29
GÁRCiA 1 N D E P E ND 1 E N T E 2015-2018 4143-AP003 CONTRATO No. MG-STFYAM-01 112016-ARR Y CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE GARCÍA, NUEVO LEÓN, REPRESENTADO POR EL C. PRESÍDENTE MUNICIPAL, CÉSAR ADRIÁN VALDÉS MARTINEZ, Y EL C. SiNDICO SEGUNDO, ISRAEL IBARRA MANCILLA, ASISTIDOS DEBIDAMENTE POR LA C. SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO, SEVERA CANTÚ VILLARREAL Y EL C. SECRETARIO DE TESORERÍA, FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, OSCAR OMAR TREVIÑO MOYEDA, A CUYA PARTE EN LO SUCESIVO PARA EFECTOS DE ESTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ EL ARRENDATARIO - Y POR LA OTRA, AF BANREGIO, S.A. DE C.V. SOFOM E.R. BANREGIO GRUPO FINANCIERO, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ÉL C. OLAF SETH ESTRADA LUGO, EN SU • - CARÁCTER DE APODERADO GENERAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, A QUIÉN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL ARRENDADOR, QUIENES SE SUJETAN AL PRESENTE CONTRATO AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS. D E C LA R A 010 N E 5 1.- Manifiesta EL ARRENDADOR por conducto de su representante legal que: - - A).- Que su representada es una Sociedad debidamente organizaqa de acuerdo con las leyes del país, yen un inicio se denominó "Fomento Remero", S.A., íó cual se hace constar en la Escritura Pública número 946, de fecha 12 de -Enero de 1980, otorgada ante la fe del Lic. Jesús Lozano de la Garza, Notario Público No. 5, de la Ciudad de Montérrey, • t Nuevo León, e inscrita eh el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dé la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, bajo el No. 108, Folio 57, Vol. 233, Librq No.3 Segundo Auxiliar Escrituras de Sociedades Mercantiles, Sección Comercio de fecha 4 de febrero de 1980, / posteriormente fue objeto de varias modificaciones y cambios, entre otros, en cuanto a su dénominación, hasta quedar con la razón social actual «AF BANREGIO", Sociedad - Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, - - - BANREGIO Grupo Financiero, lo cual se hace constar en la Escritura Pública número 8;227, de fecha 21 de Septiembre de 2007, otorgada ante la fe del Lic. Héctor Mauricio - - - Villegas Garza, Notario Público No122, de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, e inscrita - - en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León bajo el Folio Mercantil Electrónico número 15726*9,en fecha-3 de Octubre de 2007. B).- Que el objeto social de su representada es entre otros, el otorgamiento de arrendamiento dé todo tipo de bienes relacionados con el sector automotriz y el otorgamiento de cualquier tipo de servicios relacioftados con dichas operáciones, así como adquirir por cualquier título toda - clase de bienesreléçionados áon el sector automotriz para darlos en arrendamiento. \ / / A r(i Blvd, Héberto Castillo #200 .,Colonia Paseo de las Minas, 1 de 29 Gordo, Nuevoleán, C.P. 66001 Teléfonos 81243900 y 81248800

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS …garcia.gob.mx/wp-content/uploads/2016/11/CONTRATO.pdf · Gab 2500 VS ANEXO 7 Características 4x2 versión - Técnicas del trabajo Equipamiento

Embed Size (px)

Citation preview

GÁRCiA 1 N D E P E ND 1 E N T E

2015-2018

4143-AP003

CONTRATO No. MG-STFYAM-01 112016-ARR

Y CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE GARCÍA, NUEVO LEÓN, REPRESENTADO POR EL C. PRESÍDENTE MUNICIPAL, CÉSAR ADRIÁN VALDÉS MARTINEZ, Y EL C. SiNDICO SEGUNDO, ISRAEL IBARRA MANCILLA, ASISTIDOS DEBIDAMENTE POR LA C. SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO, SEVERA CANTÚ VILLARREAL Y EL C. SECRETARIO DE TESORERÍA, FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, OSCAR OMAR TREVIÑO MOYEDA, A CUYA PARTE EN LO SUCESIVO PARA EFECTOS DE ESTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ EL ARRENDATARIO -Y POR LA OTRA, AF BANREGIO, S.A. DE C.V. SOFOM E.R. BANREGIO GRUPO FINANCIERO, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ÉL C. OLAF SETH ESTRADA LUGO, EN SU

• - CARÁCTER DE APODERADO GENERAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, A QUIÉN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL ARRENDADOR, QUIENES SE SUJETAN AL PRESENTE CONTRATO AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.

D E C LA R A 010 N E 5

1.- Manifiesta EL ARRENDADOR por conducto de su representante legal que:

- - A).- Que su representada es una Sociedad debidamente organizaqa de acuerdo con las leyes del país, yen un inicio se denominó "Fomento Remero", S.A., íó cual se hace constar en la Escritura Pública número 946, de fecha 12 de -Enero de 1980, otorgada ante la fe del Lic. Jesús Lozano de la Garza, Notario Público No. 5, de la Ciudad de Montérrey,

• t

Nuevo León, e inscrita eh el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dé la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, bajo el No. 108, Folio 57, Vol. 233, Librq No.3 Segundo Auxiliar

• Escrituras de Sociedades Mercantiles, Sección Comercio de fecha 4 de febrero de 1980, • / posteriormente fue objeto de varias modificaciones y cambios, entre otros, en cuanto a su

dénominación, hasta quedar con la razón social actual «AF BANREGIO", Sociedad - Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada,

- - - BANREGIO Grupo Financiero, lo cual se hace constar en la Escritura Pública número 8;227, de fecha 21 de Septiembre de 2007, otorgada ante la fe del Lic. Héctor Mauricio

- - - Villegas Garza, Notario Público No122, de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, e inscrita - - en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de Monterrey, Nuevo

León bajo el Folio Mercantil Electrónico número 15726*9,en fecha-3 de Octubre de 2007.

B).- Que el objeto social de su representada es entre otros, el otorgamiento de arrendamiento dé todo tipo de bienes relacionados con el sector automotriz y el otorgamiento de cualquier tipo de servicios relacioftados con dichas operáciones, así como adquirir por cualquier título toda - clase de bienesreléçionados áon el sector automotriz para darlos en arrendamiento. \ / / A

r(i

Blvd, Héberto Castillo #200 .,Colonia Paseo de las Minas, 1 de 29 Gordo, Nuevoleán, C.P. 66001

Teléfonos 81243900 y 81248800

.4

GARCiA 1 N D E P E N D 1 E N T E I!J

- 2O1S2OI8 t 24j€jS.

Que su representada se encuentra registrada en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público con la Clave A8S8410191K9, justificando lo anterior con la Cédula de Identificación Fiscal con número de Folio 133678153.

Que acredita la personalidad con la que comparece a la celebración del presente Contrato con la Escritura Pública número 29,094 de fecha 04 de febrero de 2016, pasada ante la fe del Lic. Héctor Mauricio Villegas Garza, Notario Público No. 122, de la ciudad de Monterrey, Nuevo León, la cual se encuentra debidamente registrada en elRegistro Público dé tá Propiedad y del Comercio de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León con el Folio Mercantil Electrónico No. 15726*9, de fecha 18 de febrero de 2016, manifiestando bajo •Protesta de Decir Verdad que a la fecha no le ha sido revocado, modificado, ni restringido el Poder a su nombre por parte de su representada.

Tener la capacidad jurídica para contratar y que reúne las condiciones técnicas y económicas para obligarte en los términos de este contrato.

Que conoce las características, especificaciones técnicás, tipos, cántidades que se precÍsan en los ANEXOS que celebrarán LAS PARTES así como en el Anexo 1 de las Bases de la licitación Pública Nacional No. STFYAM/LP/00112016 y sus anexos, a través de los cuales se especifica LOS VEHICULOS solicitados por EL ARRENDATARIO.

Que se encuentra debidamente registrado en el Padrón de Proveedores de EL ARRENDATARIO.

Que para -los efectos del presente Contrato, así como para el cumplimiento de las • - obligaciones contraídas en el mismo; señala como domicilio el ubicado en avenida Rómulo

Garza, Número 555 Oriente, -Colonia Industrias del Vidrio, San Nicolás de los Garza, N.L. C.P.66470.

II.- Manifiesta EL ARRENDATARIO por conducto de sus representantes legales que:

• A).- Que se encuentra invesiido de personalidad jurídica y patrimonio propio en términos ¿ de lo dispuesto por el articulo 115 de la Constitúción Política de los Estados Unidos

Mexicanos; así como por el artículo 120 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; y por el artículo 2 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado dé Nuevo León.

Que las facultades del C. Presidente Municipal, César Adrián Valdés Martínez, y del C. Síndico Segundo, Israel Ibarra Mancilla, para celebrar el presente contrato a nombre y representación de EL ARRENDATARIO, se encuéntran debidamente sustentadas en los artículos 34 fracción 1 y 35 inciso B fracción III de la Ley de Gobierno Municipal del Estfi'do dé Nuevo León. /

Que la C. Secretaria del Ayuntamiento, Severa Cantú Villarreal y el C. Secreta Tesorería, Finanzas y Administración Municipal, Oscar Ornar Treviño Moyeda, interv

BIvd. Heberto Castillo #200 Colonia Paseo de los Minas, Página 2 de 29 Gorda, Nuevo león, C.P. 66001

Teléfonos 81243900y81248800

GARCfA _ INDEPENDIENTEgrI

2015-2018

0 en la celebración del presente contrato conforme a lo que disponen los artículos 86, 89, 96 y demás relativos de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

O).- Que en términos de lo establecido en los artículos 9 fracción II y 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, y 8 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Municipio de García, Nuevo León, la erogación del presente contrato está autorizada en términos del oficio número SFYTMIOF-13712016, signado por el Director de Egresos de la Secretaría de Tesorería, Finanzas y Administración Municipal, y se encuentra sustentada dentro del Presupuesto de Egresos autorizado para el Ejercicio Fiscal del año en el que inicia su vigencia, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes.

Que el presente contrato fue adjudicado mediante fallo de fecha 19 de septiembre de 2016, emitido dentro del procedimiento de contratación de licitación Pública Nacional número STFYAMILPIO01I201 6.

Que cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes MGN850101F45, expedido por el Servicio de Administración Tributaria, Organismo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Que para los efectos del presente Contrato, así como para el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo señala como domicilio el ubicado en Boulevard Heberto Castillo número 200, Colonia Paseo de las Minas, de esta ciudad de García, Nuevo León, C.P. 66001. -

III.- Manifiestan LAS PARTES por conducto de sus representantes lo siguiente:

A).- Que cuentan con la capacidad legal necesaria para contratar y obligarse.

