56
BOLETINOFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Direc.: C/Julián Clavería, 11 ISSN: 1579-7252. Depósito Legal: O/2532–82 Núm. 269 Martes, 21 de noviembre de 2006 http://www.princast.es/bopa SUMARIO Págs. I. Principado de Asturias OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA: Resolución de 16 de octubre de 2006, por la que se hace pública la relación definitiva de las ayudas correspondientes a las acciones descentralizadas de la segunda fase del Programa Sócrates de la Unión Europea para el período de actividad comprendido entre el 1 de junio de 2006 y el 31 de agosto de 2007 .......................................................................... 22418 Resolución de 23 de octubre de 2006, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se aprueba el Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado 2006/2007 ...................................... 22424 CONSEJERIA DE CULTURA, COMUNICACION SOCIAL Y TURISMO: Resolución de 3 de octubre de 2006, de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, por la que se dispone el cumplimiento de sentencia dic- tada por el Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 3 de Oviedo .............................................................. 22428 Resolución de 23 de octubre de 2006, de la Con- sejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, por la que se dispone el cumplimiento de sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Admi- nistrativo n.º 2 de Oviedo ........................................ 22429 CONSEJERIA DE INDUSTRIA Y EMPLEO: Resolución de 25 de octubre de 2006, de la Con- sejería de Industria y Empleo, por la que se aprueban la convocatoria pública y las bases reguladoras de la primera adhesión y renovación de empresas sumi- nistradoras al programa de ayudas para fomentar la incorporación de las tecnologías de la informa- ción y la comunicación en el colectivo de autó- nomos (PIATIC) ..................................................... 22429 Págs. Resolución de 26 de octubre de 2006, de la Consejería de Industria y Empleo, por la que se aprueba la covo- catoria de subvenciones para el fomento y mante- nimiento del empleo por cuenta ajena 2006 .............. 22434 UNIVERSIDAD DE OVIEDO: Resolución de 30 de octubre de 2006, de la Universidad de Oviedo, por la que se convocan catorce becas de colaboración para el Vicerrecto- rado de Calidad, Planificación e Innovación, Area de Innovación, durante el curso académico 2006-2007 ................................................................. 22449 Acuerdo de intercambio de estudiantes entre la Uni- versidad de Oviedo y la Universidad de Carolina del Norte en la Facultad de Artes y Ciencias de Chapel Hill ............................................................... 22453 Programa Específico de desarrollo del convenio mar- co de colaboración entre la Universidad de Oviedo (España) y la Universidad de Talca (Chile) ............ 22455 ANUNCIOS CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION PUBLICA: ENTE PUBLICO DE SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Subasta de participaciones sociales ......................... 22456 CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA: Información pública de extravío de título de Técnico Auxiliar de Automoción, expedido por el IES de Noreña ...................................................................... 22458 CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS: Convocatoria para el levantamiento de actas previas a la ocupación correspondientes a los bienes y dere- chos afectados por el expediente de expropiación forzosa incoado con motivo de intersección de la carretera AS-237, Grado-Avilés, con la carretera IA-1, Callezuela-La Laguna (Illas) ........................ 22458

DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS · Hacer pública la relación de los centros bene-ficiarios de ayudantías lingüísticas en el anexo II. Tercero.—Hacer pública la relación de personas

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Page 1: DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS · Hacer pública la relación de los centros bene-ficiarios de ayudantías lingüísticas en el anexo II. Tercero.—Hacer pública la relación de personas

BOLETINOFICIALDEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Direc.: C/Julián Clavería, 11ISSN: 1579-7252. Depósito Legal: O/2532–82 Núm. 269Martes, 21 de noviembre de 2006http://www.princast.es/bopa

S U M A R I O

Págs.

I. Principado de Asturias

• OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA:

Resolución de 16 de octubre de 2006, por la quese hace pública la relación definitiva de las ayudascorrespondientes a las acciones descentralizadas dela segunda fase del Programa Sócrates de la UniónEuropea para el período de actividad comprendidoentre el 1 de junio de 2006 y el 31 de agosto de2007 .......................................................................... 22418

Resolución de 23 de octubre de 2006, de laConsejería de Educación y Ciencia, por la que seaprueba el Plan Regional de Formación Permanentedel Profesorado 2006/2007 ...................................... 22424

CONSEJERIA DE CULTURA, COMUNICACION SOCIAL YTURISMO:

Resolución de 3 de octubre de 2006, de la Consejeríade Cultura, Comunicación Social y Turismo, porla que se dispone el cumplimiento de sentencia dic-tada por el Juzgado Contencioso-Administrativo n.º3 de Oviedo .............................................................. 22428

Resolución de 23 de octubre de 2006, de la Con-sejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo,por la que se dispone el cumplimiento de sentenciadictada por el Juzgado de lo Contencioso-Admi-nistrativo n.º 2 de Oviedo ........................................ 22429

CONSEJERIA DE INDUSTRIA Y EMPLEO:

Resolución de 25 de octubre de 2006, de la Con-sejería de Industria y Empleo, por la que se apruebanla convocatoria pública y las bases reguladoras dela primera adhesión y renovación de empresas sumi-nistradoras al programa de ayudas para fomentarla incorporación de las tecnologías de la informa-ción y la comunicación en el colectivo de autó-nomos (PIATIC) ..................................................... 22429

Págs.

Resolución de 26 de octubre de 2006, de la Consejeríade Industria y Empleo, por la que se aprueba la covo-catoria de subvenciones para el fomento y mante-nimiento del empleo por cuenta ajena 2006 .............. 22434

UNIVERSIDAD DE OVIEDO:

Resolución de 30 de octubre de 2006, de laUniversidad de Oviedo, por la que se convocancatorce becas de colaboración para el Vicerrecto-rado de Calidad, Planificación e Innovación, Areade Innovación, durante el curso académico2006-2007 ................................................................. 22449

Acuerdo de intercambio de estudiantes entre la Uni-versidad de Oviedo y la Universidad de Carolinadel Norte en la Facultad de Artes y Ciencias deChapel Hill ............................................................... 22453

Programa Específico de desarrollo del convenio mar-co de colaboración entre la Universidad de Oviedo(España) y la Universidad de Talca (Chile) ............ 22455

• ANUNCIOS

CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION PUBLICA:ENTE PUBLICO DE SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Subasta de participaciones sociales ......................... 22456

CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA:

Información pública de extravío de título de TécnicoAuxiliar de Automoción, expedido por el IES deNoreña ...................................................................... 22458

CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DELTERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS:

Convocatoria para el levantamiento de actas previasa la ocupación correspondientes a los bienes y dere-chos afectados por el expediente de expropiaciónforzosa incoado con motivo de intersección de lacarretera AS-237, Grado-Avilés, con la carreteraIA-1, Callezuela-La Laguna (Illas) ........................ 22458

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21–XI–200622418 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Págs.Págs.

CONSEJERIA DE INDUSTRIA Y EMPLEO:

Notificación de resolución por la que se concedesubvención para la presencia de colectivo de autó-nomos en internet ..................................................... 22459

Notificación de resolución por la que se concedesubvención para perceptores de la prestación pordesempleo, en su modalidad de pago único ........... 22460

III. Administración del Estado ................ 22461

IV. Administración Local ........................... 22462

V. Administración de Justicia ................ 22470

VI. Otros Anuncios ......................................... 22472

I. Principado de Asturias

• OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA:

RESOLUCION de 16 de octubre de 2006, de la Con-sejería de Educación y Ciencia, por la que se hacepública la relación definitiva de las ayudas correspon-dientes a las acciones descentralizadas de la segundafase del Programa Sócrates de la Unión Europea parael período de actividad comprendido entre el 1 de juniode 2006 y el 31 de agosto de 2007.

Por Resolución de 24 de noviembre de 2005, de la Con-sejería de Educación y Ciencia (BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias de 15 de diciembre), se convocaronlas ayudas correspondientes a las acciones descentralizadasde la segunda fase del Programa Sócrates de la Unión Euro-pea para el período de actividad comprendido entre el 1de junio de 2006 y el 31 de agosto de 2007, Comenius 1:Asociaciones escolares transnacionales: 1.1. Proyectos esco-lares, 1.2. Proyectos lingüísticos, 1.3. Proyectos de desarrolloescolar, Acogida de Ayudantes lingüísticos. Comenius 2.2:Becas individuales de formación: 2.2.A. Becas individualespara la formación inicial de profesores, 2.2.B. Ayudantes lin-güísticos, 2.2.C. Cursos de prácticas (formación continua delprofesorado) Grundtvig: 2. Asociaciones de aprendizaje y 3.Movilidad para la formación del personal docente. 6.2 Obser-vación e innovación: Visitas de estudio Arión para respon-sables en la toma de decisiones en materia de educación.

Por Resolución de 23 de enero de 2006, se nombró laComisión Técnica de Selección conforme a la base cuartade la convocatoria. Finalizado el procedimiento de selección,publicación de listas priorizadas y plazo de reclamaciones,la Dirección General de Ordenación Académica e Innovacióncomunicó a la Agencia Nacional Sócrates los listados prio-rizados de las candidaturas preseleccionadas. Esta, tras laspertinentes consultas a las Agencias Nacionales de los paísesimplicados en las actividades, ha remitido a la DirecciónGeneral de Ordenación Académica e Innovación la infor-mación que se publica, confirmando o rechazando las can-didaturas tal como se especifica en los anexos siguientes:anexo I (Comenius 1), anexo II (Acogida de Ayudantes lin-

güísticos), anexo III (Comenius 2.2.B), anexo IV (Comenius2.2.C), anexo V (Grundtvig 2), anexo VI (Grundtvig 3) yanexo VII (Arión).

Vistos el artículo 18 del Estatuto de Autonomía del Prin-cipado de Asturias; el Real Decreto 2081/1999, de 30 dediciembre, por el que se traspasan funciones y servicios dela Administración del Estado al Principado de Asturias enmateria de enseñanza no universitaria; la Ley Orgánica8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación;la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el art.38 de la Ley 6/1984, del Presidente y del Consejo de Gobiernodel Principado de Asturias; el art. 2 del Decreto 9/2003, de7 de julio, de reestructuración de las Consejerías que integranla Comunidad Autónoma.

De acuerdo con lo establecido anteriormente, a propuestade la Dirección General de Ordenación Académica e Inno-vación de la Consejería de Educación y Ciencia, y de con-formidad con la Orden de 27 de noviembre de 2000 (BOEde 19 de diciembre), modificada y completada por la OrdenECD/1141/2002 (BOE 6 de mayo),

R E S U E L V O

Primero.—Hacer pública la relación de centros educativosbeneficiarios y el importe de las ayudas correspondientes alas acciones Comenius 1.1, Comenius 1.2 y Comenius 1.3del Programa Sócrates de la Unión Europea, con indicaciónde las solicitudes aceptadas y denegadas, así como la causade exclusión, en el anexo I.

Segundo.—Hacer pública la relación de los centros bene-ficiarios de ayudantías lingüísticas en el anexo II.

Tercero.—Hacer pública la relación de personas benefi-ciarias de las ayudas para futuro profesorado de idiomas dela Acción Comenius 2.2.B del Programa Sócrates de la UniónEuropea, con indicación de solicitudes aceptadas y denegadas,en el anexo III.

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21–XI–2006 22419BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Cuarto.—Hacer pública la relación de las personas bene-ficiarias y el importe de las ayudas para la formación delprofesorado de la Acción Comenius 2.2.C. del ProgramaSócrates de la Unión Europea, con indicación de solicitudesaceptadas y denegadas, así como la causa de exclusión, enel anexo IV.

Quinto.—Hacer pública la relación de las institucionesbeneficiarias y el importe de las ayudas correspondientes ala Acción Grundtvig 2 del Programa Sócrates de la UniónEuropea, con indicación de las solicitudes aceptadas y dene-gadas en el anexo V.

Sexto.—Hacer pública la relación de las personas bene-ficiarias de las ayudas para la formación del profesorado depersonas adultas de la Acción Grundtvig 3 del ProgramaSócrates de la Unión Europea, que presentaron su candi-datura antes de la fecha de esta Resolución en el anexo VI.Como esta convocatoria permanece abierta a lo largo delaño en curso, las nuevas concesiones, si las hubiera, seránobjeto de una resolución posterior.

Séptimo.—Designar las personas beneficiarias y el importede las ayudas para la realización de visitas de estudio Arióndel Programa Sócrates de la Unión Europea, con indicaciónde solicitudes aceptadas y en reserva, en el anexo VII.

Octavo.—Las instituciones y personas beneficiarias de lasayudas mencionadas en esta Resolución quedan obligadas,ante la Agencia Nacional Sócrates y la Consejería de Edu-cación y Ciencia del Principado de Asturias, a llevar a cabolas actuaciones prescritas en la base general sexta de la Reso-lución de la Consejería de Educación y Ciencia de 24 denoviembre de 2005 (BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias de 15 de diciembre).

Noveno.—Contra esta Resolución cabe interponer, concarácter potestativo, recurso de reposición ante el Ilmo. Sr.Consejero de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes,a contar desde el siguiente a aquel en que tenga lugar supublicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, o bien ser impugnada directamente ante la Salade lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior deJusticia de Asturias, en el plazo de dos meses, contados desdeel día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias. No se podrá interponerrecurso contencioso-administrativo hasta que sea resueltoexpresamente o se haya producido la desestimación presuntadel recurso de reposición en el caso de que se interpongaéste con carácter potestativo.

En Oviedo a 16 de octubre de 2006.—El Consejero deEducación y Ciencia, José Luis Iglesias Riopedre.—17.781.

ANEXO I

RELACION DE CENTROS BENEFICIARIOS DE AYUDAS EN EL MARCO DE LA ACCION COMENIUS 1.1 (PROYECTOS ESCOLARESNUEVOS Y DE RENOVACION)

NOMBRE DEL CENTRO LOCALIDAD COORDINADOR/

ASOCIADO

TITULO DEL PROYECTO SUBVENCION CONCEDIDA

Fija Variable

CRA N.º 1 LLANES COORD Jóvenes descubridores 2.000 euros 1.850 eurosIES SANCHEZ LASTRA MIERES COORD EUROPA: Aprendiendo del pasado construimos

nuestro futuro. 2.000 euros 2.350 eurosIES ALTO NALON BARREDOS COORD Agaisnt Women Violence 2.000 euros 2.050 eurosIES CANGAS DEL NARCEA CANGAS DEL NARCEA COORD Láquesis: la influencia del entorno en nuestra

identidad 1.850 euros 3.000 eurosCP POETA JUAN OCHOA AVILES COORD El desarrollo de la comprensión intercultural a

través de los cuentos 1.675 euros 2.375 eurosCP Nº 1 LA FRESNEDA LA FRESNEDA-SIERO COORD Nuestro magazine digital: Noticias desde la escuela

para el mundo 2.000 euros 2.300 eurosIESO DE ARRIONDAS ARRIONDAS COORD SHOE compartiendo nuestro medioambiente

(Sharing Our Environment) 1.550 euros 3.500 eurosEEI GLORIA FUERTES GIJON COORD Unidos por los valores y las tic/joined by values

and ict 1.550 euros 3.400 eurosCP ANTONIO MACHADO GIJON COORD “Los libros viajeros son divertidos” 1.700 euros 0 eurosIES ALFONSO II OVIEDO COORD La Constitución Europea. Ideales y realidades 1.450 euros 3.400 eurosIES DE LLANES LLANES COORD El Mundo en Nuestras Manos 2.000 euros 2.150 eurosCRA COTO NARCEA CANGAS DEL NARCEA COORD www.com (world wide water.comenius) 2.000 euros 2.250 eurosCP ASTURAMERICA CUDILLERO ASOC SAC - escuela y comunidad 1.500 euros 1.850 eurosIES INFIESTO INFIESTO ASOC Pasado, presente y futuro 1.050 euros 3.200 eurosCEIP DE VILLAPENDI TURON ASOC Como vivimos, enseñamos y aprendemos 1.500 euros 2.550 eurosIES CUENCA DEL NALON LA FELGUERA ASOC Gender: equal 2 equal 1.250 euros 4.000 eurosCP RIO PILES GIJON ASOC Un estilo de vida saludable para Europa 1.350 euros 3.400 eurosIES ARAMO OVIEDO ASOC Developing enterprise understanding and capability

in a new Europe 1.350 euros 3.500 eurosIES DE CORVERA LOS CAMPOS ASOC Sinelimite 1.500 euros 2.250 eurosIES MATA JOVE GIJON ASOC Viajes europeos a través del tiempo (“European

Time-Machine”) 1.250 euros 3.400 eurosCP CLARIN GIJON ASOC Utilización del huerto escolar para una vida saludable

(“Gardening for a healthy lifestyle”) (GH.L.) 1.500 euros 1.950 eurosCP DARIO FREANBARREIRA

JARRIO ASOC Joining Hands Across Europe 1.350 euros 3.400 euros

COLEGIO LA SALLE LA FELGUERA ASOC Y fueron felices y comieron perdices... Happyever after... 1.350 euros 3.400 euros

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21–XI–200622420 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

NOMBRE DEL CENTRO LOCALIDAD COORDINADOR/

ASOCIADO

TITULO DEL PROYECTO SUBVENCION CONCEDIDA

Fija Variable

CPEE LATORES OVIEDO ASOC Chaining lives in a chaining europe 1.450 euros 3.500 eurosEI EL BIBIO GIJON ASOC CRECIENDO CON LIBROS, buscando una

identidad europea común en nuestras literaturas. 1.350 euros 3.400 eurosCP MAESTRO CASANOVA CANGAS DEL NARCEA ASOC “La herencia cultural infantil” 1.500 euros 2.200 eurosCRA LENA CAMPOMANES ASOC Outdoor teaching 1.500 euros 2.050 eurosCP LOS CAMPOS LOS CAMPOS ASOC Mission colourful, a comenius challenge (misión

colores, un reto comenius) 1.350 euros 3.400 eurosIES BENEDICTO NIETO POLA DE LENA ASOC L environnement sonore européen, “L EUROSON”

El paisaje sonoro europeo, “EUROSON” 1.500 euros 2.950 eurosCP VENTANIELLES OVIEDO ASOC Pasaporte al patio: aprendizaje en edades tempranas 1.350 euros 3.400 eurosCP VALDEPARES VALDEPARES ASOC “Outside learning a way to wisdom” 1.350 euros 3.400 eurosIES DE PRAVIA PRAVIA ASOC Desarrollo sostenible, vida sostenible 1.500 euros 2.150 eurosCOLEGIO LA INMACULADA OVIEDO ASOC “Viaje poético por la literatura infantil” 1.350 euros 3.400 eurosCP VEGA DE RENGOS CANGAS DEL NARCEA ASOC “Mi tierra es nuestra tierra”. (“My land is our land”) 1.080 euros 3.570 euros

RELACION DE CENTROS A LOS QUE SE HA DENEGADO LA AYUDA COMENIUS 1.1

NOMBRE DEL CENTRO LOCALIDAD CAUSA

IES VIRGEN DE LA LUZ AVILES No haber sido aprobado el proyecto en, al menos, tres países de la Unión EuropeaIES MONTE NARANCO OVIEDO No haber sido aprobado el proyecto en, al menos, tres países de la Unión Europea

RELACION DE CENTROS BENEFICIARIOS DE AYUDAS EN EL MARCO DE LA ACCION COMENIUS 1.2 (PROYECTOS LINGÜISTICOS)

NOMBRE DEL CENTRO LOCALIDAD COORDINADOR/

ASOCIADO

TITULO DEL PROYECTO SUBVENCION CONCEDIDA

Fija Variable

COL STO DOMINGO DE NAVIA NAVIA COORD Patrimonio y tradiciones culturales a través de Asturias yRhone Alpes 1.500 euros 5.000 euros

COL MARISTA AUSEVA OVIEDO COORD Leisure/ocio 1.500 euros 7.200 eurosIES LA QUINTANA CIAÑO-LANGREO ASOC National topics in Ciaño and Arnhem 1.500 euros 8.750 eurosIES MARQUES DE CASARIEGO TAPIA DE CASARIEGO ASOC Forum for the Future 1.500 euros 8.250 euros

RELACION DE CENTROS A LOS QUE SE HA DENEGADO LA AYUDA COMENIUS 1.2

NOMBRE DEL CENTRO LOCALIDAD CAUSA

IES RAMON ARECES GRADO No haber sido aprobado el proyecto en otro país de la Unión EuropeaIES CARMEN Y SEVERO OCHOA LUARCA No haber sido aprobado el proyecto en otro país de la Unión EuropeaIES REY PELAYO CANGAS DE ONIS No haber sido aprobado el proyecto en otro país de la Unión Europea

RELACION DE CENTROS BENEFICIARIOS DE AYUDAS EN EL MARCO DE LA ACCION COMENIUS 1.3 DEL PROGRAMA SOCRATES(PROYECTOS DE DESARROLLO ESCOLAR)

NOMBRE DEL CENTRO LOCALIDAD COORDINADOR/

ASOCIADO

TITULO DEL PROYECTO SUBVENCION CONCEDIDA

Fija Variable

CP LAS VEGAS CORVERA COORD “Todos somos escuela” 750 euros 3.600 eurosIES Nº 1 GIJON ASOC Ways of Improving Student’s Autonomie and

Initiative in the Learning Process 1.350 euros 3.400 eurosCP JUAN RODRIGUEZMUÑIZ

OVIEDO ASOC Creciendo en un mundo multicultural 1.350 euros 3.400 euros

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21–XI–2006 22421BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

NOMBRE DEL CENTRO LOCALIDAD COORDINADOR/

ASOCIADO

TITULO DEL PROYECTO SUBVENCION CONCEDIDA

Fija Variable

CP BEGOÑA GIJON ASOC 1+1=3. La cooperación da resultados 1.100 euros 3.650 eurosCP HERMANOS ARREGUI POLA DE SIERO ASOC Los estilos de enseñanza y su impacto en el

aprendizaje de los alumnos 1.350 euros 3.400 eurosIES ESCULTOR J DEVILLANUEVA

POLA DE SIERO ASOC SEVOLIO (Self-evaluation with portfolio/Autoevaluación con portfolio) 800 euros 3.950 euros

IES DOÑA JIMENA GIJON ASOC Languages: vehicle of knowledge and key to sucess 1.500 euros 2.250 euros

RELACION DE CENTROS A LOS QUE SE HA DENEGADO LA AYUDA COMENIUS 1.3

NOMBRE DEL CENTRO LOCALIDAD CAUSA

CPEE SAN CRISTOBAL AVILES No haber sido aprobado el proyecto en, al menos, tres países de la Unión Europea

Anexo II

RELACION DE CENTROS A LOS QUE SE HA ADJUDICADOAYUDANTIAS LINGÜISTICAS

CENTRO LOCALIDAD PAIS DEL AYUDANTE

IES Nº 1 GIJON ALEMANIAIES DE LLANES LLANES ALEMANIAIES SELGAS CUDILLERO FRANCIACP LAS VEGAS CORVERA ITALIAIES PADRE FEIJOO GIJON POLONIACEIP VILLAPENDI TURON POLONIACP LAVIADA GIJON REINO UNIDOIES MATA JOVE GIJON REINO UNIDOIES DE PRAVIA PRAVIA TURQUIA

Anexo III

RELACION DE BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS CORRESPON-DIENTES A LA ACCION COMENIUS 2.2.B (AYUDANTIAS LIN-

GÜISTICAS)

NOMBRE PAIS DE DESTINO

CRISTINA ALVAREZ MAYOR FRANCIAMARIA LOPEZ COFIÑO IRLANDAJOSE IGNACIO RODRIGUEZ G. LENA REINO UNIDOPABLO SUAREZ FERNANDEZ ALEMANIAMARIA JOSE VEGA MENENDEZ HOLANDA

RELACION DE RESERVAS EN LA ACCION COMENIUS 2.2.B

NOMBRE

MARTA FERNANDEZ SAN JOSEAROA NIETO MENDEZM.ª SONIA FERNANDEZ ALVAREZMARIA NORNIELLA ARECESMARIA MARTINEZ LOPEZCARMEN ORIA GONZALEZ GUTIERREZ

ANEXO IV

RELACION DE PERSONAS BENEFICIARIAS DE LAS AYUDAS CORRESPONDIENTES A LA ACCION COMENIUS 2.2.C

NOMBRE DEL CANDITATO/A LOCALIDAD PAIS DEL CURSO SUBVENCION CONCEDIDA

Angela Alvarez-Cofiño Martínez Oviedo Reino Unido 1.400 eurosMontserrat González Mayordomo Infiesto Reino Unido 1.400 eurosSusana Sala Alvarez del Manzano Oviedo Reino Unido 1.400 eurosAna Cristina Valero Jiménez Siero Reino Unido 1.400 eurosAna Vega Fernández Oviedo Reino Unido 1.400 eurosYolanda Sánchez Fernández Navia Reino Unido 1.400 eurosCristina Argüeso Panera Navia Reino Unido 1.400 eurosJohanna M.ª Poulussen Van Balen Mieres Reino Unido 1.400 eurosIsabel Gao Barrial Oviedo Reino Unido 1.400 euros

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21–XI–200622422 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

NOMBRE DEL CANDITATO/A LOCALIDAD PAIS DEL CURSO SUBVENCION CONCEDIDA

José M.ª Díaz Rodríguez Gijón Reino Unido 1.400 eurosJuan Pablo Fernández Curieses Infiesto Reino Unido 1.400 eurosLuis Modesto Arias González Gijón Reino Unido 1.400 eurosEmilia Marcelina Fernández Martín Moreda Reino Unido 1.400 eurosM.ª Eugenia Celaya Sanfiz Cabañaquinta Reino Unido 1.400 eurosLuis Moro Rodríguez Gijón Reino Unido 1.400 eurosDionisio Rodríguez Cortina Siero Alemania 1.400 eurosIrene Gutiérrez Lama Panes Reino Unido 1.400 eurosJuan Francisco Rodríguez Alonso Luarca Francia 1.400 eurosLuis Antonio Fernández Llana La Felguera Reino Unido 1.400 eurosJosé Manuel Suárez Suárez Oviedo Reino Unido 1.400 eurosLuisa Fernanda Alvarez Suárez Oviedo Reino Unido 1.400 eurosAna M.ª Jiménez Suárez Oviedo Reino Unido 1.400 eurosAna Azcona de Arriba Noreña Reino Unido 1.400 eurosMercedes Pérez Alvarez Cangas de Onís Francia 1.400 eurosCruz M.ª Méndez Vega Puerto de Vega Reino Unido 1.400 eurosMarta Elena Fernández Marcos Viella-Siero Reino Unido 1.400 eurosM.ª Isabel Reguero Bobes Gijón Irlanda 1.400 euros

RELACION DE SOLICITANTES A LOS QUE SE HA DENEGADO LA AYUDA COMENIUS 2.2.C

NOMBRE DEL CANDITATO/A LOCALIDAD CAUSA

M.ª del Pilar Ortea Colunga Noreña Falta de dotación presupuestariaBeatriz Virginia Sopeña Velasco Oviedo Falta de dotación presupuestariaAlberto Bercial García Arriondas Falta de dotación presupuestariaM.ª Angeles González Losa Cabañaquinta Falta de dotación presupuestariaBlanca Cuetos García Sama de Langreo Falta de dotación presupuestariaDulce M.ª Prida Cayado Oviedo Falta de dotación presupuestariaMercedes García Moreno La Felguera Falta de dotación presupuestariaAna Teresa García-Pertierra Luiña Oviedo Falta de dotación presupuestariaCeferino Gancedo Vallina Cangas de Onís Falta de dotación presupuestariaM.ª Cristina Fernández Cachero Grado Falta de dotación presupuestariaSusana Iglesias Plaza Gijón Falta de dotación presupuestariaJavier García Fernández Los Campos Falta de dotación presupuestariaLuisa M.ª Díaz Fernández Langreo Falta de dotación presupuestariaHiginio Vallina Díez Oviedo Falta de dotación presupuestariaAna Carmen González González Gijón Falta de dotación presupuestariaAna Patricia Fernández Galán Bruelles Falta de dotación presupuestariaSusana Salazar Lobo Cudillero Falta de dotación presupuestariaClara García Belderrain Pola de Siero Falta de dotación presupuestariaBelén Díaz Loza Infiesto Falta de dotación presupuestariaM.ª Loreto Pérez Gayol Ibias Falta de dotación presupuestariaCarmen Vilanova Ramos Oviedo Falta de dotación presupuestariaFrancisco Martínez Pérez Avilés Falta de dotación presupuestariaPaulina Visitación Santos Rivero Los Campos Falta de dotación presupuestariaM.ª Pilar Noriega Serrano Ciaño-Langreo Falta de dotación presupuestariaM.ª Carmen Arconada González Gijón Falta de dotación presupuestariaM.ª Elena Santiago Fernández Belmonte Falta de dotación presupuestariaPelayo Martínez Díaz Cabrales Falta de dotación presupuestariaRaquel Frutos de Frutos Pola de Siero Falta de dotación presupuestariaRaquel San Juan Martín Arenas de Cabrales Falta de dotación presupuestaria

RELACION DE SOLICITANTES EXCLUIDOS DE LA ACCION COMENIUS 2.2.C

NOMBRE DEL CANDIDATO/A LOCALIDAD CAUSA

M.ª Sabina Fernández Alvarez Oviedo No presenta el formulario en papelPaloma Seoane Sánchez Gijón Cambia a Grundtvig 3Francisco Javier Redondas Maseda Candás Presenta la solicitud fuera de plazoLoreto Artime Vázquez Llanes No presenta el formulario en papelNicanor Platero Vera Pola de Siero No presenta el formulario en papelAna M.ª Figueiras Fernández Pola de Siero Presenta la solicitud fuera de plazo

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21–XI–2006 22423BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

NOMBRE DEL CANDIDATO/A LOCALIDAD CAUSA

Ramón Rodríguez Fernández Arenas de Cabrales Presenta la solicitud fuera de plazoRaquel Posada Rodríguez Avilés Presenta la solicitud fuera de plazo

ANEXO V

RELACION DE CENTROS/INSTITUCIONES BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS CORRESPONDIENTES A LA ACCION GRUNDTVIG 2

NOMBRE DEL CENTRO/INSTITUCION LOCALIDAD COORDINADOR/A

ASOCIADO

TITULO DEL PROYECTO SUBVENCION CONCEDIDA

Fija Variable

ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS DE AVILES AVILES COORD Los idiomas a través de la cultura 4.500 euros 5.000 eurosCEPA SUROCCIDENTE TINEO COORD ALERTA. APLICACION DE LINEAS EDUCATIVAS

PARA LA RECUPERACION DE LA TIERRA 5.000 euros 4.500 eurosUNIDAD TERAPEUTICA Y EDUCATIVA DELCENTRO PENITENCIARIO DE VILLABONA

VILLABONA COORD“CREANDO ESPACIOS PARA EL CAMBIO” 5.000 euros 4.485 euros

MANCOMUNIDAD COMARCA DE LA SIDRA NAVA COORD ENTRAMUS - European Net of Traditional Music SchoolsRed Europea de Escuelas de Música Tradicional

5.000 euros 4.244 euros

ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS DE OVIEDO OVIEDO ASOC (IDEA) La diversidad intercultural en la educación 4.000 euros 4.500 eurosAMPA DEL CP LAS VEGAS LAS VEGAS ASOC Estrategias de los padres/madres para el desarrollo de los/as

futuros/as ciudadanos/as europeos/as 4.000 euros 4.500 eurosFUNDACION ASTURIANA DE ATENCION APERSONAS CON DISCAPACIDAD

OVIEDO ASOC Experimentando la autoestima y el empoderamiento a travésde talleres interculturales e incluyentes 4.000 euros 4.500 euros

DEPARTAMENTO DE FILOLOGIAANGLOGERMANICA Y FRANCESA

OVIEDO ASOC Multicultural Education for European Citizenship (MEEC) 4.000 euros 4.500 euros

LAWTON SCHOOL S.L. GIJON ASOC CORE SKILLS DEVELOPMENT THE CAPACITYOF CHANGING PEOPLE LIFESTYLES 4.000 euros 4.500 euros

CENTRO DE EDUCACION DE PERSONASADULTAS DEL CAUDAL

MIERES ASOC CALL - Enriquecimiento cultural a través del aprendizajede idiomas a lo largo de la vida 2.900 euros 5.600 euros

ASEM-ASOCIACION EMPRESA MUJER OVIEDO ASOC FEMALE Fostering Self Entrepreneurship for Women inAdult Education 4.000 euros 4.500 euros

AGENCIA DE SANIDAD AMBIENTAL YCONSUMO

OVIEDO ASOC TELEFONOS MOVILES E INTERNET- (MOVINT2) 4.000 euros 4.500 euros

RELACION DE CENTROS/INSTITUCIONES A LOS QUE SE HA DENEGADO LA AYUDA GRUNDTVIG 2

NOMBRE DEL CENTRO LOCALIDAD CAUSA

ASOCIACION “EL BANZAO” TINEO Falta de dotación presupuestariaLAWTON SCHOOL, S.L. GIJON Falta de dotación presupuestariaSEMINARIO DE ESTUDIOS DE LA MUJER OVIEDO Falta de dotación presupuestariaESCUELA DE SEGUNDA OPORTUNIDAD GIJON No haber sido aprobado el proyecto en, al menos, tres países de la Unión

EuropeaESCUELA DE ARTE DE OVIEDO OVIEDO Falta de dotación presupuestariaBRAIN GRUPO EMPRESARIAL, S.L. GIJON Falta de dotación presupuestaria No haber sido seleccionado el proyecto en,

al menos, tres países de la Unión Europea

ANEXO VI

RELACION DE PERSONAS BENEFICIARIAS DE LAS AYUDAS CORRESPONDIENTES A LA ACCION GRUNDTVIG 3

NOMBRE DEL CANDIDATO/A LOCALIDAD PAIS DEL CURSO SUBVENCION CONCEDIDA

ANTONIO RODRIGUEZ DE PEÑARANDA PILOÑA ALEMANIA 1.200 eurosMARIA VIDALES BRASA GIJON IRLANDA 1.400 eurosPALOMA SEOANE SANCHEZ GIJON MALTA 1.400 euros

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21–XI–200622424 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Anexo VII

RELACION DE PERSONAS BENEFICIARIAS DE LA AYUDACORRESPONDIENTE A LA ACCION ARION

NOMBRE DEL CANDIDATO/A LOCALIDAD SUBVENCION CONCEDIDA

M.ª BELEN ROZA GONZALEZ GIJON 1.350 eurosJOSE M. RODRIGUEZ GONZALEZ OVIEDO 1.350 eurosANA M.ª GONZALEZ FERNANDEZ LUARCA 1.350 eurosMª JESUS BANCIELLA SUAREZ OVIEDO 1.350 eurosJAVIER FOMBONA CADAVIECO OVIEDO 1.350 eurosEVANGELINA CASES CUESTA GIJON 1.350 euros

RELACION DE SOLICITANTES QUE QUEDAN COMO RESERVA

NOMBRE DEL CANDIDATO/A LOCALIDAD

ANTONIO VIVAS BRAVO LUARCA

RELACION DE SOLICITANTES QUE QUEDAN EXCLUIDOS

NOMBRE DEL CANDIDATO/A CAUSA

MIGUEL ANGEL FORASCEPI ROZA Recibió ayuda en el curso 2003-2004

— • —

RESOLUCION de 23 de octubre de 2006, de la Con-sejería de Educación y Ciencia, por la que se apruebael Plan Regional de Formación Permanente del Pro-fesorado 2006/2007.

El Decreto 62/2001, de 28 de junio, por el que se regulanlas actuaciones relativas a formación permanente del pro-fesorado y la convocatoria, reconocimiento, certificación yregistro de las actividades correspondientes, contempla losdistintos aspectos normativos que requiere la diversidad deactuaciones relacionadas con la formación permanente delprofesorado, estableciendo el Plan Regional de FormaciónPermanente del profesorado como el instrumento específicoy preferente de planificación, desarrollo y evaluación de aque-llas actividades que contribuyan a mejorar la preparacióncientífica, didáctica y profesional del profesorado.

En este contexto, el artículo 5 del citado Decreto, estableceque corresponde a la Dirección General de Ordenación Aca-démica e Innovación elaborar y desarrollar el correspondientePlan Regional de Formación Permanente del Profesorado,el cual organizará las actividades y los programas específicosdispuestos en materia de formación permanente del profe-sorado y demás personal docente, el cual será aprobado porel Consejero de Educación y Ciencia, a propuesta de la Comi-sión Regional de Formación del Profesorado, configuradoesta como el órgano de participación de los agentes de lacomunidad docente.

El Decreto 88/2003, de 31 de julio, de estructura orgánicabásica de la Consejería de Educación y Ciencia establece,en su artículo 14, que corresponde al Servicio de Innovacióny Apoyo a la Acción Educativa, de la Dirección Generalde Ordenación Académica e Innovación, la gestión y coor-dinación de las actuaciones y los programas en materia deactualización y formación permanente del profesorado, coor-dinando los centros del profesorado y de recursos.

En consecuencia, a propuesta de la Comisión Regionalde Formación del Profesorado y en función de lo establecidoen el artículo 5.2 del citado Decreto,

R E S U E L V O

Primero.—Aprobar el Plan Regional de Formación Per-manente del Profesorado 2006/2007 que figura como anexoa esta Resolución.

Segundo.—Autorizar a la Dirección General de Ordena-ción Académica e Innovación y a su Servicio de Innovacióny Apoyo a la acción Educativa a realizar las actuaciones nece-sarias para el desarrollo del mismo.

Tercero.—Ordenar la publicación de la presente Reso-lución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 23 de octubre de 2006.—El Consejero de Edu-cación y Ciencia, José Luis Iglesias Riopedre.—17.783.

Anexo

PLAN REGIONAL DE FORMACION PERMANENTE DEL PRO-FESORADO 2006/2007

1.—Introducción

El nuevo marco normativo en el que nos sitúa la LeyOrgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece comoprincipios fundamentales del sistema educativo:

1. La exigencia de proporcionar una educación de calidada todos los ciudadanos de ambos sexos y mejorar elnivel educativo de todo el alumnado con el fin deconseguir el máximo desarrollo posible de las capa-cidades individuales, sociales, intelectuales, culturalesy emocionales de las personas, a la vez que se garantizala igualdad efectiva de oportunidades. En este con-texto, una de las tareas más importantes de la edu-cación es contribuir a superar factores de desigualdad,evitando convertirse ella misma en un factor de exclu-sión social. Educar en la igualdad supone fomentarla igualdad de oportunidades y la formación de per-sonas autónomas y tolerantes.

2. El esfuerzo personal del alumnado junto con el esfuerzode las familias, profesorado, centros docentes y admi-nistraciones para conseguir el éxito escolar de todoslos alumnos y alumnas. El esfuerzo compartido detoda la comunidad educativa persigue como fin últimomejorar el nivel educativo de todo el alumnado y ofre-cer posibilidades a las personas jóvenes y adultas decombinar el estudio y la formación con la actividadlaboral o con otras actividades, conciliando la calidadde la educación con la equidad de su reparto.

3. El compromiso decidido con los objetivos planteadospor la Unión Europea para los próximos años. El obje-tivo es mejorar la calidad y eficacia de la educacióny la formación y facilitar el acceso generalizado a lossistemas de educación y formación, mediante la cons-trucción de entornos de aprendizaje abiertos y atrac-tivos. Para esto es necesario que el profesorado con-tribuya con su práctica docente a mejorar el nivel edu-cativo de todo el alumnado promoviendo la partici-pación y la colaboración en los procesos de trabajoque estimulan en el alumnado el deseo de seguir apren-diendo y la capacidad de aprender por sí mismos.

La consecución de los principios y objetivos que inspiranla Ley Orgánica de Educación (LOE), exige de la Admi-nistración Educativa promover, a través de los programasespecíficos de formación del profesorado, la utilización de

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21–XI–2006 22425BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

las tecnologías de la información y la comunicación y la for-mación de lenguas extranjeras, así como aquellos aspectosde coordinación, orientación, tutoría, atención a la diversidady organización encaminados a mejorar la calidad de la ense-ñanza y el funcionamiento de los centros. Igualmente, seránecesario desarrollar formación específica en materia deigualdad, en los términos establecidos en el artículo sietede la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidasde Protección Integral contra la Violencia de Género.

Con el fin de dar respuesta a los retos y a las necesidadesde formación del profesorado asturiano, el Plan de FormaciónPermanente del Profesorado del Principado de Asturias, tieneen cuenta para su desarrollo, además, los siguientes factores:

• El proceso de construcción europea está llevando a unacierta convergencia de los sistemas de educación y for-mación de los países de la Unión, que se traduce enuna serie de objetivos comunes para este inicio del sigloXXI. La Unión Europea se ha propuesto mejorar lacalidad y eficacia de los sistemas de educación y deformación, lo que implica mejorar la capacitación delos docentes, desarrollando las condiciones y las acti-tudes necesarias para afrontar los retos de la sociedaddel conocimiento. Otra condición que plantea la UEes facilitar el acceso generalizado a la educación y ala formación, lo que supone construir un entorno deaprendizaje abierto y permanente, que posibilite y favo-rezca el aprendizaje a lo largo de toda la vida y pro-porcione a los jóvenes una educación completa que abar-que los conocimientos y las competencias básicas queresultan necesarias en la sociedad actual.

• La Ley Orgánica de Educación (LOE) centra su interésprincipal en la identificación de las competencias básicas,es decir aquello que se considera indispensable en laformación del alumnado para una participación en lasociedad a lo largo de la vida, lo cual exige reorientarlos modelos educativos. Las competencias clave van arepresentar una obligada referencia en el planteamientode las metodologías de aprendizaje y comporta cambiosen la actividad docente.

• El desarrollo alcanzado por las tecnologías de la infor-mación y la comunicación está contribuyendo a trans-formar nuestra sociedad. Uno de los rasgos que carac-terizan a esta sociedad es, sin duda, su interdependenciay la tendencia a la globalización en el ámbito económico,científico, cultural y político. Sin embargo, el procesode globalización no ha de olvidar el carácter único decada ser humano y los rasgos diferenciales de su propiacultura. Es por ello necesario contribuir a superar latensión entre los factores locales y los universales, eintentar acceder a lo “global”, de forma que nuestrosniños, niñas y jóvenes lleguen a convertirse en ciuda-danos y ciudadanas del mundo sin perder las propiasseñas de identidad.

• Del mismo modo, se hace necesario promover la for-mación del profesorado en lenguas extranjeras y reforzarla educación lingüística hasta conseguir la utilizaciónregular de otras lenguas, que permita poner en relacióndistintas maneras de percibir el mundo y de describirla realidad y favorezca el interés por otras culturas yotras formas de pensar.

Para hacer frente a los retos antes señalados, el profe-sorado precisa asimismo de una serie de competencias pro-fesionales, cada vez más complejas, que le ayuden en el aná-lisis, comprensión e interpretación de la realidad, a la vezque proporcionan estrategias y recursos para intervenir enella. El modelo de formación permanente del profesoradodel que se ha dotado la Consejería de Educación y Cienciadel Principado de Asturias considera que en la mejora y con-solidación de dichas competencias profesionales tiene un

papel fundamental la vinculación entre la formación y actua-lización del profesorado con los procesos de innovación edu-cativa y de desarrollo curricular.

Por consiguiente, junto a actividades como cursos y jor-nadas en las que se pretenden transferir directamente nuevosconocimientos o compartir un determinado saber hacer par-ticular, en el Plan de Formación se opta por enfoques meto-dológicos centrados en el profesorado mediante modalidadesde formación contextualizadas. Generando espacios dereflexión e intercambio entre iguales se posibilita la tomade conciencia de las teorías implícitas a la hora de abordarlos problemas con los que el profesorado se encuentra ensu práctica cotidiana para ordenarla, justificarla y en su caso,modificarla, generando así nuevo conocimiento pedagógico.

Se ha de entender, pues, que la finalidad principal delPlan de Formación Permanente del Profesorado de Asturiases propiciar la mejora de las competencias profesionales nece-sarias para que la intervención docente posibilite el correctodesarrollo de los procesos de enseñanza-aprendizaje en elmarco de una educación de calidad.

Por ello, el Plan Regional de Formación, de acuerdo conlo establecido en el Decreto 62/2001, de 28 de junio, porel que se regulan las actuaciones relativas a formación per-manente del profesorado y la convocatoria, reconocimiento,certificación y registro de las actividades correspondientes,se presenta como un programa marco para una formacióncontinua del profesorado, adaptado a las demandas de lasociedad del conocimiento y a la necesidad de mejorar losniveles de aprendizaje, apoyándose en la proximidad de losrecursos, la fundamentación de la práctica profesional, la con-sideración del centro educativo como eje de la formacióny la utilización de estrategias diversas de asesoramiento yapoyo a los centros y al profesorado.

A través del Plan se articula la programación de acti-vidades en cada uno de los Centros del Profesorado y deRecursos y demás instituciones acreditadas para el desarrollode actividades de formación permanente del profesorado. Ala hora de desarrollar esta programación, se han de teneren cuenta, al menos, los siguientes criterios:

• Los objetivos y prioridades en la formación permanentedel profesorado.

• Las necesidades de formación, de acuerdo con eldesarrollo del sistema educativo y los distintos ámbitosde intervención de los centros educativos y del profe-sorado que en ellos ejerce la docencia.

• Los criterios para establecer los métodos y estrategiasde formación más adecuados a los objetivos propuestos.

• Las actuaciones y los programas específicos de forma-ción continúa para los distintos ámbitos docentes.

• Los elementos necesarios para el seguimiento y la eva-luación del propio plan.

En coherencia con estos principios, se definen las líneasprioritarias de actuación, los objetivos del Plan y su concreciónen actuaciones formativas.

2.—Líneas prioritarias y objetivos

Las actuaciones desarrolladas en el marco del Plan Regio-nal de Formación Permanente del Profesorado tienen comoobjetivo responder tanto a las necesidades de formación sur-gidas de la aplicación de las líneas de trabajo impulsadaspor la propia Consejería de Educación y Ciencia como alas detectadas a través de los procesos de análisis y diagnósticopuestos en marcha desde los Centros del Profesorado y deRecursos.

Por otra parte, la formación permanente del profesoradoha de prestar un apoyo fundamental a la revisión y mejorade los procesos de enseñanza y de aprendizaje que se dan

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en la práctica docente, impulsando la actualización de losdesarrollos curriculares y de los enfoques didácticos inno-vadores y estimulando la elaboración, publicación y difusiónde experiencias, ejemplificaciones y materiales curricularesque sirvan de ayuda y referencia al profesorado para mejorardichos procesos formativos.

Tal y como establece la LOE en su capítulo III, formacióndel profesorado, los programas de formación permanentedeberán contemplar la adecuación de los conocimientos ymétodos a la evolución de las ciencias y de las didácticasespecíficas, así como todos aquellos aspectos de coordinación,orientación, atención educativa a la diversidad y organizaciónencaminados a mejorar la calidad de la enseñanza y el fun-cionamiento de los centros.

Teniendo en cuenta estas premisas, el Plan Regional deFormación Permanente del Profesorado 2006/07 contemplacomo orientación para la elaboración de la programaciónde actividades en cada uno de los Centros del Profesoradoy de Recursos cuatro líneas prioritarias, desglosada cada unade ellas en una serie de objetivos.

1. El desarrollo de un modelo educativo que potenciela educación en valores democráticos encaminados al desarro-llo personal y social de la ciudadanía, mediante la integraciónde los mismos en el currículum, generando modelos de actua-ción tanto en el aula como en el centro docente en suconjunto.

1. Apoyar procesos formativos que ayuden al fomentode la convivencia escolar y a la prevención de la vio-lencia, proporcionando estrategias de prevención ymediación en la resolución de conflictos.

2. Promover modelos formativos que eduquen en la igual-dad entre hombres y mujeres.

3. Impulsar la educación en valores a través de propuestascurriculares integradoras.

2. La actualización didáctica, científica y tecnológica quepermita la mejora de los procesos de enseñanza-aprendizajeen las distintas áreas y materias y su contribución a la adqui-sición de las competencias básicas necesarias para un apren-dizaje a lo largo de la vida.

1. Potenciar la actualización científica y didáctica del pro-fesorado apoyando enfoques didácticos y metodolo-gías innovadoras que favorezcan la adquisición de lascompetencias básicas por parte del alumnado en lasdiferentes etapas del sistema educativo.

2. Difundir las nuevas propuestas de currículo escolar.

3. Integrar las Tecnologías de la Información y la Comu-nicación en la práctica docente y en los desarrolloscurriculares como herramienta útil para la adquisiciónde competencias claves.

4. Avanzar en la formación científica, tecnológica y didác-tica del profesorado de Formación Profesional.

5. Desarrollar la reflexión, conocimiento y difusión deenfoques didácticos comunicativos en los procesos deenseñanza-aprendizaje de las lenguas.

3. El desarrollo de modelos y estrategias que permitandar respuesta a la diversidad del alumnado desde una pers-pectiva inclusiva, contribuyendo al incremento de la equidady la igualdad de oportunidades para todas las personas.

1. Apoyar procesos formativos que ayuden a reconocery respetar la diversidad como fuente de enriquecimien-to social y cultural, la tolerancia y la aceptación delas minorías.

2. Potenciar la formación del profesorado en el cono-cimiento y utilización de diferentes recursos didácticosy en el dominio de diferentes procedimientos meto-

dológicos y organizativos que actúen como elementocompensador de desigualdades personales, sociales yculturales.

3. Desarrollar procesos formativos destinados a las per-sonas responsables de la orientación educativa y pro-fesional del alumnado.

4. Impulsar el apoyo y asesoramiento a los procesos deinnovación, los planes y programas de cambio educativo yde mejora de la organización escolar desarrollados por loscentros educativos.

1. Apoyar el desarrollo de los proyectos institucionalesen los que participan los centros docentes.

2. Promover la innovación educativa mediante el aseso-ramiento a los grupos de trabajo, seminarios y pro-yectos de formación constituidos a iniciativa de lospropios centros educativos.

3. Avanzar en la formación de los equipos directivoscomo líderes de procesos que institucionalicen unacultura de centro orientada al cambio y mejoraeducativa.

4. Promover el diseño, análisis, elaboración, experimen-tación y valoración de propuestas didácticas y mate-riales curriculares.

3.—Programas de formación continua

En el Plan Regional de Formación Permanente del Pro-fesorado se introducen los Programas Específicos de For-mación como herramienta de planificación. Estos programasintegran las actuaciones desarrolladas por los Centros delProfesorado y de Recursos destinadas al profesorado de lasdistintas etapas educativas y a colectivos docentes específicos.

El momento actual de cambio del marco normativo ennuestro sistema educativo y las posibilidades de desarrollosingularizado que el mismo permite a nuestra ComunidadAutónoma en función de sus políticas educativas, justificanuna planificación de la formación continua del profesoradoacorde con las nuevas exigencias que el desarrollo del sistemaeducativo nos demanda. Estas demandas, que vienen refle-jadas en las líneas prioritarias y en los objetivos del Plande Formación, nos plantean la conveniencia de organizar losprogramas específicos de formación continua en torno a lossiguientes ejes.

• La atención a la diversidad y fomento de la convivencia.Con los programas específicos de formación de con-vivencia y orientación educativa y el de necesidades edu-cativas especiales.

• La formación específica en materia de igualdad en lostérminos establecidos en el artículo siete de la Ley Orgá-nica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Pro-tección Integral contra la Violencia de Género mediantelas actuaciones incluidas en el programa de coeducación,así como el fomento de hábitos de vida y consumo salu-dables mediante el programa de educación para la salud.

• La formación en lenguas extranjeras, tanto del profe-sorado especialista como del no especialista, medianteel programa de lenguas extranjeras.

• Los aspectos didácticos y metodológicos que permitenuna mejor contribución de las distintas áreas y materiasen la adquisición de las competencias básicas del alum-nado mediante las actuaciones incluidas en los progra-mas específicos de formación destinados al profesoradode Educación Infantil y Primaria y el de Actualizaciónen didácticas específicas destinado al profesorado deSecundaria.

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• El apoyo a la autonomía de los centros educativos enel desarrollo de sus procesos internos de formación,mediante las actuaciones enmarcadas en el programade formación en centros educativos.

• El fomento de la utilización de las tecnologías de lainformación y la comunicación y su integración didáctica,a través de las acciones formativas incluidas en los pro-gramas específicos de de integración de las tecnologíasde la información y la comunicación y de formacióna distancia.

• El fomento de la lectura y la utilización de las fuentesdocumentales y la biblioteca escolar como recurso parael aprendizaje en las distintas áreas y materias, elemen-tos centrales que configuran el programa de formaciónen bibliotecas escolares.

• La actualización científica y tecnológica del profesoradode formación profesional específica ante el desarrollode los currículos de los ciclos formativos de acuerdocon las exigencias derivadas del Sistema Nacional deCualificaciones y Formación Profesional.

Estos programas específicos de formación continua secomplementan en el Plan con otra serie de programas deformación vinculados, o bien al desempeño de determinadasfunciones especificas dentro del sistema educativo como laformación técnico docente y de la inspección educativa ola formación para equipos directivos de los centros docentes,o bien están destinados a la formación de colectivos concretosy específicos, como el programa dirigido al profesorado denueva incorporación, al profesorado de Llingua asturiana oel de Educación de Adultos.

Para el desarrollo y coordinación de los programas deformación continua, o de los ejes de actuación de los mismos,se podrá constituir una Comisión Técnica integrada por per-sonal del Servicio de Innovación y Apoyo a la Acción Edu-cativa, los asesores y asesoras de referencia de los Centrosdel Profesorado y de Recursos, los directores de las acti-vidades incluidas en el programa y representantes de otrosservicios o instituciones implicados en el desarrollo del mismo.Dicha Comisión será coordinada por una de las personasque la integran, y entre sus funciones destacan las de articulary concretar una propuesta de actuación en cada uno de losprogramas, garantizar la coordinación y coherencia entre lasdiversas actuaciones desarrolladas dentro del programa y rea-lizar el seguimiento y evaluación de las actuaciones incluidasen el mismo.

4.—Evaluación

Uno de los elementos fundamentales para conocer el nivelde consecución de los objetivos y el grado de satisfacciónde los usuarios del Plan Regional de Formación Permanentedel Profesorado es la evaluación, entendiendo ésta como unproceso de autorregulación, de reflexión y toma de concienciadel recorrido realizado. Esto nos permitirá, en coherenciacon los objetivos y las líneas prioritarias marcadas, tomardecisiones que permitan corregir posibles desajustes en sudesarrollo.

El Plan Regional de Formación Permanente del Profe-sorado, con la finalidad de mejorar de la calidad del sistemade formación permanente del profesorado, se plantea lossiguientes objetivos de evaluación:

• Analizar y valorar el grado de consecución de los obje-tivos previstos en el Plan Regional de Formación Per-manente del Profesorado tanto en sus aspectos genéricoscomo en los concretos de cada uno de los programasespecíficos de formación continua.

• Conocer y valorar el diseño, el desarrollo y los resultadosde las distintas actuaciones incluidas en el Plan Regionalde Formación Permanente del Profesorado.

• Analizar y valorar la incidencia que tienen las entidadesque gestionan la formación permanente como respon-sables de su puesta en marcha.

• Mantener e incrementar la coordinación e implicaciónde quienes participan en su gestión y en su desarrollo.

• Extraer la información necesaria para extraer conclu-siones sobre el desarrollo del Plan, y poder así mejorarlas prácticas institucionales y personales.

La evaluación del Plan Regional de Formación Perma-nente del Profesorado, tomando en consideración los distintosmomentos o fases de su planificación y desarrollo, ha depermitir obtener información y emitir juicios de valor sobrelas siguientes dimensiones básicas en su programación:

• Diseño: Con indicadores referentes a los procesos dedetección, planificación y difusión del Plan y a las carac-terísticas de la oferta en cuanto a contenidos, destina-tarios y modalidades.

• Ejecución: Mediante indicadores referidos a la estabi-lidad de las actividades programadas, a la participacióndel profesorado, a la adecuación de los recursos emplea-dos, a la gestión y coordinación de los mismos, a laintervención de formadores y formadoras y al papel oestilo de los asesores y asesoras.

• Efectos: Mediante indicadores referidos a cantidad y cali-dad de los materiales o documentos elaborados, a laproporción de buenas prácticas que se han generadocomo experiencias para intercambiar y difundir, a laproporción de centros participantes en actividades deformación que se han incorporado o promovido pro-gramas de innovación o investigación educativa, asícomo de actividades de formación que generan nuevasdemandas formativas.

Por todo ello, y como instrumento para que la ComisiónRegional de Formación Permanente del Profesorado puedadesarrollar la función de seguimiento y evaluación que tieneatribuida de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 delDecreto 62/2001, de 28 de junio, por el que se regulan lasactuaciones relativas a formación permanente del profeso-rado y la convocatoria, reconocimiento, certificación y registrode las actividades correspondientes, el seguimiento y la eva-luación del Plan Regional de Formación Permanente del Pro-fesorado se desarrollará en las siguientes fases o momentos:

1. La Evaluación de las actuaciones formativas programa-das donde se valorará el diseño de la actividad, laconsecución de objetivos, la adecuación de los con-tenidos, los aspectos organizativos y metodológicos,la capacidad didáctica y técnica del personal formador,la participación y asistencia, la respuesta a los interesesy expectativas del profesorado asistente y la utilidadde la formación para la tarea docente.

La responsabilidad de la evaluación en esta primerafase corresponde a los asesores y asesoras referentesde cada una de las actividades. Para llevarla a cabodisponen de los siguientes instrumentos: cuestionariosal profesorado asistente y al personal formador, obser-vación directa, entrevistas, sesión colectiva de evalua-ción y memoria final de la actividad.

2. Evaluación de la programación anual del Centro delProfesorado y de Recursos que permita obtener infor-mación acerca del nivel de consecución de los obje-tivos, la valoración global de las actividades realizadasy las no realizadas, los procedimientos seguidos enel proceso de análisis de necesidades, la respuesta yconcreción de las líneas prioritarias, la intervencióne implicación de los equipos técnico-docentes en eldesarrollo de la programación.

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Para ello, los Centros del Profesorado y de Recursos,como responsables de la evaluación de sus respectivasprogramaciones anuales, disponen como instrumentosde los datos proporcionados por la evaluación de cadauna de las actividades y de la información propor-cionada por el Sistema de Gestión Integrada de For-mación del Profesorado de Asturias.

3. Evaluación y seguimiento del Plan Regional de Forma-ción Permanente. El Plan Regional se desarrolla endos periodos semestrales. Por tanto, la evaluación debeadecuarse a esta programación, por lo que se desarro-llará en dos momentos: por un lado, y coincidiendocon el final del primer semestre del plan, se realizaráuna evaluación de progreso; y por otro, una vez fina-lizadas las actividades del segundo semestre incluidasen el Plan Regional de Formación Permanente delProfesorado, se realizará la evaluación final.

Tanto en un momento como en el otro, se trata de obtenerinformación que permita valorar la adecuación y viabilidadde la oferta formativa, el grado de consecución de los obje-tivos, la adecuación de las actividades de formación a laslíneas prioritarias, la valoración global de los usuarios, y lacoherencia interna de los diversos elementos del Plan.

Para obtener dicha información se partirá de los informesde evaluación de la programación anual de cada Centro delProfesorado y de Recursos, y de los datos proporcionadospor el Sistema de Gestión Integrada de Formación del Pro-fesorado de Asturias, a los que se añadirá la valoración cua-litativa de todo el Plan, de acuerdo con los objetivos y líneasprioritarias establecidas en el mismo.

5.—Normas generales y condiciones de participación

Para un correcto desarrollo de las acciones formativas,conviene establecer una serie de normas básicas que esta-blecen las condiciones de participación, y que serán de apli-cación en todas las actividades.

1. Cuando las solicitudes de participación en una actividadsuperen en número a las plazas ofertadas, los criterios deselección preferentes de las personas participantes serán, concarácter general, y salvo que se establezca lo contrario enlas condiciones específicas de cada actividad, los siguientes:

• Estar impartiendo la materia, área o ciclo a que va diri-gida la actividad.

• Estar ejerciendo como profesor/a en activo del ámbitodel CPR, para las actividades de carácter comarcal. Enlas actividades de ámbito regional, estar prestando ser-vicio activo en nuestra comunidad autónoma.

• No haber participado en una actividad de característicassemejantes a la convocada en el presente curso ni enaños anteriores.

• En el caso de producirse empate entre los solicitantes,después de haberse aplicado los criterios anteriores, sedecidirá la plaza atendiendo a la mayor antigüedad comofuncionario de carrera.

2. En el caso de las actividades desarrolladas bajo la moda-lidad de cursos a distancia, a las condiciones generales deinscripción y participación, se añadirán las condiciones espe-cíficas que acompañaran su convocatoria.

3. Para la regulación de la asistencia, la participación yla certificación en las diferentes actividades formativas se ten-drán en cuenta los siguientes criterios:

• Las faltas de asistencia por tiempo superior al quincepor ciento del total de las horas presenciales de unaactividad de formación, con independencia de su causa,privarán del derecho a obtener certificación.

• Durante la celebración de las actividades formativas sellevará un seguimiento de la asistencia. El profesoradoparticipante deberá firmar las hojas de asistencia en cual-quier momento en que sea requerido para ello.

• En aquellas actividades en las que en su diseño se con-templa la realización de un trabajo práctico, su entregay valoración positiva será requisito imprescindible paratener derecho a la certificación.

• La situación de incapacidad laboral o de licencia porenfermedad durante el desarrollo de una actividad deformación, sea presencial o a distancia, limitará el dere-cho de participación en la misma.

• En el caso de producirse bajas en una actividad o siel número de asistentes no superara el 50% de las plazasofertadas, la entidad responsable de su gestión podráproceder a su suspensión.

• Si una persona es admitida en una actividad de for-mación y por cualquier circunstancia no puede asistira la misma, deberá comunicarlo al Centro del Profe-sorado y de Recursos correspondiente para no causarperjuicio a otras personas que deseen participar en dichaactividad. La no comunicación o la ausencia a la primerasesión de la actividad sin previa justificación se con-siderará inasistencia y se penalizará la misma con laconsideración de curso ya realizado, lo que implica laimposibilidad de realizar ese mismo curso o semejanteen posteriores convocatorias.

CONSEJERIA DE CULTURA, COMUNICACIONSOCIAL Y TURISMO:

RESOLUCION de 3 de octubre de 2006, de la Con-sejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo,por la que se dispone el cumplimiento de sentenciadictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo n.º3 de Oviedo.

Vista la sentencia dictada en fecha 31 de julio de 2006por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3de Oviedo, en procedimiento ordinario 452/2005, sobre recla-mación de responsabilidad patrimonial a instancia de doñaRuth María Miguélez López.

Considerando que la referida sentencia tiene carácter fir-me y que en orden a su ejecución ha de observarse lo esta-blecido en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo,por el que se regula la organización y funcionamiento delServicio Jurídico, por la presente,

R E S U E L V O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo dela sentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Que debo desestimar y desestimo el recurso contencio-so-administrativo interpuesto por el Letrado Samuel MontejoBernardo, en nombre y representación de doña Ruth MaríaMiguélez López, contra la desestimación de la reclamaciónformulada en materia de responsabilidad patrimonial de laAdministración frente a la Consejería de Cultura, Comuni-cación Social y Turismo por daños sufridos el día 24-2-2004,en la que solicitaba una indemnización de 14.359,50 euros,confirmando dicha Resolución por ser conforme a derecho,absolviendo a la Consejería de Cultura, Comunicación Socialy Turismo, y la entidad codemandada compañía AseguradoraLa Estrella, S.A.

Sin imposición de costas”.

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21–XI–2006 22429BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente Reso-lución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 3 de Octubre de 2006.—La Consejera de Cul-tura, Comunicación Social y Turismo, Ana Rosa MigoyaDiego.—17.874.

— • —

RESOLUCION de 23 de octubre de 2006, de la Con-sejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo,por la que se dispone el cumplimiento de sentenciadictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administra-tivo n.º 2 de Oviedo.

Vista la sentencia dictada en fecha 6 de octubre de 2006,por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2de Oviedo, en procedimiento abreviado n.º 58/06, sobre recla-mación de responsabilidad patrimonial a instancia de donManuel Salvador Moro Galindo e Hilo Direct Seguros y Rea-seguros, S.A.

Considerando que la referida sentencia tiene carácter fir-me y que en orden a su ejecución ha de observarse lo esta-blecido en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo,por el que se regula la organización y funcionamiento delServicio Jurídico, por la presente,

R E S U E L V O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo dela sentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Estimar el recurso contencioso-administrativo interpues-to por don Manuel Salvador Moro Galindo e Hilo DirectSeguros y Reaseguros, S.A; contra la desestimación presuntapor silencio administrativo de la reclamación patrimonialseguida contra la Consejería de Medio Ambiente, Ordenacióndel Territorio e Infraestructuras del Principado de Asturiasen expediente RP 1/2005, así como contra la Resolución de7-4-2006, por la que se limita el importe de la indemnizacióna 541,79 euros, declarando:

1.º La disconformidad a derecho de dicha Resolución ysu anulación.

2.º El derecho de las demandantes a ser indemnizadaspor la administración demandada en las sumas de doscientoscuarenta euros (240 euros) a D. Manuel Salvador Moro Galin-do y seiscientos dieciocho euros con ochenta y cinco céntimos(618,85 euros) a Hilo Direct Seguros y Reaseguros, S.A.

3.º No imponer las costas a ninguna de las partes”.

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente Reso-lución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 23 de octubre de 2006.—La Consejera de Cul-tura, Comunicación Social y Turismo, Ana Rosa MigoyaDiego.—17.873.

CONSEJERIA DE INDUSTRIA Y EMPLEO:

RESOLUCION de 25 de octubre de 2006, de la Con-sejería de Industria y Empleo, por la que se apruebanla convocatoria pública y las bases reguladoras de laprimera adhesión y renovación de empresas suminis-tradoras al programa de ayudas para fomentar la incor-poración de las tecnologías de la información y la comu-nicación en el colectivo de autónomos (PIATIC).

La Consejería de Industria y Empleo puso en marchaen el año 2004 el “Plan de Innovación del Autónomo enTecnologías de la Información y la Comunicación 2004-2006”(PIATIC), en el que se establecen los objetivos, estrategias

y líneas de actuación que deben impulsar la innovación yel desarrollo tecnológico de los autónomos en el Principadode Asturias. Ello se realizó con la finalidad de que el colectivode autónomos se familiarice de manera significativa e inten-sifique la utilización de las tecnologías de la información yla comunicación en sus procesos de gestión, organización,producción y relación con los clientes, proveedores y admi-nistraciones.

El Plan de Innovación del Autónomo en Tecnologías dela Información y la Comunicación nace con las siguientesprioridades:

• Difundir la ventaja competitiva que puede suponer laintegración de las tecnologías de la información y lacomunicación a las actividades empresariales de losautónomos/as.

• Capacitar en el uso de herramientas informáticas.

• Introducir las tecnologías de la información y la comu-nicación en la gestión empresarial de los autónomose incrementar su presencia en Internet.

• Favorecer e impulsar la introducción de las tecnologíasde la información y la comunicación entre los autó-nomos facilitándoles su incorporación a la sociedad dela información.

• Provocar el acceso a Internet, la adquisición de equi-pamiento informático, conectividad y presencia en Inter-net a través de páginas web.

