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NÚMERO DE REGISTRO: ACUERDO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNAM", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DRA. MARGARITA VELÁZQUEZ GUTIÉRREZ, PRESIDENTE DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN DEL CAMPUS MORELOS, CON LA ASISTENCIA DE LA DRA. JULIA TAGÜEÑA PARGA, ENCARGADA DE LA DIRECCIÓN DEL INSTITUTO DE ENERGÍAS RENOVABLES; Y POR LA OTRA PARTE, LA UNIVERSIDAD CAMPESINA DEL SUR, A.C., A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "UNICAM SUR", REPRESENTADA POR EL LIC. PLUTARCO GARACÍ JIMÉNEZ, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL, CONFORME A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS DECLARACIONES lo DECLARA "LA UNAM": 1. Que de conformidad con el artículo 10 de su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación del 6 de enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizado del Estado, dotada de plena capacidad jurídica y que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, así como organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la ma ti amplitud posible los beneficios de la cultura. 2. Que la representación legal de esta Casa de Estudios recae en su Rector, D José Narro Robles, según lo dispuesto en los artículos 9 0 de su Ley Orgánica y 30 de su Estatuto General, teniendo, conforme a la fracción I del artículo 34 del propio Estatuto, facultades para delegarla. 3. Que la Dra. Margarita Velázquez Gutiérrez, en su calidad de Presidente del Consejo de Dirección de la Universidad Nacional Autónoma de México, Campus Morelos, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente instrumento, de conformidad con el acuerdo que delega y distribuye competencias para la suscripción de Acuerdos, contratos y demás instrumentos consensuales en que la Universidad sea parte, publicado en la Gaceta de la Universidad Nacional Autónoma de México del 5 de septiembre del 2011. 4. Que dentro de su estructura orgánica-administrativa se encuentra el Instituto de Energías Renovables, ubicado en Privada Xochicalco S/N Col. Centro, AP 34, CP 62580 Temixco, Morelos, el cual cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento, y del que la Dra. Julia Tagüeña Parga es actualmente la Encargada de la Dirección.

DECLARACIONES - xml.ier.unam.mxxml.ier.unam.mx/xml/sacad/ConvAcad/ConvenioColaboracion-UNICAM.pdf · Gaceta de la Universidad Nacional Autónoma de México del 5 de septiembre

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NÚMERO DE REGISTRO:

ACUERDO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE LAUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, A LA QUE EN LOSUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNAM", REPRESENTADA EN ESTEACTO POR LA DRA. MARGARITA VELÁZQUEZ GUTIÉRREZ, PRESIDENTEDEL CONSEJO DE DIRECCIÓN DEL CAMPUS MORELOS, CON LAASISTENCIA DE LA DRA. JULIA TAGÜEÑA PARGA, ENCARGADA DE LADIRECCIÓN DEL INSTITUTO DE ENERGÍAS RENOVABLES; Y POR LAOTRA PARTE, LA UNIVERSIDAD CAMPESINA DEL SUR, A.C., A LA QUE ENLO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "UNICAM SUR", REPRESENTADA POREL LIC. PLUTARCO GARACÍ JIMÉNEZ, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORGENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL, CONFORME A LAS SIGUIENTESDECLARACIONES Y CLÁUSULAS

DECLARACIONES

lo DECLARA "LA UNAM":

1. Que de conformidad con el artículo 10 de su Ley Orgánica publicada en elDiario Oficial de la Federación del 6 de enero de 1945, es una corporaciónpública, organismo descentralizado del Estado, dotada de plena capacidadjurídica y que tiene por fines impartir educación superior para formarprofesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a lasociedad, así como organizar y realizar investigaciones, principalmenteacerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la ma tiamplitud posible los beneficios de la cultura.

2. Que la representación legal de esta Casa de Estudios recae en su Rector, DJosé Narro Robles, según lo dispuesto en los artículos 90 de su Ley Orgánicay 30 de su Estatuto General, teniendo, conforme a la fracción I del artículo34 del propio Estatuto, facultades para delegarla.

