- 1. Decreto 1290 de 2009 Evaluacin de los aprendizajes de los
estudiantes y la promocin escolar
2. Poltica de Educacin Nacional: La Revolucin Educativa 3.
Educacin incluyentea lo largode toda la vida Educacinde calidadpara
innovary competir Fortalecimiento de lainstituci neducativ a
Modernizacinpermanentedel sector Gestinparticipativa Cinco acciones
que transformaron la educacin en Colombia Revolucin Educativa 4.
Poltica educativa
Cobertura Calidad Eficiencia Pertinencia Referentes Evaluacin
Mejoramiento
5. REFERENTES:
- Desarrollo profesional de directivos y docentes
- Fomento al desarrollo de competencias
- POLTICA DE PERTINENCIA : PROYECTOSESTRATEGICOS
- Uso y apropiacin de medios y nuevas tecnologas
- Bilingismo ingls como idioma extranjero
- Estndares Bsicos deCompetencias
- Modelos Educativos Flexibles
Ciclo de calidad 6. Calidad y Pertinencia 7. Objetivo
Fundamental:Lograruna educacin de calidad en el pas Todos los
estudiantes, independientemente de su procedencia, situacin social,
econmica y cultural, cuenten con oportunidades para adquirir
conocimientos, desarrollar las competencias y valores necesarios
para vivir, convivir, ser productivos y seguir aprendiendo a lo
largo de la vida 8. FORMACIN DURANTE TODA LA VIDA FORMACIN DURANTE
TODA LA VIDA Descriptores de competencias Desarrollo de
Competenciascomo eje articulador BSICASECUNDARIA MEDIA TECNICA
PROFESIONAL TECNOLGICA PROFESIONAL UNIVERSITARIA COMPETENCIAS
BSICAS Prueba SABER 5 Prueba SABER 9 Prueba de Estado 11 Pruebas
ECAES COMPETENCIAS LABORALES ESPECFICAS Y PROFESIONALES
COMPETENCIAS LABORALES GENERALES SUPERIOR PRIMERA INFANCIAPOSGRADOS
9. Perspectivas y retosde la Evaluacin en Colombia 10. Evaluacin de
estudiantes Interna o de aula Externas nacionales
Externasinternacionales
Evaluacinde losaprendizajesy promocinEscolar Decreto 1290de 2009
11.
- Continuar participando en la pruebas internacionales(PISA,
TIMSS, SERCE, Cvica), porque ellas sonun referente para el
monitoreo de calidad.
- Afinar las pruebas Nacionales(SABERy Estado)
- Avanzar en los procesos deEvaluacinde los aprendizajes en
elaula .
12. Evaluaciones internacionales ColombiaTIMSS2006Matemticas y
Ciencias4 y 833 13. Evaluacin Internacional Dichas evaluaciones
tienenobjetivos diferentesy reflejan logros y avances importantes
en cuanto a calidad educativa en estos ltimos aos, pero tambin nos
permiten diagnosticar procesosy estrategias que pueden estar
fallando en el aula. 14. Evaluacin Internacional TIMSS:Evala y
compara lo que los estudiantessaben . (Matemticas y ciencias en 4 y
8) PISA: Evala y compara lo que los estudiantespueden hacer con lo
que saben . (Lectura, matemticas y ciencias en jvenes 15 aos).
SERCE: Evala y compara losrendimientosalcanzados por los
estudiantes latinoamericanos(Lectura, escritura, matemticas y
Ciencias, en 3 y 6) 15. Evaluacin Internacional
- Objetivo: Valorar los aprendizajes de los estudiantes
latinoamericanos en el nivel de primaria.Identificar los dominios
conceptuales y los procesos cognitivos comunes .
- Colombia obtuvo resultados positivos en lectura, quedando por
encima del promedio de la regin (34 puntos).
- En matemtica los estudiantes colombianos se ubicaron en la
media regional, (19 puntos).
- En ciencias Colombia se ubic en la media regional
- La posicin relativa de Colombia mejor en relacin con el estudio
de 1997, cuando el pas obtuvo resultados por debajo del
promedio
16. SERCE - Puntaje Promedio(Matemticas 6o) 17. PISA 2006
- Enlecturael desempeo de los estudiantes colombianos fue el
mejor en las tres reas. Demuestran habilidad para localizar
informacin, realizar deducciones simples e interpretar el
significado del texto cuando se requiereninferencias sencillas
.
- Encienciasel 60% de los estudiantes tienen una competencia
cientfica aplicable nicamentea situacionescon las que
estnfamiliarizados .
- Enmatemticasel 28% de los estudiantes se ubic entre los niveles
2 y 4, niveles intermedios de competencia;
Objetivo: Evala y compara lo que los estudiantes pueden hacer
con lo que saben.Competencias. 18. PISA - Posicin de Colombia
frente al resto de pases: Ciencias Colombia 19. EVALUACIN EXTERNA
NACIONAL- PRUEBAS SABERLENGUAJE Quinto grado Noveno grado 20.
EVALUACIN EXTERNA NACIONAL- PRUEBAS SABERMATEMTICASQuinto grado
Noveno grado 21. Evaluacin en el Aula: Decreto 1290 de 2009
-Resultado de la discusin nacional- 22. Contenidos Objetivos
Competencias Bsicas Logros e indicadores Referentes de calidad:
Lineamientos y estndares de Competencias Decreto 1860/94Decreto
230/2002 Renovacin curricular Ley general de educacin
- Currculo nico, preestablecido,
- centralizado en contenidos y objetivos
- Definicin del PEI: Referentes de calidad,
- Acuerdos pedaggicos institucionales
- Sistema de evaluacin coherente al PEI
1.994 Decreto 1290/2009 23. Estrategias de movilizacin
Participantes 3.937Aportes13.783 Deptos 32 Consulta en lnea Foros
virtuales Participantes 370 Talleres Nacionales Talleres16
Participantes8.684 Docentes, estudiantes ypadres de familia Plan
DecenalMesas activas268Instituciones 915 Deptos 21 Municipios 67
Mesas de trabajo Foro Educativo Nacional Foros regionales79
Participantes31.600 Foro Nacional -Octubre- Participantes1.800Mesas
de discusin63Talleres postforo 28 Participantes1.120 24. Plan
Decenal en accin:principales tendencias
- Necesidad de revisin de la escala de valoracin
- No slo debe evaluarse los conocimientos
- Fortalecimiento de la autonoma institucional
- Incorporar el componente de inclusin en la evaluacin
25.
- Problemas pedaggicos:la principal dificultad de la evaluacin
est en las prcticas de aula y no en las normas.
- Problemas de pertinencia:se relacionan con currculo, falta de
claridad en lo que se debe ensear, los mtodos apropiados a cada
grupo de edad y la forma de evaluar los aprendizajes.
- Problemas de participacin:la evaluacin no tiene en cuenta las
iniciativas e intereses de los estudiantes y de las familias. Uso
del lenguaje y conceptos bsicosdiferentes;incomprensin
informes.
Talleres de discusin nacional y Foros regionales 26.
- Tendencias de opinin sobre el Decreto 230 de 2002
- La promocin o el paso de un grado a otro dej deser el fin de la
educacin.
- Promovi la reflexin sobre las prcticas pedaggicas y una
evaluacin ms cualitativa e integral que considera procesos.
- Manejo de la promocin y repitencia - Se califica lo establecido
por el decreto como un desacierto
- Palabras ms comunes: ley del menor esfuerzo, mediocridad,
facilismo,pereza, pasividad, alcahuetera, irresponsabilidad y falta
de seriedad.
Foro Educativo Nacional 27.
- Fortalecer las responsabilidad local e institucional para el
diseo de estrategias de calidad, evaluacin y promocin.
- Establecer estrategias de evaluacin diferenciadas, acordes con
los grupos de edad.
- Establecer pautas curriculares que permitan disminuir la
multiplicidad y dispersin de asignaturas.
- Tener en cuenta factores adicionales al rendimiento acadmico
para calificar la calidad de las instituciones.
Foro Educativo Nacional 28. Decreto 1290 de 2009 Evaluacin de
aprendizajes y promocin escolar Consulta nacional para la
elaboracin de la norma Proyecto de decreto versin 29-12-08 215
Proyecto de decreto versin 08-01-09 985 Proyecto de decreto versin
23-01-09 580 TOTAL 1780participantes 29. Participacin
30. Visin del pblicoversin 23-01-09
31. Percepcinpositiva sobre el decreto
- Acaba con la mediocridad 33.07%
- Presenta un mejor concepto de evaluacin 16.54%
- Fortalece autonoma institucional 16.02%
- Fortalece la evaluacin como proceso 12.66%
- Define roles de todos los actores 8.27%
- Presenta una mejor escala de valoracin 6.46%
- Recoge las conclusiones del Foro 3.88%
- Supera el concepto de asignatura 0.78%
32. Estructura Decreto 1290 de 2009 Art. 1. Evaluacin de los
estudiantes Art. 2. Objeto del decreto Art. 3. Propsitos de la
evaluacin institucional de los estudiantes Art. 4. Definicin del
sistema institucional de evaluacin de los estudiantes Art. 5.
Escala de valoracin nacional Art. 6. Promocin escolar Art. 7.
Promocin anticipada de grado Art. 8. Creacin del sistema
institucional de evaluacin de los estudiantes Art.
9.Responsabilidades del Ministerio de Educacin Nacional Art.
10.Responsabilidades de las secretaras de educacin Art.
11.Responsabilidades del establecimiento educativo Art. 12.Derechos
del estudiante Art. 13.Deberes del estudiante Art. 14.Derechos de
los padres de familia Art. 15.Deberes de los padres de familia Art.
16.Registro escolar Art. 17.Constancias de desempeo Art.
18.Graduacin Art. 19.Vigencia. 33.
- ARTCULO 1. Evaluacin de los estudiantes.La evaluacin de los
aprendizajes de los estudiantes se realiza en los siguientes
mbitos:
- Internacional. El Estado promover la participacin de los
estudiantes del pas en pruebas que den cuenta de la calidad de la
educacin frente a estndares internacionales.
- Nacional. El Ministerio de Educacin Nacional y el Instituto
Colombiano para el Fomento de la Educacin Superior -ICFES-,
realizarn pruebas censales con el fin de monitorear la calidad de
la educacin de los establecimientos educativos con fundamento en
los estndares bsicos. Las pruebas nacionales que se aplican al
finalizar el grado undcimo permiten, adems, el acceso de los
estudiantes a la educacin superior.
- Institucional. La evaluacin del aprendizaje de los estudiantes
realizada en los establecimientos de educacin bsica y media, es el
proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeo de
los estudiantes.
34. ARTCULO 2. Objeto del decreto.El presente decreto reglamenta
la evaluacin del aprendizaje y promocin de los estudiantes de los
niveles de educacin bsica y media que deben realizar los
establecimientos educativos. 35.
- ARTCULO 3. Propsitos de la evaluacin institucional de los
estudiantes.Son propsitos de la evaluacin de los estudiantes en el
mbito institucional:
- Identificar las caractersticas personales, intereses, ritmos de
desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus
avances.
- Proporcionar informacin bsica para consolidar o reorientar los
procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del
estudiante.
- Suministrar informacin que permita implementar estrategias
pedaggicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades
y desempeos superiores en su proceso formativo.
- Determinar la promocin de estudiantes.
- Aportar informacin para el ajuste e implementacin delplan de
mejoramiento institucional.
36.
- ARTCULO 4. Definicin del sistema institucional de evaluacin de
los estudiantes.El sistema de evaluacin institucional de los
estudiantes que hace parte del proyecto educativo institucional
debe contener:
- Los criterios de evaluacin y promocin.
- La escala de valoracin institucional y su respectiva
equivalencia con la escala nacional.
- Las estrategias de valoracin integral de los desempeos de los
estudiantes.
- Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los
desempeos de los estudiantes durante el ao escolar.
- Los procesos de autoevaluacin de los estudiantes.
- Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones
pedaggicas pendientes de los estudiantes.
- Las acciones para garantizar que los directivos docentes y
docentes del establecimiento educativo cumplan con procesos
evaluativos estipulados en el sistema institucional de
evaluacin.
- La periodicidad de entrega de informes a los padres de
familia.
- La estructura de los informes de los estudiantes, para que sean
claros, comprensibles y den informacin integral del avance en la
formacin.
- Las instancias, procedimientos y mecanismos de atencin y
resolucin de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre
la evaluacin y promocin.
- Los mecanismos de participacin de la comunidad educativa en la
construccin del sistema institucional de evaluacin de los
estudiantes.
37.
- ARTICULO 5. Escala de valoracin nacional:Cada establecimiento
educativo definir y adoptar su escala de valoracin de los desempeos
de los estudiantes en su sistema de evaluacin. Para facilitar la
movilidad de los estudiantes entre establecimientos educativos,
cada escala deber expresar su equivalencia con la escala de
valoracin nacional:
- La denominacin desempeo bsico se entiende como la superacin de
los desempeos necesarios en relacin con las reas obligatorias y
fundamentales, teniendo como referente los estndares bsicos, las
orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de
Educacin Nacional y lo establecido en el proyecto educativo
institucional.El desempeo bajo se entiende como la no superacin de
los mismos.
