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Islam
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LOS DERECHOS HUMANOS en el Islam
La declaración de los derechos humanos, una consecuencia de la Revolución
Francesa, fue concluida el 26 de agosto de l789. Las dos doctrinas fundamentales que
dieron a la declaración su fuerza como verdad indisputable de la Revolución, fueron
aquellos de los derechos naturales del hombre y la soberanía nacional. Los derechos
naturales enunciados en el preámbulo fueron considerados inalienables y sagrados, pues se
juzgó que éstos son inherentes a la naturaleza humana. Estos derechos fueron definidos en
el artículo II como aquellos de libertad, prosperidad, seguridad, y el derecho a resistir la
opresión. La libertad incluyó dos aspectos, la libertad individual y la libertad de opinión.
La libertad de palabra, la libertad de prensa y la expresión de opiniones religiosas fueron
aseguradas en los artículos X y XI. El pensamiento del artículo 1º proclamó que todos los
hombres son iguales en derechos; pero ello no hizo valer la igualdad política o social.
Como la Revolución Francesa fue patrocinada principalmente por la clase comercial, la
cual tenía resentimiento hacia la clase feudal, los autores de la declaración quizás no
estaban preparados para garantizar iguales derechos políticos para todas las clases. No
obstante, las cláusulas VII-IX aseguraron el principio de igualdad ante la ley, mientras las
cláusulas VI y XIII establecieron los principios de igualdad cívica y fiscal.
A fin de comprender los alegatos de esta declaración, debemos discutir, sin entrar
en detalles, cómo los diferentes tipos de derechos se distinguen unos de otros. En general,
un derecho es definido como un reclamo o título de algo que pueda ser puesto en vigor, o
una exigencia para poder actuar, poseer o disfrutar de algo, o el uso de eso; él puede existir
en la naturaleza de un privilegio o poder. Un derecho en el sentido legal es “aquel que uno
tiene una exigencia legal para hacer; autoridad legal, inmunidad garantizada por la
autoridad”. La existencia de un derecho legal implica la existencia de un recurso legal;
pues uno no existe sin el otro. Los derechos civiles son aquellos que se relacionan con la
ciudadanía y que pueden ser cumplidos o restablecidos por una acción civil. Éstos están
divididos en derechos absolutos y relativos. Los derechos absolutos, se suponen, son
inherentes a la humanidad, bajo los cuales están ubicados los derechos de seguridad
personal, movilidad, honor, salud y goce. Los derechos civiles relativos incluyen a
aquellos que existen entre la gente y el gobierno, tales como el derecho de la gente a
recibir protección por parte del gobierno; el derecho de lealtad, el cual se debe al gobierno
por parte de la gente; los derechos del marido y de la esposa, de los padres y los hijos, del
tutor y del huérfano, del amo y del sirviente, recíprocamente. El derecho es coexistente
con la autoridad o el gobierno, y ambos son inherentes al hombre. De acuerdo a Bouvier
los derechos anteceden al gobierno, o al establecimiento de los Estados. Johnson sostiene
que un derecho civil es acorde con cada miembro de una comunidad o nación
determinada, mientras que un derecho político es ejercitable en la administración del
gobierno, como el derecho a votar en las elecciones. Bouvier dice que ciertos derechos
aparentemente naturales no pueden ser reales, como los derechos de privacía.
Las Naciones Unidas dieron otro paso hacia la declaración de los derechos
humanos, el 10 de diciembre de l948. La Asamblea General aprobó la Declaración
Universal de los Derechos Humanos, también conocida como una Carta Magna
internacional. Ella enumera los derechos específicos a la vida, libertad, y seguridad de la
persona; exención de arresto arbitrario, detención y exilio; juicio justo y público por un
tribunal imparcial; libertad de pensamiento, religión y conciencia; libertad de una
asamblea y asociación pacífica; y los derechos a la seguridad social, trabajo, educación y
participación en la vida de una comunidad artística y científica, fueron añadidos a ellos
más tarde.
El mundo moderno Occidental tuvo que hacer un esfuerzo considerable para
obtener una declaración universal de derechos humanos. No obstante el paso de un siglo y
medio desde de la declaración de los derechos humanos francesa, la declaración de las
Naciones Unidas no llega a asegurar iguales derechos a la gente de diferente raza y color,
así como la libertad ideológica y religiosa para todas las naciones del mundo,
particularmente aquellas del Tercer Mundo, las cuales no tienen salvaguarda contra su
explotación económica, cultural y política por parte de las así llamadas naciones
avanzadas. La interpretación de los términos como “libertad”, “derechos humanos” y
“soberanía”, se considera como un monopolio de los poderes industrialmente avanzados.
Los luchadores de la libertad son apodados “terroristas”, mientras que los actos inhumanos
de agresión, represión, subversión e interferencia en los asuntos de las naciones soberanas
del Tercer Mundo por los imperialistas son calificados de “medios para proteger la libertad
y los derechos humanos de la gente de los países víctima”. Lo que es inconveniente para
los defensores de la sociedad “libre y de los derechos humanos” es catalogado de
violación de los derechos humanos y condenado por los foros y medios de comunicación
internacionales. Contrariamente, los países pueden practicar abiertamente políticas como
la del Apartheid y la discriminación racial, como lo hacía el gobierno de la minoría blanca
de África del Sur y lo sigue haciendo el régimen Sionista, y aún así recibir toda clase de
asistencia y apoyo del Occidente. Los dictadores militares y los regímenes anti-populares
que sirven a sus amos de Occidente y oprimen a los movimientos democráticos de su
gente, son justificados con la excusa de que luchan contra el oscurantismo y el fanatismo
religioso. La forma en que son interpretados los derechos humanos y las libertades es un
asunto de conveniencia para los guardianes de la civilización y la supremacía Occidental.
Los movimientos del renacimiento islámico en particular, provocan la ira de los
autoabanderados de los derechos humanos. Los países socialistas critican a las naciones
capitalistas por negar la libertad ideológica y económica a su gente, mientras que las
democracias Occidentales acusan a los estados socialistas de totalitarismo y violación de
los derechos fundamentales. Ambos son correctos hasta donde al otro grupo le concierne,
y ambos están equivocados respecto a su aspiración de garantizar todas las libertades y
derechos de su gente. Las democracias capitalistas y las repúblicas socialistas representan
las dos caras de una misma moneda en el mundo moderno por negociar con el asunto de
los derechos humanos.
El Islam, si es estudiado y juzgado sin ningún prejuicio, puede ser justificadamente
reconocido por haber iniciado y practicado un mensaje universal de derechos humanos y
libertad, catorce siglos atrás, en los cuales todas las contradicciones e inconsistencias antes
mencionadas fueron resueltas tanto en los niveles teóricos como prácticos. El Islam, como
toda religión, consiste en un conjunto de creencias, y las creencias, como lo define C.S.