Por ello, mediante Resolución de esta Consejería se aprue-ban las bases que regulan un programa dirigido a facilitara éstos la adquisición de equipamiento informático, hardwarey software, así como promover el acceso a Internet a travésde la conexión en banda ancha. Para la puesta en marchade este programa de ayudas se contará con la colaboraciónde las empresas suministradoras de equipamiento informáticocon actividad en la región. Podrán adherirse al programade ayudas, en calidad de suministradoras, todas aquellasempresas que, cumpliendo con los requisitos establecidos enlas bases, soliciten ser declaradas como tales y asuman y secomprometan expresamente a cumplir las obligaciones pre-vistas en las mismas.

En atención a lo anteriormente expuesto, y en virtud delas competencias atribuidas por la Ley 6/1984, de 5 de julio,del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principadode Asturias; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, de RégimenJurídico de la Administración del Principado de Asturias,y el Decreto 144/2005, de 29 de diciembre, por el que seregula la estructura orgánica básica de la Consejería de Indus-tria y Empleo,

R E S U E L V O

Primero.—Aprobar las bases por la que se regirá la con-vocatoria pública de primera adhesión y renovación de empre-sas suministradoras al programa de ayudas para fomentarla incorporación de las tecnologías de la información y lacomunicación en el colectivo de autónomos y que se acom-pañan como anexo I a esta propuesta de resolución.

Segundo.—Aprobar la convocatoria de primera adhesióny renovación de empresas suministradoras al programa deayudas para fomentar la incorporación de las tecnologías dela información y la comunicación en el colectivo de autó-nomos.

Tercero.—Disponer la publicación de esta Resolución enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contrala misma cabe interponer recurso contencioso-administrativoante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

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21–XI–200622430 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Superior de Justicia del Principado de Asturias en el plazode dos meses, contados desde el día siguiente al de su publi-cación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposicióndel recurso potestativo de reposición ante el Consejero deIndustria y Empleo en el plazo de un mes, contado desdeel día siguiente al de su publicación, no pudiendo simulta-nearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el art.28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 demarzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Prin-cipado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitarcualquier otro que estimen oportuno.

En Oviedo, a 25 de octubre de 2006.—El Consejero deIndustria y Empleo, Graciano Torre González.—17.780.

Anexo I

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE PRIMERAADHESION Y RENOVACION DE EMPRESAS SUMINISTRADORAS ALPROGRAMA DE AYUDAS PARA FOMENTAR LA INCORPORACIONDE LAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LA COMUNICA-

CION EN EL COLECTIVO DE AUTONOMOS

Primera.—Finalidad:

Estas bases se dictan en desarrollo del Plan de Innovacióndel Autónomo en Tecnologías de la Información y la Comu-nicación 2004-2006 (PIATIC), y tienen por objeto regularla primera adhesión y renovación de empresas suministra-doras al programa de ayudas para fomentar la incorporaciónde tecnologías de la información y comunicación en la acti-vidad productiva de los autónomos, en el Principado de Astu-rias, mediante la adquisición de equipamiento informáticobásico, hardware y software, y la conexión a Internet en lamodalidad de banda ancha.

Segunda.—Empresas adheridas al programa:

Podrán adherirse al programa aquellas empresas que,cumpliendo con los requisitos que se relacionan en la basetercera, soliciten por primera vez ser declaradas como tales,así como aquellas que, habiendo obtenido tal declaraciónen el pasado ejercicio, soliciten su renovación, y asuman,en ambos casos, las obligaciones previstas en estas bases.

Tercera.—requisitos de las empresas adheridas al programa:

Las empresas que soliciten su al programa deberán reunirlos siguientes requisitos:

a) Haber desarrollado, durante los dos años anterioresa la publicación de esta convocatoria, una actividadeconómica, en el Principado de Asturias, incluida enalguno de los epígrafes del impuesto sobre actividadeseconómicas que habiliten para el suministro de equi-pamiento informático.

b) Contar, a la fecha de presentación de la solicitud deadhesión, con una plantilla de trabajadores y solvenciaeconómica que le permitan atender adecuadamentela demanda de los beneficiarios.

c) Hallarse al corriente de obligaciones tributarias y deseguridad social y no ser deudor del Principado deAsturias por deudas vencidas líquidas y exigibles.

Cuarta.—Obligaciones de las empresas adheridas al programa:

Son obligaciones de las empresas adheridas al programa:

a) Mostrar en un lugar visible el logotipo que le identificacomo suministrador adherido al programa de ayudas,que le será facilitado a tal efecto.

b) Suministrar el equipamiento informático que seráobjeto de ayuda y que se detalla a continuación:

1. Ordenador de sobremesa u ordenador portátil PCo Apple (una única unidad). El ordenador tendráunas prestaciones al menos equivalentes o supe-riores a las que se indican a continuación:

• Ordenador de sobremesa PC: Procesador tipoPentium IV o AMD a 3,0 GHz o Core Dúo a2,7 GHz o equivalente, bus 800 MHz; 512 MB400 MHz de memoria RAM; 100 GB de discoduro; tarjeta gráfica de 128MB; tarjeta de sonidoc o m p a t i b l e ; u n i d a d c o m b o C D - R W /DVD-ROM; tarjeta de red de 10/100 Mbps; moni-tor de 15 pulgadas TFT; puertos USB ver. 2.0(al menos 2); altavoces, teclado y ratón.

• Ordenador de sobremesa Apple: ProcesadorPower PC G4 1,42 GHz; 512 MB de memoriaRAM; 100 GB de disco duro; tarjeta gráfica de32 MB; tarjeta de sonido; unidad comboDVD/CD-RW; tarjeta de red de 10/100 Mbps;monitor de 15 pulgadas TFT; puertos USB ver2.0 (al menos 2), altavoces, teclado y ratón.

• Ordenador portátil PC: Procesador tipo Centrinoa 1,6 GHz o equivalente; 512 MB de memoriaRAM; 60 GB de disco duro; tarjeta gráfica de64 MB; tarjeta de sonido compatible; unidad com-bo DVD/CD-RW; tarjeta de red de 10/100 Mbps;pantalla TFT de 14 pulgadas; puertos USB ver.2.0 (al menos 2); 1 ranura PCMCIA libre; soluciónWireless LAN compatible WiFi integrada omediante tarjeta PCMCIA.

• Ordenador portátil Apple: Procesador Power PCG4 1,33 GHz; 512 MB de memoria RAM; 60GB de disco duro; tarjeta gráfica de 32 MB; tarjetade sonido; unidad combo DVD/CD-RW; tarjetade red de 10/100 Mbps; pantalla TFT de 12 pul-gadas; puertos USB ver. 2.0 (al menos 2); soluciónWireless LAN integrada compatible WiFi.

Todos los ordenadores deberán incluir (y así se haráconstar en la factura pro-forma):

• Sistema operativo original.

• Software antivirus, actualizable durante un año.

2. La adquisición del ordenador podrá ser comple-mentada, opcionalmente, con cualquiera de lossiguientes elementos (una única unidad por tipode elemento):

a. Impresora, según alguna de las siguientes moda-lidades:

• Impresora láser multifuncional, que incorporeal menos las funcionalidades de escaneado dedocumentos y envío de faxes.

• Impresora chorro de tinta multifuncionalcolor, que incorpore al menos las funciona-lidades de escaneado de documentos y envíode faxes.

• Impresora láser.

• Impresora chorro de tinta color.

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21–XI–2006 22431BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

b. Otros dispositivos:

• PDA con conectividad Wi-Fi o bluetooth.

• Escáner plano.

• Cámara de fotos digital.

c. Software ofimático.

d. Software de gestión.

e. Alta de conexión a Internet en banda ancha (op-cional). También será subvencionable el alta deconexión en tarifa plana, cuando la modalidadde banda ancha no esté disponible en el terri-torio. Para solicitar ayuda por este concepto,deberá presentarse factura pro forma en la quese especifiquen los costes del alta y cuotas parael primer año.

En estas ayudas quedan excluidos los elementosde TPV “Terminal Punto de Venta” (cajones por-tamonedas, impresora de tickets, etc.).

El equipamiento informático será nuevo y de pri-mer uso, y podrá ser adquirido a cualquiera delas empresas adheridas al programa, libremente ele-gida por el solicitante.

El software sujeto a licencia irá acompañado delcertificado original de ésta, y deberá tener menosde dos años de antigüedad. En caso de instalaren los equipos subvencionados software libre, elsuministrador de éstos extenderá una declaraciónresponsable descriptiva del mismo, así como decumplir el anterior requisito de antigüedad.

La empresa adherida que suministre el equipamien-to informático quedará obligada, y así lo hará cons-tar en la factura pro-forma, a instalarlo en el domi-cilio de la actividad del beneficiario; a dejarlo encondiciones de funcionamiento; garantizarlo duran-te un período de al menos un año, incluido el ser-vicio de software libre que, en su caso, se instale;y a proporcionar al beneficiario formación presen-cial sobre su manejo de una duración mínima deuna hora.

La factura pro-forma deberá detallar totalmenteel material objeto de las ayuda y el detalle de suscomponentes (tanto hardware como software) ycaracterísticas técnicas, debiendo al menos espe-cificar todos los elementos y características exigidosen las bases de la convocatoria de ayudas.

c) Instalar en los equipos software con menos de dosaños de antigüedad, y entregar al beneficiario de laayuda certificado original de sus correspondienteslicencias o, en su caso, declaración responsable des-criptiva del software libre, entregando el soporte infor-mático que permita su reinstalación.

d) Cumplir las instrucciones de la Consejería de Industriay Empleo respecto a la tramitación de las ayudas,siguiendo en todo momento el procedimiento y cum-plimentando los modelos y documentos que establezcay en la forma que disponga.

e) Facilitar a la Consejería de Industria y Empleo cuantainformación y documentación se precise en orden ala verificación de la correcta aplicación de las sub-venciones.

Quinta.—Lugar y plazo de solicitud, y documentación a acom-pañar a la misma:

1. La solicitud de primera adhesión o renovación, juntocon la documentación requerida, habrá de presentarse a tra-

vés de los Registros de la Consejería de Industria y Empleo,Registro General del Principado de Asturias, o por cuales-quiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común.

El plazo de presentación de solicitudes de adhesión seráde 20 días naturales, a partir del siguiente al de publicaciónde esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias.

2. Las solicitudes, acompañadas de la documentación exi-gida, serán dirigidas al Sr. Consejero de Industria y Empleoy se formularán en los siguientes modelos normalizados:

• Anexo II (modelo de solicitud de primera adhesión):este modelo será utilizado por aquellas empresas quesoliciten por primera vez su declaración de “empresasadheridas”.

• Anexo III (modelo de solicitud de renovación de la adhe-sión): este modelo será utilizado por aquellas empresasque, habiendo obtenido la declaración de “empresasadheridas” en la convocatoria de 2006, y cumpliendocon los requisitos establecidos en estas bases, deseenrenovar dicha declaración de adhesión para el presenteejercicio.

3. Los modelos de solicitud (anexos II y III) se facilitaránen la Consejería de Industria y Empleo, Oficina de Infor-mación del Principado de Asturias, Agencias de la Red Astu-riana de Desarrollo Local, en la página web del Gobiernodel Principado de Asturias (www.princast.es), así como enlas páginas autonomoastur.net y emprendeastur.com.

4. Documentación a aportar:

a) Junto a las solicitudes de primera adhesión (modelodel anexo II) deberá presentarse la siguiente docu-mentación:

• CIF/NIF de la empresa y, en el caso de tratarsede una sociedad, escritura de constitución y estatutosdebidamente registrados.

• DNI del titular o representante legal que solicitaen nombre de la empresa y, en su caso, documentoque acredite la representación.

• Alta en el impuesto sobre actividades económicas,o declaración censal equivalente.

• Certificaciones originales (o copias compulsadas)acreditativas de hallarse al corriente de sus obliga-ciones tributarias y de seguridad social y de no serdeudor del Principado de Asturias por deudas ven-cidas, líquidas y exigibles. Estas certificaciones pue-den sustituirse por la autorización expresa para quela Consejería de Industria y Empleo recabe los cer-tificados de los organismos correspondientes (anexoIV).

b) Junto a las solicitudes de renovación de la adhesión(modelo del anexo III) deberá presentarse la siguientedocumentación:

• DNI del titular o representante legal que solicitaen nombre de la empresa y, en su caso, documentoque acredite la representación.

5. Si la solicitud no estuviera debidamente cumplimentadao no se acompañase la documentación exigida en estas bases,la Consejería de Industria y Empleo requerirá al interesadopara que la subsane en el plazo máximo e improrrogablede 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá pordesistido de su solicitud previa resolución, de conformidadcon lo preceptuado en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de

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21–XI–200622432 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta.—declaración de empresa adherida al programa:

El Sr. Consejero de Industria y Empleo resolverá, moti-vadamente, lo que proceda respecto a la declaración o node empresa adherida al programa.

El plazo máximo para resolver será de 3 meses, contadosdesde el siguiente a aquel en que finalice el plazo de solicitud.Transcurrido este plazo sin que se dicte resolución, el soli-citante podrá entender desestimada su solicitud de adhesión.

Séptima.—Revocación de la adhesión:

El incumplimiento de las condiciones establecidas en estasbases, y en especial la venta fraudulenta de equipos no espe-cificados, y/o el incumplimiento de los requisitos mínimosespecificados para éstos, la realización de publicidad enga-ñosa, el uso indebido de los signos y símbolos identificativosdel programa, o el suministro de software propietario no ori-ginal y sin sus correspondientes licencias de uso, podrá com-portar la revocación de la primera adhesión o renovaciónde la misma al programa, previa instrucción del correspon-diente expediente administrativo.

Octava.—Cesión de datos:

La presentación de la solicitud de primera adhesión orenovación implicará la aceptación de la cesión de los datoscontenidos en la misma, a efectos de regular su participaciónen el programa de ayudas, en calidad de suministradoradherido.

La empresa declara:

a) Que, a la fecha de solicitud, cumple con los requisitosexigidos en estas bases para su declaración de adhesiónal programa.

b) Haber desarrollado, durante los dos años anterioresa la publicación de la presente convocatoria, una acti-vidad económica, en el Principado de Asturias, inclui-da en alguno de los epígrafes del impuesto sobre acti-vidades económicas que habiliten para el suministrode equipamiento informático.

c) Contar, a la fecha de presentación de la solicitud, conuna plantilla y solvencia económica suficientes paraatender la demanda de los beneficiarios.

La empresa se compromete a:

a) Cumplir con la normativa del programa.

b) Mantener una plantilla y solvencia económica sufi-cientes para atender la demanda de los beneficiarioshasta el final de la presente convocatoria.

c) Mostrar en un lugar visible el logotipo que le identificacomo suministrador adherido al programa de ayudas,que le será facilitado a tal efecto.

d) Suministrar el equipamiento informático al que serefiere estas bases en las condiciones establecidas enla misma, e instalarlo en el domicilio de la actividaddel beneficiario, dejándolo en funcionamiento y pro-porcionando a éste una formación presencial sobresu manejo de una duración mínima de una hora.

e) Instalar en los equipos subvencionados software conmenos de dos años de antigüedad, y entregar al bene-ficiario de la ayuda certificado original de sus corres-pondientes licencias o, en su caso, declaración res-ponsable descriptiva del software libre, entregando elsoporte informático que permita su reinstalación.

f) Cumplir las instrucciones de la Consejería de Industriay Empleo respecto a la tramitación de las ayudas,siguiendo en todo momento el procedimiento y cum-plimentando los modelos y documentos que establezcay en la forma que disponga.

g) Facilitar a la Consejería de Industria y Empleo cuantainformación y documentación precisen para verificarla correcta aplicación de las subvenciones.

Declaro bajo mi responsabilidad que los datos antes citadosson ciertos y que conozco las bases reguladoras de la con-vocatoria de primera adhesión y renovación de empresassuministradoras al programa de ayudas para fomentar laincorporación de las tecnologías de la información y la comu-nicación en el colectivo de autónomos, que acepto ínte-gramente.

En ........., a ......... de .............................. de ...........

(Firma del solicitante)

SR. CONSEJERO DE INDUSTRIA Y EMPLEO

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21–XI–2006 22433BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

La empresa declara:

a) Que, a la fecha de solicitud, cumple con los requisitosexigidos en estas bases para renovar su declaraciónde adhesión al programa.

b) Haber desarrollado, durante los dos años anterioresa la publicación de la presente convocatoria, una acti-vidad económica, en el Principado de Asturias, inclui-da en alguno de los epígrafes del impuesto sobre acti-vidades económicas que habiliten para el suministrode equipamiento informático.

c) Contar, a la fecha de presentación de la solicitud, conuna plantilla y solvencia económica suficientes paraatender la demanda de los beneficiarios.

La empresa se compromete a:

a) Cumplir con la normativa del programa.

b) Mantener una plantilla y solvencia económica sufi-cientes para atender la demanda de los beneficiarioshasta el final de la presente convocatoria.

c) Mostrar en un lugar visible el logotipo que le identificacomo suministrador adherido al programa de ayudas,que le será facilitado a tal efecto.

d) Suministrar el equipamiento informático al que serefiere estas bases en las condiciones establecidas enla misma, e instalarlo en el domicilio de la actividaddel beneficiario, dejándolo en funcionamiento y pro-porcionando a éste una formación presencial sobresu manejo de una duración mínima de una hora.

e) Instalar en los equipos subvencionados software conmenos de dos años de antigüedad, y entregar al bene-ficiario de la ayuda certificado original de sus corres-

pondientes licencias o, en su caso, declaración res-ponsable descriptiva del software libre, entregando elsoporte informático que permita su reinstalación.

f) Cumplir las instrucciones de la Consejería de Industriay Empleo respecto a la tramitación de las ayudas,siguiendo en todo momento el procedimiento y cum-plimentando los modelos y documentos que establezcay en la forma que disponga.

g) Facilitar a la Consejería de Industria y Empleo cuantainformación y documentación precisen para verificarla correcta aplicación de las subvenciones.

Declaro bajo mi responsabilidad que los datos antes citadosson ciertos y que conozco las bases reguladoras de la con-vocatoria de primera adhesión y renovación de empresassuministradoras al programa de ayudas para fomentar laincorporación de las tecnologías de la información y la comu-nicación en el colectivo de autónomos, que acepto ínte-gramente.

En ..........., a ......... de .............................. de ...........

(Firma del solicitante)

SR. CONSEJERO DE INDUSTRIA Y EMPLEO

DOCUMENTACION QUE SE DEBE ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD

A) Solicitud de primera adhesión

� CIF/NIF de la empresa y, en el caso de tratarse deuna sociedad, escritura de constitución y estatutos debi-damente registrados.

� DNI del titular o representante legal que solicita ennombre de la empresa y, en su caso, documento queacredite la representación.

� Alta en el impuesto sobre actividades económicas, odeclaración censal equivalente.

� Certificaciones originales (o copias compulsadas) acre-ditativas de hallarse al corriente de sus obligacionestributarias y de seguridad social y de no ser deudordel Principado de Asturias por deudas vencidas, líqui-das y exigibles. Estas certificaciones pueden sustituirsepor la autorización expresa para que la Consejería deIndustria y Empleo recabe los certificados de los orga-nismos correspondientes (anexo IV).

B) Solicitud de renovación de la adhesión

� DNI del titular o representante legal que solicita ennombre de la empresa y, en su caso, documento queacredite la representación.

Anexo IV

AUTORIZACION

La persona abajo firmante autoriza a la Consejería deIndustria y Empleo:

a) A solicitar, de la Agencia Estatal de la AdministraciónTributaria, los datos del solicitante relativos al cum-plimiento de sus obligaciones fiscales.

b) A solicitar, de la Consejería de Economía y Admi-nistración Pública, los datos del solicitante relativosa no ser deudor del Principado de Asturias por deudasvencidas, líquidas y exigibles.

c) A solicitar, de la Tesorería General de la SeguridadSocial, los datos del solicitante relativos al cumpli-miento de sus obligaciones con la Seguridad Social.

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21–XI–200622434 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

La presente autorización se otorga a los efectos del reco-nocimiento, seguimiento y control de la primera adhesiónmencionada anteriormente, y en aplicación de lo dispuestoen la disposición adicional cuarta de la Ley 40/1998, de 9de septiembre, por la que se permite, previa autorizacióndel interesado, la cesión de los datos tributarios que precisenlas AAPP para el desarrollo de sus funciones. En este sentido,dicha autorización se refiere, exclusivamente, a los datos rela-tivos a la persona física/jurídica solicitante y que sean precisospara comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidospara obtener la primera adhesión como suministrador delprograma de ayudas para fomentar la incorporación de lastecnologías de la información y la comunicación en el colec-tivo de autónomos.

DATOS DEL AUTORIZADOR

(Persona física, jurídica o entidad del art 33 de la Ley GeneralTributaria)

— • —

RESOLUCION de 26 de octubre de 2006, de la Con-sejería de Industria y Empleo, por la que se apruebala covocatoria de subvenciones para el fomento y man-tenimiento del empleo por cuenta ajena 2006.

En relación con la tercera convocatoria de subvencionespara el fomento y mantenimiento del empleo por cuenta ajenaen 2006 y las contrataciones del mes de mayo.

Antecedentes de hecho

Primero.—Que por Resolución de 31 de enero de 2005,de la Consejería de Industria y Empleo, se aprueban las basesreguladoras de la concesión de subvenciones para el fomentoy mantenimiento del empleo por cuenta ajena en 2005 y porla Resolución de 19 de abril de 2006 (BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias de 29 de abril de 2006) del ServicioPúblico de Empleo, se aprueba la tercera convocatoria desubvenciones para el fomento y mantenimiento del empleopor cuenta ajena en 2006, cofinanciadas por el Fondo SocialEuropeo, y las empresas relacionadas en el anejo I han soli-citado subvención al amparo de la citada convocatoria.

Segundo.—Que en los Presupuestos del Servicio Públicode Empleo del Principado de Asturias para 2006 existe créditodisponible, adecuado y suficiente para atender la concesiónde dicha subvención en la aplicación 85.01.322 A 771.006.

Tercero.—Que reunida la Comisión de Valoración, cons-tituida al efecto para la evaluación de las solicitudes admitidasa trámite, se procede a examinar la documentación aportadaa efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos para

ser beneficiario de la subvención, de conformidad con lo esta-blecido en las bases, en la convocatoria y en función delcrédito disponible y por parte del Servicio de Programas deEmpleo, con fecha 17 de octubre de 2006, se eleva al titulardel Servicio Público de Empleo propuesta de resolución desubvención en los términos que se detallan a continuación:

Que la Comisión de Valoración formula informe favorablede concesión a las solicitudes enumeradas en el anejo I, apar-tado primero, siendo la cantidad de subvención total pro-puesta de 296.482,40 euros.

Que la Comisión de Valoración formula informe desfa-vo-rable a la concesión a las solicitudes enumeradas en el anejoI, apartado segundo y por los motivos que asimismo se señalanen el citado anejo I.

Que han sido presentadas fuera de plazo, las solicitudesenumeradas en el anejo I, apartado tercero.

Que han presentado desistimiento en la tramitación desu solicitud, las enumeradas en el anejo I, apartado cuarto.

Que habiendo sido requerida la subsanación y mejorade la solicitud en un plazo improrrogable de diez días hábiles,tal requerimiento no ha sido satisfecho en su totalidad enel plazo establecido, por lo que se tiene por desistido enla tramitación de su solicitud, las enumeradas en el anejoI, apartado quinto.

Que de acuerdo con la base undécima, apartado cuarto,de la Resolución de la Consejería de Industria y Empleode 31 de enero de 2005, los expedientes presentados en cadaconvocatoria deberán resolverse en un acto único, pronun-ciándose sobre la totalidad de las solicitudes habidas en lamisma. Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión de Valoracióninforma favorablemente la suspensión de la valoración deaquellos expedientes en los que, habiéndose formulado reque-rimiento de aportación de documentación, el plazo de pre-sentación de la misma impide que pueda ser abordada suresolución sin perjudicar al resto de solicitudes que, habiendosido cumplimentadas en tiempo y forma, verían demoradasu resolución y la consiguiente percepción de la subvención.Teniendo en cuenta que la concesión de la subvención deestos expedientes suspendidos no será por importe inferioral concedido en su convocatoria de adscripción, esto es, porsu importe máximo, quedan suspendidas temporalmente dela valoración las solicitudes enumeradas en el anejo I, apar-tado sexto.

Cuarto.—Que las empresas con informe favorable a laconcesión de subvención han acreditado hallarse al corrientede sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, asícomo de no ser deudor de la Hacienda del Principado deAsturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.

Quinto.—Que en la financiación de estas subvencionesparticipa la Unión Europea a través del Fondo Social Euro-peo, dentro del Programa Operativo Integrado de Asturias2000-2006, mediante la aportación del porcentaje de las mis-mas que a continuación se indica:

MEDIDA PORCENTAJE

42.6 65%

42.7 65%

42.8 65%

43.3 70%

45.16 75%

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21–XI–2006 22435BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Fundamentos de derecho

Primero.—La Ley del Principado de Asturias 3/2005, de8 de julio, del Servicio Público de Empleo; la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decre-to 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Regla-mento de la citada Ley 38/2003, y el Decreto del Principadode Asturias 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regulael régimen general de concesión de subvenciones y las basesreguladoras de la concesión de subvenciones para el fomentoy mantenimiento del empleo por cuenta ajena para el año2005, aprobadas por Resolución de 31 de enero de 2005 (BO-LETIN OFICIAL del Principado de Asturias 11 de marzode 2005, n.º 58).

Segundo.—Que el resuelvo cuarto de la Resolución de19 de abril de 2006 del Servicio Público de Empleo, porla que se aprueba la tercera convocatoria de subvencionespara el fomento y mantenimiento del empleo por cuenta ajenaen 2006, establece que el plazo de presentación de solicitudesde subvención se inicia al día siguiente de la publicaciónde la mencionada resolución y concluye el día 15 de mayode 2006.

Tercero.—Que de conformidad con el artículo 87.1 de laLey de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, el desistimientopondrá fin al procedimiento, sin perjuicio de que en virtuddel artículo 91.2 LRJ-PAC la Administración haya de aceptarde plano el desistimiento y declarar concluso el procedimientomediante resolución, dictada en los términos del artículo 42.

Cuarto.—Que la base undécima, apartado 11.2 de las regu-ladoras de la concesión de subvenciones para el fomentoy mantenimiento del empleo por cuenta ajena en relacióncon el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones, establece que las solicitudes queno vinieran cumplimentadas en todos sus términos o acom-pañadas de la documentación que se determina en la con-vocatoria, se habían de subsanar en el plazo máximo eimprorrogable de diez días hábiles desde el requerimientode su cumplimentación.

Quinto.—En aplicación de lo establecido en el articulo24, punto 3 a) de la Ley 38/2003, que establece se puedeninterrumpir los plazos de la instrucción, previa a la evaluación,cuando en el mismo no se hayan emitido los informes pre-ceptivos y determinantes.

Sexto.—De igual forma y por analogía con lo establecidoen el artículo 111.4, de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, la presente suspensión liberaría de los posiblesperjuicios que causaría al resto de solicitantes de la subven-ción el tener que esperar a la publicación en el BOPA delrequerimiento de documentación de los expedientes sus-pendidos.

Séptimo.—Que la cuantía de la subvenciones será la esta-blecida de conformidad con la base décima de las reguladoraspara la concesión de subvenciones para el fomento y man-tenimiento del empleo por cuenta ajena, aprobadas por Reso-lución de 31 de enero de 2005, en relación con Anejo I dela citada Resolución de 19 de abril de 2006.

Octavo.—Que las subvenciones reguladas en estas basesserán incompatibles con cualesquiera otras ayudas de con-formidad con la base decimocuarta de las reguladoras parala concesión de subvenciones para el fomento y manteni-miento del empleo por cuenta ajena, aprobadas por Reso-lución de 31 de enero de 2005.

Noveno.—Que las subvenciones reguladas en estas basesestán sometidas al régimen de ayudas mínimis, de confor-midad con la base decimotercera de las reguladoras de lapresente convocatoria. Por tanto, el importe máximo totalde las ayudas que puede percibir un mismo beneficiario some-tido a este régimen es de 100.000 euros, durante un períodode tres años. El período de referencia de tres años presentaun carácter móvil, es decir, que para toda nueva ayuda demínimis que se conceda, se ha de calcular la cuantía totalde ayudas de mínimis otorgadas durante los tres añosanteriores.

Décimo.—Que en las empresas del sector transporte esnecesaria la previa autorización de la Comisión Europea,autorización otorgada en fecha 16 de octubre de 2002 al con-siderar que estas ayudas son compatibles con el mercadointerior de acuerdo con las normas generales comunitariassobre las ayudas estatales al empleo (Reglamento (CE) n2204/2002, de la Comisión de 12 de diciembre de 2002, relativoa la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE alas ayudas estatales para el empleo (DO L 337, de 13-12-2002),ayudas de finalidad regional (Directrices publicadas en elDO C 74, de 10-3-1998, modificado por DO C 258, de9-9-2000) y la legislación comunitaria relativa a las ayudasestatales a las pequeñas y medianas empresas (Reglamento(CE) n.º 70/2001, de la Comisión de 12 de enero de 2001,relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del TratadoCE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas(DO L 10, de 13-1-2001).

Undécimo.—Que de conformidad con el resuelvo sextode la citada Resolución de 19 de abril de 2006 y el artículo59.6 b) de la Ley 30/1992, la notificación de la resolucióndel procedimiento se realizará a través de su publicación enel Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de dere-cho mencionados y que son de aplicación, por la presente,

R E S U E L V O

Primero.—Conceder y que se abone subvención a lasempresas, en las cuantía y por los motivos que se indicanen cada caso, a las relacionadas en el anejo I, apartadoprimero.

Segundo.—Denegar la concesión de subvención a lasempresas, por los motivos que se indican en cada caso, alas relacionadas en el Anejo I, apartado segundo.

Tercero.—Denegar la subvención por presentación de soli-citud fuera de plazo a las empresas relacionadas en el anejoI, apartado tercero.

Cuarto.—Aceptar el desistimiento en la tramitación desolicitud a las empresas relacionadas en el anejo I, apartadocuarto.

Quinto.—Tener por desistidos en la tramitación de sussolicitudes a las empresas relacionadas en el anejo I, apartadoquinto.

Sexto.—Suspender la valoración de los expedientes rela-cionados en el anejo I, apartado sexto.

Séptimo.—Las empresas beneficiarias de la subvenciónestán obligadas al cumplimiento de las obligaciones estable-cidas en la base duodécima de las que rigen esta convocatoria,así como las que se determinan en el artículo 14 de la LeyGeneral de Subvenciones.

Octavo.—Notificar al interesado, mediante la publicaciónen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, lapresente Resolución, indicándole que este acto no pone fin

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21–XI–200622436 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponerrecurso de alzada ante el titular de la Consejería de Industriay Empleo en el plazo de un mes, contado desde el día siguienteal de su notificación, conforme a lo establecido en el artículo27. 2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración delPrincipado de Asturias, y en el artículo 115 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitarcualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo, a 26 de octubre de 2006.—El Presidente del Ser-vicio Público de Empleo.—17.750.

Anejo I

Primero.—Conceder y se abone:

Núm.: 1.Expte.: C/06/0017/01.Empresa: AGRICOLA DE GOZON, S.L.CIF/NIF: B 33491218.Cuantía: 3000 euros.Trabajador/a: MARIA ELENA LOPEZ MENENDEZ.Tipo de contrato: Conversión.Colectivo: Mujer subrepresentada.Eje/medida: 45.16.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 2.Expte.: C/06/0103/01.Empresa: ALEJANDRO DIAZ ALVAREZ.CIF/NIF: 10890773 C.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: M. MERCEDES DqAZ ARCONADA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Eje/medida: 42.7.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 3.Expte.: C/06/0145/01.Empresa: ALFREDO ALVAREZ SUAREZ.CIF/NIF: 10556668 J.Cuantía: 1900 euros.Trabajador/a: BORJA GONZALEZ IZQUIERDO.Tipo de contrato: Formación.Colectivo:Eje/medida: 42.8.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 4.Expte.: C/06/0187/01.Empresa: ALTO NARCEA TRANSPORTES, S.L.L.CIF/NIF: B 74070889.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: JOSE RUBIO FERNANDEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 5.Expte.: C/06/0034/01.Empresa: ANA ESTHER FERNANDEZ SANZ.CIF/NIF: 11074174 L.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: MARIA TERESA ESTEBANEZ CARNICE-RO.

