Delitos Bancarios

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Trabajo sobre los delitos bancarios en venezuela

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Plantilla UPEL

REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA

ALDEA UNIVERSITARIA POLICIA ESTADALP.F.G.: ESTUDIOS JURDICOS

DELITOS BANCARIOS

Realizado por:

Romelkis CarvajalFacilitador:

Abg. Antonio Sieglet.

Tucupita, Enero 2016

INTRODUCCIONPor ser un inters Histrico Social, el Derecho h sufrido cambios derivados de las circunstancias de lugar y tiempo, motivadoras de la creacin de normas jurdicas para el control de diversas situaciones que lo ameritan.

A esta constante evolucin, no escapa el Derecho Mercantil, ya que regula entre otros comportamientos criminosos la categora de delitos bancarios, que invaden valga la redundancia la actividad bancaria, actividad que aparece desde la Edad Media, periodo en que se desarrolla la banca y se define al Derecho Mercantil como una ciencia jurdica con fisonoma casi autnoma (Barboza, 1990,39) .

Desde esa poca se ha requerido de la banca, una buena administracin y prudencia, establecindose toda practica que sea contraria, sea sancionada desde el punto de vista administrativo, moral y penal.

Posteriormente en el estado moderno, los delitos bancarios fueron tipificados en el primer Cdigo de Comercio Francs (1808), aludindose la situacin fraudulenta que segua muy de cerca la compaa annima, contemplndose sanciones penales para los hechos que eran considerados como delitos.

Toda la evolucin codificadora mercantil del siglo XIX europea estuvo signada por la incorporacin de sanciones penales para los ilcitos societarios. Venezuela por razones econmicas y socio-polticas se aparto de esa corriente, con la excepcin del delito de quiebra culposa o fraudulenta (caribas, 1998,17)

En la actualidad en muchos pases, los delitos bancarios no se encuentran tipificados en la legislacin penal, sino en leyes especiales, por lo que se han catalogado como integrantes del llamado derecho penal complementario, por estar contenido de otras leyes penales distintas al cdigo penal.

En el caso venezolano, la historia reciente del auge de la crisis financiera y bancaria, ha colocados al pas al borde de un colapso econmico y social, justificando el tratamiento legal de esta modalidad.En Venezuela los delitos bancarios han ocasionado un saldo de grandes prdidas de dinero, tanto para el sector inversionista, el usuario natural, como para el estado, siendo la corrupcin, la falta de tica profesional, la prdida de valores, la justicia discriminatoria, la debilidad del sistema penal, entre otros, los factores que han incidido en su produccin.En el siguiente trabajo definir el trmino delitos bancarios, identificar donde ocurren estos delitos, quien tiene la responsabilidad de supervisar el sistema bancario, as como, la identificacin de algunos delitos ms comunes y como evitarlos.

DELITOS BANCARIOS

Definicin

Se consideran delitos bancarios aquellas acciones que, por su naturaleza, son cometidas mediante operaciones propias de los bancos u otras instituciones financieras, en detrimento de los clientes del los mismos.

As pues, son delitos bancarios los cometidos por todas aquellas personas, naturales o jurdicas, que involucren el manejo fraudulento de fondos del banco o la simulacin de operaciones del mismo, adems del trfico de documentos mercantiles en forma contraria a lo estipulado en la ley o el forjamiento de los mismo.

Este tipo de delitos se encuentra tipificado en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, publicado en la Gaceta Oficial, especficamente en el Captulo II de su Ttulo VII, De las Sanciones Penales.

Donde Ocurren los Delitos Bancarios

Los Bancos son instituciones financieras cuya finalidad es la captacin de capital en forma de depsitos de pequeos o grandes inversionistas y ahorristas, para producir sus propios capitales a travs de la inversin.

En el circuito econmico de un pas es imprescindible la intervencin tanto de la banca privada como de la banca pblica, pues sirven de soporte indispensable a los capitales cualquiera sea su fuente legal, facilitando en gran medida las diferentes operaciones o transacciones propias de las instituciones que conforman el sistema econmico, tales como empresas pequeas, mediana, grandes; transnacionales e instituciones del Estado.