Pierce, el fundador del Pragmatismo, son diferentes a las ideas, pues ellas necesariamente
influyen sobre aquellos que las sostienen, mientras que las ideas a menudo permanecen sin
práctica. En consecuencia, todo lo que el Islam predicó fue también practicado por los
Musulmanes. Como en el Islam todas las dicotomías de teoría y práctica son resueltas,
dondequiera que observemos disparidad entre la profesión de algo y su puesta en práctica,
podemos decir que en tales casos la condición esencial del Islam no se está cumpliendo. El
Islam literalmente significa “sumisión a Dios”. El sometimiento de diversos intereses
particulares que se esfuerzan por obtener una hegemonía absoluta de la naturaleza,
produce armonía en un mundo de permanente lucha. La armonía en la existencia colectiva
humana puede ser mantenida y asegurada a través de una equilibrada y justa adjudicación
de iguales derechos a todos los individuos, conjuntamente con la libertad de asumir las
obligaciones correspondientes a fin de que los derechos humanos sean conformes con
todos. El Islam trajo a la existencia tal armoniosa sociedad por primera vez en los anales
de la historia de la humanidad, en una época en que el ahora avanzado Occidente vivía en
una total oscuridad y sin ninguna concepción de libertad y derechos humanos. Antes del
advenimiento del Islam, la gran civilización Griega había propuesto una forma
rudimentaria de democracia en las ciudades-estado, y más tarde los romanos también
postularon una similitud de democracia por un corto período. Pero en las democracias
griegas sólo los hombres, no las mujeres, tenían derecho al voto, y a los esclavos se los
consideraba indignos de tener algún derecho. El vasto Imperio Romano fue virtualmente
un estado esclavo, en el cuál solo la libre clase predominante gozaba de ciertos derechos.
El imperio Bizantino que sucedió al imperio Romano nunca practicó las enseñanzas de
Cristo y rechazaba la libertad de pensamiento y los cuestionamientos de los mismos
Cristianos. Los Papas eran igualmente intransigentes ante las libres preguntas. En las
teocracias y monarquías cristianas, las minorías religiosas eran perseguidas y
discriminadas. La estructura socio-política del imperio persa era igualmente opresiva, en la
cual sólo los sacerdotes y los nobles gozaban de algunos derechos. En este sistema de
castas establecido, la gente común ni siquiera podía pensar en la libertad. La sociedad
hindú también estaba conformada por un sistema de castas, donde las castas inferiores, que
constituían la mayoría de la gente, eran tratadas como seres infrahumanos. En tal época, el
Islam surgió con un mensaje universal de libertad humana que garantizaba los mismos
derechos a todos los seres humanos sin considerar su raza, color, nacionalidad, fe, ni sexo.
No obstante haberse desviado del sendero del Profeta (BP) y sus verdaderos sucesores, los
gobernantes musulmanes en general observaron el principio islámico sobre la igualdad
humana y garantizaron muchas más libertades y derechos a sus súbditos que ningún otro
Estado pasado ni contemporáneo. No sólo los musulmanes, sino también los que no lo
eran, gozaban de completa libertad en los Estados gobernados por Musulmanes. Saiid
Amir ‘Ali, en “El Espíritu del Islam”, afirma que el Islam nunca interfirió con los dogmas
de ninguna fe y escribe:
Mientras que los Cristianos ortodoxos perseguían con inigualable ferocidad alos Judíos, a los Nestorianos... el Islam les proporcionó tanto asilo comoprotección. Mientras que la Europa Cristiana quemaba a las brujas y a losherejes, y masacraba a los Judíos y a los infieles, los monarcas musulmanestrataban a sus súbditos no-musulmanes con consideración y tolerancia. Elloseran súbditos de confianza del Estado, consejeros del imperio. Toda oficinasecular fue abierta para ellos conjuntamente con los musulmanes. El mismoprofeta había declarado lícito para un Musulmán casarse con una Cristiana,Hebrea, o Zoroastriana
Los derechos concedidos por el Islam a los no-musulmanes, a las mujeres y a los
esclavos, no sólo no tenían precedentes en aquellos días, sino que además distinguen al
Islam de las nuevas ideologías.
Una detallada discusión sobre el tema de los derechos humanos otorgados y
practicados por el Islam está fuera de la esfera del presente artículo. Yo confinaría mi
discurso a ciertos derechos otorgados a las mujeres, esclavos y no-musulmanes, a fin de
mostrar hasta que punto el Islam respetó la libertad humana. Este estudio nos permitirá
comprender hasta dónde la concepción islámica de libertad ha sido traducida en acción y
práctica. Además del Corán, nuestra otra principal fuente de referencia es Nahj ul-
Balaghah del Imam Ali (P), la cual está en total conformidad con la tradición del Profeta
(BP).
LA CONCEPCIÓN ISLAMICA DE LA LIBERTAD Y LOS DERECHOS:
Dios creó al hombre como un ser libre con razón y sano juicio, y lo condujo con Su
bendición hacia el sendero recto, pero que fue el hombre el que se encadenó a sí mismo
con deseos falsos y ambiciones desenfrenadas. El Imam Ali en su libro Nahyul Balaghah
pone énfasis en este punto haciendo referencia a la estructura natural del hombre y a su
habilidad para ejercitar su libertad en el sendero recto. El famoso aforismo de Rousseau:
“El hombre nació libre pero está encadenado por todas partes”, se hace eco de las palabras
de Imam Ali (P) expresadas repetidas veces durante su infatigable lucha por la libertad
humana en una época en que ella estaba amenazada por los servidores de los deseos
mundanales e invadida por aquellos que querían reducir una sociedad musulmana libre a
una monarquía tiránica.
La libertad, un deseo vivo en lo recóndito de la existencia del hombre, ha sido
expresada de diversas maneras a lo largo de la historia humana. Adán y Eva, fueron
compelidos por este instinto a dejar el Paraíso. Se supone que la acción está basada en la
libertad. El Islam no acepta la opinión del Cristianismo sobre el pecado original, como un
castigo por el cual el hombre fue expulsado del Paraíso. Lo que se denomina “la caída del
hombre” en la tradición semítica pre-islámica puede ser interpretado, desde el punto de
vista islámico, como una ascensión del hombre a una vida de libertad. La llegada del
hombre a la Tierra fue un acto de su libre elección, y él debe ganarse la libertad eterna y
aprovechar la oportunidad, a través de sus continuos y permisibles actos en este mundo, lo
que pone a prueba su instinto de libertad en cada etapa de su vida.
La historia de la humanidad es una incesante búsqueda de la libertad. Es una
búsqueda multilateral: derecho a no sufrir indigencia, librarse del temor, de las fuerzas de
la naturaleza, de la tiranía de sus semejantes, de la injusticia, de la superstición, del
prejuicio, de la lealtad tribal y racial, y, finalmente, de su propia existencia egocéntrica. El
hombre atravesó gradualmente varias fases para obtener todas estas libertades, cada una de
las cuales tuvo tanto un aspecto material como uno espiritual.
La libertad material y la espiritual son complementarias entre sí y son inseparables.
La búsqueda de la libertad sufrió reveses y percances cada vez que una de las dos fue
descuidada. La civilización moderna sufre de la enfermedad de exagerar la importancia de
la dimensión material de la libertad, descuidando la relevancia de la libertad espiritual
sobre la existencia humana. La religión ha procurado la libertad espiritual del hombre,
mientras que la filosofía se ha ocupado de la libertad intelectual. El arte y la literatura han
estado interesados en hacerse cargo en un plano diferente. La búsqueda de la ciencia y la
tecnología ha sido siempre dirigida a lograr la libertad material. Todas las actividades
humanas son una búsqueda de la libertad, y toda la evolución humana representa un curso
de realización gradual de diversas libertades.
