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REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL CAUCA NIT: 891-500-725-1 MUNICIPIO DE ARGELIA ==================================================== COMPROMISO Y VERDAD FRENTE A LA COMUNIDAD CENTRO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL ARGELIA TEL: 8399036, APARTADO AÉREO 202 POPAYÁN ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS PARA: REPARACION Y MANTENIMIENTO DE CARGADOR CATERPILLAR 924F, MOTONIVELADORA CATERPILLAR 120G, RETROEXCAVADORA CATERPILLAR 420E, BULLDOZER CATERPILLAR D4H SERIE 2 Y VOLQUETAS DE PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE ARGELIA, DEPARTAMENTO DE CAUCA. ARTÍCULO 3 DECRETO No.2474 DE 2008 A. DESCRIPCION DE LA NECESIDAD DEL PROYECTO I. JUSTIFICACION: La actividad económica más importante del municipio de Argelia es la agricultura, por este motivo el buen estado de las vías es vital para el buen desarrollo de todas estas actividades. El municipio de Argelia esta localizado al sur occidente del Departamento del Cauca sobre la cordillera occidental y cuenta con una población de mas de 28.000 habitantes distribuidos en 13 corregimientos de los cuales 5 de ellos están situados sobre la vía principal los 8 corregimientos restantes están situados sobre vías secundarias las cuales están localizadas en terrenos montañosos y de alta inestabilidad, la alcaldía municipal no cuenta con la maquinaria suficiente y en buenas condiciones para el mantenimiento de estas vías. En estos momentos la alcaldía municipal cuenta con el siguiente equipo de mantenimiento vial: una retroexcavadora, una motoniveladora, un cargador y dos volquetas (Kodiak y Dogde modelo 1994), pero se ve en la necesidad de mejorar su parque automotor para poder cumplir con todas las metas que se han dispuesto en el plan de desarrollo para el mejoramiento de las vías y atender las diferentes emergencias causadas por la ola invernal provocadas por el “fenómeno de la niña”; para esto se necesita mantener en buenas condiciones de funcionamiento todo el equipo y maquinaria que por el constante desgaste se ve en la necesidad de detener sus funciones con el ánimo de evitar soluciones irreparables o su inminente deceso. 2. NECESIDAD El municipio de Argelia Cauca contiene dentro de su estructura vial la totalidad de 170 kilómetros de tramos de nivel secundario y terciario, ubicadas en un 70% sobre terreno montañoso de trazado geométrico regular pero en condiciones de estabilidad deficientes, situación que se manifiesta especialmente en las temporadas de invierno. Sin embargo, para conservar la transitabilidad de las vías existentes se cuenta con maquinaria y vehículos de propiedad del municipio, en condiciones de desgaste excesivo, cuyo mantenimiento y reparación han producido sobrecostos, falta de eficiencia en las actividades de mantenimiento vial, bajo nivel de respuesta a las situaciones emergentes presentadas en la red vial existente que debido al producto de los años de constante funcionamiento, han generado una inevitable devaluación. Es por esto que ante la situación de gasto constante en mantenimiento y reparación de la maquinaria y vehículos existentes, el municipio de Argelia Cauca ha considerado, además de realizar la adquisición de llantas para el nuevo equipo de mantenimiento vial, constituido por retroexcavadora, la reparación y mantenimiento del cargador, motoniveladora y volquetas, con el fin de incrementar el rendimiento y la efectividad de las actividades de mantenimiento de la red vial, y a su vez disminuir los costos de mantenimiento y reparación de maquinaria y vehículos, aumentar la funcionalidad de los equipos existentes respecto a las necesidades de mantenimiento

Costo operación y mantenimiento maquinaria - MOTONIVELADORA (ESTUDIO ARGELIA VALLE)

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REPUBLICA DE COLOMBIA

DEPARTAMENTO DEL CAUCA

NIT: 891-500-725-1

MUNICIPIO DE ARGELIA

==================================================== COMPROMISO Y VERDAD FRENTE A LA COMUNIDAD

CENTRO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL ARGELIA TEL: 8399036, APARTADO AÉREO 202

POPAYÁN

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS PARA: REPARACION Y MANTENIMIENTO DE CARGADOR CATERPILLAR 924F, MOTONIVELADORA CATERPILLAR 120G, RETROEXCAVADORA CATERPILLAR 420E, BULLDOZER CATERPILLAR D4H SERIE 2 Y VOLQUETAS DE PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE

ARGELIA, DEPARTAMENTO DE CAUCA.

ARTÍCULO 3 DECRETO No.2474 DE 2008

A. DESCRIPCION DE LA NECESIDAD DEL PROYECTO I. JUSTIFICACION: La actividad económica más importante del municipio de Argelia es la agricultura, por este motivo el buen estado de las vías es vital para el buen desarrollo de todas estas actividades. El municipio de Argelia esta localizado al sur occidente del Departamento del Cauca sobre la cordillera occidental y cuenta con una población de mas de 28.000 habitantes distribuidos en 13 corregimientos de los cuales 5 de ellos están situados sobre la vía principal los 8 corregimientos restantes están situados sobre vías secundarias las cuales están localizadas en terrenos montañosos y de alta inestabilidad, la alcaldía municipal no cuenta con la maquinaria suficiente y en buenas condiciones para el mantenimiento de estas vías. En estos momentos la alcaldía municipal cuenta con el siguiente equipo de mantenimiento vial: una retroexcavadora, una motoniveladora, un cargador y dos volquetas (Kodiak y Dogde modelo 1994), pero se ve en la necesidad de mejorar su parque automotor para poder cumplir con todas las metas que se han dispuesto en el plan de desarrollo para el mejoramiento de las vías y atender las diferentes emergencias causadas por la ola invernal provocadas por el “fenómeno de la niña”; para esto se necesita mantener en buenas condiciones de funcionamiento todo el equipo y maquinaria que por el constante desgaste se ve en la necesidad de detener sus funciones con el ánimo de evitar soluciones irreparables o su inminente deceso.