8) Que es su voluntad celebrar el presente Contrato que se encuentra libre de cualq vicio, error o dolo y reconociéndose la personalidad con la que ocurren a la celebración presente Contrato y que están de acuerdo en sujetarse al tenor de las siguier definiciones y cláusulas:

u r.

' SI

DEFINICIONES

Contrato de Arrendamiento: Es este Contrato y ANEXOS, en los cuales se establecen los términos y condiciones a que habrán de sujetarse LAS PARTES, respecto del arrendamiento de VEHíCULOS Y/O BIENES

ANEXOS: Son los ANEXOS que las PARTES suscriben al amparo de este Contrato' los cuales deberán sujetarse a los términos y condiciones en ellos pactadØs, así como a lo convenido en el presente Contrato. f

vEHIcULOS Y/O BIENES: Es el medio de transporte automotor, objeto de Contrato y ANEXOS así cd(noA cualquier tipo de accesorio o a,mplemento o adaptación de los vEHICuLOf y/o medio de transpo rte automotor. 1 1

/ Blvd. Heberto Castillo #200 Colonia Paseo de las Minas, PágIna 3 de 29 García, Nuevo León, C.P. 66001

Teléfonos 81243900 y 81248800

y: u#

No. Cantidad Marca Tipo Modelo Características Fin al que Equipamiento consecutivo Técnicas será utilizado Adicional descripción

- incluida en el Anexo 1 Dodge Ram Crew 2016 Detelladas en Administrativo GPS

cab 2500 V8 ANEXO 1 CaracterÍsticas 4x2 versión Técnicas del

• trabajo Equipamiento Adicional detalladas en el ANEXO 1

2 1 Dodge Ram Crew 2016 Detelladas en Administrativo GPS • Cab 2500 VS ANEXO 2 Características

4x2 versión Técnicas del trabajo Equipamiento

Adicional • detalladas en el

ANEXO 2

3 1 Dodge Ram Crew 2016 Detelladas en Administrativo GPS Cab 2500 V8 ANEXO 3 Características 4x2 versión Técnicas del trabajo Equipamiento

• Adicional detalladas en el ANEXO 3

4 1 Dodge Ram Crew 2016 Detelladas en Administrativo GPS Cab 2500 V8 ANEXO 4 Características 4x2 versión Técnicas del trabajo Equipamiento

• Adicional detalladas en el ANEXO 4

5 1 Dodge Ram Crew 2016 Detelladas en Administrativo GPS Cab 2500 V8 ANEXO 5 Características 4x2 versión Técnicas del trabajo Equipamiento

Adicional detalladas en e ANEXO 5

q.

e..

N JI t UI

iç4

cÁRcfA! INDEPENDIENTEg

2015-2018

GASTOS DE

IRENDADOR.

n todos los pagos, distintos a la RENTA.de los VEHICULOS Y/O BIENES ARRENDAMIENTO: endados que EL ARRENDATARIO se obliga a pagar a EL

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. EL ARRENDADOR se obliga a otorgar el uso y goce de 28 veintiocho VEHÍCULOS Y/O BIENES quien a su vez pagará pensiones de renta mensual por el uso y goce temporal de cada uno de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES que a continuación se describen

Blvd. Heberto CsstilIo #200 Colonia Paseo de los Minas, García, Nuevo León, C.P. 66001 'Teléfonos 81243900y 81248800

Página 4de29 •i 1

GARdA 1 N O E P E N 0 1 E N T E

2013-2010 c_4_4

6 1 Dodge Ram Crew 2016 Detelladas en Protección Civil Si Gab 2500 VS ANEXO 6 Características 4x4 Técnicas del

Equipamiento Adicional detalladas en el ANEXO 6

7 1 Dodge Ram Crew 2016 Detelladas en Seguridad Públici Si Gab 2500 VS ANEXO 7 Características 4x2 versión - Técnicas del trabajo Equipamiento

Adicional detalladas en el ANEXO 7

8 1 Dodge Ram Crew 2016 Detelladas en Seguridad PúblicE Si Cab 2500 V8 ANEXO 8 Características 4x2 versión Técnicas del trabajo Equipamiento

Adicional detalladas en el ANEXO 8

9 1 Dodge Ram Crew 2016 Detelladas en Seguridad PúblicE Si Cab 2500 V8 ANEXO 9 Características

• 4x2 versión ; Técnicas del trabajo Equipamiento

• Adicional detalladas en el ANEXO 9

10 1 Dodge Dodge 2016 Detalladas en Administrativo GPS Attitude SE ANEXO 10 Características Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional - detalladas en el

ANEXO 10 11 1 Dodge Dodge 2016 Detalladas en Administrativo GPS

Attitude SE ANEXO 11 Características Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en el ANEXO 11

12 1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en Administrativo GPS Attitude SE ANEXO 12 Características Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en el ANEX012/fl

13 1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en 1 Administrativo

Blvd. Haberlo Castillo #200 Colonia Paseo de los Minas, García, Nuevoleón, C.P. 66001 Jeléfonos $1243900y 81248800

2;

pi u

-__________________

:5 de 29()Ç/

GARCfA ! 1 N D E P E N D 1 E N T E

20) 520 18

-

1

Attitude SE ANEXO 13 Características Automático Técñióas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en el ANEXO 43

14 1 - Dodge Dodge 2016 Detelladas en Administrativó GPS Attitude SE ANEXO 14 Características Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en el ANEXO 14

15 1 Dodge -Dodge 2016 Detelladas en Administrativo GPS Attitude SE ANEXO 15 Características Autómático Técnicas del 2016 . Equipamiento

Adicional detalladas en el ANEXO 15

16 1 Dodgé Dodge 2016 Detelladas en Administrativo GPS Attitude SE ANEXO 16 Caractéristicas Automático Técnicas del 2016 Equipamiehto

Adicional detalladas en el ANEXO 16

17 1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en. Administrativo GPS Attitude SE ANEXO 17 Características Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en el ?' ANEXO 17

18 1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en Administrativo GPS Attitude SE ANEXO 18 Características Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional détalladas en el ANEXO 18

19 1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en Administrativo GPS Attitude SE ANEXO 19 CaracterístIcas Automático . Técnicas del

• 2016 Equipamiento Adicional detalladas en el ANEXO 19

20 1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en Seguridad Públia Si

-. . Página 6 de 29

GARCiA NDEPENDIENTE l

2015-2016

Attitude SE ANEXO 20 Características Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en el ANEXO 20

21 1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en Seguridad Púbiica Si Attitude SE ANEXO 21 Características Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en el ANEXO 21

22 1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en Seguridad Públici Si Attitude SE ANEXO 22 Características Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en el ANEXO 22

23 1 Dodge Dodgía 2016 Detelladas en Seguridad Públici Si Attitude SE ANEXO 23 Características Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en el ANEXO 23

24 1 Dodge Dodge 2016 Deteliadas en Seguridad Pública Si Attitude SE ANEXO 24 Características Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en el ANEXO 24

25 1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en Seguridad Públici Si Attitude SE ANEXO 25 Características Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en el ANEXO 25

26 1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en Seguridad Públici Si Attitude SE ANEXO 26 Características Automático Técnicas del 2016 quipamiento

Aicional ddlladpíei 1

Blvd. Heberto Castillo #200 Colonia Paseo de las Minos, García, Nuevo León, C.P. 66001

Teléfonos 81243900 y 81248800

A 26

- Página ide

GARCfA INDEPENDIENTEflrJ _

201 5-2018

27 1 Dodge Ram 4000 2018 Detelladas en Servicios PúblicoE GPS Chasis Cabini ANEXO 27 CaracterÍsticas MP" 4X2 Técnicas del

Equ ipamiento Adicional detalladas en el ANEXO 27

28 1 Dodge Ram 4000 2016 Detelladas en Servicios PúblicoE GPS Chasis Cabin ANEXO 28 Características "P" 4X2 Técnicas del

Equipamiento Adicional detalladas en el ANEXO 28

Cada uno de los anexos descritos en la tabla que antecede forma parte integrante del presente Contrato.

Constituye obligación de El ARRENDATARIO pagar mensualmente eJ Impuesto al Valor Agregado (IVA) que genere los pagos de RENTA, y demás erogaciones que se genere en virtud del arrendamiento de cada uno de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES.

SEGUNDA.- CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES DE LOS VEHÍCULOS YÍO BIENES.- La marca, capacidad, tipo, modelo, calidad, comercialidad, descripción de los accesorios y demás especificaciones de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES que se otorgarán en Arrendamiento Puro por parte de EL ARRENDADOR a EL ARRENDATARIO se especifican en los anexos identificados como: ANEXO 1, ANEXO 2, ANEXO 3, ANEXO 4, ANEXO 5, ANEXO 6, ANEXO 7, ANEXO 8, ANEXO 9, ANEXO 10, ANEXO 11, ANEXO 12, ANEXO 13, ANEXO 14, ANEXO 15, ANEXO 16, ANEXO 17, ANEXO 18, ANEXO 19, ANEXO 20, ANEXO 21, ANEXO 22, ANÉXO 23, ANEXO 24, ANEXO 25, ANEXO 26, ANEXO 27, ANEXO 28, (cada anexo comprende el equipamiento adicional que incluye el VEHÍCULO arrendado) que corresponden a lo solicitado en las Bases de Licitación, y que forman parte integrante del presente contrato. Dichas características serán verificadas por parte de la Dirección de Adquisición de Bienes y Servicios de Ja Secretaria de Tesorería, Finanzas y Administración Municipal, al momento de la entrega y asentadas en el Acta Entrega-Recepción en términos señalados en la Cláusula Tercera del presente Contrato.

TERCERA.- ENTREGA-RECEPCIÓN DÉ LOS VEHICULOS YIO BIENES.- EL ARRENDADOR deberá realizar la entrega de LOS VEHÍCÜLOS Y/O BIENES en la Dirección de Adquisición de Bienes y Servicios de la Secretaría de Tesorería, Finanzas y Administración Municipal, ubicada en calle Gardenia, número 301, Colonia Benito Juárez, en García, Nuevo León, Código Postal 66000. \

EL ARRENDADOR se compromete a entregar la totalidad de LOS VEHÍC BIENES que integran los Anexos identificados como: ANEXO 1, ANEXO 2, ANEXO 4, ANEXO 5, ANEXO 6, ANEXO 7, ANEXO 8, ANEXOS, ANEXO 10,

BIvd. Heberto Castillo #200 Colonia Paseo de las Minas, García, Nuevo León, C.P. 66001 Teléfonos 81243900 y 81248800

44

GARC4Xa _ INDEPENDIENTE

- 20154018

ANEXO 12, ANEXO 13, ANEXO 14, ANEXO 15, ANEXO 16, ANEXO 17, ANEXO 18, ANEXO 19, ANEXO 20, ANEXO 21, ANEXO 22, ANEXO 23, ANEXO 24, ANEXO 25, ANEXO 26, ANEXO 27, ANEXO 28 (incluye cada uno su equipamiento adicional) a más tardar dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la fecha de suscripción del presente Contrato y ANEXOS. EL ARRENDADOR podrá solicitar extender el plazo de entrega cuando por causas ajenas del propio ARRENDADOR, ésta justifique el retraso de la entrega de los VEHÍCULOS Y/O BIENES.

En caso de que EL ARRENDADOR incumpla con los plazos establecidos para la entrega de VEHÍCULOS VIO BIENES objeto de Arrendamiento, deberá pagar como pena convencional a EL ARRENDATARIO, la cantidad equivalente al 0.2% del monto total de rentas correspondiente al plazo del arrendamiento por cada VEHÍCULO Y/O BIENES, por cada día natural de atraso en la entrega.

Esta pena se hará efectiva administrativamente, en la próxima facturación que se presente, mediante el descuento respectivo.

Las PARTES están de acuérdo en que la cantidad referida en el párrafo que antecede no será pagada por EL ARRENDADOR, en caso de que el retraso en la entrega de los VEHÍCULOS y/o BIENES objeto del Contrato y ANEXOS que se hayan generado por (i) causas justificadas para EL ARRENDATARIO, o (u) cuando se haya generado por causas imputables a EL ARRENDATARIO o bien (iii) cuando EL ARRENDADOR haya puesto en disposición oportunamente los VEHÍCULOS y/o BIENES a EL ARRENDATARIO.

Al momento de la entrega de LOS VEHÍCULOS VIO BIENES, las PARTES levantarán el Acta Entrega-Recepción en la que hará constar que LOS VEHÍCULOS VIO BIENES cumplen con los requisitos solicitados, así como la aceptación de éstos por parte de EL ARRENDATARIO, liberando en dicho acto de cualquier responsabilidad en este sentido a EL ARRENDADOR. Dicha acta formará parte de este contrato como anexo del mismo y deberá ser rubricada por personal autorizado de EL ARRENDADOR y de EL ARRENDATARIO, entregando una copia de la misma a EL ARRENDADOR.

EL ARRENDATARIO queda plenamente facultado por EL ARRENDADOR para acudir directamente a efectuar las reclamaciones que correspondan frente al proveedor, fabricante o distribuidor de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES o bien solicitando a EL ARRENDADOR que le asista y coopere plenamente para hacer efectiva las reclamaciones correspondientes para negociar la solución más aceptable ante cualquier problema que se presente al respecto.

CUARTA.- USO DE LOS VEHÍCULOS V/O BIENES.- EL ARRENdATARIO en Va se obliga a hacer uso de los VEHÍCULOS Y/O BIENES para servicios administra como patrullas según se describe en Cláusula Primera del presente Contrato,. se obliga a respetar la naturaleza y/o destino en cumplimiento a las especifi características establecidas en la Licitación Pública Nacional No. STFYAMILPIOEn caso de que EL ARRENDATARIO le dé un uso diverso al establecido en la Cláusula deberá de responder de los daños que se le ocasionen en los mismos as

Blvd. Ileberto Castillo #200 Colonia Poseo de las Minas, P García, Nuevo León, C.P. 66001 Teléfonos 81243900y 81248800

áARtfA _ INDEPENDIENTE

exista una culpa o negligencia en el uso de los mismos por parte de EL ARRENDATARIO y/o del personal de éste

QUINTA.- ACONDICIONAMIENTO. EL ARRENDATARIO podrá por su cuenta y a su costa acondicionar, modificar o equipar los VEHÍCULOS Y/O BIENES para el destino a que se refiere la Cláusula anterior siempre y cuando no implique cambios estructurales o aparentes en el mismo y que pudiesen afectar en forma adversa él valor de los VEHÍCULOS Y/O BIENES, o bien la garantía que otorga el fabricante del mismo. Cualquier cambio estructural o aparente o que pudiese afectar en forma adversa el valor de los

• VEHÍCULOS Y/O BiENES, deberá ser previamente autorizado por escrito por EL • ARRENDADOR. EL ARRENDATARIO será responsable de cualquier afectación que sufra

la garantía otorgada por el fabricante de los VEHÍCULOS Y/O BIENES, con motivo de cualquier cambio que se realice en el mismo.

También se considerará como acondicionamiento a los VEHICULOS y/o BIENES, los dispositivos físicos i,o electrónicos denominado como "GPS" que EL ARRENDADOR instalará a los VEHICULOS y/o BIENES, cumpliendo las especificaciones conforme a la Liáitación Pública Nacional No. STFYAM/LP/00112016 de este Contrato.

SEXTA.- SEGURO. EL ARRENDADOR a su costa se obliga a arrendar los VEHÍCULOS y/o BIEN(ES) con seguro con cobertura amplia cubriendo cualquier eventualidad por riesgos con respecto a LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES, ocupantes, bienes de terceros, terceros en cuanto a su persona, daños, pérdidas, así como las responsabilidades civiles o de cualquier naturaleza, susceptibles de causarse en virtud del uso y goce de los VEHÍCULOS Y/O BIENES por todo el plazo de duración del presente Contrato y los ANEXOS respectivos incluyendo colisión, robo y responsabilidad civil, así como que la póliza de seguros deberá amparareI primer año el valor factura del VEHÍCULO Y/O BIEN, además de contar con las siguientes:

Las Coberturas Mínimas de Seguro para Patrullas y unidades de uso administrativo:

Patrullas: 100V

• Daños materiales: 10% deducible • Robo total: 20% deducible • Responsabilidad civil: 3,000,000.00 por evento, Porcentaje deducible: 25 IJMA • Gastos médicos ocupantes: $ 100,000.00 por evento • Gastos legales: amparados • Adaptaciones y/o conversiones Daños Materiales: $ 150,000,00, deducible 10% • Adaptaciones y/o conversiones Robo Total: $ 150,000,00, deducible 20%

Unidades de uso Administrativo:

• Daños Materiales: 3% deducible • Robo Total: 5% deducible

BIvd. Heberto Casiitlo #200 Colonia Paseo de las Minas, García, Nuevo León, C.P. 66001

Página 10 di

Téléfonos 81243900 y 81248800

GARctA! INDEPENDIENTE

• . Responsabilidad civil: $ 1,000,000.00 por evento • RC complementaria personas: $ 3,000,000.00 por evento • Gastos Médicos Ocupantes: $ 300,000.00 por evento • Gastos legales: amparados

A

• Asistencia vial: amparado • Muerte del conductor por Accidente: $100,000.00

Adicionalmente a las obligaciones de EL ARRENDATARIO que le deriven de la póliza de • 1 seguro correspondiente, en caso de daño por accidente a los VEHICULOS y/o BIENES,

sea culpa o no de EL ARRENDATARIO, éste entregará una copia dentro de un período de 51(cinco) días naturales del reporte del siniestro expedido por la Compañía Aseguradora que actualmente esté asegurando VEHICULOS y/o BIENES a EL ARRENDADOR o en su defecto un reporte de quien designe EL ARRENDATARIO. Al recibir el reporte de siniestro EL ARRENDATARIO presentará a EL ARRENDADOR una copia dél estimado de reparaciones.

En caso de que por cualquier causa, la Compañía Aseguradora rechace el pago de cualquier réclamación que se derive de un accidente de los VEHICULOSy/o BIENES, EL ARRENDATARIO tendrá la responsabilidad de pagar a EL ARRENDADOR el costo total

• de la reparación, .y en cualquier casó EL ARRENDATARIO pagará cualquier cargo adicional del seguro relacionado con, la restauración de los VEHÍCULOS y/o BIENES a un estado y condiciones adecuadas; así como pagar el monto correspondiente al deducible

dél SEGURO o bien pudiendo en todo caso, realizar EL ARRENDATARIO por si mismo o bien mediante talleres plenamente autorizados y certificados por las PARTES las

• reparaciones correspondientes y producidas a los VEHÍCULOS y/o BIENES como . 1 1 consebuencia de un siniestro y en los casos en que la Compañía. Aseguradora rechace

réalizar dichas reparaciones. EL ARRENDATARIO será responsable de cualquier afectación que sufra la garantía otorgada por el fabricante de los VEHICULOS y/oBIENES, con motivo de cualqüier cambio que se realice en el mismo.

En caso de que los VEHICULOS y/o BIENES sean dañádos a causa de un accidente, EL • ARRENDATARIO pagará el costo de la grúa o de la transportación de los VEHICULOS

y/o BIENES; salvo en el caso de que este servicio esté incluido en la póliza de séguro además de seguir pagando mensualmente la RENTA durante todo el tiempo que los VEHICULOS y/o BIENES estén dañados.

Eh caso de que los VEHICULOS y/o BIENES sean robados durante el arrendamiento ose vean involucrados en un accidente de siniestro total, EL ARRENDATARIO se obliga p hacerlo del conocimiento de la Compañía Aseguradora y de EL ARRENDADOR a parti de que sucedió el robo o el accidente o de que tuvo conocimiento de eIlc Independientemente de lo anterior, EL ARRENDATARIO seguirá pagando mensualment la RENTA, según se establece en este Contrato y los ANEXOS, hasta que El ARRENDADOR haya recibido de forma íntegra la indemnización acordada por concepV del seguro. El monto que reciba EL ARRENDADOR deja Compañía Aseguradora, cci motivo del robo, extravio o daño aLOS VEHÍCULOS YX9 BIENES y que hubiere sid

• eW. Heberto Castillo #200 Colonia Paseo de las Minas, Página 11 do Gardo, Nuevo León, C.P. 66001

'Téléfonos 81243900 y 81248800

ÓARÓA 1)4 D E P E Nt 1 E N T E

considerado corno pérdida total se aplicará al valor que esté registrado en los libros de EL ARRENDADOR, según el VEHÍCULO Y/O BIEN que corresponda.

Si los VEHICULOS y/o BIENES que le hayan sido robados son recuperados por la Compañía Aseguradora, EL ARRENDATARIO tendrá la obligación de recibir los VEHICULOS yio BIENES; además de seguir pagando mensualmente la RENTA.

En caso de daño por accidente a LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES, sea culpa o no de EL ARRENDATARIO, éste deberá de cumplir con toda la información que solicite la Compañfa Aseguradora que actualmente esté asegurando LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES para efectos de hacer valida la póliza de seguros, así mismo deberá de dar aviso a EL ARRENDADOR.

EL ARRENDATARIO será responsable por cualquier daño que pueda ocasionar a terceras personas o a él mismo por el uso de los VEHICULOS y/o BIENES. Asimismo, EL ARRENDATARIO, se compromete a indemnizar y a sacar en paz• y a salvo a EL ARRENDADOR, en el supuesto de que se le impute a éste último cualquier tipo de responsabilidad civil ó penal por terceros afectados, con motivo de accidentes o daños ocasionados por los VEHICULOS y/o BIENES.

Por su parte, EL ARRENDADOR podrá repetir en contra de EL ARREÑDATARIO y exigirle el pago que correspoñda, en el caso en que el primero hubiere pagado á cualquier tercero las reclamaciones hechas en su contra, con motivo de daños o lesiones ocasionadas por los VEHICULOS y/o BIENES. EL ARRENDADOR notificará a EL ARRENDATARIO de dicha reclamación dentro de las 5 días hábiles siguientes al momento en que la haya recibido, indicándole el monto que se le está exigiendo de pago, esto a fin de que previo a que EL ARRENDADOR efectúe el pago respectivo, EL ARRENDATARIO tenga la oportunidad de responder por los daños, reparaciones, lesiones y sanciones que correspondan. En caso de que EL ARRENDATARIO no dé respuesta dentro dé un plazo no mayor de 5 (cinco) días hábfles o bien dentro del periodo establecido por la autoridad

.4 competente, EL ARRENDATARIO facultaen este acto EL ARRENDADOR a que realice el pago respectivo y proceda a efectuarle el cargo correspondiente a su estado de cuenta o bien a dar respuesta inmediata a la autoridad correspondiente por el requerimiento notificado.

Todas las exclusiones que existan en la póliza de seguro, siniestros totales o parciales serán cubiertas por cuenta de EL ARRENDATARiO.

Sin consentimiento de EL ARRENDADOR, EL ARRENDATARIO no podrá fijar el monto de la reclamación, renunciar a derechos que le correspondan a EL ARRENDADOR, ni podrá transigir ni comprometer en árbitros la reclamación que se tenga en contra de la Compañía Aseguradora y/o quienes resulten responsables.

En todo caso, EL ARRENDADOR, a su discreción l4timará a EL ARRENDATARIO, para que realice los trámites necesarios ante la CompaYa Aseguradora y las autoridades competentes.

Blvd. Heberto Castillo #200 Colonia Paseo de las Minas, Página lZde 28 Gorda, Nuevo León, C.P. 66001 Teléfonos 81243900 y 81248800

11

GARCfA INDEPENDIENTEflgJ

1015018

Queda establecido que por ningún motivo EL ARRENDATARIO recibirá el pago de la indemnización correspondiente, pero si en contravención a lo dispuesto, llegare.a recibir alguna cantidad, se constituirá en depositario respecto a ella, asumiendo la obligación de entregarla a EL ARRENDADOR a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que la reciba. El incumplimiento de esta obligación lo hará incurrir en las responsabilidades civiles y penales que correspondan.

• SÉPTIMA.- RIESGOS. LAS PARTES convienen que EL ARRENDATARIO queda facultado por EL ARRENDADOR para que lleve los VEHÍCULOS Y/O BIENES ante

• distribuidor autorizado, proveedor o fabricante de la marca de los VEHÍCÜLOS VIO BIENES para que sea ejecutada su garantía, en relación a cualquier vicio o defecto que puedan presentar los VEHÍCULOS Y/O BIENES objeto del presente Contrato y ANEXOS.

EL ARRENDATARIO será responsable de los daños que lleguen a ocasionarse sobre LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES, así como de los daños sobre bienes de terceros o a terceros en su persona a causa S del uso y goce de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES. EL ARRENDATARIO se obliga a indemnizar y sacar en paz y a salvo a EL ARRENDADOR por actos u omiiones de EL ARRENDATARIO que tengan como consecuencia una

reclamación derivada de la responsabilidad objetiva y subjetiva de EL ARRENDATARIO, que se cause con motivo del uso y disfrute de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES por parte de

• EL ARRENDATARIO, por lo que éste se obliga a asumir cualquier responsabilidad civil • objetiva y/o subjetiva a su cargo y a pagar por los daños y perjuicios que se ocasionen por

tal motivo a EL ARRENDADOR. /

Asimismo, las PARTES convienen que son a riesgo de EL ARRENDATARIO los supuestos siguientes:

a)Daños y perjuicios sufridos por EL ARRENDATARIO en sus bienes o en su persona como consecuencia del uso de los VEHíCULOS y/o BIENES; salvo por aquellas se encuentren cubiertas por la póliza de seguro o bien de garantía respectiva;

Daños y perjuicios sufridos por EL ARRENDATARIO como consecuencia de la pérdida o menoscabo del uso de los VEHICULOS y/o BIENES; salvo por aquellas se encuentren cubiertas por la póliza de seguro o bien de garantía respectiva;

Pérdida total o parcial de los VEHICULOS y/o BIENES por la causa que fuere; salvo por aquellas se encuentren cubiertas por la póliza de seguro o bien de garantía respectiva;

La falta de refacciones, partes, herramientas, servicios, entregas tardías, daños y cualesquier otra que se requiera o que no permitan las condiciones óptimas para el debido uso y funcionamiento de los VEHICULOS y/o BIENES a(rendados;

Cualquier garantía de funcionamiento, calidad, condición, especificación comerciabilidad de los VEHÍCULOS '/o BIENES cua3 o proceda las garant correspondientes de la Planta Fabricante;

,c

BIvd. Heberto Cástillo #200 Colonia Paseo de las Minos, Página 13 García, Nuevo León, C.P. 66001 TIéfonas 81243900y81248800

ti-

-t

Cantidai Marca Tipo Modelo Características Fin al que Equipámlento Valór de la Valor de la ConsE Técnicas será utilizado Adicional Pensión de Pensión dé cutivo descripción Renta Renta;

incluida en Correspolidienti Mensual. el Anexo al mes 1 Corresondiént'

• . Delmós2al:

1 Dodge Ram Crew 2016 Detelladasen Administrátivo GPS $5862327 $24,089.21 cab 2500 VS ANEXO 1 Caracterlstica 4x2 versión Técnicas dél trabajo Equipamiento

Adicional detalladas en -ANEXO 1

2 1 Dodge RarnCrew 2016 Detelládasen Administrativo GPS $58,623.27 $24,089.4 Cab 2500 V8 ANEXO 2 Característicé 1 4x2 versión Tócñicas dél trabajo Equipamiento

Adicional detalladas ón

• . . -ANEXO2

3 1 Dodge Ram Crew 2016 Detelladas en Administrativo GPS . $58,623.27 $24,0 - 1 Cal, 2500 V8 ANEXo 3 Característica 4,0 versIón Técnicas del trabajo . Equipamleñto

Adicional -

- . . detalladas en -

ANEXO 3

1 Dodge Ram Crew 2016 Detelladas en s&Çmlnistrativo GPS $58;623.27 ,Q89gt cab 2500 VS ANEXO 4 caraóterlstica • i 1 4,0 vérsión.

- técicas del -

- trabajo Equipamiento Adicional

fl U!

— UI

fi

GARCfA l'N D E P E ND 1 E N T E

- 2015-2510

O gn general cualquier riesgo, pérdida, robo, destrúcclón o -daño en lós bienes materia de este Contrato; que nó esté cubierta o amparada o bien no proceda por parte de la póliza de seguros y/o de póliza de garantía, y

g) Igualmente serán a cargo de EL ARRENDATARIO todas las multas y sanciones • impuestas por las autoridades, derivadasdel usó de lós VEHICULOS yló BIENES.

En• caso de présentarse cüalquiera de las eventualidades señaladas en la presente Cláusula y se declare improcedente por parte de la Cómpañia de Seguros y/o póliza de gárantia, EL ARRENDATARIO no quedará liberado del pago de lá RENTA debiendo cubrirla en los términos y coñdiciones que se pactan ene! presente Contrato.

OCTAVA.- PRECIO DEL ARRENDAMIENTO. EJ.. ARRENDATARIO se obliga a pagar a EL ARRENDADOR Rentas mensuales por cada uno de LOS VEHÍCULOS Y/O -BIENES descritos en la cláusula Primera del presente contrato, a razón de las cantidadés siguientes: .

L UI

B!vd Heberto Castillo #200 Colonia Paseo de los Minas, -Gárcía, Nuevo león, C.P. 66001 Jéléfonos 81243900y 81248800

Página 14 t

4

•1

.1

e.

4

detaf ladas en ANEXO 4

1 Dodge Ram Crew 2016 Detelladas en Administrativo GPS $58,623.27 $2408921 Cab 2500 V8 ANEXOS Característica • 4x2 versión Técnicas del trabajo Equipamiento • Adicional

detalladas en ANEXO 5

1 Dodge Ram Crew 2016 Detelladas en Protección Civil Si $8387904 $3470598 Cab 2500 V8 ANEXO 6 Caracterfsica 4x4 Técnicas del - Equipamiento

Adicionál • detalladas en ANEXO 6

T 1 Dodge Ram Crew 2016 petelladas en Seguridad Públii Si $75,620.91 $31,26216 Cab 2500 V8 ANEXO 7 Característica 4x2 versión Técnicas del trabajo Equipamiento • Adicional

detalladas en ANEXO 7

8 1 Dodge Ram Crew 2016 Detelladas en Seguridad Públi Si $75,620.91 $31,262.16 • Cab 2500 V8 ANEXO 8 Característica 4,0 versión Técnicas del trabajo Equipamiento

Adicional detalladas en ANEXO 8

9 1 Dodge Ram Crew 2016 Detelladas en Seguridad Públi Si $7562091 $31,262.16. Cab 2500 V8 ANEXO 9 Característica 4,0 versión Técnicas del trabajo Equipamiento

Adicional detalladas en ANEXO 9

10 1 Dodge Dodge 2016 Detalladas en Administrativo GPS $2350042 $9517.3 • Attitude SE ANEXO 10 Caracterlstica Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en ANEXO 10

1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en Administrativo GPS $2350042 $g,Sif. : • Attitude SE ANEXO 11 CaracterÍstica Automático Técnicas del 2016 Euipamiento

Adicional detaliadas en ANEXOII

12 1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en AØministrativo (3PS $2350042 ¡ 9,5jt39 Altitude SE ANEXO 12 \ CaracterÍstica Automático Técnicas del 2016 _______ _______________ ____________ Equipamiento

