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SISTEMA NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO PRESENTACIÓN Una de las principales finalidades del Estado es la provisión de bienes y servicios públicos de calidad que contribuyan al bienestar de la población y favorezcan la reducción de la pobreza y las brechas de desarrollo que afectan a los ciudadanos y ciudadanas en nuestro país. El Presupuesto Público es el instrumento de gestión del Estado, que en un contexto de responsabilidad y transparencia fiscal, asigna los recursos públicos que permita la citada provisión, revelando el resultado de la priorización de las intervenciones públicas que realizan las entidades públicas, en el marco de las políticas públicas definidas. En el Perú el Sistema Nacional de Presupuesto es uno de los sistemas de la Administración Financiera del Sector Público y tiene la misión de conducir el proceso presupuestario de todas las entidades y organismos del Sector Público. Actualmente, los desafíos que enfrenta el Sistema Nacional del Presupuesto Público se encuentran fundamentalmente relacionados con i) la articulación de las acciones del Estado (entre sectores y entre niveles de gobierno), ii) la identificación de las entidades responsables del éxito de las intervenciones públicas, iii) la construcción de un presupuesto plurianual con visión estratégica de mediano y largo plazo y iv) la mejora y el desarrollo de un soporte tecnológico de última generación. La Dirección General de Presupuesto Público como ente rector del Sistema Nacional de Presupuesto considera importante difundir entre las autoridades electas a nivel nacional, regional y local, y la ciudadanía en general, el funcionamiento del Sistema Nacional de Presupuesto y la dinámica del proceso presupuestario, así como las líneas de acción que se vienen desarrollando en el marco de la

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SISTEMA NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO

PRESENTACIÓN

Una de las principales finalidades del Estado es la provisión de bienes y servicios públicos de

calidad que contribuyan al bienestar de la población y favorezcan la reducción de la pobreza y las

brechas de desarrollo que afectan a los ciudadanos y ciudadanas en nuestro país. El Presupuesto

Público es el instrumento de gestión del Estado, que en un contexto de responsabilidad y

transparencia fiscal, asigna los recursos públicos que permita la citada provisión, revelando el

resultado de la priorización de las intervenciones públicas que realizan las entidades públicas, en el

marco de las políticas públicas definidas. En el Perú el Sistema Nacional de Presupuesto es uno de

los sistemas de la Administración Financiera del Sector Público y tiene la misión de conducir el

proceso presupuestario de todas las entidades y organismos del Sector Público.

Actualmente, los desafíos que enfrenta el Sistema Nacional del Presupuesto Público se encuentran

fundamentalmente relacionados con i) la articulación de las acciones del Estado (entre sectores y

entre niveles de gobierno), ii) la identificación de las entidades responsables del éxito de las

intervenciones públicas, iii) la construcción de un presupuesto plurianual con visión estratégica de

mediano y largo plazo y iv) la mejora y el desarrollo de un soporte tecnológico de última

generación. La Dirección General de Presupuesto Público como ente rector del Sistema Nacional

de Presupuesto considera importante difundir entre las autoridades electas a nivel nacional,

regional y local, y la ciudadanía en general, el funcionamiento del Sistema Nacional de

Presupuesto y la dinámica del proceso presupuestario, así como las líneas de acción que se vienen

desarrollando en el marco de la reforma presupuestal vinculadas directamente con la calidad del

gasto público a través del Presupuesto por Resultados. Con ese objetivo, ponemos a su disposición

la presente Guía Básica El Sistema Nacional de Presupuesto Público, a fin de que comiencen a

familiarizarse con los procedimientos y reglas que buscan la eficiencia, eficacia, transparencia y

rendición de cuentas en el uso de los recursos públicos para el bienestar ciudadano.

LEY Nº 28411 GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO

PRINCIPIOS REGULATORIOS

Artículo I.- Equilibrio presupuestario.- El Presupuesto del Sector Público está constituido por los

créditos presupuestarios que representan el equilibrio entre la previsible evolución de los ingresos

y los recursos a asignar de conformidad con las políticas públicas de gasto, estando prohibido

incluir autorizaciones de gasto sin el financiamiento correspondiente.

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Artículo II.- Equilibrio macro fiscal.- La preparación, aprobación y ejecución de los presupuestos

de las Entidades preservan la estabilidad conforme al marco de equilibrio macro fiscal, de acuerdo

con la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal - Ley Nº 27245, modificada por la Ley Nº

27958 y la Ley de Descentralización Fiscal - Decreto Legislativo Nº 955.

Artículo III.- Especialidad cuantitativa.- Toda disposición o acto que implique la realización de

gastos públicos debe cuantificar su efecto sobre el Presupuesto, de modo que se sujete en forma

estricta al crédito presupuestario autorizado a la Entidad.

Artículo IV.- Especialidad cualitativa.- Los créditos presupuestarios aprobados para las Entidades

se destinan, exclusivamente, a la finalidad para la que hayan sido autorizados en los Presupuestos

del Sector Público, así como en sus modificaciones realizadas conforme a la Ley General.

Artículo V.- Universalidad y unidad.- Todos los ingresos y gastos del Sector Público, así como

todos los Presupuestos de las Entidades que lo comprenden, se sujetan a la Ley de Presupuesto

del Sector Público.

Artículo VI.- De no afectación predeterminada.- Los fondos públicos de cada una de las Entidades

se destinan a financiar el conjunto de gastos públicos previstos en los Presupuestos del Sector

Público.

Artículo VII.- Integridad.- Los ingresos y los gastos se registran en los Presupuestos por su importe

íntegro, salvo las devoluciones de ingresos que se declaren indebidos por la autoridad

competente.

Artículo VIII.- Información y especificidad.- El presupuesto y sus modificaciones deben contener

información suficiente y adecuada para efectuar la evaluación y seguimiento de los objetivos y

metas.

Artículo IX.- Anualidad.- El Presupuesto del Sector Público tiene vigencia anual y coincide con el

año calendario. Durante dicho período se afectan los ingresos percibidos dentro del año fiscal,

cualquiera sea la fecha en los que se hayan generado, así como los gastos devengados que se

hayan producido con cargo a los respectivos créditos presupuestarios durante el año fiscal.

Artículo X.- Eficiencia en la ejecución de los fondos públicos.- Las políticas de gasto público

vinculadas a los fines del Estado deben establecerse teniendo en cuenta la situación económica-

financiera y el cumplimiento de los objetivos de estabilidad macro fiscal, siendo ejecutadas

mediante una gestión de los fondos públicos, orientada a resultados con eficiencia, eficacia,

economía y calidad.

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Artículo XI.- Centralización normativa y descentralización operativa.- El Sistema Nacional del

Presupuesto se regula de manera centralizada en lo técnico normativo, correspondiendo a las

Entidades el desarrollo del proceso presupuestario.

Artículo XII.- Transparencia presupuestal.- El proceso de asignación y ejecución de los fondos

públicos sigue los criterios de transparencia en la gestión presupuestal, brindando o difundiendo la

información pertinente, conforme la normatividad vigente.

Artículo XIII.- Exclusividad presupuestal.- La ley de Presupuesto del Sector Público contiene

exclusivamente disposiciones de orden presupuestal.

ARTÍCULO XIV: Principio de Programación Multianual.- El proceso presupuestario debe orientarse

por los Objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y apoyarse en los resultados de

ejercicios anteriores y tomar en cuenta las perspectivas de los ejercicios futuros.

OBJETO DE LA LEY

La Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en adelante Ley General, establece los

principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de

Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley Marco de la Administración Financiera del

Sector Público - Ley Nº 28112, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política.

ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY

La Ley General es de alcance a las siguientes Entidades:

Las Entidades del Gobierno General, comprendidas por los niveles de Gobierno Nacional, Gobierno

Regional y Gobierno Local:

a. Gobierno Nacional

Administración Central, comprende a los organismos representativos de

los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y sus organismos públicos

descentralizados, las universidades públicas y los organismos

constitucionalmente autónomos.

Los Organismos Reguladores.

Los Organismos Recaudadores y Supervisores.

Los Fondos Especiales con personería jurídica.

Las Beneficencias y sus dependencias.

b. Gobierno Regional

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Los Gobiernos Regionales y sus organismos públicos descentralizados.

c. Gobierno Local

Los Gobiernos Locales y sus organismos públicos descentralizados.

Las Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.

Los Fondos sin personería jurídica, los cuales se financian total o parcialmente con fondos

públicos.

Los organismos carentes de personería jurídica que tienen asignado un crédito

presupuestario en la Ley de Presupuesto del Sector Público, sin perjuicio de las

particularidades que establezcan sus respectivas normas de creación, organización y

funcionamiento.

El Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE y

sus empresas, en el marco de la Ley Nº 27170, sólo y exclusivamente cuando así lo señale

expresamente la Ley General.

SISTEMA NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO

CONCEPTO

1- Es el conjunto de órganos, normas y procedimientos que conducen el proceso presupuestario

de todas las entidades del Sector Público en todas sus fases; está integrado por la Dirección

General del Presupuesto Público, dependiente del Viceministerio de Hacienda, y por las Unidades

Ejecutoras a través de las oficinas o dependencias en las cuales se conducen los procesos

relacionados con el Sistema, a nivel de todas las entidades y organismos del Sector Público que

administran fondos públicos.

2- El Sistema Nacional de Presupuesto público, es uno de los sistemas administrativos integrantes

de la Administración Financiera del Sector Público. Comprende un conjunto de órganos, normas y

procedimientos que conducen el proceso presupuestario de todas las entidades y organismos del

Sector Público en sus fases de programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación.