La evolución humana es creativa en el sentido de que en cada fase suya una forma
más elevada de libertad emerge como resultado de la creatividad del hombre. La evolución
humana es diferente de la evolución biológica, puesto que la segunda es mecánica y
determinista comparada a la primera en la cual la aspiración del hombre por la libertad
encarna un papel vital y decisivo.
En el curso de la evolución creativa del hombre, el Islam emergió como una
materialización de toda clase de libertades en un período en el que la humanidad estaba
necesitada de una síntesis equilibrada de libertades materiales y espirituales. En un período
en que el progreso material del hombre todavía era incipiente, el Islam anticipó raudos
desarrollos futuros en la esfera material, lo que requería de la guía divina para seguir el
camino recto y para aspirar al futuro desarrollo de la sociedad y política humanas. Esto es
también en el sentido de que el Islam asegura la guía eterna, ya que mantiene de paso
todas las libertades pasadas logradas por el hombre y sienta las bases de un plan para la
evolución futura.
En ese período, la mente del hombre era incapaz de aprovecharse de las infinitas
posibilidades futuras de la creatividad humana, ya que todavía no se habían desarrollado
los medios intelectuales y empíricos del inadvertido futuro. El Corán, la última de las
revelaciones divinas, incluyó los principios orientadores hacia la inducción científica,
como así también un código de moral que bastó para el desarrollo socio-político y
económico del hombre, asegurando la máxima libertad de acción humana en todas las
esferas de la búsqueda multilateral del hombre por la libertad. La declaración del Corán de
que Dios ha completado el Din (religión) y ha conferido al hombre la mejor de Sus
recompensas, indica el hecho de que a través del Islam el hombre consiguió el máximo
potencial para obtener su libertad.
A fin de tener una opinión comprensiva de la libertad otorgada al hombre por el
Islam, uno debe entender la concepción islámica de la libertad conjuntamente con todas
sus implicaciones y consecuencias prácticas relacionadas a la sociedad humana, al estado,
y a la actividad económica, tanto en los aspectos individuales como en los colectivos.
La libertad puede ser entendida de dos maneras: teóricamente, desde un punto de
vista ontológico, y prácticamente, desde el ángulo social. Esta división es por motivos de
estudio, pues en realidad el segundo aspecto lógicamente sucede al primero.
Como se señaló anteriormente con referencia a Alamah Iqbal, el instinto de
libertad es inherente a la naturaleza del hombre. Puede ser denominado un regalo o un
destello de luz, pero yo preferiría remitirme a lo expresado por Ibn ‘Arabi a este respecto,
quien dijo que nada fue impuesto sobre el hombre desde afuera: “Lo que el ‘ayn (esencia)
de uno requirió de Dios le fue conferido”. En estos términos, la libertad fue conferida al
hombre no como un regalo, sino que la recibió a través de su propia capacidad. Por tomar
prestado una frase filosófica contemporánea, la libertad está en la esencia del hombre y su
existencia está basada en la libertad. Puede considerarse que esta opinión está en
conformidad con el Corán, en el cual un gran número de versículos aluden a la libertad
humana tanto en voluntad como en acción.
El Corán además admite la existencia de diversos grados de libertad en los seres
humanos; o sea que todos los hombres no son igualmente capaces de poseer o ejercitar la
libertad. Ello significa que se le da libertad a cada hombre en proporción a su habilidad
para recibirla. Los hombres difieren unos de otros en relación con su capacidad para la
libertad. Los seres más débiles tienen un instinto más desmedrado por la libertad, en tanto
que los más fuertes tienen un instinto más vigoroso hacia ella. Es a causa de esta
diferencia que lo que es obligatorio para los individuos superiores tales como los profetas,
imams, no se espera que lo sea para los hombres ordinarios.
«Dios no impone a ningún ser una carga superior a sus fuerzas...» (Corán; 2:286).
Este principio se aplica a diferentes individuos en diferentes niveles. La obligación
(taklif) implica la capacidad de cumplirla, siempre que un hombre pueda hacerse
responsable de ella. Todos los mandatos y prohibiciones Divinas suponen que el hombre
tiene la capacidad de seguirlas y que algunos de ellos deben obedecer, mientras que otros
no. La posibilidad de obedecer o desobedecer se origina fuera de la libertad humana. Como
cada uno actúa de acuerdo con su propia voluntad, sin ninguna coacción desde afuera, él
está expuesto a recompensas o castigos de acuerdo con sus obras. Nosotros debemos
aceptar que Dios nunca impuso una naturaleza fija ni predeterminada sobre ningún
individuo, y es el hombre mismo el que elige y moldea su propio carácter y por
consiguiente su destino, con completa libertad. El Sagrado Corán es bastante explícito a
este respecto. Sin la libertad de elección y acción del hombre nunca podría haber surgido la
cuestión de la recompensa y el castigo; por otra parte, eso habría significado arbitrariedad,
es decir, injusticia por parte de Dios.
Social y políticamente la libertad está delimitada por deberes, y no es completa o
absoluta. El Imam ‘Ali ibn Musa Ar-Rida (P) resume el tema en las siguientes palabras:
“Tú eres libre de tomar uno u otro camino,... pero el hombre no tiene la capacidad de
transformar lo malo en bueno, o el pecado en virtud”. De este modo podemos concluir que
el hombre es libre, pero su propia libertad requiere de él cumplir con ciertas obligaciones
hacia él mismo, hacia sus semejantes, y, por último, hacia Dios. La libertad no tiene
sentido si uno no cumple con estas obligaciones. Los derechos humanos en su totalidad
llegan a ser tales cuando el ser humano ejercita su libertad para asumir los deberes que se
espera que realice para su Creador, sus semejantes y su propio ser.
No obstante, cualquiera sea el grado y la medida de la libertad concedida al
hombre, él es libre y, consecuentemente, responsable de sus actos. La tentativa de los
Omeyas de justificar el fatalismo, como lo describió Iqbal, fue una atrocidad contra el
Islam y las enseñanzas del Corán. Todas las formas de gobierno y sociedad que niegan la
libertad de los individuos representan una violación aberrante del Islam.
Las siguientes son posibilidades de la libertad humana:
1- Cada hombre puede realizar un acto que él determine y opte por hacer.
2- Cada hombre que realiza un acto puede realizar lo opuesto también.
3- Cada hombre que se ve obligado a realizar un cierto acto se le concede el poderde hacerlo.
4- Incluso a aquellos que no obedecen el mandato divino se les concede el poderpara hacerlo, y también son libres de hacer o no lo que se les ordena.
El lado práctico de la libertad concierne tanto a los deberes individuales como
sociales del hombre. Cada deber requiere como condición previa la libertad y el poder para
cumplirlo, lo cual se denomina “derecho” en términos legales. Así como el derecho a tener
la libertad y el poder de realizar actos deseados se llama derecho natural, la libertad y el
poder para realizar deberes sociales se llama derecho civil, la libertad para actuar en
relación al Estado se llama derecho político, y la libertad para defender los propios
derechos en las cortes se llama derecho legal. El derecho está basado en la libertad, ya que
él apela a que los hombres cumplan con ciertos deberes. Los derechos no tienen sentido
sin la libertad y la libertad sigue siendo un concepto vacío sin el derecho a actuar dentro de
un sistema. La libertad adopta un significado determinado en cada ideología de acuerdo a
su concepción y práctica de los derechos humanos.