— _

1l

— II

— _

4

GARCfAWI _ INDEPENDIENTE

Blvd. Heberto Castillo #200 Colonia Poseo de las Minas, García, Nuevo León, C.P. 66001 TeléFonos 81243900 y 81248800

Páginal6de2g

G A R C*A lNDEPENDIENTE J - - 2015-2018

q

Adicional detalladas en ANEXO 12

13 1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en Administrativo GPS $2350042 $951739. -

Attitude SE ANEXO 13 Característica Automático Técnicas del 2016 - Equipamiento

Adicional detafladas en

- ANEXO 13

14 1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en Administrativo GPS $2350042 $951739 Attitude SE ANEXO 14 CaracterÍstica Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en ANEXO 14

15 1 Dodge Dodge 2016 Detélladas en Administrativo -GPS $2350042 $951739 Attitude SE ANEXO 15 CaracterÍstica Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional -

detalladas en ANEXO 15

Dodge Dodge 2016 Detelladas en Administrativo GPS $2350042 $951739 Aflitude SE ANEXO 16 Caracterfstica Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en ANEXO 16

Dodge Dodge 2016 Detelladas en Administrativo GPS $2350042 $951739 Attitude SE ANEXO 17 Característica Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en

__________ ____ ANEXO 17

18 1 Dodgo Dodge 2016 Deteliadas en Administrativo GPS $23,500.42 $951739 Attitude SE ANEXO 18- Característica Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicioñal detalladas en ANEXO-18

19 1 Dodge Dodge 2016 Óetelladas en Administrativo GPS $2350042 $951 -

Attitude SE ANEXO 19 Característica Automático Téónicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en ANEXO 19

Dodge Dodge 2016 Detelladas en Seguridad Públi ¼Si $38,351 .90 -$tS751 -17 Attitude SE ANEXO 20 aracteristicq -

Automático

4 de26

BIvd. Heberto Castillo #200 Colonia Paseo de las Minas, García, Nuevo León, C.P. 66001 Téiéfonos 81243900y 81 248800

A: u-

- t

GARCfA 1 N D E P E N D 1 E N T E

2015'208 JEM 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en ANEXO 20

21 1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en Seguridad PúbIi Si $38.351,90 $1575117 Attitude SE ANEXO 21 Característica Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en ANEXO 21

22 1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en Seguridad Públi Si $38,351.90 $1575117 Attitude SE ANEXO 22 Característica Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en ANEXO 22

23 1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en Seguridad PúbF Si $3835190 $15751,11 Attltude SE ANEXO 23 Característica Automático Técnicas del 2016 EquipamIento

AdicionaÍ detalladas en ANEXO 23

24 1 Dodge Dodge 2016 Detefladasen Seguridad Públi Si $3835190 $1575117 Attitude SE ANEXO 24 Característica Automático Técnicas del 2016 EquIpamiento

Adicional detalladas en ANEXO 24

i' 1 Dodge Dodge 2016 Detelladas en Seguridad Públi Si $38,351.90 $1 5,751.17 Attitude SE ANEXO 25 CaracterístIca Automático Técnicas del 2016

, Equipamiento Adicional detalladas en ANEXO 25

26 1 Dodge Dodge 2016 Deteliadas en Seguridad Púb!i Si $38351,90 $15,751.17\ Altitude SE ANEXO 26 CaracterístIca Automático Técnicas del 2016 Equipamiento

Adicional detalladas en ANEXO 26

Dodge Ram 4000 2016 Deteliadas en Servicios Públic GPS $56838,27 I3,3 Chasis Cabina ANEXO 27 Característica

Equipamiento Adicional

ANEXO 27

1 Dodge Ram 4000 2016 Detelladas en Servicios Públic GPS $5384.7/ $2,36/44 Chasis Cabina ANEXO 28 Cgerrsflca A' 1 /

Blvd. 1-leberto Castillo #200 Colonia Paseo de las Minas, García, Nuevo León, C.P. 66001 Teléfonos 81243900 y 81248800 (22Cna1'de2<

1 N D E P E N 0 1 ENTE -e 2015-2018

"P 4X2 Técnicas del Equipamiento E Adicional detalladas en ANEXO 28

Dichos pagos de renta Mensuales de cantidades fijas serán más el Impuesto al Valor Agregado correspondiente.

NOVENA.- PLAZO DEL CONTRATO. Las PARTES acuerdan que el plazo del Contrato de Arrendamiento y sus ANEXOS será de 24 (veinticuatro) meses contados a partir de la fecha de entrega de los VEHÍCULOS Y/O BIENES, pudiéndose prorrogar el mismo siempre y cuando EL ARRENDATARIO de aviso por escrito a EL ARRENDADOR con 03-tres meses de anticipación a EL ARRENDADOR y cuente con el presupuesto y autorizaciones correspondientes para prorrogar los mismos y se puedan celebrar los convenios y/o contratos respectivos.

DÉCIMA.- FECHA DE PAGO. EL ARRENDATARIO se obliga a pagar a EL ARRENDADOR el importe de las RENTAS establecidas en la CIáusula OCTAVA por mensualidades adelantadas dentro de los primeros diez días de cada mes, a excepción de la Primera Renta de cada uno de los VEHICULOS y/o BIENES que se pagará en la

• celebración de la firma. En caso de que UN DÍA DE PAGO no fuese un día hábil báncario, EL ARRENDATARIO pagará la RENTA, el DÍA HÁBIL inmediato anterior. Asimismo EL ARRENDATARIO deberá pagar la mensiiaIidad de la RENTA aún cuando no use los VEHICULOS Y/O BIENES por causas atribuibles a éste. EL ARRENDATARIO podrá realizar pagos anticipados de las PENSIONES DE RENTAS previa autorización por escrito de EL ARRENDADOR.

DÉCIMA PRIMERA.- LUGAR Y MODO DE PAGO. LAS PARTES convienen: que el lugar de pago será en la Secretaría de Tesorería, Finanzas y Administraáión Municipal, con domicilio en Bouleverd Heberto Castillo numero 200, colonia Paseo de las Minas, García, Nuevo León, C.P. 66001, y que el pago de las Rentas Mensuales se podrá llevar a cabo mediante depósito en la cuenta de cheques de EL ARRENDADOR o bien mediante transferencia electrónica que para tal efecto le :indique a EL ARRENDATARIO. Las PARTES están de acuerdo que en caso de que se tenga que modificar el lugar de pago o EL ARRENDADOR tenga que modificar el número de cuenta para realizar el depósito de pago o bien la çlabe interbancaria, la PARTE correspondiente procederá a notificar

• mediante aviso por escrito a la otra PARTE con 5 (cinco) días hábiles de anticipación del cámbio del lugar de pago o del número de cuenta. Dicho cambio no eximirá a EL ARRENDATARIO del cumplimiento de sus obligaciones de pago o del presente Contrato.

EL ARRENDADOR enviará a EL ARRENDATARIO ¿a factura electrónica manera anticipada y la cual amparará el monto mensual de la RENTA de cada u de los VEHÍCULOS Y/O BIENES. Dicha factura electrónica se enviará en forma men ual que contendrá los requisitos fiscales en términos de las disposiciones fiscales vigente la cual deberá de pagarse por EL ARRENDATARIO en las FECHAS DE PAGO en términ d a Cláusula Décima del presente Contrato.

Blvd. Heberto Castillo #200 Colonia Paseo de las Minas, ág de 29 Gordo, Nuevo León, C.P. 66001 feI6fonos81243900y81248800

1

G A RdA 1W DEP EN DI E N T E i:i

Dichos compróbantes deberán expedirse atendiendo los siguientes datos, por lo que en caso de modificar los datos EL ARRENDATARIO deberá de notificar por escrito a EL ARRENDADOR entregando los soportes fiscales correspondientes a fin de que se proceda expedir las facturas con la nueva información fiscal del mismo:

Contribuyente: Municipio de Garcia, N.L.

R. F. C. MGN850101F45

Domicilio Fiscal: Boulevard Heberto castillo, número 200, colonia Paseo de las Minas, Garcia, Nuevo León, C.P. 66001

DÉCIMA SEGUNDA.- REPARACIONES Y MANTENIMIENTO. Es obligación de EL ARRENDATARIO proporcionar y pagar el mantenimiento preventivo y correctivo de los VEHICULOS VIO BIENES, así como cualquier repáración que sea necesaria por el desgaste que sufran los VEHICULOS y/o BIENES con motivo de su uso normal y ordinario o cualqüier daño que se genere en los mismos inclusive los ocasionados por culpa o negligencia de EL ARRENDATARIO. El mantenimiento y las reparaciones deberán realizarse en los talleres de aceptable prestigio para las PARTES.

• EL ARRENDATARIO tendrá la responsabilidad absoluta de revisar en forma periódica y razonable los niveles de aceite en el motor, agua del radiador y de líquido anticongelante,

• así como la presión del aire de los neumáticos de los VEHICULOS y én su caso, ajustarlos conforme a los valores recomendados por el Fabricante. EL ARRENDATARIO será responsable de revisar con regularidad todos los niveles de fluido de los VEHICULOS y de conservar los VEHICULOS en una condición limpia y satisfactoria y será responsable del pago de todas las cuentas de gasolina o de otros combustibles y aceites.

Las PARTES convienen en que todos los costos y gastos de operación de los VEI-JICULOS y/á BIENES serán por cuenta y a cargo de EL ARRENDATARIO.

EL ARRENDATARIO es responsable y se obliga a reparar a su cargo y cuenta cualquier daño que los VEHICULOS y/o BIENES hayan sufrido fuera del uso normal de los mismos, o bien por su culpa o negligencia, incluyendo en forma enunciativa pero no limitativa: a.-Cristales dañados; b.- Carrocería o chasis dañados; c.- Defensas golpeadas; d.- Cerrajería averiada; e.- Faros y calaveras dañadas; f.- Vestiduras, alfombras o interiores dañados, manchados o rotos; g.- Cualquier desperfecto mecánico que haya sido originado por uso irregular o anormal del motor, suspensión, dirección o caja de transmisión; h.- Llantas dañadas.

Ño obstante su uso, EL ARRENDATARIO se obliga a mantener los VEHÍCULOS BIENES con las condiciones adecuadas de usp y funcionamiento, sin desperfe' mecánicos y ni de carrocería.

Blvd. Heberto Castillo #200 Çolonia Paseo de las Minas, Gordo, Nuevo León, C.P. 66001 Teléfonos 81243900 y 81248800

gina 19 de 29

GARCiA 1 N D E P E N 0 1 E N T E

2015-2016

t'•YJ.'