Tipo de contrato: Conversión.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 43.3.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 6.Expte.: C/06/0031/01.Empresa: ANA MARIA DIAZ FREIJE.CIF/NIF: 45431350 W.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: MONTSERRAT BOUZA FERNANDEZ.Tipo de contrato: Conversión.Colectivo: Primer Empleado.Eje/medida: 43.3.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 7.Expte.: C/06/0213/01.Empresa: ARMARIOS EMPOTRADOS CORTINA, S.L.CIF/NIF: B 74096835.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: JOSE AQUILINO DIAZ QUIÑONES.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 8.Expte.: C/06/0076/01.Empresa: ASISTENCIA ALUMINIO INDUSTRIAL, S.L.CIF/NIF: B 33437567.Cuantía: 3000 euros.Trabajador/a: ANA GARCIA ALONSO.Tipo de contrato: Conversión.Colectivo: Mujer Subrepresentada.Eje/medida: 45.16.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 9.Expte.: C/06/0158/01.Empresa: ASOCIACION LLENDON DE LA PEA.CIF/NIF: G 33200494.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: LORENA SANTA EUGENIA MATIAS.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 10.Expte.: C/06/0196/01.Empresa: ASTURIANA DE PREVENCION Y RECUPE-RACION DE IMPAGADOS, S.L.CIF/NIF: B 74168667.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: HECTOR GONZALEZ ORDAS.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 11.Expte.: C/06/0091/01.Empresa: AUTOMOCION MARCOS, S.L.CIF/NIF: B 33128927.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: JOSE MANUEL GONZALEZ MIRANDA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

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21–XI–2006 22437BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 12.Expte.: C/06/0007/01.Empresa: BOCASTUR PRINCIPADO, S.L.L.CIF/NIF: B 74161365.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: BLANCA GRACIELA CARBALLO ADOR-NO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 13.Expte.: C/06/0228/01.Empresa: CALCOMANIAS DEL NORTE, S.L.CIF/NIF: B 33330044.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: SUSANA LIZANO GRAENA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 14.Expte.: C/06/0117/01.Empresa: CARLOS ALONSO FELIPE.CIF/NIF: 9747906 T.Cuantía: 1900 euros.Trabajador/a: NELSON GABRIEL FRANCO MONTIEL.Tipo de contrato: Formación.Colectivo:Eje/medida: 42.8.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 15.Expte.: C/06/0207/01.Empresa: CARNICERIA PORTICOS, C.B.CIF/NIF: E 33578030.Cuantía: 2250 euros.Trabajador/a: CARLOS FREIRE GARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 16.Expte.: C/06/0052/01.Empresa: CASA COMODA INTERIORES, S.L.CIF/NIF: B 74130972.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: MONICA AVIN CIFUENTES.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Eje/medida: 42.7.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 17.Expte.: C/06/0229/01.Empresa: CELSO JOSE FERNANDEZ MACIAS.CIF/NIF: 71602896 D.Cuantía: 5400 euros.Trabajador/a: MARIA CRISTINA FERNANDEZ FER-NANDEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.

Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 18.Expte.: C/06/0068/01.Empresa: CONSTRUCCIONES SEPELO, S.L.L.CIF/NIF: B 74028713.Cuantía: 1900 euros.Trabajador/a: ALEJANDRO DIAZ GARCIA.Tipo de contrato: Formación.Colectivo:Eje/medida: 42.8.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 19.Expte.: C/06/0198/01.Empresa: CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONESROCES Y ACEBO, S.L.CIF/NIF: B 74152166.Cuantía: 1890 euros.Trabajador/a: LAURA MONTES CAMINO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Eje/medida: 42.7.Hechos:.Jornada: 70%.

Núm.: 20.Expte.: C/06/0198/02.Empresa: CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONESROCES Y ACEBO, S.L.CIF/NIF: B 74152166.Cuantía: 1125 euros.Trabajador/a: JAVIER FERNANDEZ ALVAREZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 50%.

Núm.: 21.Expte.: C/06/0056/01.Empresa: DANIEL MARTINEZ VILLAR.CIF/NIF: 71764560 Y.Cuantía: 1900 euros.Trabajador/a: ANDRES TEJON GONZALEZ.Tipo de contrato: Formación.Colectivo:Eje/medida: 42.8.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 22.Expte.: C/06/0160/01.Empresa: DETALLES BAZAR, S.L.CIF/NIF: B 74114455.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: SONIA MENENDEZ ARRIBAS.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 23.Expte.: C/06/0178/01.Empresa: DONNIA, C.B.CIF/NIF: E 74153156.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: LORENA BEATRIZ DAGOSTINO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.

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21–XI–200622438 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 24.Expte.: C/06/0079/01.Empresa: EVA FEITO FEITO.CIF/NIF: 45433614 N.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: VANESA FEITO FEITO.Tipo de contrato: Conversión-Formación.Colectivo:Eje/medida: 43.3.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 25.Expte.: C/06/0045/01.Empresa: FERMIN RODRIGUEZ PEREZ.CIF/NIF: 71837041 Z.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: SERVANDO ALVAREZ ALVAREZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 26.Expte.: C/06/0127/01.Empresa: FERMIN SUAREZ FLOREZ.CIF/NIF: 11038156 L.Cuantía: 5400 euros.Trabajador/a: MARIA LILIAN ALVAREZ PEREZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 27.Expte.: C/06/0128/01.Empresa: FORMARK M.G., S.L.CIF/NIF: B 33494675.Cuantía: 1125 euros.Trabajador/a: PEDRO DE LA GRANA CHILLON.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 50%.

Núm.: 28.Expte.: C/06/0126/01.Empresa: FOTOCOPIAS SEIS, S.L.CIF/NIF: B 33414038.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: MARINA GARCIA MORENO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 50%.

Núm.: 29.Expte.: C/06/0212/01.Empresa: FRANCISCO JOSE GAYOSO ALONSO.CIF/NIF: 10524686 R.Cuantía: 2250 euros.Trabajador/a: BARTOLOME CASTAÑER FERNANDEZ.Tipo de contrato: Conversión-Formación.Colectivo:Eje/medida: 43.3.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 30.Expte.: C/06/0220/01.Empresa: FUNDACION ALBERGUE COVADONGA.CIF/NIF: G 33646035.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: ENRIQUE VALENTI RODRIGUEZ DIAZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.Núm.: 31.Expte.: C/06/0209/01.Empresa: GENERAL ALQUILER DE MAQUINARIA.CIF/NIF: B 83443556.Cuantía: 2250 euros.Trabajador/a: MARCOS CASARES CARVAJAL.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.Núm.: 32.Expte.: C/06/0039/01.Empresa: GLOBAL 3, S.L.CIF/NIF: B 74085101.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: CESAR ALONSO VILLA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.Núm.: 33.Expte.: C/06/0006/01.Empresa: GRAN CAFE Y AZABACHE, S.L.CIF/NIF: B 33536475.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: GRACIELA ZARABOZO BARRO.Tipo de contrato: Conversión-Formación.Colectivo:Eje/medida: 43.3.Hechos:.Jornada: 100%.Núm.: 34.Expte.: C/06/0156/01.Empresa: GRECIET, S.L.CIF/NIF: B 74045006.Cuantía: 5400 euros.Trabajador/a: PILAR FERNANDEZ GARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.Núm.: 35.Expte.: C/06/0009/01.Empresa: GUILLERMO CESAR DE LA CUESTA GON-ZALEZ.CIF/NIF: 10810902 M.Cuantía: 2250 euros.Trabajador/a: ADRIAN RIVERA DEL CORRO.Tipo de contrato: Conversión-Formación.Colectivo:Eje/medida: 45.16.Hechos:.Jornada: 100%.Núm.: 36.Expte.: C/06/0231/01.Empresa: GUZMAN-MASEDA, S.L.

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21–XI–2006 22439BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

CIF/NIF: B 74120643.Cuantía: 3240 euros.Trabajador/a: ROSA GONZALEZ GARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 60%.

Núm.: 37.Expte.: C/06/0231/02.Empresa: GUZMAN-MASEDA, S.L.CIF/NIF: B 74120643.Cuantía: 5400 euros.Trabajador/a: M DEL CARMEN GUZMAN PEREZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 38.Expte.: C/06/0087/01.Empresa: HERMANOS ALVAREZ ARRIETA, S.L.CIF/NIF: B 33550195.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: JOSE MANUEL ALONSO GONZALEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 39.Expte.: C/06/0181/01.Empresa: HOBBYTECAS 29, S.L.CIF/NIF: B 84666825.Cuantía: 5400 euros.Trabajador/a: NINFODORA NANCLARES GONZALEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 40.Expte.: C/06/0181/02.Empresa: HOBBYTECAS 29, S.L.CIF/NIF: B 84666825.Cuantía: 5400 euros.Trabajador/a: MARIA ANGELES VIQUEIRA PEREIRA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 41.Expte.: C/06/0016/01.Empresa: INGENIERIA MULTIFOSFT, S.L.CIF/NIF: B 74159534.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: LAURA SOUSA GOMEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 42.Expte.: C/06/0106/01.Empresa: INSTITUTO DE SALUD MENTAL PEREZESPINOSA ORIA, S.L.CIF/NIF: B 33856550.Cuantía: 5400 euros.

Trabajador/a: MARIA CANDELAS HERNANDEZ FUER-TES.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 43.Expte.: C/06/0152/03.Empresa: ISABEL URDANGARAY ESTILISTAS, C.B.CIF/NIF: E 74163700.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: ANGELA SANCHEZ PADILLA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 44.Expte.: C/06/0005/01.Empresa: JERONIMO DE LA FUENTE DE LA CRUZ.CIF/NIF: 50940823 D.Cuantía: 2250 euros.Trabajador/a: SEVERIANO INGUANZO GARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 45.Expte.: C/06/0193/01.Empresa: JORGE RODRIGUEZ LLERANDI.CIF/NIF: 9431084 A.Cuantía: 2250 euros.Trabajador/a: DAVID RODRIGUEZ GONZALEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 46.Expte.: C/06/0206/01.Empresa: JOSE ALVAREZ CASTEJON.CIF/NIF: 9386844 S.Cuantía: 2250 euros.Trabajador/a: ISMAEL PEREZ SAN JUAN.Tipo de contrato: Conversión.Colectivo: Primer Empleado.Eje/medida: 43.3.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 47.Expte.: C/06/0044/01.Empresa: JOSE ANTONIO CANGA ALVAREZ.CIF/NIF: 52615136 Z.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: BELARMINO BASTIAN GONZALEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 48.Expte.: C/06/0044/02.Empresa: JOSE ANTONIO CANGA ALVAREZ.CIF/NIF: 52615136 Z.Cuantía: 2250 euros.Trabajador/a: MANUEL GARCIA CASTRO.Tipo de contrato: Indefinido.

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21–XI–200622440 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.Núm.: 49.Expte.: C/06/0071/01.Empresa: JOSE ANTONIO VIA ROIZ.CIF/NIF: 13745863 M.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: JOSE MARIA DE LA FUENTE GARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.Núm.: 50.Expte.: C/06/0080/01.Empresa: JOSE RUBEN TORRE SUAREZ.CIF/NIF: 11074965 M.Cuantía: 2250 euros.Trabajador/a: JOSE ANTONIO GONZALEZ GARCIA.Tipo de contrato: Conversión.Colectivo: Primer Empleado.Eje/medida: 43.3.Hechos:.Jornada: 100%.Núm.: 51.Expte.: C/06/0004/01.Empresa: JOSEFA SOBERO ASPRON.CIF/NIF: 9385921 N.Cuantía: 5400 euros.Trabajador/a: MARIA EMILSE SUAREZ ALONSO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.Núm.: 52.Expte.: C/06/0066/01.Empresa: JUAN MANUEL MENENDEZ PUENTE.CIF/NIF: 11433477 Q.Cuantía: 1900 euros.Trabajador/a: DANIEL SUAREZ GARRIDO.Tipo de contrato: Formación.Colectivo:Eje/medida: 42.8.Hechos:.Jornada: 100%.Núm.: 53.Expte.: C/06/0077/01.Empresa: JULIAN FELIPE FERNANDEZ.CIF/NIF: 11396571 W.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: MARIA JOSEFA MESA RODRIGUEZ.Tipo de contrato: Conversión.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 43.3.Hechos:.Jornada: 100%.Núm.: 54.Expte.: C/06/0185/01.Empresa: KARMEL HOSTELERIA, S.L.CIF/NIF: B 74101668.Cuantía: 1350 euros.Trabajador/a: MARIA FERNANDEZ RODERA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 50%.

Núm.: 55.Expte.: C/06/0014/01.Empresa: LESMES PERITACIONES, S.L.CIF/NIF: B 74033812.Cuantía: 5400 euros.Trabajador/a: MARIA ASUNCION VAZQUEZ GARAI-ZABAL.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 56.Expte.: C/06/0222/01.Empresa: LUIS MANUEL FERNANDEZ DIAZ.CIF/NIF: 11075720 R.Cuantía: 5400 euros.Trabajador/a: SILVIA ALVAREZ FERNANDEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mujer Subrepresentada.Eje/medida: 45.16.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 57.Expte.: C/06/0219/01.Empresa: LUISA MARIA RODRIGUEZ BARREIRO.CIF/NIF: 10903423 C.Cuantía: 1125 euros.Trabajador/a: JAVIER VILLAMIL GOMEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Eje/medida: 42.7.Hechos:.Jornada: 50%.

Núm.: 58.Expte.: C/06/0089/01.Empresa: MANUEL ANTONIO PELAEZ MENENDEZ.CIF/NIF: 71874597 B.Cuantía: 2250 euros.Trabajador/a: JUAN JOSE LESTON PARIS.Tipo de contrato: Conversión.Colectivo: Primer Empleado.Eje/medida: 43.3.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 59.Expte.: C/06/0190/01.Empresa: MANUEL FERNANDEZ MENDEZ.CIF/NIF: 11386414 B.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: JOSE MARIA RODRIGUEZ GARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 60.Expte.: C/06/0197/01.Empresa: MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS YREASEGUROS A PRIMA FIJA.CIF/NIF: G 28010619.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: PAULA MUIZ VARELA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

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21–XI–2006 22441BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Núm.: 61.Expte.: C/06/0197/02.Empresa: MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS YREASEGUROS A PRIMA FIJA.CIF/NIF: G 28010619.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: ELSA FUEYO MONTE.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 62.Expte.: C/06/0197/03.Empresa: MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS YREASEGUROS A PRIMA FIJA.CIF/NIF: G 28010619.Cuantía: 2250 euros.Trabajador/a: DANIEL MENDEZ MARIAS.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 63.Expte.: C/06/0202/01.Empresa: MARGARITA GARCIA MENBIELA.CIF/NIF: 9373894 Z.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: MARqA FERNANDA FERNNDEZ GONZ-LEZ.Tipo de contrato: Conversión-Formación.Colectivo:Eje/medida: 43.3.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 64.Expte.: C/06/0022/01.Empresa: MARGARITA RODRIGUEZ GARCIA.CIF/NIF: 9745337 F.Cuantía: 4487,4 euros.Trabajador/a: ELSA OTERO FERNANDEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos: Base 9.1. La trabajadora en el momento de la con-tratación se encontraba en situación de desempleo a tiempoparcial, al prestar servicios en otra empresa con una jornadadel 16,9%.Jornada: 100%.

Núm.: 65.Expte.: C/06/0090/01.Empresa: MARIA CONCEPCION GRANDA MACHAR-GO.CIF/NIF: 52614061 C.Cuantía: 1350 euros.Trabajador/a: MARTA RODRIGUEZ ARROYO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Eje/medida: 42.7.Hechos:.Jornada: 50%.

Núm.: 66.Expte.: C/06/0101/01.Empresa: MARIA DE LAS MERCEDES GUISASOLAGOMEZ.CIF/NIF: 10752813 Z.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: MAGDA DANELYAN.Tipo de contrato: Conversión.

Colectivo: Primer Empleado.Eje/medida: 43.3.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 67.Expte.: C/06/0154/01.Empresa: MARIA DEL MAR FERNANDEZ CARBA-JALES.CIF/NIF: 45433870 S.Cuantía: 1845 euros.Trabajador/a: LILIAN SUAREZ OSORIO.Tipo de contrato: Conversión.Colectivo: Mujer Subrepresentada.Eje/medida: 45.16.Hechos:.Jornada: 61,5%.

Núm.: 68.Expte.: C/06/0154/02.Empresa: MARIA DEL MAR FERNANDEZ CARBA-JALES.CIF/NIF: 45433870 S.Cuantía: 1845 euros.Trabajador/a: SILVIA PEREZ PEREZ.Tipo de contrato: Conversión.Colectivo: Mujer Subrepresentada.Eje/medida: 45.16.Hechos:.Jornada: 61,5%.

Núm.: 69.Expte.: C/06/0141/01.Empresa: MARIA JESUS LOPEZ GONZALEZ.CIF/NIF: 11074963 A.Cuantía: 3240 euros.Trabajador/a: MARIA ISABEL SANTOS DA SILVA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 60%.

Núm.: 70.Expte.: C/06/0184/01.Empresa: MARIA JOSE SERRANO FLOREZ.CIF/NIF: 14921610 S.Cuantía: 5400 euros.Trabajador/a: CRISANTA E. GONZALEZ OLAY.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 71.Expte.: C/06/0037/01.Empresa: MARIA JOSEFA GARCIA RODRIGUEZ.CIF/NIF: 11389137 C.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: TAMARA ALZOLA GARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 72.Expte.: C/06/0085/01.Empresa: MARTINEZ SAMALEA, C.B.CIF/NIF: E 74149725.Cuantía: 2250 euros.Trabajador/a: HECTOR JAVIER ESCUBIRU.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.

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21–XI–200622442 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Eje/medida: 42.7.Hechos:.Jornada: 100%.Núm.: 73.Expte.: C/06/0104/01.Empresa: MEYME, S.A.CIF/NIF: A 33041294.Cuantía: 2250 euros.Trabajador/a: MANUEL MARTINEZ CABALEIRO.Tipo de contrato: Conversión.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 43.3.Hechos:.Jornada: 100%.Núm.: 74.Expte.: C/06/0086/01.Empresa: MIGUEL VALLIN NACHON.CIF/NIF: 52618133 K.Cuantía: 2280 euros.Trabajador/a: MARIA RODRIGUEZ GARCIA.Tipo de contrato: Formación.Colectivo:Eje/medida: 42.8.Hechos:.Jornada: 100%.Núm.: 75.Expte.: C/06/0073/01.Empresa: MUEBLES LOBO, S.L.CIF/NIF: B 33419409.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: MARIA TERESA CUEVAS RODRIGUEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 50%.Núm.: 76.Expte.: C/06/0099/01.Empresa: PRIASTUR, S.L.CIF/NIF: B 33800202.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: MANUEL LOPEZ BARREDO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.Núm.: 77.Expte.: C/06/0227/01.Empresa: PRODUCTOS AUXILIARES MAPARE, S.L.CIF/NIF: B 74116641.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: TOMAS ALLENDE FERNANDEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.Núm.: 78.Expte.: C/06/0082/01.Empresa: PROYECTOS CALEFACCION Y CONFORTDEL PRINCIPADO, S.L.CIF/NIF: B 74099094.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: JOSE MANUEL LOPEZ ALFONSO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 79.Expte.: C/06/0082/02.Empresa: PROYECTOS CALEFACCION Y CONFORTDEL PRINCIPADO, S.L.CIF/NIF: B 74099094.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: ROBERTO FERNANDEZ CASTAON.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 80.Expte.: C/06/0058/01.Empresa: RAUL MONTEQUIN GARCIA.CIF/NIF: 52610292 T.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: AMABLE ROBLES PUENTE.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 81.Expte.: C/06/0058/02.Empresa: RAUL MONTEQUIN GARCIA.CIF/NIF: 52610292 T.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: EUSTAQUIO SANTOS ABRIL.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 82.Expte.: C/06/0142/01.Empresa: ROSA MARIA VEGA VIGUERA.CIF/NIF: 11424487 L.Cuantía: 2280 euros.Trabajador/a: LUCIA PULGAR GUTIERREZ.Tipo de contrato: Formación.Colectivo:Eje/medida: 42.8.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 83.Expte.: C/06/0030/01.Empresa: RUBEN SOTO RUIZ.CIF/NIF: 9440512 R.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: MARIA DOLORES FERNANDEZ BLAN-CO.Tipo de contrato: Conversión.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 43.3.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 84.Expte.: C/06/0032/01.Empresa: S & M, C.B.CIF/NIF: E 74157199.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: COVADONGA GARCIA CANDANEDO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

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21–XI–2006 22443BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Núm.: 85.Expte.: C/06/0186/01.Empresa: SANTIAGO GONZALEZ LOPEZ.CIF/NIF: 9770345 Z.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: ELIAN ANTUNES DE CARVALHO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 86.Expte.: C/06/0129/01.Empresa: SERTEFER, S.L.CIF/NIF: B 33048729.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: BERNARDO VIDAL GARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 87.Expte.: C/06/0095/01.Empresa: SIDECU, S.L.CIF/NIF: B 15435092.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: JESUS HUERGO DIAZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 88.Expte.: C/06/0095/02.Empresa: SIDECU, S.L.CIF/NIF: B 15435092.Cuantía: 2700 euros.Trabajador/a: MARIA DOLORES JIROUT CASILLAS.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Parado Larga Duración.Eje/medida: 42.7.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 89.Expte.: C/06/0119/01.Empresa: SOLUCIONES INFORMATICAS DEL PRINCI-PADO, S.L.CIF/NIF: B 74088345.Cuantía: 5400 euros.Trabajador/a: CARMEN MARIA VAZQUEZ FERNAN-DEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mujer Tit. Fam. Monoparental.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 90.Expte.: C/06/0205/01.Empresa: TRANSPORTES VILLAVERDE, S.L.CIF/NIF: B 33114091.Cuantía: 2250 euros.Trabajador/a: JOSE MARIA MENDEZ MOSCOSO.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Menor de 30 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Núm.: 91.Expte.: C/06/0041/01.Empresa: TRANSPORTES Y EXCAVACIONES RALAS-TUR, S.L.CIF/NIF: B 74069758.Cuantía: 4500 euros.Trabajador/a: BENEDICTO GUTIERREZ GUTIERREZ.Tipo de contrato: Indefinido.Colectivo: Mayor de 45 años.Eje/medida: 42.6.Hechos:.Jornada: 100%.

Segundo.—Denegados:

Núm.: 1.Expte.: C/06/0092/01.Empresa: AGENCIA DE TRANSPORTES BERNA, S.L.CIF/NIF: B 33254368.Trabajador/a: BERNARDINO FERNANDEZ GARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: Base 3.2.10: La contratación por la que se solicitasubvención no supone creación real y efectiva de empleo,por encontrarse el trabajador ya incorporado al mercado detrabajo como empresario autónomo en la misma empresa.Causa/fundamento: Base 3.2.10: La contratación por la quese solicita subvención no supone creación real y efectiva deempleo..

Núm.: 2.Expte.: C/06/0233/01.Empresa: ALEJANDRA SOLARES SUAREZ.CIF/NIF: 9435864 E.Trabajador/a: MARIA SOLEDAD GARCIA SANCHEZ.Tipo de contrato: Conversión.Hechos: El contrato por el que se solicita subvención se iniciael 4 de abril de 2006.Causa/fundamento: Resuelvo 2: El contrato no se celebraentre el 1 de mayo y el 31 de octubre de 2006, tal comoestablece esta tercera convocatoria.

Núm.: 3.Expte.: C/06/0020/01.Empresa: ALVARPRIN, S.L.CIF/NIF: B 33448648.Trabajador/a: MARIA JOSEFA ALVAREZ ALVAREZ.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: La trabajadora ha prestado servicios con carácterindefinido hasta el 25 de abril de 2006.Causa/fundamento: Base 3.2.6 y 6.2: La trabajadora ha pres-tado servicios con carácter indefinido, dentro de los 3 mesesprevios a la formalización del contrato por el que se solicitasubvención y no pertenece a ningún colectivo subvencionablede contratacion indefinida.

Núm.: 4.Expte.: C/06/0018/01.Empresa: ANFER TOPOGRAFIA, C.B.CIF/NIF: E 33672189.Trabajador/a: MIGUEL FERNANDEZ ALVAREZ.Tipo de contrato: Formación.Hechos:.Causa/fundamento: Base 4.1 en relación con la 4.2: No existemantenimiento neto de plantilla fija en el mes de contrataciónen relación con la media aritmética de trabajadores fijos delos doce meses anteriores a la contratación.

Núm.: 5.Expte.: C/06/0038/01.Empresa: ANTONIO PAVON HERRERO, S.L.CIF/NIF: B 33436668.Trabajador/a: ANTONIO PEREZ-SUTIL RODRIGUEZ.Tipo de contrato: Indefinido.

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21–XI–200622444 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Hechos: El trabajador en el momento de la contratación inde-finida permanecía en alta en el Régimen Especial deAutónomos.Causa/fundamento: Base 6.2 en relación con la 9.1: El tra-bajador por cuya contratación indefinida se solicita subven-ción, no estaba desempleado.Núm.: 6.Expte.: C/06/0147/01.Empresa: API VEGA FERNANDEZ, S.L.CIF/NIF: B 74088840.Trabajador/a: ALEJANDRA MARTINEZ BRUN.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: La trabajadora ha prestado servicios con caráctertemporal desde el 4 de mayo de 2004 hasta el 3 de mayode 2006.Causa/fundamento: Base 3.2.5: La trabajadora ha prestadoservicios con carácter temporal, durante más de 93 días, enlos 12 meses anteriores a la fecha de la contratación, enla misma empresa.Núm.: 7.Expte.: C/06/0076/02.Empresa: ASISTENCIA ALUMINIO INDUSTRIAL, S.L.CIF/NIF: B 33437567.Trabajador/a: DAVID GARCIA SUAREZ.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: El trabajador ha prestado servicios con carácter tem-poral desde el 07/10/2005 al 26/05/2006.Causa/fundamento: Base 3.2.5: El trabajador ha prestado ser-vicios con carácter temporal, durante más de 93 días, en los12 meses anteriores a la fecha de la contratación, en la mismaempresa.Núm.: 8.Expte.: C/06/0048/01.Empresa: ASTUR- MASCOTAS, S.L.CIF/NIF: B 33466517.Trabajador/a: RUBEN GONZALEZ ALVAREZ.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: El trabajador ha causado baja el 31/08/2006.Causa/fundamento: Base 3.2.9: El trabajador ha causado bajaen la empresa con anterioridad a la notificación de la reso-lución de su solicitud.Núm.: 9.Expte.: C/06/0196/02.Empresa: ASTURIANA DE PREVENCION Y RECUPE-RACION DE IMPAGADOS, S.L.CIF/NIF: B 74168667.Trabajador/a: SUSANA MARTINEZ FERNANDEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: La trabajadora ha prestado servicios con carácterindefinido hasta el 14/03/2006.Causa/fundamento: Base 3.2.6: La trabajadora ha prestadoservicios con carácter indefinido, dentro de los 3 meses previosa la formalización del contrato por el que se solicitasubvención.Núm.: 10.Expte.: C/06/0196/03.Empresa: ASTURIANA DE PREVENCION Y RECUPE-RACION DE IMPAGADOS, S.L.CIF/NIF: B 74168667.Trabajador/a: MARIA SANTOS ORDAS.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: La trabajadora ha prestado servicios con carácterindefinido hasta el 23/03/2006.Causa/fundamento: Base 3.2.6: La trabajadora ha prestadoservicios con carácter indefinido, dentro de los 3 meses previosa la formalización del contrato por el que se solicitasubvención.Núm.: 11.Expte.: C/06/0013/01.Empresa: BALBINO LOPEZ VILLADONGA.

CIF/NIF: 45427191 Y.Trabajador/a: JESUS MARCOS MARCOS.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: El trabajador causo baja el 19 de septiembre de2006.Causa/fundamento: Base 3.2.9: El trabajador ha causado bajaen la empresa con anterioridad a la notificación de la reso-lución de su solicitud .

Núm.: 12.Expte.: C/06/0179/01.Empresa: BELEN DORADO FEITO.CIF/NIF: 45431490 G.Trabajador/a: CLAUDIA MILENA VARGAS RIOS.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: La trabajadora ha prestado servicios con caráctertemporal desde el 14/03/05 al 13 09/06.Causa/fundamento: Base 3.2.5: La trabajadora ha prestadoservicios con carácter temporal, durante más de 93 días, enlos 12 meses anteriores a la fecha de la contratación, enla misma empresa.

Núm.: 13.Expte.: C/06/0027/01.Empresa: BIONORTE, S.A.CIF/NIF: A 74010927.Trabajador/a: LORENA MARTINEZ MENDEZ.Tipo de contrato: Conversión.Hechos: Mediante resolución de 4 de diciembre de 2003,le ha sido concedida a la empresa subvención de 100.000euros acogida al régimen de mínimis.Causa/fundamento: Base 13: La empresa ha recibido en lostres años anteriores, subvenciones acogidas al régimen demínimis, por cuantía de 100.000 euros.

Núm.: 14.Expte.: C/06/0138/01.Empresa: COMERCIAL GRAFER, S.A.CIF/NIF: A 33060989.Trabajador/a: ALBERTO CASADO MENDEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: El trabajador ha prestado servicios con carácter inde-finido desde el 7 de mayo de 1998 hasta el 18 de junio de2004.Causa/fundamento: Base 3.2.4: El trabajador ha prestado ser-vicios con carácter indefinido en los 24 meses anteriores ala fecha de la contratación, en la misma empresa.

Núm.: 15.Expte.: C/06/0160/02.Empresa: DETALLES BAZAR, S.L.CIF/NIF: B 74114455.Trabajador/a: SILVIA GALLEGO GONZALEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos:.Causa/fundamento: Base 6.2: La trabajadora por cuya con-tratación indefinida se solicita subvención, no pertenece aninguno de los colectivos subvencionables.

Núm.: 16.Expte.: C/06/0065/01.Empresa: DIEGO PEREZ MARQUES.CIF/NIF: 53529210 E.Trabajador/a: DANIEL FERNANDEZ PEREZ.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: El trabajador causa baja el 21de agosto de 2006.Causa/fundamento: Base 3.2.9: El trabajador ha causado bajaen la empresa con anterioridad a la notificación de la reso-lución de su solicitud.

Núm.: 17.Expte.: C/06/0008/01.Empresa: FERNANDO GONZALEZ SUAREZ.CIF/NIF: 11416910 D.Trabajador/a: RUBEN FERNANDEZ GONZALEZ.

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21–XI–2006 22445BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Tipo de contrato: Formación.Hechos: El trabajador causa baja el 30/06/2006.Causa/fundamento: Base 3.2.9: El trabajador ha causado bajaen la empresa con anterioridad a la notificación de la reso-lución de su solicitud.

Núm.: 18.Expte.: C/06/0061/01.Empresa: FLORENTINO SANCHEZ CALVO.CIF/NIF: 10600461 Z.Trabajador/a: IRINA STELMAKH.Tipo de contrato: Formación.Hechos: La trabajadora ha prestado servicios para el mismoempleador desde 02/06/2005 al 06/01/2006.Causa/fundamento: Base 3.2.5: La trabajadora ha prestadoservicios con carácter temporal, durante más de 93 días, enlos 12 meses anteriores a la fecha de la contratación, conuna empresa con la que mantiene evidente vinculación.

Núm.: 19.Expte.: C/06/0094/01.Empresa: FRANCISCO JAVIER SANZ FONSECA.CIF/NIF: 9383702 R.Trabajador/a: CESAR GARCIA PIQUERO.Tipo de contrato: Conversión.Hechos: El contrato por el que se solicita subvención se cele-bra el 03/04/2006 y presenta solicitud de subvención el 19de junio de 2006.Causa/fundamento: Resuelvo 2: El contrato no se celebraentre el 1 de mayo y el 31 de octubre de 2006, tal comoestablece la vigente convocatoria de subvenciones a la con-tratación por cuenta ajena en el momento de la presentaciónde la solicitud.

Núm.: 20.Expte.: C/06/0173/01.Empresa: HIDROCANTABRICO GESTION DE ENER-GIA, S.A.CIF/NIF: A 33359563.Trabajador/a: CAMINO MEJIDO CASTRO.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos:.Causa/fundamento: Base 4.1 en relación con la 4.2: No existeincremento neto de plantilla fija en el mes de contrataciónen relación con la media aritmética de trabajadores fijos delos doce meses anteriores a la contratación..

Núm.: 21.Expte.: C/06/0140/01.Empresa: HIERROS DE TAMON, S.L.CIF/NIF: B 33638008.Trabajador/a: NORMA YOLANDA LITUMA GARCIA.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: El trabajador ha prestado servicios con carácter tem-poral desde el 16 de mayo de 2005 hasta el 15 de mayode 2006.Causa/fundamento: Base 3.2.5: El trabajador ha prestado ser-vicios con carácter temporal, durante más de 93 días, en los12 meses anteriores a la fecha de la contratación, en la mismaempresa.

Núm.: 22.Expte.: C/06/0169/01.Empresa: IGD 21, S.L.CIF/NIF: B 33548355.Trabajador/a: JUAN CARLOS FERNANDEZ MORENO.Tipo de contrato: Conversión.Hechos: El trabajador ha prestado servicios con carácter tem-poral desde el 4/07/05 al 03/01/06 y desde el 04/01/06 al17/03/06.Causa/fundamento: Base 3.2.5: El trabajador ha prestado ser-vicios con carácter temporal, durante más de 93 días, en los12 meses anteriores a la fecha de la conversión, en la mismaempresa.

Núm.: 23.Expte.: C/06/0152/01.Empresa: ISABEL URDANGARAY ESTILISTAS, C.B.CIF/NIF: E 74163700.Trabajador/a: MARIA DOLORES GARCIA DELGADO.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: La trabajadora ha prestado servicios con carácterindefinido hasta el 11/05/06.Causa/fundamento: Base 3.2.6 y 6.2: La trabajadora ha pres-tado servicios con carácter indefinido, dentro de los 3 mesesprevios a la formalización del contrato por el que se solicitasubvención y no pertenece a ninguno de los colectivos sub-vencionables de contratacion.

Núm.: 24.Expte.: C/06/0155/01.Empresa: JUAN MANUEL SANCHEZ LOPEZ.CIF/NIF: 9416357 L.Trabajador/a: JOSE PEDRO FUENTE VALVERDE.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: El trabajador causa baja el 29 de junio de 2006.Causa/fundamento: Base 3.2.9: El trabajador ha causado bajaen la empresa con anterioridad a la notificación de la reso-lución de su solicitud.

Núm.: 25.Expte.: C/06/0210/01.Empresa: LATORES AMPARO, S.L.CIF/NIF: B 33456971.Trabajador/a: MARIA DOLORES TOCINO VISCARO-LASAGA.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos:.Causa/fundamento: Base 4.1 en relación con la 4.2: No existeincremento neto de plantilla fija en el mes de contrataciónen relación con la media aritmética de trabajadores fijos delos doce meses anteriores a la contratación..

Núm.: 26.Expte.: C/06/0159/01.Empresa: LEYDER, S.L.CIF/NIF: B 33352063.Trabajador/a: JAIRO LOPEZ LOPEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: El trabajador tiene ocupación desde el 25 de febrerode 2005 con una jornada del 63,20%.Causa/fundamento: Base 6.2 en relación con la 9.1: El tra-bajador por cuya contratación indefinida se solicita subven-ción, no estaba desempleado.

Núm.: 27.Expte.: C/06/0154/03.Empresa: MARIA DEL MAR FERNANDEZ CARBA-JALES.CIF/NIF: 45433870 S.Trabajador/a: ADRIANA FERNANDEZ RODRIGUEZ.Tipo de contrato: Conversión.Hechos: La ocupación de la trabajadora objeto de subvenciónse encuentra en el Anexo II de las bases de la convocatoriacomo oficio en el que las mujeres no se encuentran subre-presentadas (trabajadoras de la industria de la alimentación,bebidas y tabaco).Causa/fundamento: Base 8.2: La trabajadora, cuyo contratoes objeto de conversión en indefinido, no pertenece a ningunode los colectivos subvencionables..

Núm.: 28.Expte.: C/06/0165/01.Empresa: MARIANA ALONSO RIOS.CIF/NIF: 53530739 X.Trabajador/a: JULIA MARIA RODRIGUEZ TORRE.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: La trabajadora causa baja el 12 de septiembre de2006.

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21–XI–200622446 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Causa/fundamento: Base 3.2.9: La trabajadora ha causadobaja en la empresa con anterioridad a la notificación de laresolución de su solicitud.

Núm.: 29.Expte.: C/06/0165/02.Empresa: MARIANA ALONSO RIOS.CIF/NIF: 53530739 X.Trabajador/a: MARIA MERCEDES GARCIA LOPEZ.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: La trabajadora ha causado baja el 20/06/2006. Labase 12.1.4 establece que no será admisible la sustitucióndel trabajador/a cuando la extinción del contrato tenga lugaren fecha anterior a la notificación de la Resolución de con-cesión de subvención.Causa/fundamento: Base 3.2.9: La trabajadora ha causadobaja en la empresa con anterioridad a la notificación de laresolución de su solicitud.

Núm.: 30.Expte.: C/06/0165/03.Empresa: MARIANA ALONSO RIOS.CIF/NIF: 53530739 X.Trabajador/a: MARIA GABRIELA MENENDEZROBLES.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: La trabajadora causa baja el 15/07/2006.Causa/fundamento: Base 3.2.9: La trabajadora ha causadobaja en la empresa con anterioridad a la notificación de laresolución de su solicitud.

Núm.: 31.Expte.: C/06/0192/01.Empresa: MILAGROS MARCOS REYES.CIF/NIF: 71682956 Y.Trabajador/a: XENIA DIAZ QUESADA.Tipo de contrato: Conversión.Hechos: La trabajadora causa baja el 30 de septiembre de2006.Causa/fundamento: Base 3.2.9: La trabajadora ha causadobaja en la empresa con anterioridad a la notificación de laresolución de su solicitud.

Núm.: 32.Expte.: C/06/0113/01.Empresa: ODEMA DENTAL, S.L.CIF/NIF: B 74124983.Trabajador/a: MARIA LUZ SOMONTE ROCES.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: La ocupación de higienista no se encuentra entrelas que se considera que las mujeres están subrepresentadas.Causa/fundamento: Base 6.2: La trabajadora por cuya con-tratación indefinida se solicita subvención, no pertenece aninguno de los colectivos subvencionables.

Núm.: 33.Expte.: C/06/0012/01.Empresa: PANADERIA MENDEZ VEGADEO, S.L.CIF/NIF: B 74059478.Trabajador/a: LUISA MARIA PASARON GONZALEZ.Tipo de contrato: Conversión-Formación.Hechos: La trabajadora permanece de alta en el régimenespecial de autonomos desde el día 1de mayo de 2005.Causa/fundamento: Base 3.2.10: La contratación por la quese solicita subvención no supone creación real y efectiva deempleo, por encontrarse el trabajador ya incorporado al mer-cado de trabajo como empresario autónomo.

Núm.: 34.Expte.: C/06/0121/01.Empresa: PAYMA COTAS, S.A.U.CIF/NIF: A 33393240.Trabajador/a: HILOA RODRIGUEZ TRISTAN.Tipo de contrato: Indefinido.

Hechos: La trabajadora ha prestado servicios con caráctertemporal desde el 29/06/05 al 23/12/05.Causa/fundamento: Base 3.2.5: La trabajadora ha prestadoservicios con carácter temporal, durante más de 93 días, enlos 12 meses anteriores a la fecha de la contratación, enla misma empresa.Núm.: 35.Expte.: C/06/0057/01.Empresa: REPRESENTACIONES CHUCHUCA, S.L.CIF/NIF: B 74165267.Trabajador/a: ELIANA FERREIRA PIRES.Tipo de contrato: Formación.Hechos: La trabajadora causa baja el 29/06/2006.Causa/fundamento: Base 3.2.9: La trabajadora ha causadobaja en la empresa con anterioridad a la notificación de laresolución de su solicitud.Núm.: 36.Expte.: C/06/0235/01.Empresa: ROBERTO NOSTI SAN JOSE.CIF/NIF: 52612128 L.Trabajador/a: MONTSERRAT GARCIA CHACON.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: El contrato por el que se solicita subvención se cele-bra el 1 de marzo de 2006 y presenta solicitud de subvenciónel 30 de junio de 2006.Causa/fundamento: Resuelvo 2: El contrato no se celebraentre el 1 de mayo y el 31 de octubre de 2006, tal comoestablece la vigente convocatoria de subvenciones a la con-tratación por cuenta ajena en el momento de la presentaciónde la solicitud.Núm.: 37.Expte.: C/06/0170/02.Empresa: SERESCO, S.A.CIF/NIF: A 33011826.Trabajador/a: SONIA ALADRO ALVAREZ.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: La trabajadora causa baja el 28/08/2006.Causa/fundamento: Base 3.2.9: La trabajadora ha causadobaja en la empresa con anterioridad a la notificación de laresolución de su solicitud.Núm.: 38.Expte.: C/06/0137/01.Empresa: TALLERES BLANCO PRADO, S.L.CIF/NIF: B 74071119.Trabajador/a: FERNANDO MARTINEZ AROBES.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos:.Causa/fundamento: Base 4.1 en relación con la 4.2: No existeincremento neto de plantilla fija en el mes de contrataciónen relación con la media aritmética de trabajadores fijos delos doce meses anteriores a la contratación..Núm.: 39.Expte.: C/06/0188/01.Empresa: TECSOLPAR, S.A.CIF/NIF: A 74047655.Trabajador/a: SALVADOR ABALO DIOS.Tipo de contrato: Indefinido.Hechos: El trabajador causa baja el 10/07/06.Causa/fundamento: Base 3.2.9: El trabajador ha causado bajaen la empresa con anterioridad a la notificación de la reso-lución de su solicitud.

Tercero.—Solicitudes fuera de plazo:Núm.: 1.Expte.: C/06/0242/01.Empresa: AGROFORESTAL NAVA, S.L.CIF/NIF: B 74053976.Trabajador/a: PATRICIA ORDOEZ PRIETO.Fecha de contrato: 14/06/2006.Fecha de solicitud: 28/06/2006.

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21–XI–2006 22447BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Núm.: 2.Expte.: C/06/0151/02.Empresa: ALUMINIOS GUARDADO, S.L.CIF/NIF: B 33538067.Trabajador/a: JOSE MANUEL PULIDO TAMARGO.Fecha de contrato: 14/06/2006.Fecha de solicitud: 14/06/2006.Núm.: 3.Expte.: C/06/0240/01.Empresa: ELECTRICIDAD ARBOLEYA, S.L.CIF/NIF: B 74089533.Trabajador/a: JOSE MANUEL LAGO PEREZ.Fecha de contrato: 01/06/2006.Fecha de solicitud: 30/06/2006.Núm.: 4.Expte.: C/06/0238/01.Empresa: FERMONTES, NEGOCIOS INMOBILIARIOS,S.L.CIF/NIF: B 33577156.Trabajador/a: VICTOR MANUEL VALLES FERNAN-DEZ.Fecha de contrato: 08/06/2006.Fecha de solicitud: 30/06/2006.Núm.: 5.Expte.: C/06/0239/01.Empresa: HOGAR Y NAUTICA, PROMOCIONES INMO-BILIARIAS, S.L.CIF/NIF: B 33526401.Trabajador/a: FRANCISCO JOSE VILLA VILLA.Fecha de contrato: 09/06/2006.Fecha de solicitud: 30/06/2006.Núm.: 6.Expte.: C/06/0152/02.Empresa: ISABEL URDANGARAY ESTILISTAS, C.B.CIF/NIF: E 74163700.Trabajador/a: LORENA FERNANDEZ VAZQUEZ.Fecha de contrato: 06/06/2006.Fecha de solicitud: 14/06/2006.Núm.: 7.Expte.: C/06/0237/01.Empresa: LA SENDA DE LLANERA, S.L.CIF/NIF: B 33598418.Trabajador/a: MIGUEL ANGEL ALONSO CAMPAL.Fecha de contrato: 22/06/2006.Fecha de solicitud: 30/06/2006.Núm.: 8.Expte.: C/06/0139/01.Empresa: MARIA DEL CARMEN ANIA MOTA.CIF/NIF: 10597810 P.Trabajador/a: CLARA MERCEDES GONZALEZLAFUENTE.Fecha de contrato: 15/06/2006.Fecha de solicitud: 26/06/2006.Núm.: 9.Expte.: C/06/0241/01.Empresa: MARIA NIEVES KUNTZ GONZALEZ.CIF/NIF: 10595259 X.Trabajador/a: MARIA ANGELESQ FERNANDEZ FER-NANDEZ.Fecha de contrato: 02/06/2006.Fecha de solicitud: 29/06/2006.Núm.: 10.Expte.: C/06/0174/01.Empresa: ONET ESPAA, S.A.CIF/NIF: A 81330631.Trabajador/a: ANGELES CAROLIN LOBATO GONZA-LEZ.Fecha de contrato: 01/06/2006.Fecha de solicitud: 09/06/2006.

Núm.: 11.Expte.: C/06/0195/02.Empresa: PEDRO GONZALEZ-QUIROS MENENDEZDE LUARCA.CIF/NIF: 9351007 N.Trabajador/a: PATRICIA ALONSO SEIXEDO.Fecha de contrato: 01/06/2006.Fecha de solicitud: 14/06/2006.Núm.: 12.Expte.: C/06/0235/02.Empresa: ROBERTO NOSTI SAN JOSE.CIF/NIF: 52612128 L.Trabajador/a: RUBEN RODRIGUEZ CANGA.Fecha de contrato: 01/06/2006.Fecha de solicitud: 30/06/2006.Núm.: 13.Expte.: C/06/0026/01.Empresa: RODRIGO LOPEZ OREA.CIF/NIF: 45425491 P.Trabajador/a: GUILLERMO LACALLE MONTES.Fecha de contrato: 01/06/2006.Fecha de solicitud: 08/06/2006.Núm.: 14.Expte.: C/06/0236/01.Empresa: SDAD. COOP AGROPECUARIA VALLES DELNARCEA.CIF/NIF: F 74151663.Trabajador/a: BEGOÑA MENENDEZ MARTINEZ.Fecha de contrato: 18/06/2006.Fecha de solicitud: 28/06/2006.Núm.: 15.Expte.: C/06/0217/01.Empresa: TATIANA CASASOLA CASTAÑO.CIF/NIF: 76960655 X.Trabajador/a: MARIA ISABEL APARICIO BAJEL.Fecha de contrato: 01/06/2006.Fecha de solicitud: 14/06/2006.Núm.: 16.Expte.: C/06/0041/02.Empresa: TRANSPORTES Y EXCAVACIONES RALAS-TUR, S.L.CIF/NIF: B 74069758.Trabajador/a: JUAN JOSE AMOEDO ANTUÑA.Fecha de contrato: 06/06/2006.Fecha de solicitud: 14/06/2006.

Cuarto.—Desistimientos:

Núm.: 1.Expte.: C/06/0029/01.Empresa: JOSE MANUEL GONZALEZ MENENDEZ.CIF/NIF: Z.Trabajador/a: LUIS RAMON RODRIGUEZ GONZALEZ.Fecha de solicitud: 06/06/2006.Fecha de desistimiento: 22/08/2006.Núm.: 2.Expte.: C/06/0060/01.Empresa: JUAN ALFREDO MATEO CASTAÑON.CIF/NIF: V.Trabajador/a: GABRIEL DIAZ CAIRO.Fecha de solicitud: 09/06/2006.Fecha de desistimiento: 15/09/2006.Núm.: 3.Expte.: C/06/0153/01.Empresa: RESTAURACION PUERTO NORTE, S.L.CIF/NIF:.Trabajador/a: MANUELA ANTONIA FIGUEROA FER-NANDEZ.Fecha de solicitud: 15/06/2006.Fecha de desistimiento: 11/07/2006.

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21–XI–200622448 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Núm.: 4.Expte.: C/06/0153/02.Empresa: RESTAURACION PUERTO NORTE, S.L.CIF/NIF:.Trabajador/a: MARIA JESUS MONATO MACIAS.Fecha de solicitud: 15/06/2006.Fecha de desistimiento: 11/07/2006.

Núm.: 5.Expte.: C/06/0041/03.Empresa: TRANSPORTES Y EXCAVACIONES RALAS-TUR, S.L.CIF/NIF:.Trabajador/a: MARCELINO R. GARCIA MORO.Fecha de solicitud: 14/06/2006.Fecha de desistimiento: 23/08/2006.

Quinto.—Plazo aporte documentacion caducado:

Núm.: 1.Expte.: C/06/0011/01.Empresa: ADAMLAB, S.L.CIF/NIF: B 74044389.Trabajador/a: LUCIA RODRIGUEZ MENENDEZ.Fecha requerimiento: 07/08/2006.Fecha aporte documentos: 25/08/2006.

Núm.: 2.Expte.: C/06/0151/01.Empresa: ALUMINIOS GUARDADO, S.L.CIF/NIF: B 33538067.Trabajador/a: SERGIO ALVAREZ GARCIA.Fecha requerimiento: 04/09/2006.Fecha aporte documentos:.

Núm.: 3.Expte.: C/06/0116/01.Empresa: ASTURIANA DE TRANSFORMADOS PLAS-TICOS, S.A.CIF/NIF: A 74081332.Trabajador/a: SHEILA GONZALEZ CORUGEDO.Fecha requerimiento: 17/08/2006.Fecha aporte documentos: 30/08/2006.

Núm.: 4.Expte.: C/06/0050/01.Empresa: BAR CANGAS, C.B.CIF/NIF: E 74033580.Trabajador/a: CAROLINA CAMPO PERERA.Fecha requerimiento: 23/09/2006.Fecha aporte documentos: 17/08/2006.

Núm.: 5.Expte.: C/06/0133/01.Empresa: CAROLINA GUTIERREZ LAGUERA.CIF/NIF: 72043215 Q.Trabajador/a: VANESA CARREÑO CABEZA.Fecha requerimiento: 13/09/2006.Fecha aporte documentos: 05/10/2006.

Núm.: 6.Expte.: C/06/0100/01.Empresa: COMA COMUNICACIONES Y MARKETING,S.L.CIF/NIF: B 29862224.Trabajador/a: BEATRIZ CARBALLO ABELLA.Fecha requerimiento: 30/08/2006.Fecha aporte documentos: 11/09/2006.

Núm.: 7.Expte.: C/06/0002/01.Empresa: CONSTRUCCIONES TEBONGO, S.L.CIF/NIF: B 33206582.Trabajador/a: HILARIO NIEVES GONZALEZ.Fecha requerimiento: 07/08/2006.Fecha aporte documentos: 14/09/2006.

Núm.: 8.Expte.: C/06/0107/01.Empresa: DASTUR-94, S.L.CIF/NIF: B 33476847.Trabajador/a: EMILIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ.Fecha requerimiento: 07/08/2006.Fecha aporte documentos: 10/08/2006.

Núm.: 9.Expte.: C/06/0166/01.Empresa: DESARROLLO INTEGRAL DE TARAMUNDI,S.A.CIF/NIF: A 33059015.Trabajador/a: MARIA ANGELES CALVIN GARCIA.Fecha requerimiento: 04/09/2006.Fecha aporte documentos: 15/09/2006.

Núm.: 10.Expte.: C/06/0046/01.Empresa: HUANG JIANGFEN.CIF/NIF: X 4080220 C.Trabajador/a: FEIFENG CHEN.Fecha requerimiento: 04/08/2006.Fecha aporte documentos:.

Núm.: 11.Expte.: C/06/0232/01.Empresa: JULIO VILLACORTA RODRIGUEZ.CIF/NIF: 71637596 W.Trabajador/a: FRANCISCO FERNANDEZ TORVISCO.Fecha requerimiento: 10/08/2006.Fecha aporte documentos:.

Núm.: 12.Expte.: C/06/0135/01.Empresa: MANUEL VAZQUEZ DIAZ.CIF/NIF: 9436535 A.Trabajador/a: CARMEN MARIA ARIAS DIAZ.Fecha requerimiento: 06/09/2006.Fecha aporte documentos:.

Núm.: 13.Expte.: C/06/0161/01.Empresa: MONTSERRAT CONCHA RIESTRA.CIF/NIF: X 71698669.Trabajador/a: EYLEEN JATTIN VIVEROS DE LA CRUZ.Fecha requerimiento: 07/09/2006.Fecha aporte documentos:.

Núm.: 14.Expte.: C/06/0200/01.Empresa: RAFAEL LOPEZ PEREZ.CIF/NIF: 11408966 T.Trabajador/a: MERCEDES ALVAREZ CALVO.Fecha requerimiento: 05/09/2006.Fecha aporte documentos:.

Núm.: 15.Expte.: C/06/0157/01.Empresa: SUPERMERCADOS SUAREZ, S.L.CIF/NIF: B 33820846.Trabajador/a: NATALIA CANGAS CONDE.Fecha requerimiento: 11/08/2006.Fecha aporte documentos:.

Núm.: 16.Expte.: C/06/0010/01.Empresa: TAXITUR LAGOS DE COVADONGA, S.COOP.CIF/NIF: F 33453291.Trabajador/a: MAXIMO REDONDO SIMON.Fecha requerimiento: 04/08/2006.Fecha aporte documentos:.

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21–XI–2006 22449BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Núm.: 17.Expte.: C/06/0216/01.Empresa: TRABADELO BENGOA, S.L.CIF/NIF: B 33473950.Trabajador/a: PABLO FERNANDEZ CEPEDA.Fecha requerimiento: 31/08/2006.Fecha aporte documentos:.

Sexto.—Suspendidos:

Núm.: 1.Expte.: C/06/0189/01.Empresa: EXCLUSIVAS LATORES, S.L.CIF/NIF: B 74001637.Trabajador/a: JOSE MARIA CORAZON DE JESUS TRA-BADELO MARTINEZ.Fecha solicitud: 14/06/2006.

Núm.: 2.Expte.: C/06/0132/01.Empresa: MERCEDES LORENZO LOPEZ.CIF/NIF: 78549290 N.Trabajador/a: EVA MARIA GARCIA VEGA.Fecha solicitud: 14/06/2006.

Núm.: 3.Expte.: C/06/0218/01.Empresa: PETER CECIL EKERS.CIF/NIF: X 7173701 R.Trabajador/a: MARIA DEL MAR VEGA QUESADA.Fecha solicitud: 09/06/2006.

UNIVERSIDAD DE OVIEDO:

RESOLUCION de 30 de octubre de 2006, de la Uni-versidad de Oviedo, por la que se convocan catorcebecas de colaboración para el Vicerrectorado de Cali-dad, Planificación e Innovación, Area de Innovación,durante el curso académico 2006-2007.

Antecedentes de hecho

Tanto la Ley Orgánica 1/1990, de 8 de octubre, de Orde-nación General del Sistema Educativo, como la Ley Orgánica6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, contemplanel establecimiento de una política general de becas, ayudasy créditos a los estudiantes universitarios.

En el ámbito de la regulación expuesta, y teniendo encuenta lo previsto en los artículos 4 y 173 de los Estatutosde la Universidad de Oviedo aprobados por Decreto 233/2003,de 28 de noviembre, donde se señala que se fomentará unsistema justo de becas, se estima conveniente la tramitaciónde un expediente para la apertura de convocatoria públicade becas. La finalidad perseguida con las mismas se encaminaa la consecución de una mejor formación del alumno, todoello a través del servicio que pueda prestar a la comunidaduniversitaria colaborando en labores que se ajusten a deter-minadas áreas de trabajo definidas en la presente convo-catoria, en régimen de compatibilidad con sus estudios, ini-ciándose así en tareas vinculadas a los mismos.

Fundamentos de derecho

Primero.—Según lo establecido en el artículo 30 de lasbases de ejecución del presupuesto de la Universidad de Ovie-do para el ejercicio 2006, toda subvención, beca o ayudapara las que exista crédito comprendido en el presupuestose otorgará según los principios generales de publicidad, con-currencia y objetividad, con respeto a las bases reguladorasde la concesión que se establezcan.

Segundo.—En virtud de lo dispuesto en el Decreto14/1999, de 11 de marzo, sobre régimen de publicidad delos actos y acuerdos normativos de la Universidad de Oviedo,por orden del Rector u órgano en quien delegue expresa-mente al efecto, serán objeto de publicación formal en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, para pro-ducir efectos jurídicos, las convocatorias de concesión debecas o ayudas en régimen de concurrencia competitiva.

Tercero.—Visto el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, delPrincipado de Asturias, por el que se regula el régimen gene-ral de concesión de subvenciones, y a la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Cuarto.—Visto el Decreto 233/2003, de 28 de noviembre,por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad deOviedo, y haciendo uso de las competencias que me hansido atribuidas según consta en el art. 60 de los mencionadosEstatutos, así como el artículo 22.2 y 22.3 de las bases deejecución del presupuesto de la Universidad de Oviedo parael ejercicio 2006,

R E S U E L V O

Primero.—Aprobar la convocatoria de catorce becas decolaboración en el Vicerrectorado de Calidad, Planificacióne Innovación, Area de Innovación, para el curso académico2006-07, con el carácter de ayudas a la promoción educativa,cultural, profesional y científica, destinadas a alumnos quecursen estudios en la Universidad de Oviedo.

Segundo.—Aprobar las bases que han de regir la con-vocatoria de las ayudas, que se incluyen como anexo I a lapresente Resolución.

Tercero.—Autorizar un gasto plurianual para la financia-ción de dicha convocatoria por importe global de 19.000euros, que será sufragada con cargo a la aplicación presu-puestaria 19.03 121F 481.27 del vigente presupuesto en unacuantía de 2.700 euros, y el resto a la aplicación correspon-diente del ejercicio 2007, según la siguiente distribución:

Anualidad Importe

2006 2.700 euros2007 16.300 euros

Total 19.000 euros

Cuarto.—Ordenar la publicación de la presente Resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Quinto.—Contra esta convocatoria se podrá interponer,en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo.Asimismo, la presente convocatoria podrá ser recurrida potes-tativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante elmismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuestoen los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, en la redacción dadapor la Ley 4/99, de 13 de enero.

Oviedo, a 30 de octubre de 2006.—El Vicerrector de Cali-dad, Planificación e Innovacion (P.D. Resolución de23-9-2003).—18.400.

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21–XI–200622450 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Anexo I

BASES DE LA CONVOCATORIA DE CATORCE BECAS DE COLA-BORACION PARA EL VICERRECTORADO DE CALIDAD, PLANIFI-CACION E INNOVACION, AREA DE INNOVACION, DURANTE EL

CURSO ACADEMICO 2006-07

I.—Finalidad.

La presente convocatoria tiene por objeto fijar las basespara la concesión de catorce becas de colaboración en elVicerrectorado de Calidad, Planificación e Innovación para

el curso académico 2006-2007, con carácter de ayudas a lapromoción educativa, cultural, profesional y científica, des-tinadas a alumnos que cursen estudios en la Universidad deOviedo.

II.—Condiciones de los aspirantes.

1. Estar matriculado en cualquiera de los 3 ciclos de losestudios que esté realizando, en el proyecto fin de carrera(en los estudios que sea obligatorio), o en títulos propiosde Grado, y mantener esta condición durante el período dedisfrute de la beca.

2.—Perfiles.

Cód. Proy. Perfil Puesto trabajo

A - 1 BECA * Estudiante de Ingeniero Técnico de Minas (especialidad en Sondeos y Pros-pecciones Mineras)

Mieres

PA-06-006 * Estudiante de Ingeniero Técnico en Topografía* Se valorarán conocimientos en: Aulanet, AutoCad e Istram/Ispol

B - 1 BECA * Estudiante de último curso o realizando proyecto fin de carrera de IngenieríaTécnica Informática

Mieres

PA-06-010 * Se valorarán conocimientos en: Aulanet y AutoCadC - 1 BECA * Estudiante de 5.º curso de Ingeniero de Telecomunicación GijónPB-06-006 * Se valorará tener aprobadas las asignaturas de:

— Comunicaciones Opticas I— Campos Electromagnéticos I y II

D - 1 BECA * Estudiante de Ingeniería Técnica Industrial (especialidad mecánica) GijónPB-06-011 * Se valorarán conocimientos sobre:

— Programas de postproducción de vídeo digital (preferiblemente Final CutPro sobre plataforma Mac)

— Programas de creación de contenidos digitales avanzados para vídeo (pre-feriblemente Aple Motion)

— Sobre aplicaciones de edición de audio digital (preferiblemente SoundTrackPro)

E - 1 BECA * Estudiante de Ingeniería Técnica Industrial (especialidad mecánica) GijónPB-06-012 * Que haya cursado las asignaturas de:

— Dibujo industrial mecánico— CAD 2

F - 1 BECA * Estudiante de Ingeniería Superior en Informática GijónPB-06-013 * Se valorará conocimientos en:

— Informática gráfica— OpenGL— programación en C++ con.Net

G-1 BECA * Estudiante de Ingeniería Técnica o Superior en Informática, Ingeniería Téc-nica en Telecomunicación (con no más de 2 asignaturas para finalizar)

Oviedo

PB-06-021 * Conocimientos y/o experiencia en el diseño y creación de páginas webinteractivas

H - 1 BECA * Estudiante de Ingeniería Técnica o Superior en Informática (último cursoo con el proyecto fin de carrera)

Oviedo

PB-06-024 * Conocimientos y/o experiencia en el diseño y creación de páginas webinteractivas

* Cursos de Moodle o AulaNetI - 1 BECA * Estudiante de Ingeniería Técnica o Superior en Informática GijónPB-06-037 * Se valorarán conocimientos en:

— JAVASCRIPT, HTML Y PHP— Autohorware

J - 1 BECA * Estudiante de Magisterio, Licenciatura en Pedagogía o en Psicología OviedoPC-06-019K - 1 BECA * Estudiante licenciado en Administración y Dirección de Empresas que

actualmente esté cursando otros estudios en la Universidad de OviedoGijón

PC-06-023 * Preferentemente Postgrado relacionado con esta licenciaturaL - 1 BECA * Estudiante Licenciado en Pedagogía (tercer ciclo) o finalizando los estudios GijónPC-06-028 * Se valorará conocimientos en informáticaM - 1 BECA * Estudiante de Filología Inglesa, Francesa o Alemana Gijón

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21–XI–2006 22451BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Cód. Proy. Perfil Puesto trabajo

PC-06-031 * Estudiante de Turismo (Diplomatura o del Máster en Dirección y GestiónTurística)

* Se valorarán conocimientos en innovación docente y adaptación al EspacioEuropeo de Educación Superior

N - 1 BECA * Estudiante de los últimos cursos de Pedagogía MieresCentro de Innovación * Conocimiento de informática a nivel de usuario y programas ofimáticos más

comunes* Conocimientos sobre tecnologías de la información y de la comunicación

aplicados a la educación* Conocimientos sobre Campus Virtuales, formación online, etc.

3. Tener aprobado un número de créditos/asignaturasequivalente al primer curso.

4. Como norma general no podrán ser becarios aquellosalumnos que hayan disfrutado de esta beca durante un perío-do de 2 cursos académicos.

Esta beca es incompatible con cualquier otra beca o ayudaconcedida por organismos públicos y privados, para la mismafinalidad.

III.—Criterios de valoración.

1. Se valorará el Expediente Académico con preferenciadel perfil definido en el punto II.

2. Experiencia en el campo de la beca convocada.

3. Para la mejor valoración de los méritos alegados y jus-tificados por los solicitantes, la Comisión podrá someter aaquellos aspirantes con más méritos a la realización de unaentrevista personal, al objeto de evaluar sus aptitudes yconocimientos.

IV.—Documentación a presentar por los solicitantes.

Los interesados deberán presentar la siguiente docu-mentación:

1. Instancia de solicitud debidamente cumplimentadasegún impreso normalizado que figura en el anexo II.

2. Fotocopia del D.N.I.

3. Situación académica personal, solicitando en el centrodonde realiza los estudios que se haga constar “baremo alos efectos de la unidad de ayudas” donde figure la notamedia del expediente académico.

4. Impreso de terceros debidamente cumplimentado segúnanexo III.

5. Fotocopia de los documentos acreditativos de los méri-tos exigidos y alegados, que deberán ser aportados íntegra-mente para su examen por la Comisión de Valoración.

Todos los requisitos, méritos y circunstancias alegadospor los solicitantes deberán poseerse a la fecha de finalizaciónde la presentación de las solicitudes. La Comisión, no valoraráaquellos méritos que, siendo alegados en la solicitud, no esténdebidamente justificados.

V.—Lugar y plazo de presentación.

1. Las solicitudes, acompañadas de la documentacióncorrespondiente, se presentarán en el Registro General, plazaRiego, 4 (Oviedo) y en los Registros Auxiliares del Campusdel Cristo, ubicado en la E.U. de Empresariales en la Avda.del Cristo, s/n (Oviedo); Registro Auxiliar de Gijón, ubicadoen el Campus de Viesques-Sección de Alumnos o Registro

Auxiliar de Mieres, ubicado en el Campus de Mieres, enel Edificio Científico-Técnico, o por cualquiera de los mediosestablecidos en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, modificada porla Ley 4/1999, de 13 de enero.

2. Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de 15días naturales a partir del día siguiente al de su publicaciónen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

3. A los efectos de lo establecido en la Ley Orgánica15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carác-ter Personal, se informa que la cumplimentación de los datossolicitados a los/las estudiantes es obligatoria y supone elconsentimiento de éstos/éstas para que la Universidad deOviedo los trate automatizadamente e incluya en su ficheropara la gestión del programa y elaboración de estadísticase históricos.

VI.—Tramitación.

1. El Vicerrectorado de Calidad, Planificación e Inno-vación revisará los expedientes de solicitud y verificará quecontienen la documentación exigida. Si resultase que la docu-mentación está incompleta o defectuosa, se requerirá al soli-citante para que en el plazo de 10 días, aporte la documen-tación necesaria o subsane los defectos observados, hacién-dole saber que en caso contrario su solicitud será archivadade conformidad con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, en laredacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

2. El Vicerrectorado de Calidad, Planificación e Inno-vación podrá disponer que se efectúen las comprobacionesoportunas sobre la veracidad de los datos aportados por losaspirantes. Igualmente podrá recabar cuantos informes, datoso aclaraciones considere oportunas para resolver las soli-citudes.

VII.—Resolución.

1. A la vista de la documentación presentada e informesrecabados, previo estudio y valoración de las solicitudes, laComisión Técnica de Valoración designada al efecto realizarála propuesta de asignación de las becas, así como de la listade suplentes y su orden de prelación de llamamiento esta-blecido para los casos de renuncia o revocación de las becas.La Comisión será presidida por el Vicerrector de Calidad,Planificación e Innovación o persona en quien delegue, enla que actuarán como vocales el Director de Area de Calidad,el Director de Area de Innovación, el responsable de la Uni-dad Técnica de Calidad, un alumno representante en el Con-sejo de Gobierno y la Jefe de Servicio de Calidad e Innovaciónque actúa como Secretaria.

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2. El plazo máximo para la resolución del procedimientoserá de tres meses, contados a partir de la finalización delplazo de solicitud. Transcurrido dicho plazo máximo sin quehaya recaído resolución expresa se podrá entender que éstaes desestimatoria a los efectos previstos en la Ley 30/1992,en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

3. La resolución de la presente convocatoria se publicaráen el tablón de anuncios del Registro General de la Uni-versidad en plaza del Riego, n.º 4, expresándose en la mismalos beneficiarios de las becas asignadas y la fecha de iniciacióndel período de disfrute de la misma, así como su importey fecha de finalización; igualmente se determinará la listade sustitutos y el orden de prelación de los candidatos ala vista de las puntuaciones obtenidas.

VIII.—Obligaciones, dedicación y plazo.

1. Las obligaciones de los becarios serán colaborar entareas específicas de las becas convocadas, cumpliéndose lasbases de la presente convocatoria y demás normativa de apli-cación como consecuencia de las mismas, así como las indi-caciones emanadas de los supervisores responsables de lasbecas.

2. Los becarios tendrán una dedicación de 20 horas sema-nales, excepto la beca correspondiente al perfil N que tendráuna dedicación mínima de 5 horas al día y máxima de 6horas.