En tal sentido surge la necesidad de que las instituciones financieras, as como las operaciones que realizan sean protegidas legalmente, inclusive con la norma ms enrgica del sistema jurdico nacional, que es la norma penal, para tal fin se crea la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, como rgano idneo para ejercer la supervisin y regulacin, mediante la inspeccin de los sujetos sometidos a su control, con el objetivo de fortalecer la estabilidad y transparencia del sistema financiero de la Repblica Bolivariana de Venezuela, respondiendo a las necesidades sociales, econmicas y de justicia de los ciudadanos y ciudadanas, consagrando as los fines supremos del Estado y la Nacin.

El rgano Supervisor del Sistema Bancario

La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN) ejerce una supervisin y regulacin de los sujetos sometidos a su control, bajo esquemas preventivos y correctivos conforme a los estndares universalmente establecidos y en concordancia con los postulados de justicia social y de transparencia conforme lo consagra la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela y La Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

As pues, el Art., 213 de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras establece que tendr como funciones: La inspeccin, supervisin, vigilancia, regulacin y control de los bancos, entidades de ahorro y prstamo, otras instituciones financieras, casas de cambio, operadores cambiarios fronterizos y empresas emisoras y operadoras de tarjetas de crdito.

Para satisfacer los extremos previstos en esta norma, su actuacin deber comprender (segn lo consagra el Art. 217, ejusdem) como mnimo, los siguientes aspectos:

Asegurar que los bancos, entidades de ahorro y prstamo e instituciones financieras tengan sistemas y procedimientos adecuados para vigilar y controlar sus actividades a escala nacional e internacional, si fuere el caso.

Obtener informacin sobre el grupo financiero a travs de inspecciones regulares, estados financieros auditados y otros informes.

Obtener informacin sobre las transacciones y relaciones entre las empresas del grupo financiero, tanto nacionales como internacionales, si fuere el caso.

Recibir estados financieros consolidados a nivel nacional e internacional, si fuere el caso, o informacin comparable que permita el anlisis de la situacin del grupo financiero en forma consolidada.

Evaluar los indicadores financieros de la institucin y del grupo.

Obtener informacin sobre la respectiva estructura accionaria, incluyendo los datos que permitan determinar con precisin la identidad de las personas naturales, propietarias finales de las acciones o de las compaas que las detentan.

Obtener la informacin necesaria, mediante inspecciones in situ o extra situ, a los fines de verificar que las agencias, sucursales, oficinas, filiales y afiliadas en el exterior, de bancos o instituciones financieras venezolanos, cumplen con las regulaciones y disposiciones aplicables del lugar donde funcionan.

Asegurar que los bancos, entidades de ahorro y prstamo, instituciones financieras y dems empresas sujetas a la Ley, tengan sistemas y procedimientos adecuados para evitar que sean utilizados para legitimar capitales provenientes de actividades ilcitas.

Los Delitos Bancarios

La Ley General de Bancos y Otras Entidades Financieras prev en el Capitulo II del Ttulo VII, como se dijo al principio, las sanciones para los delitos tipificados en la misma. Entre las conductas sancionadas por la ley, estn:

Prestar el servicio de banca y crdito sin la autorizacin correspondiente; quienes sin estar autorizados capten capitales sern sancionados con prisin de ocho (8) a diez (10) aos

Los miembros de la junta administradora, directores, administradores que aprueben crditos conociendo la falsedad de la informacin causando dao patrimonial a la institucin, sern penados con prisin de ocho (08) a diez (10) aos.

La apropiacin o distraccin de recursos por parte de la junta administradora, acarreara una pena de de ocho (08) a diez (10) aos.

El forjamiento de documentos, la utilizacin de datos falsos para cometer un acto ilcito o para ocultarlos, ser penado con prisin de nueve (09) a once (11) aos.