DÉCIMA TERCERA.- OBLIGACIONES DE EL ARRENDATARIO. Adicionalmente a las obligaciones de EL ARRENDATARIO contenidas en este Contrato, EL ARRENDATARIO se obliga a cumplir con las siguientes:

Comprometerse a que los conductores de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES conducirán al amparo de una licencia vigente, otorgada por Autoridades Competentes.

A que los conductores de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES, no manejarán en -estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas o enervantes.

Hacer uso adecuado de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES conforme a su destino y/o naturaleza.

A que los conductores de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES, obedecerán los reglamentos de tránsito federal, estatal y local.

No subarrendar LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES, salvo que cuente con autorización expresa de EL ARRENDADOR.

Comprometerse a que los conductores de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES, no los conducirán fuera de los límites de la República Mexicana sin la previa autorización por escrito de EL ARRENDADOR.

A que los conductores de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES, no los utilizarán para arrastrar remolques, a menos que sea el uso específico o características de los VEHÍCULOS y/o BIENES respondiendo EL ARRENDATARIO en su caso por los daños causados a los mismos.

A que los conductores de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES, no los sobrecargarán con relación a su resistencia y capacidad.

En caso de que LOS VEHICULOS Y/O-BIENES sufran daño debido a la negligencia de EL ARRENDATARIO ya que éste deberá de asegurarse que el VEHÍCULO Y/O BIEN reciba servicio y mantenimiento adecuado, EL ARRENDATARIO será responsable para con EL ARRENDADOR del costo de la restauración del VEHÍCULO Y/O BIEN a una condición de servicio adecuada.

A responder por los daños y riesgos que lleguen a ocasionarse cuando los conductores de los VEHÍCULOS Y/O BIENES, no los mantengan en lugares y en condiciones adecuadas a fin de salvaguardar los mismos.

Comprometerse a que los conductores de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES no los conducirán, en brechas, caminos no pavimentados o en lugares no aptos para el tránsito de los mismos, respondiendo EL ARRENDATARIO, en su caso, por los daños causados a los mismos.

Abstenerse de transportar en el interior de LOS VEH(CULOS Y/O BIENES, materiales fuera de su naturaleza, destino y normas legales.

Conservar LOS VEHICULOS Y/O BIENES en buen estado y hacerse cargo de que se realicen todas las reparaciones y el mantenimiento de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES, en los términos de la Cláusula Décima Segunda relativa a las REPARACIONES Y MANTENIMIENTO contenida en este Contrato.

Responder por daños a personas o cosas, causados con LOS Vq-IÍCULOS Y/O1 BIENES en el tiempo que los mismos se encuentren en posesión física o }prídica de E ARRENDATARIO, salvo que dichos daños se encuentre cubierto por la pólka de segi4o correspondiente.

Responder por daños que sufran LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES rientras i4s mismos se encuentran en posesión física o jurídica de EL ARRENDAT\?\RJ0Ç adn

Blvd. Heberto Castillo #200

Colonia Poseo de las Minas, l....,2)e'Ça)jna 20 de 29 Garcio, Nuevo León, C.P. 66001 Teléfonos 81243900>' 81248800

< 1 A R CiA 1W D E P E N D 1 ElE

• tratándose de caso fortuito o de fuerza mayor, salvo que -dichos daños se encuentren cubiertos por la póliza de seguro correspondiente.

RSponder por dañós sufridos por las personas que viajen dentro de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES arrendados, durante el tiempo quese encuentren en posesión física o jurídica de EL ARRENDATARIO, salvo que dichos daños se encuentren cubiertos por la póliza de seguro correspondiente.

Pagar las multas y sanciones impuestas por violación a los Reglamentos de Tránsito o a uaIquier otra reglamentación.

Respónder de todos los actos y/o hechos ilícitos realizados por o con LOS

- • VEHÍCULOS Y/O BIENES ó dentro de los mismos. befender LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES de cuaIuier orden, intervención o

embargo de cualqUier tipo de autoridad ya sea administrativa, judicial, hacendariá ó de cualuier otra índole. Ante una orden de embargo, detención y/o secuestro de los VEHÍCULOS y/o BIENES, EL ARRENDATARIO se obliga a hacer valer su carácter de poseedor, exhibiendo para tal este Contrato y ANEXOS que lo acrediten como tal,

• - obligándose a dar aviso inmediato a EL ARRENDADOR. En caso de que aplique, a pagar ¿ más tardar en el mes de febrero de cada año

todos los impuestos y gastos relacionados con el uso y disfrute del VEHÍCULO Y/O BIEN, tales como el Impuesto sobre Tenencia o usode VEHÍCULOS, en los térrniños de la Cláusula Décima Cuarta relativa a DE LOS IMPUESTOS de este Contrato, así como la verificaciánanticóntaminante periódica cuando proceda.

-. 21) A que LOS VEHICULOSY/O BIENES no sean ocupados por un nÚmero mayor de personas-que aquél para el cual fueron construidos, y tampoco sean conducidos por persona alguna para llevar pasajeros por contratación o recompensa, ni para cárreras, para

• liderear o participar en rallies, o para pruebas de fiabilidad o de velocidad ni de manera que

• vióle algún reglamento relacionado con la conducción y/o el uso de un vehículo motorizado. A nó prestar, traspasar, vender u ofrecer para venta, ceder, gravar, caucionar ni

negociar con VEHÍCULOS Y/O BIENES, ni deshacerse de los mismos. Asegurarse que los odómetros de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES no estén

alterados. Cualquier defecto en los odómetros y cualquier reemplazo de los mismos se

• deberá informar de manera inmediata a EL ARRENDADOR, y también se deberá informar el kilometraje registrado a la fecha de reemplazo.

A conservar los VEHÍCULOS y/o BIENES en • buenas condiciones de uso o funcionamiento sin realizarle ningún cambio estructural o aparente que púdiese afeçtar en • forma adversa él valor del mismo, sin la previa autorización por escrito de EL

- ARRENDADOR.

• 25) A permitir la inspección y verificación del estado, funcionamiento y mantenimiento de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES, asícomó del cumplimiento de las obligaciones a cargo

1 de. EL ARRENDATARIO, a la persona que para tal efecto designe EL ARRENDADOR.

• 26) A no ceder, traspasar, conceder el uso a terceros o ñegociar de cualquier forma los derechos que ampare el presente Contrato ni los ANEXOS.

A cumplir con las especificaciones y recomendaciones del fabricare de lo VEHÍCULOS y/o BIENES. kv /

Dar aviso.de inmediato, en cuanto tenga conocimiento de un evento m'teria de competencia de la Compañía Aseguradora y a EL ARRENDADOR, del robo, p»,rdida accidentes que sufran los VEHICULOSy/o BIENES.

BIvd. Heberto Castillo #200 iiiIIj2 Çolonio Poseo de las Minas, Pá de2 García, Nuevo León, C.P. 66001 Teléfonos 81 243900y 81 248800 -

ÓARCfA INDEPENDIENTE U

•A devolver los VEHÍCULOS y/o BIENES (1) al concluir el plazo del Contrato de Arrendamiento y sus ANEXOS, (II) al ocurrir la rescisión de éste Contrato y de los ANEXOS, mismos que deberá devolver en las condiciones eh que los recibió, con el deterioro normal pór el uso de los VEHÍCULOS y/o BIENES, junto can el equipo adicional, acondicionamiento o mejoras, que se hubiesen instalado a los VEHÍCULOS y/o BIENES.

En general, no utilizar LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES en forma diferente o para fines distintos de los estipulados en este Contrato y ANEXOS.

DÉCÍMA CUARTA.- DE LOS IMPUESTOS. Es obligación de El ARRENDATARIO pagar • puntualmente y durante todo el plazo de la vigencia de Contrato de Arrendamiento y

ANEXOS, y por el tiempo que posea los VEHICULOS Y/O BIENES y hasta que los devuelva a EL ARRENDADOR todos los impuestos, multas, verificaciones, placas que genere el arrendamiento, en específico el pago del impuesto sobre tenencia o uso de VEHICULOS que corresponda, el cual deberá pagarlo a más tardar en el mes de febrero de cada año.

Así mismo es obligación de El ARRENDATARIO pagar mensualmente el Impuesto al Valor Agrégado (IVA) que genere los pagos de RENTA, y demás erogaciones que se genere en virtud del arrendamiento de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES.

DÉCIMA QUINTA.- KILOMETRAJE. Durante el plazo de este Contrato y de los ANEXOS, EL ARRENDATARIO tendrá derecho, sin cargo adicional, a usar el VEHÍCULO sin límite de kilómetros. Las PARTES convienen que todos los costos y gastos imputables por el uso y goce de los VEHÍCULOS Y/O BIENES serán por cuenta y a cargo de EL ARRENDATARIO.

DÉCIMA SEXTA.- INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE LAS RENTAS MENSUALES. Las PARTES convienen que la falta de pago puntual de una o más mensualidades de las RaNTAS mensuales que se refiere la Cláusula. Octava, o de cualesquiera otra cantidad adeudada .por EL ARRENDATARIO de conformidad con este Contrato y.ANEXOS, dará derecho a EL ARRENDADOR para exigir la rescisión de éste contrato y ANEXOS de que se trate, o bien para exigir su terminación anticipada, de conformidad con la Décima Octava y Vigésima Segunda de este Contrato.

* Las cantidades ho pagadas generarán intereses moratorios que se calcularán multiplicando las cantidades de que se trate por el tres porciento (3%) mensual, las PARTES están de acuerdo en que el porcentaje correspondiente que resulte en caso de mora se calculará por períodos mensuales no obstante los días que hayan transcurrido sin haberse realitado el pago mensual de la RENTA respectivo, computándose desde la fecha de incumplimiento en el pago y hasta la fecha de pago efectivo.

DÉCIMA SÉPTIMA.- INCUMPLIMIENTÓ EN LA ENTREGA DE LOS VEHICULOS Y/O BIENES. En caso de que EL ARRENDATARIO no entregue el VEHICULO y/o BIENES: (i al concluir el plazo de duración del presente Contrato y ANEXOS, o de sus pró ogas, si las hubiese; o bien, (Ii) al ocurrir la resc!sión de éste Contrato y de sus ANEXO en 1 términos de la Cláusula Vigésima Segunda; se obliga a

ZiPágina

l O O

Blvd. Heberto Castillo #200 -. Coloifia Poseo de las Minas, de 29 Gorda, Nuevo León, C.P. 66001 Teléfonos 81243900y 81248800

GARCÍA 1 N DEPENDIENTE

W1S2018 End

1 ES PROPORCIONAL DE RENTA MENSUAL SIN IVA" diario por concepto de "Retraso en la Entrega por cada VEHICULO y/o BIEN", la cual se devengará diariamente hasta la devolución de los VEHICULOS y/o BIENES a satisfacción de EL ARRENDADOR, cantidad que se pagará independientemente de las sumas que por concepto de RENTA, y demás prestaciones deba pagar EL ARRENDATARIO.

