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ÍNDICE INTRODUCCION CLASIFICACION DE LOS CAMINOS I. CLASIFICACION POR TRANSITABILIDAD II. CLASIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA RED VIAL III. CLASIFICACIÓN FUNCIONAL DE LA RED VIAL V. CLASIFICACIÓN SEGÚN SUS CARACTERÍSTICAS VI. CLASIFICACIÓN SEGÚN SUS CONDICIONES OROGRÁFICAS VII. CLASIFICACIÓN POR SU FUNCIÓN VIII. CLASIFICACIÓN POR EL TIPO DE RELIEVE Y CLIMA IX. CLASIFICACIÓN POR DEMANDA X. CLASIFICACIÓN POR OROGRAFÍA DERECHO DE VÍA O FAJA DE DOMINIO I. ANCHO Y APROBACIÓN DEL DERECHO DE VÍA II. DEMARCACIÓN Y SEÑALIZACIÓN DEL DERECHO DE VÍA III. FAJA DE PROPIEDAD RESTRINGIDA IV. PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIONES DE PROPIEDAD PARA EL DERECHO DE VÍA PÚBLICO POR PARTE DEL ESTADO V. MANTENIMIENTO DEL DERECHO DE VÍA CONCLUSIONES BIBLIOGRAFÍA 3 4 5 6 7 9 11 13 14 15 17 19 20 21 FIC -UNICA- 2015 1

CURVAS Y TRANSICIÓN

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CURVAS CIRCULARESTRANSICIÓN DE PERALTE SOBRE ANCHOCURVAS DE TRANSICIÓN

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Page 1: CURVAS Y TRANSICIÓN

ÍNDICE

INTRODUCCION

CLASIFICACION DE LOS CAMINOS

I. CLASIFICACION POR TRANSITABILIDAD

II. CLASIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA RED VIAL

III. CLASIFICACIÓN FUNCIONAL DE LA RED VIAL

V. CLASIFICACIÓN SEGÚN SUS CARACTERÍSTICAS

VI. CLASIFICACIÓN SEGÚN SUS CONDICIONES OROGRÁFICAS

VII. CLASIFICACIÓN POR SU FUNCIÓN

VIII. CLASIFICACIÓN POR EL TIPO DE RELIEVE Y CLIMA

IX. CLASIFICACIÓN POR DEMANDA

X. CLASIFICACIÓN POR OROGRAFÍA

DERECHO DE VÍA O FAJA DE DOMINIO

I. ANCHO Y APROBACIÓN DEL DERECHO DE VÍA

II. DEMARCACIÓN Y SEÑALIZACIÓN DEL DERECHO DE VÍA

III. FAJA DE PROPIEDAD RESTRINGIDA

IV. PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIONES DE PROPIEDAD PARA

EL DERECHO DE VÍA PÚBLICO POR PARTE DEL ESTADO

V. MANTENIMIENTO DEL DERECHO DE VÍA

CONCLUSIONES

BIBLIOGRAFÍA

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DEDICATORIA

Quiero dedicarle este trabajo A Dios que me ha dado la vida y fortaleza para terminar este proyecto de investigación, A mis Padres por estar ahí cuando más los necesité; en especial a mi madre por su ayuda y constante cooperación

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Page 3: CURVAS Y TRANSICIÓN

INTRODUCCIÓN

Las características y el diseño de una carretera deben basarse, explícitamente, en

la consideración de los volúmenes de tránsito y de las condiciones necesarias

para circular por ella, con seguridad vial ya que esto le será útil durante el

desarrollo de carreteras y planes de transporte, en el análisis del comportamiento

económico, en el establecimiento de criterios de definición geométrica, en la

selección e implantación de medidas de control de tránsito y en la evaluación del

desempeño de las instalaciones de transportes.

La actividad que se desarrolla en esta da origen a la instalación de una serie de

dispositivos y obras dentro del Derecho de Vía, las que deben proyectarse y

ubicarse de modo que no afecten la normal operación y la seguridad vial. En

carreteras con control de accesos, deberán considerarse las normas especificadas

en la Sección 206.

El diseño de estas instalaciones, debe tener en consideración, la ubicación de los

accesos, áreas de estacionamiento, edificaciones, abastecimiento de servicios

públicos, áreas de mantenimiento y otros de la zona donde se desarrolla el

proyecto; así como, los aspectos de seguridad vial.

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Page 4: CURVAS Y TRANSICIÓN

CLASIFICACION DE LOS CAMINOS

I. CLASIFICACION POR TRANSITABILIDAD

La clasificación por transitabilidad corresponde a las etapas de construcción

de la carretera y se divide en:

I.1 TERRACERIA:

Cuando se ha construido la sección del proyecto hasta su nivel de

subrasante, transitable sólo en tiempo de secas.

TERRACERIA

I.2 REVESTIDA:

Cuando sobre la subrasante se ha colocado ya una o varias capas

de material granular y es transitable en todo tiempo.

REVESTIDA

I.3 PAVIMENTADA:

Cuando sobre la subrasante se ha construido ya totalmente la

estructura del el pavimento.

PAVIMENTADA

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Page 5: CURVAS Y TRANSICIÓN

II. CLASIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA RED VIAL

II.1 SISTEMA NACIONAL

Carreteras de interés Nacional, cuya jurisdicción está a cargo del

MTC.

Las carreteras del sistema Nacional evitarán, en general, el cruce de

poblaciones y su paso por ellas deberá relacionarse con las

carreteras de circunvalación o vías de Evitamiento.

Se les identifica con un escudo y la numeración es impar, desde el

01 al 99 inclusive.

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Page 6: CURVAS Y TRANSICIÓN

II.2 SISTEMA DEPARTAMENTAL

Carreteras que constituyen la red vía circunscrita a la zona de un

departamento, cuya jurisdicción está a cargo de los Consejos

Transitorios de Administración Regional.

Se les identifica con una insignia y la numeración es desde 100 al

499 inclusive.

II.3 SISTEMA VECINAL.

Carreteras de carácter local, cuya jurisdicción está a cargo de las

Municipalidades.

Se les identifica con un circulo y la numeración es desde el 500 hacia

delante.

III. CLASIFICACIÓN FUNCIONAL DE LA RED VIAL

III.1 CARRETERAS LONGITUDINALES

Sistema compuesto por aquellas carreteras que unen las Capitales

de Departamento a lo largo de la Nación, de Norte a Sur o viceversa

III.2 CARRETERAS TRANSVERSALES

Lo constituyen las carreteras que unen las Capitales de

Departamento a través del país de Este a Oeste o viceversa.

III.3 CARRETERAS COLECTORAS.

Son aquellas que unen las Capitales de Provincia, y alimentan a las

Vías Transversales y/o Longitudinales

III.4 CARRETERAS LOCALES.

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Page 7: CURVAS Y TRANSICIÓN

La componen las vías que unen los distritos, pueblos o caseríos con

las carreteras colectoras y/o con otros distritos, pueblos o caseríos.

IV. CLASIFICACIÓN POR IMPORTANCIA DE LA VÍA

IV.1 CARRETERAS DE 1er ORDEN

Son aquellas con un IMDA mayor que 4000 veh/día y/o une dos

puntos estratégicos, para el país, departamento y/o provincia.

IV.2 CARRETERAS DE 2do ORDEN

Son aquellas con IMDA entre 2001-4000 veh/día y/o une Capitales

de Departamento

IV.3 CARRETERAS DE 3er ORDEN

Son aquellas con IMDA entre 201-2000 veh/día y/oune provincias ó

distritos.

IV.4 CARRETERAS DE 4to ORDEN

Son aquellas con IMDA menor que 200 veh/día. El diseño de este

tipo de vías se rigen por Normas Especificas emitidas por el MTC,

que no forman parte del presente Manual.

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Page 8: CURVAS Y TRANSICIÓN

V. CLASIFICACIÓN SEGÚN SUS CARACTERÍSTICAS

V.1 AUTOPISTA

Vía de calzada separadas, cada una con dos o más carriles, con

control total de los acceso (Ingresos y Salidas). Que proporciona flujo

vehicular completamente continuo. Se le denominará con la sigla AP

V.2 CARRETERAS MULTICARRIL

Vía de calzadas separadas, cada una con dos o más carriles, con

control parcial de los accesos(Ingresos y Salidas). Se le denominará

con la sigla MC

V.3 CARRETERAS DE DOS CARRILES.

Vía de calzada única con dos carriles, uno por cada sentido de

circulación. Se le denominará con la sigla DC.

VI. CLASIFICACIÓN SEGÚN SUS CONDICIONES OROGRÁFICAS

VI.1 CARRETERA TIPO 1

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Page 9: CURVAS Y TRANSICIÓN

Permite a los vehículos pesados mantener aproximadamente la

misma velocidad que la de los vehículos ligeros, La inclinación

transversal del terreno, normal al eje de la vía. Es menor o igual a

10%

VI.2 CARRETERA TIPO 2

Es la combinación de alineamiento horizontal y vertical que obliga a

los vehículos de pasajeros, sin ocasionar el que aquellos operen a

velocidades sostenidas en rampas por un intervalo de tiempo largo.

La inclinación transversal del terreno, normal al eje de la vía, varía

entre 10 y 50%

VI.3 CARRETERA TIPO 3

Es la combinación de alineamiento horizontal y vertical que obliga a

los vehículos pasados a reducir a velocidad sostenida en rampa

durante distancias considerables o a intervalos frecuentes. La

inclinación transversal del terreno, normal al eje de la vía, varía entre

50 y 100%.

VI.4 CARRETERA TIPO 4

Es la combinación de alineamiento horizontal y vertical que obliga a

los vehículos pesados a operar a menores velocidades sostenidas

en rampa que aquellas a las que operan en terreno montañoso, para

distancias significativas o a intervalos muy frecuentes. La inclinación

transversal del terreno, normal al eje de la vía, es mayor de 10%

VII. CLASIFICACIÓN POR SU FUNCIÓN

Carreteras del Sistema Nacional, correspondiente a las Rutas

Nacionales (RN)

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Carreteras del Sistema Departamental (CD)

Caminos Troncales Vecinales; y

Caminos Rurales Alimentadores

VIII. CLASIFICACIÓN POR EL TIPO DE RELIEVE Y CLIMA

Carreteras en terrenos: planos, ondulados, accidentados y muy

accidentados; se ubican indistintamente en la Costa (poca lluvia), Sierra

(lluvia moderada) y Selva(muy lluviosa).

IX. CLASIFICACIÓN POR DEMANDA

Las carreteras del Perú se clasifican, en función a la demanda en:

IX.1 Autopistas De Primera Clase

Son carreteras con IMDA (Índice Medio Diario Anual) mayor a 6.000

veh/día, de calzadas divididas por medio de un separador central

mínimo de 6,00 m; cada una de las calzadas debe contar con dos o

más carriles de 3,60 m de ancho como mínimo, con control total de

accesos (ingresos y salidas) que proporcionan flujos vehiculares

continuos, sin cruces o pasos a nivel y con puentes peatonales en

zonas urbanas.

La superficie de rodadura de estas carreteras debe ser pavimentada.

IX.2 Autopistas de Segunda Clase

Son carreteras con un IMDA entre 6.000 y 4.001 veh/día, de

calzadas divididas por medio de un separador central que puede

variar de 6,00 m hasta 1,00 m, en cuyo caso se instalará un sistema

de contención vehicular; cada una de las calzadas debe contar con

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dos o más carriles de 3,60 m de ancho como mínimo, con control

parcial de accesos (ingresos y salidas) que proporcionan flujos

vehiculares continuos; pueden tener cruces o pasos vehiculares a

nivel y puentes peatonales en zonas urbanas.

La superficie de rodadura de estas carreteras debe ser pavimentada.

IX.3 Carreteras de Primera Clase

Son carreteras con un IMDA entre 4.000 y 2.001 veh/día, de con una

calzada de dos carriles de 3,60 m de ancho como mínimo. Puede

tener cruces o pasos vehiculares a nivel y en zonas urbanas es

recomendable que se cuente con puentes peatonales o en su

defecto con dispositivos de seguridad vial, que permitan velocidades

de operación, con mayor seguridad.

La superficie de rodadura de estas carreteras debe ser pavimentada.

IX.4 Carreteras de Segunda Clase

Son carreteras con IMDA entre 2.000 y 400 veh/día, con una calzada

de dos carriles de 3,30 m de ancho como mínimo. Puede tener

cruces o pasos vehiculares a nivel y en zonas urbanas es

recomendable que se cuente con puentes peatonales o en su

defecto con dispositivos de seguridad vial, que permitan velocidades

de operación, con mayor seguridad.

La superficie de rodadura de estas carreteras debe ser pavimentada.

IX.5 Carreteras de Tercera Clase

Son carreteras con IMDA menores a 400 veh/día, con calzada de

dos carriles de 3,00 m de ancho como mínimo. De manera

excepcional estas vías podrán tener carriles hasta de 2,50 m,

contando con el sustento técnico correspondiente.

Estas carreteras pueden funcionar con soluciones denominadas

básicas o económicas, consistentes en la aplicación de

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estabilizadores de suelos, emulsiones asfálticas y/o micro

pavimentos; o en afirmado, en la superficie de rodadura. En caso de

ser pavimentadas deberán cumplirse con las condiciones

geométricas estipuladas para las carreteras de segunda clase.

IX.6 Trochas Carrozables

Son vías transitables, que no alcanzan las características

geométricas de una carretera, que por lo general tienen un IMDA

menor a 200 veh/día. Sus calzadas deben tener un ancho mínimo de

4,00 m, en cuyo caso se construirá ensanches denominados

plazoletas de cruce, por lo menos cada 500 m.

X. CLASIFICACIÓN POR OROGRAFÍA

Las carreteras del Perú, en función a la orografía predominante del terreno

por donde discurre su trazado, se clasifican en:

X.1 Terreno plano (tipo 1)

Tiene pendientes transversales al eje de la vía menores o iguales al

10% y sus pendientes longitudinales son por lo general menores de

tres por ciento (3%), demandando un mínimo de movimiento de

tierras, por lo que no presenta mayores dificultades en su trazado.

X.2 Terreno ondulado (tipo 2)

Tiene pendientes transversales al eje de la vía entre 11% y 50% y

sus pendientes longitudinales se encuentran entre 3% y 6 %,

demandando un moderado movimiento de tierras, lo que permite

alineamientos más o menos rectos, sin mayores dificultades en el

trazado.

X.3 Terreno accidentado (tipo 3)

Tiene pendientes transversales al eje de la vía entre 51% y el 100%

y sus pendientes longitudinales predominantes se encuentran entre

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6% y 8%, por lo que requiere importantes movimientos de tierras,

razón por la cual presenta dificultades en el trazado.

X.4 Terreno escarpado (tipo 4)

Tiene pendientes transversales al eje de la vía superiores al 100% y

sus pendientes longitudinales excepcionales son superiores al 8%,

exigiendo el máximo de movimiento de tierras, razón por la cual

presenta grandes dificultades en su trazado.

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Page 15: CURVAS Y TRANSICIÓN

DERECHO DE VÍA O FAJA DE DOMINIO

Es la faja de terreno de ancho variable dentro del cual se encuentra comprendida

la carretera, sus obras complementarias, servicios, áreas previstas para futuras

obras de ensanche o mejoramiento, y zonas de seguridad para el usuario.

La faja del terreno que conforma el Derecho de Vía es un bien de dominio público

inalienable e imprescriptible, cuyas definiciones y condiciones de uso se

encuentran establecidas en el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura

Vial aprobado con Decreto Supremo Nº 034-2008-MTC y sus modificatorias, bajo

los siguientes conceptos:

Del ancho y aprobación del Derecho de Vía.

De la libre disponibilidad del Derecho de Vía.

Del registro del Derecho de Vía.

De la propiedad del Derecho de Vía.

De la propiedad restringida.

De las condiciones para el uso del Derecho de Vía.

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Page 16: CURVAS Y TRANSICIÓN

I. ANCHO Y APROBACIÓN DEL DERECHO DE VÍA

Cada autoridad competente establecida en el artículo 4to del Reglamento

Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, establece y aprueba mediante

resolución del titular, el Derecho de Vía de las carreteras de su

competencia en concordancia con las normas aprobadas por el MTC.

Para la determinación del Derecho de Vía, además de la sección

transversal del proyecto, deberá tenerse en consideración la instalación de

los dispositivos auxiliares y obras básicas requeridas para el

funcionamiento de la vía.

HOLGURA MINIMA DESEABLE ENTRE LIMITES DE OBRA Y DERECHO DE VIA

CATEGORIALIMITES DE OBRA

POR:

AUTOPISTAS MULTICARRIERS 6 (**)

CARRETERA DE 2 CARRILES (1RA Y 2DA CLASE)

3 (**)

CARRETERA DE 2 CARRILES (3RA CLASE)

1

(*) Excepto obras de contención de tierra(*) Si existe camino lateral y si esta discurre por el exterior, estos anchos pueden ser nulos.

DISTANCIAS MÍNIMAS ENTRE PIE DE TALUDES O DE OBRAS DE CONTENCIÓN Y UN ELEMENTO EXTERIOR

TIPO OBRACAMINO

SERVICIOOTRAS OBRAS

DISTANCIA A PIE 5.00 2.00

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Page 17: CURVAS Y TRANSICIÓN

ANCHOS MINIMOS DE FAJA DE DOMINIO

TIPO CARRETERAMINIMO

DESEABLE (m) MINIMO ABSOLUTO

(m)

AUTOPISTAS 50 30

MULTICARRILES O DUALES

30 24

2 CARRILES (1RA Y 2DA CLASE)

24 20

2 CARRILES (3RA CLASE) 20 15

ANCHOS MINIMOS DE DERECHO DE VIA

CLASIFICACIÓN ANCHOS MÍNIMOS (M)

AUTOPISTAS PRIMERA CLASE 40

AUTOPISTAS SEGUNDA CLASE 30

CARRETERA PRIMERA CLASE 25

CARRETERA SEGUNDA CLASE 20

CARRETERA TERCERA CLASE 16

La Tabla indica los anchos mínimos que debe tener el Derecho de Vía, en

función a la clasificación de la carretera por demanda y orografía.

En general, los anchos de la faja de dominio o Derecho de Vía, fijados por

la autoridad competente se incrementarán en 5,00 m, en los siguientes

casos:

Del borde superior de los taludes de corte más alejados.

Del pie de los terraplenes más altos.

Del borde más alejado de las obras de drenaje

Del borde exterior de los caminos de servicio.

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Page 18: CURVAS Y TRANSICIÓN

Para los tramos de carretera que atraviesan zonas urbanas, la autoridad

competente fijara el Derecho de Vía, en función al ancho requerido por la

sección transversal del proyecto, debiendo efectuarse el saneamiento físico

legal, para cumplir con los anchos mínimos fijados en la tabla 304.09;

excepcionalmente podrá fijarse anchos mínimos inferiores, en función a las

construcciones e instalaciones permanentes adyacentes a la carretera.

II. DEMARCACIÓN Y SEÑALIZACIÓN DEL DERECHO DE VÍA

La faja de terreno que constituye el derecho de vía de las carreteras del Sistema

Nacional de Carreteras – SINAC, será demarcada y señalizada por la autoridad

competente, durante la etapa de ejecución de los proyectos de rehabilitación,

mejoramiento y construcción de carreteras, delimitando y haciendo visible su

fijación a cada lado de la vía con la finalidad de contribuir a su preservación, de

acuerdo a lo establecido por la R.M. N° 404-2011-MTC/02, o la norma que se

encuentre vigente.

En tal sentido este aspecto debe ser considerado en el estudio definitivo del

Proyecto.

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Page 19: CURVAS Y TRANSICIÓN

III. FAJA DE PROPIEDAD RESTRINGIDA

A cada lado del Derecho de Vía habrá una faja de terreno denominada Propiedad

Restringida, donde está prohibido ejecutar construcciones permanentes que

puedan afectar la seguridad vial a la visibilidad o dificulten posibles ensanches.

El ancho de dicha faja de terreno será de 5,00 m a cada lado del Derecho de Vía,

el cual será establecido por resolución del titular de la entidad competente; sin

embargo el establecimiento de dicha faja no tiene carácter obligatorio sino

dependerá de las necesidades del proyecto, además no será aplicable a los

tramos de carretera que atraviesan zonas urbanas.

ZONA DE PROPIEDAD RESTRINGIDA A CADA LADO DEL DERECHO DE VIA

CLASIFICACIONZONA DE PROPIEDAD

RESTRINGIDA(m)

AUTOPISTAS 35

MULTICARRILES O DUALES 25

2 CARRILES (1RA Y 2DA CLASE)

15

2 CARRILES (3RA CLASE) 10

IV. PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIONES DE PROPIEDAD PARA EL

DERECHO DE VÍA PÚBLICO POR PARTE DEL ESTADO

El área del Derecho de Vía, pasa a propiedad pública, por donación del

propietario, o por adquisición del Estado como parte de la gestión que realiza la

autoridad competente en el caso de un proyecto vial.

La Ley General de Expropiación N° 27117 concordada con la Ley 27628, que

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Page 20: CURVAS Y TRANSICIÓN

“Facilita la Adquisición”, vigentes a la fecha de la elaboración de este manual,

regulan la forma de adquirir la propiedad para constituir el Derecho de Vía público,

necesario para que los caminos puedan ser construidos.

IV.1 Valuación

La Ley establece los procedimientos y parámetros de valuación de los

predios que son adquiridos, total o parcialmente, por el Estado, según

sea necesario.

IV.2 Registro Nacional de la Propiedad

Las adquisiciones deberán ser inscritas en el Registro de Propiedad

correspondiente, en concordancia con la legislación vigente.

IV.3 Materialización del Derecho de Vía

El límite del Derecho de Vía será marcado en la forma que establezca el

Reglamento del Registro de la Propiedad para el cumplimiento del

trámite.

V. MANTENIMIENTO DEL DERECHO DE VÍA

Los presupuestos de ejecución y de mantenimiento de las obras viales, deberán

incluir acciones de terminación y limpieza de las áreas laterales a la plataforma del

camino, dentro del derecho de vía público, que comprenden, terrenos de

pendientes laterales variadas.

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Page 21: CURVAS Y TRANSICIÓN

CONCLUSIONES

Las carreteras se clasifican según su demanda y orografía

Es importante su clasificación para realizar el diseño geométrico de

carreteras; y así definir, velocidad de diseño, peraltes máximos y radios

mínimos que sonj de gran importancia en el proyecto,

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Page 22: CURVAS Y TRANSICIÓN

BIBLIOGRAFÍA

http://araper.pe/ckfinder/userfiles/files/RD-4848-06-MTC.pdf

http://www.teleley.com/normas/febrero08/365988.pdf

http://transparencia.mtc.gob.pe/idm_docs/normas_legales/1_0_1669.pdf

http://www.proviasnac.gob.pe/frmOperaciones.aspx?idMenu=1022

http://www.proviasnac.gob.pe/frmOperaciones.aspx?idMenu=994

http://www.proviasnac.gob.pe/Archivos/file/Derecho%20de%20Via/

Requisito%20para%20Autorizacion%20DV%20RD_05_2014.pdf

http://www.proviasnac.gob.pe/Archivos/file/Documentos_de_Interes/2011/

Taller_Derecho_Via/02%20Normas%20%20Derecho%20de%20V

%C3%ADa%20y%20su%20Condici%C3%B3n%20de%20Uso%20Ing_

%20H_%20Garr.pdf

http://www.proviasnac.gob.pe/Archivos/file/Documentos_de_Interes/2011/

Taller_Derecho_Via/02%20Normas%20%20Derecho%20de%20V

%C3%ADa%20y%20su%20Condici%C3%B3n%20de%20Uso%20Ing_

%20H_%20Garr.pdf

http://cip.org.pe/imagenes/temp/tesis/42168685.pdf

http://es.slideshare.net/PedroMasgoPresentacion/peso-ymedidavehicular

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