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DE PROPUESTA DE ADECUACIÓN DE LA PLANILLA ELECTRONICA DE LA SUNAT
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Julio, 2010
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ELABORACIÓN DE PROPUESTA DE ADECUACIÓN DE LA PLANILLA ELECTRONICA DE LA SUNAT
1. Antecedentes Mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil –ANSC como organismo técnico especializado y rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, encargado de establecer, desarrollar y ejecutar la política de Estado respecto del Servicio Civil. Asimismo, la Gerencia de Políticas de Gestión de Recursos Humanos (GPGRRHH), tiene a su cargo efectuar las propuestas normativas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, incluyendo proponer un modelo de Servicio Civil para la reforma y una política remunerativa, que establezca incentivos monetarios y no monetarios, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas. Para dicho fin resulta importante contar con información sobre los servidores que se encuentran actualmente laborando para el Estado, así como de sus niveles remunerativos, cualesquiera sea su modalidad de contratación o forma de retribución. Si bien se cuenta con información de la planilla electrónica de la SUNAT, dicha información cuenta con problemas de registro, lo cual dificulta su aprovechamiento. Uno de los principales problemas de la planilla electrónica de la SUNAT es que se diseñó y desarrolló con un fuerte sesgo hacia la actividad privada, motivo por el cual presenta serias limitaciones para el registro y aprovechamiento de la información sobre el sector público. Por tanto, la SUNAT ha iniciado un proceso de optimización de la planilla electrónica, lo que incluye la adecuación de ésta a los requerimientos y especificidades de las entidades del sector público. Es en este contexto que SERVIR, en su calidad de autoridad del servicio civil, debe proponer los requerimientos de información y ajustes necesarios relativos al sector público. 2. Objetivo Proponer las modificaciones necesarias a la planilla electrónica de la SUNAT, con la finalidad que ésta recoja información pertinente, suficiente y confiable sobre las personas que laboran en las entidades públicas y sus ingresos. 3. Análisis de la Planilla Electrónica de la SUNAT La planilla electrónica de la SUNAT es un documento electrónico, actualizado mensualmente, en el que se encuentra registrada información de los trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios de cuarta categoría, beneficiarios de modalidades formativas laborales, personal de terceros y derechohabientes. En la revisión y manejo de la información de la planilla electrónica se identificaron varios problemas, no sólo relativos al ingreso de la información, sino también a la estructura de la planilla electrónica.
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3.1. Limitaciones A continuación se lista la síntesis de la identificación de las limitaciones en la planilla electrónica de la SUNAT:
Falta de controles internos y externos al sistema - No existen suficientes controles internos que prevengan el registro de información
incorrecta. No se han identificado y utilizado todas las preguntas que pueden funcionar como filtro, tanto para la habilitación, como la deshabilitación de campos y opciones de respuesta.
- No existen interfaces con otros sistemas que ya existen en sector público para la validación de la información consignada en la planilla electrónica.
Falta de adecuación a los requerimientos y especificidades de la administración publica - Faltan campos que son imprescindibles en la administración pública, como por
ejemplo, la condición laboral (nombrado / contratado), tipo de entidad pública (ministerio / programas y proyectos / organismo regulador / organismo ejecutor / organismo técnico especializado / organismos constitucionalmente autónomos, entre otros) o nivel de gobierno (nacional / regional / local) u otros. Para el caso de la administración pública, la información se registra a nivel de unidad ejecutora, siendo complicada la agregación de la información a nivel de entidad pública.
- Las tablas de referencia para el llenado de los campos presenta opciones para el sector privado y el sector público, simultáneamente, lo cual facilita que se consigne información incorrecta. El caso más saltante y de mayor relevancia para SERVIR es el campo “tipo de trabajador”: se muestran opciones para el sector privado al inicio de la tabla (“ejecutivo”, “empleado”, entre otros) y para el sector público al final de la tabla (“servidor público‐directivo superior”, “servidor público‐ejecutivo”, etc. – de acuerdo con la nomenclatura estipulada por la Ley Marco del Empleo Público); las opciones previstas para el sector privado son frecuentemente utilizadas por la mayor parte de las entidades públicas.
