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MARTIRES SANTOS Mat.#11020075 MARTIRES SANTOS Mat.#11020075 APORTES DE LAS CIENCIAS AUXILIARES DEL DERECHO AL DERECHO COMERCIAL Es dicho que el Derecho se relaciona con las demás ciencias por su objetividad, sea ésta pública o privada. En este sentido, a continuación mencionaremos las ciencias auxiliares del Derecho Público y sus aportes al Derecho Comercial: Derecho Político: Derecho relacionado a la Política y a sus ramas más directas. Se conoce como Política Jurídica. La Política es la ciencia de los medios adecuados para que el Estado cumpla con su misión propia, por lo que podemos decir que el Derecho Político es la norma que rige los medios adecuados para que el Estado cumpla con su misión propia. El Derecho Político se divide en Política Legislativa, la cual enseña a la legislación sus fines, marcando sus propósitos básicos, y en Técnica Jurídica, la cual implica la elaboración de las reglas jurídicas. Derecho Electoral: Derecho que rige las leyes electorales del Estado para con el Ciudadano y viceversa, y a la vez reglamenta la estructura electoral del Estado y la ciudadanía. Derecho Constitucional: fija las reglas básicas de la organización y constitución del Estado. Derecho Penal: concreta las sanciones corporales y económicas, con que el Estado puede castigar a los que infringen tal orden. Derecho Administrativo: reglamenta la estructura de la Administración y sus relaciones con los particulares. Derecho Fiscal: determina las reglas según las cuales el Estado y la administración pueden procurarse los recursos que les son necesarios y cómo pueden emplearlos. Derecho Tributario: determina las reglas según las cuales el Estado y la administración pública regulan la recaudación tributaria del ciudadano o de las empresas privadas. Es el Derecho que crea el código tributario. Derecho Agrario: determina las reglas referentes a la legalidad de las tierras y su marco teórico práctico. Derecho Militar: rige las relaciones entre el Estado Militar y la sociedad civil, así como sienta las reglas y códigos militares, coordinando su legalidad estatal y mundial. Derecho Laboral: rige las relaciones entre patronos y trabajadores.

Cuestionario de Derecho Comercial

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-APORTES DE LAS CIENCIAS AUXILIARES DEL DERECHO AL DERECHO COMERCIAL-DIFERENCIA ENTRE DERECHO PRIVADO Y DERECHO PUBLICO-DERECHO CIVIL Y DERECHO COMERCIAL

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APORTES DE LAS CIENCIAS AUXILIARES DEL DERECHO AL DERECHO COMERCIAL

Es dicho que el Derecho se relaciona con las demás ciencias por su objetividad, sea ésta pública o privada.

En este sentido, a continuación mencionaremos las ciencias auxiliares del Derecho Público y sus aportes al Derecho Comercial:

Derecho Político: Derecho relacionado a la Política y a sus ramas más directas. Se conoce como Política Jurídica. La Política es la ciencia de los medios adecuados para que el Estado cumpla con su misión propia, por lo que podemos decir que el Derecho Político es la norma que rige los medios adecuados para que el Estado cumpla con su misión propia. El Derecho Político se divide en Política Legislativa, la cual enseña a la legislación sus fines, marcando sus

propósitos básicos, y en Técnica Jurídica, la cual implica la elaboración de las reglas jurídicas.

Derecho Electoral: Derecho que rige las leyes electorales del Estado para con el Ciudadano y viceversa, y a la vez reglamenta la estructura electoral del Estado y la ciudadanía.

Derecho Constitucional: fija las reglas básicas de la organización y constitución

del Estado.

Derecho Penal: concreta las sanciones corporales y económicas, con que el Estado puede castigar a los que infringen tal orden.

Derecho Administrativo: reglamenta la estructura de la Administración y sus relaciones con los particulares.

Derecho Fiscal: determina las reglas según las cuales el Estado y la administración pueden procurarse los recursos que les son necesarios y cómo pueden emplearlos.

Derecho Tributario: determina las reglas según las cuales el Estado y la administración pública regulan la recaudación tributaria del ciudadano o de las empresas privadas. Es el Derecho que crea el código tributario.

Derecho Agrario: determina las reglas referentes a la legalidad de las tierras y su marco teórico práctico.

Derecho Militar: rige las relaciones entre el Estado Militar y la sociedad civil, así como sienta las reglas y códigos militares, coordinando su legalidad estatal y mundial.

Derecho Laboral: rige las relaciones entre patronos y trabajadores.

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Derecho Judicial: concreta las reglas que han de seguirse para hacer valer ante los tribunales.

Derecho Social y Municipal: concreta las leyes, códigos, reglamentos que amparan los municipios, ciudades, estados y provincias en beneficio de la sociedad y los sujetos que la integran. Todo lo referente a la libre circulación de las personas, control de las fronteras exteriores, inmigración y cooperación judicial en materia civil. Establece el principio de no discriminación y de igualdad de oportunidades

Derecho y La Ciencia Médica: la medicina tiene como objetivo dar el debido valor y significación genérica a ciertos hechos del hombre, los cuales contribuyen a la ilustración de los entes jurídicos en la aplicación de la ley y la administración judicial. Se pueden identificar aquí a las siguientes divisiones:

Patología Forense: parte de la investigación medica que se encarga de investigar las causas de la muerte de las personas y cuáles son los elementos de prueba para edificar una convicción .

Medicina Legal: es la suma de conocimientos médicos que son utilizados para resolver cuestiones comprendidas en la jurisdicción civil.

Derecho Medio Ambiental: rige y concreta las leyes que han de seguirse en materia medio ambiental, incluyendo el cuidado y conservación del medio ambiente.

Derechos Humanos: reclama el reconocimiento, respeto, tutela y promoción de parte de todos los hombres. Son derechos inherentes, inalienables e imprescriptibles a la persona humana. No están bajo el comando del poder

político, sino exclusivamente bajo el poder del hombre.

Derecho Canónico: regula las leyes canónicas y eclesiásticas.

Derecho Económico: regula y crea reglamentaciones sobre las acciones trazadas sobre el orden económico que repercuten sobre el aspecto jurídico, demostrando la necesidad de que la economía y el derecho estén íntimamente relacionadas.

Derecho Estadístico: crea las bases de las estadísticas judiciales. Es más bien el Derecho Puro ayudado por las ciencias estadísticas, las cuales agrupan metódicamente todos los hechos que se prestan a una evolución numérica.

Derecho Civil: contiene las reglas del Derecho Común que se aplican a las relaciones de los particulares entre si.

Derecho Comercial: contiene las reglas cuya aplicación esta reservada los actos de comercio u operaciones mercantiles, dividiéndose en:

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Derecho Comercial Terrestre: contiene las reglas comerciales terrestres.

Derecho Comercial Marítimo: contiene las reglas comerciales marítimas.

Derecho Comercial Aéreo: contiene las reglas comerciales aéreas.

Derecho Científico y Tecnológico: regula el desarrollo científico y tecnológico, en cuanto a su uso, límites y parámetros en el ámbito civil, militar y estatal. Esta muy ligado al derecho de autor, y a la ciencia computacional. Su legislación tiene

su origen por la ausencia de leyes regulatorias en materia de delitos informáticos.

Derecho Financiero: determina y estudia las reglas del sector financiero y bancario de una sociedad determinada.

Derecho Lingüístico: regula y crea las leyes y estatutos lingüísticos internacionales. Crea las reales acedemicas de lenguas y da institucionalidad a

las mismas.

Derecho Industrial: regula los derechos de los inventores, descubridores e introductores sobre las creaciones, inventos o descubrimientos relacionados con la industria, así como de productores, fabricantes o comerciantes sobre las frases o signos especiales que adopten para distinguir de los similares los resultados de su trabajo o actividad. Este Derecho regula la emisión de patentes.

DIFERENCIA ENTRE DERECHO PRIVADO Y DERECHO PUBLICO

El Derecho Público es el que surge de las relaciones entre los diferentes órganos o

entidades del estado y también las que surjan entre estos y los particulares en una

relación de subordinación (las organizaciones del estado actúan como una autoridad)

El Derecho Privado es la rama del Derecho que se ocupa preferentemente de las

relaciones entre particulares, frente al Derecho Público, en donde se sitúan las normas

que presiden las relaciones de los ciudadanos con los poderes públicos y de los poderes

públicos entre sí. . En el derecho privado la relación de los sujetos es de acuerdo con la

norma que los regula, se encuentran colocados en igualdad de facultades y derecho como

personas, en este derecho las relaciones entre las partes involucradas es de coordinación.

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DERECHO CIVIL Y DERECHO COMERCIAL

El derecho comercial se relaciona con el derecho civil por que algunas disposiciones del Código Civil son necesarias para el derecho comercial.

El Código Civil, es necesario tenerlo en cuenta para los efectos del pago en los contratos que celebre la sociedad, empresa individual de responsabilidad limitada o comerciante y lo mismo ocurre para tener en cuenta los efectos de los aportes.

El Código Civil también es necesario tener en cuenta para la celebración de contratos regulados por el Código Civil y para la constitución de derechos reales por la sociedad, empresa individual de responsabilidad limitada o persona natural o derechos reales constituidos a favor de la sociedad, empresa individual o persona natural.

El Derecho Comercial es el derecho cuya materia son los actos de comercio y la figura del comerciante.

Los Actos de comercio Se establecen en el art. 7 Código de Comercio.