La persona, con la finalidad de realizar un operacin bancaria financiera o solicite un crdito o cualquier otra transaccin bancaria, presenten, entreguen o suscriban, balances, estados financieros, y en general, documentos o recaudos de cualquier clase que resulten ser falsos, adulterados o forjados ser castigado con prisin de ocho (08) a diez (10) aos.

Las personas sometidas a control financiero por SUDEBAN que presenten informacin financiera falsa recibirn una pena de ocho (08) a diez (10) aos.

Quienes realicen la capitalizacin de dichos entes mediante suscripcin simulada de capital sern sancionados con pena de nueve (09) a once (11) aos.

Los auditores externos que suscriban, certifiquen, adulteren, falsifiquen o suministren un dictamen que no refleje la verdadera solvencia, liquidez o solidez econmica de las personas sometidas al control de SUDEBAN, recibirn una pena de ocho (08) a diez (10) aos.

Los peritos avaluadores que suscriban, certifiquen o suministren dictamen mediante el cual no se refleje el valor razonable de realizacin o de mercado de los bienes, sern castigado con pena de ocho (08) a diez (10) aos.

Los miembros de la junta administradora que incumplan con las estipulaciones del fideicomiso causando dao patrimonial a terceros sern castigados con pena de prisin de nueve a once aos y quienes suministre informacin falsa a respecto acarrearan una pena de prisin de tres (03) a ocho (08) aos.

Quienes oculten informacin en la declaracin institucional sern castigado con pena de ocho (08) a diez (10) aos.

Cualesquiera funcionario que revele informacin o datos reservados de carcter confidencial contenida en medios escritos, magnticos o electrnicos, sern penados con prisin de ocho (08) a diez (10) aos.

Quien a travs de la manipulacin informtica o mecanismo similar, con nimo de lucro, efecte una transferencia o encomienda electrnica de bienes no consentida, en perjuicio del banco, entidad de ahorro y prstamo, institucin financiera o casa de cambio, o de un cliente o usuario, ser penado con prisin de ocho (08) a diez (10) aos.

Quien a travs de la manipulacin informtica o mecanismo similar, se apodere o altere documentos, cartas, mensajes de correo electrnico o cualquier otro documento o efecto personal remitido por un banco, institucin financiera o casa de cambio, a un cliente o usuario de dicho ente, ser penado con prisin de ocho (08) a diez (10) aos.

Quienes difundan noticias falsas o empleen otros medios fraudulentos capaces de causar distorsiones al sistema bancario nacional que afecten las condiciones econmicas del pas, sern penados con prisin de nueve (09) a once (11) aos.

Adems de lo expuesto, la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras establece que los elementos recabados por SUDEBAN en el ejercicio de sus funciones tendrn fuerza probatoria ante la ley adjetiva, mientras no sean desvirtuadas en el debate judicial. En todo caso, las pruebas testimoniales podrn ser apreciadas, en conjunto, como indicio (Art. 429).

A las personas condenadas por sentencia definitivamente firme por la comisin de Delitos Bancarios, se les aplica una pena accesoria de inhabilitacin para el desempeo de cargos en bancos, entidades de ahorro y prstamo, instituciones financieras y casas de cambio, por un lapso de diez aos, contados a partir de la fecha del cumplimiento de la condena correspondiente.

Y aquellos que, en el curso de un procedimiento instruido por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras incurran en falso testimonio, sern castigados conforme a lo previsto en el Cdigo Penal para los delitos contra la Administracin de Justicia.

Banca alerta sobre delitos ms frecuentesCon el propsito de reforzar las acciones de prevencin de los delitos de los que son vctimas los clientes del sector financiero, la Asobancaria prepar, durante el mes de la prevencin del fraude bancario algunas recomendaciones que debe tener en cuenta la ciudadana al momento de utilizar los servicios bancarios.Para tal efecto, se han seleccionado los delitos ms frecuentes.1. Clonacin de tarjetas dbito y/o crditoCorresponde al copiado no autorizado de la banda magntica de las tarjetas y captura de clave por medios externos.Recomendaciones Cambiar frecuentemente la clave personal. Nunca perder de vista la tarjeta. Nunca preste su tarjeta a terceros. Nunca escriba la clave en ninguna parte.MEMORCELA. No acepte ayuda de extraos al hacer operaciones en cajeros, datfonos o medios electrnicos. Tape el teclado cuando digite la clave. Hgalo con precaucin evitando que alguien ms pueda verla. Ante cualquier inconveniente con la tarjeta como robo, extravo, retencin en cajeros, bloquela a travs de telfonos o medios electrnicos. Revise peridicamente su estado de cuenta y reporte a su entidad cualquier anomala. Nunca permita que deslicen su tarjeta en dispositivos diferentes a datfonos, cajeros electrnicos o PIN PAD. Denuncie y reporte ante las autoridades cualquier fraude del cual haya sido vctima. Siga las instrucciones en la pantalla de visualizacin del cajero automtico, por ejemplo, no teclee su clave hasta que el dispositivo no se lo solicite.2. Fraude por internet Modalidad Phishing (pesca)Es una de las ms novedosas formas de engao. Aqu las vctimas reciben un correo electrnico a nombre de una entidad financiera para invitarlo a hacer click en un enlace que lo llevar a una supuesta pgina segura para que actualice sus datos. Obviamente la pgina a donde lleva el enlace es una falsificacin de la pgina original del banco. El usuario engaado entrega sus datos (con la promesa de recibir premios o incluso bajo amenazas de cancelacin de su cuenta si no lo hace) y posteriormente se utiliza esta informacin para robar el dinero de su cuenta.

RecomendacionesNo ingrese a la pgina de su banco a travs de links (enlaces) o correos electrnicos. No entregue su informacin por correo electrnico a nadie. Cuando ingrese a su banco a travs de internet teclee usted mismo la direccin. Cuando quiera realizar transacciones en su cuenta del banco por Internet, revise lo siguiente: - Que la URL empiece por https:// - Compruebe el certificado de seguridad haciendo doble click en el candado que aparece en el navegador.

3. Fraude por internet - VishingEs una prctica criminal fraudulenta en donde se hace uso del Protocolo Voz sobre IP (VoIP) y la ingeniera social para engaar personas y obtener informacin personal. El trmino es una combinacin del ingls "voice" (voz) y phishing.

1. El criminal llama a nmeros telefnicos aleatorios.2. Cuando la llamada es contestada, una grabacin le informa al cliente que debe llamar a un nmero telefnico especfico para comunicase con una entidad bancaria.3. Cuando la vctima llama a este nmero, le contesta una grabacin que le indica al "cliente" que su cuenta necesita ser verificada y le solicita informacin financiera (usualmente nmeros de tarjeta, usuarios y claves).4. De esta manera el delincuente tiene toda la informacin necesaria para realizar operaciones fraudulentas por canales como audiorespuesta o internet.

Recomendaciones

No realice transacciones con su entidad financiera mediante nmeros de telfono que no conozca, as hayan sido enviados directamente a su celular a travs de un mensaje de texto. 4. Fraude por internet - SmishingEs una prctica fraudulenta en donde se hace uso de los mensajes de texto de los celulares y la ingeniera social para engaar a personas y obtener informacin personal y financiera. El trmino es la combinacin entre SMS (mensajes de texto a travs de telefona celular) y Phishing. Puede ser de dos tipos: 1) El delincuente enva en un mensaje de texto, va celular ,con una direccin de una pgina fraudulenta de internet a travs de la cul recogen la informacin del usuario o 2) El delincuente enva un mensaje de texto va celular con un nmero telefnico falso que aparenta ser el Call Center del banco. Cuando la persona llama, capturan su informacin.Recomendaciones

Jams considere vlidos los mensajes que le solicitan llamar a un nmero o enviar un mensaje de texto con su PIN personal, las Entidades Financieras serias nunca realizan este tipo de solicitudes. No realice transacciones con su entidad financiera mediante nmeros de telfono que no conozca as hayan sido enviados directamente a su celular a travs de un mensaje de texto. No ingrese a travs de links (enlaces) a su entidad financiera o a cualquier sitio que le solicite informacin personal o financiera.5. Fraude por internet - Software espaMediante esta modalidad, el delincuente utiliza un software espa (programas que se instalan en el computador sin autorizacin) que permite monitorear las actividades del usuario de dicho computador ( por ejemplo pginas que visita, tipo de informacin que busca, etc.) desde otro computador remoto, e incluso la informacin que escribe en su teclado y los contenidos de sus correos electrnicos.

Recomendaciones

Realice sus transacciones desde computadores seguros.Mantenga actualizado su computador personal con mecanismos de seguridad tales como: antivirus, antispyware , firewall personal , parches de seguridad entre otros. No abra mensajes de correo electrnico enviados por remitentes desconocidos, ni abra los archivos adjuntos.

Al ingresar cualquier dispositivo de almacenamiento de informacin ( USB o CDrom)VERIFICARLOa travs del sistema de antivirus antes de su utilizacin. No realice instalaciones de "juegos" o "programas de internet" desde sitios no confiables.

6. Fraude por internet - Key LoggerEn esta modalidad, el delincuente utiliza herramientas de software o hardware que permiten grabar el texto que escribe una persona en su teclado. En el caso del software, el key logger captura todo lo que escribe el usuario y lo enva a una direccin de correo electrnico configurado por el delincuente. Estos programas se instalan y funcionan de manera invisible (no se da cuenta el usuario). En el caso del hardware, existen unos dispositivos que se conectan al computador y graban en una memoria interna el texto tecleado en el computador.

Recomendaciones

Realice sus transacciones desde computadores seguros. Mantenga actualizado su computador personal con mecanismos de seguridad tales como: antivirus, antispyware , firewall personal , parches de seguridad entre otros. No abra mensajes de correo electrnico enviados por remitentes desconocidos, ni abra los archivos adjuntos Al ingresar cualquier dispositivo de almacenamiento de informacin ( USB o CDrom)VERIFICARLOa travs del sistema de antivirus antes de su utilizacin. No realice instalaciones de "juegos" o "programas de internet" desde sitios no confiables.

7. Cambiazo de tarjetas dbito y crditoEsta modalidad consiste en que el delincuente le ofrece ayuda al usuario a la hora de realizar una transaccin, y sin que este se d cuenta le cambia la tarjeta dbito o crdito por otra a travs de un juego de 'manos.Recomendaciones

Nunca acepte ayuda de ninguna persona que se ofrezca a colaborarle en caso de que el cajero presente fallas, si esto le sucede anule su operacin y antes de retirarse presione la tecla CANCELAR. Siempre que le entreguen una tarjeta nueva, frmela al momento de recibirla, verifique frecuentemente que la tarjeta que porta sea la suya.

8. Opcin abiertaEl delincuente induce al tarjetahabiente a que abandone el cajero automtico una vez inicia la transaccin, utilizando justificaciones del mal funcionamiento del dispositivo, esto con el objetivo de que el usuario se retire y el delincuente contine con la operacin.Recomendaciones

Nunca acepte ayuda de ninguna persona que se ofrezca a colaborarle en caso de que el cajero presente fallas, si esto le sucede anule su operacin y antes de retirarse presione la tecla CANCELAR. Siempre asegrese de terminar su operacin presionando la tecla CANCELAR, antes de retirarse del cajero automtico. Nunca permita presiones por parte de personas de la fila, espere hasta que el cajero le indique que su operacin ha finalizado.9. Suplantacin de personasEsta modalidad consiste en la obtencin de datos personales para ser utilizados en forma fraudulenta suplantando al usuario para obtener productos bancarios (crditos, TC, cuentas corrientes, ahorros, etc.)Recomendaciones

Revise permanente el estado de sus cuentas en las centrales de riesgo para validar posibles reportes negativos de productos o crditos que usted nunca haya solicitado En caso de prdida o robo de sus documentos de identificacin coloque la denuncia y reporte la alerta en las Centrales de Riesgo. (En Datacrdito lo puede hacer a travs de su pgina web www.datacredito.com y en CIFIN puede reportar la novedad acercndose a los puntos de atencin). No entregue informacin personal o comercial en encuestas telefnicas o por otros medios. Su informacin financiera es confidencial, evite compartirla con otras personas y manjela con reserva. Tenga cuidado en el manejo de sus documentos personales y financieros. Asegrese de que los intermediarios o personal comercial a quin entrega documentacin personal son representantes vlidos de la entidad a la que quiere allegar la informacin.10. Hurto o extraccin de cheques al clienteA los clientes les hurtan los cheques de su oficina o residencia, falsifican firmas y sello y los cobran en diferentes oficinas.Recomendaciones

Custodie adecuadamente sus chequeras. Monitoree o controle sus movimientos bancarios. Realice arqueos peridicos a sus chequeras y haga conciliacin permanente de sus cuentas. Mantenga una adecuada reserva y confidencialidad de la informacin comercial y de transaccionalidad de sus cuentas y chequeras. Evite que personas no autorizadas conozcan datos tales como saldos, firmas autorizadas, transferencias de nmina, solicitudes de chequeras en trmite, etc.11. Suplantacin de funcionariosMediante esta modalidad los delincuentes se hacen pasar por empleados bancarios y convencen a los usuarios de entregar el dinero del que disponen (antes de realizar una consignacin o despus de haber realizado un retiro), mediante disculpas como dar mayor agilidad en la fila o verificar los billetes.

Recomendaciones

Entregue o reciba efectivo nicamente en las ventanillas de caja.12. FleteoHurtar el dinero al cliente o usuario despus de hacer la transaccin en oficinas de una entidad financiera con intimidacin y/o violencia.Recomendaciones

Abstngase de realizar retiros en efectivo. Utilice otros medios transaccionales (como cheques de gerencia o transferencias a otras cuentas). No divulgue a nadie las transacciones que va a realizar. Maneje confidencialmente sus operaciones financieras. Si observa la presencia de sospechosos en su entorno (que ceda varias veces el turno, que entre y vuelva y salga, que utiliza distintas reas del banco sin realizar ninguna transaccin, que utilice el celular dentro del hall bancario) alerte discretamente a los funcionarios de la entidad financiera o a las autoridades. Si detecta que lo estn siguiendo acuda a la autoridad ms cercana o pida ayuda a la Polica. Si es una vctima de este delito evite poner resistencia.

CONCLUSIN

Despus de realizar el trabajo, puedo concluir lo siguiente.Los delitos bancarios son cometidos por personas, naturales o jurdicas, que involucrando el manejo fraudulento de fondos del banco o la simulacin de operaciones del mismo, de igual manera, el trfico de documentos mercantiles en forma contraria a lo estipulado en la ley o el forjamiento de los mismo.

Este tipo de delitos se encuentra tipificado en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, publicado en la Gaceta Oficial, especficamente en el Captulo II de su Ttulo VII, De las Sanciones Penales.

Es responsabilidad de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN) ejercer una supervisin y regulacin de los sujetos sometidos a su control, bajo esquemas preventivos y correctivos conforme a los estndares universalmente establecidos y en concordancia con los postulados de justicia social y de transparencia conforme lo consagra la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela y La Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.De igual manera es importante tomar en cuenta cada una de las recomendaciones que nos ofrece la asociacin bancaria que ellos consideran debe tener en cuenta la ciudadana al momento de utilizar los servicios bancarios, esto con el fin de evitar los fraudes y delitos bancarios.BIBLIOGRAFIALinares Elena, Delitos Bancarios tipificados en la ley General de Bancos y otras instituciones financieras, 2001.http://www.logiconline.org.ve/las-noticias/delitos-bancarioshttp://www.veneconomia.com/site/files/articulos/artEsp3567_2451.pdfhttp://sisbiv.bnv.gob.ve/cgi-bin/koha/opac-detail.pl?biblionumber=413559