- Las tablas con las opciones de respuesta no se ajustan a la realidad de la administración pública. Por ejemplo, como ya se mencionó, la tabla para el campo “tipo de trabajador” presenta como opciones para el sector público la nomenclatura estipulada por la Ley el Empleo Público, la cual no ha sido aplicada en la mayoría de entidades públicas, las cuales aun mantienen una división de sus trabajadores de acuerdo con la definición del D.Leg. 276 (“funcionario”, “profesionales”, “técnicos” y “auxiliares”). Adicionalmente, no existen todas las opciones pertinentes, pues no se está considerando, por ejemplo, las carreras especiales que existen en el sector público.
Alto grado de error en el registro de la información por parte de los responsables en cada entidad - La autoayuda de los campos de la planilla electrónica contiene descripciones que no
siempre se ajustan a la realidad de la administración pública, por cuanto algunas entidades pueden no visualizarse en la descripción y, por consiguiente, no consignar la información solicitada o la consignan incorrectamente.
- Adicionalmente, también está presente un problema intrínseco a la administración pública, que es la rotación del personal y, por consiguiente, su falta de capacitación.
Las limitaciones antes mencionadas originan que no se cuente con información confiable y suficiente sobre las personas que laboran en las entidades públicas y sus ingresos pues en ocasiones, o no se registra la información necesaria o se registra con errores.
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3.2. Potencialidades La planilla electrónica de la SUNAT cuenta con un gran potencial, pues:
Cuenta con información dinámica: la planilla electrónica es actualizada mensualmente
Tiene carácter obligatorio: las entidades están obligadas a llenar la información de su planilla cada mes para el pago tanto de las planillas como de los tributos
Existen sistemas informáticos en el sector público que ya tienen larga trayectoria, lo que ofrece una mayor confiabilidad a la información que contiene y por tanto pueden servir de fuentes de validación de la información que se consigna en la planilla electrónica de la SUNAT.
4. Recomendaciones para la Adecuación de la Planilla Electrónica de la SUNAT
4.1. Recomendaciones generales1
Adecuar la planilla electrónica a los requerimientos y especificidades del sector público: - Adecuar las autoayudas a la especificidad del sector público y utilizar un lenguaje
sencillo que no se preste a confusiones. - Definir los campos necesarios y suficientes para el sector público. - Definir las opciones pertinentes para los campos relativos al sector público,
particularmente en lo relativo a ‘tipo de trabajador’ y su ‘régimen laboral’.
Introducir los controles internos y externos necesarios para asegurar una mayor confiabilidad de la información registrada: - Aprovechar los sistemas informáticos que ya existen en el sector público, como por
ejemplo la RENIEC, para el control de la información de las personas de acuerdo con su DNI. Identificar otros sistemas relevantes y establecer contacto con los responsables de su administración.
- Establecer todos los controles internos necesarios para minimizar la posibilidad de error en el registro de la información. Identificar las preguntas filtro y su efecto en el resto de preguntas.
Capacitar al personal responsable del registro de la información en la planilla electrónica - Coordinar con la SUNAT la capacitación de los responsables del registro de la
información en la planilla electrónica de la SUNAT, para el caso de la administración pública.
4.2. Recomendaciones específicas En el caso de las autoayudas, todas deben ser revisadas y ajustadas para adecuarse a la especificidad del sector público. A continuación se muestra la matriz de análisis de las variables que deben ser modificadas y, posteriormente, para mayor claridad de lo que se espera para el caso específico de la administración pública, se presentan las observaciones en las plantillas electrónicas.
1 Tomado de: Puga, Yesenia. Abril 2010. “Análisis y Propuesta de Mejora de Fuentes de Información Estadística”. SERVIR.
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Adecuación de la planilla electrónica de la SUNAT:
Campos / Alternativas Modificaciones Observaciones Sustento
DATOS DEL DECLARANTE
Número de RUC Razón Social La implementación de la planilla electrónica en línea permitiría aprovechar las bases de datos existentes (SUNAT). El número de documento de identificación debiera permitir obtener la razón social de la entidad, conforme a su norma de creación.
