo 23.- Son atribuciones de la Secretaría de Salud y Medio
Ambiente:
a) Contribuir en la educación para la salud integral en el muni-
cipio.
b) Promover planes de gestión de salud integral preventiva a
nivel comunal y municipal.
c) Promover acciones y prácticas para la prevención de la
contaminación y degradación del medio ambiente en el
municipio.
Artículo 24.- Son atribuciones de la Secretaría de Género y Parti-cipación Ciudadana:
a) Promover la participación e incidencia ciudadana a nivel de adolescentes y jóvenes principalmente.
b) Promover procesos de sensibilización y concientización sobre género y masculinidad.
c) Promover procesos integrales de desarrollo local.
d) Promover espacios de socialización del marco jurídico legal municipal, nacional e internacional.
Artículo 25.- Son atribuciones de la Secretaría de Cultura y Re-creación:
a) Promover el rescate cultural y memoria histórica del municipio de Apopa.
b) Promover e incentivar el desarrollo de las habilidades artís-ticas, culturales, en adolescentes y jóvenes del municipio de Apopa.
c) Promover el desarrollo de actividades deportivas en las diferentes disciplinas.
d) Promover actividades recreativas de convivencia comunitaria y pública.
e) Promover el intercambio de experiencias del trabajo juvenil a nivel nacional e internacional.
caPiTUlo Vii
DE loS iNTEGraNTES
Artículo 26.- Podrán ser integrantes de la Asociación Juvenil Apopense, Monseñor Oscar Arnulfo Romero “AJAMOR” personas desde los quince años a veintinueve años de edad, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, previa solicitud por escrito a la Junta Directiva.
Artículo 27.- La Asociación tendrá las siguientes clases de inte-grantes:
a) Integrantes Fundadores.
b) Integrantes Activos.
c) Integrantes Honorarios.
Serán INTEGRANTES FUNDADORES: Todas las personas que suscriban el Acta de Constitución de la Asociación con derecho a voz y voto.
Serán INTEGRANTES ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Asociación según las edades establecidas, teniendo derecho a voz y voto, no pudiendo integrar la Junta Directiva las personas menores de 18 años de edad.
Serán INTEGRANTES HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y méritos a favor de la Asociación sean así nombrados por la Asamblea General, teniendo derecho solo a voz y sin poder integrar la Junta Directiva.
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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Artículo 28.- Son derechos de los integrantes Fundadores y Acti-vos:
a) Gozar de los beneficios derivados de la Asociación, siempre y cuando no sean de carácter económico.
b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-neral.
c) Optar a cargos directivos, llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Asociación.
d) Los demás que le señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.
Artículo 29.- Son deberes de los integrantes Fundadores y Acti-vos:
a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General.
b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Asociación.
c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamentos Interno, Manuales respectivos, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General.
d) Los demás que le señalen los Estatutos y Reglamentos Internos de la Asociación.
Artículo 30.- La calidad de integrante se perderá por las causas siguientes:
a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General.
b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción.
c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
caPiTUlo Viii
rEGiMEN DiSciPliNario
Artículo 31.- Las causales que pueden motivar la aplicación de medidas disciplinarias a los integrantes se clasifican así:
a) Faltas leves.
b) Faltas menos graves.
c) Faltas graves.
Artículo 32.- Se consideran faltas leves:
a) El desempeño negligente de los y las integrantes de las comisiones o delegaciones asignadas.
b) Presentarse a cualquier tipo de actividad de la Asociación en estado de embriaguez o alterar el orden dentro de ellas.
c) Irrespetar a cualquier integrante de la Asociación en el ejercicio de sus funciones.
d) No presentarse puntualmente a las sesiones o reuniones de trabajo o abandonarlas antes de finalizarlas sin causa justifi-cada.
Artículo 33.- Se consideran faltas menos graves:
a) Los actos difamatorios en contra de cualquiera de sus inte-
grantes.
b) Negarse a desempeñar sin justa causa, las comisiones o
delegaciones que le encomendaren.
Artículo 34.- Se consideran faltas graves:
a) El manejo fraudulento del patrimonio de la Asociación.
b) Presentarse a cualquier actividad de la Asociación, bajo los
efectos de drogas enervantes y sustancias psicotrópicas.
c) La usurpación de funciones de otros integrantes.
d) Aprovecharse de la posición directriz para obtener ventajas
personales.
e) La falta de probidad.
f) El incumplimiento de los acuerdos de la Junta Directiva o la
Asamblea General.
g) Ejercer labor disociadora y/o actos difamatorios en contra de
la Asociación.
h) La agresión física a cualquier integrante de la Asociación.
i) La reincidencia en la comisión de faltas menos graves.
Artículo 35.- Se aplicarán las medidas disciplinarias siguientes:
a) Amonestación privada.
b) Amonestación pública.
c) Suspensión en el ejercicio de sus derechos como integrante
de la Asociación.
Artículo 36.- La amonestación privada se impondrá por toda falta
leve cometida, correspondiendo su aplicación a la o el Secretario General
de la Junta Directiva.
La amonestación pública se aplicará en caso de reincidencia en
faltas leves y la comisión de faltas menos graves; se dará a conocer por
los medios adecuados que determine la Junta Directiva.
Al cometer faltas graves o reincidir en las mismas, se impondrá la
suspensión, su aplicación corresponde a la Junta Directiva. Su duración
no podrá ser menor de quince días ni mayor de noventa días. A juicio
prudencial de la Junta Directiva puede expulsar definitivamente a un
integrante de acuerdo a la gravedad de la falta.
Artículo 37.- El encargado de aplicar las medidas disciplinarias
procederá de oficio o por denuncia verbal o escrita.
En los casos de suspensión, la afectada o el afectado tendrá derecho
a exponer su defensa, por sí o por medio del apoderado y a interponer
recurso de apelación ante la Junta Directiva.
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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. Todo recurso deberá interponerse dentro de los cinco días hábiles
posteriores a la notificación respectiva, contados a partir del día siguiente
de su fecha; la Junta Directiva resolverá el recurso en la reunión más
inmediata.
caPiTUlo iX
la DiSolUcioN
Artículo 38. - No podrá disolverse la Asociación sino por disposición
de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,
convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo
menos tres cuartas partes de sus integrantes.
Artículo 39.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación
se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas,
electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la Disolución.
Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos
se donarán a cualquier Entidad Benéfica o Cultural que la Asamblea
General señale.
caPiTUlo X
rEforMa DE loS ESTaTUToS
Artículo 40.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será
necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los
integrantes en Asamblea General Extraordinaria convocada para tal
efecto.
caPiTUlo Xi
DiSPoSicioNES GENEralES
Artículo 41.- La Asociación tiene la obligación de inscribirse en el
Registro de Asociaciones Comunales y Locales sin Fines de Lucro de la
Municipalidad, en los primeros días del mes de enero de cada año, con la
nómina de los integrantes y dentro de los cincos días después de electa
la nueva Junta Directiva y en todo caso inscribir en dicho registro todos
los documentos que la LEY DE ASOCIACIONES señale inscribir, así
como enviar al registro o cualquier dato que se le pidiere relativo a la
entidad.
Artículo 42.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación
no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento
Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva
y aprobado por la Asamblea General.
Artículo 43.- La Asociación Juvenil Apopense, Monseñor Oscar
Arnulfo Romero “AJAMOR” se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES
Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos
y demás disposiciones legales aplicables.
Artículo 44.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde
el día de su publicación en el Diario Oficial.
LA INFRASCRITA SEÑORA ALCALDESA MUNICIPAL.
CERTIFICA: Que a folios 473 y siguientes del Libro de Actas
de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Concejo Municipal, que
esta Alcaldía Municipal lleva durante el corriente año, se encuentra la
acta número DIECIOCHO de la sesión extraordinaria celebrada en la
Sala de Sesiones del Palacio Municipal de esta Ciudad de las nueve de
la mañana en adelante del día miércoles veinticinco de abril del año
dos mil doce, la cual contiene el Acuerdo Municipal, que en su parte
contundente dice: “ACUERDO MUNICIPAL NUMERO TRES”.- El
Concejo Municipal de conformidad al Art. 30, numeral 23 del Código
Municipal, por MAYORIA de votos, que más adelante se especificará,
ACUERDA: Aprobar los Estatutos de la “ASOCIACION JUVENIL
APOPENSE, MONSEÑOR OSCAR ARNULFO ROMERO” de este
Municipio, que podrá abreviarse “AJAMOR”, que consta de 44 Artículos;
y se concede Personalidad Jurídica a dicha Asociación, debiendo regis-
trarse mediante Acuerdo Municipal, en el Libro de Personerías Jurídicas
de las Asociaciones de Desarrollo Comunal que esta Municipalidad lleva
durante el presente año; y publíquese en el Diario Oficial.- Acuerdo
Municipal que se emite, en atención a memorando de fecha 24/4/2012
del señor Salvador Alfredo Hernández Ramírez Secretario General de
dicha Comunidad, a la vista por medio del numeral 20) de la agenda de
esta sesión.- Este Acuerdo Municipal es aprobado por trece votos.- Se
Abstiene de votar el Quinto Regidor Propietario.- COMUNIQUESE.-
Y no habiendo más que hacer constar se da por terminada la presente
sesión y acta que firmamos.
Es conforme con su original con el cual se confrontó y se extiende la
presente en la Alcaldía Municipal de la Ciudad de Apopa, Departamento
de San Salvador, a los veinticinco días del mes de abril del año dos mil
doce.
Dra. Luz Estrella Rodríguez de Zúniga,
Alcaldesa Municipal.
Juan Ricardo Vásquez Guzmán,
Secretario Municipal.
(Registro No. F041852)
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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395
DEclaraToria DE HErENcia
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA
LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las
once horas con quince minutos de este día, se ha declarado heredera
abintestato y con beneficio de inventario de la herencia intestada de
los bienes que a su defunción acaecida, el día ocho de diciembre de
dos mil diez, en el Cantón Río Grande, Jurisdicción de Sensuntepeque,
Departamento de Cabañas, siendo el mismo su último domicilio; dejó
el señor JOSE ESTEBAN QUINTEROS ROMERO o JOSE ESTEBAN
QUINTEROS, quien fue de ochenta años de edad, casado, jornalero,
hijo de Miguel Quinteros y Sebastiana Mejía, conocida por Sebastiana
Romero y por Sebastiana Romero Mejía, originario del Cantón Río
Grande, Jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas; a
la señora MARIA EULALIA FLORES viuda DE QUINTEROS, en
calidad de cónyuge del causante, representada por la Licenciada MARTA
DELMY QUINTEROS HERNANDEZ, como Defensora Pública de los
Derechos Reales y Personales de la señora Procuradora General de la
República.
Habiéndosele conferido a la heredera la Administración y Repre-
sentación DEFINITIVA de la sucesión.
Lo que avisa al público para los demás efectos de Ley.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
veintidós días del mes de marzo de dos mil doce.- LIC. JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 608
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA
LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las
once horas con cinco minutos de este día, se ha declarado heredera
abintestato y con beneficio de inventario de la herencia intestada de los
SECCION CARTELES OFICIALESde priMera publicación
bienes que a su defunción acaecida, el día cuatro de septiembre de dos
mil nueve, en el Cantón Santa Marta, Jurisdicción de Ciudad Victoria,
Departamento de Cabañas, siendo el mismo su último domicilio; dejó
la señora ROMANA VILLALOBOS AYALA, quien fue de noventa y
dos años de edad, viuda, oficios domésticos, hija de Camilo Villalobos
y Carlota Ayala, originaria de Ciudad Victoria, Departamento de Ca-
bañas; a la señora MAXIMINA RIVERA viuda DE HERNANDEZ, en
calidad de hija de la causante, representada por la Licenciada MARTA
DELMY QUINTEROS HERNANDEZ, como Defensora Pública de los
Derechos Reales y Personales de la señora Procuradora General de la
República.
Habiéndosele conferido a la heredera la Administración y Repre-
sentación DEFINITIVA de la sucesión.
Lo que avisa al público para los demás efectos de Ley.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
veintidós días del mes de marzo de dos mil doce. Enmendado-viuda-
Vale.- LIC. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ERNESTO
MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 609
DR. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cuarenta
minutos del día treinta de septiembre de dos mil once, se han declarado
HEREDEROS DEFINITIVOS ab intestato con beneficio de inventario a
la señora FRANCISCA AREVALO, MELVIN OSWALDO AREVALO
BONILLA, conocido por MELVIN OSVALDO AREVALO BONILLA
y LILIANA LIZBETT AREVALO BONILLA, y menores CLARA LUZ
AREVALO BONILLA, YOSELIN TATIANA AREVALO BONILLA,
DILCIA GERALDINA AREVALO BONILLA, representadas legalmen-
te por su madre señora María Luz Bonilla o María Luz Bonilla García, la
primera en calidad de madre y el resto en calidad de hijos del causante
señor MARIO HUMBERTO AREVALO SALAZAR, fallecido a las siete
horas del día catorce de junio de dos mil dos, en la Colonia Tres Reyes,
Cantón Cara Sucia, de San Francisco Menéndez, su último domicilio.
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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. Y se ha conferido definitivamente a los herederos declarados la
Administración y Representación de la sucesión, la que ejercerán las
menores CLARA LUZ AREVALO BONILLA, YOSELIN TATIANA
AREVALO BONILLA, DILCIA GERALDINA AREVALO BONILLA,
por medio de su Representante Legal señora María Luz Bonilla o María
Luz Bonilla García.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas cuarenta
y dos minutos del día treinta de septiembre del año dos mil once.- DR.
JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA
LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 610
acEPTaciÓN DE HErENcia
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZA DE
LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las
catorce horas veintidós minutos del día treinta de abril de dos mil doce,
se tuvo de parte de la señora PAULA REINOSA viuda DE AVALOS,
con Número de Identificación Tributaria: cero seiscientos dos-doscientos
cuarenta mil seiscientos treinta y uno-ciento uno-cero, de ochenta años
de edad, ama de casa, del domicilio de Quezaltepeque, y de los menores:
CARLOS EMERSON REINOSA FUENTES, de diecisiete años de edad,
y ROGER ALEXIS REINOSA CASTRO, de seis años de edad, ambos
estudiantes y del domicilio de Apopa, con Números de Identificación
Tributaria que por su orden son: cero seiscientos dos-doscientos cuarenta
mil ochocientos noventa y cuatro-ciento uno-uno: y cero seiscientos
dos-ciento ochenta mil quinientos cinco-ciento uno-ocho: en calidad de
madre e hijos del causante, respectivamente; por aceptada expresamente,
con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó
el señor CARLOS REINOSA AVALOS, quien fue de cuarenta y cinco
años de edad, soltero, Empleado, fallecido el día uno de enero de dos
mil once, siendo la ciudad de Apopa, lugar de su último domicilio.
Y se confirió a los aceptantes en el carácter indicado, la Adminis-
tración y Representación Interina de los bienes de la sucesión: con las
facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente; dere-
chos que deberán ejercer los menores: CARLOS EMERSON REINOSA
FUENTES y ROGER ALEXIS REINOSA CASTRO, a través de sus
respectivas Representantes Legales, señoras: MARIA DEL CARMEN
FUENTES LOPEZ e IDALIA VERONICA CASTRO LOPEZ.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las quince horas treinta
y dos minutos del día treinta de abril de dos mil doce. DRA. VIOLETA
DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZA DE LO CIVIL.-
LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 611-1
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a
las diez horas y veinte minutos del día cuatro de junio del presente año; se
tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia
Intestada que a su defunción dejó el señor WALTER CHAVEZ PONCE,
quien fue de veintinueve años de edad, Empleado, soltero, con Número
de Identificación Tributaria: Cero quinientos diecisiete-trescientos mil
novecientos ochenta-ciento dos-dos; fallecido en Colonia Nueva Apopa,
de esta Jurisdicción, el día nueve de junio del año dos mil diez; siendo
la ciudad de Apopa su último domicilio; de parte de los señores: JOSE
ANTONIO CHAVEZ ORELLANA o JOSE ANTONIO CHAVEZ, de
cincuenta y tres años de edad, Empleado, de este domicilio, con Número
de Identificación Tributaria: Cero quinientos diecisiete-ciento treinta mil
seiscientos cincuenta y ocho-cero cero uno-ocho; y MARIA ESTELA
PONCE DE CHAVEZ conocida por MARIA ESTELA GALVEZ, de
cuarenta y ocho años de edad, ama de casa, de este domicilio, con Número
de Identificación Tributaria: Cero quinientos diecisiete-cero ochenta mil
novecientos sesenta y tres-ciento uno-cero; y de los menores: WALTER
ANTONIO, de once años de edad, Estudiante, con Número de Identifica-
ción Tributaria: Cero seiscientos ocho-cero sesenta mil trescientos-ciento
uno-cinco; CRISTIAN EDUARDO, de ocho años de edad, Estudiante, con
Número de Identificación Tributaria: cero seiscientos catorce-doscientos
once mil ciento tres-ciento ocho-nueve; y BRYAN ALEXIS, de ocho
años de edad Estudiante, con Número de Identificación Tributaria: Cero
seiscientos catorce-doscientos once mil ciento tres-ciento siete-cero; los
tres de este domicilio y de apellidos CHAVEZ CAÑAS; en calidad de
padres e hijos del causante, respectivamente.
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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Y se les confirió a los aceptantes en el carácter indicado, la Admi-
nistración y Representación Interina de los bienes de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente;
debiendo los menores: WALTER ANTONIO, CRISTIAN EDUARDO
y BRYAN ALEXIS, todos de apellidos CHAVEZ CAÑAS, ejercer
sus derechos a través de sus TUTORES LEGITIMOS, señores: JOSE
ANTONIO CHAVEZ ORELLANA o JOSE ANTONIO CHAVEZ y
MARIA ESTELA PONCE DE CHAVEZ, conocida por MARIA ESTELA
GALVEZ.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las diez horas y
veintisiete minutos del día cuatro de junio del año dos mil doce. DRA.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZA
DE LO CIVIL DE APOPA.- LICDA. MARIA OFELIA VALENCIA
CAÑAS, SECRETARIA INTERINA.
Of. 3 v. alt. No. 612-1
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA
LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las catorce horas con veinte minutos de este día, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada de los bienes que a su defunción acaecida, el día ocho de
diciembre de dos mil diez, en el Cantón Río Grande, Jurisdicción de
Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo el mismo su último
domicilio; dejó el señor JOSE ESTEBAN QUINTEROS ROMERO o
JOSE ESTEBAN QUINTEROS, quien fue de ochenta años de edad,
casado, jornalero, hijo de Miguel Quinteros y Sebastiana Mejía, conocida
por Sebastiana Romero y por Sebastiana Romero Mejía, originario del
Cantón Río Grande, Jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento de
Cabañas; de parte de las señoras MARIA CELESTINA QUINTEROS
DE CALLEJAS y MARIA ELENA QUINTEROS DE FLORES, en
calidad de hijas del causante, representadas por la Licenciada MARTA
DELMY QUINTEROS HERNANDEZ, como Defensora Pública de los
Derechos Reales y Personales de la señora Procuradora General de la
República.
Habiéndosele conferido a las aceptantes la Administración y Repre-
sentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente, la cual ejercerá conjuntamente
con la señora MARIA EULALIA FLORES viuda DE QUINTEROS,
cónyuge del causante, heredera anteriormente ya declarada.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-
sión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia
dentro del plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la
última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
veinticinco días del mes de abril de dos mil doce.- LIC. JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 613-1
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA
LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las diez horas con quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los
bienes que a su defunción acaecida, el día treinta de mayo de dos mil
cinco, en el Cantón Llano de La Hacienda, Jurisdicción de San Isidro,
Departamento de Cabañas, siendo el mismo lugar, su último domicilio;
dejó el señor VICTOR GALINDO, conocido por VICTOR MANUEL
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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012.
GALINDO, quien fue de setenta y ocho años de edad, soltero, jornalero,
hijo de Rita Galindo, originario del Cantón Llano de La Hacienda, Juris-
dicción de San Isidro, Departamento de Cabañas; de parte de la señora
MARIA INES ARIAS, conocida por MARIA INES MEJIA, en calidad
de conviviente del causante, representada por la Licenciada MARTA
DELMY QUINTEROS HERNANDEZ, como Defensora Pública de los
Derechos Reales y Personales de la señora Procuradora General de la
República.
Habiéndosele conferido a la aceptante la Administración y Repre-
sentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-
sión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia
dentro del plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la
última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
catorce días del mes de mayo de dos mil doce.- LIC. JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 614-1
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA
LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las
catorce horas con veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los
bienes que a su defunción acaecida, el día dos de agosto de dos mil diez,
en la Libertad, siendo el Cantón Santa Marta, Jurisdicción de Ciudad
Victoria, Departamento de Cabañas, su último domicilio; dejó el señor
JULIO CESAR VELASCO LAINEZ, quien fue de treinta y dos años de
edad, soltero, albañil, hijo de Fidencio Velasco Rivas y de María Juana
Laínez García, originario del Cantón Santa Marta, Jurisdicción de Ciudad
Victoria, Departamento de Cabañas; de parte de la señora MARIA JUANA
LAINEZ GARCIA, en calidad de madre del causante, representado por
la Licenciada MARTA DELMY QUINTEROS HERNANDEZ, como
Defensora Pública de los Derechos Reales y Personales de la señora
Procuradora General de la República.
Habiéndosele conferido a la aceptante la Administración y Repre-
sentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-
sión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia
dentro del plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la
última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
veinticinco días del mes de abril de dos mil doce.- LIC. JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO
ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 615-1
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a
las nueve horas dieciocho minutos del día treinta de abril del corriente
año, se tuvo de parte de la señora MARTA ELISA JURADO DE CA-
BALLERO, de cuarenta y nueve años de edad, Operaria, casada, del
domicilio de Apopa, con Número de Identificación Tributaria: un mil
ciento nueve-doscientos mil ciento sesenta y dos-ciento dos-nueve, en
calidad de cónyuge sobreviviente del causante; por aceptada expresamente
con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó
el señor ROBERTO CABALLERO RAMOS, quien fue de cincuenta
y ocho años de edad, Mecánico, casado, con Número de Identificación
Tributaria: cero seiscientos catorce-ciento un mil ciento cincuenta y
dos-ciento uno-cinco, fallecido el día cinco de enero de dos mil once,
siendo la ciudad de Apopa, lugar de su último domicilio.
Y se le confirió a la aceptante en el carácter indicado, la Adminis-
tración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión; con las
facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas
treinta y tres minutos del día treinta de abril de dos mil doce. DRA.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL.- LICDA. MARIA OFELIA VALENCIA CAÑAS, SECRE-
TARIA INTERINA.
Of. 3 v. alt. No. 616-1
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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395TiTUlo DE ProPiEDaD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la Licenciada
ANA ROXANA CAMPOS DE PONCE, de cuarenta y nueve años de
edad, Abogada, del domicilio de San Salvador, con Documento Único
de Identidad Número cero cero quinientos diecinueve mil novecientos
setenta y siete guión tres. Que ha sido comisionada por el señor Fiscal
General de la República, en carácter de agente auxiliar, personería que
comprueba con la credencial en original de fecha veintiséis de marzo
del presente año, expedida y firmada por la Licenciada ADELA SARA-
VIA, Directora de la Defensa de los Intereses del Estado; anexada a las
presentes diligencias para que promueva DILIGENCIAS DE TITULO
DE PROPIEDAD a favor del Estado de El Salvador, en el Ramo de
Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano. Para lo
cual EXPONE lo siguiente: Que el Estado de El Salvador en el ramo
antes mencionado, es propietario y actual poseedor de un inmueble de
Naturaleza Urbana, situado en el lugar denominado los "Carahuitos",
Barrio El Calvario, de la Población de San Simón, Departamento de
Morazán, el cual servirá para derecho de vía del proyecto "DISEÑO
Y CONSTRUCCION DE LA CARRETERA LONGITUDINAL DEL
NORTE, TRAMO: DESVIO CIUDAD BARRIOS - OSICALA Y
DELICIAS DE CONCEPCION - CACAOPERA", dicha porción de
terreno es identificada en el proyecto como Parcela número OCHENTA
Y CUATRO - A1, de un área superficial de ONCE PUNTO TREINTA Y
CUATRO METROS CUADRADOS, equivalente a DIECISEIS PUNTO
VEINTITRES VARAS CUADRADAS, cuyo valor se estima en la can-
tidad de CIENTO TREINTA Y SEIS DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS
DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($136.98).
Dicha porción de terreno tiene la siguiente descripción: Partiendo del
estacionamiento DIEZ MAS DOSCIENTOS CUARENTA Y CUA-
TRO PUNTO TREINTA Y TRES sobre el eje del Proyecto: DISEÑO/
CONSTRUCCION CARRETERA LONGITUDINAL DEL NORTE,
TRAMO DESVIO CIUDAD BARRIOS - OSICALA Y DELICIAS DE
CONCEPCION - CACAOPERA, y con un rumbo Sur sesenta y nueve
grados cero seis minutos diez segundos Este, se miden veinticinco punto
sesenta y un metros, para llegar al vértice Nor Oriente (Uno) de esta
propiedad; y que a continuación se describe: LADO ORIENTE: Línea
uno-dos: tramo recto de uno punto veintitrés metros, con rumbo Sur cero
cero grados cincuenta y un minutos cero tres segundos Este, colindando
con resto del inmueble general del cual se segrega la porción que se
describe, propiedad de Estela Azucena Bautista Sol. LADO SUR: Línea
dos-tres: tramo recto de seis punto doce metros con rumbo Norte ochenta
y nueve grados catorce minutos cincuenta y tres segundos Oeste. Línea
tres-cuatro: tramo recto de dos punto veintisiete metros, con rumbo Norte
ochenta y cinco grados cincuenta y ocho minutos veintiocho segundos
Oeste, colindando con el resto del inmueble general del cual se segrega
la porción que se describe, propiedad de Estela Azucena Bautista Sol.
LADO PONIENTE: Línea cuatro-cinco: tramo recto de uno punto cua-
renta y ocho metros, con rumbo Norte catorce grados veintiséis minutos
veintinueve segundos Este, colindando con terreno propiedad de Neftalí
Armando Moreno Hernández, cerco de alambre de púas de por medio.
LADO NORTE: Línea cinco-uno: tramo recto de ocho punto cero un
metros, con rumbo Sur ochenta y seis grados cuarenta y ocho minutos
treinta y cuatro segundos Este, colindando con terreno propiedad de
Luciano Fuentes, calle antigua a Gualococti de por medio. Llegando
con esta última distancia y rumbo al vértice (uno) donde se inició esta
descripción. Dicho inmueble fue adquirido por el Estado y Gobierno de
El Salvador, en el Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y
Desarrollo Urbano, por medio de compraventa, otorgada por la señora
ESTELA AZUCENA BAUTISTA SOL; asimismo la posesión del
inmueble antes descrito, por parte del Estado de El Salvador, unida a la
del anterior poseedor, data desde hace más de DIEZ AÑOS, siendo ésta
de manera quieta, pacífica e ininterrumpida y no está en proindivisión,
ni gravado con carga de ninguna clase. El terreno que se ha relacionado,
no se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas,
por carecer de antecedentes escrito e inscrito, por lo que se fundamenta
en los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley sobre Títulos de Predios Urbanos,
y 699 y siguientes del Código Civil; y en la calidad en que comparece
vienen a iniciar Diligencias de Título de Propiedad, a fin de que una vez
probados los extremos de que solicita, se aprueben las diligencias, se
protocolicen en esta Alcaldía Municipal y se entregue la Certificación
de Ley para inscribir el inmueble a favor del Estado y Gobierno de El
Salvador, en el Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y
Desarrollo Urbano, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la Primera Sección de Oriente, Departamento de San Miguel.
SE AVISA AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS CONSIGUIENTES.
Alcaldía Municipal de San Simón, Departamento de Morazán a los
cuatro días del mes de junio de dos mil doce.- CARLOS MARIO DIAZ
AMAYA, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE REINALDO ROMERO
HERNANDEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 617-1
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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la Licenciada
ANA ROXANA CAMPOS DE PONCE, de cuarenta y nueve años de
edad, Abogada, del domicilio de San Salvador, con Documento Único
de Identidad Número cero cero quinientos diecinueve mil novecientos
setenta y siete guión tres. Que ha sido comisionada por el señor Fiscal
General de la República, en carácter de agente auxiliar, personería que
comprueba con la credencial en original de fecha veintiséis de marzo
del presente año, expedida y firmada por la Licenciada ADELA SARA-
VIA, Directora de la Defensa de los Intereses del Estado; anexada a las
presentes diligencias para que promueva DILIGENCIAS DE TITULO
DE PROPIEDAD a favor del Estado de El Salvador, en el Ramo de
Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano. Para lo
cual EXPONE lo siguiente: Que el Estado de El Salvador en el ramo
antes mencionado, es propietario y actual poseedor de un inmueble de
Naturaleza Urbana , situado en el Barrio El Calvario, de la Villa de San
Simón, Distrito de Osicala, Departamento de Morazán, el cual servirá
para derecho de vía del proyecto "DISEÑO Y CONSTRUCCION DE
LA CARRETERA LONGITUDINAL DEL NORTE, TRAMO: DESVIO
CIUDAD BARRIOS - OSICALA Y DELICIAS DE CONCEPCION -
CACAOPERA", dicha porción de terreno es identificada en el proyecto
como Parcela número OCHENTA Y CINCO - C, de un área superficial
de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PUNTO CERO SIETE
METROS CUADRADOS, equivalente a TRESCIENTOS SESENTA
Y SIETE PUNTO OCHENTA Y DOS VARAS CUADRADAS, cuyo
valor se estima en la cantidad de DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA
Y OCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
CON TREINTA Y UN CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, ($2,968.31). Dicha porción de terreno tiene la
siguiente descripción: Partiendo del estacionamiento DIEZ MAS CIENTO
SETENTA Y TRES PUNTO SESENTA Y SEIS sobre el eje del Pro-
yecto: DISEÑO/CONSTRUCCION CARRETERA LONGITUDINAL
DEL NORTE, TRAMO "DESVIO CIUDAD BARRIOS - OSICALA
Y DELICIAS DE CONCEPCION - CACAOPERA", y con un rumbo
Norte sesenta y nueve grados cero seis minutos diez segundos Oeste,
se miden siete punto setenta y cinco metros, para llegar al vértice Nor
Poniente (Uno) de esta propiedad; y que a continuación se describe: LADO
NORTE: Línea uno-dos: tramo recto de cinco punto once metros, con
rumbo Sur cincuenta grados cuarenta y tres minutos cincuenta y cuatro
segundos Este, colindando con terreno propiedad de José Ustacio Luna,
cerco de alambre de púas de por medio. LADO ORIENTE: Línea dos-tres:
tramo recto de cinco punto cero un metros, con rumbo Sur veinte grados
veintiún minutos cincuenta y tres segundos Oeste. Línea tres-cuatro:
tramo recto de diecinueve punto sesenta y cinco metros, con rumbo
Sur veintiún grados treinta y dos minutos once segundos Oeste. Línea
cuatro-cinco: tramo recto de veinte punto diecisiete metros, con rumbo
Sur veintitrés grados dieciséis minutos treinta y cinco segundos Oeste.
Línea cinco-seis: tramo recto de dos punto cuarenta y seis metros, con
rumbo Sur veinticuatro grados diez minutos cuarenta y cinco segundos
Oeste, colindando con terreno propiedad de Ana María Hernández de
Ramírez, colindando con terreno propiedad de Paulino Sánchez, y con
terreno propiedad de José Efraín Ramírez Santos, calle que de San Simón
conduce a Osicala de por medio. LADO SUR: Línea seis-siete: tramo
recto de cinco punto sesenta y cuatro metros, con rumbo Norte cincuenta
y tres grados cuarenta y seis minutos cincuenta y seis segundos Oeste,
colindando con terreno propiedad de Juan Carlos Hernández Chicas,
cerco de alambre de púas de por medio. LADO PONIENTE: Línea
siete-ocho: tramo recto de cero punto noventa y nueve metros, con rumbo
Norte cero nueve grados treinta y tres minutos veintiún segundos Este.
Línea ocho-nueve: tramo recto de diez punto doce metros, con rumbo
Norte veintitrés grados diecinueve minutos veinte segundos Este. Línea
nueve-diez: tramo recto de diez punto cero dos metros, con rumbo Norte
veintidós grados veintidós minutos veintiocho segundos Este. Línea
diez-once: tramo recto de diez punto cero seis metros, con rumbo Norte
veinticinco grados dieciséis minutos diecisiete segundos Este. Línea
once-doce: tramo recto de nueve punto noventa y siete metros, con rum-
bo Norte veinticinco grados cuarenta y cinco minutos veinte segundos
Este. Línea doce-uno: tramo recto de seis punto treinta y cuatro metros,
con rumbo Norte diecisiete grados treinta y seis minutos cuarenta y un
segundos Este, colindando con resto del inmueble general del cual se
segrega la porción que se describe, propiedad de Lázaro Luna Ramírez.
Llegando con esta última distancia y rumbo al vértice (uno) donde se
inició esta descripción. Dicho inmueble fue adquirido por el Estado y
Gobierno de El Salvador, en el Ramo de Obras Públicas, Transporte y
de Vivienda y Desarrollo Urbano, por medio de compraventa, otorgada
por el señor LAZARO LUNA RAMIREZ; asimismo la posesión del
inmueble antes descrito, por parte del Estado de El Salvador, unida a la
del anterior poseedor data desde hace más de DIEZ AÑOS, siendo ésta
de manera quieta, pacífica e ininterrumpida y no está en proindivisión,
ni gravado con carga de ninguna clase. El terreno que se ha relacionado,
no se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas,
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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395por carecer de antecedentes escrito e inscrito, por lo que se fundamenta
en los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley sobre Títulos de Predios Urbanos,
y 699 y siguientes del Código Civil; y en la calidad en que comparece
vienen a iniciar Diligencias de Título de Propiedad, a fin de que una vez
probados los extremos de que solicita, se aprueben las diligencias, se
protocolicen en esta Alcaldía Municipal y se entregue la Certificación
de Ley para inscribir el inmueble a favor del Estado y Gobierno de El
Salvador, en el Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y
Desarrollo Urbano, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la PrimeraSección de Oriente Departamento San Miguel.
Se avisa al público para los efectos consiguientes.
Alcaldía Municipal San Simón, Departamento Morazán, a los
cuatro días del mes de junio dos mil doce.- CARLOS MARIO DIAZ,
ALCALDE MUNICIPAL.- Ante mí: JOSE REINALDO ROMERO
HERNANDEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 618-1
aViSo DE iNScriPcioN
LA INFRASCRITA JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA DEL DE-
PARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA.
CERTIFICA QUE: Habiendo cumplido con el procedimiento es-
tablecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-
cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCION
AGROPECUARIA "MENSAJEROS DE PAZ" DE RESPONSABILI-
DAD LIMITADA QUE SE ABREVIA "ACOMEPAZ" DE R.L., con
domicilio en el Municipio de Guazapa, departamento de San Salvador,
obtuvo su Personalidad Jurídica el día diecinueve de mayo del año dos mil
once, y fue inscrita en el libro noventa y ocho de Registro que esta Oficina
lleva bajo la siguiente codificación: Dos mil cuatrocientos diecinueve del
Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario
Oficial por una sola vez el asiento de inscripción correspondiente.
Santa Tecla, a los cinco días del mes de junio del año dos mil doce.
NOTIFÍQUESE.-
LIC. ANGELA DEL CARMEN MANZANO,
JEFA SECCION JURIDICA.
Of. 1 v. No. 619
EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-
NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA
Y GANADERIA.
CERTIFICA QUE: Habiendo cumplido con el procedimiento es-
tablecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-
cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION
AGROPECUARIA Y SERVICIOS MULTIPLES VILLAS DEL MAR
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA QUE SE ABREVIA "ACOPA-
SEMVIM" DE R.L., ubicada en San Francisco Menéndez, Departamento
de Ahuachapán, obtuvo su personalidad jurídica el día ocho de marzo del
año dos mil doce, inscrita en el libro ciento cuatro de registro que esta
oficina lleva bajo la siguiente codificación: Dos mil quinientos noventa
y uno del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en
el Diario Oficial el extracto y por una sola vez el aviso de inscripción
correspondiente.
Santa Tecla, a los once días del mes junio de dos mil doce.
NOTIFIQUESE.-
LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,
JEFE DEL DEPARTAMENTO.
Of. 1 v. No. 620
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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. JUicio DE aUSENcia
SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DEL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO
Y SOCIAL DE SAN SALVADOR.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que a este juzgado
se ha presentado la Licenciada MARIA OLINDA PORTILLO RAMOS
mayor de edad, Abogada, del domicilio de Santa Tecla, Departamento
de La Libertad, en su calidad de Agente Auxiliar y en representación del
señor Fiscal General de la República, promoviendo Juicio Civil Ejecutivo
contra la señora MARIA LILI SOLIS DE GRIMALDI, y para efectos
de poder continuar el presente proceso en contra de la demandada y
por ignorar la referida Abogada cuál es el domicilio o residencia actual
de la señora MARIA LILI SOLIS DE GRIMALDI, se promueve como
incidente en el presente Juicio el Nombramiento de un Curador Especial,
para que represente a la señora MARIA LILI SOLIS DE GRIMALDI,
mayor de edad, Comerciante, de este domicilio, quien tuvo como último
domicilio conocido esta ciudad, y no saber si ha dejado Apoderado o
Representante alguno, se promueve como incidente el nombramiento
de un Curador Especial, para poder así representar a la señora MARIA
LILI SOLIS DE GRIMALDI, según Art. 141 Pr. C. C.
EN CONSECUENCIA: Se previene que si la referida señora
MARIA LILI SOLIS DE GRIMALDI, tiene Apoderado o Representante
alguno, se presente a este Juzgado a comprobar dicha circunstancia dentro
del término de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las diez horas y cincuenta minutos del día siete de oc-
tubre de dos mil once.- DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES
CACERES RUBIO, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 621
EDicTo DE EMPlaZaMiENTo
LOS INFRASCRITOS JUECES DE LA CÁMARA CUARTA DE
PRIMERA INSTANCIA DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA
REPÚBLICA, DE CONFORMIDAD CON EL ART. 88 DE LA LEY
DE ESTA INSTITUCIÓN.
EMPLAZAN: Al señor ARTURO BENJAMIN GUEVARA
REYES, para que dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publi-
cación del presente Edicto, se presente a esta Cámara a recibir copia del
Pliego de Reparos, donde se le señala Responsabilidad Administrativa
por su actuación como Noveno Regidor Propietario, durante el periodo
comprendido del uno de enero al treinta de abril del dos mil nueve, en la
Alcaldía Municipal de Cuscatancingo, Departamento de San Salvador,
según Informe de Examen Especial realizado a dicha Institución, que
dio origen al Juicio de Cuentas Número JC-69-2010-5.
Librado en la Cámara Cuarta de Primera Instancia de la Corte de
Cuentas de la República, San Salvador, a las ocho horas y cincuenta
minutos del día doce de junio de dos mil doce.-
LICDA. ROSA GUADALUPE JIMENEZ LARIN,
JUEZ.
LIC. JUAN GILBERTO RODRIGUEZ LARIN,
JUEZ.
LIC. MANUEL DE JESUS POSADA MAJANO,
SECRETARIO DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 622
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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395
de seGunda publicación
acEPTacioN DE HErENcia
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las catorce horas y quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor ANGEL DE JESUS AMAYA SANTOS, quien falleció el día veintitrés de septiembre del año dos mil once, a la edad de cuarenta y uno años, siendo en esta ciudad su último domicilio, de parte de los señores INGRID ELIZABETH AMAYA HERNANDEZ, ULISES DE JESUS AMAYA HERNANDEZ, EVA AMAYA y MARCIAL SANTOS, los dos primero en concepto de hijos y los dos últimos como padres del causante. Confiéresele a los aceptantes en el concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate, a los trece días del mes de marzo del años dos mil doce.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 640-2
TiTUlo DE ProPiEDaD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado CESAR HUMBERTO ZAMORA, mayor de edad, Abogado, de los domicilios de Aguilares y de Chalatenango, con Tarjeta de Abogado Número cinco mil seiscientos cincuenta, ejerciendo procuración en nombre y representación de la señora: María Claudina García Hernández, de cuarenta y siete años de edad, Ama de Casa, con Documento Único de Identificación Personal Número: cero cero quinientos sesenta y nueve mil setecientos treinta y dos guión tres, con residencia y domicilio en el Barrio El Manzanar del Municipio de La Palma, Departamento de Chalatenango. Solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Manzanar de esta población, de una extensión superficial de ciento treinta y seis punto treinta y cinco metros cuadrados aproximadamente, y con las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: Linda con Eusebia Hernández, mide doce punto ochenta metros; AL ORIENTE: Linda con Margarita Ochoa, mide nueve metros; AL PONIENTE: Colinda con Juan Ramón Hernández, mide nueve punto cinco metros; y AL SUR: Linda con Do-roteo Rivera, mide diecisiete punto cinco metros. En el inmueble descrito se alega posesión material por más de quince años de manera quieta, pacífica e ininterrumpida, el inmueble en referencia no tiene cargas, ni derechos reales que deban respetarse, no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión con ninguna otra persona y actualmente está valorado por la cantidad de cuatro mil dólares.
