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COMITÉ ACADÉMICO DE DEPARTAMENTOS
El Comité Académico de Departamentos en su sesión No. 453 de fecha 04 de diciembre
de 2018, acordó lo siguiente:
ACUERDO PRIMERO:
Se aprobó el documento “Proceso y Procedimiento para la Apertura y Cierre de Programas
Curriculares”, mismo que entrará en vigor a partir de su publicación en Comunicación Oficial. (Se
anexa documento actualizado).
El Comité Académico de Departamentos en su sesión No. 454 de fecha 05 de febrero de
2019, acordó lo siguiente:
ACUERDO PRIMERO:
Se aprobó una actualización a los documentos de “Lineamientos para la Inscripción de las
Materias de Integración del Conocimiento de Español y Matemáticas”, así como a la “Normativa”,
mismo que entrará en vigor a partir de su publicación en Comunicación Oficial. (Se anexan
documentos actualizados).
Estos documentos derogan y abrogan los documentos de “Lineamientos para la Inscripción de las
Materias de Integración del Conocimiento de Español y Matemáticas”, así como a la “Normativa”
publicado en la Comunicación Oficial 194 de fecha octubre de 2016, por lo que se solicita poner la
marca de agua de “ABROGADO”.
JUNTA DE GOBIERNO
En la sesión ordinaria número JG/46/19 de la Junta de Gobierno celebrada el 29 de enero
del 2019 se tomaron los siguientes acuerdos:
ACUERDO PRIMERO
Se aprueba por unanimidad el Código de Ética.
ACUERDO SEGUNDO
Se aprueba por unanimidad la modificación del Estatuto Orgánico de la Universidad
Iberoamericana Torreón, del Capítulo IV, Sección Primera, artículo 22, de los miembros que
integran el Comité Académico de Departamentos para su difusión en Comunicación Oficial.
Se anexa redacción que deberá ser incluida en el documento de “Estatuto Orgánico de la
Universidad Iberoamericana Torreón”, publicado en la Comunicación Oficial 158 de fecha octubre
de 2012, por lo que se solicita colocar la marca de agua de “ABROGADO” en el Capítulo IV, Sección
Primera, artículo 22. (Ver anexo)
En la sesión ordinaria número JG/47/19 de la Junta de Gobierno celebrada el 26 de
febrero del 2019, se tomaron los siguientes acuerdos:
ACUERDO PRIMERO
Se aprueba por unanimidad el Plan Anual de Desarrollo Académico 2019. (Se anexa documento).
ANEXOS:
INTEGRACIÓN DEL CONOCIMIENTO
Las materias de Integración del Conocimiento, son cursos previos que comprenden los requisitos
básicos de conocimiento para iniciar la licenciatura. Estas materias no se toman en cuenta para el
promedio.
OBJETIVO GENERAL:
Fortalecer las competencias básicas de Matemáticas y de Español que los alumnos requieren para
cursar la licenciatura de manera regular.
NORMATIVA
1. El alumno que no apruebe la materia de Integración del Conocimiento de Español e Integración del Conocimiento de Matemáticas, deberá inscribir la(s) asignatura(s) en el siguiente periodo de manera OBLIGATORIA.
2. La(s) materia(s) de Integración del Conocimiento NO podrá(n) darse de BAJA ACADÉMICA.
3. Para acreditar la materia deberá cumplir al menos con el 80% de asistencia, además de las políticas y procedimientos establecidas por el profesor.
4. El resultado final de la evaluación ordinaria, se expresará con calificación mínima de NA, es aprobatoria a partir de 7.0 (siete), indicándose como A7, A8, A9 o A10, según sea el caso, y éstas no afectarán su promedio general por tratarse de materias no curriculares.
5. Son materias cursativas, por lo que no podrán acreditarse en otra modalidad (examen extraordinario).
6. El alumno podrá inscribir hasta tres veces la misma materia, en tres periodos consecutivos (primavera, verano, otoño), pero en la tercera ocasión estará obligado a acreditarla; de lo contrario, causará BAJA de la Universidad, sin derecho a cambio de carrera.
Se aprueba una actualización a este documento misma que entrará en vigor a partir de su
publicación en Comunicación Oficial. Esta actualización fue aprobada en el Comité Académico de
Departamentos en la sesión No. 454, de fecha 05 de febrero de 2019 y deroga a todas las
anteriores.
LINEAMIENTOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LAS MATERIAS DE INTEGRACIÓN
DEL CONOCIMIENTO DE ESPAÑOL Y MATEMÁTICAS
1. Integración del conocimiento de Español y/o Matemáticas, son materias obligatorias de
cursar en el primer semestre. Para su inscripción el Coordinador deberá llenar el formato
de TIRA ESPECIAL.
2. En caso de que la materia de Integración del Conocimiento no sea prerrequisito de otra, el
alumno podrá inscribir, si lo decide, su tira normal, además de la materia de Integración
del Conocimiento (que es obligatoria). Para su inscripción el Coordinador deberá llenar el
formato de TIRA ESPECIAL.
3. En caso de que la materia pre-requisitada sea del 2° semestre, el alumno deberá cursar la
materia de Integración del Conocimiento en el primer semestre y podrá llevar su carga
completa correspondiente a este semestre con autorización del alumno. Para su
inscripción el Coordinador deberá llenar el formato de TIRA ESPECIAL.
4. Cuando un alumno no pueda cursar toda la carga completa junto con las materias de
Integración del Conocimiento, éstas deberán de inscribirse además de las materias
prioritarias señaladas por cada Coordinador. Para su inscripción el Coordinador deberá
llenar el formato de TIRA ESPECIAL.
5. Cuando un alumno de nuevo ingreso va a realizar trámite de revalidación de estudios, no
aplicarán los Lineamientos para las materias de Integración del Conocimiento. Para su
inscripción el Coordinador deberá llenar el formato de TIRA ESPECIAL con las materias que
le convenga cursar al alumno de acuerdo a su revalidación y ésta deberá ser
preferentemente durante el primer semestre.
6. Cuando el alumno a ingresar sea egresado de la Preparatoria Carlos Pereyra y cuente con
pase automático, promedio mayor o igual a 8.0 (ocho), no aplicarán los Lineamientos de
las materias de Integración del Conocimiento e inscribirá su tira normal de materias.
7. Cuando el alumno no acredite la(s) materia(s) de Integración del Conocimiento la inscribirá
de manera obligatoria al siguiente semestre y en caso de que el alumno tuviera beca, ésta
no aplica.
NOTAS:
• La capacidad de los grupos de Integración al Conocimiento será preferentemente de 12 a
14 alumnos.
Se aprueba una actualización a este documento misma que entrará en vigor a partir de su
publicación en Comunicación Oficial. Esta actualización fue aprobada en el Comité Académico de
Departamentos en la sesión No. 454, de fecha 05 de febrero de 2019 y deroga a todas las
anteriores.
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PROCESO Y
PROCEDIMIENTO PARA
LA APERTURA Y CIERRE DE PROGRAMAS
CURRICULARES
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C O N T E N I D O
Presentación………………………………………………….……………. 3
Objetivo……………………………………………………….…………….. 3
Alcance..……………………………………………………….……………. 3
Procedimiento de apertura de programa curricular..……………………………………….……………. 4
Esquema del proceso de apertura del programa …………….……………………………………….……………. 8
Guía para elaborar el expediente de la propuesta de apertura de programa curricular…….…….…………. 9
Procedimiento de cierre de programa curricular..……..……….….., 13
Esquema del proceso de cierre del programa………………….……. 15
DOCUMENTOS: Plan de estudios de licenciatura o posgrado……………..………….. 16
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✓ PRESENTACIÓN.
Atendiendo los signos de los tiempos actuales, basados en diversos criterios de pertinencia de los programas académicos que se ofrecen y los que pudieran ofrecerse en el futuro, de conformidad con los requerimientos del sector productivo, público y social, las necesidades específicas del entorno, de la Comarca Lagunera, la demanda escolar, la pirámide poblacional, niveles de colocación en el mercado laboral, así como la factibilidad del desempeño del programa educativo en el corto, mediano y largo plazo, en la Universidad Iberoamericana Torreón a través de la Dirección General Académica se integraron los criterios que se deben cumplir para justificar la apertura de un nuevo programa educativo en la Universidad. Asimismo, se establecen la guía para el cierre de programas académicos según diversos criterios académicos, económicos, de mercado y demanda.
✓ OBJETIVO. El objetivo de este documento es determinar los lineamientos necesarios para la apertura y cierre de programas académicos curriculares de licenciaturas y posgrados en la Universidad Iberoamericana Torreón. Este documento integra los criterios que se deben cumplir para justificar la apertura de un nuevo programa educativo en la Universidad y definir los programas potenciales a cierre.
✓ ALCANCE.
Este procedimiento se extiende a lo largo de toda la Universidad Iberoamericana Torreón, dado que la apertura o cierre de programas curriculares afecta directa o indirectamente las actividades y responsabilidades de cada una de las dependencias en la Universidad, desde la elaboración del plan de estudios, su validación, autorización, su registro y validez oficial, las respectivas actualizaciones, su factibilidad financiera y asignación de recursos financieros, los requerimientos de infraestructura, instalaciones y equipo, y finalmente la puesta en marcha o cierre del programa y sus implicaciones en la vida académica de la Universidad.
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✓ PROCEDIMIENTO DE APERTURA DE PROGRAMA CURRICULAR.
1. Desarrollo de la propuesta de apertura de programa curricular.
La propuesta puede tener su origen en cualquier de las siguientes Dependencias, Unidades, Centros o Cuerpos Colegiados y/o de Consulta, los cuales elaboran la propuesta para ser presentada a la Comisión de Planes de Estudio (COPLE):
✓ El Consejo Técnico de una Unidad Académica. ✓ La Junta de Gobierno.* ✓ La Dirección General Académica (DGA).* ✓ Comité Académico de Departamentos.*
*Estás dependencias podrán solicitar la realización de una propuesta de apertura de programa curricular al área académica afín a la disciplina correspondiente al programa.
2. Desarrollo de la propuesta de apertura de programa curricular. El Consejo Técnico de la Unidad Académica elabora la propuesta con la participación de las áreas e instancias académicas-educativas-administrativas pertinentes, para ser presentada a la Comisión de Planes de Estudio (COPLE) (Ver guía para la elaboración de la propuesta inicial de programa curricular incluida como anexo en este mismo documento). 3. Expediente completo. Se procede a completar la propuesta de apertura de programa curricular, de conformidad con la “Guía para elaborar el expediente de la propuesta de apertura de programa curricular”, incluida en el punto 5 en este mismo documento).
4. Revisión de la propuesta COPLE. La Comisión de Planes de Estudio (COPLE) revisa el documento de la propuesta de apertura de programa curricular que recibe, emite su opinión académico-educativa acerca de dicha propuesta. Si no valida o aprueba la propuesta, notifica a la Unidad Académica la decisión con copia al Director General Académico; termina el subproceso.
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Si valida o aprueba la propuesta, se continúa con la actividad siguiente. 5. Presentación de la propuesta al CAD.
El Comité Académico de Departamentos (CAD) revisa el documento de la propuesta de apertura de programa curricular que recibe, emite su opinión académico-educativa acerca de dicha propuesta.
Si no valida o aprueba la propuesta, notifica a la Unidad Académica la decisión con copia al Director General Académico y a la Comisión de planes de Estudio; termina el subproceso.
6. Revisión de la propuesta CGA. El Comité General Administrativo (CGA) revisa el documento de la propuesta de apertura de programa curricular que recibe, emite al CAD su opinión de carácter financiero acerca de dicha propuesta. 7. Realización de ajustes. El Comité Académico de Departamentos (CAD), notifica al Director General Académico si en la propuesta se necesita realizar algún ajuste. Si se necesita realizar algún ajuste a la propuesta, regresa a la actividad 4. Si no se necesita realizar algún ajuste a la propuesta, se continúa con la actividad siguiente. 8. Recursos para el diseño curricular. La Dirección de Administración y Finanzas asigna los recursos necesarios para el diseño curricular del programa. 9. Realización del diseño curricular. El Consejo Técnico del programa académico con apoyo de la COPLE realiza el diseño curricular. 10. Aprobación del plan de estudios.
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La COPLE aprueba el nuevo Plan de Estudios. 11. Decisión del CAD acerca de la propuesta. El Comité Académico de Departamentos (CAD) analiza la propuesta de apertura de programa curricular, emite su decisión acerca de dicha propuesta y la envía junto con el documento a la Junta de Gobierno (JG). Si se necesita realizar algún ajuste a la propuesta, regresa a la actividad 4. Si no se necesita realizar algún ajuste a la propuesta, se continúa con la actividad siguiente. 12. Presentación de propuesta a la JG. El Rector presenta la Junta de Gobierno (JG) la propuesta de apertura de programa curricular. La JG devuelve al CAD el documento y su decisión a más tardar un mes después de que recibe la solicitud. 13. Decisión de la JG acerca de la propuesta. La Junta de Gobierno (JG) analiza la propuesta de apertura de programa curricular, emite su opinión y con esta información decide si se incorpora o no al portafolio de nuevos programas curriculares. Si no autoriza la propuesta, es decir, decide no abrir el programa curricular; termina el subproceso. Si autoriza la propuesta, es decir, decide abrir el programa curricular, se continúa con la actividad siguiente. 14. Notificación de resultados. La JG notifica su decisión al Comité Académico de Departamentos (CAD), con copia al Director General Académico (DGA) y a la Unidad Académica correspondiente. También informa al Equipo de Rectoría.
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15. Incorporación al portafolio de programas curriculares. Si la Junta de Gobierno decide que no haya incorporación al portafolio, termina el subproceso. Si la Junta de Gobierno decide que haya incorporación al portafolio, se continúa con la actividad siguiente. 16. Registro oficial del plan de estudios. La JG envía el Plan de Estudios al Director de Servicios Escolares (DSE) para registro ante la Secretaria de Educación Pública (SEP). 17. Aprobación del registro oficial de Plan de Estudios. El DSE recibe de la SEP notificación por escrito de la aprobación del Plan de Estudios y autorización expresa para comenzar la promoción.
18. Recepción de registro oficial de Plan de Estudios. El DSE recibe por escrito el Registro de Validez Oficial de Estudios (RVOE) por parte de la SEP. 19. Fecha de apertura del programa. La JG decide sobre la fecha de apertura del programa y lo notifica por escrito a la DGA, Consejo Técnico correspondiente, al CAD, al ER y al área de Promoción Universitaria y de Comunicación Social. 20. Período de promoción.
Con la notificación de la JG, las áreas de Comunicación Social y de Promoción Universitaria dan comienzo al período de promoción del programa. Se da por terminado el sub-proceso.
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ESQUEMA DEL PROCESO DE APERTURA DEL PROGRAMA.
