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SISTEMA NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO
PRESENTACIÓN
Una de las principales finalidades del Estado es la provisión de bienes y servicios públicos de
calidad que contribuyan al bienestar de la población y favorezcan la reducción de la pobreza y las
brechas de desarrollo que afectan a los ciudadanos y ciudadanas en nuestro país. El Presupuesto
Público es el instrumento de gestión del Estado, que en un contexto de responsabilidad y
transparencia fiscal, asigna los recursos públicos que permita la citada provisión, revelando el
resultado de la priorización de las intervenciones públicas que realizan las entidades públicas, en el
marco de las políticas públicas definidas. En el Perú el Sistema Nacional de Presupuesto es uno de
los sistemas de la Administración Financiera del Sector Público y tiene la misión de conducir el
proceso presupuestario de todas las entidades y organismos del Sector Público.
Actualmente, los desafíos que enfrenta el Sistema Nacional del Presupuesto Público se encuentran
fundamentalmente relacionados con i) la articulación de las acciones del Estado (entre sectores y
entre niveles de gobierno), ii) la identificación de las entidades responsables del éxito de las
intervenciones públicas, iii) la construcción de un presupuesto plurianual con visión estratégica de
mediano y largo plazo y iv) la mejora y el desarrollo de un soporte tecnológico de última
generación. La Dirección General de Presupuesto Público como ente rector del Sistema Nacional
de Presupuesto considera importante difundir entre las autoridades electas a nivel nacional,
regional y local, y la ciudadanía en general, el funcionamiento del Sistema Nacional de
Presupuesto y la dinámica del proceso presupuestario, así como las líneas de acción que se vienen
desarrollando en el marco de la reforma presupuestal vinculadas directamente con la calidad del
gasto público a través del Presupuesto por Resultados. Con ese objetivo, ponemos a su disposición
la presente Guía Básica El Sistema Nacional de Presupuesto Público, a fin de que comiencen a
familiarizarse con los procedimientos y reglas que buscan la eficiencia, eficacia, transparencia y
rendición de cuentas en el uso de los recursos públicos para el bienestar ciudadano.
LEY Nº 28411 GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
PRINCIPIOS REGULATORIOS
Artículo I.- Equilibrio presupuestario.- El Presupuesto del Sector Público está constituido por los
créditos presupuestarios que representan el equilibrio entre la previsible evolución de los ingresos
y los recursos a asignar de conformidad con las políticas públicas de gasto, estando prohibido
incluir autorizaciones de gasto sin el financiamiento correspondiente.
Artículo II.- Equilibrio macro fiscal.- La preparación, aprobación y ejecución de los presupuestos
de las Entidades preservan la estabilidad conforme al marco de equilibrio macro fiscal, de acuerdo
con la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal - Ley Nº 27245, modificada por la Ley Nº
27958 y la Ley de Descentralización Fiscal - Decreto Legislativo Nº 955.
Artículo III.- Especialidad cuantitativa.- Toda disposición o acto que implique la realización de
gastos públicos debe cuantificar su efecto sobre el Presupuesto, de modo que se sujete en forma
estricta al crédito presupuestario autorizado a la Entidad.
Artículo IV.- Especialidad cualitativa.- Los créditos presupuestarios aprobados para las Entidades
se destinan, exclusivamente, a la finalidad para la que hayan sido autorizados en los Presupuestos
del Sector Público, así como en sus modificaciones realizadas conforme a la Ley General.
Artículo V.- Universalidad y unidad.- Todos los ingresos y gastos del Sector Público, así como
todos los Presupuestos de las Entidades que lo comprenden, se sujetan a la Ley de Presupuesto
del Sector Público.
Artículo VI.- De no afectación predeterminada.- Los fondos públicos de cada una de las Entidades
se destinan a financiar el conjunto de gastos públicos previstos en los Presupuestos del Sector
Público.
Artículo VII.- Integridad.- Los ingresos y los gastos se registran en los Presupuestos por su importe
íntegro, salvo las devoluciones de ingresos que se declaren indebidos por la autoridad
competente.
Artículo VIII.- Información y especificidad.- El presupuesto y sus modificaciones deben contener
información suficiente y adecuada para efectuar la evaluación y seguimiento de los objetivos y
metas.
Artículo IX.- Anualidad.- El Presupuesto del Sector Público tiene vigencia anual y coincide con el
año calendario. Durante dicho período se afectan los ingresos percibidos dentro del año fiscal,
cualquiera sea la fecha en los que se hayan generado, así como los gastos devengados que se
hayan producido con cargo a los respectivos créditos presupuestarios durante el año fiscal.
Artículo X.- Eficiencia en la ejecución de los fondos públicos.- Las políticas de gasto público
vinculadas a los fines del Estado deben establecerse teniendo en cuenta la situación económica-
financiera y el cumplimiento de los objetivos de estabilidad macro fiscal, siendo ejecutadas
mediante una gestión de los fondos públicos, orientada a resultados con eficiencia, eficacia,
economía y calidad.
Artículo XI.- Centralización normativa y descentralización operativa.- El Sistema Nacional del
Presupuesto se regula de manera centralizada en lo técnico normativo, correspondiendo a las
Entidades el desarrollo del proceso presupuestario.
Artículo XII.- Transparencia presupuestal.- El proceso de asignación y ejecución de los fondos
públicos sigue los criterios de transparencia en la gestión presupuestal, brindando o difundiendo la
información pertinente, conforme la normatividad vigente.
Artículo XIII.- Exclusividad presupuestal.- La ley de Presupuesto del Sector Público contiene
exclusivamente disposiciones de orden presupuestal.
ARTÍCULO XIV: Principio de Programación Multianual.- El proceso presupuestario debe orientarse
por los Objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y apoyarse en los resultados de
ejercicios anteriores y tomar en cuenta las perspectivas de los ejercicios futuros.
OBJETO DE LA LEY
La Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en adelante Ley General, establece los
principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de
Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley Marco de la Administración Financiera del
Sector Público - Ley Nº 28112, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política.
ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY
La Ley General es de alcance a las siguientes Entidades:
Las Entidades del Gobierno General, comprendidas por los niveles de Gobierno Nacional, Gobierno
Regional y Gobierno Local:
a. Gobierno Nacional
Administración Central, comprende a los organismos representativos de
los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y sus organismos públicos
descentralizados, las universidades públicas y los organismos
constitucionalmente autónomos.
Los Organismos Reguladores.
Los Organismos Recaudadores y Supervisores.
Los Fondos Especiales con personería jurídica.
Las Beneficencias y sus dependencias.
b. Gobierno Regional
Los Gobiernos Regionales y sus organismos públicos descentralizados.
c. Gobierno Local
Los Gobiernos Locales y sus organismos públicos descentralizados.
Las Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.
Los Fondos sin personería jurídica, los cuales se financian total o parcialmente con fondos
públicos.
Los organismos carentes de personería jurídica que tienen asignado un crédito
presupuestario en la Ley de Presupuesto del Sector Público, sin perjuicio de las
particularidades que establezcan sus respectivas normas de creación, organización y
funcionamiento.
El Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE y
sus empresas, en el marco de la Ley Nº 27170, sólo y exclusivamente cuando así lo señale
expresamente la Ley General.
SISTEMA NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO
CONCEPTO
1- Es el conjunto de órganos, normas y procedimientos que conducen el proceso presupuestario
de todas las entidades del Sector Público en todas sus fases; está integrado por la Dirección
General del Presupuesto Público, dependiente del Viceministerio de Hacienda, y por las Unidades
Ejecutoras a través de las oficinas o dependencias en las cuales se conducen los procesos
relacionados con el Sistema, a nivel de todas las entidades y organismos del Sector Público que
administran fondos públicos.
2- El Sistema Nacional de Presupuesto público, es uno de los sistemas administrativos integrantes
de la Administración Financiera del Sector Público. Comprende un conjunto de órganos, normas y
procedimientos que conducen el proceso presupuestario de todas las entidades y organismos del
Sector Público en sus fases de programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación.
DEFINICION DE PRESUPUESTO PÚBLICO
El Presupuesto Público es un instrumento de gestión del Estado por medio del cual se asignan los
recursos públicos sobre la base de una priorización de las necesidades de la población. Estas
necesidades son satisfechas a través de la provisión de bienes y servicios públicos de calidad para
DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO PÚBLICO
OFICINAS DE PRESUPUESTO DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS
la población financiados por medio del presupuesto. Es la expresión cuantificada, conjunta y
sistemática de los gastos a atender durante el año fiscal, por cada una de las entidades que forman
parte del Sector Público y refleja los ingresos que financian dichos gastos.
IMPORTANCIA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO:
• “El Presupuesto Público es un instrumento de programación económica, social y financiera
que posibilita al Estado el cumplimiento de sus funciones. Es el mecanismo a través del
cual todos los organismos del Estado asignan racionalmente los recursos públicos para
alcanzar sus objetivos”.
• “El Presupuesto constituye el instrumento de gestión del Estado que permite a las
entidades lograr sus objetivos y metas contenidas en su Plan Operativo Institucional (POI).
Asimismo, es la expresión cuantificada, conjunta y sistemática de los gastos a atender
durante el año fiscal, por cada una de las entidades que forman parte del Sector Público y
refleja los ingresos que financian dichos gastos”
Conformación del Sistema Nacional de Presupuesto publico
De acuerdo a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, éste está integrado por la
Dirección General de Presupuesto Público (DGPP), dependiente del Vice Ministerio de Hacienda
del Ministerio de Economía y Finanzas, y por las Oficinas de Presupuesto, a nivel de todas las
entidades del Sector Público que administran recursos públicos.
•Es el ente rector del sistema
• Es la más alta autoridad técnico – normativa en materia presupuestaria
• Principales funciones:
1. Programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario.
2. Elaborar el Anteproyecto de la Ley Anual de Presupuesto
3. Emitir directivas y normas presupuestarias complementarias
4. Regular la programación del presupuesto
5. Promover el perfeccionamiento de la técnica presupuestaria
6. Emitir opinión en materia presupuestaria de manera exclusiva y excluyente
Es la dependencia responsable de conducir el proceso presupuestario de la entidad.
Está sujeta a las disposiciones que emita la DGPP-MEF.
Organiza, consolida, verifica y presenta la información presupuestaria generada por la entidad.
Coordina y controla la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en los presupuestos y sus modificaciones.
ALCANCE DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO PÚBLICO
En consonancia con la conceptualización del presupuesto público, se pueden precisar sus alcances:
ALCANCE POLÍTICO
El arte de gobernar supone tomar decisiones sustentadas en políticas generales y específicas para
conducir la acción del sector público, estas políticas pueden ubicarse en dos planos: el primero
tiene que ver con la producción de bienes y servicios públicos que le compete al Estado, el
segundo está relacionado con la administración presupuestaria; entre los primera está la política
económica, fiscal, sectorial, política presupuestaria, de inversión pública, de crédito público.
ALCANCE ADMINISTRATIVO
Después de establecer el esquema político del presupuesto, es necesario hacerlo operativo, es
decir expresarlo en acciones y en los recursos necesarios para alcanzar los objetivos de política
planteados. La administración presupuestaria moderna, rebasa la simple toma de decisiones
conforme aparecen los eventos, por el contrario, el administrador moderno debe planear, dirigir,
coordinar, informarse, supervisar, evaluar y presupuestar las actividades a su cargo, de tal manera
que puede contar con todos los elementos para justificar las decisiones.
ALCANCE ECONÓMICO Y FINANCIERO
El presupuesto, por medio de sus elementos básicos: ingresos, gastos y financiamiento tiene
efectos sobre el sistema económico nacional. Los ingresos públicos, especialmente los
provenientes de impuestos, contraen el poder adquisitivo y por tanto, la demanda de los agentes
económicos; pero, por medio de los gastos del presupuesto se cumple con la función
redistributiva, al canalizar dichos recursos hacia la satisfacción de las necesidades de la población
más necesitada. Por otro lado, el sector público por su tamaño relativo, constituye el principal
movilizador de la producción nacional al incrementar la demanda. Asimismo, al desarrollar
proyectos de inversión genera una importante acumulación de bienes de capital y estimula la
inversión y la capacidad productiva del sector privado.
Desde el punto de vista financiero, el sector público moviliza un importante flujo financiero como
contraparte de sus actividades reales; esta corriente financiera tiene impacto en el balance
financiero y crediticio del país; por lo tanto, las dimensiones de estas variables deben establecerse
con sumo cuidado para no alterar el equilibrio de financiamiento de la economía.
ALCANCE JURÍDICO
El Presupuesto Público tiene un alcance jurídico porque al ser aprobado mediante una norma legal
establece los límites de las acciones que debe realizar la administración pública para el
cumplimiento de las funciones que le corresponden. Por otro lado, el presupuesto incluye normas
que regulan la administración de los recursos públicos, así como se establecen los responsables
por ese manejo administrativo.
ETAPAS DEL PROCESO PRESUPUESTARIO
El proceso presupuestario comprende cinco etapas: