3
DERECHO PENAL PREMIAL

Derecho Penal Premial

Embed Size (px)

DESCRIPTION

sghj

Citation preview

Page 1: Derecho Penal Premial

DERECHO PENAL PREMIAL

Page 2: Derecho Penal Premial

Isabel Sánchez García de Paz: “ conjunto de normas de atenuación o remisión de la pena orientadas a premiar

y así fomentar conductas de desistimiento y arrepentimiento eficaz de la conducta criminal o bien

de abandono futuro de las actividades delictivas y colaboración con las autoridades de persecución penal en el descubrimiento de los delitos ya cometidos o, en

su caso, el desmantelamiento de la organización criminal a que pertenezca el inculpado”.

Aquel fenómeno “(…) por el cual a la pena consecuencia de un delito viene aplicado un premio

consistente en una despenalización ( medida adoptada cuando, por motivos de política penal y por no tener

mayor trascendencia , se le quita la calidad de delito a determinados actos).

Page 3: Derecho Penal Premial

El término “Colaboración Eficaz” es utilizado en nuestra legislación, como una manera de generalizar la figura jurídica del derecho penal premial del arrepentimiento en los demás tipos penales como el tráfico ilícito de drogas, corrupción de funcionarios, los tipos aduaneros, entre otros. Por lo mismo, el colaborador eficaz sería aquel investigado, procesado o sentenciado que colabora con la justicia esclareciendo los hechos ilícitos e identificando a los otros coinculpados, consiguiendo finalmente una recompensa por el apoyo a la justicia penal.

La Colaboración Eficaz

El arrepentido, dentro de un concepto jurídico, es aquel imputado que pretende beneficiarse con eximirse la pena, o con su atenuación, por el hecho de prestar colaboración post-delictual con los órganos de la investigación, auto incriminándose o delatando a sus cómplices.

literalmente como aquel “que manifieste el reo en actos encaminados a disminuir o reparar el daño de un delito o facultar su castigo...”. 

El Arrepentimiento