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Columnista Invitado Editorial El Bien Común y La Autoridad E jurídico. Las instituciones públicas, entidades privadas, como cada uno de los ciudadanos en particular, tienen la obligación de colaborar, cultivar y fomentar aquellas obras que genuinamente tiendan a realizar pública, de cualquier país del mundo, con espíritu cívico sensible a las exigencias del interés general. El hombre es sociable por naturaleza, puesto que fue creado con cualidades que tornan indispensable su vida en sociedad y, posible, desde que exista un orden y una autoridad sea ésta privada o pública que gobierne y coordine para el bien común todas las actividades individuales. Imperativo es, entonces, promover un equilibrio entre los derechos individuales y los de la sociedad, evitando esa nociva sobre las ruinas de la felicidad individual. El problema que subsiste entre la subsidiaridad y la intervención estatal encuentra en el bien común su solución, su mejor conciliación entre autoridad y libertad, dado que la sociedad sólo puede encontrar , a n o s r e p a d a c e d r a u t c a e d d a t r e b i l a l e u q e d s e d , a n e l p n ó i c a z i l a e r u s en todo aquello que esté a su alcance, sea respetada, lo mismo en cada grupo social; todos desarrollando con legítima libertad sus propias responsabilidades, y el grupo social superior solo debe intervenir en aquellos casos en que un grupo inferior no haya podido realizar. Con acierto consta en nuestra Constitución de la República, en su Art. 1 que la soberanía radica en el pueblo, y en su Art. 11 numeral 9, que el más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución. Esta es la forma adecuada para que el pueblo viva a plenitud, cuando las personas que lo componen, cada una en su propio puesto es consciente de sus responsabilidades y de sus propias convicciones. Así, de la plenitud de vida del pueblo, se irradiará abundante y rica a las empresas particulares y al Estado y sus respectivos órganos, el verdadero sentido del bien común y por ende el vigor necesario para emprender con las obras que todos necesitamos. No. 57 • Año X Enero - Febrero de 2014 Contenido Derecho y Sociedad La Ley y la Libertad Dr. Juan Larrea Holguín Columnistas Invitados Principios, derechos y límites del derecho a comunicar. Dr. Juan Carlos Riofrío Martínez-Villalba La Responsabilidad Solidaria de las Agencias Creativas en asuntos de Propiedad Intelectual Abg. Flavio Arosemena Burbano, LL.M Criterios para la Libertad de Expresión Marco José Miranda Burgos Principios de Interpretación Constitucional Abg. Ramiro Osorio De La Torre La Tecnología al Servicio de la Empresa y por la Empresa Abg. Eduardo Puente Las Personas Invisibles en la Legislación Ecuatoriana Edwin Flores Jurisprudencia Sumario de Reformas Novedades del Fondo Editorial

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Columnista Invitado

EditorialEl Bien Común y

La Autoridad

Ejurídico. Las instituciones públicas, entidades privadas, como cada uno de los ciudadanos en particular, tienen la obligación de colaborar, cultivar y fomentar aquellas obras que genuinamente tiendan a realizar

pública, de cualquier país del mundo, con espíritu cívico sensible a las exigencias del interés general.

El hombre es sociable por naturaleza, puesto que fue creado con cualidades que tornan indispensable su vida en sociedad y, posible, desde que exista un orden y una autoridad sea ésta privada o pública que gobierne y coordine para el bien común todas las actividades individuales. Imperativo es, entonces, promover un equilibrio entre los derechos individuales y los de la sociedad, evitando esa nociva

sobre las ruinas de la felicidad individual.

El problema que subsiste entre la subsidiaridad y la intervención estatal encuentra en el bien común su solución, su mejor conciliación entre autoridad y libertad, dado que la sociedad sólo puede encontrar

,anosrep adac ed rautca ed datrebil al euq edsed ,anelp nóicazilaer usen todo aquello que esté a su alcance, sea respetada, lo mismo en cada grupo social; todos desarrollando con legítima libertad sus propias responsabilidades, y el grupo social superior solo debe intervenir en aquellos casos en que un grupo inferior no haya podido realizar.

Con acierto consta en nuestra Constitución de la República, en su Art. 1 que la soberanía radica en el pueblo, y en su Art. 11 numeral 9, que el más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución. Esta es la forma adecuada para que el pueblo viva a plenitud, cuando las personas que lo componen, cada una en su propio puesto es consciente de sus responsabilidades y de sus propias convicciones. Así, de la plenitud de vida del pueblo, se irradiará abundante y rica a las empresas particulares y al Estado y sus respectivos órganos, el verdadero sentido del bien común y por ende el vigor necesario para emprender con las obras que todos necesitamos.

No. 57 • Año XEnero - Febrero de 2014

Contenido Derecho y Sociedad

La Ley y la LibertadDr. Juan Larrea Holguín

Columnistas Invitados Principios, derechos y límites del derecho a comunicar.Dr. Juan Carlos Riofrío Martínez-Villalba

La Responsabilidad Solidaria de las Agencias Creativas en asuntos de Propiedad IntelectualAbg. Flavio Arosemena Burbano, LL.M

Criterios para la Libertad de ExpresiónMarco José Miranda Burgos

Principios de Interpretación ConstitucionalAbg. Ramiro Osorio De La Torre

La Tecnología al Servicio de la Empresa y por la EmpresaAbg. Eduardo Puente

Las Personas Invisibles en la Legislación EcuatorianaEdwin Flores

Jurisprudencia Sumario de Reformas Novedades del Fondo

Editorial

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La Ley y la Libertad*

(+) Dr. Juan Larrea Holguín

Derecho y Sociedad

La ley tiene sus límites naturales externos en el espacio y el tiempo, pero además existe una tercera dimensión de la ley, una dimensión interna que consiste en su mismo poder moral. Este

poder moral de aplicación de la ley está limitado por la libertad.

La ley es un límite para la libertad de las personas, porque circunscribe sus acciones: se puede hacer lo que la ley permite, no se puede hacer lo que la ley no permite. Pero si la ley limita la libertad, a su vez, la libertad limita el alcance de la ley.

Nos hallamos como ante dos dominios que se limitan mutuamente: cada uno va hasta donde llega el otro.

Que la libertad tenga que limitarse, es evidente. En primer término porque el hombre es ser limitado en todos sus aspectos, y nada

término, la limitación de la libertad humana es una perfección para el hombre, ya que le conviene una libertad apropiada a su naturaleza limitada; y por esto la limitación de la libertad, que es

libertad aunque es un valor elevadísimo, no es el supremo ni el único, y por eso tiene que ordenarse para coexistir con los otros valores humanos y desarrollarlos; esos otros valores son la justicia, la bondad, la seguridad, etc. En cuarto lugar, la libertad de unos se entrecruza con la libertad de los demás, individual y socialmente considerados.

De la breve enumeración de razonamientos y motivos por los que la libertad tiene que ser limitada, se ve de inmediato el grave error en que incurren los individualistas que reconocen como único límite de la libertad, la libertad ajena, como si en el universo

concierto, chocando eternamente los unos con los otros.

En último término la medida de la libertad está en la propia

en ella.

La ley ordena la libertad para que sea rectamente usada por el hombre. Nos indica cómo hay que obrar, cómo emplear bien la libertad. La ley, va más allá, y no solamente indica, sino, que impera, obliga, y cuando el hombre abusando de la libertad traspone el

Actualidad JurídicaPublicación de la Corporación

de Estudios y Publicaciones (CEP)

CONSEJO EDITORIALIng. Mauricio Troya Mena

Dr. Josemaría Vázquez VegaDr. Jaime Baquero de la CalleAbg. Eduardo Puente León

EDICIÓNAlejandra Soria Vásconez

CORRECCIÓN DE TEXTOSXavier Villasís Argüello

DISEÑO GRÁFICOIMPRESIÓN

CEP

Direcciones de la CEPQuito

Acuña E2-02 y AgamaTelf: 2221-711Fax: 2526-886

e-mail: [email protected]

CuencaHonorato Vásquez 794 y Luis Cordero

Telf: (07) 2837-281

GuayaquilLa Garzota Av. Agustín Freire sin númeroCentro Comercial Garzocentro local 901

Telf: (04) 2627-065 / (04) 2626-912

Departamento de VentasIng. Ricardo Villacís Rodríguez

ISSN No.1390-2733

Todos los derechos sobre el contenido de esta obra pertenecen a la Corporación

de Estudios y Publicaciones.Prohibida su reproducción total o parcial

así como su incorporación a sistemas informáticos, su traducción,

comunicación pública, adaptación, arreglo u otra transformación,

sin autorización expresa y por escrito de la Corporación de Estudios y

Publicaciones.El contenido de los artículos

es de exclusiva responsabilidad de sus autores.

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Manual de Derecho TributarioDr. José Vicente Troya

Manual de Derecho Tributario, es una obra de innegable importancia, del destacado jurista e investigador de la ciencia tributaria, José Vicente Troya, quien incluye varios ensayos que en su conjunto afrontan la parte general del Derecho Tributario cuyo soporte fundamental en el orden normativo se encuentra principalmente en el Código Orgánico Tributario, incursiona también en el derecho comparado, en la doctrina y en la jurisprudencia; asimismo es

Juzgamiento y Sanción del Delito Tributario en el Ecuador, desde 1975 hasta la actualidad.

Guía Legal del Servicio PúblicoDr. Efraín Pérez

La presente obra se contrae a los aspectos exclusivamente legales del servicio público en el Ecuador a base de la normativa constitucional y legal vigente, es decir la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP) y su Reglamento, así como lo pertinente de la Ley Orgánica de Empresas Públicas y en general la legislación aplicable, con breves antecedentes históricos de los aspectos legales, con excepción de los temas del órgano y la competencia, fundamentales en el desempeño del servidor público, que se han desarrollado con cierta extensión.

Novedades del Fondo Editorial

Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina

Tomo I, II, III, IVLa Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, es una nueva serie doctrinaria, que incluye una valiosa sistematización de las sentencias emitidas por el Tribunal de Justicia de la CAN, durante la gestión 2012.

consulta sobre los pronunciamientos de esta Corte Internacional, cuya misión es interpretar y aplicar el Derecho Comunitario Andino.

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Novedades del Fondo Editorial

Análisis y Actualidad del Derecho AdministrativoDr. Marco Morales TobarLa presente obra constituye en una cuidadosa selección y edición, de 22 artículos, organizados en cinco ejes temáticos denominados: a) Actividad y Organización Administrativa; b) Contratación Pública; c) Descentralización d) Procedimiento Administrativo; y, e) Regulación, los mismos que, consisten en memorias que recogen el pensamiento de tratadistas tanto del Ecuador como del extranjero, en materia de Derecho Administrativo.

En este sentido, estas memorias se convierten en la primera entrega académica del Instituto Ecuatoriano de Estudios de Derecho Administrativo y Social IDEAS.

Estudio Introductorio al Código Orgánico Integral Penal Tomos I-II-IIIProf. Dr. Alfonso Zambrano PasquelEl Estudio Introductorio al COIP, está dividido en tres partes: Estudio Introductorio al libro primero, que corresponde a la parte general o teoría del delito, Estudio Introductorio al libro primero Parte Especial (delitos en particular), y Estudio Introductorio al Libro Segundo que corresponde al Código de Procedimiento Penal. En referencia al primer libro se ocupa de

culpabilidad, de las teorías de la pena, y de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. En referencia a los delitos en particular del mismo primer libro, trata temas como los de delincuencia organizada, lavado de

prevaricato y al peculado. Finalmente, en relación al Libro Segundo que es el de procedimiento, el autor analiza lo más importante del nuevo código de procedimiento penal.

Valoración y Protección Jurídica de los Conocimientos TradicionalesDra. Ena G. Matos J.

La presente obra, constituye un estudio de los conocimientos tradicionales, relacionados con la biodiversidad de las comunidades indígenas, Cofán Dureno

contribuir al proceso de legislación de los conocimientos tradicionales indígenas,

de la creatividad e identidad cultural, para aprender a valorar, proteger, e innovar.

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