3. Que la Dra. Margarita Velázquez Gutiérrez, en su calidad de Presidente delConsejo de Dirección de la Universidad Nacional Autónoma de México,Campus Morelos, cuenta con las facultades necesarias para suscribir elpresente instrumento, de conformidad con el acuerdo que delega ydistribuye competencias para la suscripción de Acuerdos, contratos y demásinstrumentos consensuales en que la Universidad sea parte, publicado en laGaceta de la Universidad Nacional Autónoma de México del 5 de septiembredel 2011.

4. Que dentro de su estructura orgánica-administrativa se encuentra elInstituto de Energías Renovables, ubicado en Privada Xochicalco S/N Col.Centro, AP 34, CP 62580 Temixco, Morelos, el cual cuenta con lainfraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto delpresente instrumento, y del que la Dra. Julia Tagüeña Parga es actualmentela Encargada de la Dirección.

NÚMERO DE REGISTRO:

5. Que señala como su domicilio legal el 90 piso de la Torre de Rectoría, CiudadUniversitaria, Delegación Coyoacán, México, DF., Código Postal 04510.

11. DECLARA LA "UNICAM SUR":

1. Que es una Asociación Civil, legalmente constituida conforme a las leyesmexicanas, mediante la escritura número 25,907, pasada ante la fe delNotario Público No. 4 de Cuautla, Morelos, Lic. Neftalí Tajonar Salazar, defecha 13 de diciembre de 2004, inscrita en el Registro Público de laPropiedad y del Comercio bajo el número 65, a fojas 129, del libro 24,volumen segundo, sección cuarta.

2. Que entre sus objetivos se encuentran:Promover la educación, la cultura, las tecnologías alternativas y lainvestigación participativa en el sector social de nuestro país,preferentemente en los estados de Morelos y Guerrero, articulandosinérgicamente el talento, la experiencia y la visión de los campesinoscon el conocimiento sistémico de los educadores populares, expertos,investigadores y técnicos con formación académica profesional.Desarrollar, realizar y administrar toda clase de programas y proyectosde investigación, educación, acompañamiento técnico y cultura, demanera independiente y/o en colaboración con otras instituciones.Contribuir al desarrollo de metodologías y teorías que fortalezcan lasacciones de desarrollo social autogestivo e incentiven elaprovechamiento sustentable de los recursos naturalesCrear y fortalecer los vínculos y relaciones entre los organismos deproductores rurales, las instituciones educativas y el sector públicoprivado, aumentando y mejorando las oportunidades de educacióinvestigación para sus estudiantes y productores en general.Fomentar la producción intelectual, tecnológica, cultural yteniendo como base y defendiendo siempre la libertad deexpresión, opinión y pensamiento.

3. Que el C. Plutarco García Jiménez, en su carácter de Director General,está facultado para suscribir el presente instrumento conforme a laescritura número 32,907, pasada ante la fe del Notario Público No. 1 deJiutepec, Morelos, Lic. G. Alejandro Gómez Maldonado, de fecha 18 demayo de 2012, que protocoliza el acta de asamblea general de asociados,celebrada el 12 de febrero de 2012, personalidad que no le ha sidorevocada ni modificada de manera alguna; quien se identifica con lacredencial para votar con folio 0000032964064, expedida por el InstitutoFederal Electoral.

4. Que señala como su domicilio, para los efectos de este convenio, elubicado en la calle Magnolia No. 29, Colonia Lomas del Texcal, Jiutepec,Morelos, c.r. 62550.

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NÚMERO DE REGISTRO:

5. Que el RFC de la Universidad Campesina del Sur, A.C., esUCS041213ND3.

III. DECLARAN AMBAS PARTES:

ÚNICO. Que expuesto lo anterior, están conformes en sujetar su compromiso alos términos y condiciones insertos en las siguientes. ~\1

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO

El objeto del presente Acuerdo es la colaboración entre las partes con el fin de Lrealizar programas de interés mutuo en docencia, investigación científica y ~tecnológica, intercambio académico, asesoría a empresas públicas, sociales yprivadas, difusión del conocimiento en el área de la tecnología tendientes adesarrollar un polo regional de excelencia.

SEGUNDA. ALCANCES

Para el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo, y de acuerdo a susnecesidades, las partes llevarán a cabo actividades conjuntas de colaboración yvinculación, como las que de manera enunciativa, más no limitativa, se enlista continuación:

a) Establecer los vínculos de comunicación necesarios entre las parteinvolucradas para la realización de reuniones de trabajo que permitanidentificar nichos de oportunidad en investigación y desarrollo tecnológicoque conlleven a una innovación en la elaboración de películas delgadaspara el aprovechamiento de la energía solar.

b) Intercambio de material bibliográfico, material audiovisual, y demásrecursos informativos de ambas instituciones, salvaguardando losderechos de autor, propiedad industrial o intelectual de quien sea titular;que propicien la concepción y formulación de proyectos de beneficio encomún.

c) Intercambio de estudiantes de licenciatura y posgrado para la realizaciónde residencias profesionales, estancias en campo e industriales paradocentes y alumnos, estudios de investigación, tesis y servicio social.

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NÚMERO DE REGISTRO:

d) Intercambio de académicos para la realización de proyectos conjuntos,impartición de cursos y estancias sabáticas, entre otros.

e) Participación de especialistas técnicos de las dos partes en proyectosintegrales de desarrollo tecnológico, de investigación e innovación, ya seaen el Estado de Morelos (lugar de ubicación del CIE), o en cualquier partede la República Mexicana, inclusive en el extranjero.

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TERCERA. CONVENIOS ESPECÍFICOS

Para la ejecución de las actividades a que se refiere la cláusula anterior, laspartes celebrarán Convenios Específicos de Colaboración, derivados del presenteinstrumento, en los cuales se detallará con precisión las actividades que habránde llevarse a cabo en forma concreta los cuales serán suscritos por quienescuenten con la facultad de comprometer a las partes.

Los Convenios Específicos de Colaboración describirán con toda precisión lasactividades a desarrollar, calendarios de actividades, personal involucrado,presupuestos, instalaciones requeridas, la participación económica de cada unade las partes y su fuente de financiamiento, así como todos los datos ydocumentos necesarios para determinar con exactitud las causas, los fines y losalcances de cada uno de dichos programas, en beneficio y obligaciones.

CUARTA. COMISIÓN TÉCNICA

Para el adecuado desarrollo de las actividades a que se refiere el presen eAcuerdo, las partes integrarán una Comisión Técnica formada por igual númede representantes de cada una, cuyas atribuciones serán:

a) Dar seguimiento a las actividades comprometidas por el presente Acuerdo.

b) Realizar evaluaciones periódicas de los resultados emanados del presenteinstrumento.

e) Determinar y aprobar los Convenios Específicos que se deriven delpresente Acuerdo.

d) Las demás que acuerden las partes.

QUINTA. RESPONSABLESPara la ejecución de las actividades del presente Acuerdo las partes designaráncomo responsables:

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NÚMERO DE REGISTRO:

Por parte de "LA UNAM", al Secretario de Gestión Tecnológica y Vinculación enturno, Dr. Aarón Sánchez Juárez, investigador titular "B" TC, adscrito al Institutode Energías Renovables.

Por parte de "UNICAM SUR", a la Lic. Esther Urí Barreda Estrada, DirectoraAcadémica.

SEXTA. PROPIEDAD INTELECTUAL

La propiedad intelectual que se derive de los trabajos realizados con motivo deeste Convenio, estará sujeta a las disposiciones legales aplicables y a losinstrumentos específicos que sobre el particular suscriban las partes, otorgandoel reconocimiento correspondiente a quienes hayan intervenido en la ejecuciónde dichos trabajos.

Las partes podrán utilizar en sus actividades académicas la información oresultados derivados del presente instrumento.

SÉPTIMA. CONFIDENCIALIDAD

Las partes guardarán confidencialidad respecto de las actividades materia deeste Convenio en los casos en que se considere necesario. Para tal efecto, "LAUNAM" observará lo dispuesto en el Reglamento de Transparencia, Acceso a laInformación Pública y Protección de Datos Personales para la UniversidadNacional Autónoma de México.

OCTAVA. RESPONSABILIDAD CIVIL

Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil plos daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuitoo fuerza mayor, particularmente por el paro de labores académicas oadministrativas, en la inteligencia de que, una vez superados estos eventos, sereanudarán las actividades en la forma y términos que determinen las partes.

NOVENA. VIGENCIA

El presente Acuerdo tendrá una vigencia de 3 (tres) años contados a partir dela fecha de su firma, pudiéndose prorrogar por acuerdo de las partes, dichaprórroga deberá ser por escrito y estar debidamente firmada por losrepresentantes legales de cada una de las partes, quienes deberán ratificar elcontenido del presente documento para que surta sus efectos legales.

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NÚMERO DE REGISTRO:

DÉCIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA

Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el presente instrumento conantelación a su vencimiento mediante aviso por escrito de su contraparte,notificándola con 30 (treinta) días naturales de anticipación. En tal caso, ambaspartes tomarán las medidas que sean necesarias para evitarse perjuicios.

DÉCIMA PRIMERA. RELACIÓN LABORAL

Las partes convienen en que el personal que cada una aporte para la ejecucióndel objeto materia del presente Acuerdo, se entenderá exclusivamenterelacionado con aquella que lo empleó, por ende, cada una de ellas asumirá suresponsabilidad por este concepto y en ningún caso serán consideradas como Lpatrones solidarios o sustitutos. TDÉCIMA SEGUNDA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN

Las partes convienen que el presente instrumento es producto de la buena fe,sin vicios ocultos y de mutuo acuerdo volitivo de ambas partes, por lo que todacontroversia e interpretación que se derive del mismo, respecto de su operación,formalización y cumplimiento, será resuelta por la Comisión Técnica a que serefiere la Cláusula Sexta del presente Acuerdo.

Si en última instancia no llegaran a ningún acuerdo, las partes se someterán a Ijurisdicción de los Tribunales Federales con sede en la Ciudad de México, DistriFederal, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles por sdomicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.

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NÚMERO DE REGISTRO:

Leído que fue el presente instrumento y enteradas las partes de su contenido yalcances, lo firman por cuadruplicado, en la ciudad de México, DistritoFederal, a los 20 días del mes de febrero de 2013.

POR "LA UNAM" POR LA "UNICAM SUR"

DRA. MARGARITA VELÁZQUEZGUTIÉRREZ

PRESIDENTE DEL CONSEJO DEDIRECCIÓN DEL CAMPUS MORELOS

DR . ULIA TAGÜEÑA PARGAENCARGADA DE LA DIRECCIÓN DEL

INSTITUTO DE ENERGÍASRENOVABLES

LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN CORRESPONDEN AL ACUERDO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN,POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, A LA QUE EN LO SUCESIVO SELE DENOMINARÁ "LA UNAM", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DRA. MARGARITA VELÁZQUEZGUTIÉRREZ, PRESIDENTE DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN DEL CAMPUS MORELOS, CON LA ASISTENCIADE LA DRA. JULIA TAGÜEÑA PARGA, ENCARGADA DE LA DIRECCIÓN DEL INSTITUTO DE ENERGÍASRENOVABLES; Y POR LA OTRA PARTE, LA UNIVERSIDAD CAMPESINA DEL SUR, A.C., A LA QUE EN LOSUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "UNICAM SUR", REPRESENTADA POR EL LIC. PLUTARCO GARACÍJIMÉNEZ, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL.

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