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✓ GUÍA PARA ELABORAR EL EXPEDIENTE DE LA PROPUESTA DE APERTURA DE
PROGRAMA CURRICULAR. 2. Pertinencia social. Grupo(s) o sector(es) beneficiario(s) del programa, directa e indirectamente. Dimensión de la problemática social a la que responde, cualitativa y cuantitativamente. ¿Cuál es la contribución del programa a la solución de la problemática social atendida? 3. Pertinencia institucional. Relación con la Planeación Institucional: Misión, Visión y líneas Estratégicas a las que responde. Beneficio(s) Institucional (es) del Programa. Pertinencia económica del Programa. Riesgos institucionales por no tener el programa. 4. Aportes del programa al desarrollo de la Unidad Académica y su Dirección General. ¿Qué beneficios aporta el Programa a la Unidad Académica a la que se adscribe? Relación entre el programa y la Planeación del Área y de la Dirección General. 5. Análisis del programa en el Sistema Universitario Jesuita (SUJ). ¿En qué otra universidad existe el programa o programas similares? ¿Cuál ha sido el comportamiento del nuevo ingreso y de la población en el programa? ¿Existe vinculación entre el programa y otras instituciones educativas, sociales o centros de investigación? ¿Qué requerimientos especiales (profesores, infraestructura, etc.) se requieren o se han presentado para operar el programa? 6. Oportunidades de desarrollo profesional.
Indicar las opciones de desarrollo profesional del egresado (Asalariado, profesionista independiente, empresario), los sectores y subsectores económicos donde podrá ubicarse, y su ámbito de cobertura (local, regional, nacional, internacional).
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7. Análisis del programa en la Región. Programas ofrecidos (Institución, características, enfoque, plan de estudios, costos, número de alumnos, etc.). Opinión informada sobre la demanda y pertinencia del programa (Orientadores vocacionales, cámaras industriales, asociaciones y colegios profesionales). Incluir la información disponible en las oficinas de Promoción Universitaria y de Comunicación Social. 8. Diversificación de la oferta educativa. Asegurar la integración de la oferta educativa del portafolio de programas curriculares que atienda la demanda escolar. 9. Programas educativos innovadores.
Atención a requerimientos de la región y de México a través de programas educativos no tradicionales y novedosos que no existen dentro de la oferta educativa de la zona de influencia. 10. Recursos necesarios para la apertura. Se analizará la disponibilidad de personal docente local para cubrir las necesidades del programa. En este rubro también se describirán y cuantificarán (con el apoyo de las áreas correspondientes) las inversiones necesarias para poner en marcha el programa. Entre estas inversiones se pueden enumerar los laboratorios y su equipamiento, la compra de bibliografía específica, acceso a bases de datos digitales, programas de cómputo, adecuaciones a instalaciones, etc. 11. Análisis financiero del programa. Con el apoyo de la DAF y con base en la información disponible (colegiatura, becas y financiamientos, deserción, administración, docencia, infraestructura, promoción, etc.), hacer la proyección de ingresos y egresos financieros de una o más generaciones (según el caso), con el fin de establecer el número de pagos completos necesarios para cubrir la totalidad de sus costos. Considerando al menos, de manera enunciativa más no limitativa, la siguiente información y dependencias responsables: 11.1 Unidad Académica:
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11.1.1 Nombre del nuevo programa académico. 11.1.2 Plan de estudios. 11.1.3 Infraestructura necesaria. 11.1.4 Requerimientos de equipo e instalaciones. 11.1.5 Necesidades especiales. 11.1.6 Realización de investigación de mercado y focus group. 11.1.7 Requerimientos de recursos en lo general. 11.1.8 Necesidades de presupuesto. 11.1.9 Perfil del coordinador del programa académico. 11.1.10 Mercadológica. 11.1.11 Resultados de estudios integrales de mercado. 11.1.12 Resultados obtenidos en la valoración y percepción de la experiencia de egresados de la Escuela
Preparatoria Carlos Pereyra. 11.1.13 Encuestas a alumnos de nuevo ingreso de la oficina de Promoción y Admisión de la Ibero Torreón.
11.2 Coordinación de Desarrollo Institucional (CDI): 11.2.1 Información estadística. 11.2.2 Tendencias. 11.2.3 Población estudiantil (SEP). 11.2.4 Oferta académica del Sistema Universitario Jesuita (SUJ). 11.2.5 Cuotas escolares de otras universidades regionales y del SUJ. 11.2.6 Oferta de programas regionales en el SUJ. 11.2.7 Nuevos programas académicos aperturados recientemente en la región y en el SUJ. 11.2.8 Documento de Ciclo Escolar de la Secretaría de Educación Pública. 11.2.9 Las demás que sean necesarias y que se consideren pertinentes para integrar el expediente, las cuales
serán solicitadas por los canales institucionales recibiendo el apoyo total de todos los departamentos.
11.3 Comité General Administrativo: 11.3.1 Información financiera. 11.3.2 Sistema de becas y becas especiales. 11.3.3 Determina cuotas escolares. 11.3.4 Determina colegiaturas. 11.3.5 Determina metas financieras. 11.3.6 Determina mínimo de alumnos por grupo. 11.3.7 Determina mínimo de alumnos para aperturar un programa académico. 11.3.8 Determina porcentaje de deserción aceptable o promedio. 11.3.9 Determina fechas de pago. 11.3.10 Información sobre punto de equilibrio. 11.3.11 Factibilidad de apertura de nuevos programas. 11.3.12 Asignación de recursos. 11.3.13 Requerimientos de instalaciones y equipo. 11.3.14 Designación de presupuesto para contratación de coordinador del nuevo programa.
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11.3.15 Revisión de infraestructura mínima para el nuevo programa. 11.3.16 Las demás que sean necesarias y que se consideren pertinentes para integrar el expediente, las cuales
serán solicitadas por los canales institucionales recibiendo el apoyo total de todos los departamentos.
12. Planteamiento curricular del programa. Con visto bueno del CAD establecer el perfil de egreso del alumno (competencias, campo de trabajo), así como el mapa curricular del programa, donde se incluyan las líneas de formación. 13. Diseño curricular del programa. Con el apoyo de la COPLE completar el diseño curricular del programa conforme a los criterios establecidos institucionalmente, respetando los lineamientos de la Estructura Curricular Vigente adoptada en el SUJ, con sus dimensiones y áreas. 14. Diseño curricular del Área de Reflexión Universitaria (ARU).
Con el apoyo de ARU establecer las materias de integración del programa conforme a los criterios establecidos institucionalmente. 15. Diseño curricular del Área de Servicio Social.
Con el apoyo de Servicio social establecer el diseño curricular del programa conforme a los criterios establecidos institucionalmente. 16. Fecha de apertura o cierre del programa. Propuesta de semestre de inicio. Se deberá considerar el tiempo necesario para efectuar los trámites de registro y el periodo de promoción. 17. Modelo Educativo Ignaciano (MEI). Finalmente, es importante destacar que al diseñar los programas educativos con base a las características del MEI y el enfoque de competencias de la estructura curricular. Competencias genéricas establecidas en los marcos conceptual y operativo vigente.
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6 PROCEDIMIENTO DE CIERRE DE PROGRAMA CURRICULAR. 6.1 Definición de programas potenciales de cierre. La propuesta puede tener su origen en cualquier de las siguientes Dependencias, Unidades, Centros o Cuerpos Colegiados y/o de Consulta, los cuales elaboran la propuesta para ser presentada al Comité Académico de Departamentos (CAD):
✓ Dirección de Administración y Finanzas (DAF). ✓ La Junta de Gobierno. ✓ La Dirección General Académica (DGA). ✓ La Comisión de planes de estudios.
6.2 Desarrollo de la propuesta de cierre de programa curricular. El Comité Académicos de Departamentos podrá solicitar la realización de una propuesta de cierre de programa curricular por el comportamiento matricular de los últimos 4 semestres. La Coordinación de Desarrollo Institucional proporciona información estadística, de tendencias, del mercado, del comportamiento de la competencia. La DAF elabora un reporte de los últimos 4 semestres del comportamiento económico del programa. (Ver guía para la elaboración de la propuesta de cierre de programa curricular incluida como anexo en este mismo documento). 6.3 Revisión de la propuesta CAD. El Comité Académico de Departamentos (CAD) revisa el documento de la propuesta de cierre de programa curricular que recibe, emite su opinión académico-educativa acerca de dicha propuesta. También dará oportunidad de audiencia al Coordinador del programa para escuchar argumentos, así como recibir propuestas de mejora. Si no valida o aprueba la propuesta, notifica a la Unidad Académica la decisión con copia al Director General Académico; termina el subproceso. Si valida o aprueba la propuesta, se continúa con la actividad siguiente.
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6.4 Decisión del CAD acerca de la propuesta. El Comité Académico de Departamentos (CAD) analiza la propuesta de cierre de programa curricular, emite su decisión acerca de dicha propuesta y la envía junto con el documento a la Junta de Gobierno (JG). Si se necesita realizar algún ajuste a la propuesta, regresa a la actividad 6.2. Si no se necesita realizar algún ajuste a la propuesta, se continúa con la actividad siguiente. 6.5 Presentación de propuesta a la JG. El Rector presenta a la Junta de Gobierno (JG) la propuesta de cierre de programa curricular. La JG devuelve al CAD el documento y su decisión a más tardar un mes después de que recibe la solicitud. 6.6 Decisión de la JG acerca de la propuesta. La Junta de Gobierno (JG) analiza la propuesta de cierre de programa curricular, emite su opinión y con esta información decide si se retira o no del portafolio de programas curriculares. Si no autoriza la propuesta, es decir, decide no cerrar el programa curricular; termina el subproceso. Si autoriza la propuesta, es decir, decide cerrar el programa curricular, se continúa con la actividad siguiente. 6.7 Notificación de resultados. La JG notifica su decisión al Comité Académico de Departamentos (CAD), con copia al Director General Académico (DGA) y a la Unidad Académica correspondiente. También informa al Equipo de Rectoría.
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DOCUMENTO: PLAN DE ESTUDIOS DE LICENCIATURA O POSGRADO.
El diseño del programa curricular lo constituyen una serie de documentos que muestran la
estructura curricular completa del programa. El Plan de estudios debe contener los siguientes
apartados:
1 ANTECEDENTES: Análisis de la profesión.- Se explica la investigación que se realizó de la
oferta de la carrera en otros planteles y las necesidades concretas que se tienen en el campo
laboral de la carrera.
2 FUNDAMENTACIÓN: Se plantea la importancia y la pertinencia de la carrera. Pertinencia
interna (relación del programa con el Ideario y Misión de la IBERO) y pertinencia externa (da
cuenta de las necesidades y problemas sociales que se desea atender).
3 CAMPO LABORAL: Se escriben los ámbitos y las áreas de desempeño de la licenciatura en
cuestión.
4 PERFIL DE INGRESO: Describe el tipo de conocimientos y/o habilidades que el alumno
requiere, para desarrollar su desempeño como estudiante activo (Rasgos de personalidad,
conocimientos generales y habilidades).
5 OBJETIVOS DEL PROGRAMA: Presenta el objetivo u objetivos generales del programa y
los objetivos particulares del mismo. El objetivo general debe expresar con claridad la
intención global del programa. Los objetivos particulares permiten expresar los aprendizajes
más importantes que se pretenden alcanzar para lograr la intención global expresada
en el objetivo general.
6 PERFIL DE EGRESO Y LÍNEAS DE FORMACIÓN: El perfil de egreso define lo que ha de
ser logrado en un proceso educativo concreto. Esta expresado en competencias específicas
de la profesión agrupadas en líneas de formación y relacionadas con las competencias
genéricas.
7 LISTADO DE ASIGNATURAS INTERNO: Incluye el nombre de la asignatura, la sigla,
créditos, horas con docente dentro de la institución, horas con docente fuera de la
institución, horas de trabajo independiente, prerrequisitos, área curricular a la que
pertenece, línea de formación, tipo asignatura, departamento responsable.
8 LISTADO DE ASIGNATURAS SEP: Presenta el listado de asignaturas siguiendo
el formato de la SEP.
FO-MAd-1
UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA TORREÓN Sigla
DIRECCIÓN GENERAL ACADÉMICA Emisión Enero de 2019
PROCESO Y PROCEDIMIENTO PARA LA APERTURA Y CIERRE DE PROGRAMAS CURRICULARES
Página 17
Elaboró: Revisó: Aprobó:
Firma
Firma
Firma
Comisión de Planes de Estudio
Mtra. Lorena Giacomán Arratia Directora General Académica
Comité Académico de Departamentos (CAD)
9 MAPA CURRICULAR: Presenta el mapa ideal del plan de estudios que incluye el nombre
de la asignatura, los créditos totales para optar por el título, las horas a, b , c y d; la
línea de formación, el total de créditos por semestre y el total de horas a, b, c y d por semestre.
10 CARÁTULAS DE ASIGNATURAS: Presenta las carátulas de las asignaturas de todo el
listado con el formato indicado.
11 FOLLETO DE DIFUSIÓN: Define el folleto para la difusión y promoción siguiendo los
lineamientos de OPCI.
12 PLANTA ACADÉMICA: Cuadro donde se especifica la planta académica del primer año.
13 BIBLIOGRAFÍA BÁSICA: Listado de la bibliografía básica del primer año.
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UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA TORREÓN CÓDIGO DE ÉTICA
El Código de Ética de la Universidad Iberoamericana Torreón es una herramienta enunciativa, más no limitativa, cuyo propósito es dirigir la manera de proceder ante nuestras obligaciones legales, profesionales y éticas tanto en las relaciones de laborales y de servicios profesionales como en nuestras relaciones interpersonales.
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
CONSIDERACIONES Considerando que:
a) La realización de la persona consiste en el desarrollo de los dinamismos humanos fundamentales, como se establece en los Documentos Rectores de la Universidad Iberoamericana Torreón.
b) Es necesario contar con elementos que orienten, propicien y evalúen el proceso de esta realización en las circunstancias concretas de la vida universitaria, que permitan descubrir y valorar en cada momento la pertinencia y la justicia de las relaciones entre los integrantes de la comunidad.
c) Es necesario fijar las normas que regulan los comportamientos éticos de las personas dentro de la Universidad.
ARTÍCULO 1. GLOSARIO DE TÉRMINOS Para los efectos del presente Código se entiende por: Comunidad Universitaria. El conjunto de autoridades, alumnado, personal docente, administrativo, de servicios, exalumnos o egresados. Documentos rectores. Documentos que inspiran el ser y quehacer del Sistema Universitario Jesuita y de la Universidad Iberoamericana Torreón. Están representados respectivamente por: el Ideario, la Misión, la Visión, los Valores, la Filosofía Educativa y la Prospectiva. Estatuto orgánico. Norma que rige la vida jurídica de la Universidad Iberoamericana Torreón. Formación Universitaria y Humanista de La Laguna A. C. (FOUHLAC). Asociación Civil que es la figura legal de la Universidad Iberoamericana Torreón que imparte los estudios curriculares con reconocimiento de validez oficial por parte de la Secretaría de Educación Pública. La Universidad / Institución Educativa / Ibero. Universidad Iberoamericana Torreón. Normatividad de la Universidad Iberoamericana Torreón. Conjunto de disposiciones que rigen la vida académica y administrativa de la Universidad Iberoamericana Torreón. Personal de tiempo. Persona física que presta un servicio personal subordinado mediante el pago de un salario, que tiene celebrado un contrato individual de trabajo con FOUHLAC.
2
Personal académico. Personas que colaboran mediante la realización de funciones directamente relacionadas con la docencia, investigación, difusión del conocimiento, servicios educativos universitarios, gestión de lo académico, así como de formación y superación académica. Personal administrativo. Personas que colaboran mediante la prestación de sus servicios en cualquier otra área distinta al área académica, educativa y/o de servicios. Personal de servicios de apoyo. Personas que colaboran en las siguientes áreas: servicio médico, vigilancia, mantenimiento, áreas verdes, eventos especiales, intendencia, transporte y mensajería. Profesor de asignatura. Personas que prestan servicios profesionales e imparten una o más materias de un programa académico (curricular o extracurricular y/o de educación continua).
Programas académicos. Conjuntos de actividades encaminadas al logro de un objetivo relacionado con alguna de las funciones sustantivas de docencia, investigación, difusión universitaria, servicios educativo-universitarios y de superación académica, todo esto enfocado a la formación de la excelencia humana. Rector (a). Máxima autoridad unipersonal en los aspectos académicos, educativos, administrativos, técnicos y financieros de la Universidad. Servicios académicos. Se entienden como tales, de manera enunciativa más no limitativa, las actividades académico-educativas que se relacionan con la impartición de clases curriculares, seminarios, cátedras, diplomados, talleres, cursos, foros, etc. Servicios profesionales. Profesional independiente, contratado por terceros que necesitan su actividad profesional y en la cual es especialista. Sistema Universitario Jesuita (SUJ). Está constituido por las instituciones de educación superior confiadas a la Compañía de Jesús en México, que en su conjunto buscan cumplir con la Misión de la obra educativa de la Provincia Mexicana de la Compañía de Jesús.
CAPÍTULO II
DE LA ÉTICA EN LA UNIVERSIDAD ARTÍCULO 2. MISIÓN DE LA UNIVERSIDAD La Universidad Iberoamericana Torreón es una institución de educación superior “confiada a la Compañía de Jesús, que tiene como Misión la formación integral de personas profesionalmente competentes y comprometidas con la trasformación de la sociedad a través del Modelo Educativo Ignaciano”. ARTÍCULO 3. OBJETO DEL CÓDIGO DE ÉTICA En congruencia con la Misión anteriormente expresada, la finalidad del presente Código de Ética es conformar una guía para reconocer y atender pertinentemente los asuntos de índole ética que se susciten en las relaciones laborales en la Universidad y con ella, así como promover una cultura de responsabilidad y de comportamiento íntegro en la comunidad universitaria.
3
ARTÍCULO 4. ÁMBITO PERSONAL DE APLICACIÓN El presente Código de Ética rige para todos los miembros vinculados a la Universidad, en su calidad de: personal con funciones directivas, académicas, administrativas y de servicios (en adelante personas que colaboran), y personal docente de asignatura (en adelante, personas prestadoras de servicios profesionales). ARTÍCULO 5. PRINCIPIOS GENERALES Son principios generales en la Universidad los siguientes: 1) En la Universidad Iberoamericana Torreón se reconoce la dignidad de cada una de las personas. 2) Ninguna persona será discriminada por género, estado civil, edad, religión, raza, aspecto físico,
ideas, lugar de procedencia, discapacidad (física, intelectual, psicosocial o sensorial), enfermedad, orientación sexual, situación económica, preferencia o ideología política o clase social.
3) Las personas que colaboran en la Universidad serán ejemplo en la observancia de las normas que rigen la institución y están obligados a cumplir con las políticas y regulaciones que se establezcan.
4) Todas las personas que colaboran en la Universidad están obligadas a cumplir con las políticas y regulaciones mencionadas en el inciso anterior.
5) Las personas que colaboran y las que prestan servicios profesionales en la Universidad observarán una conducta leal, respetuosa, diligente y honesta hacia ella y con toda la Comunidad Universitaria.
ARTÍCULO 6. VALORES DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA TORREÓN Todas las personas que colaboran y las que prestan servicios profesionales observarán los siguientes valores: 1). CRITICIDAD. Personas que desarrollen un pensamiento reflexivo. Que sean conscientes de las
condiciones, los criterios y los diversos ámbitos del conocimiento humano. Nuestra comunidad universitaria mantiene una actitud crítica frente a la realidad socio-cultural, discerniendo los elementos verdaderos y valiosos de los que no lo son, para ser portavoz de las personas imposibilitadas de expresarse por sí mismas.
2). JUSTICIA. La educación jesuita propicia la reflexión seria sobre los mecanismos que han generado cualquier situación de injusticia y otorga elementos para la formulación de propuestas, alternativas de solución reales y selección de buenas prácticas que puedan encontrarse desde el ámbito académico de la ciencia y la investigación.
3). LIBERTAD. Para la Universidad Iberoamericana Torreón, la libertad humana no es la mera capacidad de imprimir una dirección determinada a la propia acción; es mucho más que esto: la libertad consiste en el dominio del propio acto que se funda en la capacidad de la persona para establecer sus propios fines.
4). RESPETO. Según los valores que rigen a la Universidad Iberoamericana Torreón, se ofrece hacia todos los miembros de la comunidad universitaria un ambiente de plena libertad de creencias. Sólo se pide que conozcan y respeten los principios y metas de la propia Universidad.
5). SOLIDARIDAD. La defensa de la dignidad de la persona es patrimonio de las grandes tradiciones humanistas y la fe cristiana le da una fundamentación sobre su valor absoluto, le agrega una dimensión trascendente al esfuerzo por construir una sociedad digna y justa. Esta defensa incluye el cuidado de su vigencia en la sociedad, en especial en la situación concreta de los grupos más vulnerables.
6). VERDAD. Dada su inspiración cristiana, la Universidad Iberoamericana Torreón asume la verdad como una relación entre Dios y la persona a través de Jesucristo, camino y vida, y reconoce la
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necesidad de humildad y apertura para buscarla, acogerla y expresarla en un diálogo sereno y constructivo.
ARTÍCULO 7. VALORES DEL PROYECTO EDUCATIVO COMÚN Asimismo, para la Ibero Torreón es de gran valía la observancia y vivencia de los siguientes valores: 1). HONESTIDAD. En sus actividades, cumpliendo con los principios señalados en el Ideario, Misión y
Visión de la Universidad y demás marcos reglamentarios. 2). ARMONÍA. En las relaciones personales y en la ejecución de sus labores. 3). RESPONSABILIDAD. En el desarrollo de sus actividades y en el seguimiento de acuerdos. 4). INTEGRIDAD. Para respetar el vínculo que los hace parte de la comunidad universitaria, expresado
ya sea en su contrato laboral, en el de prestación de servicios profesionales o en la reglamentación que oriente o norme sus actividades.
5). CONFIDENCIALIDAD. Utilizar la información generada en su trabajo y a la que tengan acceso exclusivamente para cumplir con sus labores, así como proteger la información personal para dar cumplimiento a lo establecido por las leyes vigentes.
6). COMUNICACIÓN. Respetar en todo momento los canales formales de comunicación e informar a su superior de las actividades que puedan afectar los intereses o la reputación de la Universidad.
7). SUSTENTABILIDAD. Usar de forma razonable los recursos institucionales, de manera que convivan en equilibrio las variables de respeto al medio ambiente y rendimiento eficiente de la Institución, es decir, la vinculación armónica de la actividad laboral con el entorno natural y el cumplimiento de las normas vigentes en materia de protección al medio ambiente.
ARTÍCULO 8. CONFLICTO DE INTERESES Se presenta un “conflicto de intereses” con la relación a la Universidad cuando: 1) Los intereses privados de los miembros de la comunidad universitaria mencionados en el artículo
5 contravengan los de la Universidad. 2) Los intereses personales o profesionales de las personas que colaboran y de las que prestan
servicios profesionales interfieran con sus obligaciones laborales en la Universidad, señaladas en la descripción de puestos y en el contrato de prestación de servicios profesionales, respectivamente, conforme al Ideario, Misión y Visión de la Universidad Iberoamericana Torreón.
3) Las personas que colaboran, las prestadoras de servicios profesionales y/o miembros de sus familias reciban beneficios fuera del marco institucional como resultado de su función en la Universidad.
ARTÍCULO 9. APLICACIÓN SÓLO PARA COLABORADORES DE LA UNIVERSIDAD Las personas que colaboran en la Universidad se abstienen de: 1) Obtener beneficios personales, directos o indirectos, de compras de bienes y/o servicios de la
Universidad, o para ella. 2) Aprovechar su puesto o funciones para obtener ganancias personales. 3) Aprobar, contratar y acordar servicios con empresas u organizaciones de miembros de su familia,
o que emplean a uno o varios miembros de su familia en actividades que estén bajo el control administrativo de dichos colaboradores.
4) Recibir dinero en efectivo, bienes equivalentes a ello o donativos en especie, por parte de terceros que tengan relación o vínculo directa o indirectamente con la Universidad.
5) Tener participación financiera, directa o indirectamente, con cualquier empresa y/u organización vinculada a la Universidad.
5
6) Aceptar obsequios, gratificaciones y/o entretenimiento de personas, empresas u organizaciones vinculadas a la Universidad.
7) Pedir alguna prestación a personas, empresas u organizaciones relacionadas con la Universidad. 8) Ofrecer obsequios, gratificaciones, entretenimiento, becas y descuentos en programas
académicos, diplomados o cursos a las personas o empresas con las que la Universidad realiza negocios o pueda hacerlos, salvo convenio autorizado expresamente para tal efecto.
9) Utilizar recursos institucionales para fines personales o distintos a los asignados. 10) Utilizar el nombre de la Universidad en actividades de beneficio personal. 11) Hostigar, agredir, amedrentar, acosar, intimidar, extorsionar o amenazar a personal subordinado
o compañeros o compañeras de trabajo. 12) Obstruir u obstaculizar la generación de soluciones a dificultades que se presenten para la
consecución de las metas previstas en los planes de la Universidad. 13) Realizar trámites y otorgar servicios de forma deficiente, retrasando los tiempos de respuesta,
consultas, trámites, gestiones y servicios. 14) Designar, contratar o nombrar a un cargo, comisión o función, a personas cuyos intereses
particulares, laborales, profesionales, económicos o de negocios puedan estar en contraposición o percibirse como contrarios a los intereses que le correspondería velar si se desempeñaran en la Universidad.
15) Proporcionar a un tercero no autorizado información contenida en expedientes del personal y en archivos de recursos humanos.
16) Proporcionar a un tercero no autorizado información contenida en expedientes del alumnado y en archivos de servicios escolares.
17) Seleccionar, contratar, designar a personas que no cuenten con el perfil de puesto, con los requisitos y documentos establecidos.
18) Disponer del personal a su cargo de forma indebida, para que le realice trámites, asuntos o actividades de carácter personal o familiar ajenos a la Universidad.
19) Dejar de comunicar los riesgos asociados al cumplimiento de objetivos institucionales, así como los relacionados con corrupción y posibles irregularidades que afecten los recursos económicos e intereses de la Universidad.
ARTÍCULO 10. CUMPLIMIENTO DE NORMAS GUBERNAMENTALES En el desempeño de sus funciones, las personas que colaboran y las que prestan servicios profesionales de la Universidad deberán acatar escrupulosamente las normas que emitan las autoridades federales, estatales o municipales, que tengan relación con su quehacer. ARTÍCULO 11. CUIDADO Y PRESERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE La Universidad exige a las personas que colaboran y a las que prestan servicios profesionales, respeto absoluto al entorno a través de acciones concretas encaminadas al mejoramiento regional y su contribución en la preservación del medio ambiente. ARTÍCULO 12. SALUD OCUPACIONAL La Universidad considera que la salud, por ser la base del bienestar de las personas, es tan importante como cualquier otra función y objetivo de la institución. Por lo tanto, los responsables de las distintas áreas toman las acciones necesarias para asegurar que se cumpla el objetivo de salud, proveyendo y manteniendo ambientes y espacios de trabajo saludables.
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ARTÍCULO 13. SEGURIDAD Desarrollar la conciencia de seguridad en la comunidad universitaria es una prioridad para la Universidad, por ello las personas con funciones directivas, las que colaboran y las que prestan servicios profesionales asumen la responsabilidad de coadyuvar a salvaguardar la integridad física del alumnado, del profesorado, del personal, visitantes, instalaciones, equipos, sistemas de información y funciones vitales, así como el entorno de la instalación, ante la presencia de agentes perturbadores de origen natural o humano, con base en lo establecido por el Programa Interno de Protección Civil, el Reglamento de Seguridad e Higiene y el Programa de Seguridad Escolar. ARTÍCULO 14. CONSIDERACIONES FINALES El presente Código de Ética, la normatividad universitaria, las políticas y los procedimientos deberán ser considerados para regir las decisiones y comportamientos de las personas que colaboran y las que prestan servicios profesionales.
CAPÍTULO II PROCEDIMIENTO PARA DENUNCIAR Y REPORTAR UNA FALTA
ARTÍCULO 14. PROCEDIMIENTO Para resolver cualquier duda o para plantear cualquier inquietud respecto al cumplimiento de las políticas de la Universidad Iberoamericana Torreón y demás normatividad aplicable, incluyendo este Código de Ética, uno puede acudir con su Jefe inmediato y/o Director General correspondiente. En caso de que no sea posible o resulte inoportuno acudir con ellos, se sugiere contactar a cualquiera de las siguientes personas u organismos colegiados:
Dirección de Personal. Recursos Humanos. Procuraduría de los Derechos Universitarios. Programa de Derechos Humanos y Educación para la Paz. Comisión Disciplinaria.
Tribunal Universitario. Los miembros de la Comunidad Universitaria deberán excusarse de conocer de algún caso particular o
de participar en la toma de decisiones, cuando pudiera haber indicios de conflicto de intereses.
Toda la Comunidad Universitaria es responsable de reportar las faltas que infrinjan este Código de Ética. Invitamos a la Comunidad Universitaria a que utilice los medios de denuncia y apoyo establecidos en la Institución con el objeto de establecer denuncias legítimas, evitar falsas acusaciones y mal uso de este mecanismo en el entendido de que las denuncias deben ser fundadas, motivadas y planteadas de buena fe y de manera honesta. Bajo ninguna circunstancia se llevará a cabo alguna forma de represalia contra quien, de buena fe y de manera honesta, busca plantear, ayudar o abordar una inquietud o denuncia respecto al cumplimiento del presente Código de Ética.
TRANSITORIOS ARTÍCULO 1. ELABORACIÓN DEL DOCUMENTO
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El presente Código de Ética fue elaborado por la Dirección de Personal en conjunto con la Jefatura de Recursos Humanos, y fue revisado y avalado por el Comité General Administrativo en su sesión ordinaria número CGA/275/19 del jueves 17 de enero de 2019. ARTÍCULO 2. APROBACIÓN El presente Código de Ética fue aprobado por la Junta de Gobierno en su sesión ordinaria número JG/4619 del martes 29 de enero de 2019. ARTÍCULO 3. VIGENCIA El presente Código de Ética entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en la Comunicación Oficial de la Universidad. ARTÍCULO 4. DEROGACIÓN DE NORMATIVIDAD RELATIVA ANTERIOR El presente Código de Ética deroga todos los anteriores sobre la materia en la Universidad Iberoamericana Torreón.
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CAPÍTULO CUARTO.
DE LOS COMITÉS ACADÉMICOS.
SECCIÓN PRIMERA.
DEL COMITÉ ACADÉMICO DE DEPARTAMENTOS.
Artículo 22
El Comité Académico de Departamentos estará integrado por los siguientes miembros:
1) El Rector.
2) El Director General Académico.
3) El Director General Educativo.
4) El Director de Servicios Escolares.
5) Los Directores de Departamento.
6) Un representante de académicos.
7) Un alumno.
8) Los Directores de los Centros de Extensión Saltillo y Monterrey.
9) El Director de Investigación Institucional.
10) El Coordinador del Centro de Lenguas y Culturas.
11) El Encargado de Procesos Académicos.
12) El Asistente de la Dirección General Académica.
Ordinariamente presidirá este Comité el Director General Académico, quien tendrá voto de
calidad.
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PLAN ANUAL DE DESARROLLO ACADÉMICO 2019
I. DATOS GENERALES Incentivo Académico Anual: Participación económica a que tiene derecho el personal con contrato de trabajo por tiempo indeterminado de la Universidad Iberoamericana Torreón, que realice funciones académicas sustantivas establecidas anualmente por el Comité Académico de Departamentos (CAD) y el Comité Académico de Centros (CAC). Período: noviembre 2018 – octubre 2019. Beneficiarios: Personal con contrato de trabajo por tiempo indeterminado que realice funciones académicas sustantivas durante el año 2019. Responsables de elaboración del Plan: Comité Académico de Centros y Comité Académico de Departamentos. Instancia que aprueba el Plan: Junta de Gobierno. II. FUNDAMENTACIÓN La Junta de Gobierno ha expedido el Reglamento para la Función Académica que sustituye al Reglamento para el Personal Académico publicado en la Comunicación Oficial 43 de la Universidad Iberoamericana Torreón. El nuevo Reglamento ha sido publicado en la Comunicación Oficial 177 de noviembre de 2014, y principalmente busca regir las relaciones que establecen y clasifican las categorías y niveles de responsabilidad del personal que desempeña funciones académicas, sus derechos y obligaciones, y fija las bases para su nombramiento, promoción y remoción (Artículo 1, Reglamento para la Función Académica). Es necesario presentar un Plan que describa las funciones académicas alineadas a la planeación institucional y prioridades estratégicas que se proponen a la Junta de Gobierno para que impulse, mediante el otorgamiento de un incentivo económico,
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el desarrollo del personal con contrato de trabajo por tiempo indeterminado que realice funciones académicas sustantivas durante el 2019, mismas que contribuirán al avance de la Institución. La distribución del Incentivo estará acorde con la normatividad institucional:
• Reglamento para la Función Académica. • Lineamientos para el pago del Incentivo Académico Anual.
III. OBJETIVO El incentivo académico anual tiene como propósito estimular el mejoramiento académico, a través del desarrollo del personal e impulsar el logro de las prioridades estratégicas institucionales. IV. RECURSOS Los recursos económicos destinados al pago del Incentivo 2019 han sido propuestos por el Comité General Administrativo y autorizados por la Junta de Gobierno el 26 de febrero de 2019 y ascienden a $210,000.00. V. FUNCIONES ACADÉMICAS A RECONOCER El siguiente apartado define las funciones académicas que los Comités Académicos acuerdan como importantes para ser incentivadas en el año.
1. Docencia Descripción: Promueve acciones que aseguran la calidad académica y/o la vinculación del estudiante con la realidad profesional y/o realidad social a través de proyectos académicos. Justificación: − Reconocer al docente que vincula con la realidad los aprendizajes obtenidos
en la asignatura. − Reconocer la apropiación y la práctica del Modelo Pedagógico Ignaciano.
CATEGORÍAS EVIDENCIA DE LOGRO CRITERIOS DE ASIGNACIÓN a) Diseño e
implementación de proyectos académicos vinculados con la profesión y realidad social.
a) Vinculación con la realidad: Realizar guías de aprendizaje donde se especifican proyectos académicos de vinculación con la realidad profesional y social, así como haber obtenido logros de calidad académica - profesional para la empresa o institución donde se llevó a cabo el proyecto.
a) Por cada guía elaborada que dé cuenta de la evidencia de logro (sólo una guía por asignatura) y documento expedido por una autoridad de la empresa que evidencie la calidad del trabajo realizado.
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b) Implementación
de la Pedagogía Ignaciana.
c) Asignar materias
relacionadas con sus estudios de posgrado del profesor.
El proyecto debe de ser innovador y haberse diseñado como proyecto nuevo para el semestre.
b) Modelo Pedagógico Ignaciano:
Diseñar y aplicar guías de aprendizaje donde se muestra explícitamente el desarrollo, conforme a los elementos de la Pedagogía Ignaciana.
c) Contratar maestros nuevos cuyo
posgrado esté relacionado con las asignaturas que imparte y/o asignación de materias relacionadas con el posgrado del maestro (ya contratado) que acaban de obtener su grado de Maestría o Doctorado (más de 3 profesores o asignaturas). Y que en el CAE, de dichos profesores, hayan obtenido un puntaje mínimo de 8.5.
b) Guía elaborada que dé
cuenta de la evidencia de logro (sólo una guía por asignatura). Además, la evaluación CAE que ofrezca evidencia de logro.
c) Guía de aprendizaje
actualizada de la materia impartida (con el visto bueno del Centro de Desarrollo Educativo), título de posgrado del profesor y CAE.
2. Formación y superación académica
Descripción: Promueve la formación continua de los docentes, que abona a posicionar a la universidad como una institución de calidad educativa, formada por un cuerpo docente actualizado. Justificación: Reconocer el grado académico y la actualización profesional que alcance el personal, durante 2019.
CATEGORÍAS EVIDENCIA DE LOGRO CRITERIOS DE ASIGNACIÓN a) Formación en
el ámbito académico o en las funciones propias del puesto en el que se desarrolla.
b) Actualización en el ámbito académico o en las funciones propias del
a) Enriquecer su formación profesional a través de posgrados (Maestría y Doctorado) relacionados con el área de la asignatura que imparte o su función sustantiva.
b) Actualizar su saber profesional,
relacionado con el área de la asignatura que imparte o su función sustantiva a través de Especialidad y/o Diplomados, Cursos y Talleres (mayores de 24 horas), los cuales
a) Posgrado, presentar Título obtenido durante 2019.
b) Especialidad, Diplomados, Cursos y Talleres, presentar Diploma o Constancias reconocimiento que avale que el diplomado fue cursado de manera
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puesto en el que se desarrolla.
c) Hacer Ejercicios Espirituales de 8 días o Ejercicios en la Vida Ordinaria.
deberán llevarse a cabo en una institución reconocida que emita constancia o diploma formal y que indique el número de horas.
c) Vivir la experiencia de Ejercicios
Espirituales de 8 días o en la Vida Ordinaria.
satisfactoria y que cumplió con el número de horas.
c) Constancia de que se
hicieron.
3. Gestión de lo Académico y lo Educativo
Descripción: Promueve actividades relacionadas con el establecimiento de relaciones formales entre la universidad y las instituciones educativas, el sector público, privado y social para fines de desarrollo. Justificación: − Posicionar a la Universidad como una Institución de calidad académica, que
fomenta espacios de diálogo con temas de actualidad e interdisciplinarios. − Reconocer el esfuerzo del docente que acompaña en la formación integral
del alumno.
CATEGORÍAS EVIDENCIA DE LOGRO CRITERIOS DE ASIGNACIÓN a) Realización de
Congresos, Jornadas, Workshops y/o Repentinas.
a) Realizar: − Congresos y/o Jornadas
abiertas al público en general (reunión en torno a la exposición y debate de múltiples ponencias donde asisten personas con un alto nivel profesional para presentar nuevos avances en determinadas materias, con una duración de mínimo 3 días.
− Workshops (talleres de trabajo intensivo de tres o más días, de 8 a 10 horas diarias, que se desarrollan en grupos interdisciplinarios y que es dirigido por un invitado internacional que a su vez es acompañado por un grupo de profesores de apoyo de la propia universidad).
− Repentinas (dinámica de interacción académica entre alumnos que contempla la participación de instituciones y/o profesionales externos).
a) Accederá a este incentivo el equipo coordinador de Congresos, Jornadas, Workshops y/o Repentinas.
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b) Obtención de premios o reconocimientos entre los tres primeros lugares en convocatorias (académicas, culturales o deportivas), regionales, nacionales o internacionales.
b) Obtener, de manera personal o a través del asesoramiento de alumnos, premios o reconocimientos entre los tres primeros lugares en convocatorias regionales, nacionales o internacionales.
b) Accederá a este incentivo el profesor que haya recibido un premio o que haya acompañado-asesorado a los alumnos que obtuvieron dichos premios.
4. Investigación y Difusión del Conocimiento
Descripción: Promueve la generación y difusión del conocimiento, teniendo como líneas rectoras las prioridades de investigación universitarias y las del Sistema Universitario Jesuita. Justificación: Impulsar la investigación y difusión del conocimiento que se genera en la Universidad.
CATEGORÍAS EVIDENCIA DE LOGRO CRITERIOS DE ASIGNACIÓN
a) Investigación y obra creativa de la Convocatoria Interna 2018 de la Dirección de Investigación Institucional, de convocatorias de SUJ o AUSJAL o de Instituciones de prestigio.
b) Investigación
académica en asignatura.
a) Resultados de la investigación conforme al proyecto aprobado en la Convocatoria interna 2018 de la Dirección de Investigación Institucional; resultados de la investigación de proyectos de convocatorias del SUJ, AUSJAL y/o Instituciones de prestigio. Estas Investigaciones deberán ser avaladas por la Dirección de Investigación Institucional.
b) Resultados de la investigación
diseñada desde la Academia, en la que intervengan alumnos de la asignatura y presentada ante el Consejo técnico de su Licenciatura y avalada por el Director del Departamento. Para las materias de ARU deberán ser presentadas ante el Consejo Técnico del Centro y avalada por la Dirección General Educativa.
a) Evidencia de que el académico llegó al producto de investigación que aparece en el protocolo o que se acordó en el SUJ, AUSJAL y/o Instituciones de prestigio y que es avalado por la Dirección de Investigación Institucional.
b) El proyecto y los
resultados de la investigación realizada en una asignatura.
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c) Difusión de la investigación de los Académicos, mediante publicación en revistas arbitradas, como autor de libro o como autor de capítulo de libro artículo en revista especializada o como dictaminador de una revista científica
d) Participación en publicaciones o como ponente.
c) Difusión de la investigación de los académicos en:
- Revistas arbitradas, - Como autor de un libro, - Como autor de capítulo de
libro o artículo en revista especializada, y
- Como dictaminador de una revista científica.
d) Publicar en revistas de corte
académico y/o científico o participar como ponente en eventos organizados por entidades de investigación nacional o internacional. La ponencia deberá ser producto de un trabajo de investigación académica previa y de autoría propia.
c) Participación - En revistas
arbitradas, entregando el artículo y el dictamen;
- Como autor de un libro que haya sido evaluado por una instancia educativa o cultural pública o privada de prestigio, con copia de la portada, la página legal y el dictamen;
- Como autor de capítulo de libro o artículo en revista especializada, mediante dictamen, la página legal y las normas editoriales de la revista
- Como dictaminador de una revista científica mediante entrega del dictamen y carta de agradecimiento de la Institución.
d) Participación en
publicaciones editadas por la Ibero Torreón mediante entrega de portada, página legal y el dictamen, participación en congresos con ponencia o cartel científico con la carta de aceptación, entrega del documento in extenso o del cartel científico y diploma de participación.
VI. DISTRIBUCIÓN DEL INCENTIVO ($210,000.00)
FUNCIÓN PORCENTAJE MONTO TOTAL A DISTRIBUIR *
Docencia 25% $52,500.00 Formación y superación académica
25%
$52,500.00
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Gestión de lo Académico Educativo
15%
$31,500.00
Investigación y Difusión del Conocimiento
35%
$73, 500.00
*Nota: estos importes estarán sujetos a la retención del impuesto correspondiente.
VII. PROCEDIMIENTO DE PAGO
FUNCIÓN ACADÉMICA SUSTANTIVA
CATEGORÍAS PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO
Docencia
d) Vinculación con la realidad.
e) Modelo Pedagógico Ignaciano.
f) Asignar materias relacionadas
con sus estudios de posgrado del profesor.
Se dividirá el monto asignado entre el número de guías y programas presentados en las dos categorías. Nota: se considerarán guías por asignatura y no por periodos. Tope máximo a acceder $10,000.00.
Formación y superación académica
a) Formación en el ámbito
académico o en las funciones propias del puesto donde se desarrolla.
b) Actualización en ámbito Académico.
c) Formación en lo Ignaciano
Se dividirá entre el número de acreedores al incentivo en este rubro.
Nota: Tope máximo a acceder en estos rubros: $10,000.00.
Gestión de lo Académico Educativo
a) Realización de Congresos,
Jornadas, Whorkshops y Repentinas.
b) Obtención de premios o
reconocimientos.
Se dividirá entre el número de acreedores al incentivo en este rubro. Nota: Tope máximo a acceder en estos rubros: $10,000.00.
Investigación y Difusión del
Conocimiento
a) Investigación por
convocatorias interna, SUJ, AUSJAL u otra Institución de prestigio
b) Investigación desde la
academia c) Difusión de la investigación de
los Académicos
d) Participación en publicaciones o como ponente.
Se dividirá entre el número de acreedores al incentivo en este rubro. Nota: Tope máximo a acceder en estos rubros: $10,000.00.
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VIII. CRONOGRAMA
Acción Nov 2018
Dic 2018
Feb 2019
Sep 2019
Oct 2019
Nov 2019
Dic 2019
Elaboración del Plan anual 2019
XX XX
Propuesta y aprobación del Plan por parte de los Comités Académicos
XX
XX
Presentación a Junta de Gobierno para su aprobación
XX XX
Difusión del Plan XX Publicación de Convocatoria
XX
Presentación de evidencias a Direcciones Generales
XX
Revisión de evidencias en Comités
XX
Revisión y Aprobación de candidatos por el CAD y CAC
XX
Solicitud de pago a Dirección de Personal por parte de los Comités
XX
Pago por parte de DP XX Elaboración de Plan Anual de Desarrollo Académico 2019 en CAC y CAD
XX XX XX
Presentación a Junta de Gobierno para su Aprobación
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IX. RESPONSABILIDADES Es responsabilidad del personal con contrato de trabajo por tiempo indeterminado que realice funciones académicas a reconocer, según el Plan Anual de Desarrollo Académico 2019, presentar a la Dirección General correspondiente las evidencias que lo harán candidato a recibir el incentivo económico. Igualmente es su responsabilidad acreditar ante la Dirección de Personal un grado académico superior al que se tiene registrado. Deberá hacerlo en tiempo y forma según los Lineamientos para el Pago del Incentivo Académico.
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X. EVALUACIÓN Será necesario evaluar el diseño y aplicación de este Plan a través de la opinión de los involucrados mediante el diseño de un instrumento por parte de los Comités Académicos. XI. APROBACIÓN Este documento fue aprobado en la sesión extraordinaria 452 del Comité Académico de Departamentos de fecha 20 de noviembre de 2018 y en la sesión extraordinaria 198/2018 del Comité Académico de Centros de fecha 20 de noviembre de 2018. Fue aprobado por la Junta de Gobierno en su sesión ordinaria No. JG/47/19 de fecha 26 de febrero de 2019.