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Home » Competencias profesionales » Consejos para calcular tus honorarios de arquitecto técnico
Consejos para calcular tus honorarios de
arquitecto técnico
Publicado en jun 6, 2012 en Competencias profesionales | 30 comentarios
Muchas veces nos vemos en la tesitura de tener que calcular los honorarios para
un encargo de trabajo de aparejador o arquitecto técnico y nos encontramos con dificultades a la hora
de determinar cuáles son los parámetros adecuados que nos conduzcan al resultado de una cantidad
mínima suficiente, que objetivamente entendemos es razonable cobrar. Tal es el caso, cuando es la
primera vez que tenemos realizar un determinado tipo de trabajo o encargo profesional y desconocemos
el tiempo que nos ocupará, así como los gastos que le son inherentes.
Atrás quedaron los años en los que el cálculo de los honorarios de los aparejadores y arquitectos técnicos
se limitaba a aplicar la fórmula establecida para el cobro de los llamados “honorarios mínimos”.
Desde la publicación del Real Decreto 314/1979, de 19 de enero por el que se aprobaban las tarifas de
honorarios de los aparejadores y arquitectos técnicos en trabajos propios de su profesión, hasta la
derogación en lo que se refiere a aspectos económicos, producida por la Ley 7/1997, de 14 de abril, las
cosas han cambiado radicalmente.
Hoy por hoy la “guerra de precios” que se vive, además de estar produciendo una competencia a todas
luces desleal, tiene como resultado el deterioro del concepto de la profesión a ojos de nuestros potenciales
clientes en particular y de la sociedad en general, por cuanto la calidad de los trabajos ejecutados y la
atención a los clientes no es la mínimamente deseable, entre otras cosas.
Así pues, llegamos a un punto de incertidumbre a la hora de cobrar unos honorarios suficientes y
razonables, si bien es cierto que podemos tomar como referencia la publicación de algunos documentos
que definen unos honorarios orientativos que, sin ser oficiales, nos pueden ayudar a calcular lo que serían
unos precios razonablemente justos. Un ejemplo lo tenemos en el documento de Baremo de Honorarios
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que el Consejo de Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Castilla y León publicó en el año
2.004.
Mucho se ha hablado también de los precios de las Inspecciones Técnicas de edificios; pero en este
campo sí existen una serie de propuestas como el Baremo de honorarios para la inspección técnica de
edificios del Ayuntamiento de Málaga, también otras ciudades, como Madrid y Barcelona, disponen de
baremos para el cálculo de los precios de las ITEs.
También tenemos otro tipo de encargos en los que viene regulado el precio que debemos cobrar los
arquitectos técnicos, por ejemplo el caso de las peritaciones contradictorias presentadas en las
comunidades autónomas para los impuestos de transmisiones y actos jurídicos, en Castilla y León existen
unas tarifas de honorarios máximas.
Evidentemente, como en cualquier presupuesto, que de esto los aparejadores y arquitectos técnicos
sabemos bastante, hay que tener en cuenta los costes, para lo que no debemos olvidar lo que podríamos
llamar gastos estructurales o fijos, tales como:
• Seguridad Social o Mutua de Aparejadores y Arquitectos Técnicos (PREMAAT)
• Seguro de Responsabilidad Civil (cuota anual)
• Gastos inherentes a la oficina o despacho de trabajo (alquileres, energía…)
• Cuotas colegiales, cursos, etc.
• Amortización de equipos (ordenador, instrumentos de medida, cámara de fotos, aparatos de
topografía…)
• Desplazamientos al centro de trabajo
• Telefonía, consumos…
• Altas fiscales y otros impuestos si procede
Todos estos gastos repercutirán en mayor o menor medida, según la facturación prevista anual, es decir en
cada trabajo ofertado tendremos que hacer una estimación de lo que nuestra oferta representa en el total
del año, para imputarle un coste proporcional, siempre con estimaciones pesimistas.
Además, es importante tener en cuenta que habrá gastos que se aplazarán más allá del año fiscal, como es
el caso de nuestra Responsabilidad Civil, que deberemos estar pagando un mínimo de 10 años
tengamos actividad profesional o no.
En lo que respecta a los costes directos imputables a un trabajo para la realización de un encargo concreto,
además tenemos que tener en cuenta:
• Horas invertidas en el trabajo, incluyendo las visitas y reuniones con el peticionario, calculadas a un
precio de coste bruto, ojo con los impuestos (IVA+IRPF)
• Gastos colegiales por intervención profesional
• Prima complementaria por responsabilidad civil
• Desplazamientos al lugar del encargo, pero no sólo gastos de gasolina sino también amortización
del vehículo
• Dietas
Estos son los gastos mínimos imprescindibles que se me ocurren podemos contabilizar a la hora de hacer
un presupuesto. A partir de ahí podemos estimar cuáles serán nuestros honorarios finales, teniendo en
cuenta que casi siempre nuestra previsión en coste se nos quedará corta, porque igual que ocurre en la
obra, no tengáis dudas que aquí también surgirán imprevistos que serán mayores en la medida que el
encargo sea más complejo o más prolongado en el tiempo.
Sin embargo, aparte de todo esto, os voy a contar lo que yo hacía cuando tenía que calcular los honorarios
para las direcciones de obra nueva (en aquellos maravillosos años), pero que entiendo se puede utilizar
para cualquier otro trabajo.
Ya que el gasto imputable por el concepto de prima complementaria derivada del seguro de RC es
proporcional a nuestros honorarios, podemos establecer una correlación entre este gasto y nuestra
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oferta final. Dicho de otra manera, aunque no tenemos unos honorarios mínimos por ley, sí que tenemos
unos gastos derivados de una “responsabilidad mínima”. Los que tengáis contratado vuestro seguro con la
Mutua de los Aparejadores y Arquitectos Técnicos MUSAAT, podéis consultar este dato en la web,
dentro del apartado mutualistas.
Bueno, como seguramente se me ha pasado algún dato importante, aquí tenéis los comentarios para añadir
o corregir lo que os parezca.
Espero que os sirva para que todos los arquitectos técnicos tengáis una mínima referencia a la hora de
calcular vuestros honorarios, ojalá sea muchas veces.
En Tecnifica trabajamos para que tú puedas
calcular muchas veces tus honorarios
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30 comentarios
1.
arq_tecnico
6 junio, 2012
Buen artículo Jose Antonio. En mi caso, comentar que el Colegio de Córdoba dispone de una web
con un simulador en la que puedes calcular, introduciendo unos datos básicos, los honorarios a
cobrar, también proporciona la cuota de SRC, CAP, costes de visado, siempre orientativos claro!
Aunque como bien indicas, al final eres tu el que tiene que tener en consideración otro tipo de
gastos generados por tu propia actividad.
Un saludo.
Responde
◦
Jose Antonio Arnaiz Alonso
6 junio, 2012
Gracias arq_tecnico, está bien que conozcamos opciones para calcular honorarios. Pensaba
que los colegios huían de facilitar esta información, aunque sea orientativa.
2.
Onofre Soriano
6 junio, 2012
Enhorabuena por el blog y por el artículo.
Responde
◦
Jose Antonio Arnaiz Alonso
6 junio, 2012
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Gracias Onofre, esperamos que esto sirva a los arquitectos técnicos y aparejadores para
calcular los honorarios de su primer encargo profesional.
3.
Alberto Seco
6 junio, 2012
Hace poco que he conocido este blog y me parece de un interés brutal para nosotros los AT. Sigue
así Jose, enhorabuena!!
Responde
◦
Jose Antonio Arnaiz Alonso
6 junio, 2012
Muchas gracias Alberto, con vuestra ayuda y apoyo, seguiré.
4.
Pedro Cantó
6 junio, 2012
José Antonio como siempre muy buen artículo.
Simplemente unas pequeñas apreciaciones para que todos los tengamos claro.
1.- La liberalización de los honorarios fue (dicho vulgarmente) por Decretazo.
2.- No obstante a partir de ese momento los Colegios pasaron las tarifas de obligatorias a
orientativas.
3.- Con la famosa Ley Omnibus, ya fue el acabose, donde antes podías recomendar, paso directa y
llanamente a tener que eliminar, no publicar, ni comentar, ni sugerir, ni asesorar por parte de los
Colegios bajo pena de sancion MILLONARIA y lo pongo con mayusculas de la Comision Nacional
de la Competencia ¿y quien la pagaría si eso llegase?….los colegiados!!!.
4.- Por lo tanto se ha tenido que pasar del todo a parcialmente a ser mudos o……ya sabemos!!!.
¿Estamos de acerdo con ello?….NO
¿Nos gusta?…..NO
Indicar, hablando ya de lo publicado, que la mayoria de los compañeros utilizamos las tarifas de
toda la vida que las hemos conocido y si no es así, pues los gastos de seguro (en segun que casos)
da una pista, digamos que si multiplicas lo que pagas de seguro por un coefeciente entre 20 y 30 se
adapta a unos honorarios aceptables.
Pero sabemos que hay colegas que no valoran su trabajo y con tal de hacer, como sea….¡¡¡allá
ellos!!! y el problema es que muchos de estos son los conflictivos, imaginar que se detecta que hay
una directriz, con un correo-e a la CNC, lo solucionan facil, eso quiere decir mucho de ellos y de
pensar en sus compañeros…pero se ha dado el caso!!!.
Bueno perdon por el rollo.
Saludos
Responde
◦
Jose Antonio Arnaiz Alonso
6 junio, 2012
Pedro, aquí hay una cosa que no tiene mucho sentido y es que un trabajo que conlleva una
responsabilidad debe de tener un mínimo que, tal como sugieres en tu comentario y yo en el
artículo, es una de las pautas de referencia para el cálculo de los honorarios de los arquitectos
técnicos. Si esta responsabilidad es medible, también lo serán los honorarios en una
proporción.
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Como ves, en un comentario anterior, un compañero apunta que en la web de su Colegio
disponen de un simulador para calcular honorarios orientativos. ¿Están violando la ley? En
mi opinión no, sólo informando.
Perdona no entiendo muy bien la última parte de tu comentario: …imaginar que se detecta
que hay una directriz, con un correo-e a la CNC, lo solucionan facil, eso quiere decir mucho
de ellos y de pensar en sus compañeros…pero se ha dado el caso!!!.
5.
Pedro Cantó
6 junio, 2012
Jose Antonio, efectivamente, sabiendo lo que se paga de seguro de RC multiplicas x entre 20 o 30
(segun los casos), por ejemplo para direcciones de obra multiplicaba por 25, quien no lo haga, pues
ya sabemos….menos gana!!.
Con rspecto a lo de que un compañero ha dicho que en la web de su Colegio tiene un simulador y
preguntas ¿viola la ley?……claramente la respuesta es SI.
Saludos
Responde
6.
Marta Cabrera
6 junio, 2012
Muy buen trabajo Jose Antonio. Yo no hace mucho que terminé y voy teniendo pequeños trabajos
por los que muchas veces no se que cobrar, me gusta mucho ver como nos ayudamos entre
nosotros. Al final todos tendriamos que establecer unas tarifas mínimas y respetarlas pues hacernos
la competencia a nosotros mismos es devaluar nuesta magnífica profesión.
El colegio de Girona tiene algo por ahí colgado también para tener una idea orientativa a base del
módulo básico y coeficientes de actualización. Es bastante complicado (seguramente por el tema
legal), unos compañeros me van a contar como lo usan ellos. Y entre eso y tu genial articulo (voy a
montar un excel con los gastos), tendré una buena base.
Te felicito por tu blog, se nota que eres un enamorado de la profesión, felicidades también por ello!
Responde
◦
Jose Antonio Arnaiz Alonso
6 junio, 2012
Muchas gracias Marta por tus felicitaciones. Me alegra mucho oír a alguien que va teniendo
algo de trabajo, porque la verdad es que los aparejadores y arquitectos técnicos, hoy por hoy
lo tenemos algo difícil.
También me alegro de que te sirva el artículo para calcular tus honorarios, aunque realmente
lo que explico aquí es de sentido común.
Respecto a lo que comentas de establecer tarifas mínimas ya sabes, y lo acaba de comentar
Pedro, que está totalmente prohibido. Incomprensiblemente, nuestra responsabilidad sí que
tiene una tarifa mínima, pero nosotros tenemos prohibido aplicarla.
7.
Félix Rivas
8 junio, 2012
Como siempre acertando con el artículo José Antonio, gracias, el asunto de los honorarios ahora
está má complicado que antes, los clientes no ponen suelo y nosotros nos dejamos llevar por no
valorar todo lo que nos cuentas en tu artículo, yo siempre he sido un defensor del “baremo de
honorarios orientativos” que manejabamos-manejamos a título particular, pues como ya se ha dicho
el colectivo no puede ni siquiera aconsejar una orientación sobre honorarios, aunque yo recomiendo
su consulta a la hora de tener una referencia de honorarios.
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Responde
◦
Jose Antonio Arnaiz Alonso
10 junio, 2012
Y tú Félix, también como siempre, fiel a los comentarios.
Comparto íntegramente tu argumento y tu posición respecto a los honorarios orientativos;
porque siempre nos han servido para eso precisamente, para orientarnos y seguramente si
estuvieran aún vigentes, la actual “guerra de precios” que vivimos y que está devaluando la
profesión, sería menos aguda.
8.
Pau Gomila García
9 junio, 2012
Buenos días Jose, muy interesante tu blog. En este ultimo post has tocado un tema que me lleva
rondando por la cabeza desde hace tiempo. Ultimamente estoy “perdiendo” posibilidades de trabajo
por el tema de los honorarios. La última respuesta que recibí fué: “Ante todo gracias por la oferta,
inicialmente la desestimamos ya que se sale de la línea que estamos barajando”. Como es lógico
automáticamente comenté la oferta con compañeros del gremio y les solicité cuales serían sus
honorarios. Mi sorpresa es que todas sus ofertas se encontraban en un baremo de +/- un 5% de mi
oferta. Hago un llamamiento desde tu blog para que los técnicos no den unos honorarios para
conseguir el trabajo sea como sea, eso es pan para hoy y hambre para mañana. Hay que ser muy
consecuente porque tenemos que pensar en el colectivo, en el daño irreparable que podemos hacer.
Comentarte que inauguro web profesional. Desde está pagina iré comentando noticias que espero te
pueda interesar
http://www.facebook.com/#!/pau.arquitecto.palma
Recibe un saludo cordial
Responde
◦
Jose Antonio Arnaiz Alonso
10 junio, 2012
Gracias Pau. La verdad es que, es comprensible en la situación de competencia actual, que los
honorarios se reduzcan en un margen razonable; pero el problema es que, en ocasiones ese
margen se está excediendo de lo razonable y esto conlleva, como estamos diciendo, un
merma en la calidad de los trabajos de aparejadores y arquitectos técnicos.
Suerte con tu nueva web, ya te sigo.
9.
Francisco Rey Muñoz
14 junio, 2012
Enhorabuena, Jose Antonio, por tu blog. Haces una muy buena labor divulgativa y orientativa.
Para los que no tenemos más remedio que empezar a ejercer “libremente” la profesión, para los que
nos hemos dejado los “cuernos” en empresas constructoras defendiendo obras con bajas casí
temerarias, para los que sabemos lo que cuesta un punto de agua F/C pero no sabemos lo que cuesta
nuestro trabajo, la aplicación de las antiguas tarifas (ahora normas orientadoras) es lo único que nos
queda.
Si todos nosotros voluntariamente aplicasemos estas normas no habría la competencia que hay
ahora.
Un abrazo, y sigue ayudandonos.
Francisco Rey
Responde
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◦Jose Antonio Arnaiz Alonso14 junio, 2012
Muchas gracias Francisco.Tienes toda la razón, muchos arquitectos técnicos sabemos calcular lo que cuesta cualquier unidad de obra mejor que nuestros propios honorarios.Suerte compañero
10.Sebastián B.22 junio, 2012
Buenos días compañeros, me gustaría saber si ya nadie usa el AGESCOL, yo siempre lo use para calcular honorarios, gracias.
Responde◦
Jose Antonio Arnaiz Alonso22 junio, 2012
Yo no lo he llegado a usar nunca para calcular los honorarios
11.Vicente J. Valero30 junio, 2012
Enhorabuena J. Antonio por el artículo.Como tú has dicho, tan solo has aplicado la lógica, pero no todos la aplicamos lo que debiéramos.Espero no tardar tanto en visitar tu cuidado blog.Saludos.
Responde◦
Jose Antonio Arnaiz Alonso30 junio, 2012
Gracias de nuevo Vicente.Realmente no estoy enseñando nada nuevo a ningún arquitecto técnico que haya tenido que calcular alguna vez sus honorarios; pero espero que sí sirva de una pequeña ayuda a quien lo tenga que hacer por primera vez.
12.Pablo Ruiz Lantero24 julio, 2012
Los abogados que conozco utilizan los baremos de honorarios MÍNIMOS al pie de la letra y de ahí, hacia arriba. ¿Por qué no nosotros?
Es un problema de los colegios el no poder calcular honorarios y tener que borrar de sus webs los archivos que contienen los textos con las tarifas o las aplicaciones informáticas para su cálculo.
Nosotros disponemos de esos textos y de estas aplicaciones y no tenemos por qué dejar de usarlas informando incluso de forma transparente a nuestro cliente de su uso.
Yo siempre uso COMO REFERENCIA las Tarifas de Honorarios de los Aparejadores y Arquitectos Técnicos por Trabajos de su Profesión, del Consejo General del año 1979. Yo informo siempre a mis clientes que existen estas tarifas indicando que dejaron de ser oficiales allá por 2007.
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Son atemporales y únicamente hay que actualizar el factor de actualización Fa según el Índice General de Precios de Consumo a partir de 1977. Existen en la web aplicaciones del Instituto Nacional de Estadística para calcular cuál sería hoy el valor de Fa.
Cobrar más o menos que lo indicado en las tarifas es otro cantar. Os cuento por encima mi criterio:
1. La tarifa aumenta si me tengo que desplazar fuera del término municipal. Aumenta en proporción al desplazamiento y a la duración de la obra/visitas necesarias para realizar el trabajo, así como otros conceptos extraordinarios relativos al trabajo.
2. Disminuye para amigos íntimos y familiares directos. Esta disminución dependerá del tipo de intervención y los COSTES DIRECTOS que tenga que asumir.
3. Las tasas de registro/visado son un gasto independiente.
De la forma de cobrar únicamente decir que como mínimo se debe exigir el pago de las tasas por adelantado a la firma de un contrato o nota de encargo que nunca debe obviarse.
Y aquí se acaba la historia.
Ahora, en época de “vacas flacas”, como en todo, se busca reducir el coste al máximo y, un gasto como el de contratar a un técnico para que haga “algo” que no se alcanza a comprender, es objeto de un mayor ajuste.
¿Qué es la DEM para muchos? Respuesta: la firma de un aparejador que les exige la Administración de turno. No pueden “tocar” con sus manos el trabajo, como ocurre con un proyecto y, por eso, no pueden ni saben valorarlo. Cuando crees que aportando los informes de seguimiento y control de calidad, cuyo espesor en papel supera a veces al del proyecto y sus modificados, van y te dicen: “¿Y esto “pa qué”?”
Pues esto viene a colación, porque además de explicar a mis clientes de donde vienen mis tarifas, les explico en qué va a consistir mi trabajo:
- Nº de visitas o criterio para las visitas.- Documentación que les voy a aportar y por qué y para qué.- Compromiso de cumplimiento de las funciones de acuerdo a la normativa vigente.
Con los dos primeros puntos ya pueden “palpar” mi trabajo y con el tercero ya saben que mi función es obligatoria por LEY.
Por supuesto, les informo de cuáles van a ser las tasas de registro/visado.
Bueno me he extendido más de la cuenta. Si alguno necesita las Tarifas del Consejo yo las tengo en formato digital, sólo tenéis que poneros en contacto a través de mi red de LINKEDIN: PABLO RUIZ LANTERO.
Un saludo a todos.
Responde◦
Jose Antonio Arnaiz Alonso24 julio, 2012
Gracias por tus explicaciones Pablo, esto puede servir de mucha ayuda para calcular sus honorarios a algunos compañeros arquitectos técnicos.
◦Pablo Ruiz Lantero24 julio, 2012
Página 8 de 13Cómo calcular los honorarios para un trabajo de arquitecto técnico | Jose Arnaiz Ar...
07/10/2013http://www.josearnaiz.es/consejos-para-calcular-tus-honorarios-de-arquitecto-tecnico/
Me ha comentado un compañero, a raíz del mensaje que he dejado, que la fecha de cuándo dejaron de ser oficiales las tarifas no es 2007 sino 1997. A partir de ahí se consideraron orientativas y, cuando salió la nueva Ley Omnibus, se prohibió a colegios dar cualquier tipo de información sobre honorarios a sus colegiados.Así que rectifico el dato.
Enhorabuena por el blog.
◦Manuel Sierra García29 agosto, 2012
Muy interesante Pablo, verdaderamente el cliente no comprende la labor que comple al Arquitecto Tecnico en su obra, la mayoria nos considera un estorbo obligado por la burocracia y que encima le cuesta dinero, con decirte que he perdido trabajos porque la propiedad me ha dicho que el constructor le trae un aparejador “que no da problemas” cuando se supone que nuestro trabajo es el de garantizar que nuestro cliente obtenga una obra de calidad y ajustada a la normativa. te contactaré en linkedin. saludos.
13.Rubén Hernanz Díaz del Campo2 agosto, 2012
Gracias por este post Jose Antonio, es una buena orientación.
Enhorabuena por tu blog y sigue adelante.
Responde◦
Jose Antonio Arnaiz Alonso2 agosto, 2012
Siempre viene bien cualquier orientación para facilitar el cálculo de nuestros honorarios como arquitectos técnicos.
14.fernando lombarte23 septiembre, 2012
Pregunta para los compañeros que han colgado la información de poder consultar información en determinados colegios como el de Córdoba y el de Gerona,me gustaria consultarlos; pregunta: puedo acceder a esa información estando colegiado en ora provincia dsitinta a ellas, gracias a quien puede informarme, saludos.Otra reflexión.- los últimos honorarios orientativos del colegio de Zaragoza, eran de 2.006, es decir supononiendo que funcionaramos con ellos, tengo la certeza de que estando en 2012, y habiendo pasado mas de 6 años, lo que algunos compañeros están cobrando, no es de recibo, seguro que en bastantes casos mucho menos, ya no entro en la profesionalidad del trabajo, que también puedo cuetionarla, sino en que es materialmente imposible con el nivel de gastos que soportamos seguir ejerciendo la profesión sin perjudicarte tanto profesional como económicamente, y luego pensaremos dentro de unos años de aquellos polvos, los lodos que nos encontramos en la actualidad, seguiré denunciando esta situación ya que para el colectivo y la profesión es de auténtica emergencia nacional.
Responde15.
Maria Jose16 enero, 2013
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07/10/2013http://www.josearnaiz.es/consejos-para-calcular-tus-honorarios-de-arquitecto-tecnico/
Buenas Noches,
Yo me colegie en 2010 y me dieron el archivador con las tarifas minimas. Me dijeron que ya no
valia, pero que tenian de sobra. . .
Para una peritacion que me salió lo usé y he de decir que tuve mis dudas porque en la peritacion me
pedian hacer el levantamiento del edificio, planos, mediciones y presupuesto y para probar puse
todos los conceptos por separado y sumé, me daba 2300e. La verdad es que me parecia mucho y
pregunté a un compañero, se miro la documentacion y todo y me dijo que el pediria por lo menos
2000e.Al final pedí 2180e. Pero para mi la conclusion de todo esto es que, por lo menos desde mi
experiencia, esas tablas no estan tan atrasadas, aunque eso lo podeis ver mejor los que desarrollais
vuestra activídad principalmente como autonomos y sabeis bien como está el mercado.8
Por cierto no se si es el sitio adecuado, pero podiais aclararme esto último y lo d arriba, si lo
correcto es hacerlo asi, poniendo cada uno de los trabajos a desarrollar.
Un Saludo,
Maria José.
Responde
16.
jesus
24 mayo, 2013
Yo me quiero poner de autonomo, pero hay una cosa que no me cuadra: El seguro de
responsabilidad civil.
Por ejemplo, para firmar certificiaciones energéticas ( validez de 10 años)
Precio del seguro unos 600€ al año.
Supongamos que estas trabajando un tiempo, un año, 2, y después dejas la profesión porque te ha
ido mal.
Pues bien, vas a tener que estar pagando 600€ (o un poquito menos según la aseguradora) durante
10 años desde tu última firma de dicha certificación.
Si multiplicamos, son 6000 € que tienes que pagar (estes o no trabajando), por un trabajo que
realizaste hace tiempo.
A mi me parece un robo.
¿Existe algún seguro RC que te cubra de por vida por cada documento que firmes?
Porque sino, y siendo drástico es aplicar dicho seguro a un año solamente y ver que dicho seguro
RC te cuesta 6000€ en 10 años, pero si lo quieres “dejar pagado” en un solo año, sería
6000/12mese=500€/mes de repercusión de dicho seguro para poder tenerlo pagado. Vuelvo a
repetir, una exageración.
¿Alguna idea u opinión?
Muchas gracias.
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