Lo que se hace de conocimiento al público en general para los demás efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: La Palma, Departamento de Chalatenango, a los treinta días del mes de mayo de dos mil doce.- JOSE ESTEBAN FLORES HERNANDEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- LORENA BEATRIZ CALLES CALLES, SECRETARIA MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 593-2
TiTUlo DE DoMiNio
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta oficina se presentó la Licenciada GILMA YOLANDA VASQUEZ SANCHEZ, en su calidad de Procuradora Auxiliar de la Procuradora General de la República, y en representación del señor LUIS ENRIQUE BERRIOS MONTEAGUDO, de cuarenta y seis años de edad, Motorista, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número: Cero cuatro millones novecientos setenta y siete mil novecientos veintiuno guión cuatro, solicitando a favor de su representado Título de Dominio de un inmueble de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de La Paz, Calle El Progreso, Pasaje Uno, jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, de la extensión superficial de: CIENTO SEIS PUNTO TREINTA METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: dieciséis metros sesenta y un centímetros, Pasaje de por medio, colinda con inmueble propiedad de la señora Teresa de Jesús Berrios; AL ORIENTE: seis metros cuarenta centímetros, Pasaje de por medio, colinda con inmueble propiedad de la señora Milagro Yaneth Villatoro Berrios; AL SUR: dieciséis metros sesenta y un centímetros, colinda con inmueble propiedad de la señora Ana Lilian Sandoval, pared de bloque propiedad de la colindante; y AL PONIENTE: seis metros cuarenta centímetros, colinda con inmueble propiedad de la señora Ana Lilian Sandoval, pared de bloque propiedad de la colindante.- En el inmueble antes descrito no existen construccio-nes.- Dicho inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante, ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca a persona distinta al poseedor ni está en proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad de UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Y lo adquirió mediante compraventa verbal de la posesión material en el año de mil novecientos noventa y ocho, que le hizo a la señora LAURIANA BERRIOS CUADRA, (ya fallecida) quien fue mayor de edad, de oficios domésticos, de este domicilio.- Que la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente el poseedor sumada a la de su antecesora data más de sesenta y dos años y sigue siendo en forma quieta, pacífica, e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los colindantes son de este domicilio, lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los seis días del mes de junio del año dos mil doce.- JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 594-2
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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta oficina se presentó la Licenciada ANA
YANCY DIAZ PINEDA, en su calidad de Procuradora Auxiliar de la
Procuradora General de la República, y en representación del señor JOSE
SANTOS SALMERON MARTINEZ, de sesenta y un años de edad,
obrero, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número:
Cero cero ciento ochenta y cinco mil quinientos doce guión tres, solici-
tando a favor de su representado Título de Dominio de un inmueble de
naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de La Paz, Calle Sorto,
Jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, de la extensión
superficial de: TRESCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS,
de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: veinticinco metros
sesenta centímetros, colinda con inmueble propiedad del señor Francisco
Pérez, cerco de alambre de púas propiedad del solicitante; AL ORIENTE:
catorce metros diez centímetros, colinda con inmueble propiedad del
señor José Francisco Herrera, muro de bloque propiedad del solicitante;
AL SUR: veinticinco metros sesenta centímetros, colinda con inmueble
propiedad del señor David Antonio Salmerón, cerco de alambre de
púas propiedad del solicitante; y AL PONIENTE: catorce metros diez
centímetros, colinda con inmueble propiedad del señor Arturo Arcenio
Ramos.- En el inmueble antes descrito existen construcciones de sistema
mixto y demás servicios necesarios.- Dicho inmueble no es ejidal, baldío,
comunal, no es dominante, ni sirviente, no tiene carga o derecho real que
pertenezca a persona distinta al poseedor ni está en proindivisión con
nadie, y lo valúa en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTA-
DOS UNIDOS DE AMERICA.- Y lo adquirió mediante compraventa
verbal de la posesión material en el año de mil novecientos ochenta y
cinco, que le hizo a la señora MARIA DEL ROSARIO SALMERON,
quien es mayor de edad, de oficios domésticos, de este domicilio.- Que
la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente el poseedor
sumada a la de su antecesora data más de treinta y dos años y sigue
siendo en forma quieta, pacífica, e ininterrumpida y sin clandestinidad
alguna. Los colindantes son de este domicilio, lo que se avisa al público
para los efectos de Ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los seis días del mes de
junio del año dos mil doce.- JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA,
ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO,
SECRETARIO MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 595-2
acEPTaciÓN DE HErENcia
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinte minutos
del día veintinueve de marzo de dos mil doce, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intestada que
a su defunción ocurrida a las once horas del día siete de mayo de dos
mil once, en Calle que Conduce a Jujutla Kilómetro cuatro Caserío San
Luis, Cantón Joya, Los Apantes, Ataco, Ahuachapán, siendo su último
domicilio el de Guaymango, departamento de Ahuachapán, dejó el señor
CARLOS ALFREDO JOVEL MÉNDEZ; de parte del menor CARLOS
ALEXANDER JOVEL ALFARO, quien es representado legalmente por
su madre señora Rutt Elizabett Alfaro Tobar, en su concepto de hijo del
causante; y se ha nombrado interinamente al aceptante representante
y administrador de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los curadores de la Herencia Yacente la cual ejercerá por medio de su
representante legal señora Rutt Elizabett Alfaro Tobar. Lo que se pone
en conocimiento del público para los efectos de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas veintitrés
minutos del día veintinueve de marzo de dos mil doce. DR. JULIO CESAR
FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. CLAUDIA LELIN GUEVARA
DE PEÑATE, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 581-3
SUBaSTa PÚBlica
EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que en el Juicio Ejecutivo Civil referencia 0055I08CCEJC01-C01-No.46(1), ha sido Promovido por la Abogada ERIKA SOFIA ABREGO HERNÁNDEZ, en su carácter de Agente Auxiliar del Señor Fiscal General de la Repú-blica; en contra del señor JOSÉ ROSA PÉREZ ORTIZ, se venderá en pública subasta en este Tribunal, el bien inmueble que a continuación se describe: Un inmueble de naturaleza rústico, situado en Avenida Paleca, Block B, Lote Número nueve, Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador de la extensión superficial de ciento veinticuatro punto cincuenta metros cuadrados, y se describe de la siguiente manera: En el lado uno AL NORTE: seis punto cero cero metros; AL SUR, seis punto treinta metros, AL ORIENTE Veintiuno punto diez metros; AL PONIENTE, veinte punto cuarenta metros.
El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del de-mandado JOSÉ ROSA PÉREZ ORTIZ, bajo el Número de Matrícula M CERO CINCO UNO OCHO CERO TRES OCHO CERO, del registro de la propiedad de este Departamento.
Se admitirán posturas siendo legales.
Lo que se pone del conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en Juzgado de lo Civil, a las quince horas y treinta y seis minutos del día cuatro de noviembre de dos mil once. LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 585-3
de tercera publicación
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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395
DEclaraToria DE HErENcia
MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USU-
LUTÁN, al público, para los efectos de Ley.
AVISA: Que por resolución de las doce horas del día seis de
diciembre del año dos mil once, y habiendo transcurrido más de quince
días desde la última publicación, en el Diario Oficial, sin que persona
alguna se haya presentado a alegar igual o mejor derecho hereditario
que los peticionarios, se declara Herederos Definitivos de la Herencia
Intestada con beneficio de inventario, de los bienes dejados por la causante
MARIA PETRONILA o MARIA P. COREAS o MARIA PETRONI-
LA COREAS DE AYALA o MARIA PETRONILA COREAS, quien
falleció a las cuatro horas con diecisiete minutos del día veinticinco
de noviembre del año dos mil uno, siendo su último domicilio en El
Salvador, el municipio de Mercedes Umaña, departamento de Usulután,
a los señores JOSE DAVID AYALA COREAS, con Documento Único
de Identidad número cero cuatro millones quinientos veintiún mil no-
vecientos noventa y cinco guión tres y con Número de Identificación
Tributaria mil ciento once guión cero veinte mil setecientos cuarenta
y dos guión cero cero uno guión cero; FELICITA MARINA AYALA
COREAS, con Documento Único de Identidad número cero tres mi-
llones seiscientos veintiséis mil ochocientos catorce guión nueve y con
Número de Identificación Tributaria mil ciento once guión ciento diez
mil trescientos cuarenta y seis guión cero cero uno guión tres; FREDY
AYALA COREAS, con Documento Único de Identidad número cero
cuatro millones quinientos veintidós mil cuarenta y cinco guión nueve
y con Número de Identificación Tributaria mil ciento once guión ciento
cuarenta mil novecientos sesenta y cuatro guión ciento uno guión cuatro;
JOSE ROGELIO AYALA COREAS, con Documento Único de Identidad
número cero cero novecientos un mil novecientos sesenta y dos guión
cuatro y con Número de Identificación Tributaria mil ciento once guión
ciento setenta mil cuatrocientos cuarenta y nueve guión ciento uno guión
seis, REINA ISABEL AYALA COREAS, con Documento Único de
Identidad número cero cuatro millones quinientos veinte mil seiscientos
noventa y uno guión ocho y con Número de Identificación Tributaria
mil ciento once guión ciento noventa y un mil ciento cincuenta y ocho
guión ciento uno guión siete; Y MERCEDES AYALA COREAS, con
Documento Único de Identidad número cero un millón ochocientos
ochenta y seis mil setecientos noventa y nueve guión cinco y con Número
de Identificación Tributaria mil ciento once guión doscientos cincuenta
mil novecientos cincuenta y dos guión ciento dos guión cero; todos en
su concepto de hijos de la causante, confiriéndole a los aceptantes la
Administración y representación Definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Berlín,
a las doce horas con treinta minutos del día seis de diciembre del año
dos mil once.- LICDA. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE
GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. ANA
MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETARIA.
1 v. No. C002109
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial
al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta
minutos del día veintitrés de Mayo del corriente año, se ha declarado
heredero abintestato con beneficio de inventario de los bienes que a
su defunción dejó el señor JOSE MARIA ABREGO conocido por
JOSE ABREGO, quien fue de sesenta y cinco años de edad, Jornalero,
casado, salvadoreño, fallecido el día dieciocho de Agosto del año de
mil novecientos noventa y uno, en el Cantón Las Minas, Jurisdicción
de Apastepeque, de este departamento, siendo Apastepeque el lugar de
su último domicilio, al señor ALEXANDER BALTAZAR RIVERA
SOLIS, como cesionario de los derechos hereditarios que en la sucesión
les correspondía a la señora Berta Bernarda Solís de Rivera y esta última
como cesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesión le co-
rrespondía a los señores Luis Abrego Solís conocida por Luisa Abrego
Abrego, Inmaculada Mirian Abrego de Abrego, Cruz María Abrego
de Rodríguez y José René Abrego Abrego, en concepto de hijos del
causante y se le ha conferido al heredero declarado la administración y
representación definitiva de la sucesión.
SECCION CARTELES pAGADOSde priMera publicación
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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintitrés
días del mes de Mayo del año dos mil doce. DRA. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. C002119
ELIO DEL CID BARAHONA, Notario, de este domicilio, con oficina
en la Alameda Juan Pablo Segundo Poniente, Condominio Metrocondo
minio, Edificio “A” número Ciento Once, de esta ciudad, al público,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las diez horas del día once de junio de dos mil doce, se ha DECLARADO
HEREDERA DEFINITIVA INTESTADA, con beneficio de inventario, a
la señora BARBARA NOE SEGURA COTO conocida por BARBARA
NOHEMY SEGURA COTTO, en concepto de hermana sobreviviente, de
los bienes que a su defunción ocurrida en el Hospital San Juan de Dios
de la ciudad de Santa Ana, a consecuencia de Schock Cardiogénico, y
con asistencia médica de la doctora Angela Elizabeth Azucena Recinos,
siendo la ciudad de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, el lugar
de su último domicilio, dejó la señora BALBINA NEFTALI DE SAN
JUAN SEGURA COTO que fue conocida por BALBINA LUZ SEGU-
RA COTO; y se le confirió a la heredera declarada la administración y
representación definitiva de la Sucesión mencionada.
Librado en mi Oficina de Notario, a las once horas del día once de
junio del año dos mil doce.
LIC. ELIO DEL CID BARAHONA,
NOTARIO.
1 v. No. F041721
MIREILLE ESCALANTE DIMAS, Notario, del domicilio de la ciudad
de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con Oficina en Octava
Avenida Sur Número Dos-dos Bis, Santa Tecla,
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída
a las ocho horas del día uno de Junio del año dos mil doce ,se ha decla-
rado HEREDERA DEFINTIVA Intestada, con Beneficio de Inventario
de los bienes que a su defunción dejó el causante VICTOR MANUEL
LINARES, fallecido el día ocho de febrero de dos mil seis, siendo su último
domicilio Cantón Joya de Cerén, Jurisdicción de Izalco, Departamento
de Sonsonate, de parte de la señora Maybel Yoconda Francia Jiménez,
conocida por Maybel Yoconda Francia, en concepto de Cesionaria de
los derechos hereditarios en abstracto que le hicieron los señores: AN-
GELICA BARRIENTOS DE LINARES, MARIA ISABEL LINARES
BARRIENTOS, JUAN FRANCISCO LINARES BARRIENTOS y
VICTOR MANUEL LINARES BARRIENTOS, conferiéndosele a la
Heredera declarada, la Administración y Representación Definitiva de
la Sucesión.
Librado en la Oficina de la suscrita Notario, Santa Tecla, a las diez
horas del día dos de junio del año dos mil doce.
DRA. MIREILLE ESCALANTE DIMAS,
NOTARIO.
1 v. No. F041728
Rafael Eduardo Menéndez Contreras, Juez de Primera Instancia de la
ciudad de Armenia; Departamento de Sonsonate.
HACE SABER: Que a las 9:10 horas de este día, se emitió reso-
lución en la cual se tuvo por declarada heredera definitiva abintestato y
con beneficio de inventario, a la señora Ana Gladis Martínez de Recinos,
esposa sobreviviente del causante Víctor Manuel Recinos Vásquez,
quien falleció el día veintiocho de septiembre del año dos mil nueve, en
el Hospital Nacional de Santa Ana, a consecuencia de Shock bidiogé-
nico, Insuficiencia Renal Crónica, Ulcera de miembro Izquierdo agudo
del miocardio, sin asistencia médica, quien fuera de 54 años de edad,
motorista, casado, originario de Sacacoyo, La Libertad, del domicilio
de Kilómetro 31, carretera a Sonsonate número 134, Cantón Ateos, Sa-
cacoyo, La Libertad, nacionalidad Salvadoreño, hijo de Eliseo Recinos
Calderón y de Mercedes Vásquez de Recinos, con último domicilio en
la ciudad de Sacacoyo.
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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Y se tuvo por conferida a la señora Ana Gladis Martínez de Recinos
la administración y representación definitiva de la sucesión en la calidad
expresada.
Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de
Armenia; Departamento de Sonsonate, a los cinco días del mes de
junio del año dos mil doce. LIC.RAFAEL EDUARDO MENENDEZ
CONTRERAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. RAFAEL
ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.
1 v. No. F041742
LIC. CARLOS SANCHEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
SUPLENTE, DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SEBASTIÁN,
DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE. AL PÚBLICO, para los
efectos de ley,
HACE SABER: Que según resolución de las diez horas del día
veintisiete de abril del año dos mil doce, se han declarado herederos
definitivos y con beneficio de inventario, respecto de la Herencia
Intestada que a su defunción dejó el causante señor Ignacio Claros Ar-
gueta conocido como Ignacio Claros, quien fue de ochenta y tres años
de edad, Jornalero, Soltero, Originario de San Gerardo, Departamento
de San Miguel, del Domicilio de Santo Domingo, Departamento de
San Vicente, quien poseía Documento Único de Identidad número cero
dos millones setecientos cincuenta y cuatro mil ciento setenta y cuatro
- dos, quien falleció a las nueve horas del día seis de mayo del año dos
mil once, en casa de habitación, Barrio El Centro jurisdicción de Santo
Domingo, Departamento de San Vicente; de parte de los señores Cristino
Márquez Claros, de cuarenta y un años de edad, Empleado, del Domi-
cilio de la Ciudad de Arlington, Estado de Virginia, Estados Unidos de
América, portador de su Documento Único de Identidad número cero
cuatro millones cuatrocientos noventa y nueve mil ochocientos noventa
y tres - seis, así como de la Tarjeta de Identificación Tributaria número
mil doscientos catorce - cero cincuenta y un mil doscientos sesenta y
nueve - ciento uno - cinco; y Juan Carlos Márquez Claros, de treinta
y dos años de edad. Comerciante en Pequeño, del domicilio de Santo
Domingo, Departamento de San Vicente, Portador del Documento
Único de Identidad número cero dos millones setecientos cincuenta y
cuatro mil ciento sesenta y tres - siete, así como portador de la Tarjeta de
Identificación Tributaria número mil doscientos catorce - ciento sesenta
mil trescientos setenta y nueve - ciento uno - nueve; en calidad de hijos
sobrevivientes del referido causante.
Confiérase a los herederos declarados, la Administración y Re-
presentación definitiva de los bienes Sucesorales, con las facultades y
restricciones de ley.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI-
CIAL DE SAN SEBASTIÁN, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE,
a las quince horas y treinta minutos del día cuatro de junio del año dos
mil doce. LIC. CARLOS SANCHEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA SUPLENTE. BR. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES,
SECRETARIO.
1 v. No. F041760
Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al público
para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha declarado al
señor EFRAIN ALONSO MARTINEZ FUNES, heredero beneficiario
e intestado de los bienes que a su defunción dejó el causante MIGUEL
DE LOS SANTOS FUNES, quien falleció el día doce de noviembre de
dos mil diez, en el Cantón Liévano de la jurisdicción de Zacatecoluca,
su último domicilio; en concepto de hijo del causante, y además como
cesionario de los derechos hereditarios que en tal sucesión correspondían
a AGUSTIN ARTEMIO FUNES OSORIO o AGUSTIN ARTEMIO
OSORIO FUNES, JOSE NORBERTO FUNES OSORIO, MARIA
EUFEMIA FUNES DE MARTINEZ o MARIA EUFEMIA FUNES,
SANTOS MARGARITA FUNES OSORIO, MIGUEL ANGEL FUNES
OSORIO, y SEBASTIÁN ANTONIO FUNES OSORIO o SEBASTIAN
ANTONIO FUNES, como hijos del mismo causante. Confiérase al
heredero que se declara, la administración y representación definitivas
de la sucesión.
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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cuatro de enero de dos
mil doce. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE
ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No F041795
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
AVISA: Que por resolución de las once horas del día cinco de
junio de dos mil doce, se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA
ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a la señora
LUISA GUADALUPE GARCIA DE HERNANDEZ, ahora viuda de
Hernández, de los bienes que a su defunción dejó el causante señor
SEGUNDO DE JESUS HERNANDEZ RIVAS, quien fue de setenta
y tres años de edad, agricultor, fallecido a las veinte horas treinta mi-
nutos del día diecinueve de octubre de dos mil once, en San Cayetano
Istepeque, Departamento de San Vicente, lugar de su último domicilio,
en concepto de cónyuge sobreviviente del causante. Confiéresele a la
heredera declarada, la administración y representación definitiva de la
sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las once horas diez
minutos del día cinco de junio de dos mil doce. DRA. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. F041798
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
AVISA: Que por resolución de las nueve horas treinta minutos del
día cinco de junio de dos mil doce, se ha DECLARADO HEREDERA
DEFINITIVA ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO,
a la señora SANTOS ELVIRA GRANADOS DE RIVAS ahora viuda
DE RIVAS, de los bienes que a su defunción dejó el causante señor
JOSÉ SALOMON RIVAS GARCIA, quien fue de setenta y nueve años
de edad, agricultor en pequeño, fallecido a las seis horas veinte minutos
del día veintitrés de enero de dos mil doce, en Hospital Nacional Santa
Gertrudis, de esta ciudad, siendo su último domicilio el municipio de
San Cayetano Istepeque, Departamento de San Vicente, en concepto
de cónyuge sobreviviente del causante. Y se ha conferido a la heredera
declarada, la administración y representación definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas
cuarenta y cinco minutos del día cinco de junio de dos mil doce. DRA.
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN
MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. F041800
JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo Civil de
este Municipio Judicial.
AVISA: Que por resolución proveída por este juzgado, a las nueve
horas con cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de Mayo del
dos mil doce.- Se han declarado herederos definitivos con beneficio
de inventario en la herencia intestada que a su defunción ocurrida en
la ciudad de San Salvador, siendo esta Ciudad de San Salvador su úl-
timo domicilio, el día veintitrés de Octubre del año dos mil diez, dejó
el causante CESAR AUGUSTO ALEGRIA MELARA, de parte del
señor MARIANO ALEGRIA, conocido por MARIO ALEGRIA y por
MARIO MARIANO ALEGRIA, y de la señora FIDELINA MELARA
DE ALEGRIA conocida por FIDELINA MELARA HERNANDEZ,
FIDELINA MELARA HERNANDEZ DE ALEGRIA y por FIDELINA
MELARA, ambos en calidad de padres del cujus en mención.
Se ha conferido a los herederos declarados la administración y
representación definitiva de la sucesión.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos Depar-
tamento de San Salvador; a las nueve horas del día uno de Junio del año
dos mil doce. LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON,
JUEZA DE LO CIVIL. LIC ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRE-
TARIO.
1 v. No. F041804
LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO
CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA.
AVISA: Que por resolución de las ocho horas y cuarenta minutos
del día veinte de febrero de dos mil doce, se ha declarado HEREDERA
DEFINITIVA con beneficio de inventario, junto a otra ya declarada,
de la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora
MARIA LIDIA MATUTE PEREZ conocida por MARTA LIDIA
MATUTE, MARIA LIDIA MATUTE PEREZ y por MARIA LIDIA
MATUTE DE AYALA, quien fue de cuarenta y nueve años de edad,
de oficios domésticos, soltera, siendo su último domicilio la ciudad de
Santa Tecla, Departamento de La Libertad, Salvadoreña, Originaria de
San José Villanueva, Departamento de La Libertad, habiendo fallecido
en Santa Tecleda, Departamento de La Libertad, de parte de la señora
ANA ALICIA AYALA MATUTE VIUDA DE MERINO o ANA
ALICIA AYALA conocida por ANA ALICIA AYALA DE MERINO,
como hija sobreviviente de la causante. Confiriéndosele a la aceptante
la administración y representación definitiva, de la sucesión junto a la ya
declarada heredera definitiva, señora BLANCA ELIZABETH MATUTE
AYALA conocida por BLANCA ELIZABETH AYALA y BLANCA
ELIZABETH MATUTE.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de
ley.
JUZGADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, a las nueve
horas con diez minutos del día veinte de febrero de dos mil doce. LIC.
HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL DE SAN-
TA TECLA. LICDA. ROSA ANGELICA HERNANDEZ EUCEDA,
SECRETARIA.
1 v. No. F041822
JULIO EDUARDO RODRIGUEZ FLORES, Notario, del domicilio de
San Salvador, departamento de San Salvador, con oficina situada en Calle
Modelo, Condominio Modelo Menéndez, Local Cuatro, Planta Baja,
San Salvador, departamento de San Salvador, con base en la "Ley del
Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias",
al público para los efectos de ley.
HACE SABER: En la ciudad de San Salvador, a las nueve ho-
ras del día doce de junio de dos mil doce, ante mí y por mí, JULIO
EDUARDO RODRIGUEZ FLORES, Notario de este domicilio,
RESUELVO: Agréguense los ejemplares de los Periódicos Diario de
Hoy, Diario El Mundo y Diario Oficial, y habiendo trascurrido más de
quince días desde la última publicación de los avisos respectivos, sin
que se haya presentado oposición alguna en relación a los bienes que a
su defunción dejó el causante señor JUAN ÁNGEL CRUZ RAMÍREZ,
quien falleciera a las seis horas cuatro minutos, del día veinticuatro de
septiembre de dos mil nueve, en el Hospital General del ISSS, a conse-
cuencia de Meningitis Bacteriana, Endocarditis, Neoplasia Pulmonar,
con asistencia médica, en su último domicilio la ciudad de San Martín
de este departamento, declárase HEDEREDERO DEFINITIVO al señor
IVÁN MAURICIO CRUZ MELÉNDEZ, y con beneficio de inventario
de la Herencia Abintestato, que al fallecer dejó el referido causante, al
señor en su calidad de único heredero universal e hijo del causante, en
tal calidad a dicha herencia se le otorga, LA ADMINISTRACIÓN Y
REPRESENTACIÓN DEFINITIVA DE LA SUCESIÓN. Publíquese
el aviso de Ley y oportunamente protocolícese la presente Resolución
y extiéndase el Testimonio respectivo al Heredero declarado para los
efectos de Ley.
Hago del conocimiento para los que se consideren con derecho y
lo demuestren en el término de Ley.
San Salvador, a los doce días del mes de junio de dos mil doce.
JULIO EDUARDO RODRIGUEZ FLORES,
NOTARIO.
1 v. No. F041843
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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,
JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
DELGADO.
AVISA: Que por resolución de las catorce horas y catorce minutos
de este día, se ha declarado heredero definitivo y con beneficio de inven-
tario de la herencia Intestada que a su defunción dejó la causante señora
FRANCISCA MARTINEZ VASQUEZ conocida por FRANCISCA
MARTINEZ y por FRANCISCA MARTINEZ HERNÁNDEZ, quien
fue de sesenta y un años de edad, de oficios del hogar, de Nacionalidad
Salvadoreña, quien falleció el día uno de febrero del año dos mil, siendo
esta Ciudad el lugar de su último domicilio, al señor JORGE ENRIQUE
ALVARADO RODRIGUEZ con número de Identificación Tributaria
CERO SEIS UNO CUATRO-DOS SEIS CERO NUEVE SIETE
OCHO-UNO UNO SEIS-SEIS; quien es representado por el Licenciado
ALEJANDRO BICMAR CUBIAS RAMIREZ, con número de identi-
ficación Tributaria UNO CERO CERO OCHO-CERO OCHO CERO
OCHO SIETE SIETE-UNO CERO UNO-CUATRO, en su calidad de
cesionario de los derechos hereditarios que como hijos de la causante le
correspondían a los señores FRANCISCO HUMBERTO MARTINEZ
GONZÁLEZ, con número de Identificación Tributaria CERO SEIS UNO
NUEVE-UNO NUEVE CERO CINCO SEIS CINCO-CERO CERO
TRES-OCHO; y MARIA FRANCISCA DEL CARMEN GONZÁLEZ
MARTINEZ, con número de Identificación Tributaria CERO SEIS
UNO NUEVE-CERO CUATRO UNO UNO SEIS OCHO-UNO CERO
DOS -CERO. Confiriéndosele al heredero declarado la administración y
representación definitiva de la sucesión. Lo que hago del conocimiento
del público para los efectos de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL DE CIUDAD DEL-
GADO, a las catorce horas veinte minutos del día cinco de marzo de dos
mil doce. LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,
JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO.- LIC. JORGE ROBERTO
BURGOS GONZALEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F041847
LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, Juez de lo Civil del Distrito
Judicial de Soyapango.
AVISA: Que por resolución de las nueve horas cincuenta minutos
del veintinueve de mayo de dos mil doce, se ha declarado heredera
abintestato con beneficio de inventario de la herencia que a su defun-
ción acaecida el día cuatro de junio de dos mil cinco, originario y con
último domicilio en Soyapango, hijo José Eusebio López Ventura o
José Eusebio López y Josefina Zelaya, de nacionalidad Salvadoreña,
dejó el causante Salvador Fredy López Zelaya, quien fue de treinta y
nueve años de edad, soltero, a la adolescente Gloria Alejandra López
Osorio NIT 0614-270998-104-9, representada por la madre señora
Blanca Lilian Osorio Garay NIT 0614-130577-144-3 DUI, en calidad
de hija del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que
en calidad de madre del causante, correspondían a la señora Josefina
Zelaya Lizama, representada judicialmente por la Abogada Rosa Nelis
Parada de Hernández NIT 1217-010650-002-5.
Se confiere a la heredera la administración y representación DE-
FINITIVA de la sucesión.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las once horas
del veintinueve de mayo de dos mil doce.LIC. EDGAR ORLANDO
ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SO-
RIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
1 v. No. F041881
CARMEN AIDA FLORES MARTÍNEZ, Notario, de este domicilio,
con Despacho Notarial ubicado en Residencial El Manzano III, Senda
cuatro, número veintisiete, Calle Motocross, Miralvalle, San Salvador,
Departamento de San Salvador,
HACE SABER: Que por Resolución de la suscrita Notario, proveída
a las diecisiete horas treinta minutos del día once de junio de dos mil
doce, se ha declarado a las señoras ARCADIA YAMILEE PIMENTEL
AGUILAR y ALMA IRIS DEL CARMEN PIMENTEL AGUILAR,
herederas definitivas con beneficio de inventario de los bienes que a su
defunción en la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad,
siendo su último domicilio la ciudad de San Salvador, Departamento de
San Salvador, el día dieciséis de abril de dos mil doce, dejara la Señora
BERTA ISABEL AGUILAR QUINTANILLA, en concepto de hijas
sobrevivientes de la causante, habiéndoles concedido la Representación
y Administración Definitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
San Salvador, a los doce días del mes de junio de dos mil doce.
CARMEN AIDA FLORES MARTINEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F041890
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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395GILBERTO ALFREDO GARCIA VÁSQUEZ, Notario, del domicilio
de Ciudad Delgado, con oficina Notarial, situada en Urbanización Siglo
XXI, Boulevard Tutunichapa, Plaza Mariachi Local 37, en la Ciudad y
Departamento de San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito No-
tario a las ocho horas treinta minutos del día ocho de junio de dos mil
doce, se ha declarado a la señora PATRICIA JEANNETTE LOBOS DE
RIVAS, heredera definitiva con beneficio de inventario de la herencia
intestada que dejara el causante, señor REYES RAMÍREZ conocido
por REYES RAMÍREZ PEREZ, a su defunción ocurrida a las nueve
horas del día veintiuno de marzo de mil novecientos noventa y tres, en
el Cantón El Angel, jurisdicción, de la Ciudad de Apopa, Departamento
de San Salvador, a la edad de cuarenta y seis años, Soltero, Peluquero,
originaria de la Ciudad de Cuscatancingo, Departamento de San Salvador,
con domicilio en Carretera Troncal del Norte, Kilometro Trece y medio,
Número diecisiete, San Nicolás, Caserío El Puente, Cantón El Ángel,
Apopa, Departamento de San Salvador, siendo éste su último domicilio,
de Nacionalidad Salvadoreña, hijo de la señora Aurelia Ramírez sin dejar
testamento alguno, en su calidad de hija sobreviviente del causante;
habiéndosele concedido la representación y administración definitiva
de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en San Salvador, Departamento de San Salvador, el día
nueve de junio de dos mil doce.
GILBERTO ALFREDO GARCIA VASQUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F041898
CARLOS MANUEL MENDEZ TORRES, Notario, del domicilio de
Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con oficinas ubicadas
en Ochenta y Nueve Avenida Norte, Senda "A" No. 12, Colonia Escalón,
de esta ciudad, al público.
HACE SABER: Que por resoluciones del suscrito Notario,
proveída a las once horas del día veintidós de Mayo del presente año
se ha declarado a la señora VILMA LETICIA MELENDEZ LOPEZ.
Heredera definitiva con Beneficio de inventario de los bienes que a su
defunción, ocurrida en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social
de San Salvador, siendo su último domicilio el Municipio de Mejicanos,
Departamento de San Salvador, el día veintidós de diciembre del año dos
mil dos, dejó el señor EMERSON MARK ALFARO MELENDEZ, en
su concepto de Madre sobreviviente del causante; habiéndose conferido
la Administración y Representación Definitiva de la referida sucesión.
Por lo que avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en San Salvador, a los treinta días del mes de mayo del
dos mil doce.
CARLOS MANUEL MENDEZ TORRES,
NOTARIO.
1 v. No. F041913
acEPTacioN DE HErENcia
DIONISIO HERIBERTO GUERRERO, Notario, del domicilio de Santa
Tecla, al público para los efectos legales.
HACE SABER: Que por resolución proveída en su oficina, a las
ocho horas del día ocho de junio de dos mil doce, se ha tenido por acep-
tada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada
que a su defunción dejó la señora SANTOS VELÁSQUEZ conocida
por SANTOS MARTÍNEZ, SANTOS FLORES y SANTOS FLORES
MARTINEZ, quien fue de ochenta y nueve años de edad, de oficios
domésticos, de Nacionalidad Salvadoreña, y del domicilio de la Colonia
Escalante, Cantón Ateos, Sacacoyo, Departamento de La Libertad, su
último domicilio, quien falleció a las dieciséis horas y treinta minutos
del día dieciséis de febrero del año dos mil siete, de parte de la señora
BLANCA MARTÍNEZ, mayor de edad, Costurera, del domicilio de
Sacacoyo, Departamento de La Libertad, actuando en su calidad de hija
de la causante.
Se ha conferido a la heredera, la administración y representación
interina de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente. Se cita a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia para que se presenten a la oficina notarial del
doctor DIONISIO HERIBERTO GUERRERO, ubicada en la Quinta
Calle Poniente y Cuarta Avenida Norte, número cuatro-dos, Santa Tecla,
Departamento de La Libertad, a deducirlo en el término de quince días
contados desde la siguiente a la publicación de este edicto en el Diario
Oficial y en dos periódicos de mayor circulación.
Librado en la ciudad de Santa Tecla, a las doce horas del día ocho
de junio de dos mil doce.
DR. DIONISIO HERIBERTO GUERRERO.
NOTARIO.
1 v. No. F041733
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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. RICARDO STARLIN FLORES CISNEROS, Notario, del domicilio de
San Salvador, con oficina ubicada en: Colonia General Arce, Avenida
Infantería, Polígono "C", número trece, de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las ocho horas y treinta minutos del día doce de marzo de dos mil doce,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,
la herencia intestada que a su defunción dejara el señor MAURICIO
ANTONIO AMAYA ROMERO, ocurrida en el Municipio de Antiguo
Cuscatlán, Departamento de La Libertad, el día veintiuno de abril de dos
mil once, de parte de las señoras: LUIZA HELENA AMAYA MANGA,
conocida por LUIZA HELENA MANGA AMAYA, ANA VITTORIA
AMAYA MANGA y ADRIANA MARIA AMAYA MANGA, en
concepto de hijas sobrevivientes del causante; y además en su concepto
de Cesionarias de los Derechos Hereditarios que le correspondía a la
madre del causante señora: CALIXTA ELENA ROMERO DE AMA-
YA, habiéndose conferido la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los
que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten
a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el
siguiente a la última publicación del presente edicto para los efectos
legales correspondientes.
Librado en la oficina del Notario RICARDO STARLIN FLORES
CISNEROS. En la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día
doce de marzo de dos mil doce.
RICARDO STARLIN FLORES CISNEROS,
NOTARIO.
1 v. No. F041741
MARIO ENRIQUE GÓMEZ POCASANGRE, Notario, del domicilio
de Sonsonate, con Oficina Jurídica en Sexta Avenida Sur, Residencial
El Cordobés Local número cuatro, Segunda Planta, Barrio El Ángel,
Ciudad y Departamento de Sonsonate.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las nueve horas del día once de junio del año dos mil nueve, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia
Intestada que a su defunción dejara el señor ABEL TREJO conocido por
ABEL SANTOS TREJO, quien falleció el día diecinueve de febrero del
año dos mil once, a la edad de setenta años, Electricista, en el Hospital
Nacional San Juan de Dios del Departamento de Santa Ana, su último
Domicilio fue la ciudad y Departamento de Sonsonate, de parte de la
señora DORA ALICIA CABRERA DE TREJO ahora DORA ALICIA
CABRERA viuda de TREJO, en calidad de esposa sobreviviente del
causante, y cesionaria de los derechos Hereditarios que les correspondían
a sus hijas, las señoras ROSA AMELIA TREJO CABRERA, MARIA
DEL TRANSITO TREJO CABRERA, y ANA CECILIA TREJO CA-
BRERA, habiéndosele conferido la Administración y Representación
Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.- En consecuencia por este medio se cita a quien se
crea con derecho a la referida herencia, para que se presente a la referida
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.-
Librado en la Ciudad de Sonsonate, a los ocho de junio del año
dos mil doce.
LIC. MARIO ENRIQUE GOMEZ POCASANGRE,
NOTARIO.
1 v. No. F041754
CLAUDIA CAROLINA PÉREZ PÉREZ, Notario, de este domicilio, con
Oficina Notarial situada en la Tercera Calle Poniente, Número Catorce
de la Ciudad de Mejicanos, al público
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario proveída
a las Once horas del día ocho de los corrientes, se ha tenido por Aceptada
expresamente y con Beneficio de Inventario, la Herencia Intestada que a
su defunción dejó la causante MARIA DE JESUS GUARDADO conocida
por MARIA DE JESUS GUARDADO RIVERA y por JESUS GUAR-
DADO quien fue de ochenta y siete años de edad, Chef, Soltera, y quien
falleció el día Cinco de mayo del año dos mil, en Sylmar, Los Angeles,
Estado de California, Estados Unidos de América, siendo Panorama
City, Los Angeles, Estado de California, Estados Unidos de América
su último domicilio, de parte de la Señora SANDRA ELIZABETH
SEVILLANO en su calidad de Cesionaria de los derechos hereditarios
que en su concepto de hijo de la mencionada causante le correspondían
al señor MANUEL ANTONIO GUARDADO conocido por MANUEL
ANTONIO GUARDADO RIVERA.
Confiriéndosele a la aceptante, la administración y Representación
Interinas de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores
de la Herencia Yacente. -
Lo que hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
Mejicanos, once de junio del año dos mil doce.
CLAUDIA CAROLINA PEREZ PEREZ,
NOTARIO.
1 v. No. F041763
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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395CARLOS REYES TORRES, Notario, de este domicilio, con Despacho
Jurídico en Sexta Calle Oriente número doscientos veinticinco, Edificio
Julia L. de Duke, Local número doscientos quince, en esta ciudad, al
público para efectos de ley
HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia
promovidas ante sus Oficios Notariales, se ha tenido expresamente por
aceptada la HERENCIA INTESTADA que a su defunción ocurrida en
esta ciudad el día catorce de enero de dos mil, habiendo sido su último
domicilio esta ciudad, dejó la señora SOILA PURA ESCAMILLA
DE ALFARO, quien fue conocida por ZOILA PURA ESCAMILLA,
por ZOILA PURA ESCAMILLA DE ALFARO y por SOILA PURA
ESCAMILLA, de parte de Ana Elizabeth Alfaro de Flores, Estrella Marina
Alfaro de Funes, Nelson Ernesto Alfaro Escamilla y Luis Guillermo Alfaro
Escamilla en su calidad de hijos de la Causante, habiéndoseles conferido
la administración y representación INTERINAS de la Sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en la ciudad de San Salvador, a las quince horas del día
veintiuno de mayo de dos mil doce.
CARLOS REYES TORRES,
NOTARIO.
1 v. No. F041780
CARLOS REYES TORRES, Notario, de este domicilio, con Despacho
Jurídico en Sexta Calle Oriente número doscientos veinticinco, Edificio
Julia L. de Duke, Local número doscientos quince, en esta ciudad, al
público para efectos de ley
HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia
promovidas ante sus Oficios Notariales, se ha tenido expresamente por
aceptada la HERENCIA INTESTADA que a su defunción ocurrida en
esta ciudad el día dieciocho de julio de dos mil uno, habiendo sido su
último domicilio esta ciudad, dejó el señor LUIS ALONSO ALFARO
ALVARADO, de parte de Ana Elizabeth Alfaro de Flores, Estrella Marina
Alfaro de Funes, Nelson Ernesto Alfaro Escamilla y Luis Guillermo Alfaro
Escamilla en su calidad de hijos del Causante, habiéndoseles conferido
la administración y representación INTERINAS de la Sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día
veintidós de mayo de dos mil doce.
CARLOS REYES TORRES,
NOTARIO.
1 v. No. F041782
FLOR DE MARIA PORTILLO DE ESCALANTE, Notaria, del domicilio
de Soyapango, departamento de San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notaria, proveída
a las diez horas del día dieciocho de mayo del año en curso, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción, ocurrida en el Hospital Nacional Rosales de
San Salvador a las cero horas del día diecisiete de diciembre de dos mil
doce, dejó el señor GABRIEL DE JESÚS AGUILAR TOBIAS, de parte
de la señora LILIAN MAGDALENA AGUILAR DE CHAVEZ, quien
actúa en nombre y representación de la señora y ELENA DEL CAR-
MEN AGUILAR AGUILAR, en calidad de Cesionaria de los derechos
le que correspondían a los señores ANDRES AGUILAR PALANCIA
y MARIA PAULINA TOBIAS DE AGUILAR en concepto de Padres
sobrevivientes del causante y en calidad de Cesionaria de los derechos
que le correspondían a la señora YANIRA MAGDALENA TEJADA
DE AGUILAR, con facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los
que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten
a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el
siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina de la Notaria FLOR DE MARIA PORTILLO
DE ESCALANTE. En la ciudad de Nueva Concepción, departamento
de Chalatenango, a las veintiocho horas del día tres de mayo de dos mil
doce.-
FLOR DE MARIA PORTILLO DE ESCALANTE,
NOTARIO.
1 v. No. F041826
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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. LICENCIADO ERNESTO ALEXANDER LINARES HIDALGO,
Notario, del domicilio de Santa Ana, con oficina establecida en Resi-
dencial Metrópolis Norte II, Senda Cuatro Oriente, No. 38, Municipio
de Mejicanos, Departamento de San Salvador, al público.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las nueve horas treinta minutos del día once del presente mes y año,
se ha tenido por Aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario
la Herencia TESTAMENTARIA que a su defunción ocurrida en el
municipio de Santo Tomás, Departamento de San Salvador, lugar de su
último domicilio, el día veintinueve de enero de dos mil doce, dejó el
señor RODOLFO CORDOVA, comerciante en pequeño, quien falleció
a la edad de sesenta y dos años, habiendo sido originario de Santiago
Nonualco, Departamento de La Paz, de parte de la señora DOLORES
CORDOVA, en concepto de hermana sobreviviente del causante;
habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina
de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente, en consecuencia por este medio se cita a todas aquellas
personas que se crean con derecho a la referida herencia para que dentro
del plazo de quince días posterior a la tercera publicación se presenten
a la citada oficina notarial.
Librado a las dieciséis horas treinta minutos del día doce de junio
de dos mil doce, en la Oficina del Licenciado Ernesto Alexander Linares
Hidalgo.
ERNESTO ALEXANDER LINARES HIDALGO,
NOTARIO.
1 v. No. F041891
LICENCIADO ERNESTO ALEXANDER LINARES HIDALGO,
Notario, del domicilio de Santa Ana, con oficina establecida en Final
49 Calle Poniente, No. 40, Col. San Felipe, Ciudad y Departamento de
Santa Ana, al público.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las nueve horas del día once del presente mes y año, se ha tenido por
Aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario la Herencia
INTESTADA que a su defunción ocurrida en la ciudad de Santa Ana,
lugar de su último domicilio, el día veintiocho de octubre de dos mil
once, dejó la señora ANA MARIA REINA DE GONZALEZ, conocida
por ANA MARIA MARROQUIN, y por ANA MARIA MARROQUIN
REINA, doméstica, viuda, quien falleció a la edad de setenta y nueve
años de edad, de este domicilio, de parte de la señora KARINA LIZETH
GONZALEZ DE ESCOBAR, en concepto de hija sobreviviente de la
causante; habiéndosele conferido la Administración y Representación
Interina de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente, en consecuencia por este medio se cita a todas
aquellas personas que se crean con derecho a la referida herencia para
que dentro del plazo de quince días posterior a la tercera publicación se
presenten a la citada oficina notarial.
Librado a las dieciséis horas del día doce de junio de dos mil doce,
en la Oficina del Licenciado Ernesto Alexander Linares Hidalgo.
ERNESTO ALEXANDER LINARES HIDALGO,
NOTARIO.
1 v. No. F041892
JOSE ARNOLDO SAGASTIZADO MORALES, Notario, del domicilio
de San Miguel, con oficina jurídica ubicada en la Séptima Avenida Sur
número Cuatrocientos Dieciséis, Barrio La Merced, de la Ciudad de
San Miguel.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las once horas del día tres de noviembre del año dos mil diez, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de La Libertad, a
primeras horas con quince minutos del día dieciocho de abril del año
dos mil dos, dejó la señora MARIA ALICIA MENJIVAR, de parte del
señor: DAVID RUDI ARANIVA MENJIVAR, en su concepto de hijo
sobreviviente de la causante, habiéndose conferido la administración y
representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se
cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia para que
se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados
desde el siguiente día a la última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario: JOSE ARNOLDO
SAGASTIZADO MORALES. En la Ciudad de San Miguel, a las diez
horas del día once de mayo del año dos mil doce.
JOSE ARNOLDO SAGASTIZADO MORALES,
NOTARIO.
1 v. No. F041901
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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395MARIA IMELDA RIVAS DE AUCEDA, Notario, del domicilio de la
Ciudad de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, con oficina
en Calle Balber No. 1, Centro Comercial Guadalupe, Local 2-1 Frente
al Parque Central, en esta ciudad, para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario,
proveída a las nueve horas de este día, en esta ciudad, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor
FRANCISCO DAVID ROSALES AYALA, la herencia intestada que
a su defunción dejó el señor ADALBERTO ANTONIO ROSALES
APARICIO, ALDABERTO ANTONIO ROSALES y/o ADALBERTO
ROSALES, quien falleció en el Hospital de Santa Teresa, de la juris-
dicción de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, el día veintiocho de
agosto del año dos mil, originario de Chinameca, Departamento de San
Miguel, siendo la Ciudad de Santa María Ostuma, Departamento de La
Paz su último domicilio, de Nacionalidad Salvadoreña, en su calidad de
Hijo y Cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a
los señores ETELVINA AYALA viuda DE ROSALES o ETELVINA
AYALA, como cónyuge del causante; y los señores BLANCA MARIA
ROSALES VARELA o BLANCA MARIA ROSALES AYALA y
RICARDO ANTONIO ROSALES AYALA, en sus calidades de hijos
del Causante, confiriéndosele la Administración y Representación INTE-
RINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con
Derechos en la referida herencia, lo que se pone en conocimiento del
público para los efectos de Ley.
Librado en la oficina de la suscrita Notario, en la ciudad de San
Juan Opico, a los once días del mes de junio del año dos mil doce.
MARIA IMELDA RIVAS DE AUCEDA,
NOTARIO.
1 v. No. F041905
En mi Oficina Profesional, a las nueve horas del día dieciséis de Mayo
de dos mil doce.
A sus antecedentes el informe proveniente de la Corte Suprema
de Justicia, informando que en sus archivos no aparece que se hayan
iniciado Diligencias de Aceptación de Herencia o de herencia yacente,
ante otro Notario o Tribunal, respecto de la sucesión de la causante señora
ELIA FLORES viuda DE LAZO, siendo favorable el informe prove-
niente de la Corte Suprema de Justicia, TENGASE POR ACEPTADA
EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, de parte
del señor JOSE ARQUIMIDES LAZO FLORES, en su concepto de
hijo sobreviviente de la causante antes mencionada en los derechos que
le correspondían en la herencia intestada que a su defunción ocurrida
a las dos horas del día diecisiete de febrero de dos mil doce, en Meji-
canos, siendo su último el de esta ciudad. Confiérasele al aceptante la
representación y administración legal interinas de la Suceción, con las
limitaciones de los curadores de la herencia yacente.