3. La duración de la beca será la siguiente:

Perfil Meses Fecha comienzo

A 2 1 de febrero de 2007 o fecha de nombramientoB 3 1 de febrero de 2007 o fecha de nombramientoC 4 1 de diciembre de 2006 o fecha de nombramientoD 3 1 de diciembre de 2006 o fecha de nombramientoE 5 8 de enero de 2007 o fecha de nombramientoF 5 1 de diciembre de 2006 o fecha de nombramientoG 3 meses y

10 días1 de diciembre de 2006 o fecha de nombramiento

H 3 1 de diciembre de 2006 o fecha de nombramientoI 3 1 de diciembre de 2006 o fecha de nombramientoJ 2 1 de marzo de 2007 o fecha de nombramientoK 3 1 de diciembre de 2006 o fecha de nombramientoL 2 2 de mayo de 2007 o fecha de nombramientoM 3 8 de enero de 2007 o fecha de nombramientoN 11 1 de diciembre o fecha de nombramiento

4. La posible renuncia a la beca permitirá la adjudicaciónde la misma, por el resto de su vigencia, al alumno que enprimera instancia haya obtenido la siguiente mejor pun-tuación.

5. La renuncia de la beca una vez iniciado el períodode disfrute de la misma, supondrá la supresión de las per-cepciones económicas inherentes a ella desde la fecha enque se presente la renuncia. La renuncia deberá presentarseen todo caso por escrito (anexo IV).

6. Las becas podrán ser renovadas por una sola vez, totalo parcialmente, si se cumplen los requisitos exigidos en lapresente convocatoria, supeditándose en todo caso tal reno-vación a la existencia de crédito adecuado y suficiente enel presupuesto de la Universidad de Oviedo.

7. En caso reiterado de incumplimiento de los becariosy a propuesta del Vicerrector de Calidad, Planificación eInnovación, se podrá acordar la revocación de la becaconcedida.

8. Asimismo, en caso de observarse inexactitud o falsedaden la documentación aportada para su valoración con carácterprevio a la concesión de la beca, o de no cumplir con lasobligaciones derivadas de la concesión de la beca, el alumnodeberá reintegrar el importe de la misma si ésta ya hubierasido abonada, efectuándose tal ingreso en la cuenta de laUniversidad que tiene en el Banco de España.

IX.—Concesión y cuantía.

1. La beca será concedida por la Universidad de Oviedo,a través del Vicerrectorado de Calidad, Planificación eInnovación.

2. Los becarios recibirán en concepto de ayuda la cantidadde 300 euros brutos mensuales, en todos los perfiles con-vocados, salvo en el perfil N, cuya cuantía ascenderá a 600euros brutos mensuales y que será abonada por transferenciabancaria a la cuenta indicada en el impreso de solicitud, previoinforme favorable del supervisor responsable adscrito alVicerrectorado de Calidad, Planificación e Innovación.

3. A esta cantidad se le practicará la retención a cuentadel impuesto sobre la renta de las personas físicas (I.R.P.F.)que establezca la normativa legal vigente.

4. El importe total del crédito presupuestario compro-metido asciende a 19.000 euros, cuya financiación plurianualse desglosa, por cada ejercicio vinculado, en los siguientesimportes:

— 2.700 euros con cargo al concepto presupuestario19.03 121F 481.27 del vigente presupuesto para el año2006.

— Y 16.300 euros con cargo a la partida correspondientedel presupuesto del ejercicio 2007.

5. Dado el carácter de la función a desarrollar, en la queprima por encima de otras razones la formación práctica delos becarios, la concesión de las presentes becas no crea nin-guna vinculación contractual, laboral o administrativa, entreel beneficiario y la Universidad; asimismo, la concesión dela beca tampoco implica ningún compromiso en cuanto ala posterior incorporación del interesado a la plantilla dela Universidad.

X.—Recursos.

Contra esta convocatoria de becas se podrá interponer,en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo.Asimismo, la presente convocatoria podrá ser recurrida potes-tativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante elmismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuestoen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, en la redaccióndada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

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21–XI–2006 22453BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

— • —

ACUERDO de intercambio de estudiantes entre la Uni-versidad de Oviedo y la Universidad de Carolina delNorte en la Facultad de Artes y Ciencias de ChapelHill.

De una parte, el Excmo. Sr. D. Juan A. Vázquez García,Rector Magnífico de la Universidad de Oviedo.

De otra parte, el Excmo. Sr. D. James Moeser, RectorMagnífico de la University of North Carolina at Chapel Hill.

Intervienen

Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus respectivoscargos y en la representación que ostentan, reconociéndosemutuamente capacidad para contratar y obligarse en los tér-minos de este Acuerdo, y en su virtud, aprueban el siguienteacuerdo de intercambio de estudiantes.

1.—Ambito del Acuerdo

a) Objetivos

I. En un deseo de fortalecer su contacto mutuo e incre-mentar la cooperación internacional, la Universidadde Oviedo, España, (referida a partir de ahora comoUO) y la Universidad de Carolina del Norte en ChapelHill, North Carolina, USA (referida en adelante comoUNC-Chapel Hill) desean llegar a un acuerdo de inter-cambio, de acuerdo con los términos y condicionesdescritas en el mismo.

II. El propósito del Acuerdo es establecer los términosy condiciones bajo los cuales deban tener lugar losintercambios de estudiantes entre la UO y la UNC-Chapel Hill. Los términos y condiciones del Acuerdose aplican tanto a estudiantes no graduados como gra-duados. Se entiende que el Acuerdo está principal-mente dirigido a estudiantes no graduados, pero losestudiantes graduados también podrán inscribirse. Laadmisión de los estudiantes no graduados y de losgraduados será decisión de la oficina de admisionespertinente y del departamento académico de la ins-titución anfitriona, respectivamente.

b) Coordinador del programa de intercambio

I. Para poder llevar a cabo y cumplir con los objetivosde este Acuerdo, la coordinación y administración delintercambio será responsabilidad de la Oficina deRelaciones Internacionales de la UO, y de la Oficinade Estudios en el Extranjero en la UNC-Chapel Hill.

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2.—Participantes

a) Programas académicos

I. En ambas instituciones, los estudiantes deberán matri-cularse en un programa de tiempo completo de cursosofertados como adecuados a su curso de estudios, ydeberán atenerse a las mismas valoraciones y nivelescomo estudiantes de licenciatura.

II. En UNC-Chape Hill, los participantes del intercambiode la UO se matricularán en un programa de tiempocompleto de cualquier departamento dentro de laFacultad de Artes y Ciencias (Humanidades, CienciasSociales, Ciencias Naturales). El intercambio de estu-diantes con la UNC-Chapel Hill Kenan-Flager Busi-ness School no está incluido en este acuerdo. Los estu-diantes de la UO pueden solicitar, en la Oficina deEstudios en el Extranjero de la UNC-Chapel Hill, serinscritos en cursos ofertados por una de las EscuelasProfesionales de la UNC-Chapel Hill, bien sea en lasFacultades de Medicina, Enfermería, u Odontología,la Facultad de Derecho, la Facultad de Salud Pública,la Facultad de Biblioteconomía y Documentación, laFacultad de Trabajo Social, la Facultad de CienciasPolíticas, la Escuela de Periodismo y Ciencias de laInformación, la Facultad de Farmacia, y la EscuelaUniversitaria de Magisterio. La Oficina de Estudiosen el Extranjero se pondrá en contacto con el Decanode la UNC-Chapel Hill y pedirá permiso para concedercualquiera de estas peticiones. Los prerrequisitos indi-viduales de los cursos (módulos) o de sus equivalentesincumbirán a los aspirantes de la UO.

III. En la UO, los estudiantes de la UNC-Chapel Hillno podrán matricularse en cursos de Lengua Españolau otros cursos diseñados exclusivamente para estu-diantes extranjeros; la matriculación será únicamenteen asignaturas de las Facultades designadas para estu-diantes que persiguen titulación. Los prerrequisitosde las asignaturas (módulos) serán aplicables a loscandidatos de la UNC-Chapel Hill.

b) Número de estudiantes

I. La UO y la UNC-Chapel Hill acuerdan aceptar unmáximo de tres estudiantes de cada institución duranteun año de duración. Los estudiantes pueden solicitarparticipar durante un semestre, el cual será conside-rado como la mitad de un intercambio anual.

II. El intercambio será realizado en base a un intercambioequitativo puesto por puesto; sin embargo, si el núme-ro de estudiantes intercambiados no está equilibradocada semestre, se debería realizar un balance aproxi-mativo por encima del Acuerdo de tres años de dura-ción. En ningún caso el desequilibrio debería ser pormás de tres intercambios anuales.

III. Las oficinas de coordinación acordarán el 1 dediciembre del año académico precedente el númerode estudiantes para ser intercambiados.

c) Obligaciones del Acuerdo

I. Las obligaciones de las instituciones bajo el acuerdoson sólo para los participantes, y no incluyen ni a cón-yuge ni a personas dependientes. Aquellos que acom-pañen a los participantes estarán bajo la responsa-bilidad de éstos.

3.—Realización del Acuerdo

a) Costes de matrícula y tasas

I. Los alumnos de intercambio deberán abonar los costesde matrícula ordinarios de su institución de origeny no pagarán matrícula en la universidad de destino.

Esas tasas incluirán, como mínimo, las tasas por asis-tencia sanitaria, uso de la biblioteca, acceso a internety uso de ordenadores, las tasas de la asociación deestudiantes y para el uso de las instalaciones depor-tivas. El estudiante deberá abonar a la universidadde destino posibles tasas especiales.

b) Selección de los participantes

I. Los candidatos para participar en el intercambio debe-rán haber cursado necesariamente un año de estudiosen la universidad de origen. Los candidatos seránseleccionados por su universidad de origen entre todoslos estudiantes a tiempo completo que optan a untítulo académico, pero deberán ser aceptados por launiversidad de destino como estudiantes a tiempocompleto que no optan a un título. Las universidadesde destino pueden exigir prueba del dominio lingüís-tico de la lengua de impartición. Los estudiante dela UO deben demostrar UNC-CH con puntuacionesen un examen oficial de idiomas, como el TOEFLo el APIEL.

II. La elección de la universidad de destino deberá iracompañada de un certificado oficial de estudios ylos formularios de admisión necesarios para estudian-tes que no optan a un título académico. Estudiantesde la UO deben tener una puntuación mínima de 250en el TOEFL (por ordenador) o una puntuación de5 en el APIEL.

III. En caso de haber tasas de inscripción, deberán serabonadas por el propio estudiante. La universidadde origen informará a la universidad de destino delos detalles de los cursos relevantes para el plan curri-cular del estudiante, y cualquier otra necesidad querequiera especial atención, según la ley vigente.

IV. La institución de destino se reserve el derecho arechazar a cualquier candidato, basándose en criteriosacadémicos, en cuyo caso la universidad de origenpodrá proponer otros candidatos para su considera-ción. Ninguna de las instituciones negará la parti-cipación de ningún estudiante por motivos de raza,color, religión, origen, sexo, credo, edad, o minusvalía.

c) MatriculaciónI. La institución de destino procurará que los estudiantes

sean admitidos en cursos considerados esenciales. Sinembargo, la aceptación en un departamento o asig-natura específicos estará sujeto a la calificación ade-cuada del estudiante en el área o nivel de estudiocorrespondientes, y a la disponibilidad de los cursos.

II. Los alumnos de intercambio estarán sujetos a losrequisitos académicos y la normativa de la instituciónde destino. Todos los estudiantes deben matricularsey permanecer inscritos en un curso a tiempo completo.El reconocimiento del trabajo desarrollado por el estu-diante durante el periodo del intercambio será dis-crecional de la institución de origen.

III. La institución de destino proveerá a la instituciónde origen de una certificación académica oficial, enla que se detallará el rendimiento académico delalumno.

IV. Cada institución tendrá la opción de que finalice laparticipación del estudiante en caso de que éste violelas leyes y normativas de la universidad de destino,o que se demuestre en un tribunal el haber violadolas leyes del país de destino.

d) Preparación, orientación, y otros servicios

I. La institución de origen informará al estudiante delas expectativas académicas y culturales de la insti-tución de destino. Cada año ambas instituciones pro-

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veerán a la universidad colaboradora de toda la infor-mación necesaria sobre el año académico, la descrip-ción de los cursos, guías y cualquier otra informaciónque pueda ayudar al estudiante a realizar una elecciónadecuada de los cursos en los que se matriculará enla universidad de destino.

II. La institución de origen pondrá a disposición de losestudiantes extranjeros los siguientes programas yservicios:(1) Documentos necesarios para obtener un visado de

estudiante.(2) Asistencia para la obtención de alojamiento en

las residencias del campus o información para labúsqueda de alojamiento fuera del campus a lallegada del alumno.

(3) Información sobre los requisitos de asistencia sani-taria y la cobertura médica.

(4) Consejeros académicos y sobre otros ámbitos.(5) Acceso a las instalaciones universitarias como

miembros de pleno derecho de la universidad dedestino, incluyendo la biblioteca universitaria, ins-talaciones deportivas, servicios médicos para losestudiantes y las instalaciones y organizaciones delas asociaciones de estudiantes.

(6) Orientación obligatoria de la institución de destinoy sus alrededores a la llegada del estudiante y conantelación al comienzo de las clases.

e) Responsabilidades del estudiante de intercambio

I. Realizar el pago de los costes de matrícula a la Uni-versidad de origen.

II. Entrega en el tiempo estipulado de los formulariosde alojamiento.

III. Realizar el pago de los costes de alojamiento y manu-tención en la universidad de destino.

VI. Pagar los gastos de desplazamiento hasta la insti-tución de destino y dentro del país de acogida.

V. Obtener un seguro medico y realizar el pago de losgastos adicionales en asistencia médica.

VI. Gastos personales incluyendo libros de texto y ropa.

VII. Enviar los documentos financieros y personalesrequeridos por la institución de destino con el finde expedir los documentos necesarios para solicitarun visado.

VIII. Realizar el pago de otras deudas incurridas en elperíodo de intercambio.

IX. Llegar a la institución en el periodo estipulado afin de participar en el proceso de orientaciónobligatorio.

f) Sistema de equivalencias

El reconocimiento de los estudios realizados se llevaráa cabo por cada institución según sus propias regulaciones.UO reconocerá los estudios realizados en la UCN-CH deacuerdo con el siguiente sistema de equivalencias:

I. La calificación (A) de la UCN-CH es equivalente ala calificación (M) Matrícula de Honor en la UO.

II. Las calificaciones (A-, B+) de la UCN-CH son equi-valentes a la calificación (SB) Sobresaliente en la UO.

III. Las calificaciones (B, B-, C+) de la UCN-CH sonequivalentes a la calificación (N) Notable en la UO.

IV. Las calificaciones (C, C-, D+, D) de la UCN-CHson equivalentes a la calificación (A) Aprobado enla UO.

V. Las calificaciones (F, FA) de la UCN-CH son equi-valentes a la calificación (S) Suspenso en la UO.

4.—Período, conclusión y modificación del Acuerdo.

a) El intercambio de estudiantes amparados en esteacuerdo comenzará el año académico 2006-2007.

b) El Acuerdo será efectivo a partir de la fecha de sufirma y será automáticamente revisado cada tres años.El Acuerdo estará vigente hasta que una o ambas ins-tituciones recomiende su conclusión o modificación.

c) El Acuerdo puede ser rescindido por cualquiera delas partes siempre que se informe por escrito la inten-ción de conclusión con, al menos, seis meses de ante-lación. Los acuerdos que se hubiesen alcanzado hastaese momento deberán llevarse a a cabo.

d) El Acuerdo podrá ser modificado por un acuerdoescrito firmado por ambas instituciones.

En Oviedo a, 27 de julio de 2006.—El Rector de la Uni-versidad de Oviedo, Juan Antonio Vázquez García.—En Cha-pel Hill, a 27 de julio de 2006.—El Rector de la Universidadde Carolina del Norte, James Moeser.—17.493.

— • —

PROGRAMA Específico de desarrollo del conveniomarco de colaboración entre la Universidad de Oviedo(España) y la Universidad de Talca (Chile).

De una parte, el Excmo. Sr. D. Juan A. Vázquez García,Rector Magnífico de la Universidad de Oviedo.

De otra parte, el Excmo. Sr. D. Juan Antonio Rock, RectorMagnífico de la Universidad de Talca.

Considerando

1.—Que el día 26 de julio de 2006 ambas institucionessuscribieron un convenio marco de colaboración académica,científica y cultural a fin de promover la cooperación recí-proca en los campos de la enseñanza, la investigación cien-tífica y cultural.

2.—Que este convenio recoge en su cláusula segunda quelas acciones específicas que se concierten entre ambas Ins-tituciones se formalizarán en Programas Específicos anejosal convenio.

3.—Que la Facultad de Ciencias de la Salud de la Uni-versidad de Talca (Chile), manifiesta su interés en enviarestudiantes a la Clínica Universitaria de Odontología de laUniversidad de Oviedo (España), para completar la forma-ción clínica de los mismos, por lo que consideran oportunoestablecer un Programa Específico para la viabilidad de dichoobjetivo.

Por ello,

Acuerdan

Establecer, a través del presente Programa Específico,el desplazamiento de estudiantes de la Universidad de Talca(Chile), a la Universidad de Oviedo (España), con el siguientearticulado:

Artículo 1.—Objetivo

El objetivo del presente Programa Específico es regularel desplazamiento de estudiantes de la Escuela Odontológicade la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidadde Talca (Chile) a la Clínica Universitaria de Odontologíade la Universidad de Oviedo (España).

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21–XI–200622456 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Artículo 2.—Candidatos

2.1 Serán candidatos elegibles para participar en el pro-grama de intercambio los estudiantes matriculados en el últi-mo curso de la titulación de Odontología de la Universidadde Talca.

2.2 La Universidad de Oviedo recibirá un único estudiantede la Escuela de Odontología de la Universidad de Talcapor un período académico de un semestre o parte de éste.

Artículo 3.—Procedimiento de selección

3.1. Requisitos de los aspirantes:

• Estar matriculado en la escuela de origen en el últimocurso de la titulación durante el curso de intercambio.

• Presentar formulario de solicitud completo, con datosdel alumno y propuesta de plan de estudios en la uni-versidad de destino.

• Presentar situación académica personal (ficha o historialacadémico acumulado).

3.2. El estudiante será aceptado en la Clínica Odontológicade la Universidad de Oviedo para la realización de prácticasclínicas.

Las prácticas clínicas satisfactoriamente completadas,serán calificadas por la institución anfitriona y, posteriormen-te, serán reconocidas por la institución de origen, según suspropios criterios específicos de convalidación.

En la Universidad de Oviedo, las clases son evaluadasde la siguiente manera:

• Matrícula de Honor. MH. (9.0-10/10). El número dematrículas concedidas no podrá exceder del 5 por cientode los alumnos matriculados en una materia en el corres-pondiente curso académico, salvo que el número dematriculados sea inferior a 20, en cuyo caso se podráconceder una sola Matrícula de Honor.

• Sobresaliente. SB. (9,0-10/10)

• Notable. NT. (7,0-8,9/10)

• Aprobado. AP. (5,0-6,9/10)

• Suspenso. NA. (0-4,9/10)

La Universidad de Oviedo emitirá una certificación acre-ditativa de las calificaciones obtenidas por los estudiantesde intercambio.

3.3. Los estudiantes de intercambio no podrán recibirDiploma o Título alguno de la universidad de destino.

Artículo 4.—Fechas límites de solicitud

4.1. Las solicitudes de los estudiantes de la Universidadde Talca para comenzar en el primer cuatrimestre (octu-bre-febrero) en la Universidad de Oviedo deben llegar a laUniversidad de Oviedo hasta el 15 de mayo del año en curso,y para el segundo cuatrimestre (febrero-julio) hasta el 15de noviembre del año anterior.

Artículo 5.—Financiación

5.1. Los estudiantes de intercambio pagarán la matricu-lación regular en la institución de origen y serán eximidosde cualquier matrícula o coste escolar por la instituciónanfitriona.

5.2. Los estudiantes serán responsables de los gastos detransporte, de alojamiento y manutención. La salud y la cober-tura de seguro de vida deberán de ser cubiertas por los estu-diantes de intercambio.

Artículo 6.—Reglas

6.1 Los estudiantes participantes en el programa de inter-cambio deben respetar el reglamento y las regulaciones dela institución anfitriona. Las violaciones estarán sujetas a lapolítica disciplinaria de la universidad de destino.

Artículo 7.—Coordinación

7.1. Las unidades ejecutoras del programa de intercambioserán las Direcciones de Relaciones Internacionales de lasInstituciones participantes.

7.2. Por cada Institución habrá un Profesor Coordinadordel Programa que determinará los estudios a realizar porel estudiante de intercambio, y firmará el contrato de estudioscon el visto bueno del Coordinador Institucional de cadaUniversidad.

Artículo 8.—Duración

8.1 Este Programa Específico tendrá vigencia durante unperíodo de cinco (5) años, a partir de la fecha de la últimafirma podrá prorrogarse por períodos sucesivos, de igual dura-ción al inicial, mediante acuerdo expreso de las partes fir-mantes, que deberá producirse antes del vencimiento del pla-zo inicial, con el entendimiento que puede ser finalizado porcada una de las partes mediante aviso escrito comunicadoen un término no inferior a 6 meses.

8.2. Este Programa Específico puede ser enmendadomediante el intercambio de cartas entre las dos instituciones.Estas enmiendas, una vez aprobadas por ambas institucionesen documento firmado por ambas partes, que se anexaráal presente Programa Específico, entrarán a formar partedel mismo.

8.3. Para el caso de terminación del presente ProgramaEspecífico de Cooperación Académica, ambas partes tomaránlas medidas necesarias para garantizar la continuidad hastasu conclusión de las acciones y proyectos ya iniciados.

El presente Programa Específico se firma en dos ejem-plares del mismo tenor y efecto, quedando uno para cadauna de las partes.

En Oviedo, a 26 de julio de 2006.—El Rector de la Uni-versidad de Oviedo, Juan A. Vázquez García.—En Talca,a 26 de julio de 2006.—El Rector de la Universidad de Talca,Juan Antonio Rock.—17.489.

• ANUNCIOS

CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION PUBLICA:ENTE PUBLICO DE SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

SUBASTA de participaciones sociales.

N.º expte.: 2004EXP33018569

El Area de Recaudación del Principado de Asturias,

Hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto en losartículos 101 y siguientes del Reglamento General de Recau-dación aprobado por el R.D. 939/2005, de 29 de julio, seacuerda la celebración de subasta el próximo día 14 de diciem-bre de 2006, a las 10.45 horas, en el salón de actos de esteArea de Recaudación del Principado de Asturias, sito enla c/ Hermanos Menéndez Pidal, 7-9, de Oviedo, según acuer-do de enajenación de bienes embargados, que se detallana continuación, de fecha 3 de octubre de 2006.

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21–XI–2006 22457BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Bienes:

Lote uno: 301 participaciones sociales (números 1 al 301)de la empresa Costanilla Asesores, S.L.

Tipo de subasta en primera licitación: 301 euros.

En cumplimiento del artículo 101 del citado Reglamentose publica el presente anuncio y se advierte a las personasque deseen participar en la subasta, lo siguiente:

Primero.—Que las participaciones sociales a enajenar sonlos que se describen y han sido valorados como a continuaciónse indica:

Lote uno.

Valoración: 301 euros.

Cargas.—Que según Certificación del Libro Registro deSocios las participaciones sociales.

Que las cargas y gravámenes anteriores quedarán sub-sistentes.

Segundo.—Tipos de subasta en la primera licitación:

Lote uno:

Tipo 1.ª licitación: 301 euros.Posturas admisibles: 301 euros.

Que en el tipo de la subasta no se incluyen los impuestosindirectos que gravan la transmisión de dichos bienes.

Tercero.—Cuando resultare desierta la 1.ª licitación, laMesa anunciará la iniciación del trámite de adjudicacióndirecta, que se llevará a cabo dentro del plazo de seis meses,conforme al procedimiento establecido en el artículo 107 delReglamento General de Recaudación.

Sin embargo y una vez finalizada la 1.ª licitación, la Mesapodrá optar por celebrar una 2.ª licitación, si lo juzga per-tinente, en este caso se admitirán proposiciones que cubranel nuevo tipo, que será el 75 por ciento del tipo de subastaen 1.ª licitación, que es el siguiente:

Lote uno:

Tipo 2.ª licitación: 225,75 euros.Posturas admisibles: 225,75 euros.

Cuarto.—El valor de las pujas, según el tipo señalado,debe atender a la siguiente escala, advirtiéndose que el valorentre pujas se irá incrementando, cuando como consecuenciade las distintas posturas se pase a un tramo superior de laescala.

Tipo de subasta Valor de las pujas(Importe en euros) (Importe en euros)

Hasta 600 50

De 600,01 a 1.500 150

De 1.500,01 a 6.000 300

De 6.000,01 a 30.000 600

De 30.000,01 a 60.000 1.200

Más de 60.000 3.000

Quinto.—Se advierte de la posibilidad de presentar ofertasen sobre cerrado. En éstas, se expresará el precio máximoofrecido por el licitador por cada lote. Los sobres deberánpresentarse en el Registro de este Area de Recaudación almenos una hora antes de iniciarse la subasta, debiendo indi-carse el nombre, apellidos o razón social o denominación

completa, número de identificación fiscal y domicilio, inclu-yéndose en el sobre el depósito que como fianza se refiereel punto sexto, sustituyendo la mesa a los licitadores y pujandopor ellos en la forma prevista al efecto.

Sexto.—Que todo licitador habrá de constituir ante laMesa de Subasta, o incluir en el sobre cerrado, en su caso,depósito del 20 por ciento del tipo de subasta, depósito esteque se aplicará a la cancelación de la deuda, si por partedel adjudicatario no se hace efectivo el precio de remate,sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrirpor los perjuicios que origine la falta de pago del preciode remate.

Séptimo.—Los licitadores deberán tener capacidad deobrar con arreglo a derecho y no estar incursos en ningúnsupuesto de impedimento o restricción legal, debiendo iden-tificarse adecuadamente, y con documento que justifique, ensu caso, la representación que tengan.

Octavo.—Que la subasta se suspenderá en cualquiermomento anterior a la adjudicación de los bienes, si se efectúael pago de la cuantía establecida en el artículo 169.1 de laLey 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Noveno.—Que el rematante deberá entregar en el actode la adjudicación o dentro de los quince días siguientes,la diferencia entre el depósito constituido y el precio deadjudicación.

Décimo.—Que no se puede intervenir en la subasta encalidad de ceder a tercero.

Undécimo.—Que en el caso de bienes inscribibles en regis-tros públicos, los licitadores no tendrán derecho a exigir otrostítulos de propiedad que los aportados en el expediente, quede no estar inscritos los bienes en el registro, el documentopúblico de venta es título mediante el cual puede efectuarsela inmatriculación en los términos previstos en la legislaciónhipotecaria , encontrándose aquellos a disposición de los inte-resados hasta veinticuatro horas antes de la celebración dela subasta.

Duodécimo.—Que la Mesa de Subasta podrá proponeral Sr. Alcalde-Presidente la adjudicación al Ayuntamientode Gijón del bien, en el caso de que no hubiere sido objetode remate.

Decimotercero.—Todos los gastos e impuestos derivadosde la transmisión, incluidos los derivados de la inscripciónen el Registro correspondiente del mandamiento de cance-lación de cargas y gravámenes , serán por cuenta deladjudicatario.

Decimocuarto.—El procedimiento de apremio solamentese suspenderá en los términos y condiciones señalados enel artículo 165 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, GeneralTributaria.

Advertencias.—Se advierte a los acreedores hipotecarioso pignoraticios y desconocidos, que deben darse por noti-ficados con plena virtualidad legal por medio del presenteedicto que será expuesto en el tablón de anuncios de esteArea de Recaudación, en el tablón de anuncios del Ayun-tamiento correspondiente al último domicilio conocido deldeudor, así como publicado en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

Oviedo, a 3 de octubre de 2006.—El Area de Recau-dación.—18.669.

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21–XI–200622458 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA:

INFORMACION pública de extravío de título de Téc-nico Auxiliar de Automoción, expedido por el IES deNoreña.

El Director del IES de Noreña, hace público el extravíodel Título de Técnico Auxiliar de Automoción, de don PabloMenéndez Iglesias, con DNI 09412266E.

Cualquier comunicado sobre dicho documento, deberáefectuarse ante la Consejería de Educación y Ciencia, enel plazo de 30 días, pasados los cuales dicho título quedaránulo y sin valor y se perseguirán los trámites para expediciónde duplicado.

A efectos de cobro de la tasa por la publicación del pre-sente anuncio, se facilitan los siguientes datos:

D. Pablo Menéndez IglesiasDNI 09412266EC/ Velázquez, 4, 3º C.33011-Oviedo

Oviedo, 30 de octubre de 2006.—El Secretario GeneralTécnico.—17.921.

CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIONDEL TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS:

CONVOCATORIA para el levantamiento de actas pre-vias a la ocupación correspondientes a los bienes y dere-chos afectados por el expediente de expropiación forzosaincoado con motivo de intersección de la carreteraAS-237, Grado-Avilés, con la carretera IA-1, Callezue-la-La Laguna (Illas).

Aprobado por la Consejería de Medio Ambiente, Orde-nación del Territorio e Infraestructuras el proyecto técnico

para la ejecución de “intersección de la carretera AS-237,Grado-Avilés con la carretera IA-1, Callezuela-La Laguna(Illas)” y declarada la urgente ocupación de los terrenos afec-tados por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de noviem-bre de 2006, conforme al artículo 52, apdo. 2, de la Leyde Expropiación Forzosa de 16 diciembre 1954, se hace públi-co el día 30 de noviembre de 2006, a partir de las 11.00horas, en el Ayuntamiento de Illas, se procederá, para ensu caso posterior traslado al terreno al levantamiento de actasprevias a la ocupación.

Tal y como se estipula en el art. 59.4 de la vigente Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de13 de enero, la publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias de las relaciones de afectados quese adjunta servirá como notificación a los posibles interesadosque no hayan podido ser identificados, a los titulares de bienesy derechos que sean desconocidos, y a aquellos de los quese ignore su domicilio.

A los actos convocados deberán comparecer todos lostitulares de los bienes y derechos afectados por sí o repre-sentados por persona debidamente autorizada, exhibiendosu DNI/NIF y los documentos acreditativos de la titularidad,así como el último recibo del impuesto de bienes inmuebles.

Hasta la fecha de la celebración del acto emplazadopodrán los interesados formular ante esta Consejería deMedio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestruc-turas (c/ Coronel Aranda, 2, 2.º, Oviedo) cuantas alegacionesestimen oportunas, a los solos efectos de subsanar posibleserrores materiales que se hayan podido padecer al relacionarlos bienes y derechos afectados.

Oviedo, 15 de noviembre de 2006.—El Secretario GeneralTécnico.—18.687.

ANEXO

Intersección de la carretera AS-237, Grado-Avilés, con la carretera IA-1, Callezuela-La Laguna (Illas)

Nº Finca Propietario Domicilio y Municipio Oc. Oc.temp. Otros bienes DestinoPol/Parcela Arrendatario

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21–XI–2006 22459BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Nº Finca Propietario Domicilio y Municipio Oc. Oc.temp. Otros bienes DestinoPol/Parcela Arrendatario

CONSEJERIA DE INDUSTRIA Y EMPLEO:

NOTIFICACION de resolución por la que se concedesubvención para la presencia de colectivo de autónomosen internet.

Expte.: PA/1120/06.

Habiendo sido devueltas por el servicio de Correos lanotificación de la Resolución de 3-10-2006 por la que se denie-ga subvención para la presencia del colectivo de autónomosen internet, a Terente Herrero, Paul, se procede a su noti-ficación mediante la presente publicación, así como la inser-ción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últimodomicilio conocido, en cumplimiento de lo dispuesto en losartículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, con somera indicacióndel contenido del acto dictado.

R E S U E L V O

... Tercero.—Denegar, a los solicitantes relacionados enel anexo II de la presente resolución, su solicitud de sub-

vención a la presencia del colectivo de autónomos en internet,por las causas de denegación señalados en el citado anexo.

... Quinto.—Notificar a los interesados, en tiempo y forma,la presente Resolución, indicándoles que este acto pone fina la vía administrativa y que contra el mismo cabe interponerrecurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Con-tencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia delPrincipado de Asturias en el plazo de dos meses, contadosdesde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio dela posibilidad de previa interposición del recurso potestativode reposición ante el Consejero de Industria y Empleo enel plazo de un mes, contado desde el día siguiente al desu notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos,conforme a lo establecido en el art. 28 de la Ley del Principadode Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídicode la Administración del Principado de Asturias, y en el artí-culo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, y sin perjuicio de que los interesadospuedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

ANEXO II.—RELACION DE EXPEDIENTES DENEGADOS

EXPEDIENTE APELLIDOS Y NOMBRE N.I.F. MOTIVO DE DENEGACION

PA/1120/06 Terente Herrero, Paul 71.634.607A Incumple la base 3, c): “Para poder acceder a las ayudas, lossolicitantes deberán, además, reunir los siguientes requisitos: No estarincurso en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados2 y 3 del artículo 13 e) la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Generalde Subvenciones. En concreto, por incumplir obligaciones con laHacienda del Estado, según certificado negativo expedido el 11-7-2006por la Agencia Estatal de Administración Tributaria

Se le comunica que para el conocimiento íntegro de este acto y constancia del mismo, puede comparecer en las dependenciasdel Servicio de Fomento del Autoempleo y de la Economía Social de la Consejería de Industria y Empleo, calle Santa Susana,29, Oviedo.

Oviedo, 24 de octubre de 2006.—La Secretaria General Técnica.—17.753(1).

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21–XI–200622460 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

NOTIFICACION de resolución por la que se concedesubvención para perceptores de la prestación por desem-pleo, en su modalidad de pago único.

Expte.: PU/0085/06.

Habiendo sido devueltas por el servicio de Correos lanotificación de la Resolución de 20-9-06 por la que se concedesubvencion para perceptores de la prestacion por desempleo,en su modalidad de pago unico a García Fernandez, MaríaAngeles, se procede a su notificación mediante la presentepublicación, así como la inserción en el tablón de anunciosdel Ayuntamiento de su último domicilio conocido, en cum-plimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, con somera indicación del contenido del actodictado.