DEFINICION DE PRESUPUESTO PÚBLICO

El Presupuesto Público es un instrumento de gestión del Estado por medio del cual se asignan los

recursos públicos sobre la base de una priorización de las necesidades de la población. Estas

necesidades son satisfechas a través de la provisión de bienes y servicios públicos de calidad para

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DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO PÚBLICO

OFICINAS DE PRESUPUESTO DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS

la población financiados por medio del presupuesto. Es la expresión cuantificada, conjunta y

sistemática de los gastos a atender durante el año fiscal, por cada una de las entidades que forman

parte del Sector Público y refleja los ingresos que financian dichos gastos.

IMPORTANCIA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO:

• “El Presupuesto Público es un instrumento de programación económica, social y financiera

que posibilita al Estado el cumplimiento de sus funciones. Es el mecanismo a través del

cual todos los organismos del Estado asignan racionalmente los recursos públicos para

alcanzar sus objetivos”.

• “El Presupuesto constituye el instrumento de gestión del Estado que permite a las

entidades lograr sus objetivos y metas contenidas en su Plan Operativo Institucional (POI).

Asimismo, es la expresión cuantificada, conjunta y sistemática de los gastos a atender

durante el año fiscal, por cada una de las entidades que forman parte del Sector Público y

refleja los ingresos que financian dichos gastos”

Conformación del Sistema Nacional de Presupuesto publico

De acuerdo a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, éste está integrado por la

Dirección General de Presupuesto Público (DGPP), dependiente del Vice Ministerio de Hacienda

del Ministerio de Economía y Finanzas, y por las Oficinas de Presupuesto, a nivel de todas las

entidades del Sector Público que administran recursos públicos.

•Es el ente rector del sistema

• Es la más alta autoridad técnico – normativa en materia presupuestaria

• Principales funciones:

1. Programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario.

2. Elaborar el Anteproyecto de la Ley Anual de Presupuesto

3. Emitir directivas y normas presupuestarias complementarias

4. Regular la programación del presupuesto

5. Promover el perfeccionamiento de la técnica presupuestaria

6. Emitir opinión en materia presupuestaria de manera exclusiva y excluyente

Es la dependencia responsable de conducir el proceso presupuestario de la entidad.

Está sujeta a las disposiciones que emita la DGPP-MEF.

Organiza, consolida, verifica y presenta la información presupuestaria generada por la entidad.

Coordina y controla la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en los presupuestos y sus modificaciones.

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ALCANCE DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO PÚBLICO

En consonancia con la conceptualización del presupuesto público, se pueden precisar sus alcances:

ALCANCE POLÍTICO

El arte de gobernar supone tomar decisiones sustentadas en políticas generales y específicas para

conducir la acción del sector público, estas políticas pueden ubicarse en dos planos: el primero

tiene que ver con la producción de bienes y servicios públicos que le compete al Estado, el

segundo está relacionado con la administración presupuestaria; entre los primera está la política

económica, fiscal, sectorial, política presupuestaria, de inversión pública, de crédito público.

ALCANCE ADMINISTRATIVO

Después de establecer el esquema político del presupuesto, es necesario hacerlo operativo, es

decir expresarlo en acciones y en los recursos necesarios para alcanzar los objetivos de política

planteados. La administración presupuestaria moderna, rebasa la simple toma de decisiones

conforme aparecen los eventos, por el contrario, el administrador moderno debe planear, dirigir,

coordinar, informarse, supervisar, evaluar y presupuestar las actividades a su cargo, de tal manera

que puede contar con todos los elementos para justificar las decisiones.

ALCANCE ECONÓMICO Y FINANCIERO

El presupuesto, por medio de sus elementos básicos: ingresos, gastos y financiamiento tiene

efectos sobre el sistema económico nacional. Los ingresos públicos, especialmente los

provenientes de impuestos, contraen el poder adquisitivo y por tanto, la demanda de los agentes

económicos; pero, por medio de los gastos del presupuesto se cumple con la función

redistributiva, al canalizar dichos recursos hacia la satisfacción de las necesidades de la población

más necesitada. Por otro lado, el sector público por su tamaño relativo, constituye el principal

movilizador de la producción nacional al incrementar la demanda. Asimismo, al desarrollar

proyectos de inversión genera una importante acumulación de bienes de capital y estimula la

inversión y la capacidad productiva del sector privado.

Desde el punto de vista financiero, el sector público moviliza un importante flujo financiero como

contraparte de sus actividades reales; esta corriente financiera tiene impacto en el balance

financiero y crediticio del país; por lo tanto, las dimensiones de estas variables deben establecerse

con sumo cuidado para no alterar el equilibrio de financiamiento de la economía.

ALCANCE JURÍDICO

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El Presupuesto Público tiene un alcance jurídico porque al ser aprobado mediante una norma legal

establece los límites de las acciones que debe realizar la administración pública para el

cumplimiento de las funciones que le corresponden. Por otro lado, el presupuesto incluye normas

que regulan la administración de los recursos públicos, así como se establecen los responsables

por ese manejo administrativo.

ETAPAS DEL PROCESO PRESUPUESTARIO

El proceso presupuestario comprende cinco etapas: