3
 CONTRATO DE PROVISION DE PRODUCTOS ELECTRICOS Conste por el presente documento privado, el mismo que mediante reconocimiento de firmas tendrá efectos de docume nto publico de acuerd o al articulo 1297 del Código Civil, se declara conviene lo siguiente: PRIMERA.- Partes y domicilio: Son partes en la celebración del presente contrato: I. DI STRI ARBOL, con NI T 121265026 y Ma tr ic ul a de Come rc io 00116995, legalmente representaba por su Gerente General, Sr. Pedro Angel Zlatar Hetem, con  pasaporte Nro 24237313 con domicilio en la Avda Bazan 250, de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, que en adelante y para efectos legales del presente contrato se denominara simplemente DISTRIARBOL. II . YALI D VIVI ANA ROSELI O MAMANI , con NI T 531 05201 2, con dul a de identidad nº 531052 CBBA, con domicilio en calle Avaroa esquina Heroínas 107 y 121 de la ciudad de Cochabamba, que en adelante y para ef ectos le gales del  presente contrato se denominara simplemente la SRA ROS ELIO. SEGUNDA.- Ante cede ntes: DISTRI ARBOL pr esento una pr opue sta a LA SRA ROSELIO en la que se hace la oferta de material eléctrico de iluminación, según muestra, calidad y ensayos entregados, de acuerdo al anexo Nro 1 que forma parte indivisible del  presente documento. TERCERA.- Objeto.- DISTRIARBOL, se obliga a proveer a LA SRA ROSELIO de los materiales detallados en el anexo Nro 1 para su exclusiva comercialización dentro del departamento de Cochabamba. 1

Contrato de Provision de Productos Electricos Dilux 1

Embed Size (px)

Citation preview

5/10/2018 Contrato de Provision de Productos Electricos Dilux 1 - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/contrato-de-provision-de-productos-electricos-dilux-1 1/3

 

CONTRATO DE PROVISION DE PRODUCTOS ELECTRICOS

Conste por el presente documento privado, el mismo que mediante reconocimiento de

firmas tendrá efectos de documento publico de acuerdo al articulo 1297 del Código Civil,

se declara conviene lo siguiente:

PRIMERA.- Partes y domicilio: Son partes en la celebración del presente contrato:

I. DISTRIARBOL, con NIT 121265026 y Matricula de Comercio 00116995,

legalmente representaba por su Gerente General, Sr. Pedro Angel Zlatar Hetem, con

 pasaporte Nro 24237313 con domicilio en la Avda Bazan 250, de la ciudad de Santa

Cruz de la Sierra, que en adelante y para efectos legales del presente contrato se

denominara simplemente DISTRIARBOL.

II. YALID VIVIANA ROSELIO MAMANI, con NIT 531052012, con cédula de

identidad nº 531052 CBBA, con domicilio en calle Avaroa esquina Heroínas 107 y

121 de la ciudad de Cochabamba, que en adelante y para efectos legales del

 presente contrato se denominara simplemente la SRA ROSELIO.

SEGUNDA.- Antecedentes: DISTRIARBOL presento una propuesta a LA SRA

ROSELIO en la que se hace la oferta de material eléctrico de iluminación, según muestra,

calidad y ensayos entregados, de acuerdo al anexo Nro 1 que forma parte indivisible del

 presente documento.

TERCERA.- Objeto.- DISTRIARBOL, se obliga a proveer a LA SRA ROSELIO de los

materiales detallados en el anexo Nro 1 para su exclusiva comercialización dentro del

departamento de Cochabamba.

1

5/10/2018 Contrato de Provision de Productos Electricos Dilux 1 - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/contrato-de-provision-de-productos-electricos-dilux-1 2/3

 

CUARTA.-  Documentos del contrato: Los documentos que seguidamente se indican y

que en lo sucesivo serán referidos como “documentos del contrato”, por que forman parte

integrante del presente contrato y deben ser leídos y entendidos en ese contexto:

I - Contrato de provisión de productos para uso eléctrico.

II – Anexo Nro 1.

QUINTA.- Precio y forma de pago: El precio libremente convenido entre las partes por la

totalidad de los PRODUCTOS ELECTRICOS detallados en la cláusula TERCERA es de

DOLARES AMERICANOS QUINCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS 88/100

($us. 15.652,88) monto que será cancelado de manera íntegra a la suscripción del contrato.

SEXTA Garantía de correcto funcionamiento: DISTRIARBOL garantiza que:

Los PRODUCTOS ELECTRICOS que se provee mediante el presente documento cumplen

con todas las especificaciones técnicas y demás cualidades establecidas en el manual de

especificaciones técnicas.

SEPTIMA- Plazo y lugar de entrega: DISTRIARBOL entregara a LA SRA ROSELIO

en el domicilio indicado en la cláusula primera de la ciudad de Cochabamba en un plazo no

superior a 60 días hábiles posteriores a la acreditación del depósito bancario por concepto

de pago establecido en la cláusula QUINTA del presente contrato. En un solo acto,

DISTRIARBOL, hará el traspaso de la propiedad y/o la entrega de la factura Fiscal de los

PRODUCTOS ELECTRICOS a momento de la suscripción y cancelación respectiva del

monto detallado en la cláusula quinta.

NOVENA.- Recepción definitiva: se aplica la recepción definitiva, una vez se traspase la

 propiedad de los PRODUCTOS ELECTRICOS, de DISTRIABOL a LA SRA ROSELIO

en las fechas y lugar establecidos por la cláusula precedente.

2

5/10/2018 Contrato de Provision de Productos Electricos Dilux 1 - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/contrato-de-provision-de-productos-electricos-dilux-1 3/3

 

DECIMA.- Arbitraje: Cualquier diferencia o conflicto que se origine en el transcurso de

la ejecución de los servicios contratados, en relación con la interpretación, aplicación o

cumplimiento de este contrato, deberá ser resuelto inicialmente mediante una conciliación

entre las partes. De no existir acuerdo, las diferencias se resolverán mediante proceso de

conciliación y/o arbitraje, ante el Centro de Conciliación y Arbitraje Comercial de la

Cámara de Industria y Comercio de Santa Cruz, de acuerdo al reglamento de arbitraje de

dicho Centro.

DECIMA PRIMERA.- Conformidad: Nosotros las partes, declaramos nuestra

conformidad con el presente contrato y nos obligamos a su estricto cumplimiento,

suscribiéndolo en tres (3) ejemplares de un mismo tenor y para un mismo efecto.

Cochabamba, 24 de septiembre de 2011

YALID VIVIANA ROSELIO MAMANI PEDRO ANGEL ZLATAR HETEM

DISTRIARBOL

3