La relación entre los derechos y la libertad es de dos clases. Por un lado ningún
derecho puede ser concebido sin la existencia de la libertad; por otra parte, los derechos
aseguran ciertas libertades para los seres humanos. De la misma manera, los derechos y
los deberes están también relacionados entre sí recíprocamente. Cada derecho otorgado al
hombre le impone algunos deberes. El deber, en un sentido más generalizado, significa
respetar los derechos del otro, lo cual, independientemente, da como resultado la
garantización de un terreno seguro para gozar y ejercitar los derechos. La libertad del
hombre implica que todos los hombres tienen los mismos derechos a la libertad, lo cual
conduce a un lógico corolario de que toda libertad del hombre está delimitada por otras
libertades. Pero esta limitación no lo priva a uno de su libertad; más bien, ella salvaguarda
la libertad de todos. Si a uno se le permitiera ejercitar su libertad individual a un punto tal
que diera por resultado la usurpación o la cercenación de la libertad de otros, nadie
seguiría siendo libre, y la libertad en sí misma se volvería sin sentido. De esta manera, la
libertad en sí misma es tanto un derecho como una obligación. A veces el deber precede al
derecho, por ejemplo, cuando una persona conoce y obedece a Dios (ambos son deberes
primarios de un ser humano de acuerdo al Islam), le son acreditados ciertos derechos. En
este caso, cumplir con la obligación de uno hacia Dios, le confiere una libertad más grande
también. Por supuesto, el hombre es libre para desobedecer a su Creador, pero la
desobediencia lo rebaja a la peor clase de servidumbre, a la del mundo y a la de otros
hombres. Por el contrario, la obediencia a Dios emancipa al ser humano de toda clase de
dependencia y obediencia, y lo acredita a la más grande de las libertades y derechos.
Usualmente, los derechos supuestamente preceden a los deberes. Es realmente muy
difícil resolver el acertijo en cuanto a cuál es, entre ambos, previo al otro. En la actualidad,
la libertad, el derecho y el deber son los tres lados de este triángulo, en el cual los tres
lados son iguales. En este triángulo, yo personalmente, prefiero considerar a la libertad
como la base. No obstante, los tres lados son igualmente esenciales para formar el
triángulo. Si uno de los tres es removido, el triángulo desaparece. El Islam le ha dado la
misma importancia a los tres, los cuales, juntos, constituyen la conducta moral, social y
política de un Musulmán. Yo no menciono el comportamiento religioso o teológico
intencionalmente y a sabiendas, ya que el comportamiento religioso no es sino la suma
total de las diferentes dimensiones del comportamiento humano. La comprensión de Dios
y la obediencia a El es la base de la moral del hombre así como de su conducta social y
política. En realidad, estos patrones de comportamiento, que son calificados de diferentes
maneras, están entrelazados y son imperceptibles unos de otros. El Islam contempla todas
las diferentes formas de comportamiento humano como métodos de una actividad
integrada. El concepto universal de “tauhid” se aproxima al comportamiento humano
también desde un punto de vista unitario. El propósito de toda actividad humana es el
establecimiento de la justicia en todos los niveles.
Partiendo de esta base, yo acentuaría mi creencia como Musulmán de que la
existencia del hombre se basa en la libertad, la cual es inherente a la esencia del hombre.
El nace libre en el mundo el cual le invoca a elegir y actuar libremente a fin de determinar
su destino.
La libertad que es afirmada en el Corán es tanto innata como adquirida. No hay
distinción entre un creyente y un no-creyente en este respecto. Lo que está prohibido es
malo y lo que es lícito es bueno para todos los hombres. Algo es bueno o malo, y en eso
está el criterio de lo lícito e ilícito respectivamente. Aquellos que siguen los mandatos
racionales de Dios revelados a través del Profeta (BP) están amparados:
“(El Profeta que) les declara lícito lo bueno e ilícito lo malo, les libra de sus cargas y delas cadenas que estaban sobre ellos...”
(Al-A’raf: 157)
Este principio general, basado en lo inherentemente bueno y malo de las
cosas y de los actos, es universalmente aplicable, y es en este sentido que el Islam
es “la religión de la naturaleza humana” (la cual es una naturaleza Divina en el
sentido de que está dispuesta por Dios). Como hemos señalado, no le fue impuesta
una naturaleza al hombre basada en el determinismo, sino que fue creado de la
manera que le correspondió ser. De este modo, podemos comprender el real
significado de “no hay imposición en la religión” (Al-Baqarah:256). Este principio
está más desarrollado en otro versículo:
“Y luchad por la causa de Allah, como se le debe a El; El os eligió y no os ha impuestoninguna carga en la religión”
(Al-Hayy: 78)
Los hombres son libres de hacer uso y gozar de todas las cosas que no fueron
declaradas ilícitas (Al-Ma’idah: 87:88). Las cosas prohibidas son corrupción, agresión e
injusticia tanto en forma evidente como secretas (Al-A’raf: 28). La justicia y la equidad,
que son el objetivo de la libertad, son disfrutadas (Al-Ma’idah:29). En lo que se refiere a
hacer justicia, Dios no desea la dificultad para los hombres sino la facilidad (Al-
Baqarah:185). Todos los versículos coránicos que prescriben las leyes para una acción
justa, están dirigidos y son propios a todos los seres humanos sin tener en cuenta su fe.
Dios es el Señor de todos los mundos y el Profeta del Islam (BP) fue enviado como una
bendición para todo el universo. Ni Su Señorío ni el profetado de Muhammad (BP) está
confinado sólo a los Musulmanes. En consecuencia la libertad, la más grande de todas las
bendiciones, es otorgada a todos los hombres.
LOS SECTORES MÁS NECESITADOS DE LA GENTE Y SUS DERECHOS
El Islam pone especial atención a los sectores más débiles de la sociedad, ya que los
sectores más fuertes no sólo obtienen lo que es su propio derecho, sino que también
arrebatan aquellos que les pertenecen a los sectores más débiles. Jesús (P) defendió y luchó
por los oprimidos, pero cuando sus seguidores llegaron al poder, adoptaron el mismo
sistema opresor basado en privilegios para la clase gobernante y para los clérigos. El Islam,
por el contrario, concedió derechos especiales a los desamparados de modo que no les
fueran negados sus derechos, y que cualquier violación de ellos fuera compensada. La
mujer en su conjunto fue oprimida por todas las sociedades pre-islámicas tanto en el
Oriente como en Occidente. El status social y la posición legal de los esclavos había sido
aún peor. Con el establecimiento de la ley islámica, se formó un nuevo tipo de gente débil,
es decir, los incrédulos que vivían bajo el gobierno islámico. Además de los esclavos,
siempre han existido una clase de desposeídos compuesta por pequeños labriegos,
trabajadores sin tierras, artesanos, pobres, huérfanos, viudas, discapacitados mentales y
físicos, enfermos, prisioneros y viajeros que se han quedado sin sustento en el camino (ibn
as sabil). El Corán hace mención especial de todas estas clases, en tanto establece los
principios de justicia y formula las leyes de acuerdo a los derechos de la gente. Para ayudar
a los desposeídos, el Corán ordena enfática y repetidamente dar el zakat o diezmo, mientras
recomienda dar sadaqah o limosna a los necesitados.