38. ARTCULO 6. Promocin escolar.Cada establecimiento educativo
determinar los criterios de promocin escolar de acuerdo con el
sistema institucional de evaluacin de los estudiantes.As mismo, el
establecimiento educativo definir el porcentaje de asistencia que
incida en la promocindel estudiante. Cuando un establecimiento
educativo determine que un estudiante no puede ser promovido al
grado siguiente, debe garantizarle en todos los casos, el cupo para
que contine con su proceso formativo 39. ARTCULO 7.Promocin
anticipada de grado.Durante el primer perodo del ao escolar el
consejo acadmico, previo consentimiento de los padres de familia,
recomendar ante el consejo directivo la promocin anticipada al
grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento
superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco
de las competencias bsicas del grado que cursa.La decisin ser
consignada en el acta del consejo directivo y, si es positiva en el
registro escolar. Los establecimientos educativos debern adoptar
criterios y procesos para facilitar la promocin al grado siguiente
de aquellos estudiantes que no la obtuvieron en el ao lectivo
anterior. 40.
- ARTICULO 8. Creacin del sistema institucional de evaluacin de
los estudiantes:Los establecimientos educativos deben como mnimo
seguir el procedimiento que se menciona a continuacin:
- Definir el sistema institucional de evaluacin de los
estudiantes.
- Socializar el sistema institucional de evaluacin con la
comunidad educativa.
- Aprobar el sistema institucional de evaluacin en sesin en el
consejo directivo y consignacin en el acta.
- Incorporar el sistema institucional de evaluacin en el proyecto
educativo institucional, articulndolo a las necesidades de los
estudiantes, el plan de estudios y el currculo.
- Divulgar el sistema institucional de evaluacin de los
estudiantes a la comunidad educativa.
- Divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamaciones del
sistema institucional de evaluacin.
- Informar sobre el sistema de evaluacin a los nuevos
estudiantes, padres de familia y docentes que ingresen durante cada
perodo escolar.
- Pargrafo.Cuando el establecimiento educativo considere
necesaria la modificacin del sistema institucional de evaluacin de
los estudiantes deber seguir el procedimiento antes enunciado.
41.
- ARTCULO 9. Responsabilidades del Ministerio de Educacin
Nacional.En cumplimiento de las funciones establecidas en la ley,
el Ministerio de Educacin Nacional debe:
- Publicar informacin clara y oportuna sobre los resultados de
las pruebas externas tanto internacionales como nacionales, de
manera que sean un insumo para la construccin de los sistemas
institucionales de evaluacin de los estudiantes y el mejoramiento
de la calidad de la educacin.
- Expedir y actualizarorientaciones para la implementacin del
sistema institucional de evaluacin.
- Orientar y acompaar a las secretaras de educacin del pas en la
implementacin del presente decreto.
- Evaluar la efectividad de los diferentes sistemas
institucionales de evaluacin de los estudiantes.
42.
- ARTCULO 10.Responsabilidades de las secretaras de educacin de
las entidades territoriales certificadas.En cumplimiento de las
funciones establecidas en la ley, la entidad territorial
certificada debe:
- Analizar los resultados de las pruebas externas de los
establecimientos educativos de su jurisdiccin y contrastarlos con
los resultados de las evaluaciones de los sistemas institucionales
de evaluacin de los estudiantes.
- Orientar, acompaar y realizar seguimiento a los
establecimientos educativos de su jurisdiccin en la definicin e
implementacin del sistema institucional de evaluacin de
estudiantes.
- Trabajar en equipo con los directivos docentes de los
establecimientos educativos de su jurisdiccin para facilitar la
divulgacin e implementacin de las disposiciones de este
decreto.
- Resolver las reclamaciones que se presenten con respecto a la
movilidad de estudiantes entre establecimientos educativos de su
jurisdiccin.
43.
- ARTCULO 11.Responsabilidadesdel establecimiento educativo.En
cumplimiento de las funciones establecidas en la ley,el
establecimiento educativo, debe:
- Definir,adoptar y divulgar el sistema institucional de
evaluacin de estudiantes, despus de su aprobacin por el consejo
acadmico.
- Incorporar en el proyecto educativo institucional los
criterios, procesos y procedimientos de evaluacin;estrategias para
la superacin de debilidades y promocin de los estudiantes,
definidos por el consejo directivo.
- Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para
analizar, disear e implementar estrategias permanentes de evaluacin
y de apoyo para la superacin de debilidades de los estudiantes y
dar recomendaciones a estudiantes, padres de familia y
docentes.
- Promover y mantener la interlocucin con los padres de familia y
el estudiante, con el fin de presentar los informes peridicos de
evaluacin, el plan de actividades de apoyo para la superacin de las
debilidades, y acordar los compromisos por parte de todos los
involucrados.