Existen errores en el registro de la información que podrían prevenirse con el uso de controles externos, validando la información con fuentes de datos ya consolidadas.
1. Contar con información confiable.
2. Poder gestionar la información de la base de datos al poderse identificar fácilmente las entidades por su nombre formal.
Administración pública Esta pregunta debe ser filtro para el resto de preguntas, para evitar errores en el registro de la información. Asimismo, se debe modificar la autoayuda para que sea más precisa y clara.
Existen entidades que son registradas erróneamente como privadas siendo públicas y viceversa.
1. La competencia de SERVIR se extiende sobre las entidades públicas, para lo que se requiere que éstas estén identificadas correctamente.
2. La información registrada para las entidades públicas debe adecuarse a las particularidades de éstas, lo que difiere de las entidades del sector privado.
Pliego presupuestal Los campos se definen de
acuerdo con la clasificación del MEF (código y nombre) Ver tabla en anexo.
Este campo debe ser habilitado para la administración pública, de forma obligatoria, pues se requiere identificar las diferentes entidades públicas, las cuales no necesariamente corresponden con una unidad ejecutora declarante.
Por ejemplo, para el caso de los gobiernos regionales, cada uno representa un pliego presupuestal, el cual integra diferentes unidades ejecutoras declarantes. Del mismo modo ocurre, por ejemplo, con el MINSA, el cual representa un pliego presupuestal que integra diferentes unidades ejecutoras declarantes (la sede central, los hospitales, etc.).
1. Es precisa identificar las diferentes entidades de la administración pública y poder agregar la información del personal que le presta servicios y sus ingresos.
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Campos / Alternativas Modificaciones Observaciones Sustento
REMYPE Empresa de intermediación o
tercerización SENATI Agencia de empleos
Estos campos deben ser deshabilitados pues no corresponden a la administración pública.
1. No corresponden a la administración pública y pueden presentar confusión.
Régimen laboral del personal de la entidad
Público Privado Privado/Público
La sumilla debe ser más precisa, de modo que se establezca que el régimen laboral corresponde al personal que labora en ésta. Se debe corregir la autoayuda. La pregunta del régimen laboral de la entidad es una pregunta que alude al régimen formal de la entidad, el cual se define en su norma de creación.
Existe mucha confusión para fines del registro del régimen laboral de la entidad.
2. Se requiere información confiable conforme los establece los documentos de gestión.
DESPLAZAMIENTO DE PERSONAL
Destaca o desplaza personal a otros
Terceros empleadores le destacan o desplazan personal a su organización
Son preguntas filtro para la habilitación de las 3era y 4ta pestañas. Se debe adecuar la autoayuda para el caso de la administración pública, pues las definiciones están sesgadas a la visión del sector privado.
La autoayuda debe precisar la aplicación de la pregunta para el sector público, con la finalidad se puede reconocer la obligación o no de registrar información en dichos campos.
DATOS PERSONALES DE TRABAJADOR, PENSIONISTA O PRESTADOR DE SERVICIO
Documento de identificación Número de documento
Apellidos y nombres
Sexo Fecha de nacimiento
Nacionalidad
La implementación de la planilla electrónica en línea permitiría aprovechar las bases de datos existentes (RENIEC/SUNAT). El número de documento permitiría obtener demás datos personales.
Existen errores en el registro de la información que podrían prevenirse con el uso de controles externos, validando la información con fuentes de datos ya consolidadas.
1. Contar con información confiable.
2. Mejor gestión de la data al poderse identificar con facilidad y sin errores a las personas y sus características.
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Campos / Alternativas Modificaciones Observaciones Sustento
CATEGORÍAS
Contrato Administrativo de Servicios – CAS
RUC
Se debe agregar la categoría CAS, para quienes el registro de RUC debe ser obligatorio. Adicionalmente, la categoría debe ser un filtro para las ventanas que se habilitan posteriormente.
Existen observaciones de trabajadores categorizados bajo el régimen CAS y simultáneamente, de manera errónea, bajo el régimen público (D.Leg. 276) o privado (D.Leg. 728).
