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D. Fiscal- Tarea1

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cuestionarios

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TAREA 11. Cul es la definicin de contribucin?Es la accin y efecto de contribuir (pagar un impuesto, concurrir de manera voluntaria con una cantidad para un cierto fin, ayudar a otros). El trmino tiene su origen en el vocablo latino contributivo. Puede ser un tributo que debe pagar un contribuyente por la obtencin de un beneficio o por el aumento del valor de sus bienes a partir de la concrecin de obras pblicas.2. Explique el concepto de potestad tributaria y sus caractersticasFacultad que el ordenamiento jurdico le reconoce al Estado para imponer, modificar o suprimir en virtud de una ley obligaciones tributarias.a) Es inherente o connatural al estado.b) Emana de la norma suprema.c) Es ejercida por el poder legislativo.d) Faculta para imponer contribuciones mediante la ley.e) Fundamenta la actuacin de las autoridades.3. Cules son los lmites de la potestad tributaria?Debe ajustarse a los lineamientos sealados por la constitucin, tanto por lo que se refiere a establecimiento de los tributos como para la actuacin de la autoridad en la aplicacin de la ley, restriccin a la que identificamos como el lmite a la potestad tributaria del estado. El establecimiento de un tributo no solo debe seguir los lineamientos orgnicos dela constitucin, sino que tambin debe respetar las garantas del gobernado, pues de no ser as, el contribuyente podr promover el juicio de amparo, para dejar sin eficacia un tributo nacido en contra del orden establecido por la Constitucin4. Cul es la funcin de los principios constitucionales en materia fiscal?Implica la sumisin a las caractersticas esenciales del orden jurdico.

5. Cmo participa el Poder Ejecutivo en el establecimiento de las contribuciones?El estado tiene como actividad financiera la de obtener ingresos. Adminstralos y aplicarlos en satisfacer las necesidades de la sociedad.6. Qu funcin cumple la jurisprudencia en el sistema de contribuciones?Obedecen a sentencias que los rganos jurisdiccionales han emitido en una serie de casos anlogos, no viene a ser formal, sino fuente real, de las leyes fiscales7. En qu consiste el principio de legalidad y cules son sus excepciones?Proteger a los sujetos pasivos en su derecho de propiedad. Los tributos importan restricciones a ese derecho. De all que se considere que no es legtimo el tributo si no se obtiene por decisin de los rganos representativos de la soberana popular.1. contiene el decreto ley, y establece que en los casos de invasin, perturbacin grave de la paz pblica, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con los Titulares de las Secretaras de Estado y la Procuradura General de la Repblica y con la aprobacin del Congreso de la Unin y, en los recesos de ste, de la Comisin Permanente, podr suspender en todo el pas o en lugar determinado las garantas que fuesen obstculo para hacer frente, rpida y fcilmente a la situacin; pero deber hacerlo por un tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que la suspensin se contraiga a determinado individuo.2. establece que el Ejecutivo podr ser facultado por el Congreso de la Unin para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportacin e importacin, expedidas por el propio Congreso, y para crear otras, as como para restringir y para prohibir las importaciones, las exportaciones y el trnsito de productos, artculos y efectos, cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economa del pas, la estabilidad de la produccin nacional, o de realizar cualquier otro propsito, en beneficio del pas.

8. En la escala jerrquica de los ordenamientos jurdicos y de acuerdo al artculo 133 constitucional, en dnde se ubican los tratados internacionales?se ubican jerrquicamente abajo de la Constitucin Federal y por encima de las leyes generales, federales y locales, en la medida en que el Estado Mexicano al suscribirlos, de conformidad con lo dispuesto en la Convencin de Viena Sobre el Derecho de los Tratados entre los Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales y, adems, atendiendo al principio fundamental de derecho internacional consuetudinario "pacta sunt servanda", contrae libremente obligaciones frente a la comunidad internacional que no pueden ser desconocidas invocando normas de derecho interno y cuyo incumplimiento supone, por lo dems, una responsabilidad de carcter internacional.9. En qu consiste la analoga, y por qu se prohbe su aplicacin en materia fiscal?Proceso de lgica jurdica y nosolgica, mediante el cual son resueltos los casos jurdicos no previstos en la Ley, por extensin contextual con las disposiciones previas para casos semejantesProhbe la aplicacin de la ley punitiva por analoga en los siguientes casos: a) Para calificar el hecho como delito o falta penal, no tipificados expresamente en la ley penal;b) Determinar un estado de peligrosidad social; yc) Determinar la pena o medida de seguridad, recurriendo a una norma penal semejante.10. De acuerdo a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, qu comprende el gasto pblico?Comprende las compras y gastos que un estado realiza en un periodo determinado, que por lo general es un ao. Es uno de los elementos ms importantes en el manejo macroeconmico de un pas, puesto que dependiendo del nivel de gasto que realice el estado, as mismo ser el efecto que se tenga dentro de la economa. El gasto pblico puede desde dinamizar la economa hasta ser el causante de fenmenos como la inflacin y la devaluacin y/o revaluacin de la moneda. El gasto pblico es tambin uno de los elementos que inciden en la poltica impositiva de un pas y en el conocido dficit fiscal, fenmeno comn a todos los estados.11. Qu relacin hay entre proporcionalidad y equidad y capacidad contributiva, de acuerdo a los criterios jurisprudenciales de la SCJN?Dos conceptos que surgen de la SCJN:La proporcionalidad y la equidad deben cumplir con las leyes fiscales conforme a la fraccin IV del artculo 31 de la constitucin, no deben confundirse, ya que1. las contribuciones deben estar en proporcin con la capacidad contributiva de los sujetos pasivos.2. Recibir trato igual.12. Cules son las excepciones al principio de irretroactividad de la ley? La ley puede ser aplicable retroactivamente cuando beneficie a los gobernados, es decir cuando no les cause perjuicio su aplicacin; La reforma a preceptos constitucionales puede ser aplicada retroactivamente; De igual forma, las normas de procedimiento se pueden aplicar a situaciones producidas con anterioridad, siempre y cuando no se hayan generado derechos procedimentales.13. Cundo se puede aplicar la ley fiscal extraterritorialmente?La posibilidad de aplicacin extraterritorial de la norma tiene dos aspectos:Activo.- la norma jurdica de un Estado penetra, con vigencia, en el territorio de una entidad estatal diversa.Pasivo.- el Estado sin sentir afecta su soberana, permite la introduccin de una norma extraa a su sistema jurdico.14. En qu consiste la seguridad jurdica?Representa, en el mbito de su publicacin y de su publicidad, la seguridad de que se tiene conocimiento, o de que se puede llegar a tener, de lo que la ley prev como prohibido, permitido y mandado por los poderes pblicos, respecto de uno mismo para con el resto de individuos y de estos para con uno mismo.

15. Enuncie las garantas que la Constitucin mexicana ofrece al particular en el tema de la imparticin de justicia.1. De justicia pronta, que se traduce en la obligacin de las autoridades encargadas de su imparticin de resolver las controversias ante ellas planteadas, dentro de los trminos y plazos que para tal efecto establezcan las leyes; 2. De justicia completa, consistente en que la autoridad que conoce del asunto emita pronunciamiento respecto de todos y cada uno de los aspectos debatidos cuyo estudio sea necesario, y garantice al gobernado la obtencin de una resolucin en la que, mediante la aplicacin de la ley al caso concreto, se resuelva si le asiste o no la razn sobre los derechos que le garanticen la tutela jurisdiccional que ha solicitado; 3. De justicia imparcial, que significa que el juzgador emita una resolucin apegada a derecho, y sin favoritismo respecto de alguna de las partes o arbitrariedad en su sentido.4. De justicia gratuita, que estriba en que los rganos del Estado encargados de su imparticin, as como los servidores pblicos a quienes se les encomienda dicha funcin, no cobrarn a las partes en conflicto emolumento alguno por la prestacin de ese servicio pblico.La garanta constitucional est encaminada a asegurar que las autoridades encargadas de aplicarla lo hagan de manera pronta, completa, gratuita e imparcial.

Azucena Cruz Prez