R E S U E L V O

Primero.—Conceder, a los solicitantes relacionados en elanexo I de la presente Resolución, subvención para percep-tores de la prestación por desempleo, en su modalidad depago único, por los importes y períodos de bonificación seña-lados en el citado anexo I para cada uno de los beneficiarios,ascendiendo el importe total de las subvenciones concedidas

a 15.298,88 euros, y ello con cargo a la aplicación19.05.322L.481.016 de los Presupuestos Generales del Prin-cipado de Asturias para 2006.

... Tercero.—Denegar, a los solicitantes relacionados enel anexo II de la presente resolución, su solicitud de sub-vención para perceptores de la prestación por desempleo,en su modalidad de pago único, respecto a los períodos debonificación y por las causas de denegación señalados enel citado anexo II.

... Quinto.—Notificar a los interesados, en tiempo y forma,la presente resolución, indicándoles que este acto pone fina la vía administrativa y que contra el mismo cabe interponerrecurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Con-tencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia delPrincipado de Asturias en el plazo de dos meses, contadosdesde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio dela posibilidad de previa interposición del recurso potestativode reposición ante el Consejero de Industria y Empleo enel plazo de un mes, contado desde el día siguiente al desu notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos,conforme a lo establecido en el art. 28 de la Ley del Principadode Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídicode la Administración del Principado de Asturias, y en el artí-culo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, y sin perjuicio de que los interesadospuedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

ANEXO I.—RELACION DE EXPEDIENTES CONCEDIDOS TOTAL O PARCIALMENTE

N.º EXPTE. NIF APELLIDOS Y NOMBRE CONCESION MESES CONCEDIDOS SUBVENCION PROPUESTA

PU/0085/06 09394879T GARCIA FERNANDEZ, MARIA ANGELES PARCIAL 2 Y 3 DE 2006 183,68 EUROS

ANEXO II.—RELACION DE EXPEDIENTES DENEGADOS TOTAL O PARCIALMENTE

N.º EXPTE. NIF APELLIDOS Y NOMBRE DENEGACION MESES DENEGADOS MOTIVO DE DENEGACION

PU/0085/06 09394879T GARCIA FERNANDEZ, MARIA ANGELES PARCIAL 4 DE 2006 BASE 2.ª: ESTA SUBVENCION CONSISTIRA EN EL ABONO DEL

50% DE LA CUOTA AL REGIMEN CORRESPONDIENTE A LA

SEGURIDAD SOCIAL COMO TRABAJADOR AUTONOMO...

DURANTE EL TIEMPO QUE SE HUBIERA PERCIBIDO LA

PRESTACION POR DESEMPLEO DE NO HABERSE PERCIBIDO

EN SU MODALIDAD DE PAGO UNICO

Se le comunica que para el conocimiento íntegro de este acto y constancia del mismo, puede comparecer en las dependenciasdel Servicio de Fomento del Autoempleo y de la Economía Social de la Consejería de Industria y Empleo, calle Santa Susana,29, Oviedo.

Oviedo, a 24 de octubre de 2006.—La Secretaria General Técnica.—17.753(2).

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21–XI–2006 22461BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

III. Administración del Estado

DEMARCACION DE CARRETERAS DEL ESTADOEN ASTURIAS

AnuncioPago de los depósitos previos y/o las indemnizaciones por los

perjuicios derivados de la rápida ocupación

Obras: Modificación n.º 2 del proyecto: Autovía del Can-tábrico. CN-634 de San Sebastián a Santiago de Compostela.Tramo: Variante de Navia.Clave: 12-O-4110.Términos municipales de Navia y Coaña.Provincia de Asturias.

Con el fin de dar cumplimiento a lo estipulado el artículo58.1 del Reglamento de Expropiación Forzosa de 26 de abrilde 1957 (REF), antes de proceder a la consignación de lascantidades fijadas en concepto de depósito previo a la ocu-pación, esta Demarcación de Carreteras del Estado resuelveofrecer a todos aquellos expropiados que hayan acreditadosuficientemente su titularidad antes del día 10 de noviembrede 2006, la posibilidad de percibirlas, señalando a tal efectola/s siguiente/s fecha/s y lugar/es:

T. municipal Lugar Fecha

Navia Ayuntamiento de Navia 30 de noviembre de 2006(a las 11.00 horas)

Coaña Ayuntamiento de Coaña 30 de noviembre de 2006(a las 11.30 horas)

En el mismo momento, y con el mismo requisito legi-timador, se entregarán también a quienes lo requieran lascorrespondientes indemnizaciones por los perjuicios deriva-dos de la rápida ocupación, y, en su caso, se procederá igual-mente al ofrecimiento de las compensaciones por ocupacióntemporal.

Se advierte a los interesados que, conforme establece elartículo 52.6ª de la vigente Ley de Expropiación Forzosa de16 de diciembre de 1954, una vez pagados o consignadoslos depósitos previos e indemnizaciones, esta Administraciónexpropiante procederá a la inmediata ocupación de los bienesy derechos afectados; formalizando la toma de posesión delos mismos mediante el otorgamiento de las oportunas actasde ocupación.

Relación de titulares

Término municipal Finca Titular/es

NAVIA 2073 FRANCISCO INFANZON PEREZM.ª ROSARIO FERNANDEZ ARSUAGA

COAÑA 2192 M.ª DOLORES LOMBARDERO SORDO

Oviedo, 13 de noviembre de 2006.—El Ingeniero Jefede la Demarcación.—18.692.

SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

Al haber sido devueltas por el servicio de Correos lasresoluciones sobre la solicitud de abono de la prestación pordesempleo en su modalidad de pago único, se hace públicoel contenido de dicha resolución cuyo extracto se indica enanexo.

Lo que se notifica a los interesados, advirtiéndoles ademásque tienen un plazo de 30 días, a contar desde el siguientea la notificación, para interponer, ante esta Dirección Pro-vincial, reclamación previa a la vía jurisdiccional social.

El texto íntegro de esta Resolución se encuentra a dis-posición del interesado en la Sección de Control del ServicioPúblico de Empleo Estatal, c/ José Mª Martínez Cachero,17-21, de Oviedo.

Lo que se publica a los efectos de los artículos 58, 59.4y 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26de noviembre de 1992.

Oviedo, 2 de noviembre de 2006.—El Subdirector Pro-vincial de Prestaciones.—18.045.

Anexo

DNI: 10.897.039 FLocalidad: Gijón.Titular: Granda Velasco, Mónica.Motivo: Días pendientes de percibir: 670.

Preceptos legales:

Art. 228, ap 3, RD 1/94, de 20 de junio

Art. 3.2, RD 1044/85, de 19 de junio.

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21–XI–200622462 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

IV. Administración Local

AYUNTAMIENTOS

DE ALLER

Anuncio de concurso

Resolución del Ayuntamiento de Aller por la que se convocaconcurso para la explotación del Albergue Turístico-Aula de

la Naturaleza de Felechosa

1.—Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Ayuntamiento de Aller.b) Dependencia que tramita el expediente: Unidad de

Contratación.

2.—Objeto del contrato:

a) Descripción: Explotación del Albergue Turístico-Aulade la Naturaleza de Felechosa.

b) Plazo de duración: Cuatro años desde la firma delcontrato.

3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.

4.—Presupuesto base de licitación:El precio o canon anual, que se ha de abonar, se fijaen la cantidad de 5.000 euros para el primer año, y podráser mejorado al alza por el licitador adjudicatario en laoferta económica, actualizándose sucesivamente en lossiguientes años en función del IPC.

5.—Garantías:a) Provisional: 200 euros.b) Definitiva: 3.000 euros.

6.—Obtención de documentación e información:a) Entidad: Ayuntamiento de Aller.b) Domicilio: Avda. Constitución, n.º 1.c) Localidad y código postal: Cabañaquinta-33686.d) Teléfono: 985 49 40 00.e) Telefax: 985 49 51 21.f) Página Web: www.ayto-aller.es.g) Fecha límite de obtención de documentos e informa-

ción: Hasta el día hábil anterior a aquél en que termineel plazo de presentación de proposiciones.

7.—Requisitos específicos del contratista:Están facultados para contratar las personas naturaleso jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plenacapacidad de obrar y no estén incursos en ninguna delas prohibiciones del artículo 20 del texto refundido dela Ley de Contratos de las Administraciones Públicas,y acrediten mediante los medios y criterios que se indicanseguidamente de entre los que establecen los artículos16 y 19 de la citada Ley, las siguiente solvencia econó-mico-financiera, técnica o profesional necesaria para laejecución del contrato.

a) Solvencia económica y financiera: Informe de insti-tuciones financieras o, en su caso, justificante de laexistencia de un seguro de indemnización por riesgosprofesionales.

b) Solvencia técnica: Una relación de los principales ser-vicios o trabajos realizados en los últimos tres añosque incluya importe, fechas y beneficiarios públicoso privados.

8.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de par-ticipación:a) Fecha límite de presentación: El decimoquinto día

natural siguiente a la publicación de este anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

b) Documentación que integrará las ofertas: La estable-cida en el pliego de condiciones.

c) Lugar de presentación: Registro General del Ayun-tamiento de Aller, desde las 9.00 a las 14.00 horas.Avda. Constitución, n.º 1, Cabañaquinta, CP: 33686.

9.—Apertura de las ofertas:a) Entidad: Ayuntamiento de Aller.b) Domicilio: Avda. Constitución, n.º 1.c) Localidad: Cabañaquinta.d) Fecha: Quinto día hábil siguiente a aquel en que ter-

mine el plazo de presentación de proposiciones, noconsiderándose hábil, a estos efectos, los sábados.

10.—Gastos de anuncios:A cuenta del adjudicatario.

11.—Pliego de cláusulas administrativas:Podrá obtenerse en los términos señalados en el apartado6.º anterior. Podrán presentar reclamaciones al mismodurante el plazo de 4 días desde la publicación de esteanuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

Cabañaquinta, a 2 de noviembre de 2006.—El Alcal-de.—18.521.

DE CARREÑO

AnuncioPor Resolución de la Alcaldía de 7 de noviembre de 2006,

se aprobó el padrón municipal de las tasas por la prestacióndel servicio y utilización del mercado municipal correspon-diente al mes de noviembre de 2006, por importe de qui-nientos setenta y nueve con noventa y cuatro euros (579,94euros).

El plazo de ingreso, en período voluntario, será el com-prendido entre los días 1 de diciembre y el 31 de enero,debiendo efectuarse el mismo en las Oficinas de Recaudación,sitas en la Casa Consistorial, en horario comprendido entrelas 9.00 horas y las 13 horas.

Transcurrido el período voluntario de cobranza, las deu-das serán exigidas por el procedimiento de apremio y deven-garán recargo ejecutivo del 5%, si el ingreso se produce antes

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21–XI–2006 22463BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

de la notificación de la providencia de apremio, el 10% derecargo de apremio reducido si el ingreso se produce antesde la finalización del plazo previsto en el art. 62 de la Ley58/2003, General Tributaria, y el 20% de recargo de apremioordinario cuando no concurran ninguna de las circunstanciasanteriores. Este último recargo es compatible con los interesesde demora devengados desde el inicio del período ejecutiva.

Conforme a lo establecido en el art. 14.2 del Real Decretolegislativo 2/2004, texto refundido de la Ley reguladora delas Haciendas Locales, contra el acto de aprobación delpadrón y, las liquidaciones incorporadas al mismo, se podráinterponer recurso de reposición, ante el Sr. Alcalde, dentrodel plazo de un mes contado desde el siguiente al de fina-lización del período de exposición pública del mencionadopadrón.

Candás, a 7 de noviembre de 2006.—El Alcalde.—18.525.

DE GIJON

SECCION DE CONTRATACION

Resolución del Ayuntamiento de Gijón por la que se anunciasubasta, por el procedimiento restringido, para la enajenaciónde una parcela de propiedad municipal, sita en el Polígono

Industrial de Mora Garay. Referencia: 018778/2006

1.—Entidad adjudicataria:

a) Organismo: Ayuntamiento de Gijón.b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de

Contratación.

2.—Objeto del contrato:

Descripción del objeto: Enajenación de una parcela depropiedad municipal, sita en el Polígono Industrial deMora Garay.

3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Restringido.c) Forma: Subasta.

4.—Presupuesto base de licitación:

Al alza: 457.424,00 euros, más IVA

5.—Garantías:

a) Provisional: 10.612,24 euros, IVA incluido.b) Definitiva: 4% del precio de adjudicación, IVA

incluido.

6.—Obtención de documentación:

a) Entidad: Ayuntamiento de Gijón.

— Domicilio: Calle Cabrales, n.º 2 (edificio administra-tivo de la “Antigua Pescadería Municipal”). Serviciode Atención al Ciudadano. Sección de Atención Direc-ta al Ciudadano.

— Localidad y código postal: Gijón-33201.— Teléfono: 985 18 11 29.— Telefax: 985 18 11 82.

b) Página web del Ayuntamiento de Gijón, dirección:

— http://www.gijon.es.

7.—Presentación de las solicitudes de participación:

a) Fecha límite de presentación: El décimo día siguientea la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias.

b) Documentación a presentar: La exigida en los artículos5.º, 6.º y 7.º del pliego de cláusulas administrativasparticulares.

c) Lugar de presentación:

1. Entidad: Ayuntamiento de Gijón. Registro Gene-ral.

2. Domicilio: Calle Cabrales, 2.3. Localidad y código postal: Gijón-33201.

8.—Apertura de las ofertas:

a) Lugar: Salón de actos del edificio administrativo “An-tigua Pescadería Municipal”, calle Cabrales, 2, deGijón.

b) Fecha: Las empresas seleccionadas presentarán, den-tro del plazo de quince días naturales contados a partirde la fecha del envío de la invitación, sus proposicioneseconómicas. La apertura de proposiciones será públicay se efectuará, por la Mesa de Contratación, el primermartes o jueves hábil siguiente a aquel en que finaliceel plazo señalado en la invitación para la presentaciónde proposiciones.

9.—Gastos de anuncios:

Los gastos de anuncios serán por cuenta del adjudicatario.

Gijón, 10 de noviembre de 2006.—La Alcaldesa.—18.530.

— • —

SERVICIO ADMINISTRATIVO DE URBANISMO

SECCIÓN DE GESTIÓN Y PLANEAMIENTO

Asunto: Estudio de detalle de la UA 100E (Calle Rocafort ypaseo del Doctor Fleming) (028976/2006)

La Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 31 deoctubre de 2006, acordó aprobar inicialmente el proyectocitado, promovido por ABI SANPER SL.

De conformidad con lo establecido en el art. 92 del textorefundido de las disposiciones legales vigentes en materiade ordenación del territorio y urbanismo (Decreto legislativo1/2004, de 22 de abril), el expediente de razón se sometea información pública por plazo de un mes, a contar desdeel día siguiente al de la publicación de este anuncio en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, quedandoel expediente en el Servicio de Atención al Ciudadano (Edi-ficio Administrativo Antigua Pescadería Municipal) de esteAyuntamiento, en horario de lunes a viernes de 9 a 17 ysábados de 9 a 13 horas (julio y agosto: de lunes a sábado,en horario de 9 a 14 horas), para que durante el expresadoplazo cualquier persona que así lo desee pueda examinarla,y, en su caso, presentar por escrito las alegaciones que estimepertinentes.

Gijón, a 3 de noviembre de 2006.—El Concejal Delegadode Urbanismo e Infraestructuras.—18.528.

DE LANGREO

Edicto

Asunto: Modificación del estudio de detalle en el “Ganzábal”

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 24 denoviembre de 2005 aprobó definitivamente el estudio de deta-lle del área del “Ganzábal”, presentado por “Construcciones

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21–XI–200622464 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Saica, S.L.” el cual había sido sometido a información públicaen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de3 de septiembre pasado.

Posteriormente, surgió la necesidad de habilitar una zonaútil para la conservación y mantenimiento de las edificaciones,por lo que ha sido necesario proceder a su modificación,siendo aprobada inicialmente por acuerdo de la Junta deGobierno Local de 7 de los corrientes.

Visto el artículo 92 de la Ley del Suelo de Asturias en relacióncon el 101.1 de la misma, se somete a información públicapor plazo de un mes a efecto de reclamaciones.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Langreo, 8 de noviembre de 2006.—El Alcalde en fun-ciones.—18.534.

DE LLANES

AnuncioEn el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias

número 289, de 16 de diciembre de 2005, se publicó anuncioreferente al acuerdo del Pleno de la Corporación, de fecha10 de noviembre de 2005, por el que se aprobaba defini-tivamente el “Plan Parcial del área industrial de Piñeres dePría”. Como subsanación de la publicación del anuncio y,a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo97 del Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el quese aprueba el texto refundido de las disposiciones legalesvigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo,se procede a la publicación de las ordenanzas del Plan Parcial.

Llanes, a 7 de noviembre de 2006.—La Alcalde-sa.—18.353.

Anexo

10.—Ordenanzas.

10.1.—normativa.

CAPITULO I. CUESTIONES GENERALES

Artículo 1.—Naturaleza, fundamento y ámbito.

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 TRO-TUAS y con carácter supletorio y 13 y 49 de la LS 76, seredactan estas ordenanzas, que regulan los usos de los terre-nos del Plan Parcial Industrial de Piñeres, en cuanto a destinode suelo, condiciones de uso, tanto industrial como de sis-temas complementarios, volúmenes, condiciones higiénicasy estéticas de la edificación.

2. El Plan Parcial, como planeamiento de ejecución, esta-ría integrado en suelo clasificado y calificado por el vigentePGOU del Concejo de Llanes como Suelo Urbanizable Nosectorizado.

3. El ámbito territorial del Plan Parcial, cuya delimitaciónfigura en los planos correspondientes, es de 89.770,92 m2

aproximadamente. El área industrial objeto de este trabajose sitúa en la localidad llanisca de Piñeres, más concretamenteen la zona conocida por “La Venta de Piñeres”, extremoOeste del concejo. Estaría bordeado al Norte la mencionadacarretera comarcal AS-263. Ribadesella-Llanes, así como unapequeña bolsa clasificada como Suelo No Urbanizable deNúcleo Rural por el PGOU de Llanes. Todos los demás flan-cos lindan con Suelo No Urbanizable de Interés Agrario.

Artículo 2.—Obligatoriedad de su cumplimiento.

1. Tanto estas ordenanzas (que han de ser objeto de publi-cación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias,de conformidad con el artículo 97 de la TROTUAS, nor-

mativa de régimen local y específica al efecto, a la que seremite la legislación general urbanística, representada esen-cialmente por el artículo 70.2 de la LRBRL), como el restode los documentos que constituyen el plan especial, obliganpor igual en el desarrollo del suelo que regulan.

2. El plan tiene vigencia indefinida de acuerdo con elartículo 98 de la TROTUAS, y sus disposiciones estarán sub-sistentes en tanto no sean modificadas o sustituidas, siguiendolos trámites que, a tal efecto, determina la normativa urba-nística, y en cualquier caso, hasta la aprobación definitivadel documento que las sustituya.

Artículo 3.—Criterios de interpretación.

1. Los documentos que integran el Plan Parcial deberáncontemplarse de acuerdo a los fines, criterios y objetivos reco-gidos en la memoria. En caso de que se necesiten criteriosinterpretativos que no figurasen en este documento, y queestuvieran desarrollados en Plan General de OrdenaciónUrbana de Llanes, estas últimas se considerarán parte inte-grante del documento.

2. Las representaciones en planos de viarios y zonifica-ciones son vinculantes y de aplicación directa, con indepen-dencia de que, en ciertos casos, deban mediar los corres-pondientes procesos de gestión.

3. Las dudas interpretativas habrán de resolverse:

a) En casos de discrepancia aparente entre distintos docu-mentos, salvo casos evidentes de error, se estará alo siguiente:

— Prioridad de los documentos normativos sobre losplanos.

— Prioridad de las representaciones grafiadas de deli-mitaciones de áreas de planeamiento respecto a susdescripciones escritas.

— Prioridad de las cotas sobre las líneas en los planos.— Prioridad de los planos a menor escala con relación

a los de mayor escala y del plano específico del temade que se trate.

b) En casos de duda, imprecisión o ausencia de deter-minaciones se estará:

— A la solución más favorable a la menor edificabilidady a la mayor dotación de equipamientos comunitarios.

— La de menor coste, dentro de los equivalentes.

Artículo 4.—Conocimiento obligado de estas ordenanzas.

Todo ejecutor de nave industrial, titular de suelo o terre-nos responsable de la misma, por el sólo hecho de firmaruna solicitud de obras en el área del Plan Parcial, declaraconocer las condiciones que se exigen en las ordenanzas, acep-tando las responsabilidades que se deriven de su correctaaplicación.

Artículo 5.—Normativa de rango superior.

1. Para aquellos aspectos no regulados, o citados espe-cíficamente por estas ordenanzas, será de aplicación lo dis-puesto en la normativa general urbanística y las determi-naciones generales del vigente PGOU.

2. En todo caso, se trata de una cuestión diferenciadade la expresada en el artículo 3.1, que se refiere a criteriosinterpretativos de la normativa y no a la propia normativacomplementaria, como es el caso.

Artículo 6.—Disposiciones generales.

1. Serán de aplicación, no sólo como normativa general,sino como concreción específica de estas ordenanzas, lasdeterminaciones generales que hayan entrado en vigor paraeste tipo de actuaciones incluida el TROTUAS y aquellas

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21–XI–2006 22465BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

otras que continúen vigentes de la Ley 6/1998, TRLS y LS76 y disposiciones concordantes y complementarias, y queno necesiten de la propia adaptación del vigente PGOU deLlanes.

2. A los efectos de la determinación de los plazos relativosa los deberes de cesión, equidistribución y urbanización, seestará exclusivamente a lo dispuesto en el presente planea-miento. Todo ello de conformidad con los artículos 4 y 18de la Ley 6/1998, de 13 de abril, y 66 TROTUAS.

3. El plazo máximo para solicitar la licencia de edificación,siempre y cuando la parcela ya sea solar, se establece enlos términos derivados del presente plan, según los artículos18 de la Ley 6/1998 de referencia y 66 TROTUAS. En todocaso, será preferente la que resulte de las condiciones queal efecto se determinen para los adquirentes de parcelas enel correspondiente contrato de compraventa, siempre quese incluyese cláusulas al efecto, así como las derivadas delejercicio de los derechos de tanteo y retracto de la Ley 2/91LSPA y Legislación Civil.

CAPITULO II. REGIMEN URBANISTICO DEL SUELO Y DESARRO-LLO DEL PLAN ESPECIAL

Artículo 7.—Régimen urbanístico del suelo.

Será el establecido para el desarrollo particularizado delas superficies que se contienen por esta normativa, dentrode las determinaciones propias del suelo urbanizable deli-mitado al que se equipara de acuerdo con la TROTUAS.A ejecutar, en este caso, mediante Plan Parcial, de confor-midad con lo dispuesto en el artículo 62 TROTUAS.

Artículo 8.—Sistema de actuación.

1. El sistema de actuación será, en aplicación de lo dis-puesto en los artículos 153, 154, 182 y siguientes TROTUAS,y legislación plena y básica de la Ley 6/98 y, con caráctersupletorio, 171 y siguientes de la LS 76, y en su desarrolloel Reglamento de Gestión, el de expropiación, a efectuarpor el Ayuntamiento de Llanes según el procedimiento detasación conjunta. Este se desarrollará de conformidad conel procedimiento regulado, sin perjuicio de los acuerdos quese produzcan relativos al justiprecio en la adquisición de suelo.

2. La determinación anterior actuará sin perjuicio de otrasmodalidades de adquisición de los terrenos incluidos en elámbito del Plan Parcial.

De todo lo anterior, se infiere que la determinación delsistema de actuación por expropiación, por el presente PlanEspecial, podría servir de hecho para la fijación de un sistemapúblico, si todo él ya fuera de titularidad municipal en elmomento del procedimiento de ejecución o, en caso contrario,para la culminación de la actuación.

3. Para el desarrollo posterior del área podría hacerseuso de las formas de gestión reconocidas por la legislacióngeneral administrativa y que resulten más adecuadas a losfines de la urbanización e instalación de industrias previstaspor el planeamiento, y Real Decreto 1093/97, de 4 de julio.

Artículo 9.—Delimitación de unidad de ejecución y necesidadde integración de entidad de conservación.

1. Se delimita el espacio objeto de ordenación por el pre-sente planeamiento como una sola unidad o polígono de eje-cución, tal como posibilitan los artículos 148.2 y 150 TRO-TUAS y 38 del Reglamento de Gestión.

2. a) Se establece, con carácter preceptivo, de conformidadcon los artículos 196 TROTUAS, 25 y 67 a 70 del Reglamentode Gestión, la necesidad de constitución de una entidad urba-nística de conservación, a la que correspondería el deber deconservación de las obras de urbanización, salvo que el Ayun-

tamiento de Llanes acuerde el mantenimiento directo de laactuación, sin perjuicio de las repercusiones que procedana los titulares adquirentes de suelo.

b) La constitución de la citada entidad habría de efectuarsenecesariamente una vez culminada la urbanización y recibidala misma por la Administración actuante, en este caso, elAyuntamiento de Llanes. Habrán de pertenecer a la mismatodos los propietarios de parcelas de resultado. Las circuns-tancias, régimen y características de la entidad se habrán dedeterminar en los correspondientes estatutos y bases, si biense indica, como criterio genérico, que la participación en losgastos de mantenimiento, habría de serlo en proporción ala superficie de la parcela y a la edificación existente, pon-derándose genéricamente la proporción de ambos conceptosmitad por mitad, sin perjuicio de las precisiones que se con-tengan en el documento de gestión y de los criterios expre-sados en otros apartados del presente planeamiento.

Artículo 10.—Ejecución del planeamiento.

Para la ejecución del presente planeamiento se exigirá,de conformidad con los artículos 147, 148 y 159 de la TRO-TUAS y 67 y 70 el Reglamento de Planeamiento, la tra-mitación y aprobación del correspondiente proyecto de urba-nización, a realizar de conformidad con la normativa urba-nística vigente.

Artículo 11.—Contenido y documentación.

1. El contenido y documentación se adecuará a las pres-cripciones propias de los Planes Parciales que determinanlos artículos 66 TROTUAS y 57 del Reglamento de Pla-neamiento. En su consecuencia, la documentación del PlanEspecial estará formada por:

I. MEMORIA Y ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS.

II. PLAN DE ETAPAS: Incluye los plazos para dar cumpli-miento a los deberes de cesión y urbanización de la únicaunidad de ejecución del Plan Especial, que se conforma deetapa única.

III. FIJACION DEL SISTEMA DE ACTUACION: Por expropia-ción, a desarrollar en la modalidad de tasación conjunta, con-tenido en el planeamiento, de conformidad con el artículo154 TROTUAS.

IV. DIVISION DE UNIDADES DE EJECUCION: Es decir queel planeamiento incluye la delimitación de la unidad de acuer-do con los artículos 151 TROTUAS y 38 del Reglamentode Gestión.

V. IMPLANTACION DE LOS SERVICIOS, de conformidad conlos artículos 66 TROTUAS y concordantes del Reglamentode Planeamiento que se refiere a las características y trazadode las galerías y redes de abastecimiento de agua y alcan-tarillado, energía eléctrica y aquellos otros servicios que pre-vea el Plan. Los servicios exteriores exigidos por los artículos62 f) TROTUAS y 18.3 de la Ley 6/98 figuran en proce-dimiento específico.

VI. ESTUDIO ECONOMICO FINANCIERO que incluye la eva-luación económica de la implantación de los servicios y dela ejecución de las obras de urbanización y el coste de expro-piación, sin perjuicio de la relación y la complementariedaddel proyecto de expropiación a efectos de la valoración delas fincas a expropiar.

VII. ORDENANZAS REGULADORAS VIII. PLANOS DE INFOR-MACION (incluido el plano Catastral).

IX. PLANOS DE PROYECTO.

X. RELACION DE PROPIETARIOS Y DESCRIPCION DE BIENESY DERECHOS, que se incluye dado que se fijan las unidadesde ejecución y se desarrolla el Plan por el sistema de expro-

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21–XI–200622466 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

piación, de conformidad con los artículos 184 TROTUASy 199 del Reglamento de Gestión y en los términos que alefecto se exigen en la legislación de expropiación forzosa.

2. Todos estos documentos constituyen parte indisolublepara la interpretación del Plan Parcial, con las particulari-dades señaladas en el artículo 3 de estas ordenanzas regu-ladoras.

CAPITULO III.—REGIMEN DEL SUELO Y DE LOS USOS

Sección primera: ZONAS DE ORDENANZA

Artículo 12.—Ambito y aplicación.

1. La aplicación de las presentes normas será obligatoriaen la totalidad del ámbito correspondiente al Plan Parcial.

2. Sus disposiciones estarán vigentes en tanto no seanmodificadas o sustituidas, siguiendo los trámites que, a talefecto, determina la Ley del Suelo y en cualquier caso hastala aprobación definitiva del documento que la sustituya.

Artículo 13.—Zonas de ordenanza.

1. El Plan Parcial regula a través de las distintas zonasde ordenanza las distintas condiciones de edificación, usos,parámetros y tipologías de la ordenación que se atribuyena cada una de ellas.

2. La división en zonas que coincide con las calificacionesse establece a partir de la clara diferencia entre espacio des-tinado a albergar edificaciones industriales y los otros usos.

3. Dentro de la superficie correspondiente al Plan Parcialse distinguen las siguientes subzonas o calificaciones:

A. Parcela Industrial.

B. Sistema de espacios libres de dominio y uso público:— Jardines y zona verde.

C. Servicio de interés público y social:— Parque deportivo— Equipamiento social— Equipamiento comercial

D. Viario:— Red viaria— Aparcamiento en superficie.

2. Se regulan a continuación los usos y condiciones deedificabilidad de las subzonas o calificaciones enumeradas.

Sección segunda: ZONA DE PARCELA INDUSTRIAL

Artículo 14.—Definición.

1. En esta ordenanza se recogen las prescripciones parala implantación prevista por esta zona, que se ajusta al modelomás habitual: La industria pequeña o mediana, que a dife-rencia de la gran industria que opera en forma de complejoautónomo con sus propias comunicaciones, se caracteriza porla convivencia de diversas empresas e instalaciones con supropio funcionamiento independiente y alojados en sus res-pectivas parcelas con viarios exteriores de acceso y circulación,siendo lo habitual que cada industria conste de una sola naveo instalación o, en todo caso, locales distribuidos dentro deun esquema sencillo de relaciones.

2. Se considera como mediana industria la que se desarro-lla en parcela de 2.000 y 5.000 metros cuadrados y comopequeña industria la que se sitúa sobre parcelas inferioresa los 2.000 metros cuadrados.

3. Se admite en el ámbito la presencia simultánea deambos tipos de industria. En cualquier caso la morfologíadel Plan Parcial ya establece, en principio, las parcelas resul-tantes y por consiguiente la naturaleza de la industria que

en ellas se ubicará, sin prejuicio de que se autoricen agru-paciones o divisiones parcelarias siempre que cumplan lascondiciones de parcela y frente mínimo, así como todas aque-llas que les sean de aplicación recogidas en estas normaso en su defecto en el PGOU de Llanes.

4. Los usos posibles y compatibles son los establecidospor el PGOU de Llanes para la zonificación de IndustriaCompatible (IC).

5. Como criterio o determinación general, caben única-mente los usos y actividades industriales, comerciales y losalmacenes, no calificados como industrias molestas, insalubre,nocivas y peligrosas o que, dentro de esta calificación, puedanobtener las medidas correctoras que a juicio de la Consejeríade Medio Ambiente garanticen su compatibilidad en el ámbi-to de un sector o polígono industrial y en el espacio específicodonde se ubicasen.

6. Las industrias deberán justificar respecto a los vertidosa la red de alcantarillado el cumplimiento de la normativageneral preceptiva.

7. Las actividades clasificadas como insalubres o nocivas,y con las exigencias antes expresadas, deberán someter a laconsideración del Ayuntamiento de Llanes o, en su caso,del organismo regional de Medio Ambiente, un estudio jus-tificativo del grado de toxicidad de las aguas residuales, afin de que pueda ser autorizado un vertido directo a la depu-radora de evacuación. En el caso de que las aguas del efluenteno reunieran las condiciones exigidas para su vertido a lared será obligación del usuario de la industria correspon-diente, la depuración de dicho efluente, mediante sistemasadecuados a las características de los residuos industrialesa evacuar.

Parámetro/unidad C.H.N.E.

PH 5,5 - 9,5Sólid. suspe. (mg/l) 80Materia sediment. (mg/l) 0,5Sólidos gruesos AusentesD.B.O.5 (mg/l) 40D.Q.O. (mg/l) 160Temperatura (oC) 3o

Color 1/20Aluminio (mg/l) 1Arsénico (mg/l) 0,5Bario (mg/l) 20Boro (mg/l) 2Cádmio (mg/l) 0,1Cromo III (mg/l) 2Cromo IV (mg/l) 0,2Hierro (mg/l) 2Manganeso (mg/l) 2Níquel (mg/l) 2Mercurio (mg/l) 0,05Plomo (mg/l) 0,2Selenio (mg/l) 0,03Estaño (mg/l) 10Cobre (mg/l) 0,2Zinc (mg/l) 3Cianuros (mg/l) 0,5Cloruros (mg/l) 2.000Sulfuros (mg/l) 1Sulfitos (mg/l) 1Sulfatos (mg/l) 2.000Fluoruros (mg/l) 6Fósforo total (mg/l) 10Amoniaco (mg/l) 15Nitrógeno nítrico (mg/l) 10Nitrógeno total (mg/l) --

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21–XI–2006 22467BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Parámetro/unidad C.H.N.E.

