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CONTRA EL RACISMO Y TODA FORMA DE DISCRIMINACION
LEY Nº 045
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Ministerio de CulturasViceministerio de Descolonización
“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos…» (Art. 1 Declaración Universal
de Derechos Humanos)
Promulgada el 8 octubre de 2010
OBJETO:
Establecer MECANISMOS y PROCEDIMIENTOS para la PREVENCION y SANCION de actos de Racismo y toda forma de Discriminación.
OBJETIVOS:
•Eliminar conductas de Racismo y consolidar Políticas Públicas de Protección y Prevención.
ALCANCE Y APLICACIÓN:Todo el territorio Nacional.No reconoce inmunidad.Se aplica a: Bolivianos, nacionalizados estantes y habitantes, Autoridades y Servidores Públicos, FF.AA., Personas Naturales y Jurídicas, Organizaciones Sociales, Misiones Diplomáticas, etc
QUIEN CUMPLE LA LEY? Todas las autoridades …
* EDUCATIVO.* ADMINISTRACIÓN PUBLICA.* COMUNICACIÓN.* ECONÓMICO.
El Estado debe adoptar políticas públicas de Prevención y lucha contra el Racismo
ART 6
LEY 045
COMITÉ NACIONAL CONTRA EL RACISMO Y TODA FORMA DE DISCRIMINACIÓN (Art. 7)
Está conformado por:a)Instituciones públicas: 1. Órgano Ejecutivo: Ministerio de Culturas, Ministerio de la Presidencia, Ministerio de Justicia, Ministerio de Gobierno, Ministerio de Educación, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, Ministerio de Planificación del Desarrollo y Ministerio de Defensa; 2. Órgano Judicial; 3. Órgano Electoral; 4. Órgano Legislativo: Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados; 5. Gobiernos Autónomos Departamentales; 6. Gobiernos Autónomos Municipales; 7. Autonomías Indígena Originaria Campesinas.b)Organizaciones Sociales.c)Organizaciones Indígena Originaria Campesinas.d)Comunidades Interculturales y Comunidades Afrobolivianas.e)Organizaciones defensoras de los derechos f)Otras instituciones y/o organizaciones defensoras de los Derechos Humanos y de la sociedad civil.g)La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Bolivia y la Defensoría del Pueblo como órganos observadores y de acompañamiento técnico.
1. Dirigir, elaborar un Diagnóstico y el Plan 2. Implementar Políticas Públicas de Prevención.3. Precautelar la Igualdad y no discriminación en Proyectos
de Ley 4. .RECONOCIMIENTO PÚBLICO a personas por luchar contra
la discriminación racial.5. Velar por que los reglamentos internos de personal,
disciplinarios y otros (Adm Pub, Pol y FFAA) incluyan como causales las faltas.
6. Promover en todas las entidades publicas la creación de instancias de prevención y recepción de denuncias.
ART 9
VICTIMA
La ADMINISTRATIVA
o DISCIPLINARIA
La CONSTITUCIONAL,
La PENAL .
ART 12
ART 13
1. Agresiones VERBALES 281 bis y ter CP
2. NEGAR ACCESO a un servicio
3. Maltrato FISICO, PSICOLOGICO, SEXUAL
4. Acciones DENIGRANTES
VIA : ADMINISTRATIVA o DISCIPLINARIA
Deben : Modificar
Reglamento
ART 13, 14
Prohibido colocar carteles restringiendo el ingreso de personas a locales públicos Sanción de clausura: Por GMA --- reglamento especial
Obligatorio para todo local público tener un cartel que diga: “Todas las personas son iguales ante la Ley”
“Todas las personas son iguales ante la Ley”
ART 15
Autorizare y publicare ideas racistas y discriminatorias será pasible a SANCION ECONOMICA y de SUSPENSIÓN DE LICENCIA según Reglamento.
ART 16
OBLIGACION DE DENUNCIAR
Todo servidor Público tiene
obligación de denunciar
hechos de racismo.
ART 17
RACISMO DISCRIMINACIÓN INCITACIÓN AL RACISMO INSULTOS O AGRESIONES VERBALES ORGANIZACIONES O ASOCIACIONES
RACISTAS
ART 21, 22, 23
Se modifica el:Art. 20.- DELITOS DE ACCION PRIVADA “Son delitos: el giro de cheque en descubierto, desvío de clientela, etc., ……..insultos y otras agresiones verbales por motivos racistas o discriminatorios”
GRACIAS…
ART 24