2
CONGRESO DEL PÚBLICA DEPARTANENToERLAr ) 28 ENOAYACTAS CONGRESO DE LA REPU REC!BIDO 25 SE 71 SEP7O1B Recibido por: ......... . Plaza Bolívar, Av. Abancay sin - Lima, Perú Central Telefónica: 311-7777 n........ a ...a...a.fl.a GLAVE REMY C.nvesita : t:i Reública pfR, CONGRESO "Decenio de la igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres" RE PU ILICA jC%cZO 1 Lima, 19 de octubre_del 2018 OFICIO N° 659 -2018-MGR/CR Señor DANIEL SALAVERRY VILLA Presidente del Congreso de la República Presente. - De mi mayor consideración: CONGRESO DE LA REPÚB ICA RECBW 2OSET:2018 Hor . Flrma. ......... ..... Secretaria de Ofici alia Tengo el agrado de dirigirme a usted para saludarlo y, ala vez, solicitar priorizar el deate sobre el Proyecto de Ley 00965/206-CR, Ley que régüIiI Negociación Colectivaçle las organizaciones sindicales de trabajadores ytrabajadoras del sector estatal tanto, la sentencia del Tribunal ConstituCional rcaí'dsokire los.Expedientes 0003-20,1 3 PI/TC, 0004-2013-Ph TC y 0023-2013-PI/TC resuelve declarar INCONSTITUCIONAL la prohibición de negociar colectivamente incrementos salariales de los trabajadores y trabajadoras de la Administración Pública; así como, EXHORTAR al Congreso de la República a aprobar la regulación sobre negociación colectiva dentro de la legislatura ordinaria del período 2016-2017 en atención a la vacatio sententiae de u año. Es de precisar que el Tribunal Constitucional resolvió —específicamente- declarar la INCONSTITUCIONALIDAD de las prohibiciones presupuestarias que disponen extraer, como materia de negociación colectiva, los incrementos salariales y condiciones de trabajo de los trabajadores y trabajadoras de la Administración Pública, cuestión que no podemos evadir en los debates sobre Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Cabe resaltar que el Proyecto de Ley N° 965, conjuntamente con los Proyectos de Ley N° 656/2016-CR, 1142/2016-CR, 127 1/2016-CR, 1537/2016-CR, 2075/20 1 7-CR, tienen dictamen APROBATORIO por UNANIMIDAD de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social desde el 27 de noviembre de 2017. En ese sentido, le solicito priorizar en este período legislativo el debate sobre la negociación colectiva en el sector público, a fin de cumplir con el mandato del Supremo Interprete de la Constitución y honrar nuestra función legislativa, a favor de las grandes mayorías del país. Sin otro particular, me valgo de la oportunidad para expresarle mi estima personal. Atentamente, www.congreso.gob.pe 1

CONGRESO DE LA REPÚB ICA RECBW€¦ · PI/TC, 0004-2013-Ph TC y ... a la vacatio sententiae de u año. Es de precisar que el Tribunal Constitucional ... trabajadoras de la Administración

Embed Size (px)

Citation preview

CONGRESO DEL PÚBLICA DEPARTANENToERLAr

)28

ENOAYACTAS CONGRESO DE LA REPU REC!BIDO

25 SE 71 SEP7O1B

Recibido por: ......... .

Plaza Bolívar, Av. Abancay sin - Lima, Perú Central Telefónica: 311-7777

n........ a ...a...a.fl.a

GLAVE REMY C.nvesita : t:i Reública

pfR,

CONGRESO "Decenio de la igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"

RE PU ILICA

jC%cZO 1

Lima, 19 de octubre_del 2018

OFICIO N° 659 -2018-MGR/CR

Señor DANIEL SALAVERRY VILLA Presidente del Congreso de la República Presente. -

De mi mayor consideración:

CONGRESO DE LA REPÚB ICA RECBW

2OSET:2018 Hor

. Flrma. ......... .....

Secretaria de Oficialia

Tengo el agrado de dirigirme a usted para saludarlo y, ala vez, solicitar priorizar el deate sobre el Proyecto de Ley 00965/206-CR, Ley que régüIiI Negociación Colectivaçle las organizaciones sindicales de trabajadores ytrabajadoras del sector estatal tanto, la sentencia del Tribunal ConstituCional rcaí'dsokire los.Expedientes 0003-20,1 3 PI/TC, 0004-2013-Ph TC y 0023-2013-PI/TC resuelve declarar INCONSTITUCIONAL la prohibición de negociar colectivamente incrementos salariales de los trabajadores y trabajadoras de la Administración Pública; así como, EXHORTAR al Congreso de la República a aprobar la regulación sobre negociación colectiva dentro de la legislatura ordinaria del período 2016-2017 en atención a la vacatio sententiae de u año.

Es de precisar que el Tribunal Constitucional resolvió —específicamente- declarar la INCONSTITUCIONALIDAD de las prohibiciones presupuestarias que disponen extraer, como materia de negociación colectiva, los incrementos salariales y condiciones de trabajo de los trabajadores y trabajadoras de la Administración Pública, cuestión que no podemos evadir en los debates sobre Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.

Cabe resaltar que el Proyecto de Ley N° 965, conjuntamente con los Proyectos de Ley N° 656/2016-CR, 1142/2016-CR, 127 1/2016-CR, 1537/2016-CR, 2075/20 1 7-CR, tienen dictamen APROBATORIO por UNANIMIDAD de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social desde el 27 de noviembre de 2017.

En ese sentido, le solicito priorizar en este período legislativo el debate sobre la negociación colectiva en el sector público, a fin de cumplir con el mandato del Supremo Interprete de la Constitución y honrar nuestra función legislativa, a favor de las grandes mayorías del país.

Sin otro particular, me valgo de la oportunidad para expresarle mi estima personal.

Atentamente,

www.congreso.gob.pe

1