D-S. 003-2014-MC REGLAMENTO INTERVENCIONES ARQUEOLOGICAS OCTUBRE 2014.doc

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    DECRETO SUPREMO N 003-2014-MC Aprueban Reglament !e "nter#en$%ne& Ar'uel(g%$a&

    Aprueban Reglamento de Intervenciones ArqueolgicasDECRETO SUPREO !" ##$%'(%CE) PRESIDE!TE DE )A REP*+)ICACO!SIDERA!DO,

    -ue. el art/culo &' de la Constitucin Pol/tica del Per0. establece que los 1acimientos 1 restosarqueolgicos. construcciones. monumentos. lugares. documentos bibliogr23icos 1 de arc4ivo. ob5etosart/sticos 1 testimonios de valor 4istrico. e6presamente declarados bienes culturales. 1 provisionalmentelos que se presumen como tales. son patrimonio cultural de la !acin. independientemente de sucondicin de propiedad privada o p0blica. 1 dispone que est2n protegidos por el Estado7

    -ue. mediante Resolucin Suprema !" ##(%##%ED. se aprob el Reglamento de InvestigacionesArqueolgicas7

    -ue. el numeral & del art/culo '$ de la )e1 !" &8'9:. )e1 Org2nica del Poder E5ecutivo. sobre la Potestad

    Reglamentaria. se;ala que los reglamentos se a5ustan a los principios de competencia. transparencia 15erarqu/a7 1 se aprueban mediante decreto supremo7

    -ue. el art/culo ( de la )e1 !" &89eneral del Patrimonio Cultural de la !acin.aprobado mediante Decreto Supremo !" #''%#eneral del Patrimonio Cultural de la !acin 1 dic4oReglamento. as/ como aprobar las normas administrativas necesarias para ello7

    -ue. el art/culo &: del precitado Reglamento establece que la autori?acin para intervenir en bienesculturales inmuebles se rige por las disposiciones generales establecidas en la )e1 >eneral del

    Patrimonio Cultural de la !acin. dic4o Reglamento 1 las disposiciones que se e6pidan sobre la materia7

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    -ue. es necesario adecuar el Reglamento de Investigaciones Arqueolgicas a 3in de contar con el marcolegal que considere el desarrollo del pa/s preservando el Patrimonio Cultural de la !acin7

    De con3ormidad con lo dispuesto en la Constitucin Pol/tica del Per0. la )e1 !" &8'9:. )e1 Org2nica delPoder E5ecutivo la )e1 !" &:&8eneral del Patrimonio Cultural de la !acin. el Decreto Supremo!" #''%#eneral del Patrimonio Cultural de la !acin7 la)e1 !" &89

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    !ovena% Entrada en vigencia del Reglamento de Intervenciones Arqueolgicas )a entrada en vigenciadel presente reglamento se dar2 a los treinta $# d/as de su publicacin en el diario o3icial El Peruano

    DISPOSICIF! COP)EE!TARIA DERO>ATORIA

    *nica% Derogacin Derguense la Resolucin Suprema !" ##(%##%ED. la Resolucin Suprema !o#'&%#obierno. en )ima. a los tres d/as del mes de octubre del a;o dos mil catorce

    O))A!TA GUA)A TASSOPresidente Constitucional de la Rep0blicaDIA!A A)HARE%CA)DERF! >A))Oinistra de Cultura

    RE>)AE!TO DE I!TERHE!CIO!ES AR-UEO)F>ICASHERSIF! @I!A) 'E!ERA) L PRI!CIPIOSARTJCU)O $ +ITO DE AP)ICACIF!ARTJCU)O ( COPETE!CIAARTJCU)O 9 DE@I!ICIO!EST)TU*O "+ C*AS""CAC".NARTJCU)O < C)ASI@ICACIF! DE )OS +IE!ES ATERIA)ES CO! HA)OR AR-UEO)F>ICO

    I!TE>RA!TES DE) PATRIO!IO CU)TURA) DE )A !ACIF!ARTJCU)O M C)ASI@ICACIF! DE O!UE!TOS AR-UEO)F>ICOS PREGISP!ICOSARTJCU)O : E)EE!TO AR-UEO)F>ICO AIS)ADOARTJCU)O 8 O!UE!TOS AR-UEO)F>ICOS PREGISP!ICOS ENCEPCIO!A)ES

    T)TU*O ""+ "NTER/ENC"ONES ARUEO*.,"CASARTJCU)O '# CO!CEPTOSCAP)TU*O "+ MODA*"DADEARTJCU)O '' ODA)IDADES DE I!TERHE!CIF! AR-UEO)F>ICACAP)TU*O ""+ AUTOR"AC".N T"TU*AR"DADARTJCU)O '& AUTORIACIF!. CERTI@ICACIF! L TITU)ARIDADARTJCU)O '$ AUTORIACIF! E! O!UE!TOS +AKO CO!TRO) ADI!ISTRATIHO DE)

    I!ISTERIO DE CU)TURAARTJCU)O '( IPROCEDE!CIA DE )A AUTORIACIF!ARTJCU)O '9 P)AO DE) TRITE DE AUTORIACIF!ARTJCU)O '< DESISTIIE!TO DE )A SO)ICITUD AUTORIACIF!ARTJCU)O 'M HI>E!CIA DE )A AUTORIACIF!ARTJCU)O ': AP)IACIF! DE )A HI>E!CIA DE )A AUTORIACIF!ARTJCU)O '8 RE!OHACIF! DE )A AUTORIACIF!ARTJCU)O REHOCACIF! DE )A AUTORIACIF!CAP)TU*O """+ D"RECC".N PART"C"PAC".NARTJCU)O &' DIRECCIF! DE I!TERHE!CIO!ES AR-UEO)F>ICASARTJCU)O && CA+IO DE DIRECTORARTJCU)O &$ PRO>RAAS L PROLECTOS CO%DIRI>IDOS POR I!HESTI>ADORESENTRA!KEROSARTJCU)O &( RESPO!SA+I)IDAD E! )A EKECUCIF! DE )AS I!TERHE!CIO!ES

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    AR-UEO)F>ICASARTJCU)O &9 PARTICIPACIF! DE) AR-UEF)O>O RESIDE!TEARTICU)O &< PARTICIPACIF! DE E>RESADOS L +ACGI))ERES E! AR-UEO)O>JAARTJCU)O &M PARTICIPACIF! DE +ACGI))ERES L ESTUDIA!TESARTJCU)O &: PRCTICAS L ESCUE)AS DE CAPOCAP)TU*O "/+ "NSPECC".N OCU*ARARTJCU)O &8 I!SPECCIF! OCU)AR DE I!TERHE!CIO!ES AR-UEO)F>ICASARTJCU)O $# FR>A!OS COPETE!TESCAP)TU*O /+ "NORME ANUA* "NA*ARTJCU)O $' I!@ORE @I!A)ARTJCU)O $& P)AOS PARA )A CA)I@ICACIF! DE) I!@ORE @I!A)ARTJCU)O $$ CO!C)USIF! DE) PROCEDIIE!TO DE CA)I@ICACIF! DE) I!@ORE @I!A)T)TU*O """+ PRO,RAMAS DE "N/EST",AC".N ARUEO*.,"CACAP)TU*O "+ AUTOR"AC".N-REU"S"TOSARTJCU)O $( AUTORIACIF! DE PRO>RAAS CO! @I!ES DE I!HESTI>ACIF!ARTJCU)O $9 AUTORIACIF! DE PRO>RAAS CO! @I!ES DE CO!SERHACIF! L PUESTA E!HA)OR

    CAP)TU*O ""+ AUTOR"AC".N-PROCED"M"ENTOARTJCU)O $< PROCEDIIE!TOCAP)TU*O """+ "NORME ANUA*-REU"S"TOSARTJCU)O $M I!@ORE A!UA)CAP)TU*O "/+ "NORME ANUA*-PROCED"M"ENTOARTJCU)O $: CA)I@ICACIF! DE) I!@ORE A!UA)CAP)TU*O /+ "NORME "NA*-REU"S"TOSARTJCU)O $8 I!@ORE @I!A)CAP)TU*O /"+ "NORME "NA*-PROCED"M"ENTOARTJCU)O (# CA)I@ICACIF! DE) I!@ORE @I!A)T)TU*O "/+ PROECTOS DE "N/EST",AC".N ARUEO*.,"CA P"ACAP)TU*O "+ AUTOR"AC".N-REU"S"TOS

    ARTJCU)O (' AUTORIACIF! DE PROLECTOS DE I!HESTI>ACIF! AR-UEO)F>ICAARTJCU)O (& AUTORIACIF! DE PROLECTOS DE I!HESTI>ACIF! CO! @I!ES DECO!SERHACIF! L PUESTA E! HA)ORCAP)TU*O ""+ AUTOR"AC".N-PROCED"M"ENTOARTJCU)O ($ PROCEDIIE!TOCAP)TU*O """+ "NORME "NA*-REU"S"TOSARTJCU)O (( I!@ORE @I!A)CAP)TU*O "/+ "NORME "NA*-PROCED"M"ENTOARTJCU)O (9 CA)I@ICACIF! DE) I!@ORE @I!A)T)TU*O /+ PROECTOS DE E/A*UAC".NAR-UEO)F>ICA B PEACAP)TU*O "+ AUTOR"AC".N-REU"S"TOS

    ARTJCU)O (< AUTORIACIF!CAP)TU*O ""+ AUTOR"AC".N-PROCED"M"ENTOARTJCU)O (M PROCEDIIE!TOCAP)TU*O """+ "NORME "NA*-REU"S"TOSARTJCU)O (: I!@ORE @I!A)CAP)TU*O "/+ "NORME "NA*-PROCED"M"ENTOARTJCU)O (8 CA)I@ICACIF! DE) I!@ORE @I!A)T)TU*O /"+ PROECTOS DE RESCATE ARUEO*.,"CO- PARACAP)TU*O "+ AUTOR"AC".N-REU"S"TOSARTJCU)O 9# AUTORIACIF!CAP)TU*O ""+ AUTOR"AC".N-PROCED"M"ENTOARTJCU)O 9' PROCEDIIE!TOCAP)TU*O """+ "NORME "NA*-REU"S"TOSARTJCU)O 9& I!@ORE @I!A)

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    CAP)TU*O "/+ "NORME "NA*-PROCED"M"ENTOARTJCU)O 9$ CA)I@ICACIF! DE) I!@ORE @I!A)T)TU*O /""+ CERT""CADO DE "NE"STENC"A DE RESTOS ARUEO*.,"COS C"RAARTJCU)O 9( DE@I!ICIF!ARTJCU)O 99 RE-UISITOS DE )A SO)ICITUD DE) CIRAARTJCU)O 9< PROCEDIIE!TO PARA )A O+TE!CIF! DE) CIRAARTJCU)O 9M ENCEPCIO!ES A )A TRAITACIF! DE) CIRAARTJCU)O 9: EKECUCIF! DE U! P)A! DE O!ITOREO AR-UEO)F>ICOT)TU*O /"""+ P*AN DE MON"TOREO ARUEO*.,"CO PMAARTJCU)O 98 DE@I!ICIF!ARTJCU)O A DE )AS CO)ECCIO!ES RECUPERADAS E! E) ARCODE I!TERHE!CIO!ES AR-UEO)F>ICASARTJCU)O :# CUSTODIA DE )AS CO)ECCIO!ES RECUPERADAS E! E) ARCO DEI!TERHE!CIO!ES AR-UEO)F>ICASARTJCU)O :' DURACIF! DE )A CUSTODIAARTJCU)O :& RE-UISITOS DE )A SO)ICITUD DE )A CUSTODIAARTJCU)O :$ PROCEDIIE!TO DE )A SO)ICITUD DE )A CUSTODIAARTJCU)O :( RE!OHACIF! DE )A CUSTODIAT)TU*O ""+ PROECTOS DE "N/EST",AC".N DE CO*ECC"ONES ONDOS MUSEO,R7"COSADI!ISTRADOS POR E) I!ISTERIO DE CU)TURACAP)TU*O "+ AUTOR"AC".N-REU"S"TOS

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    ARTJCU)O :9 AUTORIACIF!CAP)TU*O ""+ AUTOR"AC".N-PROCED"M"ENTOARTJCU)O :< PROCEDIIE!TOCAP)TU*O """+ "NORME "NA*-REU"S"TOSARTJCU)O :M I!@ORE @I!A)CAP)TU*O "/+ "NORME "NA*-PROCED"M"ENTOARTJCU)O :: CA)I@ICACIF! DE) I!@ORE @I!A)T)TU*O """+ EPORTAC".N DE MUESTRAS ARUEO*.,"CAS CON "NES C"ENT)"COSARTJCU)O :8 O+KETOARTICU)O 8# SO)ICITA!TESARTJCU)O 8' RE-UISITOSARTJCU)O 8& PROCEDIIE!TOARTJCU)O 8$ USO RESTRI!>IDO DE )OS RESU)TADOST)TU*O "/+ RE,"STROSCAP)TU*O "+ RE,"STRO NAC"ONA* DE ARUE.*O,OS 8RNA9ARTJCU)O 8( RE>ISTRO !ACIO!A) DE AR-UEF)O>OS R!AARTJCU)O 89 RE-UISITOS PARA )A I!SCRIPCIF! E! E) RE>ISTRO

    ARTJCU)O 8< PRO@ESIO!A)ES ENTRA!KEROSCAP)TU*O ""+ RE,"STRO NAC"ONA* DE PROES"ONA*ES EN D"SC"P*"NAS A"NES A *AAR-UEO)O>JA R!DAARTJCU)O 8M RE>ISTRO !ACIO!A) DE PRO@ESIO!A)ES E! DISCIP)I!AS A@I!ES A )AAR-UEO)O>JA R!DAARTJCU)O 8: RE-UISITOS PARA )A I!SCRIPCIF! E! E) RE>ISTROARTJCU)O 88 PRO@ESIO!A)ES ENTRA!KEROSCAP)TU*O """+ RE,"STRO NAC"ONA* DE CONSU*TORAS EN ARUEO*O,)A 8RNCA9ARTJCU)O '## RE>ISTRO !ACIO!A) DE CO!SU)TORAS E! AR-UEO)O>JA R!CAARTJCU)O '#' RE-UISITOS PARA )A I!SCRIPCIF! E! E) RE>ISTROARTJCU)O '#& RE!OHACIF! DE I!SCRIPCIF! E! E) RE>ISTROARTJCU)O '#$ RE-UISITOS PARA )A RE!OHACIF! E! E) RE>ISTRO

    T)TU*O /+ CON,RESO NAC"ONA* DE ARUEO*O,)AARTJCU)O '#( CO!>RESO !ACIO!A) DE AR-UEO)O>JAT)TU*O /"+ "NRACC"ONES SANC"ONESARTJCU)O '#9 C)ASI@ICACIF! DE )AS SA!CIO!ESARTJCU)O '#< CRITERIOS PARA )A IPOSICIF! DE )A U)TAARTJCU)O '#M SA!CIO!ES POR ACCIO!ES E! PERKUICIO DE) PATRIO!IO CU)TURA) DE )A!ACIF!

    A!ENO I, TA+)A DE I!@RACCIO!ES L SA!CIO!ESA!ENO II, CUADRO RESUE! DE )AS ODA)IDADES DE I!TERHE!CIO!ES AR-UEO)F>ICASDE ACUERDO A )A TITU)ARIDAD L DIRECCIF! DE )AS ISAST)TU*O PRE*"M"NAR

    DISPOSICIO!ES >E!ERA)ES

    Art/culo ' O+KETO)os bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la !acin son reconocidos como recursos culturales norenovables. por lo que el 3omento de su estudio a trav=s de la investigacin arqueolgica. declarada comode inter=s social 1 de necesidad p0blica seg0n la )e1 &:&8eneral del Patrimonio Cultural de la !acin% es considerado de prioritaria importancia. suconservacin es reconocida como de inter=s nacional 1 su inclusin en las pol/ticas de desarrollonacional. regional 1 local es concebida como estrat=gica Estos bienes est2n protegidos por el Estado

    Todos los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la !acin de car2cter pre4isp2nico sonpropiedad del Estado. as/ como sus partes integrantes 1o accesorias 1 sus componentes descubiertos opor descubrir. independientemente de que se encuentren ubicados en predio de propiedad p0blica o

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    privada

    El inisterio de Cultura. en el e5ercicio de sus competencias de proteccin 1 conservacin de los bienesmateriales con valor arqueolgico integrantes del Patrimonio Cultural de la !acin. es el 0nico enteencargado de regular la condicin de intangible de dic4os bienes. 1 de autori?ar toda intervencinarqueolgica a trav=s de lo normado en el presente Reglamento de Intervenciones Arqueolgicas

    Art/culo & PO)JTICA >E!ERA) L PRI!CIPIOSTodas las intervenciones arqueolgicas que se realicen en territorio nacional deber2n su5etarse a los altosest2ndares cient/3icos. pol/ticas e intereses prioritarios que 3i5e el inisterio de Cultura Dic4as pol/ticas see5ecutar2n 1 cumplir2n a trav=s de acciones de identi3icacin. registro. investigacin cient/3ica.conservacin. proteccin. puesta en valor 1 di3usin del Patrimonio Cultural de la !acin

    El Estado. a trav=s del inisterio de Cultura. es el encargado de concatenar 1 armoni?ar el pasado con elpresente 1 el 3uturo de nuestro pa/s Con este 3in. el presente reglamento se 3undamenta en los siguientesprincipios, i de3ensa 1 m26ima proteccin del Patrimonio Cultural de la !acin. que toda persona oautoridad debe considerar 3rente a cualquier duda o vac/o normativo7 ii celeridad administrativa.

    necesaria para el 3uncionamiento de todo Estado moderno7 iii derec4o cultural a reconocer nuestrodesarrollo ancestral 1 singular7 iv sostenibilidad 1 responsabilidad. necesarios para gestionar nuestrosrecursos culturales teniendo siempre como meta el bien com0n de la !acin7 v produccin cient/3ica einnovacin tecnolgica. que sub1ace como esencia de toda intervencin arqueolgica. propendiendo eincorporando el uso de nuevas tecnolog/as de investigacin e intervencin arqueolgica7 1. vipotencialidad como Patrimonio undial. que respetar2 la integridad 1 autenticidad de todo bien culturalque tenga el potencial de ser declarado Patrimonio undial por la U!ESCO

    Art/culo $ +ITO DE AP)ICACIF!)as disposiciones contenidas en el presente reglamento son de observancia obligatoria para todas lasintervenciones arqueolgicas. tanto p0blicas como privadas. e5ecutadas en todo el territorio nacional.incluso aquellas que estuvieran a cargo de las unidades operativas del inisterio de Cultura

    Art/culo ( COPETE!CIAEl inisterio de Cultura e5ecuta los lineamientos 1 directivas en materia de Intervenciones Arqueolgicas.en concordancia con las pol/ticas del Estado 1 con los planes sectoriales 1 regionales Asimismo. vela porel cumplimiento de las normas contenidas en el presente reglamento

    El inisterio de Cultura e5erce competencia sobre el Patrimonio Cultural de la !acin. de con3ormidad conlo establecido en la Constitucin 1 el ordenamiento 5ur/dico vigente )as Direcciones Desconcentradas deCultura son las encargadas de actuar en representacin del inisterio de Cultura dentro de su 2mbitoterritorial

    Art/culo 9 DE@I!ICIO!ES

    Para e3ectos de la aplicacin de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento. se entiende por,

    Acta in3ormati?ada de inspeccin, Es el 3ormato establecido por el inisterio de Cultura que ser2 utili?adapor el inspector durante las inspecciones oculares de las di3erentes modalidades de intervencionesarqueolgicas

    Esta acta tiene el rango de in3orme t=cnico 1 su elaboracin es condicin necesaria para la aprobacin delin3orme 3inal

    A3ectacin, Es la alteracin o el da;o ocasionado en per5uicio del Patrimonio Cultural de la !acin quepuede ser ocasionado por agentes naturales 1o actividades 4umanas )a alteracin es el deterioroparcial 1 reparable ocasionado sobre el patrimonio. 1 el da;o es el deterioro irreversible e irreparableocasionado sobre el mismo

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    A3ectacin en curso, Es la alteracin o da;o ocasionado en per5uicio del Patrimonio Cultural de la !acinpor agentes naturales 1o actividades 4umanas que 4an ocurrido inmediatamente antes o vienenocurriendo durante la presentacin de una solicitud para una Accin Arqueolgica de Emergenciarea urbana consolidada Es aquella constituida por predios que cuentan con t/tulo de propiedad inscritoen Registros P0blicos. servicios p0blicos domiciliarios instalados. pistas. veredas e in3raestructura vial.redes de agua. desage o alcantarillado 1 servicios de alumbrado p0blico El nivel de consolidacin de lospredios ser2 del 8#Q del total del 2rea 0til del predio matri?

    Arquelogo cali3icador, Es el pro3esional en arqueolog/a a quien se le asigna los e6pedientes para surespectiva cali3icacin. la 3ormulacin de las observaciones 1 la opinin t=cnica para la aprobacin odesaprobacin de los mismos

    Car2cter ineludible, Es aquella condicin que determina que la e5ecucin de una obra p0blica o privadaque comprometa un bien cultural mueble o inmueble con valor arqueolgico resulte inevitable Estacondicin debe contar necesariamente con un sustento t=cnico que 3undamente que la obra no puede serdesarrollada en un espacio distinto al propuesto

    Consultora en arqueolog/a, Persona 5ur/dica que reali?a prestacin de servicios relacionadas a lasintervenciones arqueolgicas

    Conte6to primario, Es el con5unto de ob5etos muebles 1o inmuebles asociados en el tiempo 1 el espacio.resultado de actividades 4umanas concretas 1 espec/3icas que 3ueron abandonados en el lugar en que=stas se reali?aban. sin que se 4a1a alterado su ubicacin en el espacio despu=s del abandono del 2reade dic4as actividades

    Conte6to secundario, Es el con5unto de ob5etos muebles e inmuebles que se encuentran asociados en eltiempo 1 el espacio pero que 3ueron removidos de su conte6to primario por accin 4umana o agentesnaturales

    Delimitacin, Proceso por el cual se determina el per/metro dentro del cual est2 ubicado un monumentoarqueolgico

    Director, Es el arquelogo pro3esional que elabora. dise;a 1 3ormula un determinado pro1ecto deintervencin arqueolgica. siendo responsable de la direccin. e5ecucin 1 supervisin del plan de traba5ocontenido en dic4o pro1ecto. con3orme a las normas de la materia

    Director de monumento, En el caso de los museos de sitio. es el encargado de la gestin del museo 1 delmonumento arqueolgico del que 3orma parte Es designado por la Direccin >eneral de useos En elcaso de monumentos arqueolgicos en los que no e6isten museos de sitio. su designacin la reali?a laDireccin >eneral de Patrimonio Arqueolgico Inmueble. es el encargado de la gestin del monumento

    Escuela de campo, Es un componente o actividad 3ormativa dentro de un programa o pro1ecto deinvestigacin arqueolgica cu1a 3inalidad. adem2s de la investigacin cient/3ica. es la 3ormacin deestudiantes en el desarrollo de m=todos 1 t=cnicas de traba5o de campo 1 gabinete propias de la disciplinaarqueolgica Estar2 dirigida por universidades. instituciones acad=micas o docentes universitarios

    E6cavaciones restringidas, Para 3ines del presente reglamento. se trata de unidades de e6cavacin cu1asdimensiones no e6ceden los cuatro ( metros cuadrados. de3inidas 0nica 1 e6clusivamente por losob5etivos espec/3icos de cada intervencin 1 a ser aplicadas en los Pro1ectos de Investigacin quecontemplen solo prospeccin con e6cavaciones de prueba. Pro1ectos de Evaluacin. AccionesArqueolgicas de Emergencia 1 Pro1ectos de Emergencia

    !o se e6igir2 reali?ar unidades de e6cavacin en 2reas con super3icie de cemento o as3alto

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    Intangible, Es aquella condicin regulada de los bienes inmuebles de car2cter pre4isp2nico integrantesdel Patrimonio Cultural de la !acin que consiste en conservar su integridad. encontr2ndose su5eta a lasintervenciones autori?adas por el inisterio de Cultura sustentada en los 3ines que se;ala el presentereglamento. como la investigacin. evaluacin. rescate. monitoreo. emergencia. as/ como delimitacin.redelimitacin. actuali?acin catastral. saneamiento. identi3icacin. inventario. inscripcin. registro.proteccin. di3usin. promocin. puesta en valor. gestin. administracin. e igualmente pro1ectosdeclarados de necesidad 1 utilidad p0blica de car2cter ineludible

    Potencial arqueolgico, Ponderacin t=cnica de los criterios de singularidad. comple5idad 1 3actores deriesgo. como preservacin. 3ragilidad 1 vulnerabilidad

    Regin, Unidad espacial de estudio arqueolgico

    Titularidad, Es la acreditacin que permite a una persona natural o 5ur/dica presentar solicitudes deautori?acin para intervenciones arqueolgicas El titular compartir2 la responsabilidad de la intervencincon el director 1 las consultoras en arqueolog/a. de ser el caso

    Sin embargo. la e5ecucin de la intervencin arqueolgica estar2 a cargo 0nicamente del director 1 elarquelogo residente

    )a titularidad de una intervencin arqueolgica es intrans3erible solo en el caso de Programas deInvestigacin Arqueolgica. Pro1ectos de Investigacin Arqueolgica. Pro1ectos de Rescate Arqueolgico.Pro1ectos de Emergencia 1 Pro1ectos de Investigacin de Colecciones 1 @ondos useogr23icos. sea =staotorgada a una persona 5ur/dica o a una persona natural

    Sitio paleontolgico, @ormacin geolgica sedimentaria donde se encuentran 3siles con importancia.valor 1 signi3icado paleontolgico. cient/3ico. cultural 1 educativo

    ona geogr23ica, Territorio ba5o el 2mbito de competencia de cada regin pol/tica constituida en el Per0

    TJTU)O I C)ASI@ICACIF!Art/culo ICOI!TE>RA!TES DE) PATRIO!IO CU)TURA) DE )A !ACIF!

    )os bienes culturales muebles o inmuebles con valor arqueolgico. 1 que deben ser intervenidos pormedio de m=todos arqueolgicos. de acuerdo a su =poca de construccin 1 produccin. se clasi3ican en,

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    relaciones cronolgicas. 3uncionales 1 de dependencia 5er2rquica Contiene edi3icaciones monumentales.ceremoniales. 3unerarias o ambientes urbanos. cu1o dise;o 1 3isonom/a debe conservarse Se ledenomina tambi=n Comple5o Arqueolgico onumentalM$ Paisa5e Arqueolgico Es el resultado del desarrollo de actividades 4umanas en un espacio concretoen interaccin con el ecosistema. que tengan un destacado valor desde los puntos de vista arqueolgico.4istrico. ambiental 1 est=tico Se consideran como tales. in3raestructura agr/cola como andenes.terra?as. canales. camellones. 1 a3ines7 in3raestructura vial como caminos pre4isp2nicos e itinerariosculturales7 espacios art/sticos 1 arqueo%astronmicos como geogli3os. arte en roca 1 similares Estade3inicin comprende a los monumentos 4asta a4ora considerados como Paisa5e Cultural Arqueolgico

    Algunos componentes del Paisa5e Arqueolgico. como los andenes. las terra?as. los canales. loscamellones 1 la in3raestructura vial pre4isp2nica. por sus caracter/sticas propias. pueden seguir siendousadas con3orme a su 3uncin original sin que esto ponga en riesgo su integridad estructural 1arquitectnica )a determinacin de este uso restringido ser2 mediante Resolucin Hiceministerial

    Art/culo : E)EE!TO AR-UEO)F>ICO AIS)ADOEs el vestigio de actividad 4umana pre4isp2nica que. por procesos naturales o culturales. se mani3iesta

    en la actualidad en escaso n0mero. de manera aislada o 3ragmentada Comprende a los bienes mueblescomo 3ragmenter/a cer2mica dispersa. material malacolgico disperso. as/ como los vestigios deestructuras 3ragmentadas

    De ser el caso. la e6cavacin arqueolgica determinar2 si se trata de un elemento arqueolgico aisladoSi se con3irmase esta condicin ser2 registrado e inventariado

    Art/culo 8 O!UE!TOS AR-UEO)F>ICOS PREGISP!ICOS ENCEPCIO!A)ESCon la 3inalidad de implementar la adecuada gestin 1 proteccin de los monumentos descritos en elart/culo M que destacan por sus caracter/sticas intr/nsecas. el presente reglamento reconoce tres tipose6cepcionales de monumentos arqueolgicos pre4isp2nicos, los onumentos Arqueolgicos !acionalesA!. los Parques Arqueolgicos !acionales PA! 1 los onumentos Arqueolgicos del Patrimonio

    undial AP

    Estos monumentos se encuentran su5etos a las normas sobre la materia. a sus Planes de ane5o 1 a lasConvenciones Internacionales suscritas por el Estado Peruano Son administrados por la Sede Centraldel inisterio de Cultura Se clasi3ican en,

    8' onumentos Arqueolgicos !acionales A!Son monumentos pre4isp2nicos de destacado valor 4istrico. cient/3ico. tecnolgico. est=tico. urban/stico1 representan un testimonio e6cepcional de la cultura nacional stos est2n su5etos a la ma1or proteccinque el Estado otorga 1 son declarados por Resolucin inisterial

    8& Parques Arqueolgicos !acionales PA!

    Son con5untos de monumentos pre4isp2nicos que se caracteri?an por su interaccin con el entornonatural. paisa5/stico 1 4umano. con relaciones de pro6imidad 1 de proceso cultural territorial. tanto delpasado como del presente Por su estado de conservacin posibilitan su e6posicin p0blica. contando conin3raestructura apropiada para su visita Son declarados por Resolucin inisterial

    8$ onumentos Arqueolgicos del Patrimonio undial APSon los monumentos pre4isp2nicos que constitu1en testimonios 0nicos de una civili?acin 1 contienenvalores 4istricos. est=ticos. urban/sticos. paisa5/sticos. tecnolgicos. cient/3icos e6cepcionales 1universales Son reconocidos e inscritos en la lista de Patrimonio undial de la U!ESCO

    TJTU)O II I!TERHE!CIO!ES AR-UEO)F>ICAS

    Art/culo '# CO!CEPTO

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    A esta modalidad corresponde la prospeccin sin e6cavaciones. la que puede ser sin recoleccin dematerial super3icial. o con recoleccin de material super3icial para 3ines de muestreo

    ''&& Pro1ectos de Investigacin Arqueolgica con E6cavaciones, Son intervenciones arqueolgicas quecomprenden e6cavaciones de un bien inmueble con valor arqueolgico que inclu1an la remocincontrolada 1 sistem2tica de suelos 1 sus elementos asociados. inclu1endo a los pro1ectos de prospeccinque requieran e6cavaciones de prueba restringidas

    ''&$ Pro1ectos de Investigacin Arqueolgica con 3ines de Conservacin 1 Puesta en Halor, Sonintervenciones con metodolog/a arqueolgica cu1a 3inalidad es alcan?ar una adecuada conservacin.presentacin. e6posicin. di3usin 1 gestin del patrimonio arqueolgico Estos pro1ectos pueden sercomponentes de los Pro1ectos de Inversin P0blica

    )os pro1ectos de investigacin en sitios paleontolgicos ser2n autori?ados por la Direccin >eneral dePatrimonio Cultural

    ''$ Pro1ectos de Evaluacin Arqueolgica PEA, Son intervenciones arqueolgicas puntuales que

    de3inen la e6istencia de vestigios arqueolgicos en un 2rea determinada Pueden ser reali?adas en elmarco del desarrollo de pro1ectos productivos. e6tractivos 1o de servicios. tanto en el sector p0blicocomo privado. con 3ines de proteger el Patrimonio Cultural de la !acin

    Estas intervenciones tienen el ob5etivo de evaluar. medir. prevenir 1 determinar las medidas de mitigacinnecesarias. en salvaguarda del patrimonio cultural

    Comprenden traba5os de reconocimiento con e6cavaciones restringidas. al interior del 2rea materia deevaluacin para de3inir la presencia de monumentos pre4isp2nicos e 4istricos. as/ como su potencialarqueolgico De con3irmarse esta presencia. se proceder2 a registrarlos. determinando su e6tensinmediante la delimitacin. se;ali?acin 1 demarcacin 3/sica

    )os pro1ectos de inversin que se e5ecuten en ?onas subacu2ticas no requerir2n un Pro1ecto deEvaluacin Arqueolgica. sino 0nicamente un Plan de onitoreo Arqueolgico. de con3ormidad con elart/culo

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    e6cavaciones se aplican cuando las redes subterr2neas a instalar requieran una servidumbre 1pro3undidad menor a dos & metros

    Asimismo. estas e6cavaciones aplicar2n las acciones de mitigacin necesarias para garanti?ar laproteccin de los remanentes tanto en la dimensin 4ori?ontal como en la vertical. 1 as/ =stos no seana3ectados por la construccin 1 posterior 3uncionamiento de la red instalada Como parte de las accionesde estos pro1ectos. se podr2. cuando corresponda. e5ecutar acciones de restitucin de los componentesarquitectnicos. en el mismo lugar. con opinin 3avorable del inisterio de Cultura

    )os Pro1ectos de Rescate Arqueolgico se derivan de los Pro1ectos de Evaluacin Arqueolgica o de losPlanes de onitoreo Arqueolgico )os Pro1ectos de Rescate Arqueolgico podr/an ser solicitados antesde la culminacin de dic4as intervenciones con3orme a lo establecido en el art/culo 9# del presentereglamento

    ''9 Planes de onitoreo Arqueolgico PA,

    Son intervenciones arqueolgicas destinadas a implementar medidas para prevenir. evitar. controlar.

    reducir 1 mitigar los posibles impactos negativos sobre vestigios pre4isp2nicos. 4istricos opaleontolgicos 1 dem2s bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la !acin. en el marco dee5ecucin de obras de in3raestructura 1 servicios. as/ como en el desarrollo de pro1ectos productivos 1e6tractivos. que impliquen obras ba5o super3icie

    El desarrollo del monitoreo se reali?a de acuerdo al Plan de onitoreo Arqueolgico autori?ado

    )os Planes de onitoreo Arqueolgico se derivan de,

    i Pro1ectos de Investigacin Arqueolgica. cuando se necesite in3raestructura relacionada con la gestindel monumento. ii Pro1ectos de Evaluacin Arqueolgica en cu1a resolucin directoral que aprueba elin3orme 3inal lo indique. iii Pro1ectos de Rescate Arqueolgico cuando el monumento no 4a1a sido

    rescatado en su totalidad tanto en la dimensin 4ori?ontal como en la vertical. ivCerti3icados de Ine6istencia de Restos Arqueolgicos CIRA o v pro1ectos que se e5ecuten sobrein3raestructura pree6istente. que impliquen obras ba5o super3icie

    ''

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    El inisterio de Cultura e5ecutar2 e inspeccionar2 estas acciones directamente o a trav=s de lospro3esionales que =ste autorice para los propsitos espec/3icos

    ''M Pro1ectos de Emergencia Son aquellas intervenciones de recuperacin. conservacin 1estabili?acin de un bien inmueble que se encuentra en inminente peligro de destruccin. con el 3in deeliminar 1 mitigar la alteracin o da;o causado por agentes naturales 1o actividades 4umanas que no seencuentren en curso Se entiende que el Pro1ecto de Emergencia no constitu1e un Pro1ecto deInvestigacin Arqueolgica. no se considera un Pro1ecto de Evaluacin Arqueolgica. no es un Pro1ectode Rescate Arqueolgico. ni un Plan de onitoreo Arqueolgico

    )as autori?aciones se otorgar2n a un Pro1ecto de Emergencia con una duracin m26ima de 8# d/ascalendario Estas autori?aciones no podr2n ser ampliadas o renovadas

    )as tareas a reali?ar comprenden traba5os de conservacin preventiva. conservacin. consolidacin 1estabili?acin de estructuras Asimismo. se considera la e5ecucin de e6cavaciones restringidas solo en3uncin de las tareas antes mencionadas

    El inisterio de Cultura e5ecutar2 e inspeccionar2 estas acciones directamente o a trav=s de lospro3esionales que =ste autorice para los propsitos espec/3icos

    '': Pro1ectos de Investigacin de Colecciones 1 @ondos useogr23icos, Son intervenciones sobrebienes muebles culturales. que comprenden la investigacin de colecciones 1 3ondos museogr23icosadministrados por el inisterio de Cultura. a trav=s de la participacin activa de investigadoresinteresados en reali?ar estudios de car2cter cient/3ico. en colecciones de naturale?a arqueolgica.bioantropolgica. etnoarqueolgico 1 paleontolgica )os ob5etivos de estas investigaciones pueden incluirla seleccin de muestras para an2lisis especiali?ados a reali?ar en el e6tran5ero. su5etas al tr2mite dee6portacin seg0n lo establecido en el T/tulo NIII del presente reglamento

    CAPJTU)O II AUTORIACIF! L TITU)ARIDAD

    Art/culo '& AUTORIACIF!. CERTI@ICACIF! L TITU)ARIDADPara reali?ar una intervencin arqueolgica en cualquiera de sus modalidades u obtener una certi3icacin.sea en espacios p0blicos o privados. se debe contar con la autori?acin del inisterio de Cultura stasdeben tramitarse ante la Sede Central o las Direcciones Desconcentradas de Cultura. seg0n el 2mbito desus competencias En ning0n caso =stas ser2n otorgadas en v/as de regulari?acin

    )a autori?acin no otorga derec4os reales sobre el terreno donde se e5ecuta la intervencin arqueolgica

    )as autori?aciones para la e5ecucin de intervenciones arqueolgicas podr2n ser otorgadas a 3avor depersonas naturales o personas 5ur/dicas Se entiende por personas naturales a los pro3esionales enarqueolog/a debidamente registrados en el Registro !acional de Arquelogos R!A

    Se entiende por personas 5ur/dicas a las instituciones 1 empresas. sean =stas p0blicas o privadas. querespaldan. 3inancian 1 contratan a los pro3esionales que desarrollan las intervenciones arqueolgicas

    En el caso de personas naturales. la solicitud debe ser suscrita por el director de la intervencinarqueolgica. a quien se le otorgar2 la autori?acin 1 ser2 considerado titular de dic4a intervencin

    En el caso de personas 5ur/dicas. la solicitud debe ser suscrita por un representante de la institucin quecuente con 3acultades su3icientes para tal e3ecto )a autori?acin ser2 otorgada a la persona 5ur/dica. laque ser2 considerada titular de la intervencin arqueolgica. con indicacin del director a cargo de laintervencin 1 de la consultora en arqueolog/a que contrate al director. de ser el caso

    )a titularidad de una intervencin arqueolgica es intrans3erible solo en el caso de Programas deInvestigacin Arqueolgica. Pro1ectos de Investigacin Arqueolgica. Pro1ectos de Rescate Arqueolgico.

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    Pro1ectos de Emergencia 1 Pro1ectos de Investigacin de Colecciones 1 @ondos useogr23icos. sea =staotorgada a una persona 5ur/dica o a una persona natural

    Salvo en los casos establecidos en el p2rra3o anterior. la persona 5ur/dica titular de la autori?acin puedesolicitar el cambio de titularidad. cuando se trate de 3usin. escisin o compraventa de la persona 5ur/dicaPara ello presentar2 una solicitud. ad5untando copia de la escritura p0blica 1 la correspondienteinscripcin en Registros P0blicos

    Art/culo '$ AUTORIACIF! E! O!UE!TOS +AKO CO!TRO) ADI!ISTRATIHO DE) I!ISTERIODE CU)TURA

    Para reali?ar programas o pro1ectos de investigacin arqueolgica en los monumentos que seencuentran ba5o control administrativo 1 t=cnico del inisterio de Cultura. o para la reali?acin decualquier intervencin arqueolgica. se deber2 contar con la opinin t=cnica de los directores de losmonumentos Esta opinin comprender2 los siguientes aspectos de la intervencin, i Ubicacin de las2reas a intervenir7 ii etodolog/a a emplearse7 iii Destino 3inal de las colecciones recuperadas

    Asimismo. durante el desarrollo de la intervencin. el director del pro1ecto o programa mantendr2 unacoordinacin constante con el director del monumento

    Art/culo '( IPROCEDE!CIA DE )A AUTORIACIF!

    !o procede la autori?acin a personas naturales o 5ur/dicas para reali?ar intervenciones arqueolgicas. siel solicitante estuviese incurso en por lo menos uno de los siguientes supuestos,

    a !o acreditar la entrega al inisterio de Cultura del in3orme 3inal de cualquiera de las intervencionesarqueolgicas aprobadas. dentro del pla?o establecido en la respectiva resolucin de autori?acinb !o acreditar 4aber subsanado las observaciones a los in3ormes 3inales de intervenciones anteriores

    !o se otorgar2 una nueva autori?acin si no se 4an subsanado las observaciones a un in3orme 3inalcon3orme al procedimiento 1 pla?os establecidos para cada intervencinc !o acreditar la entrega de colecciones otorgadas en custodia. dentro del pla?o establecido en larespectiva resolucin de autori?acind !o acreditar la entrega de las muestras e6portadas para an2lisis no destructivos. o de los in3ormes 1publicaciones derivados de los an2lisis. dentro del pla?o establecido en la respectiva resolucin deautori?acine Encontrarse sancionado por el inisterio de Cultura. con3orme se establece en el reglamentorespectivo3 Gaber sido condenado con sentencia 3irme por delito doloso relacionado a la a3ectacin del PatrimonioCultural de la !acin

    Art/culo '9 P)AO DE) TRITE DE AUTORIACIF!

    El pla?o que transcurra desde el inicio del procedimiento administrativo para la obtencin de laautori?acin de un Programa de Investigacin Arqueolgica. un Pro1ecto de Investigacin Arqueolgica.un Pro1ecto de Evaluacin Arqueolgica. un Pro1ecto de Rescate Arqueolgico. un Pro1ecto deEmergencia 1 un Pro1ecto de Investigacin de Colecciones 1 @ondos useogr23icos administrados por elinisterio de Cultura. 4asta que se emita la resolucin respectiva. no puede e6ceder los treinta $# d/as42biles d/as contados desde el d/a siguiente de la presentacin de la solicitud. 1 su5eta a las normas delsilencio administrativo negativo En el caso de la autori?acin de E6portacin de uestras Arqueolgicascon @ines Cient/3icos. 4asta que se emita la resolucin respectiva. no puede e6ceder los quince '9 d/ascontados desde el d/a siguiente de la presentacin de la solicitud. 1 su5eta a las normas del silencioadministrativo negativo

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    En el caso de pro1ectos de inversin p0blica o privada. el pla?o del procedimiento para obtener laautori?acin del Plan de onitoreo Arqueolgico no puede e6ceder de die? '# d/as 42biles. contadosdesde el d/a siguiente de la presentacin de la solicitud. 1 se su5eta a las normas del silencioadministrativo positivo. con3orme a lo dispuesto mediante el Decreto Supremo #9(%'$%PC

    Si la solicitud 3uera observada por el arquelogo cali3icador. se pondr2 en conocimiento al administradomediante noti3icacin. otorg2ndole un pla?o no ma1or a die? '# d/as 42biles de recibida la noti3icacinpara subsanar las observaciones

    El acto procesal administrativo quedar2 suspendido 4asta la subsanacin del e6pediente Recibida lasubsanacin de las observaciones por el arquelogo cali3icador 1 cuando corresponda. derivar2 copia dele6pediente a las 2reas respectivas a 3in que veri3iquen que las observaciones 4an sido subsanadas Cada2rea emitir2 opinin 1 la remitir2 al arquelogo cali3icador para que =ste proceda a la evaluacin integralde la intervencin 1 recomiende su pase para aprobacin o denegatoria. seg0n sea el caso

    Contra la denegatoria de aprobacin de la intervencin proceden los recursos administrativos dereconsideracin 1 apelacin. seg0n lo dispuesto en la )e1 &M((( B )e1 del Procedimiento Administrativo

    >eneralArt/culo 'eneral dePatrimonio Arqueolgico Inmueble. la Direccin de Certi3icaciones o las Direcciones Desconcentradas deCultura. seg0n el 2mbito de sus competencias

    Art/culo 'M HI>E!CIA DE )A AUTORIACIF!El pla?o m26imo por el que se otorga la autori?acin para la e5ecucin de un Pro1ecto de InvestigacinArqueolgica es de un ' a;o El pla?o m26imo para un Pro1ecto de Evaluacin Arqueolgica o un

    Pro1ecto de Rescate Arqueolgico es de diecioc4o ': meses El pla?o est2 supeditado a la 3ec4a deinicio de la intervencin. indicada en el cronograma de traba5o

    En el caso de Programas de Investigacin Arqueolgica. la autori?acin ser2 otorgada por el pla?om26imo de cinco 9 a;os. con3orme a lo establecido en el numeral ''' del art/culo '' del presentereglamento

    El pla?o por el que se otorga la autori?acin para la e5ecucin de un Plan de onitoreo Arqueolgico est2supeditado al cronograma de e5ecucin de la obra que involucre movimiento de tierras

    El pla?o por el que se otorga la autori?acin para la e5ecucin de un Pro1ecto de Emergencia es denoventa 8# d/as calendario

    )a autori?acin podr2 ser ampliada o renovada. salvo en el caso de las Acciones Arqueolgicas deEmergencia 1 de los Pro1ectos de Emergencia. de acuerdo a lo dispuesto en los art/culos ': 1 '8 delpresente reglamento

    Art/culo ': AP)IACIF! DE )A HI>E!CIA DE )A AUTORIACIF!Se podr2 solicitar la ampliacin de la vigencia de la autori?acin cuando la intervencin no 4a1a podidocumplir sus ob5etivos en el pla?o previsto

    Para la ampliacin se deber2 3undamentar por escrito el pedido mediante solicitud dirigida a la Direccin>eneral de Patrimonio Arqueolgico Inmueble. la Direccin de Certi3icaciones. o a las DireccionesDesconcentradas de Cultura. seg0n el 2mbito de sus competencias. con una anticipacin no menor aquince '9 d/as 42biles antes del vencimiento del pla?o de traba5o de campo. consignado en laresolucin de autori?acin 1a concedida )a solicitud deber2 contener,

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    i avance de los traba5os e5ecutados 4asta la 3ec4a.ii plan de traba5o 1iii presupuesto para la ampliacin

    )a autori?acin se ampliar2. por 0nica ve?. por un per/odo no ma1or a la mitad del pla?o autori?adoinicialmente. 1 ser2 otorgada mediante resolucin directoral del rgano competente

    !o procede la ampliacin si el director o los directores estuviesen incursos en por lo menos uno de lossupuestos establecidos en el art/culo '( del presente reglamento

    )a autori?acin para la e5ecucin de una Accin Arqueolgica de Emergencia 1 de un Pro1ecto deEmergencia no podr2 ser ampliada

    Art/culo '8 RE!OHACIF! DE )A AUTORIACIF!

    Se podr2 solicitar la renovacin de la autori?acin cuando la intervencin no 4a1a podido desarrollarse enel pla?o previsto por ra?ones de 3uer?a ma1or o caso 3ortuito

    Para la renovacin se deber2 3undamentar por escrito el pedido mediante solicitud dirigida a la Direccin>eneral de Patrimonio Arqueolgico Inmueble. la Direccin de Certi3icaciones. o a las DireccionesDesconcentradas de Cultura. seg0n el 2mbito de sus competencias. con una anticipacin no menor aquince '9 d/as 42biles previos al vencimiento de la autori?acin 1a concedida )a solicitud deber2contener, i la documentacin que sustente las ra?ones de 3uer?a ma1or o caso 3ortuito. ii avance de lostraba5os e5ecutados 4asta la 3ec4a. de ser el caso. iii plan de traba5o 1 cronograma de actividades 1. ivpresupuesto para el desarrollo del plan de traba5o

    )a autori?acin se renovar2. por 0nica ve?. por un per/odo igual al que 3ue concedido inicialmente. 1 ser2otorgada mediante resolucin directoral del rgano competente

    !o procede la renovacin si el director o los directores estuviesen incursos en por lo menos uno de lossupuestos establecidos en el art/culo '( del presente reglamento

    )a autori?acin para la e5ecucin de una Accin Arqueolgica de Emergencia 1 de un Pro1ecto deEmergencia no podr2 ser renovada

    Art/culo REHOCACIF! DE )A AUTORIACIF!

    El inisterio de Cultura podr2 revocar cualquier autori?acin cuando sobrevenga la desaparicin de lascondiciones e6igidas legalmente para su emisin. cu1a permanencia sea indispensable para la e6istenciade la relacin 5ur/dica creada. con3orme a lo dispuesto en el numeral $&& del art/culo $ de la )e1&M((( % )e1 del Procedimiento Administrativo >eneral

    CAPJTU)O IIIDIRECCIF! L PARTICIPACIF!

    Art/culo &' DIRECCIF! DE I!TERHE!CIO!ES AR-UEO)F>ICAS

    )a direccin de una intervencin arqueolgica estar2 a cargo de un pro3esional en arqueolog/a El directorelabora. dise;a 1 3ormula la intervencin arqueolgica. siendo responsable de dirigir. e5ecutar 1 supervisarel plan de traba5o. con3orme a las normas de la materia

    )as intervenciones arqueolgicas podr2n contar con m2s de un director. con las mismasresponsabilidades 1 atribuciones

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    El director es el responsable de la toma de decisiones durante la 3ase de traba5o de campo 1 de lasacciones que de =sta se deriven. 1 deber2 estar presente durante las inspecciones oculares del inisteriode Cultura

    El director podr2 dirigir de 3orma simult2nea cualquier modalidad de intervencin arqueolgica. siempre 1cuando no se superpongan los cronogramas de la 3ase de traba5o de campo contenidos en losprogramas. pro1ectos 1 planes aprobados

    El director podr2 desempe;arse como arquelogo residente siempre 1 cuando permane?ca durante latotalidad de la 3ase de traba5o de campo en el monumento intervenido

    )os arquelogos del inisterio de Cultura podr2n dirigir cualquier modalidad de intervencin arqueolgica.siempre 1 cuando =stas cumplan los ob5etivos institucionales del inisterio de Cultura

    Para participar en la e5ecucin de una intervencin arqueolgica en la condicin de director. lospro3esionales en arqueolog/a. nacionales o e6tran5eros. deber2n estar inscritos en el Registro !acional deArquelogos R!A del inisterio de Cultura

    Art/culo && CA+IO DE DIRECTOR

    )a persona 5ur/dica titular de la autori?acin puede solicitar el cambio de director por renuncia. despidodebidamente 5usti3icado u otro. proponiendo otro director

    ste deber2 cumplir con los requisitos establecidos en el presente reglamento 1 no estar incurso enninguno de los supuestos establecidos en el art/culo '( del mismo. ba5o responsabilidad El inisterio deCultura tendr2 un pla?o de cinco 9 d/as 42biles para autori?ar el cambio mediante resolucin directoral odenegar lo solicitado

    Art/culo &$ PRO>RAAS L PROLECTOS CO%DIRI>IDOS POR I!HESTI>ADORES ENTRA!KEROS

    Cuando los programas 1 pro1ectos de investigacin arqueolgica sean dirigidos por un investigadore6tran5ero que no resida en el Per0. se deber2 contar adem2s con un director de nacionalidad peruanaAmbos directores deber2n estar registrados en el Registro !acional de Arquelogos R!A

    )os dos directores asumir2n las mismas responsabilidades en la 3ormulacin 1 e5ecucin integral delprograma o pro1ecto. tanto en el campo como en el gabinete. as/ como en la elaboracin del in3orme3inal

    Ambos deber2n estar permanentemente en el monumento donde se realice la intervencin arqueolgicadurante la 3ase de traba5o de campo. por lo que la participacin del arquelogo residente es opcional 1 noe6clu1e a los dos directores de la permanencia en el monumento

    Art/culo &( RESPO!SA+I)IDAD E! )A EKECUCIF! DE )AS I!TERHE!CIO!ES AR-UEO)F>ICASEn las intervenciones arqueolgicas. la responsabilidad administrativa de los directores. las consultorasen arqueolog/a. 1 las instituciones 1 empresas titulares. se establecen en el T/tulo NHI del presentereglamento

    En el caso de Programas 1 Pro1ectos de Investigacin Arqueolgica. la responsabilidad civil recae en3orma solidaria sobre el director 1 el titular de dic4as intervenciones

    En el caso de Pro1ectos de Evaluacin Arqueolgica. Pro1ectos de Rescate Arqueolgico. Planes deonitoreo Arqueolgico. Acciones Arqueolgicas de Emergencia 1 Pro1ectos de Emergencia. laresponsabilidad civil recae en 3orma solidaria sobre los directores. las consultoras en arqueolog/a 1 lasempresas titulares Para ello. los directores. as/ como las mencionadas empresas. suscribir2n una cartade compromiso de no a3ectacin al Patrimonio Cultural de la !acin. asumiendo la responsabilidad porlos da;os 1 per5uicios que pudieran ocasionar sobre =ste

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    Art/culo &9 PARTICIPACIF! DE) AR-UEF)O>O RESIDE!TEEl arquelogo residente es el pro3esional que e5ecuta el plan de traba5o contenido en un determinadopro1ecto de intervencin arqueolgica. siempre ba5o la direccin 1 supervisin del director Supermanencia en el monumento durante el desarrollo de la intervencin arqueolgica es obligatoria. ba5oresponsabilidad

    Para participar en la e5ecucin de cualquier modalidad de intervencin arqueolgica en la condicin dearquelogo residente. los pro3esionales en arqueolog/a deber2n estar inscritos en el Registro !acional deArquelogos R!A del inisterio de Cultura

    Art/culo &RESADOS L +ACGI))ERES E! AR-UEO)O>JA)os egresados o bac4illeres de la carrera pro3esional de arqueolog/a que plani3iquen reali?ar sus tesis.podr2n,i participar en Programas o Pro1ectos de Investigacin Arqueolgica aprobados. o ii reali?ar un Pro1ectode Investigacin Arqueolgica con un docente asesor de la universidad a la que pertene?can. inscrito enel Registro !acional de Arquelogos R!A. quien como director solicitar2 la autori?acin del pro1ecto Eneste caso. podr2n ser pro1ectos de prospeccin sin e6cavaciones. pro1ectos de prospeccin que

    requieran e6cavaciones restringidas o pro1ectos de investigacin de colecciones 1 3ondos museogr23icos.de acuerdo a la normativa contenida en el presente reglamento

    Art/culo &M PARTICIPACIF! DE +ACGI))ERES L ESTUDIA!TES)os Programas 1 Pro1ectos de Investigacin Arqueolgica permitir2n la colaboracin de estudiantes 1bac4illeres durante los traba5os de campo 1 gabinete con la 3inalidad de adquirir e intercambiarconocimientos 1 contribuir a su 3ormacin pro3esional

    Art/culo &: PRCTICAS L ESCUE)AS DE CAPO)a Escuela de Campo es un componente o actividad 3ormativa dentro de un Programa o Pro1ecto deInvestigacin Arqueolgica cu1a 3inalidad es la 3ormacin de estudiantes en el desarrollo de m=todos 1t=cnicas de traba5o de campo 1 gabinete propias de la disciplina arqueolgica

    )os estudiantes universitarios. peruanos 1 e6tran5eros. podr2n reali?ar su 3ormacin 1 pr2cticas de campoen Programas 1 Pro1ectos de Investigacin Arqueolgica que inclu1an un componente o actividad deEscuela de Campo )a 3inalidad de dic4os programas o pro1ectos ser2 la investigacin cient/3ica. seanestas intervenciones de titularidad de personas naturales o 5ur/dicas

    )a titularidad del Programa o Pro1ecto de Investigacin Arqueolgica que contenga un componente deEscuela de Campo podr2 estar a cargo de una universidad. una institucin acad=mica o un docenteuniversitario Esta condicin deber2 ser mani3estada e6presamente en la solicitud para la autori?acin delPrograma o Pro1ecto de Investigacin Arqueolgica 1 ser2 parte de los ob5etivos de los mismos

    CAPJTU)O IH

    I!SPECCIF! OCU)AR

    Art/culo &8 I!SPECCIF! OCU)AR DE I!TERHE!CIO!ES AR-UEO)F>ICAS)a inspeccin ocular consiste en el seguimiento 1 control. a manera de 3iscali?acin. que reali?a de o3icioel inisterio de Cultura en las intervenciones arqueolgicas

    )a inspeccin estar2 a cargo de un pro3esional con amplia e6periencia en traba5o de campo. de laDireccin >eneral de Patrimonio Arqueolgico Inmueble o de las Direcciones Desconcentradas deCultura. seg0n el 2mbito de sus competencias Ser2 coordinada con el director de la intervencin7 sinembargo. independientemente de las inspecciones coordinadas. el inisterio de Cultura se reserva elderec4o de reali?ar inspecciones inopinadas cuando as/ lo considere conveniente

    El inspector veri3icar2 que las intervenciones arqueolgicas se e5ecuten de acuerdo a la directiva queestable?ca el procedimiento para la inspeccin ocular que apruebe el inisterio de Cultura 1 a los

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    ob5etivos planteados 1 siguiendo los procedimientos descritos en la intervencin autori?ada Asimismo.comprobar2 el adecuado registro de los traba5os 1 4alla?gos. as/ como la utili?acin de las t=cnicasapropiadas para la e6cavacin. conservacin 1 traba5os en gabinete. indicando al director de laintervencin las opiniones 1 recomendaciones sobre lo observado en los traba5os

    Por cada inspeccin se deber2 elaborar in situ un Acta In3ormati?ada de Inspeccin. que ser2 suscrita porel inspector 1 el director de la intervencin Esta acta es un 3ormato establecido por el inisterio deCultura en donde se veri3icar2 si la intervencin inspeccionada cumple con,i los ob5etivos propuestos. ii la metodolog/a propuesta 1 iii los t=rminos de la resolucin de autori?acin)uego de esta veri3icacin. 1 en la misma acta. el inspector indicar2 la con3ormidad o no con3ormidad delos traba5os reali?ados Asimismo. precisar2 las observaciones 1 recomendaciones. de ser el caso. cu1ae5ecucin 1 subsanacin deben ser veri3icadas por el inspector. 4asta en la 0ltima inspeccin que realice

    )a con3ormidad de los traba5os reali?ados contenida en el Acta In3ormati?ada de Inspeccin. as/ como ladocumentacin gr23ica pertinente. ser2 remitida a la Direccin de Cali3icacin de Intervenciones de laSede Central del inisterio de Cultura. o elevada al director de la Direccin Desconcentrada de Cultura.seg0n el 2mbito de sus competencias. en un pla?o m26imo de tres $ d/as 42biles luego de suscrita el

    acta El Acta In3ormati?ada de Inspeccin tiene rango de in3orme t=cnico 1 su elaboracin ser2 condicinnecesaria para la aprobacin del in3orme 3inal de las intervenciones arqueolgicas

    En la resolucin directoral de autori?acin de intervenciones arqueolgicas se establecer2 el n0mero 13recuencia de las inspecciones. seg0n la naturale?a de la intervencin 1 su duracin

    Art/culo $# FR>A!OS COPETE!TESEn el caso de los Programas de Investigacin Arqueolgica. la inspeccin ocular depender2 de laDireccin >eneral de Patrimonio Arqueolgico Inmueble

    Cuando se trate de Pro1ectos de Investigacin Arqueolgica. Pro1ectos de Evaluacin Arqueolgica 1Planes de onitoreo Arqueolgico que se encuentren ba5o la 5urisdiccin de las Direcciones

    Desconcentradas de Cultura. ser2n =stas las que realicen la inspeccin ocular

    En el caso de los Pro1ectos de Rescate Arqueolgico. las Acciones Arqueolgicas de Emergencia 1 losPro1ectos de Emergencia. la inspeccin ser2 reali?ada por la Direccin >eneral de PatrimonioArqueolgico Inmueble

    CAP)TU*O /"NORME ANUA* "NA*

    Art:$ul 31 I!@ORE @I!A)Al 3inali?ar una intervencin arqueolgica. el director presentar2 un in3orme 3inal. con los requisitosse;alados para cada una de estas intervenciones. seg0n lo establecido en el presente reglamento

    Dic4o in3orme se tramitar2 ante la Sede Central o las Direcciones Desconcentradas de Cultura. seg0n el2mbito de sus competencias. 1 ser2 aprobado mediante resolucin directoral

    Art:$ul 32 P)AOS PARA )A CA)I@ICACIF! DE) I!@ORE @I!A)El pla?o que transcurra desde el inicio del procedimiento administrativo para la cali3icacin de un in3ormeanual 1 3inal de un Programa de Investigacin Arqueolgica. un in3orme 3inal de un Pro1ecto deInvestigacin Arqueolgica. un in3orme 3inal de un Pro1ecto de Evaluacin Arqueolgica. un in3orme 3inalde un Plan de onitoreo Arqueolgico. un in3orme 3inal de un Pro1ecto de Emergencia 1 un in3orme 3inalde un Pro1ecto de Investigacin de Colecciones 1 @ondos useogr23icos. no puede e6ceder los treinta$# d/as 42biles. contados desde el d/a siguiente de la presentacin de la solicitud. 1 est2 su5eto a lasnormas del silencio administrativo negativoEn el caso de Pro1ectos de Rescate Arqueolgico el in3orme 3inal ser2 evaluado en un pla?o no ma1or atreinta $# d/as 42biles En los casos en los que por la comple5idad del in3orme u otras circunstancias

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    especiales debidamente sustentadas. el arquelogo cali3icador no pudiera concluir la cali3icacin en dic4opla?o. deber2 solicitar. ba5o responsabilidad. una prrroga que no e6ceder2 a treinta $# d/as 42bilessta ser2 solicitada al 5e3e inmediato superior 1 la decisin tomada deber2 noti3icarse al administradomediante comunicacin simple

    Si el in3orme 3inal 3uera observado por el arquelogo cali3icador. se pondr2 en conocimiento aladministrado mediante noti3icacin. otorg2ndole un pla?o no ma1or a die? '# d/as 42biles de recibida lanoti3icacin para subsanar las observaciones Para el caso de in3ormes 3inales de Pro1ectos deEvaluacin Arqueolgica. este pla?o ser2 de cinco 9 d/as 42biles luego de recibida la noti3icacin

    )a cali3icacin del in3orme 3inal quedar2 suspendida 4asta la subsanacin de las observaciones Recibidala subsanacin por el arquelogo cali3icador 1 cuando corresponda. derivar2 copia del in3orme 3inal a las2reas respectivas a 3in que veri3iquen que las observaciones 4a1an sido subsanadas Cada 2rea emitir2opinin 1 la remitir2 al arquelogo cali3icador para que =ste proceda a la evaluacin integral del in3orme3inal 1 recomiende su pase para aprobacin o denegatoria. seg0n sea el caso

    )a resolucin ser2 emitida por la Direccin >eneral de Patrimonio Arqueolgico Inmueble. la Direccin de

    Certi3icaciones. o las Direcciones Desconcentradas de Cultura. seg0n el 2mbito de sus competencias. a3in de ser noti3icada al administrado

    Contra la denegatoria de aprobacin del in3orme 3inal proceden los recursos administrativos dereconsideracin 1 apelacin. seg0n lo dispuesto en la )e1 &M((( B )e1 del Procedimiento Administrativo>eneral

    Art:$ul 33 CO!C)USIF! DE) PROCEDIIE!TODE CA)I@ICACIF! DE) I!@ORE @I!A)En el caso que las observaciones al in3orme 3inal no 4a1an sido subsanadas. en el pla?o que establece elart/culo $&. se dar2 por concluido el procedimiento para la cali3icacin del mismo El director de laintervencin arqueolgica deber2 presentar. como un nuevo procedimiento. el in3orme 3inal para sucali3icacin con3orme a lo establecido en el art/culo $&

    T)TU*O """PRO,RAMAS DE "N/EST",AC".N ARUEO*.,"CACAP)TU*O "AUTOR"AC".N-REU"S"TOS

    Art:$ul 34 AUTORIACIF! DE PRO>RAAS CO! @I!ES DE I!HESTI>ACIF!Para solicitar la autori?acin de Programas de Investigacin Arqueolgica se deber2 presentar ele6pediente en dos & e5emplares debidamente 3oliados. encuadernados o anillados. ad5untando a cadae5emplar un disco compacto conteniendo las versiones digitales de te6tos. tablas. 3otos. 3iguras. mapas 1planos en los 3ormatos establecidos por el inisterio de Cultura

    El e6pediente contendr2 la siguiente in3ormacin,a Programa. cu1o contenido ser2 el siguiente,

    ' Resumen & Ubicacin 1 descripcin del 2rea a intervenir $ Antecedentes 1 problem2tica de lainvestigacin ( Sustentacin de la importancia del monumento arqueolgico o regin. seg0n loestablecido en el art/culo M 1 8 del presente reglamento 9 Preguntas de investigacin e 4iptesis

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    grado acad=mico de doctor o magister. e6periencia en la direccin de pro1ectos de investigacinarqueolgica. publicaciones acad=micas. pertenencia a asociaciones 1 corporaciones cient/3icas. 1n0mero de inscripcin en el Registro !acional de Arquelogos R!A'M Curr/culum vitae de los cient/3icos especialistas participantes en el programa. acreditando lae6periencia en su especialidad 1 n0mero de inscripcin en el Registro !acional de Pro3esionales enDisciplinas A3ines a la Arqueolog/a R!DA': apas 1 planos en los 3ormatos aprobados por el inisterio de Cultura Adem2s del programa. sedeber2 presentar los siguientes documentos,b @ormulario de solicitud dirigida a la Direccin >eneral de Patrimonio Arqueolgico Inmueble En el casode programas que se inician. se indicar2 el n0mero 1 3ec4a de las dos resoluciones consecutivas queautori?aron los pro1ectos a que se re3iere el numeral ''' del art/culo '' del presente reglamento En elcaso de tener un componente de Escuela de Campo deber2 ser declarado Indicar el n0mero decomprobante de pago por derec4o de tramitacin c Carta de presentacin de la institucin. en el caso deprogramas solicitados por una persona 5ur/dica. o carta de respaldo institucional. en el caso de ser elsolicitante una persona natural d Copia del documento de la institucin auspiciadora se;alando elcompromiso de 3inanciamiento del pro1ecto 1 el monto total asignado e Cartas de compromiso de noa3ectacin al Patrimonio Cultural de la !acin. responsabili?2ndose de los eventuales da;os 1 per5uicios.

    suscritas por el director 1 el solicitante. de ser el caso Art/culo $9 AUTORIACIF! DE PRO>RAASCO! @I!ES DE CO!SERHACIF! L PUESTA E! HA)OR

    En el caso de los Programas de Investigacin Arqueolgica con @ines de Conservacin 1 Puesta en Halor.el programa deber2 contener. adem2s de la in3ormacin a que se re3iere el art/culo $(. lo siguiente,

    ' arco conceptual & Sustentacin terica de la intervencin $ @ines 1 ob5etivos ( Antecedentes de lasintervenciones previas. reali?ando un estudio cr/tico 9 Diagnstico del monumento a intervenir eneral de Patrimonio Arqueolgico Inmueble a 3in de sernoti3icada al administrado

    CAP)TU*O """"NORME ANUA*-REU"S"TOS

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    Art:$ul 3eneral de Patrimonio Arqueolgico Inmueble a 3inde ser noti3icada al administrado

    )as copias de los in3ormes anuales aprobados 1 sus respectivas resoluciones de aprobacin ser2nremitidas a la Direccin Desconcentrada de Cultura en donde se desarrollaron las intervencionesarqueolgicas. de ser el caso

    CAP)TU*O /"NORME "NA*-REU"S"TOS

    Art:$ul 3> I!@ORE @I!A)El in3orme 3inal de los Programas de Investigacin Arqueolgica ser2 presentado a la Sede Central delinisterio de Cultura en un pla?o m26imo de seis meses de concluida la intervencin

    El director del programa. sin per5uicio de su propiedad intelectual. presentar2 el in3orme 3inal con te6to 1t/tulo en idioma espa;ol. en dos & e5emplares debidamente 3oliados. encuadernados o anillados.ad5untando a cada e5emplar un disco compacto conteniendo las versiones digitales de te6tos. tablas.3otos. 3iguras. mapas 1 planos en los 3ormatos establecidos por el inisterio de Cultura

    El in3orme 3inal de los Programas de Investigacin Arqueolgica tendr2 el car2cter de una rigurosapublicacin cient/3ica As/. el in3orme 3inal deber2 contener,' Resumen & Antecedentes. problem2tica. 3ines 1 ob5etivos de la investigacin $ Descripcin del dise;ode la investigacin. sustentando la relacin entre ob5etivos. preguntas de investigacin. 4iptesis 1

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    El in3orme 3inal de los Pro1ectos de Investigacin Arqueolgica deber2 ser presentado a la Sede Centraldel inisterio de Cultura en un pla?o m26imo de seis meses de concluida la intervencin

    El director del Pro1ecto de Investigacin Arqueolgica. sin per5uicio de su propiedad intelectual.presentar2 el in3orme 3inal con te6to 1 t/tulo en idioma espa;ol. en dos & e5emplares debidamente3oliados. encuadernados o anillados. ad5untando a cada e5emplar un disco compacto conteniendo lasversiones digitales de te6tos. tablas. 3otos. 3iguras. mapas 1 planos en los 3ormatos establecidos por elinisterio de Cultura

    El in3orme 3inal del Pro1ecto de Investigacin Arqueolgica contendr2 lo siguiente,

    ' Resumen & Antecedentes. problem2tica. 3ines 1 ob5etivos de la investigacin $ etodolog/a aplicadaen campo. gabinete 1 muestreo ( Equipo de investigadores 1 responsabilidades 9 Resultados de lainvestigacin 1 conservacin

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    ' Ubicacin 1 descripcin del 2rea a intervenir & Descripcin de la obra p0blica o privada a desarrollarse$ E6posicin de los 3ines 1 ob5etivos del pro1ecto ( Plan 1 cronograma de traba5o 9 etodolog/a 1t=cnicas eneral de Patrimonio Arqueolgico Inmueble. seg0n el3ormato a descargar Indicar el n0mero de comprobante de pago por derec4o de tramitacinc Carta de presentacin del solicitante persona natural. 5ur/dica o consorcio. presentando a su ve? aldirector del pro1ecto. 1 de ser el caso. a las consultoras en arqueolog/ad Cartas de compromiso de no a3ectacin al Patrimonio Cultural de la !acin. responsabili?2ndose de loseventuales da;os 1 per5uicios. suscritas por el director. el solicitante 1 las consultoras en arqueolog/a deser el casoe Carta de compromiso econmico del titular o solicitante. garanti?ando el 3inanciamiento del pro1ecto3 Copia legali?ada o 3edateada del documento en el cual conste el leg/timo inter=s del solicitante de lostraba5os t/tulo de propiedad. tr2mite de ad5udicacin. constancia de posesin. t/tulo de concesin.

    documento que acredite la viabilidad del estudio de preinversin del pro1ecto de inversin p0blica u otrodocumento sobre el 2rea materia de evaluacin arqueolgica g Copia simple de la partida registral de lapersona 5ur/dica e6pedida por la SU!ARP 1 de la vigencia de poder de su representante. ambas con unaantigedad no ma1or de treinta $# d/as calendario4 apas 1 planos en los 3ormatos aprobados por el inisterio de Cultura debidamente suscritos por uningeniero o arquitecto. indicando el n0mero de colegiatura

    CAP)TU*O ""AUTOR"AC".N-PROCED"M"ENTO

    Art:$ul 4

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    El in3orme 3inal contendr2 lo siguiente,

    ' Resumen & Antecedentes. problem2tica. 3ines 1 ob5etivos del pro1ecto $ Plan de traba5o ( Evaluacinde los impactos de la obra sobre los monumentos 9 etodolog/a aplicada en campo. gabinete.conservacin de bienes muebles 1 muestreo

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    9 Evaluacin del potencial arqueolgico del 2rea a intervenir. derivada de un Pro1ecto de EvaluacinArqueolgica o de un Plan de onitoreo Arqueolgico

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    )as copias de los in3ormes 3inales aprobados 1 sus respectivas resoluciones de aprobacin ser2nremitidas a la Direccin Desconcentrada de Cultura en donde se desarrollaron las intervencionesarqueolgicas. de ser el caso

    En el caso de los Pro1ectos de Rescate Arqueolgico con e6cavaciones en 2rea. sea total o parcial en ladimensin 4ori?ontal 1 total en la dimensin vertical o estratigr23ica. una ve? aprobado el in3orme 3inal. elinisterio de Cultura iniciar2 el proceso para el retiro de la condicin de Patrimonio Cultural de la !acin

    TJTU)O HIICERTI@ICADO DE I!ENISTE!CIA DE RESTOS AR-UEO)F>ICOS B CIRA

    Art:$ul ?4 DE@I!ICIF!El Certi3icado de Ine6istencia de Restos Arqueolgicos CIRA es el documento mediante el cual elinisterio de Cultura certi3ica que en un 2rea determinada no e6isten vestigios arqueolgicos ensuper3icie El CIRA no est2 su5eto a pla?o de caducidad alguno

    El CIRA se derivar2, i de una inspeccin ocular que atiende a una solicitud. ii de un Pro1ecto de

    Evaluacin Arqueolgico 1 iii de un Pro1ecto de Rescate Arqueolgico que 4a1a e5ecutado e6cavacionesen 2rea. totales o parciales en la dimensin 4ori?ontal. 1 totales en la dimensin vertical o estratigr23ica.4asta alcan?ar la capa est=ril

    El CIRA se obtendr2 de manera necesaria para la e5ecucin de cualquier pro1ecto de inversin p0blica 1privada. e6cepto en los casos establecidos en el art/culo 9M

    El CIRA ser2 emitido por la Direccin de Certi3icaciones. as/ como por las Direcciones Desconcentradasde Cultura. seg0n el 2mbito de sus competencias

    Art:$ul ?? RE-UISITOS DE )A SO)ICITUD DE) CIRAPara solicitar la e6pedicin del CIRA. se deber2 presentar un e6pediente debidamente 3oliado. ad5untando

    un disco compacto conteniendo las versiones digitales de te6tos. tablas. mapas 1 planos en los 3ormatosestablecidos por el inisterio de Cultura

    )os requisitos para la e6pedicin del CIRA son los siguientes,a @ormulario de solicitud dirigida a la Direccin de Certi3icaciones o a la Direccin Desconcentrada deCultura. seg0n el 2mbito de sus competencias. indicando el n0mero de comprobante de pago por derec4ode tramitacin En el caso de CIRA que deriven de un Pro1ecto de Evaluacin Arqueolgica. deber2indicarse el n0mero 1 3ec4a de la resolucin de aprobacin del in3orme 3inal de la intervencinb Presentacin del e6pediente t=cnico del 2rea materia de solicitud. en dos & e5emplares. con3ormadopor,i Plano de ubicacin del pro1ecto de inversin. geore3erenciado en coordenadas UT indicando su ?onageogr23ica convencional. datum >S:(. 3irmado por un ingeniero o arquitecto ii Plano del 2mbito de

    intervencin del pro1ecto 2rea a certi3icar. geore3erenciado en coordenadas UT indicando su ?onageogr23ica convencional. datum >S:(. 3irmado por un ingeniero o arquitecto iii emoria descriptiva delterreno 2rea a certi3icar con el respectivo cuadro de datos t=cnicos. presentado en coordenadas UTindicando su ?ona geogr23ica convencional. datum >S:(. 3irmado por un ingeniero o arquitecto )osdocumentos t=cnicos deber2n e6presarse 1 representarse en unidades de medida de acuerdo a lanaturale?a de la obra Para el caso de l/neas de transmisin. carreteras. tuber/as de agua 1 desage.gaseoductos. canales 1 obras seme5antes deber2 e6presarse longitudinalmente. utili?ando unidades demedidas metros m o ilmetros m e indicando su respectiva servidumbre Para el caso de predios.2reas de concesin minera. represas 1 otros. las 2reas se e6presar2n en metros cuadrados m& o4ect2reas 4a. con su per/metro correspondiente

    Art:$ul ?; PROCEDIIE!TO PARA O+TE!CIF! DE) CIRA)as solicitudes para la e6pedicin del CIRA deber2n ser dirigidas a la Direccin de Certi3icaciones o a laDireccin Desconcentrada de Cultura. seg0n el 2mbito de sus competencias

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    Si durante la cali3icacin el e6pediente 3uera observado. se pondr2 en conocimiento del administradomediante noti3icacin. otorg2ndole un pla?o no ma1or a die? '# d/as 42biles para subsanar lasobservaciones. periodo durante el cual el acto procesal quedar2 suspendido

    De no subsanar las observaciones. el e6pediente ser2 declarado en abandono

    En uso de la competencia de proteccin 1 conservacin del Patrimonio Cultural de la !acin. el inisteriode Cultura dispondr2 la reali?acin de inspecciones oculares Como producto de la inspeccin ocular 1ba5o responsabilidad. el inspector elaborar2 un in3orme t=cnico en el que indicar2 la duracin de lainspeccin. accesibilidad 1 descripcin del 2rea 1. de e6istir vestigios arqueolgicos. probar2 su e6istenciamediante la descripcin 1 el registro 3otogr23ico de los mismos

    )a Direccin de Certi3icaciones o la Direccin Desconcentrada de Cultura. seg0n el 2mbito de suscompetencias. emitir2n el CIRA en un pla?o no ma1or de veinte d/as 42biles siguientes a lapresentacin de la solicitud. su5et2ndose a las normas del silencio administrativo positivo. con3orme a lodispuesto mediante el Decreto Supremo #9(%'$%PC Si como resultado de la veri3icacin de datost=cnicos o de la inspeccin ocular se determina que el 2rea contiene vestigios arqueolgicos. se

    desestimar2 la solicitudContra la denegatoria de aprobacin del e6pediente proceden los recursos administrativos dereconsideracin 1 apelacin. seg0n lo dispuesto en la )e1 &M((( B )e1 del Procedimiento Administrativo>eneral

    Art:$ul ?

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    las acciones legales que correspondan en caso de veri3icarse a3ectaciones al Patrimonio Cultural de la!acin

    Art:$ul ;0 P)A! DE O!ITOREO E! EDIO SU+ACUTICOEn el caso de las obras desarrolladas en medios subacu2ticos. la implementacin del Plan de onitoreodeber2 contemplar una metodolog/a de traba5o para la ?ona intermareal 1 otra para la ?ona subacu2tica

    Art:$ul ;1 ACCIO!ES E! CASO DE GA))A>OSAnte el 4alla?go de vestigios pre4isp2nicos. 4istricos 1 paleontolgicos durante la e5ecucin del Plan deonitoreo. se suspender2n inmediatamente las obras en el 2rea espec/3ica del 4alla?go. debiendocomunicar sobre el mismo al inisterio de Cultura. a m2s tardar al d/a siguiente del 4alla?go

    Si durante la e5ecucin de los pro1ectos de inversin se registran 4alla?gos arqueolgicos sub1acentes. elarquelogo director del Plan de onitoreo Arqueolgico comunicar2 este 4ec4o al inisterio de Cultura a3in que disponga las acciones que correspondan 1 e3ectuar2 las e6cavaciones con la 3inalidad dedeterminar su e6tensin. potencial arqueolgico. delimitacin 1 se;ali?acin. de acuerdo a lo establecidoen el Plan de onitoreo Arqueolgico7 entendi=ndose que dic4os traba5os no constitu1en rescate

    arqueolgico El Director del Plan de onitoreo Arqueolgico proceder2 de la siguiente manera. en3uncin al tipo de 4alla?goa En el caso del 4alla?go de un elemento arqueolgico aislado. el arquelogo residente proceder2 a suregistro. recoleccin e inventario con3orme lo establece el art/culo : del presente reglamento Durante lasinspecciones oculares. el director dar2 cuenta de los elementos arqueolgicos aislados. presentando elregistro de e6cavacin de los mismosb De no tratarse de un elemento arqueolgico aislado. el 4alla?go 3ormar2 parte de Sitios Arqueolgicos.onas Arqueolgicas onumentales. o Paisa5es Arqueolgicos con3orme se de3inen en el art/culo M delpresente reglamento El inisterio de Cultura determinar2 los procedimientos t=cnicos que el Director delPlan de onitoreo Arqueolgico deber2 seguir. los que podr2n incluir el registro 1 e6cavacin de4alla?gos. la delimitacin 1 se;ali?acin 3/sica de monumentos arqueolgicos. la determinacin de supotencial7 entendi=ndose que dic4os traba5os no constitu1en un Pro1ecto de Rescate Arqueolgico

    c En el caso de 4alla?gos en medios subacu2ticos re3eridos a vestigios arqueolgicos conte6tuali?ados.el inisterio de Cultura deber2 determinar su ?ona de e6clusin. en coordinacin con las autoridadescompetentes. siendo pre3erible la conservacin in situ 1 dem2s medidas de mitigacin necesarias paraevitar a3ectaciones durante la e5ecucin de las obras En el caso de 4alla?gos de elementosarqueolgicos aislados. el inisterio de Cultura podr2 autori?ar la recuperacin de los mismos

    CAPJTU)O I AUTORIACIF!

    Art:$ul ;2 AUTORIACIF!Para obtener la autori?acin. antes del inicio de la obra se completar2 un 3ormulario in3ormati?ado al cualse acceder2 mediante credenciales de acceso brindadas por el inisterio de Cultura En el 3ormulario seindicar2 el n0mero de comprobante de pago por derec4o de tramitacin Adem2s del 3ormulario. se

    deber2 ad5untar los arc4ivos digitales siguientes,a apas 1 planos en los 3ormatos aprobados por el inisterio de Cultura Deber2 incluirse el plano de lasobras programadas. as/ como el plano de ubicacin 1 perim=trico del 2rea materia del monitoreoarqueolgico. debidamente suscritos por un ingeniero o arquitecto. indicando el n0mero de colegiatura bDocumentacin gr23ica planos. mapas. 3otogra3/as. im2genes satelitales u otros. en el caso dein3raestructura pree6istentec Cartas de compromiso de no a3ectacin al Patrimonio Cultural de la !acin. responsabili?2ndose de loseventuales da;os 1 per5uicios. suscritas por el director. las consultoras en arqueolog/a. de ser el caso 1 elsolicitante )os solicitantes deber2n presentar estas cartas a la Sede Central del inisterio de Cultura o ala Direccin Desconcentrada de Cultura. seg0n el 2mbito de sus competencias. con las 3irmas originales

    Al completar el 3ormulario con los datos 1 documentos requeridos. el sistema generar2 la autori?acin 1 elrespectivo cdigo que permitir2 al administrado descargar el Plan de onitoreo Arqueolgico que eldirector del plan aplicar2 de manera obligatoria. ba5o responsabilidad. durante la e5ecucin de la obra

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    )uego de recibido el cdigo de autori?acin. el titular del pro1ecto de inversin p0blica o privada remitir2 ala Sede Central del inisterio de Cultura o a la Direccin Desconcentrada de Cultura. seg0n el 2mbito desus competencias. lo establecido en el inciso c del presente art/culo. en un pla?o no ma1or de cinco 9d/as 42biles. ba5o sancin de considerarlas como no presentadas

    Art:$ul ;3 P)A! DE O!ITOREO E! I!@RAESTRUCTURA PREENISTE!TEEl Plan de onitoreo Arqueolgico para pro1ectos que se e5ecuten sobre in3raestructura pree6istente norequerir2 de la tramitacin del CIRA

    Art:$ul ;4 P)A! DE O!ITOREO AR-UEO)F>ICOEl Plan de onitoreo Arqueolgico contendr2 la in3ormacin necesaria sobre, la e6cavacin7 revisin deper3iles 1 desmontes7 medidas de mitigacin7 intervencin de 4alla?gos. elemento arqueolgico aislado 1monumentos arqueolgicos7 traba5os de gabinete e induccin. 1 ser2 puesto a disposicin del titular delpro1ecto de inversin por el inisterio de Cultura

    CAPJTU)O II

    I!@ORE @I!A)%RE-UISITOSArt:$ul ;? I!@ORE @I!A)El in3orme 3inal del Plan de onitoreo Arqueolgico ser2 presentado ante la Direccin de Certi3icaciones oa la Direccin Desconcentrada de Cultura. seg0n el 2mbito de sus competencias

    El director del Plan de onitoreo Arqueolgico. sin per5uicio de su propiedad intelectual. presentar2 elin3orme 3inal con te6to 1 t/tulo en idioma espa;ol. en dos & e5emplares debidamente 3oliados.encuadernados o anillados. ad5untando a cada e5emplar un disco compacto conteniendo las versionesdigitales de te6tos. tablas. 3otos. 3iguras. mapas 1 planos en los 3ormatos establecidos por el inisterio deCultura

    El in3orme 3inal contendr2 lo siguiente,

    ' Resumen & Antecedentes. problem2tica. 3ines 1 ob5etivos del plan $ Plan de traba5o desarrolladodurante el monitoreo ( Plan de conservacin. proteccin 1 mitigacin 9 Evaluacin de los impactos de laobra sobre los 4alla?gos. de ser el caso

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    derivado a un arquelogo cali3icador para su evaluacin )os pla?os para la cali3icacin del in3orme 3inalson los establecidos en el art/culo $& del presente reglamento

    Cuando la cali3icacin del e6pediente requiera de la opinin t=cnica de otras direcciones del inisterio deCultura. el arquelogo cali3icador derivar2 un e5emplar del mismo a dic4as direcciones

    )a resolucin ser2 emitida por la Direccin de Certi3icaciones o la Direccin Desconcentrada de Cultura.seg0n el 2mbito de sus competencias. a 3in de ser noti3icada al administrado

    TJTU)O INACCIO!ES AR-UEO)F>ICAS DE EER>E!CIA

    Art:$ul ;ICAS DE EER>E!CIA)as Acciones Arqueolgicas de Emergencia son tareas que podr2n ser e5ecutadas por el inisterio deCultura a trav=s de sus 2reas t=cnicas o sus Direcciones Desconcentradas. as/ como por pro3esionalesen arqueolog/a inscritos en el Registro !acional de Arquelogos R!A 1 que cumplan con los requisitosdel presente reglamento

    CAPJTU)O IAUTORIACIF! L PROCEDIIE!TO

    Art:$ul ;=@ AUTORIACIF! L PROCEDIIE!TO DE )AS ACCIO!ES AR-UEO)F>ICAS DEEER>E!CIAEn los casos que la emergencia demande una accin arqueolgica inmediata. la Direccin >eneral dePatrimonio Arqueolgico Inmueble podr2 autori?ar mediante comunicacin escrita la e5ecucin de laAccin Arqueolgica de Emergencia en un pla?o que no e6ceda los tres $ d/as 42biles luego de recibidala solicitud

    )a solicitud para la autori?acin de una Accin Arqueolgica de Emergencia ser2 presentada ante la

    Direccin >eneral de Patrimonio Arqueolgico Inmueble mediante comunicacin escrita. correoelectrnico o cualquier otro medio que permita comprobar 3e4acientemente su acuse de recibo 1 quien lorecibe

    )a comunicacin contendr2 la siguiente in3ormacin,a Ubicacin del monumento arqueolgico b Descripcin de la destruccin o a3ectacin en curso cDocumentacin gr23ica planos. mapas. 3otogra3/as. in3ormacin period/stica. im2genes satelitales u otrosde la destruccin o a3ectacin en curso d Resumen e5ecutivo de las principales acciones de emergenciaa e5ecutar )a Sede Central del inisterio de Cultura reali?ar2 la inspeccin ocular en un pla?o no ma1orde die? '# d/as calendario de comunicada la autori?acin Durante esta inspeccin se constatar2 laemergencia. se veri3icar2 las acciones que se est=n e5ecutando. 1 se recomendar2 modi3icaciones a=stas. de ser el caso Esta constatacin 1 veri3icacin estar2n contenidas en el acta de inspeccin suscrita

    entre el inspector 1 el arquelogo responsable

    El inisterio de Cultura dentro de sus 3acultades 1 3unciones. luego de la inspeccin ocular 1 cuando seconstate que no e6iste la emergencia comunicada. podr2 revocar la autori?acin mediante comunicacinescrita. previo in3orme t=cnico

    Dentro del pla?o otorgado. el arquelogo responsable podr2 comunicar al inisterio de Cultura la3inali?acin de las acciones de emergencia as/ no se 4a1a cumplido el pla?o m26imo autori?adoAsimismo. el inisterio de Cultura podr2 reali?ar el n0mero de inspecciones oculares que considereconvenientes En el caso que la a3ectacin 4a1a sido mitigada. el inisterio de Cultura podr2 de o3iciodeterminar la culminacin de la accin de emergencia autori?ada. previo in3orme t=cnico Esta decisindeber2 ser comunicada al arquelogo responsable por escrito

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    El arquelogo responsable de la accin presentar2 un in3orme t=cnico a la Direccin >eneral dePatrimonio Arqueolgico Inmueble en un pla?o m26imo de quince '9 d/as calendario luego de concluidalas tareas en el campo )a Accin Arqueolgica de Emergencia 3inali?ar2 con la presentacin de dic4oin3orme. el cual dar2 cuenta de las tareas e5ecutadas 1 los resultados de las mismas. conteniendo toda lain3ormacin gr23ica 1 t=cnica registrada

    TJTU)O NPROLECTOS DE EER>E!CIACAPJTU)O IAUTORIACIF!%RE-UISITOS

    Art:$ul ;> AUTORIACIF!Para solicitar la autori?acin de un Pro1ecto de Emergencia se requiere previamente la inspeccin oculardel inisterio de Cultura a trav=s de la Direccin >eneral de Patrimonio Arqueolgico Inmueble

    @inali?ada la inspeccin ocular. se levantar2 in situ un acta que deber2 ser suscrita por el inspector 1 elpro3esional en arqueolog/a que solicita el Pro1ecto de Emergencia En el acta. el inspector emitir2 opinin

    sobre la con3ormidad o no con3ormidad de la solicitudDe contar con opinin 3avorable. el Pro1ecto de Emergencia se presentar2 a la Direccin de Cali3icacinde Intervenciones Arqueolgicas. la que derivar2 un e5emplar del pro1ecto a la Direccin de >estin deonumentos

    Para solicitar la autori?acin de un Pro1ecto de Emergencia se deber2 presentar el e6pediente en dos &e5emplares debidamente 3oliados. encuadernados o anillados. ad5untando a cada e5emplar un discocompacto conteniendo las versiones digitales de te6tos. tablas. 3otos. 3iguras. mapas 1 planos en los3ormatos establecidos por el inisterio de Cultura

    El e6pediente contendr2 la siguiente in3ormacin,

    a Pro1ecto. cu1o contenido ser2 el siguiente,

    ' Resumen & Ubicacin 1 descripcin del 2rea a intervenir $ Kusti3icacin del pro1ecto ( Estado generalde conservacin 9 Plan de conservacin. proteccin 1 cronograma de traba5o. adecuado a noventa 8#d/as calendario

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    de onumentos cuando corresponda El pla?o para la obtencin de la autori?acin es el establecido en elart/culo '9 del presente reglamento

    El arquelogo cali3icador deber2 ad5untar. al e6pediente de solicitud. el acta de inspeccin previa endonde se establece la con3ormidad de la solicitud para el Pro1ecto de Emergencia. con3orme a loestablecido en el art/culo eneral de Patrimonio Arqueolgico Inmueble a 3in de sernoti3icada al administrado

    CAPJTU)O III!@ORE @I!A)%RE-UISITOS

    Art:$ul eneral de Patrimonio Arqueolgico Inmueble a 3in de sernoti3icada al administrado

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    )as copias de los in3ormes 3inales aprobados 1 sus respectivas resoluciones de aprobacin ser2nremitidas a la Direccin Desconcentrada de Cultura en donde se desarrollaron las intervencionesarqueolgicas. de ser el caso

    TJTU)O NI>ESTIF! DE ATERIA)ES CU)TURA)ES UE+)ESCAPJTU)O I>E!ERA)IDADES

    Art:$ul

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    El material estar2 adecuadamente embalado con el 3in de garanti?ar su preservacin. consignando elnombre de la intervencin de origen 1 la relacin de materiales contenidosA partir de la veri3icacin reali?ada. se redactar2 un acta que ser2 suscrita por el inspector del inisteriode Cultura 1 el director de la intervencin arqueolgica

    )uego de la veri3icacin se reali?ar2 la entrega 3ormal de las colecciones al inisterio de Cultura en donde=ste lo indique. o se podr2 solicitar la custodia de las colecciones

    Art:$ul =0 CUSTODIA DE )AS CO)ECCIO!ES RECUPERADAS E! E) ARCO DEI!TERHE!CIO!ES AR-UEO)F>ICAS)a custodia es la entrega temporal de colecciones. recuperadas en el marco de intervencionesarqueolgicas. 0nicamente con 3ines de investigacin

    El inisterio de Cultura otorgar2 la autori?acin para la custodia de las colecciones de3inidas con3orme alpresente t/tulo. a 3avor del director. los investigadores o las instituciones que 4a1an participado en surecuperacin durante el transcurso de la intervencin arqueolgica. 1 que as/ lo soliciten

    )a custodia se solicitar2 una ve? que el inventario de materiales 4a1a sido veri3icado por el inisterio deCultura en el lugar donde se reali?aron las intervenciones arqueolgicas o las colecciones se encuentrenalmacenadas

    )os solicitantes seguir2n las condiciones establecidas en la autori?acin 1 asumir2n el compromiso degaranti?ar su almacenamiento. conservacin. seguridad 1 generacin de in3ormacin

    Art:$ul =1 DURACIF! DE )A CUSTODIA)a custodia se otorgar2 4asta por el pla?o de un ' a;o 1 podr2 ser renovada anualmente 4asta por unpla?o m26imo de cinco 9 a;os consecutivos

    En los casos que la custodia sea autori?ada a 3avor de instituciones. =sta se otorgar2 mediante convenio

    suscrito con el inisterio de Cultura. estableci=ndose las condiciones 1 el pla?o en el mismo documentoDic4as instituciones deber2n contar con reconocido prestigio 1 larga tra1ectoria en la investigacin. 1adem2s acreditar2n 4aber participado en la recuperacin de las colecciones durante el transcurso de laintervencin arqueolgica

    Art/culo :& RE-UISITOS DE )A SO)ICITUD DE )A CUSTODIA)a solicitud ser2 dirigida a la Direccin >eneral de Patrimonio Arqueolgico Inmueble o a la DireccinDesconcentrada de Cultura. seg0n sea el caso7 1 el e6pediente contendr2 la siguiente in3ormacin,

    ' Kusti3icacin de los 3ines 1 ob5etivos & Plan de investigacin 1 cronograma de traba5o $ Ubicacin 1caracter/sticas del depsito temporal ( etodolog/a 1 t=cnicas empleados durante los traba5os degabinete 1 laboratorio. indicando todos los tipos de muestreo 1 an2lisis que se pro1ecten reali?ar 9

    Equipo de traba5o 1 responsabilidades

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    @inali?ado el pla?o de la custodia. los solicitantes deber2n 4acer entrega de los bienes muebles a laDireccin Desconcentrada de Cultura que corresponda o al lugar que el inisterio de Cultura disponga Apartir de esta entrega. el director tendr2 un pla?o m26imo de < seis meses para la entrega del in3ormet=cnico de los resultados obtenidos

    Art/culo :( RE!OHACIF! DE )A CUSTODIA)a solicitud de renovacin se presentar2 con una anticipacin no menor a treinta $# d/as antes delvencimiento del pla?o de la custodia

    TJTU)O NIIPROLECTOS DE I!HESTI>ACIF! DE CO)ECCIO!ES L @O!DOS USEO>R@ICOSADI!ISTRADOS POR E) I!ISTERIO DE CU)TURA

    CAPJTU)O IAUTORIACIF!%RE-UISITOS

    Art/culo :9 AUTORIACIF!Para solicitar la autori?acin de Pro1ectos de Investigacin de Colecciones 1 @ondos useogr23icos sedeber2 presentar el e6pediente en dos & e5emplares debidamente 3oliados. encuadernados o anillados.ad5untando a cada e5emplar un disco compacto conteniendo las versiones digitales de te6tos. tablas.3otos. 3iguras. mapas 1 planos en los 3ormatos establecidos por el inisterio de Cultura

    El e6pediente contendr2 la siguiente in3ormacin,a Pro1ecto. cu1o contenido ser2 el siguiente,

    ' Resumen & Ubicacin actual de los bienes culturales muebles a investigar $ Antecedentes de lacoleccin a investigar ( E6posicin de los 3ines 1 ob5etivos de la investigacin 9 Preguntas deinvestigacin e 4iptesis

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    )a Direccin >eneral de useos solicitar2 a un especialista del museo o de la Direccin Desconcentradade Cultura. seg0n el 2mbito de sus competencias. la elaboracin del respectivo in3orme t=cnico. queincluir2 un diagnstico del estado de conservacin de los bienes culturales 1. si 3uera el caso. la opininsobre el tratamiento de conservacin propuesto en el pro1ecto

    )a resolucin ser2 emitida por Direccin >eneral de useos a 3in de ser noti3icada al administrado En laresolucin de autori?acin se indicar2 las instalaciones en donde se reali?ar2 la investigacin decolecciones 1 3ondos museogr23icos

    Asimismo. se remitir2 una copia de la resolucin al museo o a las Direcciones Desconcentradas deCultura. seg0n corresponda. las que se encargar2n de inspeccionar el desarrollo del pro1ecto

    CAPJTU)O IIII!@ORE @I!A)%RE-UISITOS

    Art/culo :M I!@ORE @I!A)El in3orme 3inal de los Pro1ectos de Investigacin de Colecciones 1 @ondos useogr23icos deber2 ser

    presentado a la Sede Central del inisterio de Cultura en un pla?o m26imo de seis meses de concluida laintervencin

    El investigador. sin per5uicio de su propiedad intelectual. presentar2 el in3orme 3inal del pro1ecto reali?ado.con te6to 1 t/tulo en idioma espa;ol. en dos & e5emplares debidamente 3oliados. encuadernados oanillados. ad5untando a cada e5emplar un disco compacto conteniendo las versiones digitales de te6tos.tablas. 3otos. 3iguras. mapas 1 planos en los 3ormatos establecidos por el inisterio de Cultura

    El in3orme 3inal contendr2 lo siguiente,

    ' Resumen & Antecedentes. problem2tica. 3ines 1 ob5etivos de la investigacin $ Plan de investigacin( Plan de conservacin. de ser el caso 9 etodolog/a aplicada en el desarrollo de la investigacin

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    El presente t/tulo norma la e6portacin de muestras recuperadas durante las intervencionesarqueolgicas. o de aquel