Publíquense los edictos de Ley.
JOSE HUMBERTO MORAN CASTANEDA,
NOTARIO.
1 v. No. F041922
CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las nueve horas y quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que
dejó al fallecer el señor JOSE SANTOS CRUZ RIVERA, quien fue de
setenta y un años de edad, Agricultor en pequeño, Casado, de naciona-
lidad salvadoreña, originario de San Miguel, departamento del mismo
nombre, hijo del señor Rosa Cruz y de la señora María Trinidad Rivera;
fallecido a las nueve horas del día veinticuatro de marzo de dos mil doce,
en el Cantón El Niño, de la jurisdicción de San Miguel, Departamento
del mismo nombre, siendo este municipio su último domicilio; de parte
de la señora MARIA DE LA CRUZ MAGAÑA DE CRUZ, en calidad
de cónyuge sobreviviente del causante.
Se le ha conferido a la aceptante en el carácter aludido, la admi-
nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, y se CITA a los
que se crean con derecho a la Herencia referida, para que se presenten
a deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de
la tercera publicación del presente edicto.
Lo que se pone a disposición del público, para los efectos de
Ley.
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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL: SAN MIGUEL, A LAS NUEVE HORAS Y VEINTE
MINUTOS DEL DIA VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL
DOCE.- LIC. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SE-
GUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. CLELIS DINORA
LAZO ANDRADE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002111-1
ARTURO DERMIDIO GUZMAN MATA, JUEZ DE LO CIVIL SU-
PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y diez mi-
nutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio
de inventario la herencia intestada que dejó el señor Francisco Torres
Flores conocido por Francisco Torres, quien falleció el día seis de abril
de mil novecientos setenta y nueve, en el Barrio Gaspar, Jurisdicción
de San Alejo, Distrito y Departamento de La Unión, siendo ese lugar su
último domicilio, de parte de los señores, Fredis Francisco Torres Viera,
conocido por Fredis Francisco Torres, Cristóbal Torres Viera, conocido
por Cristóbal Torres, David Torres Viera, conocido por David Torres,
Yolanda Estela Torres de Girón, conocida por Yolanda Estela Torres,
Ramiro Antonio Torres Viera, conocido por Ramiro Antonio Torres, y
Lorena Elizabeth Torres de Torres, conocida por Leorena Elizabeth Torres
de Torres, o Lorena Elizabeth Torres, y por Lorena Elizabeth Torres
Viera, en calidad de hijos del causante y la última como cesionaria de
los derechos hereditarios que le correspondían al señor Conrrado Torres
Viera, o Conrado Torres Viera como hijo del causante.
Y se les ha conferido a dichos aceptantes en el carácter indicado la
administración y representación interinas de la sucesión con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para
que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los dos días del
mes de mayo de dos mil doce.- LIC. ARTURO DERMIDIO GUZMAN
MATA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- BR. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002112-1
RAFAEL ALONSO MORALES, Notario, de este domicilio, con Oficina
en Av. España, No. 802, de esta ciudad, al público.
HACE SABER: Que por resolución de las 10:00 horas de este
día, se ha tenido por aceptada con beneficio de inventario, la herencia
Testamentaria dejada por Hena Mercedes Contreras, c/p Ana Mercedes
Contreras Hasfura, por Ena Mercedes Contreras, y por Ena Mercedes
Contreras Hasfura ahora de Mejía, fallecida el día 1 de Enero de 2012,
en Soyapanqo, su último domicilio, de parte de ALFONSO MEJIA
CONTRERAS, como heredero instituido en el Testamento de la de
Cujus; y se le ha conferido la Administración y Representación Interinas
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.- Para los efectos del Art. 1163 C.C., se cita a los que
se crean con derecho a la sucesión.
San Salvador, 12 de Junio de dos mil doce.
LIC. RAFAEL ALONSO MORALES,
NOTARIO.
3 v. alt. No. C002115-1
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial.
AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente, con
beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor RO-
MUALDO TREJO CHAVEZ o ROMUALDO TREJO, que falleció el
día siete de diciembre de mil novecientos ochenta y uno, en el Cantón
Penitente Arriba de esta jurisdicción, su último domicilio, por parte de
MARIA MERCEDES TREJO ORTIZ, en concepto de hija del finado; y
se nombrado a la aceptante interinamente, administradora y representante
de la sucesión de que se trata.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este
aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los diez días de abril
de dos mil doce.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-
JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041720-1
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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Juez de lo Civil de este
Municipio Judicial.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las ocho horas del día quince de marzo de dos mil doce.- Se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia testamen-
taria que a su defunción ocurrida en la Ciudad de Olocuilta, Departamento
de La Paz, siendo también su último domicilio, el día veinte de junio de
dos mil diez, dejó el causante GREGORIO IGNACIO LORENZANA, de
parte de las señoras MARIA ARACELI LORENZANA DE CHAVEZ,
conocida por MARIA ARACELY LORENZANA DE CHAVEZ; y
MARIA ALIDA LORENZANA ORELLANA, en su calidad de herederas
testamentarias.- Se ha conferido a las aceptantes la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia en mención,
para que transcurridos el término de quince días después de la tercera
publicación de este edicto, concurran a este Tribunal a hacer uso de sus
derechos.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-
mento de San Salvador, a las diez horas del día veintidós de marzo de dos
mil doce.- LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZ
DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041762-1
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL, AL PUBLICO PARA
EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinte minutos
del día siete de mayo de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresa-
mente con beneficio de inventario la herencia intestada que su defunción
dejó el causante señor BERNARDO SALOMON BLANCO, quien fue de
sesenta y siete años de edad, y falleció el día treinta de junio de dos mil
once, siendo la Ciudad de San Miguel, el lugar de su último domicilio,
de parte de la señora REINA ISABEL HERNANDEZ DE BLANCO,
como cónyuge sobreviviente del causante. Confiriéndose a la aceptante
la administración y representación INTERINA, de la sucesión con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, la cual
será ejercida conjuntamente con la Licenciada MARIA GUADALUPE
CABRERA CRUZ; como curadora de bienes y en representación de
los señores BERNARDO SALOMON y ELVIRA BAUTISTA, como
padres del causante.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL, San Miguel, a las ocho horas veintiséis minutos del día siete de
mayo de dos mil doce.- LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES,
JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. IVONNE
JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041790-1
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas un minutos
del día ocho de junio de dos mil doce, se tuvo por aceptada expresa-
mente y con beneficio de inventario de parte de los señores MEDARDO
ROMERO CARRILLO, MARTA ROMERO CARRILLO, ANTONIA
ROMERO CARRILLO, ROSA CANDIDA ROMERO CARRILLO,
MILAGRO ROMERO DE AREVALO, la herencia intestada que a
su defunción dejó el causante señor SIMEON ROMERO AGUILAR
conocido por SIMEON ROMERO, quien fue de ochenta y dos años de
edad, agricultor en pequeño, fallecido a las doce horas cuarenta minutos
del día cinco de septiembre de dos mil ocho, en el Cantón San Felipe,
Caserío El Zapote Uno, departamento de San Vicente, lugar de su último
domicilio, en concepto de hijos del causante. Y se ha nombrado a los
aceptantes administradores y representantes interinos de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas diez
minutos del día ocho de junio de dos mil doce.- DRA. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041799-1
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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado
a las ocho horas del día trece de febrero de dos mil doce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada dejada a su defunción ocurrida el día doce de octubre del año
dos mil; en la Ciudad de Soyapango, dejó el causante señor TOMÁS
BELTRÁN, conocido por TOMÁS BELTRÁN GRANILLO, siendo su
último domicilio el de la ciudad de Soyapango, de parte de los señores
LUIS ALONSO AMAYA BELTRÁN e IRMA YANIRA AMAYA
DE DÍAZ. Y se les ha conferido a los aceptantes la administración y
representación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y
restricciones legales.
Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para
que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en
la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador,
a las ocho horas diez minutos del día veintisiete de febrero de dos mil
doce.- Licda. GENNY SHILA RAMÍREZ DE ARÉVALO, JUEZ DE
LO CIVIL. Licda. EDME GUADALUPE CUBÍAS GONZÁLEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041855-1
JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas con quince
minutos del día veinte de abril del dos mil doce, se tuvo por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que
a su defunción dejó la causante TRÁNSITO PALACIOS CHÁVEZ,
quien falleció a las una horas con treinta minutos del día treinta de
octubre del dos mil once, en Final Colonia Chávez Galeano, C. A.
Los Llanitos, número doscientos quince, siendo su último domicilio la
Ciudad de Ayutuxtepeque, de parte de la señora MARGARITA REYNA
PALACIOS CHÁVEZ, en su calidad de hermana de la causante.
Confiéresele a la aceptante en el carácter antes indicado, la admi-
nistración y representación interina de la sucesión con las facultades y
restricciones de los Curadores de la herencia yacente. Y CITA A: Los que
se crean con derecho a la referida herencia a que se presenten a deducirlo
dentro del término de quince días contados a partir de la publicación del
presente edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, doce horas con
cuarenta minutos del día veinte de abril del dos mil doce.- Lic. JOSÉ
HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. LILIAN
ESTELA AGUIRRE HERNÁNDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041856-1
JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA EFECTOS
DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas del día
once de mayo de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente
con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó
el señor CARLOS BALMORE GUERRERO, quien falleció el día trece
de abril de mil novecientos noventa y seis, en la ciudad de Ilobasco,
departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, de parte de
SILVIA ELIZABETH HERNÁNDEZ GUERRERO, ROSA ESTELA
GUERRERO HERNÁNDEZ y NELLY DEL CARMEN GUERRERO
HERNÁNDEZ, en calidad de hijas del causante y como cesionarias
del derecho hereditario que le corresponde a la señora María Amelia
Guerrero Carbajal, como madre del causante; y se les ha conferido con-
juntamente a las aceptantes, la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a las
dieciséis horas del veinte de abril de dos mil doce.- Lic. JOSÉ MANUEL
CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ÁNGELA
VERÓNICA GUERRA HERNÁNDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041858-1
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a
las doce horas del día veintidós de marzo del corriente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada, dejada por el causante CARLOS OSCAR SALGUERO,
conocido por CARLOS OSCAR SALGUERO HERNÁNDEZ, y por
CARLOS OSCAR SALGUERO MÉNDEZ, a su defunción ocurrida
en la ciudad de San Salvador, el día trece de abril de mil novecientos
noventa y nueve, siendo esta ciudad, el lugar de su último domicilio, de
parte de la señora ANA ESTER GALINDO DE SALGUERO, conocida
por ANA ESTER GALINDO RIVAS, en calidad de cónyuge sobrevi-
viente del causante, y como cesionaria de los derechos hereditarios que
correspondían a las jóvenes Ester Guadalupe Salguero Galindo y Vanessa
Guadalupe Salguero Galindo, y a los señores Carlos Eduardo Salguero
Galindo y Oscar Enrique Salguero Galindo, como hijos del mismo; y se
ha conferido a la aceptante, la administración y la representación interinas
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce ho-
ras y treinta minutos del día veintisiete de abril de dos mil doce.- Lic.
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA
VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041879-1
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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado de
las diez horas cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada y con
beneficio de inventario de parte del señor JUAN JOSÉ ALAS PÉREZ,
de la Herencia Intestada dejada a su defunción por el señor MÁRTIR
RODRÍGUEZ ÁNGEL, fallecido en el Parqueo del Centro de Atención
El Botoncillal, Jurisdicción de Colón, a las seis horas del día veinticinco
de agosto del año dos mil ocho, siendo Ciudad Arce, su último domicilio,
por medio de su Apoderado Licenciado JORGE ALBERTO GÓMEZ;
confiriéndosele al aceptante en el concepto indicado la administración
y representación interinas de la Indicada sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la Herencia Yacente, ordenándose a la
vez se citen a las personas que se crean con derecho a la sucesión para
que se presenten a deducirla dentro de los quince días subsiguientes a
este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia, San Juan Opico, a las diez
horas diez minutos del día diez de octubre del año dos mil once.- Lic. DAVID
AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic.
CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041883-1
PATRICIA LEONOR BELTRÁN PALOMO, Notario, de este
domicilio, con oficina situada en Avenida Doctor Emilio Álvarez,
Edificio Latinoamericano, Local 122, Segunda Planta, Colonia Médica,
de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las dieciséis horas quince minutos del día cuatro de junio de dos
mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario, la herencia testada que a su defunción, ocurrida en ciudad
de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, que fue su último
domicilio, el día catorce de diciembre del año dos mil nueve, dejó el
señor FRANCISCO VARGAS, de parte de la señora MARÍA LETICIA
ÁLVAREZ hoy viuda DE VARGAS, en su concepto de esposa
sobreviviente del causante, habiéndosele conferido la administración y
representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se
cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que
se presenten a la referida oficina en el término de quince días contados
desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina de la Notario, en la ciudad de San Salvador,
a las dieciséis horas treinta minutos del día cinco de junio de dos mil
doce.-
Licda. PATRICIA LEONOR BELTRÁN PALOMO,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F041912-1
TÍTUlo SUPlETorio
CARLOS HERNÁN MENDOZA RIVERA, Notario, con oficina en
veintinueve Calle Poniente y once Avenida Norte, "Centro Comercial
29", 3er. Nivel, No. 4-3, Colonia Layco de San Salvador, al público
para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que a esta oficina notarial se han presentado las
señoras: MARÍA ESPERANZA CARPIO BARAHONA y GLADIS
YOLANDA CARPIO DE MONTERROSA, la primera representada
por su Apoderado señor DENIS ELENILSON BERNAL BARAHONA,
a solicitar a favor de ambas TÍTULO SUPLETORIO, sobre un terreno
de naturaleza rústica, del cual están en proindivisión correspondiéndole
a cada una el cincuenta por ciento, cuya posesión detentan por más de
treinta años en forma quieta pacífica e ininterrumpida, el cual tiene
una capacidad de NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS PUNTO
CERO SIETE METROS CUADRADOS, y está situado en Cantón La
Loma, Calle Principal sin número, Municipio de San Pedro Perulapán,
departamento de Cuscatlán, cuya descripción es: La presente descripción
se inicia en el vértice noreste del inmueble y se localiza a partir de la
intercepción de los ejes de calle de acceso a Antigua Carretera Pana-
mericana y Calle Principal, midiéndose sobre el eje de esta última una
distancia de veinticuatro metros cincuenta y cuatro centímetros, para
llegar a punto auxiliar, de este punto se hace una deflexión izquierda de
noventa grados y distancia de tres metros cuarenta y seis centímetros,
para llegar al vértice noreste del inmueble que se describe así: AL
ESTE, línea compuesta de dos tramos rectos que partiendo del vértice
antes mencionado miden los rumbos y distancias siguientes: 1- Sur
tres grados veintisiete minutos treinta y nueve segundos Oeste y una
distancia de trece metros treinta y tres centímetros. 2- Sur dieciocho
grados cincuenta y cuatro minutos cuarenta y cinco segundos Oeste y
una distancia de cuatro metros cero centímetros, con lo que se llega al
vértice Sureste del inmueble, colinda en este costado con David Roberto
Deras Iraheta; AL SUR, línea compuesta de seis tramos rectos que
partiendo del vértice antes mencionado miden los rumbos y distancias
siguientes: 1- Sur setenta grados cuarenta y cuatro minutos veinticinco
segundos Oeste y una distancia de cinco metros cero centímetros, 2- Sur
ochenta y ocho grados once minutos cincuenta y dos segundos Oeste
y una distancia de veinticuatro metros quince centímetros, 3- Sur un
grado cuarenta y siete minutos cincuenta y un segundo Oeste y una
distancia de dos metros treinta y cuatro centímetros, 4- Sur ochenta
y dos grados veintisiete minutos cuarenta y siete segundos Oeste y
una distancia de cinco metros setenta centímetros, 5- Norte ochenta
y cinco grados cuarenta y cinco minutos treinta y cinco segundos
Oeste y una distancia de cuatro metros veinticinco centímetros, 6- Sur
ochenta y dos grados veintisiete minutos cuarenta y siete segundos
Oeste y una distancia de seis metros veinte centímetros con lo que se
llega al vértice Suroeste del inmueble, colinda en este costado con el
señor Carlos Antonio Monterrosa, Nicolás González Nieto y Denis
Elenilson Bernal Barahona; AL OESTE, línea compuesta de un tramo
recto que partiendo del vértice antes mencionado mide con rumbo Norte
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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. doce grados veintiséis minutos treinta y ocho segundos Este y una
distancia de veintisiete metros cuarenta y seis centímetros, con lo que
se llega al vértice Noroeste del inmueble, colinda en este costado con
la sucesión de Valeriano Carpio Díaz, representada por Osmín Adrián
Carpio Toledo y AL NORTE, línea compuesta de un tramo recto que
partiendo del vértice antes mencionado mide con rumbo Sur ochenta
y cuatro grados cuarenta y nueve minutos trece segundos Este y una
distancia de cuarenta y un metros treinta y dos centímetros, con lo que
se llega al vértice Noreste del inmueble, que es el punto donde se inició
la presente descripción, colinda en este costado con Juan José Cisneros
Escobar, Domingo Castaneda Ascencio y Rafael Ángel Molina, calle
vecinal de por medio. Dicho inmueble no es predio sirviente y valúan
cada uno de sus derechos proindivisos en VEINTE MIL DÓLARES.
Las solicitantes adquirieron sus respectivos derechos en el inmueble
por compra a la señora María Candelaria Barahona viuda de Carpio,
en diferentes fechas del año mil novecientos ochenta, sin otorgarles el
respectivo documento.
Librado en la oficina del Notario CARLOS HERNÁN MENDOZA
RIVERA, a las once horas del día once de junio del dos mil doce.-
CARLOS HERNÁN MENDOZA RIVERA,
NOTARIO.
1 v. No. C002114
MIGUEL ROBERTO MARTÍNEZ NOLASCO, Notario, de este do-
micilio, con oficina situada en el Número dieciocho de la Calle José
Francisco López, de esta ciudad;
HACE SABER: Que a mi oficina se ha presentado el señor
LISANDRO ROSALES GONZÁLEZ, de sesenta y cinco años de edad,
Electricista, del domicilio de El Rosario, Departamento de Cuscatlán;
solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza antes
rústica hoy urbano, situado en El Barrio El Rosario, Calle al Cementerio
Municipal, S/N, Jurisdicción de El Rosario, Departamento de Cuscatlán,
de la extensión superficial de DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS SESENTA
PUNTO OCHENTA METROS CUADRADOS, aproximadamente, de
las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, treinta y dos punto
treinta y tres metros, linda con propiedad de Ramón Álvarez, y terreno
de la señora Concepción Marina Mendoza de Mena, hoy de don Baudilio
Álvarez, dividen brotones de izote propios del predio que se describe; AL
NORTE, en línea recta ochenta y nueve metros; AL PONIENTE, línea
quebrada de tres tiros el primero línea curva de ciento veinte metros con
terreno de José Rolando o Rolando Rosales, hasta un jiote, mediando
en su mayor parte con quebrada, el tiro antes citado va de Norte a Sur,
el segundo de cincuenta metros de Oriente a Poniente hasta un jiote en
línea recta, con el terreno antes desmembrado, y el tercer tiro en línea
recta ochenta metros hasta un jiote, con terreno que antes fue de Carlos
Rosales, hoy de María Elba Muñoz Rosales, y va de norte a sur; y AL
SUR, en línea curva doscientos treinta metros con terrenos de la sucesión
de la familia Pineda y el Cementerio Municipal hasta un jiote, mediando
calle.- El inmueble antes descrito no es dominante, ni sirviente, el señor
Rosales González, lo hubo por compra que hizo al señor José Rolando
García Rosales, el día quince de julio de dos mil nueve, ante los Oficios
del Notario Juan Carlos Barquero Elías, y la posesión del solicitante data
desde el año de dos mil nueve, sumando la posesión de los tradentes con la
del señor Lisandro Rosales González, se constituye una posesión de más
de veinte años.- Lo estima en la cantidad de QUINCE MIL DÓLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.-
Lo pone en conocimiento del público, para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán,
a los quince días del mes de mayo de dos mil doce.
MIGUEL ROBERTO MARTÍNEZ NOLASCO,
NOTARIO.
1 v. No. C002116
LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE
SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Señor
AMADEO RIVERA MEMBREÑO, de cincuenta y nueve años de edad,
Agricultor en Pequeño, del domicilio de San Antonio del Mosco, De-
partamento de San Miguel, por medio de su Apoderado General Judicial
Lic. HÉCTOR ARTURO ESCOBAR SORTO, solicitando TÍTULO
SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el
Caserío La Honda, Cantón San Diego, de la jurisdicción de San Antonio
del Mosco, Departamento de San Miguel, de la capacidad superficial
de CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS
METROS CUADRADOS; de los linderos y colindancias siguiente: AL
RUMBO NORTE; ciento cuarenta y siete metros con diez centímetros,
colinda con Fredy Maradiaga Membreño, y Sebastián Ayala Membreño,
divide cerco de alambre, brotones de tempate, y árboles vivos propios
del titulante; AL PONIENTE, ciento treinta y nueve metros con setenta
centímetros, cerco de alambre, árboles vivos y cimientos de piedra
propios del titulante de por medio colindando con los señores Felipe
Rivera Membreño y Amadeo Rivera Membreño; AL SUR, doscientos
noventa y cinco metros con setenta centímetros, divide cimientos de
piedra, cerco de alambre, árboles vivos propios del titulante, colinda
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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395con los señores Juan Antonio Ventura, Guadalupe Membreño, Sebastián
Ayala, Amadeo Rivera Membreño; AL ORIENTE, doscientos noventa
y nueve metros con setenta y cinco centímetros, divide calle principal
que conduce hacia Cantón San Diego, iniciando de un cerco de piedra y
finaliza donde está un árbol de pepeto donde está una quebradita conocida
como EL SALOMO, en el inmueble antes descrito existen dos casas una
de sistema mixto y otra de Bahareque, con sus servicios de agua potable
y energía eléctrica, por el Centro de las casas pasa una canaleta de un
metro de ancho por treinta y cinco metros de largo aproximadamente
de Norte a Sur. Lo valúa en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Lo adquirió por compra
que hizo al señor GUADALUPE MEMBFREÑO ARGUETA.
Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD
BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las quince horas
del día dieciocho de abril del año dos mil doce.- Licda. ANA LETICIA
ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Lic.
EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041767-1
LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INS-
TANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN
MIGUEL.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor JOSÉ
ANTONIO MÁRQUEZ MARTÍNEZ, de cincuenta y siete años de edad,
Comerciante, del domicilio de San Marcos, Municipio del Departamento
de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero uno
nueve tres cuatro dos seis ocho guión nueve, por medio de su Apoderado
General Judicial Licenciado HÉCTOR ARTURO ESCOBAR SORTO,
solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica;
situado en el Cantón San Diego, Jurisdicción de San Antonio del Mosco,
Departamento de San Miguel, de la capacidad superficial de OCHO MIL
DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS TREINTA Y SIETE
DECÍMETROS CINCUENTA MILÍMETROS CUADRADOS, de las
medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide ciento diecisiete
metros, linda con terreno de Vicente Argueta y Andrés Argueta, cerco de
piedras de por medio; AL NORTE, mide cincuenta y seis metros, colinda
con Antonia Argueta, cerco de piedra de por medio; AL PONIENTE,
mide ciento cincuenta y un metros con cincuenta centímetros, colindando
con terreno de la Sucesión de Dolores Márquez, cerco de piña y alambre
de por medio, y además colinda también con terreno propiedad del señor
Gregorio Márquez, cerco de alambre de por medio; AL SUR, mide
sesenta y siete, colinda con Amparo Argueta, cerco de piña y alambre
de por medio hasta llegar donde se comenzó con esta descripción, en
el referido inmueble al rumbo Poniente tiene un nacimiento de agua de
nombre "EL ALMEMBRO" que dicho Inmueble lo adquirió por compra
que hizo al Señor GREGORIO MÁRQUEZ; y lo valúa en la cantidad de
DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las
quince horas del día dieciocho de abril del año dos mil doce.- Licda.
ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA. Lic. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SE-
CRETARIO.
3 v. alt. No. F041769-1
LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
BARRIOS,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor JOSÉ
ANTONIO MARQUEZ MARTÍNEZ, de cincuenta y siete años de edad,
comerciante, del domicilio de San Marcos, Municipio del Departamento
de San Salvador, por medio de su Apoderado General Judicial y Especial
Lic. HÉCTOR ARTURO ESCOBAR SORTO, solicitando a su favor
TÍTULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica, sin
cultivos, situado en el lugar conocido como "LA JOYA", del Cantón
San Diego, jurisdicción de San Antonio del Mosco, departamento de San
Miguel, de la capacidad superficial de SEIS MIL CIENTO CUARENTA
Y DOS METROS CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS, de
las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide cincuenta
metros linda con terreno de MANUEL NOLASCO, quebrada de por
medio AL NORTE, ciento dieciséis metros, colinda con GREGORIO
MARQUEZ, una fuente de agua de por medio; AL PONIENTE, sesenta y
siete metros colinda con terreno de MARÍA MARQUEZ y GENOVEBO
MARQUEZ, con la primera vereda de por medio y con el segundo calle
de por medio; AL SUR, noventa y cuatro metros, colinda con MANUEL
MARQUEZ, callejón de por medio hasta llegar donde se comenzó.-
Dicho inmueble lo adquirió el titulante por compra venta que hizo al
señor GREGORIO MARQUEZ, el día veintinueve de julio del año
dos mil dos, mediante Escritura Pública otorgada ante los oficios del
Notario RAFAEL ANTONIO GÁLVEZ, y los valúa en la cantidad de
DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Librado en EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las
nueve horas y cinco minutos del día diecisiete de abril del año dos mil
doce.- Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN BLADIMIR PORTILLO
ZULETA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041771-1
DIARIO
OFI
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NO TIE
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DEZ LE
GAL
93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ilobasco, Departamento de Cabañas.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor JOSE MARIA DE JESUS LARA, de cuarenta y seis años de edad, jornalero, del domicilio de Jutiapa, departamento de Cabañas; por medio de la Apo-derada General Judicial Licenciada TERESA DEL CARMEN MOLINA DE MORALES, solicitando Título Supletorio a su favor de un inmueble de naturaleza rústica, situado en los Suburbios del Barrio El Calvario, de la Villa de Jutiapa, de la extensión superficial de CINCO AREAS, de los linderos siguientes: AL ORIENTE, con terreno de Amparo Estrada, cerco de piña propio del terreno que se describe hasta una zanjita; AL NORTE, con resto de Agustina Arias, zanjita en medio atravesado por un zanjo a llegar a la esquina de la calle que conduce a Ilobasco; AL PONIENTE, con terreno de Samuel Valle y Rosendo Rivas, calle en medio; y AL SUR, con terreno de Antonio Meléndez, que antes fue de Camilo Amaya, calle en medio, a llegar a la esquina donde se inició la descripción. Estima el titulante el inmueble descrito en la cantidad de VEINTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y lo hubo por herencia de la señora Petrona Lara, conocida por Petrona Virginia Lara y por Petrona Virginia Lara Zepeda, el doce de agosto de dos mil doce, quien lo poseyó desde mil novecientos cincuenta y cuatro, por lo que unida las posesiones sobrepasa los diez años que la ley establece.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a las quince horas quince minutos del día treinta de abril de dos mil doce.- LIC. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA.- LICDA. ANGELA VERONICA GUERRA HERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041857-1
rENoVacioN DE MarcaS
No. de Expediento: 2001010987
No. de Presentación: 20120166282
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de N.V. NUTRICIA, del domicilio de Eerste Stationsstraat 186, 2712 HM Zoetermeer, Holanda, de nacionalidad HOLANDESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00068 del Libro 00154 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PEPTISORB escrita en letra de molde mayúsculas de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041803-1
No, de Expediente: 1971020648
No. de Presentación: 20120166283
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-
RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de HOFFMANN-LA ROCHE PRODUCTS LIMITED,
del domicilio de Clarendon House, 2 Church Street, Hamilton HM 11,
Bermuda, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 20648 del Libro 00046 de REGISTRO
DE MARCAS, consistente en la palabra “ROHYPNOL”; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041805-1
DIARIO
OFI
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GAL
94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2000009753
No. de Presentación: 20120165003
CLASE: 07.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INVENTIO AG, del domicilio de Postfach 6052 Hergiswil, NW, Suiza, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00047 del Libro 00155 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra SCHINDLER EN LETRAS MAYUSCULAS DE MOLDE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 07 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los trece días del mes de marzo del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041806-1
No. de Expediente: 2001013089
No. de Presentación: 20120165673
CLASE: 33.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de VIÑA CONCHA Y TORO S.A., del domicilio de NVA. TAJAMAR 481, TORRE NORTE, PISO 15, LAS CONDES, SANTIAGO, CHILE, de nacionalidad CHILENA, solicitando RE-NOVACION, para la inscripción Número 00063 del Libro 00152 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “TRI-VENTO” EN LETRAS MAYUSCULAS DE MOLDE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041807-1
No. de Expediente: 2000009755
No. de Presentación: 20120165001
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-
RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INVENTIO AG,
del domicilio de Postfach 6052 Hergiswil NW, Suiza, de nacionalidad
SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00049
del Libro 00155 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la
palabra SCHINDLER EN LETRAS MAYUSCULAS DE MOLDE;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 06 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los trece días del mes de marzo del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041808-1
DIARIO
OFI
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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. No. de Expediente: 1989000260
No. de Presentación: 20120165672
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS EDMUNDO NOVOA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CONARCO ALAMBRES Y SOL-DADURAS, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Buenos Aires, República de Argentina, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00102 del Libro 00008 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión CONARCO y sobre la letra A se encuentra una circunferencia en fondo oscuro con doce radios que parten de un eje central en fondo claro, el radio horizontal de la derecha corta totalmente la circunferencia que tiene semejanza a una rueda; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041810-1
No. de Expediente: 2001013090
No. de Presentación: 20120166612
CLASE: 33.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de VIÑA CONCHA Y TORO S.A., del domicilio de NVA. TAJAMAR 481, TORRE NORTE, PISO 15, LAS CONDES, SANTIAGO, CHILE, de nacionalidad CHILENA, solicitando RENO-VACION, para la inscripción Número 00056 del Libro 00153 de INS-CRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “AMELIA” EN LETRAS MAYUSCULAS DE MOLDE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los treinta días del mes de abril del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041830-1
No. de Expediente: 2001011557
No. de Presentación: 20120166617
CLASE: 33.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-
RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, conocida por MARISABELLA
NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio
de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,
de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de
FINCA LA CELIA S.A., del domicilio de CORRIENTES No. 316, 4o.
PISO, BUENOS AIRES, ARGENTINA, de nacionalidad ARGENTINA,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00062 del Libro
00152 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA
“ANGARO” EN LETRAS MAYUSCULAS DE MOLDE; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041831-1
DIARIO
OFI
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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 1961008354
No. de Presentación: 20110161415
CLASE: 06, 07, 08, 09, 11, 17.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INGERSOLL-RAND COMPANY, del do-micilio de 200 CHESTNUT RIDGE ROAD, WOODCLIFF LAKE. NEW JERSEY, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVAC!ON, para la inscripción Número 00801 del Libro 00005 de REGISTRO DE MARCAS, consis-tente en Un monograma formado de las letras IR iniciales del nombre de la sociedad; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 06, 07, 08, 09, 11, 17 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041832-1
No. de Expediente: 2000009521
No. de Presentación: 20120166615
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, conocida por MARISABELLA NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS RECAMIER LTDA., del domicilio de Calle 34, No. 8 A 115 CALI, VALLE, COLOMBIA, de nacionalidad CO-LOMBIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00050 del Libro 00153 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “TANGA” en letras mayúsculas de molde; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los treinta días del mes de abril del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041834-1
No. de Expediente: 2000009523
No. de Presentación: 20120166614
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-
RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ conocida por MARISABELLA
NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio
de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,
de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO
de LABORATORIOS RECAMIER LTDA., del domicilio de CALLE
34, No. 8 A 115 CALI, VALLE, COLOMBIA, de nacionalidad CO-
LOMBIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00051 del Libro 00153 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en
LA PALABRA “MUSS EN LETRAS MAYUSCULAS DE MOLDE;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los treinta días del mes de abril del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041835-1
DIARIO
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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. No. de Expediente: 1961008355
No. de Presentación: 20110161414
CLASE: 06, 07, 08, 09, 11, 17.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-
RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de INGERSOLL-RAND COMPANY, del do-
micilio de 200 CHESTNUT RIDGE ROAD, WOODCLIFF LAKE,
NEW JERSEY, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00802 del Libro 00005 de REGISTRO DE MARCAS, consistente
en la palabra INGERSOLL-RAND; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 06, 07, 08, 09, 11, 17 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil doce.-
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041837-1
No. de Expediente: 1981000763
No. de Presentación: 20120164294
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS
EDMUNDO NOVOA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SAL-
VADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODE-
RADO de LANMAN & KEMP-BARCLAY & CO. INCORPORATED,
del domicilio de 25 WOODLAND AVENUE, WESTWOOD, NEW
JERSEY, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTA-
DOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00039 del Libro 00094 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en
la palabra “PACHOLI” contenida en forma de arco en la parte superior
de la etiqueta de un rectángulo que contiene también las palabras no
inscribibles “scented soap”, por debajo de éstas, el dibujo de una reina
egipcia que exhibe en su mano derecha un espejo; por detrás de ella un
jeroglífico y por enfrente de ella un niño egipcion que tiene en su mano
izquierda un jarro conteniendo flores; por debajo de las figuras las palabras
“murray & lanman” y en la base las palabras no inscribibles net weight
3.3. oz (95 gr); al lado derecho hay otro rectángulo cortado que tiene
en el lado superior e inferior un cintillo conteniendo jeroglíficos; por el
centro en forma vertical las palabras no inscribibles jabón de tocador y
por debajo de éstas la palabra no inscribible "proprietors"; por debajo
de ella lanman & kemp-barclay & co. incorporated wetwood, nj 07656;
por debajo de éstas, las palabras no inscribibles ingredients: soap base,
titanium dioxide, perfume, mineral oil, water, caramel color; al lado
izquierdo del rectángulo principal se encuentra otro rectángulo también
recortado con cintillos arriba y abajo conteniendo jeroglíficos y dentro
del rectángulo en forma vertical, las palabras no inscribibles complexion
soap; por encima del rectángulo principal se encuentra un ovalo con las
letras 1 & k invertido y debajo del rectángulo principal las letra 1 & k
dentro de un ovalo; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los primeros días del mes de marzo del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041839-1
DIARIO
OFI
CIAL S
OLO P
ARA CONSULT
A
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 1998006964
No. de Presentación: 20120164293
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-
RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ conocida por MARISABELLA
NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de LABORATORIO BIOSANO S.A., del do-
micilio de ZENTENO 1276, SANTIAGO, CHILE, de nacionalidad
CHILENA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00113 del Libro 00151 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en UNA ESFERA DE FONDO NEGRO QUE TIENE REFLEJADO
UN PUNTO BLANCO EN LA PARTE SUPERIOR, ABAJO DE LA
CUAL SE ENCUENTRA UNA FIGURA OVALADA DE MANERA
QUE PARECE LA SOMBRA DE LA ESFERA Y A LA DERECHA
DE LA ESFERA SE ENCUENTRAN LAS PALABRAS "BIOSANO"
EN LETRAS DE MOLDE CON LETRA INICIAL MAYUSCULA Y
EL RESTO EN MINUSCULAS Y “LABORATORIO” SOLO MAYUS-
CULAS (NO SE RECLAMA EXCLUSIVIDAD SOBRE LA PALABRA
“LABORATORIO”); que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los primeros días del mes de marzo del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041840-1
No. de Expediente: 2000007058
No. de Presentación: 20120164291
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-
RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de SOCIETE ANONYME DES EAUX MINERALES
D'EVIAN, del domicilio de 22, Avenue des Sources, 74503 Evian,
Francia, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00221 del Libro 00159 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en el dibujo de una botella transparente con
la parte superior lisa seguida abajo por una línea irregular semejante a
picos abajo de los cuales hay trazos ondulados caprichosos seguidos
abajo por siete franjas horizontales anchas y en la porción inferior de la
botella hay trazos ondulados caprichosos; que ampara productos(servicios
comprendidos en la(s) Clase 32 de la Clasificación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los primeros días del mes de marzo del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041842-1
No. de Expediente: 1981000761
No. de Presentación: 20120164295
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS
EDMUNDO NOVOA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de LANMAN & KEMP-BARCLAY & CO. INCORPO-
RATED, del domicilio de 25 WOODLAND AVENUE, WESTWOOD,
NEW JERSEY, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00006 del Libro 00094 de REGISTRO DE MARCAS, consistente
en las palabras "PACHOLI DE MURRAY & LANMAN"; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los primeros días del mes de marzo del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041844-1
No. de Expediente: 1971020647
No. de Presentación: 20120166281
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-
RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de HOFFMANN-LA ROCHE PRODUCTS LIMITED,
del domicilio de Clarendon House, 2 Church Street, Hamilton HM 11,
Bermuda, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 20647 del Libro 00046 de REGISTRO
DE MARCAS, consistente en la palabra DORMICUM; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041846-1
No. de Expediente: 1970020930
No. de Presentación: 20120166279
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-
RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de HOFFMANN-LA ROCHE PRODUCTS LIMITED,
del domicilio de Clarendon House, 2 Church Street, Hamilton HM 11,
Bermuda, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 20930 del Libro 00047 de REGISTRO DE
MARCAS, consistente en la palabra LEXOTAN; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041848-1
DIARIO
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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 1970020670
No. de Presentación: 20120166280
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-
RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de HOFFMANN-LA ROCHE PRODUCTS LIMITED,
del domicilio de Clarendon House, 2 Church Street, Hamilton HM 11,
Bermuda, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 20670 del Libro 00046 de REGISTRO DE
MARCAS, consistente en la palabra PROLOPA; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041850-1
No. de Expediente: 1972021433
No. de Presentación: 20120167145
CLASE: 29, 30,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
HERIBERTO REYES CISNEROS, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de MANUEL ROBERTO MOLINA MARTINEZ,
del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 21433 del
Libro 00047 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra
“CASINO ESPECIAL” escrita en letras formadas por dos líneas una fina
y una gruesa, debiendo quedar en blanco la parte interior de la letra, tiene
una especie de asterisco la letra "I", y la palabra ESPECIAL es de un
tamaño más pequeña formada por letras de dos líneas iguales, dentro de
un rectángulo hecho por una línea fina y en el final, lado derecho partes
superior un guión lleno; el rectángulo entra en la mitad de la letra “O” con
una especie de diagonal; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 29, 30 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los siete días del mes de mayo del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041866-1
No. de Expediente: 1971020812
No. de Presentación: 20110155563
CLASE: 29. 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
HERIBERTO REYES CISNEROS, mayor de edad, ABOGADO, del
domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SAL-
VADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODE-
RADO de MANUEL ROBERTO MOLINA MARTINEZ, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, y por otra
parte como titulares en proindivisión MARIA ALEXANDRA MOLINA
DE LLORCA, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, TANIA MARIA MOLINA LEAL, del domicilio de
ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la
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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. inscripción Número 20812 del Libro 00047 de REGISTRO DE MARCAS,
consistente en la palabra YEYA, acompañada de la cara de una señora
de lentes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase
29, 30 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los treinta días del mes de mayo del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041867-1
SEÑal DE PUBliciDaD coMErcial
No. de Expediente: 2012115855
No. de Presentación: 20120163509
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA
MERCEDES MEJIA AGUILAR, en su calidad de APODERADO GE-
NERAL JUDICIAL de POLLO CAMPESTRE, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: POLLO CAMPESTRE S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: la frase DESDE LOS VEGETALES MAS FRES-
COS HASTA EL POLLO MAS CRUJIENTE Y CALIENTITO, que
servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMI-
DOR DE LOS PRODUCTOS QUE DISTRIBUYE LOS ESTABLE-
CIMIENTOS DENOMINADOS “POLLO CAMPESTRE” COMO LO
SON: POLLO FRITO Y COMIDA TIPICA SALVADOREÑA.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial. Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de mayo del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041784-1
coNVocaToriaS
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Sociedad "GENERACION 2000, SOCIE-
DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE" convoca a sus Accionistas
a Junta General Extraordinaria de Accionistas, que celebrará en sus
Oficinas situadas en Boulevard del Hipódromo No. 540. Colonia San
Benito, de esta ciudad, el día 26 de Julio del año en curso, a partir de
las 19:00 horas; para conocer y resolver sobre los puntos de la siguiente
Agenda:
a) Establecimiento de quórum legal y acta de asistencia; y
b) Aumento del Capital Social, en su parte Variable.
Para que haya quórum legal en la primera fecha de la convocatoria,
se requerirá que estén presentes o representadas, por lo menos, las tres
cuartas partes de las Acciones actualmente emitidas, o sean ciento trece
Acciones; igual proporción se requerirá para tomar resolución. Si no
hubiere quórum en la primera fecha de convocatoria, la Junta se llevará
a cabo en segunda fecha, en el mismo lugar, a la misma hora, el día 27
de Julio de dos mil doce. En este segunda fecha de convocatoria la Junta
se considerará válidamente reunida si están presentes o representadas
la mitad más una de las acciones que componen el capital social y el
número de votos necesarios para tomar resolución serán las tres cuartas
partes de las acciones presentes o representadas.
San Salvador, ocho de Junio de dos mil doce.
LIC. ENA MARINA URIARTE DE HENRIQUEZ,
DIRECTORA PRESIDENTA.
3 v. alt. No. F041916-1
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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395SUBaSTa PÚBlica
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho horas con treinta minutos del día diecisiete de abril del corrien-te año, en el Juicio Ejecutivo Civil iniciado por el Licenciado Carlos Arlindo Durán Ponce, y continuado por el Licenciado Carlos Alberto Prieto Cuéllar, ambos en calidad de Apoderados de GRUPO Q EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra el señor JAIME ARTURO MACHUCA MACHUCA, se venderá en PUBLICA SUBASTA en este Juzgado y en fecha que oportunamente se señalará, el siguiente inmueble: ''Un inmueble rústico, situado en Cantón Santa Bárbara, Jurisdicción de Guazapa, departamento de San Salvador, cultivado de árboles frutales, plantaciones de piña y otras clases, denominado: PARCELACION ATLANTA, PRIMERA POR-CION, marcado como LOTE NUMERO ONCE, SANTA BARBARA, GUAZAPA, SAN SALVADOR, en el plano de lotificación que se ha hecho en dicha propiedad, la cual es conocida como PARCELACION ATLANTA, de una extensión de QUINIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS SETENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS, equivalente a SETECIENTAS CUARENTA VARAS CUADRADAS NOVENTA Y UN DECIMOS DE VARA CUADRADA, que mide y linda: AL NORTE: veintinueve metros con lote número Doce, que antes fue del señor Viscarra Puentes, y que ahora pertenece a Carlos Granillo Hernández; AL ORIENTE: diecisiete metros cincuenta centímetros con terreno de la señora Marta Viscarra de la Peña, antes del señor Mauricio Antonio Viscarra Puente; AL SUR: treinta y cinco metros con terreno de Horacio Casco Elizabeth, que antes fue de don Mauricio Antonio Viscarra Puente; y AL PONIENTE: dieciséis metros dieciocho centíme-tros con lote número dieciocho de la misma lotificación, que antes fue del señor Viscarra Puente, y que ahora pertenece a Esperanza Rodríguez de Cabezas, mediando una calle abierta en el mismo inmueble general para uso de la lotificación. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor del señor JAIME ARTURO MACHUCA MACHUCA bajo la Matrícula número 60037996-00000 del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, departamento de San Salvador".
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce horas y doce minutos del día cinco de junio de dos mil doce.- Enmendados-Viscarra-lotificación-lotificación-Valen.- LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041732-1
LIC. JOSE SALVADOR CASTRO CANJURA, JUEZ DE LO LABO-RAL INTERINO, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por reso-lución proveída por este Tribunal, a las nueve horas del día catorce de mayo del corriente año, en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por
el Licenciado JUAN JAVIER ABARCA RIVERA, actuando en su
carácter de Apoderado General Judicial del señor FRANCISCO
ARNOLDO KREYSA DORDELLY, conocido por FRANCISCO A.
KREYSA, contra el señor GUILLERMO BUITRAGO ORTEGA, co-
nocido por GUILLERMO BUITRAGO, reclamando capital adeudado
e intereses; se ordenó la VENTA EN PUBLICA SUBASTA de los
bienes embargados, en fecha que oportunamente se señalará, siendo los
inmuebles a subastarse los que se describen a continuación: 1) Inmueble
de naturaleza rural, marcado como lote número Uno, del polígono F, de
la Lotificación San José Miraflores, situado en el Cantón Miraflores,
Jurisdicción de San Miguel, Departamento de San Miguel, que mide y
linda y se describe así: AL NORTE: veinticinco metros lindando con
lote número dos, del mismo polígono F; AL ORIENTE: veinticinco
metros lindando con propiedad de Mauricio Palma; AL SUR: veinticin-
co metros con Carretera Panamericana de por medio; y AL PONIENTE:
veinticinco metros linda con Avenida Los Girasoles de la misma
Lotificación; el lote antes mencionado tiene una extensión superficial
de SEISCIENTOS VEINTICINCO PUNTO CERO CERO METROS
CUADRADOS equivalentes a OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUA-
TRO PUNTO CERO CERO VARAS CUADRADAS. Inscrito bajo la
Matrícula M OCHO CERO CERO OCHO UNO NUEVE CUATRO
TRES GUION CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, Departa-
mento de San Miguel, propiedad del señor GUILLERMO BUITRAGO
ORTEGA, conocido por GUILLERMO BUITRAGO. 2) Inmueble de
naturaleza rural, situado en la Lotificación San José Miraflores, polígo-
no K, de la Jurisdicción de San Miguel, que se compone de dos porcio-
nes que se describen así: La Primera Porción; mide y linda: AL NORTE:
cincuenta y cinco punto siete metros en tres tramos, el primero, línea
curva de siete punto ochenta y cinco metros, el segundo, en línea recta
de cuarenta metros y el tercero, en línea curva de siete punto ochenta y
cinco metros, lindando con Pasaje El Rosal, de la misma lotificación;
AL ORIENTE: línea recta de sesenta metros linda con Avenida Las
Amapolas, de la misma Lotificación; AL SUR: cincuenta y cinco punto
siete metros en tres tramos, el primero, en línea curva de siete punto
ochenta y cinco metros, el segundo, en línea recta de cuarenta metros;
y el tercero, en línea curva de siete punto ochenta y cinco metros, lin-
dando con Pasaje Primavera de la misma Lotificación; AL PONIENTE:
línea recta de sesenta metros lindando con Avenida Las Magnolias, de
la misma Lotificación; y la Segunda Porción mide y linda: AL NORTE:
cincuenta y cinco punto siete metros en tres tramos, el primero, en línea
curva de siete punto ochenta y cinco metros, el segundo, en línea recta
de cuarenta metros; y el tercero, línea curva de siete punto ochenta y
cinco metros, lindando con Pasaje El Rosal, de la misma Lotificación;
AL ORIENTE: línea recta de sesenta metros, lindando con Avenida Las
Margaritas, de la misma Lotificación; AL SUR: cincuenta y cinco pun-
to siete metros en tres tramos, el primero, en línea curva de siete punto
ochenta y cinco metros, el segundo, en línea recta de cuarenta metros;
y el tercero, en línea curva de siete punto ochenta y cinco metros, lin-
dando con Pasaje Primavera, de la misma Lotificación; AL PONIENTE:
línea recta de sesenta metros, lindando con Avenida Las Amapolas, de
la misma Lotificación, ambas porciones tienen una extensión superficial
de SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PUNTO DOCE
METROS CUADRADOS equivalentes a NUEVE MIL NOVECIENTOS
SESENTA VARAS CUADRADAS. Inscrito bajo la Matrícula número
M OCHO CERO CERO OCHO UNO NUEVE CUATRO CINCO
GUION CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propie-
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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. dad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, Departamento
de San Miguel, propiedad del señor GUILLERMO BUITRAGO OR-
TEGA, conocido por GUILLERMO BUITRAGO. 3) Inmueble de na-
turaleza rústica, ubicado al Costado Sur de terreno número uno, Carre-
tera Panamericana de por medio, Cantón Miraflores, Jurisdicción,
Distrito y Departamento de San Miguel, identificado en su antecedente
como lote número dos, de la Capacidad Superficie de CATORCE MIL
SETECIENTOS TRECE PUNTO OCHENTA Y CUATRO METROS
CUADRADOS; que se describe así: Lindero NORTE: Partiendo del
vértice Noroeste, está formado por once tramos con los siguientes rum-
bos y distancias: tramo uno Sur Este, ochenta y siete grados cincuenta
y siete minutos dieciocho segundos con una distancia de quince punto
cincuenta y cuatro metros, tramo dos Sur Este, ochenta y ocho grados
cincuenta y cuatro minutos veintiséis segundos con una distancia de
veintiocho punto cuarenta y cinco metros, tramo tres Sur Este, setenta
y seis grados cero dos minutos cuarenta y cinco segundos con una dis-
tancia de ocho punto cincuenta y uno metros; tramo cuatro Sur Este,
setenta grados cero cuatro minutos cuarenta y tres segundos, con una
distancia de seis punto dieciocho metros, tramo cinco Sur Este, ochen-
ta y un grados cero ocho minutos cincuenta y nueve segundos, con una
distancia de cinco punto treinta y tres metros, tramo seis Sur Este,
ochenta y tres grados cincuenta y dos minutos catorce segundos con una
distancia de dieciocho punto ochenta y un metros, tramo siete Sur Este,
ochenta y dos grados treinta y tres minutos treinta y siete segundos, con
una distancia de veintitrés punto sesenta y nueve metros, tramo ocho
Noreste, ochenta y nueve grados cero siete minutos catorce segundos,
con una distancia de once punto noventa y ocho metros, tramo nueve
Sur Este, setenta y ocho grados cero dos minutos cero tres segundos con
una distancia de cuarenta y dos punto sesenta y siete metros, tramo diez
Sur Este, setenta y ocho grados cuarenta y un minutos cuarenta y tres
segundos, con una distancia de veinticuatro punto doce metros, tramo
once Sur Este, setenta y ocho grados cuarenta y siete minutos cuarenta
y siete segundos con una distancia de veintiuno punto noventa y tres
metros; colindando con terreno uno de este mismo propietario y con
Carretera Panamericana de por medio; Lindero ORIENTE: Partiendo
del lindero Noreste, está formado por siete tramos con los siguientes
rumbos y distancias, tramo uno Sur Oeste, sesenta y un grados treinta y
tres minutos cincuenta segundos, con una distancia de quince punto
ochenta y seis metros, tramo dos Sur Oeste, setenta y nueve grados
cincuenta minutos cincuenta y seis segundos, con una distancia de
treinta y ocho punto treinta y un metros, tramo tres Sur Oeste, cuarenta
y cinco grados treinta y cinco minutos cincuenta y un segundos, con una
distancia de dieciséis punto noventa y siete metros, tramo cuatro Sur
Oeste, treinta y cinco grados, treinta y seis minutos cero cuatro segundos
con una distancia de treinta y siete punto sesenta y seis metros, tramo
cinco Sur Oeste, treinta y tres grados cinco punto dos minutos treinta y
tres segundos, con una distancia de veintiocho punto cincuenta y cinco
metros, tramo seis Sur Oeste, sesenta y un grados cero cinco minutos
cuarenta y seis segundos con una distancia de treinta y tres punto cua-
renta y seis metros, tramo siete Sur Oeste, veintinueve grados treinta y
seis minutos cero tres segundos, con una distancia de once punto trein-
ta y cuatro metros, colindando con terrenos de Caserío Miraflores, con
Río de por medio; Lindero SUR: Partiendo del vértice Sur Este, está
formado por cinco tramos con los siguientes rumbos y distancias: tramo
uno Noroeste, ochenta y un grados cincuenta y un minutos cincuenta y
ocho segundos, con una distancia de cuatro punto setenta metros, tramo
dos Sur Oeste, ochenta y ocho grados cero ocho minutos cincuenta y
nueve segundos, con una distancia de trece punto noventa y siete metros,
tramo tres Sur Oeste, ochenta y dos grados diez minutos treinta y seis
segundos, con una distancia de diecisiete punto treinta y siete metros,
tramo cuatro Sur Oeste, setenta y ocho grados cuarenta y cuatro minutos
treinta y un segundos, con una distancia de doce punto setenta y dos
metros, tramo cinco Sur Oeste, sesenta y dos grados cuarenta y cuatro
minutos veintinueve segundos, con una distancia de nueve punto no-
venta y cinco metros, colindando con terrenos del Caserío Miraflores,
con Río de por medio. Lindero PONIENTE: Partiendo del vértice Sur
Oeste, está formado por seis tramos con los siguientes rumbos y distan-
cias: tramo uno Noroeste, cero cinco grados treinta y nueve minutos
once segundos, con una distancia de dieciséis punto veinticuatro metros,
tramo dos Noreste, cero dos grados cincuenta y cinco minutos cuarenta
y seis segundos, con una distancia de diecisiete punto cuarenta y tres
metros, tramos tres Noroeste, cero siete grados treinta y siete minutos
veinte segundos, con una distancia de seis punto treinta y un metros,
tramo cuatro Noreste, cero cinco grados veintitrés minutos cuarenta y
nueve segundos, con una distancia de veinticinco punto setenta y nueve
metros, tramo cinco Noroeste, cero un grados veinticinco minutos cin-
cuenta segundos, con una distancia de nueve punto cincuenta y nueve
metros, tramo seis Noroeste, cero nueve grados diecisiete minutos
cuarenta y siete segundos, con una distancia de setenta punto treinta y
siete metros, colindando con terreno uno de Franklin Díaz, Silvia Mo-
lina y Carmen Mata, con cerco de púas, así se llega al vértice Noroeste,
que es donde se inició la presente descripción. Inscrito bajo la Matrícu-
la número M OCHO CERO CERO OCHO CERO UNO CUATRO
CUATRO GUION CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de
la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, Depar-
tamento de San Miguel. Propiedad del señor GUILLERMO BUITRAGO
ORTEGA, conocido por GUILLERMO BUITRAGO. 4) Lote de terre-
no de naturaleza rústica, situado al Costado Sur de Carretera Paname-
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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395ricana, Kilómetro Ciento Cincuenta y Tres, en el Cantón Miraflores, de
la Jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, marcado en el
plano respectivo como lote número cuatro, de la capacidad superficial
de SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS PUNTO
TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS, que se describe así:
Lindero NORTE: Partiendo del vértice Noroeste, está formado por
cinco tramos con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno Sur Este,
sesenta y cinco grados cero minutos treinta y ocho segundos, con una
distancia de sesenta y nueve punto noventa y seis metros; tramo dos Sur
Oeste, sesenta y cuatro grados cincuenta y seis minutos cuarenta y ocho
segundos, con una distancia de setenta y tres punto cuarenta y ocho
metros; tramo tres Sur Este, sesenta y cinco grados treinta y un minutos
veintinueve segundos, con una distancia de cuarenta y nueve punto
setenta y siete metros, tramo cuatro Sur Este, sesenta y cuatro grados
cincuenta y dos minutos cincuenta y cinco segundos, con una distancia
de cincuenta y un punto cincuenta y tres metros; y tramo cinco Sur Este,
sesenta y seis grados cero siete minutos cuarenta y nueve segundos, con
una distancia de cuarenta y tres punto ochenta metros colindando con
lote tres con el mismo propietario, con Carretera Panamericana de por
medio; Lindero ORIENTE: Partiendo del vértice Noreste, está formado
por un tramo con los siguientes rumbos y distancias, tramo uno Sur
Oeste, diecisiete grados tres minutos doce segundos, con una distancia
de catorce punto cuarenta y cuatro metros, colindando con terreno de
don Napoleón Alvarenga, con cerco de púas; Lindero SUR: Partiendo
del vértice Sur Este, está formado por cinco tramos con los siguientes
rumbos y distancias: tramo uno Noreste, sesenta y nueve grados dieciséis
minutos cero punto cinco segundos, con una distancia de cincuenta y
cuatro punto sesenta y seis metros, tramo dos Noroeste, sesenta y ocho
grados cuarenta y seis minutos cincuenta y cuatro segundos, con una
distancia de cuarenta y tres punto cincuenta y siete metros, tramo tres
Noreste, sesenta y ocho grados, cincuenta y siete minutos doce segundos,
con una distancia de cuarenta y cinco punto cuarenta y ocho metros,
tramo cuatro Noroeste, sesenta y ocho grados cero punto ocho minutos
diecisiete segundos con una distancia de setenta y cinco punto cincuen-
ta y cinco metros, y tramo cinco Noreste, sesenta y nueve grados cero
punto tres minutos once segundos, con una distancia de sesenta y siete
punto setenta y nueve metros, colindando con terreno de don Napoleón
Alvarenga, con cerco de púas; y lindero PONIENTE: Partiendo del
vértice Suroeste, está formado por un solo tramo con los siguientes
rumbos y distancias: tramo uno Noreste, dieciocho grados treinta minu-
tos veinticuatro segundos, con una distancia de treinta y uno punto
cuarenta y siete metros, colindando con terreno de don Napoleón Alva-
renga, con cerco de púas, así se llega al vértice Noroeste, que es donde
se inició la presente descripción. Inscrito bajo la Matrícula número M
OCHO CERO CERO OCHO CERO UNO SIETE UNO GUION CERO
CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipo-
tecas de la Primera Sección de Oriente, Departamento de San Miguel,
propiedad del señor GUILLERMO BUITRAGO ORTEGA, conocido
por GUILLERMO BUITRAGO. 5) Lote de naturaleza rústica, situado
en el Cantón Miraflores, Jurisdicción, Distrito y Departamento de San
Miguel, marcado como Lote número Uno, al costado Norte, de la
Lotificación del Cantón Miraflores, de una capacidad superficial de
OCHENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO PUNTO
SESENTA Y UN METROS CUADRADOS, el cual se describe así:
Lindero NORTE: Partiendo del vértice Noroeste, está formado por
treinta y cinco tramos colindando con Terrenos de José Rodolfo Rosales
Palma, Elizabeth Ángel de Marroquín y Raúl Parada, con cercos de púas.
Lindero ORIENTE: Partiendo del vértice Noroeste, está formado por
sesenta y siete tramos colindando con terrenos de Juana Rovira, con
cerco de púas con terreno de Evangelina Rovira de Ayala, Virgilio
Escobar, con calle de por medio. Lindero SUR: Partiendo del vértice
Sur Este, está formado por veintinueve tramos colindando con terreno
número dos, de este propietario y terreno de Carmen Mata, con Carre-
tera Panamericana de por medio y colindando con terreno de Lotificación
San José Miraflores, con calle de por medio. Lindero PONIENTE:
Partiendo del vértice Sur Oeste, está formado por cuatro tramos, colin-
dando con terrenos de Israel Díaz y Fabio Espinal, con lindero sin ma-
terializar, así se llega al vértice Noroeste, que es donde se inició la
presente descripción, dicho lote está grabado con una servidumbre de
tránsito a favor de Fabio Isaac Espinal, cuya descripción inicia en el
punto en el cual la servidumbre intercepta al costado Oriente del terreno.
Inscrito bajo la Matrícula número M OCHO CERO CERO OCHO CERO
UNO CUATRO TRES GUION CERO CERO CERO CERO CERO,
del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de
Oriente, Departamento de San Miguel, propiedad del señor GUILLERMO
BUITRAGO ORTEGA, conocido por GUILLERMO BUITRAGO.
Librado en el Juzgado de lo Laboral: Santa Tecla, a las nueve
horas y quince minutos del día catorce de mayo del dos mil doce.- LIC.
JOSE SALVADOR CASTRO CANJURA, JUEZ DE LO LABORAL
INTERINO.- LICDA. MIRNA MARGARITA DIAZ DE DOMINGUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041865-1
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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012.
rEPoSiciÓN DE cErTificaDoS
AVISO
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Multiplaza, de esta ciudad, se ha pre-
sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado
No. 700-099119-4, amparado con el registro No. 1118547 del Depósito
a Plazo Fijo, constituido el 03-10-2011 a 180 días prorrogables, lo que
hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado
relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de
Comercio vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 06 de junio de 2012.
BANCO AGRICOLA, S. A.
VICTOR CANALES,
JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD
Y ATENCION AL CLIENTE.
GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F041765-1
AVISO
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Plaza Merliot, de Ciudad Merliot,
Jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, se ha presentado parte interesada
manifestando que ha extraviado el Certificado No. 743-007495-3, ampa-
rado con el registro No. 597435 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el
06-02-2001 a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público
para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los
Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 06 de junio de 2011.
BANCO AGRICOLA, S. A.
VICTOR CANALES,
JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD
Y ATENCION AL CLIENTE.
GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F041772-1
AVISO
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Puerto de La Libertad, de la ciudad
La Libertad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha
extraviado el Certificado No. 700-097211-2, amparado con el registro
No. 1131570 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 27-06-2011 a 150
días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de
reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nos.
486 y 932 del Código de Comercio vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 06 de junio de 2012.
BANCO AGRICOLA, S. A.
VICTOR CANALES,
JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD
Y ATENCION AL CLIENTE.
GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F041777-1
DIARIO
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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia La Unión, de la Ciudad de La Unión,
se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
Certificado No. 791 - 105523-3, amparado con el registro No. 0061877
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 25-10-1990 a 180 días prorro-
gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 06 de Junio de 2012.
BANCO AGRICOLA S.A.
VICTOR CANALES,
JEFE DEPTO. CONTROL DE CALIDAD
Y ATENCION AL CLIENTE
GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F041778-1
AVISO
CAJA DE CREDITO Y AHORRO DE SAN JUAN OPICO, SOCIE-
DAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE
CAPITAL VARIABLE.
COMUNICA: Que se ha presentado el propietario del Certificado
de Depósito a Plazo Fijo No. 55-00-0004430-1, por la cantidad de US$
10,030.00 a un plazo de ciento veinte días, en Caja de Crédito y Ahorro
de San Juan Opico, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada
de Capital Variable, Oficina Central Ubicada en Calle Luz Morán y Ave-
nida Guerrero Barrio El Centro San Juan Opico, solicitando reposición
de dicho certificado.
Por tanto se hace del conocimiento al público en general para los
efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después
de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna,
se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
San Juan Opico, 12 de Junio de 2012.
JESUS FABIAN GUILLEN ACOSTA,
GERENTE GENERAL.
3 v. alt. No. F041897-1
aUMENTo DE caPiTal
En la Ciudad de San Miguel, reunidos en el local de la oficina situada
sobre la Sexta Calle Oriente y Cuarta Avenida Sur, a las diecisiete horas
con treinta minutos del día veinticuatro de octubre del año dos mil once,
para celebrar la sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas,
con la asistencia de los socios: José Orlando Turcios Díaz y Elizabeth
del Carmen Ortiz de Turcios, con previa convocatoria y con el 100%
de la asistencia se da inicio a la sesión con siguiente agenda: Punto
Número Uno. Comprobación del Quórum: Asistencia del 100%. Punto
Número Dos. Lectura del Acta Anterior: se dio lectura al acta anterior
y se aprobó sin ninguna enmienda. Punto Número Tres. Se procedió
a efectuar por unanimidad Aumento de Capital Social Mínimo por la
suma de $ 398,571.43 (trescientos noventa y ocho mil quinientos setenta
y uno con cuarenta y tres centavos de dólar de los Estados Unidos de
Norte América), para que en lo sucesivo el capital social mínimo sea de
$410,000.00 (cuatrocientos diez mil dólares exactos) compuesto por Mil
Acciones Nominativas de $410.00 (cuatrocientos diez dólares exactos)
cada una, a la vez se autoriza al Sr. José Orlando Turcios Díaz para que
en su nombre y representación de la Sociedad Flores Turcios, S.A. de
C.V., formalice ante un Notario la modificación de la Cláusula Quinta
de la Escritura de Constitución de la Sociedad.
No habiendo más que tratar se cierra la sesión a las dieciocho horas
con cero minutos del día veinticuatro de octubre del año dos mil once.
JOSE ORLANDO TURCIOS DIAZ,
ADMINISTRADOR UNICO.
1 v. No. F041735
aViSo DE coBro
De conformidad con el artículo 142 de las Disposiciones Generales de
Presupuesto vigente.
SE HACE SABER: Que a esta unidad de Desarrollo Humano
Departamental, se ha presentado la señora Ana Dolores Coto Fiallos,
mayor de edad con Documento Único de Identidad Número 01134922-1,
extendido en Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, el día veintinueve
de abril del año dos mil diez, con domicilio en 8ª Avenida Norte, Barrio
Santa Cruz, No. 20, Chalchuapa, solicitando se le permita firmar en repre-
sentación de sus hijas, los documentos respectivos y cobrar la cantidad
de CIENTO VEINTIDOS 64/100 DOLARES ($122.64) en concepto del
pago retroactivo del incremento salarial del 6% correspondiente a los
meses de enero, febrero y marzo de 2011, según Acuerdo No. 15-0321
de fecha 24 de febrero del año 2012, que a su fallecimiento ocurrido
el día dos de abril de dos mil doce, dejó pendiente de cobro el padre
de sus hijas, señor Felipe de Jesús Mendoza, cuando se desempeñaba
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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. en el cargo de Docente Nivel Dos S1C del Centro Escolar “Caserío La
Cumbre, C/ Las Pavas” (86277) del municipio de Metapán, según los
siguientes datos: Partida 23, Subnúmero 2140, del Acuerdo de Refrenda
y Reorganización de Personal Docente No. 02-0001, de fecha 03 de enero
de 2012, Cifras Presupuestarias: 2012-3100-3-05-01-21-1-51101.
Lo anterior se pone en conocimiento del público, para que toda
persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a hacer uso
de éste, a más tardar dentro de los tres días subsiguientes a la última
publicación de este aviso.
Coordinadora de la Unidad de Desarrollo Humano del Ministerio
de Educación, en el Departamento de Santa Ana, a los cuatro días del
mes de junio de dos mil doce.
NOTA: PUBLIQUESE TRES VECES CON TRES DIAS DE
INTERVALO.
INGENIERA TANYA RAQUEL PIMENTEL DE MELENDEZ,
COORDINADORA DE DESARROLLO HUMANO
DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN SANTA ANA.
3 v. 1 v. c/3 d. No. F041893-1
Marca iNDUSTrial
No. de Expediente: 2012118099
No. de Presentación: 20120167824
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MA-
RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, conocida por MARISABELLA
NOVOA, en su calidad de APODERADO de F. Hoffmann-La Roche
AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA.
PErJETa
Consistente en: la palabra PERJETA, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES FARMACEUTICAS PARA USO ONCOLOGICO.
Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de abril del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de mayo del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041811-1
No. de Expediente: 2012116254
No. de Presentación: 20120164635
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS
EDMUNDO NOVOA, en su calidad de APODERADO de NISSAN
JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA (comerciando también como NIS-
SAN MOTOR CO., LTD.), de nacionalidad JAPONESA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA.
Consistente en: un diseño identificado como LOGO INFINITI, que
servirá para: AMPARAR: CUERO E IMITACIONES DE CUERO, Y
PRODUCTOS HECHOS DE ESTOS MATERIALES NO INCLUIDOS
EN OTRAS CLASES; BAULES Y BOLSOS DE VIAJE; PARASOLES
Y BASTONES, BOLSAS PARA COMPUTADORAS HECHAS DE
CUERO. MOCHILAS. MALETINES. PORTA TARJETAS Y CAJAS
PARA TARJETAS. MONEDEROS, NO HECHOS DE METALES
PRECIOSOS. FOLDERS HECHOS DE CUERO. ESTUCHES Y LLA-
VEROS DE CUERO. ETIQUETAS PARA MALETAS. CLIPS PARA
DINERO (DE CUERO). ETIQUETAS PARA NOMBRE HECHAS DE
CUERO; ETIQUETAS PARA MALETAS. CUADERNOS, HECHOS
DE CUERO. PORTA LIBRETAS, HECHOS DE CUERO. BOLSOS
DE COMPRAS. SOMBRILLAS. BILLETERAS. FOLDERS CON
CREMALLERA (DE CUERO). CONTENEDORES DE EMPAQUE
INDUSTRIAL DE CUERO. ESTUCHES DE VANIDAD (NO EQUI-
PADOS). Clase: 18.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos
mil doce.
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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintitrés de febrero del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041815-1
No. de Expediente: 2012116251
No. de Presentación: 20120164632
CLASE: 08.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS
EDMUNDO NOVOA, en su calidad de APODERADO de NISSAN
JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA (comerciando también como NIS-
SAN MOTOR CO., LTD.), de nacionalidad JAPONESA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA.
Consistente en: un diseño identificado como LOGO INFINITI,
que servirá para: AMPARAR: HERRAMIENTAS E IMPLEMENTOS
MANUALES (OPERADOS MANUALMENTE); CUCHILLERIA,
EQUIPOS DE MANICURA, EQUIPOS DE PEDICURA. NAVAJAS
(HERRAMIENTAS MANUALES). CORTADORES DE CUTICULAS.
PINZAS DE CUTICULAS. CORTADORES. HERRAMIENTAS
PARA CORTAR (HERRAMIENTAS MANUALES). HERRAMIEN-
TAS PARA ORILLAR (HERRAMIENTAS MANUALES). LIMAS
(HERRAMIENTAS). PULIDORES DE UÑAS, ELECTRICOS Y NO
ELECTRICOS. MARTILLOS (HERRAMIENTAS MANUALES).
TALADROS DE MANO (HERRAMIENTAS MANUALES). LIMA-
DORAS DE UÑAS Y CORTADORES, ELECTRICOS Y NO ELEC-
TRICOS. LIMAS DE UÑAS Y CORTA UÑAS. CASCANUECES.
TIJERAS. DESATORNILLADORES. ESTUCHES DE AFEITAR.
CHAPADOS EN PLATA (CUCHILLOS, TENEDORES Y CUCHA-
RAS). LLAVES (HERRAMIENTAS MANUALES). UTENSILIOS
DE MESA (CUCHILLOS, TENEDORES Y CUCHARAS), LLAVES
DE TUERCA (HERRAMIENTAS MANUALES). Clase: 08.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintitrés de febrero del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041816-1
No. de Expediente: 2012116258
No. de Presentación: 20120164639
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS
EDMUNDO NOVOA, en su calidad de APODERADO de NISSAN
JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA (comerciando también como NIS-
SAN MOTOR CO., LTD.), de nacionalidad JAPONESA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA.
Consistente en: un diseño identificado como: LOGO INFINITI,
que servirá para: AMPARAR: ROPA, CALZADO, SOMBREROS.
CINTURONES (ROPA). CACHUCHAS. BUFANDAS DE CASIMIR.
REPLICAS DE ACCESORIOS DE CARRERAS FORMULA 1, ESPE-
CIALMENTE GUANTES DE PILOTO. REPLICAS DE ACCESORIOS
DE CARRERAS FORMULA 1, ESPECIALMENTE OVEROLES
DE CARRERA. GUANTES. CAMISAS DE GOLF. SOMBREROS.
CHAQUETAS. ROPA TEJIDA. BLUSAS DE DAMAS. CHAQUE-
TAS DE CUERO. CORBATAS. PARKAS. ROPA PROTECTORA
DE TRABAJO (QUE NO SEA PARA PROTECCION CONTRA
ACCIDENTES O LESIONES). BUFANDAS. PROTECTORES DE
OIDOS. CAMISAS. ZAPATOS. CHAQUETAS SUAVES. VISORES
DE SOL (SOMBREROS). SUETERES. SUDADERAS. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos
mil doce.
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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintitrés de febrero del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041818-1
No. de Expediente: 2012117535
No. de Presentación: 20120166946
CLASE: 18, 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARISA-
BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de
CAROLINA HERRERA Ltd, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRI-
CA.
Consistente en: las letras CH HC y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: CUERO Y CUERO DE IMITACION, PRODUCTOS DE
ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES;
PIELES DE ANIMALES; BAULES Y MALETAS; PARAGUAS Y
SOMBRILLAS; BASTONES; FUSTAS Y ARTICULOS DE GUAR-
NICIONERIA. Clase: 18. Para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR,
CALZADO, ARTICULOS DE SOMBRERERIA. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día once de abril del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de abril del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041819-1
No. de Expediente: 2012115804
No. de Presentación: 20120163434
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARISA-
BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de
OC OERLIKON CORPORATION AG, PFÄFFIKON, de nacionalidad
SUIZA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE
FABRICA.
innovation has a name oerlikon
Consistente en: las palabras INNOVATION HAS A NAME
OERLIKON, en donde INNOVATION HAS A NAME se traduce al
castellano como “la innovación tiene un nombre”, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS QUIMICOS PARA USO EN LA IN-
DUSTRIA, REVESTIMIENTOS DE SUPERFICIE Y PELICULAS
DELGADAS DE MATERIALES (O SUSTANCIAS) ORGANICOS E
INORGANICOS PARA DIFERENTES SUSTRATOS EN PARTICU-
LAR PARA METALES, VIDRIO, CERAMICA, PLASTICOS, QUE
SE APLICARON AL VACIO; PRODUCTOS QUIMICOS PARA EL
RECUBRIMIENTO DE CERAMICA Y METAL, EN PARTICULAR
REVESTIMIENTOS DE NITRURO DE TITANIO; PRODUCTOS
QUIMICOS PARA LA APLICACION DE CAPAS DELGADAS SO-
BRE SUPERFICIES DE LOS OBJETOS CON EL FIN DE CAMBIAR
SUS PROPIEDADES ELECTRONICAS Y MAGNETICAS, ES-
TRUCTURAS SUPERFICIALES O COMPOSICIONES QUIMICAS,
REFLEXIONES, REFLEXIONES SELECTIVAS, TRANSPARENCIA
Y TRANSPARENCIA SELECTIVA; PRODUCTOS QUIMICOS PARA
LA APLICACION DE CAPAS DELGADAS EN LAS SUPERFICIES DE
OBJETOS E INSTRUMENTOS DE TODO TIPO EN PARTICULAR
LENTES PARA GAFAS, LENTES, ESPEJOS, ARTICULOS OPTICOS
Y FILTROS ELECTRICOS, APARATOS DE FISICA Y QUIMICA
Y PIEZAS DE APARATOS, TODOS ESTOS PRODUCTOS EN LA
MEDIDA QUE SE INCLUYEN EN ESTA CLASE. Clase: 01.
La solicitud fue presentada el día primero de febrero del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de abril del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041821-1
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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012115809
No. de Presentación: 20120163439
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARISA-BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de OC OERLIKON CORPORATION AG, PFÄFFIKON, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA.
innovation has a name oerlikon
Consistente en: las palabras INNOVATION HAS A NAME OERLIKON, en donde INNOVATION HAS A NAME se traduce al castellano como “la innovación tiene un nombre”, que servirá para: AMPARAR: VEHICULOS; APARATOS DE LOCOMOCION TE-RRESTRE, AEREA O MARITIMA Y SUS PIEZAS; MOTORES DE COMBUSTION INTERNA Y MOTORES PARA VEHICULOS TERRESTRES; ACOPLAMIENTOS Y DISPOSITIVOS DE TRANS-MISION PARA VEHICULOS TERRESTRES ASI COMO SUS PARTES; ENGRANAJES Y CAJAS DE CAMBIO, REDUCTORES PLANETARIOS, ENGRANAJES ANGULARES, ENGRANAJES DE PALANCA DE EMBRAGUE DE DOS VELOCIDADES, CABE-ZALES DE TRANSMISION Y LOS TRENES DE ENGRANAJES CORRESPONDIENTES (ENGRANAJES ADICIONALES) PARA VEHICULOS TERRESTRES; ENGRANAJES REDUCTORES (EN-GRANAJES ADICIONALES) PARA VEHICULOS TERRESTRES; MECANISMOS DE TRANSMISION MECANICA DE DOS VELO-CIDADES EN FORMA DE UNIDADES DE ENGRANAJES REDUC-TORES, RESORTE APLICADO HIDRAULICAMENTE Y FRENOS DE LIBERACION ESTATICA Y DINAMICA, TRANSMISIONES FINALES Y TRANSMISIONES PLANETARIAS PARA VEHICULOS TERRESTRES; TRANSMISIONES, ARBOLES DE TRANSMISION, EJES PROPULSORES, DIFERENCIALES DE TODO TIPO Y PIEZAS PARA VEHICULOS TERRESTRES; CARCASAS DE CAJAS DE DI-RECCION, DISPOSITIVOS HIDRAULICOS Y MECANICOS PARA EL CAMBIO DE MARCHAS, TRANSDUCTORES DEL PAR, EJES, CABEZALES DE ENGRANAJE DE REDUCCION, REDUCTORES DE MARCHAS Y DE MOTOR, APARATOS PARA SINCRONIZAR, PARA VEHICULOS TERRESTRES; CARCASAS DE CAJAS DE DIRECCION PARA VEHICULOS TERRESTRES. Clase: 12.
La solicitud fue presentada el día primero de febrero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041823-1
No. de Expediente: 2012115630
No. de Presentación: 20120163070
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARISA-
BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de
OC OERLIKON CORPORATION AG, PFÄFFIKON, de nacionalidad
SUIZA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE
FABRICA.
Consistente en: la palabra OERLIKON y diseño, que servirá
para: AMPARAR: PRODUCTOS QUIMICOS PARA USO EN LA
INDUSTRIA, REVESTIMIENTOS DE SUPERFICIE Y PELICULAS
DELGADAS DE MATERIALES (O SUSTANCIAS) ORGANICOS E
INORGANICOS PARA DIFERENTES SUSTRATOS, DE METALES,
VIDRIO, CERAMICA, PLASTICOS, QUE SE APLICARON AL
VACIO; PRODUCTOS QUIMICOS PARA EL RECUBRIMIENTO
DE CERAMICA Y METAL, REVESTIMIENTOS DE NITRURO DE
TITANIO; PRODUCTOS QUIMICOS PARA LA APLICACION DE
CAPAS DELGADAS SOBRE SUPERFICIES DE LOS OBJETOS
CON EL FIN DE CAMBIAR SUS PROPIEDADES ELECTRONICAS
Y MAGNETICAS, ESTRUCTURAS SUPERFICIALES O COMPO-
SICIONES QUIMICAS, REFLEXIONES, REFLEXIONES SELEC-
TIVAS, TRANSPARENCIA Y TRANSPARENCIA SELECTIVA;
PRODUCTOS QUIMICOS PARA LA APLICACION DE CAPAS
DELGADAS EN LAS SUPERFICIES DE OBJETOS E INSTRUMEN-
TOS DE TODO TIPO, EN LENTES PARA GAFAS, EN LENTES, EN
ESPEJOS, EN ARTICULOS OPTICOS Y EN FILTROS ELECTRICOS,
APARATOS DE FISICA Y QUIMICA Y PIEZAS DE APARATOS,
TODOS ESTOS PRODUCTOS EN LA MEDIDA QUE SE INCLUYEN
EN ESTA CLASE. Clase: 01.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de enero del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de abril del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041825-1
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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. No. de Expediente: 2012117537
No. de Presentación: 20120166948
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARISA-
BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de
CAROLINA HERRERA Ltd. de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRI-
CA.
Consistente en: las letras CHCH, que servirá para: AMPARAR:
CUERO Y CUERO DE IMITACION, PRODUCTOS DE ESTAS MA-
TERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PIELES DE
ANIMALES; BAULES Y MALETAS; PARAGUAS Y SOMBRILLAS;
BASTONES; FUSTAS Y ARTICULOS DE GUARNICIONERIA.
Clase: 18.
La solicitud fue presentada el día once de abril del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de abril del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041828-1
No. de Expediente: 2012116974
No. de Presentación: 20120166003
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARISA-
BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de
K-SWISS INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el
registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA.
Consistente en: la palabra PALLADIUM y diseño. Se traduce al
castellano como: Paladión, que servirá para: AMPARAR: ZAPATOS,
BOTAS, SANDALIAS, ZAPATILLAS, CAMISAS, CAMISETAS,
PANTALONES, PANTALONES CORTOS, CHAQUETAS, SUDADE-
RAS, PANTALONES DE GIMNASIA, FALDAS, SUETERES, CHA-
LECOS, CHUMPAS, CHAQUETAS RESISTENTES AL VIENTO,
CALCETINES, CINTURONES, CORBATAS, BUFANDAS, GORRAS
Y VISERAS. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de marzo del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de marzo del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041829-1
EDicTo DE EMPlaZaMiENTo
SAUL ERNESTO MORALES, JUEZ DEL JUZGADO QUINTO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, A GLORIA
ABIGAIL CRUZ SOSA.
HACE SABER: Que en este Juzgado se ha iniciado Proceso Eje-
cutivo Mercantil, promovido por el Licenciado CARLOS ALBERTO
PRIETO CUELLAR, quien actúa en este proceso como Apoderado
General Judicial del GRUPO Q EL SALVADOR S.A. DE C.V., en
contra de la señora GLORIA ABIGAIL CRUZ SOSA, quien es mayor
de edad, del domicilio de San Miguel, con Documento Único de Iden-
tidad Número cero dos dos siete ocho uno seis seis-cuatro actualmente
de residencia desconocida, razón por la cual, de conformidad a los Arts.
181 inc. 2° y 186 del Código Procesal Civil y Mercantil, se le previene
a la demandada que se presente a este Juzgado a contestar la demanda
incoada en su contra dentro de los DIEZ DIAS HABILES, contados a
partir del día siguiente a la fecha de la tercera publicación del edicto
respectivo, previniéndole a dicha señora que debe comparecer al proceso
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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395debidamente procurado conforme a los Arts. 67, 68, 69, 181, 186 y 462
del Código Procesal Civil y Mercantil, y además al momento de contestar
la demanda, deberá manifestar si formula oposición, la cual deberá fun-
damentarse en los motivos establecidos en el Art. 464 del CPCM, y en
caso de no comparecer a este Juzgado dentro del plazo de los diez días,
se procederá a nombrarle un curador Ad-Litem, para que la represente
en el proceso y que de no haber oposición se dictará sentencia sin más
trámite de conformidad al Art. 186 Inc. 4, 465 CPCM.
Libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil
de. Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumplimiento,
en San Salvador, a las catorce horas con cuarenta y dos minutos del día
dos de marzo de dos mil doce.- DR. SAUL ERNESTO MORALES,
JUEZ DEL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL,
SAN SALVADOR.- LICDA. GABRIELA CAROLINA PALACIOS
CRISTALES, SECRETARIA.
1 v. No. F041731
Marca DE SErVicioS
No. de Expediente: 2012116667
No. de Presentación: 20120165463
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN
HECTOR GUZMAN FLORES, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de CONSULTORIAS DIVERSAS, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CONSULTORIAS DIVERSAS,
S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: la palabra EVENTOS y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCACION; FORMACION; ACTI-
VIDADES CULTURALES, SOCIALES Y ESPARCIMIENTO. Clase:
41.
La solicitud fue presentada el día seis de marzo del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de marzo del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002117-1
No. de Expediente: 2012116230
No. de Presentación: 20120164611
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS EDMUNDO NOVOA, en su calidad de APODERADO de NISSAN JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA (comerciando también como NIS-SAN MOTOR CO., LTD.), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
iNfiNiTi
Consistente en: la palabra INFINITI, que se traduce como INFINI-TO, que servirá para: AMPARAR: COMUNICACION DE TELEFONO MOVIL; COMUNICACION POR TERMINALES DE COMPUTA-DORA; COMUNICACION POR TELEFONO; RENTA/ALQUILER DE EQUIPO DE COMUNICACION, INCLUYENDO TELEFONOS, MAQUINAS DE FAX; INFORMACION SOBRE COMUNICACION DE DATOS (INCLUYENDO INFORMACION POR REDES DE COMUNICACION POR CABLE Y RADIO; COMUNICACION POR CORREO ELECTRONICO; INFORMACION SOBRE REDES DE COMUNICACION POR TERMINALES DE COMPUTADORA; COMUNICACION POR VAN (REDES DE VALOR AGREGADO); PROVISION DE CONEXIONES DE TELECOMUNICACION A UNA RED MUNDIAL DE COMPUTACION: PROVISION DE ACCESO DE USUARIO A SEÑALES DE POSICIONAMIENTO GLOBAL PARA PROPOSITOS DE NAVEGACION; PROVISION DE ACCESO DE USUARIO A LA INTERNET; COMUNICACION DE DATOS CON LETRAS, IMAGEN Y SONIDO POR CORREO ELECTRONICO Y COMPUTADORAS; PROVISION DE ACCESO DE USUARIO A LA RED MUNDIAL DE COMPUTACION. ASISTENCIA TELEMATICA VIA UN SERVICIO Y CENTRO DE ALARMA PARA TRANS-PORTE Y TRAFICO PARA CONECTAR LLAMADAS PARA EL PROPOSITO DE INTERVENCION Y AYUDA PARA PERSONAS Y VEHICULOS EN EL CASO DE UN ACCIDENTE, DESPERFECTO
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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. O ROBO. PROVISION DE SERVICIOS DE CONECTIVIDAD Y ACCESO A REDES DE COMUNICACION ELECTRONICA, PARA TRANSMISION Y OBTENCION O RECEPCION DE CONTENIDO DE AUDIO, VIDEO O MULTIMEDIA. PROVISION DE ACCESO A MUSICA DIGITAL EN LA INTERNET. TELECOMUNICACIONES, EN ESPECIAL, RECIBIR, COORDINAR Y ENVIAR LLAMADAS REMOTAS SOBRE LA CONDICION DEL VEHICULO. TELECOMU-NICACIONES, EN ESPECIAL, RECIBIR, COORDINAR Y ENVIAR LLAMADAS REMOTAS DE EMERGENCIA, TRANSMISION DE TEXTO, VOZ Y MENSAJES DE ALARMA Y DE SEÑAL, MEDI-CION, SONIDO, IMAGEN, VIDEO, POSICION, MOVIMIENTO Y DATOS DE ESTADO ENTRA VEHICULOS TERRESTRES ASI COMO ENTRE MAQUINAS/MOTORES/BATERIAS Y MAQUI-NAS Y UNA VARIEDAD DE CENTROS DE DATOS Y SISTEMAS TELEMATICOS, TELEFONOS O COMPUTADORAS PERSONA-LES. SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, EN ESPECIAL, TRANSMISION ELECTRONICA DE DATOS PARA PROPIETARIOS Y CONDUCTORES DE VEHICULOS, INCLUYENDO DATOS QUE AYUDAN EN LA BUSQUEDA DE VEHICULOS ROBADOS. TRANSMISION DE SEÑALES CON AYUDA DE COMPUTADORAS PARA EL MECANISMO DE LLAVE DEL VEHICULO. SERVICIOS TELEMATICOS, EN ESPECIAL MONITOREO DE ENERGIA, EN ESPECIAL, VISUALIZACION O GRABACION DEL TIEMPO O NIVEL DE USO Y CONTROL DE ELECTRICIDAD USADA POR APARATOS SELECCIONADOS VIA SISTEMAS TELEMATI-COS. SERVICIOS TELEMATICOS, EN ESPECIAL SERVICIOS DE MONITOREO DE ENERGIA PARA OTROS, EN ESPECIAL, VISUALIZACION O GRABACION DEL TIEMPO O NIVEL DE USO Y CONTROL DE ELECTRICIDAD USADA POR APARATOS SELECCIONADOS VIA SISTEMAS TELEMATICOS. TELECO-MUNICACIONES, EN ESPECIAL, TRANSFERENCIA DE DATOS, EN ESPECIAL INFORMACION RELACIONADA A CARRETERA Y MANEJO POR SISTEMAS TELEMATICOS: COMUNICACION POR SISTEMAS TELEMATICOS, EN ESPECIAL PARA MOSTRAR INFORMACION RELATIVA A LA CARRETERA Y EL MANEJO. TELECOMUNICACIONES, EN ESPECIAL, TRANSFERENCIA DE DATOS, EN ESPECIAL INFORMACION GENERAL ASI COMO INFORMACION RELACIONADA AL CARRO, TRAFICO Y CARRE-TERA POR SISTEMAS TELEMATICOS. TELECOMUNICACIONES, EN ESPECIAL, TRANSFERENCIA DE DATOS Y PROGRAMAS DE APLICACION. SERVICIOS DE TELECOMUNICACION, EN ESPECIAL TRANSMISION ELECTRONICA DE MENSAJES DE VOZ Y DATOS. Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041813-1
Marca DE ProDUcTo
No. de Expediente: 2012117536
No. de Presentación: 20120166947
CLASE: 18, 25, 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARISA-
BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de
CAROLINA HERRERA Ltd, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO.
Consistente en: la expresión CH CAROLINA HERRERA y diseño,
que servirá para: AMPARAR: CUERO Y CUERO DE IMITACION,
PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN
OTRAS CLASES; PIELES DE ANIMALES; BAULES Y MALETAS;
PARAGUAS Y SOMBRILLAS; BASTONES; FUSTAS Y ARTICU-
LOS DE GUARNICIONERIA. Clase: 18. Para: AMPARAR: PRENDAS
DE VESTIR, CALZADO, ARTICULOS DE SOMBRERERIA. Clase:
25. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE VENTA AL POR MENOR EN
COMERCIO O A TRAVES DE REDES MUNDIALES TELEMA-
TICAS DE ARTICULOS DE MODA, TALES COMO VESTIDOS,
CALZADO, SOMBRERERIA, COMPLEMENTOS Y ACCESORIOS
DE MODA, JOYAS, BISUTERIA Y ARTICULOS DE PERFUMERIA.
Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día once de abril del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de abril del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041827-1
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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395
de seGunda publicación
acEPTaciÓN DE HErENcia
DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a
las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó
CELIA MARTÍNEZ, quien fue de setenta años de edad, soltera, ama de
casa, originaria de Azacualpa, Departamento de Chalatenango, hija de la
señora Santos Martínez, falleció el día catorce de febrero del dos mil ocho,
siendo su último domicilio el Municipio de El Paraíso, Departamento de
Chalatenango, de parte de SAÚL ANTONIO MARTÍNEZ ALAS, en
calidad de hijo sobreviviente de la causante. Confiérese al aceptante la
administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones legales que les corresponde a los curadores de la herencia
yacente.
Fíjense y publíquense los edictos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de
Tejutla, Departamento de Chalatenango, a los diecisiete días del mes
de mayo del dos mil doce.- Dr. DANILO ANTONIO VELADO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ERLINDA GUADALUPE
GUERRERO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002047-2
LIC. CARLOS SÁNCHEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SEBASTIÁN,
DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE. AL PÚBLICO, PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que según resolución de las diez horas del día
veintinueve de mayo del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que
a su defunción dejó el causante señor Antonio Rosales, quien fue de
treinta y siete años de edad, Soltero, Tejedor, originario y del Domicilio
de San Sebastián, Departamento de San Vicente, de parte de los señores
Mauricio Miranda Rosales, quien es de treinta y cuatro años de edad,
Albañil, del domicilio de la Ciudad de Beltsville, Estado de Maryland,
Estados Unidos de América, y del de esta ciudad, portador del Docu-
mento Único de Identidad número cero dos cuatro ocho tres cinco seis
seis- tres, así como del Número de Identificación Tributaria uno cero
cero nueve- dos seis cero ocho siete siete- uno cero tres- cuatro, y Lenin
Antonio Miranda Rosales, de treinta y seis años de edad, Jornalero, del
Domicilio de San Sebastián, Departamento de San Vicente, portador
del Documento Único de Identidad número cero dos cuatro cinco cuatro
ocho dos seis - seis, así como del Número de Identificación Tributaria
mil tres - tres cero cero cuatro siete cinco - uno cero uno - cinco; en
calidad de hijos sobrevivientes del referido causante.
Confiérase a los herederos declarados, la Administración y Re-
presentación interina de los bienes Sucesorales, con las facultades y
restricciones de ley.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO
JUDICIAL DE SAN SEBASTIÁN, DEPARTAMENTO DE SAN
VICENTE, a las diez horas y treinta minutos del día veintinueve de
mayo del año dos mil doce.- Lic. CARLOS SÁNCHEZ LÓPEZ, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE. Br. BESSY CECILIA
FABIÁN FUENTES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041310-2
LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a
las ocho horas y veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la sucesión intestada que
a su defunción dejó el causante señor WENCESLAO HERNÁNDEZ,
quien fue de sesenta y ocho años de edad, jornalero, originario de San
Martín, Departamento de San Salvador, con último domicilio en San
Martín, salvadoreño, hijo de Regina Escobar y Tomás Hernández, quien
falleció el día treinta de julio de mil novecientos ochenta y tres, de parte
del señor AUSBERTO VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, en su calidad de
heredero abintestato del causante, representado judicialmente por su
Apoderado, el Abogado JOSÉ DIMAS MENJÍVAR ORTEGA.
Se ha conferido al aceptante la representación y administración
INTERINA de la herencia Intestada, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las ocho horas
con cuarenta minutos del día veintisiete de abril de dos mil doce.- Lic.
EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. Licda.
MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041320-2
ROSA MARÍA RODRÍGUEZ CRUZ, Notario, de este domicilio, con
oficina situada en Condominio "El Carmen", local veinticuatro, trece
entre calle Poniente, y Avenida "B", Centro de Gobierno, San Salvador,
al Público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída en esta ciudad, a
las diez horas del treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte del
señor MANUEL VICENTE PINEDA DERAS, de sesenta años de
edad, comerciante, del domicilio de Ayutuxtepeque, en su calidad de
heredero Testamentario, de la herencia Testamentaria que a su defunción
ocurrida en Colonia Escandia, calle Estocolmo, casa treinta y seis, de
Ayutuxtepeque, departamento de San Salvador, a las tres horas y cero
minutos del veinticuatro de abril del año dos mil doce, a consecuencia
de falla multisistémica ocasionada por Cáncer terminal, dejó la señora
MARGARITA EMILIA PINEDA CHÁVEZ, siendo de cincuenta y seis
años de edad, profesora de educación media, Divorciada, originaria de
Chinameca, departamento de San Miguel , del domicilio de Chalchuapa,
departamento de Santa Ana, de nacionalidad salvadoreña, habiéndosele
conferido al aceptante ya mencionado la Administración y Representación
interinas de la sucesión Testamentaria de que se trata, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente, en el concepto
ya dicho.
Lo que se hace del conocimiento público para que los que se
crean con derecho a la herencia para que se presenten a este despacho,
a deducir sus derechos dentro de los quince días siguientes de la última
publicación del presente edicto.
Librado en la Ciudad de San Salvador, a los treinta y un días de
mayo del año dos mil doce.-
ROSA MARÍA RODRÍGUEZ CRUZ,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F041323-2
ROSA MARÍA RODRÍGUEZ CRUZ, Notario, del domicilio de San
Salvador, con oficina situada en Condominio 'El Carmen", Apartamento
veinticuatro, entre trece calle Poniente, y Avenida "B", Centro de Go-
bierno, San Salvador, al Público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por Resolución proveída en esta Ciudad, a
las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo del año dos
mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario de parte del señor FIDEL RICO LOBOS, de cincuenta y tres
años de edad, empleado, del domicilio de Olocuilta, departamento de
La Paz, en su calidad de hijo, la herencia intestada que a su defunción
ocurrida en Inglewood, Estado de California, Estados Unidos de América,
el veintiséis de marzo del año dos mil seis, dejó la señora MERCEDES
RICO ABREGO, conocida también por MERCEDES RICO, siendo de
setenta y tres años de edad, ama de casa, del domicilio de Hawthorne,
Estado de California, Estados Unidos de América; habiéndosele conferido
al aceptante ya mencionado la Administración y Representación interinas
de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente, en el concepto ya dicho.
Lo que se hace del conocimiento público para que los que se crean
con derecho a la herencia se presenten a este despacho, a deducir sus
derechos dentro de los quince días siguientes de la última publicación
del presente edicto.
Librado en San Salvador, a los treinta y un días de mayo del año
dos mil doce.
ROSA MARÍA RODRÍGUEZ CRUZ,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F041324-2
ROSA MARIA RODRIGUEZ CRUZ, Notario, del domicilio de San
Salvador, con oficina situada en Condominio “El Carmen”, 2a. plan-
ta, Apartamento número veinticuatro, entre Trece Calle Poniente y
Avenida “B”, Centro de Gobierno, San Salvador, al público para los
efectos de Ley.
HACE SABER: Que por Resolución proveída en San Salvador,
a las once horas y diez minutos del veintiuno del mes de mayo del año
dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario de parte del señor JUAN ROBERTO ESPINOZA MORAN,
de cincuenta años de edad, del domicilio de San Marcos, en su calidad
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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395de heredero Testamentario, la herencia que a su defunción ocurrida a
las veintidós horas con cuarenta minutos, del día veintinueve de agosto
del dos mil once, en Hospital del Seguro Social de San Salvador, dejó
la señora Blanca Alicia Morán de Espinoza, a la edad de noventa años,
ama de casa, del domicilio de San Salvador; de estado familiar casada,
habiéndosele conferido al aceptante ya mencionado la Administración
y Representación interinas de la sucesión, con las facultades y restric-
ciones de los curadores de la herencia yacente, en el concepto ya dicho.
Lo que se hace del conocimiento público para que los que se crean con
derecho a la herencia para que se presenten a este despacho, a deducir
sus derechos dentro de los quince días siguientes de la última publicación
del presente edicto.
Librado en San Salvador, a los dos días del mes de junio del año
dos mil doce.
ROSA MARIA RODRIGUEZ CRUZ,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F041325-2
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN JUAN OPICO,
DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las
diez horas cinco minutos del día veintinueve de mayo de dos mil doce,
se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte
de la señora ILIANA MARISOL SANCHEZ ORTEGA, la HERENCIA
INTESTADA que a su defunción dejó el causante EFRAIN ANTONIO
SANCHEZ, quien fue de cincuenta y cinco años de edad, agricultor en
pequeño, fallecido el día quince de septiembre del año dos mil, siendo la
Ciudad de San Juan Opico, su último domicilio. La expresada aceptante
lo hace en concepto de HIJA del referido causante y como cesionaria del
derecho hereditario que le correspondía a las señoras Carlota Sánchez
y Rosa del Carmen Pineda, la primera en concepto de hija y la segunda
en calidad de cónyuge sobreviviente del expresado causante; y en con-
secuencia, se le confirió la representación y administración INTERINA
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Se cita a las personas que crean tener derecho en dicha sucesión,
para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el plazo de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia, San Juan Opico,
Departamento de La Libertad, a las diez horas quince minutos del
día veintinueve de mayo de dos mil doce.- LICDO. DAVID AMAEL
MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO.
CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041326-2
GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado,
a las once horas y diez minutos del día veinte de marzo de dos mil doce,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el día cinco de mayo
de dos mil diez por la causante NELLY ETELVINA SAZ GRANADOS
en la Ciudad de Ahuachapán, siendo su último domicilio la ciudad de
Soyapango, de parte de JULIA SAZ GRANADOS viuda DE VIELMAN,
conocida por JULIA SAZ DE VIELMAN y MARIA ISABEL SAZ viuda
DE VASQUEZ, conocida por MARIA YSABEL SAZ, en calidad de
hermanas sobrevivientes de la referida causante. Y se la ha Conferido a
las aceptantes la administración y representación interina de los bienes
de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para
que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en
la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador, a
las diez horas del día diez de abril de dos mil doce.- LICDA. GENNY
SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.
EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041341-2
LIGIA YVETTE TURCIOS TORRES, Notario, de este domicilio, con
Oficina situada en Colonia Centroamérica, Calle Gabriela Mistral, número
setecientos diecisiete, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, provista
a las diecisiete horas con quince minutos del día treinta y uno de mayo de
dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario la herencia intestada que a su defunción dejara la señora MARIA
ODILI PINEDA ESTRADA, conocida por MARIA ODILI PINEDA,
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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. ocurrida en la Ciudad de Colón, Departamento de La Libertad, el día
veintiséis de julio de dos mil ocho, por parte de los señores AZUCENA
ODILI ESTRADA PINEDA y MARIO ERNESTO LOPEZ PINEDA,
en concepto de herederos intestados y cesionarios del derecho hereditario
que correspondía a la señora VALENTINA ESTRADA DE PINEDA,
de la herencia de la citada causante, en consecuencia, confiérase a la
aceptante la administración y representación interina de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Por
lo que por este medio se solicita a todos los que se crean con derechos
a la referida herencia para que se presenten a deducirlo en el término de
quince días contados desde el día siguiente a la última publicación del
presente edicto.
Librado en esta oficina, a las ocho horas del día uno de junio de
dos mil doce.
LIGIA YVETTE TURCIOS TORRES,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F041352-2
El Infrascrito Notario Licenciado RAMON ARCE AMAYA, con Oficina
Jurídica situada en Final Calle Principal número Cinco, Colonia Las
Colinas, de la Ciudad de Mejicanos, Departamento de San Salvador, al
público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas
del siete de Junio del año en curso, se ha tenido por aceptada expresa-
mente y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria que a su
defunción dejó el señor HECTOR MIGUEL DAMAS MARIN, conocido
por HECTOR MIGUEL DAMAS, quien fue de ochenta y tres años de
edad, salvadoreño, Agricultor en pequeño, viudo, originario de San
Esteban Catarina, y su último domicilio la población de San Ildefonso,
Departamento de San Vicente y falleció a las tres horas treinta minutos
del día veintinueve de Septiembre de dos mil once, en la Ciudad de
Mejicanos, Departamento de San Salvador; de parte de los señores
MANUEL ABRAHAM DAMAS AMAYA, conocido Tributariamente
como MANUEL ABRAHAN DAMAS AMAYA; MIGUEL ANGEL
DAMAS AMAYA; ROSA MARGARITA DAMAS DE RAMIREZ;
JOSE RODRIGO DAMAS AMAYA; RAUL ANTONIO DAMAS
AMAYA; MARIA EVANGELINA DAMAS AMAYA y PEDRO JUAN
DAMAS AMAYA, en concepto de hijos sobrevivientes del causante,
habiéndosele conferido además la administración y representación
interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de Ley.
Se cita a los que se crean con derecho a tal herencia para que se
presenten a esta Oficina a deducirlo, dentro de los quince días subsi-
guientes a la tercera publicación de este edicto.
Librado en la Oficina Jurídica del suscrito Notario, a las doce horas
del día siete de junio de dos mil doce.
LIC. RAMON ARCE AMAYA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F041362-2
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las nueve horas del día treinta y uno de mayo del dos mil doce; se tuvo
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada dejada por el causante ERNESTO ZEPEDA PERAZA, quien
fue de sesenta años de edad, agricultor, fallecido el día veintiuno de
diciembre de dos mil once, siendo la Ciudad de Metapán su último
domicilio; de parte de la señora CONSUELO ROSALES HERRERA,
como CESIONARIA del derecho hereditario que le correspondía al
señor HUGO ERNESTO ROSALES ZEPEDA en calidad de HIJO
del referido causante; habiéndose conferido a ésta la administración y
representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones
de los Curadores de la herencia yacente.
Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas del día
treinta y uno de mayo de dos mil doce.- LIC. JOSE HERNAN PALACIOS
LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE CARLOS HERNANDEZ
MADRID, SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. F041378-2
RODOLFO ERNESTO CHACON, Juez Segundo de lo Civil del Distrito
Judicial de Santa Ana, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal con
fecha ocho horas tres minutos de este día, se ha tenido por aceptada, con
beneficio de inventario, de parte de la señora CRESENCIA GALDAMEZ
viuda DE ARGUETA y de sus menores hijos MIGUEL DE JESUS, LUIS
ANTONIO, ANA MARIA e ISRAEL ANTONIO, todos de apellidos
ARGUETA GALDAMEZ, estos últimos representados por su señora
madre CRESENCIA GALDAMEZ viuda DE ARGUETA, la herencia
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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395intestada que a su defunción dejó el causante señor MANUEL DE JESUS
ARGUETA NOVA o MANUEL DE JESUS ARGUETA, quien fue de
ochenta y tres años de edad, agricultor en pequeño, casado, fallecido a
las once horas treinta minutos del día once de abril de dos mil cuatro,
en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, siendo el Cantón Santo
Tomás, jurisdicción de Texistepeque, de este Departamento, el lugar de
su último domicilio.
Los aceptantes mencionados son la señora CRESENCIA
GALDAMEZ viuda DE ARGUETA, en su calidad de cónyuge, y los
menores MIGUEL DE JESUS, LUIS ANTONIO, ANA MARIA e IS-
RAEL ANTONIO, hijos sobrevivientes del de cujus y en ese carácter
se les confiere interinamente la administración y representación de la
sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente; siendo los menores antes mencionados, representados por su
madre señora CRESENCIA GALDAMEZ viuda DE ARGUETA.
Lo que se pone en conocimiento del público para que todo aquel
que se crea con derecho en la presente sucesión, se presente a deducirlo
dentro de los quince días subsiguientes al de la tercera publicación de
este edicto.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las ocho
horas quince minutos del día nueve de noviembre de dos mil nueve.- DR.
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.-
BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041379-2
JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las ocho horas y quince minutos
de este día, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio
de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor
SALVADOR ANTONIO MONJARAS SOLANO, conocido por SAL-
VADOR ANTONIO MONJARAS, al fallecer el día once de octubre
de dos mil once, en el Hospital Nacional Rosales de la Ciudad de San
Salvador habiendo sido su último domicilio la Ciudad de Usulután, de
parte de la señora BERTHA ALICIA RODRIGUEZ DE MONJARAS,
conocida por BERTA ALICIA RODRIGUEZ y por BERTHA ALICIA
RODRIGUEZ y BERTA ALICIA RODRIGUEZ PLATERO, KARINA
ROCIO MONJARAS RODRIGUEZ y AMBAR ESMERALDA MON-
JARAS RODRIGUEZ, la primera en su calidad de cónyuge sobreviviente
y la segunda y tercera como hijas del causante.
Confiriéndosele a las aceptantes dichas, la Administración y Re-
presentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades
de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
diecisiete días del mes de mayo de dos mil doce.- LIC. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041395-2
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por sentencia dictada a las once horas del
día seis de junio del año dos mil seis, y ejecutoriada a las nueve horas
cuarenta minutos del día cinco de febrero de dos mil siete; se ha tenido por
aceptada expresamente con beneficio de inventario, la herencia intestada
que a su defunción ocurrida a las doce horas del día seis de julio de mil
novecientos ochenta y nueve, en el Cantón Ashapuco de esta jurisdic-
ción, su último domicilio, dejó el señor SABINO PINEDA SINTIGO,
de parte de los señores: JOSE NARCISO PINEDA MONTERROZA,
JUAN FRANCISCO PINEDA MONTERROSA, HUMBERTO PINE-
DA MONTERROZA y AGUSTINA PINEDA MONTERROSA, los
cuatro en su calidad de hijos del causante; a quienes se han nombrado
interinamente representantes y administradores de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de
Ley.
Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las once horas dos minutos del
día diecinueve de abril del año dos mil siete.- DR. JULIO CESAR FLO-
RES, JUEZ DE LO CIVIL.- INOCENTE GRANILLO CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041414-2
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las catorce
horas veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresa-
mente y con beneficio de inventario de parte de la señora ARMIDA
GUADALUPE SANTOS MORAN, de la Herencia Intestada dejada a su
defunción por la señora MARIA GUADALUPE MORAN DE SANTOS,
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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. conocida por MARIA GUADALUPE MORAN, quien falleció a las
nueve horas cuarenta minutos del día diecisiete de septiembre del año
dos mil once, en el Hospital Paravida, San Salvador, siendo San Pablo
Tacachico su último domicilio; en calidad de hija de la referida causante
y como cesionaria de los derechos y obligaciones que le correspondían
a los señores JOSE LUIS SANTOS HERNANDEZ conocido por JOSE
LUIS SANTOS y JOSE LUIS HERNANDEZ; LUIS ANIBAR SANTOS
MORAN; MIRNA AZUCENA SANTOS MORAN; MAYRA YANET
SANTOS MORAN conocida por MAYRA YANET SANTOS; FLOR
IDALMA SANTOS MORAN; ALBA MARICELA SANTOS MORAN;
JAIRO MILLER SANTOS MORAN y MELVIN HIPOLITO SANTOS
MORAN, el primero en calidad de esposo y los demás en concepto de
hijos de la causante.
Confiérasele a la aceptante expresada en el concepto indicado las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a las personas que se crean con derecho.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las
quince horas del día cuatro de junio del año dos mil doce.- LIC. DAVID
AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-
LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041456-2
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las once
horas cincuenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora VILMA
ESTELA GUERRA CABRERA, de la Herencia Intestada dejada a su
defunción por el señor BERNABÉ GUERRA CASTRO conocido por
BERNABÉ GUERRA y por BERNAVÉ GUERRA, quien falleció a las
veintidós horas veinticinco minutos del día veinticuatro de junio del año
dos mil nueve, en Cantón San Isidro, jurisdicción de San Pablo Tacachico,
departamento de La Libertad, siendo dicha Ciudad su último domicilio,
en concepto de hija y como cesionaria de los derechos hereditarios que
les correspondían a las señoras BLANCA LILIAN GUERRA CABRERA
y DILIA EMÉRITA GUERRA CABRERA, en concepto de hijas de la
referida causante.
Confiéresele a la aceptante expresada en el concepto indicado la
Administración y Representación Interina de la indicada sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a las personas que se crean con derecho.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico,
a las doce horas veinte minutos del día cuatro de enero del año dos
mil doce.- LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA
FLORES, SECRETARIO.-
3 v. alt. No. F041457-2
ANA CECILIA SURIA DELGADO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, en
las Diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasificadas bajo la
REF. 57-DVC-11(2) y NUE. 06360-11-DV-1CM2, a las catorce horas y
cuarenta y dos minutos del día veinticinco de abril del presente año, se
ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO
DE INVENTARIO la herencia intestada, dejada por el causante señor
MARIO ANTONIO BELTRÁN PEÑA, a su defunción ocurrida el día
cuatro de septiembre del año dos mil once, en calle Madrid, Frente a
Quinta Mirasol, San Salvador, siendo esta Ciudad el lugar de su último
domicilio, por parte de los señores JUAN ANTONIO BELTRÁN co-
nocido por JUAN ANTONIO BELTRÁN IZAVAL, JUAN ANTONIO
BELTRÁN IZABAL y por JUAN ANTONIO BELTRÁN ISABAL y
PAULA PEÑA DE BELTRÁN en calidad de padres sobrevivientes
del causante, a quienes se les ha conferido LA ADMINISTRACIÓN
Y LA REPRESENTACIÓN INTERINA DE LA SUCESIÓN, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que dentro
del término de ley, se presenten a hacer uso de sus derechos, conforme
lo señala el Art. 1163 inc. 1° C.C., para lo cual líbrense y publíquense
los edictos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador,
a las catorce horas y cincuenta y cinco minutos del día veinticinco de abril
de dos mil doce.- LICDA. ANA CECILIA SURIA DELGADO, JUEZA
PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. EDA LISSETH
MEJIA MONTERROSA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.-
3 v. alt. No. F041474-2
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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por auto de las quince horas cincuenta y
nueve minutos del veintiocho de mayo de dos mil doce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de
las señoras Marta Iris Romero o Marta Iris Gómez Romero; Norma
Isabel Hernández Romero; Cristina Dolores Romero o Cristina Dolores
Hernández Romero y Alicia Guadalupe Romero o Alicia Guadalupe
Hernández Romero, en calidad de hijas de la causante, de la herencia
intestada que a su defunción dejó la causante María Francisca Romero o
María Francisca Romero Rodríguez, quien fue de cincuenta y cinco años
de edad, soltera, Ama de casa, del domicilio de Soyapango, originaria
de Jucuarán, Departamento de Usulután, hija de María Isabel Rodríguez
y Sipriano Romero Portillo o Sipriano Romero, de nacionalidad salva-
doreña, quien falleció el día ocho de junio de dos mil once.
Se confiere a las aceptantes la Representación y Administración
INTERINA de la herencia con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que se
presenten dentro del término de ley, a este Juzgado a deducir en legal
forma sus derechos.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las dieciséis horas
del veintiocho de mayo de dos mil doce.- LIC. EDGAR ORLANDO
ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA
SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.-
3 v. alt. No. F041476-2
TiTUlo DE ProPiEDaD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora
MARIA INES VARELA ROSALES, de cincuenta y dos años de edad,
costurera, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número
cero cero ciento veinticuatro mil guión uno; solicita a su favor Título de
Propiedad de un inmueble de naturaleza urbana, situado en barrio La
Trinidad, calle a Puchuyo, sin número, San Juan Opico, departamento
de La Libertad, que en forma quieta, pacífica y no interrumpida, posee
desde hace de quince años consecutivos, de una extensión superficial
de CUARENTA Y OCHO METROS SETENTA Y DOS CENTIME-
TROS CUADRADOS; de los linderos y medidas siguientes: AL NORTE,
en un tramo de uno punto ochenta metros, colinda con el señor Pedro
Recinos Estrada, AL ORIENTE, en dos tramos, el primero de tres punto
veinticinco metros, y el segundo de siete punto trece metros, colinda
con propiedad del señor Pedro Recinos Estrada; AL SUR, en un tramo
de seis punto cero cinco metros, colinda con propiedad del señor José
Santos Guzmán Morán, y AL PONIENTE, en cuatro tramos así: el pri-
mer tramo, de cuatro punto trece metros; segundo tramo, de uno punto
diecisiete metros; tercer tramo, de dos punto treinta y nueve metros y
cuarto tramo de tres punto ochenta y cinco metros, colinda con propiedad
de la señora Zoila Mercedes Sasso de Cardona, calle a Puchuyo de por
medio. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargas
ni derechos reales que pertenezcan a otra persona o que deba respetarse
y no se encuentra en proindivisión con nadie, lo hubo por compraventa
de forma verbal al señor José Neftalí Alvarado Díaz, mayor de edad,
empleado y de este domicilio, lo valora en UN MIL DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, todos los colindantes son de este
domicilio.
Alcaldía Municipal de San Juan Opico, dos de marzo de dos
mil doce.- ING. ROMEO JOSE BARILLAS PANILLA, ALCALDE
MUNICIPAL.- SALVADORA PALACIOS MOLINA, SECRETARIA
MUNICIPAL.-
3 v. alt. No. C002046-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el señor
JUAN GARAY GUEVARA, de 61 años de edad, motorista, del do-
micilio de la ciudad de Santa María, departamento de Usulután, con
Documento Único de Identidad número: 01879140-3, solicitando se
le expida TITULO DE PROPIEDAD, a su favor, sobre un inmueble
de naturaleza urbano, situado en el Barrio Concepción, de la ciudad de
San Jorge, Departamento de San Miguel, de las medidas y colindancias
siguientes: AL NORTE: 22.40 metros, con Ana Berta Garay Guevara,
cerco propio; AL ORIENTE: 10.70 metros, con Mario de Jesús Campos,
cerco propio, camino de por medio; AL PONIENTE: 90.60 metros, con
Martha Estebana Garay de Moreira, cerco del colindante; AL SUR: 21.50
metros, con Fidel Espinoza Peñate, cerco propio, camino de por medio.
De la capacidad superficial de 222.79 25 METROS CUADRADOS. Lo
adquirió por donación verbal que le hizo su madre la señora Ana Brígida
Garay Gómez, el cual valora en dos mil dólares.
Lo que avisa para efectos de ley.
Alcaldía Municipal de San Jorge, departamento de San Miguel,
dieciséis de mayo de dos mil doce.- CLEMENTE DE JESUS APARICIO
ULLOA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. NELSON APARICIO
GARCIA, SECRETARIO MUNICIPAL.-
3 v. alt. No. F041292-2
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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el señor:
MARCOS ANTONIO RODRIGUEZ QUINTANILLA, de 34 años de
edad, albañil, de este domicilio, con Documento Único de Identidad
número: 04559526-0, solicitando se le expida TITULO DE PROPIE-
DAD, a su favor, sobre un inmueble de naturaleza urbano, situado en
el Barrio Santa Rosa, de la ciudad de San Jorge, Departamento de San
Miguel, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: 51
metros, linda con la señora Reina Saravia, cerco propio; AL PONIENTE:
51 metros, linda con Antonio Zelaya y Rosa Milagro Aparicio, cerco
del colindante; AL NORTE: 50 metros, con Manuel Quintanilla, cerco
propio; y AL SUR: 21.05 metros, con Tiberio Eliaquin Rivas y Javier
Aparicio, calle de por medio, no tiene construcciones de ninguna clase
ni cultivos permanentes. De la capacidad superficial de 132.75 METROS
CUADRADOS. Lo adquirió por compra que le hizo al señor Luis Alonso
Rodríguez Nativí, el cual valora en dos mil dólares.
Lo que avisa para efectos de ley.
Alcaldía Municipal de San Jorge, departamento de San Miguel,
dieciséis de mayo de dos mil doce.- CLEMENTE DE JESUS APARICIO
ULLOA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. NELSON APARICIO
GARCIA, SECRETARIO MUNICIPAL.-
3 v. alt. No. F041293-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA VILLA.
HACE SABER: Que por Acta fechada en la Ciudad de San Salva-
dor, a las ocho horas del día nueve de Noviembre del año Dos Mil Once
y presentada a esta Alcaldía por la Licenciada Elda Dinora Arévalo de
Pérez enviada por el señor Dennis Geovany Domínguez, de veintisiete
años de edad, Empleado, del domicilio de San Matías, con su Documento
Único de Identidad Número 02977083-4 extendido en Santa Tecla el
26/03/2007; y en la misma Acta el segundo bajo Juramento manifiesta:
Que es poseedor de buena fe, en forma quieta, pacífica, sin interrupción
por más de diez años consecutivos de Un inmueble de Naturaleza Urbana,
situado en el Barrio El Calvario lote sin número del Municipio de San
Matías, departamento de La Libertad, de la Capacidad de Doscientos
Noventa y Seis punto Noventa y Seis Metros Cuadrados de extensión
Superficial del cual Solicita Título de propiedad a su favor, que linda Al
Norte con parcela de María Petrona Tejada; Al Oriente, con parcela de
Jorge Humberto Barillas Domínguez con Calle de por medio; Al Sur,
está formado por tres tramos y linda con parcela de María Elena Vega
Castro; y, Al Poniente, linda con parcela de María Emilia Guardado
de Bonilla. La enviada también presenta fotocopia de Certificación de
la Denominación Catastral extendida el día quince de Agosto del año
Dos mil ocho, extendida a favor de Dennis Geovany Domínguez y que
ampara el mismo inmueble. Que el inmueble así descrito no es sirviente
ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a otra
persona y no está en Proindivisión con nadie. Y lo adquirió por Posesión
Material por más de diez años consecutivos. Y lo estima en la Cantidad
de Un Mil Dólares. Los colindantes son de este domicilio.
Lo que se avisa al público para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: San Matías, departamento de La Libertad, a
catorce de Noviembre del año Dos Mil Once. VIRGILIO MARTINEZ
BARILLAS, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE DEL CARMEN LEON,
SECRETARIO MUNICIPAL.-
3 v. alt. No. F041453-2
TiTUlo SUPlETorio
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL, DE EST DISTRITO
JUDICIAL. AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
TITO PEREZ GARCIA, en su carácter de Apoderado General Judicial de
la señora VICTORIA ASENCIO DE HERNANDEZ conocida tributaria-
mente por VICTORIA ASCENCIO DE HERNANDEZ, solicitando se le
extienda Título Supletorio de un inmueble situado en el Cantón El Espino,
jurisdicción de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, con
una extensión superficial de cero Hectáreas trece áreas veintinueve punto
cincuenta y tres centiáreas equivalentes a UN MIL TRESCIENTOS VEIN-
TINUEVE PUNTO CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS,
equivalentes a cero manzanas UN MIL NOVECIENTOS DOS PUNTO
VEINTINUEVE VARAS CUADRADAS; El vértice Sur Poniente, es
el punto de partida de esta descripción, con las medidas y colindancias
siguientes: LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur poniente,
está formado por cuatro tramos con los siguientes rumbos y distancias:
Tramo uno, Norte catorce grados cuarenta minutos cuarenta y ocho
segundos Este con una distancia de nueve punto sesenta y cinco metros,
Tramo Dos, Norte Diecinueve grados treinta y dos minutos cuarenta y
tres segundos Este con una distancia de seis punto cincuenta y un metros,
Tramo tres, Norte veintidós grados cincuenta minutos diecisiete segundos
Este con una distancia de diecinueve punto cincuenta y cuatro metros,
Tramo cuatro, Norte catorce grados veinticuatro minutos treinta y ocho
segundos Este, con una distancia de diecisiete punto cuarenta y nueve
metros, colindando antes con el señor Ángel Almedano Fuentes, María
Josefina Castro de Almedano, hoy con Pío Reinerio Menjívar Rivera,
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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395calle Pública de por medio que conduce al Cantón Tecoluco, cerco de
alambre de púas; LINDERO NORTE, partiendo del vértice Nor Poniente
está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias; Tramo
uno, Norte ochenta y tres grados veinticinco minutos veintisiete segundos
Este con una distancia de veinte punto noventa y dos metros, colindando
con MARIA EVA ZEPEDA VIUDA DE PEREZ, con cerco de alambre
de púas; LINDERO ORIENTE, partiendo del Vértice Nor Oriente está
formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancia: Tramo
uno, Sur cerco ocho grados doce minutos cincuenta y ocho segundos
Oeste con una distancia de veintitrés punto sesenta metros; Tramo dos
Sur cero nueve grados cero cero minutos cero dos segundos Oeste con
una distancia de treinta y tres punto ochenta y un metros; colindando
con terrenos de los señores María Eva Zepeda Viuda de Pérez, Santos
Eugenio Herrera Cruz e Inés Méndez; LINDERO SUR, partiendo del
vértice Sur Oriente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y
distancias: Tramo uno, Norte Ochenta y dos grados diez minutos cuarenta
segundos Oeste con una distancia de veintiocho punto noventa y cinco
metros, colindando con terreno de la señora Luz América Hernández.
Así se llega al vértice Sur Poniente que es el punto donde se inició esta
descripción, este terreno tiene construida una casa de habitación familiar,
la cual es de techo de lámina, con luz eléctrica, agua potable.- Dicho
inmueble lo adquirió por herencia dejada por el señor JULIAN LOPEZ
CARPIO, quien es el padre de la señora titulante, y este señor a su vez
lo adquirió por compra verbal que hizo a la señora LUISA MENDEZ
VIUDA DE VASQUEZ en el año de mil novecientos sesenta y dos, por
lo que unida la posesión con la de su padre, ésta data de más de diez años
en forma quieta, pacífica y sin interrupción, y lo valúa por la cantidad de
DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas y
cincuenta y cinco minutos del día veintitrés de febrero del año dos mil
doce. LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.
JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041440-2
TiTUlo DE DoMiNio
SEÑOR: JESÚS ANTONIO SORIANO HERNÁNDEZ, Alcalde Mu-
nicipal del Municipio de Concepción Quezaltepeque, Departamento de
Chalatenango,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor
MISAEL GALDÁMEZ GALDÁMEZ, de cincuenta y ocho años de
edad, Artesano, del domicilio de Concepción Quezaltepeque, con Do-
cumento Único de Identidad Número: cero cero cero cuatro cuatro tres
cero uno - dos, y Número de Identificación Tributaria cero cuatro cero
seis - uno cinco uno dos cinco tres - cero cero uno - cero, en su concepto
SOLICITA Título de Dominio de un inmueble de naturaleza urbano,
situado en la Primera Avenida Norte y calle principal Poniente, Barrio
El Centro, municipio de Concepción Quezaltepeque, Departamento de
Chalatenango de la capacidad superficial de CIENTO SETENTA Y
UN METROS CUADRADOS TREINTA Y SIETE DECIMETROS
CUADRADOS TREINTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS
según antecedente de escritura pública, cuya descripción es la siguiente
AL PONIENTE: mide en línea recta diez punto treinta y ocho metros,
colinda con propiedad que antes fuera de Napoleón Córdova, hoy de
María Isabel Sánchez Silvia, calle pública de por medio; AL NORTE:
mide en línea recta dieciséis punto cincuenta y un metros, colinda con
sucesión de Fermín de Jesús López Chinchilla, conocido por Jesús López
Chinchilla dividido en parte por cerco de alambre y en parte por pared
de ladrillo propio del inmueble que se describe; AL ORIENTE, mide
en línea recta diez punto treinta y ocho metros, colinda con sucesión de
Fermín de Jesús López Chinchilla, conocido por Jesús López Chinchilla,
divididos por pared de adobe propia del inmueble que se describe; y AL
SUR: mide en línea recta dieciséis punto cincuenta y un metros, colinda
con propiedad que antes fuera Carmen Castillo, hoy de Simón Hernández
calle pública de por medio hasta llegar al punto de inicio de la presente
demarcación. En el inmueble antes descrito existe construida una casa
techo de tejas sobre paredes una parte de adobe y la otra de ladrillo y
goza de los servicios básicos de agua potable, energía eléctrica y teléfono,
según datos de testimonio de escritura pública.-Dicho inmueble lo valoran
en la cantidad de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA. Este Inmueble lo adquirió por compraventa que le hizo
a la señora Drucila Zamora de Galdámez, conocida por Drucila Zamora
Chinchilla, lo que se hace del conocimiento público para los efectos de
ley.
Alcaldía Municipal de Concepción Quezaltepeque, a los cinco
días del mes de junio de dos mil doce. JESUS ANTONIO SERRANO
HERNANDEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- BRENDA ELIZABETH
GALDAMEZ ZAMORA, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F041308-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
AVISA: Que la señora ANA GLORIA CHÁVEZ, de cuarenta y
seis años de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, portadora
de su Documento Único de Identidad número cero un millón doscientos
diez mil ochocientos treinta y siete - siete, en su carácter personal ha
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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. comparecido a esta Alcaldía solicitando que con base al artículo uno y
siguientes de la Ley Sobre Títulos de Predios Urbanos, se le extienda
TITULO DE DOMINIO, a su favor de un inmueble de naturaleza urbana
situado en Cantón Moncagua, Caserío Malpaneca, de esta ciudad, de
una Extensión superficial de CIENTO CINCUENTA Y SEIS PUNTO
OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, con las colindancias
siguientes: AL NORTE, Con Fermín Guillén y María Luisa Gómez de
Guillén; AL ORIENTE, Con Cipriano Alejandro Molina Rivera, calle de
por medio; AL SUR, Con Cruz Isabel Mejía Juárez y Domingo Velasco,
Calle de por medio; y AL PONIENTE, Con Cipriano Alejandro Molina
Rivera; del cual manifiesta ser dueña y actual poseedora de buena fe, en
forma quieta, pacífica, continua e ininterrumpida y que dicho inmueble
no es Dominante ni Sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena
pertenencia y no está en Proindivisión con ninguna otra persona y lo
adquirió la solicitante por compraventa que le hiciera al señor VICENTE
DE JESUS GUILLEN, en la ciudad de San Juan Opico, departamento de
La Libertad, a las ocho horas y treinta minutos del día dieciséis de agosto
del año dos mil diez ante los oficios del Notario MANUEL HERIBERTO
PEÑATE RIVERA, y lo estima en la suma de UN MIL QUINIENTOS
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN PABLO TACACHICO,
departamento de La Libertad, a los diecinueve días del mes de marzo
del año dos mil doce. ARISTIDES ALVARENGA MEJIA, ALCALDE
MUNICIPAL.- MANFREDI GUARDADO RIVERA, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F041327-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
SAN PEDRO PERULAPAN;
HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal, se ha presentado
El Licenciado GERBER ANIBAL CASTRO VIDES, Mayor de edad,
abogado, del domicilio de San Martín, Departamento de San Salvador,
portador de su Tarjeta de Abogado número Diecisiete mil Quinientos
Veintitrés, en calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula
Especial, del Señor MAURO ANTONIO ORELLANA SANCHEZ,
solicitando Título de Dominio de un Inmueble de naturaleza Rústica,
situado en el Cantón Istagua de esta Jurisdicción, de la extensión super-
ficial de DOSCIENTOS DIEZ PUNTO NOVENTA Y UN METROS
CUADRADOS, que linda así: AL SUR Línea compuesta de un tramo
recto, partiendo del Vértice Sureste mide con rumbo Norte Setenta y un
grados Dieciocho minutos cuarenta y segundos Oeste y una distancia
de Treinta y Ocho Metros veintisiete centímetros, con lo que se llega al
vértice Suroeste del Inmueble, colinda en este rumbo con propiedad de
Pedro Mendoza; AL PONIENTE, Nueve grados Veinticinco minutos
Treinta y Siete Segundos Noroeste con una distancia de Doce punto
Veinte metros, colinda en este rumbo con Terreno propiedad de la señora
Ana Filomena Mendoza Sánchez: AL NORTE. En línea compuesta por
tres tramos rectos partiendo del vértice Sureste mide el primer tramo
con rumbo Sur Setenta y Seis grados cuarenta y tres minutos cincuenta
segundos este y una distancia de Trece metros cincuenta centímetros;
el segundo tramo, mide con rumbo Sur, Nueve grados Doce minutos
Veinticuatro Segundos Oeste y una Distancia de Once metros Noventa
y ocho centímetros y el Tercer tramo, mide con rumbo Sur Setenta y un
Grados Dieciocho minutos cuarenta y seis segundos Este, y una distancia
de Veinticinco metros cuarenta y ocho centímetros con lo que se llega
al vértice Noroeste del Inmueble, colinda en este rumbo con terreno
propiedad de la señora Nataly Elizabeth Mendoza Bonilla y con terreno
del señor Jaime Ernesto Bonilla Mendoza, y AL ORIENTE, En línea
compuesta de un Tramo recto que partiendo del vértice Noroeste mide
con rumbo sur cuarenta y dos grados diecinueve minutos cuarenta y un
segundos oeste y una distancia de un metro sesenta y cuatro centímetros,
así llega al vértice Sureste del Inmueble, colinda en este rumbo con
terreno del Señor José Evelio Mendoza Sánchez, calle que conduce a
Suchitoto de por medio. Este inmueble no es dominante ni sirviente, no
tiene cargas o derechos de ajena pertenencia ni está en proindivisión con
persona alguna, está valuado en la cantidad de DOS MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. - Lo que hace saber al
público para efectos de ley.
Alcaldía Municipal; San Pedro Perulapán, Departamento de
Cuscatlán, a los Quince días del mes de mayo del año dos mil doce.
LAZARO ANTONIO FLORES, ALCALDE MUNICIPAL.- ANTE MI:
WILLIAN ALEXANDER RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F041410-2
rENoVacioN DE MarcaS
No. de Expediente: 1991000911
No. de Presentación: 20120166361
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
GUILLERMO COMPTE UNGO, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
DIARIO
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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395como APODERADO de ROBERTONI, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SAN SALVADOR, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00130 del Libro 00011 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la palabra MORTON; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No C002049-2
No. de Expediente: 1990001921
No. de Presentación: 20120166359
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
GUILLERMO COMPTE UNGO, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de ROBERTONI, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SAN SALVADOR, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00112 del Libro 00008 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra SOPINSTANT; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002050-2
No. de Expediente: 1976001497
No. de Presentación: 20120167239
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de DOW AGROSCIENCES LLC., del domicilio
de 9330 ZIONSVILLE ROAD, INDIANAPOLIS, INDIANA 46268,
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-
DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00215
del Libro 00093 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra
"GOAL"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase
05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los nueve días del mes de mayo del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041462-2
DIARIO
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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. NUEVa PUBlicaciÓN
(El presente Aviso se publica nuevamente por haber salido errado en el Diario Oficial No. 63, Tomo No. 394 de fecha 30 de marzo de 2012).
Marca DE fÁBrica
No. de Expediente: 2012115937
No. de Presentación: 20120163683
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado INES TAU-RA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
clEaN & clEar
Consistente en: las palabras CLEAN & CLEAR, que se traducen al castellano como Limpio y Claro, que servirá para: AMPARAR: LIM-PIADORES DE LA PIEL MEDICADOS, ENJUAGUES FACIALES Y ENJUAGUES DE CUERPO MEDICADOS, Y EXFOLIANTES FACIALES Y DEL CUERPO MEDICADOS; TIRAS PARA LA NARIZ MEDICADAS PARA EL TRATAMIENTO DE PUNTOS NEGROS, PARCHES PARA ACNÉ MEDICADOS, PREPARACIONES PARA EL TRATAMIENTO DEL ACNÉ, ASTRINGENTES MEDICADOS, HIDRATANTES DE LA PIEL MEDICADOS Y LIMPIADORES DE LA PIEL. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000933-2
No. de Expediente: 2012118212
No. de Presentación: 20120167996
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE, conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de
APODERADO de GAP (ITM) INC., de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
1969
Consistente en: los números 1969, que servirá para: AMPARAR: ROPA; ACCESORIOS DE VESTIR; CALZADO; ARTÍCULOS DE SOMBRERERÍA. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de mayo del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002048-2
NUEVa PUBlicaciÓN
(El presente Aviso se publica nuevamente por haber salido errado en el Diario Oficial No. 86, Tomo No. 395 de fecha 14 de mayo de 2012).
No. de Expediente: 2012115724
No. de Presentación: 20120163327
CLASE: 25:
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WAL-MART DE MEXICO SOCIEDAD ANONIMA BURSATIL DE CAPI-TAL VARIABLE que se abrevia: WAL-MART DE MEXICO, S.A.B. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra CONTEMPO, que servirá para: AM-
PARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTÍCULOS DE
SOMBRERERÍA. Clase: 25.
DIARIO
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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 La solicitud fue presentada el día treinta de enero del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de febrero del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C008522-2
No. de Expediente: 2011108973
No. de Presentación: 20110150643
CLASE: 07.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de ANDRITZ AG, de nacionalidad AUSTRIACA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
aNDriTZ
Consistente en: la palabra ANDRITZ, que servirá para: AMPA-RAR: MÁQUINAS Y MÁQUINAS HERRAMIENTAS; MOTORES (EXCEPTO MOTORES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES); ACOPLAMIENTOS Y ÓRGANOS DE TRANSMISIÓN (EXCEPTO AQUELLOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES); INSTRUMENTOS AGRÍCOLAS QUE NO SEAN MANUALES; INCUBADORAS DE HUEVOS. Clase: 07.
La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil once,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041321-2
No. de Expediente: 2012118254
No. de Presentación: 20120168064
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE, conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERADO de BEIERSDORF AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,
Consistente en: las palabras NIVEA MEN, donde la palabra Men se traduce al castellano como Hombre, que servirá para: AMPARAR: JABONES; PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, PREPARA-CIONES COSMÉTICAS PARA EL CUIDADO DEL CUERPO Y LA BELLEZA; DESODORANTES Y ANTITRANSPIRANTES PARA USO PERSONAL; PREPARACIONES COSMÉTICAS PARA LA LIMPIEZA, CUIDADO Y EMBELLECIMIENTO DEL CABELLO. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041461-2
coNVocaToriaS
TERCERA CONVOCATORIA
El Infrascrito Administrador Único y Representante Legal de la
Sociedad "PROFILAXIS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE", conforme lo establece la Ley y el Pacto Social de la
misma, convoca por tercera vez a JUNTA GENERAL ORDINARIA
DE ACCIONISTAS, que se llevará a cabo en las oficinas situadas en
DIARIO
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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. Condominio Balam Quitzé, Segunda Planta, Local número veintitrés,
Colonia Escalón, San Salvador, el día nueve de julio del año en curso,
de las nueve horas en adelante, la que se desarrollará de acuerdo con la
siguiente; AGENDA:
lo.) ESTABLECIMIENTO DEL QUÓRUM.
2o.) CONOCER DE LA MEMORIA DE LA ADMINISTRACIÓN
DURANTE EL AÑO DOS MIL ONCE.
3o.) CONOCER EL BALANCE GENERAL, CUADRO DE
RESULTADOS, Y EL ESTADO DE CAMBIOS EN EL
PATRIMONIO, TODO ELLO DEL EJERCICIO DEL AÑO
DOS MIL ONCE.
4o.) CONOCER EL INFORME DEL AUDITOR.
5o.) APLICACIÓN DE UTILIDADES.
6o.) NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO Y AUDI-
TOR FISCAL Y FIJACIÓN DE SUS EMOLUMENTOS.
7o.) AUTORIZACIÓN Y/O RATIFICACIÓN DE OPERACIO-
NES, DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO DOSCIENTOS
SETENTA Y CINCO DEL CÓDIGO DE COMERCIO.
8o.) CUALQUIER OTRO PUNTO QUE LA JUNTA GENERAL
DECIDA TRATAR Y QUE DE ACUERDO CON LA LEY Y
EL PACTO SOCIAL PUEDA SER CONOCIDO EN ESTA
JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS.
Para llevar a cabo la Junta General Ordinaria en tercera convoca-
toria en la fecha y hora anteriormente indicada y que por este medio se
convoca la sesión, será válida cualquiera que sea el número de acciones
presentes o representadas; y la resolución será válida al ser tomada por
la simple mayoría de votos de las acciones presentes o representadas.
San Salvador, a los siete días del mes de junio del año dos mil
doce.
PROFILAXIS, S.A DE C.V.
ROBERTO ANTONIO TRABANINO RAMÍREZ,
ADMINISTRADOR ÚNICO PROPIETARIO.
3 v. alt. No. C002037-2
TERCERA CONVOCATORIA
"INGENIERIA Y TECNICA ELECTROMECANICA, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE"
El Suscrito Director Presidente de la Junta Directiva de la sociedad
"INGENIERIA Y TECNICA ELECTROMECANICA, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE", que puede abreviarse "INGE-
NIERIA Y TECNICA, S.A. DE C.V.", de acuerdo a las disposiciones
del Artículo 243 ordinal III del Código de Comercio de El Salvador,
y con el objeto de conocer del ejercicio 2011 y otros temas de interés
para la Sociedad, por este medio, convoca a Junta General Ordinaria
y Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará el día cuatro de julio
del corriente año, de las diez horas en adelante en la dirección Calle Los
Bambúes, Casa #R 10, Colonia San Francisco, San Salvador, Departa-
mento de San Salvador, conforme a la siguiente agenda:
a) PUNToS orDiNarioS:
1. COMPROBACION DE QUORUM.
2. MEMORIA DE LABORES DE LA JUNTA DIRECTIVA.
3. APROBACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS AL
31 DE DICIEMBRE DE 2011.
4. INFORME DEL AUDITOR EXTERNO.
5. APLICACIÓN DE RESULTADOS DE 2011.
6. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO Y FIJA-
CIÓN DE SUS EMOLUMENTOS PARA EL AÑO 2012.
7. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR FISCAL Y FIJACIÓN
DE SUS EMOLUMENTOS PARA EL AÑO 2012.
B) PUNToS EXTraorDiNarioS:
1. PUNTOS VARIOS.
2. AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL.
3. MODIFICACION AL PACTO SOCIAL.
4. DESIGNACION DE PERSONA ENCARGADA PARA
FORMALIZAR LOS ACUERDOS TOMADOS EN JUN-
TA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS.
Para instalar legalmente dicha Junta en tercera convocatoria por
el motivo que no se pudieron celebrar las dos convocatorias anteriores
por falta de quórum, en consecuencia la tercera convocatoria será válida
con cualquiera que sea el número de acciones representadas y habrá
resolución con la simple mayoría de votos de las acciones presentes.
San Salvador, ocho de junio de dos mil doce.
JORGE ANTONIO HASBUN GARAY,
DIRECTOR PRESIDENTE.
“INGENIERÍA Y TÉCNICA ELECTROMECÁNICA,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”
3 v. alt. No. F041309-2
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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395SUBaSTa PÚBlica
LIC. FEDERICO GUILLERMO HEYMANN RAMIREZ, JUEZ SE-
GUNDO DE PAZ, DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que según resolución proveída por este Juzgado,
a las ocho horas y veinticinco minutos del día nueve de junio del año
dos mil once, en el Expediente Ejecutivo Mercantil clasificado por este
Juzgado con el número 01/2010, promovido por el Licenciado GILBERTO
MARINERO CHACON, en su calidad de Apoderado General Judicial
del Banco Procredit, Sociedad Anónima que se abrevia BANCO PRO-
CREDIT S. A., en contra de los señores RAFAEL ANTONIO ACOSTA
RAMIREZ y EDGAR ANTONIO HERNANDEZ ACOSTA, se venderá
en PUBLICA SUBASTA y en fecha que oportunamente se señalará,
los bienes muebles siguientes: UN TELEVISOR DE VEINTIUN PUL-
GADAS, COLOR NEGRO CON GRIS, MARCA SHARP, MODELO
C21A16 Y UN APARATO DE SONIDO MARCA SHARP, MODELO
CD-SW200, CON TRES BAFLES.
Servirá de base para el remate del bien inmueble a subastar las dos
terceras partes de su valúo y se admitirán posturas que sean legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a los nueve días del
mes de junio del año dos mil once.- LIC. FEDERICO GUILLERMO
HEYMANN RAMIREZ, JUEZ SEGUNDO DE PAZ, METAPAN.-
LIC. ALFREDO SALOMON BARRIENTOS VILLAVICENCIO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002044-2
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Juzgado, por la
Licenciada HALDYS CRISTINA ASUNCION GODINEZ VIDES, en
su calidad de Apoderada General Judicial del BANCO PROCREDIT,
SOCIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse BANCO PROCREDIT
S. A, contra los señores LUZ IDELMA ALBARES GRANADOS, co-
nocida tributariamente por LUZ IDELMA ALVAREZ GRANADOS y
CECILIO SALAZAR ZUNIGA, reclamándole la cantidad en dinero y
accesorios legales; se venderá en Pública Subasta en este Juzgado los
bienes muebles que a continuación se describen: 1) Una refrigeradora
color amarilla, de metal y plástico, de una puerta, de un metro con cuarenta
centímetros de altura, modelo C- CIENTO ONCE, marca CETRON en
regular estado; 2) Un televisor a colores, marca Panasonic, color negro,
con pantalla de catorce pulgadas, sin modelo ni serie; 3) Un aparato de
música, marca LG, de plástico y metal, colores gris y negro, compuesto
por Disc Compact, para tres discos, un radio, dos caseteras, modelo: FFH-
TRESCIENTOS NOVENTA A, en regular estado; 4) Dos bocinas de
madera y plástico pequeñas, marca LG, colores negra y gris, con número
de modelo ambas FE- TRESCIENTOS NOVENTA- E, en regular estado;
5) Un mueble denominado chinero de madera, color café, compuesto por
dos compartimientos, con sus puertas de vidrio, dos gavetas pequeñas,
dos compartimientos grandes con puerta de madera, en regular estado;
6) Seis sillas plásticas, cinco azules, una silla blanca, todas en regular
estado; 7) Una mesa pequeña de madera, amarilla, en regular estado; 8)
Un mueble denominado gavetero de material plástico, colores verde y gris,
compuesto por cinco gavetas medianas en regular estado; 9) Un ropero
de madera, color café, compuesto por un compartimiento grande, uno
pequeño y tres gavetas pequeñas, en regular estado; 10) Tres sillones de
madera, forrados, de tela color rojo, uno grande y dos de tamaño normal,
en mal estado; 11) Una mesa en forma circular, de metal y vidrio de
sala, color verde en regular estado; 12) Dos sillas, de tamaño normal,
de metal, color verde sus asientos, y respaldos forrados de un material
sintético en regular estado; 13) Un módulo pequeño de madera, color
café, compuesto por cuatro compartimientos, en regular estado; 14) Una
mesa de madera, color café, de un compartimiento de sala en regular
estado; 15) Un mueble denominado trastero, de material plástico, colores
blanco y azul, compuesto por cinco depósitos en regular estado; 16) Una
guitarra acústica, pequeña, de madera, colores café y amarillo, en regular
estado; 17) Un aparato denominado tostador de pan, de metal, marca
Black y Decker, de colores negro y níquel; 18) Una plancha de ropa, de
plástico y metal, marca Rival, color blanca, modelo IR- CINCO CUATRO
UNO CINCO; 19) Una plancha para cocinar tortillas, de metal, colores
verde y negro, compuesto por un quemador grande y dos pequeños, en
mal estado; 20) Un mueble denominado estante, de metal, color verde,
de dos metros con veinte centímetros de largo y un metro con setenta
centímetros de alto, compuesto por cinco compartimientos grandes, y
uno pequeñito con su puerta de metal, en regular estado. Dichos bienes
muebles se encuentran depositados judicialmente en la sociedad acree-
dora BANCO PROCREDIT, SOCIEDAD ANONIMA, que se abrevia
BANCO PROCREDIT, S. A, por medio del señor LUIS RICARDO
GARCIA BARRERA, mayor de edad, del domicilio de Chalchuapa,
Departamento de Santa Ana, Ingeniero Agrónomo, con Documento
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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. Único de Identidad número cero uno cero cero cero nueve seis cuatro
guión cero, los bienes muebles embargados se encuentran en la siguiente
dirección: BANCO PROCREDIT, SOCIEDAD ANONIMA, ubicado en
la Sexta Calle Poniente, entre Segunda Avenida Norte y Avenida Dos
de Abril, Barrio El Calvario, Ahuachapán.
Lo que se pone al conocimiento del público para fines de Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las nueve horas seis
minutos del día catorce de Junio de dos mil once.- DR. JULIO CESAR
FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA
DE PEÑATE, SECRETARIA DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. C002045-2
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las catorce horas del día veinticinco de noviembre de dos mil once, en
el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por la Licenciada Gloria de
los Ángeles Germán Argueta, en calidad de Apoderada del BANCO
HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, contra los señores
GILMA LISETTE ECHEVERRIA DE NAVAS y MAURICIO ALBER-
TO NAVAS MENJIVAR, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA
EN ESTE JUZGADO Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE
SEÑALARA, EL SIGUIENTE INMUEBLE: ''Un inmueble de natura-
leza urbana y construcciones que contiene, ubicado en JADINES DE
LA CIMA I, II Y III, LOTE NUMERO TRES DEL POLIGONO "U",
Jurisdicción de la ciudad y departamento de San Salvador, con una
extensión superficial de CIENTO SESENTA Y OCHO PUNTO CIN-
CUENTA Y UN METROS CUADRADOS, y se encuentra inscrito a
favor de los señores GILMA LISETTE ECHEVERRIA DE NAVAS y
MAURICIO ALBERTO NAVAS MENJIVAR, a la Matrícula número
60108618-00000 del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la
Primera Sección del Centro, departamento de San Salvador''.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las ocho horas
cuarenta minutos del día nueve de mayo de dos mil doce.- LIC. YOALMO
ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA
SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041294-2
JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, AL PUBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por ejecución promovida por la Licenciada
ZARINA AYALA HERRERA, en su calidad de Apoderada General
Judicial del BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A. o BANCO HSBC,
S. A. o BANCO SALVADOREÑO, S. A. o BANCOSAL S.A., que se
puede abreviar BANCO HSBC SALVADOREÑO S. A. o BANCO
HSBC S.A., BANCO SALVADOREÑO, S.A. o BANCOSAL S.A.
Institución Bancaria del domicilio le San Salvador, y representada
legalmente por el señor GERARDO JOSE SIMAN SIRI, en contra de
las ejecutadas señoras XIOMARA MARLENY OSORTO VANEGAS,
conocida por XIOMARA MARLENE OSORTO ahora de GALVEZ y
DILMA ESTHER VANEGAS DE GOMEZ, a efecto de que le cance-
len cantidad de dólares, intereses convencionales, moratorios y costas
procesales, se venderá en Pública Subasta en este Juzgado, en día y hora
que oportunamente se indicará el bien inmueble de las características
siguientes: "Un lote de naturaleza urbana y construcciones que contie-
ne, marcado con el número DIECINUEVE del POLIGONO K DE LA
URBANIZACION "LAS AGUILAS CUARTA ETAPA", situado al
costado Oriente del Estadio JUAN FRANCISCO BARRAZA, de esta
ciudad, distrito y departamento de San Miguel, el cual se describe así:
LOTE NUMERO DIECINUEVE DEL POLIGONO K, DE LA URBA-
NIZACION LAS AGUILAS CUARTA ETAPA, de un área de CIENTO
VEINTE METROS CUADRADOS, el cual tiene las medidas siguientes:
AL NORTE, con una distancia de seis metros; AL ORIENTE, con una
distancia de veinte metros; AL SUR, con una distancia de seis metros;
y AL PONIENTE, con una distancia de veinte metros. Inscrito a favor
de la ejecutada señora XIOMARA MARLENY OSORTO VANEGAS,
conocida por XIOMARA MARLENE OSORTO ahora DE GALVEZ,
bajo la Matrícula número OCHO CERO CERO TRES TRES CUATRO
NUEVE UNO-CERO CERO CERO CERO CERO, ASIENTO SIETE,
del REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DEL
DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San
Miguel, a las diez horas y quince minutos del día veintitrés de abril de
dos mil doce.- DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE
LO CIVIL.- LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRE-
TARIO.
3 v. alt. No. F041295-2
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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL DEL CEN-
TRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL:
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido
por la Doctora ANA CAMILA DE LEON DE CASTRO GARAY, mayor
de edad, Abogada, de este domicilio, actuando como Apoderada General
Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de este
domicilio, contra el señor JUAN PABLO ALVAREZ, mayor de edad,
Empleado, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador,
se venderá en este Tribunal en Pública Subasta, en fecha que más adelante
se especificará: un terreno rústico sin cultivos permanentes, situado en
Jurisdicción de Santo Tomás, Departamento de San Salvador, de una
extensión superficial de DOSCIENTOS SETENTA Y DOS METROS
CUADRADOS CINCUENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS,
equivalentes a TRESCIENTAS NOVENTA VARAS CUADRADAS,
según nomenclatura actual, Kilómetro Diez, Carretera a Santo Tomás,
Colonia Los Helechos, Lote Número Trece, el cual tiene la descrip-
ción siguiente: AL NORTE, línea recta de diez metros ochenta y seis
centímetros, carretera pavimentada que conduce a Zacatecoluca de por
medio, con terreno de Antonio Martínez: AL PONIENTE, veinticinco
metros ocho centímetros en línea recta linda con restos del terreno del
cual se desmembró, propiedad de Agustín Sánchez Vásquez: AL SUR,
línea recta de diez metros ochenta y seis centímetros, linda con resto del
terreno del cual se desmembró propiedad de Agustín Sánchez Vásquez:
y AL ORIENTE, veinticinco metros ocho centímetros en línea recta,
linda con terreno que fue de doña María Dolores Franco hoy de Lidia
Sánchez, se hace constar que la porción descrita se segregó del extre-
mo Nororiente del inmueble general, propiedad de Agustín Sánchez
Vásquez y que está ubicada a ciento cincuenta metros antes del mojón
que marca el kilómetro diez de la carretera que conduce de San Salvador
a Zacatecoluca. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor
del señor JUAN PABLO ALVAREZ, bajo la Matrícula Número SEIS
CERO CERO SEIS CINCO SIETE OCHO NUEVE - CERO CERO
CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.
Se admitirán posturas siendo éstas legales.
Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil San Salvador, a las
doce horas del día dos de mayo de dos mil doce. JOSE MARIA ESTRADA
ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL. LIC. DAVID
ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO JUDICIAL.
3 v. alt. No. F041336-2
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL DEL CEN-
TRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL:
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido
por la Doctora ANA CAMILA DE LEON DE CASTRO GARAY, Abo-
gada, de este domicilio, actuando como Apoderada General Judicial del
BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, antes BANCO AGRI-
COLA COMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,
Absorbente del BANCO DESARROLLO, SOCIEDAD ANONIMA, de
este domicilio, contra el señor MARCO TULIO ZEPEDA, conocido
registralmente como MARCO TULIO ZEPEDA BELTRAN, mayor de
edad, Empleado, de este domicilio, se venderá en este Tribunal en Pública
Subasta, en fecha que más adelante se especificará: DOS INMUEBLES:
PRIMER INMUEBLE: Un inmueble de naturaleza urbana, situado en
PASAJE ARGENTINA Y QUINCE AVENIDA SUR, NUMERO UN
MIL VEINTISIETE, BARRIO SANTA ANITA, DE LA CIUDAD DE
SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, que
según antecedente se describe así: un lote de terreno rústico, hoy urbano,
situado en el Barrio Candelaria, de la Ciudad de San Salvador, Depar-
tamento de San Salvador, comprendido en la Manzana conformada por
las Avenidas Trece y Quince Sur y Calles Dieciocho y Veinte Poniente,
de CIENTO VEINTICINCO METROS SETENTA Y OCHO DECI-
METROS CUADRADOS DE EXTENSION, que mide: Doce metros
cincuenta y cuatro centímetros de Norte y al Sur, por diez metros tres
centímetros al Oriente y al Poniente, y linda por todos sus rumbos con
terreno de don Herbert de Sola, del cual formó parte este lote, quedando
al Norte, pasaje en medio, lote arrendado a Margarita Alvarenga; Sur,
el arrendado a Rita Domínguez; AL ORIENTE, quince Avenida Sur
en medio, el arrendado a Guadalupe Montalvo; y AL PONIENTE, el
arrendado a José Berciano. El inmueble antes descrito con sus mejoras
presentes y futuras son propiedad del señor MARCO TULIO ZEPEDA
conocido registralmente por MARCO TULIO ZEPEDA BELTRAN, y
se encuentra inscrito bajo la Matrícula SEIS CERO CERO SIETE UNO
TRES OCHO TRES - CERO CERO CERO CERO CERO. SEGUNDO
INMUEBLE: Un lote y solar urbano, situado en el BARRIO CANDE-
LARIA, de la Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador,
que forma parte de la llamada COLONIA SAN VICENTE, y la casa
de sistema mixto que contiene dicho lote, el cual está marcado con el
Número TREINTA Y CINCO, en el plano respectivo de la lotificación,
de una extensión superficial de TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO
METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE, con casa
y solar número treinta y cuatro, arrendado al capital Jorge Tenorio:
AL SUR, con casa y solar número treinta y seis, arrendado a la señora
Virginia González viuda de Bonilla: AL PONIENTE, con casa y solar
número diecinueve, arrendado a la señora Paula Montalvo de Azucena:
y AL ORIENTE, con casa y solar número cincuenta y tres, arrendado
al señor Rubén Zaldaña Silva, prolongación de la Avenida Candelaria
de por medio, abierta a la misma colonia San Vicente y todos los pre-
dios colindantes forman parte de la misma colonia. El inmueble antes
descrito así como sus mejoras presentes y futuras son propiedad del
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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. señor MARCO TULIO ZEPEDA conocido registralmente por MARCO
TULIO ZEPEDA BELTRAN, y se encuentra inscrito bajo la Matrícula
SEIS CERO CERO SIETE UNO TRES OCHO CERO - CERO CERO
CERO CERO CERO, ambos inmuebles son del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de
San Salvador.
Se admitirán posturas siendo éstas legales.
Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil; San Salvador, a
las nueve horas del día veintidós de mayo de dos mil doce. LIC. JOSE
MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCAN-
TIL. LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO
JUDICIAL.
3 v. alt. No. F041337-2
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado
con el número 394-E-03, promovido por el Licenciado MAURICIO
RUANO ROMERO, actuando en su calidad de Apoderado General
Judicial de la Sociedad FACALCA HILTEX, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE, en contra del señor JORGE ALBERTO
BANDECK, conocido por JORGE ALBERTO BANDEK URRUTIA,
por JORGE ALBERTO BENDEK y por JORGE ALBERTO BENDECK;
se venderá en Pública subasta en este Tribunal en fecha que más adelante
se señalará, el bien mueble que a continuación se localiza y describe así:
"Placas: P TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCO; CLASE
AUTOMOVIL; DE MARCA: TOYOTA; MODELO: COROLLA; DEL
AÑO: MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE; COLOR: ROJO;
NUMERO DE CHASIS: A E NUEVE DOS- CERO UNO DOS CINCO
UNO UNO SEIS; NUMERO DE MOTOR: CUATRO A- SIETE SEIS
DOS SIETE OCHO CINCO UNO; CAPACIDAD: CINCO ASIENTOS;
el cual se encuentra ubicado en las instalaciones de FACALCA HILTEX,
S.A. DE C.V., situada sobre la Carretera que de San Salvador conduce
a Ahuachapán."
Se admitirán posturas siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las catorce horas y quince minutos del día veinticinco de
Abril de dos mil doce. LIC. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZA
TERCERO DE LO MERCANTIL. LIC. ANA CECILIA FIGUEROA
ALMENDARES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041421-2
rEPoSicioN DE cErTificaDoS
aViSo
BIENES Y SERVICIOS, S.A. EN LIQUIDACIÓN,
AVISA: Que en las oficinas de la sociedad se ha presentado parte
interesada manifestando que ha extraviado los certificados de acciones
Nos. 1628, 4101, 5871 y 11168 que amparan 5,850 acciones de la mis-
ma sociedad, de plazo indeterminado, lo que se hace del conocimiento
del público para efectos de reposición del certificado relacionado, de
conformidad con los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación
del presente aviso, la sociedad Bienes y Servicios, S.A. En liquidación
no reciba oposición alguna a este respecto, se hará la reposición del
Certificado arriba mencionado.
San Salvador 1 de junio de 2012.
MORALES Y MORALES ASOCIADOS,
LIQUIDADORES.
RICARDO A. MORALES CARDOZA,
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. F041344-2
AVISO
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,
COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en km. 10 carretera
a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE
DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 618263, solicitando la reposición de
dicho CERTIFICADO por Diez mil 00/100 dólares (US$ 10,000.00).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.
San Salvador, Viernes 01 de Junio de 2012.
ROSARIO DE RIVERA,
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,
AGENCIA BANCA PRIVADA.
3 v. alt. No. F041426-2
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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395AVISO
BIENES Y SERVICIOS, S.A. EN LIQUIDACIÓN,
AVISA: Que en las oficinas de la sociedad se ha presentado parte
interesada manifestando que han extraviado los certificados de acciones
Nos. 8917 que amparan 300 acciones, 8919 que ampara 336 acciones,
8920 que ampara 300 acciones, 8918 que ampara 300 acciones y 8921
que ampara 300 acciones de la misma sociedad, de plazo indeterminado,
lo que se hace del conocimiento del público para efectos de reposición
de los certificados relacionados, de conformidad con los artículos 486
y 932 del Código de Comercio.
En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación
del presente aviso, la sociedad Bienes y Servicios, S.A. En liquidación
no reciba oposición alguna a este respecto, se hará la reposición de los
Certificados arriba mencionados.
San Salvador, 08 de junio de 2012.
MORALES Y MORALES ASOCIADOS,
LIQUIDADORES.
RICARDO A. MORALES CARDOZA,
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. F041451-2
TiTUlo MUNiciPal
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SANTA ELENA,
CERTIFICA: Que en Libro de Actas y Acuerdos Municipales
que esta Alcaldía lleva durante el año dos mil doce, en el Acta número
tres de fecha uno del mes febrero del año dos mil doce, se encuentra
el acuerdo número cuatro que literalmente dice: ACUERDO NÚME-
RO CUATRO: El Concejo Municipal en base a la Ley sobre Títulos
Municipales ACUERDA: Admitir la solicitud presentada por el señor
Mauricio Igdali Aparicio quien solicita Título Municipal del inmueble
de naturaleza Urbano ubicado sobre la Sexta Calle Poniente Barrio El
Calvario, jurisdicción de Santa Elena, Departamento de Usulután, de
la capacidad superficial de SESENTA METROS CUADRADOS; con
colindantes y medidas siguientes: Al Norte con siete punto setenta y
cinco metros con la señora Isabel Margot Aparicio, Al Sur con siete punto
setenta y cinco metros y calle de por medio con la señora Sonia Aparicio
de Arévalo, al Poniente con siete punto setenta y cuatro metros la señora
Ana Ester Aparicio y al Oriente con siete punto setenta y cuatro metros
con la señora María Isidra Díaz, y para efectos de trámites pertinentes
Certifíquese.- CERTIFICACION.- N. A. B.- J. O. G. S.- J. R. M. F.- O.
E. M. A.- J. R. C. T.- J. C. M. R.- J. A. M. T.- A. E. A. D.- R. A. R.- K.
E. M. M.- J. C. F.- R. D. S. R.- RUBRICAS.
Para los efectos legales consiguientes se extiende la presente
Certificación en la Alcaldía Municipal de Santa Elena, a los un días del
mes de marzo del año dos mil doce.- LIC. NICOLAS ALFREDO BA-
RRERA, ALCALDE MUNICIPAL. TEC. ROQUE DAVID SOLANO
RODRIGUEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F034520-2
Marca DE SErVicioS
No. de Expediente: 2012115646
No. de Presentación: 20120163095
CLASE: 40.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROBERTO
ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERADO
de TIENDAS CARRION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras ROBLE REAL TRES y diseño, que
servirá para: AMPARAR: FABRICACION DE TODA CLASE DE
VESTUARIO PARA HOMBRES, MUJERES Y NIÑOS, ARTICULOS
DEPORTIVOS, CALZADO EN GENERAL Y SOMBRERERIA. Clase:
40.
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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. La solicitud fue presentada el día veinticinco de enero del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de mayo del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041387-2
No. de Expediente: 2012115643
No. de Presentación: 20120163092
CLASE: 40.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROBERTO
ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERADO
de TIENDAS CARRION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra gehnic y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: FABRICACION DE TODA CLASE DE VESTUARIO PARA
HOMBRES, MUJERES Y NIÑOS, ARTICULOS DEPORTIVOS,
CALZADO EN GENERAL Y SOMBRERERIA. Clase: 40.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de enero del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de mayo del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041390-2
No. de Expediente: 2012115644
No. de Presentación: 20120163093
CLASE: 40.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROBERTO
ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERADO
de TIENDAS CARRION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras CEIBA INVERSIONES y diseño,
que servirá para: AMPARAR: FABRICACION DE TODA CLASE DE
VESTUARIO PARA HOMBRES, MUJERES Y NIÑOS, ARTICULOS
DEPORTIVOS, CALZADO EN GENERAL Y SOMBRERERIA. Clase:
40.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de enero del año dos
mil doce.
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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de mayo del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041391-2
No. de Expediente: 2012115647
No. de Presentación: 20120163096
CLASE: 40.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROBERTO
ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERADO
de TIENDAS CARRION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: TIENDAS CARRION, S.A., DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras Urbe Ventura y diseño, que servirá para:
AMPARAR: FABRICACION DE TODA CLASE DE VESTUARIO
PARA HOMBRES, MUJERES Y NIÑOS, ARTICULOS DEPORTI-
VOS, CALZADO EN GENERAL Y SOMBRERERIA. Clase: 40.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de enero del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiuno de mayo del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041394-2
Marca DE ProDUcTo
No. de Expediente: 2012118812
No. de Presentación: 20120169036
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado BENJA-
MIN EDUARDO MONTERROZA BARRIENTOS, en su calidad de
REPRESENTANTE LEGAL de SISTEMAS DE INTEGRACION TEC-
NOLOGICOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: SISTEMAS DE INTEGRACION TECNOLOGICOS,
S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la expresión dLux y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SIRENAS. BATERIAS. TRANSFORMADORES. CON-
TACTOS MAGNETICOS. VIDEOGRABADORAS. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos
mil doce.
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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002042-2
No. de Expediente: 2012118257
No. de Presentación: 20120168074
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALICIA SARAHI
BARAHONA LUNA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO,
Consistente en: la palabra SARAHI y diseño, que servirá para:
AMPARAR: BOLSOS DE MANTA. Clase: 18.
La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintitrés de mayo del año dos mil doce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041377-2
No. de Expediente: 2011114992
No. de Presentación: 20110161816
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROBERTO
ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERADO
de TIENDAS CARRION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la expresión Y-FI, que servirá para: AMPARAR:
VESTIDOS, SOMBRERIA, CALZADO EN GENERAL PARA DA-
MAS, CABALLEROS, NIÑAS Y NIÑOS ZAPATOS Y ZAPATILLAS,
SANDALIAS, PANTUFLAS CON INCLUSIÓN DE BOTAS DE
TODO TIPO, PRENDAS DE VESTIR, CASUAL Y DEPORTIVAS,
EN DIFERENTES ESTILOS, TALLAS Y COLORES, PARA TODAS
LAS EDADES, INCLUYENDO, VESTIDOS BLUSAS, PANTALO-
NES, SHORT, FALDAS, CAMISETAS, Y ROPA INTERIOR, PARA
DAMAS Y CABALLEROS. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de mayo del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041388-2
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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2011115009
No. de Presentación: 20110161833
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROBERTO
ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERADO
de TIENDAS CARRION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra ilys y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: VESTIDOS, CALZADOS, SOMBRERÍA. CALZADO EN
GENERAL PARA DAMAS, CABALLEROS, NIÑAS Y NIÑOS
ZAPATOS Y ZAPATILLAS. SANDALIAS, PANTUFLAS CON
INCLUSIÓN DE BOTAS DE TODO TIPO, PRENDAS DE VESTIR,
CASUAL Y DEPORTIVAS, EN DIFERENTES ESTILOS, TALLAS
Y COLORES, PARA TODAS LAS EDADES, INCLUYENDO, VES-
TIDOS BLUSAS, PANTALONES, SHORT, FALDAS, CAMISETAS,
Y ROPA INTERIOR, PARA DAMAS Y CABALLEROS. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de mayo del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041393-2
No. de Expediente: 2011114456
No. de Presentación: 20110160705
CLASE: 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROBERTO
ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIOS LA SANTE S.A., de nacionalidad COLOM-
BIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra La Santé y diseño. Se traduce al
castellano como: Salud, que servirá para: AMPARAR: APARATOS
E INSTRUMENTOS QUIRURGICOS, MEDICOS, DENTALES Y
VETERINARIOS, MIEMBROS, OJOS Y DIENTES ARTIFICIALES;
ARTICULOS ORTOPEDICOS; MATERIAL DE SUTURA. Clase:
10.
La solicitud fue presentada el día cinco de diciembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintitrés de mayo del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041405-2
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137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012.
de tercera publicación
acEPTaciÓN DE HErENcia
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las quince
horas y quince minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con
beneficio de inventario la Herencia Intestada que dejó el señor EDWIN
BLADIMIR ANDRADE HERNÁNDEZ, conocido por EDWIN BLA-
DIMIR ANDRADE MENDOZA, quien falleció el día seis de marzo del
dos mil cinco, en el Barrio La Cruz, de Yucuaiquín, Departamento de La
Unión, siendo ese lugar su último domicilio, de parte de la señora Ana
Ángela Mendoza de Andrade, Conocida por Ana Ángela Hernández de
Andrade, Ana Ángela Hernández, Ana Ángela Mendoza Hernández, en
calidad de madre y como cesionaria de los Derechos Hereditarios que le
correspondían al señor Teodoro Andrade Mendoza, en calidad de padre
del causante. Confiérese a dicha aceptante, en el carácter indicado, la
Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facul-
tades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que
en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel lo
demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los treinta días del
mes de abril del dos mil doce.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PÉREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001935-3
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y cinco mi-
nutos del día once de mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada
expresamente con beneficio de inventario la Herencia Intestada que dejó
el señor CALIXTO MENDOZA, quien falleció el día treinta y uno de
diciembre de dos mil cinco, en el Cantón La Cañada, Jurisdicción de
Yucuaiquín, Distrito y Departamento de La Unión, siendo ese lugar su
último domicilio, de parte de la señora ANA ÁNGELA MENDOZA
DE ANDRADE, conocida por ANA ÁNGELA HERNÁNDEZ DE
ANDRADE, ANA ÁNGELA HERNÁNDEZ, y por ANA ÁNGELA
MENDOZA HERNÁNDEZ, en calidad de hija del causante.
Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado
la Administración y Representación Interinas de la sucesión con las
facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con Derecho en la sucesión para
que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los un días del mes
de junio de dos mil doce. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PÉREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001936-3
EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado
a las diez horas un minuto del día cuatro de mayo del presente año, se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
Herencia Intestada dejada a su defunción dejó la causante Sandra
Guadalupe Menjívar Mancía, quien falleció el día catorce de mayo de
dos mil diez, siendo de las generales siguientes; cuarenta y siete años
de edad, Cosmetóloga, casada, siendo su último domicilio Soyapango,
originaria de San Salvador, salvadoreña, hija de Sonia del Carmen Jule
Mancía y Jaime Menjívar Rubio (fallecido), de parte de María del Carmen
Mancía viuda de Menjívar, conocida por María del Carmen Mancía, Sonia
del Carmen Jule Mancía y Sonia del Carmen Mancía, quien es mayor de
edad, Modista, del domicilio de Mejicanos, con Documento Único de
Identidad Número cero cero cuatro cuatro dos siete cinco cero- cinco,
y Número de Identificación Tributaria cero cinco cero nueve- cero seis
cero dos cuarenta y siete- ciento uno- cero, en su calidad de madre de
la causante.
CONFIÉRASE a la aceptante la Administración y Representación
Interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente.
CÍTESE a los que se crean con Derecho a la referida Herencia
para que dentro del término de Ley se presenten a hacer uso de sus
derechos.
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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador, a
las diez horas quince minutos del día cuatro de mayo de dos mil doce.
Lic. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.
Licda. MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIO.
3 v. alt. No.C001939-3
CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las once horas y treinta minutos del día veinticinco de mayo, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia
testamentaria que a su defunción dejó la señora MARÍA DE LOS
ÁNGELES CASTRO DE RAMÍREZ, conocida por MARÍA DE LOS
ÁNGELES CASTRO, quien fue de noventa y un años de edad, casada,
comerciante, salvadoreña, originaria de la ciudad de San Miguel, hija
de la señora MARÍA ANTONIA CASTRO; fallecida a las seis horas y
cincuenta minutos del día veintidós de febrero del dos mil doce, siendo
su último domicilio en la ciudad de San Miguel; de parte de la señora
SANTA MARGARITA RAMÍREZ DE SMITH GILLESPIE, cono-
cida por SANTA MARGARITA RAMÍREZ CASTRO, de cincuenta
y cinco años de edad, comerciante, de este domicilio, con documento
único de identidad cero cero ochocientos sesenta y cinco mil cincuenta
y nueve- cero y Tarjeta de Identificación Tributaria un mil doscientos
diecisiete- doscientos setenta mil trescientos cincuenta y seis- cero cero
cuatro- cuatro, en calidad de Heredera Testamentaria.
Confiérasele a la aceptante en el carácter aludido la Administración
y Representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente y se CITA a los que se crean
con Derecho a la Herencia referida, para que se presenten a deducirlo
dentro del término de quince días a partir del siguiente al de la última
publicación del presente edicto.
Lo que se pone a disposición del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la ciudad
de San Miguel, a las once horas y cincuenta minutos del día veinticinco de
mayo del dos mil doce.- Lic. CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. Licda. CLELIS
DINORA LAZO ANDRADE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001948-3
JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las trece horas
del día veintiuno de mayo del año dos mil doce, en las diligencias de
Aceptación de Herencia Testamentaria, clasificadas con el Número Único
de Expediente: 00297-1-DV-1CM1/87-04, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Testamentaria
dejada por el causante, señor Salvador Roberto Campos Campos, quien
fue de ochenta años de edad, casado, originario de Moncagua, Departa-
mento de San Miguel, de Nacionalidad Salvadoreña, del Domicilio del
Barrio San Felipe, Quinta Avenida Norte, Número Cuatrocientos cuatro,
de esta Ciudad, quien falleció a las diez horas con treinta minutos del día
seis de mayo del año dos mil once, entre Avenida Monseñor Romero y
Octava Calle Poniente, de esta Ciudad, a consecuencia de Infarto Agudo
del Miocardio, sin Asistencia Médica, habiendo sido éste su último
domicilio, habiendo formalizado TESTAMENTO ABIERTO, en esta
ciudad, a las dieciséis horas del día diecisiete de noviembre del año mil
novecientos noventa y ocho, ante los oficios del Notario José Álvaro
Alegría Zelaya; de parte de la señora Blanca Haydee Ortiz de Campos,
de ochenta y tres años de edad, Pensionada o Jubilada, del domicilio
de la Ciudad y Departamento de San Miguel, con Documento Único
de Identidad Número Cero cero trescientos noventa y dos mil ciento
setenta y cuatro- dos, y con Número de Identificación Tributaria un
mil doscientos nueve- doscientos ochenta mil doscientos veintinueve-
cero cero uno- siete; en concepto de Heredera Universal asignada en el
Testamento Abierto otorgado por el causante de los bienes dejados el
mismo, y se le ha conferido a la aceptante, en el carácter antes indicado,
la Administración y Representación interina de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente que
regula el Artículo 480 Código Civil.
Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley,
en consecuencia, se citan a los que se crean con derecho a la Herencia
para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados
desde el siguiente a la tercera publicación del edicto, en el expresado
periódico.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Miguel,
a las trece horas con veinticinco minutos del día veintiuno de mayo del
año dos mil doce. Lic. JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ,
JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
Licda. MARTA ERICELDA BONILLA RIVERA, SECRETARIA DE
ACTUACIONES.
3 v. alt. No. C001949-3
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139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE
LA CIUDAD DE SAN SALVADOR.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a
las quince horas y treinta minutos del día dieciocho de octubre de mil
novecientos noventa y seis, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida
en esta ciudad, su último domicilio, a las veintidós horas del día trece
de mayo de mil novecientos setenta y siete, dejó el señor PRUDENCIO
MÉNDEZ CRESPIN, conocido por PRUDENCIO MÉNDEZ, de parte de
los señores NINO CAMPOS PÉREZ, MARTA ROMANA PÉREZ DE
QUINTANILLA, en su concepto de cesionarios del Derecho Hereditario
que en la presente sucesión les correspondía a las señoras JULIA PÉREZ,
PAULINA MÉNDEZ DE CANTOR, conocida por PAULINA MÉNDEZ
PÉREZ y por PAULINA MÉNDEZ DE CANTOR, y RAFAELA PÉREZ
MÉNDEZ, en su concepto de sobrina del causante arriba mencionado.
Confiérase a los aceptantes la Administración y Representación Interina
de la sucesión con las facultades y representaciones de los curadores de
la Herencia Yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las ocho
horas con cuarenta y cinco minutos del día once de mayo del año dos mil
doce. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.
IVONNE LIZZETTE FLORES GONZÁLEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040896-3
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. AL PÚBLICO PARA
EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas quince
minutos del día veintiocho de mayo del presente año, se ha tenido por
aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada
que a su defunción dejó el causante señor JOSÉ HÉCTOR GONZÁLEZ
CHÁVEZ, conocido por JOSÉ HÉCTOR GONZÁLEZ y por HÉCTOR
GONZÁLEZ; quien fue de noventa y dos años de edad, fallecido el día
dos de marzo de dos mil once, siendo esta ciudad el lugar de su último
domicilio; de parte de los señores MARÍA ETELBINA GUTIÉRREZ DE
GONZÁLEZ, conocida por ETELVINA GUTIÉRREZ, por ETELBINA
GUTIÉRREZ DE GONZÁLEZ y por MARÍA ETELVINA GUTIÉ-
RREZ, en calidad de cónyuge del causante, y los señores HÉCTOR
FRANCISCO GONZÁLEZ GUTIÉRREZ, ANA LEONOR GONZÁ-
LEZ GUTIÉRREZ, ALBA TEREZA GONZÁLEZ DE DUEÑAS y
MARIO SANTIAGO GONZÁLEZ GUTIÉRREZ, en calidad de hijos
del causante. Confiriéndosele a los aceptantes en el carácter indicado
la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL, San Miguel, a las once horas dieciséis minutos del día veintiocho de
mayo de dos mil doce.- Licda. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES,
JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. Licda. IVONNE
JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. F040911-3
LICENCIADA MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA,
JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO
DE USULUTAN,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las catorce
horas y treinta minutos del día ocho de marzo del año dos mil doce,
se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
Herencia Intestada de los bienes que a su defunción dejó la causante
MARIA CELIA FAGOAGA DE RIVAS, quien falleció a las seis
horas del día seis de octubre del año de mil novecientos sesenta y dos,
en el Barrio La Parroquia, de esta ciudad, siendo esta misma ciudad
su último domicilio de parte de MARIA CELIA LOPEZ conocida por
MARIA CELIA BAUTISTA, en calidad de cesionaria de los derechos
hereditarios que le correspondían a los señores MARIO BAUTISTA
LOPEZ, REYES DOLORES LOPEZ DE LANDAVERDE, RAFAEL
CATALINO BAUTISTA LOPEZ, MARIA ESPERANZA LOPEZ,
JOSE ATILIO LOPEZ, en calidad de hijos de la señora SUSANA
LOPEZ FAGOAGA; quien era también abuela de la aceptante; así como
cesionaria de los derechos que le correspondían a los señores ANGEL
NEFTALI MENDOZA LOPEZ, SAUL ANTONIO BAUTISTA, en
calidad de hermanos de la aceptante señora MARIA CELIA LOPEZ
conocida por MARIA CELIA BAUTISTA, ya que esta última es hija
de CATALINA DEL SOCORRO LOPEZ conocida por SOCORRO
BAUTISTA, CATALINA DEL SOCORRO LOPEZ conocida por SO-
CORRO BAUTISTA; quien es hija de SUSANA LOPEZ FAGOAGA
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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395y CATALINO BAUTISTA; SUSANA LOPEZ FAGOAGA, es hija
de MANUEL LOPEZ y de DOLORES FAGOAGA DE LOPEZ; y la
señora DOLORES FAGOAGA DE LOPEZ, es la única hermana de la
causante MARIA CELIA FAGOAGA DE RIVAS, y tía de la aceptante
MARIA CELIA LOPEZ conocida por MARIA CELIA BAUTISTA por
lo que se le confiere a la aceptante antes mencionada la administración y
representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho para que dentro del término
de ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus derechos, lo que se
pone en conocimiento del público, para los efectos legales consiguien-
tes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las catorce
horas y cincuenta minutos del día ocho de marzo del año dos mil doce.
LICDA. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA,
JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA
BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040915-3
CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. -
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las quince horas y treinta minutos del día veintiocho de mayo del año
dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor VENTU-
RA RODRIGUEZ FRANCO, conocido por BENTURA RODRIGUEZ,
VENTURA RODRIGUEZ, y por BUENAVENTURA RODRIGUEZ,
quien fue de ochenta y seis años de edad, agricultor, salvadoreño,
originario de la ciudad de San Vicente, hijo de los señores TORIBIO
RODRIGUEZ y APOLONIA FRANCO, fallecido a las quince horas del
día veintinueve de octubre de mil novecientos noventa y cuatro, siendo
su último domicilio en Chirilagua, departamento de San Miguel; de parte
de los señores JOSE ANTONIO RODRIGUEZ CHAVEZ, de 55 años
de edad, empleado, con domicilio actual en la ciudad de Washington,
distrito de Columbia, Estados Unidos de América, con documento Único
de Identidad cero tres tres uno uno cero uno seis - nueve y con tarjeta
de identificación tributaria un mil doscientos seis- cero sesenta mil
seiscientos cincuenta y cinco- ciento tres- cinco; MARIA DE LA PAZ
RODRIGUEZ DE PAZ, TAMBIÉN CONOCIDA COMO MARIA DE
LA PAZ RODRIGUEZ CHAVEZ, de 58 años de edad, empleada, con
domicilio actual en la ciudad de Hyattsville, estado de Maryland, Estados
Unidos de América, con documento Único de Identidad cero dos ocho
cuatro cero uno uno seis -cinco y tarjeta de identificación tributaria un
mil doscientos seis-cero diez mil doscientos cincuenta y dos-ciento dos-
cero; MARIA CARMEN VASQUEZ, CONOCIDA TAMBIÉN COMO
MARIA CARMEN RODRÍGUEZ DE VASQUEZ Y POR MARIA
CARMEN RODRIGUEZ, de 51 años de edad, empleada, con domicilio
actual en la ciudad de Washington, distrito de Columbia, Estados Unidos
de América, con número de pasaporte Estadounidense: cuatro seis cero
seis cuatro cuatro uno ocho nueve, extendido el día 17 de noviembre del
año dos mil nueve, y tarjeta de identificación tributaria un mil doscientos
seis- cero diez mil ciento cincuenta y nueve- ciento seis- siete; SARA
CELY RODRIGUEZ CHAVEZ, TAMBIÉN CONOCIDA COMO SARA
CELY RODRIGUEZ Y POR SARA CELIS RODRIGUEZ, de 44 años
de edad, empleada, con domicilio actual en la ciudad de Hyattsville,
Estado de Maryland, Estados Unidos de América, con documento Único
de Identidad cero cuatro tres siete cinco dos tres uno- uno y tarjeta de
identificación tributaria número: un mil doscientos seis- ciento vein-
tiún mil sesenta y seis-ciento uno- dos; JOSE TOMAS RODRIGUEZ
CHÁVEZ, de 64 años de edad, empleado, con domicilio actual en la
ciudad de Hyattsville, Estado de Maryland, Estados Unidos de América,
Con documento Único de Identidad cero tres siete cero dos ocho nueve
nueve- cero y tarjeta de identificación tributaria un mil doscientos seis-
cien mil cuatrocientos cuarenta y seis-ciento dos- tres; JOSE AQUILINO
RODRIGUEZ CHAVEZ, de 62 años de edad, empleado, con domicilio
actual en la ciudad de Hyattsville, Estado de Maryland, estados unidos de
América, con pasaporte ordinario salvadoreño cero cero dos ocho cuatro
cero uno cero siete, extendido el día 7 de abril de dos mil diez, y tarjeta
de identificación tributaria un mil doscientos seis-doscientos cincuenta
mil seiscientos cuarenta y ocho- cero cero uno- cuatro; ANGELITA
RODRIGUEZ DE MARCIA, de 50 años de edad, empleada, con domi-
cilio actual en la cuidad de Washington, Distrito de Columbia, Estados
Unidos de América, con pasaporte ordinario salvadoreño número: RE
cero dos ocho uno tres siete siete, extendido el día 27 de octubre de dos
mil ocho y tarjeta de identificación tributaria número: un mil doscientos
seis- ciento un mil ciento sesenta- ciento uno-nueve; MARIA ELVIRA
RODRIGUEZ CHAVEZ, de 53 años de edad, empleada, con domicilio
actual en la ciudad de Hyattsville, Estado de Maryland, Estados Unidos
de América, con documento Único de Identidad cero cuatro tres siete
uno seis cinco cuatro- tres y tarjeta de identificación tributaria un mil
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141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. doscientos seis- doscientos cuarenta mil ciento cincuenta siete- ciento
uno- cero; CELESTINO RODRIGUEZ CHAVEZ, de 69 años de edad,
agricultor en pequeño, con domicilio en Chirilagua, departamento de San
Miguel, con documento Único de Identidad cero dos dos cinco uno dos
seis uno- siete y tarjeta de identificación tributaria un mil doscientos seis-
doscientos mil doscientos cuarenta y uno- ciento uno- siete; y MARIA
DE LA CRUZ RODRIGUEZ DE PEREIRA, de 60 años de edad, de
oficios domésticos, con domicilio en Chirilagua, departamento de San
Miguel, con documento Único de Identidad cero uno tres dos dos cinco
siete nueve-cero y tarjeta de identificación tributaria un mil doscientos
seis- doscientos mil quinientos cincuenta- ciento uno- siete, todos en
calidad de hijos del causante Confiéraseles a los aceptantes en el carácter
aludido la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente y
se CITA a los que se crean con derecho a la Herencia referida, para que
se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir del
siguiente al de la última publicación del presente edicto.
Lo que se pone a disposición del público para los efectos de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, A LAS QUIN-
CE HORAS Y CINCUENTA MINUTOS DEL VEINTIOCHO DE
MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE. LIC. CRISTIAN ALEXANDER
GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC.
CLELIS DINORA LAZO ANDRADE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040924-3
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado
a las nueve horas con diez minutos del día veintisiete de marzo del
corriente año, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante
señor JAIME NAPOLEON PINEDA ROMERO, fallecido a la una
hora treinta minutos, del día veinticuatro de abril de dos mil nueve
en San Salvador, siendo esta Ciudad de Chinameca Departamento de
San Miguel, su último domicilio; de parte de la señora Marta Alicia
Méndez Zúniga, de treinta y siete años de edad, de oficios domésticos
del domicilio de Jucuapa, Departamento de Usulután, con Documento
Único de Identidad número: Cero cero ocho dos uno dos cuatro ocho
guión uno; y con Tarjeta de Identificación Tributaria número: Un mil
ciento nueve- veintinueve once setenta y tres - ciento uno - cuatro en
su concepto de conviviente sobreviviente.- Nómbrase a la aceptante en
el carácter dicho administradora y representante interina de la sucesión
de que se trata con las facultades y restricciones que corresponden a los
curadores de la herencia.- Publíquense los edictos de Ley.-
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley. -
Librado en el Juzgado de Primera Instancia Chinameca, a las
nueve horas con veinte minutos del día veintisiete de marzo de dos mil
doce.-LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040988-3
GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL:
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las catorce horas y treinta minutos este día, se ha declarado Heredero
Ab-intestato, con Beneficio de Inventario del señor JOSÉ ANTONIO
LARIN, quien falleció a las quince horas del día diecisiete de agosto del
año de mil novecientos ochenta, en Cantón El Yomo, Jurisdicción de
Alegría, Departamento de Usulután, siendo la Jurisdicción de Alegría,
Departamento de Usulután, su último domicilio, de parte del señor JOSÉ
GONZALO LARIN AYALA, en calidad de hijo del causante.
Confiriéndosele al aceptante dicho la Administración, y Represen-
tación Legal Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: San-
tiago de María, a los treinta y un días del mes de Mayo del año dos mil
doce. LICDA. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SANDRA ELIZABETH GOMEZ
GARAY, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F041005-3
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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395TiTUlo DE ProPiEDaD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL VILLA ARCATAO,
DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado el Lic.
EDGARDO ARISTIDES ALEMAN JAIME de generales conocidas,
en su calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de
la señora ANGELA ALEMAN DE DUBON, de setenta y cuatro años
de edad, de Oficios Domésticos, casada, del domicilio de Ilopango,
Departamento de San Salvador; MANIFESTANDO: Que su represen-
tada es dueña y actual poseedora de buena fe en forma quieta pacífica,
continua e ininterrumpida de un inmueble, el cual está solicitando se le
extienda TITULO DE PROPIEDAD, dicho inmueble de naturaleza
urbana y construcciones que contiene, situado en el Barrio El Centro,
calle principal Franklin Pineda, sin número, Jurisdicción de Arcatao,
Departamento de Chalatenango, con una extensión superficial de SIETE
MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO PUNTO CERO NUEVE
METROS CUADRADOS equivalentes a ONCE MIL SETENTA Y
UNA PUNTO SESENTA Y SEIS VARAS CUADRADAS, el cual
tiene las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE. partiendo del
vértice Nor Poniente está formado por diecisiete tramos con los siguien-
tes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur sesenta y siete grados dieciséis
minutos cincuenta y cuatro segundos Este con una distancia de diez
punto dieciséis metros; Tramo dos, Norte cincuenta y dos grados trein-
ta y tres minutos cuarenta y cinco segundos Este con una distancia de
tres punto ochenta metros; Tramo tres, Norte setenta y cinco grados
diecisiete minutos treinta y siete segundos Este con una distancia de diez
punto veintiséis metros; Tramo cuatro, Norte cincuenta y cuatro grados
cero minutos dieciséis segundos Este con una distancia de uno punto
veinticuatro metros; Tramo cinco, Norte sesenta y ocho grados treinta
y nueve minutos siete segundos Este con una distancia de trece punto
ochenta y dos metros; Tramo seis, Norte sesenta y siete grados veintiséis
minutos veintisiete segundos Este con una distancia de ocho punto
ochenta y seis metros; Tramo siete, Norte setenta y un grados cuarenta
y ocho minutos veintiocho segundos Este con una distancia de seis
punto veintiséis metros; Tramo ocho, Norte ochenta y ocho grados cero
minutos cuarenta y seis segundos Este con una distancia de cinco punto
cincuenta y nueve metros, colindando en estos tramos con terreno pro-
piedad de la señora Alicia Rivera de Guardado; Tramo nueve, Sur se-
senta y cinco grados cincuenta minutos treinta y ocho segundos Este
con una distancia de siete punto cuarenta y ocho metros; Tramo diez,
Sur cincuenta y dos grados cuarenta y un minutos cuarenta y cinco se-
gundos Este con una distancia de cinco punto veintidós metros, colin-
dando en estos tramos con terreno propiedad del señor Ovidio Dubón;
Tramo once, Sur veintitrés grados ocho minutos treinta y cuatro segun-
dos Este con una distancia de ocho punto cero seis metros; Tramo doce,
Sur dieciocho grados siete minutos veintitrés segundos Este con una
distancia de catorce punto setenta y seis metros, colindando en estos
tramos con terreno propiedad del señor Osmín Rivera Dubón; Tramo
trece, Sur trece grados veintitrés minutos veintisiete segundos Este con
una distancia de cuatro punto sesenta y nueve metros; Tramo catorce,
Sur dos grados un minuto siete segundos Este con una distancia de
siete punto cero cuatro metros; Tramo quince, Sur seis grados siete
minutos cinco segundos Oeste con una distancia de uno punto veintitrés
metros; Tramo dieciséis, Sur catorce grados veinte minutos siete segun-
dos Oeste con una distancia de tres punto cero ocho metros; Tramo
diecisiete, Sur treinta y cuatro grados veinticinco minutos treinta y seis
segundos Oeste con una distancia de uno punto ochenta y cinco metros,
colindando en estos tramos con terreno propiedad de la señora Victo-
riana Navarro viuda de Crespín. AL ORIENTE, partiendo del vértice
Nor Oriente está formado por veintidós tramos con los siguientes rum-
bos y distancias: Tramo uno, Sur cincuenta y seis grados veintidós
minutos tres segundos Oeste con una distancia de dos punto cuarenta y
ocho metros; Tramo dos, Sur cincuenta y dos grados cuarenta y nueve
minutos diecinueve segundos Oeste con una distancia de tres punto
quince metros; Tramo tres, Sur setenta y dos grados cuarenta y tres
minutos cincuenta y cuatro segundos Oeste con una distancia de tres
metros; Tramo cuatro, Sur cuarenta y un grados cuarenta y ocho minu-
tos treinta y seis segundos Oeste con una distancia de diez punto cua-
renta y siete metros; Tramo cinco, Sur cuarenta y cuatro grados cincuen-
ta y un minutos cincuenta y seis segundos Oeste con una distancia de
ocho punto veintinueve metros; Tramo seis, Sur cuarenta y siete grados
cinco minutos seis segundos Oeste con una distancia de cinco punto
cero seis metros; Tramo siete, Sur cincuenta y un grados cincuenta y
tres minutos cuarenta y seis segundos Oeste con una distancia de tres
punto treinta y seis metros; Tramo ocho, Sur veintiocho grados treinta
y seis minutos dos segundos Oeste con una distancia de diez punto
noventa y tres metros; Tramo nueve, Sur cuarenta y siete grados dieci-
séis minutos diecinueve segundos Oeste con una distancia de seis
punto treinta metros; Tramo diez, Sur treinta y seis grados catorce mi-
nutos veintiún segundos Oeste con una distancia de ocho punto once
metros; Tramo once, Sur veintiséis grados veintiocho minutos catorce
segundos Oeste con una distancia de cinco punto cero siete metros;
tramo doce, Sur tres grados treinta y cinco minutos cincuenta y tres
segundos Oeste con una distancia de cinco punto veintidós metros;
Tramo trece, Sur cincuenta grados cuarenta y cinco minutos veinte se-
gundos Este con una distancia de cinco punto setenta y un metros, co-
lindando en estos tramos con terreno propiedad de la Asociación Co-
munal Héroes Once de Abril, quebrada de por medio; Tramo catorce,
Sur un grado veintinueve minutos cuarenta y tres segundos Este con una
distancia de tres punto veintiún metros; Tramo quince, Sur cuarenta y
tres grados diez minutos cuatro segundos Este con una distancia de uno
punto noventa y un metros; Tramo dieciséis, Sur dieciocho grados
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143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. cuarenta y un minutos cincuenta y tres segundos Este con una distancia
de tres punto treinta y un metros; Tramo diecisiete, Sur cero grados
cuarenta y seis minutos veintiséis segundos Oeste con una distancia de
dos punto diecinueve metros; Tramo dieciocho, Sur quince grados
cincuenta y siete minutos un segundo Oeste con una distancia de cuatro
punto sesenta y tres metros; Tramo diecinueve, Sur veinte grados ocho
minutos cuarenta segundos Oeste con una distancia de tres punto cin-
cuenta y cuatro metros; Tramo veinte, Sur treinta y siete grados treinta
y nueve minutos veinticinco segundos Oeste con una distancia de die-
cisiete punto cuarenta y nueve metros; Tramo veintiuno, Sur cincuenta
y nueve grados cincuenta y cuatro minutos dieciséis segundos Oeste con
una distancia de ocho punto sesenta y un metros; Tramo veintidós, Sur
ochenta y nueve grados veinte minutos treinta y un segundos Oeste con
una distancia de seis punto veinticinco metros, colindando en estos
tramos con terreno propiedad de la Asociación Comunal Héroes Once
de Abril. AL SUR, Partiendo del vértice Sur Oriente está formado por
trece tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte
doce grados cincuenta y un minutos once segundos Oeste con una dis-
tancia de seis punto cincuenta y ocho metros; Tramo dos, Norte cero
grados cincuenta y cinco minutos cuarenta y cuatro segundos Este con
una distancia de cinco punto ochenta y cuatro metros; Tramo tres, Nor-
te diecisiete grados cinco minutos veintidós segundos Oeste con una
distancia de siete punto noventa y seis metros; Tramo cuatro, Norte once
grados cuarenta y cuatro minutos cuarenta y seis segundos Oeste con
una distancia de siete punto cero un metros; Tramo cinco, Norte treinta
y ocho grados cuarenta y ocho minutos cuarenta y ocho segundos Oes-
te con una distancia de dos punto veintisiete metros; Tramo seis, Norte
dieciocho grados cero minutos treinta y dos segundos Oeste con una
distancia de cinco metros; Tramo siete, Norte cincuenta y dos grados
cuarenta y seis minutos cincuenta y un segundos Oeste con una distan-
cia de catorce metros; Tramo ocho, Norte veintiséis grados cincuenta y
cuatro minutos once segundos Oeste con una distancia de cinco punto
ochenta y un metros; Tramo nueve, Norte veintinueve grados cuarenta
y dos minutos treinta y cuatro segundos Oeste con una distancia de
cinco punto noventa y ocho metros; Tramo diez, Norte veintidós grados
trece minutos cincuenta y cinco segundos Oeste con una distancia de
cinco punto setenta y cuatro metros; Tramo once, Norte setenta y nueve
grados treinta y tres minutos cuarenta y seis segundos Oeste con una
distancia de uno punto cuarenta y dos metros; Tramo doce, Norte tres
grados dieciséis minutos cincuenta y dos segundos Este con una distan-
cia de ocho punto veintidós metros; Tramo trece, Norte setenta y nueve
grados treinta y un minutos cincuenta y un segundos Oeste con una
distancia de trece punto cuarenta y tres metros, colindando en estos
tramos con terreno propiedad del señor Herminio Dubón Hércules,
conocido por Herminio Dubón. AL PONIENTE, partiendo del vértice
Sur Poniente está formado por cinco tramos con los siguientes rumbos
y distancias: Tramo uno, Norte veintiún grados diecisiete minutos
treinta y siete segundos Este con una distancia de veintiocho punto
noventa y un metros, colindando en este tramo con terreno propiedad
del señor Cecilio Alvarenga, colindante ya tallecido, hoy lo es el señor
José Milton Monge Alvarenga, nieto del señor Cecilio Alvarenga, calle
principal pública de por medio; Tramo dos, Norte treinta y cinco grados
doce minutos treinta segundos Este con una distancia de diez punto
setenta y dos metros; Tramo tres, Norte cuarenta y dos grados veintitrés
minutos treinta y dos segundos Este con una distancia de siete punto
cincuenta y un metros; Tramo cuatro, Norte treinta grados cincuenta y
tres minutos cuarenta y nueve segundos Este con una distancia de ca-
torce punto ochenta y cuatro metros; Tramo cinco, Norte veinticinco
grados treinta y tres minutos dieciséis segundos Este con una distancia
de tres punto ochenta y un metros, colindando en estos tramos con te-
rreno propiedad del señor Nelson Ayala, calle principal pública de por
medio. Así se llega al vértice Nor Poniente, que es donde se inicio la
presente descripción. El inmueble descrito no es dominante ni sirviente,
ni tiene cargos o derechos reales ajenos pertenecientes a otra persona
que deban respetarse ni está en proindivisión con nadie, que lo adquirió
por compraventa que le hizo la señora Clemencia Echeverría Dubón,
quien vive en la República de Honduras, desconociendo su domicilio
actual, quien en aquel entonces era de cincuenta y siete años de edad,
de oficios domésticos, del domicilio del Paraíso, Departamento de
Chalatenango. Presentando la ficha catastral respectiva, todos los colin-
dantes son de este domicilio excepto Herminio Dubón Hércules cono-
cido por Herminio Dubón quien es del domicilio de llopango, Departa-
mento de San Salvador y Ovidio Dubón, quien vive en los Estados
Unidos de América, el inmueble lo valúa en la suma de CUATRO MIL
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los
demás efectos de Ley correspondientes.
ALCALDÍA MUNICIPAL Villa Arcatao, Departamento de
Chalatenango, a las nueve horas del día nueve de Mayo de dos mil doce.
JOSE ALBERTO AVELAR AVELAR, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC-
DA. MARIA INES VALLES PEREZ, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C001833-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
SAN FRANCISCO CHINAMECA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ.
Al público en general para los efectos de Ley, por medio del presente:
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora
MARTA HORTENSIA TORRES DE RIVERA conocida tributariamente
por MARTA HORTENCIA TORRES FAJARDO, quien es de cuarenta
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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395años de edad, Estilista, del domicilio de Santo Tomás, Departamento de
San Salvador, actualmente pero originaria y a vecindada de esta Juris-
dicción, con Documento Único de Identidad Número cero dos millones
trescientos treinta y siete mil novecientos ochenta y dos - seis, y con
Tarjeta de Identificación Tributaria número cero seiscientos diecinueve
- ciento noventa mil quinientos setenta - ciento tres - nueve.- El cual
ha solicitado con base en el Código Civil y en la Ley sobre Títulos de
Predios Rurales que se le extienda TITULO DE PROPIEDAD, sobre
el inmueble de naturaleza Rústica, ubicado en el CANTON CAN-
DELARIA, Municipio de San Francisco Chinameca, Departamento
de La Paz, con una extensión superficial de SIETE HECTARIAS UN
MIL DOSCIENTOS TRES PUNTO OCHENTA Y OCHO METROS
CUADRADOS, equivalentes a DIEZ MANZANAS. Siendo la descrip-
ción técnica así: LINDERO NORTE: formado por ocho tramos con las
siguientes distancias: Tramo Uno, con una distancia de diecisiete punto
sesenta y nueve metros; Tramo dos, con una distancia de doce punto
sesenta y siete metros; Tramo tres, con una distancia de once punto
setenta y cinco metros; Tramo Cuatro, con una distancia de once punto
treinta y nueve metros; Tramo cinco, con una distancia de ocho punto
cuarenta y siete metros; Tramo seis, con una distancia de veinte punto
cuarenta y tres metros; Tramo siete, con una distancia de quince punto
cero cuatro metros; Tramo ocho, con una distancia de nueve punto treinta
y siete metros; colindando con propiedad del señor Serrano Cornelio,
con río de por medio. LINDERO ORIENTE: formada por doce tramos
con las siguientes distancias; Tramo uno, con una distancia de cuatro
punto veintidós metros; Tramo dos, con una distancia de veintiocho
punto cincuenta y nueve metros; colindando con propiedad del Señor
Daniel Martínez con cerco de púas; Tramo tres, con una distancia de
veinticinco punto treinta metros; Tramo cuatro; con una distancia de
treinta y cinco punto treinta y cuatro metros; colindado con propiedad
del señor Margarito Martínez, con cerco de púas; Tramo cinco, con una
distancia de setenta y seis punto treinta y un metros; Tramo seis, con
una distancia de ciento treinta y cuatro punto cincuenta y siete metros;
Tramo siete, con una distancia de veintiséis punto setenta y siete metros,
colindando con propiedad de la Señora Salvadora Martínez, con cerco
de púas; Tramo ocho, con una distancia de cuatro punto sesenta y cinco
metros; Tramo nueve, con una distancia de cuarenta y seis punto noventa
y ocho metros; Tramo Diez, distancia de veinticuatro punto setenta y
un metros; colindando con propiedad de la Señora Berta de González
con cerco de púas, Tramo once, con una distancia de veinticinco punto
diecisiete metros; Tramo doce, una distancia de veintidós punto cero
ocho metros, colindando con propiedad de la Señora Berta de González,
con cerco de púas; LINDERO SUR; formado por once tramos con las
siguientes distancias: Tramo uno, con una distancia de sesenta y dos
punto cincuenta y ocho metros; colindando con propiedad del Señor
Javier González con cerco de púas; Tramo dos, con una distancia de ocho
punto cincuenta y ocho metros; Tramo Tres, con una distancia de nueve
punto setenta y siete metros; Tramo cuatro, con una distancia de dieciséis
punto setenta y un metros; Tramo Cinco, con una distancia veinticinco
punto treinta y dos metros; Tramo seis, con una distancia de dieciséis
punto trece metros; colindando con el señor Medardo González, con
cerco de púas, Tramo siete, con una distancia de tres punto veinticuatro
metros; Tramo Ocho, con una distancia de once punto quince metros,
Tramo nueve, con una distancia de once punto setenta y dos metros;
colindando con propiedad del señor Robustiano Martínez con servidum-
bre de acceso de tres metros de ancho de por medio; Tramo diez, con
una distancia de catorce punto cero seis metros; Tramo once, con una
distancia de cincuenta y un punto treinta y cuatro metros, colindando
con propiedad del señor Oscar Quezada con cerco de púas; LINDERO
PONIENTE está formado por diez tramos con las siguientes distancias;
Tramo Uno, con una distancia de catorce punto cuarenta y siete metros;
Tramo dos, con una distancia de treinta y cuatro punto cuarenta y tres
metros; Tramo Tres, con una distancia de catorce punto cero dos me-
tros; Tramo cuatro, con una distancia de veintisiete punto once metros;
Tramo cinco, con una distancia de un punto cero cinco metros; Tramo
seis, con una distancia de un punto diecisiete metros; Tramo siete, con
una distancia de cincuenta y cuatro punto catorce metros; Tramo ocho,
con una distancia de diez punto cincuenta y nueve metros; Tramo nueve,
con una distancia de ocho punto noventa y un metros; Tramo diez, con
una distancia de doscientos setenta y cuatro punto cero tres metros,
colindando con propiedad del señor Manuel Najarro con cerco de púas.
El inmueble anteriormente descrito lo adquirió por medio del señor
Héctor Torres Sibrián, quien es padre de la solicitante ya fallecido y
éste lo adquirió por medio del señor Anacleto Torres ya fallecido. Y ha
tenido la posesión material ejercida en forma quieta, estable y notoria
e ininterrumpida por más de TREINTA años unida a la de su padre. El
referido inmueble no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión
con otra persona. Tal inmueble se valúa en DIEZ MIL DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
San Francisco Chinameca, Departamento de La Paz, a los cuatro
días del mes de abril del año dos mil doce. ELIEZER MARTINEZ
CORTEZ, ALCALDE MUNICIPAL. NEMORIO INDALECIO
RAUDA CUELLAR, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F040920-3
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145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. TiTUlo SUPlETorio
ULISES MENJÍVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. AL PÚBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
MANUEL DE JESÚS RIVAS CARDOZA, en el carácter de Apoderado
General Judicial de la señora CRISTINA GUADALUPE GUTIÉRREZ,
promoviendo diligencias de Título Supletorio, de un inmueble de
naturaleza rústico, situado en el Cantón Gutiérrez, jurisdicción de
Dulce Nombre de María, Chalatenango; de una extensión superficial
de QUINIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS, de las
medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: Comienza de un
mojón de cemento, continúa en línea recta hacia el Norte hasta llegar a
otro mojón de cemento, divididos por cerco de alambre del terreno que
se describe, colinda con Antonio Gutiérrez, AL NORTE: Del mojón
de cemento antes mencionado, continúa en línea recta hasta llegar a
otro mojón de cemento esquinero, divididos por cerco de alambre del
colindante y colinda con Rubén Gutiérrez; AL PONIENTE: Del mojón
de cemento antes mencionado, continúa en línea recta hasta llegar a otro
mojón de cemento que forma esquina, divididos por cerco de alambre
del terreno que se describe, colinda con Blanca Gutiérrez; y AL SUR:
Del mojón de cemento antes mencionado continúa en línea recta, hasta
llegar al mojón de cemento donde se comenzó la descripción, divididos
por cerca de alambre del terreno que se describe, colinda con Blanca
Gutiérrez. Dicho inmueble la señora antes mencionada lo ha adquirido
por compra hecha al señor DOMINGO ANTONIO GUTIÉRREZ. El
inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión
alguna y lo valúa en la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de
María, Departamento de Chalatenango, a los veintiocho días del mes de
mayo del año dos mil doce.- Lic. ULISES MENJÍVAR ESCALANTE,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. OSCAR IMERY HERNÁNDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001938-3
JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,
AL PÚBLICO PARA LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado el Licenciado
SANTOS OVIDIO GARCÍA MEJÍA, como Apoderado General Judicial
del señor ENCARNACIÓN MÉNDEZ, de setenta y tres años de edad,
jornalero, de este domicilio, solicitando se le extienda TÍTULO SUPLE-
TORIO a favor del referido señor, de un inmueble de naturaleza rústica,
situado en el Cantón Rojas, Jurisdicción de Sensuntepeque, Cabañas,
de la Extensión Superficial de SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA
Y SIETE PUNTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS
equivalentes UNA MANZANA CON TRESCIENTOS SETENTA
PUNTO OCHENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS. Que mide
y linda; AL SUR: Lindero formado por treinta tramos rectos con los
siguientes rumbos y distancias: tramo uno, Sur cincuenta y tres grados
cuarenta y tres minutos cincuenta y cuatro segundos Oeste, con dis-
tancia de cinco punto setenta y cuatro metros; tramo dos, Sur sesenta
grados dieciséis minutos catorce segundos Oeste, con distancia de uno
punto sesenta y seis metros; tramo tres, Sur cincuenta y tres grados
veinte minutos cuarenta y un segundos Oeste, con una distancia de uno
punto sesenta y dos metros; tramo cuatro, Sur cincuenta y un grados
catorce minutos cincuenta y siete segundos Oeste, con distancia de dos
punto treinta y seis metros; tramo cinco, Sur cincuenta y cuatro grados
cincuenta y ocho minutos diecisiete segundos Oeste, con distancia de
siete punto setenta y un metros; tramo seis, Sur cincuenta y dos grados
cincuenta y ocho minutos cuarenta y un segundos Oeste, con distancia
de tres punto setenta y cinco metros; tramo siete, Sur cincuenta y
cuatro grados cincuenta y ocho minutos veinticuatro segundos Oeste,
con distancia de tres punto ochenta y cuatro metros, tramo ocho, Sur
cincuenta y siete grados cero siete minutos doce segundos Oeste, con
distancia de seis punto once metros; tramo nueve, Sur cuarenta y siete
grados veintiún minutos treinta y dos segundos Oeste, con distancia
de tres punto noventa y ocho metros; tramo diez, Sur cincuenta y dos
grados cero dos minutos cero ocho segundos Oeste, con distancia de
tres punto trece metros: tramo once, Sur cincuenta y ocho grados
veinte minutos veinticinco segundos Oeste, con distancia de ocho
metros; tramo doce, Sur cuarenta grados veintiocho minutos cincuen-
ta y seis segundos Oeste, con distancia de tres punto diecisiete metros;
tramo trece, Sur cincuenta grados cuarenta y cuatro minutos treinta y
un segundos Oeste, con distancia de tres punto cuarenta metros; tramo
catorce, Sur cincuenta y cinco grados veinticinco minutos diecisiete
segundos Oeste, con distancia de dos punto cero un metros, tramo
quince, Sur cincuenta y dos grados cero cuatro minutos veintidós
segundos Oeste, con distancia de cinco punto sesenta y tres metros;
tramo dieciséis Sur sesenta y dos grados cuarenta y dos minutos
cuarenta y cinco segundos Oeste, con distancia de dos punto noventa
y nueve metros; tramo diecisiete, Sur cincuenta y cuatro grados
cuarenta y cinco minutos cero ocho segundos Oeste, con distancia de
siete punto sesenta y un metros; tramo dieciocho, Sur cincuenta y dos
grados cincuenta y un minutos cuarenta y dos segundos Oeste, con
distancia de tres punto trece metros; tramo diecinueve, Sur cincuenta
y tres grados cero minutos cuarenta y seis segundos Oeste, con distan-
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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395cia de seis punto quince metros; tramo veinte, Sur cincuenta y dos
grados cincuenta y cinco minutos dieciséis segundos Oeste, con distan-
cia de uno punto ochenta y siete metros; tramo veintiún, Sur cuarenta y
siete grados cero nueve minutos cero seis segundos Oeste, con distan-
cia de tres punto cuarenta y cuatro metros; tramo veintidós, Sur cin-
cuenta y cinco grados diecinueve minutos treinta y tres segundos
Oeste, con distancia de tres punto ochenta y nueve metros; tramo
veintitrés, Sur cincuenta y ocho grados catorce minutos veintiocho
segundos Oeste, con distancia de dos punto setenta y ocho metros;
tramo veinticuatro, Sur cincuenta y cinco grados cero tres minutos
veintiocho segundos Oeste, con dos punto setenta y tres metros; tramo
veinticinco, Sur cincuenta y tres grados treinta y siete minutos cero
dos segundos Oeste, distancia de cinco punto sesenta y tres metros;
tramo veintiséis, Sur cincuenta y dos grados treinta y cinco minutos
veinticuatro segundos Oeste, con distancia de once punto diez metros;
tramo veintisiete, Sur sesenta grados cuarenta y nueve minutos
cuarenta y siete segundos Oeste, con uno punto treinta metros; tramo
veintiocho, Sur sesenta y ocho grados cero un minutos cero tres segun-
dos Oeste, con distancia de uno punto cuarenta y tres metros; tramo
veintinueve, Sur sesenta y tres grados veintidós minutos cero tres se-
gundos Oeste, con distancia de uno punto setenta y un metros y tramo
treinta, Sur cincuenta y un grados cuarenta y siete minutos treinta y
cinco segundos Oeste, con distancia de seis punto ochenta y seis metros.
Colinda con inmuebles de: MARÍA LUZ AMANDA MEJÍA
MENDOZA, MARÍA BERNARDA MÉNDEZ DE BENÍTEZ,
GREGORIA VENTURA ARÉVALO y con CARRETERA
NACIONAL que conduce a CIUDAD VICTORIA de por medio.
AL PONIENTE: Lindero formado por quince tramos con los siguien-
tes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte cuarenta y siete grados
cuarenta y seis minutos treinta y un segundos, Oeste y con distancia
de diecinueve punto cincuenta y seis metros; tramo dos, Norte treinta
y cinco grados veintisiete minutos cero seis segundos Oeste y con
distancia de nueve punto cuarenta y cinco metros; tramo tres, Norte
quince grados treinta y cuatro minutos cuarenta segundos Oeste, con
distancia de ocho punto setenta y ocho metros; tramo cuatro, Norte
trece grados cero tres minutos treinta y cuatro segundos Este y con
distancia de ocho punto veintinueve metros; tramo cinco, Norte vein-
tidós grados diecinueve minutos veinte segundos Este y con distancia
de diecisiete punto cero seis metros; tramo seis, Norte catorce grados
cincuenta y cuatro minutos cero ocho segundos Este y con distancia
de diecinueve punto ochenta y cuatro metros; tramo siete, Norte vein-
tiocho grados veintisiete minutos treinta y cuatro segundos Oeste, con
distancia cinco punto noventa y seis metros; tramo ocho, Norte vein-
tidós grados cuarenta y cinco minutos veinticuatro segundos Este con
distancia de tres punto ochenta y un metros; tramo nueve, Norte cero
cuatro grados dieciséis minutos veinticinco segundos Este, con distan-
cia de uno punto setenta y siete metros; tramo diez, Norte veintitrés
grados treinta y un minutos quince segundos Oeste, con distancia de
dos punto treinta y ocho metros; tramo once, Norte cero cuatro grados
veintisiete minutos cuarenta y ocho segundos Oeste, con distancia de
dos punto cero seis metros; tramo doce, Norte cero ocho grados vein-
ticinco minutos cincuenta y nueve segundos Este, con distancia de tres
punto sesenta y ocho metros; tramo trece, Norte veinticinco grados
quince minutos treinta y ocho segundos Este, con distancia de ocho
punto cero ocho metros; tramo catorce, Norte cuarenta y nueve grados
veintidós minutos cuarenta y dos segundos Este, con distancia de
siete punto setenta metros y tramo quince, Norte dieciséis grados
cuarenta y tres minutos cincuenta y seis segundos Este, con distancia
de dos punto veintidós metros. Colinda con inmueble de TERESA
MÉNDEZ DE LÓPEZ. Lindero, por una parte bajada de agua lluvias
medianera y por otra parte Zanjuela de aguas lluvias de invierno de
por medio. AL NORTE: Lindero formado por veintiún tramos rectos
con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno, Sur veinticinco
grados veinticuatro minutos cuarenta y un segundos Este, con distancia
de dos punto cero seis metros; tramo dos Norte setenta y ocho grados
treinta y seis minutos treinta y un segundos Este, con distancia de uno
punto noventa y cinco metros; tramo tres, Sur cincuenta y cinco grados
cero ocho minutos cuarenta y siete segundos Este, con distancia de
uno punto sesenta y nueve metros; tramo cuatro, Sur setenta y ocho
grados treinta y cinco minutos cero tres segundos Este, con distancia
de cuatro punto cuarenta y cuatro metros; tramo cinco, Sur sesenta y
un grados cuarenta y dos minutos cincuenta y tres segundos Este, con
distancia de uno punto veinticinco metros; tramo seis, Sur ochenta
grados cero minutos cero dos segundos Este, con distancia de nueve
punto cuarenta metros; tramo siete, Sur ochenta y cuatro grados vein-
ticuatro minutos cincuenta segundos Este, con distancia de dos punto
cuarenta y ocho metros; tramo ocho, Sur ochenta y tres grados
cincuenta y cinco minutos doce segundos Este, distancia de siete
punto treinta metros; tramo nueve, Norte ochenta y dos grados trece
minutos treinta y nueve segundos Este, con distancia de tres punto
cuarenta y cinco metros; tramo diez, Sur ochenta y tres grados cin-
cuenta y cinco minutos veintiséis segundos Este, con distancia de
cinco punto cuarenta y dos metros; tramo once, Sur ochenta grados
treinta y cinco minutos cuarenta y cinco segundos Este, con distancia
de cinco punto cincuenta y cuatro metros; tramo doce, Sur setenta y
nueve grados cero nueve minutos diez segundos Este, con distancia de
tres punto diecinueve metros; tramo trece, Sur setenta y cuatro grados
cuarenta y nueve minutos veintiocho segundos Este, con distancia de
tres punto setenta y seis metros; tramo catorce, Sur setenta y seis
grados cuarenta y seis minutos doce segundos Este, con distancia de
cuatro punto veinte metros; tramo quince, Sur ochenta y dos grados
cuarenta y ocho minutos trece segundos Este con distancia de siete
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147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. punto cero nueve metros; tramo dieciséis, Sur ochenta y dos grados
cincuenta y un minutos treinta y cinco segundos Este, con distancia de
cuatro punto cuarenta y nueve metros, tramo diecisiete, Norte ochenta
y ocho grados cincuenta y cinco minutos treinta y tres segundos Este,
con distancia de seis punto noventa y cuatro metros, tramo dieciocho,
Sur ochenta y nueve grados trece minutos cincuenta y siete segundos
Este, con distancia de catorce punto cuarenta y ocho metros; tramo
diecinueve, Sur sesenta y siete grados treinta y tres minutos veinte
segundos Este, con distancia de cero punto noventa y siete metros;
tramo veinte, Norte ochenta y nueve grados treinta y cuatro minutos
veintiséis segundos Este, con distancia de cinco punto cuarenta y un
metros y tramo veintiún, Norte ochenta grados cero cinco minutos
veintitrés segundos Este, con distancia de siete punto veinte metros.
Linda con inmueble de ARTURO VILLANUEVA, lindero cerco de
alambre y piedra propio del inmueble que se describe. AL ORIENTE:
Lindero formado un tramo recto con rumbo, Sur cero tres grados
treinta y nueve minutos veintiocho segundos Este, con distancia de
dieciocho punto setenta y cuatro metros. Así se llega al vértice Sur
oriente, donde se inició la presente descripción técnica. Linda con
inmueble de JOSÉ MARIO MÉNDEZ HERNÁNDEZ y ARTURO
VILLANUEVA. Lindero línea imaginaria. Lo adquirió por compra-
venta que le hizo al señor JOSÉ SANTIAGO PONCE, en el año mil
novecientos setenta y tres, y lo valora en la cantidad de UN MIL
QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NOR-
TE AMÉRICA.
Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los catorce
días del mes de diciembre de dos mil once.- Lic. JOSÉ ÁNGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic.
HUGO ERNESTO MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040901-3
DOCTOR JULIO CÉSAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que ante este Juzgado se ha presentado la
Licenciada CLAUDIA BEATRIZ MATA JIMÉNEZ, en su calidad de
representante procesal de la solicitante señora Berta Irma Chinchilla
de García, solicitando obtener a favor de dicha señora TÍTULO
SUPLETORIO, de un inmueble rústico situado en el Cantón Santa Rosa
Acacalco, del Departamento de Ahuachapán, compuesto de un área
según Mapa Catastral de DOS MIL CINCUENTA Y CUATRO PUNTO
NUEVE METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL
NORTE, con la señora BERTA IRMA CHINCHILLA DE GARCÍA;
AL ORIENTE, con terreno de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE
PRODUCCIÓN AGROPECUARIA LA LABOR, DE RESPONSABI-
LIDAD LIMITADA; AL SUR, con terreno de la SOCIEDAD JULIO
O NOVOA E HIJOS Y COMPAÑÍA; AL PONIENTE, con terreno del
señor CARLOS ALFONSO MENDOZA.-
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de
ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las doce horas un mi-
nuto del día veinticinco de abril de dos mil doce. Dr. JULIO CÉSAR
FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CLAUDIA LELIN GUEVARA
DE PEÑATE, SECRETARIA TITULAR.
3 v. alt. No. F040902-3
JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,
AL PÚBLICO PARA LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licen-
ciada RUTH DINORA RIVAS MORALES, como Apoderada General
Judicial del señor MODESTO REYES GÓMEZ, de cincuenta y cinco
años de edad, agricultor, de este domicilio, solicitando se le extienda
TÍTULO SUPLETORIO a favor del referido señor de un inmueble de
naturaleza rústico situado en Cantón Azacualpa, Municipio de Victo-
ria, Departamento de Cabañas de una Extensión Superficial de MIL
CIENTO NOVENTA METROS CUADRADOS TREINTA Y CINCO
CENTÍMETROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE,
sesenta y ocho metros con treinta centímetros, con inmueble de María
Julia Reyes de Gómez y Jesús Reyes Gómez; AL NORTE, treinta y
un metros con inmueble de Medardo Reyes Pineda; AL PONIENTE,
cincuenta y siete metros con inmueble de María Julia Reyes de Gómez;
y AL SUR, siete metros con inmueble de María Julia Reyes de Gómez.
Lo adquirió por donación de hecho que le hizo su padre el señor Vicente
Reyes Cornejo, en el año mil novecientos noventa y cuatro; y lo valora
en VEINTISIETE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
NORTE AMÉRICA.
Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los trece días
del mes de abril de dos mil doce.- Lic. JOSÉ ÁNGEL POSADA CIS-
NEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. HUGO ERNESTO
MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040904-3
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148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395rENoVacioN DE MarcaS
No. de Expediente: 1971020301
No. de Presentación: 20120166986
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARIA
HAYDEE ARGÜELLO DE THILL mayor de edad, EMPRESARIA,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como RE-
PRESENTANTE LEGAL de LABORATORIOS ARSAL SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SAN SALVA-
DOR., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 20301 del Libro 00046 de REGISTRO DE
MARCAS, consistente en la palabra "POSTPARTINA"; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001940-3
No. de Expediente: 1971020299
No. de Presentación: 20120166987
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARIA
HAYDEE ARGÜELLO DE THILL, mayor de edad, EMPRESARIA,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
REPRESENTANTE LEGAL de LABORATORIOS ARSAL, SO-
CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 20299 del Libro 00046 de
REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "PARASITOL".;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001941-3
No. de Expediente: 1971020298
No. de Presentación: 20120166988
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARIA
HAYDEE ARGÜELLO DE THILL, mayor de edad, EMPRESARIA,
del domicilio de SAN SALVADOR. DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como RE-
PRESENTANTE LEGAL de LABORATORIOS ARSAL SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATO-
RIOS ARSAL, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la
inscripción Número 20298 del Libro 00046 de REGISTRO DE MAR-
CAS, consistente en la palabra "CALORENE"; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional
de Niza.
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149DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001942-3
No. de Expediente: 1971020297
No. de Presentación: 20120166985
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARIA
HAYDEE ARGÜELLO DE THILL, mayor de edad, EMPRESARIA,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como RE-
PRESENTANTE LEGAL de LABORATORIOS ARSAL, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATO-
RIOS ARSAL, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la
inscripción Número 20297 del Libro 00046 de REGISTRO DE MAR-
CAS, consistente en la palabra "NORFEDRINE".; que ampara producto/
servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001944-3
No. de Expediente: 2000002226
No. de Presentación: 20100145649
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DAVID
FRANCISCO MAGAÑA FERNANDEZ, mayor de edad, INGENIERO
INDUSTRIAL del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de
LABORATORIO SOLARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: LABORATORIO SOLARIS, S.A. DE
C.V., del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO
DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00091 del Libro 00124
de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA
"KINDERPAK", QUE SE DESCRIBE ASI: EN LETRAS MAYUS-
CULAS UBICADAS DE IZQUIERDA A DERECHA; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001961-3
No. de Expediente: 2000002910
No. de Presentación: 20100145645
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DAVID
FRANCISCO MAGAÑA FERNANDEZ, mayor de edad, INGENIERO
DIARIO
OFI
CIAL S
OLO P
ARA CONSULT
A
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395INDUSTRIAL, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIO
SOLARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que
se abrevia: LABORATORIO SOLARIS, S.A. DE C.V., del domicilio
de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00098 del Libro 00124 de INSCRIPCION DE MARCAS,
consistente en la palabra "BALANCE", QUE SE DESCRIBE ASI: EN
LETRAS MAYUSCULAS UBICADAS DE IZQUIERDA A DERE-
CHA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 32
de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001962-3
No. de Expediente: 2000004071
No. de Presentación: 20110148826
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DAVID
FRANCISCO MAGAÑA FERNANDEZ, mayor de edad. INGENIERO
INDUSTRIAL del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de
LABORATORIO SOLARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: LABORATORIO SOLARIS, S.A. DE
C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00158 del Libro 00127 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la palabra "PIROFEN", en letras mayúsculas;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los diez días del mes de marzo del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001963-3
No. de Expediente: 1999002057
No. de Presentación: 20110148837
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DAVID
FRANCISCO MAGAÑA FERNANDEZ, mayor de edad, INGENIERO
INDUSTRIAL, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de
LABORATORIO SOLARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: LABORATORIO SOLARIS, S.A. DE
C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00112 del Libro 00127 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la expresión o palabra TIEMPO la cual está
escrita en letras mayúsculas; que ampara productos/servicios compren-
didos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIARIO
OFI
CIAL S
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NO TIE
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GAL
151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los diez días del mes de marzo del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001964-3
No. de Expediente: 2000003670
No. de Presentación: 20110148833
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DAVID
FRANCISCO MAGAÑA FERNANDEZ, mayor de edad, INGENIERO
INDUSTRIAL, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de
LABORATORIO SOLARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Li-
bertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00247 del Libro 00125 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la palabra "SINFLAN", en letras mayúsculas;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los diez días del mes de marzo del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001965-3
No. de Expediente: 2000002913
No. de Presentación: 20110148835
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DAVID
FRANCISCO MAGAÑA FERNANDEZ, mayor de edad, INGENIERO
INDUSTRIAL, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA! actuando como REPRESENTANTE LEGAL de
LABORATORIO SOLARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: LABORATORIO SOLARIS, S.A. DE
C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00117 del Libro 00127 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la palabra "BALANCE", en letras mayúsculas
ubicada de izquierda a derecha; que ampara productos/servicios com-
prendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los nueve días del mes de marzo del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001966-3
DIARIO
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CIAL S
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ARA CONSULT
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NO TIE
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152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2000002907
No. de Presentación: 20110148831
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DAVID FRANCISCO MAGAÑA FERNANDEZ, mayor de edad, INGENIERO INDUSTRIAL, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de LABORATORIO SOLARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIO SOLARIS, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00115 del Libro 00127 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras “BEST NUTRITION" en letras mayúsculas ubicadas de izquierda a derecha; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de marzo del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001967-3
No. de Expediente: 2000002908
No. de Presentación: 20110148836
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DAVID FRANCISCO MAGAÑA FERNANDEZ, mayor de edad, INGENIERO INDUSTRIAL, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de LABORATORIO SOLARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIO SOLARIS, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00116 del Libro 00127 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras "BEST NUTRITION”, escritas en letras mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de marzo del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001968-3
No. de Expediente: 2000002912
No. do Presentación: 20110148834
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DAVID FRANCISCO MAGAÑA FERNANDEZ, mayor de edad, INGENIERO INDUSTRIAL, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de LABORATORIO SOLARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIO SOLARIS, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00154 del Libro 00127 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “BALANCE", que se describe así: En letras mayúsculas ubicadas de izquierda a derecha; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diez días del mes de marzo del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No.C001969-3
DIARIO
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153DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. No. de Expediente: 2000002953
No. de Presentación: 20110148832
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DAVID FRANCISCO MAGAÑA FERNANDEZ, mayor de edad, INGENIERO INDUSTRIAL, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIO SOLARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIO SOLARIS, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00209 del Libro 00125 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra MONT BLANC, escritas en letras mayúsculas: que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 32 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los catorce días del mes de marzo del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001970-3
No. de Expediente: 2000004372
No. de Presentación: 20110148828
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DAVID FRANCISCO MAGAÑA FERNANDEZ, mayor de edad, INGENIERO INDUSTRIAL, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de LABORATORIO SOLARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Li-bertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00016 del Libro 00136 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "FEM-ROSA", que se describe así: en letras mayúsculas ubicadas de izquierda a derecha, apareciendo la palabra "FEM" separada por un guión de la palabra “ROSA" que también forma parte de la marca; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diez días del mes de marzo del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001971-3
No. de Expediente: 2000003751
No. de Presentación: 20110148825
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DAVID FRANCISCO MAGAÑA FERNANDEZ, mayor de edad, INGENIERO INDUSTRIAL, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de LABORATORIO SOLARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIO SOLARIS, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00157 del Libro 00127 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "DESICAFIN”, en letras mayús-culas ubicadas de izquierda a derecha: que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diez días del mes de marzo del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001972-3
DIARIO
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CIAL S
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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2000004915
No. de Presentación: 20110148829
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DAVID FRANCISCO MAGAÑA FERNANDEZ, mayor de edad, INGENIERO INDUSTRIAL del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPAR-TAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de LABORATORIO SOLARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIO SOLARIS, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00118 del Libro 00128 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra DESICACIN escrita en letras mayúsculas ubicadas de izquierda a derecha; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de marzo del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001973-3
No. de Expediente: 2000007787
No. de presentación 20110158883
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO RAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, mayor de edad, INGENIE-RO INDUSTRIAL, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTA-MENTO DE SAN SALVADOR de nacionalidad SALVADOREÑA actuando como REPRESENTANTE LEGAL de ACTIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Soyapango. Departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00240 del Libro 00131 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "AZITROPHARM", escrita en letras de molde; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
SECRETARIA.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C001977-3
No. de Expediente: 2001015093
No. de Presentación: 20120164261
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SAMUEL WILLIAM ORTIZ DAUBER, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ACTIVA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00052 del Libro 00161 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra CARDIOZAR, escrita en letras de molde; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza,
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de febrero del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001978-3
DIARIO
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155DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. No. de Expediente: 2000004365
No. de Presentación: 20100145756
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO RAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, mayor de edad, INGENIE-RO INDUSTRIAL, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTA-MENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de ACTIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00128 del Libro 00124 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PROPAL, escrita en letras de molde; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001979-3
No. de Expediente: 2000004363
No. de Presentación: 20100145759
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO RAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, mayor de edad, INGENIERO INDUSTRIAL, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de ACTIVA, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Soyapango, Departa-mento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00126 del Libro 00124 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra FENADOL, escrita en letras de molde; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001980-3
No. de Expediente: 1999004294
No. de Presentación: 20110149752
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SAMUEL WILLIAM ORTIZ DAUBER, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ACTIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00163 del Libro 00136 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra BROVENTIL, escrita en letras de molde; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dos días del mes de febrero del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001981-3
DIARIO
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156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2000008776
No. de Presentación: 20120164706
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SAMUEL WILLIAM ORTIZ DAUBER, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de ACTIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00218 del Libro 00137 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra ANALPHAR, escrita en letras de molde, mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los siete días del mes de marzo del año dos mil doce.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001982-3
No. de Expediente: 1991000370
No. de Presentación: 20120164264
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SAMUEL WILLIAM ORTIZ DAUBER, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ACTIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00162 del Li-bro 00014 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “REUMADOL”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de febrero del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001983-3
No. de Expediente: 2000004359
No. de Presentación: 20100145758
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ACTIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacio-nalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00123 del Libro 00124 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PHARMETINE, escrita en letras de molde; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil once.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001984-3
No. de Expediente: 2000004369
No. de Presentación: 20110149558
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SAMUEL WILLIAM ORTIZ DAUBER, mayor de edad, ABOGADO, del do-micilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
DIARIO
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157DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. actuando como APODERADO de ACTIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ACTIVA, S.A. DE C.V., del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00125 del Libro 00126 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PHARMEQUIN escrita en letras de molde; que ampare productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diez días del mes de febrero del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001985-3
No. de Expediente: 2000004445
No. de Presentación: 20110158884
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO RAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, mayor de edad, INGENIE-RO INDUSTRIAL, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTA-MENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de ACTIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Soyapango, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00214 del Libro 00128 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “GLIMINA”, escrita en letras de molde; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001986-3
No. de Expediente: 2000004361
No. de Presentación: 20100145754
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO RAMON ERNESTO GONZALEZ GINER, mayor de edad, INGENIE-RO INDUSTRIAL, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTA-MENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de ACTIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00124 del Libro 00124 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PHARTRAMOL, escrita en letras de molde; que ampara productos/ser-vicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001987-3
No. de Expediente: 2002023342
No. de Presentación: 20120167806
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado VICTOR HUGO VINDEL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionali-dad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PRODUCTOS INDISPENSABLES PARA LA SALUD, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PIP'S CARYMAR, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00105 del Libro 00156 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión "PIP'S CARYMAR" escrita en letras de molde, mayúsculas, tipo corriente, en color negro, el apóstrofo que aparece en la palabra "PIP'S" es parte de la marca; arriba de la mencionada expresión se encuentra la figura caricaturesca de la cara de una mujer sonriente, en tono gris oscuro, que tiene un gorro de cocinero color blanco, que en su parte media aparece dentro de un círculo, y entrelasadas, las letras de molde tipo corriente en COLOR NEGRO C Y M, y en la parte superior del mismo gorro, la expresión "PIP'S CARYMAR", ligeramente inclinada hacia la izquierda
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158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395y de tal forma que el tamaño de las letras va en aumento de izquierda a derecha. El mencionado gorro tiene sombra en tono gris oscuro a su izquierda, y la parte vertical de la derecha, así como rayas horizontales que semejan sombras, a los lados de esta figura se encuentran dos orlas, una a cada lado, en color negro, las que en su parte superior e inferior tienen sombras de color gris. Arriba de este diseño, se encuentra la palabra "RESTAURANTE", escrita en letras de molde, mayúsculas, tipo corriente, palabra sobre la cual no se pretende exclusividad; todo lo descrito se encuentra dentro un óvalo de fondo blanco delineado en negro, por lo que las palabras "RESTAURANTE Y PIP'S CARYMAR", no están escritas de forma recta sino que siguiendo la curvatura del óvalo; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 43 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001999-3
No. de Expediente: 2002023339
No. de Presentación: 20120167805
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado VICTOR HUGO VINDEL, mayor de edad. ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionali-dad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PRODUCTOS INDISPENSABLES PARA LA SALUD, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PIP'S CARYMAR. S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00103 del Libro 00156 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión "CARYMAR" escrita en letras de molde, mayúsculas, tipo corriente, en color negro, arriba de la mencionada expresión se encuentra la figura caricaturesca de la cara de una mujer sonriente, en tono gris oscuro, que tiene un gorro de cocinero color blanco, que en su parte media aparece dentro de un círculo, y entrelazadas, las letras de molde tipo corriente en color negro "C Y M", y en la parte superior del mismo gorro, la expresión "CARYMAR", ligeramente inclinada hacia la izquierda y de tal forma que el tamaño de las letras va en aumento de izquierda a derecha. El mencionado gorro tiene sombra en tono gris oscuro a su izquierda, y en la parte vertical de la derecha, así como rayas horizontales que semejan sombras, a los lados de esta figura se encuentran dos orlas, una a cada lado, en color negro, las que en su parte superior en inferior tienen sombras de color gris. Todo lo descrito se encuentra dentro un óvalo de fondo blanco delineado en negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002000-3
MarcaS DE faBrica
No. de Expediente: 2011114793
No. de Presentación: 20110161457
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE FIDEL MELARA MORAN, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de NEOLPHARMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
Consistente en: la palabra TRIMOLEP y diseño, que servirá para: AMPARAR: ANTIEPILEPTICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de marzo del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001989-3
DIARIO
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159DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. No. de Expediente: 2011114640
No. de Presentación: 20110161070
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE FIDEL MELARA MORAN, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de NEOLPHARMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
oTEDraM
Consistente en: la palabra OTEDRAM, que servirá para: AMPA-RAR: ANSIOLITICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de marzo del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001990-3
No. de Expediente: 2011114644
No. de Presentación: 20110161074
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE FIDEL MELARA MORAN, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de NEOLPHARMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
TraNSKriP
Consistente en: la palabra TRANSKRIP, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTO PARA TRATAR EL SINDROME MIELODIS-PLACICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de marzo del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001991-3
No. de Expediente: 2011114645
No. de Presentación 20110161075
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE
FIDEL MELARA MORAN, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de
NEOLPHARMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA solici-
tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
XENErEX
Consistente en: la palabra XENEREX, que servirá para: AMPA-
RAR: ANTIDEPRESIVO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de abril del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001993-3
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160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2011114636
No. de Presentación: 20110161066
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE
FIDEL MELARA MORAN, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de
NEOLPHARMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solici-
tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
fENiTroN
Consistente en: la palabra FENITRON, que servirá para: AMPA-
RAR: ANTIEPILEPTICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de abril del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001994-3
No, de Expediente: 2011114794
No. de Presentación: 20110161458
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE
FIDEL MELARA MORAN, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de
NEOLPHARMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solici-
tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra TRADEA y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PSYCOESTIMULANTE. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de marzo del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001996-3
No. de Expediente: 2012117177
No. de Presentación: 20120166292
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MIGUEL
ENRIQUE SOTO TORO, en su calidad de REPRESENTANTE LE-
GAL de COMERCIAL TECNICA INTERNACIONAL, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CTI, S.A. DE
C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: un diseño identificado como MUSS, que servirá
para: AMPARAR: ROPA, ZAPATOS, SOMBRERERIA. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de marzo del año dos
mil doce.
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161DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintitrés de mayo del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040872-3
No. de Expediente: 2012117176
No. de Presentación: 20120166291
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MIGUEL
ENRIQUE SOTO TORO, en su calidad de REPRESENTANTE LE-
GAL de COMERCIAL TECNICA INTERNACIONAL, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CTI, S.A. DE
C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: un diseño identificado como ENZO MORETTI,
que servirá para: AMPARAR: ROPA, ZAPATOS, SOMBRERERIA.
Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de marzo del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintitrés de mayo del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040873-3
No. de Expediente: 2012118472
No. de Presentación: 20120168480
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE
HERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADO de
QUIMEX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
abrevia: QUIMEX, S.A, DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
CIO,
clEMBUXol
Consistente en: la palabra CLEMBUXOL, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, ESPECÍFICAMENTE
ANTITUSIVO MUCOLÍTICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de mayo del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de mayo del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040958-3
No. de Expediente: 2012118471
No. de Presentación: 20120168479
CLASE; 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE
HERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADO
de QUIMEX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de
DIARIO
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162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
DESlorTiNa
Consistente en: la palabra DESLORTINA, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. ESPECÍFICAMENTE
ANTIALÉRGICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de mayo del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de mayo del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040959-3
NoMBrE coMErcial
No. de Expediente: 2011114629
No. de Presentación: 20110161059
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE
FIDEL MELARA MORAN, en su calidad de GESTOR OFICIOSO
de NEOLPHARMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA,
solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
laBoraTorioS alPHarMa
Consistente en: las palabras LABORATORIOS ALPHARMA, que
servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA QUE SE DEDICA A LA
FABRICACION Y COMERCIALIZACION DE MEDICAMENTOS
FARMACEUTICOS.
La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de abril del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001992-3
SEÑal DE PUBliciDaD coMErcial
No. de Expediente: 2012118459
No. de Presentación: 20120168455
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL RIVERA CASTRO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANO-NIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: las palabras El Salvador tiene su propio Banco y diseño, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE LOS SERVICIOS BANCARIOS, FINAN-CIEROS, SEGUROS Y MONETARIOS EN GENERAL.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de mayo del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de mayo del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040883-3
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163DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. coNVocaToriaS
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE AC-
CIONISTAS
El Infrascrito Ejecutor Especial nombrado por la Junta General
Ordinaria de Accionistas de la sociedad PROMEDICA HOSPITALA-
RIA, S. A. DE C. V., celebrada el día 24 de mayo de 2012, conforme a
los acuerdos tomados por dicha Junta General en pleno, CONVOCA a
Junta General de Accionistas, para tratar asuntos de carácter Ordinario,
a celebrarse en la ASOCIACION SALVADOREÑA DE INGENIEROS
Y ARQUITECTOS (ASIA), situada en la 75 Avenida Norte - Napoleón
Viera Altamirano, No. 632, Colonia Escalón, Distrito 3, San Salvador,
a las diez horas en punto (10:00 a.m.) del día jueves 12 de julio del
año dos mil doce. El Quórum necesario para conocer de los asuntos de
carácter Ordinario, en primera convocatoria será de la mitad más una de
las acciones presentes y/o representadas en que está dividido el Capital
Social, es decir, quinientas cuarenta y un mil quinientas setenta y tres
acciones (541,573); y sus resoluciones serán válidas cuando se adopten
por la mayoría de las acciones presentes y/o representadas legalmente.
De no haber Quórum en la hora y fecha señalada del presente año, se
convoca por segunda vez para las diez horas en punto (10:00 a.m.) del
día viernes 13 de julio del año dos mil doce, en la dirección antes citada.
En tal caso, para conocer los asuntos de carácter Ordinario el Quórum
suficiente será el número de acciones presentes y/o representadas y
sus resoluciones se tomarán por mayoría de las acciones presentes y/o
representadas en la sesión.
AGENDA
I. Comprobación y Establecimiento del Quórum.
II. Nombramiento de Presidente de Debates y Secretario Especial
de la Junta General de Accionistas.
III. Aprobación de Agenda.
IV. Lectura y Ratificación del Acta Anterior.
V. Elección de nueva Junta Directiva para la administración de
Promédica Hospitalaria, S.A. de C.V.
VI. Aprobación de consolidación de créditos con el Banco Agrícola
y su refinanciamiento.
San Salvador, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil
doce.
ING. JUAN MARTIN TENZE SILIEZAR,
EJECUTOR ESPECIAL.
PROMEDICA HOSPITALARIA, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. C001947-3
CONVOCATORIA
El Presidente de la Junta Directiva de la sociedad "GEMA INDUS-
TRIAL, S. A. DE C. V., de este domicilio, de conformidad a la Cláusula
Décima Cuarta del pacto social vigente. En virtud de no llevarse a cabo
en primera y en segunda convocatoria, por este medio HACE NUEVA
CONVOCATORIA, en base al Artículo 243, Numeral III, del Código
de Comercio, a los señores accionistas para celebrar JUNTA GENERAL
ORDINARIA y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, que por
los puntos a tratar es de naturaleza Ordinaria y Extraordinaria la cual se
celebrará el día sábado treinta de Junio del año dos mil doce, a partir de
las quince horas, en 25 Calle Poniente No. 949-A, y 17 Avenida Norte,
Colonia Layco, San Salvador, para conocer y resolver la siguiente
agenda:
1. Memoria de Labores de la Junta Directiva, Balance General,
Estado de Resultados, el Estado de Cambios en el Patrimonio
y el Informe del Auditor Externo del ejercicio económico
2011, a fin de probar o improbar los tres primeros y tomar
las medidas que juzgue oportunas.
2. Nombramiento del Auditor Financiero y fijación de sus
emolumentos.
3. Aplicación de los Resultados Económicos del Ejercicios del
1o. de Enero al 31 de Diciembre de 2011.
4. Presupuestos de Gastos de Ejercicio Económico 2012.
5. Revisión de la situación del porcentaje accionario del señor
Juan Manuel Pac de Paz.
PUNTOS EXTRAORDINARIOS
1. Modificación de Pacto Social de la Sociedad, disminuir o
aumentar valor nominal de las acciones en múltiplos de
un dólar. Según Artículo 129 del Código de Comercio
vigente.
2. Retiro de Aportaciones de Ing. Gerardo Martínez Ho-
fer.
Para que la JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINA-
RIA DE ACCIONISTAS, se considere legalmente reunida en la primera
fecha de la convocatoria, deberán estar presentes o representados por lo
menos la mitad más una de las acciones que forman el capital social y
las resoluciones se tomarán por la mayoría de los votos correspondientes
a las acciones presentes.
En el caso de que por falta de quórum necesario para la celebración
de la Junta en el lugar, hora y fecha expresada, el Presidente de la Junta
Directiva, por este mismo medio HACE NUEVA CONVOCATORIA a
los señores accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA
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164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, en nueva convocatoria,
para la celebración de la misma Junta a las quince horas del día Lunes
dos de Julio de dos mil doce, en el mismo lugar, la cual se considerará
válidamente constituida, cualquiera que sea el número de acciones
representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos
presentes.
San Salvador, a los siete días del mes de junio de dos mil doce.
GERARDO MARTINEZ HOFER,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C002036-3
SUBaSTa PÚBlica
LA CENTRAL DE SEGUROS Y FIANZAS, S.A. invita a SUBASTA
PUBLICA NO JUDICIAL de Activos Extraordinarios, que se llevará a
cabo el día Miércoles Dieciocho de Julio del año dos mil doce, en sus
Oficinas ubicadas en Avenida Olímpica No. 3333, San Salvador, a las
10:00 a.m., los interesados deberán presentar personalmente sus ofertas
en sobre cerrado el día y hora de la subasta, a continuación detallamos
los bienes que se subastarán.
1. 55.15% de 25 apartamentos con sus estacionamientos ubicados
en el Edificio Condominio CONSESA, ubicado en Diagonal
Centroamérica, Buenos Aires, Contiguo al Bolerama Jardín
y al Edificio Condominio Los Héroes, San Salvador.
Área del terreno del edificio: 1,365.67 Mts², construcciones
de Sistemas Mixto: 5,430 Mts².
Valor Base de la Subasta: US$ 1,037,650.00.
2. Lotes Nos.13a y 13b del polígono "E", Reparto Metropolitano,
Municipio de Mejicanos, Área 680.76 mts². Valor Base de
la Subasta: US $10,250.00.
3. Casa Brisas del Sur II, Polígono 7, N° 12, ubicado en mu-
nicipio de Soyapango, Área 125.47 Mts ²., Valor Base de la
Subasta: US $14,850.00.
Garantía de Cumplimiento: La persona ganadora deberá presentar
al momento de la adjudicación efectivo o cheque certificado, equivalente
al 5% del precio del inmueble.
Plazo de Formalización de la Venta: 30 días a partir de la adjudi-
cación, caso contrario el monto dado en garantía pasará como arras de
la Institución.
San Salvador, 01 de junio de 2012.
ING. EDUARDO ENRIQUE CHACON BORJA,
DIRECTOR EJECUTIVO Y REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. C001950-3
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo con Re-
ferencia 1869-EM-10 que en este Tribunal promueve el Licenciado
MARVIN ALEXIS ROMERO REYES, actuando como Apoderado
General Judicial de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD
ANONIMA, contra el señor CARLOS DE JESUS MONTOYA MEL-
GAR, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha que más
adelante se señalará, el bien inmueble que se localiza y describe así: "La
Jurisdicción de Sonsonate, Departamento de Sonsonate". "Un inmueble
de naturaleza urbana, situado en los suburbios del Barrio El Ángel, de la
Ciudad de Sonsonate, lote desmembrado de la lotificación denominada
Colonia Santa Marta, el que tiene una extensión superficial de UN MIL
DOSCIENTAS SESENTA VARAS CUADRADAS equivalentes a
OCHOCIENTOS OCHENTA METROS SESENTA DECIMETROS
OCHENTA Y NUEVE CENTIMETROS Y SESENTA MILIMETROS
CUADRADOS, cercado con brotones, que mide al Norte y al Sur, dieciséis
metros quinientos cincuenta y seis milímetros; y al Oriente y Poniente,
cincuenta metros dieciséis milímetros y linda AL NORTE: Tercera Calle
de la Colonia de por medio, con lote de Emilia Selidón; AL SUR: con
lote arrendado de Antonio Linares; AL ORIENTE: lote arrendado de
Prudencio Peña; y AL PONIENTE: con lote vendido de Mercedes Pérez.
En este lote hay una casa de tejas, paredes de adobe; dicho inmueble se
encuentra inscrito a favor del demandado señor CARLOS DE JESUS
MONTOYA MELGAR, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas
de la Tercera Sección de Occidente, según Folio Real Computarizado
número UNO CERO CERO UNO CERO CINCO CINCO SIETE- CERO
CERO CERO CERO CERO, Asiento DIEZ".
Se admitirán posturas siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL,
San Salvador, a las once horas y diez minutos del día treinta de mayo
del año dos mil doce.- LICDA. ANA MARIA CORDON ESCOBAR,
JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- LICDA. ANA CECILIA
FIGUEROA ALMENDARES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001955-3
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165DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que en los JUICIOS EJECUTIVOS MERCAN-TIL, Exp. N° 236/10 promovido por la HIPOTECARIA, SOCIEDAD ANÓNIMA, por medio de su Apoderado Licenciado OVIDIO CLA-ROS AMAYA, en contra del señor ARTURO CORTEZ, conocido por ARTURO CONSUEGRA CORTEZ, reclamándole cantidad de dinero y accesorios, se venderá por este Juzgado en Pública Subasta, en fecha y precio que oportunamente se determinará, el INMUEBLE siguiente: Un inmueble urbano de la Jurisdicción y Departamento de Santa Ana, Matrícula DOS CERO CERO UNO NUEVE UNO NUEVE NUEVE GUION CERO CERO CERO CERO CERO; LOTE NUMERO DIE-CISIETE del Polígono CUATRO, Pasaje CUATRO del BLOQUE C, de un área de sesenta y seis metros cuadrados, equivalentes a noventa y cuatro punto cuarenta y tres varas cuadradas y con un área construida de veintiséis punto cero un metros cuadrados, y cuya descripción técnica es la siguiente: Partiendo de la intersección formada por los ejes del Pasaje San Luis y el Pasaje número cuatro del bloque C, abiertos en la Urbanización ALTOS DEL PALMAR con rumbo Sur quince grados diez minutos treinta segundo Oeste, se mide sobre el eje del pasaje número cuatro del Bloque C, una distancia de trece punto cincuenta metros en este punto haciendo una deflexión izquierda de noventa grados con rumbo Sur, setenta y cuatro grados cuarenta y nueve minutos treinta segundos Este, y distancia de dos punto cincuenta metros se llega al mojón número uno, esquina Noroeste del lote que se describe así; AL NORTE, del mojón número uno, con rumbo Sur, setenta y cuatro grados cuarenta y nueve minutos treinta segundos Este, y distancia de doce metros se llega al mojón número dos lindando por este lado con el lote número dieciséis del mismo polígono cuatro; AL ORIENTE, del mojón número dos con rumbo Sur, quince grados diez minutos treinta segundos Oeste, y distancia de cinco punto cincuenta metros se llega al mojón número tres lindado por este lado con el lote número tres del mismo polígono cuatro; AL SUR, del mojón número tres con rumbo Norte, setenta y cuatro grados cuarenta y nueve minutos treinta segundos Oeste, y distancia de doce metros se llega al mojón número cuatro, lindando por este lado con el lote número dieciocho del mismo polígono; AL PONIENTE, del mojón número cuatro con rumbo Norte quince grados diez minutos treinta segundos Este, y distancia de cinco punto cincuenta metros se llega al mojón número uno, de donde se inició la presente descripción, lindando por este lado con el lote número tres del mismo polígono número seis del mismo bloque; pasaje cuatro de cinco metros de ancho de por medio. Inscrito dicho inmueble a favor del ejecutado ARTURO CORTEZ, conocido por ARTURO CONSUEGRA CORTEZ, en un cien por ciento a la Matrícula DOS CERO CERO UNO NUEVE UNO NUEVE NUEVE GUION CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: Santa Ana, a las diez horas del día veintiséis de abril del año dos mil doce.- LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL CARMEN LEMUS POLANCO, SECRE-TARIO.
3 v. alt. No. C001958-3
LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRTO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley.
HACES SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, expediente No. 356/09, promovido por la HIPOTECARIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por medio de su Apoderado Licenciado OVIDIO CLAROS AMAYA, en contra de los señores OSCAR ARMANDO PACHECO y EVELYN YANIRA ANDRADE DE PACHECO, se venderá en Pública Subasta en fecha y precio que oportunamente se determinará el inmueble siguiente: “LOTE DE NATURALEZA URBANO, número veintiuno-uno, final Octava Calle Poniente, Barrio Santa Cruz, Chalchuapa, Santa Ana, de una extensión superficial de SETENTA PUNTO TREINTA Y OCHO METROS CUA-DRADOS, equivalentes a CIEN PUNTO SESENTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS, cuya descripción técnica es la siguiente: Partiendo de la intersección Sexta Avenida Norte y la Octava Calle Poniente, medimos sobre el eje de la segunda una distancia de cincuenta punto setenta y cinco metros, encontrando este punto hacemos una deflexión negativa de noventa grados, con una distancia de seis metros y encontramos el punto de partida de la siguiente descripción técnica: AL ORIENTE, un tramo recto con una distancia de trece punto ochenta metros, este lin-dando con Mesón San Ernesto; AL SUR, distancia de cinco punto diez metros lindando con la misma propiedad de donde hoy se desmembra; AL PONIENTE, un tramo recto de trece punto ochenta metros, lindando con Yesenia Elizabeth, Patricia Roxana y Karla Xiomara, todas de ape-llidos Mendoza Ruano; y al lado NORTE, una distancia de cinco punto diez metros lindando con el resto de la propiedad de doña Leonza Ávila, hoy resto de Guillermo Cruz Cerna, Calle en medio en la actualidad; inscrito a favor del demandado bajo la Matrícula número DOS CERO CERO CUATRO UNO CINCO DOS SEIS-CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento UNO, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente, Departamento de Santa Ana.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las quince horas del día veinticinco de abril del año dos mil doce.- LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL CARMEN LEMUS POLANCO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001959-3
rEPoSiciÓN DE cErTificaDoS
AVISO
BANCO PROCREDIT. S.A.
AVISA: Que se ha presentado a nuestra Agencia Apopa parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado de Depósito a Plazo Fijo No. 44676 de la Cuenta No. 0502-01-000944-1 extendido por nuestra institución, el 19 de Noviembre de 2011 a nombre de Tomasa Martínez de Argueta, por un monto de TRES MIL TRESCIENTOS CON 00/100 DOLARES, (US $3,300.00) a 90 días plazo, a una tasa de interés del 1.00%.
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166 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de reposi-ción del Certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio vigente.
En caso de que en treinta días después de la tercera y última publi-cación del presente aviso, el Banco no recibiere reclamo alguno respecto a éste, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 06 de junio del dos mil doce.
ALICIA S. DE MOLINA,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. C001998-3
AVISO
COMEDICA DE R.L.
COMUNICA: Que se ha presentado el propietario del Certificado de Depósito a Plazo Fijo No. 62083 por la cantidad de US$2,680.83 a un plazo de 30 días en Agencia Colegio Médico, ubicada en Final Pasaje 10, Edificio Colegio Médico, Colonia Miramonte, San Salvador, solicitando reposición de dicho Certificado.
Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna, se procederá a la reposición del Certificado antes mencionado.
San Salvador, 04 de Junio de 2012.
COMEDICA DE R.L.
LIC. VERONICA CERNA,
JEFE DE AGENCIA.
AGENCIA COLEGIO MEDICO.
3 v. alt. No. F040939-3
AVISO
COMEDICA DE R.L.
COMUNICA: Que se ha presentado el propietario del Certificado de Depósito a Plazo Fijo No. 42082 por la cantidad de US$ 1,028.57 a un plazo de 60 DIAS en Agencia COLONIA MEDICA, ubicada en DIAG. DR. LUIS EDMUNDO VASQUEZ Y PJE. SALVADOR INFANTE DIAZ, EDIF. CISNEROS COLONIA MEDICA, solicitando reposición de dicho Certificado.
Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los
efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después
de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna,
se procederá a la reposición del Certificado antes mencionado.
San Salvador, 25 de mayo de 2012.
COMEDICA DE R.L.
LIC. VICTOR MANUEL TRUJILLO,
JEFE DE AGENCIA.
AGENCIA COLONIA MEDICA.
3 v. alt. No. F040969-3
AVISO
BIENES Y SERVICIOS, S.A. EN LIQUIDACIÓN.
AVISA: Que en las Oficinas de la sociedad se ha presentado parte
interesada manifestando que ha extraviado los Certificados de Acciones
No. 1068, 3413, 5567 que amparan 2844 acciones de la misma sociedad,
de plazo indeterminado, lo que se hace del conocimiento del público
para efectos de reposición del Certificado relacionado, de conformidad
con los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación
del presente aviso, la Sociedad Bienes y Servicios, S.A. en liquidación
no reciba oposición alguna a este respecto, se hará la reposición del
Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 1 de junio de 2012.
MORALES Y MORALES ASOCIADOS,
LIQUIDADORES.
RICARDO A. MORALES CARDOZA,
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. F041000-3
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167DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. BalaNcES DE liQUiDacioN
3 v. alt. No. C001954-3
EMBlEMaS
No. de Expediente: 2011113009
No. de Presentación: 20110157756
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDGAR
ERNESTO GOMEZ HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO
de YURI GUSTAVO OLIVARES PEREZ, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro del EMBLEMA,
Consistente en: un diseño que se identifica como la ballena, que
servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DE SERVICIOS
DE RESTAURANTE DE COMIDA NACIONAL E INTERNACIO-
NAL.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de septiembre del
año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
seis de diciembre del año dos mil once.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001937-3
Marca DE SErVicioS
No. de Expediente: 2012115573
No. de Presentación: 20120162985
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado WALTER
ALEXANDER AMAYA VASQUEZ, de nacionalidad SALVADO-
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168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra LOGISTICARGO Y DISEÑO, que
servirá para: AMPARAR: TRANSPORTE DE CARGA TERRESTRE;
SERVICIOS DE ENCOMIENDAS; CONSOLIDACIÓN DE CARGA
AÉREA Y MARÍTIMA; COURIER; AGENCIA DE CARGA. Clase:
39.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de enero del año dos mil doce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001951-3
rEPoSiciÓN DE PÓliZa DE SEGUro
AVISO
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en
general, que se ha presentado ESTELA DE JESUS CORTEZ MOREJON
DE VIVAS, del domicilio de SAN MIGUEL, solicitando reposición de
su Póliza de Seguro de Vida 13022 emitida el 01/04/2008.
Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada Póliza.
San Salvador, 1 de junio de 2012.
ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,
RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.
3 v. alt. No. C001988-3
Marca DE ProDUcTo
No. de Expediente: 2012115108
No. de Presentación: 20120162055
CLASE: 02.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FERNANDO ARTURO VELASCO MORAN, en su calidad de APODERADO de CELASA INGENIERIA Y EQUIPOS. SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras CELASA y diseño, que servirá para: AMPARAR: TODO TIPO DE PINTURAS, BARNICES, LACAS; PRO-DUCTOS ANTIOXIDANTES Y PRODUCTOS PARA CONSERVAR LA MADERA; MATERIAS TINTÓREAS; MORDIENTES; RESINAS NATURALES EN BRUTO. Clase: 02.
La solicitud fue presentada el día cuatro de enero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de enero del año dos mil doce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041021-3
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169DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012.
RESOLUCION No. 10/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de enero de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título
de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo COLEGIO GARCÍA FLAMENCO, Municipio de San Salvador, Departamento de San
Salvador, extendido con fecha 22 de noviembre de 1996 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Ciencias Naturales obtenido en el Centro Educativo COLEGIO
GARCÍA FLAMENCO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a RUTH DINORAH AYALA MORENO. Para los efectos de
ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F023070)
RESOLUCION No. 22/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de enero de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN, Municipio de Usulután, Departamento
de Usulután, extendido con fecha 24 de noviembre de 2005 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este
Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Comercial, opción Asistencia Administrativa obtenido en el Centro Educativo
INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN, Municipio de Usulután, Departamento de Usulután, a FÁTIMA GABRIELA GAVIDIA SALGADO.
Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F023269)
SECCION DOCuMENTOS OFICIALESMinisterio de educación
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170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395RESOLUCION No. 132/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SANTA ISABEL, Municipio de Cojutepeque, Departamento
de Cuscatlán, extendido con fecha 10 de diciembre de 1993 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo
COLEGIO SANTA ISABEL, Municipio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, a JULIA PATRICIA CASTELLANOS RIVERA. Para los
efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F024986)
RESOLUCION No. 150/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de marzo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENÉNDEZ, Municipio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 1981 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Ciencias Naturales obtenido en el Centro
Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENÉNDEZ, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MISAEL
ARMANDO HENRÍQUEZ DÍAZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F028613)
RESOLUCION No. 203/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los ocho días del mes de marzo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Salud obtenido en el Centro Educativo COLEGIO HISPANOAMERICA, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad,
extendido con fecha 30 de enero de 1995 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado
Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento
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171DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Salud, opción Enfermería obtenido en el Centro Educativo COLEGIO HISPANOAMERICA,
Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, a ANA DEL CARMEN GARCÍA AYALA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE
la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F025953)
RESOLUCION No. 336/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional en Salud obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN, Municipio de Usulután, Depar-
tamento de Usulután, extendido con fecha 19 de enero de 2009 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a
la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO
NACIONAL DE USULUTÁN, Municipio de Usulután, Departamento de Usulután, a ZULEYMA ESTEFANIA PERDOMO MOREJÓN. Para los
efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F028495)
RESOLUCION No. 350/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SENSUNTEPEQUE, Municipio de Sensuntepeque, Departamento
de Cabañas, extendido con fecha 15 de diciembre de 1988 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Humanidades obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO
NACIONAL DE SENSUNTEPEQUE, Municipio de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, a EMERITA ARELY CASTRO REYES. Para los
efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F035666)
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172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395RESOLUCION No. 391/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de marzo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO LUZ DE ISRAEL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, exten-
dido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado
Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento
RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO LUZ DE ISRAEL, Municipio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, a WENDY MICHELLE VALLADARES HERNÁNDEZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución
en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F029608)
RESOLUCION No. 416/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los cinco días del mes de marzo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO MIGUELEÑO DE COMERCIO, Municipio de San Miguel,
Departamento de San Miguel, extendido con fecha 24 de noviembre de 1997 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, opción Contaduría obtenido en
el Centro Educativo INSTITUTO MIGUELEÑO DE COMERCIO, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a SUSANA HAYDEÉ
SÁNCHEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F029984)
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173DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. RESOLUCIÓN No. 437/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de marzo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título
de Bachiller Académico, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO JOSEFINO NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ, Municipio de San Miguel,
Departamento de San Miguel, extendido con fecha 30 de noviembre de 1988 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Matemática Física, obtenido en el Centro
Educativo COLEGIO JOSEFINO NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a GISSEL ALEXIA
HERNÁNDEZ SARAVIA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F030314)
RESOLUCIÓN No. 462/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de abril de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SAN FRANCISCO DE ASIS, Municipio de Sonsonate, Departamento de Sonsonate,
extendido con fecha 22 de enero de 2009 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado
Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento
RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SAN FRANCISCO DE ASIS, Municipio de
Sonsonate, Departamento de Sonsonate, a MARÍA LOURDES RECINOS PEÑA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en
el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F032755)
RESOLUCIÓN No. 467/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de marzo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL SAN JOSÉ GUAYABAL, Municipio de San José Guayabal, Departa-
mento de Cuscatlán, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto
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174 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL SAN JOSÉ
GUAYABAL, Municipio de San José Guayabal, Departamento de Cuscatlán, a EDWIN DE JESÚS HENRÍQUEZ HENRÍQUEZ. Para los efectos de
ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F030947)
RESOLUCIÓN No. 478/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciocho días del mes de abril de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR INSA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, extendido con
fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se
ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR INSA, Municipio de Santa Ana, Departamento de
Santa Ana, a JOSÉ ORLANDO FLORES VILLALOBOS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F035143)
RESOLUCIÓN No. 480/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Industrial, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO EMILIANI, Municipio de San Salvador, Departamento de
San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, opción Electrónica, obtenido en el Centro Educativo
INSTITUTO EMILIANI, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a EFRAIN ERNESTO FUNES JOVEL. Para los efectos de ley
PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F031119)
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175DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 14 de Junio de 2012. RESOLUCIÓN No. 481/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO HERMANAS SOMASCAS, Municipio de San Salvador, Departamento de San
Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO HERMANAS SOMAS-
CAS, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a CLAUDIA LORENA FUNES JOVEL. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la
presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F031122)
RESOLUCIÓN No. 483/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de marzo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL WALTER THILO DEININGER, Municipio de
Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, extendido con fecha 15 de noviembre de 1985 y considerando que después de verificar la documentación
presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En
uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, opción Contaduría,
obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL WALTER THILO DEININGER, Municipio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán,
a DAVID PAREDES PICHINTE. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F031498)
RESOLUCIÓN No. 495/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de marzo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE IZALCO, Municipio de Izalco, Departamento
de Sonsonate, extendido con fecha 20 de diciembre de 2002 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la
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176 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este
Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Secretariado, obtenido en el Centro Educativo
INSTITUTO NACIONAL DE IZALCO, Municipio de Izalco, Departamento de Sonsonate, a YESENIA MARGARITA ORTIZ MENÉNDEZ. Para
los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F031581)
RESOLUCIÓN No. 507/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de marzo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL SAN LUIS, Municipio de Soyapango, Depar-
tamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con
respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facul-
tades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Secretariado, obtenido en el
Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL SAN LUIS, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, a ELIZABETH DEL ROSARIO
SÁNCHEZ ARANIVA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F032108)
RESOLUCIÓN No. 520/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de abril de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo LICEO MARIANO SAN JUAN BOSCO, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador,
extendido con fecha 19 de diciembre de 2008 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del
citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departa-
mento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo LICEO MARIANO SAN JUAN BOSCO, Municipio
de Apopa, Departamento de San Salvador, a RAFAEL STANLEY ARDÓN JURADO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución
en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DÍAZ HERNÁNDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F034761)
Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.
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