El zakat y la sadaqah son traducidos como diezmo y limosna respectivamente, pero
en el Corán son definidos en muchos términos mejores. Zakat tiene dos significados:
purificación, y causa de bendición y abundancia. Ambos significados derivan de las
siguientes aleyas coránicas:
“Si no fuera por la gracia de Allah para con vosotros, jamás ninguno de vosotrosse hubiera purificado (zaká); pero Allah purifica (iuzakki) a quien quiere. Allahes Omnioyente, Sapientísimo” (An-Nur: 21).
“...Y quien se purifica (tazakkaa), en verdad que sólo se estará purificando(iatazakkaa) a sí mismo...” (Fatir: 18).
Tanto zakat como sadaqah tienen el significado de purificar la riqueza de uno, con
la diferencia de que el zakat es obligatorio y la sadaqah es sólo preferible.
De esta manera el zakat es otorgado a siete categorías: al menesteroso, al pobre, a
los recaudadores acreditados del zakat, a al mu’al-lifah qulubuhum, para el rescate de
cautivos, para la liberación de esclavos, a los endeudados y a los viajeros que se han
quedado sin medios para subsistir o volver a sus hogares (ibn as-sabil). A estas se le
añaden ocho más. Entre ellas: los fondos públicos para la construcción y administración de
mezquitas, las instituciones educacionales, los sistemas de abastecimiento de agua y para
hacer frente a los gastos del Yihad, etc. De entre quienes se hacen acreedores al zakat, se
hace especial mención de aquellos que consagran todo su tiempo por la causa de Allah,
personas dignas que nunca piden ayuda a la gente impertinentemente, a pesar de su
extrema pobreza (Al-Baqarah: 273).
Las condiciones para la designación de los jueces son muy estrictas y rigurosas y la
responsabilidad de los gobernantes es tan grande que cualquier musulmán correcto se
estremecería al aceptarlas debido a la Ley del Islam. El objetivo principal del gobierno
islámico es establecer la ley de la justicia y equidad (An-Nahl: 19), la cual exige que el
débil y el indigente (incluyendo a los esclavos) deben ser previstos de sus necesidades
básicas (An-Nahl: 71). Hacer justicia a los necesitados parece ser la más difícil de las
tareas del gobierno. Como los sectores más débiles de la gente caen fácilmente presa de la
opresión y la tiranía, el Islam ha tomado un cuidado particular para proteger sus derechos
y resarcir todo lo que les cause legítima aflicción. De esta manera la ley Islámica asegura
la libertad de los oprimidos.
El Corán contiene un número de versículos que establecen los principiosorientadores de la justicia:
1) Nunca remitirse a un gobernante descarriado y tirano para procurar justicia (An-Nisa: 63, Hud: 113)
2) Los profetas y sus delegados son los vicarios de Dios para establecer los pautasde justicia y equidad (Sad: 38)
3) Los individuos y jueces designados según la shari‘ah deben seguir los mandatosde Dios (Al-Ma’idah: 48, 49 y 51)
4) Los jueces están obligados a ver que todos los ciudadanos obtengan su derecho(An-Nisa: 61)
5) Se debe respetar la orden de un juez y la de un árbitro. (An-Nur: 48-49, An-Nisa: 68)
6) Los jueces deben ser imparciales y meticulosos (An-Nisa: 106)
7) Los jueces están obligados a considerar las escrituras de los no-musulmanes yfinalizar su asunto a la mayor brevedad (Al-Ma’idah: 46)
8) Está estríctamenmte prohibido aceptar sobornos (Al-Baqarah: 180)
El texto coránico también establece las condiciones para la designación del Qadi:
él debe ser adulto, poseer sentido de la razón, de firme fe, ser justo, experto en fiqh o
jurisprudencia, con la capacidad para hacer iytihad o extracción de normas, hijo legítimo,
ser cuerdo, y debe ser varón.
El principio de justicia exige que el primer deber de un gobernante que pretende
seguir la política islámica para construir una sociedad verdaderamente islámica, sea
propiciar la instauración de la justicia islámica.
(A) LOS DERECHOS DE LOS NO-MUSULMANES
Así como el Corán ha tomado un cuidado especial respecto de los no-musulmanes
en lo que se refiere a sus derechos legales, les concede plena libertad en lo que a fe se
refiere, actividad económica, propiedad, seguridad social, y preservación de su cultura y
sus tradiciones.
1) Se les ordena a los musulmanes observar las condiciones de sus pactos y
tratados realizados con los no-musulmanes y nunca violarlos (al-Ma’idah:1, al-Nahl:91;
al-Ahzab:15; at-Tawbah:4 y 7; Banu Isra’il:34; al-Baqarah:177; ar-Ra’d:20; al-
Mu’minun:8 y 9; al-Ma’ariy: 32). Se prescribe un principio fundamental: mantener las
promesas y cumplir con los pactos es una característica de un verdadero Musulmán. Esta
norma también incluye a los pactos con los no-musulmanes. Ali (P) incluyó a los no-
musulmanes también entre los ciudadanos comunes que pagan impuestos o tributo
(yiziah). Respecto a los pactos con un enemigo, él le aconseja a Malik Al-Ashtar:
“...Si tu enemigo te invita a firmar un tratado aceptable para el Señor, nuncadeberás rechazar tal oferta, porque la paz llevará descanso y alivio para tuejército, te aliviará de preocupaciones y ansiedades y llevará prosperidad yabundancia a tu gente. Pero aún después de tal tratado, cuídate del enemigo. Nodeposites demasiada fe en sus promesas porque a menudo, recurrirá a la paz y alos tratos para embaucarte y engañarte, sacando ventaja de tu confianza y
descuido. Al mismo tiempo, sé muy cuidadoso. Nunca faltes a la palabra dada alenemigo, nunca reniegues de la protección o apoyo que le has ofrecido, nunca tevuelvas atrás en tu palabra y nunca violes los términos de un tratado. Debesarriesgar incluso tu vida para cumplir con las promesas y los términosestablecidos, porque de todas las obligaciones que el Señor Todopoderoso leimpuso al hombre (en relación a los otros hombres), no hay ninguna tanimportante como la de mantener una promesa que se ha hecho. Aunque laspersonas puedan diferir en sus religiones e ideologías y puedan tenerdivergentes criterios sobre los variados problemas de estado, todas concuerdanen que la promesa hecha debe ser cumplida. Aun los paganos se cuidan demantener las promesas hechas entre ellos, porque han visto y han notado losefectos perniciosos de promesas hechas y rotas. Por tanto, ten particular cuidadode las promesas hechas; nunca te retractes de la palabra que diste, nunca ataqueso comiences una ofensiva sin un previo desafío y sin dar un ultimátum. Unfraude o decepción, aun en contra de tu enemigo, es una decepción contra Diosy nadie, salvo los miserables pecadores, se atreverían a hacerlo...” [nahyulbalaghah] .
En la misma carta, él escribe:
“...Recuerda Malik que hay dos tipos de personas: aquellas que tienen tumisma religión y son tus hermanos, y aquellas que profesan otra religión y queson seres humanos como tú. Hombres de una y otra clase padecen de las mismasdebilidades e incapacidades que se heredan en la carne, pecan y dan riendasuelta a sus vicios, ya sea intencional o involuntariamente, sin darse cuenta de laenormidad de sus actos. Deja que tu misericordia y compasión los rescate y losayude de la misma manera que tú esperas que Dios te demuestre Sumisericordia y Su perdón...” .