La entrega de los VEHICULOS y/o BIENES a que se refiere el párrafo anterior, deberá realizarla EL ARRENDATARIO en el domicilio que para efectos de este contrato señaló EL ARRENDADOR, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha en que concluya el plazo de este Contrato y ANEXOS, o si se trata de rescisión, a partir de que se le notifique la rescisión y/o terminación anticipada de este Contrato y ANEXOS, de conformidad con la Cláusula Vigésima Segunda de este contrato.

DÉCIMA OCTAVA.-

exigir la rescisión de éste contrato y ANEXOS, o bien a exigir .su terminación anticipada, según corresponda, si EL ARRENDATARIO incumpliere cualquiera de las obligaciones que se deriven de los mismos o de este Contrato o de cualquiera de los ANEXOS o aconteciere cualquiera de los siguientes supuestos:

Por falta de pago puntual de alguna de las RENTAS o de cualquier otra cantidad a cargo de EL ARRENDATARIO;

Por dar un uso inadecuado a los VEHÍCULOS Y/O BIENES y no conforme con su destino y naturaleza;

Si EL ARRENDATARIO no conserva los VEHÍCULOS Y/O BIENES en buenas condiciones de uso o funcionamiento por falta de mantenimiento y conservación, o bien si realiza algún cambio estructural o aparente en los VEHÍCULOS Y/O BIENES que pudiese afectar en forma adversa el valor del mismo, sin la previa autorización por escrito de EL ARRENDADOR;

Si EL ARRENDATARIO se abstiene de dar aviso de inmediato a la Compañía Aseguradora y a EL ARRENDADOR, del robo, pérdida o accidentes que sufran los VEHÍCULOS Y/O BIENES;

Por no permitir la inspección y verificación del uso normal y del estado de los VEHÍCULOS Y/O BIENES;

Si EL ARRENDATARIO se abstiene de dar aviso a la Compañía Aseguradora al momento que tuvo el evento de siniestro así como a EL ARRENDADOR, del robo, pérdida o accidentes que sufran los VEHÍCULOS Y/O BIENES.

Si los VEHÍCULOS Y/O BIENES son objeto de embargo, detención, secuestro o se den en garantía;

Si en contra de EL ARRENDATARIO se iniciare algún procedimiento de huelga o conflicto laboral colectivo o bien si fuere promovido en su contra un juicio de concurso de acreedores;

Si EL ARRENDATARIO subarrienda, en todo o en parte los VEHÍCULOS Y/O BIENS, o concede su uso a terceros, o cede, o traspasa, o negocia en cualquier forma los derecIio que amparan este Contrato, salvo que cuente con la autorización por escritp deÇ./

A ARRENDADOR; -

Blvd. Heberto Castillo #200 Colonia Poseo de las Minas, García, Nuevo León, C.P. 66001 Teléfonos 81243900y 81248800

7 , )nar9 UK

11

GÁRCiA •

1 :N O E P E (4 0. 1 E (4T E 117 20152015 or 1O Si EL ARRENDATARIO es intervenido o embargado por cualquiertipo de autoridad, ya sea judicial, hacendada, administrativa o de cualquier otra índole; - it Si EL ARRENDATARIO traslada los VEHÍCULOS y/o BIENES fuera de la República Mexicana, sin la prévia autorización por escrito de EL ARRENDADOR;

Cuando EL ARRENDATARIO transmitiere sustañcial o mayoritariamente sus activos y/o deudas o delebrase cesión de bienes o derechos a sus acreedores sin previo aviso por escrito a EL ARRENDADOR;

Si EL ARRENDATARIO presta, traspasa, vende, cede, grava, cauciona, negocia o se deshace de los VEHÍCULOS Y/O BIENES. 14 Si alguna de las declaraciones realizadas por EL ARRENDATARIO en este Contrato resultase falsa.

DÉCIMA NOVENA.- DEVOLUCIÓN DE LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES. Al concluir el plazo de este Contrato de Arrendamiento y ANEXOS, o el de sus prórrogas, si las hubiese, o bien al ocurrir la rescisión de este Contrato y ANEXOS,. EL ARRENDATARIO deberá dejar de usar los VEHÍCULOS Y/O BIENES y hacer entrega inmediata de éstos a EL ARRENDADOR en él domicilio que para efectos de esté cóntrato señaló el arrendador.

En caso de que ÉL ARREÑDATARIO omita poner a disposición de EL ARRENDADOR los VEHÍCULOS Y/O BIENES a la fecha de terminación del plazo de este Contrato de Arrendamiento y ANEXOS, EL ARRENDADOR podrá acudir a las iñstancias legales correspondientes a fin de obtener la posesión legal de los mismos. En todo caso, EL ARRENDATARIO será responsable del reembolso de todos los costos y gastos en los que EL ARRENDADOR haya incurrido con respecto a los procesos judiciales correspondientes asi como por la RENTA delos VEHÍCULOS Y/O BIENES entre la fecha de terminación del Contrato de Arrendamiento y ANEXOS y la-fecha en la cual EL ARRENDADOR obtiene la posesión de los VEHÍCULOS, Y/O DI ENES. EL ARRENDATARIO deberá pagar a EL ARRENDADOR en un periodo de siete días- naturales siguientes contados a partir de

4 háberle requerido por éste, todas las cantidades adeudadas por este motivo.

Al momento de la devolución de los VEHÍCULOS Y/O BIENES I ambas PARTES deberán firmar un documento en el qu6 se especifique: (i) que los VEHICULOS Y/OB!ENES se entregan -en buenas cóndiciones mostrando el desgaste por el uso normal y ordinario, o bien; (u) que los VEHÍCULOS Y/O BIENES no se encuentran en buenas condiciones

• mecánicas o de carrocéría;debiendo especificar los daños de qüe se trate, en cuyo caso EL ARRENDATARIO pagará a EL ARRENDADOR el -costó de restituir los VEHÍCULOS Y/O BIENES a su adecuada condición mecánica -y de carrocería.

ti. VÍGÉSIMA.- PRÓRROGAS. Cualquier prórroga a la vigencia de este Contrato y ANEXOS

-

deberá ser acordada pór las PARTES por éscrito con un mínimo de 3-Tres meses dt anticipación a lá fecha dé terminación de este Contrato y ANEXOS o en su baso, de I

- prórroga correspondiente. .

• VIÓÉSIMA PRÍMERA.- ,CESIÓN; Las PARTES no podrán ceder Íos derechos derivq4s -- del presente Contrato y ANEXOS, salvo los derechos de cobro los . drárí ser

cedidos por ÉL ARRENDADOR.

Blvd. Heberto Castillo #200 . . . -. Çólonia Póseo de los Minas, Página 29

rcía, Nuevo léón; C.P. 66001 t&fonos 81 243900y 81248800 . -

ÓÁRCfA S .INDEPENDIENTErJ

e -r

VIGÉSIMA SEGUNDA.- EFECTOS DEL INCUMPLIMIENTÓ A LAS OBLIGACIONES A CARGO DE EL ARRENDATARIO. Ante el incumplimiento de EL ARRENDATARIO de cualquiera de las obligaciones de este Contrato o de los ANEXOS, o bien por la realización de cualquiera de los supuestos qué prevee la Cláusula Décima Octava, EL ARRÉNDADOR, a su elección, podrá optar por la rescisión de éste Contrato de Arrendamiento y de los ANEXOS o por la terminación, anticipado del mismo mediante reSolución judicial, produciéndose las siguientes consecuencias, según sea el caso:

• 1. Consecuencias de la rescisión:

• a) Et ARRENDATARIO se obliga a devolver losVEHÍCULOS Y/O BIENES, llaves y équipo adicional, en los términos de la Cláusula Décima Séptima y Décima Novena de este Contrato.

EL ARRENDATARIO deberá pagar el "MONTO PROPORCIONÁL DE RENTA MENSUAL" más IVA en forma diaria que se devengue por el uso de los VEHÍCULOS y/o

- - BIENES, por todo el tiempo que tarde en devolverlos, por concepto de "Retraso en la Éntrea por cada VEHICULO y/o BIEN", en férminos de la Cláusula Décima Séptima de este Contrato.

EL ARRENDATARIO quedará obligado al pago de cualquier cantidad que adeude, a la

• fecha en que EL ARRENDADOR le comunique la resplución judicial que de lugar la

• rescisión de este Contrato y AÑEXOS.

• .. d):EL ARRENDATARIO deberá pagar los intereses moratorios generados y que se generen en tÓrminós de la Cláusula Décima Sexta de este Cóntrato.

EL ARRENDATARIO entregará los VEHÍCULOS Y/O BIENES a EL ARRENDADOR una vez que sea decretada judicialmente. II. - Consecuencias de la Terminación anticipada por incumplimiento de EL ARRENDATARIO: a) Se dará por vencido en forma anticipada el plazo establecido en este Contrato y ANEXOS. b). EL ARRENDATARIO quedará obligado a cubrir todos los pagos por concepto de RENTAS vencidos y no pagados y cualquier otra cantidad que adeudare respecto de este Contrato y ANEXOS.

1 c)EL ARRENDATARIO quedará obligado al pago de los intereses moratorios en los términos de la Cláusula Décima Sexta de este Contrato.

EL ARRENDATARIO se óbliga y compromete a devolver y entregar los VEHÍCULOS y/o • BIENES, llaves y équipo adiciónal, en los términos de la Cláusula Décima Séptima y

- Décima Novena de este Contrato. El no ejercicio por parte dé EL ARRENDADOR del derecho de rescindir éste Contrato y los

• ANEXOS no implica en manera algüna la aceptáción de la ampliación del plazó establecido

• en la Cláusula Novena, ni aún cuando se reciban .pagos de EL ARRENDATARIO, a efect9'

• dé ponerse al corriente en las RENTAS que tuviere vencidos. ¡

VIGÉSIMA tERCERA.- INSPECCIÓN.- EL ARRENDATARIO en este acto se ot pérmitir a EL ARRENDADOR o a la persona qué éste designe, la inspecciórK VEHÍCULOS Y/O BIENES cuando así lo solicite EL ARRENDADOR ya sea en form o por escrito, a efecto de verificar las condiciones de los mismos.

