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CONTRATO DE ARRENDAMENTO DE VIVIENDA ENTRE: Sra…………………………………… Identificada con Nro. De D.N.I. ……………………. …, sin impedimentos para contratar conforme al Código Civil, quien en adelante se denominará ARRENDATARIO por una parte. Y por la otra parte la Sra. María Leonor SANDOVAL García de OLIVA identificada con Nro. De D.N.I. 08542244, quien para todos los efectos jurídicos en adelante se denominará ARRENDADOR celebramos el presente contrato de ARRENDAMIENTO DE UN DEPARAMENTO que se regirá por las normas aplicables a la materia y especialmente a las siguientes cláusulas: PRIMERA.- el Arrendador propietario de la casa ubicado en el Jr. José Artigas Nro. 1112 la Esperanza Trujillo, concede al arrendatario el uso de un Departamento del 2do. Piso. SEGUNDA.- el contrato comenzará a regir a partir del día 15 Diciembre 2014, concertándose el arrendamiento por un plazo de UN AÑO. Concluido el periodo contractual pactado, el contrato se prorrogará por la tácita, por periodos de un año, mientras una de las partes no notifique a la otra, en el plazo de 15 días antes de la fecha de vencimiento del contrato o de alguna de sus eventuales prórrogas, su deseo de darlo por terminado. TERCERA.- La renta inicial se establece en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA NUEVOS SOLES (S/250.00), el precio podrá ser incrementado cada doce (12) meses. El importe de la renta deberá pagarse en el domicilio de arrendador los de cada mes. CUARTA.- El arrendatario se obliga a dar al inmueble para uso exclusivo de vivienda y de su familia, con exclusión de todo otro uso, y no podrá por consiguiente, cederlo, realquilarlo o subarrendarlo, en todo ni en parte, ni alojar en él a huéspedes sin permiso escrito del propietario. QUINTA.- El inmueble consta de una cocina dos dormitorios, un baño y una sala de material noble pintado, asimismo consta de servicios

Contrato de Arrendamento de Vivienda

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CONTRATO DE ARRENDAMENTO DE VIVIENDAENTRE: Sra Identificada con Nro. De D.N.I. ., sin impedimentos para contratar conforme al Cdigo Civil, quien en adelante se denominar ARRENDATARIO por una parte.

Y por la otra parte la Sra. Mara Leonor SANDOVAL Garca de OLIVA identificada con Nro. De D.N.I. 08542244, quien para todos los efectos jurdicos en adelante se denominar ARRENDADOR celebramos el presente contrato de ARRENDAMIENTO DE UN DEPARAMENTO que se regir por las normas aplicables a la materia y especialmente a las siguientes clusulas:PRIMERA.- el Arrendador propietario de la casa ubicado en el Jr. Jos Artigas Nro. 1112 la Esperanza Trujillo, concede al arrendatario el uso de un Departamento del 2do. Piso.

SEGUNDA.- el contrato comenzar a regir a partir del da 15 Diciembre 2014, concertndose el arrendamiento por un plazo de UN AO.Concluido el periodo contractual pactado, el contrato se prorrogar por la tcita, por periodos de un ao, mientras una de las partes no notifique a la otra, en el plazo de 15 das antes de la fecha de vencimiento del contrato o de alguna de sus eventuales prrrogas, su deseo de darlo por terminado.

TERCERA.- La renta inicial se establece en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA NUEVOS SOLES (S/250.00), el precio podr ser incrementado cada doce (12) meses.

El importe de la renta deber pagarse en el domicilio de arrendador los de cada mes.

CUARTA.- El arrendatario se obliga a dar al inmueble para uso exclusivo de vivienda y de su familia, con exclusin de todo otro uso, y no podr por consiguiente, cederlo, realquilarlo o subarrendarlo, en todo ni en parte, ni alojar en l a huspedes sin permiso escrito del propietario.

QUINTA.- El inmueble consta de una cocina dos dormitorios, un bao y una sala de material noble pintado, asimismo consta de servicios de luz elctrica, agua y desage, el pago mensual ser oportuno de servicio que corresponde al arrendatario segn el consumo de luz asimismo el servicio de agua est incluido en el pago mensual del alquiler del departamento.SEXTA.- El arrendatario, quien previamente ha procedido al examen exhaustivo de inmueble y sus accesorios, declara recibir todo lo que es objeto de arriendo en perfecto estado para el uso a que se destina, y en igual estado ha de devolverlo una vez finalizado el contrato, siendo de cuenta de l mismo todas las reparaciones que hayan de realizarse por daos causados por l, o personas que del mismo dependan, en el departamento como consecuencia del mal uso, omisin o negligencia. Sern as mismo por cuenta del arrendatario las reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda, por lo tanto al momento de ingresar al inmueble dar la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA NUEVOS SOLES (S/. 2500.00) de un mes de adelantoSETIMA.- El arrendatario se obliga a permitir el acceso al departamento al propietario y a las personas y/o profesionales designados por el mismo para la inspeccin y comprobacin del estado de la vivienda y su elementos, as como para la realizacin de cualquier tipo de obra o reparacin que pudiera ser necesario llevar a cabo tanto en la vivienda arrendada como en la casa del que forma parte.OCTAVA.- Salvo que el arrendador lo autorice previamente, queda prohibida la realizacin de obras y la edificacin de las instalaciones, tener en el departamento material peligroso y/o antihiginico o que puedan perturbar la normal convivencia entre vecinos.

Para constancia se firma en el Jr. Jos Artigas Nro. 1112 la Esperanza Trujillo a los 15 das del mes de Enero del 2015.

ARRENDADOR

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Leonor SANDOVAL Garca de OLIVA

D.N.I. 08542244

ARRENDATARIO

..

D.N.I.