Los derechos de los no-musulmanes que viven en un estado Musulmán están
comprendidos en las instrucciones antes mencionadas; sus vidas deben ser protegidas y se
prohibe su derramamiento de sangre. El versículo 58 de Al-’Anfal y los versículos 90-94
de An-Nisá incitan a los musulmanes a aceptar cualquier oferta de paz por parte de los no-
musulmanes con la promesa divina de que si ellos se proponen obrar traicioneramente,
Dios protegerá a los Musulmanes.
2) Los Musulmanes deben cuidar de los dhimmis o ahludh dhimmah, es decir, los
no-musulmanes que se encuentran bajo la protección de un Estado Musulmán de acuerdo a
un pacto de dhimmah. Un dhimmi es libre de cumplir el pacto de dhimmah o dejar el
Estado Musulmán. No hay compulsión ni coerción en este sentido.
El Allamah Al-Hilli sostiene que este pacto no es invariablemente obligatorio para
un no-Musulmán, sino que es un pacto bilateral. Los Judíos, Cristianos y Zoroastrianos
son amparados por este pacto, pero los Sunnis incluyen a todos los no-musulmanes
también bajo el pacto de dhimmah. El pacto realizado con los Cristianos de Sana’ por el
Profeta (BP) y escrito por Ali (P), declaró que todos los Cristianos que vivían en Oriente y
Occidente, ya sean árabes o no-árabes, son amparados por él; cualquiera que los ataque
será considerado como que ataca a los musulmanes, y si un musulmán lo viola, ya sea él
un funcionario o una persona corriente, él será desleal al Islam. De acuerdo a esto, los
musulmanes fueron considerados responsables de proteger la seguridad de los Cristianos y
fueron obligados a defenderles con sus propias vidas. Los dhimmis no serían obligados a
pagar ningún otro impuesto excepto el tributo que ellos habían convenido pagar
voluntariamente; sus sacerdotes están exentos de pagar yiziah/tributo; a los ricos y los
mercaderes entre ellos no se les requeriría el pago de ningún impuesto adicional; ninguno
de ellos sería forzado a combatir en las batallas; serían tratados de la mejor manera
posible; y cualquier cosa que les ocasionara daño o perjuicio sería evitado. También se
concluyeron tratados similares con la gente de Ila (‘Aqabah) y Nayran.
3) Los dhimmis deben pagar yiziah solamente, y están obligados a cumplir con las
leyes Islámicas pertinentes a los asuntos judiciales y cuestiones penales, los cuales son
aplicables para todos los ciudadanos por igual. Ello significa que los no-musulmanes, en
relación a los asuntos legales, gozan de igualdad con los musulmanes. Fue a causa de este
derecho a la igualdad que un cristiano pudo rebatir al Califa en la corte de justicia, donde
además la situación era falsa, como se describió anteriormente.
Yiziah es un compromiso financiero por parte de los dhimmis en conformidad con
el mandato Coránico (At-Tawbah: 29). De acuerdo al Shaij At-Tusí, el monto del yiziah
no es fijo; puede ser estipulado por los gobernantes Musulmanes tomando en
consideración el producto y beneficio de las tierras de los dhimmis, o determinado en
relación a la capacidad de cada individuo. Amir Al-Mu’minin (P) impuso un impuesto de
48 dirhams sobre los ricos, 24 sobre la gente de clase media, y 12 sobre los pobres.
En caso de calamidades naturales y accesos de lluvias o sequía y destrucción de
cosechas, el impuesto debe ser reducido o, si las condiciones lo hacen necesario,
totalmente eximida durante cierto tiempo. El también recomienda proveer todas las
facilidades a los granjeros, ya que la mejor inversión para un gobernador es ayudar a sus
subordinados en tiempos de dificultad. Es de hacer notar que fueron principalmente los
no-musulmanes los que participaban en la labranza de la tierra en aquellos días, ya que los
musulmanes mayormente participaban en el ejército y en la defensa del Estado. La
indulgencia en recaudar los impuestos es un recurso para ganar la confianza y la estima de
los dhimmis, lo que, en caso de una crisis demostraría ser un beneficio y una fuente de
poder para el gobernante. Ali (P) quería que los gobernantes musulmanes se comportaran
de manera diferente a aquella clase de gobernantes descritos en el Corán como
acarreadores de desviación en la tierra y miseria sobre la gente (An-Naml: 34). La pobreza
de la gente, en su opinión, es la causa presente en la desbastación y ruina de un país.
Independientemente de las condiciones extraordinarias, también en condiciones normales,
ciertas categorías de subordinados no-musulmanes fueron exentos del yiziah y del Jarash,
tales como los menores, los pobres, los ancianos, las personas incapacitadas e insanas. A
las mujeres no les compele el pago de yiziah. Las casadas de entre ellas tienen derecho a
todos los derechos de ciudadana basándose en el pago del impuesto de sus esposos,
mientras que las solteras están eximidas debido a los derechos de ciudadanía de sus padres
y tutores. Todo tratado que impone yiziah sobre las mujeres es nulo e inválido desde el
punto de vista Islámico. Además de los desastres naturales u otras calamidades, también
en algunas otras circunstancias los no-musulmánes están eximidos del pago de yiziah.
Estas son: cada vez que los musulmanes sienten que les es imposible cumplir con sus
obligaciones para con los dhimmis; cada vez que los musulmanes consideran la exención
como un instrumento para crear y fomentar mejores relaciones entre las comunidades
musulmanas y los no-musulmanas; cada vez que los musulmanes tengan necesidad de
procurar su participación activa en la guerra; y cada vez que alguno de ellos abrace el
Islam. En la mayoría de los países bajo el gobierno de musulmanes la yiziah no fue
recaudada en absoluto; por ejemplo, en India la mayoría de los gobernantes, con unas
pocas excepciones, no imponen la yiziah sobre los no-musulmanes. Awrangzeb ‘Alamgir,
el emperador Mogol, la impuso en su reino, pero probó estar en contra de los intereses del
imperio musulmán y ser contraproducente.
Los dhimmis y otros no-musulmanes leales al Estado Musulmán gozan de libertad
de culto y adoración. Sus lugares de adoración son protegidos. Ellos usualmente han
recibido generosas concesiones de parte de los gobernantes Musulmanes. A pesar de que
ellos tienen los mismos derechos legales, son libres de remitirse en sus litigios internos a
sus propias autoridades religiosas. A ellos se les otorga todos los derechos concedidos a
los ciudadanos Musulmanes, es decir, el derecho a educación y divulgación de
conocimiento, libertad de pensamiento, el derecho a propiedad, el derecho a participar en
la actividad comercial, la agricultura, industria, y cualquier actividad honorable. Ellos son
tratados igualmente en los asuntos sociales y son respetados. Ash-Sharif Ar-Radi compuso
elegías como tributo a su amigo y maestro, As-Sabi’, un eminente poeta y sabio Cristiano.
Los no-musulmanes han servido en las cortes musulmanas como ministros,
administradores, contadores, secretarios, y embajadores. Ellos también se distinguieron
durante los regímenes Musulmanes como científicos, físicos, profesores, hombres de
letras, artistas, comerciantes, industriales, banqueros, etc. Incluso a las democracias
seculares de hoy no les es posible asegurar todos estos derechos y libertades a sus
minorías. Al mismo tiempo que los Estados Musulmanes pudieron asegurar estos derechos
a sus subordinados no-musulmanes, nosotros raras veces encontramos en su historia
incidentes de conflictos y disturbios al respecto.
(B) EL DERECHO DE LOS ESCLAVOS
Todas las sociedades medievales permitieron que la esclavitud continuara para
provecho de las clases gobernantes, pero el Islam se opuso a ello. Como las condiciones
históricas no permitían su abolición inmediata en esa época, el Islam concedió a los
esclavos los derechos humanos que les habían sido negados desde tiempos inmemoriales.
El Corán incitó a los Musulmanes a liberar a los esclavos en versículos tales como: al-
Baqarah: 177; al-Ma’idah: 89; an-Nisa’: 93; al-Muyadalah: 3. El Profeta (BP) también
instó a todos los Musulmanes a que dejaran libres a los esclavos, y él mismo lo hizo. El
designó a esclavos para importantes posiciones y los trató por igual. Si bien la práctica de
la esclavitud continuó en el mundo Musulmán, al menos, debido a que gozaban de los
beneficios de una buena educación y un status respetable, muchos esclavos ascendieron a
altos cargos y a veces gobernaron sobre sus antiguos amos. Los esclavos turcos abasidas
podían imponer condiciones a los propios califas. Los fundadores de los imperios de
Ghaznawi y Ghawri eran esclavos. Similarmente los gobernantes Khawarazmi eran
descendientes de esclavos. En India, el primer Imperio Musulmán fue construido
(gradualmente) por un esclavo de Shihab Ad-Din Ghawri, llamado Qutb ad-Din Aybak,
quien a su vez fue sucedido por su esclavo, Iltitmush, y subsecuentemente, su esclavo
Balban fue hecho emperador cuando la familia de Iltitmush llegó a su fin. En el Sur de la
India (Deccan), la primera dinastía independiente fue fundada por un esclavo de
Muhammad Tughlaq, llamado ‘Ala Ad-Din Hasan Gangu Bahmani. Los esclavos se
casaban a menudo con las hijas de sus amos. Ninguna otra religión o ley ha tratado a los
esclavos tan deferentemente. Prácticamente, la esclavitud estaba casi suprimida en el
mundo Musulmán cuando el recientemente civilizado Occidente estaba haciendo esclavos
a los africanos y deportándolos a Norteamérica, donde hasta hoy en día los
norteamericanos negros todavía están luchando por iguales derechos y trato humano.
Sudáfrica es otro ejemplo del tratamiento de los Negros, quienes a pesar de ser los
legítimos dueños del país y conformar la mayoría, estaban siendo tratados y perseguidos
de una manera peor que a los esclavos. Todas estas atrocidades contra los seres humanos
libres son cometidas por los autores de la “Declaración Universal de los Derechos
Humanos”. El Islam confirió la libertad a los esclavos del mundo catorce siglos atrás. Los
esclavos fueron los más grandes beneficiarios de la Declaración Islámica de los Derechos
Humanos. Es a causa de la igualdad Islámica que las personas que eran discriminadas por
prejuicios raciales u otros motivos llegaron al rebaño del Islam.
C) LOS DERECHOS DE LAS MUJERES
Si comparamos la condición de las mujeres de las sociedades pre-Islámicas de
Grecia, Roma, Persia, Siria, India, y Arabia, reconoceremos que el Islam elevó su posición
a un nivel en el que ellas podían alegar los mismos derechos que los hombres en todas las
esferas de la vida. El Cristianismo consideraba a la mujer como la fuente y la causa del
pecado de Adán y su consecuente caída, y los paganos árabes enterraban a sus hijas vivas
pues las consideraban motivo de vergüenza. El Islam no sólo abogó por la igualdad de los
sexos, sino que el Profeta (BP) también dio un ejemplo de cómo respetar a las mujeres al
demostrar un gran respeto por su esposa Jadiyah (P) y Fátima (P) en particular, y por las
mujeres del pueblo en general.
La poligamia y el hiyab son el blanco de las burlas y las críticas de Occidente y de
los así llamados “luminarias” del Oriente respecto al trato del Islam para con las mujeres.
Lo primero, por un lado, fue necesario por las condiciones sociales, y el otro, por la
constitución fisiológica de los dos sexos. La promiscuidad y el amor libre en las
sociedades modernas indican la natural necesidad de tal cosa. El Hiyab Islámico no
aprisiona a la mujer, sino que la emancipa de muchas maneras. Confinar a la mujer a las
cuatro paredes de la casa y privarla de los frutos de la educación, nunca fue aprobado por
el Islam. Jawahirlal Nehru, en El Descubrimiento de la India, correctamente señala que
este tipo de confinamiento femenino es el resultado de que las mujeres fueron privadas de
su libertad bajo las influencias no-Islámicas. Occidente, que se declara defensor de los
derechos iguales de las mujeres, les ha otorgado los derechos a la propiedad, la separación
y el voto sólo recientemente. Said Amir ‘Ali, un eminente jurista indio, escribió en El
Espíritu del Islam en las primeras décadas de este siglo:
Hasta muy recientemente, incluso en Inglaterra, una mujer casada no poseía derechos
independientemente de su esposo ... Pero el Profeta, quien en una época en que ningún
país, ningún sistema, ni comunidad daba ningún derecho a la mujer, ya sea soltera o
casada, madre o esposa, quien, en una nación donde el nacimiento de una hija era
considerado una calamidad, garantizó al sexo femenino derechos que sólo de mala gana y
bajo presión fueron concedidos a ellas por las naciones civilizadas del siglo veinte, merece
la gratitud de la humanidad [Said amir ali] .
Si la mujer Musulmana busca imitar el papel social de su hermana europea, eso
no será nada más que una emancipación mal entendida que la atrapará en el nocivo
pantano del sistema capitalista, el cual ha reducido a la mujer a un adorno y a un objeto
sexual para exhibir en las vidrieras de los supermercados y las salas de recepciones y
fiestas de grandes oficinas. Por el contrario, el Islam le ha concedido los derechos y
libertades que ningún sistema pudo conferirles.
En el Islam todos los derechos otorgados a los hombres, con muy pocas
excepciones, también fueron concedidos a las mujeres. Una excepción es con respecto al
yihad o lucha por la defensa, pero las mujeres pueden ayudar a los hombres detrás del
frente de guerra cuidando a los heridos y haciendo tareas similares importantes. En cuanto
al matrimonio, las mujeres tienen el derecho de expresar su consentimiento para casarse
con una persona y son libres de disentir. En el divorcio el derecho se le confiere al
hombre, pero bajo ciertas condiciones la mujer puede iniciar el procedimiento legal para
obtener el divorcio. Los derechos de la mujer en el Islam pueden ser resumidos de la
siguiente manera:
Las mujeres son tratadas en pie de igualdad en relación a los hombres en todos los
aspectos: religioso, educacional, legal, moral y económico.
(a) En los asuntos religiosos, las obligaciones y recompensas de las mujeres son las
mismas que las de los hombres (an-Nisa: 1; al-A’raf: 189; al-’Ahzab: 35).
(b) En los asuntos éticos, también, se mantiene la igualdad de los dos sexos (an-
Nisa; 124; an-Nahl:97).