Actualmente los CAS se registran en la planilla electrónica en doble condición: como trabajadores (código 67) y como prestadores de servicio de 4ta categoría. Este doble registro genera duplicidad de información que podría ser superado creando un solo código.
DATOS PRINCIPALES DEL TRABAJADOR Y CAS
Tipo de trabajador
Funcionario público Empleado de confianza
Servidor público ‐ directivo superior
Servidor público ‐ ejecutivo Servidor público ‐ especialista Servidor público ‐ de apoyo Agrario dependiente – Ley
27360
Construcción civil Obrero Contrato Administrativo de
Servicios
Las únicas posiciones que deben de aparecer son las correspondientes al sector público o, en su defecto, registrar a la persona como CAS.
Aproximadamente el 70% de los trabajadores es registrado bajo las alternativas “Ejecutivo” o “Empleado” previstas para el sector privado.
Ley 28175 Ley Marco del Empleo Público.
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Campos / Alternativas Modificaciones Observaciones Sustento
Régimen laboral y/o de contratación:
D.Leg. 728 D.Leg. 276 Profesorado (Ley 24029) Magisterio (Ley 29062)
Docentes universitarios (Ley 23733)
Profesionales de la salud (Ley 23536)
Técnicos y Auxiliares asistenciales de la salud (Ley 28561)
SERUM
Jueces Fiscales Diplomáticos
Militares
Policías
El nombre del campo debe ser corregido para que sea más preciso. Las únicas opciones que deben de aparecer habilitadas son las correspondientes a la administración pública. Si en el campo “Tipo de trabajador” se consignó CAS, ya no se requiere llenar este campo. Este campo es filtro para el campo
“categoría ocupacional” para aquellos trabajadores que se marque cualquiera de las siguientes opciones, ya no se deberá consignar la categoría ocupacional:
SERUM
Jueces Fiscales Diplomáticos
Militares
Policías
La planilla electrónica debe recoger, de manera específica, los regímenes laborales o de carrera que existen en el sector público para que a cada trabajador le pueda ser atribuido el régimen que le corresponda.
Categoría ocupacional
Funcionario Profesional Técnico Auxiliar
Las alternativas de este campo deben ser ajustadas a las 4 opciones que se muestran. Este campo debe ser obligatorio para todos los trabajadores y personal CAS. La autoayuda debe ser ajustada para que haya mayor claridad en la definición de cada alternativa.
Para la gestión de SERVIR se requiere establecer categorías análogas regímenes y modalidades de contratación para el análisis de la información.
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Campos / Alternativas Modificaciones Observaciones Sustento
Ocupación Este campo se mantiene. Información relevante para los fines del Ministerio de Trabajo.
DATOS COMPLEMENTARIOS DEL TRABAJADOR Y CAS
Condición laboral (Tipo de contrato)
Nombrado (D.Leg 276)
Contrato indefinido (D.Leg 728)
Contrato a plazo fijo (D.Leg 728)
Servicios Personales (aplicable a los regímenes de carrera)
CAS (D.Leg 1057)
El nombre ‘Tipo de contrato’ no es preciso para la administración pública; para precisar mejor la variable debe llamarse ‘Condición laboral’. Las opciones habilitadas deben ser únicamente las que se muestran en el recuadro. Debe ser un campo obligatorio. Se debe ajustar la autoayuda para ser más clara en la definición de cada alternativa.
Son muchas las opciones que se presentan como alternativa, de las cuales varias corresponden al sector privado, confundiendo al que registra la información y afectando la confiabilidad de la data que se ingresa. Además, no se considera la opción nombrado relativa únicamente a la administración pública.
Es preciso simplificar la información estableciendo las únicas opciones de condición laboral que podría tener un trabajador en la administración pública.
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Campos / Alternativas Modificaciones Observaciones Sustento
PERIODOS LABORALES DEL TRABAJADOR Y CAS
Motivo del fin del vínculo Adicionar alternativas:
Renuncia Despido o destitución Cese colectivo Jubilación Invalidez absoluta
permanente
Terminación de la obra o servicio o vencimiento del plazo
Mutuo disenso
Fallecimiento
Reasignación Permuta
Transferencia
La sumilla debe ser ajustada para precisar mejor el tipo de información que se quiere recoger. Las alternativas mostradas deben ser las únicas opciones habilitadas pues son las que corresponden a la administración pública.