Aceites y grasas (mg/l) 20Fenoles (mg/l) 0,5Aldehídos (mg/l) 1Detergentes (mg/l) 2Pesticidas (mg/l) 0,05Plata (mg/l) --Cloro libre --Sulfuro libre (mg/l) --Dióxido azufre (mg/l) --Metales no férricos (mg/l) --

Estos datos proceden de la tabla 3 valor límite de lastablas de los parámetros característicos, que se deben con-siderar como mínimos, en la estimación del tratamiento delvertido, del R.D. 849/1986, de 11 de abril, y que serían sus-tituidos, completados o modificados, por aquellas determi-naciones medioambientales posteriores que incidan sobre loselementos antes expresados o sobre aquellos otros que seincluyan.

8. Queda prohibido expresamente el vertido a la red públi-ca de saneamiento de aceites y grasas, mezclas explosivas,elementos que puedan provocar atascamientos, desechosradiactivos, productos tóxicos y materiales corrosivos.

Artículo 15.—Aprovechamiento.

1. La superficie edificable máxima será de 0,65 metroscuadrados de superficie construida de edificación por cadametro cuadrado sobre parcela bruta de la ordenación resul-tante.

2. En la cifra de aprovechamiento anteriormente citada,se incluyen todos los usos edificables, sin distinción de suposición respecto a la rasante (altillos) y no se contabilizan,por el contrario, los no habitables ni practicables cuando seandiferenciables. De acuerdo con el art. 10.40 (condiciones devolumetría) del PGOU de Llanes, y mientras las mismas esténvigentes, las edificaciones auxiliares no superarán el 5% dela superficie neta de la parcela, con una superficie máximade 50 m2, computando ambos parámetros al 50%. El excesosobre estas cantidades computará al 100%.

Artículo 16.—Ocupación máxima de la parcela.

Será como máximo del 60% en todas las parcelas. Encualquier caso se tomara la cifra más restrictiva entre el 60%de la superficie de parcela y el área de movimiento máximoseñalado en cada una de ellas sobre el plano 0401PP09 “De-finición geométrica: Parcelas cotas y altimetrías” que tendrácarácter vinculante.

Artículo 17.—Disposición de las edificaciones.

1. La disposición de las edificaciones es del tipo deno-minado de emplazamiento variable. Respetándose en todocaso el área de movimiento señalado en planos, ajustándosea éste, cuando su disposición sea más restrictiva de las acontinuación enumeradas.

2. Ninguna edificación se colocará a menos de 5 m delos viales, y como mínimo a 3 m de la alineación entre parcelaspudiendo reducirse a 2 m siempre y cuando no existan lucesrectas. Cabría incluso la posibilidad de edificar adosado segúnlo señalado en planos, cuando exista compromiso documen-tado entre los propietarios o lo determine el titular inicialde las parcelas colindantes. En tales casos de adosamientoesta carga sobre las parcelas debería inscribirse en el Registrode la Propiedad.

3. Las edificaciones se situarán como mínimo a 10 metrosde la arista más próxima de la calzada de la carretera comarcalAS 236.

4. Los locales habitables dentro de esta ordenanza se dife-renciarán, por su tratamiento, en dos modelos diferentes:

• Locales con disposición y altura de techos del tipo depiso o espacio entre forjados horizontales.

• Locales con disposición de nave o del tipo de piso entreforjados pero con gran altura de techos (alrededor de4 metros o más). Son los propiamente característicosde las naves industriales. Estos locales deberán obteneriluminación y ventilación en términos proporcionalescon lo requerido por la legislación de “Higiene y Segu-ridad en el Trabajo” y con la naturaleza y requerimientodel proceso concreto que en el local se realice.

Cada tipo de producción precisa unos niveles de ilumi-nación y unos ritmos de renovación del aire diferentes y esen función de ellos como debe justificarse lo que se proyectaen cada caso.

5. La altura máxima a la cara inferior de alero será de10 metros. En esta altura se incluye una planta de uso indus-trial sobre la que se podría levantar otra planta destinadaal uso de oficinas.

La altura máxima de la cumbrera será de 12 m.

6. Serán elementos permitidos por encima de la alturamáxima de la edificación, rótulos vinculados a la industria,chimeneas de ventilación y similares y, en general, cualquierinstalación específica derivada de la actividad y característicasparticulares de la industria de la que se trate y que sea ade-cuadamente justificada en el proyecto correspondiente.

7. El espacio libre resultante de las parcelas podrá des-tinarse a jardines, aparcamiento en superficie, muelle de cargay descarga, casetas de portería o instalaciones de depósitode combustible, punto limpio, depuración o saneamiento, etc.,al servicio de la propiedad industrial.

Artículo 18.—Parcelación, agrupación y modalidad de orde-nación resultante.

1. Las parcelas que figuran en los correspondientes planosde ordenación responden al modelo que puede ser deno-minado industria exenta, sin perjuicio de que en diversossupuestos y con el cumplimiento de la normativa pueda lle-garse a soluciones de industria adosada.

2. Se permite la agrupación de la parcelas o parte delas mismas que figuran en la parcelación indicativa del Plan,para formar una de mayor dimensión que se computará enton-ces como parcela única, que no exime del cumplimiento dela normativa de referencia, según la modalidad de parcelaresultante. La modificación de la parcelación propuesta debe-rá respetar las condiciones anteriormente señaladas.

3. La superficie mínima a efectos de parcelación y edi-ficación se fija en 500 m2. En todo caso, en cada parceladeberá contarse con una fachada a viario de 15 o más metroso sus características geométricas permitirán inscribir en suinterior una circunferencia de diámetro mayor o igual a 15metros.

4. No se podrán agrupar más de cuatro parcelas, salvomodificación de planeamiento. En el caso de agrupación de,al menos, tres parcelas, se redactará un estudio de detalle,excepción hecha de que cumpliendo las restantes condiciones,el retranqueo mínimo de la edificación sea 3 m a linderoslaterales y 5 a viales.

5. El estudio de detalle que se menciona en el apartadoanterior, referido a agrupación de tres parcelas, podrá fijarlos niveles de alineación interior, respetando los criterios yla tipología del Plan Parcial, así como condiciones de retran-queo, ocupación máxima y edificabilidad y sin exceder enningún caso el retiro a viales del área de movimiento señaladosobre las parcelas originales, si bien podría integrar soluciones

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mixtas de ordenación industrial, incluida la industria nido,que debe ser regulada en el propio documento del estudiode detalle, dentro de los parámetros de estas normas.

6. El viario público tiene por objeto el acceso a las parcelaso a las agrupaciones de las mismas, pues de otro modo, resul-taría una red desproporcionada en extensión. El viario, decarácter potestativo y complementario, para dar acceso a lasparcelas menores dentro de las agrupaciones tendrá carácterprivado y será de propiedad mancomunada de todas las par-celas que por él tomen acceso y la proporción de superficieque a cada una de las parcelas corresponde dentro de esteviario privado tendrá la consideración de parcela neta a efec-tos del cómputo del aprovechamiento.

Los viarios privados de acceso tendrán una anchura noinferior a 5 metros.

Artículo 19.—Condiciones estéticas.

1. Queda prohibido el falseamiento de los materialesempleados, los cuales se presentarán con su verdadero valor.

2. Los revocos deberán estar siempre bien rematados. Lasempresas quedarán obligadas a su buen mantenimiento yconservación.

3. Todas las parcelas medianeras, cuando las mismas seautorizasen como los parámetros susceptibles de posteriorampliación, deberán tratarse como una fachada, debiendoofrecer siempre calidad de obra terminada.

4. Las edificaciones en parcela con frente a más de unacalle, incluso privadas, quedarán obligadas a que todos susparámetros de fachada tengan la misma o similar calidadde diseño y acabado. En igual sentido lo serán las fachadastraseras que sean visibles directamente desde la carreteraAS-267. En la concesión de licencia habrán de expresarselas condiciones especiales de tratamiento de estas fachadastraseras.

5. Las instalaciones auxiliares y complementarias de lasindustrias deberán ofrecer un nivel de acabado digno y queno desmerezcan de la estética del conjunto. Las necesariaspara el adecuado funcionamiento de las industrias tales comolos depósitos, torres de refrigeración, etc., responderán a undiseño adaptado al conjunto del establecimiento. Su empla-zamiento forma y volumen son libres, si bien debería quedarjustificado en función de su adaptación al proceso productivoal que sirven.

6. Los espacios libres de edificación deberán tratarse entodas sus zonas de tal manera que los que no queden pavi-mentados se completen con elementos de jardinería, deco-ración exterior, etc., siempre conectando su uso específico.

7. En los supuestos en los que se permite la construcciónadosada, las distintas alturas entre edificios en el plano media-nero no podrá ser mayor a 5 m entre sus respectivas alturasde cornisa. Cuando alguno de los edificios precisase más altu-ra, la alcanzará dentro de los límites establecidos por estasNormas de forma gradual, dentro del plano trazado a 30desde la línea de medianera.

Artículo 20.—Otras condiciones.

1. Las edificaciones industriales deberán atenerse a loestablecido en la NBE-CPI-96, o normativa específica quela sustituya, resolviendo en sí mismas las condiciones de segu-ridad contra el fuego y el riesgo que puedan inducir en lasconstrucciones vecinas.

2. Los locales de trabajo y dependencias anejas cumpliránlos requisitos de ventilación e iluminación establecidos porel R.D. 486/1997, 14 de abril, y legislación complementaria.

3. Las instalaciones justificarán el cumplimiento de la Nor-mativa de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como la pre-vención y seguridad durante la ejecución de las obras aten-diendo a lo dispuesto en el R.D. 1627/1997, 24 octubre.

4. En función del tipo de construcción y de la actividadque alberga podría prohibirse la implantación de una indus-tria, cuando sus riesgos propios o de terceros frente a losincendios no sean reducibles por los procedimientos normalesde prevención o de extinción.

5. Los gastos de urbanización que afrontará el Plan Espe-cial serán los señalados expresamente en el proyecto o pro-yectos de urbanización y que figuran en las determinacionesdel artículo 18, apartados 3 y 6 de la Ley 6/98, de 13 deabril, y 158 TROTUAS y disposiciones complementarias.

6. Los sótanos y semisótanos se adecuarán a lo que pre-ceptúan lo dispuesto en el PGOU.

7. El nivel del pavimento de la planta baja, en el puntode acceso no supondrá un desnivel superior a 1,50 mts. res-pecto a la rasante para personas, debiendo cumplirse las medi-das relativas a la accesibilidad que establece la necesidadde tener resuelto debidamente el acceso al edificio e ins-talaciones de personas minusválidas o incapacitadas. Las ram-pas, de existir, no supondrán pendientes superiores al 8%para personas o al 16% para vehículos. No obstante, todoslos proyectos de edificación deberán de cumplir todas lascondiciones establecidas en el Real Decreto 556/1989, de 19de mayo, por el que se arbitran medidas mínimas sobre acce-sibilidad en los edificios, contemplando las necesidades deespacio que requieren las personas con movilidad reducida.

8. El vuelo máximo permitido sobre las alineaciones exte-riores o envolventes interiores establecidas no será superiora 1,00 metro, debiendo respetar los retranqueos mínimos esta-blecidos en las ordenanzas cuando se sitúen a una alturainferior a los 5 metros.

9. Se prohíben las plantas abuhardilladas o en bajo-cu-bierta y los espacios habitables de altura libre inferior a 1,80metros. Todo espacio cuya altura libre resulte superior a 2,00metros será tenido en cuenta en el cómputo de la edi-ficabilidad.

10. La altura de la edificación en los locales con disposicióny altura de techo en la tipología de piso y la posibilidadde entreplanta, se adecuará a lo dispuesto en el PGOU, sibien se determina que la altura libre mínima de pisos seráde 3,10 metros.

Artículo 21.—Usos compatibles y prohibidos.

— Usos compatibles:

a) Residencial. Sólo como vivienda adscrita a la guardade industria, siempre que su número no exceda deuna por parcela, admitiéndose excepcionalmente dospara parcelas superiores a 5.000 metros cuando se jus-tificase ante el Ayuntamiento su necesidad para lapropia actividad industrial o su vigilancia. Cada vivien-da no superará la superficie de 100 m2 ni la proporcióndel 20% de la superficie total edificada.

b) Oficinas y comercial. Comprenderá la exposición yventa de productos relacionados con la actividad indus-trial y comercial, así como las oficinas propias de cadaindustria.

c) Dotaciones. Incluirá aquellas actividades definidascomo equipamientos y dotaciones en el artículo 64TROTUAS.

d) Aparcamiento. De conformidad con lo dispuesto enel artículo 11 del anexo del Reglamento de Planea-miento, se considera obligatoria la disposición de unaplaza de aparcamiento por cada 100 m2 de edificación.

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Un máximo del 50% de las plazas de aparcamientose han resolver al área libre aneja a la red viaria, deacuerdo con el artículo 7.d) del anexo del Reglamentode Planeamiento.

En el interior de cada parcela se reservará una plaza deaparcamiento por cada 200 m2 edificados, además de las nece-sarias para la carga y descarga de las mercancías propiasde la actividad de que se trate.

— Usos posibles:

a) Estarán prohibidos los restantes usos.

Sección tercera: SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES DE USO Y DOMI-NIO PUBLICO

Artículo 22.—Definición.

1. Son las parcelas netas, de dominio y uso público, resul-tantes de la ordenación diseñada y la que se grafía con latrama correspondiente en el plano de zonificación sin pre-juicio de que existan unos espacios libres denominados col-chones verdes, que garanticen la viabilidad de la ejecucióndel plan.

2. El uso dominante es el de zona verde, jardín, áreade esparcimiento o área libre, permitiéndose únicamente laspequeñas edificaciones para depósitos de aguas, caseta deguarda, kioscos, transformadores, etc. cuyas condiciones deedificabilidad serán las siguientes:

• Superficie máxima: 10 m2.• Altura de cornisa máxima: 3,5 m.• Distancia mínima a vial: 3 m.• Cubierta: material de color rojo.

Sección cuarta: SERVICIOS DE INTERES PUBLICO Y SOCIAL

Artículo 23.—Definición y condiciones.

1. El módulo mínimo de reserva será el 5% de la superficietotal ordenada según el art. 64 de la TROTUAS, distribuidade la siguiente forma:

• Parque deportivo: 3.461,02 m2 3,86%• Equipamiento comercial: 968,35 m2 1,12%• Equipamiento social: 2.213,20 m2 2,47%

2. La edificabilidad máxima computable se establece paralos comerciales y sociales en 1 m2/m2, no pudiendo superarla altura correspondiente a las instalaciones industriales conlos retranqueos mínimos de 5 metros a viales y 3 metrosa linderos. Igualmente se habrá de tener en cuenta lo dis-puesto en el R.D. 556/1989 sobre accesibilidad de los edificiospara las personas con movilidad reducida.

Sección quinta: VIARIO

Artículo 24.—Definición.

1. Son viales públicos aquellos que están grafiados enlos correspondientes planos.

2. Son viales privados aquellos que sugiriesen comodesarrollo de lo especificado en el artículo 7 de estaNormativa.

3. En los planos figura el trazado y las características dela red viaria y su enlace con el Sistema General de Comu-nicaciones, con señalización de alineaciones y rasantes, a losefectos de lo dispuesto en los arts. 18.3 de la Ley 6/98 ydisposiciones concordantes.

Artículo 25.—Usos y características.

1. Se distinguen las áreas de circulación rodada, peatonaly de aparcamiento. Estas últimas en los términos del artículo7 del anexo del Reglamento de Planeamiento.

2. En caso de calles sin salida, se dispondrá de una pla-taforma para maniobrar al final del vial.

3. Las vías públicas y privadas se utilizarán únicamentepara circulación y estacionamiento ocasional, y nunca parala carga y descarga ni para el almacenamiento aun cuandofuese temporal. Al interior de las parcelas se resolverá elárea de aparcamiento en las proporciones mínimas estable-cidas por esta Normativa y además el estacionamiento delos vehículos propios de la actividad de carga y descarga.Estas cuestiones deberán, si procede, razonarse caso por casoy ser aprobadas sus condiciones en la licencia de obras, yserán referencia obligatoria en el funcionamiento posteriorde la instalación, el cual podrá suspenderse si estas dejande cumplirse.

DE SIERO

Anuncio

Por la Junta de Gobierno Local del día 6 de octubrede 2006, previo dictamen favorable de la Comisión Infor-mativa de Urbanismo y Medio Ambiente de fecha 3 de octu-bre de 2006, se aprobó inicialmente el proyecto de actuaciónpara el desarrollo del sector de actuación delimitado dentrode la unidad homogénea 23/BD/B/UZ del ámbito 3 de Polade Siero, presentado por Sacejo Construcciones y Promo-ciones, S.A. y Nosiero, S.L., en las condiciones que figuranen el expediente. (Expediente 242P1017).

Se abre información pública por plazo de un mes, contadoa partir del siguiente al de publicación de este anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, conformea lo dispuesto en el artículo 172.6, en relación con el artículo92 del Decreto legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el quese aprueba el texto refundido de las disposiciones legalesvigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo,encontrándose el expediente a disposición de los interesados,en el Negociado de Urbanismo, de lunes a viernes, en horasde 9 a 14.

Pola de Siero, a 23 de octubre de 2006.—La ConcejalaDelegada de Urbanismo y Medio Ambiente.—17.766.

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21–XI–200622470 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

V. Administración de Justicia

JUZGADOS DEPRIMERA INSTANCIA

E INSTRUCCION

DE CASTROPOL

EdictoDoña Virginia Fernández Pérez, Juez

del Juzgado de Primera Instancianúmero 1 de Castropol,

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento expediente dedominio. Reanudación del tracto371/2006 a instancia de Jose AntonioGonzález González, expediente dedominio para la inmatriculación de lassiguientes fincas: Finca n.º 2182, inscritaen el Registro de la Propiedad de Cas-tropol, tomo 53, folio 117.

Por el presente, y en virtud de lo acor-dado en providencia de esta fecha, seconvoca a las personas ignoradas a quie-nes pudiera perjudicar la inscripciónsolicitada para que en el término de losdiez días siguientes a la publicación deeste edicto puedan comparecer en elexpediente alegando lo que a su derechoconvenga.

Castropol, a 2 de noviembre de2006.—La Secretaria.—18.079 (2—1).

DE LANGREO NUMERO 3

Don Miguel Antonio del PalacioLacambra, Juez de Primera Instan-cia n.º 3 de los de Langreo,

Hago saber: Que en este Juzgado ycon el n.º 408/2006 se sigue a instanciade Manuel Jose Antuña Fernándezexpediente para la declaración de falle-cimiento de María Elitania FernándezBraña, conocida también con el nombrede Avelina Elitania y por Fermina, natu-ral de Tuilla (Langreo), de 68 años deedad, quien se ausentó de su últimodomicilio en La Nava, La Felguera(Langreo), no teniéndose de ella noti-cias desde 1969, ignorándose su para-dero.

Lo que se hace público para los quetengan noticias de su existencia puedanponerlos en conocimiento del Juzgadoy ser oídos.

Langreo, a 31 de octubre de2006.—La Secretaria.—18.081(2—1).

EdictoDoña Isabel Pérez Rodríguez, Secreta-

ria del Juzgado de Primera Instancianúmero 3 de Langreo,

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue procedimiento de expediente dedominio por reanudación del tracto n.º206/2006, a instancia de doña LaudelinaAmelia Fabián Alonso, de la siguientefinca:

Finca n.º 37.931, urbana: Trozo deterreno de ocho metros de línea pordoce metros de fondo, o sea noventay seis metros cuadrados de superficie,sita en Pando, parroquia de La Felgue-ra, concejo de Langreo. Linda: al Norte,resto de la finca matriz; Este y Oeste,Marino Leiva Sienra, que antes fue dela finca matriz, y Sur, resto de la fincamatriz. Inscrita en el Registro de la Pro-piedad de Pola de Laviana, al folio 142del libro 456 del Ayuntamiento deLangreo.

Por el presente, y en virtud de lo acor-dado en providencia de esta fecha, seconvoca a don Florentino TabernaRodríguez y a las personas ignoradasa quienes pudiera perjudicar la inscrip-ción solicitada a favor de los deman-dantes para que en el término de losdiez días siguientes a la publicación deeste edicto puedan comparecer en elexpediente alegando lo que a su derechoconvenga.

Langreo, a 18 de octubre de2006.—La Secretaria.—18.082(2—1).

JUZGADOS DE LO SOCIAL

DE GIJON NUMERO DOS

Edicto.-Cédula de citaciónDoña Olga de la Fuente Cabezón,

Secretaria judicial del Juzgado de loSocial número dos de Gijón,

Hago saber: Que en autos número989/2006, de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancias de doña DomingaCasado Poyo contra la empresa Serviciode Limpieza Vivanco Cuesta, S.L., sobredespido, se ha acordado citar a Serviciode Limpieza Vivanco Cuesta, S.L., enignorado paradero, a fin de que com-parezca el día 30 de noviembre de 2006,a las 10.10 de su mañana para la cele-

bración de los actos de conciliación y,en su caso, juicio, que tendrán lugar enla Sala de Vistas de este Juzgado delo Social número dos de Gijón, sito enla c/ Decano Prendes Pando número 1,debiendo comparecer personalmente omediante persona legalmente apodera-da, y con todos los medios de pruebade que intente valerse, con la adverten-cia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por faltainjustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de citación en legalforma a Servicio de Limpieza VivancoCuesta, S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción enel BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias, que se hará de forma gra-tuita según está previsto en la Ley 1/96,de 10 de enero, de Asistencia JurídicaGratuita, art. 2.d) y art. 6.4.

Gijón, a 27 de octubre de 2006.—LaSecretaria.—18.032.

DE OVIEDO NUMERO UNO

Edicto.-Cédula de citaciónDoña María José Menéndez Urbón,

Secretaria judicial del Juzgado de loSocial número uno de Oviedo,

Hago saber: Que por la presente secita a Juan Diego Martínez-Otero Alva-rez, hallándose actualmente en ignora-do paradero, a fin de que comparezcaante este Juzgado de lo Social númerouno de Oviedo, sito en Llamaquique,s/n, el próximo día 18 de diciembre de2006, a las 11.20 horas, en que tendrálugar el acto de conciliación, en su casoy, juicio señalado en autos número689/2006, de este Juzgado de lo Social,seguido a instancia de don Rubén LópezCienfuegos contra Juan Diego Martí-nez-Otero Alvarez y Fondo de GarantíaSalarial, sobre ordinario, admirtiéndoleque tiene a su disposición en este Juz-gado una copia de la demanda y quedeberá concurrir asistido de cuantosmedios de prueba intente valerse.

Y para su publicación en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Astu-rias y fijación en el tablón de anuncios

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21–XI–2006 22471BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

de este Juzgado, a fin de que sirva decitación en legal forma a Juan DiegoMartínez-Otero Alvarez, en ignoradoparadero, expido la presente.

Oviedo, a 27 de octubre de 2006.—LaSecretaria.—17.771.

DE OVIEDO NUMERO DOS

EdictoDon Misael León Noriega, Secretario

del Juzgado de lo Social número dosde los de Oviedo y su provincia,

Hago saber: Que por resolución dic-tada en el día de la fecha, en el procesoseguido en los presente autos númerodemanda 372/2006, a instancia de Fun-dación Laboral de la Construcción delPrincipado de Asturias contra Terraple-nados de Asturias, S.L., sobre ordinario,se ha acordado citar Terraplenados deAsturias, S.L., en ignorado paradero, afin de que comparezca el día 12 dediciembre de 2006, a las 10 horas desu mañana, para la celebración de losactos de conciliación y, en su caso, juicio,que tendrán lugar en la Sala de Vistasde este Juzgado de lo Social númerodos, sito en la calle Llamaquique, s/n,debiendo comparecer personalmente omediante persona legalmente apodera-da y con todos los medios de pruebade que intente valerse, con la adverten-cia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por faltainjustificada de asistencia.

Y para que sirva de citación a Terra-plenados de Asturias, S.L., se expide lapresente cédula para su publicación enel BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias y colocación en el tablónde anuncios.

Oviedo, a 18 de octubre de 2006.—ElSecretario.—17.903.

DE OVIEDO NUMERO TRES

EdictoDon Luis de Santos González, Secre-

tario judicial del Juzgado de lo Socialnúmero tres de Oviedo,

Hago saber: Que por providencia dic-tada en el día de la fecha, en el procesoseguido a instancia de don AlejandroCuesta Guijarro contra Nogosa Cocinas,S.L., y Fogasa, en reclamación por des-pido, registrado con el número874/2006, se ha acordado citar a NogosaCocinas, S.L., en ignorado paradero, afin de que comparezca el día 18 dediciembre de 2007, a las 10.00 horas,para la celebración de los actos de con-ciliación, y en su caso, juicio, que ten-drán lugar en la Sala de Vistas de esteJuzgado de lo Social número tres, sitoen Llamaquique, s/n, debiendo compa-recer personalmente o mediante perso-na legalmente apoderada y con todoslos medios de prueba de que intente

valerse, con la advertencia de que es úni-ca convocatoria y que dichos actos nose suspenderán por falta injustificada deasistencia.

Se advierte al destinatario que no sepracticarán más notificaciones salvo lasque revistan la forma de auto o sen-tencia definitiva.

Y para que sirva de citación parainterrogatorio de parte del legal repre-sentante de Nogosa Cocinas S.L., seexpide la presente cédula para su publi-cación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias y colocación enel tablón de anuncios.

Oviedo, a 30 de octubre de 2006.—ElSecretario.—17.774.

DE OVIEDO NUMERO CUATRO

Edicto.-Cédula de notificaciónDoña María José Cordero Escalonilla,

Secretaria judicial del Juzgado de loSocial número cuatro de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientodemanda 671/2006, de este Juzgado delo Social, seguido a instancia de donAntonio García Viejo contra la empresaPanificadora de Villamayor, S.L. y Fon-do de Garantía Salarial, sobre ordinariose ha dictado la siguiente:

Providencia de la Ilma. Sr. Magistradadoña María Teresa Magdalena Anda.

En Oviedo, a 25 de octubre de 2006.

Dada cuenta, habiendo resultadonegativa, según consta en los presentesautos, que se tramitan en este Juzgadocon el número arriba indicado, la dili-gencia de notificación y citación inten-tada respecto de Panificadora de Villa-mayor, S.L., encontrándose en ignoradoparadero, se deja sin efecto, dada laproximidad de la fecha, el señalamientoque se tenía efectuado para el acto deconciliación y, en su caso, juicio(30-11-06).

Se señala nuevamente para dicho actoel día 1 de febrero del año 2007, a las10.45 horas de su mañana.

Llévense a cabo las mismas citacionesacordadas en la resolución en que sehizo el señalamiento ahora suspendidocon iguales advertencias y para ello, res-pecto a los demandados que se encuen-tran en ignorado paradero, efectúese lanotificación y citación mediante edictoque se publicará en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias y fija-ción en el tablón de anuncios de esteJuzgado. Adviértase que las siguientescomunicaciones dirigidas a la mencio-nada parte, se harán en estrados (art.59 LPL).

Requiérase a la parte demandante afin de que aporte el actual domicilio dedicha demandada o personas que legal-

mente le representen y, en su caso, llé-vese a efecto su notificación y citaciónpersonal, dejando sin efecto la ahoraacordada a medio de edictos.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: Medianterecurso de reposición a presentar eneste Juzgado dentro de los cinco díashábiles siguientes al de recibirla, cuyasola interposición no suspenderá la eje-cutividad de lo que se acuerda (artículo184.1 de la Ley de Procedimiento Labo-ral).

Lo manda y firma S.S.ª, doy fe.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán poreste medio cuando revistan forma deauto o sentencia, o se trate de empla-zamiento.

Y para que le sirva de notificaciónen legal forma a Panificadora de Villa-mayor, S.L., en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

Oviedo, a 25 de octubre de 2006.—LaSecretaria.—17.775.

DE SANTANDER NUMERO CUATRO

EdictoDoña Natalia Arévalo Balaguer, Secre-

taria de lo Social número cuatro deSantander,

Hago saber: Que por propuesta deprovidencia dictada en el día de la fecha,en el proceso seguido a instancia dedoña Rocío Bolado Castañedo contraE.S.C. Servicios Generales, S.L., enignorado paradero, a fin de que com-parezca el día 13 de diciembre de 2006,a las 11.25 horas, para la celebraciónde los actos de conciliación y, en su caso,juicio.

Tendrán lugar en la Sala de Vistasde este Juzgado de lo Social número4, sito en calle Alta, 18 (plaza Juan JoseRuano), debiendo comparecer perso-nalmente o mediante persona legalmen-te apoderada, y con todos los mediosde prueba que intente valerse, con laadvertencia de que es única convoca-toria y que dichos actos no se suspen-derán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte al destinatario de lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de citación a E.S.CServicios Generales, S.L., se expide lapresente cédula para su publicación enel BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias y colocación en el tablónde anuncios.

Santander, a 30 de octubre de2006.—La Secretaria.—17.905.

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21–XI–200622472 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

VI. Otros Anuncios

EMPRESA MUNICIPAL DE AGUASDE GIJON, S.A.

Advertido error en el anuncio n.º16.884 de la convocatoria de concursopara la contratación de asistencia téc-nica en materia de seguridad y saludlaboral en las obras de abastecimientoy saneamiento a ejecutar por la EmpresaMunicipal de Aguas de Gijón, S.A., seprocede nuevamente a la convocatoriadel concurso con las bases siguientes:

PROCEDIMIENTO ABIERTO:

1.—Entidad contratante:

Empresa Municipal de Aguas deGijón, S.A.Av. Príncipe de Asturias, 70.33212-Gijón.Teléf.: 985 18 28 62.Fax: 985 18 29 00.

2.—Naturaleza del contrato:

Contrato de asistencia técnica porimporte de 100.000 euros anuales.

3.—Características principales del con-trato:

Prestación de las funciones que laLey 31/1995, el R.D. 1627/1997, elR.D. 171/2004 y la Ley 54/2003 asig-nan al promotor que contrata conterceros la realización de trabajos yen particular las de coordinación enmateria de seguridad y salud laboral.

4.—Plazo máximo de ejecución:

Dos años, con posibilidad de prórro-ga.

5.—Dirección donde recabar pliegos decondiciones y documentos comple-mentarios y presentación de ofertas:

Secretaría de la Empresa Municipalde Aguas de Gijón, S.A.

6.—Fecha límite de recepción de ofertas:

Treinta días naturales, contados apartir del siguiente a la publicaciónde este anuncio, a las 13 horas.

7.—Fecha de apertura de plicas:A las 12 horas del día hábil siguienteal último de presentación de ofertas.Acto público.Lugar: Sala de Juntas de la sede dela Empresa Municipal de Aguas deGijón, S.A.

8.—Garantías:Fianza definitiva: 4% del presupues-to de adjudicación.

9.—Criterios de adjudicación del con-trato:Figuran en el pliego de condiciones.Gijón, a 9 de noviembre de

2006.—El Director-Gerente.—18.556.

FUNDACION CTIC

(CENTRO TECNOLOGICO DELA INFORMACION Y LA

COMUNICACION)

Anuncio por el que se convocan ayudaspara el desarrollo e implantación depáginas web individuales para pymes, enel marco del Proyecto “Avilés Ciudad

Digital”

Proyecto Ciudades Digitales-AvilésCiudad Digital

Actuación 4. “Promoción e implan-tación del comercio electrónico enpymes de los municipios de Avilés yCarreño.”

El Proyecto Avilés Ciudad Digitalestá cofinanciado por el Ministerio deIndustria, Turismo y Comercio, el Prin-cipado de Asturias, los Ayuntamientosde Avilés y Carreño, y las AutoridadesPortuarias de Avilés y Gijón, y cuentacon financiación de la Unión Europeaa través del FEDER. Tiene por objetivola promoción e implantación de laSociedad de la Información en un entor-no local, centrándose las actuaciones enAsturias, fundamentalmente esta con-vocatoria en los municipios de Avilésy Carreño.

En el marco de este proyecto serenueva la presente línea de actuación,cuyo objetivo es promover la implan-

IMPRENTA REGIONAL

tación del comercio electrónico en laspymes de los municipios de Avilés yCarreño, asegurando su presencia enInternet, y facilitando para ello unascondiciones ventajosas de contratacióndel desarrollo de la página web de laspymes y de sus gastos de implantación.

A través de este anuncio se da publi-cidad a esta iniciativa, que se materializaen el programa de ayudas cuyas basesy procedimiento por el que se regirá suconcesión y tramitación, se exponen enla web del proyecto de Avilés CiudadDigital www.avilescd.org. La convocato-ria regula las bases del procedimientode concesión de las ayudas para eldesarrollo e implantación de páginasweb orientadas al comercio electrónicopara las pymes de los municipios de Avi-lés y Carreño.

Podrán acogerse a estas ayudas laspequeñas y medianas empresas ubicadasen los municipios de Avilés y Carreño.

Serán subvencionables los gastos dedesarrollo e implantación de la páginaweb de la empresa, según el desgloseque marca la normativa de la convo-catoria. Las ayudas tendrán la conside-ración de subvenciones, siendo el bene-ficiario de las mismas la empresa parala cual se desarrolla la página web orien-tada al comercio electrónico.

El plazo de presentación de las soli-citudes de ayuda queda abierto a partirdel día siguiente a la publicación de esteanuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, y permaneceráabierto hasta el 15 de diciembre de 2006.

Las solicitudes deberán presentarseen la Oficina Técnica “Avilés CiudadDigital” (Centro de Empresas “La Cur-tidora”-Oficina 213, c/ Gutiérrez Herre-ro, 52, 33402-Avilés) por medio del for-mulario que se incluye en el anexo Ide la normativa de la convocatoria, yque estará disponible a tal efecto endicha oficina y a través de la página webdel Proyecto Avilés Ciudad Digitalwww.avilescd.org.

Gijón, a 10 de noviembre de2006.—El Director Gerente de la Fun-dación CTIC.—18.340.