(c) Respecto a la educación, el Corán implícitamente otorga a las mujeres los
mismos derechos que son concedidos a los hombres. Similarmente, el hadiz o narración
del Profeta (BP) hace obligatorio sobre todos los Musulmanes la adquisición de
conocimiento, no menciona ningún sexo; en realidad, el Profeta ordenó que incluso las
mujeres esclavas fueran educadas. Como las mujeres tienen la responsabilidad de tomar a
su cuidado a los infantes, tienen por deber adquirir algún conocimiento sobre medicina y
también sobre la habilidad de asistencia en el parto. El Profeta (P) le pidió a una mujer que
instruyera a su esposa Hafsah bint ‘Umar. Las mujeres también solían asistir a sus
disertaciones. Como resultado de esta práctica, una gran cantidad de mujeres de la Casa
del Profeta (P) sobresalieron en hadiz y fiqh o jurisprudencia islámica. En la historia del
Islam, encontramos los nombres de un gran número de mujeres que igualaron a los más
instruidos hombres en las ciencias religiosas, en el arte y en la literatura.
(d) Los derechos legales y económicos de las mujeres también están a la par con
los de los hombres. El Islam aseguró la independencia económica de las mujeres al
concederles una parte de la propiedad de los padres (an-Nisa’: 7 y 11), y advirtió en contra
de privarlas de su herencia (an-Nisa: 19). Una mujer está habilitada para administrar su
propiedad. Ella goza del derecho a gastar lo que posee y su esposo no puede privarla de su
dote (mahr) (al-Baqarah: 229, an-Nisa: 19-21 y 25), a menos que ella voluntariamente
renuncie a ella como un obsequio (an-Nisa: 24). Si se le causa perjuicio, ella tiene derecho
a compensación exactamente como el hombre, y si ella comete una ofensa civil, el Corán
dice que su pena es ni más ni menos que aquella de un hombre en una situación similar
(al-Ma’idah: 41; an-Nur: 2).
(e) En el contrato matrimonial, excepto en caso de divorcio, a ella se le confieren
los mismos derechos que a su esposo. El Corán explícitamente ordena a los hombres que
no den en matrimonio a las mujeres sin buscar su consentimiento (an-Nisa: 19). Incluso el
derecho de una mujer infiel es respetado por el Corán, que ordena a los Musulmanes no
violar la modestia y el honor de las mujeres de los mushrikun o incrédulos (Al-
Mumtahanah: 10-11). En nuestra época sumamente progresista, los ejércitos de las
naciones más civilizadas de Occidente consideran que es su legítimo derecho violar el
honor de las mujeres del enemigo, ya que la castidad y la dignidad de la mujer no tiene
valor de acuerdo a las pautas modernas de cultura y moralidad.
Una mujer Musulmana también goza del derecho de elegir a su esposo por su libre
voluntad. Ella tiene derecho a la dote (mahr) de acuerdo con el contrato matrimonial. A
pesar de que la poligamia es permitida en el Islam, las condiciones de ser imparcial y justo
con todas las esposas son tan estrictas que prácticamente es desalentado. El tercer
versículo de An-Nisa dice que si temes que no podrás ser justo con más de una sola
esposa, que te contentes con una sola... Las condiciones de justicia con las esposas están
establecidas en el versículo 33 de An-Nisa. Hay muchos versículos en el Corán que
enfatizan la santidad del hogar y la familia y establecen los deberes y derechos mutuos del
marido y la esposa en pro de proteger el bienestar de la familia. Ambos son considerados
responsables de la armonía de la familia. En caso de diferencias, se aconseja al marido y a
la esposa resolverlas con la ayuda de dos árbitros, uno por cada una de las partes (an-Nisa:
35). Si se hace imposible vivir juntos, la medida de la separación está abierta, pero de
acuerdo a una tradición del Profeta (BP) el divorcio es la peor de las cosas permisibles a
los ojos de Dios. Una mujer tiene derecho a recibir su manutención de parte de su esposo
durante el período de ‘iddah o espera antes de poder contraer nuevo matrimonio, y un hijo
nacido en este período pertenece al esposo, quien es el responsable de sus gastos. Aun el
muy criticado tema sobre la práctica del matrimonio temporal (mut’ah) está siendo
apreciado ahora por algunos sociólogos modernos que lo consideran la mejor salvaguarda
contra la promiscuidad.
(f) El Islam también ha otorgado derechos políticos a las mujeres, como se
estableció en el doceavo versículo de al-Mumtahanah en el Corán. A las mujeres de
Quraish se les concedió el derecho a prestar juramento de lealtad después de darles
satisfacción plenamente las condiciones de sumisión a él. En conclusión este versículo
confiere a las mujeres el derecho al voto, un derecho por el cual las mujeres de Occidente
tuvieron que luchar y esperar hasta el siglo veinte.
CONCLUSIÓN
Todos los derechos humanos nacen de la libertad del hombre y son obtenidos por
el cumplimiento de las obligaciones dentro de la sociedad así como también dentro de una
organización política. Una sociedad que confiere más derechos a sus miembros debe
considerársela más libre que aquellas que, u otorgan derechos limitados solamente o bien
no aseguran que ellos sean observados. En los Estados modernos, aquellos que reclaman
ser abiertos y libres cercenan los derechos legítimos de una u otra manera, y los que están
basados en la soberanía de la clase trabajadora privan a las otras clases de los derechos
humanos. Además, el último, a través del adoctrinamiento y la regulación de pensamiento,
transforma en máquinas a los seres humanos. La tecnocracia y la burocracia de las
sociedades modernas, tanto la capitalista como la socialista, se ocupan del aspecto material
del hombre y, consecuentemente, deshumanizan todas las relaciones sociales y humanas.
El Islam, por otra parte, asegura el cumplimiento tanto de las aspiraciones materiales como
espirituales del hombre al conceder los mismos derechos a todos los sectores de la
sociedad y al asegurar su ejecución e instauración por parte del Estado. De este modo el
Islam acepta la libertad inherente del hombre y su completa utilización y desarrollo, y
organiza su superestructura socio-política como corresponde. La concepción Islámica de
los derechos humanos y su firme cumplimiento asegura una mayor libertad a todos los
sectores de la humanidad que aquella conferida en cualquier otro sistema.
Si estudiamos las opiniones de los líderes espirituales del Islam, veremos cómo
ellos desaprobaron todos los actos de injusticia y rechazaron todas las formulaciones que
procuraron privar al hombre de su libertad.
FUENTES
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The Encyclopedia Americana (EE.UU., American Corporation, 1963 edic.)
Enciclopedia Internacional (Nueva York, Grolier Incorporated, 1971 edic.), IX
Saiid Amir ‘Ali, The Spirit of Islam (Londres, Methuen, 1965)
‘Allamah Iqbal, “La Reconstrucción del Pensamiento Religioso en el Islam” (Lahore:Muhammad Ashraf, Mayo 1971)
Shaij At-Ta’ifah Muhammad Ibn Al-Hasan At-Tusi, “Tamhid al-’Usul”, traducido conintroducción por ‘Abd Al-Muhsin Mishkat Ad-Dini (Teherán: Anjuman-e islami Hikmatwa Falsafeh-ie Irán, 1358 Sh.)
Dr. Muhammad Khaza’ili, Ahkam-e Qur’an (Sazman-e chap wa intisharat-e Jawidan, 2ºedic., 2555 Shah.).
Imam Ali R.A. Nahyul Balaghah, Embajada de República Islámica de Irán.