Decaimiento y Disolucion Del Vinculo Matrimonial - 2010

Embed Size (px)

Citation preview

  • DECAIMIENTO Y DISOLUCION DEL VINCULO CONYUGAL

    EVELYN MARIO ARROYO

  • SEPARACION DE CUERPOS.

  • ANTECEDENTES: - Influencia del cristianismo, adulterio como causa de separacin de cuerpos. - La iglesia lucho contra las leyes que autorizaron el divorcio, pero no fue posible mantener ciertos hogares profundamente desavenidos.

  • - Cdigo Civil de 1852 consider el divorcio como la separacin de los casados, quedando subsistente el vinculo matrimonial. - Cdigo 1936 admite el divorcio relativo y el divorcio absoluto. - Cdigo 1984 en cambio regula la separacin de cuerpos como una figura independiente a la del divorcio.

  • CONCEPTO Institucin del derecho de familia que consiste en la interrupcin de la vida conyugal por decisin judicial; que suspende los deberes relativos al lecho y habitacin y pone fin al rgimen patrimonial de la sociedad de gananciales, dejando subsistente el vinculo matrimonial.

  • CAUSAS DE SEPARACION:Sistema de la Institucin Autnoma: Se estima a la separacin de cuerpos como institucin independiente de la figura del divorcio, pero que simultneamente se puede preveer la conversin de la separacin de cuerpos en divorcio. En ese sentido muestra slo el decaimiento conyugal y no precisamente su terminacin o disolucin.

  • Sistemas de las causas objetivas y subjetivas: - Sistema tradicional de causa subjetiva o por culpa de uno de los cnyuges, uno de ellos atribuye que su consorte se encuentra incurso en una de las causas de separacin establecidas en el ordenamiento jurdico. En este sistema lo que debe probarse es la culpabilidad del otro o su inocencia.

  • . -Sistema de causa objetiva o no inculpatoria. Se basa en el quebrantamiento de la vida comn de los esposos, constatada con el cese de efectivo de la convivencia durante cierto tiempo y que expresa el fracaso matrimonial, resultando que dicha unin matrimonial ya no resulta trascendente para los cnyuges, para los hijos ni para la sociedad, por lo que es necesario buscar una va que posibilite a los consortes liberarlos del vinculo formal que los une.

  • Sistema mixtoLos sistemas expuestos originan un tercer sistema llamado mixto, el cual combina los sistemas subjetivo y objetivo, vale decir, un sistema de causas inculpatorias con otras que no tienen ese caracter.A travs de la Ley 27495 04.07.2001 se introducen causas objetivas de separacin de cuerpos en nuestra legislacin, determinando un sistema mixto, aunque preponderantemente subjetivo.

  • CAUSAS DE SEPARACION DE CUERPOS.CAUSAS SUBJETIVAS O INCULPATORIAS: 1) ADULTERIO.- Infidelidad de uno de los cnyuges que afecta el principio de la monogamia y lesiona gravemente la esencia del vinculo conyugal. 2) VIOLENCIA FISICA Y PSICOLOGICA.- Maltratos ejecutados con crueldad que infiere uno de los cnyuges.

  • CAUSAS DE SEPARACION DE CUERPOS.3)ATENTADO CONTRA LA VIDA DEL CONYUGE.- Se trata de el intento de homicidio de uno de los cnyuges contra el otro. No interesa que el consorte sea el autor principal, cmplice o instigador. 4)INJURIA GRAVE QUE HAGA INSOPORABLE LA VIDA EN COMUN.- Significa una ofensa grave e inexcusable contra el honor, la reputacin o la personalidad del ofendido.

  • CAUSAS DE SEPARACION DE CUERPOS.5) ABANDONO INJUSTIFICADO DE LA CASA CONYUGAL.- Dicho alejamiento debe ser por mas de dos aos continuos o cuando la duracin sumada de los periodos exceda de eses plazo. 6) CONDUCTA DESONROSA.- Se trata del comportamiento deshonesto, indecente e inmoral de uno de los cnyuges de modo habitual que afecta la buena imagen de la familia.

  • CAUSAS DE SEPARACION DE CUERPOS. 7) TOXICOMANIA.- Uso habitual e injustificado de drogas alucingenas o de sustancias que pueden generar toxicomana. 8) ENFERMEDAD GRAVE DE TRANSMISION SEXUAL.- Enfermedades que deben ser contradas despus de la celebracin del matrimonio.

  • CAUSAS DE SEPARACION DE CUERPOS. 9) HOMOSEXUALIDAD SOBREVINIENTE AL MATRIMONIO.- Consiste en una grave alteracin de la conducta sexual de uno de los cnyuges. 10) CONDENA JUDICIAL.- Se refiere a la condena por delito doloso a pena privativa de libertad mayor de dos aos. 11) IMPOSIBILIDAD DE HACER VIDA EN COMUN.

