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Comisión de Regulación de Energía y Gas CONFORMACION AREAS DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA -ADD- DOCUMENTO CREG-087 8 DE DICIEMBRE DE 2007 CIRCULACIÓN: MIEMBROS DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

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Comisión de Regulación de Energía y Gas

CONFORMACION AREAS DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA

ELÉCTRICA -ADD-

DOCUMENTO CREG-0878 DE DICIEMBRE DE 2007

CIRCULACIÓN:MIEMBROS DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Sesión No. 352

TABLA DE CONTENIDO

TABLA DE CONTENIDO....................................................................................................................6

1 ANTECEDENTES................................................................................................................... 7

2 CONFORMACIÓN DE ÁREAS DE DISTRIBUCIÓN..........................................................7

2.1 ANÁLISIS DE LAS ALTERNATIVAS PROPUESTAS..............................................................8

a} Conexión Eléctrica en Nivel de Tensión 3 .......................................................... 9b) Regiones Naturales..............................................................................................9c) Cercanía Geográfica...........................................................................................11d) Agrupación Geográfica, STR e intercambios de Energía............................... 12

2.2 PROPUESTA.........................................................................................................................13

3 INGRESOS DE LOS OR Y CARGOS POR USO DE CADA NIVEL DE TENSIÓN- DTUN....................................................................................................................14

4 FACTURACIÓN, RECAUDO Y LIQUIDACIÓN.................................................................15

a) Información de los Cargos por Uso de cada nivel de tensión aplicadospor cada O R...............................................................................................................17b) información de la energía transportada por cada OR en cada nivel deTensión y cálculo de cargos únicos......................................................................... 17c) Liquidación y distribución de ingresos entre los OR de una ADD.................. 17

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Sesión No. 352

CONFORMACIÓN ÁREAS DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA- ADD -

1 ANTECEDENTES

De acuerdo con lo previsto en los Artículos 23, Literales c) y d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas definir la metodología para el cálculo y fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas, así como el procedimiento para hacer efectivo su pago;

La Ley 143 de 1994, artículo 11, define como Redes de Distribución, el “Conjunto de líneas y subestaciones, con sus equipos asociados, destinado al servicio de los usuarios de un municipio o municipios adyacentes o asociados mediante cualquiera de las formas previstas en la Constitución Política.”;

El Artículo 44 de la ley 143 de 1994 establece que el régimen tarifario para usuarios finales regulados de una misma empresa estará orientado por los criterios de eficiencia económica, suficiencia financiera, neutralidad, solidaridad y redistribución del ingreso, simplicidad y transparencia, entendiendo por neutralidad que usuarios residenciales de la misma condición socioeconómica o usuarios no-residenciales del servicio de electricidad, según niveles de voltaje, se les dará el mismo tratamiento de tarifas y se le aplicarán las mismas contribuciones o subsidios, en virtud de lo cual no pueden existir diferencias tarifarias para el sector residencial de estratos I, ll y III, entre regiones ni entre empresas que desarrollen actividades relacionadas con la prestación del servicio eléctrico.

Para desarrollar dicho precepto, el Ministerio de Minas y Energía expidió el Decreto 388 de 2007 donde se define como Áreas de Distribución (ADD), el “Conjunto de redes de Transmisión Regional y/o Distribución Local destinado a !a prestación de! servicio en zonas urbanas y rurales, que son operadas por uno o más Operadores de Red y que se conforman teniendo en cuenta la cercanía geográfica de los mercados atendidos y el principio de neutralidad establecido en la ley.”, y se establece que debe existir un Cargo Único por Nivel de Tensión por cada ADD;

De esta manera, en el documento se encuentran las posibilidades de agrupación para establecer las Áreas de Distribución - ADD- y la propuesta de conformación, para su aplicación con los cargos resultantes de la próxima metodología de remuneración de la actividad de Distribución.

Con lo anterior, para efectuar el análisis de los grupós se usaron, únicamente como referencia, los Cargos de Distribución del Nivel de Tensión 1 de agosto de 2007.

2 CONFORMACIÓN DE ÁREAS DE DISTRIBUCIÓN

El decreto 388 de 2007 establece la definición de ADD de la siguiente manera:

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“Áreas de Distribución (ADD). Conjunto de redes de Transmisión Regional y/o Distribución Local destinado a la prestación del servicio en zonas urbanas y rurales, que son operadas por uno o más Operadores de Red y que se conforman teniendo en cuenta la cercanía geográfica de los mercados atendidos y el principio de neutralidad establecido en la ley."

De la anterior definición se evidencia que el principal criterio para el establecimiento de las ADD es la aplicación del principio de Neutralidad expuesto en la Ley, como se reitera én el Artículo 3 del mismo decreto, así:

“Artículo 3o. Conformación de Áreas de Distribución. La CREG conformará Áreas de Distribución (ADD), sin perjuicio de que en eilas preste el servicio uno o más Operadores de Red. Para cada ADD, la CREG definirá Cargos por Uso únicos por Nivel de Tensión de suministro. La conformación de las ADD buscará aproximar, hasta donde ello sea factible, los Cargos por Uso que enfrenten los usuarios finales del Sistema Interconectado Nacional.

La CREG determinará los procedimientos aplicables para que se realice la asignación y distribución de recursos a que haya lugar entre los diferentes Operadores de Red, con mecanismos que incentiven la eficiencia de los OR en cada ADD. De igual manera, para la conformación de las ADD, la CREG podrá hacer uso de las disposiciones establecidas en el inciso 73.14 del artículo 73 de la Ley 142.’’.

De lo anterior, se observa el criterio principal es unificar las tarifas, por nivel de tensión, de sistemas que cuenten con tarifas bajas y alta densidad de usuarios con sistemas de características contrarias (tarifas altas y bajas densidades de usuarios) para poder obtener los equilibrios deseados en las tarifas.

Con el objeto de encontrar la mejor alternativa para la conformación de las ADD se realizaron varios ejercicios de agrupación, con el principio anteriormente mencionado y teniendo en cuenta la cercanía geográfica, que se presentan a continuación:

• Conectividad en Nivel de Tensión 3• Regiones Naturales* Cercanía Geográfica* Agrupación Geográfica y Conectividad en cualquier nivel

2.1 ANÁLISIS DE LAS ALTERNATIVAS PROPUESTAS

Es necesario recordar que las disposiciones relativas a la creación de las ADD se aplicarán una vez se establezcan los cargos de distribución del próximo periodo, pero que, únicamente para efectuar la simulación de las áreas, se exponen las agrupaciones teniendo en cuenta las tarifas vigentes.

Aunque el Decreto establece la unificación de los cargos para todos los niveles de tensión, los resultados mostrados corresponden al ejercicio efectuado, únicamente como referencia, con los cargos de distribución del Nivel de Tensión 1, en el que se encuentra la mayor parte de los usuarios del país, resaltando que el resultado de unificar los cargos de distribución por niveles para luego construir el cargo de nivel 1 a partir de los cargos

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ponderados en cada nivel es igual al que resulta de ponderar directamente los cargos de nivel 1.

a) Conexión Eléctrica en Nivel de Tensión 3

La primera alternativa de agrupación se efectúa con aquellos OR geográficamente cercanos que tienen alguna relación con sus redes en Nivel de Tensión 3, resultando 8 grupos así:

G R U P O • g r u p o : GRUPO i GRUPO * GRUPO i GRUPO í GRUPO !' G RUPO SOR OR OR OR OR OR OR OR

C odensa 1E lectríca ríbe . VÉPJU iE le c troco s ta AEm call ¡ _ J lEPSA I iESSA ___ iEade . . .J JCHEC 1________ nCENS i— iC edenar fu 1 1Tolim a 1BoyacaMeta 1H u ilaC und i ñam are a J i s á l iPereJra iQ u ind lo -Ctidelca 1T u lua r vD lspac ______j I 1Caqueta 1i iCasanare tiC artago r nA raucaPutum ayo 1Bajo P u tu m a yo I í|S ib u n d o y i —G uavlareR uítoqua -Popayan% dem anda energía nal. 2.9% 50.6% 34.0% 2.2% 0.4% e,2% 1.4% 0.3%

Como se observa, la distribución de energía en cada grupo respecto de los restantes no guarda ninguna proporción.

Ésta alternativa no alcanza los objetivos del Decreto por cuanto al no haber uniformidad en la distribución de la demanda, no se lograría la uniformidad de tarifas deseada, por tanto esta alternativa es susceptible de ser mejorada.

b) Regiones Naturales

Según el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Colombia tiene 6 Regiones Naturales: Región Andina, Región Caribe, Región Pacifica, Región Orinoquia, Región Amazonia y Región Insular.

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Fuente: Página web IGAC. www.igac.gov.co

Teniendo en cuenta ésta diferenciación, se efectuó la agrupación de OR, resultando las siguientes áreas:

A T L A N T IC A A N D IM A P A C IF IC O C R IN O Q U IA A M A Z O N IAu K U r U a / U n

O R OR O R O R ORC o d e n s aE le c tr lc a r ib e i IEPM r I ; i ]E le c tr o c o s ta <E m c a li [ ____________1E P S AE S S A [ ' IEade ICH E C I ’ t i JC E N S t 1C e d e n a r . ' 11T o lim a [ JB o v a c a *•

M eta 1HuJIa _ _ :C u n d in a m a rc a iPene ira iQ u in d io ■C e d e lc a j jT u íuaD is p a c (IC a q u e ta T LC a s a n a re L nC a rta g o 1

A ra u c a 4P u tu m a y o 1 ^B a jo P u tu m a y o 1S ib u n d o y 1G ua vJa re iR u ito q u eP o p a y a n i - ii% d e m a n d a ene rg ía nal. 2 2 .9 % 56.6% 16.4% 1.7% 0.5 %

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Esta agrupación presenta una mejor distribución de energía en cada grupo que en el escenario anterior. No obstante, siguen existiendo elementos que incumplen los preceptos del decreto mencionados anteriormente.

Considerando la baja representatividad de energía en el último grupo, para mejorar el cargo que enfrentarían los usuarios de la región de la Amazonia, se agrupó dicha región con la de la Orinoquia reduciendo de manera importante las diferencias entre el grupo de la amazonia frente al promedio del resto de grupos, pero este último, Orinoquia - Amazonia, continúa con una proporción de energía inferior con respecto a los tres restantes y sin empresas que permitan balancear las tarifas, sin que con ello se logre acercar al cumplimento de los objetivos del Decreto.

c) Cercanía Geográfica

Agrupando geográficamente los OR, teniendo en cuenta sus transacciones de electricidad, se obtiene:

GRUPOS/O RCENTRO I ANTíOQUIA VALLE COSTA

OR OR OR ORCodensa 1 “ AElectricaribe 1 [ t_______ j lEPM 1 11iElectrocostaEmcali 1EPSA 1ESSA .Eade 1CHEC 1CEMS 1 iCedenar iTolima

|Boyaca 1lífleta l “ ^1HullaCundinamarcaPereira íQuindio L 1Cedelca ---- >Tulua - 1Dispac ••CaquetaCasanareCartago 1Arauca 1iPutumayo 1Baio Putumayo 1Sibundoy l a i e f f — iGuaviare <Ruitoque 1 1 1

]Popayan [ |% demanda energía nal. 32.3% 22.2% 16.2% 29.4%

Esta agrupación contiene áreas con el tipo deseado (tarifas bajas y alta demanda de energía con empresas que presentan tarifas altas y poco densas) lo que permite que las tarifas entre las áreas sea similar con una demanda al interior de cada grupo más balanceada que cualquiera de los ejercicios anteriores.

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d) Agrupación Geográfica, STR e intercambios de Energía

Se realizó igualmente la agrupación de OR teniendo en cuenta la conformación de los actuales STR (Norte y Centro - Sur), combinando éste criterio con el de conectividad en cualquier nivel de tensión y mayores transacciones entre OR, teniendo en cuenta el objetivo principal, con lo que se obtiene:

GRUPO!

A DO NORTE

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NORTE OCCIDENTECENTRO ORIENTEGRUPOS/OR OROR ORORCodensaElectricaribeEPMElectrocosta

EPSAESSAEadeCHECCENSCedenarTollmaBoyacaMeta

CundinamarcaPereiraQuindloCedelcaTuluaDlspacCaquetaCasanare

Arauca

% demanda de energía 37.8% 38.9% 0.4%22 .!

De ésta manera se identifican cuatro grupos, donde, además de la cercanía geográfica, la principal característica es la conexión eléctrica en cualquier nivel de tensión que se refleja en las transacciones de energía entre los OR de un mismo grupo.

Aunque la agrupación tuvo en cuenta la conformación de los actuales STR, CENS se presenta en e! grupo 3, distinto al grupo STR Norte, debido a que en el grupo 3 se encuentran dos de los tres OR con quienes tiene transacciones.

El grupo 4 se conforma por aquellas empresas con muy baja demanda y con cargos bajos (característica que no cumple con la inicialmente definida por el decreto), característica cumplida únicamente por el mercado del OR Dispac. El hecho de incluir a éste OR en cualquier otro grupo implica un aumento alto para los usuarios del Chocó, sin que se contribuya al equilibrio del cargo único del grupo dada su baja demanda de energía.

Esta forma de agrupar presenta, a excepción del grupo 4, la mejor proporción de energía de cada grupo respecto de los restantes, lo que a su vez permitirá contar con tarifas más estables ante cualquier variación de la demanda o de las tarifas de cualquiera de los integrantes del grupo.

2.2 PROPUESTA

Según lo expuesto se propone la conformación de cuatro áreas de distribución de que trata el literal e), así:

ADD Norte: Área conformada por el conjunto de redes de Distribución Local destinado a lá p(.pstación del servicio en zonas urbanas y rurales, que son operados por la

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Electrificadora de la Costa Atlántica S. A. E.S.P. y la Electrificadora del Caribe S. A. E S.P.

ADD Oriente: Área conformada por el conjunto de redes de Distribución Local destinado a la prestación del servicio en zonas urbanas y rurales, que son operados por CODENSA S. A. E.S.P., Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. E.S.P., Electrificadora del Meta S. A. E.S.P., Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P., Electrificadora de Santander S. A. E.S.P., Ruitoque S. A. E S.P., Empresa de Energía de Arauca S. A. E.S.P., Compañía Energética del Tolima S.A. E.S.P., Electrificadora del Huíla S. A. E.S.P., Electrificadora del Caquetá S.A. E.S.P., Centrales Eléctricas del Norte de Santander S.A. E S .P., Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P., Empresa de Energía Eléctrica del Departamento del Guaviare S.A. E S .P., Empresa de Energía del Putumayo S.A. E S .P., Empresa de Energía del Bajo Putumayo S.A. E.S.P. y Empresa de Energía del Valle del Sibundoy S.A. E.S.P.

ADD Centro: Área conformada por el conjunto de redes de Distribución Local destinado a la prestación del servicio en zonas urbanas y rurales, que son operados por Empresas Públicas de Medellin E.S.P, Municipio de Campamento S. A. E.S.P., Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P., Empresa de Energía del Quindio S.A. E.S.P., Empresa de Energía de Pereira S.A. E.S.P., Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P., Empresas Municipales de Cali EICE E.S.P., Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P., Empresas Municipales de Cartago S.A. E.S.P., Centrales Eléctricas del Cauca S.A. E.S.P., Empresas Municipales de Energía Eléctrica S.A. E.S.P., Centrales Eléctricas de Nariño S.A. E.S.P.

ADD Occidente: Área conformada por el conjunto de redes de Distribución Local destinado a la prestación del servicio en zonas urbanas y rurales, que son operados por Distribuidora del Pacífico S.A. E.S.P.

3 INGRESOS DE LOS OR Y CARGOS POR USO DE CADA NIVEL DE TENSIÓN - DTUN

Dado que en cada ADD debe existir un solo cargo para los usuarios conectados en cada Nivel de Tensión, es necesario establecer una metodología para calcular el Cargo por Uso Único de Nivel de Tensión de cada ADD - DtUNn.

El DtUNn deberá permitir que el ingreso que reciban los OR por concepto de cargos por uso en cada Nivel de Tensión sea igual al que hubieren recibido de permanecer los cargos individuales.

Los ingresos teóricos de un OR se calculan como el cargo individual por la energía facturada en un mes determinado.

El Cargo Unificado de un mes determinado (DtUN) será el resultado de la suma de los ingresos teóricos de los OR (con rezago de dos meses) menos la diferencia de ingresos del área en el período anterior, todo ello entre la energía facturada, como se muestra a continuación:

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DtUN,

La diferencia de ingresos del área del período anterior, es el valor, en exceso o en defecto, que resulta de comparar la suma de los ingresos teóricos de los OR (afectados con el factor de recaudo -FR- de cada OR) con la suma de los ingresos efectivos, así:

Como se observa, las posibles diferencias en los ingresos se ajustarán en el siguiente mes. El resultado de la diferencia se distribuirá proporcíonalmente entre los OR, según la participación de los ingresos particulares respecto de los del área, independientemente que la diferencia sea positiva o negativa.

De esta manera, el ingreso total que corresponde a un OR será “descontado” de los ingresos efectivamente recibidos por cada OR (con base en el DtUN) y el LAC determinará el destinatario del exceso (el exceso se presenta en el recaudo de aquellos OR cuyo cargo particular es inferior al cargo unificado) o el defecto de ingresos y la fuente para cubrirlos.

Cuando en un área se presente un exceso, luego de cubrir los ingresos teóricos de cada uno de los OR, como se mencionó anteriormente dicho exceso se distribuirá entre los OR en proporción a sus ingresos teóricos respecto del ingreso del área, con lo que los OR excedentaríos trasladarán los recursos que resulten una vez sean descontados tanto sus ingresos teóricos como la porción que les corresponda de la distribución del exceso.

Así, los ingresos que recibirán los OR respecto de sus cargos individuales, permanecerán invariables frente a la unificación del cargo.

4 FACTURACIÓN, RECAUDO Y LIQUIDACIÓN

Para realizar el cálculo de los cargos unificados (DTUNn) y que los OR reciban los ingresos que les corresponde según sus cargos particulares, es necesario, al igual que en el Nivel de Tensión 4, un administrador central. Al respecto, se considera que la labor de la liquidación y administración de las cuentas debe ser desarrollada por XM Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P., dado que es quien actualmente administra el SIC y el LAC.

Las funciones del LAC, relacionadas con los niveles de tensión 1, 2 y 3, serán:

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• Recopilar información de los Cargos por Uso de cada nivel de tensión aplicados por cada OR y los factores de recaudo.

• Recopilar información de energía transportada por cada OR en cada Nivel de Tensión.

• Calcular el DTUNn mensualmente y pubíicarío

• Determinación de los ingresos en exceso que recibe un OR, cuando el cargo unificado es superior a su cargo individual, y determinar el (los) beneficiario (s) de dichos recursos.

• Determinación de los ingresos en defecto que recibe un OR, cuando el cargo unificado es inferior a su cargo individual.

• Una vez distribuidos ios ingresos particulares, cuando el resultado del ejercicio del área determine ingresos en exceso, dichos ingresos se distribuirán entre los OR en proporción a la participación del ingreso de un OR respecto del total del área. Cuando el resultado del área sea negativo, los ingresos de cada OR serán disminuidos en la misma proporción.

El siguiente diagrama esquematiza las funciones del LAC respecto de los STR y de lasADD:

ADD 1 Precio Máximo Cargo Único * demanda * demanda

STR 1 i — L J

ReguladoCargos

Máximos

Comercializa dotes 1

Com ercializadores 2

Cargo porlJso Único

v=><£23

Comercia liza dores 3

Comercializadores n

UsuariosFina ies

ADD n Precio Máximo* demandaORI

OR2

LACOR3

ORn IngresoReguladoSTR n

Cargo Único * demanda

Cargo porU so Único

Comercia lizadores 1

Comercia iiza dores 2

Comercializa dores 3 Usuarios Fina les

C a rg O S ^ Comercializadoresn

Máximos

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a) Información de los Cargos por Uso de cada nivel de tensión aplicados por cada OR

El tipo de regulación adoptada por la Resolución CREG 082 de 2002 para la remuneración de los activos de niveles de tensión 1, 2 y 3 es Precio Máximo y por tanto los OR pueden cobrar a los usuarios conectados a su red valores inferiores al aprobado.

Según esto, el LAC deberá implementar un formato y la periodicidad del mismo para que cada OR pueda, mensualmente, actualizar el Precio Máximo (DTn) que cobrará en el mes siguiente, sin que el mismo supere el cálculo del DT resultante de aplicar los valores máximos aprobados.

Al inicio de la aplicación del cargo único, el LAC tomará este valor de la última publicación de tarifas que efectuó el Comercializador integrado al OR, valor que se usará para el cálculo de los cargos únicos aplicables en los dos primeros meses de entrada en vigencia de la disposición.

Posteriormente, el OR podrá actualizar dicho valor a través del procedimiento que indique el LAC.

De igual manera, el LAC debe implementar un formato donde se coloquen los factores de recaudo que registre cada OR con periodicidad mensual.

b) información de la energía transportada por cada OR en cada nivel de Tensión y cálculo de cargos únicos

Según lo establecido en la Circular SSPD - CREG N° 0002 de 2003, los Comercializadores de energía deben reportar al Sistema Único de Información -SUI- la información comercial de un mes determinado, de acuerdo con los formatos definidos, a más tardar el 20 del mes siguiente.

Por otra parte, se considera que el factor de cartera puede ser igualmente extraído de la información consignada por los agentes en el SUI.

Según esto, el LAC deberá calcular mensualmente el cargo a aplicar y la proporción con la cual se distribuirán los ingresos de los OR, con base en los reportes de energía extractados del SUI el día 21 de cada mes.

Para el cálculo de los primeros dos cargos unificados el delta considerado será cero.

Los cargos calculados para cada área deberán ser publicados por el LAC el último día hábil de cada mes, para que los Comercializadores que atienden usuarios finales puedan efectuar las publicaciones respectivas.

c) Liquidación y distribución de ingresos entre los OR de una ADD

El, LAC deberá calcular lo siguiente:

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• Distribución de ingresos• Mayores o menores ingresos de un OR en una ADD• Cálculo de las posibles diferencias para incluirlas en el siguiente DTUNn

En caso de que los cargos particulares de OR sean inferiores al cargo unificado (OR con excedentes) deberá darse una transferencia de recursos desde éstos hacia los OR que indique el LAC.

Para tal propósito, el LAC deberá calcular los ingresos que debe recibir cada OR elcorrespondiente déficit o superávit en cada caso para que, con base en ello, ordene a losOR superavitarios en una misma ADD, trasladar dichos recursos a los OR deficitarios en la misma área.

Posteriormente a la identificación de las diferencias individuales, el LAC encontrará el resultado de las diferencias de un área, a través de la sumatoria simple de las diferencias individuales.

En caso que la diferencia total sea positiva, se procederá con la distribución de los recursos individuales, pero en caso contrario, cuando la diferencia total sea negativa, el déficit será restado de los recursos de cada OR en proporción de la participación de sus ingresos respecto de los del área.

En cualquier caso, la diferencia total será incluida en el cálculo del siguiente cargo unificado para que, si el factor es negativo, se recauden los faltantes para ser distribuidos entre los OR con la misma proporcionalidad o, cuando el factor sea positivo, sea un menor valor del cargo a los usuarios.

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