2. NECESIDAD El municipio de Argelia Cauca contiene dentro de su estructura vial la totalidad de 170 kilómetros de tramos de nivel secundario y terciario, ubicadas en un 70% sobre terreno montañoso de trazado geométrico regular pero en condiciones de estabilidad deficientes, situación que se manifiesta especialmente en las temporadas de invierno. Sin embargo, para conservar la transitabilidad de las vías existentes se cuenta con maquinaria y vehículos de propiedad del municipio, en condiciones de desgaste excesivo, cuyo mantenimiento y reparación han producido sobrecostos, falta de eficiencia en las actividades de mantenimiento vial, bajo nivel de respuesta a las situaciones emergentes presentadas en la red vial existente que debido al producto de los años de constante funcionamiento, han generado una inevitable devaluación. Es por esto que ante la situación de gasto constante en mantenimiento y reparación de la maquinaria y vehículos existentes, el municipio de Argelia Cauca ha considerado, además de realizar la adquisición de llantas para el nuevo equipo de mantenimiento vial, constituido por retroexcavadora, la reparación y mantenimiento del cargador, motoniveladora y volquetas, con el fin de incrementar el rendimiento y la efectividad de las actividades de mantenimiento de la red vial, y a su vez disminuir los costos de mantenimiento y reparación de maquinaria y vehículos, aumentar la funcionalidad de los equipos existentes respecto a las necesidades de mantenimiento

ESTUDIOS PREVIOS

OBJETO: REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CARGADOR CATERPILLAR 924F, MOTONIVELADORA CATERPILLAR 120G, RETROEXCAVADORA CATERPILLAR 420E, BULLDOZER CATERPILLAR D4H SERIE 2 Y VOLQUETAS DE PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE

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preventivo y correctivo de la red vial existente y aumentar la eficiencia en costo/beneficio de las funciones descritas anteriormente. 3. OBJETIVO REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CARGADOR CATERPILLAR 924F, MOTONIVELADORA CATERPILLAR 120G, RETROEXCAVADORA CATERPILLAR 420E, BULLDOZER CATERPILLAR D4H SERIE 2 Y VOLQUETAS DE PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE ARGELIA, DEPARTAMENTO DE CAUCA. 4. BENEFICIO SOCIAL Y ECONÓMICO Los potenciales beneficiarios de la ejecución del proyecto corresponden principalmente el sector transporte, quienes prestan sus servicios a la comunidad en general, ya sea de manera privada o particular, comunidad que generalmente se caracteriza por un nivel socioeconómico relativamente bajo, con potencial productivo bastante alto, con bajas oportunidades de comercialización, consistente con los altos costos de transporte de insumos y productos en general, derivados de las malas condiciones de acceso y transitabilidad entre veredas y corregimientos del municipio. El proyecto ofrece una alternativa para la atención a la población beneficiaria. 5. EVALUACION Y SEGUIMIENTO La evaluación y seguimiento del presente proyecto, se realizará a través de la Secretaría de Planeación e Infraestructura Municipal específicamente del Secretario de Planeación y de una Interventoría realizada por la sección de infraestructura de la Secretaria de Planeación Municipal.

II. GENERALIDADES: III. ANTECEDENTES TECNICOS:

A continuación se describen las rutas de transporte de carga, pasajeros y trafico proyectado en vías secundarias, los cuales demuestran la magnitud de incidencia, la capacidad de afluencia vehicular y los volúmenes de carga manejados en la red vial municipal, motivo por el cual la Administración Municipal debe mantener la condición su transitabilidad.

Rutas de transporte carretero de carga y frecuencia de viajes

Rutas (origen y destino)

N° de empresas

(1)

Frecuencia de viajes /

semana

Capacidad de carga / viaje (Ton)

Carga / semana (Ton)

Carga / anual (Ton)

Nacionales 40 11 440 21.120

Departamentales 44 10 440 21.120

Total 84 21 880 42.240

Rutas de transporte carretero de pasajeros y frecuencia de viajes

Rutas (origen y destino)

N° de empresas

Frecuencia de viajes /semana

N° N° N°

pasajeros / viaje

pasajeros / semana

pasajeros / anual

Departamentales 4 126 15 1785 85680

Total 4 126 15 1785 85680

ESTUDIOS PREVIOS

OBJETO: REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CARGADOR CATERPILLAR 924F, MOTONIVELADORA CATERPILLAR 120G, RETROEXCAVADORA CATERPILLAR 420E, BULLDOZER CATERPILLAR D4H SERIE 2 Y VOLQUETAS DE PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE

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VIAS SECUNDARIAS: TRAFICO PROYECTADO POR TRAMOS

Tramo Tipo de vehículo

Número de vehículos en

un día ordinario de

semana

Número de vehículos en

un día festivo

Nº vehículos que circulan

diariamente promedio por el

tramo

Tasa de crecimiento

anual del tráfico

Tráfico proyectado a 10

años

Hasta (a) (b) (c) (d) (e)

BALBOA-ARGELIA-EL PLATEADO-EL PINCHE

Autos 30 40 31 0,00% 31

Buses 4 4 4 0,00% 4

C-2 17 20 17 6,00% 31

C-3 y C-4 13 16 13 6,00% 24

ANALISIS FINANCIERO DEL MANTENIMIENTO VIAL

A continuación se muestra un análisis de los costos del mantenimiento de toda la malla vial del municipio si se realizara por medio de un contrato de alquiler de maquinaria.

DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD VR.

UNITARIO VR TOTAL -

Conformación de banca m2 750.000,00 $ 297,00

$ 222.750.000,00

Mejoramiento de la subrasante con material granular seleccionado

m3 75.000,00 $ 26.178,00

$ 1.963.350.000,00

Sobreacarreo m3-km 975.000,00 $ 900,00

$ 877.500.000,00

TOTAL $ 3.063.600.000,00

Estos costos disminuirían en un 40٪ si se realizaran los trabajos con maquinaria propia del municipio, por eso la necesidad de adquirir maquinaria y vehículos para optimizar los recursos de la Administración Municipal, como se demuestra a continuación:

COSTOS OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO MAQUINARIA/VEHICULO

MAQUINARIA/VEHICULO UNIDAD RETROEXCAVADORA VOLQUETA MOTONIVELADORA

COMBUSTIBLE GAL/DIA 15 30 25

DIAS HABILES POR MES DIAS 20 20 20

VLR UNIT. $ $ 8.000 $ 8.000 $ 8.000

SUBTOTAL VLR/MES $ 2.400.000 $ 4.800.000 $ 4.000.000

ACEITES Y LUBRICANTES 10,00% $ 240.000 $ 480.000 $ 400.000

OPERADOR $/MES $ 1.200.000 $ 950.000 $ 950.000

REPARACIONES 10,00% $ 240.000 $ 480.000 $ 400.000

OTROS/MANTENIMIENTO 5,00% $ 120.000 $ 240.000 $ 200.000

VLR TOTAL $/MES $ 4.200.000 $ 6.950.000 $ 5.950.000

COSTO POR AÑO $/AÑO $ 50.400.000 $ 83.400.000 $ 71.400.000

ESTUDIOS PREVIOS

OBJETO: REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CARGADOR CATERPILLAR 924F, MOTONIVELADORA CATERPILLAR 120G, RETROEXCAVADORA CATERPILLAR 420E, BULLDOZER CATERPILLAR D4H SERIE 2 Y VOLQUETAS DE PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE

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COSTO TOTAL/AÑO $205.200.000

Fuentes de Financiación (en Miles de Pesos) 2008 2009

Totales 0 1

Etapa de Pre inversión

Tipo de Entidad Entidad Tipo de Recurso

Estatal Municipio de Argelia Cauca

RECURSOS PROPIOS

$ 700,00

$ 700,00

Total Etapa de Pre inversión $ 700,00

$ 700,00

Etapa de Ejecución

Tipo de Entidad

Entidad Tipo de Recurso

Nacional Recursos Propios $ - $ - $ -

Municipal Argelia -- Cauca Recursos Propios $ -

$ 50.000,00

$ 50.000,00

Otras CREDITO BANAGRARIO Recursos Propios $ -

$ 120.000,00

$ 120.000,00

Total Etapa de Ejecución $ - $

170.000,00 $

170.000,00

Etapa de Mantenimiento y Operación

Tipo de Entidad Entidad Tipo de Recurso

Otras MUNICIPIO DE ARGELIA CAUCA

Recursos propios

$

205.200,00

$

205.200,00

Total Etapa de Mantenimiento y Operación

$

205.200,00

$

205.200,00

Total de la Alternativa $

700,00 $

375.200,00 $

375.900,00

B. DESCRIPCION DEL OBJETO A CONTRATAR CON SUS ESPECIFICACIONES ESENCIALES Y LA IDENTIFICACION DEL PROYECTO

DESCRIPCION DEL OBJETO A CONTRATAR El objeto de las obras a contratar es la “REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CARGADOR CATERPILLAR 924F, MOTONIVELADORA CATERPILLAR 120G, RETROEXCAVADORA CATERPILLAR 420E, BULLDOZER CATERPILLAR D4H SERIE 2 Y VOLQUETAS DE PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE ARGELIA, DEPARTAMENTO DE CAUCA”, que contempla, la reparación de elementos principales de los equipos: motor, transmisión, servo transmisión, cambio de llantas, entre otros, complementada con una definición y aplicación de procedimientos de mantenimiento preventivo y rutinario respectivo TIPO DE CONTRATO: consiste en un contrato con la modalidad de precios unitarios fijos según las actividades establecidas en el Formulario No. 1 de acuerdo con las especificaciones Generales y particulares de construcciones en él establecidas y vigentes a la fecha de apertura del proceso de

ESTUDIOS PREVIOS

OBJETO: REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CARGADOR CATERPILLAR 924F, MOTONIVELADORA CATERPILLAR 120G, RETROEXCAVADORA CATERPILLAR 420E, BULLDOZER CATERPILLAR D4H SERIE 2 Y VOLQUETAS DE PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE

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selección. ESPECIFICACIONES ESENCIALES: Se describen en el ANEXO respectivo- Requisitos Técnicos del Pliego de condiciones.

Las siguientes especificaciones técnicas tienen como propósito establecer la metodología y calidad del trabajo para efectuar el servicio de: “REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CARGADOR CATERPILLAR 924F, MOTONIVELADORA CATERPILLAR 120G, RETROEXCAVADORA CATERPILLAR 420E, BULLDOZER CATERPILLAR D4H SERIE 2 Y VOLQUETAS DE PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE ARGELIA, DEPARTAMENTO DE CAUCA” ALCANCE DE LA OFERTA:

REPARACIÓN GENERAL DE COMPONENTES CARGADOR CATERPILLAR 924F, MOTONIVELADORA CATERPILLAR 120G, RETROEXCAVADORA CATERPILLAR 420E, BULLDOZER CATERPILLAR D4H SERIE 2 Y VOLQUETAS KODIAK Y DODGE (UNA VEZ EVALUADOS LOS COMPONENTES, LA OFERTA SERÁ SUSCEPTIBLE DE CAMBIOS HASTA LOS COSTOS REALES DE REPARACIÓN). 1. DATOS DEL EQUIPO:

Cant Detalle Año de

Fabricación Motor Chasis serial

1

Motoniveladora articulada 1996 3304d125hp 9cb04955 4hd02734

Caterpillar Motor CAT3304

Modelo 129G

1

Cargador de llantas. Caterpillar 1995 97202458 5NN0-00298

Modelo 924F

1

Bulldozer D4H.- PS Caterpillar 1994 7YJ06050 8PB0614 8PB0614

Motor Mitsubishi.

1

Retroexcavadora cargadora marca Caterpillar Motor:M34002 2010 M34002 0PRA01494

PLACA MARCA LINEA CLASE CC/TON

MOD MOTOR CHASIS COLOR

OQE365 Dodge

D600-157 Diesel. Volqueta

6TON 1993

F9868412

3B6WE66CXPM123736 Blanca

OQE497

Chevrolet

Kodiak 156 Diesel Volqueta 1999

2SR07959

9GDT7H1J8XB820617 Roja

Condición inicial: Se inspecciona el equipo y se observan los siguientes detalles.

ESTUDIOS PREVIOS

OBJETO: REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CARGADOR CATERPILLAR 924F, MOTONIVELADORA CATERPILLAR 120G, RETROEXCAVADORA CATERPILLAR 420E, BULLDOZER CATERPILLAR D4H SERIE 2 Y VOLQUETAS DE PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE

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Motoniveladora: Afectación de fuerza y movilidad por desgaste y deterioro de

viela, casquetes de bancada y piñones del motor. Cargador: Afectación de fuerza y movilidad por desgaste y deterioro de servo

transmisión, sistemas de mando hidráulico y sistema eléctrico. No tiene batería Retroexcavadora: Requiere cambio de llantas, después de 1 año de uso con las

llantas originales provenientes de fábrica o ensambladora Bulldozer: Requiere reparación de servotransmisión, cambio de aceite de motor y

sistema de rodamientos Volqueta Kodiak Roja: Requiere reparación de transmisión Volqueta Dodge Blanca: Requiere reparación de la caja de la dirección y cambio de

aceite de transmisión Actividades a realizar: (Reparación específica de acuerdo al análisis particular de cada equipo).

Incluye el suministro personal técnico para realizar las siguientes labores:

Encendido y pruebas preliminares de funcionamiento de componentes. Remoción, reparación, ajustes e instalación de motor motoniveladora. Remoción, reparación, ajustes e instalación de mandos finales. Remoción, reparación, ajustes e instalación de servotransmisión cargador Encendido y pruebas de funcionamiento general del equipo. Remoción, revisión, reparación y ajustes necesarios del sistema eléctrico. Remoción, reparación, ajustes e instalación de servotransmisión bulldozer. Remoción, reparación, ajustes e instalación de transmisión volqueta Kodiak. Remoción, reparación, ajustes e instalación de caja de la dirección Volqueta Dodge. Elaboración y emisión de Informe Técnico.

El contrato a celebrar se identifica como un Contrato de Reparación y Mantenimiento.

C. FUNDAMENTOS JURIDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN La Ley 1150 de 2007, "Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación de la Administración Pública", introduce nuevas e importantes aplicaciones a la mencionada ley entre otros: * Se establece cuatro modalidades de selección para contratar con el Estado:

- Licitación pública; - Selección abreviada; - Concurso de méritos y - Contratación directa.

* Desarrolla el principio de selección objetiva, señalando los criterios bajo los cuales se debe dar la escogencia del contratista. De acuerdo con el ARTICULO 2 numeral 2 se define "Selección abreviada. La Selección abreviada corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual..

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Será causal de selección abreviada la siguiente: “La contratación de menor cuantía. Se entenderá por menor cuantía los valores que a continuación se relacionan, determinados en función de los presupuestos anuales de las entidades públicas expresados en salarios mínimos legales mensuales. Para las entidades que tengan un presupuesto anual superior o igual a 1.200.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 1.000 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 850.000 salarios mínimos legales mensuales e inferiores a 1.200.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 850 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 400.000 salarios mínimos legales mensuales e inferior a 850.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 650 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 120.000 salarios mínimos legales mensuales e inferior a 400.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 450 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual inferior a 120.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 280 salarios mínimos legales mensuales…”

“De la selección objetiva. Es objetiva la selección en la cual la escogencia se haga al ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca, sin tener en consideración factores de afecto o de interés y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva. En consecuencia, los factores de escogencia y calificación que establezcan las entidades en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, tendrán en cuenta los siguientes criterios:

1. La capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje, con excepción de lo previsto en el numeral 4 del presente artículo. La exigencia de tales condiciones debe ser adecuada y proporcional a la naturaleza del contrato a suscribir y a su valor. La verificación documental de las condiciones antes señaladas será efectuada por las Cámaras de Comercio de conformidad con lo establecido en el artículo 6° de la presente ley, de acuerdo con lo cual se expedirá la respectiva certificación. 2. La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, contenida en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos. En los contratos de obra pública, el menor plazo ofrecido no será objeto de evaluación. La entidad efectuará las comparaciones del caso mediante el cotejo de los ofrecimientos recibidos y la consulta de precios o condiciones del mercado y los estudios y deducciones de la entidad o de los organismos consultores o asesores designados para ello." Por otra parte en su parágrafo Primero se establece " ...La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, podrán ser solicitados por las entidades en cualquier momento, hasta la adjudicación. No

ESTUDIOS PREVIOS

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obstante lo anterior, en aquellos procesos de selección en los que se utilice el mecanismo de subasta, deberán ser solicitados hasta el momento previo a su realización..."Según lo señalado en la disposición trascrita, se analiza que la escogencia de los futuros contratistas que ejecutarán los mencionados proyectos se adelantara a través de la modalidad de selección conocida como Licitación Publica a que se refiere el artículo 2º de la Ley 1150 de 2007”.

Rango en que se encuentra el Municipio para determinar su Menor Cuantía, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 literal b de la ley 1150 de 2007 y el Decreto 62 de 1996: "Para las entidades que tengan un presupuesto anual inferior a 120.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 280 salarios mínimos legales mensuales", equivalentes a $149.968.000. (10% de la menor cuantía, equivalente a $14.996.800). Licitaciones y Concursos: Rango en que se encuentra el Municipio para determinar sus Licitaciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 literal b de la precitada norma, cifra igual o superior a $149.968.000.00.....". En consecuencia, el marco normativo que debe regir el presente proceso de selección está conformado por la Constitución Política, la Ley 1150 de 2007, y los Decretos Reglamentarios 2474 de 2008 y 2025 de 2009. CONCLUSION Teniendo en cuenta que analizadas las modalidades de selección contenidas en la Ley 1150 de 2007 se concluye que la selección de los contratistas que ejecutarán los mencionados proyectos, se realizarán mediante SELECCIÓN ABREVIADA, la cual se regirá por lo dispuesto en la ley 1150 de 2007, el decreto reglamentario 2474 de 2008, las disposiciones vigentes de la ley 80 de 1993, y las demás normas que las modifiquen sustituyan y adicionen.

D. ANÁLISIS TÉCNICO Y ECONÓMICO QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, INDICANDO CON PRECISIÓN LAS VARIABLES CONSIDERADAS PARA CALCULAR EL

PRESUPUESTO DE LA RESPECTIVA CONTRATACIÓN, ASÍ COMO SU MONTO Y EL DE LOS COSTOS PARA LA ENTIDAD ASOCIADOS A LA REALIZACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y

A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. I. Aspectos Técnicos: Los trabajos a ejecutar en cada una de las sedes educativas deben estar regidos por los siguientes parámetros: La presente contratación se realiza a precios unitarios fijos, los cuales están relacionados en el Formulario No. 1 Cantidades de Obra, Precios Unitarios y Presupuesto Oficial, en el cual se incluyen las actividades necesarias para la ejecución del proyecto. Además se relacionan las cantidades y los precios estimados, los cuales se encuentran soportados en los análisis de precios unitarios del sector. El presupuesto estimado se encuentra establecido en el Formulario No.1 correspondiente al presupuesto oficial por la suma de $62.140.860,oo valor incluido IVA, presupuesto soportado en los precios unitarios calculados para el sector, y avalado por los Certificados de Disponibilidad Presupuestal descritos a continuación:

ESTUDIOS PREVIOS

OBJETO: REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CARGADOR CATERPILLAR 924F, MOTONIVELADORA CATERPILLAR 120G, RETROEXCAVADORA CATERPILLAR 420E, BULLDOZER CATERPILLAR D4H SERIE 2 Y VOLQUETAS DE PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE

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No Objeto C.D.P Fecha Valor Código Rubro Pal

1 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CARGADOR CATERPILLAR 924F, MOTONIVELADORA CATERPILLAR 120G, RETROEXCAVADORA CATERPILLAR 420E, BULLDOZER CATERPILLAR D4H SERIE 2 Y VOLQUETAS DE PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE ARGELIA, DEPARTAMENTO DE CAUCA

505 28/04//2011

$ 35.400.000 2310010101 Mejoramiento o mantenimiento adecuación y rehabilitación de la infraestructura vial

$ 8.900.000 23100202

$1.700.000 23100401

1 339 17/03/2011 $ 16.140.860 23100401

Mejoramiento o mantenimiento adecuación y rehabilitación de la infraestructura vial

PRESUPUESTO OFICIAL $ 62.140.860

PLAZO DEL CONTRATO: El plazo para la ejecución del contrato, se establece en UN (1) MES contado a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio por las partes, previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y legalización del contrato. EL CONTRATISTA DEBE INICIAR LAS OBRAS SIN SUJETAR SU ACTIVIDAD AL PAGO DEL ANTICIPO.- FORMA DE PAGO: Si bien es cierto se prevé como forma de pago del contrato ANTICIPO en cuantía del 50% del valor total del contrato, queda claro que el inicio de las obras no queda sujeto al pago del mismo. En consideración a la capacidad financiera del proponente, que le permite que su propuesta haya sido escogida y sea Contratista del Municipio, la iniciación de la obra no queda sujeta al pago del anticipo. El saldo se pagará en actas parciales de recibo de obra, reservándose el MUNICIPIO un 10% del valor total del contrato para la fecha de liquidación del contrato, con el fin de cubrir reclamaciones relacionadas con actividades del Contratista y no cubiertas con las garantías otorgadas

E. JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA QUE EJECUTARÁ EL PROYECTO

Para dar cumplimiento al numeral 5, del artículo 3 del Decreto Reglamentario No. 2474 de 2008 y al numeral 3 del artículo 12 del mismo Decreto, el presente documento sustenta y justifica los factores de selección adoptados para el contrato de obra pública bajo la modalidad de Selección Abreviada que ejecutará el Municipio de Argelia Cauca. . JUSTIFICACIÓN El procedimiento de selección del contratista está sometido a los principios de transparencia, selección objetiva e igualdad de derechos y oportunidades de los que deriva la obligación de someter a todos los oferentes a las mismas condiciones definidas en la ley y en el pliego de condiciones. Cabe recordar que los pliegos de condiciones forman parte esencial del contrato, son la fuente de derechos y obligaciones de las partes y elemento fundamental para su interpretación e integración, pues contienen la voluntad de la administración a la que se someten los proponentes durante la proceso de selección y el oferente favorecido durante el mismo lapso y, más allá, durante la vigencia del contrato. El numeral 2º del artículo 5º de la Ley 1150 de 2007 estipula que: "La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, contenida en los pliegos de condiciones o sus equivalentes,

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resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos (..)" . El numeral 3 del artículo 12 del Decreto No. 2474 de 2008 reglamenta el ofrecimiento más favorable a que se refiere el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007. Los pliegos de condiciones establecen como criterios de calificación los aspectos de experiencia y capacidad financiera, a través de los cuales se busca que la Entidad escoja un proponente que cumpla con las condiciones técnicas, financieras y jurídicas que garanticen el cumplimiento del objeto contractual. Bajo estas reglas, la Entidad contratante tiene autonomía para determinar el contenido y alcance de los pliegos de condiciones y, está determina los parámetros para que el contenido de los pliegos garantice la transparencia, así como la definición precisa de las diferentes etapas del procedimiento. De conformidad con lo expuesto, cabe concluir que los principios de transparencia, igualdad y selección objetiva, a que está sometida la selección del contratista, se desarrollan mediante la sujeción de la escogencia del contratista a la Ley y al Pliego de Condiciones. Para el presente proceso los factores de selección serán lo siguientes:

Capacidad jurídica. Se verificará con los documentos establecidos en el presente pliego de condiciones indispensables para determinar que la propuesta sea HÁBIL para pasar a la etapa de calificación. Capacidad financiera. Toda la información financiera deberá ser firmada por el representante legal, contador y revisor fiscal si lo requiere y deben estar debidamente certificados y dictaminados de acuerdo con lo establecido en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995 y se deberá adjuntar fotocopia legible de la tarjeta profesional expedida por la Junta Central de Contadores y el certificado de inscripción y de antecedentes disciplinarios (vigentes al momento de presentación de la propuesta) con base en la Información Financiera suministrada, verificará la concordancia entre todos los documentos, descalificando a los oferentes que presenten diferencias no explicables a través de la conciliación fiscal de renta y patrimonio. Luego de esta verificación, la entidad calculará los siguientes indicadores financieros y comprobará el cumplimiento de las condiciones que se detallan a continuación; en caso de incumplir alguno, se rechazará la propuesta: Capital de Trabajo (CT): CT = AC - PC >= 100% el presupuesto oficial Donde: CT = Capital de trabajo. AC = Activo corriente. PC = Pasivo corriente. Solvencia ó índice de Liquidez: Deberá ser mayor o igual a 2,0 Solvencia = Activo Corriente /Pasivo Corriente Nivel de Endeudamiento: Deberá ser menor o igual a 0.20

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NE = Pasivo Total/Activo Total Patrimonio. Deberá ser mayor o igual a 100% del presupuesto oficial Para los índices Solvencia y Nivel de endeudamiento, CADA UNO de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deberá cumplir con los valores exigidos; El capital de trabajo y patrimonio se determinará por la sumatoria de los patrimonios y capital de trabajo de los miembros del Consorcio o Unión Temporal, teniendo en cuenta que al menos uno de los miembros deberá aportar el 75% del capital de trabajo y patrimonio y los miembros restantes deberán cumplir con el 25% del monto solicitado. En caso de que la propuesta no cumpla este factor se calificará NO HABILITADA FINANCIERAMENTE. Capacidad técnica Experiencia del proponente Experiencia general del proponente El proponente deberá acreditar en como máximo dos (2) contratos con entidades oficiales, cuya sumatoria alcance al menos hasta un 40% del valor del presupuesto oficial en experiencia como proveedor de servicios de reparación y mantenimiento de equipos de construcción.- Para la acreditación, el proponente debe anexar copia de las actas de liquidación de los contratos suscritos entre las partes contratantes (Representante Legal y Contratista. La sola firma del Interventor y del Contratista no es suficiente para determinar que existe liquidación del contrato) ó la certificación de la Entidad contratante, con la información mencionada, suscrita por el funcionario competente. La información del Formulario No 2 debe respaldarse con actas o certificaciones según lo aquí determinado. Experiencia especifica del proponente El proponente acreditará su experiencia específica relacionando en el FORMULARIO “Experiencia específica”, al menos un (1) contrato de reparación o mantenimiento ejecutado y que cumpla con el siguiente requisito:

Su objeto debe referirse a la reparación o mantenimiento de maquinaria de construcción y/o mantenimiento vial

En caso contrario la propuesta se calificará NO HABILITADA POR EXPERIENCIA ESPECÍFICA. En caso de incumplir alguno de los anteriores requerimientos, la propuesta se calificará NO HABILITADA POR EXPERIENCIA ESPECÍFICA. Para efectos de acreditar la experiencia específica del oferente, cuando sea con entidades oficiales, deberá anexar la copia del acta de liquidación del contrato o certificación, debidamente suscrito por el funcionario competente para ello y en donde se pueda extractar la información relacionada con el objeto, plazo, fecha de suscripción, terminación, y valor. No se aceptarán contratos o certificaciones con entidades privadas. La entidad solicitará los documentos que considere pertinentes para verificar la veracidad de la información suministrada. No se aceptará la presentación de mantenimientos o Reparaciones

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de equipos de construcción que estén en ejecución. En caso de relacionar más de cinco contratos, solo se tendrá en cuenta los primeros cinco relacionados en el formulario correspondiente. Si un contrato aparece relacionado pero no acreditado según las exigencias de este pliego, este no se tendrá en cuenta para efectos de la evaluación y la propuesta calificará NO HABILITADA POR EXPERIENCIA ESPECÍFICA. No se tendrá en cuenta la experiencia de Reparaciones o mantenimientos subcontratados. Las certificaciones presentadas deben contener de manera explícita la información requerida en los pliegos para la evaluación

F. SOPORTE QUE PERMITE LA ESTIMACION, TIPIFICACION Y ASIGNACION DE RIESGOS PREVISIBLES DEL PROYECTO DISTRIBUCION DE RIESGOS

Los riesgos de un proyecto se refieren a los diferentes factores que pueden hacer que no se cumplan los resultados previstos y los respectivos flujos esperados. El concepto de riesgo en proyectos de infraestructura se puede definir como la probabilidad de ocurrencia de eventos aleatorios que afecten el desarrollo del mismo, generando una variación sobre el resultado esperado, tanto en la relación costos como ingresos. Adicional a la asignación teórica de los riesgos, un factor fundamental para el manejo del riesgo está relacionado con la calidad y confiabilidad de la información disponible. El esquema de asignación Contractual de riesgos entre las partes tiene una relación directa con la información conocida, por lo que con la información de mejor calidad, la percepción del riesgo es menor y se pueden adoptar las medidas para controlar las incidencias de las fuentes de riesgo. Aun cuando el riesgo está identificado el mismo está sujeto a la ocurrencia de su condición, por lo que su impacto se puede predecir para determinados niveles de confianza, pero su ocurrencia está sujeta a fenómenos aleatorios, tales riesgos son: RIESGOS QUE ASUME EL CONTRATISTA A partir de la fecha de suscripción del Contrato y en todas las etapas del mismo (Iniciación, Construcción, liquidación) el Contratista asume los efectos derivados de todos y cada uno de los riesgos asociados a este Contrato, al igual que respecto a los que logre determinar, salvo los casos en que expresamente se ha determinado lo contrario. En este sentido, el Contratista asume los efectos derivados de los riesgos que se listan a continuación de manera general, además de aquellos que se desprendan de la matriz de riesgos, otras cláusulas o estipulaciones de este Contrato, sus anexos y sus Apéndices o que se deriven de la naturaleza de este Contrato. Por lo tanto, no procederán reclamaciones del Contratista basadas en el suceso de alguno de los riesgos asumidos por el Contratista y ­consecuentemente- el Municipio de Argelia Cauca no hará reconocimiento alguno, ni se entenderá que ofrece garantía alguna al Contratista, que permita eliminar o mitigar los efectos causados por la ocurrencia de alguno de estos riesgos, salvo que dicho reconocimiento o garantía se encuentren expresamente pactados en el Contrato. 1. Los efectos, favorables o desfavorables, derivados de las variaciones en los precios de mercado de los materiales, los insumos y las cantidades de obra necesarios para ejecutar en los términos de este Contrato y de sus Apéndices. 2. Los efectos, favorables o desfavorables, derivados de las variaciones de la tasa de cambio y de la

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evolución de la devaluación real observada frente a la estimada inicialmente por el Contratista. 3. Los efectos, favorables o desfavorables, de la alteración de las condiciones de financiación diferentes a los Pagos concernientes al Municipio, como consecuencia de la variación en las variables del mercado, toda vez que es una obligación contractual del Contratista viabilizar y obtener mecanismos para complementar el esquema de financiación conjuntamente con los recursos del Municipio para la ejecución del Proyecto, para lo cual el Contratista tiene plena libertad de establecer con los Prestamistas, las estipulaciones atinentes al contrato de mutuo ­o cualquier otro mecanismo de financiación necesario para el desarrollo del Proyecto, y no existirán cubrimientos o compensaciones de parte del Municipio, como consecuencia de la variación supuesta o real entre cualquier estimación inicial de las condiciones de financiación frente a las realmente obtenidas. 4. Los efectos desfavorables, de todos y cualesquiera daños, perjuicios o pérdidas de los bienes de su propiedad causados por terceros diferentes del Municipio, sin perjuicio de su facultad de exigir a terceros diferentes del Municipio la reparación o indemnización de los daños y perjuicios directos y/o subsecuentes cuando a ello haya lugar. 5. Los mecanismos contenidos en el contrato, permiten mantener las condiciones económicas y financieras existentes al momento de la presentación de la Propuesta por parte del Contratista y consecuentemente, están diseñados para restablecer y mantener la ecuación de equilibrio contractual en los términos señalados en la Ley 80 de 1993 y de la aplicación de la formula de ajuste de precios contempladas en el respectivo pliego. 6. En general, los efectos, favorables o desfavorables, de las variaciones de los componentes económicos, fiscales, legales y técnicos necesarios para cumplir con las obligaciones del Contratista necesarias para la cabal ejecución de los Contratos, relacionadas entre otras, con la elaboración de sus propios estudios y diseños, la contratación de personal, las labores administrativas, los procedimientos constructivos utilizados, los equipos y materiales requeridos, el manejo ambiental y social y el manejo del tráfico. RIESGOS QUE ASUME EL MUNICIPIO A partir de la fecha de suscripción del Contrato, el Municipio asume, única y exclusivamente, los efectos derivados de los riesgos que se listan a continuación, además de aquellos que de manera expresa y clara se desprendan de otras cláusulas o estipulaciones del Contrato y sus apéndices. En todo caso, cuando de la ocurrencia de tales riesgos, se desprenda una obligación de pagar una suma de dinero al Contratista, se entenderá que tal suma de dinero será cancelada en los términos establecidos en las cláusulas aplicables: En el evento que se requiera realizar una expropiación judicial. 1. Los efectos desfavorables, derivados de la existencia de daño emergente del Contratista, por la ocurrencia de hechos de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, en los términos del Contrato y la legislación existente. 2. Los efectos desfavorables originados por nuevas normas durante la ejecución del contrato y que sean aplicables al proyecto. 3. Los efectos, favorables o desfavorables, de las variaciones en la legislación Tributaria, de tal manera que el Municipio asumirá los efectos derivados de la variación de las tarifas impositivas, la

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creación de nuevos impuestos, la supresión o modificación de los existentes, y en general cualquier evento que modifique las condiciones tributarias existentes al momento de la presentación de la Propuesta. PROYECTO DE MATRIZ DE RIESGOS Se anexa Matriz de riesgos para contratos de obra.

CLASE

TIPIFICACION DEL RIESGO ASIGNACION DEL RIESGO ESTIMACION DEL

RIESGO

DESCRIPCION OBSERVACIONES MUNICIPIO PROPONENTE Y/O

CONTRATISTA TIPO

ESTIMACION RIESGO

FINANCIERO

S O DE MERCADO

RIESGO COMERCIAL

Se presenta cuando los ingresos operativos difieren de los esperados debido a: i) la demanda del proyecto es menor o mayor que la proyectada; ii) imposibilidad de cobrar tarifas, tasas por la prestación del servicio, y derechos, entre otros, por factores de mercado, por impago y/o evasión de las mismas

X MEDIO 10,00%

RIESGO AMBIENTAL

Se entiende como el trámite ante las autoridades correspondientes para tener los permisos de utilización de las zonas de trabajo, fuentes, extracción, producción y colocación de materiales, licencia. Los costos que esto genere corresponden y serán asumidos en su totalidad por el proponente. Lo que corresponde a la Entidad Contratante ya fue surtido con la promulgación y viabilidad del proyecto.

X BAJO 5,00%

RIESGO GEOLÓGICO Y DE TERREMOTOS

Por ser imprevisibles será asumido por la entidad contratante. Se entiende como0 fallas geológicas, terremotos, movimientos telúricos

X MEDIO 15,00%

RIESGO DE OPERACIÓN

Los riesgos logísticos de para la operación del servicio objeto de este proceso son asumidos por el oferente adjudicatario. Así mismo, los efectos favorables y desfavorables derivados de las variaciones en los precios del mercado de los materiales, los insumos, mano de obra, y todo lo concerniente con el objeto de este proceso de selección, es por cuenta y riesgo del oferente adjudicatario; y deberá soportar el 100% de los riesgos de operación del bien objeto del presente contrato.

X ALTO 30,00%

RIESGOS POR ACTOS DE TERRORISMO

En caso de presentarse, debe ser plenamente demostrable y certificado por la autoridad competente y por la Interventoría. En dicho evento será LA ENTIDAD la encargada de asumir los riesgos del contrato celebrado y en ejecución. Sin perjuicio de que pueda ocurrir lo anterior, el Contratista proveerá por su cuenta el personal de vigilancia necesario para proteger las personas, las actividades ejecutadas, sus propiedades y las propiedades de LA ENTIDAD y de terceros hasta la entrega total y definitiva

X MEDIO 10,00%

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RIESGOS DE CONSTRUCCION:

Se presenta cuando hacen referencia a cantidades. Precios y plazos. En cuanto a cantidades el sistema el sistema de contratación es el de cantidades aproximadas permitiéndose ajustes y complementos siempre y cuando se conserve el valor total del proyecto. Cuando se presentes ítems no previsto se aplicara lo definido como lactación de precios remitidos a la fecha de elaboración de la propuesta, aplicando los criterio de la ley 80 sobre obligación o no de ejecutarlos, en caso de diferencias considerables entre la solicitud del contratista y lo determinado por la entidad contratante se recurrirá al precio promedio del mercado. N o habrá ajustes de precios ya que el sistema es de precio unitario fijo. Si durante el curso de los trabajos la ENTIDAD o el contratista descubrieren en el sitio donde se desarrolla el objeto contractual condiciones especiales sustancialmente distintas indicadas en el plano o previstas en las especificaciones, circunstancias desconocidas de naturaleza especial que difiera sustancialmente de aquellas inherentes a las actividades del carácter de las que provee los planos y las especificaciones, el contratista se abstendrá de alterar tales condiciones sin que antes la entidad tome la decisión correspondiente. Si este resuelve que aquellas si son esencialmente diferentes a las previstas, se procederá a ordenar los cambios en los planos y especificaciones, previo convenio de los ajustes tanto de costos como de plazo o de uno de estos. Esta condición genera un acta de modificación del contrato celebrado. En cuanto al riesgo que pueda surgir por transportes de material, personas o equipos, este tipo de circunstancias corresponde asumirlos y contemplarlos en su propuesta al proponente.

X MEDIO 25,00%

SOCIOAMBIENTALES Y PREDIALES

RIESGOS POR CONDICIONES CLIMATICAS ADVERSAS

Se debe atender con la posibilidad que las condiciones climáticas inicialmente analizadas para cuantificar los rendimientos de la obra cambien abruptamente e incidan considerablemente en el desarrollo del cronograma actividades en cuanto a plazo se refiere al igual que impedimento para ejecutar el procedimiento constructivo inicialmente pactado en el cuadro de cantidades. Cuando esto llegare a presentarse será causal para ampliar el plazo o suspensión del mismo hasta que las condiciones climáticas sean optimas para continuar con la construcción de la obra, pero no reconocimiento de mayores costos o desequilibrio económico. En el caso que no se superen las condiciones climáticas adversas y ante la necesidad de ejecutar parcial o total mente las actividades del contrato, la Entidad podrá de común acuerdo con el contratista bajo un marco previo de plena justificación técnica, pactar nuevas actividades que permitan llevar a cabo el desarrollo de los trabajos en estas condiciones. Esta condición genera un acta de modificación del contrato celebrado y firmado por las partes

X BAJO 5,00%

TOTAL 100,00%

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G. ANALISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE LOS MECANISMOS DE COBERTURA QUE GARANTIZAN LAS OBLIGACIONES SURGIDAS CON OCASIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y

DEL CONTRATO A CELEBRAR

Teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto 679 de 28 de marzo de 1994, "Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 80 de 1993", Artículo 16 indica: "tiene por objeto respaldar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo de los contratistas frente a las entidades estatales, por razón de la celebración, ejecución y liquidación de contratos estatales. Por tanto, con sujeción a los términos del respectivo contrato deberá cubrir cualquier hecho constitutivo de incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista en los términos de la respectiva garantía. De acuerdo a lo anterior se determina que el respectivo Decreto exige los amparos que deben expedir los contratistas para cubrir los eventos que se pueden generar en las diferentes actividades de la ejecución de un contrato, que se constituye en requisito para legalización de los mismos. Los contratos de Obra, que para este evento celebre la Entidad, deberán cubrir cualquier hecho, de conformidad con los siguientes porcentajes estipulados, expidiendo los siguientes amparos: Selección Abreviada: En los Pliegos de Condiciones, la Garantía de Seriedad de la Propuesta es del Quince por ciento (15%) del presupuesto oficial, con una vigencia de ciento veinte (120) días calendario contados a partir de la fecha del cierre de la Selección Abreviada. Al respecto, el Artículo 16 del Decreto 679 de 1994 establece que la garantía de seriedad de la propuesta no podrá ser inferior al diez por ciento del valor de las propuestas o del presupuesto oficial estimado, según lo determinen los pliegos de condiciones o términos de referencia. Artículo 17 del Decreto 679 de 1994, indica que la garantía debe ser suficiente de acuerdo con las distintas clases de obligaciones amparadas. Se incluirán únicamente como riesgos amparados aquéllos que correspondan a las obligaciones y prestaciones del respectivo contrato, tales como, los de buen manejo y correcta inversión del anticipo o pago anticipado, cumplimiento del contrato, estabilidad de la obra, calidad del bien o servicio, pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones. En los contratos de Obra y en los demás que considere necesario la entidad se cubrirá igualmente la responsabilidad civil frente a terceros derivados de la ejecución del contrato a través de un amparo autónomo contenido en póliza anexa. La garantía de salarios y prestaciones sociales del personal que el contratista emplee en el país para la ejecución del contrato se exigirá en todos los contratos de prestación de servicios y construcción de obra en los cuales de acuerdo con el contrato, el contratista emplee terceras personas para el cumplimiento de sus obligaciones. Para evaluar la suficiencia de las garantías se aplicarán las siguientes reglas:

a) El valor del amparo de anticipo o pago anticipado deberá ser equivalente al ciento por ciento (100%) del monto que el contratista reciba a título de anticipo o pago anticipado, en dinero o en especie para la ejecución del mismo;

b) El valor del amparo de cumplimiento no será inferior al monto de la cláusula penal

pecuniaria ni al 10% del valor del contrato,

c) El valor del amparo de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones será igual cuando menos al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y deberá extenderse por el término de vigencia del contrato y tres años más;

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d) El valor de los amparos de estabilidad de la obra, calidad del bien o servicio y correcto

funcionamiento de los equipos, ha de determinarse en cada caso con sujeción a los términos del contrato con referencia en lo pertinente al valor final de la obra, bien o servicio contratado u objeto del contrato.

Decreto 280 de 2002, "Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 25 numeral 19 de la Ley 80 de 1993", el artículo 4 indica que los valores asegurados se calcularán con base en el costo estimado de la obra a ejecutar en la etapa respectiva. El monto de la póliza podrá amortizarse en la medida en que se vayan cumpliendo las obligaciones del contrato. Para Contratos de Obra: El contratista deberá constituir la Garantía Única que comprende:

1- Cumplimiento: Equivalente al 10% del valor total del contrato y su vigencia es por el término de duración del mismo y cinco (5) meses más.

2- Correcta inversión del anticipo y/o pago anticipado: Equivalente al 100% de lo otorgado y su vigencia es por el término de duración del contrato y cinco (5) meses más.

3- Pago de salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones: Equivalente al 20% del valor total del contrato y su vigencia es por el término de duración del mismo y tres (3) años más.

4- Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual: Equivalente al 30% del valor total del contrato y su vigencia es por el término de duración del mismo y un (1) año más.

CONCLUSIONES Con el presente estudio se concluye que: 1. Que previo estudio se allega la conclusión que debe celebrarse un contrato con el lleno de los requisitos a la luz de lo dispuesto en el estatuto de contratación y la Ley 1150 de 2007 con persona natural o jurídica de reconocida idoneidad y experiencia temática reconocida. 2. Que realizado el estudio legal correspondiente, se ha establecido el tipo de contratación, sus alcances y condiciones de cumplimiento. 3. Que la cuantía del contrato se determina de acuerdo a los precios y condiciones de mercado vigentes. 4. Que se han determinado los riesgos del proceso de contratación y los amparos que debe cubrir el contratista. (ORIGINAL FIRMADO) FIRMA:_______________________________________________

Ing. DARÍO FERNANDO OTERO Asesor externo Secretaría de Planeación Municipal

VoBo:_______________________________________________ Ing. EDWARD ANDRÉS DÍAZ JARA Secretario de Planeación Municipal