  • CAUSAS OBJETIVAS O NO INCULPATORIAS: 1) SEPARACION DE HECHO.- Consiste en la interrupcin de la cohabitacin conyugal sin que haya propsito de renormalizar la vida en comn. LEY 27495

  • 2) SEPARACION CONVENCIONAL.- Es el acuerdo libre y voluntario de los cnyuges de poner fin al vinculo matrimonial de una manera pacifica y rpida. Requisitos de la demanda.

  • EFECTOS DE LA SEPARACION DE CUERPOS.RESPECTO DE LOS CONYUGES: 1. Suspensin de los deberes de lecho y habitacin. 2. Fenecimiento de la sociedad de gananciales. 3. Derecho alimentario de los cnyuges. 4. Perdida de derecho hereditario. 343 cc

  • RESPECTO DE LOS HIJOS

    1. Ejercicio de la patria potestad, 340 cc. 2. Obligacin alimentaria, 342 cc.

  • Efectos de la separacin de cuerpos por causal de separacin de hecho. 1) Fin de la sociedad de gananciales.

    2) Ejercicio de la patria potestad 345 cc

    3) Indemnizacin por daos derivados de la separacin de hecho. 345-A cc.

  • FENECIMIENTO I.- POR RECONCILIACION DE LOS CONYUGES: Consiste en un acuerdo de los esposos que consiste en la reanudacin de la vida conyugal, basado en el perdn otorgado al cnyuge culpable por el ofendido. Art. 346cc - Que la reconciliacin se de durante el juicio. - Que la reconciliacin se de despus de la sentencia. SE INSCRIBE EN EL REGISTRO PERSONAl.

  • FENECIMIENTOII.- POR CONVERSION DE LA SEPARACION EN DIVORCIO ULTERIOR: - Caso de la separacin convencional. - Caso de separacin de cuerpos por causal de separacin de hecho. - Caso de separacin de cuerpos por causal especifica.III.- POR MUERTE DE UNO DE LOS CONYUGES.

  • CUESTIONES PROCESALES 1) TITULAR DE LA ACCION, los cnyuges, excepcionalmente: . Los ascendientes (incapacidad por enfermedad mental o declaracin de ausencia)

    . El curador especial.

  • CUESTIONES PROCESALES 2)LIMITACIONES A LA ACCION DE SEPARACION DE CUERPOS: . La prohibicin de fundar la accin en hecho propio. . La prohibicin de fundar la accin por adulterio en algunas situaciones. . La prohibicin de invocar la causal de condena por delito doloso a quien lo conoca.

  • CUESTIONES PROCESALES 3) COMPETENCIA Y TRAMITE:

    . Proceso de conocimiento. . Proceso sumarsimo. 4) REQUISITOS: . Que exista un matrimonio vlido.

  • CUESTIONES PROCESALES . Que se de una o mas causas de separacin . Que la accin no haya caducado.

    5) SOLICITUD DE DIVORCIO LUEGO DE CULMINADO EL TRAMITE: Art. 580 CPC y 354 CC.

  • DIVORCIO ANTECEDENTES: . Su forma primitiva fue el repudio concedido a favor del marido. . Despus de la Revolucin francesa en el derecho contemporneo el divorcio absoluto se incorpora en la mayora de las legislaciones del mundo. .

  • DIVORCIO CONCEPTO: Consiste en la disolucin del vinculo matrimonial por decisin judicial, por causas establecidas en la ley y que pone fin a la vida en comn de los esposos. Ello implica la ruptura total y definitiva del lazo conyugal.

  • DOCTRINA JURIDICA TESIS ANTIDIVORCISTAS. - Doctrina sacramental: Lo que dios uni que no lo separe el hombre. - Doctrina sociolgica: La sociedad es una gran masa donde las molculas son las familias - Doctrina paterno filial: El divorcio afecta y perjudica no solo al cnyuge inocente, sino tambin a los hijos.

  • DOCTRINA JURIDICATESIS DIVORCISTAS: - Doctrina del divorcio repudio: carta de repudio El coran (repetir 3 veces) Musulmanes o Islmicos. - Doctrina del Divorcio Sancin: . El principio de culpabilidad. . La existencia de causales. . El carcter punitivo.

  • DOCTRINA JURIDICA TESIS DIVORCISTAS. - Doctrina del divorcio - remedio: . El principio de la desavenencia grave. . La existencia de una sola causa para el divorcio: el fracaso matrimonial. . La consideracin de que la sentencia de divorcio es un remedio y de este modo soluciona una situacin insostenible.

  • CAUSA DEL DIVORCIO Articulo 333 del Cdigo Civil.

  • EFECTOS JURIDICOSCON RELACION A LOS CONYUGES. - Disolucin del vinculo conyugal.

    - Obligacin alimentaria de los ex cnyuges.

    - Reparacin del dao moral.

    - Perdida de gananciales.

  • EFECTOS JURIDICOSCON RELACION A LOS CONYUGES.

    - Perdida de derechos hereditarios. - Cesacin de llevar el apellido del marido.

    - Terminacin del parentesco por afinidad colateral (art.237).