La versión 1.6 de la planilla electrónica ya incluye la opción “reasignación” pero no ha considerado las opciones “permuta” y “transferencia”, las cuales también concluyen el vínculo laboral de la persona con la entidad (aunque no con el Estado).
La planilla electrónica debe reflejar únicamente los motivos de fin de vínculo aplicables a la administración pública.
DATOS LABORALES DEL PENSIONISTA
TODOS LOS CAMPOS SE MANTIENEN Y LAS ALTERNATIVAS PARA CADA CAMPO SE AJUSTAN A LAS OPCIONES QUE CORRESPONDEN ÚNICAMENTE PARA LOS PENSIONISTAS.
DATOS DE LA PERSONA BAJO MODALIDAD FORMATIVA
Tipo de modalidad formativa: (agregar alternativa)
Secigrista
Se deben mostrar sólo las opciones relativas a la administración pública, para lo cual se debe agregar la alternativa: secigrista.
Se requiere incluir la opción “secigrista” que se aplica únicamente al sector público.
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Leyenda:
Variable que queda
Validación de información
Variable descartada
Nueva variable
x
Pgta. filtro para todo aclarar autoayuda
Adicionar: ‘Pliego presupuestal’
Pgta. filtro para sección trabajador. Corregir autoayuda
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Controles: RENIEC y SUNAT. Pgta. filtro para resto de información, salvo telf. y correo electrónico.
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Presentar sólo opciones del SP (LMEP):
• Funcionario público
• Empleado de confianza
• SP ‐ directivo superior
• SP ‐ ejecutivo • SP ‐ especialista • SP ‐ de apoyo • Agrario
dependiente – Ley 27360
• Construcción
IGUAL PARA TRABAJADOR Y CAS
CONADIS
Pgta. obligatoria. Ajustar alternativas y mostrar sólo las del SP:
• Funcionario • Profesional • Técnico • Auxiliar
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Nombre: ‘Condición laboral’. Presentar sólo opciones del SP:
• Nombrado • Contrato
indefinido • Contrato a
plazo fijo • CAS
IGUAL PARA TRABAJADOR Y CAS
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IGUAL PARA TRABAJADOR Y CAS
Motivo de fin de vínculo con la entidad:
• Renuncia • Despido o
destitución • Cese colectivo • Jubilación • Invalidez absoluta
permanente • Terminación de la
obra o servicio o vencimiento del plazo
• Mutuo disenso • Fallecimiento • Reasignación • Permuta
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4TA CATEGORÍA
Se mantiene: asegurar que las opciones de los campos se limiten a las opciones relativas a los pensionistas
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Anexo: Tabla de Pliegos Presupuestales
Código Nombre
00000 Sin Pliego ‐ Otros
00000 Sin Pliego ‐ Municipalidades provinciales y distritales
01001 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
01002 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
01006 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
01010 DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA
01011 DESPACHO PRESIDENCIAL
01012 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS ‐ DEVIDA
01016 CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO ‐ CEPLAN
01017 INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE PUEBLOS ANDINOS AMAZONICOS Y AFROPERUANO ‐INDEPA
01018 SIERRA EXPORTADORA
01019 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
01020 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
01021 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
01022 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
01023 AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
01024 ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE
01070 CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU
01116 INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION DEL PERU ‐ IRTP
Agregar opción “Secigrista”
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Código Nombre
01183 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
04004 PODER JUDICIAL
04040 ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
05005 MINISTERIO DEL AMBIENTE
05050 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO ‐ SERNANP
05051 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL ‐ OEFA
05055 INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE LA AMAZONIA PERUANA
05112 INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU
05331 SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGIA E HIDROLOGIA
06006 MINISTERIO DE JUSTICIA
06060 ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
06061 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
06067 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
07007 MINISTERIO DEL INTERIOR
08008 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
08080 AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL ‐ APCI
09009 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
09055 AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA
09057 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
09058 COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
09059 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
09095 OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL‐ONP
10010 MINISTERIO DE EDUCACION
10110 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
10111 CENTRO VACACIONAL HUAMPANI
10113 BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
10114 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
10117 SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
10342 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE
10510 U.N. MAYOR DE SAN MARCOS
10511 U.N. DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
10512 U.N. DE TRUJILLO
10513 U.N. DE SAN AGUSTIN
10514 U.N. DE INGENIERIA
10515 U.N. SAN LUIS GONZAGA DE ICA
10516 U.N. SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA
10517 U.N. DEL CENTRO DEL PERU
10518 U.N. AGRARIA LA MOLINA
10519 U.N. DE LA AMAZONIA PERUANA
10520 U.N. DEL ALTIPLANO
10521 U.N. DE PIURA
10522 U.N. DE CAJAMARCA
10523 U.N. PEDRO RUIZ GALLO
10524 U.N. FEDERICO VILLARREAL
10525 U.N. HERMILIO VALDIZAN
10526 U.N. AGRARIA DE LA SELVA
10527 U.N. DANIEL ALCIDES CARRION
10528 U.N. DE EDUCACION ENRIQUE GUZMAN Y VALLE
10529 U.N. DEL CALLAO
10530 U.N. JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRION
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Código Nombre
10531 U.N. JORGE BASADRE GROHMANN
10532 U.N. SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO
10533 U.N. DE SAN MARTIN
10534 U.N. DE UCAYALI
10535 U.N. DE TUMBES
10536 U.N. DEL SANTA
10537 U.N. DE HUANCAVELICA
10538 U.N. AMAZONICA DE MADRE DE DIOS
10539 U.N. MICAELA BASTIDAS DE APURIMAC
10540 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
10541 U.N. TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA DE AMAZONAS
10542 U.N. INTERCULTURAL DE LA AMAZONIA
10543 U.N. TECNOLOGICA DEL CONO SUR DE LIMA
10544 U.N. JOSE MARIA ARGUEDAS
10545 U.N. DE MOQUEGUA
11011 MINISTERIO DE SALUD
11131 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
11134 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD
11135 SEGURO INTEGRAL DE SALUD
11136 INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS ‐ INEN
12012 MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
13013 MINISTERIO DE AGRICULTURA
13160 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA ‐ SENASA
13163 INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACION AGRARIA
13164 AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA ‐ ANA
16016 MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS
16220 INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR
16221 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO
19019 CONTRALORIA GENERAL
20020 DEFENSORIA DEL PUEBLO
21021 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
22022 MINISTERIO PUBLICO
24024 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
26026 MINISTERIO DE DEFENSA
26332 INSTITUTO GEOGRAFICO NACIONAL
27027 FUERO MILITAR POLICIAL
28028 CONGRESO DE LA REPUBLICA
31031 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
32032 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
33033 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
35008 COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO ‐ PROMPERU
35035 MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
35180 CENTRO DE FORMACION EN TURISMO
36036 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
36202 SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS ‐ SUTRAN
36214 AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL
37037 MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
37056 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
37205 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
37211 ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL
38038 MINISTERIO DE LA PRODUCCION
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Código Nombre
38059 FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO ‐ FONDEPES
38240 INSTITUTO DEL MAR DEL PERU ‐ IMARPE
38241 INSTITUTO TECNOLOGICO PESQUERO DEL PERU ‐ ITP
39039 MINISTERIO DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
39345 CONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACION DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD ‐ CONADIS
99440 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS
99441 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH
99442 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE APURIMAC
99443 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA
99444 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO
99445 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA
99446 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO
99447 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA
99448 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE HUANUCO
99449 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ICA
99450 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE JUNIN
99451 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD
99452 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE
99453 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LORETO
99454 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS
99455 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA
99456 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PASCO
99457 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PIURA
99458 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PUNO
99459 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN
99460 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TACNA
99461 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES
99462 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI
99463 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LIMA
99464 GOBIERNO REGIONAL DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO
99465 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA