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La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 6 de noviembre del 2014 Nº 214 28 Páginas AÑO CXX CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SECRETARÍA GENERAL CIRCULAR Nº 203-2014 Asunto: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio de su profesión, actualizada al 23 de setiembre de 2014. A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE: En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional. LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN ACTUALIZADA AL 23 DE SETIEMBRE DE 2014 NOMBRE DEL ABOGADO CARNÉ TIEMPO RIGE DEL HASTA EL GACETA Acuña Castro Eduardo Enrique 4503 4 meses 03/09/2014 02/01/2015 169 del 03/09/2014 Alvarado Cervantes Olman 4436 ***** 12/05/2011 ***** 91 del 12/05/2011 Alvarado Cervantes Olman 4436 2 años, tres meses y 20 días 27/12/2013 15/04/2016 250 del 27/12/2013 Badilla Toruño Minor 8362 1 Año 06/02/2014 05/02/2015 247 del 21/12/2012 Barillas Jiménez Juan Alexis 11541 1 Año y 4 meses 04/09/2013 03/01/2015 169 del 04/09/2013 Brenes Brenes José Miguel 987 4 meses 03/09/2014 02/01/2015 169 del 03/09/2014 Campos Bautista Francisco 6976 3 meses 03/09/2014 02/12/2014 169 del 03/09/2014 Cervantes Barrantes Rodolfo 10367 8 meses y 15 días 03/09/2014 17/05/2015 169 del 03/09/2014 Chaves Fuentes Damaris 17276 3 meses 03/09/2014/ 02/12/2014 169 del 03/09/2014 Corrales Alvarado Simón Andrés 5931 ** 03/09/2014 ** 169 del 03/09/2014 Cubero Campos José Fabián 7325 3 meses 03/09/2014 02/12/2014 169 del 03/09/2014 De León Quesada Lilliam Vanessa 17669 3 meses 04/09/2014 03/12/2014 170 del 04/09/2014 De León Quesada Lilliam 17669 ** 16/10/2013 ** 107 del NOMBRE DEL ABOGADO CARNÉ TIEMPO RIGE DEL HASTA EL GACETA 169 del Vanessa 05/06/2014 Díaz Valladares Leda 15278 4 meses 03/09/2014 02/01/2015 169 del 03/09/2014 Díaz Díaz Yosef Yamín c.c Cohen Díaz Yosef Yamín 15276 6 años 15/05/2014 14/05/2020 092 del 15/05/2014 Di Bella Hidalgo Herbert 5869 12 Años 23/03/2007 22/03/2019 59 del 23-03-07 Echegaray Castellanos Edgar 2775 3 años y 6 meses 13/01/2012 12/06/2015 10 del 13/01/2012 Fernández Vargas Bernardo Fidel 16131 3 años 13/10/2011 12/10/2014 197 13/10/2011 González Salas Gerardo Ant. 5454 28 años 20/06/2007 19/06/2035 118 del 20-6-07 Guevara Duarte Ricardo Alberto 11155 5 meses 24/08/2014 23/01/2015 048 del 08/03/2012 Hernández Quirós Francisco Javier 6526 4 meses 07/09/2014 06/01/2015 115 del 17/06/2013 Hernández Quirós Francisco Javier 6526 7 meses 06/01/2015 05/08/2015 44 del 04/03/2014 Jara Guzmán Francisco Antonio 14599 * 11/03/2014 * 49 del 11/03/2014 Jiménez Castrillo José Luis 16220 3 años 27/12/2013 26/12/2016 250 del 27/12/2013 Jiménez Rodriguez Victorino 8040 * 06/07/2010 * 130 del 06/07/2010 López Elizondo Steve 9792 6 meses 06/07/2014 05/01/2015 199 del 18/10/2011 Marín Rojas Gillio 11441 30 años 11/03/2004 10/03/2034 50 del 11/03/04 Mata Araya Rodrigo 3134 ** 10/05/2013 ** 115 del 17/06/2013 Matamoros Arosemena Pablo 11291 3 meses 03/09/2014 02/12/2014 169 del 03/09/2014 Matarrita Martínez Nuria 10567 1 mes 03/09/2014 02/10/2014 169 del 03/09/2014 Mora Guevara William 10370 3 años 22/08/2012 21/08/2015 161 del 22/08/2012 Morales López Dagoberto 11445 2 años y 2 meses 03/09/2014 02/11/2016 169 del 03/09/2014 Núñez Mata Federico 15398 6 meses, 2 días 26/02/2014 28/02/2015 *** Núñez Mata Federico 15398 6 meses, 2 días 26/02/2014 28/02/2015 *** Peña Zúñiga Hugo Eduardo 6679 5 meses 16/05/2014 15/10/2014 093 del 16/05/2014 Pérez Fuentes José Gerardo 15079 ** 30/04/2014 ** 107 del 05/06/2014 Price Chinchilla Rodolfo Alexánder 11765 1 mes 03/09/2014 02/10/2014 169 del 03/09/2014 Quesada Elizondo Carlos Luis 10740 5 meses 18/05/2014 17/10/2014 211 del 01/11/2013 Quesada Ugalde Iveth Emilia 12524 3 meses 04/09/2014 03/12/2014 169 del 03/09/2014 Ramírez Ulate Bernal 4547 3 años 01/11/2013 31/10/2016 211 del 01/11/2013 Robles Macaya Carlos Hernán 2416 24 Años 15/04/2005 14/04/2029 72 del 15/04/05 Rodríguez Bastos Fabio Evencio 3991 3 años 13/10/2011 12/10/2014 197 del 13/10/2011 Rodríguez Bastos Fabio Evencio 3991 4 meses 13/10/2014 12/02/2015 247 del 21/12/2012 Rodríguez Solano Pablo 8480 3 años 03/09/2014 02/09/2017 169 del 03/09/2014 Rojas Fallas Luis Alexánder 16985 8 años y 7 meses 11/03/2014 10/10/2022 49 del 11/03/2014 Rojas Saborío Manuel David 15100 3 años y 3 meses 24/08/2012 23/11/2015 163 del 24/08/2012 Rojas Saborío Manuel David 15100 9 meses 24/11/2015 23/08/2016 107 del 05/06/2014 Ruiz Bonilla Jorge Luis 5431 3 meses 03/09/2014 02/12/2014 169 del 03/09/2014 Salas Salazar Kenneth 1356 20 Años 11/03/2004 10/03/2024 50 del 11/03/04 Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 3 años y 3 meses 14/09/2014 13/12/2017 59 del 23/03/07 Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 4 años 14/12/2017 13/12/2021 135 del 14/07/2008 Tijerino Medina Yolanda Margarita 10399 * 17/06/2013 * 115 del 17/06/2013 Valverde Segura Jorge Enrique 8540 3 años 24/04/2013 23/04/2016 193 del 08/10/2007 Valverde Segura Jorge Enrique 8540 3 años y 5 meses 24/04/2016 23/09/2019 193 del 03/09/2014 Vargas Barrantes Walter 11875 3 años 08/03/2013 07/03/2016 048 del 08/03/2013 Vargas Montero Carlos 9480 3 meses 05/06/2014 04/06/2014 107 del 05/06/2014 Vargas Rivera José Eduardo 13901 4 meses 05/06/2014 04/10/2014 107 del 05/06/2014 Villalobos Salas José Alberto 12163 21 meses 05/03/2014 04/12/2015 211 del 01/11/2013 Villalobos Salas José Alberto 12163 6 meses 05/12/2015 04/06/2016 250 del 27/12/2013 Villalobos Salas José Alberto 12163 8 meses 05/06/2016 04/02/2017 092 del 15/05/2014 Vosman Roldán Reynaldo 5067 6 años 03/09/2014 02/09/2020 169 del 03/09/2014 Zúñiga Brenes José Martín 5354 3 meses 03/09/2014 02/12/2014 169 del 03/09/2014 * La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal. ** La suspensión será hasta le revocación de medida cautelar o finalización del proceso penal. *** Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal de Pérez Zeledón de las 07:08 del 26/8/2014. ***** Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021. San José, 24 de setiembre de 2014. Silvia Navarro Romanini 1 vez.—(IN2014073053) Secretaria General CIRCULAR Nº 204-2014 Asunto: Reiteración de la circular Nº 120-10, sobre “Reglamento para la Administración y Uso de los Recursos Tecnológicos del Poder Judicial”. A LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 79- 14, celebrada el 4 de setiembre de 2014, artículo XLVIII, acordó reiterarles la circular Nº 120-10, sobre “Reglamento para la

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La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 6 de noviembre del 2014 Nº 214 — 28 PáginasAÑO CXX

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERALCIRCULAR Nº 203-2014

Asunto: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio de su profesión, actualizada al 23 de setiembre de 2014.

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍSSE LES HACE SABER QUE:

En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional.

LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN ELEJERCICIO DE LA PROFESIÓN

ACTUALIZADA AL 23 DE SETIEMBRE DE 2014

NOMBRE DEL ABOGADONº

CARNÉ TIEMPO RIGE DELHASTA

EL GACETA

Acuña Castro Eduardo Enrique 4503 4 meses 03/09/2014 02/01/2015169 del

03/09/2014

Alvarado Cervantes Olman 4436 ***** 12/05/2011 *****91 del

12/05/2011

Alvarado Cervantes Olman 44362 años, tres

meses y 20 días 27/12/2013 15/04/2016250 del

27/12/2013

Badilla Toruño Minor 8362 1 Año 06/02/2014 05/02/2015247 del

21/12/2012

Barillas Jiménez Juan Alexis 115411 Año y 4

meses 04/09/2013 03/01/2015169 del

04/09/2013

Brenes Brenes José Miguel 987 4 meses 03/09/2014 02/01/2015169 del

03/09/2014

Campos Bautista Francisco 6976 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014

Cervantes Barrantes Rodolfo 103678 meses y 15

días 03/09/2014 17/05/2015169 del

03/09/2014

Chaves Fuentes Damaris 17276 3 meses 03/09/2014/ 02/12/2014169 del

03/09/2014

Corrales Alvarado Simón Andrés 5931 ** 03/09/2014 **169 del

03/09/2014

Cubero Campos José Fabián 7325 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014De León Quesada LilliamVanessa 17669 3 meses 04/09/2014 03/12/2014

170 del04/09/2014

De León Quesada Lilliam 17669 ** 16/10/2013 ** 107 del

LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN ELEJERCICIO DE LA PROFESIÓN

ACTUALIZADA AL 23 DE SETIEMBRE DE 2014

NOMBRE DEL ABOGADONº

CARNÉ TIEMPO RIGE DELHASTA

EL GACETA

Acuña Castro Eduardo Enrique 4503 4 meses 03/09/2014 02/01/2015169 del

03/09/2014

Alvarado Cervantes Olman 4436 ***** 12/05/2011 *****91 del

12/05/2011

Alvarado Cervantes Olman 44362 años, tres

meses y 20 días 27/12/2013 15/04/2016250 del

27/12/2013

Badilla Toruño Minor 8362 1 Año 06/02/2014 05/02/2015247 del

21/12/2012

Barillas Jiménez Juan Alexis 115411 Año y 4

meses 04/09/2013 03/01/2015169 del

04/09/2013

Brenes Brenes José Miguel 987 4 meses 03/09/2014 02/01/2015169 del

03/09/2014

Campos Bautista Francisco 6976 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014

Cervantes Barrantes Rodolfo 103678 meses y 15

días 03/09/2014 17/05/2015169 del

03/09/2014

Chaves Fuentes Damaris 17276 3 meses 03/09/2014/ 02/12/2014169 del

03/09/2014

Corrales Alvarado Simón Andrés 5931 ** 03/09/2014 **169 del

03/09/2014

Cubero Campos José Fabián 7325 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014De León Quesada LilliamVanessa 17669 3 meses 04/09/2014 03/12/2014

170 del04/09/2014

De León Quesada Lilliam 17669 ** 16/10/2013 ** 107 del

Vanessa 05/06/2014

Díaz Valladares Leda 15278 4 meses 03/09/2014 02/01/2015169 del

03/09/2014Díaz Díaz Yosef Yamín c.cCohen Díaz Yosef Yamín 15276 6 años 15/05/2014 14/05/2020

092 del15/05/2014

Di Bella Hidalgo Herbert 5869 12 Años 23/03/2007 22/03/2019 59 del 23-03-07

Echegaray Castellanos Edgar 27753 años y 6

meses 13/01/2012 12/06/201510 del

13/01/2012Fernández Vargas Bernardo Fidel 16131 3 años 13/10/2011 12/10/2014 197 13/10/2011González Salas Gerardo Ant. 5454 28 años 20/06/2007 19/06/2035 118 del 20-6-07

Guevara Duarte Ricardo Alberto 11155 5 meses 24/08/2014 23/01/2015048 del

08/03/2012Hernández Quirós FranciscoJavier 6526 4 meses 07/09/2014 06/01/2015

115 del17/06/2013

Hernández Quirós FranciscoJavier 6526 7 meses 06/01/2015 05/08/2015

44 del04/03/2014

Jara Guzmán Francisco Antonio 14599 * 11/03/2014 *49 del

11/03/2014

Jiménez Castrillo José Luis 16220 3 años 27/12/2013 26/12/2016250 del

27/12/2013

Jiménez Rodriguez Victorino 8040 * 06/07/2010 *130 del

06/07/2010

López Elizondo Steve 9792 6 meses 06/07/2014 05/01/2015199 del

18/10/2011Marín Rojas Gillio 11441 30 años 11/03/2004 10/03/2034 50 del 11/03/04

Mata Araya Rodrigo 3134 ** 10/05/2013 **115 del

17/06/2013

Matamoros Arosemena Pablo 11291 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014

Matarrita Martínez Nuria 10567 1 mes 03/09/2014 02/10/2014169 del

03/09/2014

Mora Guevara William 10370 3 años 22/08/2012 21/08/2015161 del

22/08/2012

Morales López Dagoberto 114452 años y 2

meses 03/09/2014 02/11/2016169 del

03/09/2014Núñez Mata Federico 15398 6 meses, 2 días 26/02/2014 28/02/2015 ***

Peña Zúñiga Hugo Eduardo 6679 5 meses 16/05/2014 15/10/2014093 del

16/05/2014

Pérez Fuentes José Gerardo 15079 ** 30/04/2014 **107 del

05/06/2014Price Chinchilla RodolfoAlexánder 11765 1 mes 03/09/2014 02/10/2014

169 del03/09/2014

Quesada Elizondo Carlos Luis 10740 5 meses 18/05/2014 17/10/2014211 del

01/11/2013

Quesada Ugalde Iveth Emilia 12524 3 meses 04/09/2014 03/12/2014169 del

03/09/2014Ramírez Ulate Bernal 4547 3 años 01/11/2013 31/10/2016 211 del

Vanessa 05/06/2014

Díaz Valladares Leda 15278 4 meses 03/09/2014 02/01/2015169 del

03/09/2014Díaz Díaz Yosef Yamín c.cCohen Díaz Yosef Yamín 15276 6 años 15/05/2014 14/05/2020

092 del15/05/2014

Di Bella Hidalgo Herbert 5869 12 Años 23/03/2007 22/03/2019 59 del 23-03-07

Echegaray Castellanos Edgar 27753 años y 6

meses 13/01/2012 12/06/201510 del

13/01/2012Fernández Vargas Bernardo Fidel 16131 3 años 13/10/2011 12/10/2014 197 13/10/2011González Salas Gerardo Ant. 5454 28 años 20/06/2007 19/06/2035 118 del 20-6-07

Guevara Duarte Ricardo Alberto 11155 5 meses 24/08/2014 23/01/2015048 del

08/03/2012Hernández Quirós FranciscoJavier 6526 4 meses 07/09/2014 06/01/2015

115 del17/06/2013

Hernández Quirós FranciscoJavier 6526 7 meses 06/01/2015 05/08/2015

44 del04/03/2014

Jara Guzmán Francisco Antonio 14599 * 11/03/2014 *49 del

11/03/2014

Jiménez Castrillo José Luis 16220 3 años 27/12/2013 26/12/2016250 del

27/12/2013

Jiménez Rodriguez Victorino 8040 * 06/07/2010 *130 del

06/07/2010

López Elizondo Steve 9792 6 meses 06/07/2014 05/01/2015199 del

18/10/2011Marín Rojas Gillio 11441 30 años 11/03/2004 10/03/2034 50 del 11/03/04

Mata Araya Rodrigo 3134 ** 10/05/2013 **115 del

17/06/2013

Matamoros Arosemena Pablo 11291 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014

Matarrita Martínez Nuria 10567 1 mes 03/09/2014 02/10/2014169 del

03/09/2014

Mora Guevara William 10370 3 años 22/08/2012 21/08/2015161 del

22/08/2012

Morales López Dagoberto 114452 años y 2

meses 03/09/2014 02/11/2016169 del

03/09/2014Núñez Mata Federico 15398 6 meses, 2 días 26/02/2014 28/02/2015 ***

Peña Zúñiga Hugo Eduardo 6679 5 meses 16/05/2014 15/10/2014093 del

16/05/2014

Pérez Fuentes José Gerardo 15079 ** 30/04/2014 **107 del

05/06/2014Price Chinchilla RodolfoAlexánder 11765 1 mes 03/09/2014 02/10/2014

169 del03/09/2014

Quesada Elizondo Carlos Luis 10740 5 meses 18/05/2014 17/10/2014211 del

01/11/2013

Quesada Ugalde Iveth Emilia 12524 3 meses 04/09/2014 03/12/2014169 del

03/09/2014Ramírez Ulate Bernal 4547 3 años 01/11/2013 31/10/2016 211 del

01/11/2013Robles Macaya Carlos Hernán 2416 24 Años 15/04/2005 14/04/2029 72 del 15/04/05

Rodríguez Bastos Fabio Evencio 3991 3 años 13/10/2011 12/10/2014197 del

13/10/2011

Rodríguez Bastos Fabio Evencio 3991 4 meses 13/10/2014 12/02/2015247 del

21/12/2012

Rodríguez Solano Pablo 8480 3 años 03/09/2014 02/09/2017169 del

03/09/2014

Rojas Fallas Luis Alexánder 169858 años y 7

meses 11/03/2014 10/10/202249 del

11/03/2014

Rojas Saborío Manuel David 151003 años y 3

meses 24/08/2012 23/11/2015163 del

24/08/2012

Rojas Saborío Manuel David 15100 9 meses 24/11/2015 23/08/2016107 del

05/06/2014

Ruiz Bonilla Jorge Luis 5431 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014Salas Salazar Kenneth 1356 20 Años 11/03/2004 10/03/2024 50 del 11/03/04

Tenorio Castro Luis Gdo. 98503 años y 3

meses 14/09/2014 13/12/2017 59 del 23/03/07

Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 4 años 14/12/2017 13/12/2021135 del

14/07/2008Tijerino Medina YolandaMargarita 10399 * 17/06/2013 *

115 del17/06/2013

Valverde Segura Jorge Enrique 8540 3 años 24/04/2013 23/04/2016193 del

08/10/2007

Valverde Segura Jorge Enrique 85403 años y 5

meses 24/04/2016 23/09/2019193 del

03/09/2014

Vargas Barrantes Walter 11875 3 años 08/03/2013 07/03/2016048 del

08/03/2013

Vargas Montero Carlos 9480 3 meses 05/06/2014 04/06/2014107 del

05/06/2014

Vargas Rivera José Eduardo 13901 4 meses 05/06/2014 04/10/2014107 del

05/06/2014

Villalobos Salas José Alberto 12163 21 meses 05/03/2014 04/12/2015211 del

01/11/2013

Villalobos Salas José Alberto 12163 6 meses 05/12/2015 04/06/2016250 del

27/12/2013

Villalobos Salas José Alberto 12163 8 meses 05/06/2016 04/02/2017092 del

15/05/2014

Vosman Roldán Reynaldo 5067 6 años 03/09/2014 02/09/2020169 del

03/09/2014

Zúñiga Brenes José Martín 5354 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014

* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal.* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la

condena impuesta en sede penal.** La suspensión será hasta le revocación de medida

cautelar o finalización del proceso penal.*** Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado

por Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal de Pérez Zeledón de las 07:08 del 26/8/2014.

***** Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.

San José, 24 de setiembre de 2014. Silvia Navarro Romanini

1 vez.—(IN2014073053) Secretaria General

CIRCULAR Nº 204-2014Asunto: Reiteración de la circular Nº 120-10, sobre “Reglamento

para la Administración y Uso de los Recursos Tecnológicos del Poder Judicial”.

A LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES DEL PAÍSSE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 79-14, celebrada el 4 de setiembre de 2014, artículo XLVIII, acordó reiterarles la circular Nº 120-10, sobre “Reglamento para la

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Jueves 6 de noviembre del 2014Pág 2 — BOLETIN JUDICIAL Nº 214

Administración y Uso de los Recursos Tecnológicos del Poder Judicial”, publicada en el Boletín Judicial Nº 187 del 27 de setiembre de 2010, que indica:

“Reglamento para la Administración y Uso de los Recursos Tecnológicos del Poder Judicial

CAPÍTULO IDisposiciones generales

Artículo 1º—Ámbito de Aplicación. Las disposiciones de este reglamento son de acatamiento obligatorio para las y los servidores del Poder Judicial. Las jefaturas y coordinadores de las dependencias judiciales, así como el Departamento de Tecnología de Información y Comunicaciones, velarán por su cumplimiento.

Artículo 2º—Propósito del reglamento. Establecer una práctica uniforme sobre el uso de los recursos tecnológicos del Poder Judicial, con un adecuado respeto a los derechos constitucionales de libertad de expresión, privacidad de las comunicaciones, propiedad intelectual y uso eficiente que garantice el máximo aprovechamiento de dichos recursos. Este reglamento establece estándares mínimos, sin perjuicio de lo establecido en otros documentos que los complementan y detallan.

Artículo 3º—Definiciones. Para los efectos de esta normativa se entenderá por:

Administración Superior: Corte Plena y Consejo Superior del Poder Judicial.

Usuarios: Servidor o servidora judicial, consultor, consultora, contratista y otras personas que ostenten la condición de meritorias o practicantes de alguna carrera y que tengan acceso a los recursos tecnológicos.

Identidad del Usuario: Conocido como ID, es la identidad digital asignada a una persona de manera individual, con la cual se controla el acceso, se autentica, autoriza y se audita la utilización de los diferentes recursos tecnológicos Institucionales.

Infraestructura Tecnológica: Todo lo relacionado con hardware, software, comunicaciones y seguridad de la información.

Contraseña (Clave): También se le llama “palabra de paso” o “clave” (password). Junto con la identidad del usuario, permite tener acceso a los diferentes servicios tecnológicos; es la parte secreta que sólo el dueño o dueña de la identidad del usuario debe conocer. Puede conformarse mediante el empleo de combinaciones de letras mayúsculas, minúsculas y números, de acuerdo a las políticas institucionales definidas al respecto.

Red Internacional (Internet): Es un conjunto descentralizado de redes de comunicación, y de sistemas informáticos independientes. Siendo el WWW una de las formas más comunes para utilizar la Internet.

Red Interna (Intranet): Red privada que se basa en las mismas tecnologías que Internet, pero restringida para el uso de un grupo de usuarias o usuarios específicos; por ejemplo, usuarios de una organización, de un edificio o de un conjunto de oficinas.

Recursos tecnológicos: Son los componentes o dispositivos tanto de equipo electrónico (hardware), como de programas (software) o de comunicación, que permiten a una persona interactuar directa o indirectamente con la información; ya sea leerla, copiarla, moverla, transmitirla, escucharla o visualizarla. El recurso informático incluye cualquier dispositivo electrónico, sean propiedad del Poder Judicial, arrendados, propios de las y los usuarios, o cualquier otro medio de adquisición autorizado por la Administración Superior, que ayuden a las y los usuarios en el desempeño de sus labores.

Dispositivo electrónico: Se denomina así a todo aquel aparato en el cual se combinen componentes electrónicos, organizados en circuitos, tales como: computadores portátiles, agendas electrónicas, teléfonos celulares, dispositivos de almacenamiento externo, etc.

Reglamento: Para el caso de esta normativa, se entenderá como el presente “Reglamento para la administración y uso de los recursos tecnológicos del Poder Judicial”.

Programas (software): Son las instrucciones que hacen que el computador sea útil para el usuario y la usuaria. Es el componente intangible, pero necesario para que el equipo funcione.

Malware: Conocido también como virus, spyware, gusanos, entre otros, son una secuencia de código que se inserta en un archivo, sin consentimiento del dueño o dueña de la computadora, denominado “huésped”, de forma que cuando el archivo se ejecuta, el malware también lo hace y se duplica a sí mismo en otros programas. Los malware generalmente tienen como objetivo afectar el correcto funcionamiento de los recursos tecnológicos.

Sistemas de comunicación electrónica: Son los dispositivos y programas utilizados por las y los usuarios para comunicar mensajes, los cuales pueden ser escritos, de voz o de video. Por ejemplo: correo electrónico, videoconferencias, chat, entre otros.

Conducta inapropiada: Ejecución de acciones que vayan en contra de las buenas costumbres, y todo aquello que atente contra la dignidad, la ética o los principios morales, así como en contra de las disposiciones y reglamentación del Poder Judicial.

Uso personal: Acciones realizadas por las y los usuarios utilizando los recursos tecnológicos en actividades no relacionadas con las funciones asignadas dentro del Poder Judicial.

Memoria removible: Sistema de almacenamiento y transporte personal de datos.

Información Pública: Aquella información que permite el adecuado control y manejo de fondos públicos, así como la pertinencia de los servicios públicos que presta el Poder Judicial, al facilitar a las y los administrados, ejercer un control de la legalidad, oportunidad, conveniencia y eficacia de la función administrativa desplegada por la Institución.

CAPÍTULO IIResponsabilidades del Departamento de Tecnología

de Información y ComunicacionesArtículo 4º—Competencia. El Departamento de Tecnología

de Información y Comunicaciones, es el responsable de formular y proponer para su aprobación a la Administración Superior, en coordinación con la Dirección Ejecutiva en lo que se refiere a los aspectos administrativos, financieros, presupuestarios y legales, las políticas en materia tecnológica del Poder Judicial, y velar por su cumplimiento.

Artículo 5º—Administración y mantenimiento de recursos tecnológicos. El Departamento de Tecnología de Información y Comunicaciones en coordinación con las dependencias que éste designe, serán los responsables de administrar y dar soporte técnico y velar por el buen funcionamiento de la infraestructura tecnológica del Poder Judicial.

Artículo 6º—Instalación de software. El Departamento de Tecnología de Información y Comunicaciones, así como el personal que éste designe, son los únicos autorizados para instalar, actualizar y desinstalar software o programas en los equipos del Poder Judicial. Únicamente se podrá instalar herramientas que sean parte de la lista de software base autorizado por la Administración Superior. Cualquier necesidad específica que se tenga y que no esté incluida en esta lista, deberá ser aprobada por el Departamento de Tecnología de Información y Comunicaciones conforme a las directrices emitidas por la Administración Superior.

CAPÍTULO IIIResponsabilidades de los jefes(as) de oficina y/o coordinadores

Artículo 7º—Uso de los recursos tecnológicos. De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de

Control Interno, es deber de las y los jefes de Oficina y/o coordinadores velar porque se dé un uso racional a los recursos tecnológicos del Poder Judicial, de conformidad con lo dispuesto en el presente reglamento, las políticas dictadas por la Administración Superior y los lineamientos técnicos emitidos por el Departamento de Tecnología de Información y Comunicaciones; y realizar las acciones administrativas que correspondan en caso de incumplimiento.

Artículo 8º—Control y custodia de activos. Las jefaturas y/o coordinadores deberán controlar y registrar el ingreso y salida de los recursos tecnológicos asignados a la oficina a su cargo, así como reportar y coordinar ante el ente respectivo cualquier falla que se pueda presentar en dichos equipos, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento para el Registro, Control y Uso de Mobiliario y

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Jueves 6 de noviembre del 2014 BOLETIN JUDICIAL Nº 214 — Pág 3

Equipo de oficina del Poder Judicial. Asimismo, deberán cumplir, respecto de los recursos informáticos, con las disposiciones del Capítulo VIII del Reglamento para el Registro, Control y Uso de Mobiliario y Equipo de oficina del Poder Judicial.

Artículo 9º—Administración de los medios electrónicos de almacenamiento. Las jefaturas y/o coordinadores deberán velar por el cumplimiento de la normativa, directrices y mejores prácticas para el buen uso, desecho y reutilización de medios electrónicos o impresos que contenga información institucional, de acuerdo con el grado de confidencialidad de la información y las políticas establecidas en el documento “Políticas de Tecnología de Información y Comunicación para el Poder Judicial Costarricense”.

Artículo 10.—Cuentas de Usuarios(as). Las jefaturas, coordinadores o el personal autorizado oficialmente, deberán notificar al Departamento de Tecnología de Información y Comunicaciones cualquier movimiento que se realice en el personal a su cargo, sea por contratación, ascenso, destitución, etc., con el fin de gestionar los permisos o cuentas de usuarios respectivas para acceso a los recursos de la red.

CAPÍTULO IVResponsabilidades de las y los usuarios

Artículo 11.—Manipulación de los medios electrónicos de almacenamiento. Las personas que realicen una labor en el Poder Judicial, indistintamente de la relación laboral que tengan, deberán hacer un buen uso, desecho y reutilización de medios electrónicos o impresos que contenga información institucional, de acuerdo con el grado de confidencialidad de la información y las políticas establecidas en el documento “Políticas de Tecnología de Información y Comunicación para el Poder Judicial Costarricense”.

Artículo 12.—Administración de cuenta de usuario. Las cuentas de usuario asignadas y el uso que se haga de las mismas, se regirá por las siguientes disposiciones

a) A cada persona usuaria se le proporcionará un identificador y contraseña personal para acceder a los recursos tecnológicos. Esta identificación digital se le asignará de acuerdo con el perfil de su puesto.

b) La contraseña es estrictamente de uso personal y por tanto confidencial. En ningún caso es permitido compartirla o cederla a terceros, aun cuando los propósitos sean laborales.

c) Cada persona usuaria será responsable de las acciones que se reporten ejecutadas con su identificador digital y contraseña, asumiendo las consecuencias de las actuaciones que resulten de su uso.

d) Se deberá cambiar la contraseña de acuerdo con las políticas establecidas por el Departamento de Tecnología de Información y Comunicaciones.Artículo 13.—Administración de los recursos tecnológicos.

Es responsabilidad de las y los usuarios respetar la integridad de los recursos tecnológicos a los que tengan acceso y hacer uso racional de éstos para la ejecución de sus labores. Para estos efectos, se deberán cumplir con las siguientes disposiciones:

a) Cada vez que la persona usuaria deba ausentarse del computador, deberá bloquear el acceso, de forma que impida el uso indebido de su identidad digital en ese equipo por usuarios o usuarias diferentes.

b) Cuando el uso del equipo es compartido, la persona usuaria debe proceder a cerrar su sesión cada vez que no requiera utilizarlo. De esta forma el equipo queda habilitado para ser accedido por otra persona.

c) Es responsabilidad de la persona usuaria administrar, proteger, respaldar, conservar y eliminar, según corresponda, la información digital contenida en los diferentes medios de almacenamiento a su cargo (computadora, discos duros de la computadora y otros medios).

d) La persona usuaria deberá comunicar al personal del Departamento de Tecnología de la Información y Comunicación, los incidentes de seguridad, tales como: sospecha de virus, malware, debilidades en los sistemas y fallas que puedan impactar negativamente la seguridad de la información y en general los activos tecnológicos del Poder Judicial.

e) Los y las usuarias deberán abstenerse en todo momento de remover, cambiar o intercambiar los componentes internos de los recursos tecnológicos y programar o reprogramar e instalar o desinstalar programas (software) en los equipos del Poder Judicial.

f) Los y las usuarias utilizarán los recursos tecnológicos del Poder Judicial, únicamente para actividades propias de su función, con las salvedades contenidas en el artículo 19 del presente reglamento. Asimismo, seguirán las mejores prácticas definidas por el Departamento de Tecnología de Información y Comunicaciones con el fin de que se haga un uso adecuado de estos activos.

g) La persona usuaria debe emplear únicamente el equipo informático y programas (software) que se le hayan asignado para el ejercicio de sus labores, o en su defecto, deberá comunicar a la jefatura inmediata la necesidad de adquirir herramientas adicionales, para valorar su utilidad y a su vez realizar las gestiones ante el Departamento de Tecnología de Información y Comunicaciones para lo que corresponda.

h) La persona usuaria será responsable de los daños que ocasione a los equipos como resultado de la ejecución de conductas que vayan en detrimento de los recursos tecnológicos del Poder Judicial.

i) Los y las usuarias no deberán suprimir, modificar, borrar o alterar los medios de identificación de los equipos, por ejemplo, placas de activos, números de serie, entre otros. En caso de pérdida o deterioro de alguno de estos medios de identificación, deberá reportarlo a su superior inmediato para lo que corresponda.

j) La persona usuaria debe procurar el mejor aprovechamiento de los recursos de almacenamiento del equipo asignado o el disponible en la red, con el fin de mantener en ellos solamente información de interés institucional.

k) Los y las usuarias aplicarán los lineamientos de seguridad que dicte el Departamento de Tecnología de Información y Comunicaciones, para evitar el ingreso de aplicaciones no deseadas (virus, malware, etcétera) a los sistemas tecnológicos judiciales.Artículo 14.—Protección de recursos tecnológicos. Las

personas usuarias deberán seguir las directrices institucionales que eviten la introducción de malware o la manipulación indebida de la información. Por tanto, cuando se utilice el acceso a Internet, las comunicaciones electrónicas, las memorias removibles y otros servicios tecnológicos, deberán:

a) Utilizar la Internet y los sistemas de comunicación electrónica de acuerdo con las disposiciones que emita la Administración Superior.

b) Mantener las condiciones de seguridad de los sistemas, incluyendo la confidencialidad de las palabras claves.

c) Ejecutar la revisión de malware a los dispositivos externos antes de acceder a su información, haciendo uso de las herramientas tecnológicas proveídas por el Poder Judicial.

d) Resguardar la información de carácter confidencial, de acceso restringido, o aquella que goce de protección por los derechos de autor o sea de uso exclusivo del Poder Judicial, a la que tenga acceso; quedando estrictamente prohibido comunicarla o facilitarla, directa o indirectamente a un tercero sin la debida autorización.

e) Abstenerse de utilizar o descargar documentos o archivos que no tengan relación alguna con sus labores habituales.

CAPÍTULO VDe las prohibiciones

Artículo 15.—Información no permitida. Se prohíbe el acceso, copia, impresión, almacenamiento o divulgación de información con contenido pornográfico, racista, sexual o cualquier material que atente contra la dignidad, la ética o los principios morales y que no sean propios de investigaciones o actuaciones judiciales.

Artículo 16.—Ejecución de programas. No es permitido descargar, ejecutar o copiar programas de software no autorizados y contrarios a las políticas institucionales.

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Jueves 6 de noviembre del 2014Pág 4 — BOLETIN JUDICIAL Nº 214

Artículo 17.—Copia y distribución de información. Es prohibida la copia o distribución de información institucional de carácter confidencial o de acceso restringido, así como aquella que esté protegida por derechos de autor o sea de uso exclusivo del Poder Judicial. En cuanto a la distribución de información pública en forma masiva, ésta solamente podrá ser enviada cuando medie la autorización de la Dirección Ejecutiva o se ajuste a las políticas de información aprobadas por la Corte Plena o el Consejo Superior.

Artículo 18.—Otras prohibiciones. Las demás que establezca y comunique oportunamente la Administración Superior para lograr un mejor uso de los recursos tecnológicos institucionales.

CAPÍTULO VIDe las comunicaciones electrónicas e Internet

Artículo 19.—Solicitud de cuentas de correo electrónico y acceso a Internet. Las jefaturas deberán solicitar al Departamento de Tecnología de Información y Comunicaciones, la creación y activación de cuentas de correo electrónico e Internet. La activación de este tipo de servicios está directamente relacionada con el perfil del puesto que las personas desempeñan y a la factibilidad técnica para lograrlo.

Artículo 20.—Uso laboral. Los servicios de Internet y los sistemas de comunicaciones electrónicas deberán utilizarse únicamente para propósitos laborales, sin embargo, se considera aceptable el uso personal cuando:

a) No interfiera con la productividad o desempeño laboral de las y los servidores judiciales, así como demás personas usuarias.

b) No afecte de forma negativa el desempeño de los recursos tecnológicos.

c) No viole las disposiciones o políticas institucionales, leyes nacionales o internacionales.

d) No afecte la buena imagen del Poder Judicial.Artículo 21.—Envío de comunicaciones. En toda

comunicación electrónica, el usuario o usuaria deberá mantener los cuidados, profesionalismo y discreción que guarda con los documentos o memorandos impresos.

Artículo 22.—Monitoreo. El Departamento de Tecnología de Información y Comunicaciones pondrá en funcionamiento herramientas de control automatizadas para analizar y detectar los usos y comportamientos indebidos o ilícitos en la red, sin que se violenten los derechos constitucionales de libertad de expresión y privacidad de las comunicaciones.

Artículo 23.—Envío de correos electrónicos. Para el envío de correos electrónicos, no se permite al usuario o usuaria:

a) Asumir la identidad de otra persona, nombres falsos o anónimos.

b) Enviar correos que comprometan la imagen del Poder Judicial.c) Enviar correos tipo “cadena” a uno o más destinatarios.

Artículo 24.—Envío de correos masivos. Se prohíbe el envío de correos masivos. Se exceptúan de esta prohibición las oficinas expresamente autorizadas para este fin por el Consejo Superior y las demás que la Dirección Ejecutiva autorice.

Artículo 25.—Suspensión del servicio. En caso de que el Departamento de Tecnología de Información y Comunicaciones identifique una falla de seguridad en un recurso tecnológico, podrá suspender el acceso a los servicios de comunicaciones electrónicas e Internet, mientras ésta es corregida, para evitar problemas adicionales que se puedan ocasionar mientras se elimina la falla detectada.

CAPÍTULO VIIDe la administración de los recursos de hardware

Artículo 26.—Manipulación del recurso tecnológico. El Departamento de Tecnología de Información y Comunicaciones y el personal designado por éste, son los únicos autorizados a remover, cambiar o intercambiar los componentes internos de los recursos tecnológicos y configurar o reconfigurar, programar o reprogramar e instalar o desinstalar programas (software) en los equipos de la Institución.

Artículo 27.—Equipo propiedad de terceros. No se permite la conexión a la red institucional de equipos propiedad de terceros que no se ajusten a los lineamientos que establezca el Departamento

de Tecnología de Información y Comunicaciones. En caso de que sea necesaria la conexión de un equipo de esta naturaleza, se deberá contar con la aprobación del Departamento de Tecnología.

Artículo 28.—Inventario de equipo tecnológico. Las jefaturas y/o coordinadores son los responsables de mantener un inventario actualizado de los equipos tecnológicos de las oficinas bajo su cargo.

CAPÍTULO VIIIDe la administración de los recursos de software

Artículo 29.—Desarrollo de aplicaciones informáticas. Todo proyecto que implique el desarrollo o implementación de aplicaciones, páginas “web” o cualquier otro servicio tecnológico, debe ajustarse a los lineamientos aprobados por la Administración Superior y coordinado con el Departamento de Tecnología de Información y Comunicaciones.

CAPÍTULO IXDel régimen disciplinario

Artículo 30.—Acciones disciplinarias. Las infracciones al presente reglamento darán motivo para iniciar el correspondiente procedimiento administrativo disciplinario de conformidad con lo que dispone la Ley Orgánica del Poder Judicial.

CAPÍTULO XDisposiciones finales

Artículo 31.—Recursos. En contra de lo resuelto por el Departamento de Tecnología de la Información y Comunicación, cabrá recurso de revocatoria ante el mismo Departamento y de apelación ante la Dirección Ejecutiva.

Artículo 32.—Interpretación y modificaciones al presente reglamento Corresponde a la Corte Plena interpretar, adicionar o modificar las normas del presente reglamento.

Artículo 33.—Integración normativa. Los aspectos no previstos en este reglamento se regularán por lo que dispone la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley General de Control Interno, las Políticas de Tecnología de Información y Comunicaciones del Poder Judicial, y demás ordenamiento jurídico en lo que sea aplicable.

Artículo 34.—Derogatorias. Se deroga el Reglamento para la Administración y uso de los recursos informáticos del Poder Judicial aprobado por Corte Plena en sesión celebrada el 16 de febrero de 2006, artículo LI.

Artículo 35.—Vigencia. El presente Reglamento rige a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Judicial.”

San José, 24 de setiembre de 2014. Silvia Navarro Romanini

1 vez.—(IN2014073054) Secretaria General

CIRCULAR N° 205-2014Asunto: Deber de prestar la atención debida a los procesos de

levantamiento de inventario.A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:El Consejo Superior en sesión N° 78-14, celebrada el 2 de

setiembre de 2014, artículo LXXVII, acordó comunicarles que deben prestar la atención necesaria a los procesos de inventario, a efecto de que se realicen de la forma correcta.

San José, 26 de setiembre de 2014. Silvia Navarro Romanini

1 vez.—(IN2014073055) Secretaria General

CIRCULAR Nº 206-2014Asunto: Reiteración de la circular Nº 37-13, sobre “Uso del Sistema

para Impedimentos de Salida del país, circular N° 112-12 de la Dirección Ejecutiva”.

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES QUE EMITENIMPEDIMENTOS DE SALIDA DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 79-14,

celebrada el 4 de setiembre de 2014, artículo CV, acordó reiterarles la circular Nº 37-13, sobre “Uso del Sistema para Impedimentos de Salida del país, circular Nº 112-12 de la Dirección Ejecutiva”, publicada en el Boletín Judicial Nº 52 del 14 de marzo de 2013, que indica:

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Jueves 6 de noviembre del 2014 BOLETIN JUDICIAL Nº 214 — Pág 5

“El Consejo Superior en sesión N° 06-13, celebrada el 24 de enero de 2013, artículo LXXXVII, acordó comunicarles que quienes no procedan conforme a lo dispuesto en la circular N° 112-12, de la Dirección Ejecutiva, tendrán responsabilidad disciplinaria, civil y penal por su incumplimiento.

El texto de la circular literalmente dice:“Tal y como se indicó mediante Circular 105-2012, el proceso

de revisión de los impedimentos de salida del país en la base de datos de la Dirección General de Migración y Extranjería fue suspendido por serios y graves inconsistencias en la información.

En su lugar, se les comunica que a partir del próximo 1° de enero del 2013, deberán registrar en el Sistema de Obligados a Pensiones Alimentarias y Penal (SOAP), los impedimentos de salida del país que se encuentren vigentes, dictados por los despachos judiciales y oficinas a su cargo.

Además, deberán registrar en dicho Sistema los impedimentos que dicten durante el primer semestre del 2013, así como las modificaciones y eliminaciones.

Las comunicaciones a la Dirección General de Migración y Extranjería, se deberán continuar haciendo por los medios ya definidos y reiterados mediante Circular N° 104-2012.

Se espera que a partir del 1° de julio del 2013, la fuente de consulta de la Dirección General de Migración y Extranjería sea la información que consta en el SOAP, por lo que será responsabilidad de los despachos y oficinas judiciales hacer oportunamente los registros en dicho sistema y mantenerlos actualizados.

Se adjunta el Manual del Usuario del SOAP para cualquier consulta.”

San José, 26 de setiembre de 2014. Silvia Navarro Romanini

1 vez.—(IN2014073056). Secretaria General

CIRCULAR Nº 207-2014Asunto: Reiteración de la circular N° 178-12, sobre “Sistema de

Obligados Alimentarios de Pensiones (SOAP)”A LOS DESPACHOS JUDICIALES QUE CONOCEN

MATERIA DE PENSIONES ALIMENTARIASSE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 79-14, celebrada el 4 de setiembre de 2014, artículo CV, acordó reiterarles la circular No. 178-12, sobre “Sistema de Obligados Alimentarios de Pensiones (SOAP)”, publicada en el Boletín Judicial N° 224 del 20 noviembre de 2012, que indica:

“El Consejo Superior, en sesión Nº 85-12, celebrada el 25 de setiembre de 2012, artículo LXX, acordó comunicarles a solicitud de la Comisión de Jurisdicción de Familia sobre el Sistema de Obligados Alimentarios de Pensiones (SOAP) del Registro Judicial, con la finalidad de invitarlos para que puedan utilizarlo y facilitar la comunicación de los impedimentos y levantamientos de salida del país, así como poder consultar quienes están incluidos en el índice de obligados alimentarios.

Asimismo se les indica que cualquier situación que se les presente en relación con el sistema, debe ser coordinado directamente con la Dirección de Tecnología de Información”.

San José, 26 de setiembre de 2014. Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—(IN2014073057) Secretaria General

CIRCULAR Nº 209-2014Asunto: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el

ejercicio de su profesión, actualizada al 2 de octubre de 2014.

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional.

LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN ELEJERCICIO DE LA PROFESIÓN

ACTUALIZADA AL 2 DE OCTUBRE DE 2014

NOMBRE DEL ABOGADONº

CARNÉ TIEMPO RIGE DELHASTA

EL GACETA

Acuña Castro Eduardo Enrique 4503 4 meses 03/09/2014 02/01/2015169 del

03/09/2014

Alvarado Cervantes Olman 4436 ***** 12/05/2011 *****91 del

12/05/2011

Alvarado Cervantes Olman 44362 años, tres

meses y 20 días 27/12/2013 15/04/2016250 del

27/12/2013

Badilla Toruño Minor 8362 1 Año 06/02/2014 05/02/2015247 del

21/12/2012

Barillas Jiménez Juan Alexis 115411 Año y 4

meses 04/09/2013 03/01/2015169 del

04/09/2013

Brenes Brenes José Miguel 987 4 meses 03/09/2014 02/01/2015169 del

03/09/2014

Campos Bautista Francisco 6976 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014

Cervantes Barrantes Rodolfo 103678 meses y 15

días 03/09/2014 17/05/2015169 del

03/09/2014

Chaves Fuentes Damaris 17276 3 meses 03/09/2014/ 02/12/2014169 del

03/09/2014

Corrales Alvarado Simón Andrés 5931 ** 03/09/2014 **169 del

03/09/2014

Cubero Campos José Fabián 7325 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014De León Quesada LilliamVanessa 17669 3 meses 04/09/2014 03/12/2014

170 del04/09/2014

De León Quesada LilliamVanessa 17669 ** 16/10/2013 **

107 del05/06/2014

Díaz Valladares Leda 15278 4 meses 03/09/2014 02/01/2015169 del

03/09/2014Díaz Díaz Yosef Yamín c.cCohen Díaz Yosef Yamín 15276 6 años 15/05/2014 14/05/2020

092 del15/05/2014

Di Bella Hidalgo Herbert 5869 12 Años 23/03/2007 22/03/2019 59 del 23-03-07

Echegaray Castellanos Edgar 27753 años y 6

meses 13/01/2012 12/06/201510 del

13/01/2012Fernández Vargas Bernardo Fidel 16131 3 años 13/10/2011 12/10/2014 197 13/10/2011González Salas Gerardo Ant. 5454 28 años 20/06/2007 19/06/2035 118 del 20-6-07

Guevara Duarte Ricardo Alberto 11155 5 meses 24/08/2014 23/01/2015048 del

08/03/2012Hernández Quirós FranciscoJavier 6526 4 meses 07/09/2014 06/01/2015

115 del17/06/2013

Hernández Quirós FranciscoJavier 6526 7 meses 06/01/2015 05/08/2015

44 del04/03/2014

Jara Guzmán Francisco Antonio 14599 * 11/03/2014 *49 del

11/03/2014

Jiménez Castrillo José Luis 16220 3 años 27/12/2013 26/12/2016250 del

27/12/2013

Jiménez Rodriguez Victorino 8040 * 06/07/2010 *130 del

06/07/2010

López Elizondo Steve 9792 6 meses 06/07/2014 05/01/2015199 del

18/10/2011Marín Rojas Gillio 11441 30 años 11/03/2004 10/03/2034 50 del 11/03/04

Mata Araya Rodrigo 3134 ** 10/05/2013 **115 del

17/06/2013

Matamoros Arosemena Pablo 11291 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014

Mora Guevara William 10370 3 años 22/08/2012 21/08/2015161 del

22/08/2012

Morales López Dagoberto 114452 años y 2

meses 03/09/2014 02/11/2016169 del

03/09/2014Núñez Mata Federico 15398 6 meses, 2 días 26/02/2014 28/02/2015 ***

Peña Zúñiga Hugo Eduardo 6679 5 meses 16/05/2014 15/10/2014093 del

16/05/2014

Pérez Fuentes José Gerardo 15079 ** 30/04/2014 **107 del

05/06/2014

Quesada Elizondo Carlos Luis 10740 5 meses 18/05/2014 17/10/2014211 del

01/11/2013

Quesada Ugalde Iveth Emilia 12524 3 meses 04/09/2014 03/12/2014169 del

03/09/2014

Ramírez Ulate Bernal 4547 3 años 01/11/2013 31/10/2016211 del

01/11/2013Robles Macaya Carlos Hernán 2416 24 Años 15/04/2005 14/04/2029 72 del 15/04/05Rodríguez Bastos Fabio Evencio 3991 3 años 13/10/2011 12/10/2014 197 del

13/10/2011

Rodríguez Bastos Fabio Evencio 3991 4 meses 13/10/2014 12/02/2015247 del

21/12/2012

Rodríguez Solano Pablo 8480 3 años 03/09/2014 02/09/2017169 del

03/09/2014

Rojas Fallas Luis Alexánder 169858 años y 7

meses 11/03/2014 10/10/202249 del

11/03/2014

Rojas Saborío Manuel David 151003 años y 3

meses 24/08/2012 23/11/2015163 del

24/08/2012

Rojas Saborío Manuel David 15100 9 meses 24/11/2015 23/08/2016107 del

05/06/2014

Ruiz Bonilla Jorge Luis 5431 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014Salas Salazar Kenneth 1356 20 Años 11/03/2004 10/03/2024 50 del 11/03/04

Tenorio Castro Luis Gdo. 98503 años y 3

meses 14/09/2014 13/12/2017 59 del 23/03/07

Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 4 años 14/12/2017 13/12/2021135 del

14/07/2008Tijerino Medina YolandaMargarita 10399 * 17/06/2013 *

115 del17/06/2013

Valverde Segura Jorge Enrique 8540 3 años 24/04/2013 23/04/2016193 del

08/10/2007

Valverde Segura Jorge Enrique 85403 años y 5

meses 24/04/2016 23/09/2019193 del

03/09/2014

Vargas Barrantes Walter 11875 3 años 08/03/2013 07/03/2016048 del

08/03/2013

Vargas Montero Carlos 9480 3 meses 05/06/2014 04/06/2014107 del

05/06/2014

Vargas Rivera José Eduardo 13901 4 meses 05/06/2014 04/10/2014107 del

05/06/2014

Villalobos Salas José Alberto 12163 21 meses 05/03/2014 04/12/2015211 del

01/11/2013

Villalobos Salas José Alberto 12163 6 meses 05/12/2015 04/06/2016250 del

27/12/2013

Villalobos Salas José Alberto 12163 8 meses 05/06/2016 04/02/2017092 del

15/05/2014

Vosman Roldán Reynaldo 5067 6 años 03/09/2014 02/09/2020169 del

03/09/2014

Zúñiga Brenes José Martín 5354 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014

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Jueves 6 de noviembre del 2014Pág 6 — BOLETIN JUDICIAL Nº 214

Estado y con la circular emitida por la Dirección Ejecutiva, Nº 72-2011, del 16 de setiembre de 2011, en la que se indica que en lo sucesivo cuando se ordene en sentencia el giro de dineros a favor del Estado, los fondos deben ser depositados bajo el código 42005 “Ministerio de Hacienda” y descontinuar el uso del código 45522 “El Estado”.

San José, 3 de octubre de 2014. Silvia Navarro Romanini1 vez.—(IN2014073061) Secretaria General

CIRCULAR Nº 214-2014Asunto: Reiteración de la circular Nº 6-11, sobre “Manejo de

armas en custodia del Arsenal Nacional”.A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 83-14,

celebrada el 18 de setiembre de 2014, artículo LXXXIII, acordó reiterarles la circular Nº 6-11, sobre “Manejo de armas en custodia del Arsenal Nacional”, publicada en el Boletín Judicial Nº 36 del 21 de febrero de 2014, que indica:

“El Consejo Superior en sesión Nº 104-10 celebrada el 25 de noviembre de 2010, artículo XLV, dispuso comunicarles que cuando resuelvan una causa que contiene armas en custodia del Arsenal Nacional deben acatar la directriz descrita en la Circular N° 154-10, publicada en el Boletín Judicial N° 229 del 25 de noviembre de este año, es decir, que si se determina que se puede disponer del bien en el acto, definan su destino, ya sea devolverlo, donarlo o destruirlo.

Asimismo, deben informarlo al encargado del Arsenal y en caso de donación hacer la comunicación correspondiente al Departamento de Proveeduría Judicial, con el fin de no congestionar las bodegas”.

San José, 8 de octubre de 2014. Silvia Navarro Romanini1 vez.—(IN2014073062) Secretaria General

CIRCULAR Nº 215-2014Asunto: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el

ejercicio de su profesión, actualizada al 7 de octubre de 2014.

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍSSE LES HACE SABER QUE:

En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional.

LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN ELEJERCICIO DE LA PROFESIÓN

ACTUALIZADA AL 2 DE OCTUBRE DE 2014

NOMBRE DEL ABOGADONº

CARNÉ TIEMPO RIGE DELHASTA

EL GACETA

Acuña Castro Eduardo Enrique 4503 4 meses 03/09/2014 02/01/2015169 del

03/09/2014

Alvarado Cervantes Olman 4436 ***** 12/05/2011 *****91 del

12/05/2011

Alvarado Cervantes Olman 44362 años, tres

meses y 20 días 27/12/2013 15/04/2016250 del

27/12/2013

Badilla Toruño Minor 8362 1 Año 06/02/2014 05/02/2015247 del

21/12/2012

Barillas Jiménez Juan Alexis 115411 Año y 4

meses 04/09/2013 03/01/2015169 del

04/09/2013

Brenes Brenes José Miguel 987 4 meses 03/09/2014 02/01/2015169 del

03/09/2014

Campos Bautista Francisco 6976 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014

Cervantes Barrantes Rodolfo 103678 meses y 15

días 03/09/2014 17/05/2015169 del

03/09/2014

Chaves Fuentes Damaris 17276 3 meses 03/09/2014/ 02/12/2014169 del

03/09/2014

Corrales Alvarado Simón Andrés 5931 ** 03/09/2014 **169 del

03/09/2014

Cubero Campos José Fabián 7325 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014De León Quesada LilliamVanessa 17669 3 meses 04/09/2014 03/12/2014

170 del04/09/2014

13/10/2011

Rodríguez Bastos Fabio Evencio 3991 4 meses 13/10/2014 12/02/2015247 del

21/12/2012

Rodríguez Solano Pablo 8480 3 años 03/09/2014 02/09/2017169 del

03/09/2014

Rojas Fallas Luis Alexánder 169858 años y 7

meses 11/03/2014 10/10/202249 del

11/03/2014

Rojas Saborío Manuel David 151003 años y 3

meses 24/08/2012 23/11/2015163 del

24/08/2012

Rojas Saborío Manuel David 15100 9 meses 24/11/2015 23/08/2016107 del

05/06/2014

Ruiz Bonilla Jorge Luis 5431 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014Salas Salazar Kenneth 1356 20 Años 11/03/2004 10/03/2024 50 del 11/03/04

Tenorio Castro Luis Gdo. 98503 años y 3

meses 14/09/2014 13/12/2017 59 del 23/03/07

Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 4 años 14/12/2017 13/12/2021135 del

14/07/2008Tijerino Medina YolandaMargarita 10399 * 17/06/2013 *

115 del17/06/2013

Valverde Segura Jorge Enrique 8540 3 años 24/04/2013 23/04/2016193 del

08/10/2007

Valverde Segura Jorge Enrique 85403 años y 5

meses 24/04/2016 23/09/2019193 del

03/09/2014

Vargas Barrantes Walter 11875 3 años 08/03/2013 07/03/2016048 del

08/03/2013

Vargas Montero Carlos 9480 3 meses 05/06/2014 04/06/2014107 del

05/06/2014

Vargas Rivera José Eduardo 13901 4 meses 05/06/2014 04/10/2014107 del

05/06/2014

Villalobos Salas José Alberto 12163 21 meses 05/03/2014 04/12/2015211 del

01/11/2013

Villalobos Salas José Alberto 12163 6 meses 05/12/2015 04/06/2016250 del

27/12/2013

Villalobos Salas José Alberto 12163 8 meses 05/06/2016 04/02/2017092 del

15/05/2014

Vosman Roldán Reynaldo 5067 6 años 03/09/2014 02/09/2020169 del

03/09/2014

Zúñiga Brenes José Martín 5354 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014

* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal.

** La suspensión será hasta le revocación de medida cautelar o finalización del proceso penal.

*** Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal de Pérez Zeledón de las 07:08 del 26/8/2014.

***** Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.

Silvia Navarro Romanini,1 vez.—(IN2014073058) Secretaria general

CIRCULAR Nº 210-2014Asunto: Deber de utilizar la pizarra informativa correctamente.

A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍSSE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión Nº 82-14, celebrada el 16 de setiembre de 2014, artículo XL, acordó comunicarles la importancia y necesidad de utilizar la pizarra informativa adecuadamente y para los fines oficiales que fue creada.

San José, 2 de octubre de 2014. Silvia Navarro Romanini

1 vez.—(IN2014073059) Secretaria General

CIRCULAR Nº 211-2014Asunto: Deber de relacionar los movimientos de las cuentas

corrientes de costas, con los respectivos expedientes.A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:El Consejo Superior en sesión N° 77-14, celebrada el 28 de

agosto de 2014, artículo LXXIII, acordó comunicarles que deben relacionar los movimientos de las cuentas corrientes de costas a favor del Estado que se encuentran en el Sistema de Depósitos Judiciales (SDJ), con los respectivos expedientes que originan el traslado de esos recursos e indicar su número.

Lo anterior, en procura de estandarizar el procedimiento que permita conocer el historial de las acciones judiciales asociadas a cada cuenta y la ubicación y trayectoria de los documentos.

San José, 3 de octubre 2014. Silvia Navarro Romanini,1 vez.—(IN2014073060) Secretaria General

CIRCULAR Nº 213-2014Asunto: Deber de cumplir con la normativa sobre identificación

del giro de dineros a favor del Estado.A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:El Consejo Superior en sesión N° 77-14, celebrada el 28 de

agosto de 2014, artículo LXXIII, acordó comunicarles que deben tomar las medidas correctivas a efecto de que se cumpla con la normativa sobre la identificación del giro de dineros a favor del

LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN ELEJERCICIO DE LA PROFESIÓN

ACTUALIZADA AL 7 DE OCTUBRE DE 2014

NOMBRE DEL ABOGADO

NºCARN

É TIEMPO RIGE DELHASTA

EL GACETA

Acuña Castro Eduardo Enrique 4503 4 meses 03/09/2014 02/01/2015169 del

03/09/2014

Alvarado Cervantes Olman 4436 ***** 12/05/2011 *****91 del

12/05/2011

Alvarado Cervantes Olman 44362 años, tres

meses y 20 días 27/12/2013 15/04/2016250 del

27/12/2013

Badilla Toruño Minor 8362 1 Año 06/02/2014 05/02/2015247 del

21/12/2012

Barillas Jiménez Juan Alexis 115411 Año y 4

meses 04/09/2013 03/01/2015169 del

04/09/2013

Brenes Brenes José Miguel 987 4 meses 03/09/2014 02/01/2015169 del

03/09/2014Ceciliano Rivera Mauricio 11047 * 21/08/2014 * *

Cervantes Barrantes Rodolfo 103678 meses y 15

días 03/09/2014 17/05/2015169 del

03/09/2014

Chaves Fuentes Damaris 17276 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014

Corrales Alvarado Simón Andrés 5931 ** 03/09/2014 **169 del

03/09/2014

Cubero Campos José Fabián 7325 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014

De León Quesada Lilliam Vanessa 17669 3 meses 04/09/2014 03/12/2014170 del

04/09/2014

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Jueves 6 de noviembre del 2014 BOLETIN JUDICIAL Nº 214 — Pág 7

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIALTERCERA PUBLICACIÓN

ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales de los cantones de Aguirre y Parrita de la provincia de Puntarenas.

SE HACE SABER:Que las oficinas judiciales de los cantones de Aguirre y Parrita

de la provincia de Puntarenas, permanecerán cerradas durante el día treinta de octubre del dos mil catorce, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos del cantón de Aguirre.

San José, 14 de octubre del 2014. MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán(IN2014070771) Subdirector Ejecutivo

UNA PUBLICACIÓNDe conformidad con lo dispuesto en el artículo N° 11 de la

Ley N° 2281 “Creación del Fondo de Socorro Mutuo del Poder Judicial”, se invita a los servidores judiciales aquí citados, que en la actualidad se encuentran con permisos y suspensiones sin goce de salario, para que dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la publicación de este aviso, procedan a cancelar el saldo adeudado por concepto de cuotas atrasadas, mediante depósito en la cuenta corriente N° 100-01-095-001214-2 del Banco Nacional de Costa Rica denominada “Fondo de Socorro Mutuo”, o en la caja del Departamento de Financiero Contable, sita en el primer piso del Edificio de la Plaza de la Justicia. De no hacerlo, perderán los derechos que como mutualista les otorga la citada Ley.

Cédula deidentidad Nombre y apellidos Saldo

107530631 CARVAJAL PEREZ MARVIN ANTONIO ¢ 5.000.00108600511 LEON SANABRIA YESENIA MARIA ¢9.000.00108940502 ROJAS AGUILAR HAROLD JOSE ¢15.500.00109070371 MALESPIN MUÑOZ IRVING JOSE ¢4.000.00112100975 VILLARREAL ALVAREZ JUAN MANUEL ¢9.000.00112780582 COTO ROJAS HECTOR ¢7.000.00114870758 DURAN DURAN JORGE LEONARDO ¢7.000.00204870807 MORERA GONZALEZ LAURA MARIA ¢18.000.00205580153 CHACON VASQUEZ ROSA CRISTINA ¢5.000.00303360072 MEJIA MARIN MIRIAM ADRIANA ¢12.000.00303390453 SANCHEZ ARAYA ARALLY DE JESUS ¢10.000.00303370501 SANDOVAL DURAN CARLOS FABIAN ¢3.000.00303910970 MONGE CAMACHO HENRY ¢4.000.00401290944 VILLEGAS ARIAS RODRIGO GERARDO ¢4.000.00401960590 SALICETTI SEGURA ANGIE ¢4.000.00503150736 GABRIELA RUIZ JUAREZ ¢25.000.00602470390 COTO ALFARO KENNETH GERARDO ¢14.000.00602770765 CHAVES OROCU KARINA ¢12.000.00800850054 INTERIANO DIAZ ROSA AMINTA ¢7.000.00800860865 DIAZ WILCHES OLGA PATRICIA ¢4.000.00900810101 CALDERON JIMENEZ JOSEFINA MARIBEL ¢6.000.00

San José, 7 de octubre del 2014.Mba. Rodrigo Arroyo Guzmán,

1 vez.—(IN2014071087). Subdirector Ejecutivo

SALA PRIMERAA la señora Beatriz Santos Rigali, de domicilio ignorado,

se hace saber: que en diligencias de exequátur promovidas por el señor Carlos Eduardo Bonilla Gutiérrez, contra ella, para obtener el exequátur de una sentencia dictada por la Corte del Décimo séptimo Circuito Judicial del Condado de Broward, Estado de Florida, Estados Unidos de América, en proceso de divorcio seguido entre las mismas partes, se ha dictado la resolución que en lo conducente dice: “NUE: 12-000089-0004-FA, Res: 001206-E-14, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las doce horas veinte minutos del once de setiembre de dos mil catorce. Solicitud para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio, establecidas por Carlos Eduardo Bonilla Gutiérrez, comerciante, con cédula N° 4-0094-0631 vecino de Cartago,

LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN ELEJERCICIO DE LA PROFESIÓN

ACTUALIZADA AL 7 DE OCTUBRE DE 2014

NOMBRE DEL ABOGADO

NºCARN

É TIEMPO RIGE DELHASTA

EL GACETA

Acuña Castro Eduardo Enrique 4503 4 meses 03/09/2014 02/01/2015169 del

03/09/2014

Alvarado Cervantes Olman 4436 ***** 12/05/2011 *****91 del

12/05/2011

Alvarado Cervantes Olman 44362 años, tres

meses y 20 días 27/12/2013 15/04/2016250 del

27/12/2013

Badilla Toruño Minor 8362 1 Año 06/02/2014 05/02/2015247 del

21/12/2012

Barillas Jiménez Juan Alexis 115411 Año y 4

meses 04/09/2013 03/01/2015169 del

04/09/2013

Brenes Brenes José Miguel 987 4 meses 03/09/2014 02/01/2015169 del

03/09/2014Ceciliano Rivera Mauricio 11047 * 21/08/2014 * *

Cervantes Barrantes Rodolfo 103678 meses y 15

días 03/09/2014 17/05/2015169 del

03/09/2014

Chaves Fuentes Damaris 17276 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014

Corrales Alvarado Simón Andrés 5931 ** 03/09/2014 **169 del

03/09/2014

Cubero Campos José Fabián 7325 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014

De León Quesada Lilliam Vanessa 17669 3 meses 04/09/2014 03/12/2014170 del

04/09/2014

De León Quesada Lilliam Vanessa 17669 ** 16/10/2013 **107 del

05/06/2014

Díaz Valladares Leda 15278 4 meses 03/09/2014 02/01/2015169 del

03/09/2014Díaz Díaz Yosef Yamín c.c CohenDíaz Yosef Yamín 15276 6 años 15/05/2014 14/05/2020

092 del15/05/2014

Di Bella Hidalgo Herbert 5869 12 Años 23/03/2007 22/03/2019 59 del 23-03-07

Echegaray Castellanos Edgar 27753 años y 6

meses 13/01/2012 12/06/201510 del

13/01/2012Fernández Vargas Bernardo Fidel 16131 3 años 13/10/2011 12/10/2014 197 13/10/2011González Salas Gerardo Ant. 5454 28 años 20/06/2007 19/06/2035 118 del 20-6-07

Guevara Duarte Ricardo Alberto 11155 5 meses 24/08/2014 23/01/2015048 del

08/03/2012

Hernández Quirós Francisco Javier 6526 4 meses 07/09/2014 06/01/2015115 del

17/06/2013

Hernández Quirós Francisco Javier 6526 7 meses 06/01/2015 05/08/201544 del

04/03/2014

Jara Guzmán Francisco Antonio 14599 * 11/03/2014 *49 del

11/03/2014

Jiménez Castrillo José Luis 16220 3 años 27/12/2013 26/12/2016250 del

27/12/2013

Jiménez Rodriguez Victorino 8040 * 06/07/2010 *130 del

06/07/2010

López Elizondo Steve 9792 6 meses 06/07/2014 05/01/2015199 del

18/10/2011Marín Rojas Gillio 11441 30 años 11/03/2004 10/03/2034 50 del 11/03/04

Mata Araya Rodrigo 3134 ** 10/05/2013 **115 del

17/06/2013

Matamoros Arosemena Pablo 11291 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014

Mora Guevara William 10370 3 años 22/08/2012 21/08/2015161 del

22/08/2012

Morales López Dagoberto 114452 años y 2

meses 03/09/2014 02/11/2016169 del

03/09/2014Núñez Mata Federico 15398 6 meses, 2 días 26/02/2014 28/02/2015 ***

Peña Zúñiga Hugo Eduardo 6679 5 meses 16/05/2014 15/10/2014093 del

16/05/2014

Pérez Fuentes José Gerardo 15079 ** 30/04/2014 **107 del

05/06/2014

Quesada Elizondo Carlos Luis 10740 5 meses 18/05/2014 17/10/2014211 del

01/11/2013

Quesada Ugalde Iveth Emilia 12524 3 meses 04/09/2014 03/12/2014169 del

03/09/2014

Ramírez Ulate Bernal 4547 3 años 01/11/2013 31/10/2016211 del

01/11/2013Robles Macaya Carlos Hernán 2416 24 Años 15/04/2005 14/04/2029 72 del 15/04/05Rodríguez Bastos Fabio Evencio 3991 3 años 13/10/2011 12/10/2014 197 del

13/10/2011

Rodríguez Bastos Fabio Evencio 3991 4 meses 13/10/2014 12/02/2015247 del

21/12/2012

Rodríguez Solano Pablo 8480 3 años 03/09/2014 02/09/2017169 del

03/09/2014

Rojas Fallas Luis Alexánder 169858 años y 7

meses 11/03/2014 10/10/202249 del

11/03/2014

Rojas Saborío Manuel David 151003 años y 3

meses 24/08/2012 23/11/2015163 del

24/08/2012

Rojas Saborío Manuel David 15100 9 meses 24/11/2015 23/08/2016107 del

05/06/2014

Ruiz Bonilla Jorge Luis 5431 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014Salas Salazar Kenneth 1356 20 Años 11/03/2004 10/03/2024 50 del 11/03/04

Tenorio Castro Luis Gdo. 98503 años y 3

meses 14/09/2014 13/12/2017 59 del 23/03/07

Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 4 años 14/12/2017 13/12/2021135 del

14/07/2008

Tijerino Medina Yolanda Margarita 10399 * 17/06/2013 *115 del

17/06/2013

Valverde Segura Jorge Enrique 8540 3 años 24/04/2013 23/04/2016193 del

08/10/2007

Valverde Segura Jorge Enrique 85403 años y 5

meses 24/04/2016 23/09/2019193 del

03/09/2014

Vargas Barrantes Walter 11875 3 años 08/03/2013 07/03/2016048 del

08/03/2013

Vargas Montero Carlos 9480 3 meses 05/06/2014 04/06/2014107 del

05/06/2014

Villalobos Salas José Alberto 12163 21 meses 05/03/2014 04/12/2015211 del

01/11/2013

Villalobos Salas José Alberto 12163 6 meses 05/12/2015 04/06/2016250 del

27/12/2013

Villalobos Salas José Alberto 12163 8 meses 05/06/2016 04/02/2017092 del

15/05/2014

Vosman Roldán Reynaldo 5067 6 años 03/09/2014 02/09/2020169 del

03/09/2014

Zúñiga Brenes José Martín 5354 3 meses 03/09/2014 02/12/2014169 del

03/09/2014

* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal.

** La suspensión será hasta le revocación de medida cautelar o finalización del proceso penal.

*** Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal de Pérez Zeledón de las 07:08 del 26/8/2014.

***** Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.

San José, 8 de octubre de 2014. Silvia Navarro Romanini,1 vez.—(IN2014073063) Secretaria General

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Jueves 6 de noviembre del 2014Pág 8 — BOLETIN JUDICIAL Nº 214

contra Beatriz Santos Rigali, de nacionalidad estadounidense, con pasaportes de su país números 42583431 y 200956968, y demás calidades y vecindario ignoradas. Figura, además, el Lic. Alonzo Gallardo Solís, soltero, abogado vecino de San José, en calidad de curador de la demandada. Todos son mayores de edad y, con la excepción dicha, divorciados. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., 4º—…” Considerando: I.—..., II.—..., III.—... Por tanto Se concede el exequátur solicitado a la sentencia de divorcio dictada el 17 de marzo de 2005, por la Corte del Décimo séptimo Circuito Judicial del Condado de Broward, Estado de Florida, Estados Unidos de América. En consecuencia, procédase a la ejecución, por lo que se ordena expedir ejecutoria de la presente resolución aprobatoria, con inserción de la homologada, una vez que alcance firmeza, a fin de que la interesada gestione lo que corresponda ante el Registro Civil. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la parte dispositiva de este fallo.—Luis Guillermo Rivas Loáiciga.—Rocío Rojas Morales.—Damaris Vargas Vásquez.—Jorge Alberto López González.—Lupita Chaves Cervantes.”

San José, 16 de setiembre del 2014.Anthony Quirós Madrigal

1 vez.—(IN2014070735) Notificador a. í.

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

RematesSEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de noviembre de dos mil catorce, y con la base de ocho millones seiscientos ochenta y dos mil quinientos un colones con veintisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y uno-cero cero cero la cual es terreno para construir, lote cuarenta y cinco con una casa de habitación. Situada en el distrito San Vicente, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 05 m 50 cm; al sur, lote 33 y otros; al este, noreste, lote 46 y al oeste, lote 44. Mide: Doscientos cuarenta y tres metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del dos de diciembre de dos mil catorce, con la base de seis millones quinientos once mil ochocientos setenta y cinco colones con noventa y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del trece de enero del dos mil quince, con la base de dos millones ciento setenta mil seiscientos veinticinco colones con treinta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Componentes INTEL Costa Rica S. A. y Afines contra Karen María Berrios Mathieu. Exp. Nº 14-005295-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 9 de setiembre del 2014.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2014072174).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del doce de enero del dos mil quince y con la base de veintitrés millones setecientos trece mil setecientos sesenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 447694-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Naranjo, cantón 06 Naranjo de la provincia de Alajuela. Colinda:

al norte, calle pública; al sur, Banco Improsa S.A. al este, lote 7; y al oeste, calle pública. Mide: ochocientos cuarenta y seis metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de enero del dos mil quince, con la base de diecisiete millones setecientos ochenta y cinco mil trescientos veinte colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del once de febrero del dos mil quince, con la base de cinco millones novecientos veintiocho mil cuatrocientos cuarenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Glen Francisco Pacheco Araya. Expediente: 09-027453-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de octubre del 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014073737).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas ley caminos, a las once horas del diecinueve de enero de dos mil quince y con la base de veintiún millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 286799-001 y 002, la cual es terreno lote 23, terreno para la agricultura. Situada en el distrito 05 Palmira, cantón 11 Zarcero de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, quebrada; al este, IDA; y al oeste, parcela 24. Mide: diez mil cincuenta y dos metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del tres de febrero de dos mil quince, con la base de quince millones setecientos cincuenta mil colones exactos y para la tercera subasta se señalan las once horas del dieciocho de febrero de dos mil quince, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Greivin Rojas Jiménez, Maritza Porras Sánchez. Expediente: 14-002444-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 4 de setiembre del 2014.—Brayan Li Morales, Juez Decisor.—(IN2014073752).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, a las once horas y treinta minutos del nueve de febrero del dos mil quince y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: CL-226044, marca: Toyota, estilo Hilux DLX, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año: 1992, color: rojo, vin: JT4VN13D0N5081183, cilindrada: 3000 cc, combustible: gasolina, motor ilegible. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil quince, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del once de marzo del dos mil quince, con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Jaime Rojas Rojas contra Miguel Salazar Carvajal. Expediente: 13-005393-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 11 de setiembre del 2014.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014073758).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, a las ocho horas y treinta minutos del nueve de marzo del dos mil quince y con la base de quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: CL-086748, marca: Toyota, estilo: Hilux, categoría: carga liviana, capacidad: 2 personas, serie: LN560022347, carrocería: adrales, tracción: no aplica, número chasis: LN560022347, año fabricación:

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Jueves 6 de noviembre del 2014 BOLETIN JUDICIAL Nº 214 — Pág 9

1985. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil quince, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del quince de abril del dos mil quince, con la base de ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Daniela Palma Rojas contra Carlos Luis Durán Paniagua. Expediente: 12-000149-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 1° de octubre del 2014.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014073761).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, inscritas al tomo 324, asiento 7651-01-0901-001, demanda ordinaria anotada el tomo 2013, asiento 320411-01-0001-001, a las quince horas y treinta minutos del uno de diciembre del dos mil catorce y con la base de ciento cincuenta y siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 44736-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Carlos Luis Sánchez Yong; al sur, Marianela Vargas Camacho y Empresa Tralapa y Jorge Arredondo Espinoza; al este, Empresa Tralapa y Jorge Arredondo Espinoza; y al oeste, Marianela Vargas Camacho y calle pública con frente lineal de 70.00 metros. Mide: siete mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil catorce, con la base de ciento diecisiete millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del quince de enero del dos mil quince, con la base de treinta y nueve millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Milena Vásquez Ramírez, Randall Gerardo Rodríguez Arias. Expediente: 13-032613-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del 2014.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014073765).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta minutos del uno de diciembre del dos mil catorce y con la base de cincuenta mil seiscientos cincuenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 501200-000, la cual es terreno para construir lote 5. Situada en el distrito 03 Dulce Nombre de Jesús, cantón 11 Vázquez de Coronado de la provincia de San José. Colinda: al noreste, lote 6; al noroeste, quebrada en medio y Edwin Alberto Chacón Jiménez; al sureste, calle pública con un frente a ella de 38.18 metros; y al suroeste, lote 4. Mide: dos mil quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil catorce, con la base de treinta y siete mil novecientos ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de enero del dos mil quince, con la base de doce mil seiscientos sesenta y dos dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Alexis Pitty. Expediente: 14-016852-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de octubre del 2014.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014073797).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, bajo las citas: 360-02771-01-0954-001, a las diez horas y treinta minutos del veintidós de enero del dos mil quince y con la base de tres millones novecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 473.051-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Katira, cantón 15 Guatuso de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte; sur; y al este, Ademar Herrera Arias; y al oeste, frente a calle pública de 13 metros. Mide: trescientos veinticinco metros cuadrados. Plano: A-1455985-2010. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de febrero del dos mil quince, con la base de dos millones novecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil quince, con la base de novecientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Fabricio Díaz Huete. Expediente: 13-000011-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 26 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014073841).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 0431-00014489-01-0283-001, a las diez horas y treinta minutos del quince de enero del dos mil quince y con la base de nueve millones quinientos quince mil setecientos setenta y nueve colones con veinticinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número noventa y cinco mil ciento veintitrés-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno para la agricultura, lote 13, asentamiento Lajas en parcelación. Situada en el distrito 01 las Juntas, cantón 07 Abangares de la provincia de Guanacaste. Colinda: al noreste, Mario Campos Campos; al noroeste, calle pública con un frente de 80 m 51 cm y con parcelas del IDA con quebrada en medio; al sureste, IDA; y al suroeste, calle pública en lastre con frente de 445 m 55 cm. Mide: ochenta y ocho mil ochocientos quince metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Plano: G-0148652-1993. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de enero del dos mil quince, con la base de siete millones ciento treinta y seis mil ochocientos treinta y cuatro colones con cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil quince, con la base de dos millones trescientos setenta y ocho mil novecientos cuarenta y cuatro colones con ochenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Blanca Rocío de los Ángeles Castillo Marín, Miguel Gerardo Quirós Céspedes. Expediente: 14-001927-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 16 de octubre del 2014.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2014073845).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción colisión 12-601360-0491-TC, Juzgado de Transito de Desamparados, 13-600120-0491-TC, Juzgado de Transito de Desamparados, a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de enero de dos mil quince y con la base de un millón quinientos setenta mil cuatrocientos sesenta y cuatro colones con setenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa 696431, marca : Toyota, estilo:

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Jueves 6 de noviembre del 2014Pág 10 — BOLETIN JUDICIAL Nº 214

Corolla CE, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 2T1BR32E43C097240, carrocería: Sedan 4 puertas, año: 2003, color: beige. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de febrero de dos mil quince, con la base de un millón ciento setenta y siete mil ochocientos cuarenta y ocho colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil quince, con la base de trescientos noventa y dos mil seiscientos dieciséis colones con dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sociedad Anónima Finauto Saficar contra Sonia María Méndez Jiménez. Expediente: 13-016905-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de julio del 2014.—Msc. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014073849).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del seis de enero del dos mil quince y con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veinticuatro mil doscientos setenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno con una casa y patio. Situada en el distrito Santa Rosa, cantón Turrialba de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Juan Gómez Serrano; al sur, Juan Rafael Araya Gómez; al este, calle pública con diez metros veinticinco centímetros de frente y Aristides Solano Vargas, ambos en parte; y al oeste, Juan Araya Gómez. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de enero del dos mil quince, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de febrero del dos mil quince, con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Rafael de los Ángeles Araya Gómez. Expediente: 14-020716-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de octubre del 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014073866).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del diez de febrero del dos mil quince y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cincuenta y siete mil seiscientos cincuenta y cinco-cero cero cero la cual es terreno la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito primero Quesada, cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan Gabriel Rojas Rodríguez; al sur, calle pública con dieciséis punto veinte metros Fernan S. A.; al este, Juan Gabriel Rojas Rodríguez y al oeste, Gladys Pérez Rojas. Mide: Doscientos cuarenta y cinco metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del año dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de marzo del dos mil quince, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Maynor Ávila Alfaro contra Harlan Andrés Marín Fonseca. Exp. Nº 14-000689-1203-CJ.—Juzgado de Cobro

y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 21 de octubre del 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014074053).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas tomo 302 asiento 02436; a las diez horas y veinte minutos del cinco de diciembre del año dos mil catorce, y con la base de cinco mil doscientos setenta dólares con cincuenta centavos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos noventa mil seiscientos cuarenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para la construcción y agricultura, con una casa de habitación. Situada en el distrito 10-Río Nuevo, cantón 19-Perez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Manuel Ríos Elizondo; al sur, calle pública; al este, Víctor Vargas Elizondo y Antonio Vargas Ortiz y al oeste, Manuel Ríos Elizondo. Mide: setecientos dieciséis metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y veinte minutos del seis de enero del año dos mil quince, con la base de tres mil novecientos cincuenta y dos dólares con ochenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y veinte minutos del veintiuno de enero del año dos mil quince con la base de mil trescientos diecisiete dólares con sesenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Built Rite S. A., contra Sandra Yorleny Ureña Vargas. Exp.: 14-006083-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 03 de octubre del 2014.—(IN2014074145).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas tomo 297 asiento 14095; a las ocho horas y cero minutos del nueve de diciembre del año dos mil catorce, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento catorce mil noventa y nueve cero cero cero la cual es terreno lote 1 para construir con un rancho. Situada en el distrito 1-Buenos Aires, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Frank Espinoza Varela; al sur, Hernán Cordero Arias; al este, calle pública y al oeste, Hernán Cordero Arias. Mide: cuatrocientos veinticuatro metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de enero del año dos mil quince, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de enero del año dos mil quince con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Pedro Guido Vidal Beita. Exp.: 14-006305-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 09 de octubre del 2014.—Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014074161).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y servidumbres sirvientes; a las nueve horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil catorce, y con la base de tres millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca

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Jueves 6 de noviembre del 2014 BOLETIN JUDICIAL Nº 214 — Pág 11

inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 89432-000 la cual es terreno para construir situada en el distrito 2-Santa Cecilia cantón 10-La Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con 18,55 metros de frente; sur, Norma Canales Rugama; este, Hernaldo Mercado Suazo, oeste, Narciso Canales Carrillo y servidumbre en medio frente de 22,09 metros. Mide: cuatrocientos seis metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de diciembre de dos mil catorce, con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de enero de dos mil quince con la base de ochocientos dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Freddy Álvarez Pineda, Joel Canales Rugama. Exp.: 14-001973-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 22 de octubre del 2014.—Licdo. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—(IN2014074162).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando cond prohi reser ref: 362869 000 citas tomo 394 asiento 12850 así como servidumbre sirviente citas tomo 394 asiento 12850; a las ocho horas y cero minutos del nueve de diciembre del año dos mil catorce, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y cinco mil novecientos siete cero cero cero la cual es terreno de charrales. Situada en el distrito 5-San Pedro, cantón 19-Perez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Arturo Piedra Mesen; al sur, Virginia Jiménez Castillo; al este, Arturo Piedra y Virginia Jiménez y al oeste, Adeli Muñoz y Virginia Jiménez. Mide: seis mil seiscientos noventa y tres metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de enero del año dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de enero del año dos mil quince con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ademar Umaña Barquero, Kattia Gerlany Umaña Thames. Exp.: 14-005210-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 03 de octubre del 2014.—Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014074163).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de noviembre de dos mil catorce, y con la base de dos millones ochocientos quince mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa 905911, marca Mitsubishi, estilo Montero Sport, capacidad 5 personas, todo terreno 4 puertas, año 199, color dorado, 4x2, 3000 cc, gasolina, Chasis Nº K860XP039625. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del quince de diciembre de dos mil catorce, con la base de dos millones ciento once mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de enero de dos mil quince con la base

de setecientos tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Mauricio Alonso Fernández Rojas. Exp.: 14-015551-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de agosto del 2014.—Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014074168).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del cinco de diciembre del dos mil catorce, y con la base de quinientos cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número MOT-doscientos setenta y nueve mil seiscientos setenta (MOT-279670), marca Suzuki, estilo GN125H, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, año 2009, color negro, serie, chasís y Vin LC6PCJG9X90808493, cilindrada 124 cc, combustible gasolina, motor Nº 157FMI3A1T25875. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de enero de dos mil quince, con la base de trescientos setenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de febrero de dos mil quince con la base de ciento veintiséis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Lorenzo Antonio Cruz Duarte. Exp.: 13-008067-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de agosto del 2014.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2014074170).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Servidumbre trasladada bajo las citas: 306-11152-01-0942- 001; a las diez horas y cero minutos del uno de diciembre del año dos mil catorce, y con la base de cincuenta y ocho millones setecientos setenta y ocho mil novecientos noventa y cinco colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 80390-000 la cual es terreno para construir lote 2 SECC C. Situada en el distrito 4- Ángeles, cantón 5-San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 22 m 40 cm; al sur, Álvaro Rossi Chavarría; al este, lote 1C y al oeste, lote 3C. Mide: mil novecientos cincuenta y tres metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de diciembre del año dos mil catorce, con la base de cuarenta y cuatro millones ochenta y cuatro mil doscientos cuarenta y seis colones con sesenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del quince de enero del año dos mil quince con la base de catorce millones seiscientos noventa y cuatro mil setecientos cuarenta y ocho colones con ochenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Edgar Alberto Leandro Quesada, Karol Patricia Mena Murillo. Exp.: 14-020102-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 03 de octubre del 2014.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014074171).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del nueve de diciembre de dos mil catorce, y con la base de quinientos noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: MOT- 219567, marca: Jinan Qingqi; estilo: QM 125 10K; capacidad: 2 personas; año: 2008; color: rojo; carrocería: motocicleta; tracción: 2X2; chasis: LAELKA40X8B650004; N°

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motor: 157FMI0706007553; cilindrada: 125 cc; combustible: gasolina; cilindros: 01. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de enero de dos mil quince, con la base de cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de febrero de dos mil quince con la base de ciento cuarenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Marco Vinicio Ovares Barrantes. Exp.: 11-011719-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 09 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2014074172).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Citas: 320-01950-01-0902-005, hipoteca de primer grado citas: 2011-188791-01-0001-001; a las diez horas y cero minutos del cinco de diciembre de dos mil catorce, y con la base de cuatro millones doscientos ochenta y seis mil ciento cuarenta y cinco colones exactos (¢4.286.145,00), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintinueve mil quinientos sesenta y siete cero cero cero (29.567-000), la cual es naturaleza: terreno de agricultura y repasto. Situada en el distrito 5-Paquera, cantón: 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, I.D.A; al sur, calle pública, Francisco, José Francisco y Wilfredo Arguijo Molina e Isidro Alvarado Arias; al este, Braulio Jiménez Cruz, Wilfredo Arguijo Jiménez e Isidro Alvarado Arias y al oeste, Pedro Vivas, Francisco Arguijo Jiménez e Isidro Alvarado Arias. Mide: ciento sesenta mil ochocientos setenta y ocho metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: P-0986313-2005. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de enero de dos mil quince, con la base de tres millones doscientos catorce mil seiscientos ocho colones con setenta y cinco céntimos (¢3.214.608,75) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de enero de dos mil quince con la base de un millón setenta y un mil quinientos treinta y seis colones con veinticinco céntimos (¢1.071.536,25) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Centro Agrícola Cantonal de Puntarenas contra Cristian Sánchez Arce, Flory Arce Molina. Exp.: 14-000751-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 24 de octubre del 2014.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—(IN2014074173).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del trece de enero de dos mil quince, y con la base de setecientos sesenta y nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 832015, marca Hyundai, estilo Accent, categoría automóvil, capacidad 5 personas, color azul, vin KMHVF21NPTU388238, cilindrada 1500 cc., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de enero del dos mil quince, con la base de quinientos setenta y seis mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de febrero del dos mil quince, con la base de ciento noventa y dos mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit

S. A. contra Álvaro Steven Zamora Chaves, exp. N° 13-005787-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de julio del año 2014.—Msc. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014074177).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del catorce de enero del dos mil quince, y con la base de trescientos diez mil quinientos cincuenta y dos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número MOT-264176, marca light, estilo BS 200 GY 11, categoría motocicleta, año 2009, color negro, Vin LHJJJM02983003287, cilindrada 200 cc. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de enero del dos mil quince, con la base de doscientos treinta y dos mil novecientos catorce colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del trece de febrero del dos mil quince, con la base de setenta y siete mil seiscientos treinta y ocho colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Eriberto Martínez Bonilla, exp. N° 13-005178-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de julio del año 2014.—Msc. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014074179).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones bajo la sumaria 11-003032-0494-TR; a las catorce horas y cero minutos del quince de enero del dos mil quince, y con la base de un millón setecientos ochenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa: 878884, marca: Hyundai, categoría: automóvil, vin: KMHVA21NPXU 421805, estilo: Accent, año: 1999, color: blanco, cilindrada: 1500 c.c. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de enero de dos mil quince, con la base de un millón seiscientos veintinueve mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de febrero del dos mil quince, con la base de quinientos cuarenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Betania María González Zepeda, expediente N° 13-006325-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de julio del año 2014.—Msc. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014074199).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 443-10466-02-0010-001; a las once horas y cero minutos del seis de enero del año dos mil quince, y con la base de once millones doscientos ochenta y tres mil cuatrocientos veinticinco colones con cincuenta y seis céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y ocho mil doscientos cincuenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Colón cantón Mora de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Fiorella Di Leoni Escalante y servidumbre de paso con un metro setenta y cinco centímetros de frente al noroeste Marlene Flores Bustamante; al sureste, Stefano Di Leoni Escalante y servidumbre de paso con 10 metros 93 centímetros de frente, y al suroeste, Inmobiliaria Pacacua S. A. Mide: trescientos cuarenta y

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Jueves 6 de noviembre del 2014 BOLETIN JUDICIAL Nº 214 — Pág 13

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de enero del dos mil quince, y con la base de ochocientos noventa y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa:686277, marca: Hyundai, vin: KMHVA21NPSU109943, color: verde, año: 1995, categoría: automóvil, cilindrada. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de febrero del dos mil quince, con la base de seiscientos setenta y tres mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil quince, con la base de doscientos veinticuatro mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit contra Hancy Navarrete Valerin, expediente N° 09-029348-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de setiembre del año 2014.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2014074204).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 364-00017-01-0900-001; a las ocho horas y treinta minutos del catorce de enero del año dos mil quince, y con la base de catorce millones seiscientos diecisiete mil quinientos veintidós colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y seis mil setecientos sesenta y dos cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito noveno Monte Verde, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Javier y José Luis Vargas Montero; al sur, Javier y José Luis Vargas Montero; al este, calle publica con 10,09 m, y al oeste, Productores de Monteverde S. A.. Mide: ciento noventa metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de enero del año dos mil quince, con la base de diez millones novecientos sesenta y tres mil ciento cuarenta y dos colones con veintiún céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de febrero del año dos mil quince, con la base de tres millones seiscientos cincuenta y cuatro mil trescientos ochenta colones con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Ingrid Arias Martínez, expediente N° 14-002070-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 29 de octubre del año 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014074209).

Nueve horas treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho; soportando contrato prendario inscrito al tomo 0010, asiento 45056 y decreto de embargo, inscrito al tomo 0013 asiento 85628; sáquese a remate el (los) bien(es) dado(s) en garantía, sea el un vehículo placas 462139, marca Toyota, categoría automovil, carrocería sedan 4 puertas, chasis AE1113106239, uso particular, estilo Corolla XLI, capacidad cinco personas, año 2002, color blanco, número de motor 4AJ160450, con la base de dos millones setecientos diez mil colones (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de febrero de dos mil quince, con la base de dos millones treinta y dos mil quinientos colones (rebajada en un 25%). De no

tres metros con un decímetro cuadrado. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de enero del año dos mil quince con la base de ocho millones cuatrocientos sesenta y dos mil quinientos sesenta y nueve colones con diecisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del cinco de febrero del año dos mil quince con la base de dos millones ochocientos veinte mil ochocientos cincuenta y seis colones con treinta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gian Carlo Di Leoni Escalante, Tatiana María de los Ángeles Freer Hoffman, expediente N° 14-020673-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de octubre del año 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014074200)

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas quince minutos del dieciséis de enero del dos mil quince, y con la base de un millón setecientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas CL-210981 Marca: Nissan, estilo: D21, capacidad: 4 personas, año: 1997, color: blanco, categoría: carga liviana, carrocería: caja abierta o cam-pu, tracción: 4X4, chasis: 1N6SD16YXVC368849, número de motor: no existe, cilindrada: 2400 c. c., combustible: gasolina, cilindros: 04. Para el segundo remate se señalan las ocho horas quince minutos del dos de febrero del dos mil quince, con la base de un millón trescientos treinta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas quince minutos del diecisiete de febrero del dos mil quince con la base de cuatrocientos cuarenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Plácido David Sanabria Delgado. Exp: 13-001144-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de octubre del año 2014.—Licda. Marlen Angulo Arrieta, Jueza.—(IN2014074201).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción boleta 2012-238700041 sumaria 12-000527-0497-TR del Juzgado de Transito de Heredia; a las ocho horas y cero minutos del diecinueve de enero de dos mil quince, y con la base de tres millones seiscientos noventa y nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: EL vehículo placas 849426, marca Mitsubishi, categoría automóvil, serie JA4MW31R41J039971, carrocería Station Wagon o familiar tracción 4x4 uso particular estilo Montero XLS capacidad 7 personas año 2001 color champagne cilindrada 3500 cc combustible gasolina cilindros 06. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del tres de febrero de dos mil quince, con la base de dos millones setecientos setenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de febrero de dos mil quince con la base de novecientos veinticuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Porfirio Wagner Jiménez Barboza, expediente N° 13-007918-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de octubre del año 2014.—Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2014074202).

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Jueves 6 de noviembre del 2014Pág 14 — BOLETIN JUDICIAL Nº 214

este, Adilia Romero y oeste, Adilia Romero. Mide: seiscientos veintinueve metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados plano: A-0130654-1993. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de diciembre del año dos mil catorce, con la base de un millón seiscientos treinta y siete mil trescientos sesenta y dos colones con treinta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del quince de enero del año dos mil quince con la base de quinientos cuarenta y cinco mil setecientos ochenta y siete colones con cuarenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Marta Adilia Romero Hernández. Exp. N° 14-001770-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 18 de agosto del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014073913).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios pero soportando infracciones y colisiones anotados dentro de la sumaria 14-005909-0174-TR; a las diez horas y cero minutos del dos de febrero de dos mil quince, y con la base de cinco mil ochenta y tres dólares con quince centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 739015, marca Mitsubishi, Estilo Montero GLS TDI, capacidad 7 personas, todo terreno 4 puertas, año 2008, color plateado, 4x4, Motor N° 4M40HJ7571, 2935 C.C., Diesel. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de febrero de dos mil quince, con la base de tres mil ochocientos doce dólares con treinta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de marzo de dos mil quince con la base de mil doscientos setenta dólares con setenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank de Costa Rica S. A. contra Manuela Restrepo Gómez. Exp. N° 14-017853-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014073923).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condición resolutoria al tomo trescientos treinta y uno, asiento nueve mil ciento cincuenta y tres, consecutivo uno, secuencia novecientos, condición y reservas al tomo trescientos treinta y cuatro, asiento ochocientos noventa y cinco, consecutivo uno, secuencia novecientos, reservas ley de caminos al tomo cuatrocientos cuarenta y nueve, asiento cuatro mil cuatrocientos cuatro, consecutivo uno, secuencia cuatro; a las nueve horas y cero minutos del diecisiete de diciembre de dos mil catorce, y con la base de quince millones de colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y tres mil doscientos cincuenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito cero uno, cantón segundo, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Sebastián Carranza Carranza; al sur, calle pública, Noriel Gerardo Araya Soto, Vilma Vindas López, Álvaro Vindas Álvarez, Luis Vindas Álvarez; al este, Juan de Dios Álvarez Montiel, y al oeste, José Mauricio Arguedas Hernández. Mide: mil setecientos cincuenta metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de enero de dos mil quince, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las cero horas y cero minutos del treinta de enero de dos mil quince con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Melyben

apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil quince, con la base de seiscientos setenta y siete mil quinientos colones (un 25%). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Rolando Zúñiga Oses contra Desalmacenaje Torre Fuerte S .A y Lilliam Scott Esquivel. Expediente Nº 06-001444-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía San José, 16 de octubre del 2014.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—(IN2014074211).

PRIMERA PUBLICACIÓNEn la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes

hipotecarios; a las once horas y cero minutos del uno de diciembre del año dos mil catorce, y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 118338-000 la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito 2-Tarbaca (Praga), cantón 6-Aserri, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Monge Castro y otro; al sur Empresa Tarbaca S. A.; al este, José Monge Castro y al oeste, José Eduardo Segura. Mide: quinientos ochenta y cinco metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de diciembre del año dos mil catorce, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del quince de enero del año dos mil quince con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Alberto Arias Bonilla, María Gabriela Segura Guzmán. Exp. 14-020172-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de octubre del 2014.—Lic. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014073898).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (ley de localización de derechos) anotada bajo las citas 2010-6288-01-0003-001; a las diez horas y cero minutos del ocho de diciembre del año dos mil catorce, y con la base de sesenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 610532-000 la cual es terreno para construir con tres caballerizas.- Situada en el distrito 02 San Antonio, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José.- Colinda: al norte resto de Silvina Ureña Montoya; al sur Implementos Deportivos CFS S.A.; al este Pedro Elías Marín Herrera y al oeste calle pública con 43.47 metros. Mide: mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del siete de enero del año dos mil quince, con la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de enero del año dos mil quince con la base de quince mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Asdrúbal Espinoza Cabrera. Exp. N° 14-019652-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de octubre del 2014.—Lic. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014073908).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando prohibiciones artículo 16 Ley 7599 bajo las Citas: 449-14399- 01-0019-001; a las diez horas y cero minutos del uno de diciembre del año dos mil catorce, y con la base de dos millones ciento ochenta y tres mil ciento cuarenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 327471-000, la cual es terreno lote 4 terreno para vivienda. Situada en el distrito 2, Caño Negro cantón 14, Los Chiles de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle, sur, Adilia Romero,

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Jueves 6 de noviembre del 2014 BOLETIN JUDICIAL Nº 214 — Pág 15

lote tres terreno para construir situada en el distrito 8-Cabo Velas cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste Linderos: norte: servidumbre de paso de 6 metros, José Rodríguez Rodríguez, servidumbre de paso con frente de 6 metros, sur: Inversiones Ro y Ro del Pacífico S. A., este: Ronald Rodríguez Rodriguez, oeste: Ronald Rodríguez Rodríguez. Mide: quinientos quince metros cuadrados, plano:G-1525077-2011.- Con la base de ciento treinta y ocho mil quinientos veinte dólares (Primer Remate) . De no haber postores, se llevará a cabo el segundo remate, con la base de ciento tres mil ochocientos noventa dólares (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, se llevará a cabo el tercer remate, con la base de treinta y cuatro mil seiscientos treinta colones (un 25% de la base original). Señalamiento a remate para las tres fincas: Para tal efecto se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del dos de diciembre de dos mil catorce (primer remate).- De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de diciembre de dos mil catorce. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del quince de enero de dos mil quince. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ronald Rodríguez Rodríguez. Exp. N° 13- 001260-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 23 de octubre del año 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014073973).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del cuatro de diciembre de dos mil catorce, y con la base de diez millones quinientos sesenta y tres mil quinientos cincuenta colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 65206-000 la cual es terreno para construir situada en el distrito 4-Quebrada Honda cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública, con 12 m; sur, Luz María Cortes Elizondo, este, Donatila Elizondo Bermúdez; oeste, Luz María Cortes Elizondo. Mide: doscientos noventa y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de diciembre de dos mil catorce, con la base de siete millones novecientos veintidós mil seiscientos sesenta y dos colones con setenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de enero de dos mil quince con la base de dos millones seiscientos cuarenta mil ochocientos ochenta y siete colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jeffry Fonseca Cortés, Rebeca Fonseca Cortés. Exp. N° 14-001965-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 22 de octubre del 2014.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—(IN2014073976).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto citas: 0568-00087317-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 0568-00087317-01-0010-001, plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 0569-00046317-01-0004-001; a las trece horas y treinta minutos del quince de diciembre del año dos mil catorce, y con la base de un millón ciento setenta y un mil quinientos sesenta y dos dólares con cincuenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,

Sociedad Anónima contra Juan de Dios Álvarez Montiel. Exp. 13-005309-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 18 de agosto del 2014.—Cristian Zamora Pérez, Juez.—(IN2014073926).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 287-6510-01-901-001; a las once horas y cero minutos del veintiuno de enero de dos mil quince (11:00 AM), y con la base de cuarenta y seis millones diecinueve mil ochocientos cuarenta y siete colones con treinta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 65481-000 la cual es terreno naturaleza T. de café dividido en 2 porciones. Situada en el distrito Corralillo, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, sucesión Malaquías Brenes; al sur, camino público, Arnulfo Navarro, otro; al este, sucesión Malaquías Brenes y al oeste, Río Conejo en medio Jorge Brenes, otro. Mide: veintiséis mil doscientos treinta y siete metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del cinco de febrero de dos mil quince (11:00 a.m.), con la base de treinta y cuatro millones quinientos catorce mil ochocientos ochenta y cinco colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veinte de febrero de dos mil quince (11:00 a. m.) con la base de once millones quinientos cuatro mil novecientos sesenta y un colones con ochenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Juan Elisinio Martín Brenes Piedra. Exp. 14-004426-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 9 de setiembre del 2014.—Lic. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—(IN2014073970).

En la puerta exterior de este Despacho; con la base que se indicará, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley de caminos y de aguas, servidumbre de paso y servidumbre de líneas eléctricas y de paso; se remataran los siguientes bienes dados en garantía, sea las siguientes fincas:1) primer finca: Partido de Guanacaste, matrícula número 194126-000, la cual se describe así: naturaleza: lote uno terreno para construir situada en el distrito 8-Cabo Velas cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste Linderos: norte: servidumbre de paso de seis metros, José Rodríguez Rodríguez, sur: Inversiones Ro Y Ro del Pacífico S., este : calle publica, oeste: Ronald Rodríguez Rodríguez, Mide: trescientos cuarenta y cuatro metros cuadrados plano: G-1525075-2011.- Con la base de cincuenta y tres mil novecientos veinte dólares (Primer Remate).- De no haber postores, se llevará a cabo el segundo remate, con la base de cuarenta mil cuatrocientos cuarenta dólares (rebajada en un 25%).- De no apersonarse rematantes, se llevará a cabo el tercer remate, con la base de trece mil cuatrocientos ochenta dólares (un 25% de la base original).- 2) segunda finca: Partido de Guanacaste, matrícula número: 194127-000, la cual se describe así: Naturaleza: lote dos terreno para construir situada en el distrito 8-Cabo Velas cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste Linderos: norte: José Rodríguez Rodríguez, servidumbre de paso con frente de seis metros, sur: Margeri Rodríguez Rodríguez, este: Ronald Rodríguez Rodríguez, oeste: Ronald Rodríguez Rodríguez, Mide: seiscientos ochenta metros cuadrados plano:G-1525074-2011.- Con la base de cincuenta y siete mil quinientos sesenta dólares (Primer Remate) .- De no haber postores, se llevará a cabo el segundo remate, con la base de cuarenta y tres mil ciento setenta dólares (rebajada en un 25%).- De no apersonarse rematantes, se llevará a cabo el tercer remate, con la base de catorce mil trescientos noventa dólares (un 25% de la base original).- 3) tercer finca: Partido de Guanacaste, matrícula número: 194128-000.- La cual se describe así: naturaleza:

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en el distrito Corralillo, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Inversiones Amon S. A.; al sur, Mario Rojas Gamboa; al este, Mario Rojas Gamboa; y al oeste, calle pública con frente 30.04 metros. Mide: mil trescientos cincuenta y cinco metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintiuno de enero de dos mil quince, con la base de dieciséis millones novecientos once mil novecientos noventa y nueve colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del cinco de febrero de dos mil quince con la base de cinco millones seiscientos treinta y siete mil trescientos treinta y tres colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Compañía de Galletas Pozuelo DCR S. A. contra Mauricio Rojas Camacho. Exp. 14-013247-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de octubre del 2014.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014074301).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del nueve de enero del dos mil quince y con la base de cuarenta y ocho mil seiscientos cincuenta unidades de desarrollo en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 539297-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al sur, Gina Madrigal Villalobos y calle pública con 7 metros de frente; al este, Gina Madrigal Villalobos; al noreste, María Cristina Calvo Araya, Manuel Quirós Cubero e Iveth Solano Calvo; y al suroeste, Marlene Fallas Solano. Mide: ciento treinta y nueve metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de enero del dos mil quince con la base de treinta y seis mil cuatrocientos ochenta y siete punto cincuenta unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diez de febrero del dos mil quince con la base de doce mil ciento sesenta y dos punto cincuenta unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Fabiola Soto Vásquez, Fabio Rafael Soto Barboza. Exp. 13-016002-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de octubre del 2014.—Lic. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014074330).

A las ocho horas del día veintiocho de noviembre del dos mil catorce, en la puerta de este Juzgado Penal de Limón, en el mejor postor, libre de gravámenes y con la base de trescientos sesenta y un mil ochocientos cuarenta colones con seis céntimos, libre de gravámenes, remataré: Madera aserrada, específicamente, 22 piezas de caobilla con un volumen de 1.67 metros cúbicos y 26 piezas de gavilán con un volumen de 0.59 metros cúbicos, en total 48 piezas de madera aserrada con un volumen de 2,26 metros cúbicos. Del mismo modo, con la base de doscientos ochenta y un mil ochocientos veinte colones, libre de gravámenes, remataré: Madera en troza, específicamente, 05 trozas de caobilla con un volumen de 4.88 metros cúbicos. Lo anterior se remata por ordenarse así en Expediente Nº 14-001526-472-PE, seguido contra José Danilo Flores Tellez y otros, por el delito de Infracción a la Ley Forestal, en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal, Limón, 31 de octubre del 2014.—Lic. Fabián Rivera Gutiérrez, Juez Penal.—(IN2014074380).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y quince minutos del veinte de enero de dos mil quince, y con la base de dos millones quinientos ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa BBS645, Chevrolet Spark, capacidad para cinco personas, año 1999, color gris, sedan 4 puertas Hatchback, tracción 4 x 2,

matrícula número treinta y nueve mil trescientos setenta y tres cero cero cero la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública y Llano Grande del Aeropuerto Liberia S. A.; al sur, rancho Gesling S. A. y quebrada; al este, Intermentales Comercializadora S. A. y quebrada, y al oeste, finca Los Llanitos Dorados S. A. Mide: ciento cincuenta y siete mil doscientos setenta y cuatro metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Plano catastrado N° G-1242210-2007. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de enero del año dos mil quince, con la base de ochocientos setenta y ocho mil seiscientos setenta y un dólares con ochenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de enero del año dos mil quince con la base de doscientos noventa y dos mil ochocientos noventa dólares con sesenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Vista de Llano Grande S. A. contra Liberia Airport Commerce Center S. A. Exp. N° 09-000693-0386-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia).- 10 de octubre del 2014.—Lic. Yesenia Auxiliadora Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2014073978).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley de agua y ley de caminos públicos con las citas 428-16034-01-0004-001, servidumbre de paso con las citas 543-06652-01-0002-001 y servidumbre de paso 543-06652-01-0017-001; a las siete horas y treinta minutos del dos de diciembre del año dos mil catorce , y con la base de ciento cinco mil ochocientos cincuenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil quinientos cuarenta y nueve cero cero cero la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito quinto Samara, cantón segundo Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Roberto Suares Villalobos y Paola Vargas Castillo; al sur, Roberto Suares Villalobos; al este, Río Buena Vista y al oeste, calle pública. Mide: cuarenta y dos mil trescientos setenta y seis metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del dieciocho de diciembre del año dos mil catorce, con la base de setenta y nueve mil trescientos ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del dieciséis de enero del año dos mil quince con la base de veintiséis mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria y de Asesores Logísticos de Costa Rica contra Paola Vargas Castillo. Exp. 14-001726-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014074010).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre dominante, servidumbre trasladada y demanda ordinaria; a las once horas y treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil catorce, y con la base de veintidós millones quinientos cuarenta y nueve mil trescientos treinta y dos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y nueve mil quinientos dieciocho cero cero cero la cual es terreno de café. Situada

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siete nueve cuatro dos cinco-mil novecientos noventa y ocho. 2) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento seis mil cuatrocientos cincuenta y seis secuencia cero cero cero, la cual es terreno Lote 15 que es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Chomes, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Luis Diego Jinesta Cruz; al sur, Manuel Antonio Pereira Solís; al este, calle pública; y al oeste, Mario Elizondo Oliverio. Mide: Cuatrocientos ochenta metros cuadrados, según el plano catastrado P cero cuatro siete nueve cuatro dos cuatro-mil novecientos noventa y ocho. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de febrero de dos mil quince, con la base de novecientos trece mil ochocientos setenta y cinco colones exactos para cada una de las fincas (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de febrero de dos mil quince con la base de trescientos cuatro mil seiscientos veinticinco colones exactos para cada una de las fincas (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Instacredit S. A. contra Luis Jinesta Cruz. Exp. 11-006186-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 3 de octubre del 2014.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2014074388).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios pero soportando denuncia de fiscalía en la Fiscalía de Atenas, e infracción boleta 0012348, sumaria 12-000186-0851-TR del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Atenas; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de enero de dos mil quince, y con la base de dos millones ochocientos cincuenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa 894082, Hyundai Verna Sense, sedan 4 puertas, capacidad 5 personas, año 2000, color blanco; a las diez horas y motor 1500 c.c., 04 cilindros gasolina. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del once de febrero de dos mil quince, con la base de dos millones ciento cuarenta mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de febrero de dos mil quince con la base de setecientos trece mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Instacredit S. A. contra Walter Gerardo Rodríguez Cerdas. Exp. 13-001635-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre del 2014.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014074391).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas del treinta de enero del dos mil quince, y con la base de un millón setecientos cincuenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 763524 marca: Hyundai, estilo: Accent, capacidad: 5 personas, año: 1997, color: verde, categoría: automóvil, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, chasis: KMHVF21NPVU485467, N° motor: ilegible, cilindrada: 1500 c. c., combustible: gasolina, cilindros: 04. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del dieciséis de febrero del dos mil quince, con la base de un millón trescientos quince mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del tres de marzo del dos mil quince con la base de cuatrocientos treinta y ocho mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial) Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse

motor 800 c.c., 03 cilindros, gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del cuatro de febrero de dos mil quince, con la base de un millón ochocientos ochenta y un mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del diecinueve de febrero de dos mil quince con la base de seiscientos veintisiete mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Juan Antonio Campos Arias. Exp. 12-026656-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de octubre del 2014.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014074382).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones y colisiones, sumaria 09-000978-0492-TC; a las nueve horas y cero minutos del veintiséis de enero de dos mil quince, y con la base de un millón seiscientos treinta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 555496, marca: Hyundai, serie: KMHVF14N1SU118744, año: 1995, color: rojo. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de febrero de dos mil quince, con la base de un millón doscientos veintiocho mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de febrero de dos mil quince con la base de cuatrocientos nueve mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Giovanni Hernández Segura. Exp. N° 10-000112-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de julio del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—(IN2014074383).

A las nueve horas y cero minutos del dieciséis de diciembre del año dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho, soportando demanda ordinaria inscrita al tomo: 566, asiento: 8063 y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y tres mil ochocientos sesenta-cero cero dos la cual es terreno de café y potrero. Situada en el distrito cero dos, Cinco Esquinas, cantón trece, Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, quebrada en medio Justo Quirós y otros; al sur, María Rojas; al este, calle pública y otros; y al oeste, María Rojas. Mide: ocho mil treinta y siete metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Simple de Banco Nacional de Costa Rica contra Marco Antonio Calvo Arguedas, Mata Quirós Paulina, Service Parts Co. Limitada. Exp. 03-000411-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del 2014.—Lic. Nydia Piedra Ramírez, Jueza.—(IN2014074384).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reserva de Ley de Caminos inscrito al tomo 415 asiento 14551; a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil quince, y con la base de un millón doscientos dieciocho mil quinientos colones exactos, para cada una de las fincas dadas en garantía, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento seis mil cuatrocientos cincuenta y cinco secuencia cero cero cero, la cual es terreno Lote 14 que es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Chomes, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Mario Elizondo Oliverio; al sur, Luis Diego Jinesta Cruz; al este, calle pública; y al oeste, Mario Elizondo Oliverio. Mide: cuatrocientos ochenta metros cuadrados, según el plano catastrado P-cero cuatro

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Jueves 6 de noviembre del 2014Pág 18 — BOLETIN JUDICIAL Nº 214

a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Instacredit contra Rafael Ángel Molina Mondragón. Exp. Nº 09-031676-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 8 de agosto del 2014.—Lic. María Mora Saprissa, Jueza.—(IN2014074425).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de febrero de dos mil quince, y con la base de quinientos veinticinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa MOT-297906, marca Génesis, estilo GXT200, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, serie LV7MNZ400BA800244, tracción sencilla, año 2011, color rojo. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil quince, con la base de trescientos noventa y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil quince, con la base de ciento treinta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra José Giovannis Campos López. Exp. Nº 13-004705-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2014.—Msc. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014074428).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del cinco de febrero del dos mil quince, y con la base de trescientos veintiséis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número MOT-322492, marca Freedom, estilo R150 T 10N, categoría motocicleta, año 2012, color azul, VIN LYDTCKF03C1200055, cilindrada 149 c.c. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de febrero de dos mil quince, con la base de doscientos cuarenta y cuatro mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del nueve de marzo del dos mil quince, con la base de ochenta y un mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Iinstacredit S. A. contra Jeremy Warren Jiménez Solís. Exp. Nº 13-008212-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de agosto del 2014.—Msc. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014074432).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del tres de marzo de dos mil quince, y con la base de un millón novecientos cuarenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: motor fuera de borda, marca Suzuki, serie 11501F681630. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de marzo de dos mil quince, con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del nueve de abril del dos mil quince, con la base de cuatrocientos ochenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de comercio.

así en Proceso Ejecución Prendaria de Instacredit S. A. contra Yensi Marcela Corrales Martínez. Exp. 13-006139-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de octubre del 2014.—Lic. Marlen Angulo Arrieta, Jueza.—(IN2014074394).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del veintisiete de noviembre de dos mil catorce, y con la base de cincuenta y dos millones seiscientos noventa y seis mil seiscientos sesenta y seis colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 263288-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13 garita, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Genaro González; al sur, Mally Chaves Camacho; al este, Alfredo Alfaro y al oeste, calle pública con 55 m. Mide: nueve mil seiscientos cincuenta y cuatro metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del quince de diciembre de dos mil catorce, con la base de treinta y nueve millones quinientos veintidós mil cuatrocientos noventa y nueve colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas del diecinueve de enero del dos mil quince, con la base de trece millones ciento setenta y cuatro mil ciento sesenta y seis colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Miguel Ángel Salas Araya contra Anay Estelita del Carmen Artavia Cruz y Rubén Valverde Víquez en expediente N° 14-012455-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de agosto del 2014.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014074395).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas quince minutos del dos de febrero de dos mil quince, y con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa TA-1455,marca Isuzu, estilo Trooper, año 1995,color vino, serie JACDJ58VXS7900800. Para el segundo remate se señalan las catorce horas quince minutos del diecisiete de febrero de dos mil quince, con la base de un millón noventa y dos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas quince minutos del cuatro de marzo de dos mil quince, con la base de trescientos sesenta y cuatro mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se advierte que lo rematado es el vehículo, no así la placa de taxi por cuanto la misma es una concesión del estado, por lo tanto no pertenece al demandado se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra José Antonio Vargas Rodríguez. Exp. Nº 13-008109-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014074421).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del tres de febrero de dos mil quince, y con la base de trescientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa número MOT-207804, marca: Chituma, categoría motocicleta, estilo CTM200GY-2, capacidad: 2 personas, número VIN TRBWLPCBLW7700007, año 2008, color rojo, cilindrada 200 c.c. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de febrero de dos mil quince, con la base de doscientos setenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de marzo del dos mil quince, con la base de noventa mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido

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Jueves 6 de noviembre del 2014 BOLETIN JUDICIAL Nº 214 — Pág 19

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales; a las ocho horas y treinta minutos del once de febrero de dos mil quince, y con la base de un millón quinientos sesenta y seis mil seiscientos treinta y nueve colones con cincuenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 514738, marca Fiat, año 2003, Vin 9BD15824034415692, cilindrada 1297 c.c., color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de febrero de dos mil quince, con la base de un millón ciento setenta y cuatro mil novecientos setenta y nueve colones con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de marzo del dos mil quince, con la base de trescientos noventa y un mil seiscientos cincuenta y nueve colones con ochenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Francini Montero Mejías. Exp. Nº 14-010839-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de octubre del 2014.—Lic. Yessenia Brenes González, Jueza.—(IN2014074542).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre paja de agua, a las catorce horas y quince minutos del veintiocho de noviembre de dos mil catorce y con la base de ciento dieciséis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 136414-000, la cual es naturaleza: terreno de potrero, situada en el distrito 08 Cabo Velas, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Finca la Libertad de Playa Grande J.R. S. A.; sur, calle pública con 32.73 metros y Finca la Libertad de Playa Grande J.R. S. A.; este, Finca la Libertad de Playa Grande J.R. S. A.; oeste, Finca la Libertad de Playa Grande J.R. S. A. Mide: seis mil noventa y cuatro metros con setenta y un decímetros cuadrados. Plano: G-0914417-2004. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del dieciséis de diciembre de dos mil catorce, con la base de ochenta y siete millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del catorce de enero de dos mil quince, con la base de veintinueve millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Sildelau Salcedo Ávila. Expediente: 13-000428-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 8 de octubre del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014074549).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del uno de diciembre de dos mil catorce y con la base de nueve millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos setenta mil quinientos veinticuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 26 N con una casa de habitación. Situada en el distrito 03 Calle Blancos, cantón 08 Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida las Amapolas; al sur, lotes 11 N y 12 N; al este, lote 25 N; y al oeste, lote 27 N. Mide: setenta y un metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de diciembre de dos mil catorce, con la base de siete millones ciento seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del quince de enero de dos mil quince, con

Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Iinstacredit S. A. contra Miguel Antonio Córdoba Angulo. Exp. Nº 09-010347-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de setiembre del 2014.—Msc. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014074436).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios;; a las diez horas y treinta minutos del dieciséis de enero del año dos mil quince, y con la base de cuatro millones sesenta y siete mil trescientos dieciocho colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y nueve mil novecientos setenta y siete cero cero cero la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito 02-Sabalito, cantón 08-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública y otro; al sur, quebrada y otros; al este, quebrada en medio José Cordero y al oeste, Demar González. Mide: Treinta y tres mil ochocientos noventa y cuatro metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de febrero del año dos mil quince, con la base de tres millones cincuenta mil cuatrocientos ochenta y ocho colones con ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de febrero del año dos mil quince con la base de un millón dieciséis mil ochocientos veintinueve colones con sesenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Desiderio Guido Fallas Vega, Mainor Martin Porras Alvarado. Exp. Nº 14-006221-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, 16 de octubre del 2014.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014074475).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas-0399-00007497-01-0940-001; a las quince horas y treinta minutos del veintisiete de enero del dos mil quince, y con la base de cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos mil seiscientos veinticinco cero cero cero la cual es terreno lote 61611 para agricultura. Situada en el distrito 04-Rivas, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rafael Cruz; al sur, Río Buena Vista; al este, calle pública y al oeste, Río Buena Vista. Mide: cinco mil cuarenta y nueve metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del once de febrero del dos mil quince, con la base de tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiséis de febrero del año dos mil quince con la base de mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Patrick James Gale contra tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y ocho mil C. Exp. Nº 14-004842-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 14 de agosto del 2014.—Lic. Franz Castro Solís, Juez.—(IN2014074539).

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Jueves 6 de noviembre del 2014Pág 20 — BOLETIN JUDICIAL Nº 214

En la puerta exterior de este Despacho, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del uno de diciembre de dos mil catorce, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, (citas: 570-27340-01-0006-001), servidumbre de paso, (citas: 570-59273-01-0008-001) y limitaciones de leyes 7052, 7208, Sist. Financiero de Vivienda, (citas: 576-60566-01¬0002-001) y con la base de siete millones trescientos ochenta y siete mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos treinta y cuatro mil doscientos cincuenta y tres-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 06 Pital, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Humberto Vargas Lizano; al sur, Carlos Humberto Vargas Lizano; al este, Fabio Vargas Ulate; y al oeste, servidumbre de paso con 10 metros de frente. Mide: ciento noventa y nueve metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de diciembre de dos mil catorce, con la base de cinco millones quinientos cuarenta mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del quince de enero de dos mil quince, con la base de un millón ochocientos cuarenta y seis mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Keilor Manuel Carranza Vega y Marcela Meléndez Arrieta. Expediente: 14-007127-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 4 de setiembre del 2014.—Kenny Obaldía Salazar, Juez Decisor.—(IN2014074587).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y quince minutos del uno de diciembre de dos mil catorce y con la base de once millones setenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta y nueve mil ochocientos cuarenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno de café lote 3. Situada en el distrito 02 San Pedro, cantón 02 Barva de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Victoria Ruiz Ruiz; al sur, Victoria Ruiz Ruiz; al este, Victoria Ruiz Ruiz; y al oeste, calle pública con 10,00 metros. Mide: cuatrocientos cincuenta metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del diecisiete de diciembre de dos mil catorce, con la base de ocho millones trescientos dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del quince de enero de dos mil quince, con la base de dos millones setecientos sesenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Efraín Peñaranda Quesada. Expediente: 14-007129-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 4 de setiembre del 2014.—Juan Carlos Castro Villalobos, Juez Decisor.—(IN2014074593).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, (citas: 300-17148-01-0901-001), servidumbre de acueducto y de paso de A y A, (citas: 421-03927-01-0001-001) y servidumbre de paso, (citas:

la base de dos millones trescientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jeffrey Antonio Varela López y Vilma María López Brenes. Expediente: 14-007101-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de setiembre del 2014.—Karol Melina Zumbado Sánchez, Jueza Decisora.—(IN2014074563).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada al tomo 363, asiento 00380, consecutivo 01, a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de noviembre de dos mil catorce y con la base de quince millones cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 328994-000 cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Desamparados, cantón Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carmen Gamboa Gamboa; al sur, Carlos Humberto Ureña/Carmen Gamboa; al este, Carmen Gamboa Gamboa; y al oeste, calle pública. Mide: cuatrocientos cuarenta metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de diciembre de dos mil catorce, con la base de once millones doscientos ochenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del quince de enero de dos mil quince, con la base de tres millones setecientos sesenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cristóbal Fernández Hernández contra María del Rosario Arley Madrigal. Expediente: 14-009387-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de julio del 2014.—Zary Navarro Zamora, Jueza Decisora.—(IN2014074578).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del uno de diciembre de dos mil catorce y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos catorce mil setecientos ochenta y nueve-cero cero cero, la cual es lote primero terreno para construir. Situada en el distrito 03 la Trinidad, cantón 14 Moravia de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre de paso con ocho metros de frente; al sur, Gloria Méndez Zúñiga; al este, lote dos de José Antonio Cordero Rodríguez; y al oeste, Iris Valverde López. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de diciembre de dos mil catorce, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del quince de enero de dos mil quince, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alexander Sánchez Alvarado y otros. Expediente: 14-007124-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 3 de setiembre del 2014.—Daniel Segura Castro, Juez Decisor.—(IN2014074579).

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Jueves 6 de noviembre del 2014 BOLETIN JUDICIAL Nº 214 — Pág 21

de Heredia. Colinda: al norte, Asociación Iglesia Pentecostal de Costa Rica; al sur, calle pública; al este, calle pública; y al oeste, lotes F 2 y F 6. Mide: doscientos dos metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de diciembre de dos mil catorce, con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del quince de enero de dos mil quince, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Natalia Rebeca Barquero Estrada y Norma Ligia Estrada Salazar. Expediente: 14-007134-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 4 de setiembre del 2014.—Daniel Segura Castro, Juez.—(IN2014074613).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones y colisiones en la sumaria 07-002178-0492-TC; a las ocho horas y cero minutos del veinte de abril del dos mil quince, y con la base de un millón cuatrocientos trece mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 629549, marca Hyundai, año 1994, vin KMHVF21NPRU088621, cilindrada 1500 c.c. color rosado, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del cinco de mayo del dos mil quince, con la base de un millón cincuenta y nueve mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de mayo del dos mil quince, con la base de trescientos cincuenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho la anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Marina Estrada Madrigal. Exp. Nº 08-000270-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de setiembre del 2014.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2014074684).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del uno de diciembre del dos mil catorce y con la base de catorce millones ochocientos sesenta y un mil novecientos setenta y un colones con setenta y siete céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 3924-F-000, la cual es terreno Apts. Carol Nº 1 Desti., a habitación. Situada en el distrito 01 San Pedro, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida; al sur, Apts. María Elena; al este, Jorge Cartín Chinchilla y al oeste, Apto. 2. Mide: ciento diecisiete metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de diciembre del dos mil catorce con la base de once millones ciento cuarenta y seis mil cuatrocientos setenta y ocho colones con ochenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del quince de enero del dos mil quince, con la base de tres millones setecientos quince mil cuatrocientos noventa y dos colones con noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María Elena Ureña Rojas, Virginia Ureña Rojas. Exp.

421-03928-01-0001-001), a las once horas y treinta minutos del uno de diciembre de dos mil catorce y con la base de sesenta y cinco mil ochenta y cinco dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos treinta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote cinco B. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote seis B; al sur, lote cuatro B; al este, calle pública con un frente de 8 metros; y al oeste, lote A. Mide: ciento sesenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil catorce, con la base de cuarenta y ocho mil ochocientos trece dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del quince de enero de dos mil quince, con la base de dieciséis mil doscientos setenta y un dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Eileen Paola Alvarado Cabalceta y Gonzalo Alvarado Villegas. Expediente: 14-007132-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 4 de setiembre del 2014.—Daniel Segura Castro, Juez Decisor.—(IN2014074604).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, citas: 398-08293-01-0900-001, a las diez horas y cero minutos del veintiocho de noviembre de dos mil catorce y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta mil ochocientos ochenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 06,00 mts; al sur, Félix Cerdas Cerdas; al este, Félix Cerdas Cerdas; y al oeste, Librado Corea Arroyo y otro. Mide: ciento cuarenta y dos metros cuadrados. Plano: G-0061128-1992. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de diciembre de dos mil catorce, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de enero de dos mil catorce, con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Gilbert Alberto Matarrita Gutiérrez, Gilbert Matarrita Gómez. Expediente: 14-001811-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 7 de octubre del 2014.—Evelyn Molina Zúñiga, Jueza Tramitadora.—(IN2014074611).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, (citas: 360-17169-01-0902-001), a las once horas y cuarenta y cinco minutos del uno de diciembre de dos mil catorce y con la base de siete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos tres mil trescientos noventa y ocho-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir lote F-siete con una casa. Situada en el distrito 04 Ulloa, cantón 01 Heredia de la provincia

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Jueves 6 de noviembre del 2014Pág 22 — BOLETIN JUDICIAL Nº 214

Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de setiembre del 2014.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2014074726).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del tres de diciembre de dos mil catorce, y con la base de veinticinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 174708-000 la cual es naturaleza terreno para construir, situada en el distrito 06-Bejuco, cantón 09-Nandayure de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con un frente de veintinueve metros ochenta y ocho centímetros, sur, Las Brisas del Mar Oeste S.A., este, Las Brisas del Mar Oeste S. A., oeste, Las Brisas del Mar Oeste S. A. Mide: Mil tres metros con treinta y dos decímetros cuadrados, plano G-1228918-2008. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de diciembre de dos mil catorce, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diecinueve de enero del dos mil quince, con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Las Hermanas Núñez Montiel de Jicaral Sociedad Anónima, Yannina Núñez Montiel. Exp. Nº 14-000064-1206-CJ.—juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 20 de octubre del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014074731).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 0297-00014095-01-0901-005; a las ocho horas y cero minutos del dieciséis de junio del dos mil quince, y con la base de ciento cuatro mil setecientos nueve dólares con cuarenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veintiséis mil doscientos cuarenta y ocho cero cero cero la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Hernán Cordero Arias; al sur, calle pública con un frente de 20,17 cm; al este, Hernán Cordero Arias y al oeste, Heiner Leiva Calderón, David Rohas Rojas y Alexander Sosa Navarro. Mide: Novecientos metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de julio del dos mil quince, con la base de setenta y ocho mil quinientos treinta y dos dólares con cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de julio del dos mil quince, con la base de veintiséis mil ciento setenta y siete dólares con treinta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Catalina María Saldaña Carranza. Exp. Nº 14-003783-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 21 de octubre del 2014.—Lic. Cristian Zamora Pérez, Juez.—(IN2014074743).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servid y Cond. Ref. 2737-379-001; a las quince horas del dieciséis de marzo del dos mil quince, y con la

Nº 13-032653-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014074720).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del dieciséis de abril del dos mil quince, y con la base de novecientos setenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número MOT-213179, marca Katana, año 2008, vin LAZPCJLT285200659, cilindrada 196 c.c, color amarillo, categoría motocicleta. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de mayo del dos mil quince, con la base de setecientos treinta y tres mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil quince, con la base de doscientos cuarenta y cuatro mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. la anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Esteban Acuña Venegas. Exp. Nº 09-010321-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de setiembre del 2014.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2014074722).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del quince de abril del dos mil quince, y con la base de dos millones cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas 798478, marca Mitsubishi, categoría automóvil, vin JA4MR51M9SJ023810, cilindrada 3500 c.c., año 1995, color negro. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de abril del dos mil quince, con la base de un millón quinientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de mayo del dos mil quince, con la base de quinientos doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho la anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Xinia María Sanabria Arce. Exp. Nº 13-000335-1044-CJ. Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de setiembre del 2014.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2014074723).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del quince de abril del dos mil quince, y con la base de un millón ciento cuarenta y siete mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número 671597, marca Toyota Tercel, año 1993, vin JT2EL46S6P0289109, cilindrada 1500 c.c., color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del treinta de abril del dos mil quince, con la base de ochocientos sesenta mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de mayo del dos mil quince, con la base de doscientos ochenta y seis mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Carolina Martínez Umaña. Exp. Nº 09-018215-1044-CJ.—Juzgado

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Jueves 6 de noviembre del 2014 BOLETIN JUDICIAL Nº 214 — Pág 23

ochocientos ochenta cero cero uno, cero cero dos (1-337880-001, 002) la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Edith Betancur Cossio; al sur, calle pública con 14m., 70cm.; al este, Vilma Gutiérrez González y al oeste, calle pública con 12m., 64cm. Mide: Ciento setenta y ocho metros con veinte decímetros cuadrados. Plano catastrado Nº SJ-0646754-1986. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de mayo del dos mil quince, con la base de cuarenta y ocho mil trescientos setenta y nueve dólares con cincuenta centavos (moneda en curso en los estados unidos de américa) (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil quince, con la base de dieciséis mil ciento veintiséis dólares con cincuenta centavos (moneda en curso en los estados unidos de américa) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. la anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Agnes Ivonne Astorga Herrera. Exp. Nº 13-007179-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 29 de octubre del 2014.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014074760).

ConvocatoriasSe convoca a todos los interesados en la sucesión de Rafael

Gerardo Carvajal Chinchilla, a una junta que se verificará en este Juzgado a las trece horas treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 09-100584-0297-CI.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 8 de setiembre del 2014.—Lic. Rodrigo T. Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—(IN2014059421).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de José Barboza Díaz, a una junta que se verificará en este Juzgado a las diez horas treinta minutos del dos de diciembre de dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 13-000603-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de octubre del 2014.—Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2014074019).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Álvaro Madrigal Quirós, cédula de identidad número 6-0055-0020, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del dos de diciembre del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 2003-001162-0183-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita y San Sebastián.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2014074324).

Títulos SupletoriosSe hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente

N° 14-000099-0640-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Mauricio Alexander Rivera Garro, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de San Carlos de Tarrazú, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-0410-0896, profesión, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03, San Carlos, cantón 05 Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Gilberto Rivera Durán; al sur, Martín Rivera Durán; al este, Gilberto Rivera Durán y al oeste, Mario Rivera Duran. Mide: ciento ochenta y nueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un

base de cincuenta y cuatro mil doscientos noventa y tres dólares con cincuenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 276542-000 la cual es terreno inculto lote 184-E; con casa. Situada en el distrito 01-San Vicente, cantón 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 13m 50 cm.; al sur, quebrada en medio Carmen Chinchilla; al este, quebrada en medio INVU y al oeste, reservado de segunda porción. Mide: Doscientos cuarenta y dos metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados, plano SJ-0342032-1979. Para el segundo remate se señalan las quince horas del ocho de abril del dos mil quince, con la base de cuarenta mil setecientos veinte dólares con dieciocho centavos y para la tercera subasta se señalan las quince horas del veintitrés de abril del dos mil quince, con la base de trece mil quinientos setenta y tres dólares con treinta y nueve centavos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima Rep/Rafa contra Roy Alberto Ulloa Ramírez. Exp. Nº 14-003576-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 10 de octubre del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014074748).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del diez de febrero del dos mil quince, y con la base de veinte mil seiscientos cuarenta y seis dólares con veinte centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: Placas RGS234, marca Fiat, estilo línea Dynamic, año 2012, tracción 4x2, color celeste, carrocería sedan 4 puertas, capacidad 5 personas, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del dos mil quince, con la base de quince mil cuatrocientos ochenta y cuatro dólares con sesenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de marzo del dos mil quince, con la base de cinco mil ciento sesenta y un dólares con cincuenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A., contra Ronald Enrique Abarca Solano. Exp. Nº 14-002525-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 20 de octubre del 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014074752).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del diez de febrero del dos mil quince, y con la base de seis mil setecientos veinte dólares con treinta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas CL236095, marca: Nissan, estilo Frontier, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, carrocería camioneta Pick-Up caja abierta o cam-pu, tracción: 4x4, año 2009, color negro. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del dos mil quince, con la base de cinco mil cuarenta dólares con veintiséis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de marzo del dos mil quince, con la base de mil seiscientos ochenta dólares con nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank de Costa Rica S. A. contra Adriana de los Ángeles Solís Araya y otro. Exp. Nº 14-002477-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 21 de octubre del 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014074756).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las trece horas y treinta minutos del veinte de abril del dos mil quince, y con la base de sesenta y cuatro mil quinientos seis dólares exactos (moneda en curso en los estados unidos de américa), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos treinta y siete mil

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Jueves 6 de noviembre del 2014Pág 24 — BOLETIN JUDICIAL Nº 214

mantenimiento general del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Mayra Isabel Jiménez Altamirano. Exp. Nº 14-000012-0678-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 20 de octubre del 2014.—Lic. Daisy Hidalgo Arias, Jueza.—1 vez.—(IN2014073193).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 14-000120-0295-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Agropecuaria Sandra Esmeralda Sociedad Anónima, cédula 3-101-540881, representada por su presidenta Sandra Esmeralda Rojas Laurent, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Zarcero, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0546-0648, profesión empresaria, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno destinado al repastos de ganado. Situada en el distrito segundo Laguna, cantón once Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de cuatrocientos setenta y cinco metros con sesenta y tres centímetros lineales; al sur, calle pública con un frente a ella de cuatrocientos doce metros con sesenta y nueve centímetros lineales; al este, calle pública y al oeste, Ganadera El Solar S. A. Mide: catorce mil cuatrocientos noventa metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble venta que le hiciera Rodrigo Alfaro Blanco, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en el repasto de ganado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Agropecuaria Sandra Esmeralda Sociedad Anónima. Exp. Nº 14-000120-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 29 de setiembre del 2014.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—(IN2014073311).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 13-000135-0295-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jeiner Fernando Ugalde Molina, quien es mayor, estado civil divorciado, vecino de San Jerónimo de Naranjo, sector La Puebla, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-470-315, profesión Supervisor de Seguridad, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 05 La Puebla, cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Bienvenido Ugalde Soto; al sur, María Clodomira González Arias; al este, María Norma Molina Rodríguez y al oeste, Ronald Gerardo Ugalde Molina. Mide: quinientos diecisiete metros con treinta decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en arrancar el café cultivado, preparar el terreno para construir, construir una casa de habitación, hacer zonas verdes, sembrar árboles frutales y darle mantenimiento a las cercas divisorias. Que no ha inscrito mediante

millón colones. Que adquirió dicho inmueble a título verbal de Gerardina Rivera Durán, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construir cercas, repararlas, limpiar el terreno, tenerlo bajo su poder y voluntad del mismo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Mauricio Alexander Rivera Garro. Exp. Nº 14-000099-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 10 de octubre del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2014073064).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 14-000124-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Francisco Damián Sandoval Romero, quien es mayor, estado civil soltero en unión de hecho, vecino de Liberia, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 05-0297-0669, profesión peón agrícola, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito dos Cañas Dulces, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jesús Romero Díaz y Juan Gerardo Romero Díaz; al sur, calle pública; al este, Jesús Romero Díaz y al oeste, Giselle Sandoval Romero. Mide: trescientos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, limpieza de lote y siembra de árboles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Francisco Damián Sandoval Romero. Exp. Nº 14-000124-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 9 de setiembre del 2014.—Lic. Ivannia Solano Gómez, Jueza.—1 vez.—(IN2014073149).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 14-000012-0678-CI-3 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Mayra Isabel Jiménez Altamirano; quien es mayor, estado civil divorciada una vez, vecina de Limón centro, 50 m al este de la iglesia San Marcos, frente a las oficinas Asodeli, entrando al callejón, antepenúltima casa al fondo, portadora de la cédula de residencia vigente que exhibe número 155814723428, oficios del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno con plano L 1477548-2011 que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Limón, cantón primero, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Mayra Jiménez Altamirano; al sur, Eugenio Alexander Prince Braffet; al este, Rolando Rebo Valerio y al oeste, Eugenio Alexander Prince Braffet. Mide: cincuenta y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa realizada por Guillermo Araya Mejía, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción de una casa de habitación, limpieza y

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legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000059-0857-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de setiembre del 2014.—Lic. Oscar Mena Valverde, Juez.—1 vez.—(IN2014073137).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Froilán Leitón Flores, mayor, casado una vez, mecánico, portador de la cédula de identidad número 0105960209 y vecino de Pérez Zeledón. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 86-100693-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 19 de agosto del 2014.—Lic. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—(IN2014073138).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Socorro Arroyo Valverde, mayor, ama de casa, soltera, nacionalidad 0102210706, con documento de identidad desconocido y vecina de Barrio Brasilia, San Isidro, Pérez Zeledón. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000086-0188-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 3 de octubre del 2014.—Lic. Oscar Mena Valverde, Juez.—1 vez.—(IN2014073143).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Adelina Abarca Mora, mayor, ama de casa, soltera, de nacionalidad costarricense, con documento de identidad 2-074-1756 y vecina de Limón Las Brisas. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 04-000291-0678-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 23 de octubre del 2014.—Lic. Daisy Hidalgo Arias, Jueza.—1 vez.—(IN2014073194).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María del Carmen Hernández Monge, mayor, casada una vez, costarricense, con cédula de identidad 0301530783 y vecina de Guadalupe. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000562-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre del 2014.—Lic. Francis Porras León, Juez.—1 vez.—(IN2014073195).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Francisca Fonseca Delgado, mayor, casada una vez, del hogar, vecina de La Rita de Pococí, cédula número 03-0127-0813. Se cita a los herederos, legatarios,

el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jeiner Fernando Ugalde Molina. Exp. Nº 13-000135-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 22 de mayo del 2014.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—(IN2014073330).

CitacionesSe hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso

sucesorio de Claudia Maroto Maroto, quien fue mayor, soltera, ama de casa, vecina de Palmar Norte de Osa, costarricense, cédula número de 6-033-042. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sin no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-100035-423-CI-1.—Juzgado Civil de Osa, Ciudad Cortés, 1° de octubre del 2012.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2014073036).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de James Richard Pudder, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San José, Santa Ana, con identificación número 184000561406. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sin no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 14-000074-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 13 de mayo de 2014.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014073074).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Flora Vargas Alfaro, quien fue mayor, soltera, oficio del hogar, vecina de Los Llanos de Altamira de Aguas Zarcas de San Carlos, cédula de identidad 0201400676, murió en fecha 08/07/2007. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000109-0298-AG.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 24 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—(IN2014073089).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de José Antonio Aued Aguilar cc Sauma Aguilar; quien fue mayor, soltero, profesor, vecino de San José, Rohrmoser, con cédula de identidad 1-0333-0116. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 2012-000228-0182-CI.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 3 de octubre de 2014.—Msc. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014073093).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alejandro Barboza Elizondo, mayor, soltero, estudiante, con documento de identidad 0112120073, y vecino de Pérez Zeledón. Se cita a los herederos,

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Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a”... “Mileydi Monestel Ramírez. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Tome nota la parte interesada lo dispuesto por la circular Nª 5-2012 emanada por el Consejo Superior del Poder Judicial; en el sentido de que, cuando se señale fax, casillero y/o estrados judiciales, se aplicará de manera analógica el artículo 15 de la Ley de Notificaciones Judiciales, en el sentido de que las partes se reservarán las copias de la demanda y/o escrito inicial, y se apersonarán al despacho para obtener en formato digital un archivo con la comisión, u obtengan dicha información digital, por medio del sistema de gestión en línea, lo anterior conforme a las políticas institucionales de cero papel.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—(IN2014070736). 3 v. 3.

Se hace saber que en este despacho Bernardo Bolaños Fernández, mayor de edad, casado una vez, cédula de identidad número 2-0406-0869 en su condición de representante de Ferretería Técnica FETESA S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-cero seis cinco dos seis uno, han promovido diligencias reposición de cédulas hipotecarias a fin de que se le reponga la cédula hipotecaria que se encuentra inscrita en el Registro Público con el siguiente tomo 558, asiento 03745, consecutivo 01 en fecha veintisiete de setiembre del año dos mil cinco, representada por dos cédulas hipotecarias de segundo grado por un monto de quince millones de colones exactos cada una, las mismas cédulas hipotecarias sin haber circulado y sin haber sido transferidas a terceros, las mismas fueron extraviadas. Garantizando dicho crédito la finca del partido de Guanacaste matrícula número 9993-000. Se concede un término de un mes a partir de la última publicación de este edicto, a todos los interesados, a fin de que se presenten en defensa de sus derechos. Expediente Nº 14-000006-0180-CI reposición de cédula hipotecaria por Ferretería Técnica FETESA S. A. Publíquese tres veces consecutivas.—San José, 29 de enero de 2014.—Msc. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—(IN2014071412). 3 v. 3

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la curatela de la persona insana Leandro Alberto Elizondo Martínez, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Exp. 14-400143-1046-FA (151-14).—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 2 de octubre del 2014.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—(IN2014071503). 3 v. 3.

Msc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza del Juzgado Civil de Menor Cuantía del I Circuito Judicial de Alajuela, hace saber a Ronald Ugalde Soto, documento de identidad 0401450421, mayor, casado, porteador, vecino de San Antonio del Tejar, Alajuela, Condominio Villa Real, 400 metros al sur, que en este despacho se interpuso un proceso abreviado en su contra, bajo el expediente número 11-000844-0638-CI, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Civil de Menor Cuantía del I Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho horas y cincuenta y siete minutos del cuatro de agosto de dos mil once. De la anterior demanda abreviada se confiere traslado por el plazo perentorio de diez días a Ronald

acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000154-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17 de setiembre del 2014.—Msc. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—(IN2014073267).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rodolfo Jiménez Luna, mayor, casado una vez, costarricense, profesión desconocida, con documento de identidad 0301440760 y vecino de Zetillal de Goicoechea. No Indica. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000537-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de octubre del 2014.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2014073344).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quine en vida fue Atilia Fuentes Obando, quien en vida fuera mayor de edad, viuda de únicas nupcias del hogar portadora de la cédula de identidad número tres-trescientos cincuenta-trescientos setenta y uno y vecina de Cartago, Tejar del Guarco, hija de Juan Rafael Fuentes Romero y María Julia Obando Robles, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2014. Notaría del Bufete Lic. Catalina González Ortega; 125 sur, esquina suroeste de Tribunales de Justicia Cartago.—Lic. Catalina González Ortega, Notaria.—1 vez.—(IN2014074315).

AvisosLicenciada Marjorie Salazar Herrera, Jueza del Juzgado

de Familia de Grecia a, Mileydi Monestel Ramírez, se le hace saber que en proceso Depósito Judicial N° 12-000686-0687-FA, establecido por, Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Grecia, a las nueve horas y uno minutos del catorce de noviembre del año dos mil doce. De las presentes diligencias de depósito del (los) menor(es) María Fernanda Naranjo Monestel, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a los señores Eduardo Naranjo Bolaños y Mileydi Monestel Ramírez, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente (n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de

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de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio se le hace saber lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. La parte interesada puede localizarlo al teléfono 2448-6690 y 8386-3317. Notifíquese a la parte demandada la presente demanda por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso.-Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Juzgado Civil de Menor Cuantía del I Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas y treinta y dos minutos del nueve de abril de dos mil catorce. Se tiene por aceptado el cargo de Curador Procesal al Licenciado Mario Alberto Rivera Campos, asimismo se le hace saber que las copias se encuentra dentro del expediente para su retiro. Msc. Ileana Ruiz Quirós, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso abreviado de Electricidad Cynergo Sociedad Anónima contra Ronald Ugalde Soto. Expediente N° 11-000844-0638-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 9 de abril del 2014.—Licda. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—1 vez.—(IN2014072914).

Msc. Carlos Sánchez Miranda, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, en su carácter personal, expediente número 13-0001716-0165-FA se le hace saber que en demanda insania, establecida por Yamileth Duarte Gómez, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: número 508-14, Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial, Goicoechea, a las once horas del treinta y uno de julio de dos mil catorce. Proceso de actividad judicial no contenciosa-interdicción y curatela promovido por Yamilette Duarte Gómez, mayor, casada dos veces, ama de casa, vecina de San Rafael de Coronado, Villa Emmaus, casa número tres, con cédula de identidad uno-cuatrocientos noventa y ocho-doscientos sesenta y dos. En carácter de curador procesal del presunta inhábil, señora Juana Marta Abarca Duarte, mayor, soltera, pensionada, ciudadana de oro, de noventa y dos años, cédula de identidad número 5-038-458. Resultando: 1, 2, 3, Considerando: I, II, III, IV, V, VI, VII, Por tanto: De conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153, 155, 819, 820, 867, 868, 869 y 870 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elección y del Registro Civil, 230, 231, 232, 235, 238 y 241 del Código de Familia, el presente proceso de actividad judicial no contenciosa, incoado por Yamilette Duarte Gómez, se falla de la siguiente forma: 1) Se declara el estado de interdicción de la señora Juana Marta Abarca Duarte. 2) Se nombra como curadora del incapaz, a su sobrina Yamilette Duarte Gómez, a quien se le previene comparecer a aceptar el cargo, dentro de tercero día; o a exponer el motivo de excusa que tuviere. 3) Aceptado que sea el cargo por la curadora, se señalará el día y la hora para que se presente a prestar el juramento de que cumplirá el cargo con fidelidad. 4) Con el fin de que la curadora represente al incapaz, en los asuntos judiciales en los que éste se halle interesado, se le dará certificación de la respectiva acta y de esta sentencia. 5) La curadora deberá presentar el inventario y el avalúo de todos los bienes de la incapaz, incluyendo lo relativo a alguna pensión que eventualmente reciba, lo anterior dentro de un mes calendario. 6) Firme esta sentencia, la ejecutoria deberá publicarse en el periódico oficial e inscribirse en el Registro Nacional, Sección de Personas y Sección de Propiedad, así como en el Registro Civil, al margen de las citas del tomo: treinta y ocho, página: doscientos veintisiete, asiento: cuatrocientos cincuenta y ocho. 7) El cargo de curadora lleva implícito el deber de representar legalmente, al inhábil, y administrar sus bienes. 8) Igualmente, es obligación de la curadora cuidar que el incapaz adquiera o recobre su capacidad mental o física. 9) Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas.

Ugalde Soto. Con respecto de los hechos de la demanda expondrá(n) con claridad si los rechaza(n) por inexactos o si los admite(n) como ciertos o con variantes o rectificaciones, también manifestará(n) con claridad las razones que tenga(n) para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye(n). En la misma oportunidad ofrecerá(n) las pruebas que estime(n) pertinentes, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que deberá(n) de referirse cada uno de éstos. Artículos 305, 354 y 357 del Código Procesal Civil. Se le previene a la parte demandada que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que si desean señalar un fax como medio de notificación dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo por haberlo así dispuesto el Consejo Superior en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se les recuerda a las partes que en la actualidad tienen la posibilidad de conciliar en cualquier momento del proceso (Ley N° 7727 sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social, razón por la que el despacho está en la mejor disposición de señalar para esos efectos si así se solicita. De conformidad con los artículos 282 del Código Procesal Civil y 468 del Código Civil se ordena la anotación de esta demanda al margen de la finca real número 088424-005 de la provincia de Heredia. A tenor de lo dispuesto por el numeral 272 y siguientes del Código Procesal Civil debidamente garantizados los posibles daños y perjuicios, hasta por la suma de setecientos mil colones se decreta embargo preventivo en los bienes de la parte demandada el cual se hace recaer en los que se indican. Comuníquese. Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s), personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones de este Circuito Judicial. La parte demandada puede ser localizada en la siguiente dirección: San Antonio del Tejar de Alajuela, exactamente de la Rotonda de Condominio Villa Real, 400 metros al sur. De conformidad con el artículo 35 de la citada ley; se informa a la autoridad comisionada que la parte accionante tiene señalado como medio el fax: 22807543. Msc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza. Juzgado Civil de Menor Cuantía del I Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas y veintiocho minutos del veinticinco de marzo de dos mil catorce. Habiéndose depositado la suma prudencial fijada para responder en forma provisional a los honorarios de curador se nombra como tal al Licenciado Mario Albero Rivera Campos, a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28

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Jueves 6 de noviembre del 2014Pág 28 — BOLETIN JUDICIAL Nº 214

Edictos MatrimonialesHan comparecido ante este Despacho, solicitando contraer

matrimonio civil, Elías Sánchez Rivera, mayor, de treinta y tres años de edad, soltero, administrador, vecino de Santa Ana, Piedades, cédula de identidad número 1-1090-0510 y Lilliana Vargas Duarte, mayor, de treinta y cinco años de edad, divorciada, empleada doméstica, vecina de Santa Ana, Piedades, cédula de identidad número 1-1050-0159. Se concede un plazo de ocho días, a quien tenga que hacer alguna oposición a dicho matrimonio, la que deberá presentarse por escrito ante este Despacho, y en ese término. Expediente Nº 14-100116-0242-CI.—Santa Ana, 20 de octubre del 2014.—Lic. Ronald Chacón Mejía, Juez.—1 vez.—(IN2014073220).

Allan José Durán Quesada, mayor, de veintinueve años de edad, soltero, mantenimiento de piscinas, costarricense, cédula de identidad 1-1252-0730 y Tatiana Raquel Flores García, mayor, de treinta y un años de edad, soltera, ama de casa, nicaragüense, cedula de residencia número 155805900003 ambos vecinos de Escazú, solicitan a este Despacho, la celebración de su matrimonio civil. Se publica este edicto para efecto del capítulo IV del Código de Familia. Matrimonio civil número 14-100172-0917-CI (194-2014) de Allan José Durán Quesada y Tatiana Raquel Flores García. Publíquese por única vez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú, 22 de octubre del 2014.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—1 vez.—(IN2014073308).

Edictos en lo PenalFiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur

(Buenos Aires), al ser las trece horas y nueve minutos del nueve de octubre del año dos mil catorce. Dentro del expediente 12-200741-0634-PE (1281-12-2), contra María del Rocío Murillo Granados, por el delito de lesiones culposas (Ley de Tránsito), en perjuicio de, Paulo Arroyo Mora, se delegó Acción Civil Resarcitoria por parte de la Oficina de Defensa Civil de las Víctimas en representación del ofendido Paulo Arroyo Mora por lo que se ordena dar traslado de la misma al tercero civilmente Responsable, el señor Juan Pablo Murillo Murillo, cédula de identidad 1-1433-0991, y se le comunica el contenido de la presente Acción Civil Resarcitoria, quien podrá oponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes después de la comunicación de esta resolución, planteando de ser el caso las excepciones que correspondan. Habiéndose agotado todas las vías para localizar al codemandado civil Juan Pablo Murillo Murillo, cédula de identidad 1-1433-0991 dueño registral del vehículo marca Toyota, estilo Tercel, placa 318111, se ordena notificar por edicto, tres veces consecutivas la resolución de las ocho horas con treinta minutos del ocho de mayo del dos mil trece, en la cual se ordena dar traslado a la acción civil resarcitoria al codemandado civil Juan Pablo Murillo Murillo, cédula de identidad 1-1433-0991. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal. Se le previene al demandado que debe señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad donde atender notificaciones bajo apercibimiento de que si lo omitiere, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas del despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. (Artículo 354, 357 y 433 del Código Procesal Civil; 6 y 12 de la Ley de notificaciones y Citaciones Judiciales). Comuníquese.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Buenos Aires.—Licda. Tattiana García Chaves, Fiscal.—(IN2014070737). 3 v. 2.

Sin embargo, los gastos del procedimiento se cargarán al patrimonio del incapaz.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Master Carlos Ml. Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—(IN2014073247).

Se hace saber a Zhi Ming Zhang, portador del documento de identidad número PG04319858 y sin domicilio conocido, que en este Despacho, se tramita el expediente número 14-401054-637-FA, que corresponde a una solicitud de autorización de reconocimiento de hijo de mujer casada a favor de Allen Jafet Zhang Cordero, planteada por Allen Ernesto Leal Rodríguez, portador de la cédula de identidad número 6-217-558 y vecino de San Miguel de Desamparados y que se la ha otorgado audiencia por tres días para manifestar lo que tuviere a bien y para señalar medio donde atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia de Desamparados, 16/09/2014.—Lic. Zeidy Jacobo Moran, Jueza.—1 vez.—(IN2014073307).

Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza del Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón); hace saber a Bismark Ruiz Sequeira, cédula de residencia número: 155808275020, que en este Despacho, se interpuso un proceso autorización de salida del país en su contra, promovido por María Vicenta Morales Miranda, cédula de residencia número 155807907831, bajo el expediente número 14-000446-0688-FA donde se dictó la resolución que en lo conducente dice: Sentencia Nº 593-2014. Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del trece de octubre del dos mil catorce. Solicitud de autorización de salida del país presentado por María Vicenta Morales Miranda, mayor de edad, de nacionalidad nicaragüense, soltera, empleada en un vivero, cédula de residencia número uno cinco cinco ocho cero siete nueve cero siete ocho tres uno, vecina de San Ramón, a favor de su hijo Brayan José Ruiz Morales, contra Bismark Ruiz Sequeira, mayor de edad, de nacionalidad nicaragüense, peón de construcción, cédula de residencia número uno cinco cinco ocho cero ocho dos siete cinco cero dos cero, de demás calidades desconocidas. Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Interviene el Licenciado Shirani Jossue Rojas Castrillo, en su condición de curador procesal del accionado. Considerando: I.—Hechos probados: A)... B)... II.—Sobre el fondo:... III.—Sobre la notificación al accionado:... IV.—Sobre las costas:... Por tanto: Con base en lo expuesto y normas legales citadas, se falla: a) Se autoriza a la persona menor de edad Brayan José Ruiz Morales, nacido el veintinueve de diciembre de mil novecientos noventa y siete, para que pueda salir del país a partir del dieciocho de diciembre del dos mil catorce debiendo regresar a más tardar el veintitrés de diciembre de dos mil catorce, este permiso es prorrogable para llevarlo a cabo en otra fecha posterior a la señalada únicamente en caso de que por algún motivo se tuviera que posponer dicho viaje, siempre y cuando sea por el mismo motivo, es decir tener que ir a participar en la actividad deportiva y recreativa con el equipo de fútbol “Promesas de San Ramón” al país de Panamá, en compañía de su madre o de quien ésta autorice, en el entendido que doña María Vicenta también queda autorizada para realizar las gestiones necesarias para que su hijo obtenga su pasaporte y la visa que en su momento se requiera. b) Se ordena notificar esta sentencia al accionado mediante la publicación de la misma por una sola vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional, siendo suficiente con la publicación de la parte dispositiva con los datos necesarios para identificar el proceso. c) Se resuelve este asunto sin especial condena en costas. Msc. Ana Belly Umaña Quesada. Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso autorización de salida del país de María Vicenta Morales Miranda contra Bismark Ruiz Sequeira. Expediente Nº 14-000446-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 28 de octubre del 2014.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—(IN2014073319).