- Crear comisiones u otras instancias para realizar el
seguimiento de los procesos de evaluacin y promocin de los
estudiantes si lo considera pertinente .
- Atender los requerimientos de los padres de familia y de los
estudiantes, y programar reuniones con ellos cuando sea
necesario.
- A travs de consejo directivo servir de instancia para decidir
sobre reclamaciones que presenten los estudiantes o sus padres de
familia en relacin con la evaluacin o promocin.
- Analizar peridicamente los informes de evaluacin con el fin de
identificar prcticas escolares que puedan estar afectando el
desempeo de los estudiantes, e introducir las modificaciones que
sean necesarias para mejorar.
- Presentar a las pruebas censales del ICFES la totalidad de los
estudiantes que se encuentren matriculados en los grados evaluados,
y colaborar con ste en los procesos de inscripcin yaplicacin de las
pruebas, segn se le requiera.
44.
- ARTCULO12.Derechos del estudiante.El estudiante, para el mejor
desarrollo de su proceso formativo, tiene derecho a:
- Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos
acadmicos, personales y sociales
- Conocer el sistema institucional de evaluacin de los
estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluacin
y promocin desde el inicio de ao escolar.
- Conocer los resultados de los procesos de evaluacin y recibir
oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes
presentadas respecto a estas.
- Recibir la asesora y acompaamiento de los docentes para superar
sus debilidades en el aprendizaje.
45.
- ARTCULO 13. Deberes del estudiante.El estudiante, para el mejor
desarrollo de su proceso formativo, debe:
- Cumplir con los compromisos acadmicos y de convivencia
definidos por el establecimiento educativo.
- Cumplir con las recomendaciones y compromisos frente a la
superacin de sus debilidades.
46.
- ARTCULO 14. Derechos de los padres de familia.En el proceso
formativo de sus hijos, los padres de familia tienen los siguientes
derechos:
- Conocer el sistema institucional de evaluacin de los
estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluacin
y promocin desde el inicio de ao escolar.
- Acompaar el proceso evaluat i vo de los estudiantes.
- Recibir los informes peridicos de evaluacin.
- Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y
solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluacin de sus
hijos.
47.
- ARTCULO 15. Deberes de los padres de familia.De conformidad con
las normas vigentes, los padres de familia deben:
- Participar, a travs de las instancias del gobierno escolar, en
la definicin de criterios y procedimientos de la evaluacin del
aprendizaje de los estudiantes y promocin escolar
- Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus
hijos
- Analizar los informes peridicos de evaluacin
48. ARTCULO 16.Registro escolar.Los establecimientos educativos
deben llevar un registro actualizado de los estudiantes que
contenga, adems de los datos de identificacin personal, el informe
de valoracin por grados y el estado de la evaluacin, que incluya
las novedades acadmicas que surjan. 49. ARTCULO 17.Constancias de
desempeo. El establecimiento educativo, a solicitud del padre de
familia, debe emitir constancias de desempeo de cada grado cursado,
en las que se consignarn los resultados de los informes
peridicos.Cuando la constancia de desempeo reporte que el
estudiante ha sido promovido al siguiente grado y se traslade de un
establecimiento educativo a otro, ser matriculado en el grado al
que fue promovido segn el reporte. Si el establecimiento educativo
receptor, a travs de una evaluacin diagnstica, considera que el
estudiante necesita procesos de apoyo para estar acorde con las
exigencias acadmicas del nuevo curso, debe implementarlos. 50.
ARTCULO 18.Graduacin.Los estudiantes que culminen la educacin media
obtendrn el ttulo de Bachiller Acadmico o Tcnico, cuando hayan
cumplido con todos los requisitos de promocin adoptados por el
establecimiento educativo en su proyecto educativo institucional,
de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias. 51. ARTCULO 19.
Vigencia.A partir de la publicacin del presente decreto todos los
establecimientos educativos realizarn las actividades preparatorias
pertinentes para su implementacin. Los establecimientos educativos
concluirn las actividades correspondientes al ao escolar en curso
con sujecin a las disposiciones de los decretos 230 y 3055 de 2002.
Para establecimientos educativos de calendario A el presente
decreto rige a partir del primero de enero de 2010 y para los de
calendario B a partir del inicio del ao escolar
2009-2010.Igualmente deroga los decretos 230 y 3055 de 2002 y las
dems disposiciones que le sean contrarias a partir de estas fechas.
52. GRACIAS! Telfono: (1) 2222800 / Extensiones 2102, 2104 y
2119