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ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL UAC – CONTABILIDAD PUBLICA CONTROL INTERNO Y SU IMPLEMENTACION C.P.C.C Luis Gerardo Durán Villalobos

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OFICINA REGIONAL DE CONTROL LIMA CALLAO

ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL UAC CONTABILIDAD PUBLICA CONTROL INTERNO Y SU IMPLEMENTACION C.P.C.C Luis Gerardo Durn Villalobos

1ASPECTOS GENERALES DEL CONTROL INTERNO GUBERNAMENTAL

Ley N 27785 Ley Orgnica del Sistema Nacional de Control y de la Contralora General de la Repblica del Per de 22.Jul.2002, Art. 7.Ley 28716 Ley del Sistema de Control Interno en el Per de 17.Abr.2006Normas de Control Interno, aprobadas por R.C. 320-2006-CG, de 30.Oct.2006. Gua para la Implementacin del Sistema de Control Interno de la entidades del Estado, aprobada por R.C. 458-2008-CG del 28.Oct.2008. .Marco Normativo

Decreto de Urgencia que modifica el Art. 10 de la Ley 28716, Decreto de Urgencia 067-2009, de 22.Jul.2009 Ley N 29743 Ley que modifica el artculo 10 de la Ley 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado de 08.Jul.2011.Marco NormativoEl Control Gubernamental, consiste en la supervisin, vigilancia y verificacin de:

los actos y resultados de la gestin pblica, en atencin al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economa en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado.cumplimiento de las normas legales, y lineamientos de poltica y planes de accin.

El control gubernamental evala los sistemas de administracin, gerencia y control, con fines de su mejora a travs de la adopcin de acciones preventivas y correctivas pertinentes.

El control gubernamental tiene un doble rol: control interno y control externo. EL CONTROL GUBERNAMENTAL EN EL PERLey 27785 - Art. 6.- ConceptoEL CONTROL GUBERNAMENTALControlGubernamentalControl InternoControl ExternoControl InternoPrevioControl InternoPosteriorControl InternoSimultneoControl ExternoPrevioArt. 22 inc. j, k, l

Control ExternoSimultaneoControl Externo PosteriorOpinin previa sobre Adq. y contrat.de Bs., Serv. u obras, que tengan el carcter de secreto militarInformar previamente las operaciones, fianzas, avales y otras garantas que otorgue el Estado, que en cualquier forma comprometa su crdito o sobrecapacidad financieraAutorizacin previa a la ejecucin y al pago de los presup. adic. de obra pblica, y de las mayores Prestaciones de supervisinControl InternoEl Control Interno, es inherente a todos los niveles de direccin, gerencia y funcionarios de las entidades gubernamentales; es una forma de medir, el esfuerzo con relacin a las metas y/o actividades a ser cumplidas por una entidad y comprobar si estas se estn logrando o no.

El Control Interno, comprende las acciones de cautela previa, simultnea y de verificacin posterior que realiza la entidad pblica sujeta a control, con la finalidad que la gestin de sus recursos, bienes y operaciones se efecte correcta y eficientemente.

Es responsabilidad del Titular, fomentar y supervisar el funcionamiento y confiabilidad del Control Interno, para evaluar la gestin y el efectivo ejercicio de la rendicin de cuentas, propendiendo a que ste contribuya al logro de la misin y objetivos. Ley 27785 - Artculo 7.- Control InternoCONTROL INTERNO PREVIOCONTROL INTERNO SIMULTNEOCOMPETE EXCLUSIVAMENTE A LAS AUTORIDADES, FUNCIONARIOS Y SERVIDORES PBLICOS DE LAS ENTIDADES COMO RESPONSABILIDAD PROPIA DE LAS FUNCIONES QUE LE SON INHERENTES, SOBRE LA BASE DE NORMAS QUE RIGEN LAS ACTIVIDADES DE LA ORGANIZACIN Y LOS PROCEDMIENTOS ESTABLECIDOSEN SUS PLANES , REGLAMENTOS, MANUALES Y DISPOSICIONES INSTITUCIONALES, LOS QUE CONTINEN LAS POLTICAS Y MTODOS DE AUTORIZACIN, REGISTRO, VERIFICACIN, EVALUACIN, SEGURIDAD Y PROTECCIN.Control InternoCONTROL INTERNO POSTERIORES EJERCIDO POR LOS RESPONSABLES SUPERIORES DEL SERVIDOR O FUNCIONARIO PBLICO EJECUTOR, EN CUMPLIMIENTO DE LAS FUNCIONES ESTABLECIDAS, AS COMO, POR EL RGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL.Control InternoEl control externo, ejercido por un rgano independiente que evala el desempeo de las entidades gubernamentales en relacin con la responsabilidad institucional.

El ejercicio del control externo, compete a la CGR u otro rgano del SNC por encargo o designacin de sta, con el fin de supervisar, vigilar y verificar la gestin y la captacin y uso de recursos y bienes del Estado.

En concordancia con sus roles de supervisin y vigilancia, el control externo podr ser preventivo o simultneo, cuando se determine taxativamente por Ley o por normativa expresa

Para su ejercicio, se aplicarn sistemas de control de legalidad, de gestin, financiero, resultados, evaluacin de control interno u otros, en funcin a las caractersticas de la entidad y la materia de control.EL CONTROL EXTERNOLey de Control Interno de las Entidades del Estado Ley N 28716Sistema de Control Interno es el conjunto de acciones, actividades, planes, polticas, normas, registros, organizacin, procedimientos y mtodos, incluyendo la actitud de las autoridades y el personal, organizados e instituidos en cada entidad del Estadoa)Promover y optimizar la eficiencia, eficacia, transparencia y economa en las operaciones de la entidad, as como la calidad de los servicios pblicos que presta. b)Cuidar y resguardar los recursos y bienes del Estado contra cualquier prdida, deterioro, uso indebido y actos ilegales, as como en general, contra todo hecho irregular o situacin perjudicial que pudiera afectarlos; c) Cumplir la normatividad aplicable a la entidad y sus operaciones.d). Garantizar la confiabilidad y oportunidad de la informacin.e). Fomentar e impulsar la prctica de valores institucionalesf) Promover el cumplimiento de los funcionarios o servidores pblicos de rendir cuenta por los fondos y bienes pblicos a su cargo y/o por una misin u objetivo encargado y aceptado.Objetivos:Ley de Control Interno de las Entidades del Estado Ley N 28716Artculo 9.- Actuacin del rgano de Control InstitucionalEfecta el control preventivo sin carcter vinculante, con el propsito de optimizar la supervisin y mejora de los procesos, prcticas e instrumentos de control interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinin que comprometa el ejercicio de su funcin, va control posterior.

Acta de oficio cuando en los actos y operaciones de la entidad, se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisin o de incumplimiento, informando al Titular de la entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes.

Verifica el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables a la entidad, por parte de las unidades orgnicas y personal de sta.

Ley de Control Interno de las Entidades del Estado Ley N 28716Artculo 11.- Informe al Congreso de la Repblica La Contralora General de la Repblica incluye los resultados de la evaluacin efectuada por el Sistema Nacional de Control sobre el control interno en las entidades del Estado, en el informe anual que sobre su gestin presenta al Congreso de la Repblica, conforme lo dispuesto en el literal k) del artculo 32 de la Ley N 27785.

Asimismo, remite un informe referido a las acciones recomendadas e implementadas al respecto a la Comisin de Fiscalizacin y Contralora del Congreso de la Repblica, en forma semestral.

LIMITACIONES DE LA EFICACIA DE CONTROL INTERNOPuede verse afectado por causas asociadas a los Recursos Humanos y materiales, tanto como a cambios en el ambiente interno y externo como cambios organizacionales y en la actitud del titular y funcionarios.

COMPONENTES DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNOAmbiente de ControlEvaluacin de RiesgosActividades de Control Gerencial Informacin yComunicacinSupervisinCOMPONENTESResolucin de Contralora N 320-2006-CG de 30.oct.2006NORMA GENERAL PARA COMPONENTEEstablecimiento de un entorno de organizacin favorable al ejercicio de buenas prcticas, valores, conductas y reglas apropiadas, para sensibilizar a los miembros de la entidad y generar una cultura de control interno. Ambiente de ControlNORMA GENERAL PARA COMPONENTE1. El ambiente de control1.1Filosofa de la DireccinConducta y actitudes que debe caracterizar a la gestin de la entidad.

TRANSPARENCIA DE GESTINNORMA GENERAL PARA COMPONENTE1. El ambiente de control1.2Integridad y valores ticosPreferencias y juicios de valor que se traducen en normas de conducta y estilos de gestin.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE1. El ambiente de control1.3Administracin EstratgicaFormulacin sistemtica y correlacionada con los planes estratgicos para su administracin y control efectivo.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE1. El ambiente de control1.4 Estructura organizacionalEl titular debe desarrollar aprobar y actualizar la estructura organizativa en el marco de eficiencia y eficacia que mejor contribuya al cumplimiento de sus objetivos y su misin.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE1. El ambiente de control1.5 Administracin de los Recursos HumanosPolticas y procedimientos necesarios para asegurar una apropiada planificacin y administracin de los recursos humanos de la entidad, de manera que se garantice el desarrollo profesional y asegure la transparencia, eficacia y vocacin de servicio.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE1. El ambiente de control1.6 Competencia ProfesionalReconocer como elemento esencial la competencia profesional del personal, acorde con las funciones y responsabilidades designadas.

MisinNORMA GENERAL PARA COMPONENTE1. El ambiente de control1.7 Asignacin de autoridad y responsabilidadAsignar claramente al personal sus deberes y responsabilidades as como establecer relaciones de informacin, niveles y reglas de autorizacin, as como los lmites de su autoridad.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE1. El ambiente de control1.8 rgano de Control InstitucionalDebe estar debidamente implementada- con asignacin de infraestructura, personal calificado y logstica en cantidad suficiente a fin de que contribuya de manera significativa al buen ambiente de control. Constituyndose en una fortaleza la entidad que cuente con el OCI.

Evaluacin de RiesgosNORMA GENERAL PARA COMPONENTE2.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE2. Evaluacin de Riesgos2.1 Planeamiento de la administracin de riesgos

Es el proceso de desarrollar y documentar una estrategia clara, organizada e interactiva para identificar y valorar los riesgos que puedan impactar en una entidad impidiendo el logro de los objetivos.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE2. Evaluacin de Riesgos2.2 Identificacin de los riesgos

Tipificar todos los riesgos que pueden afectar el logro de los objetivos de la entidad debido a factores externos (econmico, ambiental, poltico, etc.) o factores internos (infraestructura, personal, procesos y tecnologa).

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE2. Evaluacin de RiesgosPermite a la entidad considerar cmo los riesgos potenciales pueden afectar el logro de sus objetivos.2.3 Valoracin de los riesgos

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE2. Evaluacin de Riesgos2.4 Respuesta al riesgo

La administracin identifica las opciones de respuesta al riesgo considerando la probabilidad y el impacto en relacin con la tolerancia al riesgo y su relacin costo - beneficio.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE 3.Actividades de Control GerencialComprende las polticas y procedimientos establecidos para asegurar que se estn llevando a cabo las acciones necesarias en la administracin de los riesgos que pueden afectar los objetivos de la entidad, contribuyendo a asegurar el cumplimiento de stos.

3.1 Procedimientos de autorizacin y aprobacin

La responsabilidad por cada proceso, actividad o tarea organizacional debe ser claramente definida, especficamente asignada y formalmente comunicada al funcionario respectivo.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE 3.Actividades de Control Gerencial3.2 Segregacin de Funciones

Un solo equipo de trabajo no debe tener el control de todas las etapas de un proceso.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE 3.Actividades de Control Gerencial

3.3 Evaluacin costo - beneficio

Considerando criterios de factibilidad y la conveniencia en relacin con el logro de objetivos.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE 3.Actividades de Control Gerencial3.4 Controles sobre el acceso a los recursos o archivosNORMA GENERAL PARA COMPONENTE 3.Actividades de Control GerencialDebe limitarse al personal autorizado que sea responsable por la utilizacin o custodia de los mismos.La utilizacin y custodia debe evidenciarse a travs del registro en recibos, inventarios o cualquier otro documento que permita llevar un control efectivo sobre los recursos o archivos.3.5 Verificaciones y conciliacionesLos procesos, actividades o tareas significativos deben ser verificados antes y despus de realizarse, as como tambin deben ser registrados y clasificados para su revisin posterior.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE 3.Actividades de Control Gerencial3.6 Evaluacin de desempeoPropsito: prevenir y corregir cualquier eventual deficiencia que afecte los principios de eficiencia, eficacia, economa y legalidad.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE 3.Actividades de Control Gerencial3.7 Rendicin de cuentasLa entidad, los titulares, funcionarios y servidores pblicos estn obligados a rendir cuentas por :

Uso de los recursos y bienes del Estado.Cumplimiento misional de los objetivos institucionales.Logro de los resultados esperados.NORMA GENERAL PARA COMPONENTE 3.Actividades de Control GerencialEstas deben estar debidamente documentados para asegurar su adecuado desarrollo de acuerdo con los estndares establecidos. 3.8Documentacin de procesos, actividades y tareasNORMA GENERAL PARA COMPONENTE 3.Actividades de Control Gerencial

Deben ser peridicamente revisados para asegurar que cumplen con los reglamentos y polticas vigentes.

Este tipo de revisin en una entidad debe ser claramente distinguido del seguimiento del control interno.3.9Revisin de procesos, actividades y tareas

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE 3.Actividades de Control Gerencial3.10Controles para las Tecnologas de la Informacin y Comunicaciones

Controles que garantizan el procesamiento de la informacin para el cumplimiento de la misin y objetivos de la entidad.

Deben estar diseados para prevenir, detectar y corregir errores mientras la informacin fluye a travs de los sistemas.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE 3.Actividades de Control Gerencial

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE4. Informacin y ComunicacinSon mtodos, procesos, medios y acciones que con enfoque sistmico y regular, aseguran el flujo de informacin con calidad en todas las direcciones .

Debe ser confiable, oportuna y til.La informacin debe permitir a los funcionarios y servidores pblicos cumplir con sus obligaciones y responsabilidadesNORMA GENERAL PARA COMPONENTE4. Informacin y Comunicacin4.1Funciones y caractersticas de la informacin

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE4. Informacin y Comunicacin4.3 Calidad y suficiencia de la informacin El titular o funcionario designado debe asegurar la confiabilidad, calidad, pertinencia y oportunidad de la informacin que se genere y comunique.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE4. Informacin y Comunicacin4.4Sistemas de Informacin

Constituyen un instrumento para el establecimiento de las estrategias organizacionales y por ende, para el logro de los objetivos y las metas, facilitando la transparencia en la rendicin de cuentas.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE4. Informacin y Comunicacin4.5 Flexibilidad al cambioLos sistemas de informacin deben ser revisados peridicamente, y de ser necesario, rediseados cuando se detecten deficiencias en sus procesos y productos.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE4. Informacin y Comunicacin4.6Archivo InstitucionalEl titular o funcionario designado debe establecer y aplicar polticas y procedimientos de archivo adecuados para la preservacin y conservacin de los documentos de acuerdo con su utilidad o por requerimiento tcnico o jurdico, tales como los informes contables.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE4. Informacin y Comunicacin4.7Comunicacin Interna - externa

Deben asegurar que la informacin llegue al destinatario en la cantidad, calidad y oportunidad requerida.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE5. Supervisin:El sistema de control interno debe ser sujeto de supervisin para valorar la eficacia y calidad de su funcionamiento en el tiempo y permitir su retroalimentacin.

La supervisin, identificada tambin como seguimiento, comprende un conjunto de actividades de autocontrol incorporadas a los procesos y operaciones de la entidad, con fines de mejora y evaluacin.NORMA GENERAL PARA COMPONENTE5. Supervisin:Monitoreo oportuno de Control InternoLa implementacin de las medidas de control interno sobre los procesos y operaciones de la entidad, debe ser objeto de monitoreo oportuno con le fin de determinar su vigencia, consistencia y calidad, as como para efectuar las modificaciones que sean pertinentes para mantener su eficacia.5.1 Normas bsicas para las actividades de prevencin y monitoreoNORMA GENERAL PARA COMPONENTE5. Supervisin5.2 Normas bsicas para el seguimiento de resultadosReporte de deficienciasLas debilidades y deficiencias detectadas como resultado del proceso de monitoreo deben ser registradas y puestas a disposicin de los responsables con el fin de que tomen las acciones necesarias para su correccin.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE5. Supervisin5.2 Normas bsicas para el seguimiento de resultadosImplantacin y seguimiento de medidas correctivasCuando se detecte o informe sobre errores o deficiencias que constituyan oportunidades de mejora, la entidad deber adoptar las medidas que resulten mas adecuadas para lograr los objetivos institucionales, efectundose el seguimiento correspondiente a su implantacin y resultados.NORMA GENERAL PARA COMPONENTE5. Supervisin5.3 Normas bsicas para los compromisos de mejoramiento

Auto evaluacin

Promover y establecer la ejecucin peridica de auto evaluaciones sobre la gestin y el control interno de la entidad.

NORMA GENERAL PARA COMPONENTE5. Supervisin5.3 Normas bsicas para los compromisos de mejoramiento

Evaluaciones IndependientesEfectuada por los rganos de control competentes para garantizar la valoracin y verificacin peridica e imparcial del comportamiento del sistema de control interno y del desarrollo de la gestin institucional, identificando las deficiencias y recomendaciones oportunas para su mejoramiento.

MUCHAS GRACIASCONTABILIDAD PUBLICA II APORTE UAC 2014 II