BIvd. Hebetto Cósfillo #200 - Colonia Paseo de las Minas, Página García, Nuevo León, C.P. 66001 Teléfonos 81243900y 81248800 y

GARCfA _

INDEPENDIENTE 2015 40I

VIGÉSIMA CUARTA.- GASTOS DE ARRENDAMIENTO. Son todos los pagos, distintos a la RENTA de los VEHÍCULOS Y/O BIENES, que se causen con motivo de este Contrato y ANEXOS, serán por cuenta y cargo de EL ARRENDATARIO como son en forma enunciativa más limitativa: multas, gestorías, deducibles y entre otras erogaciones que genere el arrendamiento.

VIGÉSIMA QUINTA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.- EL ARRENDADOR se obliga a garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el presente contrato, mediante poliza de fianza, por el importe correspondiente al 10% del Monto total del Contrato, la cual deberá presentarse a más tardar a los 10 diez díasnaturales siguientes a la firma del contrato.

Esta fianza que se otorgará a favor del Municipio de García, Nuevo León y deberá ser expedida por institución afianzadora autorizada, la cual deberá ser liberada por EL ARRENDATARIO cuando concluido el plazo del contrato de arrendamiento, EL ARRENDADOR haya cumplido con todas las obligaciones que se deriven de este Contrato y ANEXOS o al ocurrir la rescisión o terminación anticipada de este Contrato de Arrendamiento y sus ANEXOS por causas imputables a EL ARRENDATARIO en términos de la Cláusula Décima Octava y Vigésima Segunda de este Contrato.

La Garantía señalada en la presente cláusula permanecerá vigente Durante la vigencia del Plazo del Contrato de Arrendamiento, por lo cual transcurrido el plazo referido y una vez cumplidas las obligaciones a cargo de EL ARRENDADOR, EL ARRENDATARIO deberá liberarla dentro de los siguientes 5 (cinco) días hábiles posteriors, mediante la entrega de la autorización expresa a EL ARRENDADOR.

En el supuesto de que exista prórroga o modificación en el contrato que afecte la garantía otorgada, deberá de obtenerse por escrito los documentos de ampliación, disminución, prórroga o cualquier otro modificatorio del tipo de garantía presentada, los cuales serán parte integral de la misma.

En caso de incumplimiento a las obligaciones contraídas en el presente contrato EL ARRENDATARIO, hará efectiva la garantía consignada a su favor, sin demérito de la aplicación de la pena convencional que se fija dentro del presente contrato.

VIGÉSIMA SEXTA.- EFECTMDAD DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.- En caso de que EL ARRENDADOR incumpla con las obligaciones contraídas por el presente contrato EL ARRENDATARIO hará efectiva la garantía de cumplimiento consignada a su favor, sin demérito de la aplicación de la pena convencional que se fija dentro del present$ contrato 1.

VIGÉSIMA SÉPTIMA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA POR INCUMPLIMIENTO Dat ARRENDADOR.- Ambas Partes acuerdan que EL ARRENDATARIO podrá dar por rescindido administrativamente el presente contrato por las siguientes causas:

Bkd. Kebeo Castillo #200 (2) Colonia Paseo de las Minas, Página k6 García, Nuevo León, C.P. 66001 Teléfonos 81243900 y 81248800

U GARC?A 1 N D E P E N .D 1 E N T E

2015-2018

El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por EL ARRENDADOR en el contrato;

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones estipuladas a cargo de EL ARRENDADOR en las bases de la Licitación materia del contrato;

Si EL ARRENDADOR es inhabilitado como proveedor por resolución de la autoridad competente;

Si EL ARRENDADOR proporciona información falsa a EL ARRENDATARI O; y

Si EL ARRENDADOR incumple con cualquier obligación a su cargo establecida en: la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León; en el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, Reglamento de Adquisiciones Arrendamientos y Contratación de Servicios del Municipio de García, Nuevo León, o demás ordenamientos aplicables.

De existir causa de rescisión las partes contratantes se sujetarán al procedimiento de rescisión previsto en el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.

VIGÉSIMA OCTAVA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA POR PARTE DE EL ARRENDATARIO.- AMBAS PARTES acuerdan que EL ARRENDATARIO, podrá dar por terminado anticipadamente el Contrato, por las causas siguientes:

1.• Cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad del arrendamiento, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a EL ARRENDATARIO (MUNICIPIO DE GARCÍA, NUEVO LEÓN), o se determine, por la autoridad competente, la nulidad o inexistencia jurídica de los actos que dieron origen al contrato;

Por decidir la terminación de la relación contractual dentro de la vigencia •

determinada, para lo cual se requerirá dar aviso por escrito a EL ARRENDADOR de tal decisión, con por lo menos 30 días naturales de anticipación, y

La falta de existencia de los recursos presupuestarios respectivos a que estará •

sujeto el contrato en los ejercicios fiscales posteriores a este en el que se formaliza. sin que la terminación por esta causa origine responsabilidad alguna para las partes.

En los supuestos señalados anteriormente EL ARRENDATARIO deberá de:

a). Notificar por escrito a EL ARRENDADOR en donde deberá de:

Fundar y motivar el supuesto de terminación anticipada; Indicar la fecha de terminación de este Contrato y ANEXOS;

b) EL ARRENDATARIO deberá de cumplir con la totalidad supuestos:

BIvd. Heberto Castillo #200 Colonia Paseo de las Minas, García, Nuevo León, C.P. 66001 Teléfonos 81243900y 81248800

de lo siguientes

:Página29

GARCfA 1 N D E P E N D 1 E N T E

2OlSOl6

Devolver todos los VEHÍCULOS y/o BIENES objeto de Ips contratos de arrendamiento específicos en buenas condiciones y con el desgaste del uso normal en términor del presente Contrato.

EL ARRENDATARIO deberá absorver el costó de reparaciones de los VEHÍCULOS y/o BIENES, en caso de ser necesario para dejadas en buenas condiciones de uso.

EL ARRENDATARIO deberá pagar cualquier adeudo que tenga vencido a la fecha en que surta efectos el vencimiento anticipado.

TRIGÉSIMA.- DEPÓSITO EN GARANTÍA. EL ARRENDATARIO se obliga a entregar a EL ARRENDADOR el importe equivalente a:

Deposito en garantia por

No. de unidad. Partida unidades tipo de unidad No Incluye IVA

1 5 Ram Crew Gab 2500 VS 42 versión trabajo 2016, Uso Ádmínistrativo $24,089.21 2 1 Ram Crew Cab 2500 VS 4x4 versión trabajo 2016, Uso Protección Civil $34,705.88

Ram Crew Cab 2500 VS 42 versión trabajo 2016, Uso seguridad 3 3 Pública $31,262.16 4 10 Dodge Attitude SE Aut. 2016, Uso Administrativo ' 59517.39

5 7 Dodge Attltude SE Aut. 2016, Uso seguridad 'Púbtióa $15.751 .17

6 2 Ram 4000 Cab. Lamo 12 pies 2016 con caja, uso servicios públicos $23,361 .44

A los importes señalados en la tabla que antecede, deberá agregarseles el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A), Dichos importes serán por cada uno de LOS VEHÍCULOS Y/O BIENES descritos en la cláusula Primera, dentro del término de 10 diez días naturales, contados a partir de la firma del presente contrato, para garantizare! cumplimiento puntual de sus obligaciones en los términos convenidos en este Contrato de Arrendamiento y en

C los ANEXOS, en el entendido que si hubiere retardo en.eI cumplimiento de las obligaciones o ño cumplan de la forma establecida en dichos instrumentos, EL ARRENDADOR tendrá derecho a disponer de dicho depósito hasta por la cantidad correspondiente a la pena convencional que se cause, sin que dicha pena libere a EL ARRENDATARIO de cumplir con cualesquier obligación pendiente de pago.

• EHmporte del Depósito en garantía, deberá ser devuelto por EL ARRENDADOR a EL

• ARRENDATARIO, concluido el plazo del contrato de arrendamiento, siempre que no exista ,pena convencional alguna que hacer efectiva a cargo de EL ARRENDATARIO, o al ocurrir ¿ la rescisión, rescisión administrativa o terminación anticipada.

TRIGÉSIMA PRIMERA.- INDEMNIZACIONES. EL ARRENDATARIO indemnizará a ARRENDADOR por cualquier pérdida o daño incurrido, incluyendo cualquier reclamació'9 de: terceros que se presenten en contra de EL ARRENDADOR. CUando se presente u» reclamación o reclamaciones en contra de EL ARRENDADOR con respecto a dalios indirectos, emergentes o incidentales, lesiones, pérdida, daños, costos, gastos-o cargos ya

-: seaque la reclamación o las reclamaciones se deriven de o sean en rela ' con calquier

o BIvd. Heberto Costillo #200 Colonia Paseo de las Minos, Górcía, Nuevo León, C.P. 66001 tIé6nos 81243900y81248800

y It

MUNICIPAL

-

GARdAgZff*" INOEPENDIENTE

defecto en o descompostura o falla de los VEHICULOS Y/O BIENES o cualquier acto, omisión o negligencia y ya sea que los mismos constituyan o no un incumplimiento fundamental del presente Contrato, o una violación a un término fundamental de los

e.

mismos en cumplimiento del presente Contrato, EL ARRENDADOR no será responsable por la reclamación o reclamaciones hechas por EL ARRENDATARIO o por cualquier persona autorizada por el mismo en contra de él.

TRIGÉSIMA SEGUNDA- COMPETENCIA.. Para la interpretación y cumplimientodel presente Contrato, las PARTES expresamente se someten a las leyes para el Estádo de Nuevo León y sin renunciar EL ARRENDATARIO al Procedimiento Administrativo de existir causa de rescisión, Ambas Partes están de acuerdo en someterse a la jurisdicción y competencia de los tribunales competentes del Estado de Nuevo León, en caso de surgir controversia relacionada con el cumplimiento del presente contrato renunciando las PARTES a cualquier otro fuero que por razón de domicilio presente o futuro pudiera corresponderles.

Enteradas las PARTES del alcance y contenido del presente Contrato, lo firman por duplicado, en la Ciudad de García, Nuevo León, a 23 de septiembre de 2016. Siendo un ejemplar para EL ARRENDADOR y uno para EL ARRENDATARIO.

ELARREOb AF BANREGIO S.A. DE C.V., SOFOM4fl$A$PEGlO GRUPO FINANCIERO

REPRES N

OlAF SETH ES D\LUGO APODERADO GENERAL PARA AC S'DE ADMINISTRACIÓN

EL ARRENDATAr --O DE GARCIAÍ N

NEZ

r

SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO

Blvd. Heberto Castillo #200 ColoniaPaseo de los Minos, Gordo, Nuevo león, C.P. 66001 Teléfonos 81243900 y 81248800