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1 Compendio de Normativa para las

Compendio de Normativa

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para las

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para las

Compendio

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ÍndicePresentación ................................................................................. 7

Listado de Siglas ........................................................................... 9

Lineamientos Generales para la Excelencia Académicade las Escuelas Superiores de Formación de Maestrasy Maestros / Unidades Académicas (ESFM/UA) ........................... 11

Parte I: Premisas Centrales .................................................... 13Parte II: Lineamientos para la Excelencia Académicade las ESFM/UA ...................................................................... 19

Reglamento General de las ESFM/UA .......................................... 39

Manual de Organización y Funciones de las ESFM/UA................. 81I. Objetivo ............................................................................... 83II. Base legal ........................................................................... 83III. Estructura Organizacional ................................................. 85IV. Siglas utilizadas en el Manual de Funciones...................... 86V. Descripción de Cargos ........................................................ 86

Reglamento de Creación, Conformación y Funcionamientode los Consejos Educativos de las ESFM/UA ................................ 201

Reglamento de Licencias, Reincorporaciones y Transferenciasde las y los Estudiantes en las ESFM/UA ...................................... 219

Reglamento de Convivencia y Permanencia Estudiantil enlas ESFM/UA ................................................................................. 233

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Lineamientos de la Investigación Educativa y Producción deConocimientos y de la Práctica Educativa Comunitaria ................ 277

I. Antecedentes ...................................................................... 279II. Fundamentos ..................................................................... 281III. Orientaciones conceptuales para comprender laInvestigación Educativa y Producción de Conocimientosy la Práctica Educativa Comunitaria ....................................... 292IV. Estrategias de Implementación de la InvestigaciónEducativa y Producción de Conocimientos y de la PrácticaEducativa Comunitaria ........................................................... 300V. Organización Curricular de la Investigación Educativa yProducción de Conocimientos y de la Práctica EducativaComunitaria ........................................................................... 314Anexos .................................................................................... 323

Reglamento Procedimental de la Investigación Educativay Producción de Conocimientos y de la Práctica EducativaComunitaria .................................................................................. 333

Reglamento de Evaluación del Proceso Formativo de lasESFM/UA ...................................................................................... 365

Participación en la Elaboración del Compendio Normativopara las ESFM/UA ......................................................................... 434

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PresentaciónUna de las funciones de las instituciones estatales es asegurar la implementación de las políticas públicas, de forma que acompañen las transformaciones del Estado; por ello, el Ministerio de Educación viene desarrollando un conjunto de acciones dirigidas a la transformación de la educación y a la consolidación del Sistema Educativo Plurinacional, en el marco de la Constitución y de la Ley “Avelino Siñani – Elizardo Pérez”.

En ese contexto, la formación de maestras y maestros, viene encarando un proceso de transformación institucional y curricular en respuesta a las demandas y expectativas de la sociedad y las políticas de cambio, al haber asumido como desafío y tarea prioritaria la excelencia académica de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros (ESFM) y Unidades Académicas (UA) caracterizadas por formar profesionales idóneos, con compromiso social, vocación de servicio, con disposición a impulsar el proceso de transformaciones del país en lo social, cultural, económico, político y tecnológico; con un alto nivel académico en el ámbito pedagógico y de su especialidad, pero fundamentalmente con una clara posición política a favor de una sociedad con mayor equidad y plena justicia social, a partir del compromiso y responsabilidad que se asume con el Estado, con la educación, la comunidad y consigo mismo.

Este proceso de transformación, iniciado en 2010 con un conjunto de tareas ya desarrolladas, continúa fortaleciéndose con el presente Compendio Normativo para las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros que comprende:

1. Lineamientos Generales para la Exelencia Académica de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros (ESFM).

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2. Reglamento General de las ESFM.3. Manual de Organización y Funciones de las ESFM.4. Reglamento de Creación, Conformación y Funcionamiento de

los Consejos Educativos de las ESFM.5. Reglamento de Licencias, Reincorporaciones y Transferencias

de las y los Estudiates en las ESFM.6. Reglamento de Convivencia y Permanencia Estudiantil en las

ESFM.7. Lineamientos de la Investigación Educativa y Producción de

Conocimientos y de la Práctica Educativa Comunitaria.8. Reglamento Procedimiental de la Investigación Educativa

y Producción de Conocimientos y de la Práctica Educativa Comunitaria.

9. Reglamento de Evaluación del Proceso Formativo de las ESFM.10. Reglamento de Modalidades de Graduación de las ESFM.

Cada uno de estos documentos ha sido construido en forma participativa en un proceso de largo aliento; ahora -gracias al compromiso de estudiantes, docentes, directivos de las ESFM y UA y las Confederaciones de maestros y estudiantes- llega a su momento de aprobación y aplicación que, estamos seguros, contará con el mismo compromiso de todos los actores para constituir esos centros de excelencia académica que necesita el Estado Plurinacional de Bolivia.

Con este marco normativo las ESFM y UA continuarán construyéndose en pilares de la trasformación del Sistema Educativo Plurinacional aportando, desde la educación, a la consolidación de una Bolivia donde el Vivir Bien sea una realidad creciente y palpable.

Roberto Aguilar GómezMINISTRO DE EDUCACIÓN

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Listado de Siglas

SIGLA SIGNIFICADO

CEA Centro de Educación AlternativaCEE Centro de Educación EspecialDGFM Dirección General de Formación de MaestrosESFM Escuela Superior de Formación de Maestras y MaestrosFM Formación de Maestras y MaestrosFODA Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y AmenazasIEPC Investigación Educativa y Producción de ConocimientosME Ministerio de EducaciónMESCP Modelo Educativo Sociocomunitario ProductivoPEC Práctica Educativa ComunitariaPEIC Plan Estratégico Institucional ComunitarioPESP Proyecto Educativo SocioproductivoPFPRSE Proyecto de Fortalecimiento a Programas Regionales del Sector EducativoPIOCS Pueblos Indígena Originarios CampesinosTIC Tecnologías de la Información y ComunicaciónUA Unidad AcadémicaUE Unidad EducativaUF Unidad de FormaciónVESFP Viceministerio de Educación Superior de Formación Profesional

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Lineamientos Generales para la

Excelencia Académicade las

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Resolución Ministerial No. 694/2013 de fecha La Paz, 02 de octubre de 2013.

Port tanto:

El Ministerio de Educación, en uso de las atribuciones conferidas por Decreto Supremo No. 29894 del 07 de febrero de 2009;

RESUELVE:

Art. 1. (Aprobación).

I. Aprobar los Lineamientos Generales para la Excelencia Académica de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros en Centros de Excelencia Académica.

II. Aprobar el Reglamento General de las Escuelas Superiores de Formación de Maestros en sus Catorce (XIV) Títulos y 91 Articulos.

III. Aprobar el Manual de Organización y Funciones de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros.

IV. Aprobar el Reglamento de Creación, Conformación y Funcionamiento de los Consejos Educativos de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros en sus Cinco (V) Capitulos y 26 Articulos.

V. Aprobar el Reglamento de Convivencia y Permanencia Estudiantil en las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros, en sus Nueve (IX) títulos y 92 Articulos.

VI. Aprobar el Reglamento de Licencias, Reincorporaciones y Transferencias de las y los Estudiantes en las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros en sus Cinco (V) Capitulos y 24 Articulos.

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Parte I: Premisas CentralesEl Vivir Bien como horizonte

La Constitución Política del Estado Plurinacional marca el inicio de una nueva forma de Estado, que tiene entre una de sus características fundamentales la definición de un nuevo paradigma: el Vivir Bien. Pero el Vivir Bien, no sólo como un concepto, sino como un horizonte o ideal por alcanzar; en el que la sociedad vive con equidad y sin exclusión, sin asimetrías de poder, con acceso a la justicia, a las oportunidades y al disfrute de la riqueza en armonía con la comunidad, la naturaleza, la Madre Tierra y el Cosmos. En esa perspectiva, el Vivir Bien trasciende la búsqueda de bienestar material e individualista y busca la satisfacción compartida de necesidades y el desarrollo de una conciencia de interdependencia, complementariedad y relacionalidad con el entorno (Ministerio de Educación, 2008: 23-24)1

En el ámbito institucional, el Vivir Bien involucra profundización de la participación plural, sobre todo en lo que respecta a construcción y toma colectiva de decisiones, creación de condiciones para la

1. Ministerio de Educación: Currículo Base del Sistema Educativo Plurinacional, 2010.

Es el hori-zonte a alcanzar en el que la sociedad vive con equidad y sin ex-clusión, sin asimetrías de poder, con acceso a la justicia, a las oportu-nidades y al disfrute de la riqueza en armonia con la comunidad, la naturaleza, la Madre Tierra y el Cosmos.

Para alcanzar ese ideal y lograr la transfor-mación del Estado se requiere de una educa-ción que acompañe ese proceso.

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participación, transparencia, acceso a la información y construcción de consensos. Comprende también, la incorporación de las organizaciones sociales, de las instituciones y de las comunidades en la gestión y el control social. En tal sentido, para alcanzar ese ideal y lograr así la transformación del Estado se requiere de una educación que acompañe ese proceso y que lo impulse a partir de la amplia participación social y comunitaria que permita que todas las bolivianas y bolivianos alcancen el Vivir Bien, lo que supone una concepción del poder y de la gestión diferente donde el poder es ejercido tomando en cuenta el bien común y se entiende como un medio que permite responder a los intereses colectivos y no a los intereses particulares.

Sin embargo, hasta antes de la implementación del modelo educativo sociocomunitario productivo, la educación lejos de contribuir a la transformación social, había sido un instrumento de reproducción del sistema imperante dando como resultado una sociedad excluyente, desigual, consumista y depredadora, que privilegió la acumulación de bienes y riqueza, el progreso sin respeto al medio ambiente, el consumo sin medida, la competencia a costa de los demás y el individualismo, fomentado por un sistema capitalista en el que priman los intereses particulares por encima de los intereses colectivos.

Pese a lo vertido anteriormente, se reconoce que la educación sigue siendo una poderosa herramienta con toda la potencialidad para transformar esa realidad y hacer posible que el horizonte del Vivir Bien sea alcanzado por todas y todos. Por ello, la formación docente tiene el desafío de cambiar la imagen de la maestra y maestro reproductor del sistema de dominación, por la de creador de conocimientos, saberes y teorías pedagógicas, que en su práctica busca cambiar las relaciones de poder basadas en el individualismo y la práctica de antivalores, generando acciones para transformar la realidad desde la educación, en un proceso dialógico permanente, a partir de la aceptación de la diversidad y de la convivencia en comunidad, desde donde construye conocimientos y saberes para alcanzar el Vivir Bien.

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La excelencia académica en las Escuelas Superiores deFormación de Maestras y Maestros

Tradicionalmente, desde un enfoque capitalista - mercantilista, la excelencia académica ha sido caracterizada en términos de rendimiento académico óptimo, vinculado a eficacia, competitividad y resultado, sin tomar en cuenta los procesos. Todo esto, desde una perspectiva individualista, donde prima el sujeto individual, su formación y superación personal aún a costa de los demás; desarraigado del compromiso con su contexto y con la transformación de la sociedad o, en el mejor de los casos, como algo supeditado al desarrollo personal, idea que potencia el individualismo, la competencia y el interés personal por encima del trabajo comunitario y del bien común.

Por otra parte, en el plano institucional, desde ese mismo enfoque capitalista-mercantilista, los centros educativos han buscado constituirse en centros de excelencia académica por un fin fundamentalmente lucrativo, como un medio para sacar provecho de quienes quieren obtener la excelencia académica. En ese plano, estos centros de excelencia académica son instituciones que forman recursos humanos repetidores de conocimientos, individualistas, interesados en ser los mejores como un medio para acumular bienes y riqueza, desligados del servicio e interacción con la comunidad, indiferentes a las situaciones de injusticia social y sin interés por la transformación de la realidad. En ese marco, la excelencia académica, se convirtió en un producto de mercado, ofertado por empresas

La excelen-cia académica ha

sido caracterizada en terminos de rendi-

miento óptimo donde prima la superación personal aún a costa

de los demás.

Desde ese enfoque capitalista, mercan-

tilista, los centros de excelencia académica

forman recursos humanos.

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educativas que prestan el servicio, a quienes tienen la posibilidad de pagar y a quienes están dispuestos a comprar el mismo.

Sin embargo, en la actualidad, cuando se habla de excelencia académica en las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros se parte de otro enfoque. Considerando, según lo expuesto, que el horizonte es el Vivir Bien y que la educación debe acompañar y promover la transformación social para que todas sus ciudadanas y ciudadanos consigan este fin, estas Casas Superiores de Estudio se constituyen en centros de excelencia académica, porque son comunidades con plena capacidad para la formación integral de maestras y maestros que se constituyen en promotoras y promotores de las profundas transformaciones del

Estado Plurinacional en el contexto de su desempeño laboral.

Por tanto, la excelencia académica en las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros, caracterizará a estas Casas Superiores de Estudio por:

- Ser centros de formación docente preparados para responder con responsabilidad y compromiso a las necesidades y demandas del Estado Plurinacional.

- Ser instituciones con capacidad de adaptarse a la realidad del país, de la región y el mundo y responder a los desafíos emergentes.

- Constituirse en centros académicos reconocidos a nivel nacional e internacional por la calidad en la formación de sus egresadas y egresados y de los servicios que prestan.

- Formar profesionales idóneos, con profundo compromiso social y vocación de servicio que impulsan los procesos de transformación del Estado en lo social, cultural, económico y político, que responden al siguiente perfil (Ministerio de Educación. 2011: Currículo de Formación de Maestras y Maestros del Sistema Educativo Plurinacional):

Con vocación de servicio a la comunidad, con calidad y pertinencia pedagógica y científica, con identidad cultural,

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actitud crítica, reflexiva y contextualizada a la realidad sociocultural y en convivencia con la Madre Tierra.

Con capacidad para promover un ambiente comunitario en la institución educativa y en el aula, respetando y recuperando las diversas cosmovisiones y culturas.

Con capacidad para desenvolverse en cualquier ámbito de la realidad sociocultural, lingüística y geográfica; en escuelas unidocentes y pluridocentes.

Con capacidad crítica para decodificar la ciencia, el pensamiento, el conocimiento y pedagogía “colonial única” y construir teorías pedagógicas para la nueva educación.

Con capacidad para el manejo de lenguas: la lengua castellana, una lengua originaria y una lengua extranjera, tanto en la comunicación oral como escrita. Pero también con manejo de la lengua de señas boliviana y del sistema de escritura braille.

Con capacidad para promover e incentivar la identidad cultural y lingüística de las y los estudiantes y la comunidad en que se desenvuelven.

Con hábito investigativo para recuperar, recrear, desarrollar y difundir la tecnología, ciencia, arte, valores éticos biocosmocéntricos, espiritualidades, ciencias, conocimientos y saberes de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas.

Con conciencia productiva y capacidad de articular la educación al trabajo de acuerdo a las necesidades locales.

Con capacidad para formar integralmente a la mujer y hombre boliviano; para contribuir, desde su rol, a la construcción del Vivir Bien.

Con capacidad para generar respuestas a las necesidades edu-cativas, intereses y expectativas de las personas con discapaci-dad, dificultades en el aprendizaje y talento extraordinario.

Con capacidad para prevenir, detectar y realizar una intervención especializada en la atención de personas con discapacidad, dificultades en el aprendizaje y talento extraordinario.

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Con capacidad para identificar y promover las vocaciones científicas, artísticas y productivas de las y los actores educativos.

Con capacidad para trabajar con diferentes actoras y actores sociales, conformando comunidades de niñas y niños, adolescentes, personas jóvenes, adultas y adultas mayores, con necesidades de aprendizajes emergentes de sus intereses, problemas, expectativas, necesidades y saberes; en y para el trabajo, la producción y los compromisos.

Con práctica crítica y ética de respeto a la dignidad y dere-chos del ser humano, que incentivan el amor a la Patria, la defensa de su integridad, su soberanía, y recursos naturales.

Con capacidad para promover la conciencia del derecho irrenunciable de retorno al mar.

Con habilidad y destreza para incorporar las tecnologías de información y comunicación en los procesos formativos.

Con compromiso para la transformación de la realidad social en el ámbito local, regional y nacional.

Con conciencia para el cuidado de los recursos naturales, la naturaleza y la Madre Tierra.

En el siguiente acápite se plantean los lineamientos para la excelencia académica de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros. Con fines netamente explicativos, se realizará a través de las dimensiones que caracterizan la gestión educativa en las instituciones formadoras de maestras y maestros; es decir, a partir del ámbito académico curricular comunitario y del ámbito institucional organizacional comunitario.

Ámbito académico curricular comunitario: Es la razón de ser de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros. Se vincula a lo académico curricular, a la especialidad, a los procesos formativos. Representa el elemento central para determinar el grado de cumplimiento de los propósitos de la formación académica y de la implementación del modelo educativo sociocomunitario productivo, tomando en cuenta

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las transformaciones logradas a partir de los resultados obtenidos en las investigaciones educativas, la producción de conocimientos y la práctica educativa comunitaria.

Ámbito institucional organizacional comunitario: Relacionado con la gestión educativa comunitaria, es decir, con la organización y el funcionamiento institucional; con la cultura y clima organizacional; con las estructuras organizativas y las formas de organización; con la administración de recursos humanos, financieros y materiales; así como con el cumplimiento de la normatividad y de los procedimientos, vinculados a los mecanismos de intercambio y colaboración con el entorno y con otras instituciones educativas, sociales o comunitarias.

Parte II: Lineamientos para la Excelencia Académica de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y MaestrosLos lineamientos para la excelencia académica de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros son orientaciones que guían las transformaciones graduales que estas casas superiores de estudio deben alcanzar, se constituyen en marcos de referencia para obtener ese fin. Los lineamientos para la excelencia académica de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros, buscan orientar la gestión educativa en el ámbito académico curricular comunitario y en el ámbito institucional organizacional comunitario, proporcionando metas por alcanzar mediante el desarrollo de un conjunto de acciones. Su aplicación requiere del establecimiento previo de consensos y del trabajo comunitario permanente, conducido por sus autoridades y con participación de toda la comunidad educativa.

Son lo-gros que indican las transformacio-nes graduales que las Escuelas Supe-riores de Forma-ción de Maestras y Maestros deben alcanzar.

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A continuación se hace una presentación de cada uno de estos lineamientos en los ámbitos señalados anteriormente, empezando por una breve definición que guía su comprensión. No se trata de definiciones teóricas sino de orientaciones que buscan asegurar un entendimiento común sobre el significado de cada uno de ellos.

Posteriormente, se presentan los resultados esperados, entendidos como las pautas o indicadores que permitirán a las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros, identificar si están alcanzando el logro. En tal sentido, los resultados esperados indican las transformaciones graduales que deben conseguir, reflejando los propósitos y metas a alcanzar.

Lineamientos en el Ámbito Académico Curricular Comunitario

Lineamiento 1. Reflexión permanente sobre las problemáticas del contexto a las que responde el Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo, basados en la dialogicidad de saberes y conocimientos propios y universales contemplados en las Unidades de Formación de las especialidades que se desarrollan durante los procesos formativos dándole sentido a la transformación de la educación a partir de la implementación del Currículo de Formación de Maestras y Maestros.

Con el fin de transformar y definir cambios concretos las ESFM generan espacios de análisis, crítica y autocrítica de problemáticas del entorno, identificadas y priorizadas en el modelo educativo sociocomunitario productivo para dar respuesta a la condición colonial, a la dependencia económica, a la educación desvinculada de la realidad, centrada sólo en los contenidos y la ausencia de valoración de los saberes y conocimientos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas.

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Resultados Esperados

En las ESFM se realizan debates, coloquios, conversatorios, conferencias, ferias o exposiciones sobre las problemáticas de la educación y del entorno, sobre los temas y contenidos curriculares y sobre la práctica docente entre directivos, docentes, estudiantes y comunidad.

Se constituyen círculos de reflexión y espacios comunitarios educativos, en los que de forma crítica y autocrítica se comparten experiencias, dudas, preocupaciones, saberes, propuestas de solución, etc., para el aprendizaje comunitario y la construcción de saberes y conocimientos que promueven la transformación social y educativa.

La ESFM cuenta con comunidades de investigación educativa – producción de conocimientos y práctica educativa comunitaria (IEPC – PEC) conformadas por directivos, docentes y estudiantes que trabajan con apertura dialógica para la construcción, innovación y renovación permanente del proceso formativo, donde se generan nuevas formas de organización basadas en el aprendizaje comunitario.

Existen espacios permanentes de interacción y convivencia con la comunidad en los que se abordan problemáticas del contexto territorial de la ESFM y se identifican de forma conjunta res-puestas de solución y acciones concretas para su transformación.

Se cuenta con un plan de acciones y un cronograma que estable-ce las actividades y los momentos de trabajo comunitario.

Lineamiento 2. Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros que se apropia de su territorio, interactúa y lo transforma

Las y los actores de la comunidad educativa se apropian del contexto territorial al que pertenece la ESFM, lo investigan, interactúan y se comprometen con sus necesidades, demandas y expectativas, diseñando y ejecutando proyectos educativos socioproductivos que articulan los componentes del currículo (campos de saberes y conocimientos, áreas de saberes y conocimientos y ejes

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articuladores) con los contenidos curriculares de las Unidades de Formación a las necesidades, demandas y problemáticas de la comunidad, para su transformación. Por lo que, la ESFM deja de ser una isla y al reconocerse como parte de la comunidad reflexiona sobre los problemas del contexto, se compromete con su comunidad y busca soluciones desde el ámbito educativo.

Resultados Esperados

La ESFM cuenta con un equipo comunitario de investigación con liderazgo de la o el Coordinador de la IEPC – PEC.

La ESFM genera espacios de relacionamiento con los vecinos o comunarios del lugar y con las organizaciones del contexto terri-torial como la junta vecinal u otro tipo de organizaciones socia-les y establece alianzas estratégicas para un trabajo articulado.

La ESFM hace un diagnóstico participativo comunitario de la realidad del contexto territorial para identificar las necesidades y demandas.

Se definen de forma consensuada los temas generadores que serán priorizados en el PESP de acuerdo a las necesidades, problemáticas y demandas de la comunidad, en base a la reflexión comunitaria.

Se diseña el PESP de forma participativa y se establece un plan de acción que identifica con claridad las responsabilidades, roles, tareas de los actores y se establece un cronograma de ejecución.

Se realizan encuentros periódicos con la comunidad para intercambiar con apertura dialógica, criterios, puntos de vista y reflexiones sobre la implementación del PESP y para presentar los avances y resultados del mismo.

Lineamiento 3. Investigación y generación de pensamiento educativo propio desde los saberes y conocimientos locales, de otros contextos y realidades y desde los obtenidos a través de la práctica educativa comunitaria

La ESFM junto con la comunidad investiga los saberes y conocimientos de su entorno, tecnología ancestral, valores y

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principios sociocomunitarios, lenguas, costumbres, mitos y tradiciones vinculados al proceso formativo y la IEPC - PEC, para construir pensamiento pedagógico propio y dar respuesta pertinente a las necesidades, expectativas y problemas locales, regionales y nacionales en un proceso dialógico permanente entre ESFM y comunidad a través de la acción compartida en espacios educativos comunitarios. Quiere decir que los resultados de las investigaciones permiten generar nuevos conocimientos que contribuyen a la mejora de los procesos formativos.

Resultados Esperados

Las actoras y actores de la ESFM interactúan con la comunidad de forma permanente, mediante procesos dialógicos, que permiten comprender su cosmovisión desde diferentes dimensiones.

Se cuenta con un banco de temas de investigación actualizado periódicamente y construido con la comunidad a partir de los procesos de diálogo.

Se cuenta con un plan de desarrollo de la IEPC - PEC de acuerdo a reglamentación establecida desde el Ministerio de Educación construida de manera colectiva con participación de las y los involucrados.

La ESFM dialoga de forma permanente con personalidades de la comunidad (líderes, sabios, etc.) para aprender de sus saberes y conocimientos y sistematizarlos.

Se sistematizan las investigaciones realizadas y las experiencias de la IEPC - PEC ligadas a los PESP y se publican y difunden a la comunidad, para su aplicación según el contexto y realidad y para generar nuevos conocimientos mediante estrategias de comunicación y difusión.

La ESFM cuenta con investigaciones que aportan al conocimiento del entorno y se vinculan a los saberes y conocimientos de otros contextos y realidades.

Lineamiento 4. Existencia de un sistema de acompañamiento, apoyo técnico y evaluación a la implementación del currículo de

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formación de maestras y maestros en base a los lineamientos defi-nidos desde el Ministerio de Educación

La ESFM cuenta con un conjunto de procedimientos y actividades, planificadas y organizadas cuyo fin es la verificación y valoración de la implementación del currículo de FM en base a los lineamientos de-finidos por el Ministerio de Educación. Comprende también el apoyo técnico pedagógico brindado a la comunidad educativa de la ESFM en temas referidos a la gestión académica curricular comunitaria.

Resultados Esperados

La ESFM ha definido los procedimientos para el acompañamiento, apoyo técnico y evaluación a la implementación del currículo de FM de acuerdo a las directrices emanadas del Ministerio de Educación.

En la ESFM se ha conformado un equipo comunitario con lide-razgo de la o el director académico para el acompañamiento y apoyo técnico a la implementación del currículo de FM y se cuen-ta con técnicas e instrumentos que permiten hacer la evaluación.

En la ESFM se cuenta con un plan de acciones y un cronograma de acompañamiento pedagogico, apoyo técnico y evaluación a la implementación del currículo de FM, que se ejecuta de acuerdo a lo previsto.

Semestralmente se realiza la evaluación a la implementación del currículo de FM como política de la gestión curricular en la ESFM y se realizan medidas de ajuste necesarias para mejorar la calidad de los procesos formativos.

Lineamiento 5. Formación de maestros y maestras con manejo oral y escrito de tres lenguas

La ESFM prepara maestras y maestros capaces de interactuar en lengua originaria, según el contexto cultural al que pertenece, en lengua castellana tanto en la comunicación oral como escrita y en lengua extranjera, al menos en forma oral. En el caso de lenguas en

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extinción, la ESFM propicia acciones para la recuperación de las mismas y fortalece su uso.

Resultados Esperados

En la ESFM se propicia el uso gradual de tres lenguas, se promueve la valoración de las características culturales de las mismas y la comprensión de su cosmovisión, en particular de la lengua originaria.

Se incorpora de forma gradual a nivel institucional y dentro los procesos formativos el uso oral y escrito de la lengua originaria del contexto.

La ESFM ejecuta talleres complementarios de lengua originaria que fortalencen su uso y recuperación de acuerdo a las lineamientos emanados del Ministerio de Educación.

La ESFM y sus diferentes ambientes: aulas, salones, teatros, talleres u otros espacios, son textualizados como un mecanismo para difundir y poner en práctica las tres lenguas.

Se hace uso de diferentes estrategias de comunicación y difusión que incentivan, capacitan y refuerzan el uso de las tres lenguas, como trípticos, afiches, volantes, comunicados.

La ESFM propicia diferentes actividades e investigaciones para la recuperación de las lenguas que se encuentran en proceso de extinción y que pertenecen a su contexto territorial.

La ESFM establece contacto con actores y actoras que manejan la lengua en extinción y desarrolla estrategias para difundir su uso.

Se favorece el desarrollo de las lenguas originarias en coordinación con el Instituto Plurinacional de Estudio de la Lengua y Cultura (IPELC).

En la ESFM se impulsa la producción de textos en lenguas originarias en las especialidades que corresponden.

Lineamiento 6. Incorporación de las Tecnologías de la Información y Comunicación en el proceso formativo como herramienta que apoya los procesos de transformación educativa

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Significa que en la ESFM se hace uso de las TIC como recurso educativo y herramienta de trabajo en los procesos formativos a través de programas educativos, recursos didácticos u otros que coadyuvan la formación estudiantil y fortalecen los conocimientos del equipo docente.

Resultados Esperados

Los docentes recurren al uso de las TIC para el desarrollo de los procesos formativos mediante el uso de plataformas virtuales, foros de discusión, blogs, etc.

La ESFM cuenta con un Centro de TIC para la capacitación a las actoras y actores de la institución y recurre a estos medios para comunicarse con el entorno, mejorar su productividad y capacidad de gestión.

En la ESFM se producen materiales educativos digitalizados que coadyuvan los procesos formativos como parte de la política curricular.

Se cuenta con un equipo encargado de planear, desarrollar y pro-mover el uso de las TIC en las ESFM como herramienta formativa.

La ESFM cuenta con una biblioteca virtual de acceso general que es alimentada periódicamente por el equipo de TIC al que recurren docentes y estudiantes como apoyo a los procesos formativos.

Lineamientos en el Ámbito InstitucionalOrganizacional Comunitario

Lineamiento 1. Plan Estratégico Institucional Comunitario consolidado y en plena ejecución

La ESFM cuenta con un PEIC que orienta las distintas estrategias y acciones en lo académico curricular y en lo institucional organizacional, que da sentido al quehacer institucional y que ha sido construido comunitariamente mediante un proceso dialógico con amplia participación de todos los estamentos de la institución y de las organizaciones sociales del contexto, en el que han aportado

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desde sus saberes y conocimientos. En el que todas y todos en su conjunto se sienten comprometidos en su ejecución porque expresa el sentir y las esperanzas de transformación social y del entorno.

Resultados Esperados

La ESFM cuenta con un equipo de gestión liderizado por los tres directivos y representantes de los estamentos y organizaciones sociales para la elaboración, ejecución y evaluación del PEIC.

La ESFM cuenta con su PEIC construido en el marco del MESCP y con participación comunitaria de las y los actores de los diferentes estamentos y de las organizaciones del entorno.

El PEIC refleja los acuerdos comunitarios que orientan los objetivos, metas y todo el quehacer institucional.

Los directivos, docentes, personal administrativo, de servicio y estudiantes conocen la visión y misión de la ESFM y conocen las estrategias y actividades propuestas en el PEIC.

El POA de la ESFM ha sido elaborado en el marco de lo establecido en el PEIC y se ajusta a las estrategias y actividades definidas.

El PEIC se ejecuta a través de los PESP que permiten dar respuestas de solución a las necesidades, demandas y expectativas del contexto2.

Lineamiento 2. Relaciones de horizontalidad, reciprocidad y complementariedad en la administración y gestión educativa

Significa participación democrática y corresponsable en la planificación y en la toma de decisiones; significa respeto a los diversos roles que cumplen las y los actores, lo que permite generar una cultura y clima institucional de convivencia armónica entre sus integrantes y una actitud positiva hacia el trabajo comunitario en el que todas y todos sus integrantes se apoyan y colaboran mutuamente y se complementan de forma recíproca.

2. Ministerio de Educación: Currículo de Formación de Maestras y Maestros del Sistema Educativo Plurinacional, 2011: 67.

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Resultados Esperados

La ESFM cuenta con una estructura organizacional acorde a su oferta académica y un marco normativo, que asumiendo los principios del MESCP, orienta y regula los procesos de gestión académica y de gestión institucional.

En la ESFM se planifica, organiza, ejecuta y evalúa comunitaria-mente con participación equitativa, igualitaria, representativa y rotativa de todos los estamentos (directivos, docentes, estudian-tes, personal administrativo y de servicio) y de la comunidad3.

Se cuenta con mecanismos institucionalizados de participación de los diferentes estamentos en la toma de decisiones de forma consensuada e igualitaria a través de sus representantes y con respeto a las opiniones divergentes.

Se han conformado equipos de trabajo comunitario en el que todas y todos aportan desde sus saberes y conocimientos para la realización de las diversas acciones cotidianas.

Se cuenta con mecanismos de coordinación y articulación entre estamentos para el mejor desarrollo de las actividades.

Se respetan los roles de las y los distintos actores y se establecen espacios de reunión con participación comunitaria.

Existe un clima de convivencia entre las y los actores de la comunidad y se gestionan los conflictos mediante el diálogo lo que contribuye al cumplimiento de los objetivos institucionales.

Lineamiento 3. Gestión transparente y participativa con rendición de cuentas a la comunidad, con un sistema de correspondencia, de información académica y administrativa confiable, ágil y oportuno.

En las ESFM existen reglas claras y conocidas en todos los procesos académicos e institucionales, con apertura permanente a la entrega

3. “El proceso de descolonización del Estado se da a partir de la participación social en las decisiones, donde el pueblo ejerce el poder social y es responsable de su propio desarrollo entendiéndose el poder como servicio, es decir “mandar obedeciendo”. Ministerio de Educación: Compilado de Documentos Curriculares, 2008: 27.

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de información comprensible, fidedigna, relevante y oportuna que permite y estimula el control social; con rendición de cuentas de forma regular a la comunidad. Todo ello basado en la práctica de valores sociocomunitarios y la normativa vigente.

Resultados Esperados

La ESFM ha definido comunitariamente los principios y valores que orientan el quehacer institucional y que son de conocimiento general.

La gestión institucional organizacional y la gestión académica curricular en la ESFM se basa en la práctica de los principios y valores sociocomunitarios definidos comunitariamente.

El equipo directivo, representantes docentes y representantes estudiantes brindan información sobre el trabajo desempeñado en su gestión y rinden cuentas de forma pública sobre el manejo de recursos económicos de manera regular de acuerdo a parámetros establecidos normativamente.

Existen reglas claras y conocidas por todas y todos en el ejercicio de las funciones de directivos, docentes y estudiantes y en el cumplimiento de las mismas.

Se trabaja en el fortalecimiento de capacidades de las actoras y actores de los distintos estamentos, mediante procesos de capacitación para una gestión transparente.

La ESFM cuenta con un sistema de correspondencia y de información académica y administrativa pública y confiable al que todas y todos pueden acceder y que permite dar respuestas de forma ágil y oportuna.

Lineamiento 4. Establecimiento de convenios, acuerdos y alianzas estratégicas4 con instituciones públicas, privadas y con organizaciones sociales que favorecen la vinculación de los procesos formativos a las demandas del entorno y su transformación

4. Por su carácter desconcentrado, estos convenios, acuerdos y alianzas es-tratégicas, deberán contar con la aprobación del Ministerio de Educación.

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La ESFM trabaja en la comunidad, a través de mecanismos de interacción y relacionamiento con las y los actores y organizaciones sociales locales para el establecimiento de sinergias que contribuyen a la identificación de las necesidades y demandas del contexto con el fin de dar respuestas de solución a los problemas planteados y contribuir a la transformación de la comunidad.

Resultados Esperados

La ESFM cuenta con un mapeo de actoras y actores y organizaciones sociales del entorno y con la identificación de las y los actores clave según la legitimidad e influencia que ejercen.

Se cuenta con una estrategia de vinculación con las y los actores interesados y con quienes toman decisiones y se establecen contactos iniciales para identificar intereses comunes que posibiliten un trabajo articulado y el desarrollo de sinergias.

La ESFM interactúa con los actores y organizaciones sociales y establece alianzas estratégicas comunitarias que se formalizan mediante convenios con instituciones de carácter público, privado o con otras ESFM para el logro de los objetivos.

La ESFM interactúa de forma regular con la comunidad y establece relaciones de reciprocidad que mediante la práctica educativa comunitaria permiten dar respuesta a las necesidades y demandas del contexto.

Lineamiento 5. Existencia de un sistema de monitoreo, acompañamiento y evaluación de la calidad del servicio educativo que brinda la institución

Significa que la ESFM cuenta con procesos establecidos, técnicas e instrumentos que permiten hacer: el monitoreo, entendido como el acopio de información, verificando el cumplimiento de los indicadores de calidad en función de los insumos, procesos y productos esperados; el acompañamiento, entendido como la asesoría o asistencia técnica proporcionada a las y los docentes; y la evaluación, entendida como la valoración del desempeño

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directivo, docente, administrativo, de servicio y estudiantil, para la toma de decisiones.

Resultados Esperados

En la ESFM se cuenta con un plan de acciones de monitoreo, acompañamiento y evaluación que se implementa de acuerdo a un cronograma para la toma de decisiones oportunas y pertinentes.

Existe un equipo comunitario para el monitoreo, acompañamiento y evaluación de la calidad del servicio, con técnicas e instrumentos para evaluar la gestión curricular y la gestión institucional.

Al menos dos veces al año se hace un análisis de los resultados obtenidos en los procesos de evaluación y se desarrolla un plan de mejoramiento que establece los ajustes pertinentes.

La ESFM asume el reglamento de evaluación del desempeño directivo, docente, administrativo y de servicio de acuerdo a los lineamientos establecidos desde el Ministerio de Educación.

Al menos el 90% del personal directivo, docente y administrativo cumple con los requisitos de pertinencia académica, cumple el perfil para el cargo y realiza su labor de acuerdo a lo establecido en el manual de funciones.

Lineamiento 6. Uso adecuado, custodia y mantenimiento de la infraestructura, equipamiento, herramientas y materiales de la institución

A partir de la participación de todas y todos sus actores, la ESFM asume medidas y acciones para precautelar, proteger y conservar en buen estado y funcionamiento la infraestructura, el equipamiento, las herramientas y los materiales con los que cuenta.

Resultados Esperados

La ESFM cuenta con un marco normativo que orienta y regula el adecuado uso de la infraestructura, equipamiento,

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herramientas y materiales educativos con los que cuenta y que define las instancias encargadas de supervisar su utilización.

Las y los integrantes de la ESFM cuidan y preservan la infraestructura y hacen mantenimiento permanente, desde un trabajo comunitario.

Las y los integrantes de la comunidad realizan gestiones para la dotación de equipamiento, herramientas y materiales educativos acorde a su oferta académica, ante las instancias pertinentes.

La ESFM hace mantenimiento, repara, repone y renueva de forma regular, el equipamiento, las herramientas y materiales educativos con los que cuenta.

MATRIZ PARA LA VERIFICACIÓN

Ámbitos Linea-mientos Resultados Esperados

Académico Curricular Comuni-tario

Académico Curricular Comunitario

•Realización de debates, coloquios, con-versatorios, conferencias, ferias u otros sobre las problemáticas de educación y del entorno, sobre temas y contenidos curriculares y sobre la práctica docente.

•Conformacióndecírculosdereflexiónyespacios comunitarios educativos, para el aprendizaje comunitario y la construc-ción de saberes y conocimientos.

•LaESFMcuentaconcomunidadesIEPC– PEC conformadas por directivos, do-centes y estudiantes para la construcción, innovación y renovación permanente del proceso formativo.

•Existen espacios de interacción y con-vivencia con la comunidad en los que se abordan problemáticas del contexto terri-torial de la ESFM y se identifican respues-tas de solución y acciones concretas.

•Se cuenta con un plan de acciones y uncronograma que establece las actividades y los momentos de trabajo comunitario.

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Lineamiento 2. ESFM que se apropia de su territorio, interactúa y lo transfor-ma.

•Existe un equipo comunitario deinvestigación con liderazgo de la o el Coordinador de la IEPC – PEC.

•Generación de espacios derelacionamiento con los vecinos o comunarios y con las organizaciones del contexto territorial y establecimiento de alianzas estratégicas.

•Diagnóstico participativo comunitariode la realidad del contexto para identifi-car las necesidades y demandas.

•Se definen los temas generadores queserán priorizados en el PESP de acuerdo a las necesidades, problemáticas y demandas.

•DiseñoparticipativodelPESPyestable-cimiento de un plan de acción.

•Realización de encuentros con lacomunidad para intercambiar puntos de vista y reflexiones sobre la implementación del PESP y presentar avances y resultados.

Lineamiento 3. Investi-gación y ge-neración de pensamiento educativo propio desde los saberes y conocimien-tos y desde los obtenidos a través de la práctica educativa comunitaria.

•Interacción de las actoras y actores dela ESFM con la comunidad, lo que que permite comprender su cosmovisión.

•Se cuenta con un banco de temas deinvestigación actualizado y construido con la comunidad.

•Existe un plan de desarrollo de laIEPC - PEC según reglamentación establecida desde el ME y construida con participación comunitaria.

•Diálogopermanenteconpersonalidadesde la comunidad para recuperar sus saberes y conocimientos.

•Sistematización de las investigacionesrealizadas y las experiencias de la IEPC - PEC ligadas a los PESP, publicación y difusión, para su aplicación según el contexto y para generar nuevos conocimientos.

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•LaESFMcuentaconinvestigacionesqueaportan al conocimiento que se vinculan a los saberes y conocimientos de otros contextos.

Lineamiento 4. Existen-cia de un sistema de acompaña-miento, apo-yo técnico y evaluación a la imple-mentación del currículo de FM en base a los lineamientos definidos desde el ME.

•La ESFM cuenta con procedimientospara el acompañamiento, apoyo técnico y evaluación a la implementación del currículo de FM.

•Presencia de un equipo comunitariopara el acompañamiento y apoyo a la implementación del currículo de FM.

•Se cuenta con un plan de acciones yun cronograma de acompañamiento pedagógico, apoyo técnico y evaluación a la implementación del currículo de FM.

•Evaluaciónsemestralalaimplementacióndel currículo de FM y ajustes para mejorar la calidad de los procesos formativos.

Lineamiento 5. Formación de maestras y maestros con manejo oral y escrito de tres lenguas.

•Uso gradual de tres lenguas, valoraciónde las características culturales de las mismas y comprensión de su cosmovisión.

•Incorporación gradual del uso oral yescrito de la lengua originaria.

•Ejecucióndetallerescomplementariosdelengua originaria que fortalencen su uso y recuperación.

•Textualizacióndeaulas, salones, teatros,talleres, etc., en tres idiomas para difundir y poner en práctica las tres lenguas.

•Usodediferentesestrategiasdecomuni-cación y difusión que incentivan, capaci-tan y refuerzan el uso de las lenguas.

•Promocióndeactividadeseinvestigacionespara la recuperación de las lenguas que se encuentran en proceso de extinción.

•LaESFMestablececontactoconactoresyactoras que manejan las lenguaa en

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extinción y desarrollan estrategias para difundir su uso.

•Desarrollo de las lenguas originarias encoordinación con el Instituto Plurina-cional de Estudio de la Lengua y Cultura (IPELC).

•Impulso a la producción de textos enlenguas originarias en las especialidades que corresponden.

Lineamiento 6. Incorpo-ración de las TIC en el proceso for-mativo como herramienta que apoya los procesos de trans-formación educativa.

•Los docentes recurren al uso de lasTIC para el desarrollo de los procesos formativos.

•SecuentaconunCentrodeTICparalacapacitación y se recurre a estos medios para mejorar la capacidad de gestión.

•En la ESFM se producen materialeseducativos digitalizados que coadyuvan los procesos formativos.

•Se cuenta con un equipo encargado deplanear, desarrollar y promover el uso de las TICs como herramienta formativa.

•La ESFM cuenta con una bibliotecavirtual de acceso general que es alimentada periódicamente por el equipo de TIC.

Institucio-nal orga-nizacional comuni-tario

Lineamiento 1. PEIC consolidado y en plena ejecución.

•LaESFMcuenta conunequipodeges-tión liderizado por los tres directivos y representantes de los estamentos y orga-nizaciones sociales para la elaboración, ejecución y evaluación del PEIC.

•Construcción del PEIC en elmarco delMESCP y con participación comunitaria de todos estamentos y de las organizacio-nes del entorno.

•ElPEICreflejalosacuerdoscomunitariosque orientan los objetivos, metas y todo el quehacer institucional.

•Los directivos, docentes, personaladministrativo, de servicio y estudiantes conocen la visión y misión de la ESFM

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y conocen las estrategias y actividades propuestas en el PEIC.

•El POA de la ESFM ha sido elaboradoen el marco de lo establecido en el PEIC y se ajusta a las estrategias y actividades definidas.

•El PEIC se ejecuta a través de losPESP que permiten dar respuestas a necesidades, demandas y expectativas del contexto.

Lineamiento 2. Relaciones de hori-zontalidad, reciprocidad y comple-mentariedad en la admi-nistración y gestión educativa.

•La ESFM cuenta con una estructuraorganizacional acorde a su oferta académica y un marco normativo que orienta y regula los procesos de gestión académica e institucional.

•Se planifica, organiza, ejecuta y evalúacon participación equitativa, igualitaria, representativa y rotativa de estamentos y comunidad.

•Existen mecanismos institucionalizadosde participación comunitaria en la toma de decisiones, consensuada e igualitaria y con respeto a las opiniones divergentes.

•Existen equipos de trabajo comunitarioen el que todas y todos aportan desde sus saberes y conocimientos para la realización de acciones.

•Existen mecanismos de coordinación yarticulación entre estamentos.

•Serespetanlosrolesdelasylosdistintosactores y se establecen espacios de reunión con participación comunitaria.

•Existeunclimadeconvivenciayseges-tionan los conflictos mediante el diálo-go.

Lineamiento 3. Gestión transparente y participati-va con

•Definición principios y valores queorientan el quehacer institucional.

•Gestión institucional y curricular conbase en la práctica de los principios y valores sociocomunitarios.

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rendición de cuentas a la comuni-dad, con un sistema de correspon-dencia, de información académica y administrati-va confiable, ágil y opor-tuna.

•Se informa sobre el trabajodesempeñado por los representantes de cada estamento y se rinden cuentas de forma pública.

•Existen reglas claras y conocidas enel ejercicio de las funciones y en el cumplimiento de las mismas.

•Setrabajaenelfortalecimientodecapa-cidades, mediante capacitación para una gestión transparente.

•Se cuenta con un sistema decorrespondencia y de información académica y administrativa pública y confiable.

Lineamiento 4. Estable-cimiento de convenios, acuerdos y alianzas estratégi-cas5 con instituciones públicas, privadas y con orga-nizaciones sociales que favorecen la vincula-ción de los procesos formativos a las demandas del entorno y su transfor-mación.

•LaESFMcuentaconunmapeodeactorasy actores y organizaciones sociales del entorno y con la identificación de actores clave según la legitimidad e influencia que ejercen.

•Secuentaconunaestrategiadevincula-ción con las y los actores interesados, con quienes toman decisiones y estable-cen contactos para identificar intereses comunes y un trabajo articulado.

•Interacciónconactoresyorganizacionessociales, establecimiento de alianzas estratégicas comunitarias mediante convenios.

•La ESFM interactúa con la comunidady establece relaciones de reciprocidad que mediante la práctica educativa comunitaria permiten dar respuesta a las necesidades y demandas del contexto.

5. Por su carácter desconcentrado, estos convenios, acuerdos y alianzas estratégicas, deberán contar con la aprobación del Ministerio de Educación.

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Lineamiento 5. Existen-cia de un sistema de monitoreo, acompaña-miento y evaluación de la calidad del servicio educativo que brinda la institución.

•Se cuenta con un plan de accionesde monitoreo, acompañamiento y evaluación implementado de acuerdo a un cronograma para la toma de decisiones oportunas y pertinentes.

•Existe un equipo comunitario parael monitoreo, acompañamiento y evaluación de la calidad del servicio, con técnicas e instrumentos para evaluar la gestión curricular e institucional.

•Al menos dos veces al año se hace unanálisis de los resultados obtenidos en los procesos de evaluación y se desarrolla un plan de mejoramiento que establece los ajustes pertinentes.

•La ESFM asume el reglamento deevaluación del desempeño directivo, docente, administrativo y de servicio de acuerdo a los lineamientos establecidos desde el ME.

•Almenosel90%delpersonaldirectivo,docente y administrativo cumple requi-sitos de pertinencia académica, el perfil para el cargo y realiza su labor según lo establecido en el manual de funciones.

Lineamien-to 6. Uso adecuado, custodia y manteni-miento de la infraestruc-tura, equi-pamiento, herramientas y materiales de la institu-ción

•LaESFMcuentaconunmarconormativoque orienta y regula el adecuado uso de la infraestructura, equipamiento, herramientas y materiales educativos con los que cuenta.

•Cuidado,preservaciónymantenimientopermanente de la infraestructura de la ESFM desde un trabajo comunitario.

•Las y los integrantes de la comunidadrealizan gestiones para la dotación de equipamiento, herramientas y materiales educativos acorde a su oferta académica.

•La ESFM hace mantenimiento, repara,repone y renueva, el equipamiento, herramientas y materiales educativos con los que cuenta.

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General

de las

Reglamento

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TÍTULO IGeneralidades

CapÍTULO ÚnICO

Artículo 1. (Objeto). El presente Reglamento General de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros tiene por objeto establecer el marco normativo de estas Casas Superiores de Estudio mediante el establecimiento de lineamientos generales de funcionamiento.

Artículo 2. (Marco Legal). El Reglamento General de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros, se basa en las siguientes disposiciones legales:

Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, de 7 de febrero de 2009.

Ley Nº 070 de la Educación Avelino Siñani – Elizardo Pérez, de 20 de diciembre de 2010.

Ley Nº 04 de Lucha contra la corrupción, enriquecimiento ilícito e investigación de fortunas Marcelo Quiroga Santa Cruz, de 31 de marzo de 2010.

Ley Nº 045 Contra el racismo y toda forma de discriminación de 08 de octubre de 2010.

Decreto Supremo Nº 04688 de Reglamento del Escalafón Nacional del Servicio de Educación, de 18 julio 1957.

Decreto Supremo Nº 0156 de Creación del Sistema Plurina-cional de Formación de Maestros, de 06 de junio de 2009.

Decreto Supremo Nº 328 de Reconocimiento de la Lengua de Señas Boliviana, de 14 de octubre de 2009.

Decreto Supremo Nº 29272 de Plan Nacional de Desarrollo, de 12 de septiembre de 2007.

Decreto Supremo Nº 29894 de Organización del Órgano Ejecutivo, de 07 de febrero de 2009,

Decreto Supremo Nº 25255 de Administración de Personal del Servicio de Educación Pública de 18 de diciembre de 1998.

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Decreto Supremo Nº 25745 de Modificación Administración de Personal de Servicio de Educación Pública, de 20 de Abril de 2000.

Resolución Ministerial Nº 062/00 de Reglamento de la Carrera Administrativa del Servicio de Educación Pública, de 17 de febrero del 2000.

Y otras normas conexas.

Artículo 3. (Contenido, alcance y aplicación). El presente Reglamento General contiene el marco normativo aplicado a las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y sus Unidades Académicas; alcanza a las y los estudiantes, al personal directivo, docente, administrativo y de servicio y es de aplicación en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia.

TÍTULO IIsubsistema de educación superior de Formación proFesional

CapÍTULO IGeneralidades

Artículo 4. (Educación Superior de Formación Profesional). Es el espacio educativo de formación profesional, de recupe-ración, generación y recreación de conocimientos y sa-beres, expresado en el desarrollo de la ciencia, la tecno-logía, la investigación y la innovación, que responde a las necesidades y demandas sociales, económicas, producti-vas y culturales de la sociedad y del Estado Plurinacional.

Artículo 5. (Objetivos).

1. Formar profesionales con compromiso social y conciencia crítica al servicio del pueblo, que sean capaces de resolver problemas y transformar la realidad articulando, teoría, práctica y producción.

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2. Desarrollar investigación, ciencia, tecnología e innovación para responder a las necesidades y demandas sociales, culturales, económicas y productivas del Estado Plurinacional, articulando los conocimientos y saberes de los pueblos y naciones indígena originario campesinos con los universales.

3. Garantizar el acceso democrático al conocimiento, con sentido crítico y reflexivo.

4. Garantizar programas de formación profesional acorde a las necesidades y demandas sociales y políticas públicas.

5. Recuperar y desarrollar los saberes y conocimientos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas.

Artículo 6. (Estructura). La Educación Superior de Formación Profesional comprende:

a. Formación de Maestras y Maestros.b. Formación Técnica y Tecnológica.c. Formación Artística.d. Formación Universitaria.

CapÍTULO IIFormación superior de maestras y maestros

Artículo 7. (Formación Superior de Maestras y Maestros). Es el proceso de formación profesional en las dimensiones pedagógica, sociocultural y comunitaria, destinada a formar maestras y maestros para los subsistemas de Educación Regular y Educación Alternativa y Especial.

Artículo 8. (Perfil de la Maestra y Maestro del Sistema Educati-vo Plurinacional). La maestra y maestro del Sistema Educativo Plurinacional se caracteriza por tener:

1. Vocación de servicio a la comunidad, con calidad y pertinencia pedagógica y científica, con identidad cultural,

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actitud crítica, reflexiva, propositiva y contextualizada a la realidad sociocultural.

2. Capacidad para la implementación del Currículo Base del Sistema Educativo Plurinacional.

3. Capacidad para desenvolverse en cualquier ámbito de la realidad sociocultural, lingüística y geográfica; en escuelas unidocentes y pluridocentes.

4. Capacidad para aplicar en el aula las políticas intraculturales, interculturales y plurilingües emanadas desde el Ministerio de Educación.

5. Capacidad para promover un ambiente comunitario en la unidad o centro educativo y en el aula, respetando y recuperando las diversas cosmovisiones y culturas.

6. Con capacidad para el manejo de la comunicación y lenguajes: la lengua castellana, una lengua originaria y una lengua extranjera, al menos en la comunicación oral. además del manejo de otras lenguas y sistemas de comunicación, como la Lengua de Señas Boliviana y el Sistema de Escritura Braille.

7. Capacidad para promover e incentivar la identidad cultural y lingüística de las y los estudiantes y la comunidad en que se desenvuelve.

8. Hábito investigativo para recuperar, recrear, desarrollar y difundir la tecnología, ciencia, arte, valores éticos, espiritualidades, ciencias, conocimientos y saberes de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas.

9. Criticidad para decodificar la ciencia, el pensamiento, el conocimiento y pedagogía “colonizada” y construir teorías pedagógicas para la nueva educación a partir del pluralismo epistémico descolonizador.

10. Conciencia productiva y capacidad de articular la educación al trabajo de acuerdo a las necesidades locales.

11. Capacidad de formar integralmente a la mujer y hombre bolivianos, para contribuir desde su rol a la construcción del Vivir Bien.

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12. Habilidades y destrezas para incorporar las tecnologías de la información y comunicación en los procesos educativos.

13. Capacidad para generar respuestas a las necesidades educa-tivas, intereses y expectativas de personas con discapacidad, dificultades en el aprendizaje y talento extraordinario.

14. Capacidad para prevenir, detectar y realizar una intervención especializada en la atención de personas con discapacidad, dificultades en el aprendizaje y talento extraordinario.

15. Capacidad para identificar y promover las vocaciones cientí-ficas, artísticas y productivas de las y los actores educativos.

16. Capacidad de trabajar con diferentes actoras y actores sociales, conformando comunidades de niñas y niños, adolescentes, personas jóvenes, adultas y adultas mayores, con necesidades de aprendizajes emergentes de sus intereses, problemas, expectativas, necesidades y saberes; en y para el trabajo, la producción y los compromisos.

17. Práctica crítica y ética de respeto a la dignidad y derechos de las y los seres humanos; que incentivan el amor a la Patria, así como la defensa de su integridad, su soberanía y recursos naturales.

18. Conciencia de su rol en la promoción del derecho irrenunciable de retorno al mar.

Artículo 9. (Naturaleza de la Formación Superior de Maestras y Maestros). La formación de maestras y maestros es:

1. Única, en cuanto a jerarquía profesional, calidad pedagógica, científica y con vocación de servicio.

2. Intracultural, intercultural y plurilingüe.3. Fiscal y gratuita, porque el Estado asume la responsabilidad,

por constituirse en una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado.

4. Diversificada, en cuanto a formación curricular e implementación institucional, porque responde a las características económicas, productivas y socioculturales en el marco del currículo base plurinacional.

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Artículo 10. (Objetivos).

1. Formar profesionales críticos, reflexivos, autocríticos, propositivos, innovadores, investigadores; comprometidos con la democracia, las transformaciones sociales, la inclusión plena de todas las bolivianas y los bolivianos.

2. Desarrollar la formación integral de la maestra y el maestro con alto nivel académico, en el ámbito de la especialidad y el ámbito pedagógico, sobre la base del conocimiento de la realidad, la identidad cultural y el proceso socio-histórico del país.

Artículo 11. (Estructura de la Formación de Maestras y Maestros).

a. Formación Inicial de maestras y maestros. b. Formación Post gradual para maestras y maestros. c. Formación Continua de maestras y maestros.

Artículo 12. (Fundamentos de la Formación de Maestras y Maestros). La formación de maestras y maestros se basa en los siguientes fundamentos:

1. Fundamento político-ideológico: Descolonización. La formación de maestras y maestros se asienta en el desmontaje de la colonialidad como principal herramienta para transformar las estructuras de dominación y poder heredadas y contribuir a la construcción del Estado Plurinacional y del Vivir Bien.

2. Fundamento filosófico: Vivir Bien. La formación de maestras y maestros se sustenta en el Vivir Bien en comunidad, como base para construir una sociedad en la que sus ciudadanas y ciudadanos viven en armonía con la comunidad, la naturaleza, la Madre Tierra y el Cosmos, trascendiendo la búsqueda de bienestar material e individualista, por la satisfacción compartida de necesidades.

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3. Fundamento sociológico: Condición plural. La formación de maestras y maestros, reconoce la diversidad cultural y lingüística expresada en las 36 nacionalidades del Estado Plurinacional; retoma los valores, prácticas de vida y significados socialmente construidos como expresión de la reafirmación y revalorización de las identidades nacionales, como mecanismo para potenciar los saberes, conocimientos, ciencia y tecnología de las culturas.

4. Fundamento epistemológico: Pluralismo epistemológico. La formación de maestras y maestros reconoce la existencia de diversas formas de conocimiento y de diversos procedimientos para conocer la realidad; como aquellos provenientes de los saberes y conocimientos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas; interpela y relativiza el racionalismo y positivismo como únicos modos de acceder al conocimiento o como único conocimiento válido.

5. Fundamento psicopedagógico: Aprendizaje comunitario. La formación de maestras y maestros responde al modelo edu-cativo sociocomunitario productivo, se asienta en el aprendi-zaje comunitario cuyo núcleo central es la comunidad, esto significa que la enseñanza aprendizaje deja de ser una relación vertical desde quien sabe hacia quien no sabe. Los procesos formativos de maestras y maestros son de carácter práctico, teórico, valorativo y productivo, en un proceso circular.

6. Práctico, porque la experiencia de aprendizaje parte de la realidad, de la vida concreta de las y los estudiantes.

7. Teórico, porque los hechos o fenómenos de la cotidianidad son explicados desde diferentes enfoques y teorías, para construir conocimiento a partir de su comprensión.

8. Valorativo, porque desde una posición crítica y reflexiva se analizan las posibilidades de aplicación, al servicio del bien común y de la transformación de las estructuras de domi-nación y exclusión, rescatando los saberes y conocimien-tos de las naciones y pueblos indígena originario campe-sinos, comunidades interculturales y afrobolivianas.

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9. Productivo, porque la vinculación entre práctica y teoría permite la producción de bienes tangibles y/o intangibles; materiales y/o intelectuales que se concretizan en la aplicación del conocimiento, integrando saberes y conocimientos de diversas áreas en diálogo permanente.

TÍTULO IIIFormación inicial de maestras y maestros

CapÍTULO ÚnICO

Artículo 13. (Formación Inicial de Maestras y Maestros). Es el primer tramo del proceso formativo sistemático, orientado a la construcción del Estado Plurinacional y del Vivir Bien en comunidad, que permite alcanzar los conocimientos teóricos, pedagógicos, didácticos y productivos concordantes con el Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo, mediante procesos que garantizan la formación de maestras y maestros com-prometidos con la transformación social, la construc-ción de justicia e igualdad, con alto nivel académico, compromiso social, vocación de servicio y sólidos principios éticos y morales, que los habilita para el ejer-cicio docente en el Sistema Educativo Plurinacional.

Artículo 14. (Características).

1. Comprende cinco años de estudio de formación general y especializada, a cuya conclusión y cumplimiento de todos los requisitos establecidos se otorga el grado académico de licenciatura.

2. Desarrolla el compromiso político, social, ético y moral a partir de la comprensión del rol político e histórico que tienen educadoras y educadores y la educación.

3. Forma maestras y maestros, con pensamiento crítico, reflexi-vo y propositivo, con pertenencia y pertinencia, en diversas

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especialidades, que responden a las necesidades del Subsiste-ma de Educación Regular y Educación Alternativa y Especial y a las demandas del contexto, capaces de desenvolverse en todos los ámbitos del Sistema Educativo Plurinacional.

4. Prioriza la praxis social y productiva como punto de partida para la selección y organización de los contenidos.

5. Visibiliza prácticas que generan relaciones desiguales entre se-xos como instrumento para eliminar la brecha entre géneros.

Artículo 15. (Principios). La formación de maestras y maestros asume los siguientes principios que guían los procesos formativos.

1. Educación descolonizadora, liberadora, revolucionaria, antiimperialista, despatriarcalizadora y transformadora, porque apunta a la emancipación, reafirmación social, política, económica, cultural, lingüística, espiritual y educativa de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas y elimina todo tipo de discriminación étnica, racial, de género, social, cultural, religiosa, lingüística, política y económica, en el acceso y permanencia en el sistema educativo.

2. Educación comunitaria, democrática, participativa y de consensos, porque mantiene el vínculo con la vida, generando prácticas educativas inclusivas y participativas, que se internalizan en capacidades y habilidades de acción para el bien común y por ser acción de transformación sociocultural, política y económica, en un proceso de aprendizaje y práctica del Vivir Bien.

3. Educación intracultural, intercultural y plurilingüe, porque reivindica, fortalece y desarrolla las identidades culturales de las naciones y pueblos indígena originario, campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas; promueve y fortalece la interrelación y convivencia comunitaria entre los diversos pueblos y culturas del mundo y busca el desarrollo de las lenguas de diversas culturas como valioso instrumento de

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comunicación, integración, complementación, transmisión de saberes y producción de conocimientos.

4. Educación productiva y territorial, porque está orientada al desarrollo de capacidades, habilidades, producción de bienes materiales e intelectuales, tangibles e intangibles y desarrollo sostenible para la producción, conservación, manejo y defensa de los recursos naturales, en el marco de las vocaciones, cadenas de producción y potencialidades productivas locales, regionales y departamentales articulando el entorno educativo con el entorno sociocomunitario de modo que la frontera entre ambas desaparezcan.

5. Educación científica, técnica, tecnológica y artística, porque desarrolla ciencia y tecnología a partir de la investigación aplicada a la producción desde la valoración de los saberes y conocimientos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas en todos los campos y áreas de saberes y conocimientos, orientada a la resolución de problemas locales, socioculturales, económicos y a la innovación tecnológica. Asimismo, es artística porque desarrolla capacidades y habilidades de expresión, creatividad y sensibilidad personal y social.

TÍTULO IVescuelas superiores de Formación de maestras y maestros

CapÍTULO Idisposiciones Generales

Artículo 16. (Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros).

I. Son comunidades de construcción de pensamiento educativo propio y producción de conocimiento pedagógico crítico, que forman profesionales con compromiso social y vocación de servicio, comprometidos con una formación descolonizadora, productiva, comunitaria, intracultural,

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intercultural y plurilingüe y con la transformación de la educación desde sus bases para hacer de ella instrumento de liberación y emancipación que contribuye a la construcción del nuevo Estado Plurinacional.

II. Son instituciones desconcentradas, de carácter fiscal y gratuito, dependientes del Ministerio de Educación, mediante el Subsistema de Educación Superior de Formación Profesional que, a través de la Dirección General de Formación de Maestros establece las políticas, los lineamientos y las estrategias operativas oficiales a ser implementadas.

Artículo 17. (Unidades Académicas). Son extensiones dependien-tes de las Escuelas Superiores de Formación de Maes-tras y Maestros cuya autoridad superior es la Coordi-nadora o Coordinador de la Unidad Académica, quien tiene dependencia jerárquica de la Directora o Director General de la Escuela Superior de Formación de Maes-tras y Maestros en el ámbito de la gestión educativa.

Artículo 18. (Exclusividad de la Formación de Maestras y Maestros). Las únicas instituciones autorizadas para ofertar y desarrollar programas académicos de formación inicial de maestras y maestros son las siguientes Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y sus Unidades Académicas:

Departa-mento

Escuelas Superiores de Formaciónde Maestras y Maestros y Unidades

Académicas del Estado PlurinacionalSede

Chuquisaca •EscuelaSuperiordeFormacióndeMaes-tras y Maestros Mariscal Sucre

Sucre(Ciudad)

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaes-tras y Maestros Simón Bolívar Cororo

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaes-tras y Maestros Franz Tamayo Villa Serrano

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La Paz •EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Mcal. Andrés de Santa Cruz y Calahumana

La Paz(Ciudad)

- Unidad Académica Ancocagua Ancocagua

- Unidad Académica Avelino Siñani Corpa

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Simón Bolívar

La Paz(Ciudad)

- Unidad Académica Caranavi Caranavi

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros en Educación Física y Deportes Antonio José de Sucre

La Paz(Ciudad)

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Tecnológica y Humanística El Alto

El Alto(Ciudad)

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Santiago de Huata

Santiago de Huata

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Warisata Warisata

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Villa Aroma Lahuachaca

Cocha-bamba

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Ismael Montes Vacas

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Manuel Ascencio Villarroel

Paracaya

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Simón Rodríguez Quillacollo

- Unidad Académica Cercado Cercado

- Unidad Académica Villa Tunari Villa Tunari

- Unidad Académica Tarata Tarata

- Unidad Académica Sacaba Sacaba

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Oruro •EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Ángel Mendoza Justiniano

Oruro(Ciudad)

- Unidad Académica Corque Corque

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros René Barrientos Ortuño

Caracollo

- Unidad Académica Machacamarca Machaca-marca

- Unidad Académica Pampa Aullagas Pampa Aullagas

Potosí •EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Eduardo Avaroa

Potosí (Ciu-dad)

- Unidad Académica Atocha Telamayu

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Mariscal Andrés de Santa Cruz

Chayanta

- Unidad Académica San Luis de Sacaca

San Luis de Sacaca

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros José David Berríos Caiza D

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Franz Tamayo Llica

Tarija •EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Juan Misael Saracho

Canasmoro

- Unidad Académica Tarija Tarija (Ciu-dad)

- Unidad Académica Gran Chaco Yacuiba

Santa Cruz •EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Enrique Finot

Santa Cruz (Ciudad)

- Unidad Académica Vallegrande Vallegrande

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Rafael Chávez Ortiz Portachuelo

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- Unidad Académica San Julián San Julián

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Pluriétnica del Oriente y Chaco

Camiri

- Unidad Académica Charagua Charagua

• EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Multiétnica Indígena de Concepción

Concepción

Beni •EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Clara Parada de Pinto

Trinidad (Ciudad)

- Unidad Académica Multiétnica Lorenza Congo

San Ignacio de Mojos

•EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Riberalta Riberalta

Pando •EscuelaSuperiordeFormacióndeMaestras y Maestros Puerto Rico Puerto Rico

- Unidad Académica Cobija Cobija

- Unidad Académica Filadelfia Filadelfia

Artículo 19. (Oferta Académica). La oferta académica de cada una de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y de sus Unidades Académicas, se determina en función de las necesidades del contexto local, depar-tamental y nacional; por ello, la apertura de especialida-des depende de las demandas y necesidades del entorno.

Artículo 20. (Fines de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros).

1. Contribuir a la consolidación de la educación descolonizadora como herramienta para garantizar la transformación de la realidad y la construcción de una sociedad justa, armoniosa, sin discriminación, ni explotación, con pleno acceso y justicia social fundada en el Vivir Bien en comunidad.

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2. Consolidar la revolución educativa proyectando el nuevo rol que las maestras y maestros tienen como sujetos comprometidos en la transformación de la educación en todos sus niveles y modalidades, articulada a las actividades económicas de la comunidad, a las demandas de producción y desarrollo local.

3. Contribuir a la consolidación del Modelo Educativo Socio-comunitario Productivo que rompa esquemas mentales in-dividualistas, racistas y discriminadores, que se articule a la vida a partir de la práctica de los valores sociocomunitarios y de la revalorización de las culturas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades intercultura-les y afrobolivianas, en diálogo intercultural permanente.

4. Fortalecer la intraculturalidad, interculturalidad y el plurilingüismo, contribuyendo a la consolidación de la identidad cultural de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas.

5. Desarrollar la investigación educativa y producción de conocimientos y la práctica educativa comunitaria como herramientas de transformación de la realidad a partir de la complementación entre saberes y conocimientos propios y universales en una relación de diálogo permanente.

6. Promover conocimientos técnicos y tecnológicos para fortalecer los procesos pedagógicos.

7. Construir pensamiento y conocimiento pedagógico crítico, orientado a la reflexión sobre los problemas del entorno y a la transformación del contexto al que pertenecen, con la finalidad de dar respuestas de solución a través de la producción de conocimientos tangibles y/o intangibles en beneficio de la comunidad.

8. Responder con responsabilidad social a las necesidades y exigencias del Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario y a las realidades cambiantes del país, la región y el mundo.

9. Formar profesionales idóneos, con compromiso social, vocación de servicio y con disposición a impulsar el proceso

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de transformaciones profundas del Estado en lo social, cultural, económico, político, técnico y tecnológico.

Artículo 21. (Funciones).

1. Lograr calidad en la formación de sus egresadas y egresados y en los servicios que prestan a la comunidad, la región y el país para alcanzar el reconocimiento a nivel nacional e internacional.

2. Fomentar la excelencia académica en sus actividades esta-bleciendo sistemas de planificación, evaluación, seguimien-to y monitoreo a los procesos formativos desarrollados.

3. Aplicar los lineamientos de la política educativa en el ámbito de la educación superior y de la formación de maestras y maestros para la consolidación del Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo.

4. Implementar el Currículo de Formación de Maestras y Maestros y hacer los ajustes de acuerdo a las características contextuales territoriales de la región, departamento y localidad.

5. Desarrollar procesos de formación inicial en concordancia con los lineamientos emanados desde el Ministerio de Educación orientados a la transformación de la realidad para Vivir Bien.

6. Formar maestras y maestros con vocación de servicio a la sociedad y al Estado Plurinacional, maestras y maestros con conciencia social, que vinculan la teoría con la práctica productiva.

7. Fortalecer la identidad y desarrollo cultural de los pueblos indígenas originarios campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas en su contexto local y nacional difundiendo sus conocimientos y saberes orientado al entendimiento y enriquecimiento intercultural e intracultural.

8. Apoyar la investigación educativa y producción de conocimientos, así como la práctica educativa comunitaria en docentes y estudiantes a través de la implementación de

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proyectos educativos socioproductivos de corto, mediano o largo plazo, que respondan a las necesidades locales y nacionales.

9. Fortalecer la diversidad cultural y lingüística de los pueblos indígenas originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas, difundiendo sus saberes y conocimientos.

10. Proponer procesos de transformación educativa para enri-quecer y consolidar el modelo educativo sociocomunitario productivo y el Estado Plurinacional.

11. Identificar las necesidades y demandas del contexto y contribuir a dar respuesta a partir del diálogo permanente con las y los actores de la comunidad.

Artículo 22. (Atribuciones).

1. Ofertar especialidades en el ámbito de la formación docente y desarrollar los currículos por especialidades en cumplimiento de los lineamientos establecidos desde el Ministerio de Educación para la formación inicial de maestras y maestros.

2. Elaborar y/o modificar sus normas de organización y funcionamiento en concordancia con las directrices y lineamientos definidos por el Ministerio de Educación.

3. Sugerir propuestas de ajustes a los currículos por especialidades para la formación de maestras y maestros definidos desde el Ministerio de Educación.

4. Elaborar, aprobar y gestionar el Plan Estratégico Institucional Comunitario y el Plan Operativo Anual según lineamientos establecidos y en estricto cumplimiento de la normativa.

5. Evaluar el impacto de los procesos formativos desarrollados y el proceso de gestión implementado.

6. Establecer espacios de articulación con las organizaciones del contexto territorial y establecer alianzas estratégicas para un trabajo articulado.

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7. Suscribir acuerdos, alianzas estratégicas y convenios interinstitucionales con organizaciones sociales, instituciones públicas y privadas que permitan la consolidación del Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo.

CapÍTULO IIestructura orGanizativa de las escuelas superiores de Formación de maestras y maestros

Artículo 23. (Estructura Organizacional). Con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de la formación de maestras y maestros, las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y sus Unidades Académicas cuentan con una estructura organizativa que contribuye a desarrollar las potencialidades y capacidades de su personal, así como el uso adecuado de los recursos.

Artículo 24. (Niveles en la Estructura Organizacional). Existen diferentes niveles de participación en las Escuelas Su-periores de Formación de Maestras y Maestros y Uni-dades Académicas, cada uno con facultades y atribucio-nes diferenciadas que se encuentran especificadas en el Manual de Organización y Funciones de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros.

CapÍTULO IIIconsejos en las escuelas superiores de Formación de maestras y maestros

Artículo 25. (Consejos como instancias de participación). Se reconoce al Consejo Educativo Comunitario, Consejo Institucional y Consejo Académico como órganos con participación y facultades para el control social, consulta y toma de decisiones de acuerdo a lo establecido en reglamento específico.

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Artículo 26. (Normativa Específica). Los aspectos referidos a la creación, conformación, funcionamiento, atribuciones y otros aspectos vinculados a cada uno de los consejos, serán regulados a través de normativa específica.

CapÍTULO IVorGanización curricular de las escuelas superiores de Formación de maestras y maestros

Artículo 27. (Características del Currículo de Formación de Maestras y Maestros). El Currículo de Formación Inicial de Maestras y Maestros se caracteriza por ser holístico, dinámico, sistémico e integral. Está dirigido a la formación crítica, reflexiva, propositiva y eman-cipadora de maestras y maestros, para lograr la cohe-sión, construcción y consolidación del Modelo Educa-tivo Sociocomunitario Productivo y formar maestras y maestros con compromiso social, respeto a la Madre Tierra, capaces de transformar su práctica a través de una formación intracultural, intercultural y plurilin-güe, social, ideológica y política para Vivir Bien.

Artículo 28. (Enfoque del Currículo de Formación de Maestras y Maestros). El Currículo de Formación de Maestras y Maestros se caracteriza por responder a un enfoque:

1. Descolonizador, porque busca la afirmación identitaria de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas potenciando sus saberes y conocimientos y mediante la liberación de las formas contemporáneas de colonialismo.

2. Integral y holístico, porque promueve una formación a partir del desarrollo del Ser, porque educa en y desde los valores sociocomunitarios; del Saber, porque desarrolla capacidades cognitivas; del Hacer, porque se da a partir de la práctica misma; del Decidir porque focaliza la educación de

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una voluntad comunitaria con incidencia social. Y porque alude a la educación en la comprensión del todo y evita la tendencia a educar desde lo fragmentario.

3. Comunitario, porque toma como base los saberes y conocimientos de los pueblos y culturas de Bolivia, para potenciar los procesos educativos. Desde esta perspectiva el conocimiento surge desde una práctica permanente de aprendizaje comunitario en la vida, de la vida y orientada al Vivir Bien, que toma en cuenta el contexto, por lo que la construcción, producción y difusión de saberes y conocimientos no están fuera de la comunidad, sino que responden a las necesidades y problemáticas de ella.

4. Productivo, porque permite poner en práctica los saberes y conocimientos, desarrollar cualidades y capacidades dirigidas a la transformación de la matriz productiva, para desarrollar y dotarnos de otros medios de vida y desarrollar las potencialidades y vocaciones productivas territoriales.

Artículo 29. (Espacios de Formación). El Currículo de Formación de Maestras y Maestros se organiza bajo un sistema anualizado, articulado a la Investigación Educativa y Producción de Conocimientos y a la Práctica Educati-va Comunitaria. Consta de dos espacios de formación:

a. Un espacio de formación general, común a todas las espe-cialidades de la oferta académica.

b. Un espacio de formación especializada, diferenciada de acuerdo a la especialidad optada.

CapÍTULO Vadministración y Gestión en las escuelas superiores de Formación de maestras y maestros

Artículo 30. (Características de la administración y gestión en las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros).

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I. Las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros son responsables de establecer y coordinar acciones educativas, de desarrollo sociocomunitario productivo que beneficien a las personas y colectividades del departamento y sus regiones.

II. En el nivel autonómico las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros podrán apoyarse con recursos provenientes de los Gobiernos Departamentales para el desarrollo de programas educativos.

III. Asimismo podrán promover espacios de coordinación para apoyar la gestión participativa.

Artículo 31. (Principios de la administración y gestión educativa en la Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros). La gestión educativa en las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros se sustenta en los siguientes principios:

I. Participación, democracia y comunitarismo, respetando los roles específicos que cumplen las distintas actoras y actores; impulsando la participación plena y en igualdad de condiciones, sin privilegios para unos en desmedro de otros.

II. Horizontalidad en la toma de decisiones, mediante la implementación de nuevas formas de ejercicio del poder, desde un manejo desjerarquizado y responsable de la autoridad, en el que las decisiones se toman de forma consensuada mediante un ejercicio comunitario.

III. Equitativa y complementaria, a través de la generación de condiciones para superar desigualdades y enfoques homogeneizadores, para el logro de mejores resultados.

IV. Transparencia y rendición de cuentas de las y los responsables de la administración y gestión, mediante la apertura a la entrega de información permanente, comprensible, fidedigna, relevante y oportuna que permita y estimule el control social.

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Artículo 32. (Plan Estratégico Institucional Comunitario como herramienta de gestión). Se reconoce el Plan Estratégico Institucional Comunitario como instrumento de gestión que orienta el camino y las acciones de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros, para responder a los desafíos del contexto y alcanzar la excelencia académica. Es la expresión de los acuerdos institucionales establecidos con el propósito de lograr sus fines y objetivos.

Artículo 33. (Elaboración del Plan Estratégico Institucional Comu-nitario). La construcción del Plan Estratégico Institucio-nal Comunitario se realiza mediante un trabajo comuni-tario, articulado y sistemático con amplia participación de todos los estamentos y de la comunidad territorial.

Las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros, elaborarán su Plan Estratégico Institucional Comunitario cada tres años, mediante un proceso dia-lógico en el que todas y todos aportan desde sus saberes y conocimientos. Se elaborará con participación plena y equitativa de los estamentos y con participación de los re-presentantes de las organizaciones sociales del contexto.

Artículo 34. (Ámbitos del Plan Estratégico Institucional Comunitario). Son los espacios en base a los cuales las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros organizan la construcción del Plan Estratégico Institucional Comunitario. Estos ámbitos son:

1. Ámbito Académico Curricular Comunitario.2. Ámbito Institucional Organizacional Comunitario.

Artículo 35. (Equipo de gestión). El liderazgo en el proceso de elaboración del Plan Estratégico Institucional Comunitario será asumido por el equipo directivo, por

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un representante del plantel docente, un representante del plantel estudiantil y un representante de las organizaciones sociales, quienes convocarán a las y los distintos actores de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros y de la comunidad y organizaciones sociales del entorno para su construcción.

Artículo 36. (Seguimiento, monitoreo, acompañamiento y evaluación a la implementación del Plan Estratégico Institucional Comunitario). Que consiste en la verificación del cumplimiento de lo planificado; la recopilación de información haciendo seguimiento a los indicadores previstos; la asistencia al desarrollo de acciones y la valoración de los resultados obtenidos con el fin de efectuar medidas de ajuste que ayuden al logro de los objetivos planteados.

CapÍTULO VIapoyo técnico de recursos y servicios

Artículo 37. (Financiamiento de la Educación). El Sistema Educativo Plurinacional de Formación de Maestras y Maestros será financiado por el Estado Plurinacional, a través de recursos del Tesoro General del Estado y recursos del Impuesto Directo de los Hidrocarburos (IDH) asignados a los gobiernos departamentales según corresponda.

Artículo 38. (Financiamiento con Recursos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos). En concordancia con el Decreto Supremo Nº 28421 de 21 de octubre de 2005, que en su Artículo 2 modifica el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 28223, referido a la distribución del Impuesto Directo a los Hidrocarburos - IDH: los Institutos Normales Superiores e Institutos Técnicos Públicos podrán ser objeto de inversión con fondos

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del IDH asignados a las Prefecturas. (Artículo 2 del D.S. 28421, de modificación del Artículo 8 del D.S. 28223, Parágrafo II, Inciso a., Numeral 2.iii.a.

Considerando que el Artículo 2, Parágrafo 1 del D.S. Nº 0156 del 6 de junio del 2009 establece que los Institutos Normales Superiores, la Escuela Normal Técnica y los Institutos Normales Superiores de Educación Alternativa se transforman en Escuelas Superiores de Formación de Maestros y Maestras, y que la Disposición Transitoria Décima Segunda en su Inciso 2, de la Sección de Disposiciones Transitorias de la Ley Nº 031 de 19 de julio de 2010 señala que se sustituye en lo que corresponde Prefectura Departamental por Gobierno Autónomo Departamental; corresponde a las Gobernaciones Autónomas Departamentales cumplir lo establecido en las leyes vigentes.

Artículo 39. (Convenios Interinstitucionales). En el marco de lo establecido en el Artículo 80, numeral 1, inciso b y nu-meral 2 inciso b de la Ley Nº 70, Ley de la Educación Avelino Siñani – Elizardo Pérez, las Escuelas Superio-res de Formación de Maestras y Maestros podrán a través del Ministerio de Educación y su Máxima Auto-ridad Ejecutiva, firmar convenios interinstitucionales con los gobiernos departamentales y/o municipales de su contexto territorial.

TÍTULO VréGimen académico

CapÍTULO Imodalidades de admisión

Artículo 40. (Naturaleza y propósito del Proceso de Admisión). La admisión es el proceso por el cual las y los

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postulantes adquieren la condición de estudiantes regulares de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros. Consiste en la selección de bachilleres que reúnan las capacidades, aptitudes y actitudes requeridas para iniciar estudios en la carrera docente y que cuenten con disponibilidad para el estudio a tiempo completo.

Artículo 41. (Modalidades de Admisión). Las modalidades de admisión serán normadas mediante reglamento específico.

Artículo 42. (Listas oficiales). Se entiende por listas oficiales, la nómina difundida públicamente por el Ministerio de Educación, en la que se encuentran registrados las y los bachilleres admitidos como resultado del proceso de admisión.

Artículo 43. (Inscripción de postulantes admitidos). Las inscrip-ciones de las y los postulantes admitidos en cada una de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y en las especialidades ofertadas, se reali-zarán única y exclusivamente en base a listas oficiales.

Artículo 44. (Nulidad de inscripciones al margen de las listas oficiales). Toda inscripción realizada al margen de las listas oficiales carece de validez y es nula automáticamente. Esta situación podrá efectivizarse en cualquier momento del proceso formativo, sin derecho a reclamo alguno por parte de la persona que hubiere incurrido en este hecho.

Todo personal directivo, docente, administrativo o de servicio que hubiere participado en la admisión irregular de estudiantes será sujeto a proceso en la instancia jurisdiccional pertinente.

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Artículo 45. (Normativa Específica). Los aspectos referidos al proceso de postulación, admisión, matriculación e inscripción se regularán de acuerdo a normativa espe-cífica.

CapÍTULO IImodalidad de estudio y calendario académico

Artículo 46. (Modalidad de Estudio de la Formación Inicial de Maestras y Maestros). La modalidad de estudio de la formación inicial de maestras y maestros es presencial.

Por la naturaleza de la formación inicial de maestras y maestros se establece que la modalidad de estudio en esta etapa de formación es de carácter presencial, debiendo las y los estudiantes, cumplir para la apro-bación de las Unidades de Formación un porcentaje mínimo de asistencia del 85% de las clases efectivas.

Artículo 47. (Calendario académico y período lectivo). La definición del calendario académico y el periodo lectivo es responsabilidad del Ministerio de Educación, siendo las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros las instancias encargadas de velar su cumplimiento.

CapÍTULO IIIinvestiGación educativa y producción de conocimientos y práctica educativa comunitaria

Artículo 48. (Definición de Investigación Educativa y Producción de Conocimientos). La Investigación Educativa y Producción de Conocimientos (IEPC) es un proceso integral, de carácter descolonizador, emprendedor, innovador y creativo, que contribuye a la formación profesional de maestras y maestros en las dimensiones

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del ser, saber, hacer y decidir. Se constituye en un eje que forma parte del proceso formativo.

Artículo 49. (Definición de Práctica Educativa Comunitaria). La Práctica Educativa Comunitaria (PEC) es el proceso sistemático, holístico y descolonizador, de gestión comunitaria y gestión educativa de aula, que promueve acciones compartidas para vincular la educación a las demandas locales de producción orientadas a dar respuesta a las necesidades, intereses y aspiraciones sociocomunitarias.

Artículo 50. (Normativa Específica). Los aspectos específicos referidos a su aplicación serán regulados a través de reglamento específico.

CapÍTULO IVevaluación del proceso Formativo

Artículo 51. (Evaluación del Proceso Formativo). La evaluación del proceso formativo de las y los estudiantes en su formación integral, se realizará en el marco de la excelencia académica que constituye la principal característica de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros. La concepción, metodología e instrumentos de evaluación del proceso formativo, se enmarcan en los objetivos y los criterios de evaluación establecidos en el Currículo de Formación de Maestras y Maestros. Las y los docentes son responsables de la elaboración, aplicación y procesamiento de los instrumentos de evaluación del aprendizaje y enseñanza, con objetividad, confiabilidad, validez, transparencia e imparcialidad.

En el caso de estudiantes con algún tipo de discapacidad la maestra o maestro tomará en cuenta

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sus características, debiendo adaptar la evaluación del proceso formativo.

Artículo 52. (Normativa Específica). Los aspectos específicos sobre el proceso de evaluación del proceso formativo serán regulados a través de un reglamento específico.

CapÍTULO Vlicencias, reincorporaciones y transFerencias

Artículo 53. (Licencia Académica). Es el permiso temporal concedi-do oficialmente a la o el estudiante para discontinuar o justificar la ausencia a sus estudios por el tiempo máximo de una gestión académica. Se otorga a partir del segundo año de formación aprobado salvo casos establecidos.

Artículo 54. (Reincorporación). Es el retorno de la o el estudiante a la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica, para la continuación de sus estudios profesionales una vez cumplido el plazo otorgado en la licencia académica temporal, voluntaria u obligatoria en concordancia con lo establecido en la normativa correspondiente.

Artículo 55. (Transferencia). Es el cambio, justificado y excepcio-nal otorgado, -por la Directora o Director General de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maes-tros, previa consideración del caso por la Directora o Director Académico, Coordinadora o Coordinador de Unidad Académica-, a la o el estudiante para conti-nuar su formación docente. Este trámite debe ser rea-lizado antes del período de inscripciones de la gestión.

Artículo 56. (Normativa Específica). Los aspectos específicos re-feridos a las licencias, reincorporaciones y transferen-cias serán regulados mediante reglamento específico.

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CapÍTULO VImodalidades de Graduación

Artículo 58. (Definición). La graduación es la etapa de culminación del proceso de formación inicial de maestras y maestros, que concluye con la defensa y presentación del trabajo en alguna de las modalidades de graduación establecidas en el reglamento respectivo, luego de haber cumplido con todos los requisitos.

Artículo 59. (Normativa Específica). Las modalidades de gradua-ción y los aspectos específicos de cada una de las moda-lidades serán regulados mediante reglamento específico.

CapÍTULO VIIGrado académico

Artículo 60. (Obtención del Grado Académico). Para poder acce-der al grado académico de licenciatura la o el estudian-te deberá haber concluido satisfactoriamente los planes de estudios correspondientes, cumplir con alguna de las modalidades de graduación y todos los requisitos estable-cidos, además de realizar los trámites correspondientes.

Las modalidades de graduación y los procedimientos para la obtención del grado académico serán normados por el Ministerio de Educación en normativa específica.

Artículo 61. (Diploma Académico). El Diploma Académico será otorgado por la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros y refrendado por el Ministerio de Educación una vez cumplidos todos los requisitos establecidos.

Artículo 62. (Título Profesional). El Título Profesional es el documento oficial otorgado por el Ministerio de

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Educación a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia, previo cumplimiento de los requisitos establecidos para el efecto. El Ministerio de Educación otorgará el Título de Maestro con el grado académico de Licenciatura y su respectivo reconocimiento en el Escalafón del Magisterio.

TÍTULO VIreGimen estudiantil

CapÍTULO Iconvivencia y permanencia estudiantil

Artículo 63. (Normas Convivencia y Permanencia Estudiantil). Se entiende por normas de Convivencia y Permanencia Estudiantil al conjunto de reglas que organizan y regu-lan la estadía de las y los estudiantes de las Escuelas Su-periores de Formación de Maestras y Maestros y Unida-des Académicas durante el período que cursan estudios.

Artículo 64. (Permanencia). Permanecerán en calidad de estudiantes, quienes hayan cumplido con los requisitos de postulación, admisión, matriculación e inscripción establecidos por el Ministerio de Educación y satisfagan las condiciones académicas e institucionales de permanencia.

Artículo 65. (Normativa Específica). Los aspectos específicos sobre la Convivencia y Permanencia Estudiantil se establecerán en un reglamento específico.

CapÍTULO IIbienestar estudiantil

Artículo 66. (Bienestar Estudiantil). Se entiende por bienestar estudiantil al conjunto de acciones dirigidas a fortalecer

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el desarrollo personal y social de las y los estudiantes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros; comprende las políticas, planes y proyectos que promueven mejores condiciones de desarrollo integral de las y los estudiantes.

Artículo 67. (Normativa Específica). Los aspectos específicos sobre el bienestar estudiantil se regularán mediante reglamento específico.

TÍTULO VIIréGimen del personal docente

CapÍTULO ÚnICO

Artículo 68. (Docentes de Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros).

I. Son profesionales docentes con sólida formación sociopolítica, psicopedagógica, didáctica, disciplinar y en valores ético morales, que se desenvuelven bajo los lineamientos de la Constitución Política del Estado Plurinacional, la Ley Avelino Siñani – Elizardo Pérez, el Reglamento General de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros, normas conexas y directrices emanadas del Ministerio de Educación.

II. Cuentan con Título Profesional de Maestra o Maestro, con grado académico igual o superior a la licenciatura y con acreditada experiencia y pertinencia académica en la especialidad y nivel en el que ejercen la docencia, además de ejercer funciones a tiempo completo y con dedicación exclusiva.

Artículo 69. (Designación del Personal Docente). El personal docente de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros podrá ser designado:

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a. Como resultado de un proceso de institucionalización anunciado a través de convocatoria pública. Con un período de tres años en el ejercicio del cargo, al cabo de los cuales fenecen sus funciones.

b. Como resultado de una compulsa de méritos anunciada mediante convocatoria pública. Con un período de seis meses hasta un máximo de tres años en el ejercicio del cargo, al cabo de los cuales fenecen sus funciones.

c. Como resultado de una invitación directa, solamente en aquellos casos en los que, luego de haber efectuado la convocatoria a institucionalización o a compulsa de méritos en dos ocasiones consecutivas se haya declarado desierta y consecuentemente no se haya logrado cubrir el cargo.

Artículo 70. (Requisitos para ser institucionalizado). Podrán institucionalizarse solamente aquellos docentes que cumplan con todos los requisitos establecidos según convocatoria pública. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos impedirá la institucionalización en el cargo docente.

Artículo 71. (Evaluación del desempeño docente). Es un proceso sistemático, periódico, integral y holístico que busca identificar el desempeño de los docentes en el marco de la implementación gradual del Modelo Educativo Sociocomunitario y reconocer los aspectos que necesitan ser mejorados.

Artículo 72. (Tiempo de permanencia en el cargo designado). Cualquiera sea la forma de designación del personal docente, la permanencia en el cargo por el tiempo estipulado, estará sujeta a evaluación de desempeño. Las y los docentes que sean evaluados negativamente en dos ocasiones consecutivas serán removidos del cargo.

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TÍTULO VIIIréGimen del personal administrativo y de servicio

CapÍTULO ÚnICO

Artículo 73. (Personal Administrativo de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros).

I. Son profesionales con suficiente solvencia para el ejercicio en el cargo y sólidos valores ético morales, que se desenvuelven bajo los lineamientos de la Constitución Política del Estado Plurinacional, Ley Avelino Siñani – Elizardo Pérez, el Reglamento General de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros, normas conexas y las directrices emanadas del Ministerio de Educación.

II. Según el cargo ocupado, tienen grado académico a nivel técnico medio, técnico superior, licenciatura o de postgrado. Cuentan con acreditada y vasta experiencia, según lo establecido en el Manual de organización y funciones.

Artículo 74. (Personal de Servicio de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros).

I. Son personas que como mínimo cuentan con formación como bachiller, además de capacidad para el ejercicio del cargo y sólidos valores ético morales.

II. Cuentan con experiencia y cumplen con los requisitos establecidos para el cargo según lo establecido en el Manual de Organización y funciones.

Artículo 75. (Designación del Personal Administrativo y de Servicio). El personal administrativo y de servicio de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros podrá ser designado:

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a. Como resultado de un proceso de institucionalización anunciado a través de convocatoria pública. Con un período de tres años en el ejercicio del cargo, al cabo de los cuales fenecen sus funciones.

b. Como resultado de una compulsa de méritos anunciada mediante convocatoria pública. Con un período de seis meses hasta un máximo de tres años en el ejercicio del cargo, al cabo de los cuales fenecen sus funciones.

d. Como resultado de una invitación directa, solamente en aquellos casos en los que, luego de haber efectuado la convocatoria a institucionalización o a compulsa de méritos en dos ocasiones consecutivas, se haya declarado desierta y consecuentemente no se haya logrado cubrir el cargo.

Artículo 76. (Requisitos para ser institucionalizado). Podrán institucionalizarse en un cargo administrativo o de servicio solamente quienes cumplan con todos los requisitos establecidos según convocatoria pública. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos impedirá la institucionalización en el cargo.

Artículo 77. (Evaluación del Desempeño). Es un proceso sistemático, periódico, integral y holístico que busca identificar el desempeño del personal directivo, coordinadores y personal administrativo en el marco de la implementación gradual del Modelo Educativo Sociocomunitario, de la gestión institucional y cumplimiento de objetivos para reconocer los aspectos que necesitan ser mejorados.

Artículo 78. (Tiempo de permanencia en el cargo designado). Cualquiera sea la forma de designación del personal directivo, coordinadores y personal administrativo, la permanencia en el cargo estará sujeta a evaluación de desempeño. Las personas que sean evaluadas

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negativamente en dos ocasiones consecutivas serán removidas de su cargo.

TÍTULO IXréGimen disciplinario y/o administrativo

CapÍTULO ÚnICO

Artículo 79. (Comisión de faltas). Según la gravedad, la comisión de faltas por cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa de una Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, será pasible a proceso disciplinario según la instancia correspondiente.

Artículo 80. (Tribunales Disciplinarios). A inicios de gestión, cada Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, conformará su Tribunal Disciplinario y/o Administrativo que deberá estar conformado de acuerdo a Numeral V del Art. 62 de la R.M. 062/2000.

Director/a General, como Presidente del Tribunal. Un representante de las y los docentes, como Fiscal

Promotor (elegido de una terna, por voto directo del plantel docente de la ESFM, de preferencia docente abogada o abogado).

Un representante de la Federación de Estudiantes, como Secretario/a Actuario/a.

Artículo 81. (Deberes del Tribunal Disciplinario y/o Adminis-trativo). El Tribunal Disciplinario y/o Administrativo deberá ejercer sus funciones enmarcado en los prin-cipios y valores éticos de honestidad, imparcialidad, transparencia, responsabilidad y eficiencia funciona-ria que garanticen el debido proceso.

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76

TÍTULO Xacompañamiento y evaluación a la Gestión educativa

CapÍTULO ÚnICO

Artículo 82. (Acompañamiento y evaluación). Consiste en la verificación del cumplimiento de los lineamientos establecidos normativamente; el apoyo técnico proporcionado al personal directivo, docente y administrativo de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros, y la valoración de la gestión educativa. Se efectúa en sujeción a lineamientos establecidos por el Ministerio de Educación.

Tiene por finalidad verificar la calidad de los procesos de gestión educativa en el marco del Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo a fin de realizar los ajustes que permitan a las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros alcanzar la excelencia académica.

Artículo 83. (Planificación, implementación y elaboración de Informe). El acompañamiento y evaluación a la gestión educativa estará sujeta a una planificación participativa generada desde la Dirección General, Académica y Administrativa de la respectiva Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros en la que definirán las acciones, cronograma y responsabilidades. Al final de la gestión, estas instancias elevarán un Informe Escrito Integral dirigido a la Dirección General de Formación de Maestros con los resultados obtenidos.

Artículo 84. (Normativa Específica). El procedimiento para el acompañamiento y evaluación de la gestión educativa en las ESFM será previsto en reglamento específico.

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77

TÍTULO XIpatrimonio institucional, inFraestructura y equipamiento

CapÍTULO ÚnICO

Artículo 85. (Patrimonio Institucional). Se constituye en patri-monio de la institución todos los bienes y recursos con los que cuenta la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros. Está constituidos por:

1. Los bienes muebles e inmuebles que tienen carácter indivisible, inalienable, imprescriptible, inembargable e intransferible.

2. Las máquinas, herramientas, equipamiento de computación, laboratorio y otros con los que cuenta la institución.

3. El material bibliográfico y demás recursos en sus diferentes soportes técnicos.

4. El presupuesto que otorga anualmente el Estado a través del Tesoro General de la Nación y de los Gobiernos Autónomos Departamentales.

5. Los recursos destinados a la Institución por disposiciones legales de carácter especial.

6. Los recursos provenientes de actividades de las distintas unidades académicas y administrativas.

7. Los recursos obtenidos provenientes de la venta de bienes y servicios, matrículas, derechos, valores y otros.

8. Las rentas emergentes de arrendamiento de sus bienes.9. Los legados y donaciones.

Artículo 86. (Gestiones sobre la Titularidad del Derecho Propietario de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros). La o el Director General de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, en coordinación con el Ministerio de Educación, realizará todas las gestiones legales necesarias para mantener actualizados los títulos de propiedad de los bienes inmuebles. En aquellos

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casos en los que la titularidad del bien inmueble no esté regularizada, gestionará el derecho propietario a través de las instancias pertinentes.

Artículo 87. (Custodia, conservación y mantenimiento). Las Es-cuelas Superiores de Formación de Maestras y Maes-tros son responsables de la custodia, conservación y mantenimiento de su patrimonio material e inmate-rial y tienen la obligación de hacer un buen uso del mismo, velando por su conservación y mejora.

Artículo 88. (Registro e inventariación del Patrimonio). Las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros como entidades desconcentradas del Ministerio de Educación administran sus recursos en estricto cumplimiento de las normas vigentes y tienen la responsabilidad de cuidar de todos sus bienes y la obligación de llevar un registro e inventario de todo su patrimonio que anualmente, a principios de gestión, elevarán al Ministerio de Educación.

Artículo 89. (Normativa Específica). Los aspectos referidos a la custodia, conservación, mantenimiento, registro e inventariación del patrimonio institucional de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros, serán previstos en reglamentos específicos.

TÍTULO XIIresolución de conFlictos

CapÍTULO ÚnICO

Artículo 90. (Instancia encargada de la resolución de conflictos). Los conflictos al interior de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros se resolverán siguiendo el curso regular y los procedimientos internos establecidos. En primera instancia, serán las

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propias Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros a través de las diferentes instancias internas establecidas quienes darán respuesta a las diversas peticiones y conflictos que se presenten.

Solamente como último recurso después que se hayan agotado todas las instancias internas establecidas se podrá recurrir al Ministerio de Educación a través de la Dirección General de Formación de Maestros.

Artículo 91. (Resolución de Conflictos). Las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros priorizarán en primera instancia los procedimientos alternativos en la resolución de los conflictos según la gravedad de los mismos.

TÍTULO XIII

disposiciones transitorias

PRIMERA. El presente reglamento entrará en vigencia plena a partir de su aprobación por el Ministerio de Educación.

SEGUNDA. El Ministerio de Educación elaborará y aprobará los Reglamentos necesarios para la regulación de la Formación de Maestras y Maestros.

TÍTULO XIVdisposiciones deroGatorias y abroGatorias

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Marco Normativo.

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Organización

y Funcionesde las

Manual de

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I. Objetivo

Coadyuvamos a la transformación educativa en las Escuelas Supe-riores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas del Estado Plurinacional, desde la consolidación e implementación de la nueva estructura organizacional,el manual de organización y funciones que se constituyen en herramientas básicas para el desa-rrollo de una gestión educativa comunitaria y descolonizadora.

II. Base legal

Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia de7 de febrero de 2009.

Ley Nº 070, “Avelino Siñani – Elizardo Pérez de 20 de diciembre de 2010.

Ley Nº 04, Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz” de 31 de marzo de 2010.

Ley 2027,“Estatuto del Funcionario Público” de 27 de octubre de 1999.

Ley Nº 045 ,“Contra el racismo y toda forma de discriminación” de 08 de octubre de 2010.

Ley Nº 2026,“Código del Niño, Niña y Adolescente” de 27 de Octubre de 1999.

Decreto Supremo Nº 04688, Reglamento del Escalafón Nacional del Servicio de Educación de 18 julio 1957.

Decreto Supremo Nº 0156, Creación del Sistema Plurinacio-nal de Formación de Maestros, constituido por las Escuelas Superiores de Formación de Maestros de 06 de junio de 2009.

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Decreto Supremo Nº 29272,Plan Nacional de Desarrollo de 12 de septiembre de 2007.

Decreto Supremo Nº 29894,Organización del Órgano Ejecutivo que establece la estructurajerárquica del Ministerio de Educación, conformada por los Viceministerios de Educación Regular, de Educación Alternativa y Especial y de Educación Superior de Formación Profesional de 7 de febrero de 2009.

Decreto Supremo Nº 23318-A, Responsabilidad por la Función Pública de 20 de julio de 1990.

Decreto Supremo Nº 26237,Modificación al Reglamento de Responsabilidad por la Función Pública de 29 de junio de 2001.

Decreto Supremo Nº 25255,Administración de Personal del Servicio de Educación Pública de 18 de diciembre de 1998.

Decreto Supremo Nº 25745,Modificación Administración de Personal de Servicio de Educación Pública de 20 de Abril de 2000.

Resolución Suprema Nº 212414,Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio Fiscal de 21 abril de 1993.

Resolución Ministerial Nº 062/00,Reglamento de la Carrera Administrativa del Servicio de Educación Pública de 17 de febrero del 2000.

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III. Estructura Organizacional D

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IV. Siglas utilizadas en el Manual de Funciones

Para agilizar la lectura el texto, el presente documento contiene siglas cuyo detalle es el siguiente:

SIGLAS SIGNIFICADO

ME Ministerio de EducaciónDGFM Dirección General de Formación de MaestrosESFM Escuela Superior de Formación de Maestras y MaestrosUA Unidad AcadémicaPEIC Plan Estratégico Institucional ComunitarioPEC Práctica Educativa ComunitariaIEPC Investigación Educativa y Producción de ConocimientosPESP Proyecto Educativo SocioproductivoMESP Modelo Educativo Sociocomunitario ProductivoLASEP Ley Avelino Siñani - Elizardo PérezSIFM Sistema de Información de Formación de Maestros

V. Descripción de Cargos

CARGO: DIRECTORA O DIRECTOR GENERAL

Es la autoridad superior en la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros (ESFM) que, en trabajo comunitario planifica, organiza, desarrolla y evalúa el conjunto integral de actividades relacionadas con la administración y gestión educativas de la ESFM. Es designada o designado por el Ministerio de Educación, como resultado de un proceso de institucionalización o compulsa de méritos efectuados mediante convocatoria pública.

Se encuentra bajo la dependencia directa de la Dirección General de Formación de Maestros, del Viceministerio de Educación Superior de Formación Profesional del Ministerio de Educación, tiene bajo su dependencia a la Directora o Director Académico, Administrativo y

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Financiero, Coordinadora o Coordinador de Unidad Académica, Ase-sora o Asesor Legal y Secretaria o Secretario de la Dirección General.

Requisitos indispensables

1. Ser boliviana o boliviana.2. Poseer Título Profesional de Maestra o Maestro Normalista.3. Contar con Título Profesional de Licenciatura en Ciencias

de la Educación, Pedagogía, Administración Educativa u otra relacionada al ámbito educativo.

4. Contar con Maestría en Educación Superior, Gestión Educativa, Administración Educativa u otra relacionada al ámbito educativo.

5. Contar con Segunda Categoría calificada en el Sistema Edu-cativo Plurinacional y no menos de 200 puntos de méritos.

6. Poseer como mínimo tres años de experiencia en el desem-peño de cargos jerárquicos en el Sistema Educativo Pluri-nacional. Esto significa el ejercicio del cargo de Directora o Director Institucionalizado de Unidad Educativa.

7. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.

8. Conocimiento del sistema de legislación vigente.9. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

10. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Pensamiento y gestión estratégica prospectiva de la ESFM como institución de educación superior.

2. Planificación estratégica situacional; diseño, ejecución y evaluación de Proyectos Educativos Socioproductivos.

3. Manejo pleno del Currículo de Formación de Maestras o Maestros y del Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo.

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4. Liderazgo en la planificación, desarrollo, monitoreo, supervisión y evaluación de procesos formativos.

5. Experiencia en investigación educativa.6. Manejo de Microsoft office.7. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.8. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos

que componen la comunidad de la ESFM.9. Trabajo en comunidades productivas.

10. Análisis y solución constructiva de conflictos.11. Creatividad, dinamismo e innovación.12. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia a la ESFM.

Atribuciones

1. Convoca y preside el Consejo Institucional y el Consejo Educativo Social Comunitario.

2. Suscribe acuerdos, alianzas estratégicas y contratos interinstitucionales con organizaciones sociales, instituciones públicas y privadas sobre temas relacionados a la gestión educativa comunitaria de la ESFM.

3. Firma los documentos emitidos por la ESFM, tanto en lo que concierne a trámites académicos y administrativos, así como documentos requeridos por el Ministerio de Educación y otras instituciones nacionales y extranjeras.

4. Aprueba propuestas relacionadas al ámbito académico y ad-ministrativo.

5. Remite la memoria anual de la gestión educativa comunitaria de la ESFM, balance general, ejecución presupuestaria e infor-mes a las instancias correspondientes del Ministerio de Edu-cación, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.

6. Firma la posesión de los memurándum de designación del personal docente, administrativo y de servicio, según las normas y procedimientos vigentes.

7. Designa una Directora o Director General a.i. en casos de ausencia justificada (en correspondencia al orden jerárquico).

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8. Ejerce la representación institucional ante otras instancias y en actos oficiales.

9. Aprueba la compra de activos fijos, materiales e insumos y la contratación de servicios según cuantías y procedimientos establecidos.

10. Firma las órdenes de pago y los cheques.11. Delega funciones propias de su cargo al inmediato inferior,

por causales de recusación, enfermedad, viajes, comisiones asignadas u otros casos extremos, previa autorización de la DGFM.

Funciones

1. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

2. Conforma equipo de trabajo con la Directora o Director Académico, Directora o Director Administrativo y Financiero, Coordinadores y comunidad educativa de la ESFM en procura de alcanzar los objetivos institucionales a través de un conjunto de acciones encaradas con solvencia profesional y compromiso con las transformaciones del Estado Plurinacional.

3. Cumple y hace cumplir las disposiciones legales, académicas y de gestión institucional para el logro de los objetivos de la formación de maestras o maestros expresados en la normativa vigente.

4. Propone líneas de acción, programas y proyectos, en los ámbitos de su competencia, a las autoridades superiores para su respectiva consideración.

5. Trabaja en comunidades productivas con directivos, coordinadores, docentes, estudiantes y comunidad del entorno de la ESFM en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan Estratégico Institucional Comunitario (PEIC).

6. Desarrolla el PEIC en trabajo comunitario, participativo y de consenso, dentro de la ESFM, UA y con las organizaciones e instituciones de su contexto de intervención, coadyuvando

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a una exitosa implementación de la IEPC-PEC y los Proyectos Educativos Socioproductivos.

7. Elabora el Plan Operativo Anual (POA) y el Presupuesto de la ESFM y UA, en coordinación con la Directora o Director Académico, Directora o Director Administrativo y Financiero, los estamentos docentes, administrativos y estudiantiles precautelando su cumplimiento.

8. Propone al Ministerio de Educación, conjuntamente el equipo de Directivos de la ESFM la firma de convenios con organizaciones e instituciones de la comunidad para la implementación de los Proyectos Educativos Socioproductivos y otros programas y proyectos que hacen a la gestión educativa comunitaria de la ESFM.

9. Propicia, mediante diferentes mecanismos de trabajo participativo, la producción, publicación y difusión de investigaciones relacionadas con la IEPC-PEC, actividades de implementación del currículo, experiencias innovadoras en gestión educativa comunitaria, etc.

10. Trabaja en equipo con Dirección Académica, Administrativa y la comunidad educativa que conforma la ESFM para la realización de la evaluación de desempeño de directivos, coordinadores, personal docente, administrativo y de servicio, a partir de las orientaciones emanadas del Ministerio de Educación.

11. Coordina, conjuntamente el equipo de directivos, con la Unidad Especializada de Formación Continua (UNEFCO) y Universidad Pedagógica el desarrollo de procesos complementarios de Formación Inicial y Programas de Formación Continua de Maestras y Maestros en Servicio y Post Gradual de Maestras y Maestros en servicio.

12. Realiza de manera participativa, acciones de seguimiento, apoyo técnico, monitoreo y evaluación a la gestión educativa comunitaria de la ESFM, empleando las estrategias participativas más adecuadas.

13. Garantiza la disposición de medios necesarios que contribuyan al logro de una gestión comunitaria exitosa.

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14. Vela por el uso adecuado de los recursos de la ESFM, en el conjunto integral de los programas formativos oferta-dos.

15. Cumple y hace cumplir las recomendaciones de auditoría.16. Realiza rendiciones de cuentas en audiencias públicas a

las organizaciones sociales y sociedad civil, dos veces en la gestión académica, con documento de respaldo.

17. Planifica conjuntamente el equipo de directivos, acciones de apoyo, seguimiento y evaluación a la gestión institucional, académica y administrativa financiera de las UA dependientes de la ESFM, programando como mínimo una visita al mes.

18. Realiza tareas delegadas por la Dirección General de Formación de Maestros (DGFM), dando estricto cumplimiento a requerimiento solicitado en los tiempos solicitados.

19. Es responsable de realizar procesos de compulsa interna, bajo la supervisión y acompañamiento de la DGFM.

20. Organiza y preside el tribunal disciplinario de la ESFM.21. Salvaguarda los bienes a su cargo.

CARGO: SECRETARIA O SECRETARI0 DE LADIRECCIÓN GENERAL

Es el apoyo ejecutivo a la Dirección General de la ESFM, y está encargada o encargado de llevar el archivo, la correspondencia y toda la documentación, así como la comunicación de asuntos de interés oficial.

Se encuentra bajo la dependencia directa de la Directora o Director General de la ESFM y realiza el seguimiento al trabajo desempeñado por el personal de mensajería y limpieza asignado a su área.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.

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2. Poseer Título Profesional de Secretaria o Secretario Ejecutivo.

3. Experiencia de trabajo, no menor de dos años, en el área de su formación.

4. Conocimiento del sistema legislativo vigente.5. Dominio en el manejo de Microsoft office.6. Manejo oral de una lengua originaria del Estado

Plurinacional.7. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

8. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Trabajo en comunidades productivas.3. Análisis y solución constructiva de conflictos.4. Creatividad, dinamismo e innovación.5. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.6. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Organiza la oficina de la Directora o Director.2. Administra y archiva la correspondencia.3. Maneja la agenda de trabajo de la Directora o Director Ge-

neral a fin de optimizar la atención al público, la programa-ción de reuniones de trabajo, la firma de documentos, etc.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en

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la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Mantiene confidencialidad en el manejo de la documentación y de la información institucional.

3. Coadyuva al cumplimiento de objetivos institucionales desempeñando con responsabilidad y compromiso las funciones inherentes al cargo.

4. Trabaja con eficiencia en procedimientos de recepción y respuesta de correspondencia.

5. Elabora informes de acuerdo a solicitud expresa de la Directora o Director General de la ESFM.

6. Establece relaciones de trabajo con las diferentes instancias académicas y administrativas de acuerdo al requerimiento.

7. Atiende llamadas telefónicas, coordina visitas, brinda información y facilita la comunicación en la ESFM en forma oportuna.

8. Recibe y despacha oportunamente trámites de estudiantes sobre legalizaciones, transferencias, incorporaciones y otros similares en los tiempos establecidos en el reglamento.

9. Apoya en la recopilación de información y antecedentes para el cumplimiento de tareas específicas de las distintas áreas vinculadas a la Dirección General.

10. Realiza la solicitud de material de escritorio y otros para el buen desarrollo de las funciones de la Dirección General.

11. Mantiene debidamente ordenado el archivo y registro de correspondencia recibida y expedida.

12. Realiza el seguimiento al trabajo desempeñado por el personal de mensajería y limpieza asignado a su área.

13. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

14. Mantiene confidencialidad, buenas relaciones con la comunidad educativa y demuestra lealtad a la ESFM.

15. Realiza todas las tareas relacionadas al cargo.

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16. Brinda trato con calidez humana a los estamentos: docente, administrativo, estudiantado y a personal ajeno a la institución.

17. Orienta adecuadamente en todo tipo de trámites académi-cos administrativos y otros inherentes a ESFM y UA.

18. Publica y difunde información académica inherente al trabajo institucional.

19. Salvaguarda los bienes a su cargo.20. Realiza otras funciones relacionadas con el cargo.

CARGO: DOCENTE – ASESORA O ASESOR LEGAL

Brinda asesoramiento de orden jurídico legal en la ESFM y UA; trabaja con los directivos, coordinadores y toda la comunidad educativa en lo concerniente a temas legales, tanto en la conducción de procesos judiciales como en la definición de soluciones de asuntos jurídicos de la institución.

Se encuentra bajo la dependencia de la Directora o Director General de la ESFM.

Requisitos indispensables

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de Maestra o Maestro Normalista.3. Poseer Título Profesional de Licenciado en Derecho, con

experiencia mínima de 3 años en el cargo de Asesor Legal en instituciones educativas públicas.

4. Poseer Registro Público de Abogado del Ministerio de Justicia.

5. Conocimiento del sistema legislativo vigente.6. Manejo oral de una lengua originaria del Estado

Plurinacional.7. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

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8. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Manejo pleno de la Ley de Administración y Control Gubernamental (Ley SAFCO), normas básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios y otras normas conexas del sector educativo.

2. Proactividad en el desempeño de sus funciones.3. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.4. Manejo de paquetes computacionales.5. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos

que componen la comunidad de la ESFM.6. Trabajo en comunidades productivas.7. Análisis y solución constructiva de conflictos.8. Creatividad, dinamismo e innovación.9. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia a la ESFM.

Atribuciones

1. Ejerce el patrocinio de la institución, ante fueros y jurisdicciones, en litigios y asuntos legales.

2. Ejerce autoridad funcional, en asuntos legales y en la adopción de recomendaciones.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Cumple y hace cumplir la normativa legal e institucional vigente.

3. Patrocina y/o realiza el seguimiento de procesos judiciales institucionales con eficiencia y responsabilidad.

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4. Custodia y actualiza la documentación de los casos jurídicos de la ESFM.

5. Atiende y resuelve causas y casos de orden jurídico que se presentasen en la ESFM.

6. Supervisa y refrenda el registro y archivo de las resoluciones institucionales, académicas y administrativas.

7. Informa sobre las disposiciones legales de interés para la institución.

8. Realiza el seguimiento al cumplimiento de disposiciones legales y normativas así como reglamentos internos, recomendaciones de la Contraloría General del Estado Plurinacional, recomendaciones de Auditoría Externa y Auditoría Interna del Ministerio de Educación, tanto para el área Administrativa como Académica.

9. Eleva informes de casos legales, sobre juicios laborales, acciones civiles y da respuestas a demandas.

10. Coadyuva en la elaboración y adecuación de los reglamentos y normas de la ESFM.

11. Ejerce asesoramiento jurídico a las Direcciones General, Académica, Administrativa Financiera, Coordinaciones Académicas y coordinaciones de la ESFM.

12. Brinda asesoramiento jurídico a los estudiantes de la ESFM que así lo requieran.

13. Elabora informes jurídicos a solicitud expresa de las Direc-ciones General, Académica y Administrativa Financiera, asumiendo la responsabilidad respectiva.

14. Representa a la ESFM, ante autoridades jurisdiccionales en los procesos legales, como parte civil o demandada.

15. Elabora resoluciones establecidas en la norma básica del sistema de administración de bienes y servicios, contratos, convenios y otros documentos legales en el marco de la Ley y normas en actual vigencia según lo solicitado.

16. Revisa y refrenda las resoluciones institucionales, académicas y administrativas.

17. Propicia talleres de orientación sobre normativas vigentes, al personal de la institución.

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18. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

19. Salvaguarda los bienes a su cargo.

CARGO: DIRECTORA O DIRECTOR ACADÉMICO

Es la autoridad encargada de los procesos técnico- pedagógicos curriculares de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, cuya mayor responsabilidad en trabajo integral comunitario es la de liderar, planificar, organizar, desarrollar, coordinar y evaluar la gestión académica de la ESFM. Es designada o designado por el Ministerio de Educación, como resultado de un proceso de institucionalización o compulsa de méritos, efectuado mediante convocatoria pública.

Se encuentra bajo la dependencia directa de la Directora o Director General de la ESFM, tiene bajo su dependencia a los Coordinadores de la ESFM, Docentes, Secretariao Secretario de la Dirección Académica, Secretaria o Secretario de IEPEC-PEC, Responsable de Archivo y Kardex y Técnica o Técnico de Biblioteca.

Requisitos indispensables

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de Maestra o Maestro Normalista

afín a la oferta académica de la ESFM.3. Contar con Título Profesional de Licenciatura en Ciencias

de la Educación, Pedagogía, Educación Superior, Diseño Curricular u otra relacionada a la administración y gestión académica.

Para el caso de las ESFM que brindan exclusivamente formación especializada en Educación Física y Deportes y Formación Técnica – Tecnológica; el Título de Maestro Normalista deberá ser en la especialidad correspondiente.

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4. Contar con Maestría en Educación Superior, Gestión Educativa, Diseño Curricular, Administración Educativa u otra relacionada al ámbito educativo.

5. Contar con segunda categoría calificada en el Sistema Edu-cativo Plurinacional y no menos de 200 puntos de méritos.

6. Poseer como mínimo tres años de experiencia en el desempeño de cargos jerárquicos en el Sistema Educativo Plurinacional. Esto significa el ejercicio del cargo de Directora o Director institucionalizado de Unidad Educativa.

7. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.

8. Conocimiento del sistema legislativo vigente.9. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos y/o sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

10. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Pensamiento y gestión estratégica - prospectiva de la ESFM como Institución de Educación Superior.

2. Planificación estratégica situacional; diseño, ejecución y evaluación de Proyectos Educativos Socioproductivos

3. Manejo pleno del Currículo de Formación de Maestras y Maestrosy del MSCP.

4. Liderazgo en la planificación, desarrollo, monitoreo, supervisión y evaluación de procesos formativos.

5. Experiencia en investigación educativa.6. Manejo óptimo de Microsoft office.7. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.8. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos

que componen la comunidad de la ESFM.9. Trabajo en comunidades productivas.

10. Análisis y solución constructiva de conflictos.

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11. Creatividad, dinamismo e innovación.12. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.

Atribuciones

1. Lidera, orienta, acompaña, apoya, supervisa y evalúa el trabajo de planificación, ejecución y evaluación del proceso educativo que realiza la comunidad de coordinadores y personal docente.

2. Convoca y preside el Consejo Académico.3. Conforma las comisiones de apelación de la IEPC-PEC.4. Solicita informes periódicos a las coordinaciones sobre el

trabajo de apoyo técnico, acompañamiento, seguimiento y evaluación al desempeño de los docentes.

5. Informa a la Directora o Director General sobre los resultados de la evaluación de desempeño de las o los coordinadores y personal docente, para la toma de decisiones en equipo, de acuerdo a normativa específica.

6. Adecua el calendario académico en función a la región y/o criterios de territorialidad en base al calendario oficial del Ministerio de Educación garantizando su estricto cumplimiento para el logro de objetivos propuestos.

7. Aprueba las solicitudes de licencias, reincorporaciones y transferencias realizadas por los estudiantes.

8. Otorga permisos justificados al personal docente en coordinación con la Directora o Director General.

9. Designa una Directora o Director Académico a.i. en caso de ausencia temporal respetando la normativa interna.

10. Firma la correspondencia pertinente a la gestión académica de la ESFM y UA.

11. Representa a la ESFM en eventos de carácter académico tanto internos como en la comunidad.

12. Delega funciones propias de su cargo al inmediato inferior, por causales de recusación, enfermedad, viajes, comisiones asignadas u otros casos extremos, previa autorización de la DGFM.

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Funciones

1. Precautela que las actividades académicas se desarrollen en el marco de la normativa vigente establecida en la Ley Avelino Siñani – Elizardo Pérez, el Currículo de Formación de Maestros y otros instrumentos legales conexos.

2. Conforma equipo de trabajo con la Directora o Director General y Administrativo Financiero, Coordinadores y comunidad educativa de la ESFM en procura de alcanzar los objetivos institucionales a través de un conjunto de acciones encaradas con solvencia profesional y compromiso con las transformaciones del Estado Plurinacional.

3. Elabora, en consenso con las instancias pertinentes, reglamentación y procedimientos internos que faciliten la concreción de tareas del ámbito académico.

4. Orienta y supervisa sobre la correcta aplicación de la Reglamentación Académica emitida por el Ministerio de Educación proponiendo ajustes pertinentes que garanticen excelencia en la formación de los futuros educadores.

5. Elabora el PEIC trabajando con directivos, coordinadores de ESFM y UA, docentes, estudiantes y comunidad del entorno.

6. Planifica y organiza comunitariamente la gestión académica- curricular de la ESFM en el marco de lo establecido en la normativa vigente del Estado Plurinacional de Bolivia, los lineamientos del Ministerio de Educación, el PEIC y la Programación Operativa Anual de la ESFM.

7. Formula el plan operativo anual respectivo, en consenso con los directivos, coordinadores y otras instancias pertinentes.

8. Plantea al equipo comunitario de directivos, coordinadores, docentes, estudiantes y otros actores sociales comprometidos con el quehacer educativo de la formación de Maestras o Maestros, el diseño e implementación de un conjunto de programas y proyectos innovadores que permitan alcanzar los objetivos establecidos por el Ministerio de Educación

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para la Formación de Maestras y Maestros en el ámbito pedagógico- curricular.

9. Desarrolla la planificación académica en comunidad, al interior de la institución y con las organizaciones e instituciones del entorno de la ESFM, lo que coadyuva a una exitosa implementación de la IEPC-PEC, la investigación y los Proyectos Educativos Socioproductivos.

10. Trabaja conjuntamente con el equipo comunitario de coordinadores de ESFM Y UA y comunidades de docentes para que los Proyectos Educativos Socioproductivos que integran el PEIC respondan fundamentalmente al proceso formativo de los estudiantes en las diferentes especialidades y Unidades de Formación sobre la base de las potencialidades productivas y culturales de la región, vinculando la IEPC con la PEC.

11. Verifica, conjuntamente el equipo de coordinadores y docentes, que los currículos de especialidad respondan a los lineamientos establecidos en el Currículo de Formación de Maestras y Maestros y que, a su vez, incluyan elementos de contextualización, de acuerdo a los lineamientos emanados desde el Ministerio de Educación.

12. Verifica que los diseños curriculares por especialidad de las Unidades de Formación, en su diseño, ejecución y resultados, respondan a los lineamientos establecidos en el Currículo de Formación de Maestras y Maestros y que, a su vez, incluyan elementos de contextualización en los diferentes componentes del currículo, de acuerdo a los lineamientos emanados desde el Ministerio de Educación.

13. Revisa y aprueba, en trabajo comunitario, planes de trabajo elaborados por los coordinadores y el equipo docente, así como informes y propuestas innovadoras que busquen mejorar el proceso formativo de los estudiantes.

14. Planifica conjuntamente el equipo de directivos, acciones de apoyo, seguimiento y evaluación a la gestión institucional, académica y administrativa financiera de las Unidades

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Académicas dependientes de la ESFM, programando como mínimo una visita al mes.

15. Genera mecanismos para el trabajo en comunidades productivas de las coordinaciones de la ESFM y UA en procura de integrar la IEPC-PEC y las Unidades de Formación de las diferentes especialidades.

16. Comparte y valida con el equipo de coordinadores y docentes otras estrategias para la planificación, desarrollo y evaluación integral del proceso educativo, a saber: resolución de problemas, temas generadores, unidades integrales de aprendizaje productivo, etc.

17. Garantiza, conjuntamente el equipo de coordinadores y docentes, el aprendizaje productivo de los estudiantes a través del desarrollo de actividades y evaluaciones integrales en los Proyectos Educativos Socioproductivos y otras estrategias del proceso educativo.

18. Promueve y desarrolla, conjuntamente el equipo de coordi-nadores, docentes y estudiantes, el intercambio de experien-cias pedagógicas innovadoras emergentes de la aplicación del Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo.

19. Orienta y apoya en la sistematización de experiencias emer-gentes de la IEPC-PEC, la implementación de PESP y otras actividades, generando espacios para la producción de mate-riales educativos en comunidades productivas conformadas por coordinadores - docentes - estudiantes de la ESFM y do-centes guía de las unidades educativas/centros educativos.

20. Implementa, a partir de la identificación de necesidades de capacitación de la comunidad de coordinadores, docentes y estudiantes, programas de fortalecimiento profesional, actualización y reflexión propositiva sobre temas referidos a la nueva política educativa.

21. Diseña y desarrolla estrategias, en un trabajo coordinado con la comunidad productiva de docentes del equipo de Lenguas Originarias (LO), para la incorporación y uso de LO en el proceso educativo de todas las especialidades, según oferta académica.

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22. Realiza evaluaciones periódicas (conjuntamente los coordinadores y docentes) sobre los resultados del proceso formativo de los estudiantes, identificando aciertos y debilidades para la toma de decisiones que mejoren la calidad del proceso educativo en las diferentes especialidades.

23. Trabaja, conjuntamente el equipo de directivos, coordina-dores, docentes y estudiantes en la evaluación comunitaria participativa del desempeño del personal de la ESFM y UA.

24. Propone y desarrolla, a través de diferentes mecanismos participativos, el intercambio con otras ESFM y UA de experiencias educativas de la IEPEC-PEC, de los PESP y la producción de materiales.

25. Promueve, acciones de relacionamiento con instituciones, organizaciones sociales y comunidades del contexto para el desarrollo exitoso de la IEPC-PEC.

26. Propicia en el contexto de intervención de la ESFM, el desarrollo de programas y proyectos sostenidos de capacitación, actualización, apoyo escolar y otros emergentes de su interés y expectativas, estableciendo acuerdos con la comunidad, unidades educativas/centros educativos y organizaciones sociales.

27. Mediante el consejo académico atiende y resuelve con pron-titud y responsabilidad situaciones y/o problemas de orden académico presentados por estudiantes de la ESFM y UA.

28. Realiza tareas delegadas por la Dirección General de Formación de Maestros, dando estricto cumplimiento a requerimiento solicitado y en los plazos indicados.

29. Es responsable de realizar procesos de compulsa interna, bajo la supervisión y acompañamiento de la Dirección General y la DGFM.

30. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

31. Salvaguarda los bienes a su cargo.

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CARGO: SECRETARIA O SECRETARIO DE LADIRECCIÓN ACADÉMICA

Es el apoyo ejecutivo que se encarga de llevar el archivo, la correspondencia y toda la documentación del área académica, así como la comunicación de asuntos de interés oficial, cumpliendo su trabajo con responsabilidad, profesionalismo, eficiencia, compromiso y discreción.

Se encuentra bajo la dependencia de la Directora o Director Acadé-mico de la ESFM, realiza el seguimiento al trabajo desempeñado al personal de mensajería y limpieza asignado a su área.

Requisitos indispensables

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de Secretaria o Secretario

Ejecutivo.3. Experiencia de trabajo, no menor de dos años, en el área de

su formación.4. Conocimiento del sistema legislativo vigente.5. Conocimiento y manejo de paquetes computacionales y

ofimática.6. Manejo oral de una lengua originaria del Estado

Plurinacional.7. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

8. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Conocimiento y manejo solvente de paquetes computacionales.

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3. Trabajo en comunidades productivas.4. Análisis y solución constructiva de conflictos.5. Creatividad, dinamismo e innovación.6. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.7. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Organiza la oficina de la Directora o Director Académico.2. Administra y archiva la correspondencia.3. Maneja la agenda de trabajo de la Directora o Director

Académico, a fin de optimizar la atención al público, la programación de reuniones de trabajo, la firma de documentos, etc.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Trabaja con eficiencia en procedimientos de recepción y respuesta de correspondencia.

3. Mantiene confidencialidad en el manejo de la documentación y de la información institucional

4. Recibe correspondencia, deriva a las instancias correspondientes y realiza seguimiento para dar respuesta oportuna, en función a lo dispuesto por la Directora o Director Académico.

5. Elabora informes de acuerdo a solicitud expresa de la Dirección Académica de la ESFM.

6. Efectúa labores concernientes a la correspondencia, archivo, viajes, agenda, y otras de la Directora o Director Académico.

7. Atiende las llamadas telefónicas, coordina visitas, brinda información y facilita la comunicación en forma oportuna.

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8. Recibe y despacha oportunamente trámites de estudiantes sobre legalizaciones, transferencias, incorporaciones y otros similares en los tiempos establecidos en el reglamento.

9. Apoya en la recopilación de información y antecedentes para el cumplimiento de tareas específicas de las distintas áreas vinculadas a la Dirección Académica.

10. Realiza la solicitud de material de escritorio y otros para el buen desarrollo de las funciones de la Dirección Académica.

11. Mantiene debidamente ordenado el archivo y registro de correspondencia recibida y expedida.

12. Responde con esmero y prontitud a las solicitudes de información de cualquier área de la ESFM y UA, a través de la Dirección respectiva.

13. Establece relaciones cordiales con toda la comunidad educativa y muestra lealtad con la institución.

14. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

21. Brinda trato con calidez humana a los estamentos: docente, administrativo, estudiantado y a personal ajeno a la institución.

22. Orienta adecuadamente en todo tipo de trámites académicos administrativos y otros inherentes a ESFM y UA.

15. Publica y difunde información académica inherente al trabajo institucional

16. Realiza otras tareas relacionadas al cargo.17. Salvaguarda los bienes a su cargo.

CARGO: COORDINADORA O COORDINADOR DE UNIDAD ACADÉMICA

Es la autoridad superior en la Unidad Académica, cuya mayor responsabilidad en trabajo integral comunitario es la de liderar, planificar, organizar, desarrollar, coordinar y evaluar la gestión académica de la UA. Es designada o designado por el Ministerio de Educación, como resultado de un proceso de institucionalización

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o compulsa de méritos, efectuado mediante convocatoria pública.

Se encuentra bajo la dependencia directa de la Directora o Director General de la ESFM, tiene bajo su dependencia a todo el personal asignado a la UA.

Requisitos indispensables

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de Maestra o Maestro Normalista.3. Contar con Título Profesional de Licenciatura en Ciencias

de la Educación, Pedagogía, Educación Superior, Diseño Curricular u otra relacionada a la administración y gestión académica.

Para el caso de las UA que brindan exclusivamente formación especializada en Educación Física y Deportes y formación Técnica – Tecnológica, el Título de Maestro Normalista deberá ser en la Especialidad de la oferta académica de la ESFM.

4. Contar con Tercera Categoría calificada en el Sistema Edu-cativo Plurinacional y no menos de 150 puntos de méritos.

5. Poseer como mínimo tres años de experiencia en el desempeño de Cargos Jerárquicos en el Sistema Educativo Plurinacional. Esto significa el ejercicio del cargo de Directora o Director institucionalizado de Unidad Educativa y/u otro de igual o mayor jerarquía por el tiempo señalado.

6. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.7. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

8. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Pensamiento y gestión estratégica –prospectiva de la ESFM como Institución de Educación Superior.

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2. Planificación estratégica situacional; diseño, ejecución y evaluación de Proyectos Educativos Socioproductivos.

3. Manejo pleno del Currículo de Formación de Maestros y del MESP.

4. Liderazgo en la planificación, desarrollo, monitoreo, supervisión y evaluación de procesos formativos.

5. Experiencia en investigación educativa.6. Dominio en el manejo de Microsoft office.7. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.8. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos

que componen la comunidad de la ESFM.9. Trabajo en comunidades productivas.

10. Análisis y solución constructiva de conflictos.11. Creatividad, dinamismo e innovación.12. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia a la ESFM.

Atribuciones

1. Lidera, orienta, acompaña, apoya, supervisa y evalúa el trabajo de planificación, ejecución y evaluación del proceso educativo que realiza el equipo docente.

2. Convoca y preside el Consejo de Coordinación Institucio-nal - académica de la UA.

3. Convoca y preside la comisión de apelación de la IECP-PEC4. Firma documentos relacionados al quehacer institucional

y académico de la UA (cartas, acuerdos con organizaciones e instituciones del entorno para la implementación de Pro-yectos Educativos Socioproductivos, certificaciones de notas, instructivos, licencias, transferencias internas, reincorpora-ciones, Kardex de estudiantes), elevando informes consolida-dos para conocimiento de la Dirección General de la ESFM.

5. Aprueba planificaciones integrales para el trabajo en el aula, la ESFM y la comunidad elaboradas por el equipo docente, así como informes y propuestas innovadoras que busquen mejorar el proceso formativo de los estudiantes.

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6. Solicita a los docentes, informes periódicos sobre el desarrollo curricular y el aprendizaje de los estudiantes.

7. Representa a la UA en eventos de carácter académico tanto internos como en la comunidad.

8. Adecua, en coordinación con el equipo directivo de la ESFM, el calendario académico en función a la región y/o criterios de territorialidad en base al calendario oficial del Ministerio de Educación garantizando su estricto cumplimiento para el logro de objetivos propuestos.

9. Elabora horarios de los docentes de la UA, precautelando las condiciones pedagógicas y de formación especializada de los estudiantes.

Funciones

1. Precautela que las actividades académicas en la UA se desa-rrollen en el marco de la normativa vigente establecida en la Ley Avelino Siñani – Elizardo Pérez, el Currículo de Forma-ción de Maestros y otros instrumentos legales conexos.

2. Coordina permanentemente con los directivos de la ESFM, a fin de que el logro de los objetivos planteados en el PEIC sea exitoso.

3. Plantea a la Dirección General de la ESFM solicitudes de carácter académico y administrativo, para el óptimo funcionamiento de la UA.

4. Conforma equipo de trabajo con los directivos de la ESFM, Coordinadores y comunidad educativa de la ESFM en pro-cura de alcanzar los objetivos institucionales a través de un conjunto de acciones encaradas con solvencia profesional y compromiso con las transformaciones del Estado Plurina-cional.

5. Elabora, en consenso con las instancias pertinentes, reglamentación y procedimientos internos que faciliten la concreción de tareas del ámbito académico.

6. Orienta y supervisa sobre la correcta aplicación de la Reglamentación Académica emitida por el Ministerio de

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Educación proponiendo ajustes pertinentes que garanticen excelencia en la formación de los futuros educadoras y educadores.

7. Elabora el PEIC trabajando con directivos, coordinadores, docentes, estudiantes y comunidad del entorno de la ESFM y UA.

8. Planifica y organiza comunitariamente la gestión académica - curricular de la UA en el marco de lo establecido en la normativa vigente del Estado Plurinacional de Bolivia, los lineamientos del Ministerio de Educación, el PEIC y la Programación Operativa Anual de la ESFM y la UA.

9. Formula el Plan Operativo Anual respectivo, en consenso con los directivos, coordinadores y otras instancias pertinentes.

10. Plantea al equipo comunitario de directivos, coordinadores, docentes, estudiantes y otros actores sociales comprometidos con el quehacer educativo de la Formación de Maestras y Maestros, el diseño e implementación de un conjunto de programas y proyectos innovadores que permitan alcanzar los objetivos establecidos por el Ministerio de Educación para la Formación de Maestras y Maestros en el ámbito pedagógico- curricular.

11. Desarrolla la planificación académica en comunidad productiva, al interior de la institución y con las organizaciones e instituciones del entorno de la UA, lo que coadyuva a una exitosa implementación de la IEPC-PEC, la investigación y los Proyectos Educativos Socioproductivos.

12. Trabaja conjuntamente el equipo comunitario de docentes para que los Proyectos Educativos Socioproductivos que integran el PEIC respondan fundamentalmente al proceso formativo de los estudiantes en las diferentes Especialidades y Unidades de Formación sobre la base de las potencialidades productivas y culturales de la región, vinculando la IEPC-PEC.

13. Verifica, conjuntamente el equipo de docentes, que los currículos de Especialidad respondan a los lineamientos establecidos en el Currículo de Formación de Maestras

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y Maestros y que, a su vez, incluyan elementos de contextualización, de acuerdo a los lineamientos emanados desde el Ministerio de Educación.

14. Revisa y aprueba, en trabajo comunitario, planes de trabajo elaborados por el equipo docente, así como informes y propuestas innovadoras que busquen mejorar el proceso formativo de los estudiantes.

15. Genera mecanismos para el trabajo en comunidades productivas en procura de integrar la IEPC-PEC, la IEPC y las Unidades de Formación de las diferentes Especialidades.

16. Comparte y valida con el equipo de docentes otras estrategias para la planificación, desarrollo y evaluación integral del proceso educativo, a saber: resolución de problemas, temas generadores, unidades integrales de aprendizaje productivo, etc.

17. Garantiza, conjuntamente el equipo de docentes, el aprendiza-je productivo de los estudiantes a través del desarrollo de acti-vidades y evaluaciones integrales en los Proyectos Educativos Socioproductivos y otras estrategias del proceso formativo.

18. Promueve y desarrolla, conjuntamente el equipo de docen-tes y estudiantes, el intercambio de experiencias pedagógi-cas innovadoras emergentes de la aplicación del MSCP.

19. Orienta y apoya en la sistematización de experiencias emergentes de la IEPC-PEC, la implementación de PESP y otras actividades, generando espacios para la producción de materiales educativos en comunidades productivas conformadas por docentes - estudiantes de la UA y docentes guía de las unidades educativas/centros educativos.

20. Implementa, a partir de la identificación de necesidades de capacitación de la comunidad de docentes y estudiantes, programas de fortalecimiento profesional, actualización y reflexión propositiva sobre temas referidos a la nueva polí-tica educativa.

21. Diseña y desarrolla estrategias, en trabajo coordinado con la comunidad productiva de docentes del equipo de Lenguas Originarias, para la incorporación y uso de LO en el

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proceso educativo de todas las especialidades, según oferta académica.

22. Realiza evaluaciones periódicas, conjuntamente los docentes, sobre los resultados del proceso formativo de los estudiantes, identificando aciertos y debilidades para la toma de decisiones que mejoren la calidad del proceso educativo en las diferentes especialidades.

23. Realiza la evaluación comunitaria participativa del desempeño del personal de la UA.

24. Informa al Directora o Director General de la ESFM sobre los resultados de la evaluación de desempeño del personal docente, para la toma de decisiones de acuerdo a normativa específica.

25. Propone y desarrolla, a través de diferentes mecanismos participativos, el intercambio con otras ESFM y UA de experiencias educativas de la IEPC-PEC, de los Proyectos Educativos Socioproductivos y la producción de materiales.

26. Genera mecanismos para el trabajo en comunidades productivas de la UA en procura de integrar la IEPC-PEC, la IEPC y las Unidades de Formación de las diferentes especialidades.

27. Implementa, a partir de la identificación de necesidades de capacitación de la comunidad de docentes y estudiantes, programas de fortalecimiento profesional, actualización y reflexión propositiva sobre temas referidos a la nueva política educativa o de apoyo en las especialidades.

28. Promueve, acciones de relacionamiento con instituciones, organizaciones sociales y comunidades del contexto para el desarrollo exitoso de la IEPC-PEC.

29. Propicia en el contexto de intervención de la UA, el desarrollo de programas y proyectos sostenidos de capacitación, actualización, apoyo escolar y otros emergentes de su interés y expectativas, estableciendo acuerdos con la comunidad, unidades educativas/centros educativos y organizaciones sociales.

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30. Atiende y resuelve con prontitud y responsabilidad situaciones y/o problemas de orden institucional y académico presentados por docentes y estudiantes de la UA.

31. Efectúa tareas y elabora informes que sean solicitados por las Direcciones de la ESFM.

32. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la UA.

33. Salvaguarda los bienes a su cargo.

CARGO: SECRETARIA O SECRETARIO DE LACOORDINACIÓN ACADÉMICA

Es el apoyo ejecutivo que se encarga de llevar el archivo, la correspondencia y toda la documentación del área académica, así como la comunicación de asuntos de interés oficial, cumpliendo su trabajo con responsabilidad, profesionalismo, eficiencia, compromiso y discreción.

Se encuentra bajo la dependencia de la Coordinadora o Coordinador Académica o Académico de la Unidad Académica, realiza el seguimiento al trabajo desempeñado por el personal asignado a su área.

Requisitos indispensables

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de secretaria o secretario

Ejecutiva/o.3. Experiencia de trabajo, no menor de dos años, en el área de

su formación.4. Conocimiento del sistema legislativo vigente.5. Conocimiento y manejo de paquetes computacionales y

ofimática.6. Manejo oral de una lengua originaria del Estado

Plurinacional.

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7. No tener procesos administrativos disciplinarios en el Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

8. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Conocimiento y manejo solvente de paquetes computacio-nales.

3. Trabajo en comunidades productivas.4. Análisis y solución constructiva de conflictos.5. Creatividad, dinamismo e innovación.6. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.7. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Organiza la oficina de la Coordinadora o Coordinador Académico.

2. Administra y archiva la correspondencia.3. Maneja la agenda de trabajo de la Coordinadora o

Coordinador Académico, a fin de optimizar la atención al público, la programación de reuniones de trabajo, la firma de documentos, etc.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Trabaja con eficiencia en procedimientos de recepción y respuesta de correspondencia.

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3. Mantiene confidencialidad en el manejo de la documenta-ción y de la información institucional

4. Recibe correspondencia, deriva a las instancias correspondientes y realiza seguimiento para dar respuesta oportuna, en función a lo dispuesto por la Coordinadora o Coordinador Académica o Académico.

5. Elabora informes de acuerdo a solicitud expresa de la Coordinación Académica de la UA.

6. Efectúa labores concernientes a la correspondencia, archivo, viajes, agenda y otras de la Coordinadora o Coordinador Académico.

7. Atiende las llamadas telefónicas, coordina visitas, brinda información y facilita la comunicación en forma oportuna.

8. Recibe y despacha oportunamente trámites de estudiantes sobre legalizaciones, transferencias, incorporaciones y otros similares en los tiempos establecidos en el reglamento.

9. Apoya en la recopilación de información y antecedentes para el cumplimiento de tareas específicas de las distintas áreas vinculadas a Dirección Académica.

10. Realiza la solicitud de material de escritorio y otros para el buen desarrollo de las funciones de la Dirección Académica.

11. Mantiene debidamente ordenado el archivo y registro de correspondencia recibida y expedida.

12. Responde con esmero y prontitud a las solicitudes de información de cualquier área de la ESFM y UA, a través de la Coordinación.

13. Establece relaciones cordiales con toda la comunidad educativa y muestra lealtad con la institución.

14. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la UA.

15. Brinda trato con calidez humana a los estamentos: docente, administrativo, estudiantado y a personal ajeno a la institución.

16. Orienta adecuadamente en todo tipo de trámites académicos administrativos y otros inherentes a ESFM/UA.

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17. Publica y difunde información académica inherente al trabajo institucional

18. Realiza otras tareas relacionadas al cargo.19. Salvaguarda los bienes a su cargo.

CARGO: COORDINADORA O COORDINADORDEL NIVEL DE EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA Y PRIMARIA COMUNITARIAVOCACIONAL

El/la Coordinadora o Coordinador del nivel de Educación Inicial en Familia Comunitaria y Primaria Comunitaria Vocacional lidera, orienta, apoya y fortalece el desempeño integral de los docentes, tanto en la especialidad como en el ámbito pedagógico- didáctico en el marco del modelo socio-comunitario productivo, a fin de lograr una formación de excelencia de los futuros educadores.

Se encuentra bajo la dependencia de la Directora o Director Académico de la ESFM, tiene bajo su dependencia a los docentes y personal administrativo asignado a su área.

Requisitos indispensables

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de Maestra o Maestro Normalista

del nivel Inicial o Primario.3. Contar con Título Profesional de Licenciatura en Ciencias

de la Educación, Pedagogía, Administración Educativa u otra relacionada al ámbito educativo.

4. Contar con Tercera Categoría calificada en el Sistema Educativo Plurinacional y no menos de 150 puntos de méritos.

5. Poseer como mínimo tres años de experiencia en el desempeño de Cargos Jerárquicos en el Sistema Educativo Plurinacional. Esto significa el ejercicio del cargo de Directora o Director institucionalizada o institucionalizado

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de Unidad Educativa y/u otro de igual o mayor jerarquía por el tiempo señalado.

6. Manejo de paquetes computacionales y de TICs en procesos formativos.

7. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.

8. No tener procesos administrativos disciplinarios en el Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

9. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Pensamiento y gestión estratégica - prospectiva de la ESFM como Institución de Educación Superior.

2. Planificación estratégica situacional; diseño, ejecución y evaluación de Proyectos Educativos Socioproductivos.

3. Manejo pleno del currículo de Formación de Maestras o Maestros y del Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo.

4. Liderazgo en la planificación, desarrollo, monitoreo, supervisión y evaluación de procesos formativos.

5. Experiencia en Investigación educativa.6. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.7. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos

que componen la comunidad de la ESFM.8. Trabajo en comunidades productivas.9. Análisis y solución constructiva de conflictos.

10. Creatividad, dinamismo e innovación.11. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia a la ESFM.

Atribuciones

1. Lidera, orienta, acompaña, apoya, supervisa y evalúa el trabajo de planificación, ejecución y evaluación del proceso

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educativo que realiza el equipo docente de las especialidades que conforman la coordinación.

2. Informa periódicamente a la Dirección Académica sobre el avance de planes y programas en todas las especialidades de la coordinación.

3. Realiza permanente seguimiento a la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y su correspondiente registro, comunicación y publicación de resultados.

4. Propone alternativas de solución a los problemas pedagógi-cos que se presentan en las Especialidades que atiende.

5. Atiende los reclamos, observaciones, sugerencias de los estudiantes y comunica a Dirección Académica.

6. Solicita material de acuerdo a las necesidades y requerimientos de la coordinación a su cargo.

Funciones

1. Precautela que el desarrollo curricular en las Especialidades se desarrollen en el marco de la normativa vigente establecida en la Ley Avelino Siñani – Elizardo Pérez, el Currículo de Formación de Maestros y otros instrumentos legales conexos.

2. Conforma equipo de trabajo con los directivos de la ESFM, Coordinadores y comunidad educativa de la ESFM en procura de alcanzar los objetivos institucionales a través de un conjunto de acciones encaradas con solvencia profesional y compromiso con las transformaciones del Estado Plurinacional.

3. Apoya en la elaboración participativa del Plan Estratégico Institucional Comunitario.

4. Orienta y supervisa en el trabajo del equipo docente de las especialidades, la correcta aplicación de la Reglamentación Académica emitida por el Ministerio de Educación proponiendo ajustes pertinentes que garanticen excelencia en la formación de los futuros educadores.

5. Trabaja conjuntamente el equipo comunitario de docentes para que los Proyectos Educativos Socioproductivos que integran el

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PEIC respondan fundamentalmente al proceso formativo de los estudiantes en las Especialidades y Unidades de Formación sobre la base de las potencialidades productivas y culturales de la región, vinculando la IEPC-PEC con la IIEPC-PEC.

6. Verifica, conjuntamente Dirección Académica y el equipo de docentes, que los currículos de Especialidad respondan a los lineamientos establecidos en el Currículo de Formación de Maestras y Maestros y que, a su vez, incluyan elementos de contextualización, de acuerdo a los lineamientos emanados desde el Ministerio de Educación.

7. Genera mecanismos para el trabajo en comunidades productivas en procura de integrar la IEPC-PEC, la Investigación Educativa y Producción de Conocimientos (IEPC) y las Unidades de Formación de las especialidades.

8. Comparte y valida con el equipo de docentes otras estrategias para la planificación, desarrollo y evaluación integral del proceso educativo del MSCP, a saber: resolución de problemas, temas generadores, unidades integrales de aprendizaje productivo, etc.

9. Organiza reuniones periódicas con el equipo docente a fin de evaluar logros y dificultades y hacer reajustes en el proceso formativo de las especialidades.

10. Propone, en consenso con la comunidad educativa, el diseño y desarrollo de una evaluación integral del proceso educativo de los estudiantes en las especialidades.

11. Diseña y aplica con participación de comunidades productivas formas creativas de evaluación permanente para la mejora de las tareas desempeñadas por la propia Coordinación y docentes.

12. Orienta y apoya en la sistematización de experiencias emergentes de la IEPC-PEC, la implementación de PESP y otras actividades, generando espacios para la producción de materiales educativos en comunidades productivas.

13. Implementa, a partir de la identificación de necesidades de capacitación de la comunidad de docentes y estudiantes de las especialidades respectivas, programas de fortalecimiento

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profesional, actualización y reflexión propositiva sobre temas referidos a la nueva política educativa.

14. Elabora horarios y cargas horarias de los docentes de su Coordinación y los presenta a Dirección Académica para su aprobación.

15. Elabora los cronogramas de evaluación en consenso con docentes y estudiantes y los presenta a Dirección Académica para su aprobación.

16. Controla y supervisa la asistencia y el cumplimiento de actividades por parte de los docentes y estudiantes.

17. En coordinación con Dirección Académica atiende y resuelve con prontitud y responsabilidad situaciones y/o problemas de orden académico presentados por docentes y estudiantes.

18. Efectúa tareas y elabora informes que sean solicitados por Dirección Académica.

19. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la UA.

20. Salvaguarda los bienes a su cargo.

CARGO: COORDINADORA O COORDINADOR DEL NIVEL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA COMUNITA-RIA PRODUCTIVA Y/O ALTERNATIVA Y ESPECIAL Y ÁREAS DE FORMACIÓN TÉCNICA - TECNOLÓGICA

La Coordinadora o Coordinador del nivel de Educación Secundaria Comunitaria Productiva y/o Alternativa y Especial y áreas de formación Técnica, Tecnológica, lidera, orienta, apoya y fortalece el desempeño integral de los docentes, tanto en la Especialidad como en el ámbito pedagógico- didáctico con base en el Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo, a fin de lograr una formación de excelencia de los futuros educadores.

Se encuentra bajo la dependencia de la Directora o Director Académico de la ESFM, tiene bajo su dependencia a los docentes y personal administrativo asignado a su área.

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Requisitos indispensables

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de Maestra o Maestro Normalista

del nivel de Educación Secundaria Comunitaria Productiva, Alternativa y Especial o áreas de formación Técnica – Tecnológica, según oferta académica de la ESFM.

3. Contar con Título Profesional de Licenciatura en la Especialidad correspondiente, Ciencias de la Educación, Pedagogía, Administración Educativa u otra relacionada al ámbito educativo.

4. Contar con Tercera Categoría calificada en el Sistema Edu-cativo Plurinacional y no menos de 150 puntos de méritos.

5. Poseer como mínimo tres años de experiencia en el desempeño de cargos jerárquicos en el Sistema Educativo Plurinacional. Esto significa el ejercicio del cargo de Directora o Director institucionalizada o institucionalizado de Unidad Educativa y/u otro de igual o mayor jerarquía por el tiempo señalado.

6. Manejo oral de una lengua originaria del estado plurinacional

7. Manejo de paquetes computacionales y TICs en procesos formativos.

8. No tener procesos administrativos disciplinarios en el Servicio de Educación Pública y /o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

9. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Pensamiento y gestión estratégica –prospectiva de las ESFM como Instituciones de Educación Superior

2. Planificación estratégica situacional; diseño, ejecución y evaluación de Proyectos Educativos Socioproductivos

3. Dominio pleno del Currículo de Formación de Maestros y del Modelo Educativo Sociocomunitario Productico.

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4. Liderazgo en la planificación, desarrollo, monitoreo, supervisión y evaluación de procesos formativos.

5. Experiencia en Investigación Educativa.6. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos

que componen la comunidad de la ESFM.7. Trabajo en comunidades productivas.8. Análisis y solución constructiva de conflictos.9. Creatividad, dinamismo e innovación.

10. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.11. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de mu-

cha exigencia.

Atribuciones

1. Lidera, orienta, acompaña, apoya, supervisa y evalúa el trabajo de planificación, ejecución y evaluación del proceso educativo que realiza el equipo docente de las Especialidades que conforman la coordinación.

2. Informa periódicamente a la Dirección Académica sobre el avance de planes y programas en todas las Especialidades de la coordinación.

3. Realiza permanente seguimiento a la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y su correspondiente registro, comunicación y publicación de resultados.

4. Propone alternativas de solución a los problemas pedagógi-cos que se presentan en las Especialidades que atiende.

5. Atiende los reclamos, observaciones, sugerencias de los estudiantes y comunica a Dirección Académica.

6. Solicita material de acuerdo a las necesidades y requerimientos de la coordinación a su cargo.

Funciones

1. Precautela porque el desarrollo curricular en las especialidades se desarrollen en el marco de la normativa vigente establecida en la Ley Avelino Siñani – Elizardo

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Pérez, el Currículo de Formación de Maestros y otros instrumentos legales conexos.

2. Conforma equipo de trabajo con los directivos de la ESFM, Coordinadores y comunidad educativa de la ESFM en procura de alcanzar los objetivos institucionales a través de un conjunto de acciones encaradas con solvencia profesional y compromiso con las transformaciones del Estado Plurinacional.

3. Apoya en la elaboración participativa del Plan Estratégico Institucional Comunitario.

4. Orienta y supervisa en el trabajo del equipo docente de las especialidades la correcta aplicación de la Reglamentación Académica emitida por el Ministerio de Educación proponiendo ajustes pertinentes que garanticen excelencia en la formación de los futuros educadores.

5. Trabaja conjuntamente el equipo comunitario de docentes para que los Proyectos Educativos Socioproductivos que integran el PEIC respondan fundamentalmente al proceso formativo de los estudiantes en las especialidades y Unidades de Formación sobre la base de las potencialidades productivas y culturales de la región, vinculando la IEPC-PEC.

6. Verifica, conjuntamente Dirección Académica y el equipo de docentes, que los currículos de Especialidad respondan a los lineamientos establecidos en el Currículo de Formación de Maestras y Maestros y que, a su vez, incluyan elementos de contextualización, de acuerdo a los lineamientos emanados desde el Ministerio de Educación.

7. Genera mecanismos para el trabajo en comunidades productivas en procura de integrar la IEPC-PEC, la Investigación Educativa y Producción de Conocimientos (IEPC) y las Unidades de Formación de las Especialidades.

8. Comparte y valida con el equipo de docentes otras estrategias para la planificación, desarrollo y evaluación integral del pro-ceso educativo en el marco del Modelo Educativo Sociocomu-nitario Productivo, a saber: resolución de problemas, temas ge-neradores, unidades integrales de aprendizaje productivo, etc.

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9. Organiza reuniones periódicas con el equipo docente a fin de evaluar logros y dificultades y hacer reajustes en el proceso formativo de las Especialidades.

10. Propone, en consenso con la comunidad educativa, el diseño y desarrollo de una evaluación integral del proceso educativo de los estudiantes en las especialidades.

11. Diseña y aplica con participación de comunidades productivas formas creativas de evaluación permanente para la mejora de las tareas desempeñadas por la propia Coordinación y docentes.

12. Orienta y apoya en la sistematización de experiencias emergentes de la IEPC-PEC, la implementación de PESP y otras actividades, generando espacios para la producción de materiales educativos en comunidades productivas.

13. Implementa, a partir de la identificación de necesidades de capacitación de la comunidad de docentes y estudiantes de las especialidades respectivas, programas de fortalecimiento profesional, actualización y reflexión propositiva sobre temas referidos a la nueva política educativa.

14. Elabora horarios y cargas horarias de los docentes de su coordinación y los presenta a Dirección Académica para su aprobación.

15. Elabora los cronogramas de evaluación en consenso con docentes y estudiantes y los presenta a Dirección Académica para su aprobación.

16. Controla y supervisa la asistencia y el cumplimiento de actividades por parte de los docentes y estudiantes.

17. En coordinación con Dirección Académica atiende y re-suelve con prontitud y responsabilidad situaciones y/o problemas de orden académico presentados por docentes y estudiantes.

18. Efectúa tareas y elabora informes que sean solicitados por Dirección Académica.

19. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la UA.

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20. Salvaguarda los bienes a su cargo.

CARGO: COORDINADORA O COORDINADOR DE INVESTIGACIÓN EDUCATIVA, PRODUCCIÓNDE CONOCIMIENTOS Y PRÁCTICA EDUCATIVACOMUNITARIA

La Coordinadora o Coordinador de Investigación Educativa, Producción de Conocimientos e IEPC-PEC, diseña e implementa en trabajo comunitario un conjunto integral de acciones que interrelacionando la IEPC con la PEC se orientan a fortalecer la formación del futuro/a maestro/a para un destacado desempeño profesional en el aula, la escuela y la comunidad.

Se encuentra bajo la dependencia de la Directora o Director Académica o Académico de la ESFM, tiene bajo su dependencia a la secretaria de IEPC-PEC, al personal de mensajería y limpieza asignado a su área, trabaja por comunidades productivas con el personal docente de todas las Especialidades y se relaciona con las demás coordinaciones.

Requisitos indispensables

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de Maestra o Maestro Normalista

afín a la oferta académica de la ESFM.3. Contar con Título Profesional de Licenciatura en la

Especialidad correspondiente, Ciencias de la Educación, Pedagogía, Administración Educativa u otra relacionada al ámbito educativo.

4. Contar con tercera categoría calificada en el Sistema Educativo Plurinacional y no menos de 150 puntos de méritos.

5. Poseer como mínimo tres años de experiencia en el desempeño de Cargos Jerárquicos en el Sistema Educativo Plurinacional. Esto significa el ejercicio del cargo de Directora o Director institucionalizada o institucionalizado

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de Unidad Educativa y/u otro de igual o mayor jerarquía por el tiempo señalado.

6. Experiencia en investigación educativa o haber ejercido el cargo de responsable, Coordinadora o Coordinador de Práctica Docente.

7. Contar como mínimo con dos producciones publicadas o dos producciones inéditas de investigaciones o sistematización de experiencias de procesos educativos.

8. Manejo óptimo de Microsoft Office y de paquetes de edi-ción.

9. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.10. Contar con estudios Postgrado de Investigación, elaboración

y evaluación de proyectos.11. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y /o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Pensamiento y gestión estratégica –prospectiva de las ESFM como Instituciones de Educación Superior.

2. Planificación estratégica situacional; diseño, ejecución y evaluación de Proyectos Educativos Socioproductivos.

3. Dominio pleno del Currículo de Formación de Maestras o Maestros y del Modelo Educativo Sociocomunitario Productico.

4. Liderazgo en la planificación, desarrollo, monitoreo, supervisión y evaluación de procesos formativos.

5. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

6. Trabajo en comunidades productivas.7. Análisis y solución constructiva de conflictos.8. Creatividad, dinamismo e innovación.9. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.

10. Trabajo con alto desempeño en situaciones de mucha exigencia.

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Atribuciones

1. Organiza y planifica el desarrollo de la IEPC-PEC mediante las comunidades de producción: de Especialidad y de formación general para el desarrollo óptimo de la IEPC-PEC.

2. Organiza talleres de orientación del desarrollo de la IEPC-PEC para docentes y estudiantes de la ESFM.

3. Conoce y aprueba planes y programas propuestos por el equipo de la IEPC-PEC conjuntamente con Dirección Académica.

4. Organiza cursos de actualización docente para favorecer el fortalecimiento profesional de Maestras y Maestros de las unidades educativas que reciben practicantes en ámbitos urbanos y rurales.

5. Organiza investigaciones que se ejecuten por equipos de docentes de la ESFM, practicantes y maestros de las unidades educativas, relacionadas al desarrollo de proyectos socio-comunitario productivo.

6. Organiza talleres con docentes de la ESFM y practicantes con el propósito de compartir experiencias de la IEPC-PEC.

7. Coadyuva en el desarrollo de una cultura de innovación pedagógica para mejorar la IEPC-PEC.

8. En coordinación institucional organiza eventos relacionados a mejorar la IEPC-PEC.

9. Solicita materiales, asignación de recursos de acuerdo a las necesidades y requerimientos de la comunidad de producción de Investigación Educativa y IEPC-PEC.

10. Firma documentación relacionada al desarrollo de la IEPC-PEC.

Funciones

1. Trabaja en equipo comunitario para que el desarrollo de la IEPC-PEC en sus diferentes etapas y fases se constituya en un proceso participativo de evaluación permanente.

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2. Trabaja conjuntamente Dirección Académica en la elabo-ración de planes y proyectos innovadores de investigación y IEPC-PEC para su incorporación en el PEIC.

3. Participa en la formulación del plan operativo anual de la ESFM y de la Coordinación.

4. Cumple y hace cumplir la normativa vigente y acata las instrucciones provenientes de las Direcciones de la ESFM.

5. Apoya a la Dirección Académica en la elaboración de planes y proyectos relacionados con la IEPC-PEC.

6. Planifica en equipo comunitario el desarrollo de la IEPC-PEC.

7. Coordina y gestiona ante las instancias correspondientes la realización de actividades relativas a la IEPC-PEC.

8. Propone en base a un diagnóstico, líneas estratégicas para la investigación y producción de conocimientos.

9. Supervisa la elaboración, ejecución, y evaluación de programas de trabajo en que se incorpora el desarrollo de la IEPC-PEC.

10. Lidera y brinda apoyo técnico a las comunidades productivas docentes para el cumplimiento de las responsabilidades académicas de la IEPC-PEC.

11. Diseña conjuntamente las comunidades productivas de Especialidad el sistema de seguimiento y evaluación de la IEPC-PEC.

12. Dispone de los insumos necesarios para las actividades concernientes al desarrollo de la IEPC-PEC.

13. Planifica, supervisa y evalúa las actividades de investigación, participación en eventos científicos y el conjunto de labores que dinamicen la vida intelectual en la ESFM.

14. Dirige actividades de investigación, de modo que los resultados se apliquen como innovaciones pedagógicas tendientes a mejorar la calidad de la educación.

15. Organiza eventos de presentación y difusión de investigaciones realizadas por la ESFM en coordinación con Dirección Académica.

16. Organiza las actividades de trabajo de campo para la IEPC-PEC en sus diferentes fases.

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17. Gestiona ante autoridades educativas, comunales y otras, para la realización de prácticas y Proyectos Sociocomunitario Productivos en el área de su influencia.

18. Promueve encuentros académicos entre actores de la ESFM, Unidades Académicas con las Unidades Educativas, las comunidades y las colectividades diversas intervinientes en el proceso de la IEPC-PEC.

19. Mantiene informada a la Dirección Académica y Coordinaciones sobre las actividades que desarrollan los estudiantes en la IEPC-PEC.

20. Coordina con Dirección Administrativa y Financiera la provisión de materiales y recursos para la ejecución de la IEPC-PEC.

21. Planifica, organiza, ejecuta y evalúa conjuntamente la Dirección Académica, las Coordinaciones y comunidades productivas docentes las actividades de la IEPC-PEC.

22. Coordina permanentemente con la comunidad de producción de la Práctica Educativa y los docentes de la ESFM, a fin de que las prácticas e investigaciones respondan a las demandas que puedan surgir de las diferentes especialidades y que los futuros maestros puedan aplicar los conocimientos desarrollados en las mismas.

23. Evalúa periódicamente, al interior de la ESFM, los resultados de la práctica educativa a fin de establecer criterios que permitan mejorar la calidad en su desarrollo.

24. Propone a la comunidad de la ESFM y UA innovaciones al reglamento de la IEPC-PEC y de modalidades de egreso a partir de las experiencias de la IEPC-PEC.

25. Sistematiza las experiencias desarrolladas en la IEPC-PEC y se devuelven resultados a las Unidades Educativas/centros educativos con el objetivo de generar procesos de reflexión e innovación pedagógica en las Unidades Educativas y en la ESFM.

26. Crea mecanismos para difundir los resultados de la IEPC-PEC, a fin de construir una red de apoyo entre los centros de formación docente y otras instituciones educativas.

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27. Propicia el intercambio de experiencias de la práctica educativa con otras ESFM a través de la organización de diversos eventos.

28. Realiza el seguimiento de las acciones planificadas por el equipo de las especialidades, verificando que el proceso de la IEPC-PEC esté orientado dentro las líneas y temáticas de la investigación.

29. Solicita informes a los responsables de los equipos de las Es-pecialidades y de quienes apoyan el proceso de la IEPC-PEC.

30. Centraliza los informes preliminares y de evaluación del proceso de la IEPC-PEC.

31. Realiza otras actividades y tareas asignadas por las autori-dades de la ESFM, o por iniciativa propia, a fin de alcanzar resultados exitosos en el desempeño de sus funciones.

32. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

33. Realiza la investigación, sistematización y publicación de documentos uno por cada gestión (revista, artículo, texto, ensayos o libros).

34. Salvaguarda los bienes a su cargo.

CARGO: DOCENTE

Es responsable de planificar, implementar y evaluar en equipos comunitarios docentes los procesos educativos para la formación integral del futuro maestra o maestro, desarrollando un conjunto de experiencias innovadoras - productivas, en el aula, la escuela y la comunidad, vinculadas a procesos investigativos y práctica educativa comunitaria orientados a la resolución de problemas y la producción de conocimientos.

Se encuentra bajo la dependencia de la Directora o Director Académico de la ESFM, y de los coordinadores de Especialidad y se relaciona con toda la comunidad educativa.

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Requisitos indispensables

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de Maestra o Maestro Normalista

afín a la oferta académica de la ESFM.3. Contar con Título Profesional de Licenciatura en la

Especialidad correspondiente, Ciencias de la Educación, Pedagogía, Administración Educativa u otra relacionada al ámbito educativo.

4. Contar con tercera categoría calificada en el Sistema Educa-tivo Plurinacional y no menos de 150 puntos de méritos.

5. Conocimiento y manejo de Microsoft Office, Internet, Tics en procesos formativos.

6. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.7. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

8. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Pensamiento crítico, reflexivo, propositivo e innovador. 2. Planificación curricular y de proyectos en el marco del

modelo educativo socio-comunitario productivo.3. Manejo pleno del Currículo de Formación de Maestros y

del Modelo Educativo Sociocomunitario Productico.4. Manejo de estrategias innovadoras para un pertinente y

relevante proceso educativo.5. Liderazgo en la planificación, desarrollo, monitoreo y

evaluación de procesos formativos.6. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos

que componen la comunidad de la ESFM.7. Trabajo en comunidades productivas.8. Análisis y solución constructiva de dificultades en los

procesos educativos.9. Creatividad, dinamismo e innovación.

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10. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.11. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Diseña en equipos comunitarios docentes, planificaciones por PESP y otras planificaciones integrales para el proceso educativo de su Especialidad en el marco del Currículo Base de Formación de Maestros y el MSCP, contextualizándolas a su entorno sociocultural.

2. Organiza y presenta plan de trabajo para las salidas, viajes, visitas de apoyo que enriquezcan el proceso educativo de formación de los estudiantes.

3. Coordina con las instancias pertinentes la concreción de la IEPC-PEC

Funciones

1. Participa en trabajos comunitarios de seguimiento y evaluación del proceso educativo conjuntamente sus colegas y estudiantes.

2. Selecciona, diseña y aplica diversidad de medios educativos, con base a las necesidades y expectativas de la formación de Maestras o Maestros.

3. Aplica, de acuerdo a la planificación realizada, estrategias metodológicas que promueven la participación activa y una actitud crítica y creativa de los estudiantes.

4. Utiliza en el marco de las planificaciones integrales y participativas, las tecnologías de la información y comunicación como herramientas formativas.

5. Actúa con responsabilidad, ética, equidad y transparencia en el proceso de evaluación de los/las estudiantes.

6. Es responsable en la revisión, registro y devolución oportuna de evaluaciones y trabajos a los estudiantes.

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7. Orienta y apoya a los estudiantes con dificultades en el proceso formativo.

8. Abre espacios para reclamos, aclaraciones y observaciones a los resultados de los procesos evaluativos.

9. Planifica, ejecuta y evalúa los proyectos relacionados con la IEPC-PEC en los equipos comunitarios.

10. Coordina y trabaja permanentemente con el equipo de IEPC-PEC, a fin de que las prácticas e investigaciones respondan a las necesidades y expectativas de estudiantes y comunidad.

11. Elabora los instrumentos correspondientes al desarrollo de la IEPC-PEC en comunidad productiva de especialidad y/o de formación general.

12. Informa sobre los resultados preliminares y de evaluación del proceso de la IEPC-PEC.

13. Realiza el acompañamiento a los estudiantes en la implementación de la IEPC-PEC.

14. Participa en el equipo de sistematización de la información proveniente de la IEPC-PEC.

15. Presenta informes periódicos establecidos por el inmediato superior en el marco del cronograma de actividades.

16. Orienta, organiza, dirige y asesora en actividades socioculturales y educativas al paralelo asignado por su coordinación.

17. Participa con responsabilidad, puntualidad y compromiso en todas las actividades que hacen al proceso educativo de los/las estudiantes.

18. Realiza otras actividades y tareas asignadas por las autoridades de la ESFM, a fin de alcanzar pleno éxito en el desempeño de sus funciones.

19. Asiste a reuniones programadas por las Coordinaciones, Direcciones General y Académica, en el momento que se requiera.

20. Participa con responsabilidad y compromiso de los actos cívicos, culturales y otros de carácter institucional.

21. Asesora a los estudiantes en la elaboración de los trabajos de investigación de acuerdo a las modalidades de graduación.

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22. Participa como tribunal en el proceso de Defensa de Grado de acuerdo a las modalidades de egreso.

23. Orienta a los estudiantes sobre el nuevo rol docente en el proceso de revolución educativa que vive el Estado Plurinacional.

24. Trabaja con los estudiantes en el desarrollo del sentido de responsabilidad, solidaridad, justicia, reciprocidad, comple-mentariedad.

25. Cumple y hace cumplir la normativa vigente para el proceso educativo.

26. Demuestra entusiasmo, dedicación al trabajo y buenas relaciones con directivos, docentes, estudiantes y otros miembros de la comunidad.

27. Realiza la investigación, sistematización y publicación de documentos uno por cada gestión (revista, artículo, texto, ensayos o libros).

28. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

CARGO: SECRETARIA O SECRETARIO DECOORDINACIÓN DE IEPC-PEC

Es la instancia encargada de llevar el archivo, la correspondencia y toda la documentación; así como, la comunicación de asuntos de interés oficial, cumpliendo su trabajo con responsabilidad, profesionalismo, eficiencia, compromiso y discreción.

Se encuentra bajo la dependencia del Coordinador de Investigación Educativa, Producción de Conocimientos y Práctica Educativa Co-munitaria, tiene bajo su dependencia al personal de mensajería y limpieza asignado a su área.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de Secretaria o Secretario

Ejecutivo.

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3. Tener experiencia mayor a dos años en el área de su formación.

4. Conocimiento del sistema de legislación vigente.5. Conocimiento y dominio en el manejo de paquetes

computacionales.6. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.7. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

8. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Proactividad en el desempeño de sus funciones.2. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.3. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos

que componen la comunidad de la ESFM.4. Trabajo en comunidades productivas.5. Análisis y solución constructiva de conflictos.6. Creatividad, dinamismo e innovación.7. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia a la ESFM.

Atribuciones

1. Organiza la oficina de la Coordinadora o Coordinador de IEPC-PEC.

2. Administra y archiva la correspondencia.3. Maneja la agenda de trabajo de la Coordinadora/or, a fin

de optimizar la atención al público, la programación de reuniones de trabajo, la firma de documentos, etc.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

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2. Mantiene confidencialidad en el manejo de la documentación y de la información institucional.

3. Recibe correspondencia, deriva a las instancias correspon-dientes y realiza seguimiento para dar respuesta oportuna.

4. Elabora notas y solicitudes a Unidades Educativas, otras instituciones y organizaciones de la comunidad para un óptimo desarrollo de la IEPC-PEC.

5. Archiva las actas de evaluación y calificación de los estudiantes, así como toda la documentación generada en el proceso de planificación, organización, desarrollo y evaluación de la IEPC-PEC.

6. Mantiene relaciones cordiales con toda la comunidad educativa y lealtad con la institución.

7. Salvaguarda los bienes a su cargo.8. Elabora informes de acuerdo a solicitud expresa de la

coordinación de la que depende.9. Establece relaciones de trabajo con las diferentes unidades

académicas y administrativas de acuerdo al requerimiento.10. Efectúa labores concernientes a la correspondencia, archivo,

viajes, agenda, y otras de la coordinación.11. Atiende llamadas telefónicas, coordina visitas, brinda

información y facilita la comunicación en forma oportuna.12. Apoya en la recopilación de información y antecedentes

para el cumplimiento de tareas específicas de las distintas unidades vinculadas a la Coordinación.

13. Mantiene debidamente ordenado el archivo y registro de correspondencia recibida y expedida.

14. Solicita material de escritorio y otros recursos para el buen desarrollo de las funciones de la Coordinación.

15. Realiza otras funciones relacionadas con el cargo, previo conocimiento del/la Coordinadora/or.

16. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

17. Brinda trato con calidez humana a los estamentos: docente, administrativo, estudiantado y a personal ajeno a la institución.

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137

18. Orienta adecuadamente en todo tipo de trámites académicos administrativos y otros inherentes a ESFM y UA.

19. Publica y difunde información académica inherente al tra-bajo institucional

CARGO: RESPONSABLE DE ARCHIVO Y KARDEX

El responsable de Archivo y Kardex es la encargada o encargado de responder con profesionalidad y compromiso los requerimientos de certificación e información al personal docente y estudiantes de la ESFM y del manejo de la información referida al proceso académico de los estudiantes, inscripción, registro y seguimiento de los resultados, garantizando su seguridad, acceso y uso apropiado.

Se encuentra bajo la dependencia de la Directora o Director Académico de la ESFM, tiene bajo su dependencia al personal administrativo asignado a su área.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de Bibliotecología, Ingeniería en

Sistemas (Informática o Software).3. Experiencia como mínimo de 2 años en el ejercicio de su

profesión.4. Experiencia de dos años de trabajo en Archivo y Kardex.5. Conocimiento del sistema legislativo vigente.6. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.7. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

8. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

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2. Manejo de paquetes computacionales.3. Trabajo en comunidades productivas.4. Análisis y solución constructiva de conflictos.5. Creatividad, dinamismo e innovación.6. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.7. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Brinda información con relación al seguimiento académico, la extensión de documentación académica de calificaciones, certificaciones de estudiantes y egresados.

2. Solicita la compra de bienes y materiales de acuerdo a las necesidades y al respectivo Plan Operativo Anual.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Planifica las labores de la unidad, coordinando el desarrollo de tareas con la Dirección Académica.

3. Organiza procedimientos adecuados para la emisión de documentos oficiales propios de la unidad.

4. Organiza los procesos de registro e inscripción de estudiantes en coordinación con la Dirección Académica.

5. Administra el Sistema de Información de Formación de Maestros(SIFM).

6. Garantiza la correcta información consignada en la emisión de documentos institucionales.

7. Mantiene confidencialidad sobre la documentación e información a su cargo, establecida por la ESFM como tal.

8. Salvaguarda la documentación, los bienes y equipos a su cargo.

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9. Organiza en forma adecuada los documentos, archivos físicos y digitales para ofrecer la información inmediata.

10. Cumple y hace cumplir la normativa vigente, manuales de procedimientos relacionadas con la unidad.

11. Proporciona información estadística y la relacionada al seguimiento académico.

12. Elabora el historial académico de estudiantes.13. Imprime Certificados de Egreso, certificados en general y

otra documentación relacionada al seguimiento académico de los estudiantes.

14. Registra la programación de estudiantes regulares e inscripciones en cada periodo lectivo.

15. Emite informes sobre el historial académico de los estudiantes.

16. Presenta informes periódicos de actividades y reportes expresamente solicitados por las Direcciones General, Académica, Administrativa Financiera y Coordinaciones Académicas

17. Brinda información de la unidad correspondiente, previa autorización de la Dirección Académica.

18. Realiza oportunamente listas oficiales de estudiantes por carreras y especialidades.

19. Proporciona listas y planillas de calificaciones a los docentes.20. Brinda trato con calidez humana a los estamentos: docente,

administrativo, estudiantado y a personal ajeno a la institución.

21. Orienta adecuadamente en todo tipo de trámites académicos administrativos y otros inherentes a ESFM y UA.

22. Publica y difunde información académica inherente al trabajo institucional.

23. Realiza otras funciones relacionadas con el cargo, previo conocimiento de Dirección Académica.

24. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

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CARGO: TÉCNICA O TÉCNICO DE ARCHIVO Y KARDEX

Es la encargada o el encargado de realizar el control y seguimiento del archivo (Kardex Personales de los estudiantes y egresados), ela-borar las certificaciones de calificaciones, transcripciones de notas, para diversos trámites institucionales en la ESFM.

Se encuentra bajo la dependencia del Responsable de Archivo y Kardex de la ESFM, se relaciona especialmente con el Técnico Informático y en general con toda la comunidad educativa.

Requisitos:

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional o Diploma Académico de

Técnico Informático, Ingeniería en Sistemas (Informática o Software).

3. Experiencia de por lo menos 2 años en trabajo de archivo y kardex.

4. Poseer conocimientos en herramientas ofimáticas.5. Manejo oral de una lengua originaria del Estado

Plurinacional.6. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

7. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Manejo de paquetes estadísticos y de bibliotecología.3. Trabajo en comunidades productivas.4. Análisis y solución constructiva de conflictos.5. Creatividad, dinamismo e innovación.6. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.

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7. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de mucha exigencia.

Atribuciones

1. Elabora certificaciones de calificaciones, transcripciones de notas, control y seguimiento del archivo (Kardex Personales de los estudiantes y egresados) de la ESFM.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Controla y actualiza los Kardex personales de los estudiantes y egresados.

3. Procesa las certificaciones de calificaciones.4. Procesa legalizaciones de certificados de egresos.5. Maneja con precisión el SIFM (módulos de kardex de

estudiantes, calificaciones, admisión, etc.)6. Elabora las transcripciones de notas.7. Mantiene confidencialidad sobre la documentación e

información a su cargo, establecida por la ESFM como tal.8. Salvaguarda los bienes, equipos y documentación a su cargo.9. Cumple la normativa vigente y manuales de procedimientos

relacionados con la unidad.10. Elabora certificaciones de calificaciones.11. Elabora el historial académico de estudiantes.12. Ingresa datos de calificaciones en el SIFM.13. Realiza la inscripción de estudiantes regulares en el SIFM.14. Organiza los folders para egresados, conteniendo la

documentación correspondiente.15. Mantiene en orden el archivo impreso de calificaciones.16. Mantiene actualizados los Kardex personales de los/las

estudiantes.17. Brinda informes de certificaciones y transcripciones al

inmediato superior.

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18. Realiza otras funciones relacionadas con el cargo, previo conocimiento del Responsable de Archivo y Kardex.

19. Coadyuva en las actividades generales a ser realizadas por la unidad.

20. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

CARGO: TÉCNICA O TÉCNICO INFORMÁTICODE SISTEMAS

Es encargado del sistema de información, para que los medios electró-nicos de procesamiento de datos funcionen en forma adecuada, per-manente y eficiente, garantizando el procesamiento de la información.

Se encuentra bajo la dependencia del Responsable de Archivo y Kardex de la ESFM, se relaciona con el Técnico de Archivo y Kardex y toda la comunidad educativa de la ESFM.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Diploma Académico o Título Profesional de

Ingeniero en Sistemas (Informático o Software).3. Contar con experiencia mínima de dos años en el desarrollo

de sistemas informáticos.4. Contar con experiencia en el manejo de lenguajes de

programación.5. Contar con experiencia mínima de 1 año en sistematización

de información académica.6. Conocimiento del sistema legislativo vigente.7. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.8. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

9. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

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Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Manejo de paquetes estadísticos.3. Trabajo en comunidades productivas.4. Análisis y solución constructiva de conflictos.5. Creatividad, dinamismo e innovación.6. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia a la ESFM.7. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Opera los programas, archivos y demás soportes de información, para administrar los recursos de computación y los medios de automatización.

2. Propone el diseño de sistemas de información para el mejoramiento y optimización de los procesos académicos y administrativos.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Administra el SIFM de acuerdo a roles asignados por el jefe inmediato superior.

3. Realiza la inscripción de estudiantes regulares en el SIFM.4. Elabora certificados de notas de calificaciones.5. Elabora el historial académico de estudiantes.6. Incorpora, modifica y actualiza los datos de egresados a

través de la página web SIFM Egresados. 7. Precautela que el servicio de internet funcione en óptimas

condiciones.

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8. Diseña las herramientas informáticas que permitan la aplicación de los lineamientos de la Ley Educativa 070 en este ámbito de trabajo.

9. Diseña y desarrolla los sistemas de información requeridos por la institución.

10. Reajusta programas, mecanismos de seguridad y respaldo, operaciones automatizadas y procesos de soporte de la unidad.

11. Salvaguarda los bienes, equipos y documentación a su cargo.12. Elabora informes regulares sobre el estado de los sistemas

de información del seguimiento académico, proponiendo innovaciones tecnológicas.

13. Identifica y cualifica las necesidades de información académica de la ESFM o UA.

14. Capacita al personal docente y administrativo en los nuevos sistemas de información desarrollados por el ME.

15. Maneja correctamente el SIFM.16. Realiza cualquier otra función relacionada con el cargo,

previo conocimiento del Responsable de Archivo y Kar-dex.

17. Solicita la compra de materiales, bienes y la contratación de servicios técnicos de acuerdo a las necesidades programadas en el POA.

18. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

CARGO: TÉCNICA O TÉCNICO DE BIBLIOTECA

El Responsable de Biblioteca resguarda, organiza y difunde el material bibliográfico y documental, para satisfacer los requerimientos de la comunidad educativa de la ESFM, mediante una atención permanente con calidad y calidez. Además, orienta adecuadamente en el acceso y manejo de la información para promover la lectura e investigación,

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Se encuentra bajo la dependencia de la Directora o Director Académico de la ESFM.

Requisitos:

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Diploma Académico o Título Profesional en

Bibliotecología y Archivos.3. Experiencia mínima de dos años en el manejo de biblioteca.4. Experiencia mínima de un año en sistematización de

información bibliográfica.5. Manejo de paquetes computacionales.6. Conocimiento del sistema legislativo vigente.7. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.8. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

9. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Trabajo en comunidades productivas.2. Análisis y solución constructiva de conflictos.3. Creatividad, dinamismo e innovación.4. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia a la ESFM.5. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.6. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos

que componen la comunidad de la ESFM.

Atribuciones

1. Difunde el material bibliográfico existente y en particular las nuevas adquisiciones para un mayor alcance en la prestación del servicio.

2. Custodia y precautela por el buen uso del material bibliográfico

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Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Controla el inventario de los bienes y recursos bibliográficos en formato físico y digital, elabora catálogos bibliográficos y banco de proyectos de grado y tesis.

3. Registra y controla los datos sobre la demanda de libros y textos, para la emisión de informes oportunos.

4. Elabora informes regulares sobre el estado de los recursos bibliográficos y la demanda de la comunidad educativa en cuanto al préstamo de libros.

5. Precautela y rinde cuentas del material y equipos asignados a su unidad.

6. Elabora procedimientos técnicos para el préstamo de documentos, textos y libros

7. Realiza reuniones con el personal del área para planificar y evaluar las tareas de la unidad.

8. Elabora y ejecuta el POA en comunidad, de acuerdo a las necesidades y proyecciones de la unidad.

9. Recibe e inventaría el nuevo material bibliográfico.10. Mantiene el inventario actualizado del material bibliográfico

existente en biblioteca.11. Codifica el material bibliográfico de acuerdo al clasificador.12. Realiza el préstamo de documentos, libros, proyectos

de grado y tesis, mediante procedimientos técnicos establecidos en la biblioteca.

13. Realiza el inventario de los documentos y alertas bibliográficas en forma periódica.

14. Efectúa la automatización de la información bibliográfica, empleando lenguajes apropiados.

15. Propone la actualización de normas de préstamo de documentos a los usuarios.

16. Controla periódicamente la existencia y estado de los recursos bibliográficos.

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17. Expone los documentos y las adquisiciones recientes para conocimiento de los usuarios.

18. Solicita la compra de libros, otros recursos bibliográficos y material de escritorio.

19. Elabora estadísticas sobre el uso de libros, textos, proyectos de grado y tesis.

20. Apoya con información pertinente a la comunidad educativa, para que efectúen búsquedas bibliográficas.

21. Informa sobre los libros y documentos que requieren con más frecuencia los usuarios de la Biblioteca.

22. Supervisa los procesos técnicos realizados por el Auxiliar de Biblioteca, coordinando su trabajo.

23. Presenta informes periódicos de actividades y reportes expresamente solicitados por la Directora o Director General, Académico y Administrativo Financiero.

24. Responde a las solicitudes de información de cualquier unidad de la institución a través de la dirección respectiva.

25. Coadyuva a mantener una imagen de responsabilidad asumiendo la concreción de los objetivos institucionales según las funciones inherentes al cargo.

26. Garantiza la atención a los usuarios con calidad y calidez.27. Orienta a los estudiantes sobre la bibliografía que requieren

según sus intereses.28. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima

institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

29. Realiza cualquier otra función relacionada con el cargo, previo conocimiento de la Directora o Director Académico.

CARGO: DIRECTORA O DIRECTOR ADMINISTRA-TIVO Y FINANCIERO

Es la autoridad que en trabajo comunitario planifica, organiza, desarrolla y evalúa el conjunto de acciones que posibilitan la administración y gestión integral de recursos, que coadyuvan a alcanzar los objetivos establecidos en el PEIC y el POA de la ESFM.

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Se encuentra bajo la dependencia del Director General de la ESFM, tiene a su cargo a los Responsables de Presupuestos y Contabilidad, Bienes y Servicios, Técnico de Recursos Humanos, Coordinador de Bienestar Estudiantil, Secretaria de Dirección Administrativa y Financiera, se relaciona con la Directora o Director Académico, Coordinadores Académicos, personal docente y toda la comunidad de la ESFM.

Requisitos indispensables:

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de Maestro Normalista.3. Poseer Título Profesional de licenciado en Administración

de Empresas, Economía, Auditoría Financiera o Contaduría Pública,

4. Contar con segunda Categoría calificada en el Sistema Edu-cativo Plurinacional y no menos de 200 puntos de méritos.

5. Experiencia mínima de 3 años en cargos jerárquicos en el área administrativa del Sistema Educativo Plurinacional. Esto significa el ejercicio del cargo de Directora o Director institucionalizada o institucionalizado de unidad educativa.

6. Formación postgradual en el área financiera.7. Conocimiento del sistema legislativo vigente.8. Manejo oral de una lengua originaria del Estado

Plurinacional.9. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

10. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Pensamiento y gestión estratégica - prospectiva de la ESFM como Institución de Educación Superior.

2. Planificación estratégica situacional; diseño, ejecución y evaluación de Proyectos Educativos Socioproductivos.

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3. Manejo del Currículo de Formación de Maestras o Maestros y del Modelo Educativo Sociocomunitario Productico.

4. Experiencia en la planificación, desarrollo, monitoreo, supervisión y evaluación de procesos formativos.

5. Experiencia en Investigación Educativa.6. Manejo óptimo de Microsoft office.7. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.8. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos

que componen la comunidad de la ESFM.9. Trabajo en comunidades productivas.

10. Análisis y solución constructiva de conflictos.11. Creatividad, dinamismo e innovación.12. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia a la ESFM.

Atribuciones

1. Propone políticas a la Dirección General para mejorar la gestión administrativa y financiera.

2. Prevé la asignación de recursos para satisfacer las necesida-des institucionales y alcanzar metas presupuestarias.

3. Asigna recursos económicos a la UA provenientes de la matrícula y venta de diferentes formularios valorados.

4. Asigna a la Unidad Académica, Caja Chica para solventar gastos menores.

5. Como Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo, aprueba la compra de bienes y servicios requeridos por la ESFM y UA.

6. Prevé la asignación de recursos para satisfacer las necesidades y alcanzar las metas presupuestarias.

7. Firma cheques y todos los documentos de tipo financiero conforme a disposiciones legales en vigencia y reglamentación específica.

8. Representa a la institución por delegación de la Dirección General en los organismos que tuviera participación por disposiciones legales.

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9. Supervisa la eficiencia de los programas administrativos y financieros dependientes de la institución.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Dirige el conjunto de actividades administrativas y financieras de la ESFM.

3. Garantiza el cumplimiento de la normativa administrativa y financiera como soporte de la gestión educativa.

4. Implementa y/o mantiene el adecuado funcionamiento de los sistemas de administración y control de acuerdo a las normas vigentes.

5. Elabora el manual de procedimientos y flujogramas de todas las operaciones académicas y administrativas que desarrolla la ESFM.

6. Procura medios para optimizar los sistemas de gestión y asegurar la provisión de presupuesto.

7. Orienta a los Responsables dependientes del área administrativa de la ESFM para mejorar el desempeño administrativo.

8. Presenta el presupuesto y estados financieros de la institución, para su aprobación por el Consejo Institucional y su remisión a instancias del Ministerio de Educación.

9. Precautela y garantiza que el uso de los recursos de la institución sea eficiente, eficaz, y pertinente.

10. Elabora el Plan Operativo Anual y el presupuesto según las políticas aprobadas por la Institución en coordinación con la Dirección General, Dirección Académica y el Coordinador de UA.

11. Readecua el POA, para atender las necesidades y requerimientos de los estamentos de la ESFM y UA.

12. Gestiona el oportuno desembolso de fondos de la institución para satisfacer las necesidades institucionales.

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13. Coadyuva al cumplimiento de los objetivos institucionales establecidos en el PEIC para cada gestión.

14. Procura medios para optimizar los sistemas de gestión y asegurar la provisión de presupuesto.

15. Desarrolla, implementa y opera efectivamente, los sistemas administrativos y financieros de la ESFM.

16. Elabora Resoluciones Administrativas y monitorea la elaboración de los Estados Financieros de la institución.

17. Formula, ejecuta y controla el Plan Operativo Anual del área administrativa y financiera.

18. Garantiza que el uso de los recursos de la institución sea eficaz y eficiente velando el cumplimiento del POA de todas las unidades de la ESFM.

19. Define las pautas de seguimiento de las políticas y acciones institucionales, para cumplir con calidad, solvencia y compromiso, los objetivos administrativos y financieros.

20. Coordina la ejecución de los planes administrativos y financieros.

21. Elabora informes ejecutivos para que el Consejo Institucional tome las decisiones pertinentes.

22. Procura los medios necesarios para que la gestión administrativa se sujete a lo establecido por la ley 1178, SAFCO.

23. Planifica, ejecuta y controla las actividades administrativas y financieras para una eficiente gestión de los recursos con transparencia y la generación de información oportuna y útil, para la ESFM y UA (en caso de tener bajo su dependen-cia una UA).

24. Planifica conjuntamente el equipo de directivos, acciones de apoyo, seguimiento y evaluación a la gestión institucional, académica y administrativa financiera de las Unidades Académicas dependientes de la ESFM, programando como mínimo una visita al mes.

25. Realiza tareas delegadas por la Dirección General de Formación de Maestros, dando estricto cumplimiento a requerimiento solicitado y en los plazos indicados.

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26. Solicita y aprueba reportes presupuestarios y contables.27. Elabora informes de acuerdo a solicitudes expresas sobre la

ejecución presupuestaria.28. Garantiza la apropiada aplicación de los reglamentos y

normas de la institución, en particular los Manuales de Funciones y Procedimientos, las normas de disciplina de carácter legal.

29. Dispone de información actualizada sobre costos, liquidez, solvencia, y la situación financiera de la ESFM.

30. Apoya a la Dirección General en definir estrategias financieras para cada gestión.

31. Monitorea en coordinación con la Dirección General y Dirección Académica la evaluación anual de desempeño de los servidores administrativos.

32. Rinde cuentas dos veces en la gestión académica, a la comunidad institucional, organizaciones sociales y sociedad civil, sobre el manejo de recursos de todas las fuentes, de las que provienen recursos para la ESFM.

33. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

34. Salvaguarda los bienes asignados.

CARGO: SECRETARIA O SECRETARIODE LA DIREC-TORA O DIRECTOR ADMINISTRATIVO FINANCIERO

Es el apoyo ejecutivo a la Dirección Administrativa y Financiera de la ESFM, encargada de llevar el archivo, la correspondencia y toda la documentación, así como la comunicación de asuntos de interés oficial.

Se encuentra bajo la dependencia de la Directora o Director Administrativo Financiero de la ESFM, tiene a su cargo al personal de limpieza y mensajería de su área, se relaciona con el personal administrativo y toda la comunidad educativa.

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Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de Secretaria o Secretario

Ejecutivo3. Experiencia de trabajo, no menor de dos años, en el área de

su formación.4. Conocimiento del sistema legislativo vigente.5. Conocimiento y manejo de paquetes computacionales y

ofimática.6. Manejo oral de una lengua originaria del Estado

Plurinacional. 7. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

8. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Conocimiento y manejo solvente de paquetes computacio-nales.

3. Trabajo en comunidades productivas.4. Análisis y solución constructiva de conflictos.5. Creatividad, dinamismo e innovación.6. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia a la ESFM.7. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de mu-

cha exigencia.

Atribuciones

1. Organiza la oficina de la Directora o Director Administrativo.

2. Administra y archiva la correspondencia.3. Maneja la agenda de trabajo de la Directora o Director

Administrativo Financiero, a fin de optimizar la atención al

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público, la programación de reuniones de trabajo, la firma de documentos, etc.

4. Lleva el registro de los libros notariados para la recepción de ofertas y entrega de documentos bases de contratación, conforme a normativa vigente.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Elabora informes de acuerdo a solicitud expresa de la Dirección Administrativa.

3. Responde las solicitudes de tareas procurando un eficiente cumplimiento de acuerdo a las demandas de la Dirección correspondiente.

4. Realiza tareas relacionadas a secretariado ejecutivo.5. Mantener confidencialidad, buenas relaciones con el

personal y lealtad con la institución.6. Recibe correspondencia, deriva a las instancias

correspondientes y realiza seguimiento para dar respuesta oportuna, previa autorización del DAF.

7. Propicia buenas relaciones humanas con toda la comunidad educativa y lealtad con la institución.

8. Desarrolla sus actividades con eficiencia y eficacia, respeto y transparencia en el marco de la normativa vigente.

9. Coopera a los Responsables del área correspondiente en los requerimientos que precisan.

10. Recibe, registra, despacha y archiva correspondencia y solicitudes administrativas y financieras.

11. Vela por la organización y aprovisionamiento necesario para el desarrollo de eventos y reuniones en la ESFM.

12. Elabora oficios, informes, memorandos, circulares, proveí-dos para el cumplimiento de funciones administrativas.

13. Atiende llamadas telefónicas, coordina visitas, brinda información y facilita la comunicación en la unidad.

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14. Responde a las solicitudes de información de cualquier área de la ESFM, a través de la Dirección respectiva.

15. Lleva el registro de los libros notariados para la recepción de ofertas y entrega de documentos bases de contratación, conforme a normativa vigente.

16. Realiza el control de las llamadas al interior del país y a celulares, mediante el registro correspondiente.

17. Mantiene confidencialidad de la información inherente tanto a la institución como a su Unidad.

18. Realiza un trabajo cooperativo y efectivo con el personal de la unidad.

19. Supervisa al personal de servicio a su cargo.20. Elabora su POA en fechas establecidas por DAF.21. Solicita material y equipamiento para el uso de la oficina.22. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima

institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

23. Brinda trato con calidez humana a los estamentos: docente, administrativo, estudiantado y a personal ajeno a la institu-ción.

24. Orienta adecuadamente en todo tipo de trámites académicos administrativos y otros inherentes a ESFM y UA.

25. Publica y difunde información académica inherente al trabajo institucional

26. Coadyuva en otras funciones relacionadas con el cargo, previo conocimiento de la Directora o Director Administrativo Financiero.

CARGO: RESPONSABLE DE PRESUPUESTO YCONTABILIDAD

La/el Responsable de Presupuesto y Contabilidad garantiza la eficiente ejecución de los procesos contables, ejecuta y sugiere cambios en relación a los sistemas contables, posibilitando que se evidencie transparencia en el conjunto de transacciones económicas y financieras a ejecutarse en la ESFM, generando información

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financiera confiable, veraz y oportuna para la toma de decisiones del nivel ejecutivo en el marco de las normas legales, principios y técnicas aceptadas, dentro la Contabilidad Integrada. Así también, es el responsable de la elaboración, presentación, ejecución, evaluación y modificaciones del presupuesto anual de la ESFM en coordinación con Dirección Administrativa y Financiera, en los plazos establecidos de acuerdo a normativa vigente.

Se encuentra bajo la dependencia de la Directora o Director Administrativo y Financiero de la ESFM. Tiene a su cargo al Técnico Cajero y al Auxiliar Contable.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional en Auditoria Financiera, Contador

Público o Contabilidad General. 3. Experiencia mínima de tres años en el ejercicio contable en

instituciones educativas.4. Manejo y conocimiento del sistema de contabilidad

Integrada y/o programa SINCON.5. Conocimiento de sistema legislativo vigente.6. Manejo oral de una lengua originaria del Estado

Plurinacional.7. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

8. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Predisposición para el control minucioso de las operaciones económicas y financieras.

3. Trabajo en comunidades productivas.

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4. Análisis y solución constructiva de conflictos.5. Creatividad, dinamismo e innovación.6. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia a la ESFM.7. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Revisa, controla, acepta y solicita la documentación que respalda las operaciones económicas y financieras de la institución.

2. Demanda información sobre el movimiento de fondos, valores, liquidación de gastos, compras, venta de valores, planillas de honorarios, viáticos, becas y cuentas vinculadas, movimiento de materiales, gastos de mantenimiento y todo lo que afecte los registros contables.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educa-tiva y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Desarrolla, implementa y opera efectivamente, los sistemas contables de la ESFM.

3. Ejecuta y controla el Presupuesto Anual respectivo de la ESFM y UA.

4. Garantiza que el uso de los recursos de la institución sea eficiente y eficaz.

5. Garantiza que la información de los registros contables, de costos y la ejecución presupuestaria, esté actualizada.

6. Verifica que la documentación de respaldo de las operaciones esté completa, con las referencias del caso, revisada, aprobada y en adecuadas condiciones de custodia y seguridad.

7. Salvaguarda los bienes a su cargo.8. Coordina el trabajo en equipo del personal a su cargo en el

marco del respeto y la transparencia.

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9. En trabajo comunitario elabora y supervisa la ejecución del POA y el presupuesto de la ESFM.

10. Sugiere la mejora en la implementación de los sistemas de administración y control de acuerdo a las disposiciones de la ley 1178 SAFCO.

11. Elabora informes ejecutivos para la Dirección Administrativa y Financiera.

12. Cumple los instructivos de la Dirección Administrativa.13. Organiza sistemas de administración contable de acuerdo a

las necesidades institucionales.14. Asegura el adecuado uso de los recursos financieros de la

institución.15. Garantiza el apropiado desempeño de las prácticas

contables.16. Elabora y dispone de la documentación requerida para el

apropiado funcionamiento de la unidad.17. Contabiliza en el sistema respectivo, las operaciones

económicas y financieras, por actividades, según lo que establece la ley 1178, las disposiciones tributarias y otras normas en vigencia.

18. Aplica en la ESFM, la contabilidad integrada, los principios y normas de contabilidad.

19. Establece los saldos de la cuenta corriente bancaria de la institución.

20. Realiza el arqueo de caja, programado y sorpresivo, controlando el cumplimiento de funciones de los responsables de caja chica.

21. Efectúa la certificación presupuestaria de los gastos programados de acuerdo a requerimiento de las unidades y según lo que establece su respectivo POA.

22. Sistematiza la información sobre la ejecución presupuestaria de gastos, recursos, y balance de sumas y saldos.

23. Informa mensualmente a la Dirección Administrativa, a la Unidad Financiera del Ministerio de Educación, sobre la ejecución presupuestaria de gastos por partida y actividad.

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24. Efectúa las conciliaciones bancarias, el flujo de caja, incluyendo ingresos y egresos.

25. Elabora los estados financieros de cierre de la gestión.26. Supervisa los informes del inventario de Almacenes y la

venta de valores fiscales de la ESFM.27. Solicita los recursos, materiales e insumos que requiera su

unidad para su apropiado funcionamiento.28. Salvaguarda los bienes a su cargo.29. Realiza otras funciones relacionadas al cargo, previo

conocimiento de la Directora o Director Administrativo y Financiero.

30. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo en comunidades productivas entre todos los estamentos de la ESFM.

CARGO: AUXILIAR CONTABLE

La o el Auxiliar Contable es el encargado de elaborar los comprobantes de contabilidad integrada, mediante el registro de las transacciones y movimiento financiero, patrimonial y presupuestario para emitir información oportuna, confiable y verificable para la toma de decisiones.

Se encuentra bajo la dependencia del Responsable de Presupuestos y Contabilidad de la ESFM, se relaciona con el personal administrativo y toda la comunidad de la ESFM.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano de nacimiento.2. Poseer Título Profesional de Técnico Medio o Técnico

Superior en Administración de Empresas, Contaduría Pública o Contabilidad General.

3. Experiencia mínima de dos años en cargos similares en instituciones educativas.

4. Conocimiento del sistema legislativo vigente.

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5. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.

6. No tener procesos administrativos disciplinarios en el Servicio de Educación Pública y /o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

7. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Trabajo en comunidades productivas.3. Análisis y solución constructiva de conflictos.4. Creatividad, dinamismo e innovación.5. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.6. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Controla las cobranzas, los depósitos bancarios, las rendiciones de fondos y los legajos de cuentas por pagar.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Vela porque el registro contable de la ESFM, este actualizado y sea llevado en el marco de las normas vigentes, para que la información financiera sea emitida en forma oportuna.

3. Ofrece información adecuada sobre la documentación a cargo de la ESFM.

4. Concilia cada mes, la información financiera institucional en el Sistema de Contabilidad.

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5. Elabora los cheques correspondientes para atender las obligaciones de pago.

6. Registra las transacciones en el Sistema de Contabilidad y efectúa los pagos a los proveedores.

7. Registra la documentación sobre la venta de valores y formularios.

8. Salvaguarda los bienes a su cargo.9. Coadyuva en la elaboración de los estados financieros de fin

de año.10. Realiza el registro del libro de compras IVA, del

movimiento mensual de la institución.11. Precautela la corrección de la información y su archivo,

sobre los medios de pago, valores y documentos por cobrar.12. Solicita la compra de bienes y materiales de acuerdo a las

necesidades.13. Viabiliza la transferencia presupuestaria.14. Realiza cualquier otra función relacionada con el cargo,

previa autorización del Responsable de Presupuestos y Contabilidad.

15. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

CARGO: TÉCNICA O TÉCNICO CAJERO

Es la o el único servidor público autorizado para la recepción de efectivo por los diferentes conceptos aprobados formalmente, conforme a reglamentación interna.

Se encuentra bajo la dependencia del Responsable de Presupuestos y Contabilidad de la ESFM, se relaciona con el personal administrativo, la UA (en caso de tener bajo su dependencia una UA) y toda la comunidad de la ESFM.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.

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2. Poseer Título Profesional de Técnico Superior en Contabilidad o Licenciatura en Auditoría, Contaduría Pública, Administración de Empresas o Economía.

3. Experiencia de dos años como mínimo en cargos similares en instituciones públicas.

4. Conocimiento del sistema legislativo vigente.5. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.6. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y /o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

7. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Trabajo en comunidades productivas.3. Análisis y solución constructiva de conflictos.4. Creatividad, dinamismo e innovación.5. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia a la ESFM.6. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia

Atribuciones

1. Controla la recaudación de ingresos conforme a escala de valores, realizando los depósitos bancarios y las rendiciones de fondos en los plazos establecidos.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Realiza las cobranzas, la custodia de fondos en Caja Fuerte y el adecuado resguardo de valores de la ESFM.

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3. Emite información oportuna sobre los saldos de caja y que la cancelación de las cuentas se realice con prontitud y eficiencia.

4. Efectúa el arqueo diario de los fondos provenientes de las recaudaciones procediendo a emitir el informe dentro de las 24 horas de ingresados los recursos en forma intacta y tal como fueron recibidos, adjuntando la boleta de depósito correspondiente; en los casos en los que no exista entidades financieras en el lugar de operación de las ESFM, los depósitos se efectuarán cada viernes y el último día hábil de cada mes.

5. Lleva el registro detallado y debidamente clasificado de ingresos.

6. Se responsabiliza por el efectivo y valores manejados en la oficina de Caja; así como, los que se encuentran en tránsito al banco.

7. Salvaguarda los bienes a su cargo.8. Brinda a los usuarios de la ESFM una atención eficiente y un

trato cordial.9. Recibe el efectivo proveniente del cobro de matrícula,

derechos, ventas de valores, alquileres, venta de productos agropecuarios y otros conceptos aprobados en la escala de valores incorporada al presupuesto anual.

10. Lleva controles auxiliares de ingresos a Unidades específicas tales como Bienestar Estudiantil, Área Productiva, alquiler de canchas y otros.

11. Elabora las conciliaciones bancarias mensuales, las mismas que con visto bueno de Presupuestos y Contabilidad se elevarán a la Dirección Administrativa y Financiera.

12. Elabora, ejecuta y realiza el seguimiento permanente al cumplimiento del POA de la Unidad.

13. Solicita la compra de bienes y materiales de acuerdo a las necesidades.

14. Coadyuva en la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

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15. Realiza cualquier otra función relacionada con el cargo, previa autorización del Responsable de Presupuesto y Contabilidad.

CARGO: RESPONSABLE DE BIENES Y SERVICIOS

Es la/el encargada/o de verificar el cumplimiento de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, garantizando la transparencia, oportunidad, eficiencia y legalidad en la adquisición o contratación de bienes y servicios, manejo y disposición de bienes muebles e inmuebles.

Se encuentra bajo la dependencia de la Directora o Director Administrativo y Financiero de la ESFM, tiene a su cargo al Técnico de Soporte Informático, Técnico de Almacenes e Inventario, Técnico de Área Productiva, mensajero, servicios múltiples, portero y personal de limpieza, se relaciona con el personal administrativo y toda la comunidad de la ESFM.

Requisitos indispensables

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de Auditor Financiero, Contador

Público, Administrador de Empresas o Economista.3. Experiencia de tres años como mínimo en la administra-

ción de bienes y servicios en instituciones públicas.4. Conocimiento del sistema legislativo vigente 5. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.6. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

7. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Buena disposición para el control minucioso de las operaciones económicas y financieras.

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2. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

3. Trabajo en comunidades productivas.4. Análisis y solución constructiva de conflictos.5. Creatividad, dinamismo e innovación.6. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.7. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Exige a las diferentes unidades, el cumplimiento de las normas básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios de acuerdo a las condiciones establecidas en la institución.

2. Sugiere a la Directora o Director Administrativo y Financiero, pautas y acciones que mejoren la administración y mantenimiento de bienes y servicios.

3. Coordina con las autoridades, las prioridades de ejecución de acciones tendientes a satisfacer las necesidades.

4. Realiza el inventario físico de activos fijos de la ESFM.5. Informa sobre el mal uso de activos bajo custodio de las

diferentes unidades de la Institución.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Garantiza la disponibilidad y existencia de materiales e insumos necesarios para las actividades de las diferentes unidades.

3. Garantiza que los procedimientos de adquisiciones de bienes, servicios y materiales para la institución sean llevados en forma oportuna y transparente.

4. Verifica los procedimientos de adquisiciones de bienes, servicios y materiales para la institución.

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5. Realiza la administración de bienes y servicios, transferencia y entrega de activos fijos y materiales en el marco de la legalidad y transparencia, a todas y cada una de las unidades de trabajo.

6. Representa los intereses de la institución toda vez que sea necesario, previa autorización de los Directivos.

7. Lleva control de las transferencias y otros cambios de activos fijos dentro de las distintas unidades.

8. Resguarda y almacena los bienes confiados a su custodia.9. Atiende oportuna y eficientemente los requerimientos

de materiales, suministros, solicitados por las diferentes unidades de la ESFM.

10. Asegura apropiadas condiciones de funcionamiento de las distintas instalaciones de la ESFM, en especial de los baños, pasillos, aulas, oficinas y patios.

11. Recibe, administra, entrega materiales y bienes a las unidades solicitantes.

12. Desarrolla sus actividades con eficiencia, responsabilidad y transparencia en el marco de la normativa vigente.

13. Participa en las reuniones periódicas correspondientes para mejorar la administración de los sistemas de bienes y servi-cios.

14. Verifica el cumplimiento de especificaciones técnicas de los bienes adquiridos y de los servicios contratados.

15. Realiza verificaciones periódicas de los materiales, suministros y existencias en general, que se encuentran en la Unidad de Almacenes.

16. Supervisa la ejecución del Programa de Adquisiciones y Contrataciones de acuerdo a la normativa vigente del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.

17. Participa en la elaboración del presupuesto institucional y en todo lo que corresponde al área de bienes y servicios.

18. Actualiza el sistema de activos fijos incorporando las transferencias y compras en el sistema SIAF.

19. Desarrolla los procesos relativos al manejo de bienes muebles e inmuebles y almacenes, cumpliendo estrictamente las

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disposiciones legales vigentes y normativas específicas relativas al Subsistema de Manejo de Bienes.

20. Ejecuta los procesos administrativos relativos al Subsistema de Disposición de Bienes.

21. Supervisa las operaciones relativas a lograr en forma eficiente, eficaz, económica y oportuna: mantenimiento, mejoras y reparaciones en la infraestructura y el equipamiento.

22. Realiza las operaciones necesarias a efecto de lograr en forma eficiente, eficaz, económica y oportuna la seguridad y salvaguarda de los inmuebles y su equipamiento.

23. Proyecta la utilización adecuada y racional de los bienes muebles e inmuebles, velando por su mantenimiento, en coordinación con Dirección Administrativa y Financiera.

24. Proporciona y acondiciona oportunamente los inmuebles y muebles que serán usados en eventos especiales y reuniones de la institución.

25. Elabora informes referentes a activos fijos para su uso interno y respaldo de los registros contable, emitiendo la información necesaria para su inclusión en los estados financieros.

26. Mantiene permanentemente el sistema de control de inventario de activos fijos y la codificación de todos los bienes muebles sujetos a depreciación.

27. Mantiene actualizados y establece los files de los activos fijos.

28. Procede y verifica los inventarios de activos fijos de las unidades en forma anual, tanto de la ESFM y sus Unidades Académicas.

29. Realiza el seguimiento y evaluación del trabajo desarrollado por el personal de servicio.

30. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

31. Realiza cualquier otra función relacionada con el cargo, previa autorización de la Directora o Director Administrativa/o y Financiera/o.

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CARGO: TÉCNICA O TÉCNICO DE ALMACENES EINVENTARIO

La técnica o Técnico de Almacenes e Inventarios, está encargado de proveer, almacenar, distribuir y optimizar el empleo de los bienes, materiales, suministros y recursos que la institución adquiera para el funcionamiento institucional. Manteniendo un stock de materia-les, permanente, oportuno (no ocioso) y necesario.

Se encuentra bajo la dependencia del Responsable de Bienes y Servicios de la ESFM, se relaciona con el personal administrativo y toda la comunidad de la ESFM

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de Auditor Financiero o Diploma

Académico de Contador Público, Administrador de Empresas o Economista.

3. Experiencia de dos años como mínimo en cargos similares en instituciones públicas.

4. Conocimiento del sistema legislativo vigente.5. Manejo oral de una lengua originaria del Estado

Plurinacional.6. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

7. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Trabajo en comunidades productivas.3. Análisis y solución constructiva de conflictos.4. Creatividad, dinamismo e innovación.

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5. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia a la ESFM.6. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Garantiza la provisión oportuna de bienes materiales y su-ministros requeridos por las diferentes unidades de la ESFM.

2. Sugiere procedimientos alternativos para optimizar los procedimientos de adquisición, distribución y uso de los materiales y suministros de la institución.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Ejecuta los procedimientos administrativos, referente a los procesos de recepción, custodia, entrega y movimiento de materiales y suministros de la institución en el marco de la normativa vigente.

3. Garantiza el adecuado seguimiento y control de los ingresos y salidas de materiales y suministros, para su provisión oportuna.

4. Responde en plazos razonables, las solicitudes de informes sobre el desempeño y el apropiado cumplimiento de obligaciones en la prestación de servicios.

5. Revisa la corrección de la información consignada en los documentos respaldatorios de los registros en el movimiento de almacenes.

6. Resguarda y almacena los bienes confiados a su custodia.7. Atiende oportuna y eficientemente los requerimientos

de materiales, suministros y otros bienes que fueran solicitados.

8. Recibe, administra y entrega materiales a las unidades solicitantes.

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9. Desarrolla sus actividades con eficiencia y óptimos resultados.

10. Participa en las reuniones periódicas correspondientes para mejorar la administración de almacenes.

11. Elabora el POA de la unidad de acuerdo a las necesidades.12. Realiza verificaciones periódicas de los materiales,

suministros y existencias en general, que se encuentran en la Unidad de Almacenes.

13. Revisa los formularios de ingresos de existencias en la Unidad de Almacenes, de acuerdo a las compras realizadas.

14. Controla que el material existente en Almacenes sea suministrado a los usuarios de la institución de modo que no se interrumpan las actividades.

15. Participa en la elaboración del presupuesto institucional y en todo lo que corresponde al área de bienes y servicios.

16. Mantiene las reservas de Almacenes en cantidades y variedad suficiente para responder a los requerimientos de la institución.

17. Recibe el material adquirido por la institución verificando las cantidades y características técnicas.

18. Elabora el inventario de almacenes, sistematiza y archiva los formularios de ingreso y registro de materiales y suministros.

19. Informa sobre el movimiento de los materiales e insumos de almacenes.

20. Efectúa inventarios sorpresivos de almacenes y por muestreo cuando así se requiera.

21. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

22. Realiza cualquier otra función relacionada con el cargo, previa autorización de la Directora o Director Administrativo y Financiero.

CARGO: TÉCNICA O TÉCNICO DE SOPORTEINFORMÁTICO

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Es la encargada o encargado del mantenimiento, supervisión y cuidado apropiado de los equipos informáticos y redes de todas las unidades de la ESFM y sala de computación o telecentros.

Se encuentra bajo la dependencia de la o el Responsable de Bienes y Servicios de la ESFM, se relaciona con el personal administrativo y toda la comunidad de la ESFM.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano2. Poseer Título Profesional de Técnico Superior en Análisis

de Sistemas o Informática, (Software o ensamblaje de computadoras).

3. Experiencia de tres años como mínimo en funciones de mantenimiento de redes y hardware.

4. Conocimiento del sistema legislativo vigente.5. Manejo oral de una lengua originaria del Estado

Plurinacional.6. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

7. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM

2. Trabajo en comunidades productivas3. Análisis y solución constructiva de conflictos4. Creatividad, dinamismo e innovación5. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia 6. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia

Atribuciones

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1. Solicita la provisión de materiales, insumos y equipos, necesarios para realizar el mantenimiento de los gabinetes de computación, equipos audiovisuales y equipos de computación de las diferentes oficinas.

2. Garantiza el buen funcionamiento de los equipos de computación y audiovisuales de la ESFM.

3. Realiza mantenimiento constante de los equipos de propiedad de la ESFM.

4. Salvaguarda los bienes a su cargo.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Coordina las actividades de mantenimiento de equipos de computación y audiovisual con el responsable de Bienes y servicios.

3. Coordina con el docente de TICs para realizar instalaciones de Software de acuerdo a las necesidades de aprendizaje los estudiantes.

4. Garantiza el mantenimiento preventivo y correctivo permanente de los equipos de computación y audiovisuales.

5. Se constituye en el responsable de la sala de computación y/o sala de internet.

6. Desarrolla sus actividades con eficiencia, responsabilidad y transparencia en el marco de la normativa vigente.

7. Elabora informes regulares sobre el uso de los equipos y las necesidades de mantenimiento.

8. Garantiza el mantenimiento y renovación tecnológica de equipos en lo referido a hardware

9. Instala, actualiza y mantiene los paquetes y programas básicos de las computadoras personales con que cuenta la institución.

10. Responde a las solicitudes requeridas o en casos de fallas técnicas de los equipos.

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11. Instala, revisa, y mantiene en buenas condiciones los equipos de cómputo, componentes o periféricos.

12. Instala y verifica las conexiones entre equipos y módulos componentes.

13. Atiende la sala de internet y/o sala de computación.14. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima

institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

15. Realiza cualquier otra función relacionada con el cargo, previa autorización del Responsable de Bienes y Servicios.

CARGO: TÉCNICA O TÉCNICO DEL ÁREAPRODUCTIVA

Es la o el responsable de coordinar, apoyar y supervisar las diferentes actividades en la granja, taller, sembradío, huerto, invernadero, áreas verdes u otras actividades productivas de la ESFM en coordinación con los directivos de la ESFM y UA, fundamentalmente con la Dirección Administrativa y Financiera.

Se encuentra bajo la dependencia del Responsable de Bienes y Servicios de la ESFM, se relaciona con el personal administrativo y toda la comunidad de la ESFM.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer título de Técnico Medio en Agronomía,

Ingeniería Agronómica u otro afín según requerimiento de la ESFM.

3. Experiencia de trabajo de al menos dos años en el área productiva correspondiente.

4. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.

5. No tener procesos administrativos disciplinarios en el Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

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6. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Trabajo en comunidades productivas.3. Análisis y solución constructiva de conflictos.4. Creatividad, dinamismo e innovación.5. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.6. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Planifica, organiza, ejecuta y realiza el seguimiento, de la producción correspondiente a los recursos generados por su venta, conforme a la normativa vigente.

2. Prioriza la atención de la granja, taller, sembradío, huerto, invernadero, áreas verdes y otros espacios, velando por la preservación de los recursos de la madre tierra y la responsabilidad académica - social sobre todas las acciones desarrolladas en la unidad.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Planifica conjuntamente los directivos de la ESFM las actividades que se realizarán en la granja, taller, sembradío, huerto, invernadero, áreas verdes y otros.

3. Coordina actividades con Dirección General, Dirección Académica y Dirección Administrativa.

4. Coordina actividades con las diferentes unidades.

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5. Eleva informes de manera verbal o escrita ante el Respon-sable de Bienes y Servicios o Directora o Director Adminis-trativo sobre alguna actividad importante, o alguna acción creativa.

6. Elabora un cronograma de trabajo flexible, que pueda adaptarse a las condiciones ambientales y sociales del medio, cuidando nuestra madre tierra.

7. Salvaguarda los bienes a su cargo.8. Realiza el requerimiento de materiales e insumos necesarios

para el funcionamiento de la granja, áreas verdes y otros espacios.

9. Planifica el trabajo a desarrollar en forma semanal.10. Conjuntamente la Cajera o el Cajero, se encarga de efectuar

el alquiler de la maquinaria necesaria y la comercialización de los productos correspondientes, previa autorización de Dirección Administrativa y Financiera.

11. Realiza informes sobre el estado de las instalaciones, herramientas y equipos en coordinación con el Responsable de Bienes y Servicios y la Dirección administrativa elabora el POA de la Unidad.

12. Lleva un control minucioso sobre la producción correspondiente, elaborando para tal efecto, registros de las cantidades producidas y vendidas.

13. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

14. Realiza cualquier otra función relacionada con el cargo, previa autorización del Responsable de Bienes y Servicios.

CARGO: MENSAJERA O MENSAJERO

Es la encargada o el encargado de realizar el servicio de mensajería de la Dirección General, Académica, Administrativa y Coordinaciones de Unidades Académicas y de Especialidades, tiene la función de cumplir con rapidez, precisión y eficiencia el envío de correspondencia y mandados oficiales.

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Se encuentra bajo la dependencia del Responsable de Bienes y Servicios de la ESFM, se relaciona con el personal administrativo y toda la comunidad de la ESFM.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título de Bachiller.3. Experiencia de un año de trabajo como mínimo en labores

de mensajería, preferentemente.4. Conocimiento de Microsoft office.5. Manejo oral de una lengua originaria del Estado

Plurinacional.6. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

7. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Trabajo en comunidades productivas.3. Análisis y solución constructiva de conflictos.4. Creatividad, dinamismo e innovación.5. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.6. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Atiende prioritariamente los requerimientos de la Dirección General, Dirección Académica, Dirección Administrativa y Coordinaciones de Unidades Académica y de Especialidad en lo concerniente a envío y entrega de correspondencia.

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Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Realiza la entrega y recojo de correspondencia oficial, para que los documentos lleguen a su destino en forma oportuna.

3. Recoge correspondencia de las instituciones donde se solicite su servicio.

4. Salvaguarda los bienes a su cargo.5. Desarrolla las tareas encomendadas por las Direcciones y

Coordinaciones.6. Desarrolla sus actividades con eficiencia, guardando

confidencialidad sobre la información que maneja.7. Responde con prontitud a las solicitudes expresas que se le

encomienden.8. Coopera a las secretarías de las diferentes Direcciones y

Coordinaciones.9. Propone iniciativas que coadyuven a mejorar la entrega de

correspondencia y el cumplimiento de envíos.10. Realiza la entrega de la documentación enviada a las

unidades respectivas.11. Verifica el sello de recepción de la documentación

entregada.12. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima

institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

13. Realiza cualquier otra función relacionada con el cargo, previa autorización del/la Responsable de Bienes y Servicios.

CARGO: SERVICIOS MÚLTIPLES

La Técnico o el Técnico en Servicios Múltiples es la encargada o encargado del mantenimiento y reparación de la infraestructura, la

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provisión permanente de servicios básicos, conservación de áreas verdes y el control permanente de la limpieza de aulas, baños y oficinas de la ESFM, de modo que el conjunto de estas actividades se desarrollen adecuadamente.

Se encuentra bajo la dependencia del Responsable de Bienes y Servicios de la ESFM, se relaciona con el personal administrativo y con toda la comunidad de la ESFM.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Certificación en construcciones, electricidad,

jardinería, carpintería, agropecuaria, etc.3. Experiencia de 2 años como mínimo en cargos similares.4. Conocimiento del sistema legislativo vigente.5. Manejo oral de una lengua originaria del Estado

Plurinacional.6. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

7. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Buena disposición para el mantenimiento del inmueble y bienes, a su cargo.

2. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

3. Trabajo en comunidades productivas.4. Análisis y solución constructiva de conflictos.5. Creatividad, dinamismo e innovación.6. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.7. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

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Atribuciones

1. Coordina con el responsable de Bienes y Servicios para el mantenimiento de los ambientes e infraestructura de la ESFM.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Asegura apropiadas condiciones de funcionamiento de las distintas instalaciones de la ESFM y sus unidades académicas, en especial de los baños, pasillos, aulas, oficinas, y patios.

3. Garantiza el buen funcionamiento y la provisión regular de servicios básicos de instalaciones de servicio eléctrico, agua, conexión telefónica e Internet.

4. Mantiene en buenas condiciones la infraestructura de la institución.

5. Realiza el mantenimiento de áreas verdes de los predios de la ESFM.

6. Planifica y supervisa el mantenimiento de la infraestructura de la institución.

7. Salvaguarda los bienes a su cargo.8. Elabora informes técnicos solicitados por Dirección

Administrativa y Financiera o el responsable de Bienes y Servicios de la ESFM.

9. Vela por la apropiada conservación de los edificios y bienes de la institución.

10. Canaliza el arreglo y/o reparación de los muebles, pupitres, mesas y otro mobiliario académico y de oficina.

11. Garantiza que se realice el mantenimiento de los pisos y el arreglo de paredes y techos en forma oportuna.

12. Solicita materiales, insumos y repuestos para cumplir las responsabilidades concernientes al cargo.

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13. Solicita los recursos materiales o insumos que requiera la ESFM para la adecuada conservación de las áreas verdes.

14. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

15. Realiza cualquier otra función relacionada con el cargo, previa autorización del Responsable de Bienes y Servicios.

CARGO: PORTERA O PORTERO

La portera o el portero es la encargada o encargado de garantizar el cuidado del inmueble y mobiliario de la ESFM, controla la entrada y salida del personal directivo, docentes, estudiantes y otras personas.

Se encuentra bajo la dependencia del Responsable de Bienes y Servicios de la ESFM, se relaciona con el personal administrativo y toda la comunidad de la ESFM y UA.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título de Bachiller.3. Tener experiencia en el cargo (deseable).4. Tener conocimiento de la lengua originaria de su contexto.5. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

6. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM

2. Trabajo en comunidades productivas.3. Análisis y solución constructiva de conflictos.

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4. Creatividad, dinamismo e innovación.5. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia a la ESFM.6. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Registra el ingreso de personas ajenas a la institución, restringiendo el acceso en caso sospechoso.

2. Registra el ingreso y salida de bienes de dudosa tenencia.3. Exige la autorización del funcionario competente, para la

entrada y salida de bienes.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Controla que las puertas de acceso se encuentren en perfectas condiciones, con chapas, candados cada una con sus respectivas llaves.

3. Revisa constantemente las puertas y ventanas, para garantizar su seguridad en el área de sus funciones.

4. Cuida y salvaguarda mobiliario e inmueble de la ESFM.5. Cuida que el alumbrado público de la institución se

encuentre en óptimas condiciones. 6. Garantiza la seguridad de la institución a responsabilidad

plena, tanto de día como de noche. 7. Vela por el apropiado cuidado de la ESFM, garantizando la

seguridad de todos los servicios.8. Garantiza la seguridad de la institución de manera cotidiana.9. Desarrolla sus actividades con eficiencia y eficacia,

responsabilidad y transparencia.10. Organiza en un tablero visible y enumerado las llaves de la

institución.11. Controla que los docentes y administrativos porten la

credencial respectiva.

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12. Registra la entrada y salida de las personas y usuarios que visitan la ESFM

13. Demuestra puntualidad, esmero y buen trato a las personas en su trabajo.

14. Realiza la limpieza y botado de basura de ambientes y área asignada, como también el de su vivienda.

15. Solicita al responsable de bienes de servicios los insumos nece-sarios para el mantenimiento de la seguridad de la institución.

16. Custodia los bienes de la institución.17. Coordina el trabajo de portería con el personal de servicio. 18. Salvaguarda los bienes a su cargo.19. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima

institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

20. Realiza cualquier otra función relacionada con el cargo, previa autorización del Responsable de Bienes y Servicios.

CARGO: PERSONAL DE LIMPIEZA

Es el encargado de la limpieza en las diferentes unidades y entorno organizacional de la ESFM, desarrollando sus tareas con rapidez, precisión y eficiencia, custodiando los bienes muebles de su área; así como el aseo permanente.

Se encuentra bajo la dependencia del Responsable de Bienes y Servicios de la ESFM, se relaciona con el personal administrativo y toda la comunidad de la ESFM.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título de Bachiller.3. Tener conocimiento de la lengua originaria del Estado

plurinacional.4. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

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5. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Trabajo en comunidades productivas.3. Análisis y solución constructiva de conflictos.4. Creatividad, dinamismo, innovación y agilidad.5. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.6. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Atiende prioritariamente los requerimientos de su unidad en lo concerniente a la limpieza del área asignada.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Mantiene la limpieza permanente de las áreas asignadas y del menaje respectivo.

3. Promueve que las personas de la ESFM conserven actitudes de higiene y limpieza mientras permanecen en la institución.

4. Salvaguarda los bienes a su cargo.5. Comunica a Dirección Administrativa y Financiera y

al Responsable de Bienes y Servicios, sobre cualquier desperfecto de sanitarios, bienes muebles de aulas, oficinas e infraestructura.

6. Desarrolla sus actividades con eficiencia y eficacia, responsabilidad y transparencia.

7. Responde con prontitud a las solicitudes expresas de su inmediato superior.

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8. Realiza la limpieza y botado de basura de ambientes y área asignada.

9. Realiza en forma permanente la supervisión de la limpieza en general, para garantizar la imagen institucional.

10. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

11. Realiza cualquier otra función relacionada con el cargo, previa autorización del Responsable de Bienes y Servicios.

CARGO: TÉCNICA O TÉCNICODE RECURSOSHUMANOS

Está encargada/o de planificar, organizar, desarrollar y evaluar comunitariamente un conjunto de acciones relativas al personal de la ESFM, a fin de lograr los objetivos institucionales establecidos en el PEIC.

Se encuentra bajo la dependencia de la Directora o Director Administrativa/o y Financiera/o de la ESFM, se relaciona con toda la comunidad de la ESFM.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de Licenciatura en Administración

de Empresas.3. Experiencia de trabajo de tres años como mínimo en el área

de RRHH.4. Conocimiento del sistema legislativo vigente.5. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.6. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

7. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

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Aptitudes y actitudes básicas

1. Vocación de servicio para organizar y orientar al personal, cumpliendo funciones de administración de personal.

2. Facilidad para establecer buenas relaciones humanas que posibiliten cumplir tareas de liderazgo.

3. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

4. Trabajo en comunidades productivas.5. Análisis y solución constructiva de conflictos.6. Creatividad, dinamismo e innovación.7. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.8. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Elabora el programa de fortalecimiento profesional del personal de la ESFM con base a la identificación de necesidades y expectativas.

2. Diseña y establece sistemas de control sobre la asistencia del personal directivo, docente y administrativo.

3. Informa sobre faltas graves cometidas por el personal a su cargo.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Analiza las necesidades del personal, proponiendo pautas de soluciones en el marco del Reglamento Interno de Personal (RIP) y Reglamento del Escalafón Nacional del Servicio de Educación.

3. Orienta al personal a su cargo, precautelando la apropiada coordinación y cumplimiento de obligaciones.

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4. Coordina y dinamiza la realización de actividades de fortalecimiento profesional y de capacitación en beneficio del desempeño del personal de la ESFM y de las UA.

5. Mantiene informada a la Dirección Administrativa y Financiera sobre los resultados de desempeño del personal administrativo.

6. Elabora partes de asistencia mensual, coordinando la información procedente de las unidades de la institución.

7. Informa sobre los casos que requieren la aplicación de medidas correctivas.

8. Elabora estrategias que permitan la comunicación asertiva y al trabajo en comunidades productivas en las ESFM y las UA.

9. Salvaguarda los bienes a su cargo.10. Sugiere a la Dirección Administrativa y Financiera

la realización de actividades orientadas a mejorar las relaciones humanas entre los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de obligaciones.

11. Diseña una base de datos sobre el personal de la institución, con la información personal, profesional, experiencia laboral y cursos de capacitación.

12. Efectúa el control del personal y elabora informes periódicos.

13. Identifica los problemas y necesidades que dificultan mejorar los procesos y resultados del trabajo institucional.

14. Realiza el seguimiento y control del cumplimiento del POA en coordinación con la Dirección Administrativa y Financiera.

15. Controla la asistencia del personal mediante sistemas automáticos y manuales.

16. Garantiza el logro de sus funciones con la mayor eficiencia, eficacia y transparencia.

17. Sugiere en base a los resultados de la Hoja de Concepto y la Evaluación de Desempeño, la posible rotación, ubicación del personal en sus diferentes niveles, siempre en el marco de las leyes y normas vigentes.

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18. Apertura y mantiene actualizada las Carpetas Personales, proponiendo mejoras en cuanto al archivo.

19. Actualiza en forma permanente el inventario de Personal.20. Da estricto cumplimiento a las disposiciones normativas

generales y reglamentarias específicas relativas al Sistema de Administración de Personal.

21. Informa a la autoridad competente sobre incumplimiento de deberes formales o incumplimiento a requisitos que acrediten la permanencia del personal.

22. Reporta mensualmente al Ministerio de Educación los partes de asistencia del Personal Docente y Administrativo y elabora planillas para el recojo de haberes.

23. Reporta al Director General de la ESFM en forma trimestral los formularios de Altas, Bajas y cumplimiento de la declaración jurada en el mes de su cumpleaños.

24. Solicita materiales y otros insumos de acuerdo a las necesidades y requerimientos de la unidad.

25. Elabora en comunidad el POA de la unidad a su cargo.26. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima

institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

27. Realiza cualquier otra función relacionada con el cargo, pre-via autorización de Dirección Administrativa y Financiera

CARGO: COORDINADORA O COORDINADORDE BIENESTAR ESTUDIANTIL

Está encargada/o de planificar, organizar, desarrollar y evaluar co-munitariamente un conjunto de Proyectos que contribuyen a fortale-cer el desarrollo personal y social de los estudiantes de las ESFM, me-diante acciones de orden cultural, deportivo, de salud integral, etc.

Se encuentra bajo la dependencia de la Directora o Director Administrativo y Financiero de la ESFM, tiene a su cargo al Médico General, Técnico de Orientación Estudiantil, Cocinera o Cocinero y Ayudante de Cocina, se relaciona principalmente con la Directora

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o Director académico para articular su trabajo al proceso formativo y con toda la comunidad de la ESFM.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de Maestra o Maestro Normalista

afín al cargo al que postula.3. Poseer Título Profesional a nivel Licenciatura en Psicología,

Trabajo Social o áreas afines.4. Experiencia de al menos tres años en el ejercicio de la

profesión.5. Conocimiento de la legislación vigente6. Manejo oral de una lengua originaria del Estado

Plurinacional.7. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

8. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Trabajo en comunidades productivas.3. Análisis y solución constructiva de conflictos.4. Creatividad, dinamismo e innovación.5. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.6. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.7. Conocimiento y manejo de Microsoft Office.

Atribuciones

1. Planifica comunitariamente un conjunto de proyectos destinados a mejorar los servicios de atención a estudiantes de la ESFM.

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2. Gestiona la dotación de material, ambientes y equipos que se requieran para efectuar las tareas concernientes a la Unidad.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Planifica y desarrolla acciones participativas de fortalecimiento profesional para el personal integrante de la Coordinación.

3. Supervisa y garantiza el funcionamiento efectivo de todas las unidades a su cargo en la atención a las o los estudiantes.

4. Evalúa el efecto e impacto de los servicios de atención a los/las estudiantes.

5. Brinda, conjuntamente las instancias pertinentes apoyo académico a los estudiantes en situación de riesgo.

6. Salvaguarda los bienes a su cargo.7. Se compromete por lograr el cumplimiento de sus funciones

con calidad y calidez humana.8. Promueve actividades culturales, sociales y de salud para las

o los estudiantes.9. Promueve acciones que permitan preservar y fortalecer la

salud de la comunidad estudiantil10. Analiza las necesidades en atención médica de la comunidad

educativa estudiantil.11. Coordina y dinamiza la realización de actividades en

beneficio de la salud médica y emocional o en otros casos de atención de internado o comedor, de los estudiantes.

12. Vela por el bienestar físico, psicológico y social de los estudiantes de la institución.

13. Revisa los casos de becarios en relación a la admisión de la ESFM.

14. Realiza el seguimiento y apoyo a casos de estudiantes que requieren la intervención de trabajo social.

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15. Ofrece orientación que permita identificar los casos que requieren atención profesional en las unidades de su dependencia.

16. Asume el logro de objetivos de atención profesional según las funciones inherentes al cargo.

17. Identifica las necesidades personales y los tópicos críticos comunes que demandan estrategias y acciones profesionales especializadas en las Escuelas Superiores de Formación de Maestros.

18. Planifica, supervisa y evalúa las actividades de la coordinación a fin de ofrecer una atención profesional idónea que permita mejorar la vida institucional.

19. Garantiza la atención de los diferentes profesionales, en beneficio de la comunidad estudiantil.

20. Presenta informes periódicos de actividades y reportes expresamente solicitados por las instancias respectivas.

21. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

22. Realiza cualquier otra función relacionada con el cargo, previa autorización delas instancias de las que depende.

23. Dispone del material necesario para cumplir las actividades concernientes a la Unidad.

CARGO: MÉDICO GENERAL

Ofrece una adecuada y oportuna atención de salud a los estudiantes que requieren el servicio en la ESFM, brindando un servicio con calidad y calidez humana.

Se encuentra bajo la dependencia de la Coordinadora o Coordinador de Bienestar Estudiantil de la ESFM, se relaciona con toda la comunidad de la ESFM.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.

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2. Poseer Título Profesional de Médico General.3. Experiencia de tres años como mínimo en atención médica.4. Conocimiento del sistema legislativo vigente.5. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.6. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y /o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

7. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Trabajo en comunidades productivas.3. Análisis y solución constructiva de conflictos.4. Creatividad, dinamismo e innovación.5. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.6. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Vela por el bienestar integral de los estudiantes de la ESFM. 2. Solicita la provisión de materiales, equipos y medicamentos

necesarios para la atención a los estudiantes.3. Remite a los pacientes del consultorio a otras unidades

externas, en casos necesarios.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Brinda atención de medicina general en consultorio a estudiantes de la ESFM.

3. Garantiza que la atención médica sea de manera eficiente y oportuna.

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4. Vela por la buena salud y nutrición de los estudiantes de la ESFM.

5. Controla los brotes epidemiológicos dentro la población estudiantil y personal de la institución.

6. Salvaguarda los bienes a su cargo.7. Prioriza urgencias y emergencias médicas.8. Elabora informes técnicos y profesionales sobre la atención

en el consultorio.9. Responde con calidad y ética profesional, a los requerimien-

tos de atención.10. Supervisa la apertura de kardex médico estudiantil me-

diante la revisión médica a estudiantes nuevos.11. Garantiza la atención en consulta médica externa a

los estudiantes, conforme a horarios y procedimientos establecidos, manteniendo un registro formal de pacientes atendidos por día.

12. Firma las solicitudes de exámenes médicos complementarios, pudiendo mediar los servicios de trabajo social.

13. Realiza el control y seguimiento del servicio médico (historia clínica).

14. Gestiona la interconsulta profesional con diferentes especialidades a favor de los estudiantes.

15. En casos especiales, realiza la atención médica a domici-lio.

16. Propicia actividades educativas de prevención en temas de salud.

17. Eleva informes y estadísticas de labores efectuadas, a la o al Responsable de Bienestar Estudiantil, autoridades y funcionarios que legítimamente así lo requieran.

18. Cumple con la responsabilidad sobre la buena conservación y mantenimiento de bienes, materiales y documentos a su cargo.

19. Elabora en trabajo comunitario el POA de la Coordinación.20. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima

institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

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21. Realiza cualquier otra función relacionada con el cargo, previa autorización del Responsable de Bienestar Estudiantil.

CARGO: TÉCNICA O TÉCNICO DE ORIENTACIÓN ESTUDIANTIL

Es la encargada o el encargado de brindar orientación integral a los estudiantes de las ESFM y garantizar atención de: trabajo social y/o psicológico y/o pedagógico, velando que los beneficios lleguen a la comunidad estudiantil de la ESFM.

Se encuentra bajo la dependencia de la Coordinadora o el Coordinador de Bienestar Estudiantil de la ESFM, se relaciona con toda la comunidad de la ESFM.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título Profesional de Licenciatura en Trabajo Social

o Psicología.3. Experiencia laboral en el área, de dos años mínimamente. 4. Conocimiento del sistema legislativo vigente.5. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.6. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

7. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Trabajo en comunidades productivas.3. Análisis y solución constructiva de conflictos.4. Creatividad, dinamismo e innovación.

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5. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.6. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Solicita y verifica documentación que respalde la necesidad de vivienda de los estudiantes postulantes al internado.

2. Solicita los insumos y equipamiento necesarios para el buen funcionamiento del internado.

3. Garantiza un servicio de calidad y calidez a los estudiantes.4. Realiza el estudio socioeconómico de los postulantes al

internado.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Atiende los casos derivados desde la coordinación de bienestar estudiantil.

3. Elabora participativamente el reglamento interno del internado, en coordinación con las instancias pertinentes.

4. Promueve un clima armónico entre la comunidad educativa que reside en el internado.

5. Orienta y apoya a los estudiantes en temas referidos a atención de carácter psicológico, pedagógico, internado, comedor y otros.

6. Identifica problemáticas de los estudiantes 7. Apoya al trabajo de la Coordinación en la elaboración

e implementación de proyectos y otras actividades que beneficien a la comunidad estudiantil.

8. Apoya en la solución constructiva de conflictos y problemas que pudieran surgir en la comunidad estudiantil.

9. Fomenta a través de diferentes acciones, relaciones de complementariedad y convivencia armónica entre

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la comunidad estudiantil y los otros estamentos de la ESFM.

10. Desarrolla un conjunto de acciones de capacitación en temas referidos a la cultura juvenil, educación para la sexualidad, relaciones de convivencia armónica y complementaria y otros temas de interés y expectativa para los estudiantes.

11. Brinda orientación en temas referidos a orientación vocacional y profesional para fortalecer la elección de la especialidad en la que se desempeñará en el futuro.

12. Gestiona ante las instancias pertinentes el apoyo académico para estudiantes en situación de riesgo o desventaja, promoviendo la realización de cursos complementarios en diversas áreas.

13. Realiza estudios de caso sobre estudiantes con problemas familiares a fin de aminorar o evitar incidencia en su desempeño académico.

14. Motiva para que se preserve un apropiado clima institucional, a través del cumplimiento de derechos y deberes de los estudiantes.

15. Vela por el estricto cumplimiento de las normas establecidas en el Reglamento Interno del internado en trabajo conjunto con los estudiantes.

16. Salvaguarda los bienes a su cargo.17. Orienta a los estudiantes para el cumplimiento de deberes y

obligaciones dentro la ESFM.18. Promueve a través de diferentes acciones la convivencia

fraterna y solidaria entre los estudiantes del internado.19. Asigna a los estudiantes responsabilidades relacionadas con

hábitos de trabajo, limpieza, puntualidad 20. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima

institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

21. Realiza cualquier otra función relacionada con el cargo, previa autorización de la o el Responsable de Bienestar Es-tudiantil.

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CARGO: COCINERA O COCINERO

Es la encargada o el encargado de garantizar una atención de calidad y calidez en el comedor, velando porque los alimentos que se proporcionen a los estudiantes de la ESFM, sean nutritivos y su distribución sea en condiciones higiénicas.

Se encuentra bajo la dependencia de la Coordinadora o Coordinador de Bienestar Estudiantil de la ESFM, se relaciona con toda la comunidad de la ESFM.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título de Bachiller, de preferencia con estudios

técnicos en ciencias de la alimentación o nutrición.3. Experiencia laboral en el área, mínimamente de 2 años.4. Certificación en capacitación alimentaria o nutricional.5. Contar con el carnet de salubridad.6. Conocimiento del sistema legislativo vigente 7. Manejo oral de una lengua originaria del Estado Plurinacional.8. No tener procesos administrativos disciplinarios en el

Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

9. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM..

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Trabajo en comunidades productivas.3. Análisis y solución constructiva de conflictos.4. Creatividad, dinamismo e innovación.5. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.6. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

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Atribuciones

1. Solicita documentación que respalde la entrega de los alimentos a los estudiantes de la ESFM.

2. Solicita los insumos y equipamiento necesarios para el buen funcionamiento del comedor.

3. Garantiza un servicio de calidad y calidez a los estudiantes.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Garantiza la buena nutrición de los comensales con una dieta equilibrada

3. Mantiene un clima armónico entre la comunidad educativa que reside en el comedor.

4. Orienta y apoya a los estudiantes del comedor, cuando así lo requieran.

5. Garantiza que la manipulación de los alimentos sea en condiciones higiénicas y salubres.

6. Salvaguarda los bienes a su cargo.7. Motiva para que se preserve un apropiado clima en el

comedor, a través del cumplimiento de derechos y deberes de los estudiantes.

8. Planifica el menú en forma mensual en trabajo conjunto con la Coordinadora o Coordinador de Bienestar Estudian-til.

9. Prevé la provisión oportuna de insumos alimenticios en formulario de pedido de materiales en forma semanal, o cuando sea necesario.

10. Elabora los alimentos en forma diaria en coordinación con el ayudante de cocina, conforme al menú aprobado, en condiciones higiénicas

11. Vela por la provisión de una dieta equilibrada y nutritiva a los comensales

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12. Toma medidas para garantizar la adecuada conservación de los alimentos, especies, insumos y otros.

13. Controla la entrega oportuna de los alimentos, conforme a planillas debidamente autorizadas en forma diaria.

14. Promueve a través de diferentes acciones la convivencia fraterna y solidaria entre los estudiantes del comedor.

15. Asigna a los estudiantes responsabilidades relacionadas con hábitos de trabajo, limpieza, puntualidad

16. Cumple un horario establecido para la atención a los comensales.

17. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institu-cional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

18. Realiza cualquier otra función relacionada con el cargo, previa autorización del Responsable de Bienestar Estudiantil.

CARGO: AYUDANTE DE COCINA

Es la encargada o encargado de coadyuvar en proporcionar una atención eficiente y eficaz en el comedor, velando porque los alimentos que se proporcionen a los estudiantes de la ESFM, sean nutritivos y su distribución sea en condiciones higiénicas.

Se encuentra bajo la dependencia de la cocinera o cocinero de la ESFM, se relaciona con toda la comunidad de la ESFM.

Requisitos

1. Ser boliviana o boliviano.2. Poseer Título de Bachiller, de preferencia con conocimientos

de cocina.3. Experiencia laboral en el área, mínimamente de un año.4. Conocimiento del sistema legislativo vigente 5. Contar con carnet de salubridad.6. Manejo oral de una lengua originaria del Estado

Plurinacional.

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7. No tener procesos administrativos disciplinarios en el Servicio de Educación Pública y/o procesos sindicales con sentencia ejecutoriada en su contra.

8. Dedicación exclusiva al trabajo en la ESFM.

Aptitudes y actitudes básicas

1. Comunicación fluida y asertiva con todos los estamentos que componen la comunidad de la ESFM.

2. Trabajo en comunidades productivas.3. Análisis y solución constructiva de conflictos.4. Creatividad, dinamismo e innovación.5. Compromiso, lealtad y sentido de pertenencia.6. Trabajo con alto nivel de desempeño en situaciones de

mucha exigencia.

Atribuciones

1. Solicita los insumos y equipamiento necesarios para el buen funcionamiento del comedor.

2. Garantiza un servicio de calidad y calidez a los estudiantes y comensales.

Funciones

1. Desarrolla las tareas asignadas con eficiencia y resultados favorables en el marco de lo establecido en la política educativa y la normativa vigente en el Estado Plurinacional.

2. Cumple las instrucciones de la cocinera o cocinero en cuanto al procesamiento de los alimentos.

3. Procesa los alimentos conforme al menú aprobado en condiciones de higiene y salubridad, según la norma de manipulación de alimentos.

4. Salvaguarda los bienes a su cargo.5. Motiva para que se preserve un apropiado clima en el

comedor, a través del cumplimiento de derechos y deberes de los estudiantes.

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6. Solicita la provisión oportuna de insumos alimenticios al cocinero en forma diaria, en base al menú aprobado.

7. Elabora los alimentos en forma diaria en coordinación con la cocinera o cocinero, conforme al menú aprobado, en condiciones higiénicas.

8. Coadyuva para el mantenimiento y conservación de los alimentos, especies, insumos y otros.

9. Cumple un horario establecido para la atención a los comensales.

10. Coadyuva a la creación y consolidación de un clima institucional favorable para el trabajo comunitario entre todos los estamentos de la ESFM.

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Conformación y

Funcionamiento de los

Consejos Educativos de las

Reglamento de Creación,

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CapÍTULO Idisposiciones Generales

Articulo 1. (Objeto). El presente reglamento tiene por objeto re-gular la creación, conformación, responsabilidades y atribuciones de los Consejos Educativos de las Escue-las Superiores de Formación de Maestras y Maestros.

Artículo 2. (Ámbito de aplicación). Las disposiciones contenidas en el presente reglamento tienen como ámbito de aplicación a todas las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros del Estado Plurinacional de Bolivia.

Artículo 3. (Marco Jurídico). Constituyen el marco jurídico del presente Reglamento:

Constitución Política del Estado Plurinacional de 7 de febrero de 2009.

Ley de Educación Avelino Siñani -Elizardo Pérez N° 070 de 20 de diciembre de 2010.

Decreto Supremo Nº 0156 de 06 de junio de 2009. Reglamento General de las Escuelas Superiores de

Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas del Estado Plurinacional de Bolivia.

Articulo 4. (Creación de Consejos Educativos de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros). Los Consejos Educativos de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros se crean con el propósito de promover la participación social comunitaria en la gestión educativa y mejorar la calidad del servicio que prestan a la comunidad.

Para el cumplimiento de este propósito se crean los siguientes Consejos:

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Consejo Educativo Social Comunitario Consejo Institucional Consejo Académico

CapÍTULO IIconsejo educativo social comunitario

Artículo 5. (Naturaleza y propósito). El Consejo Educativo So-cial Comunitario de las Escuelas Superiores de Forma-ción de Maestras y Maestros constituye el espacio de participación social comunitaria que coadyuva al desa-rrollo de una gestión educativa que responda a las ne-cesidades y expectativas de la comunidad en cuanto a la formación de maestras y maestros para los diferentes subsistemas del Sistema Educativo Plurinacional SEP.

Artículo 6. (Establecimiento). El Consejo Educativo Social Co-munitario se establecerá dentro de los treinta días si-guientes al inicio de la gestión académica en las ESFM. La primera reunión será convocada por la Directora o Director General de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros y su conformación se realizará en el marco de los principios y valores establecidos en el Art. 8, de la Constitución Política del Estado.

Artículo 7. (Conformación). El Consejo Educativo Social Comunitario se organizará en sus diferentes carteras de acuerdo a las necesidades y expectativas que la comunidad demanda a la ESFM, formando parte del mismo las principales instituciones y organizaciones representativas del territorio en el que se ubica la ESFM.Estará compuesto básicamente por:

1. La Directora o el Director General de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, quien presidirá el Consejo.

2. La Coordinadora o Coordinador de Unidad Académica.

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3. Un/a representante del sindicato de maestros y personal administrativo de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros.

4. Un/a representante de la Federación de Estudiantes de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros.

5. Dos representantes de las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos, Interculturales y Afrobolivianos vinculados a la ESFM.

6. Dos representantes de organizaciones o instituciones educativas del contexto de la ESFM vinculadas a la formación de maestras y maestros.

7. Dos representantes del sector productivo del territorio en el que se ubica la ESFM.

Artículo 8. (Titularidad y Suplencia). Con la finalidad de asegurar el funcionamiento del Consejo Educativo Social Comunitario, cada una de las instituciones y organizaciones participantes, acreditará un representante titular y un representante suplente.

Artículo 9. (Organización y funcionamiento del Consejo Edu-cativo Social Comunitario). La organización y fun-cionamiento del Consejo Educativo Social Comuni-tario serán regulados mediante reglamento específico elaborado por el propio Consejo, en el marco estricto de la normativa vigente y el presente reglamento.

Artículo 10. (Responsabilidades y atribuciones). Las principales responsabilidades y atribuciones del Consejo Educativo Social Comunitario de las ESFM son:

a. Velar por el cumplimiento de los principios constitucionales en la gestión educativa de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros.

b. Contribuir al logro de una gestión educativa transparente a través del ejercicio del control social.

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c. Trabajar participativamente con vocación de servicio, com-promiso, solidaridad, reciprocidad y complementariedad entre todos los actores educativos.

d. Promover consensos entre los diferentes actores de la educación para la definición e implementación de políticas educativas institucionales, comprendiendo que la educación es un bien común y responsabilidad de todas y todos.

e. Participar en la ejecución de políticas educativas institucionales expresadas en el Reglamento General de la Escuela Superior, el Plan Estratégico Institucional Comunitario y los Proyectos Educativos Socioproductivos trabajados en el marco de la Constitución Política del Estado, la Ley Avelino Siñani - Elizardo Pérez y otras normas conexas del Estado Plurinacional.

f. Realizar seguimiento a la ejecución de la Programación Operativa Anual de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros.

g. Proponer y respaldar la ejecución de programas y proyectos socioproductivos.

h. Canalizar convenios con las comunidades y sus organizaciones respectivas para desarrollar la educación sociocomunitariaproductiva.

i. Establecer mecanismos de coordinación con las diferentes autoridades, con otras comunidades y con grupos organizados existentes en la comunidad a fin de garantizar la implementación de los proyectos socioproductivos.

j. Participar en los procesos de evaluación de la gestión educativa en la ESFM.

k. Coadyuvar a que los procesos de selección e ingreso de nuevos postulantes a la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros se realicen conforme a lo estipulado en la convocatoria que el Ministerio de Educación emane.

l. Coadyuvar para que los procesos de institucionalización de cargos directivos, docentes, administrativos y personal de servicio sean transparentes.

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m. Apoyar en la gestión del cumplimiento de funciones de la Directora o Director General; Directora o Director Acadé-mico y Directora o Director Administrativo Financiero.

n. Apoyar y realizar seguimiento a la implementación del cu-rrículo preservando su pertinencia social y relevancia cultu-ral, lingüística, descolonizadora, intracultural, intercultural, con equidad de género, generacional, justicia social, equili-brio y armonía con la Madre Tierra para el Vivir Bien.

o. Coadyuvar en la implementación de los proyectos socioproductivos que forman parte del PEIC de la ESFM.

p. Denunciar ante la Subdirección de Educación de Formación Profesional de la Dirección Departamental de Educación y al Ministerio de Educación los actos de corrupción e irregularidades cometidas por el personal de la ESFM y realizar el seguimiento correspondiente.

q. Denunciar formas de violencia, maltrato, abuso físico y psicológico entre directivos, maestras o maestros, personal administrativo, de servicio padres y madres de familia y estudiantes realizando el respectivo seguimiento.

r. Velar por el buen uso y la calidad de la infraestructura, mobiliario, equipamiento, bienes y recursos educativos de la ESFM en coordinación con las instancias respectivas.

s. Promover en la comunidad la realización de talleres, seminarios, foros, debates y otros eventos sobre la problemática educativa.

t. Coordinar con las otras instancias de la estructura de parti-cipación social comunitaria para elevar demandas y necesi-dades educativas de la ESFM y buscar la solución concerta-da de las mismas.

u. Garantizar la continuidad de labores académicas en la ESFM.

Las resoluciones y recomendaciones del Consejo Educa-tivo Social Comunitario surgen de procesos de diálogo y consenso internos y con las organizaciones e institucio-nes del contexto local y son de cumplimiento obligatorio.

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El Consejo deberá elaborar dentro de los primeros treinta días posteriores a su instalación la planificación y el programa operativo anual, con base al PEIC de la ESFM y al presente reglamento.

El Consejo deberá reunirse, como mínimo cuatro veces al año estableciendo sesiones de planificación, seguimiento y evaluación para la toma de decisiones concertadas.

Artículo 11. (Período de funciones). El período de funciones del Consejo Educativo Social Comunitario es de dos años.

CapÍTULO IIIconsejo institucionalde las escuelas superiores de Formación de maestras y maestros

Artículo12. (Naturaleza y propósito). El Consejo Institucional de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros es la instancia máxima para la toma de decisiones que atañen al desarrollo institucional. El Consejo Institucional, posibilita la integración de los diferentes estamentos en la gestión educativa comunitaria y desarrolla sus acciones en el marco de la Constitución Política del Estado y el conjunto de instrumentos normativos que rigen el Sistema Educativo Plurinacional y, particularmente, la Formación de Maestras y Maestros.

Artículo 13. (Conformación). El Consejo Institucional deberá constituirse dentro de los diez días siguientes al inicio de la gestión académica en las ESFM. La primera reunión constitutiva, será convocada por la Directora o Director General de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros para organizar

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y desarrollar las actividades del Consejo en el marco de los principios y valores establecidos en el Art.8 de la Constitución Política del Estado.

El Consejo Institucional estará conformado por:

a. La Directora o Director General de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros.

b. La Directora o Director Académico de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros

c. La Directora o Director Administrativo y Financiero Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros.

d. La Coordinadora o Coordinador de Unidad Académica.e. La Coordinadora o Coordinador académico de especiali-

dad.f. Un/a representante de la célula sindical de la ESFM.g. Un/a representante de la federación de estudiantes.h. Es también miembro del Consejo Institucional, con derecho

a voz pero no a voto, la asesora o Asesor legal de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros.

Artículo 14. (Conflicto de intereses).

a. Entre los miembros que participen de las sesiones del Con-sejo Institucional, no deberá existir ningún grado de con-sanguinidad y afinidad hasta el cuarto grado de parentesco.

b. Cuando un tema a tratar en el Consejo afecte el interés per-sonal de alguno de sus miembros, ésta/e deberá excusarse de participaren la sesión correspondiente.

Artículo15. (Funcionamiento y Responsabilidad).

a. El Consejo Institucional tendrá su sede de funcionamiento en las ESFM.

b. Las/os integrantes del Consejo Institucional tienen la res-ponsabilidad de asistir en forma obligatoria y puntual a las

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reuniones programadas y convocadas por la/el presidente. Se reunirá cuatro veces al año en forma ordinaria, sujeto a convocatoria con anticipación de 15 días, realizándose las se-siones: al inicio, durante el desarrollo y al finalizar la gestión.

c. El Consejo Institucional se reunirá con carácter extraordinario cuando el caso así lo amerite, a solicitud de tres de sus miembros o de la Directora o Director General para tratar asuntos específicos.

d. Las/os miembros del Consejo Institucional deben conocer la documentación remitida a esta instancia con una anticipación al menos de 24 horas para su consideración en sesión, si el caso lo amerita.

e. Las decisiones serán tomadas por mayoría de votos del total de asistentes y serán de cumplimiento obligatorio.

f. La decisión dirimidora, si el caso amerita en el tratamiento de temas en algunas sesiones, la tomará el presidente del Consejo.

g. Las decisiones tomadas por el Consejo Institucional tienen aplicación en cada Escuela Superior de Formación de Maestros y Maestras según su contexto. Debiendo ser la/el presidente de consejo quien hará cumplir las decisiones asumidas y consensuadas.

h. Las/os miembros del Consejo Institucional deben cumplir y hacer cumplir las determinaciones asumidas.

i. Las/os miembros del Consejo Institucional deben aprobar Actas y Resoluciones, y comunicar a sus bases las decisiones asumidas.

j. En caso de establecerse responsabilidades por las actuaciones realizadas dentro de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros el consejo aprobara el inicio de proceso, según corresponda en los procedimientos normados vigentes.

Artículo 16. (Requisitos).

a. Ser boliviana/o

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b. Las/os miembros del Consejo Institucional deben pertenecer a un estamento de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros y contar con representación debidamente acreditada.

c. Para el caso de los representantes docentes, éstos no deberían haber cometido faltas graves o muy graves tipificadas en el Reglamento de faltas y sanciones disciplinarias.

d. Para el caso de los representantes estudiantiles, éstos no deberían haber cometido, faltas graves o muy graves tipificadas en el Reglamento de Permanencia y Convivencia Estudiantil.

e. Tener conocimiento de la realidad educativa, social, cultural, económica y política del territorio de la ESFM.

f. Capacidad para el trabajo en equipo y resolución de conflictos.

g. Alto grado de compromiso, responsabilidad y motivación hacia la educación del Estado Plurinacional.

Artículo 17. (Tiempo de gestión). Los miembros del Consejo institucional ejercerán sus funciones durante el tiempo de designación al cargo, según reglamentación y prácticas de las organizaciones que la componen.

Artículo 18. (Atribuciones). El Consejo Institucional tiene las siguientes atribuciones:

a. Cumple y hace cumplir las disposiciones legales vigentes del Sistema Educativo Plurinacional y particularmente para la Formación de Maestras y Maestros.

b. Promueve el trabajo participativo y comunitario de los diferentes estamentos que conforman la comunidad educativa de la ESFM.

c. Participa, en coordinación con el Consejo Educativo Social Comunitario, en la ejecución de políticas educativas institu-cionales expresadas en el Reglamento General de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, el Plan Es-

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tratégico Institucional Comunitario y los Proyectos Educa-tivos Socioproductivos instituidos en el marco de la Cons-titución Política del Estado, la Ley Avelino Siñani - Elizardo Pérez y otras normas conexas del Estado Plurinacional.

d. Aprueba el Plan Estratégico Institucional Comunitario y sus reajustes correspondientes.

e. Propone al Consejo Educativo Social Comunitario la ela-boración e implementación de un conjunto de programas y proyectos trabajados en el marco del Modelo Educativo Socio comunitario Productivo y las vocaciones y potenciali-dades productivas del contexto de intervención de la ESFM.

f. Aprueba reglamentos específicos que coadyuven al desarrollo de una gestión educativa comunitaria productiva y contextualizada, sin contravenir la reglamentación emanada del Ministerio de Educación.

g. Aprueba propuestas de firma de convenios por parte del Ministerio de Educación, con organizaciones e instituciones de la comunidad para la implementación de los Proyectos Educativos Socioproductivos y otros programas y proyectos que hacen a la gestión educativa comunitaria de la ESFM.

h. Gestiona, en coordinación con el Consejo Educativo Social Comunitario, convenios con instituciones, organizaciones nacionales o extranjeras que desarrollan programas en el ámbito educativo en el marco de los principios y objetivos establecidos en la nueva política educativa para la forma-ción de Maestras y Maestros, previa autorización del Minis-terio de Educación.

i. Aprueba el Plan Operativo Anual y el presupuesto de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros en función del Plan Estratégico Institucional Comunitario y los Proyectos Educativos Socioproductivos para su incorporación y compatibilización por el Ministerio de Educación, a través de la Unidad Financiera.

j. Revisa y aprueba la ejecución presupuestaria y los estados financieros anuales de la ESFM para remitirlos oportuna-mente al Ministerio de Educación.

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k. Designa a las y los representantes de la ESFM en eventos de carácter nacional e internacional, en función al desempeño y pertinencia profesional y de acuerdo a la base de datos de la institución, para su posterior valoración.

l. Realiza el seguimiento y supervisión para el cumplimiento de los planes, programas y proyectos.

m. Atiende y resuelve casos y situaciones extraordinarias institucionales, que se presentasen en la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros.

n. Ejerce otras atribuciones que le son propias en su calidad de máxima instancia de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros.

o. Eleva informes sobre temas tratados, casos revisados y resueltos por el Consejo Institucional, a la Dirección General de Formación de Maestros del Ministerio de Educación.

Las atribuciones de la Directora o Director General quien preside el Consejo Institucional son:

a. Convoca y preside las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Institucional.

b. Representa al Consejo Institucional. c. Presenta informes a las instancias correspondientes sobre

las decisiones asumidas en el Consejo Institucional sobre diferentes temáticas.

CapÍTULO IVconsejo académico de las escuelas superiores de Formación de maestras y maestros

Artículo 19. (Naturaleza y propósito). El Consejo Académico, es la instancia máxima que regula y toma decisiones con respecto a la gestión académico–curricular de la Es-cuela Superior de Formación de Maestras y Maestros a través de la participación de las diferentes unidades relacionadas con el desarrollo técnico pedagógico, los planes, programas, proyectos, investigaciones educa-tivas vinculadas a la IEPC- PEC, que se desarrollan

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en el marco de la Constitución Política del Estado y el conjunto de instrumentos normativos que rigen el Sistema Educativo Plurinacional y, particularmente, la Formación de Maestras y Maestros. El principal propósito del Consejo Académico es deliberar y resol-ver temas referidos a la gestión académica curricular que garantice la constitución y gestión de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros en centros de excelencia académica.

Artículo 20. (Conformación). El Consejo Académico deberá constituirse dentro de los 10 días siguientes al inicio de la gestión académica en las ESFM. La primera reunión constitutiva, será convocada por la Directora o Director Académico de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros para organizar, planificar y desarrollar las actividades del Consejo en el marco de los principios y valores establecidos en el Art. 8, de la Constitución Política del Estado.

El Consejo Académico estará conformado por:

La Directora o Director Académico La Coordinadora o el Coordinador de la Unidad Académica La Coordinadora o el Coordinador de Educación Inicial en

Familia Comunitaria y Educación Primaria Comunitaria Vocacional

La Coordinadora o Coordinador de Educación Secundaria Comunitaria Productiva y/o Educación Alternativa y Especial, Educación Técnica- Tecnológica.

La Coordinadora o Coordinador de Investigación Educativa y Producción de Conocimientos y Práctica Educativa Comunitaria.

Un/a representante de la Federación de Estudiantes de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros de la ESFM o UA.

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Es también miembro del Consejo Académico, con derecho a voz pero no a voto la/el Asesor/a legal de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros.

Artículo 21. (Funcionamiento y Responsabilidad).

a. El Consejo Académico funcionará en sede propia asignada en la ESFM.

b. Los miembros del Consejo Académico tienen la responsa-bilidad de asistir en forma obligatoria y puntual a las re-uniones programadas y convocadas por el /la presidente. Se reunirá cuatro veces al año en forma ordinaria, sujeto a convocatoria con anticipación de 72 horas, realizándose las sesiones: al inicio, durante el desarrollo y al finalizar la gestión académica.

c. El Consejo Académico se reunirá con carácter extraordinario cuando el caso así lo amerite, a solicitud de tres de sus miembros o de la Directora o Director Académico para tratar asuntos específicos.

d. Las/os miembros del Consejo deben conocer la documenta-ción para el análisis de casos con la debida anticipación.

e. Las decisiones serán tomadas por mayoría de votos del total de asistentes y serán de cumplimiento obligatorio.

f. La decisión dirimidora, si el caso amerita en el tratamiento de temas en algunas sesiones, la tomará la/el presidente del Consejo Académico.

g. Las decisiones tomadas por el Consejo Académico tienen aplicación en cada Escuela Superior de Formación de Maestros y Maestras.

h. Las/os miembros del Consejo Académico deben cumplir y hacer cumplir las determinaciones asumidas.

i. Las/os miembros del Consejo deben aprobar las actas correspondientes

j. En caso de establecerse responsabilidades por las actuaciones realizadas dentro de la Escuela Superior de

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Formación de Maestras y Maestros, deberán sujetarse a la normativa vigente.

Artículo 22. (Requisitos).

a. Ser boliviana/ob. Las/os miembros del Consejo Académico deben pertenecer

a un estamento de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros y contar con la acreditación para la representación ante el Consejo.

c. Para el caso de las/os representantes docentes, éstos no deberían haber cometido, faltas graves o muy graves tipificadas en el Reglamento de Faltas y Sanciones.

d. Para el caso de los representantes estudiantiles, éstos no deberían haber cometido, faltas graves o muy graves tipificadas en el Reglamento de Permanencia y Convivencia Estudiantil. Sancionado con resolución ejecutoriada.

e. Tener conocimiento de la realidad educativa, social, cultural, económica y política del territorio de la ESFM.

f. Capacidad para el trabajo en equipo y resolución de conflictos.g. Alto grado de compromiso, responsabilidad y motivación

hacia la educación del Estado Plurinacional.

Artículo 23. (Tiempo de gestión). Las/os miembros del Consejo Académico ejercerán sus funciones durante el tiempo de designación al cargo, según reglamentación y prácticas de las organizaciones que la componen.

Artículo 24. (Atribuciones). El Consejo Académico tiene las siguientes atribuciones:

a. Cumple y hace cumplir las disposiciones legales vigentes para el Sistema Educativo Plurinacional y particularmente para la Formación de Maestros y Maestras.

b. Propone políticas institucionales referentes al ámbito académico para su incorporación al PEIC de la ESFM.

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c. Aprueba la planificación académica construida comunitariamente y los reajustes periódicos emergentes de las evaluaciones participativas.

d. Apoya y supervisa la implementación de programas, pro-yectos socio-productivos, de la IEPC-PEC, observando su coherencia y correspondencia con los principios, objetivos y normas que rigen la Formación de Maestras/os y el PEIC.

e. Promueve, desde la Coordinación de Investigación Educativa y Producción de Conocimientos y Práctica Educativa Comu-nitaria, la conformación de equipos comunitarios de investiga-dores para fortalecer la investigación y producción intelectual en la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros.

f. Aprueba el sistema de seguimiento integral de apoyo, seguimiento y evaluación de la gestión académico curricular de la ESFM.

g. Propone reconocimiento académico a docentes y estudiantes que en el desarrollo del PEIC, la IEPC-PEC y otras actividades hayan destacado el nombre de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros a nivel nacional e internacional, con el visto bueno del Consejo Institucional.

h. Analiza y resuelve situaciones excepcionales de estudiantes en el ámbito académico, en el marco de la normativa vigente (reprobación injustificada de Unidades de Formación, Licencias académicas y faltas tipificadas en el Reglamento de Convivencia y Permanencia Estudiantil).

i. Emite Resoluciones Académicas previo análisis y aproba-ción de casos que ameriten tratamiento por esta instancia.

j. Convoca a reuniones de carácter extraordinario a objeto de responder a situaciones excepcionales que emergen durante el proceso formativo.

k. Define y dictamina situaciones académicas que así lo requieran.

Las atribuciones de la Directora o Director Académico quien preside el Consejo Académico son:

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a. Convoca y preside las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Formativo Académico

b. Representa al Consejo Académico.c. Presenta informes a las instancias correspondientes sobre

las decisiones asumidas en el Consejo Académico.

CapÍTULO Vdisposiciones transitorias

Artículo 25. Las Unidades Académicas dependientes de las ESFM, en función de su ubicación geográfica y territorial, así como de las necesidades y expectativas del contexto, podrán solicitar ante la Dirección General de la ESFM, con informe debidamente respaldado, la creación del Consejo Educativo Social Comunitario de Unidad Académica. Será el Consejo Institucional de la ESFM la instancia que asuma decisiones al respecto.

Artículo 26. Los aspectos no tratados o no contemplados en el presente reglamento, serán subsanados en sesiones del Consejo Institucional.

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Reincorporaciones y

Transferencias de las

y los Estudiantes en las

Reglamento de Licencias

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CapÍTULO Idisposiciones Generales

Artículo 1. (Objeto). El presente Reglamento regula las condiciones, tiempo, procedimientos emergentes para las licencias, reincorporaciones y transferencias de las y los estudiantes en las Escuelas Superiores de Formación de Maestros y Unidades Académicas del Estado Plurinacional de Bolivia.

Artículo 2. (Base legal). El presente Reglamento se basa en las siguientes disposiciones legales:

a. Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. b. Ley Nº 070 “Avelino Siñani – Elizardo Pérez”, de 20 de

diciembre de 2010.c. Decreto Supremo Nº 0156 de Creación del Sistema

Plurinacional de Formación de Maestros de 06 de junio de 2009, constituido por las Escuelas Superiores de Formación de Maestros.

d. Reglamento General de las Escuelas Superiores de Formación de Maestros.

Artículo 3. (Alcance y Ámbito de aplicación). Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son de cumplimiento obligatorio por todas las Escuelas Superiores de Formación de Maestras/os y Unidades Académicas del Sistema Plurinacional de Formación de Maestras/os.

CapÍTULO IIde las licencias académicas

Artículo 4. (Definición). La licencia académica es el permiso temporal concedido oficialmente a la o el estudiante para discontinuar o justificar la ausencia a sus

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estudios por el tiempo máximo de una gestión académica.

La licencia académica se otorga a partir del segundo año de formación aprobado salvo casos establecidos en el Artículo 6° del presente Reglamento.

Artículo 5. (Clases de licencia académica). El presente Reglamento reconoce dos clases de licencia: Licencia temporal voluntaria y Licencia temporal obligatoria.

La licencia temporal voluntaria es el permiso debidamente justificado que solicita el o la estudiante por un tiempo de tres días hasta treinta días hábiles o de un año académico, a partir del segundo año de formación.

La licencia temporal obligatoria, es el permiso otorgado a las y los estudiantes según lo estipulado en el Artículo 6 del presente Reglamento.

Artículo 6. (Concesión de licencia temporal obligatoria). La licencia temporal obligatoria se dará en los siguientes casos:

a. Situaciones excepcionales de salud con certificación emitida por el profesional Médico de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros u otro Médico especialista de un servicio de salud pública.

b. Prestación del Servicio Militar. c. Fallecimiento de padre, madre y/o familiares hasta el tercer

grado de consanguinidad y afinidad.d. Embarazo, que considera las siguientes dos clases de licencia

temporal:i) Licencia temporal voluntaria, en atención al principio

constitucional de derecho a la salud del binomio madre

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- niña/o, misma que será otorgada por el período que dura el embarazo y/o tiempo recomendado por el profesional competente.

ii) Licencia temporal obligatoria, que será concedida a las estudiantes que cursan las especialidades de Educación Física y Deportes o de Educación Técnica -Tecnológica según el grado de riesgo de la Especialidad (áreas de alta radiación electromagnética y otros).

iii) Debido a la naturaleza y características propias de la formación en estas Especialidades, la licencia será obligatoria por el tiempo que dura el embarazo, y de acuerdo a requerimientos de la estudiante.

e. Otros de fuerza mayor a solicitud escrita fundamentada con documentación de respaldo presentada por la/el solicitante, considerada en Consejo Académico.

Artículo 7. (Requisitos para tramitar la licencia). Se estipulan los siguientes requisitos:

a. Para licencia temporal de uno hasta tres días, nota autorizada con el visto bueno del coordinador de la especialidad.

b. Para licencia temporal voluntaria por un tiempo de cuatro días hasta treinta días hábiles:i) Solicitud escrita a Dirección Académica de la Escuela

Superior de Formación de Maestros/as o Coordinación de la Unidad Académica, adjuntando la documentación original de respaldo correspondiente.

ii) Fotocopia simple de la matrícula vigente. c. Para licencia temporal voluntaria o licencia temporal

obligatoria por el tiempo de un año:i) Solicitud escrita a la Dirección General de la Escuela

Superior de Formación de Maestros o Coordinación de Unidad Académica, adjuntando la documentación de respaldo correspondiente.

ii) Fotocopia simple de la matrícula vigente. iii) Formulario valorado de licencia temporal.

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El formulario valorado original con el visto bueno de Dirección Académica, debe ser entregado al solicitante en un plazo no mayor a 48 hrs después de la recepción de la solicitud.

La licencia se otorga por única vez hasta un año como máximo, prorrogable en situaciones de extrema gravedad durante todo el proceso de formación académica del o la estudiante en la Escuela Superior de Formación de Maestros/as o Unidad Académica.

Artículo 8. (Sanciones). En caso de comprobarse falsificaciones de documentos en la solicitud de licencias, se procederá a la aplicación de las sanciones establecidas en el Reglamento de Convivencia y Permanencia Estudiantil, sin perjuicio de seguir las acciones legales que el caso amerite.

Artículo 9. (Abandono). Se considera abandono la ausencia del o la estudiante por más de 5 días hábiles continuos y 7 días discontinuos en una gestión académica sin la licencia correspondiente que puede ser presentada hasta 7 días hábiles después de la ausencia (tipificado en el inciso 5 del Art. 13 del Reglamento de Permanencia y Convivencia Estudiantil).

CapÍTULO IIIde las reincorporaciones

Artículo 10. (Definición). La reincorporación es el retorno del o la estudiante a la Escuela Superior de Formación de Maestros o Unidad Académica, para la continuación de sus estudios profesionales una vez cumplido el plazo otorgado en la licencia académica temporal voluntaria u obligatoria en concordancia con los Artículos correspondientes del presente Reglamento.

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Artículo 11. (Tiempo y reincorporaciones).

a. El o la estudiante con licencia de hasta treinta días hábiles debe reincorporarse en el tiempo establecido presentando la autorización emitida por la Dirección Académica, pasado el tiempo de licencia se contabiliza como abandono.

b. El o la estudiante que cuente con la licencia académica temporal de un año, debe reincorporarse previa solicitud y presentación del formulario valorado de licencias en el tiempo establecido (la solicitud deberá ser respondida por Dirección Académica en un lapso no mayor a siete días); pasado este tiempo se considerará abandono de la institución.

c. El o la estudiante que fuera suspendido/a de acuerdo al REGLAMENTO DE CONVIVENCIA y PERMANENCIA ESTUDIANTIL, debe reincorporarse una vez cumplido el tiempo de suspensión que estipula el memorando correspondiente.

d. El o la estudiante que no se reincorpore en el tiempo establecido por la licencia académica temporal o suspensión temporal, (de una gestión académica) pierde matrícula.

e. El o la estudiante expulsado/a debido a transgresiones tipificadas como faltas muy graves en el Reglamento de Permanencia y Convivencia Estudiantil no podrá reincorporarse a ninguna Escuela Superior de Formación de Maestras/os o Unidad Académica del Sistema Plurinacional de Formación de Maestros. En función de resolución ejecutoriada de cosa juzgada emitida por el Tribunal Disciplinario Permanente.

CapÍTULO IVde las transFerencias

Artículo 12. (Definición). La transferencia es el cambio, justificado y excepcional otorgado por el/la Director/a General de la ESFM previa consideración del caso por el/la

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Director/a Académico/a de la ESFM o Coordinador/a de la UA al o la estudiante para continuar su formación docente. Este trámite debe ser realizado antes del periodo de inscripciones de la gestión.

Artículo 13. (Clases de transferencia). Existen dos clases de trans-ferencias: transferencia interna y transferencia externa.

Artículo 14. (Transferencia interna). Es el cambio justificado y excepcional que puede realizar el/la estudiante regular, al interior de la propia Escuela Superior de Formación de Maestros/as y de sus Unidades Académicas. Existen dos tipos de transferencia interna:

a. Transferencia interna con cambio de especialidad. b. Transferencia interna a la misma especialidad de formación.

Artículo 15. (Transferencia interna con cambio de especialidad y tiempo que demanda el trámite). La transferencia interna es el cambio justificado y excepcional que realiza el estudiante a otra especialidad al interior de la misma Escuela o Unidad Académica. El requisito imprescindible es la aprobación del primer año de formación sin arrastres y que se puede dar por sólo una vez durante todo el proceso de formación docente, previo cumplimiento de requisitos para tal efecto.

El tiempo que demanda el trámite de transferencia interna con cambio de especialidad no debe ser mayor a 15 días hábiles después de iniciado el trámite.

PASO 1.- Requisitos para solicitar la transferencia interna con cambio de especialidad:

a. Solicitud de cambio de Especialidad dirigida al Director/a General de la ESFM o al Coordinador/a de la UA.

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b. Justificación de solicitud de cambio de especialidad.c. Certificado de calificaciones del 1er año vencido. d. Fotocopia de la matrícula del 1er año. e. Fotocopia de cédula de identidad.

PASO 2.- Evaluación en la especialidad a transferirse.

a. Evaluación aplicada por el tribunal de la especialidad conformado en la ESFM o UA.

b. Certificado de calificación llenado por el tribunal. (La nota mínima de aprobación en la especialidad debe ser igual o superior a 60 ptos.).

c. Si la nota de evaluación es igual o superior a 60 ptos, el/la estudiante debe continuar con el PASO 3, caso contrario se inscribe en la especialidad de origen.

PASO 3.- Inscripción.

a. Certificado de calificación con nota de aprobación refrendado por el tribunal de especialidad y con el Visto Bueno de Dirección Académica

b. Formulario valorado de transferencia.c. Documentos exigidos por la ESFM para la inscripción en la

gestión.d. Formulario de convalidación.e. Solicitud a Dirección Académica o Coordinación de UA para

la asignación de las Unidades de Formación de especialidad de 1er. Año que le faltaren para completar el pensum académico de 1er. año( No pudiendo asumir Unidades de Formación de especialidad de 2do. año que son correlativas a UF de 1er. año en la especialidad a la que se transfirió).

Artículo 16. (Transferencia interna a la misma especialidad y tiempo que demanda el trámite). Es el cambio, justificado y excepcional que realiza el o la estudiante en su misma especialidad al interior de la Escuela

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Superior o Unidad Académica a la que pertenece vale decir: de UA a UA; de UA a la ESFM o de la ESFM a UA, y es posible solamente a la culminación de estudios de segundo año de formación vencido sin arrastres. El/la estudiante puede iniciar el trámite, presentando los siguientes requisitos:

a. Nota dirigida al Director General de la Escuela Superior solicitando el Visto Bueno y/o Aprobación de transferencia interna.

b. Justificación, sustento (con documentación probatoria) de la solicitud de transferencia interna.

c. Fotocopia de matrículas de 1er y 2do año.d. Certificados de calificaciones de 1er y 2do año vencidos sin

arrastres.e. Fotocopia de Cedula de identidad.

La Dirección General, derivará la solicitud de transferencia a Dirección Académica o Coordinación de Unidad Académica, quien realizará el estudio de procedencia o improcedencia de la solicitud dando la respuesta en un tiempo no mayor a 15 días hábiles después de iniciado el trámite.

Artículo 17. (Restricciones). Los estudiantes que cursan 2do. 3er y 4to año de formación, no pueden acogerse a la solicitud de transferencia interna con cambio de especialidad, toda vez que esta excepción es factible solamente para estudiantes de 1er año vencido, dado que la formación en las especialidades ofertadas por las ESFM y UAs se establecen Unidades de Formación de especialidad diferenciadas, mismas que no son sujetas a homologaciones y/o convalidaciones.

Artículo 18. (Transferencia externa). Es el cambio, justificado y excepcional que realiza el o la estudiante de su

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Escuela (ESFM origen) a otra Escuela (ESFM destino) del Estado Plurinacional de Bolivia, en su misma especialidad a la culminación de estudios de segundo año de formación vencido sin arrastres.

Artículo 19. (Posibilidad). La Transferencia externa que es de carácter excepcional será posible siempre y cuando existan plazas disponibles en la Especialidad de la Escuela Superior de Formación de Maestros (ESFM destino) a la que desea trasladarse y estará sujeta al cumplimiento de requisitos establecidos.

Artículo 20. (Requisitos para efectuar el trámite de transferencia externa y tiempo que demanda el trámite). El/la estudiante, debe iniciar la solicitud de transferencia considerando los siguientes pasos:

PASO 1.- Requisitos para solicitar la transferencia externa.

a. Nota dirigida al Director General de su Escuela Superior (escuela origen) solicitando Visto Bueno y/o aprobación de TRANSFERENCIA EXTERNA.

b. Justificación (con documentación probatoria) de la solicitud de transferencia externa.

c. Fotocopia de matrículas de 1er y 2do año.d. Certificados de calificaciones de 1er y 2do año vencidos sin

arrastres.e. Fotocopia de Cédula de Identidad.

PASO 2.- Solicitud de Aceptación de transferencia ex-terna en la ESFM de destino.

a. Nota de solicitud de aceptación de transferencia externa diri-gida al Director/a General de la escuela de destino, adjuntan-do la nota con el Visto Bueno y/o aprobación de su ESFM.

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La Dirección General de destino debe evaluar la solicitud, considerando previamente la disponibilidad de plaza en la Escuela (ESFM destino). Este análisis deriva finalmente en la respuesta de procedencia o improcedencia de la solicitud, misma que debe ser evaluada conjuntamente la Dirección Académica, en un plazo no mayor a 15 días después de haber iniciado el trámite.

Notas aclaratorias:

Si la ESFM de destino declara improcedente la solicitud de trasferencia externa, el/la estudiante podrá inscribirse en su Escuela (ESFM origen) sin tener ningún tipo de obstáculo.

Si la ESFM de destino declara procedente la solicitud de transferencia externa, el/la estudiante debe continuar con el PASO 3.

PASO 3.- Requisitos en la Escuela Superior de Formación de Maestros de destino:

a. Presentación de nota de aceptación de transferencia externa previamente emitida por la Dirección General de la ESFM de destino.

b. Fotocopia legalizada del Diploma de Bachiller.c. Certificado de nacimiento original. d. Fotocopia de cédula de identidad. e. Formulario de Transferencia debidamente autorizado por la

Escuela Superior de procedencia. f. Certificados de calificación original del primer y segundo

año vencido. g. Matrícula del primer y segundo año. h. Certificado que acredite no tener obligaciones pendientes

de deudas por matrícula de la ESFM de procedencia.

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i. Certificado de NO ADEUDO por préstamos de libros otorgados por Biblioteca de la ESFM de procedencia.

j. Certificado de NO ADEUDO otorgado por Bienes y Servicios de la ESFM de procedencia

k. Nota de autorización para la compra del formulario valorado de transferencia emitido por la Dirección Académica de destino.

l. Nota de Solicitud a Dirección Académica para la asignación de las Unidades de Formación de especialidad (si es que faltaren por alguna excepción, para completar el pensum académico de 1er y 2do año. No pudiendo asumir Unidades de Formación de especialidad de 3er. año que fueran correlativas a Unidades de Formación de 1er. y 2do año en la especialidad a la que se transfirió).

Artículo 21. (Restricciones). Los estudiantes que cursan 3er, 4to y 5to año de formación, no pueden acogerse a la solicitud de transferencia externa, toda vez que esta excepción es factible solamente para estudiantes de 2do. año vencido previa evaluación del caso.

*Los estudiantes que ingresan a las ESFM y UA del Estado Plurinacional de Bolivia partir de la gestión 2013, no se acogen a ningún tipo de transferencia externa dado que en la convocatoria del proceso de admisión se estipula lo correspondiente.

CapITULO Vdisposiciones transitorias

Artículo 22. (Atribuciones de las ESFM). Considerando que el proceso de Admisión de postulantes a las ESFM y UA se realiza, de acuerdo a un diagnóstico de las necesidades y expectativas de Formación de Maestros/as en el Estado Plurinacional de Bolivia, generándose inexistencia de algunas especialidades y determinados

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años de estudio, la Dirección General de la ESFM tiene la atribución de resolver esta situación en tanto afecte de manera directa el curso regular o año de formación del/la estudiante, mediante Resolución de Consejo Académico y previo análisis de cada caso que se presentare.

Artículo 23. (Abrogación). Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Reglamento.

Artículo 24. (Difusión). Los/las Directivos de las ESFM tienen la obligación de publicar y difundir el presente Reglamento en todos los estamentos de la ESFM.

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Convivencia y

Permanencia Estudiantil en las

Reglamento de

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TÍTULO Idisposiciones Generales

CapÍTULO ÚnICO

Artículo 1. (Objeto). El presente Reglamento establece las normas de convivencia y permanencia de las y los estudiantes de formación inicial de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas del Estado Plurinacional.

Artículo 2. (Marco legal). El Reglamento de Convivencia y Permanencia Estudiantil, se basa en las siguientes disposiciones legales:

Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, de 09 de febrero de 2009.

Ley Nº 070 Avelino Siñani – Elizardo Pérez, de 20 de diciembre de 2010.

Ley Nº 045 contra el racismo y toda forma de discriminación, de 8 de octubre de 2010.

Ley Nº 004 Marcelo Quiroga Santa Cruz de Lucha contra la corrupción, enriquecimiento ilícito e investigación de fortunas, de 31 de marzo de 2010.

Decreto Supremo Nº 29272 de Plan Nacional de Desarrollo, de 12 de septiembre de 2007.

Decreto Supremo Nº 29894 de Estructura Organizativa del Poder Ejecutivo del Estado Plurinacional, de 7 de febrero de 2009.

Decreto Supremo Nº 0156 de Creación del Sistema Plurina-cional de Formación de Maestros, de 06 de junio de 2009.

Decreto Supremo Nº 328 de Reconocimiento de la Lengua de Señas Boliviana, de 14 de octubre de 2009.

Y otras normas conexas.

Artículo 3. (Normas de convivencia y permanencia estudiantil). Se entiende por normas de convivencia y permanencia

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estudiantil al conjunto de reglas que organizan y regulan la estadía de las y los estudiantes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y sus Unidades Académicas facilitando el establecimiento de relaciones armónicas y comunitarias durante el período que cursan estudios.

Artículo 4. (Calidad de estudiante). Tendrán la calidad de estudiantes las y los bachilleres que hayan cumplido con todos los requisitos establecidos en el proceso de admisión, reúnan las capacidades, aptitudes y actitudes requeridas para cursar estudios en la carrera docente, cuenten con disponibilidad para el estudio a tiempo completo, satisfagan las condiciones académicas e institucionales y cumplan los principios éticos y de convivencia establecidos en el presente reglamento.

Artículo 5. (Contenido, alcance y aplicación). El presente reglamento es de aplicación obligatoria y establece el régimen de convivencia y permanencia que rige para las y los estudiantes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras.

TÍTULO IIderechos, deberes y prohibiciones

CapÍTULO ÚnICO

Artículo 6. (Derechos). Las y los estudiantes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas, tienen los siguientes derechos:

1. A recibir un trato sin discriminación ni exclusión alguna en razón de sexo, color, edad, origen, orientación sexual, identidad de género, religión, cultura, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil, condición económica o social, discapacidad,

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embarazo u otras que tengan por objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad.

2. A ser respetada y respetado en su dignidad, privacidad, inti-midad, honra, honor y recibir un trato cordial y respetuoso.

3. A ejercer su derecho a la participación en la toma de decisiones de la vida institucional y académica de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica, ya sea de forma directa o a través de sus representantes, según la instancia y los procedimientos previamente establecidos.

4. A expresar libremente su pensamiento, ideas, necesidades, opiniones y discrepancias, en el marco del respeto, tolerancia y reconocimiento de los derechos de las otras y otros integrantes de la institución.

5. A la libertad de reunión, asociación y organización con fines académicos, deportivos, culturales, sociales, sindicales, así como para la defensa de sus derechos estudiantiles u otros, siempre y cuando tengan fines lícitos y se enmarquen en la normativa legal vigente.

6. A contribuir con sus opiniones al fortalecimiento y dinamismo institucional y académico de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros y/o Unidad Académica a la que pertenece.

7. A participar, junto con el personal directivo, las y los docen-tes, personal administrativo, de servicio, representantes de la comunidad y organizaciones territoriales del entorno, en la elaboración del Plan Estratégico Institucional Comunita-rio.

8. A recibir preparación y apoyo pedagógico de las y los docentes que guían su formación para un desenvolvimiento coherente y pertinente en los espacios académicos y en los que desarrolla la Práctica Educativa Comunitaria, considerando sus características particulares.

9. A recibir de la institución y sus docentes una formación de excelencia, en el marco de una educación descolonizadora,

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liberadora, revolucionaria, antiimperialista, despatriarca-lizadora, transformadora e inclusiva, comunitaria, demo-crática, participativa y de consensos, intracultural, inter-cultural y plurilingüe, productiva y territorial, científica, técnica, tecnológica y artística; que le permita desarrollar su capacidad crítica y autocrítica, propositiva, innovadora e investigadora para un ejercicio profesional docente con compromiso social, político y ético.

10. A recibir una educación integral que tome en cuenta sus conocimientos previos, sus necesidades educativas, sus intereses y expectativas de aprendizaje individual y grupal, así como sus características socioculturales, lingüísticas.

11. A recibir orientación e información oportuna, o cuando así lo solicite, del personal directivo, docente, administrativo y/o de servicio de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica a la que pertenece, con el propósito de optimizar su desempeño personal y académico considerando sus capacidades y características personales.

12. A recibir información, de forma permanente y oportuna, sobre los alcances, características, procedimientos, instru-mentos y sistema de calificación que la o el docente utilizará en la evaluación del proceso formativo de la Unidad de For-mación a su cargo y/o en la Práctica Educativa Comunitaria.

13. A ser evaluada o evaluado, imparcial, transparente, objetiva y críticamente con el fin de conocer los resultados progre-sivos de su aprendizaje y posibilitar la mejora de su proce-so formativo, de acuerdo a lo establecido en el reglamento específico. En el caso de estudiantes con algún tipo de dis-capacidad a ser evaluado de acuerdo a sus características y capacidades propias.

14. A acceder a evaluaciones de segunda instancia, de acuerdo a lo previsto en el reglamento específico.

15. A solicitar a la o el docente, en caso de no haber podido participar en alguna actividad vinculada a la evaluación del proceso formativo, en un plazo no mayor a 3 días hábiles y

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con la de debida justificación, la reprogramación, la que en caso de no ser admitida podrá ser presentada a la Directora o Director Académico para que se pronuncie sobre la solicitud en un plazo máximo de 3 días hábiles.

16. A ser informada o informado oportunamente sobre los resultados obtenidos en la evaluación del proceso formativo, de acuerdo a lo estipulado en el reglamento respectivo, antes que la calificación sea transcrita y registrada de forma oficial.

17. A efectuar consultas, reclamos y/o apelaciones fundamen-tadas referidas a la evaluación de su proceso formativo o cuando considere que la calificación asignada no es justa.

18. A recibir de la o el docente una respuesta clara y oportuna que fundamente la calificación asignada o a que se corrija la misma cuando así corresponda.

19. A apelar a instancias superiores, siguiendo el conducto regular, cuando considere que ha sido injustamente evaluada o evaluado en su proceso formativo, cuando exista desacuerdo en la calificación asignada por la o el docente o con la respuesta que le fue proporcionada.

20. A acceder a licencias de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Licencias, Incorporaciones y Transferencias.

21. A nivelarse en la presentación de trabajos, ser evaluada o evaluado de forma posterior y/o ponerse al día en cualquier actividad curricular o extracurricular que se hubiera desarrollado durante su inasistencia a clases y que haya sido calificada, siempre y cuando hubiere autorización de la Dirección Académica, en cuyo caso la o el docente no podrá negarse bajo ningún argumento.

22. A solicitar su historial académico cuando así lo requiera y acceder a un reporte del mismo, siguiendo los conductos regulares y procedimientos establecidos internamente.

23. A ser asignada o asignado, a cualquiera de los espacios de la Práctica Educativa Comunitaria y recibir un trato cordial y respetuoso, dentro el marco de las relaciones humanas y profesionales para desenvolverse en un clima institucional adecuado de respeto y empatía.

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24. A poner en conocimiento de la autoridad correspondiente, siguiendo el conducto regular, instrucciones recibidas que considere no guardan relación con las normas establecidas y obtener una pronta solución.

25. A acudir a las instancias respectivas de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica a la que pertenece para la resolución de conflictos vinculados a su condición de estudiante.

26. A ser escuchada o escuchado y asumir defensa en caso de con-siderar injustas algunas acciones que vulneren sus derechos.

27. A ser procesada o procesado por un tribunal disciplinario permanente, con pleno respeto de sus garantías constitucionales, siguiendo las reglas de un proceso justo e imparcial que garantice el debido proceso, el derecho a la defensa y a la presunción de inocencia hasta que se demuestre lo contrario.

28. A hacer uso de los servicios proporcionados por la Escue-la Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica a la que pertenece y de la infraestructura (labora-torios, salas, talleres, instalaciones deportivas, etc.), de acuer-do a las disposiciones de cada una de esas dependencias.

29. A evaluar de forma crítica y objetiva, de acuerdo a reglamento específico, el desempeño de las y los docentes que permita promover espacios de reflexión para la toma de decisiones, orientadas a mejorar la calidad del proceso formativo. a. En el caso de estudiantes embarazadas:

I. A gozar por concepto de maternidad de hasta veinte días hábiles previos al parto y hasta veinte días hábiles después del parto, sin que se computen como falta. Para lo cual de forma previa y por escrito, deberá poner en conocimiento de la Dirección Académica o Coordinación de Unidad Académica, su estado de embarazo, señalando posible fecha del parto. En caso de riesgo en el embarazo, este plazo podrá ampliarse, siempre y cuando haya sido comunicado según lo establecido en el presente artículo.

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II. A la conclusión de este plazo, la estudiante deberá ponerse al día en el avance curricular, presentación de trabajos, exámenes u otros aspectos vinculados a la evaluación del proceso formativo desarrollados en el plazo otorgado por concepto de maternidad, siendo de su total y entera responsabilidad hacerlo. Ningún docente podrá negarse bajo ningún argumento a otorgarle esta posibilidad.

III. La estudiante embarazada de ninguna forma se exime de sus responsabilidades académicas y deberá cumplir las mismas con responsabilidad y continuidad al igual que los demás estudiantes.

b. En el caso de estudiantes representantes estudiantiles:I. A acceder a permisos en caso de eventos relacionados

con su calidad de representante estudiantil mismos que deberán ser debidamente justificados de forma previa y por escrito ante la Dirección Académica o Coordinación de Unidad Académica y en caso de reuniones extraordinarias o de emergencia, dentro los cinco días hábiles, en cuyo caso deberá contar con los respaldos que justifiquen su(s) ausencia(s).

II. A la conclusión del evento la o el estudiante representante estudiantil, deberá nivelarse en el avance curricular, presentación de trabajos, exámenes u otros aspectos vinculados a la evaluación del proceso formativo desarrollados en el período objeto del permiso, siendo de su total y entera responsabilidad hacerlo. Ningún docente podrá negarse bajo ningún argumento a otorgarle esta posibilidad.

III. La o el estudiante representante estudiantil de ningu-na forma se exime de sus responsabilidades académi-cas y deberá cumplir las mismas con responsabilidad y continuidad al igual que los demás estudiantes.

c. En el caso de estudiantes deportistas y entrenadoras o entrenadores:

I. A gozar de la adecuación de su ciclo de estudios y de períodos especiales de exámenes, acorde con

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la preparación y participación en competiciones departamentales, nacionales e internacionales, conforme a lo establecido en la normativa vigente.

II. Considerando que la participación en un evento deportivo es una actividad programada, la o el deportista o la entrenadora o entrenador deberá justificar sus ausencias de forma previa y por escrito ante la Dirección Académica o Coordinación de la Unidad Académica. Solamente en situaciones extraordinarias podrá hacerlo de forma posterior, en cuyo caso tendrá hasta cinco días hábiles, una vez concluida su participación en la competición, debiendo contar con los respaldos que justifiquen su(s) ausencia(s).

III. A la conclusión del evento la o el estudiante depor-tista, entrenadora o entrenador, deberá nivelarse en el avance curricular, presentación de trabajos, exá-menes u otros aspectos vinculados a la evaluación del proceso formativo desarrollados en el período de competencia, siendo de su total y entera responsabili-dad hacerlo. Ningún docente podrá negarse bajo nin-gún argumento a otorgarle esta posibilidad.

IV. La o el estudiante deportista, entrenadora o entrenador de ninguna forma se exime de sus responsabilidades académicas y deberá cumplir las mismas con responsabilidad y continuidad al igual que los demás estudiantes.

d. En el caso de estudiantes artistas musicales, plásticos, escénicos y otros vinculados al arte:

I. A acceder a permisos en caso de eventos vinculados a su calidad de artista en el caso de representación de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o cuando se trate de representaciones de-partamentales, nacionales o internacionales.

II. Considerando que la participación en este tipo de eventos es una actividad programada, la o el

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estudiante deberá justificar su ausencia de forma previa y por escrito ante la Dirección Académica o Coordinación de Unidad Académica. Solamente en situaciones extraordinarias podrá hacerlo de forma posterior en cuyo caso tendrá hasta cinco días hábiles, una vez concluida su participación, debiendo contar con los respaldos que justifiquen su(s) ausencia(s).

III. A la conclusión del evento la o el estudiante deberá nivelarse en el avance curricular, presentación de trabajos, exámenes u otros aspectos vinculados a la evaluación del proceso formativo desarrollados en el período objeto del permiso, siendo de su total y entera responsabilidad hacerlo. Ningún docente podrá negarse bajo ningún argumento a otorgarle esta posibilidad.

IV. La o el estudiante artista musical, plástico, escénico y otros vinculados al arte, de ninguna forma se exime de sus responsabilidades académicas y deberá cumplir las mismas con responsabilidad y continuidad al igual que los demás estudiantes.

30. A ser informada o informado oportuna e íntegramente sobre toda normativa institucional que se relacione con su calidad de estudiante.

31. A denunciar las amenazas y vulneración de los derechos establecidos en el presente Reglamento.

Los derechos precedentemente enunciados no deberán ser entendidos como la negación de los derechos establecidos en la Constitución Política del Estado y en otras normativas vigentes para las y los estudiantes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros.

Artículo 7. (Deberes). Son deberes de las y los estudiantes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestros y sus Unidades Académicas:

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1. Conocer y cumplir los reglamentos vigentes en la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros y Unidad Académica.

2. Contribuir al cumplimiento y desarrollo de los fines de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros a la que pertenece.

3. Respetar a las y los otros integrantes de la comunidad educativa: directivos, docentes, personal directivo y de limpieza, así como a sus compañeras y compañeros.

4. Fomentar una comunicación fluida y asertiva con las y los integrantes de todos los estamentos de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica y establecer relaciones de convivencia, respeto mutuo y cordialidad con la comunidad educativa dentro y fuera de la institución.

5. Practicar los valores sociocomunitarios en el aula, en la insti-tución y en la comunidad como espacios de aprendizaje de la ética, la justicia social, el buen trato y el respeto a los derechos.

6. Cumplir de forma responsable su rol como estudiante, dedi-cando el máximo esfuerzo a las actividades curriculares y a las de interacción con la comunidad, con el fin de lograr su formación integral para la transformación de la educación.

7. Asumir con compromiso social y conciencia crítica su formación como docente y futura formadora o formador, capaz de resolver problemas articulando práctica, teoría, valoración y producción para transformar la realidad y contribuir al Vivir Bien en comunidad.

8. Participar proactiva y comunitariamente en las clases, equipos de trabajo, de investigación educativa y producción de conocimientos, práctica educativa comunitaria y de los distintos espacios diseñados para la evaluación del proceso formativo, así como de otras actividades programadas por la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica a la que pertenece.

9. Realizar trabajos sociocomunitarios productivos, plani-ficados al inicio de la gestión académica, que signifiquen

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mejoramiento en beneficio de la institución y aporten al desarrollo y transformación de la comunidad local a la que pertenece la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica.

10. Asistir a las actividades de evaluación o consignadas en la programación de cada Unidad de Formación, debidamente preparada o preparado y en las fechas programadas según el calendario académico.

11. Participar de la evaluación del proceso formativo en los plazos establecidos, para evitar reclamos posteriores, y cumplir con las actividades académicas programadas en cada una de las áreas.

12. Cumplir los horarios establecidos y asistir de forma regular, con puntualidad y responsabilidad al desarrollo de las actividades académicas programadas.

13. Cumplir con el mínimo de asistencia establecida en la normativa específica.

14. Justificar oportunamente, por escrito y con los respaldos necesarios, ante la Dirección Académica de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Coordinación de la Unidad Académica, según corresponda, su inasistencia a clases y a cualquier otra actividad curricular o extracurricular; quien si corresponde otorgará la autorización respectiva. Para permisos menores o iguales a veinticuatro horas, la solicitud se deberá efectuar directamente a la o el docente de la especialidad.

15. Portar su material de estudio de acuerdo a la especialidad respectiva y a su proceso formativo.

16. Recabar sus certificados de calificaciones de la gestión académica, oportunamente y siguiendo los procedimientos y plazos establecidos.

17. Matricularse oportunamente de acuerdo al calendario académico.

18. Cuidar y preservar los ambientes, talleres, laboratorios, equipos, mobiliario, infraestructura y demás bienes muebles e inmuebles en los que desarrolla sus actividades académicas y la práctica educativa comunitaria.

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19. Resarcir económicamente de forma individual o colectiva, la pérdida, daño o desperfecto causado a las herramientas, mobiliario, equipamiento, infraestructura o cualquier bien de la institución, cuando se compruebe su responsabilidad.

20. Contribuir a la conservación de la limpieza en las dependencias de uso cotidiano de la institución (aulas, salones, laboratorios, equipos y material didáctico de uso común).

21. Mantener cuidado en su higiene personal y en su forma vestir.

22. Contribuir al cuidado y preservación de la naturaleza y recursos naturales del entorno local, regional y nacional.

23. Denunciar todo acto de corrupción cometido por cualquier integrante de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, así como las amenazas y vulneración de los derechos establecidos en el presente Reglamento.

Los deberes precedentemente enunciados no deberán ser entendidos como la negación de los deberes esta-blecidos en otras normativas vigentes para las y los es-tudiantes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros.

Artículo 8. (Prohibiciones). Las y los estudiantes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas están prohibidos de:

1. Consumir bebidas alcohólicas, cigarrillos o estupefacientes en instalaciones en las que realiza sus actividades académicas o en las que desarrolla su Práctica Educativa Comunitaria.

2. Presentarse en estado de ebriedad o bajo el efecto del consumo de estupefacientes en instalaciones en las que realiza sus actividades académicas o donde desarrolla la Práctica Educativa Comunitaria.

3. Portar armas de fuego, armas blancas o punzocortantes o cualquier tipo de artefacto explosivo dentro las instalaciones

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de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, Unidad Académica o donde realiza la Práctica Educativa Comunitaria.

4. Interrumpir, suspender o incitar a la suspensión arbitraria de actividades académicas, en caso de conflictos, sin haber agotado las instancias de solución.

5. Alterar, adulterar o falsificar documentos institucionales, trabajos prácticos, de investigación, evaluaciones o cualquier otro tipo de trabajo académico.

6. Intervenir de forma violenta y/o arbitraria las oficinas y/o dependencias de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, Unidad Académica o instalaciones donde realiza la Práctica Educativa Comunitaria.

7. Tomar de rehén, secuestrar y/o privar de libertad de locomoción en contra de su voluntad a cualquier integrante de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, Unidad Académica o del lugar en el que realiza la Práctica Educativa Comunitaria.

8. Suplantar, hacerse suplantar o intentar hacerlo, en la realización de exámenes, elaboración de trabajos o cualquier otro tipo de actividad desarrollada para la evaluación del proceso formativo.

9. Acosar física, psicológica y/o sexualmente a cualquier integrante de la Escuela o institución donde realiza la Práctica Educativa Comunitaria.

10. Amenazar o agredir verbal, física o sexualmente a cualquier integrante de Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica o del espacio en el que desarrolla la Práctica Educativa Comunitaria.

11. Establecer relaciones de pareja con docentes de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica a la que pertenece durante el período en que es su maestro o maestra y hasta un año después de haberlo sido.

12. Establecer relaciones de pareja con estudiantes de la institución donde realiza la Práctica Educativa Comunitaria.

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13. Organizar y/o participar en actividades que afecten o dañen la imagen institucional de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros o Unidades Académicas.

14. Visitar o permanecer en los dormitorios de cualquier docente de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, sea su docente o no.

TÍTULO IIIFaltas y sanciones

CapÍTULO IFaltas

Artículo 9. (Definición). Se definen como faltas aquellas conductas cometidas por acción u omisión, que alteran, quebrantan o transgreden la armonía de la comunidad y que están previstas y sancionadas en el presente reglamento.

Artículo 10. (Previa tipificación). No constituyen faltas las con-ductas que no están establecidas como tales en el pre-sente reglamento. Las acciones tipificadas en el Códi-go Penal, son de competencia de la justicia ordinaria; no obstante, eso no impide que se procese y sancione disciplinariamente a las y los estudiantes que incurran en las faltas comprendidas en el presente reglamento.

Artículo 11. (Clasificación). Para fines de regulación interna, las faltas cometidas por las o los estudiantes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros o Unidades Académicas se clasifican en: leves, graves y muy graves.

Artículo 12. (Reincidencia). Se entiende por reincidencia la repetición de una falta, tipificada como grave o muy grave, siempre y cuando se haya demostrado su comisión mediante proceso disciplinario.

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Artículo 13. (Faltas leves). Comprende infracciones menores, que alteran el normal desarrollo de las actividades curricu-lares, que infringen las normas establecidas o no están tipificadas como faltas graves o muy graves, como ser:

1. Actuar con negligencia en el cuidado de herramientas, muebles, equipamiento, materiales de trabajo y/o del ornato de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, Unidad Académica.

2. Ensuciar, echar basura o desperdicios en los predios de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, Unidad Académica o en sitios no establecidos para el efecto.

3. Hacer uso de artefactos electrónicos que ocasionen distracción o entorpezcan el normal desarrollo de las actividades académicas en horario de clases, exceptuando aquellos casos en los que se usan con fines pedagógicos.

4. Ocasionar la suspensión de actividades curriculares por la celebración de cumpleaños, agasajos u otro tipo de actividades no autorizadas.

5. Faltar a clases por más de tres días consecutivos o por más de siete días discontinuos durante el año, de forma injustificada.

6. Faltar a actos oficiales, cívicos, académicos, deportivos y/o culturales sin justificación alguna.

7. Pegar carteles o pintar paredes en lugares no establecidos y sin previa autorización de la autoridad correspondiente.

Artículo 14. (Faltas graves). Comprende acciones u omisiones que atentan contra la integridad física, psicológica y/o se-xual de otra u otro integrante de la comunidad educa-tiva; que afectan el bien común, la convivencia entre sus componentes y/o que infringen las prohibiciones contempladas en el presente Reglamento; como ser:

1. Incumplir las sanciones por faltas leves.2. Desobedecer disposiciones institucionales sin justificativo

alguno.

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3. Visitar o permanecer en los dormitorios de maestras y maestros de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros, sea su docente o no.

4. Mantener relaciones de pareja con docentes de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica, durante el período que es su maestra o maestro o hasta un año después de haberlo sido .

5. Propiciar desorden o indisciplina en contra de disposiciones de las autoridades superiores de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestras y/o Unidad Académica.

6. Suspender, interrumpir o incitar a la suspensión arbitraria de actividades académicas, en situaciones de conflicto, sin haber agotado las instancias de solución.

7. Incitar a la realización de acciones que atenten contra los derechos y/o la integridad de cualquier integrante de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestras o Unidad Académica.

8. Organizar y/o participar en actividades que afecten o dañen la imagen institucional de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros y/o Unidad Académica.

9. Plagiar o apropiarse de trabajos ajenos y presentarlos como si fueran propios.

10. Intervenir de forma arbitraria cualquier oficina y/o dependencia de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, Unidad Académica o instalación de la Práctica Educativa Comunitaria.

11. Realizar denuncias contra cualquier integrante de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestras o Unidad Académica sin tener pruebas de respaldo o de forma falsa o calumniosa.

12. Difundir injurias, difamaciones y calumnias contra cualquier integrante de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica, ya sea por medio oral, escrito o electrónico, dentro o fuera de la institución.

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13. Proferir cualquier tipo de amenaza, insulto o mensaje hiriente en contra de cualquier integrante de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica por medios orales, escritos o electrónicos.

14. Hacer uso indebido de fondos bajo su administración que hayan sido recaudados por concepto de cuotas, suscripciones, aportes, donativos, funciones de beneficencia u otros similares relacionados con la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica.

15. Evadir la rendición de cuentas sobre dineros recaudados por concepto de cuotas, suscripciones, aportes, donativos, funciones de beneficencia u otros similares relacionados con la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica, en los plazos establecidos.

16. Utilizar el nombre de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica y atribuirse representatividad, sin tener autorización.

17. Incluir y/o sustituir nombres en actividades, trabajos, exámenes o cualquier otro medio empleado para la evaluación del proceso formativo.

18. Consumir bebidas alcohólicas, cigarrillos, o estupefacientes dentro de las instalaciones de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros y/o Unidad Académica.

19. Presentarse en estado de ebriedad o bajo el efecto del consumo de estupefacientes en instalaciones de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros y/o Unidad Académica.

Artículo 15. (Faltas muy graves). Comprende acciones u omisiones que atentan gravemente contra la integridad física, psicológica y/o sexual de otra u otro integrante de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica; que afectan el bien común, la convivencia entre sus componentes y/o que infringen las prohibiciones contempladas

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en el presente Reglamento en las que median la premeditación y planificación. Como ser:

1. Reincidir en las faltas graves.2. Incumplir las sanciones por faltas graves.3. Sustraer, distribuir y/o vender exámenes, trabajos de

investigación o cualquier otro tipo de trabajo de carácter académico curricular.

4. Hurtar o robar bienes de la institución o de cualquier integrante de la comunidad educativa.

5. Emplear documentos o argumentos falsos para la obtención de licencias, postergaciones de trabajos, evaluaciones u otros.

6. Alterar, adulterar o falsificar documentos institucionales, trabajos prácticos o de investigación, exámenes o cualquier otro tipo de trabajo académico curricular para fines particulares.

7. Causar daño intencional a la infraestructura o bienes de la institución causando destrozos.

8. Pegar carteles o pintar paredes con mensajes ofensivos que dañen la imagen o el prestigio de las personas y/o la institución.

9. Extorsionar o sobornar a cualquier integrante de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica para la obtención de información o documentación institucional o vinculada a la evaluación del proceso formativo para beneficio personal o de terceros.

10. Acosar física, psicológica y/o sexualmente a cualquier integrante de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, Unidad Académica o de la institución donde se encuentra realizando la Práctica Educativa Comunitaria.

11. Agredir física, psicológica y/o sexualmente a cualquier integrante de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, Unidad Académica o de la institución donde realiza la Práctica Educativa Comunitaria.

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12. Sostener relaciones de pareja con estudiantes de la institu-ción donde realiza la Práctica Educativa Comunitaria.

13. Intervenir cualquier oficina y/o dependencia de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, Unidad Académica o instalación donde se realiza la Práctica Educativa Comunitaria haciendo uso de la violencia.

14. Tomar de rehén, secuestrar y/o privar de libertad de locomoción en contra de su voluntad a cualquier integrante de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, Unidad Académica o de la institución donde realiza la Práctica Educativa Comunitaria.

15. Portar armas de fuego, armas blancas o punzocortantes o cualquier tipo de artefacto explosivo dentro las instalaciones de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, Unidad Académica o en instalaciones donde realiza la Práctica Educativa Comunitaria.

16. Alterar facturas, comprobantes y/o recibos de gastos o pagos realizados con recursos económicos de sus compañeros y/o de la institución.

17. Organizar bandas delincuenciales o formar parte de éstas, ya sea que actúen en la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica o fuera de ella.

18. Instigar públicamente a la comisión de faltas o delitos en contra de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, Unidad Académica o de la institución donde realiza la Práctica Educativa Comunitaria.

19. Ingresar, permanecer y/o abandonar las instalaciones de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica provocando destrozos en chapas, puertas y/o candados.

20. Consumir bebidas alcohólicas, cigarrillos, o estupefacientes en las instalaciones donde se encuentra realizando la Práctica Educativa Comunitaria.

21. Presentarse en estado de ebriedad o bajo el efecto del consumo de estupefacientes en instalaciones en las que se encuentra realizando la Práctica Educativa Comunitaria.

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22. Suplantar, hacerse suplantar o intentar hacerlo, en la realización de exámenes, elaboración de trabajos o cualquier otro tipo de actividad desarrollada para la evaluación del proceso formativo.

23. Cometer delitos tipificados en el Código Penal.

CapÍTULO IIreparación de Faltas

Artículo 16. (Reparación de faltas).

I. En el marco del Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo, la imposición de una sanción no busca como finalidad última el castigo, sino la reflexión por parte de quien cometió la falta, de modo que se responsabilice de las consecuencias de sus actos y asuma la reparación material, moral o simbólica del daño que ocasionó a la(s) persona(s) afectada(s) y a la comunidad.

II. Por ello, se concibe como una medida que posibilita el resarcimiento del daño, perjuicio o agravio ocasionado y el retorno a la armonía.

III. Serán impuestas por la Comisión de Convivencia y se aplicarán ante cualquiera de los tres tipos de faltas e independientemente de la sanción.

IV. Su realización, no libera a la persona del cumplimiento de la sanción que le fue impuesta.

Artículo 17. (Acciones de reparación de faltas). Son acciones de reparación de faltas:

a. Encuentro(s) de reparación, que consiste en la reunión entre la persona que cometió la falta y la(s) personas afectada(s), con participación de la Comisión de Convivencia de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica, para pedir disculpas, retractarse y/o asumir compromiso y responsabilidad de resarcimiento o

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enmienda de la falta cometida. Se aplicará en los casos en los que se afecte a una o más personas. Se podrá realizar las veces que la comisión lo estime conveniente.

b. Asamblea Comunitaria, que consiste en el encuentro de la persona que cometió la(s) falta(s) con la comunidad para la reflexión sobre la(s) falta(s) cometida(s), la definición de medidas de reparación, compromiso y responsabilidad en el resarcimiento o enmienda de la falta cometida. Se aplicará en los casos en los que la instancia afectada sea la institución o la comunidad. Se podrá realizar las veces que la comisión lo estime conveniente.

c. Trabajo Institucional, que consiste en la realización de actividades y tareas para el bien común, en servicio de los demás, consiste en la reparación de la falta realizando trabajos que contribuyan a la comunidad como una forma de compensación por el daño ocasionado. Comprende tareas que van desde la limpieza, reparación de objetos u otros relacionados con la prestación de servicios.

CapÍTULO IIIsanciones

Artículo 18. (Sanción).

I. En el marco del modelo educativo sociocomunitario productivo, la sanción tiene fundamentalmente un carácter formativo con el fin de reforzar el respeto a la comunidad y a sus normas, buscando resarcir o remediar los efectos que ocasiona la falta.

II. Tiene por finalidad prevenir que una falta se cometa nuevamente, contribuir a la reparación del daño causado y restablecer la armonía en la comunidad procurando que el comportamiento de la o el estudiante se adecue a las normas de disciplina y ética, así como a las normas comunitarias.

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Artículo 19. (Aplicación de sanciones). La aplicación de sanciones se realizará únicamente como resultado de lo establecido en el presente reglamento y de ninguna forma podrán tener un carácter vejatorio o intimidatorio.

Artículo 20. (Proporcionalidad de la sanción).

I. Toda sanción impuesta debe guardar directa relación con la gravedad de la falta cometida, con las circunstancias del hecho y con las pruebas de cargo y de descargo.

II. La imposición de la sanción en ningún caso podrá aplicarse bajo criterios discrecionales, sino únicamente de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento.

Artículo 21. (Tipificación de las sanciones). Las sanciones a las diversas faltas se clasifican en sanciones por faltas leves, sanciones por faltas graves y sanciones por faltas muy graves.

Artículo 22. (Sanciones por faltas leves).

1. Llamada de atención verbal y en privado por la Coordina-dora o Coordinador de Especialidad o de Unidad Acadé-mica.

2. Reflexión comunitaria realizada por la Comisión de Convivencia de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica, asentada en acta.

Artículo 23. (Sanciones por faltas graves).

1. Trabajo institucional de seis a quince días en horario alterno a sus actividades académicas.

2. Suspensión de labores académicas de cinco a diez días. En cuyo caso, a la conclusión del período de sanción la o

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el estudiante podrá presentar trabajos, exámenes u otros aspectos vinculados a la evaluación del proceso formativo. Por lo que, ningún docente podrá rehusarse.

3. Suspensión de actividades académicas por lo que queda de la gestión académica.

Artículo 24. (Sanciones por faltas muy graves).

1. Suspensión de actividades académicas por lo que queda de la gestión.

2. Suspensión de actividades académicas de un año calenda-rio.

3. Suspensión definitiva de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica.

Artículo 25. (Registro de faltas y sanciones). Las faltas y sanciones cometidas por las y los estudiantes, se registrarán en el archivo personal de la o el estudiante como parte de sus antecedentes. Toda sanción será emitida via memorando de la comisión de convivencia.

Artículo 26. (Anulación de la sanción). Se garantiza el debido proceso, por lo que toda sanción impuesta sin el cumplimiento de lo establecido en la presente norma es nula y no podrá aplicarse.

CapÍTULO IVcircunstancias aGravantes y atenuantes

Artículo 27. (Agravantes).

1. Reincidir en faltas cometidas.2. Incurrir voluntariamente en dos o más faltas.3. Tener malos antecedentes.4. Cometer la falta de forma grupal.5. Cometer la falta con premeditación y alevosía.

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6. Dar falso testimonio o mentir.7. Ofrecer y presentar testigos falsos.

Artículo 28. (Atenuantes).

1. Haber tenido buena conducta hasta antes de la falta.2. Ser la primera vez que comete una falta.3. Confesar la falta voluntariamente sin rehuir responsabilida-

des.4. Procurar, sin previo requerimiento, resarcir el daño o

perjuicio causado.5. Haber cometido la falta, impulsado por una ofensa.

TÍTULO IVmecanismos para la convivencia y permanencia

estudiantil CapÍTULO ÚnICO

Artículo 29. (Mecanismos para la Convivencia y Permanencia Estudiantil).

I. Son dispositivos que contribuyen a regular las relaciones entre estudiantes, entre estudiantes e integrantes de otros estamentos y entre estudiantes e institución, mediante el establecimiento de reglas claras y mecanismos efectivos para resolver situaciones de conflicto.

II. Se despliegan a través de las Comisiones de Convivencia o de las Tribunales Disciplinarios.

Artículo 30. (Comisión de Convivencia). Es la instancia encargada de atender los conflictos relacionados con la convivencia y permanencia estudiantil y de proporcionar los medios necesarios para coadyuvar en la gestión pacífica de los conflictos, en el marco del respeto, aceptación y de las relaciones armónicas.

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Artículo 31. (Tribunal Disciplinario). Es la instancia encargada de atender los conflictos relacionados con la convivencia y permanencia estudiantil mediante la administración de justicia, según criterios establecidos.

TÍTULO Vcomisiones de convivencia CapÍTULO ÚnICOconFormación y atribuciones

Artículo 32. (Conformación). Se constituirá al iniciar la gestión académica y ejercerá sus funciones durante ese período. Estará conformada por las siguientes personas:

i La Coordinadora o Coordinador de Especialidad, quien ejerce la presidencia.

ii La Coordinadora o Coordinador de Bienestar Estudiantil.iii La Técnica o Técnico de Orientación Estudiantil.iv Una o un representante de las y los docentes, elegido

democráticamente.v Una o un representante de las y los estudiantes, elegido de-

mocráticamente.

Artículo 33. (Atribuciones).

1. Procesar y sancionar a estudiantes de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica que cometan las faltas leves del artículo 13 y las faltas graves comprendidas en el artículo 14, en sus numerales 3, 4, 5, 6, 7, 11, 12 y 13, siempre y cuando la o el estudiante que hubiere incurrido en esas faltas demuestre arrepentimiento e interés en modificar su conducta y resarcir el daño. Debiendo remitir copia del Memorándum de Sanción a la Dirección General de Formación de Maestros.

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2. Convocar a las y los estudiantes que hayan incurrido en cualquiera de las faltas establecidas en el presente reglamento para reflexionar sobre el hecho.

3. Determinar, -según la gravedad de la falta cometida, las cir-cunstancias del hecho y las pruebas de cargo y de descargo-, las acciones de reparación de faltas que se impondrán, el tiempo de duración y el lugar de cumplimiento.

4. Desarrollar iniciativas que permitan mejorar la convivencia entre las y los integrantes de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica.

5. Efectuar el acompañamiento al cumplimiento de las acciones de reparación de faltas y coadyuvar en el mismo.

TÍTULO VItribunales disciplinarios

CapÍTULO IGeneralidades

Artículo 34. (Clasificación). Se clasifican en:

i Tribunal Nacional Disciplinario Permanente.ii Tribunales Disciplinarios Permanentes de cada Escuela

Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidades Académicas.

Artículo 35. (Tribunal Disciplinario Nacional Permanente). I. Encargado de atender procesos en apelación a nivel de todo el Estado Plurinacional de Bolivia. Estará conformado por:

i La Directora o Director General de Formación de Maestros del Ministerio de Educación o su representante, como presidenta o presidente.

ii Una abogada o abogado de la Dirección General de Formación de Maestros, como fiscal promotora o promotor.

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iii Una o un profesional de la Dirección General de Formación de Maestros, como secretaria o secretario actuario.

Artículo 36. (Atribuciones del Tribunal Disciplinario Nacional Permanente). Como organismo máximo del sistema disciplinario institucional, tiene las siguientes atribu-ciones:

1. Procesar y sancionar en única instancia a las y los estudiantes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas que infrinjan las faltas comprendidas en el presente Reglamento.

2. Conocer en grado de consulta, revisión o apelación los fallos emitidos por los Tribunales Disciplinarios de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros o Unidades Académicas.

Artículo 37. (Tribunal Disciplinario de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas).

1. Encargado de atender procesos a nivel de cada Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica. Estará conformado por: i Una o un presidente: Ejercido por la Directora o Director

General de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o la Coordinadora o Coordinador de la Unidad Académica.

ii Una o un fiscal promotor: Ejercido por una o un docente de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros elegida o elegido de una terna por voto directo, de preferencia abogada o abogado.

iii Una o un secretario actuario: Ejercido por una o un representante de la Federación de Estudiantes.

2. Se constituirá al inicio de cada gestión, a través de una Resolución de Constitución en la que se consignará los

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nombres de sus integrantes la fecha de constitución y se remitirá a la Dirección General de Formación de Maestros hasta el último día hábil del mes de enero.

Artículo 38. (Atribuciones del Tribunal Disciplinario de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica).

1. Procesar y sancionar en primera instancia, con recurso de apelación ante el Tribunal Disciplinario Nacional, a estudiantes de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica por faltas graves y muy graves de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento.

2. Conocer para su procesamiento los informes en conclusiones de los casos investigados por la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas.

Para el cabal y fiel cumplimiento de los objetivos que persiguen los Tribunales Disciplinarios, recurrirán de oficio a los mecanismos otorgados por ley, coadyuvando en la investigación de hechos que constituyen faltas graves o muy graves.

CapÍTULO IIjurisdicción y competencia

Artículo 39. (Jurisdicción). Jurisdicción es la potestad que la ley concede a los Tribunales Disciplinarios de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas para administrar procesos disciplinarios en casos de faltas graves y muy graves tipificadas en el presente reglamento.

Artículo 40. (Competencia). Es la facultad que tienen los Tribunales Disciplinarios de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades

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Académicas para conocer y sancionar hechos que constituyen faltas graves y muy graves, cometidas por cualquier estudiante de su institución. En cualquier jurisdicción territorial.

Artículo 41. (Autonomía). Los Tribunales Disciplinarios, son au-tónomos en el ejercicio de sus funciones, debiendo so-meter sus actos a las leyes y normas establecidas para tal efecto.

Artículo 42. (Plazos). Los procesos disciplinarios serán sustan-ciados y resueltos en los plazos determinados para el efecto, con celeridad y responsabilidad y en todo caso dando estricto cumplimiento y aplicación a las dispo-siciones contenidas en el presente Reglamento.

Artículo 43. (Aplicación de la sanción en faltas leves). Las faltas leves no darán lugar a procesos atendidos por el Tribunal Disciplinario de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica, debiendo ser sancionadas directa e inmediatamente por la Comisión de Convivencia, conforme a las atribuciones prescritas en el presente reglamento.

Artículo 44. (Tramitación). Los procesos disciplinarios se tramita-rán en la jurisdicción territorial donde se hayan come-tido las faltas graves o muy graves, salvo los casos que conozca el Tribunal Disciplinario Nacional Permanente.

CapÍTULO IIIexcusas y recusaciones

Artículo 45. (Aplicación). Ninguna ni ningún componente de los Tribunales Disciplinarios podrá ser separado del conocimiento de una causa, sino por motivo legal.

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Artículo 46. (Recusación y Excusa). Las y los integrantes de los Tribunales Disciplinarios de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros o Unidades Académicas, podrán excusarse o ser recusadas o recusados por las siguientes causas:

1. Tener parentesco de consanguinidad hasta el cuarto grado, o relación de afinidad hasta el segundo grado con la o el procesado.

2. Tener interés directo o indirecto en las consecuencias del proceso.

3. Haber recibido beneficios importantes o regalos de la o del procesado o sus familiares.

4. Tener amistad íntima, enemistad o resentimiento con la o el procesado.

5. Tener parentesco espiritual con la o el procesado.6. Las demás causales establecidas de acuerdo a Ley.

Artículo 47. (Causales de excusa). Las y los integrantes del Tribunal Disciplinario de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica que estén comprendidos en algunas de las causales señaladas en el artículo anterior, deberán excusarse de oficio, si no lo hicieren, la parte interesada podrá recusarlos.

Artículo 48. (Excusa de oficio). La excusa de oficio o a pedido de parte, será resuelta por el mismo tribunal, en un plazo máximo de 24 horas.

Artículo 49. (Rechazo). Rechazada la excusa, se presentará la recusación ante la o el Presidente del mismo tribunal, quien elevará en consulta al Tribunal Disciplinario Nacional, período en el cual el proceso queda suspendido hasta la otorgación de la respuesta.

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Artículo 50. (Recusa probada). Si la recusación fuera declarada pro-bada, la o el integrante recusado, quedará separada del conocimiento del proceso. En cuyo caso la persona recu-sada será reemplazada en base a los siguientes criterios:

1. Como presidenta o presidente se elegirá a la Directora o Director Académico (para Tribunales Disciplinarios de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros) o a una o un docente (para Tribunales Disciplinarios de Unidades Académicas).

2. Como fiscal promotor o promotora se elegirá por voto directo de una terna a una nueva o nuevo docente, de preferencia abogada o abogado.

2. Como secretaria o secretario actuario a una nueva persona en representación de la Federación de Estudiantes.

TÍTULO VIInormas de procedimiento

CapÍTULO Iobjeto e iniciación del proceso

Artículo 51. (Objeto). El objeto de los procesos disciplinarios es resolver los hechos que se imputan a una o un estudiante mediante investigación de los hechos y su tramitación.

Artículo 52. (Inicio de la investigación). Toda investigación se inicia con conocimiento de la falta cometida.

Artículo 53. (Denuncia). Es el hecho de hacer conocer a las autoridades de las Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica, la comisión de una falta, para su procesamiento en las instancias correspondientes.

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Artículo 54. (Clases de denuncia). La denuncia podrá ser verbal o por escrito. En caso de ser verbal la autoridad que tenga conocimiento sentará un acta, que será firmada por la autoridad y la o el denunciante

Artículo 55. (Denuncia con reserva de identidad). La(s) denuncia(s) con reserva de identidad deberán ser conocidas y validadas. Consiste en hacer conocer la comisión de una falta guardando reserva de la identidad de la o del denunciante.

Artículo 56. (Denuncia falsa). La denuncia falsa o calumniosa se constituye en una falta grave. La parte afectada podrá hacer la denuncia para el inicio de un proceso discipli-nario e iniciar las acciones legales que estime corres-pondiente.

Artículo 57. (Abandono de la denuncia). Toda denuncia abando-nada por el tiempo de seis meses dará motivo a la extinción de la acción disciplinaria.

CapÍTULO IIauto inicial del proceso

Artículo 58. (Redacción del Auto Inicial). El auto inicial del proceso deberá ser de conocimiento de las o los tres integrantes del Tribunal Disciplinario. Será redactado por la o el Fiscal Promotor del Tribunal correspondiente y firmado por la o el Presidente del Tribunal Disciplinario respectivo, disponiendo la instauración del Proceso Disciplinario.

Artículo 59. (Auto Inicial). Todo auto inicial del proceso contendrá:

1. La mención expresa de la denuncia, con indicación de los nombres y apellidos de las y los denunciantes, afectadas o afectados y denunciadas o denunciados.

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2. La orden de procederse a la apertura de proceso disciplina-rio.

3. La tipificación de los hechos que constituyen la falta grave o muy grave y que motivan su iniciación, mencionando las disposiciones pertinentes del Reglamento de Convivencia y Permanencia de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas.

4. La orden de notificación con la citación correspondiente contra la(s) o el (los) denunciados y denunciantes.

Artículo 60. (Registro del auto). Pronunciado el auto inicial y registrado en el libro correspondiente, se notificará a la o el denunciado y a la o el denunciante dentro de las 24 horas siguientes.

Artículo 61. (Audiencia). La o el denunciado una vez notificado, debe presentarse a la reunión fijada el día y la hora hábiles establecidos para este efecto. La notificación se hará con un mínimo de 24 horas antes de cualquier actuado.

Artículo 62. (Ampliación). El Tribunal Disciplinario correspon-diente, a requerimiento o de oficio, podrá ampliar el auto inicial del proceso por otros hechos conexos que se lleguen a descubrir contra la o el procesado o contra otras personas que resultaren implicadas.

CapÍTULO IIIcitaciones, notiFicaciones y emplazamientos

Artículo 63. (Citaciones y notificaciones). Las citaciones y notificaciones serán realizadas por la o el Secretario o Actuario u otra integrante en situaciones excepcionales, dentro de las 24 horas siguientes al día en que se hubiere dictado la providencia; debiendo ser personales: a la o el denunciante y a la o el procesado,

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con la denuncia, auto inicial del proceso, término de prueba y el fallo.

Artículo 64. (Notificación por cédula). En caso de no ser habidas las partes para las notificaciones personales, previa representación de la o el Secretario o Actuario, se hará mediante cédula que será publicada en la Secretaría de la Dirección General.

Artículo 65. (Notificaciones a terceras o terceros). Las notificaciones, emplazamientos a testigos, peritas, peritos y otras personas que no sean parte principal en el proceso, se efectuarán mediante cédula bajo apercibimiento reglamentario.

Artículo 66. (Contenido de la notificación). En las diligencias de citación y notificación se hará constar el lugar, fecha y hora en que se la practique, nombre de la persona notificada, indicación del folio y fecha del proveído correspondiente, firmando la persona a quien se notifica, haciendo constar si rehusó hacerlo o la circunstancia de que ignora firmar, o en su caso, la de la o del testigo que interviene en la actuación.

Artículo 67. (Exhorto). En el caso de que el Tribunal Disciplinario de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica, tenga necesidad de realizar alguna diligencia, sea dentro o fuera de su jurisdicción, y no pueda realizarla con todas o todos sus integrantes, podrán encomendar su cumplimiento a las autoridades de las ESFM del territorio nacional, mediante exhorto para las de superior o igual jerarquía, y mediante orden instruida para las de jerarquía inferior.

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CapÍTULO IVperíodo probatorio

Artículo 68. (Proceso). El Proceso se realizará sobre la base del Auto de Inicio del Proceso, en forma contradictoria y continua, para la comprobación de la falta grave y/o muy grave y la responsabilidad de la o del procesado.

Artículo 69. (Componentes). El proceso se realizará con la presencia ininterrumpida de la o del Presidente del Tribunal, Fiscal Promotor, Secretaria/o Actuario/a y de todas las partes. Si la o el denunciante no asiste a la audiencia o se retira de ella sin autorización, se tendrá por abandonada su denuncia, sin perjuicio de que pueda ser obligado a comparecer como testigo.

Artículo 70. (Plazo). El periodo probatorio es de 20 días hábiles, pro-rrogables por razón de distancia o petición de partes o determinación de oficio instructiva, indagatoria, pruebas de cargo y descargo; documentales, testimoniales peri-ciales, cuestiones previas, excusas, recusaciones y renun-cias de integrantes del tribunal, escritos, alegatos. etc.

CapÍTULO VtestiGos y tachas

Artículo 71. (Alcance). Toda persona hábil por derecho, podrá ser propuesta como testigo y tendrá el deber de comparecer y declarar en audiencia pública ante el Tribunal Disciplinario.

Artículo 72. (Citaciones a testigos). La o el Presidente del Tribunal Disciplinario respectivo, mandará citar para que comparezcan ante el Tribunal, a las o los testigos de cargo y descargo, librando para el efecto los mandamientos de Ley.

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Artículo 73. (Declaración testifical). Las declaraciones testificales se recibirán en audiencia pública ante el Tribunal Disciplinario en pleno y se examinarán en ella a todas o todos los testigos por separado.

Artículo 74. (Tachas). Se admitirán como causales de tacha contra las o los testigos las consignadas en las leyes vigentes.

CapÍTULO VIpruebas

Artículo 75. (Definición). Prueba es la demostración jurídica, de la verdad o la falsedad de una denuncia.

Artículo 76. (Admisión de la prueba). Se admitirá como medios de prueba todos los elementos de convicción que puedan conducir al esclarecimiento de los hechos que motivan el proceso disciplinario.

Artículo 77. (Valoración de la prueba). Todos los medios de prueba aportados serán valorados en su conjunto por las o los integrantes del Tribunal Disciplinario en pleno, con aplicación de las reglas de la sana crítica, justificando y fundamentando adecuadamente las razones por las cuales se les da valoración jurídica.

Artículo 78. (Pruebas válidas). Son medios legales de prueba:

a. Los documentos públicosb. Los informesc. La inspección oculard. Los peritajese. Las declaraciones testificalesf. El careo

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g. Las fotocopias debidamente legalizadas.h. Objetos e instrumentos.i. Medios lícitos de convicción.

Artículo 79. (Incorporación de prueba). Concluidas las declaraciones e incorporadas mediante lectura, las pruebas practicadas, los objetos y elementos de convicción serán exhibidos para que las o los peritos, testigos o la o el procesado los reconozcan. Se podrán ordenar careos, inspección ocular y reconocimiento de la o el procesado.

Artículo 80. (Réplica). Terminada la recepción de las pruebas, la o el Fiscal Promotor, la o el denunciante, la o el procesado y su defensora o defensor, formularán sus conclusiones, podrán utilizar medios técnicos o medios de apoyo a su exposición, pero no se permitirá la lectura de memoriales y otros documentos escritos. Las partes podrán replicar, pero esta intervención le corresponderá al defensor y se limitará a refutar argumentos adversos. La o el presidente del tribunal podrá limitar el tiempo del alegato.Si está presente la o el afectado o la o el denunciante y desea exponer, se le concederá la palabra.

Al final, la o el Presidente del Tribunal preguntará a la o el procesado si tiene algo más que agregar. Después declarará cerrado el debate.

CapÍTULO VIIFallo y resolución

Artículo 81. (Plazo para la resolución). Concluido el plazo del período probatorio, el Tribunal Disciplinario tiene 5 días hábiles para dictar la Resolución Final.

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Artículo 82. (Dictamen). La deliberación y correspondiente dictamen se sujetará a las siguientes normas:

a. Las o los integrantes del Tribunal Disciplinario valorarán las pruebas producidas durante el proceso de modo general, conforme a reglas de la sana crítica.

b. Considerarán toda cuestión incidental que se haya diferido.c. Las relaciones con la falta grave o muy grave sancionable, la

absolución o la sanción de la o el procesado.d. La imposición de la sanción aplicable.e. Las decisiones se adoptarán por simple mayoría.f. Cada integrante del ttribunal fundamentará su voto o lo

harán conjuntamente cuando todos estén de acuerdo.g. Cualquier disidencia será fundamentada por escrito.

Artículo 83. (Resolución). La Resolución se pronunciará en nombre de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica con:

a. La mención del Tribunal Disciplinario, el lugar y fecha en que se dicta, los nombres de las o los integrantes del Tribunal Disciplinario, de las partes y de la o del procesado,

b. Enunciación del hecho y las circunstancias que hayan sido objeto del proceso.

c. El voto individual de las o lo integrantes del Tribunal Disci-plinario, con exposición de motivos de hecho y derecho.

d. La parte dispositiva mencionando las normas aplicables.e. La firma de las o los integrantes del Tribunal Disciplinario.f. Si alguna o algún integrante del Tribunal Disciplinario se

niega a firmar después de la deliberación y votación, la Resolución tendrá valor sin esa firma.

Artículo 84. (Lectura de resolución). La Resolución será redactada y firmada por el Tribunal Disciplinario quien se constituirá en la sala de audiencia, para su lectura a cargo de la o el presidente del tribunal.

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Artículo 85. (Resolución Absolutoria).

I. La resolución absolutoria, será dictada cuando:a. No se haya probado la acusación.b. La prueba aportada no sea suficiente para generar

convicción sobre la responsabilidad de la o del procesado.

c. Si se demuestra que el hecho no constituye falta grave o muy grave o que la o el procesado no participó en la misma.

d. Si existe cualquier causa que exima de responsabilidad a la procesada o procesado.

II. En caso de absolución, la o el estudiante de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica que fue procesada o procesado, será rehabilitado en sus derechos institucionales.

En cuyo caso la responsabilidad recaerá contra la o el denunciante, pudiendo la o el procesado seguir la acción legal que estime correspondiente o efectuar la denuncia para el inicio de un proceso disciplinario.

Artículo 86. (Resolución de la sanción). La resolución de la sanción será dictada cuando:

a. La prueba aportada sea suficiente, para generar ante el Tribunal Disciplinario la convicción sobre la responsa-bilidad del procesado.

b. La resolución deberá determinar con precisión el tipo de sanción que corresponde, la forma y el lugar donde deba cumplirse.

c. Se fijará con claridad la fecha de inicio y fecha de cumplimiento de la sanción.

d. Se establecerá la forma del resarcimiento de daños si los hubiera.

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TÍTULO VIIICapÍTULO ÚnICOrecursos

Artículo 87. (Recurso de reposición). Sólo procede contra provi-dencias de mero trámite o resoluciones incidentales. Se interpondrá ante el mismo Tribunal Disciplinario, para que modifique, aclare o revoque su propia provi-dencia o resolución incidental, dentro de los tres días siguientes a la notificación de la providencia o resolu-ción impugnada, y deberá ser suficientemente susten-tado. El tribunal deberá resolver el recurso de reposi-ción dentro de las veinticuatro horas hábiles siguientes.

Artículo 88. (Recurso de apelación).

I. Se interpondrá directamente ante el Tribunal Disciplinario de cada Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica y sólo procederá contra las resoluciones de primera instancia.

II. Se concederá únicamente cuando se demuestre la inobservancia del procedimiento, siendo este recurso admisible sólo en caso de reclamo oportuno.

III. Podrá ser interpuesto en el plazo perentorio de tres días, una vez notificado con la Resolución Final de Proceso.

Artículo 89. (Producción de la prueba). Si la o el recurrente inten-ta producir prueba en segunda instancia, la acompa-ñará y ofrecerá ante el Tribunal Disciplinario Nacional Permanente, señalando el hecho que pretende probar.

Artículo 90. (Remisión). Presentado el recurso de apelación, el tribunal de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros o Unidad Académica recurrido remitirá en el término de las 24 horas siguientes,

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todas las actuaciones al Tribunal Disciplinario Nacional Permanente para que resuelva el mismo. En caso de Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros o Unidades Académicas fuera del departamento de La Paz, este plazo podrá extenderse hasta 72, según la distancia.

Artículo 91. (Fallo). El Tribunal Disciplinario Nacional Permanente confirmará o revocará el fallo en el término de 15 días hábiles contados desde la recepción de la apelación.

Artículo 92. (Recurso de reposición). El recurso de reposición será interpuesto por escrito ante el Tribunal Disciplinario Nacional Permanente que sustancia el proceso, en el plazo de tres días de dictada la Resolución; cuando las disposiciones reglamentarias hubieran sido violadas o mal aplicadas, debiendo fundamentarse separadamente cada norma violada. En estas condiciones, el caso será resuelto en el término de 24 horas, por el mismo Tribunal.

TÍTULO IXdisposiciones transitorias

Primera. El presente reglamento entrará en vigencia plena a partir de su aprobación por el Ministerio de Educación, abrogándose automáticamente todo reglamento o disposición anterior al presente referido al mismo tema.

Segunda. Los procesos en actual trámite deberán ser resueltos y concluidos conforme al reglamento vigente a la fecha.

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Investigación Educativa y

Producción de Conocimientos y de la Práctica Educativa

Comunitaria

Lineamientos de la

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Resolución Ministerial No. 622/2013 de fecha La Paz, 13 de Septiembre de 2013.

Port tanto:

El Ministerio de Educación, en uso de las atribuciones conferidas por Decreto Supremo No. 29894 del 07 de febrero de 2009;

RESUELVE:

Art. 1. (Aprobación).

I. Aprobar los Lineamientos de la Investigación Educativa y Producción de Conocimientos y de la Práctica Educativa Comunitaria.

II. Aprobar el Reglamento Procedimental de la Investigación Educativa y Producción de Conocimientos y de la Práctica Educativa Comunitaria, en sus X Capítulos y 42 Artículos.

III. Aprobar el Reglamento de Modalidades de Graduación de las Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros en sus XII Capítulos y 63 Artículos.

IV. Aprobar el Reglamento de Evaluación del Proceso Formativo de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros, en sus X Capítulos y 63 Artículos.

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“…construimos un nuevo Estado. Un Estado basado en el respeto e igualdad entre todos, con principios de soberanía,

dignidad, complementariedad, solidaridad, armonía y equidad en la distribución y redistribución del producto

social, donde predomine la búsqueda del vivir bien…”(Preámbulo, Constitución Política del Estado)

I. Antecedentes

La Práctica Docente e Investigación en los Institutos Normales Superiores (INS), hoy Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros (ESFM) ha tenido en su concepción y abordaje desaciertos y aciertos; así:

Este ámbito era considerado como aquel que posibilitaba a las y los estudiantes “acercarse a la dimensión profesional en la cual se desempeñarían en el futuro, con instrumentos que les ayuden a conocer, sistematizar y comprender las diversas variables que se ponen en juego en la práctica pedagógica cotidiana de un maestro, a través de la realización y análisis de investigaciones educativas” (MECyD, 1998)1, por lo que su orientación era más aplicativa y de experimentación del manejo de aula que de producción, de trabajo educativo en espacios áulicos que de trabajo de interacción socio educativa comunitaria.

Se asumía que “los temas de la Práctica Docente e Investigación como particularmente importantes para enfrentar el aislamiento de los centros formadores de su entorno local y departamental”2, sin embargo el trabajo era priorizado sólo en y para las escuelas del entorno, no así en y para la comunidad.

1. Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (1998): Diseño curricular base para la formación docente inicial del Nivel Primario, plan 97. La Paz. Versión digital. Página 1032. Ídem. Página 103

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Un aspecto que resalta como positivo es el enunciado que se hacía sobre la organización de equipos de trabajo que debían ser formados por docentes y estudiantes, maestros en servicio y otros profesionales de la región; sin embargo esta concepción tenía un carácter simplemente académica y no socio – comunitaria, y en la práctica misma se quedó en enunciado, igual que la búsqueda de mecanismos para socializar los resultados de las investigaciones, pues en muchos casos la función del/la docente de práctica fue asumida como la de responsable solitario/a, y la mayoría de las experiencias innovadoras en los INS no eran difundidas.

Por último debe considerarse que la Práctica Docente e In-vestigación partía de la relación lineal y unidireccional de teoría – práctica, no de práctica – teoría que, lejos de ser una mera permuta en el orden de los términos, implica un cambio epistemológico, desde la primera perspectiva (teo-ría – práctica) se inducía a emplear la teoría para orientar la práctica y no incidir en producir teoría a partir de la práctica.

Actualmente, en las ESFM la concepción y abordaje de este ámbito cambia de orientación hacia un enfoque productivo, comunitario, descolonizador, integral y holístico, que surge como respuesta a los desafíos de la educación boliviana explicitados en la visión de cambio expresada en la Constitución Política del Estado, el Plan Nacional de Desarrollo, la Ley de Educación “Avelino Siñani – Elizardo Pérez” y otras normas y documentos conexos.

A partir de las problemáticas, desafíos y resultados educativos alcanzados en los Encuentros Pedagógicos para la Construcción del Diseño Curricular Base de Formación de Maestros del Sistema Educativo Plurinacional, la Investigación Educativa y Producción de Conocimientos y la Práctica Educativa Comunitaria se constituyen en la formación docente en pilares fundamentales que posibilitan el desarrollo y/o fortalecimiento de valores, capacidades, conocimientos, habilidades, actitudes y comportamientos empoderados, instituyéndose como estrategias que permean todo el

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proceso de diálogo dinámico y creativo de aprendizaje comunitario, articulándose a los contenidos de las Unidades de Formación, a las metodologías y estrategias, al rescate, valoración y articulación de saberes y conocimientos plurales, al trabajo socio comunitario y a la generación de procesos dialógicos que vinculan la comunidad, la producción, las identidades y el desarrollo cultural.

En este caminar, la producción comunitaria ha ido estableciendo lineamientos de trabajo que posibilitan que desde la Práctica Educa-tiva Comunitaria (PEC) y la Investigación Educativa y Producción de Conocimientos (IEPC) la educación se constituya en instrumen-to de la revolución democrática cultural que convierta a las ESFM en centros de excelencia académica que aporte en la consolidación del Estado Plurinacional boliviano y el accionar hacia el Vivir Bien en comunidad3 a partir del compromiso de todas/os quienes están inmersos en el proceso de formación docente inicial y continua via-bilizando procesos de acciones compartidas entre la escuela, comu-nidades y colectividades diversas para la vinculación de la educación con las demandas, necesidades, intereses y problemáticas locales, de-partamentales, regionales y plurinacionales de producción.

II. Fundamentos

- Fundamento Ideológico Político: La Descolonización

Las políticas de formación de maestras y maestros con la concreción de la IEPC y la PEC generan un compromiso transformador para que las y los actores educativos y sociales promuevan la consolidación del Estado Plurinacional a través del involucramiento, conocimiento y mejora de las realidades comunitarias y educativas.

3. “La comunidad es un sistema vivo con una historia en movimiento vinculada a un proyecto común de vida. Este sistema se desarrolla en un espacio ligado a la naturaleza de manera permanente, mediado por elementos simbólicos, valores que le permiten dialogar y convivir de manera recíproca y complementaria en estructuras sociocomunitarias y el manejo de signos comunicacionales acordes a la diversidad biogeográfica e históricocultural” (Currículo Base del Sistema Educativo Plurinacional).

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Las y los estudiantes, docentes y administrativos de la ESFMs y UAs al tener contacto directo con las comunidades, las Unidades Educativas y los Centros Educativos de Adultos se involucran para que desde sus experiencias, en convivencia y con el aporte de las y los actores de la PEC, conciban cómo y de qué manera pueden aportar en la transformación cualitativa, reconociendo y valorando las identidades culturales, los saberes y conocimientos propios.

En este proceso se aspira a recuperar, valorar, preservar, desarrollar y difundir los saberes y conocimientos de nuestras culturas ancestrales, así como a generar procesos interculturales e intraculturales en base a “una educación sin asimetrías de poder y con vocación docente de servicio a la familia, a la comunidad y al Estado, respetando las diferencias culturales, religiosas, económicas, intelectuales, de capacidades diferentes, de género y generacionales, promoviendo el acceso a la justicia y a las oportunidades sin distinción alguna, como al disfrute de la riqueza tangible e intangible en todos los ámbitos de la vida con equidad, justicia social y lucha contra la discriminación racial, cultural y de género”.

Considerando que la formación de maestras y maestros busca “formar profesionales críticos, reflexivos, autocríticos, propositivos, innovadores, investigadores; comprometidos con la democracia, las transformaciones sociales, la inclusión plena de todas las bolivianas y los bolivianos” (Art. 33, parágrafo I, LASEP, 2010), la IEPC y la PEC se orientan al desarrollo de procesos educativo - comunitarios descolonizadores, liberadores, revolucionarios y transformadores que desmonten la colonialidad cultural, política social y económica del Estado Plurinacional de Bolivia. Es así que la investigación educativa, como herramienta transformadora, y la práctica educativa, como espacio integrador y descolonizador del ejercicio docente, son empleadas para reconstruir las estructuras mentales, sociales, culturales, políticas y económicas del Estado Plurinacional a través del fortalecimiento de compromisos de cambio de maestras y maestros que se forman para descolonizar la ciencia y la educación en particular, revalorizar lo sociocomunitario productivo y articular

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la educación con las necesidades y expectativas de la comunidad empleando el pluralismo epistémico descolonizador.

En este proceso de cambio y transformación social la PEC y la IEPC se ubican en una perspectiva problematizadora, comprometida, crítica, propositiva y holística, asumiendo la educación superior como gestora de procesos de formación profesional orientados al desarrollo integral de la sociedad a partir de la generación de conocimientos y la divulgación de los mismos, complementando los saberes y conocimientos colectivo – locales con los universales, recuperando de esta manera la visión intracultural de los conocimientos, tecnología y educación y la visión intercultural superando las prácticas excluyentes y discriminatorias.

Gráfico Nº 1: La Educación Superior

Fuente: elaborado en base del Art. 91, I de la CPE

- Fundamento Filosófico: Vivir Bien

El Vivir bien al ser un proyecto de vida orienta la IEPC y la PEC hacia el desarrollo y práctica de valores sociocomunitarios que posibiliten, desde el componente educativo, la búsqueda de

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complementariedad, reciprocidad y armonía entre seres humanos, Madre Tierra, Cosmos y espiritualidades.

De esta manera las y los estudiantes, docentes y administrativos de la ESFMs y UAs que participan en la IEPC y la PEC son sujetos que se relacionan con otros sujetos, dialogan con ellos y son parte de las rea-lidades en las que intervienen, desarrollando de esta manera una con-ciencia holística sustentada en el “Vivir bien” entendido como “el flujo de relaciones y correspondencias complementarias producido entre los fenómenos naturales, socioculturales, económicos y cosmológicos, que dinamizan los hechos de la vida, recupera y practica los valores so-ciocomunitarios para el bien común, facilitando el acceso y el uso de la riqueza en armonía con la comunidad, la naturaleza, la Madre Tierra y el Cosmos, y en una convivencia comunitaria que trasciende el ámbito del bienestar material, sin asimetrías de poder en un espacio y tiempo determinados” (DC del SEP, 2012), o dicho de otro modo el “Vivir bien” es “el camino de la armonía con la naturaleza y la vida, con el objetivo de salvar el planeta y a la humanidad”, como afirma David Choquehuanca.

El Vivir Bien, en la PEC y la IEPC, se traduce en el modelo edu-cativo sociocomunitario productivo con enfoque pedagógico des-colonizador que permite la interacción e integración en la realidad sociocomunitaria de maestros, organizaciones sociales e institucio-nes educativas, entre otros actores, a partir de su compromiso por la reafirmación del Estado Plurinacional Boliviano4.

- Fundamento Sociológico: Condición Plural

La IEPC y la PEC se gestionan y desarrollan en contextos plurales, por lo que la diversidad de realidad es precisa el involucramiento de

4. “(…) el Estado Plurinacional es “un modelo de organización política para la descolonización de nuestras naciones y pueblos, reafirmando, recuperando y fortaleciendo nuestra autonomía territorial para alcanzar la vida plena, para vivir bien, con una visión solidaria, de esta manera ser los motores de la unidad y el bienestar social de todos los bolivianos, garantizando el ejercicio pleno de todos los derechos” (Visión del País de la Asamblea Constituyente)

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los actores desde la vivencia en los espacios de concreción de la PEC respetando los componentes identitarios y organizativos que se manifiestan en los mismos.

El fundamento sociológico establece el respeto a las diversas formas de organización sociocultural de las comunidades situadas en los territorios dentro de los nichos ecológicos del territorio boliviano. Esas diversas estructuras socioculturales, sus valores y sus prácticas de vida constituyen el soporte del Estado Plurinacional, que reconoce la diversidad cultural5 y lingüística.

Desde esta perspectiva “la investigación en la comunidad recupera la visión intracultural de los conocimientos, tecnología y educación locales de los PIOCs en las comunidades, empleando el pluralismo epistémico descolonizador que revitaliza y legitima la diversidad de conocimientos, ciencia, tecnología, arte, fundamentalmente la incidencia de los valores sociocomunitarios en la educación, que permitan una autoafirmación de las identidades para superar las prácticas de dominación capitalista y neoliberal con alto sentido de exclusión y discriminación racial y social” (Currículo de formación de maestras y maestros, 2011).

- Fundamento Epistemológico: Pluralismo Epistémico

El fundamento epistemológico sustenta la PEC y la IEPC como procesos críticos, holísticos, complejos y complementarios, en los que se comprende que con los campos de saberes de formación y con la dinámica de la comunidad puede entretejerse un entramado de relaciones diversas y complejas, las cuales conforman un todo integrado, superando de esta manera el enfoque tradicional investigativo de procesos aislados y lineales.

5. “La cultura no es algo dado y eternamente inmutable, sino que es parte de las condiciones de vida de cada colectividad que se encuentra en una recreación y/o transformación permanente. Por tanto, en sí misma representa la diversidad de condiciones y vivencias que existen en la humanidad” (Rodríguez I. Mario, 1996)

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A partir de la descolonización de la ciencia, el conocimiento y la educación, la formación de maestras y maestros parte de la interpe-lación y relativización del racionalismo y positivismo como méto-do exclusivo “impuesto” para justificar el conocimiento occidental “como único y válido”. Por tanto, la postura epistemológica asumida se fundamenta esencialmente en la relación de complementarie-dad y reciprocidad existentes entre los seres humanos con la Madre Tierra y el Cosmos. Esta relación conforma una nueva manera de concebir la realidad, aspecto esencial para la producción de conoci-mientos desde nuestras propias experiencias y esfuerzos.

El reconocimiento a las distintas formas de generar y transmitir los conocimientos mediante el pluralismo epistémico (como recono-cimiento de otras formas de construcción de conocimientos cien-tíficos, tecnológicos y educativos en el ABYA YALA), holístico y complejo, permitirá crear y recrear la diversidad de conocimientos, ciencia, tecnología y educación en su dimensión social, histórica y cultural, sustentados en la investigación y la producción de los co-nocimientos locales (intraculturales), nacionales y universales (in-terculturales) vinculados a la producción tangible e intangible del conocimiento y los bienes materiales. Desde esta perspectiva social, comunitaria, crítica y descolonizadora la educación se convierte en una herramienta de transformación que permite develar, cuestionar y superar las prácticas y comportamientos tradicionales y reduc-cionistas que ven la racionalidad técnico – científica foránea como único modelo válido de producción de conocimientos, dejando por fuera cualquier otro tipo de “epistemes” (tradicionales o ancestrales).

Un elemento importante es partir de la experiencia, no partir de un modelo predefinido o de una lógica convencional. La metodología debe partir de la experiencia para transformar la realidad, por lo que no se constituye en una receta a seguir, sino que se crea y recrea dinámicamente conectando comunidad – escuela – persona, rompiendo barreras transgeneracionales o de otro tipo, procurando de esta manera desarrollar un enfoque de investigación con identidad propia.

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- Fundamento Psicopedagógico: Aprendizaje Comunitario

La investigación y producción de conocimientos y la práctica educativa comunitaria, buscan preservar, desarrollar y difundir las experiencias educativas propias, con la finalidad de fortalecer y descolonizar la dimensión psicopedagógica del sistema educativo plurinacional.

El modelo educativo sociocomunitario productivo, establecido en la Ley de la Educación “Avelino Siñani – Elizardo Pérez” orienta el de-sarrollo de potencialidades productivas que respondan a las inquie-tudes e intereses de la comunidad, procurando resolver sus necesi-dades y atender sus requerimientos. Este modelo se fundamenta en “la Escuela Ayllu de Warisata que desarrolló la educación de la vida, donde saber bien era la condición educativa del Vivir Bien” en la que las escuelas se integran al entorno sociocomunitario trasformando la vida social comunitaria; la pedagogía liberadora, sustentada en los elementos y principios postulados de las teorías sociocríticas en las que la comunidad educativa reflexiona sobre el proceso educa-tivo de manera crítica; y el componente teórico histórico – cultural que sostiene que es preciso formar a estudiantes en un proceso par-ticipativo, activo, reflexivo, crítico, integrador y comunitario. Desde este modelo educativo el enfoque que se asume es el declarado en el Currículo Base del Sistema Educativo Plurinacional, por lo que la PEC y la IEPC:

Desde los elementos curriculares son procesos descolonizadores; asumiendo la educación como transformadora de la realidad y como una herramienta para generar procesos de fortalecimiento de capacidades, habilidades y valores que ayuden a las personas a afrontar las exigencias y desafíos de la vida.

En las dimensiones y metodología son integrales y holísticos; ponderando una formación en interrelación con los saberes y conocimientos en función de las dimensiones del ser, saber, hacer y decidir e incidiendo en una educación

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orientada al diálogo, la armonía y la complementariedad con el todo (seres humanos, Madre Tierra, espiritualidades y Cosmos).

En el modo de aprendizaje son comunitarios; entendiendo, a partir del principio de relacionalidad, que todo lo que nos rodea puede formar parte del proceso educativo, suscitando acciones dialógicas entre los saberes y conocimientos propios y los denominados como “universales”, incidiendo desde la educación tanto en el empoderamiento y la realización personal, como la lucha por objetivos comunes.

En la orientación y formación son productivos; comprendiendo la producción como recurso pedagógico que orienta la puesta en práctica de los saberes y conocimientos encaminados a responder a las necesidades educativas, sociales y comunitarias.

Por lo tanto en este enfoque, la PEC y la IEPC se desarrollan en, con y para la comunidad, para la transformación cualitativa de la misma. Es así, que “el proceso de aprendizaje y enseñanza adquiere un carácter práctico – teórico – valorativo – productivo.

Gráfico Nº 2: Criterios de concreción metodológica

Fuente: elaboración Dirección General de Formación de Maestros (2012)

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Entendiendo estas nociones de la siguiente manera:

Práctica: como fuente de saber y conocimiento que emerge de la vivencia para reflexionar y generar la transformación de la realidad a partir del involucramiento y compromiso de los actores6 de la IEPC y la PEC en los espacios de concreción y convertir la práctica en experiencia (entendida como práctica reflexionada).

El desarrollo de la PEC, en complementariedad con la IEPC, parte de la vivencia que los actores de este proceso tienen de las realidades de las comunidades y de las Unidades Educativas, o de otros espacios en los que se concretiza la PEC, desarrollando procesos de investigación con compromiso transformador de la realidad.

Teorización: utilizándola para encontrar soluciones a los problemas de la realidad en la que se concretizó la IEPC-PEC, sin ser un aspecto a priori a ella, sino producto del entendimiento sistemático de la misma; y por otro lado tomándola como un referente a ser problematizado a partir de las vivencias y experiencias.

El nivel teórico no necesariamente significa producir una nueva teoría, sino producir y descubrir la pertinencia de las teorías, a las cuales se resignifica desde la experiencia, cambiándole el sentido y el contenido desde la exigencia de los problemas que se está abordando. La construcción teórica desde su resignificación orienta la organización de experiencias que posibilitan la sistematización y elaboración de ensayos, proyectos u otros informes que confieran nuevos contenidos y significados a la teoría.

6. Entendiendo por actores a los sujetos de la transformación. Se constituyen en actores de la Práctica Educativa Comunitaria: la comunidad, instancias de participación social comunitaria, estudiantes de las ESFM, UA y UP, estudiantes de las Unidades Educativas de los subsistemas regular y alternativo, docentes guía de las Unidades Educativas de los subsistemas regular y alternativo, directores de las Unidades Educativas de los subsistemas regular y alternativo, docentes de las ESFM, UA y UP, equipo de la PEC, aliados estratégicos comunitarios.

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Valoración: como resultado de la práctica y teorización se establece en un tiempo y espacio de reflexión comunitaria que posibilita apreciar lo desarrollado y buscar alternativas de mejora. Permite la contrastación entre práctica y teoría y la valoración de la resignificación de ésta a partir de la primera, teniendo como finalidad analizar, comprender y expresar la importancia que tiene lo realizado en la IEPC-PEC.

Un conocimiento solo explicativo no necesita comprometerse con la realidad y por lo tanto, prescinde de valorarla; pero si el conocimiento es transformador, necesita saber para qué y cuál es la utilidad de ese conocimiento (para qué sirve, a quién sirve). Entonces aquí está la otra característica de la producción de conocimientos propios y pertinentes; si la producción de conocimientos está articulada a la comunidad, parte de su realidad y quiere transformarla, inevitablemente tiene que construir un sentido crítico de valoración de lo que está haciendo, tiene que tener la capacidad de decidir y evaluar si lo que está haciendo es útil o no para transformar la realidad.

Producción: integra la práctica, la teoría y la valoración en actividades, procedimientos técnicos de operación y en productos en bien de las y los actores de la IEPC-PEC y de la comunidad, para responder a las problemáticas reflexionadas a partir de la elaboración y puesta en marcha de proyectos educativos socioproductivos. No se produce por producir, sino se produce conocimiento para la comunidad y para transformar la realidad.

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Gráfico Nº 3: Finalidad de los criterios de concreción metodológica

Fuente: elaboración Dirección General de Formación de Maestros (2012)

Estos espacios se integran y complementan, a partir de un sentido básico de desarrollo de iniciativas, esfuerzo, sociabilidad y responsabilidad, donde el trabajo social productivo es una acción dinámica y creativa, y no se reduce a una experiencia mecánica, técnica y utilitarista.

En la perspectiva de los procesos educativos definidos, las y los maestras y maestros se convierten en sujetos educativos de cambio, jugando un papel esencial en los procesos de interacción e integración entre la familia, la escuela, la comunidad, la sociedad y el Estado para desarrollar una educación descolonizadora,

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productiva, comunitaria, intracultural, intercultural, plurilingüe y científico tecnológica.

Las y los estudiantes como partes activas de la comunidad educativa, son personas con formación técnico humanística integral y holística, con visión intracultural, intercultural, plurilingüe y pensamiento crítico y propositivo, que actúan en el marco de los principios y valores del Estado Plurinacional, con autodeterminación ideológica, política, económica y cultural. Están comprometidos con la problemática local y nacional para contribuir en la generación de procesos de transformación y desarrollo del Vivir Bien. Aplican y crean tecnologías propias y apropiadas en todos los ámbitos de la vida, de manera integral en la producción material e intelectual en armonía con la Madre Tierra y el Cosmos.

La familia, comunidad y el Estado se constituyen en la matriz cultural que consolida la identidad y la memoria histórica de los pueblos, constituyéndose en el soporte del actual modelo educativo. Facilitan la apropiación de saberes, conocimientos, prácticas y valores que proyectan la formación integral y holista a partir de la relación complementaria y recíproca entre el sistema educativo y el Estado Plurinacional para la vida sociocomunitaria” (Diseño Curricular del Sistema Educativo Plurinacional, 2012).

III. Orientaciones conceptuales para comprender la Investigación Educativa y Producción de Conocimientos y la Práctica Educativa ComunitariaLos nuevos desafíos de la formación profesional en las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros están centrados en ofrecer a las y los estudiantes, oportunidades de aprendizaje que permitan responder a los problemas del contexto, lo cual requiere de un cambio en la manera de comprender el desarrollo de la Prác-tica Educativa Comunitaria en las ESFM, ya que implica dar una

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enseñanza orientada a la praxis y producción de los conocimientos y no sólo a la adquisición de los mismos. Para ello, es preciso un tra-bajo integrado entre la PEC, la IEPC y las Unidades de Formación general/especializada articulándolas con el trabajo de grado, que si bien no es un fin en sí mismo, al ser un producto de la formación docente, en él confluyen los aprendizajes en los tres espacios citados.

Gráfico Nº 4: Relación articuladora en la formación de maestras y maestros

Fuente: elaboración Dirección General de Formación de Maestros (2012)

3.1. Investigación Educativa y Producción de Conocimientos

La investigación y producción de conocimientos es:

“Un proceso integral, de carácter descolonizador, empren-dedor, innovador y creativo, que contribuye a la formación profesional de maestras y maestros en las dimensiones del ser, saber, hacer y decidir, que se desarrolla a través de Proyectos

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Educativos Socio Productivos, tesis y/o Sistematización de experiencias que posibilitan que los actores sociales conoz-can y comprendan la realidad vivida, reflexionen sobre los problemas e intereses que se manifiestan en ella y gestionen respuestas de solución y de atención viables por medio de ta-reas y actividades educativas, a corto, mediano y largo plazo, aplicando metodologías de investigación pertinentemente es-tructuradas, para que a partir de la emancipación intelectual, educativa y cognoscitiva se produzcan conocimientos tangi-bles o intangibles, en beneficio de la comunidad”.

La formación docente abarca lo disciplinar, intradisciplinar, inter-disciplinar y transdisciplinar, así como lo intra, intercultural y lo plurilingüe, se constituye en un proceso de producción de conoci-mientos a través de la investigación como herramienta fundamen-tal, favoreciendo de esta manera el aprendizaje sistemático, holísti-co y descolonizado que fortalece la conciencia social crítica de las maestras y de los maestros para que puedan mejorar, de manera reflexiva y crítica, la calidad de acción en aula y en la comunidad.

Uno de los aspectos fundamentales de la misión de la Educación Superior de Formación Profesional, subsistema del que forma parte la formación de Maestras y Maestros, es el desarrollar procesos de investigación para resolver problemas de la base productiva y de su entorno social, por lo que, la investigación debe estar orientada a la indagación, identificación y reflexión de problemas, intereses y aspiraciones de la base productiva y del entorno socio - comunitario, así como a proponer alternativas de solución relacionadas a las acciones de intervención y resolución de los problemas y/o atención de intereses económico – productivos y culturales de la sociedad, la comunidad y el Estado Plurinacional.

La investigación debe articular complementariamente los conoci-mientos y saberes propios con los universales, por lo que es necesario que se la vincule a la cosmovisión y cultura de los pueblos, en com-plementariedad con los avances científico – tecnológicos universales.

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Así también, la investigación educativa y la producción de conoci-mientos deben orientarse a responder a las demandas, necesidades, intereses y problemas económico – productivos y del entorno socio – cultural – comunitario del Estado Plurinacional incidiendo en la formación de profesionales con compromiso social, con conciencia crítica al servicio del pueblo, capaces de innovar, producir conoci-mientos y resolver problemas, para transformar la realidad y articu-lar práctica – teorización, valoración y producción.

De acuerdo a lo señalado, la investigación educativa y producción de conocimientos tiene fundamentalmente dos propósitos: i) El epistemológico que se orienta a la emancipación intelectual, educativa y cognoscitiva para la producción de conocimientos; ii) El metodológico que se emplaza al aprendizaje y desarrollo de Proyectos Educativo Socio Productivo.

Gráfico Nº 5: Propósitos de la Investigación educativa yproducción de conocimientos

Fuente: elaboración Dirección General de Formación de Maestros (2012)

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Objetivo Holístico de Investigación Educativa y Producción de Conocimientos

Fortalecemos principios y valores sociocomunitarios, a partir de la comprensión socio crítica de la realidad sentida identificando problemáticas que se manifiestan en ella, mediante la investigación en la práctica sociocomunitaria como instrumento que posibilita la generación de procesos de observación, reflexión, planificación y acción, para que como actores involucrados demos respuestas de solución y transformación en beneficio de la comunidad.

Gráfico Nº 6: Objetivo holístico de la investigación educativay producción de conocimientos

Fuente: elaboración Dirección General de Formación de Maestros (2012)

3.2. Práctica Educativa Comunitaria

La práctica educativa comunitaria (PEC) es entendida como:

“El proceso sistemático, holístico, descolonizador, de gestión comunitaria y gestión educativa de aula (espacios educativos),

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que promueve acciones compartidas entre la escuela, las comunidades y las colectividades diversas para vincular la educación a las demandas locales de producción orientadas a dar respuesta a las necesidades, intereses y aspiraciones sociocomunitarios”.

“La PEC tiene básicamente tres propósitos:

El primero, epistemológico, la Descolonización del ejercicio Docente; – de la Escuela isla a la Escuela Comunitaria- a partir de la ruptura de las prácticas centradas en el aula –de proceso enseñanza-aprendizaje atomizados- hacia el desarrollo de interacción con la comunidad donde las futuras/os maestras y maestros realizan diferentes actividades investigativas y de desarrollo educativo integrales, holísticos, inter y transdisciplinarios.

El segundo propósito, metodológico, es el Aprendizaje de la Gestión Comunitaria, sabiendo que la Escuela es parte de la comunidad; cada cultura tiene una lógica, acorde a su cosmovisión, de desarrollar Gestión Comunitaria con la cual inicialmente la futura/o maestra y maestro socializa, analiza y se apropia de los mecanismos de participación y toma de decisiones para la intervención, desarrollando así la intraculturalidad e interculturalidad en el aula (espacios educativos), comunidad y más allá de ella.

El tercer propósito, didáctico, de la PEC es el Aprendizaje de la Gestión Educativa de aula (institucional), donde se incorporan conocimientos de la comunidad y se promueven en el aula, desarrollando un proceso dialéctico de complementariedad entre Escuela – Comunidad para el desarrollo de la práctica- teoría- prácticas transformadoras.

La PEC se enmarca en el modelo educativo sociocomunitario productivo a partir de una profunda comprensión de la realidad concreta para desarrollar capacidades transformadoras de esa realidad. Es articuladora de todos los contenidos de las Unidades

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de Formación, es decir, todas y cada una de las Unidades de Formación tienen salida a la Práctica como parte de las mismas Unidades, por medio de temas generadores identificados en la fase diagnóstica”7.

Gráfico Nº 7: Propósitos de la PrácticaEducativa Comunitaria

Fuente: elaboración Dirección General de Formación de Maestros (2011)

7. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, Dirección General de Formación de Maestras y Maestros (2011): “Currículo de Formación de Maestras y Maestros del Sistema Educativo Plurinacional”, versión preliminar digital; página 78

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Gráfico Nº 8: Lógica de trabajo PEC - IEPC

Fuente: elaboración Dirección General de Formación de Maestros (2011)

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Objetivo Holístico de la Práctica Educativa Comunitaria

Asumimos la práctica educativa comunitaria con espíritu reflexivo – crítico y actitudes ético – comunitarias descolonizadoras, priorizando problemas, necesidades e intereses educativo comunitarios, rescatan-do y valorando los saberes y conocimientos propios en complemen-tariedad con los universales, gestionando alternativas de solución y atención a los mismos, demostrando compromiso con la comunidad.

Gráfico Nº 9: Objetivo holístico de la práctica educativa comunitaria

Fuente: elaboración Dirección General de Formación de Maestros (2012)

IV. Estrategias de Implementación de la Investigación Educativa y Producción de Conocimientos y de la Práctica Educativa ComunitariaLos proyectos socio comunitario productivos, el acompañamiento pedagógico y la gestión de trabajo interinstitucional comunitario son

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estrategias incluyentes para la implementación de la investigación educativa y producción de conocimientos y de la práctica educativa comunitaria.

Estas estrategias requieren del trabajo en equipos en los que desde una auténtica práctica de valores y principios socio comunitarios posibilitarán plena reciprocidad entre todas y todos. Lejos de querer reducir el trabajo en equipo a una definición y disolver esta práctica en estructuras formales, se procurará hacer un intento conceptual de equipo: Equipo: personas que logran desarrollar y fortalecer vínculos comunitarios que superan la suma de aportaciones individuales de orientación solamente antropocéntrica, aportando a partir de sus disciplinas, experiencias, saberes y conocimientos, de manera simultánea, complementaria, recíproca y solidaria, a la solución de problemas, la atención de intereses y/o a la satisfacción de necesidades del contexto que les es inherente.

Por lo tanto, el trabajo en equipo permite avanzar en una toma de decisiones más segura, más coherente, con mayor probabilidad de logro de los propósitos educativo comunitarios de la formación docente.

El trabajo en equipo comunitario requiere ir más allá del mero “reunirse”, requiere delimitar con claridad objetivos, priorizar acciones comunitarias con los actores implicados, proponer, consensuar normas y metodologías de trabajo, así como atender a las diferentes funciones y roles a asumir de manera corresponsable, comprometida, respetuosa y solidaria.

Para desarrollar trabajo en equipo una acción fundamental es la generación del ambiente comunitario, comprendido como “el organismo básico de aprendizaje y vida cotidiana, en el que respetando identidades y culturas las y los estudiantes y docentes se sienten parte de una COMUNIDAD a partir del fortalecimiento de principios y valores socio comunitarios”, para ello es necesario conformarlo de manera consciente desde el

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inicio de las actividades académicas desde dos aspectos: como organismo de convivencia cotidiana y como organismo para el proceso de aprendizaje comunitario. En el primer aspecto es preciso planificar y desarrollar actividades autónomas dentro del ambiente comunitario y, en el segundo aspecto, las actividades deben estar consensuadas dentro del ambiente comunitario.

Gráfico 10: Gestión del ambiente comunitario

Fuente: Magne, M. (2011)

El ambiente comunitario se percibe individual y socialmente, y se lo conforma comunitariamente, es relevante porque: i) Forma parte del proceso de aprendizaje comunitario (lo apoya), puesto que el mismo se desarrolla dentro del ambiente comunitario; ii) Incide en el alcance de los objetivos holísticos pedagógico acadé-micos, comunitarios e institucionales; iii) Impulsa el crecimiento personal y comunitario; iv) Su conformación y gestión fomenta la práctica de principios y valores socio comunitarios.

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La gestión del ambiente comunitario se constituye en un desafío de todas y todos, puede ser mejorado constantemente actuando sobre él a partir de valoraciones dialógicas, críticas, creativas, corresponsables y propositivas, incidiendo favorablemente en el trabajo en equipo (en las ESFM y entre éstas y la comunidad).

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La Gráfica del Proceso Lógico de Organización y Desarrollo de las Unidades de Formación de la Especialidad en la IEPEC – PEC, muestra en la primera parte: la articulación de todas la UF, que or-ganizan, planifican y gestionan la Investigación Educativa y Produc-ción de Conocimientos (IEPC) y la Práctica Educativa Comunitaria (PEC), en el contexto, las que a su vez desarrollan actividades de interiorización de conocimientos al interior de cada unidad.

Una vez gestionado, planificado y organizado todo el proceso de investigación y PEC se ejecuta entre todos los docentes, estudiantes, administrativos y autoridades locales, aplicando las técnicas e instrumentos en el contexto delimitado. Este proceso permite la reconstrucción de saberes y conocimientos locales para su incorporación en el avance curricular de las diferentes UF y como parte de la regionalización del currículo.

La segunda parte comprende la interacción socioeducativa comunita-ria de la maestra y maestro, mediante el diagnóstico en el contexto, en el que se aplican instrumentos y técnicas de investigación, para su pos-terior procesamiento y análisis de datos. La aplicación y análisis de estas técnicas son parte de la realización de PEC, por tanto enriquecen los contenidos de las Unidades de Formación y permiten visualizar Pro-yectos Socio Comunitarios de intervención que puede ser institucional y por Especialidad que comprende la organización de saberes y conoci-mientos locales en las Unidades de Formación, desarrollando conteni-dos propios, trasformando la realidad socio educativa comunitaria en un proceso conjunto de reflexión y acción. Este proceso articula diná-micamente la investigación educativa y producción de conocimientos – como Unidad de Formación y como estrategia metodológica- con la práctica docente y con todas las demás Unidades de Formación de la especialidad por cada etapa (1ro, 2do, 3ro, 4to y 5to año).

4.1. Proyectos Socio Comunitario Productivos

De acuerdo a lo establecido en el documento del Currículo de For-mación de Maestras y Maestros del Sistema Educativo Plurinacio-

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nal los proyectos educativos socio productivos “son un conjunto holístico de tareas y actividades educativas, a corto, mediano o largo plazo, dirigidas a analizar la realidad vivida, reflexionar los proble-mas y transformar el contexto en el que se encuentran inmersas las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros, con la finalidad de que los actores involucrados den respuestas de solu-ción y transformación a través de la producción de conocimientos tangibles o intangibles en beneficio de la comunidad”(Currículo de formación de maestras y maestros, 2011).

Gráfico Nº 11: Proyectos socio comunitario productivos

Fuente: elaboración en base de la definición de Proyecto educativo socio productivo establecido en el Currículo de Formación de Maestras y Maestros

Los proyectos socio comunitario productivos son estrategias consensuadas, diversas, dinámicas, participativas y democráticas de llegar a la comunidad; si bien no todo lo que es vida comunitaria es posible potenciarla o transformarla, se debe contribuir a la mejora de la realidad en la que se está inmerso a partir de respuestas concretas para los contextos y sus necesidades; estas respuestas, fruto de la interrelación de la práctica y la investigación, se constituyen en una

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forma que nos permite desarrollar conocimientos y experiencias, rescatando lo que existe en la comunidad y sus posibles aplicaciones y su incidencia en la Madre Tierra.

Los proyectos socio comunitario productivos son estrategias que nos permiten operativizar los componentes del currículo y articular las Unidades de Formación en torno al proyecto. “Las fases para la aplicación de proyectos socio comunitario productivos comprenden:

a. Fase de diagnóstico, consiste en acercarse a la realidad inmediata donde se encuentra ubicada la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, para realizar la investigación diagnóstica que permita la identificación de los temas generadores que serán priorizados de acuerdo a las necesidades, demandas y posibilidades de intervención y transformación de manera interinstitucional.

En esta fase, el tema generador también puede ser identificado en función a Proyectos socio-comunitario-productivos aborda-dos desde el currículo por problemas. Entendiendo que el currí-culo del Sistema Plurinacional de Formación de Maestros, res-ponde al enfoque de descolonización que se aborda a partir de la problematización de procesos históricos y situaciones actuales del contexto. En este sentido, los proyectos educativos socio pro-ductivos, retomarán la problematización, para sobre la base de ellos, resolver los problemas planteados para la gestión. Es desde el currículo de formación de maestros que se establece un pro-blema general identificado desde niveles macro como ser, el Plan Nacional de Desarrollo y la Ley Avelino Siñani – Elizardo Pérez, enmarcados en los ejes y campos de saberes y conocimientos del DC del SEP. Estos problemas favorecen la ruptura de la tradición pedagógica basada en contenidos ordenados secuencialmente y la aplicación de programas de estudio homogeneizantes. Cabe indicar que a pesar de que el currículo de las Escuelas Superio-res de Formación de Maestros está planteado por problemas, no quiere decir, que los procesos de aprendizaje comunitario sólo se remitan a proyectos, sino que los espacios y horas académicas

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previstas en la Malla Curricular profundizan también los conte-nidos de cada unidad de formación. Es importante recalcar que los procesos educativos están dirigidos a la producción intelec-tual y al desarrollo de habilidades técnica productivas.

El primer año de formación general parte de un problema general del que derivan los específicos a través de los ejes articuladores y campos de saberes y conocimientos, que se articulan con las Uni-dades de Formación para dar respuesta a las problemáticas que se derivan del Proyecto. Este proceso deberá ser abordado tanto inter como transdisciplinariamente. El abordaje por problemas permi-te visualizar el proceso de concreción curricular correspondiente al espacio de formación general y común a todas las Unidades de Formación. Este plan de estudio se constituirá, posteriormente, en el tercer nivel de concreción curricular a través de los programas de estudio que serán trabajados en cada Escuela Superior de Forma-ción de Maestros. Este proceso se visualiza en el siguiente esquema:

Gráfico Nº 12: Proceso en el tercer nivel de concreción curricular

Fuente: elaboración Dirección General de Formación de Maestros (2011)

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b. Fase de información y discusión, durante la primera fase los es-tudiantes recopilan la información necesaria para la resolución del problema o tarea planteada; que analizarán desde las necesi-dades, expectativas y potencialidades para responder a las pro-blemáticas y discutir la selección del tema generador a abordar.

c. Fase de decisiones del tema generador, comprende la validación de la información con los actores sociales que culminará con la priorización del tema(s) generador(es) permitiendo la toma de decisiones para la intervención.

d. Fase de planificación de tareas y actividades, comprende la elaboración del plan de trabajo, la estructuración del procedimiento metodológico y la planificación de los instrumentos y medios de trabajo. Durante la fase de planificación es importante definir puntualmente cómo se va a realizar la división del trabajo entre los miembros del grupo.

e. Fase de decisión de la estrategia, antes de pasar a la fase de realización del trabajo práctico, los miembros del grupo deben decidir conjuntamente cuál de las posibles variables o estrategias de solución desean seguir. Una vez que los participantes en el proyecto se han puesto de acuerdo sobre la estrategia a seguir, ésta se comenta y discute con el docente. Es decir que la decisión sobre la estrategia o procedimiento a seguir es una decisión conjunta entre el docente y los miembros del grupo del proyecto o subtemas que apoyan al proyecto. Se puede dar el caso en el que la estrategia por la que se ha optado no sea precisamente la que había previsto el docente o las emergentes desde la sociedad, pero se tomará decisiones en función de las mejores perspectivas planteadas para su ejecución.

f. Fase de desarrollo, durante la fase de realización del proyecto, la acción experimental e investigadora pasa a ocupar un lugar prioritario. Se ejercita y analiza la acción creativa, autónoma y responsable. Los miembros del proyecto realizan sus tareas según la planificación o división del trabajo acordado, en equipo comunitario.

g. Fase de culminación parcial y total del proyecto, una vez concluida la tarea, los mismos estudiantes realizan una

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fase de auto-evaluación con el fin de aprender a evaluar mejor la calidad del trabajo realizado. Durante esta fase, el rol del docente es más bien de asesor o persona de apoyo, sólo interviene en caso de que los estudiantes no se pongan de acuerdo en cuanto a la valoración de los resultados conseguidos. (construyen teoría, informan y sistematizan la información), realizan ferias, exposiciones, publicación de documentos, es un trabajo dedicado a revisar los resultados parciales y finales, así como evaluar los procesos seguidos, las fortalezas, las debilidades de cada miembro del equipo y su incidencia en el trabajo realizado.

h. Fase de valoración y reflexión (evaluar), formalización de conocimientos y/o contenidos didácticos y científicos, una vez finalizado el proyecto se lleva a cabo una discusión final en la que el docente y los estudiantes comentan y discuten conjuntamente los resultados conseguidos. Momento en el que se definen conceptualizan y construyen conocimientos disciplinares y científicos, que se traducen en contenidos didáctico pedagógicos.

La función principal del docente es facilitar a todos los/las estudiantes una retroalimentación, no sólo sobre el producto final sino sobre todo el proceso (rendimiento en el trabajo, vivencias y experiencias sobre lo que se ha logrado y esperaba lograr). Además, es necesario indicar que esta discusión final sirve como fuente importante de retroalimentación para el propio docente de cómo planificar y realizar mejor los futuros proyectos, así mismo, contribuye, motiva y fomenta a los estudiantes a hacer más productivo el proceso de aprendizaje” (Currículo de formación de Maestras y Maestros, 2011).

4.2. Acompañamiento Pedagógico

El acompañamiento pedagógico surge de la necesidad de fortalecer la identidad profesional de la carrera docente, en la que las y los estudiantes de la ESFM afirman, reafirman y practican los saberes y conocimientos producidos y apropiados en el transcurso del

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aprendizaje crítico, reflexivo y propositivo, realizado a lo largo de su formación profesional inicial.

El acompañamiento pedagógico se fundamenta en la práctica educativa comunitaria, en la que los docentes de las ESFM y de los centros educativos asumen el papel de actores junto a las y los estudiantes y la comunidad, para producir elementos tangibles e intangibles, como producciones materiales y de conocimientos que respondan a las necesidades e intereses de la comunidad.

En esta visión, es preciso que las y los docentes de las ESFM, así como los de los centros educativos se apropien de compromisos de trabajo comunitarios que posibiliten un accionar compartido como gestores responsables del cambio educativo. Por otro lado, las y los estudiantes deben involucrarse y comprometerse responsablemente en los procesos de aprendizaje comunitario áulicos, institucionales y socio comunitarios, asumiendo en la práctica el compromiso de emplear la educación como instrumento de liberación y de respeto a la vida en pro de una revolución democrática cultural que posibilite la consolidación del Estado Plurinacional, visión a la que cada uno y una, en comunidad, debe contribuir con libertad, conciencia, determinación y compromiso. De esta manera, la unidad crea la experiencia de cooperación y aumenta el entusiasmo por el trabajo.

En este acompañamiento pedagógico los actores deben desarrollar y fortalecer valores sociocomunitarios para generar una gestión educativa armónica, para ello se debe promover que todas las personas tengan los mismos derechos y las mismas oportunidades en los espacios y momentos de la práctica, de esta manera la igualdad permeará todo lo que se haga; si por el contrario prima el favoritismo y el egoísmo no se saldrá de círculos de violencia y discriminación que abrirán futuras ventanas de réplica para estas conductas, no debe permitirse ultrajes o humillaciones de nadie y hacia nadie, así como tampoco permitir la humillación o explotación por quienes quieren tomar ventaja en el trabajo

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o en los espacios académicos, sino por el contrario valorar las capacidades, habilidades, conocimientos y saberes, experiencia y valores con los que cada persona aporta a la comunidad y a la mejora de la práctica educativa comunitaria, para esto debe promoverse el respeto a la diversidad, a las formas diferentes de pensar, sentir, hacer y participar como miembros activos y productivos en nuestra comunidad, posibilitando de esta manera la conciencia, responsabilidad y gusto en todo lo que hacemos a partir de la práctica de la libertad; también debe revalorizarse las modalidades de organización de nuestros pueblos y naciones indígena originario campesinos basados en la solidaridad y la búsqueda del bienestar común, aspectos que parten por comprendernos desde la complementariedad, cada uno/a de nosotros/as somos complemento del/a otro/a (cuál fuera el rol que desempeña este otro, y sea éste persona o naturaleza).

Todos los actos del acompañamiento pedagógico deben ser transparentes, la transparencia, es un valor, un derecho y una responsabilidad que posibilita una auténtica práctica de la justicia académica y social, superando actitudes patriarcales y de menosprecio, percibiendo y valorando los aportes sin discriminación y sin actitudes autoritarias o paternalistas, para que de esta manera se fortalezca en la práctica educativa comunitaria y en la investigación educativa y producción de conocimientos una educación de la vida y desde la vida, incluyente e inclusiva, respetuosa y liberadora, consciente y libre, responsable y comunitaria, fortalecedora de las identidades culturales, orientada a la armonía, al equilibrio, al VIVIR BIEN EN COMUNIDAD.

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Gráfico Nº 13: El acompañamiento pedagógico desde una perspectiva integradora

Fuente: elaboración en base de la caracterización del acompañamiento pedagógico como estrategia de implementación de la PEC y la IEPC

4.3. Gestión de Trabajo Interinstitucional Comunitario

La gestión de trabajo interinstitucional comunitario, pretende la intervención en la comunidad, vía las instancias e instituciones (con las/os que se establecen alianzas estratégicas comunitarias) que se encuentran en el contexto inmediato a las instituciones de formación docente, de las que los y las estudiantes deben hacerse parte para transformarla, relacionándola a la práctica educativa comunitaria que promueve la participación de las y los estudiantes a conocer, comprender y gestionar la mejora del contexto sociocomunitario, generando para ello proyectos educativos socioproductivos, con carácter transformador para resolver diferentes problemáticas. Así, “para el desarrollo de las Prácticas Educativas Comunitarias

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de Formación General y de Especialidad es imprescindible la coordinación, establecimiento de convenios interinstitucionales con unidades o redes productivas y las ESFM que pueden realizarse con la Gobernación, Alcaldía Municipal, Organizaciones sociales, ONGs e instituciones privadas o cualquier otra institución productiva que permita el desarrollo de las mencionadas prácticas acordes a la licenciatura” (DCB de formación de Maestras y Maestros, 2011).

Para la intervención del trabajo interinstitucional comunitario se deben tomar en cuenta los siguientes aspectos:

Diagnóstico de la realidad e identificación de actores de la comunidad

Promover encuentros de participación y difusión en la comunidad

Convenios interinstitucionales para establecer alianzas estratégicas comunitarias

Elaboración de reglamento de funciones institucionales Identificar niveles de coordinación interinstitucional Definir responsables de cada institución Definir los roles de los actores y las instancias de

coordinación Definir políticas de intervención (apoyo y otras) Definir el alcance del trabajo Conocer y delimitar presupuestos para la ejecución de

proyectos Presentación de resultados (preliminares y finales) Evaluación de procesos de intervención Evaluación de convenios interinstitucionales

Para realizar un trabajo interinstitucional comunitario es preciso iden-tificar a los actores sociales y comunitarios, instancias e instituciones del sector público, privado y de la sociedad civil, con las/os que las ESFM realizarán alianzas estratégicas comunitarias, y establecer vín-culos y relaciones con ellas a partir de convenios que posibiliten un trabajo socio comunitario productivo en bienestar de la comunidad.

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V. Organización Curricular de la Investigación Educativa y Producción de Conocimientos y de la Práctica Educativa Comunitaria

5.1. Objetivos Holísticos y Productos por Año de Formación

Años Objetivos Holísticos porAño de Formación Productos

1º Asumimos postura crítica respecto de los paradigmas de la investigación y la producción de conocimientos, em-pleando diferentes teorías y métodos, a través del criterio histórico, político e ideológico de nuestro contexto obser-vando, reflexionando, comprendiendo y sistematizando, realidades socio co-munitarias, para contribuir, de manera propositiva y con responsabilidad com-partida desde los aportes de las diferen-tes Unidades de Formación, a la educa-ción como instrumento de liberación.

- Informes de estudio Socioeducativo de contexto.

2º Producimos, con actitudes ético co-munitarias, conocimientos a partir de la reflexión y la actuación sobre situa-ciones socio educativa comunitarias que requieren una respuesta práctica, realizando ensayos científicos de la problemática socioeducativa comuni-taria que permitan comprender y res-ponder a la práctica educativa comu-nitaria como futuras/os maestras/os.

- Ensayos científicos, reflexivos y vivenciales de la problemática socioeducativa comunitaria.

3º Producimos informes de investiga-ción, con postura ética y comprometi-da, sustentados en los paradigmas del vivir bien y el socio crítico, innovando las prácticas y produciendo conoci-mientos, contribuyendo a la descolo-

- Proyectos socio comu-nitario productivos.

- Informes de investiga-ción (artículos científi-cos, sistematización de experiencias u otros).

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nización educativa y la reconstrucción de las estructuras sociales culturales y políticas.

- Proyectos socio co-munitario producti-vos.

- Informes de investiga-ción (artículos cientí-ficos, sistematización de experiencias u otros).

- Investigaciones aplicadas a partir de problemáticas socioeducativas del contexto.

4º Aplicamos de manera crítica y propo-sitiva el trabajo realizado en la práctica educativa comunitaria para compren-der la realidad socioeducativa en el marco del desarrollo productivo, utili-zando métodos de investigación orien-tados al desarrollo de la modalidad de graduación optada que permitan con-solidar conocimientos y habilidades investigativas descolonizadoras.

Perfil de:- Proyecto socio comu-

nitario productivo.- Tesis de grado.- Proyecto de fortaleci-

miento al Programa Municipal de educa-ción.

- Sistematización de experiencias de desa-rrollo socio educativo comunitario.

5º Desarrollamos y sustentamos, de manera comprometida, el trabajo de investigación educativa de la modali-dad de graduación optada, en base a los conocimientos - producto de las relaciones holísticas y complejas de las Unidades de Formación, la prácti-ca educativa comunitaria y la realidad del contexto - a través de la investiga-ción socio comunitaria productiva que posibilite la innovación de prácticas pedagógicas y la generación de nuevas modalidades de atención educativa, que incidan en políticas educativas transformadoras y descolonizadoras.

- Proyecto socio comunitario productivo.

- Tesis de grado- Proyecto de

fortalecimiento al Programa Municipal de educación.

- Sistematización de experiencias de desarrollo socio educativo comunitario.

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5.2. Modalidades de Graduación

a. Proyecto socio comunitario productivo, concebido “un con-junto holístico de tareas y actividades educativas, a corto, mediano o largo plazo, dirigidas a analizar la realidad vivi-da, reflexionar los problemas y transformar el contexto en el que se encuentran inmersas las Escuelas Superiores de For-mación de Maestras y Maestros, con la finalidad de que los actores sociales involucrados den respuestas de solución y transformación a través de la producción de conocimientos tangibles o intangibles en beneficio de la comunidad” (Cu-rrículo de formación de maestras y maestros, 2011).

El proyecto socio comunitario productivo es desarrollado a partir del diseño de la investigación dentro del paradigma socio crítico y la modalidad de investigación acción, recopilando información por medio de la técnica etnográfica, observación participante, la entrevista no estructurada, el testimonio focalizado y otras, revelando productos al final de la investigación. Se caracteriza por ser:

Un elemento articulador de las Unidades de Formación (cada una aportando desde su disciplina). Una forma consensuada, participativa y democrática de llegar a la comunidad, contribuyendo a la transformación de la realidad a partir de respuestas concretas para los contextos y sus necesidades. Un espacio que permite desarrollar conocimientos y prácticas rescatando lo que existe en la comunidad y sus posibles aplicaciones y su incidencia en la madre tierra. Un medio que nos permiten operativizar desde una postura holística, la interacción de los actores en relación a los horizontes (proyectos de vida) de la comunidad y colectividades diversas.

b. Tesis Educativa Comunitaria, como modalidad de graduación de las ESFM, es un informe de investigación

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que sistematiza de manera lógica y coherente un trabajo de investigación con rigurosidad metodológica.

La esencia de la misma, radica en dar a conocer las soluciones y respuestas a un problema, sistematizando y emitiendo criterios propios sobre lo aportado por otros autores, lo cual permite revelar categorías que en su relación conformarían una alternativa que debe ser aplicada ante la aspiración de dar solución al problema priorizado.

c. El Proyecto de fortalecimiento a programas regionales del sector educativo es un instrumento de gestión parti-cipativa que responde a su contexto, orientado a dinami-zar la acción educativa en el mismo, a partir de la inter-vención y apoyo en procesos pedagógicos. La esencia está en el diseño de proyectos educativos sociocomunitarios productivos que estarán estratégicamente articulados al fortalecimiento de programas regionales, con alcance e incidencia en la resolución de las demandas e intereses educativos de la comunidad, preferentemente relacio-nados con las especialidades de la formación inicial de maestras y maestros.

La formación docente contempla tanto la investigación edu-cativa y producción de conocimientos, como la práctica educativa comunitaria, cuya intención es la intervención y la resolución de problemas sociocomunitarios, a través de pro-yectos socio comunitario productivos, desarrollados a lo largo de toda la formación inicial docente a través de la estrategia metodológica (práctica, teoría, valoración y producción) que dinamizan e integran los saberes plasmados en las Unidades de Formación, que se articulan e integran a los Proyectos de Fortalecimiento a Programas Regionales del Sector Educativo.

d. Sistematización de experiencias educativas: Es un proceso de interpretación crítica, acumulativo, permanente, de creación de conocimientos a partir de experiencias de desarrollo so-cio educativo comunitarios ordenadas a través de la inter-

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pretación crítica de una o varias experiencias desarrolladas por las y los docentes y estudiantes en un tiempo y contextos determinados y reconstruidos para explicitar su lógica se-cuencial y aporte a la práctica educativa comunitaria.

La sistematización de experiencias se caracteriza porque produce un nuevo conocimiento, nos hace objetivar lo vivido, pone en orden conocimientos y percepciones que surgieron en la experiencia y crea un espacio para que las interpretaciones de los sujetos sobre los conocimientos sean discutidas, compartidas y confrontadas.

Gráfico Nº 14: Sistematización de experiencias de desarrollo socio educativo comunitario

es:Un proceso de interpretación crítica, acumulativo, permanente

de creación de conocimientos a partir de experiencias de desarrollo socio educativo comunitarios ordenadas a través de la interpretación crítica de una o varias experiencias desarrolladas

por las y los decentes y estudiantes en un tiempo y contextos determinados y reconstruidas para explicitar su lógica secuencial y

aporte a la práctica educativa comunitaria

se caracteriza porque:

Produce un nuevo

conocimiento

Nos hace objeti-var lo vivido

Pone en orden conocimientos y percepciones

que surgieron en la experiencia

Crea un espacio para que las interpreta-

ciones de los sujetos sobre los conoci-

mientos sean discu-tidas, compartidas y

confrontadas

Sistematización de experiencias de desarrollo socio educativo comunitario

Fuente: elaboración Dirección General de Formación de Maestros (2012)

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5.3. Etapas, Fases y Procesos de la Práctica EducativaComunitaria

De acuerdo al capítulo VI (Arts.26, 27 y 28) del Reglamento Procedimental de la Investigación Educativa – Producción de Conocimientos y de la Práctica Educativa Comunitaria de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros “la Práctica Educativa Comunitaria, integrada a la IEPC, se realiza en cinco etapas y tres fases, correlativas e interdependientes a cada año de la formación inicial de maestras, maestros, y un solo proceso continuo, desde primero hasta quinto año, de forma articulada e integrada entre la familia, comunidad, institución educativa y Estado. El desarrollo de las etapas responderá a la realidad y la dinámica de cada contexto en la que se encuentra la Institución y sus correspondientes especialidades”.

Gráfico Nº 15: Etapas y fases de la PEC

Fuente: elaboración Dirección General de Formación de Maestros (2012)

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5.4. Distribución de Tiempos para la Práctica Educativa Comunitaria

En el siguiente cuadro se describe la distribución de tiempos por etapas y fases de la EIPC-PEC, teniendo en cuenta la estrategia metodológica de formación establecida por el Ministerio de Educación en complementariedad con el trabajo de la investigación y producción de conocimientos como ejes que permean e integran el proceso de formación de maestras y maestros y la práctica educativa comunitaria.

Cuadro Nº 1: Distribución de tiempos para la prácticaeducativa comunitaria8

Etapas

Fases Horas/Tiempo Exclusivo para Insti-tuciones Educativas UE – CEAS y otros8Gestión Comuni-

dad

InstitucionesEducativas UE –

CEAS y Otros

Primeraño

Permanente –Pueblos Indígenas, comuni-dades rurales y/o urbanas

40 hrs.2 semanas

Segundoaño

Permanente –Pueblos Indígenas, comuni-dades rurales y/o urbanas

60 hrs.3 semanas

Terceraño

Permanente –Pueblos Indígenas, comuni-dades rurales y/o urbanas

100 hrs.5 semanas

Cuartoaño

Permanente –Pueblos Indígenas, comuni-dades rurales y/o urbanas

160 hrs.2 meses

Quintoaño

Permanente –Pueblos Indígenas, comuni-dades rurales y/o urbanas

240 hrs.3 meses

Las fases de la IEPC – PEC se desarrollan en el proce-so formativo de toda la gestión académica, tanto en la fase de gestión, comunidad e instituciones educativas.

600 horas reloj

Fuente: elaboración Dirección General de Formación de Maestros (2012)

8. Esta columna, que contiene 600 horas reloj distribuidas por etapas, corresponde exclusivamente a la formación del maestro en la Institución Educativa para afianzar su formación pedagógica integral y holística.

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La Investigación educativa y producción de conocimientos en integración con la Práctica Educativa Comunitaria comprende la formación de las y los estudiantes desde el inicio de clases a la finalización de la gestión.

Por tanto, se desarrolla desde el primer año, asumiendo que Docentes, Estudiantes, Administrativos, coordinan con autoridades locales y departamentales para su desarrollo en las diferentes fases.

Docentes de las diferentes Unidades de Formación junto con los estudiantes se desplazan y asisten a los diferentes espacios de la IEPC- PEC: Comunidad, Unidades Educativas y Centros de Educación de Adultos y especial de acuerdo a lo planificado interinstitucionalmente en el equipo de la IEPC-PEC.

Es importante aclarar que se contempla una cantidad de 600 horas exclusivas, distribuida gradualmente en las diferentes gestiones como núcleo de las Unidades de Formación de la especialidad para la práctica en instituciones educativas (Unidades Educativas, Centros de Educación de Adultos y otros) en los que las y los estudiantes se adentran y ponen en práctica la pedagogía y andragogía de su especialidad.

Cuadro Nº 2: Lógica de trabajo de la IEPC- PEC

NO SI

• Repeticiónyaplicacióndeteorías y metodologías.

• Produccióndeconocimientospropios.

• Estudiantes:aplicadores. • Estudiantes:críticos,capacesdeproducir.

• Docentes:orientadoresdelosprocesos de práctica.

• Docentes:actoresintegrantesdela IEPC-PEC.

Page 322: Compendio de Normativa

322

• Lógicadetrabajo:APRENDERA APLICAR

• Lógicadetrabajo:APRENDEREL PROCESO DE PRODUC-CIÓN DE CONOCIMIENTOS.

Fuente: elaboración Dirección General de Formación de Maestros (2012)

Page 323: Compendio de Normativa

323

A N

E X

O S

MAT

RIZ:

OBJ

ETIV

OS

HO

LÍST

ICO

S, P

ROD

UCT

OS

Y C

ON

TEN

IDO

S PA

RA L

A U

NID

AD

DE

FORM

ACIÓ

NIN

VES

TIG

AC

IÓN

Y P

ROD

UC

CIÓ

N D

E C

ON

OC

IMIE

NTO

S PO

R A

ÑO

DE

FOR

MA

CIÓ

N

Año

sO

bjet

ivos

Hol

ístic

os p

or

Año

de

Form

ació

nPr

oduc

tos

Con

teni

dos e

n la

Uni

dad

de F

orm

ació

n In

-ve

stig

ació

n y

Prod

ucci

ón d

e C

onoc

imie

ntos

¿A q

ué A

punt

a la

PEC

y L

a IE

PC p

or A

ño d

e Es

tudi

o?

1ºA

sum

imos

pos

tura

críti

ca

resp

ecto

de

los p

arad

igm

as

de la

inve

stig

ació

n y

la p

ro-

ducc

ión

de co

noci

mie

ntos

, em

plea

ndo

dife

rent

es te

oría

s y

mét

odos

, a tr

avés

del

cr

iterio

hist

óric

o, p

olíti

co e

id

eoló

gico

de n

uest

ro co

ntex

-to

obs

erva

ndo,

refle

xio-

nand

o, co

mpr

endi

endo

y

siste

mat

izan

do, r

ealid

ades

so

cio

com

unita

rias,

para

co

ntrib

uir,

de m

aner

a pr

opo-

sitiv

a y

con

resp

onsa

bilid

ad

com

part

ida

desd

e lo

s apo

rtes

de

las d

ifere

ntes

Uni

dade

s de

Form

ació

n, a

la e

duca

ción

co

mo

inst

rum

ento

de

liber

ació

n.

Info

rmes

de

estu

dio

So-

cioe

duca

tivo

de co

ntex

to.

TEM

A 1

: LA

EST

RUC

TUR

AC

IÓN

DE

LA

RA

ZÓN

INST

RUM

ENTA

L Y

LA

CO

LON

I-ZA

CIÓ

N D

EL M

UN

DO

1.

1 C

olon

izac

ión,

edu

caci

ón e

inve

stig

ació

n (c

uest

ione

s pre

limin

ares

) 1.

2 O

ntol

ogía

del

logo

cent

rism

o, o

rigen

y

cons

olid

ació

n 1.

3 La

cien

cia

com

o in

stru

men

to d

e co

ns-

truc

ción

de

la re

alid

ad (o

ntol

ogía

de

la

cien

cia)

TEM

A 2

: LA

CO

LON

IALI

DA

D D

EL

SABE

R Y

DE

LA IN

VES

TIG

AC

IÓN

EN

LA

FO

RM

AC

IÓN

DO

CEN

TE

2.1

Cues

tione

s de h

istor

ia e

idio

sincr

asia

bol

i-vi

ana

para

la n

eo-c

olon

izac

ión

del s

aber

2.

2 La

geo

polít

ica

del c

onoc

imie

nto

2.3

La C

olon

ialid

ad e

n la

s ins

tituc

ione

s ed

ucat

ivas

2.

4 La

form

ació

n do

cent

e, re

sulta

do d

e la

co

loni

alid

ad e

n Bo

livia

Al A

fianz

amie

nto

intr

a e

inte

rcul

tura

l en

las p

ráct

icas

pe

dagó

gica

s de

las c

olec

ti-vi

dade

s div

ersa

s, de

sde

la

espe

cial

idad

.

A g

ener

ar co

ncie

ncia

, com

-pr

omiso

y c

apac

idad

es e

n el

m

odel

o so

cio

com

unita

rio

prod

uctiv

o du

rant

e el

pro

ceso

fo

rmat

ivo

que

gara

ntic

e la

in

cide

ncia

en

el e

jerc

icio

pro

fe-

siona

l com

o fu

turo

pro

fesio

nal.

A to

mar

cont

acto

con

la

Inst

ituci

ones

Edu

cativ

as,

obse

rvac

ión

(40H

rs.)

Page 324: Compendio de Normativa

324

TEM

A 3

: LO

S PA

RA

DIG

MA

S D

E LA

IN

VES

TIG

AC

IÓN

MO

DER

NA

Y L

A P

RO-

DU

CC

IÓN

DEL

CO

NO

CIM

IEN

TO3.

1 ¿Q

ué e

s un

para

digm

a?

3.2

¿Qué

es e

l par

adig

ma

posit

ivist

a?

3.3

¿Qué

es e

l par

adig

ma

inte

rpre

tativ

o o

cual

itativ

o?

3.4

¿Qué

es e

l par

adig

ma

soci

o-cr

ítico

?

TEM

A 4

: LO

S PA

RA

DIG

MA

S EM

ERG

EN-

TES,

LA

S EP

ISTE

MO

LOG

ÍAS

PAR

A U

N

NU

EVO

TIE

MPO

4.1

A m

odo

de in

trod

ucci

ón, l

a fe

nom

eno-

logí

a 4.

2 La

teor

ía d

el c

aos,

una

epist

emol

ogía

de

otro

mod

o 4.

3 El

par

adig

ma

sisté

mic

o4.

4 El

pen

sam

ient

o co

mpl

ejo,

otr

a ep

istem

o-lo

gía

de o

tro

mod

o

TEM

A 5

: LA

INV

ESTI

GA

CIÓ

N E

N L

A

ON

TOLO

GÍA

DEL

VIV

IR B

IEN

5.1

El co

smos

cim

ient

o, b

ase

onto

lógi

ca p

ara

un n

uevo

cono

cim

ient

o 5.

2 C

osm

osci

mie

nto,

¿nue

vo m

odel

o ep

iste-

mol

ógic

o?

5.3

Gno

seol

ogía

del

cono

cim

ient

o

Page 325: Compendio de Normativa

325

TEM

A 6

: ÉTI

CA

EN

LA

INV

ESTI

GA

CIÓ

N

6.1.

Rel

ació

n de

la in

vest

igac

ión

y la

refle

xión

ét

ica.

6.2.

El c

ompo

rtam

ient

o m

oral

en

situa

cion

es

espe

cífic

as d

e la

inve

stig

ació

n

2ºPr

oduc

imos

, con

act

itude

s ét

ico

com

unita

rias,

cono

cim

ient

os a

par

tir d

e la

refle

xión

y la

act

uaci

ón

sobr

e sit

uaci

ones

soci

o ed

ucat

iva

com

unita

rias q

ue

requ

iere

n un

a re

spue

sta

prác

tica,

real

izan

do e

nsay

os

cien

tífico

s de

la p

robl

emát

ica

soci

oedu

cativ

a co

mun

itaria

qu

e pe

rmita

n co

mpr

ende

r y

resp

onde

r a la

prá

ctic

a ed

ucat

iva

com

unita

ria co

mo

futu

ras/

os m

aest

ras/

os.

Ensa

yos

cien

tífico

s, re

flexi

vos y

vi

venc

iale

s de

la p

robl

e-m

átic

a so

-ci

oedu

cativ

a co

mun

itaria

.

TEM

A 1

: IN

VES

TIG

AC

IÓN

CU

AN

TITA

-TI

VA E

INV

ESTI

GA

CIÓ

N C

UA

LITA

TIVA

1.1.

Inve

stig

ació

n cu

antit

ativ

a1.

1.1.

Car

acte

rístic

as y

pro

ceso

1.

1.2.

Tip

os d

e in

vest

igac

ión:

Inve

sti-

gaci

ón e

xplo

rato

ria; I

nves

tiga-

ción

des

crip

tiva;

Inve

stig

ació

n co

rrel

ació

nale

s; In

vest

igac

ione

s ex

plic

ativ

as; I

nves

tigac

ión

expe

rimen

tal

1.1.

3. E

stad

ístic

a ap

licad

a a

la in

vest

i-ga

ción

edu

cativ

a1.

2. In

vest

igac

ión

cual

itativ

a1.

2.1.

Asp

ecto

s gen

eral

es im

plic

ados

en

las m

etod

olog

ías c

ualit

a-tiv

as.

1.2.

2. M

étod

os d

e in

vest

igac

ión

cual

itativ

a qu

e or

ient

an el

tr

abaj

o co

mun

itario

y la

pr

oduc

ción

de

cono

cim

ient

os

(est

udio

de

caso

, etn

ogra

fía,

inve

stig

ació

n-ac

ción

(I-A

), ot

ros m

étod

os)

A re

flexi

onar

y co

mpr

ende

r los

pr

oces

os e

duca

tivos

y p

edag

o-gí

as v

ivas

del

cont

exto

.

A id

entifi

car,

prio

rizar

y d

efini

r pr

oble

mát

icas

soci

oedu

cativ

as

del c

onte

xto.

A a

naliz

ar la

s cau

sas q

ue

gene

ran

el p

robl

ema

y pl

ante

ar

prop

uest

as d

e so

luci

ón a

tr

avés

de

ensa

yos d

esde

la

espe

cial

idad

.

A fo

rmar

el p

erfil

de

una

mae

stra

y m

aest

ro d

esco

loni

-za

do, c

rític

o, re

flexi

vo a

nte

la

real

idad

, pro

duct

ivo

y so

bre

todo

alta

men

te co

mpr

omet

ido

con

la co

mun

idad

des

arro

-lla

ndo

proc

esos

edu

cativ

os

eman

cipa

dore

s.

Page 326: Compendio de Normativa

326

1.2.

3. F

ases

de

la in

vest

igac

ión

cual

itativ

a: F

ase

prep

arat

oria

(r

eflex

iva,

dise

ño);

Fase

del

tr

abaj

o de

cam

po (a

cces

o al

ca

mpo

, rec

olec

ción

de

dato

s);

Fase

ana

lític

a (r

educ

ción

de

dato

s, di

spos

ició

n y

tran

sfor

-m

ació

n de

dat

os, o

bten

ción

de

resu

ltado

s y v

erifi

caci

ón d

e co

nclu

sione

s); F

ase

info

rmat

iva

(ela

bora

ción

del

info

rme)

TEM

A 2

: TÉC

NIC

AS

DE

REC

OG

IDA

DE

DAT

OS

EN IN

VES

TIG

AC

ION

ES C

UA

LI-

TATI

VAS

2.1.

Re

laci

ón d

e m

étod

os, t

écni

cas e

in

stru

men

tos d

e in

vest

igac

ión

2.2.

cnic

as d

e re

cogi

da d

e in

form

ació

n ba

sada

s en

la o

bser

vaci

ón: N

otas

de

Cam

po o

not

as d

e tr

abaj

o en

el

terr

eno;

Dia

rio d

el in

vest

igad

or; O

b-se

rvac

ión

Part

icip

ante

; Mem

oran

dos

anal

ítico

s; M

apas

par

lant

es2.

3.

Técn

icas

de

reco

gida

de

info

rmac

ión

basa

das e

n la

conv

ersa

ción

: La

en-

cues

ta ;

El c

uest

iona

rio; L

a en

trev

ista

a pr

ofun

dida

d; L

a bi

ogra

fía; G

rupo

Fo-

cal ;

Hist

oria

s ora

les (

rela

tos,

hist

oria

s de

vid

a y

otra

s)

A q

ue lo

s est

udia

ntes

exa

mi-

nará

n lo

s pla

nes y

pro

gram

as

de e

stud

io v

igen

tes d

e ac

uerd

o a

la e

spec

ialid

ad y

/o m

enci

ón

opta

da (6

0 H

rs.)

A p

lant

ear p

ropu

esta

s de

solu

ción

a tr

avés

de

ensa

yos

desd

e la

esp

ecia

lidad

(com

o ac

erca

mie

nto

a la

s cua

tro

mo-

dalid

ades

de

grad

uaci

ón: S

is-te

mat

izac

ión

de E

xper

ienc

ias

soci

o ed

ucat

ivas

com

unita

rias,

Proy

ecto

s Soc

ioco

mun

tario

s Pr

oduc

tivos

, Tes

is ed

ucat

iva

com

unita

ria y

Pro

yect

os d

e Fo

rtal

ecim

ient

o a

Prog

ram

as

Page 327: Compendio de Normativa

327

2.4.

cnic

as d

e re

cogi

da d

e in

form

ació

n ba

sada

s en

el a

nális

is de

doc

umen

tos:

Aná

lisis

de D

ocum

ento

s ofic

iale

s; A

nális

is de

Doc

umen

tos p

erso

nale

s; Re

visió

n bi

blio

gráfi

ca2.

5.

Proc

esam

ient

o y

anál

isis d

e la

in

form

ació

n: L

a tr

ansc

ripci

ón; L

a or

gani

zaci

ón; L

a ca

tego

rizac

ión;

La

tria

ngul

ació

n ; L

a je

rarq

uiza

ción

; El

anál

isis,

com

para

ción

y la

bús

qued

a de

re

laci

ones

; La

redu

cció

n, la

sínt

esis,

la

cons

truc

ción

de

perfi

les,

esqu

emas

; La

reda

cció

n de

hal

lazg

os y

de

conc

lusio

-ne

s2.

6. E

l est

udio

de

clas

es co

mo

mét

odo

de

anál

isis e

inte

rpre

taci

ón p

ara

la tr

ans-

form

ació

n ed

ucat

iva.

TEM

A 3

: ETN

OG

RA

FIA

ED

UC

ATIV

A3.

1. A

prox

imac

ión

al co

ncep

to d

e et

nogr

afía

ed

ucat

iva.

Car

acte

rístic

as y

oríg

enes

de

la e

tnog

rafía

edu

cativ

a3.

2. F

unda

men

tos d

e la

etn

ogra

fía e

scol

ar3.

3. P

roce

so e

tnog

ráfic

o3.

4. P

ersp

ectiv

as e

n et

nogr

afía

edu

cativ

a

Regi

onal

es d

el S

ecto

r Edu

-ca

tivo)

.

Page 328: Compendio de Normativa

328

TEM

A 4

: PRO

CES

O Y

ETA

PAS

DE

LA

INV

ESTI

GA

CIÓ

N A

CC

IÓN

4.

1. C

arac

terís

ticas

bás

icas

de

la In

vest

igac

ión

– A

cció

n - P

artic

ipat

iva

4.2.

Pro

ceso

de

Inve

stig

ació

n A

cció

n Pa

rti-

cipa

tiva

4.3.

Eta

pas d

e la

I-A-

P

3ºPr

oduc

imos

info

rmes

de

in-

vest

igac

ión,

con

post

ura

étic

a y

com

prom

etid

a, su

sten

tado

s en

los p

arad

igm

as d

el

vivi

r bie

n y

el so

cio

críti

co,

inno

vand

o la

s prá

ctic

as y

pr

oduc

iend

o co

noci

mie

n-to

s, co

ntrib

uyen

do a

la

desc

olon

izac

ión

educ

ativ

a y

la re

cons

truc

ción

de

las e

s-tr

uctu

ras s

ocia

les c

ultu

rale

s y

polít

icas

.

Proy

ec-

tos s

ocio

co

mun

itario

pr

oduc

tivos

Info

rmes

de

inve

stig

ació

n (a

rtíc

ulos

ci

entífi

cos,

siste

mat

i-za

ción

de

expe

rienc

ias

u ot

ros)

Inve

stig

acio

-ne

s apl

icad

as

a pa

rtir

de

prob

lem

áti-

cas s

ocio

e-du

cativ

as d

el

cont

exto

.

TEM

A 1

: CO

MPO

NEN

TES

DEL

PRO

CE-

SO D

E IN

VES

TIG

AC

IÓN

1.1.

¿Qué

se e

ntie

nde

por C

ompo

nent

es d

el

Proc

eso

de In

vest

igac

ión?

1.2.

Los

com

pone

ntes

del

pro

ceso

de

inve

s-tig

ació

n de

sde

la p

ersp

ectiv

a de

los

para

digm

as e

stud

iado

s.1.

3. L

os co

mpo

nent

es d

e la

inve

stig

ació

n de

sde

nues

tra

pers

pect

iva.

TEM

A 2

: TES

IS E

DU

CAT

IVA

CO

MU

NI-

TAR

IA2.

1. C

arac

teriz

ació

n2.

2. E

tapa

s de

elab

orac

ión

2.2.

1 Pe

rfil

2.2.

2. E

jecu

ción

del

pro

ceso

inve

s-tig

ativ

o2.

3 In

form

e fin

al

A re

dise

ñar y

/o fo

rtal

ecer

los

plan

es y

pro

gram

as d

e es

tudi

o de

la In

stitu

ción

Edu

cativ

a, co

n cr

iterio

críti

co p

ropo

sitiv

o y

tran

sfor

mad

or.

A la

elab

orac

ión

de m

ater

iale

s ed

ucat

ivos

, así

com

o la

pla

nifi-

caci

ón y

eje

cuci

ón

A re

spon

der a

las p

robl

emát

i-ca

s Edu

cativ

as S

ocio

– co

mu-

nita

rias a

trav

és d

e pr

oyec

tos

educ

ativ

os y

otr

as a

ccio

nes

Page 329: Compendio de Normativa

329

TEM

A 3

: PRO

YEC

TOS

SOC

IO C

OM

UN

I-TA

RIO

PRO

DU

CTI

VO

S 3.

1. P

roce

sos e

n lo

s Pro

yect

os so

cio

– co

mu-

nita

rio p

rodu

ctiv

os3.

1.1.

Aná

lisis

de la

real

idad

viv

ida

3.1.

2. R

eflex

ión

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Page 330: Compendio de Normativa

330

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Page 332: Compendio de Normativa

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Page 333: Compendio de Normativa

de la Investigación Educativa

y Producción de Conocimientos y de la Práctica Educativa

Comunitaria

Reglamento Procedimental

Page 334: Compendio de Normativa
Page 335: Compendio de Normativa

335

CapÍTULO Idisposiciones Generales

Artículo 1. (Objeto). El Reglamento Procedimental es el instrumento que regula el proceso de aplicación de los Lineamientos de la Investigación Educativa y Producción de Conocimientos y de la Práctica Educativa Comunitaria (IEPC-PEC) en la Formación Inicial, para garantizar la implementación del Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo (MESP) en las Escuelas Superiores y Unidades Académicas de Formación de Maestras y Maestros.

Artículo 2. (Marco normativo). El presente Reglamento tiene como marco legal las siguientes disposiciones normativas:

a. Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia.

b. Ley de la Educación No. 070 “Avelino Siñani - Elizardo Pérez”.

c. Plan Nacional de Desarrollod. Ley No. 045 Contra el Racismo y Toda Forma de

Discriminación.e. Ley marco de autonomías y descentralización “Andrés

Ibáñez”.f. Curriculo Base del Sistema Educativo Plurinacionalg. Curriculo de Formación de Maestras y Maestrosh. Lineamientos de la Investigación Educativa y Producción

de Conocimientos.i. D.S. 0156 de Creación del Sistema Plurinacional de

Formación de Maestras y Maestrosj. D.S. 813 de la Estructura, Composición y Funciones de las

Direcciones Departamentales de Educaciónk. R.S. 212414 (Reglamento de faltas y sanciones) R.S. 212414

del Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio

Page 336: Compendio de Normativa

336

l. Ley contra el consumo y expendio de bebidas alcohólicas del 11 de julio del 2012 Ley de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas

m. Y otras normativas conexas del SEP

Artículo 3. (Alcance). Las disposiciones contenidas en este Re-glamento serán aplicadas y cumplidas por las Escue-las Superiores de Formación de Maestras y Maestros (ESFMs) y Unidades Académicas (UAs), Núcleos, Instituciones Educativas de los Subsistemas Regular y Alternativo – Especial, colectividades diversas y co-munidades donde se desarrolle y ejecute la IEPC-PEC.

CapÍTULO IInaturaleza y Fines

Artículo 4. (Conceptualización). La Investigación Educativa - Producción de Conocimientos y la Práctica Educativa Comunitaria (IEPC-PEC) es entendida como el proceso sistemático, holístico, descolonizador, de gestión comunitaria y gestión educativa de aula, que promueve acciones compartidas entre las Escuelas Superiores de Formación Maestras y Maestros y las Unidades Académicas, las Unidades Educativas de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial, las comunidades y las colectividades diversas para vincular la educación a las demandas locales de producción orientadas a dar respuesta a las necesidades, intereses y aspiraciones sociocomunitarias.

Artículo 5. (Caracterización del Reglamento Procedimental de la IEPC -PEC). La caracterización del Reglamento se fundamenta en los siguientes aspectos:

I. La Investigación Educativa y Producción de Conocimientos y la Práctica Educativa Comunitaria es un proceso de

Page 337: Compendio de Normativa

337

la formación inicial que integra los contenidos de las Unidades de Formación (general y especializada) al interior de cada especialidad y con otras especialidades en relación al Proyecto Educativo Socioproductivo.

II. Es articuladora de todos los contenidos de las Unidades de Formación, es decir, todas y cada una de las Unidades de Formación tienen salida a la IEPC-PEC por medio de Proyectos Educativos Socioproductivos y/o temas generadores identificados en la fase diagnóstica.

III. Es responsabilidad compartida de todas y todos los estudiantes, docentes y autoridades de las Escuelas Superiores de Formación de Maestros y Maestras y las Unidades Académicas, desde una auténtica práctica de valores y principios sociocomunitarios que posibiliten plena reciprocidad entre todas y todos, llegando a conformar equipos comunitarios de trabajo inter y transdisciplinarios.

IV. Es promotora de acciones compartidas entre las Escuelas Su-periores de Formación de Maestras y Maestros y las Unidades Académicas, las Unidades Educativas y los Centros de Educa-ción Alternativa-Especial de los Subsistemas Regular, Alterna-tivo y Especial, las comunidades y las colectividades diversas.

V. Es un proceso que vincula la educación a las demandas lo-cales de producción orientadas a dar respuesta a las pro-blemáticas, necesidades, intereses y aspiraciones sociales, generando procesos de participación y compromisos de acción entre los actores de la IEPC-PEC.

VI. Es una respuesta a la condición colonial, neocolonial y de dependencia económica de la realidad boliviana, a la ausen-cia de valoración de los saberes y conocimientos de los pue-blos indígenas y a la educación memorística y desarraigada.

VII. Es la base para la elaboración del perfil de egreso en cuarto año y su implementación en quinto año, de acuerdo a los Lineamientos de la IEPC-PEC, el presente Reglamento y en concordancia con el Reglamento de Modalidades de Graduación para optar el Título de Maestra/o con grado de Licenciatura.

Page 338: Compendio de Normativa

338

Artículo 6. (Fines) El Reglamento de la IEPC-PEC tiene cinco fines: 1) la descolonización del ejercicio docente, 2) el aprendizaje de la gestión comunitaria 3)el aprendizaje de la gestión educativa del aula/taller, 4) emancipación intelectual, educativa y cognoscitiva para la producción de conocimientos y 5) el aprendizaje y desarrollo de Proyectos Educativos Socioproductivos.

CapÍTULO IIIestructura de planiFicación y orGanización de la investiGación educativa y producción de conocimientos

y la práctica educativa comunitaria

Artículo 7. (Estructura). La estructura organizacional de la Investigación Educativa y Producción de Conocimientos y la Práctica Educativa Comunitaria está conformada por dos niveles:

1) Nivel de coordinación y políticas institucionales

a. Dirección Generalb. Dirección Administrativac. Dirección Académica o Coordinación de Unidad

Académicad. Coordinación de la IEPC- PECe. Representantes de Organizaciones Sociales

Función General: Este equipo tendrá la función de formular políticas educativas que institucionalicen y viabilicen la IEPC – PEC en cada ESFM y UA.

Dirección Administrativa, conforme al manual de funciones, presupuestará recursos específicos para la ejecución de la IEPC-PEC.

Page 339: Compendio de Normativa

339

2) Nivel de planificación y ejecución

a. Dirección y/o Coordinación Académica.b. Equipo de la Investigación Educativa y Producción de

Conocimientos y la Práctica Educativa Comunitaria (IEPC-PEC). Este equipo está conformado por los docentes de cada especialidad (de formación general, especializada e Investigación) y por año de gestión.

c. Un representante estudiantil de base de la especialidad y por año de gestión.

Función General: El equipo tendrá la función de plani-ficar, organizar, ejecutar y evaluar las acciones y el desa-rrollo integral de la IEPC y la PEC en cada ESFM y UA.

Artículo 8. (Dirección Académica y/o Coordinador(a).

I. La Dirección Académica, en referencia a la IEPC-PEC, tiene la responsabilidad de definir las políticas institucionales y orientar los lineamientos de la IEPC-PEC con base en el Currículo de Formación de Maestras y Maestros del Sistema Educativo Plurinacional.

II. La Dirección Académica tiene como atribuciones:

a. Gestionar la firma de acuerdos interinstitucionales para la concreción de la IEPC-PEC.

b. Presidir el equipo de la IEPC-PEC.c. Conocer y aprobar planes y programas propuestos por

el equipo de la IEPC-PEC.d. Autorizar los procesos de gestión de la IEPC-PEC.e. Asignar carga horaria a los docentes responsables

de la IEPC-PEC progresivamente en función de las responsabilidades que asuman.

f. Pedir informes sobre el proceso de la IEPC-PEC a las instancias y momentos que considere conveniente.

g. Otras propias de su responsabilidad.

Page 340: Compendio de Normativa

340

Artículo 9. (Responsabilidades del equipo de la IEPC- PEC). El equipo de la Investigación Educativa y Producción de Conocimientos y la Práctica Educativa Comunitaria asume las responsabilidades de: planificar, organizar, monitorear, elaborar instrumentos e informes y evaluar la gestión académico - administrativa de la IEPC-PEC, gestionando y coordinando los espacios y acciones planificadas para la IEPC-PEC y el proceso formativo de la especialidad por año de gestión.

En los aspectos operativos, el equipo de la IEPC-PEC coordina con un representante estudiantil de cada Especialidad y por año de gestión.

Artículo 10. (Atribuciones de las y los miembros del equipo). En el marco del trabajo integrado y coordinado en el equipo de la IEPC-PEC, cada miembro tiene las siguientes atribuciones:

I. Del/de la responsable de IEPC-PEC:a. Promover encuentros académicos entre los actores de

la IEPC-PEC de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas con las Unidades Educativas de los Subsistemas Regular, Alter-nativo y Especial, las comunidades y las colectividades diversas intervinientes en el proceso de la IEPC-PEC.

b. Realizar el seguimiento de las acciones planificadas por el equipo de las especialidades, verificando que el proceso de la IEPC-PEC esté orientado dentro las líneas y temáticas de la investigación.

c. Solicitar informes a los responsables de los equipos de las especialidades y de quienes apoyan el proceso de la IEPC-PEC.

d. Centralizar los informes preliminares y de evaluación del proceso de la IEPC-PEC.

e. Remitir los informes a instancias correspondientes.

Page 341: Compendio de Normativa

341

f. Orientar sobre las modalidades de egreso en relación con la IEPC-PEC.

II. De las y los responsables de las especialidades por año de gestión:a. Dirigir las acciones a realizar en el proceso de la

IEPC-PEC en las especialidades.b. Informar y socializar el plan de cada especialidad al

equipo de la IEPC-PEC para lograr su aprobación y/o anotar sugerencias de mejora.

c. Participar del proceso de la IEPC-PEC en cuanto a su planificación, ejecución, seguimiento y valoración.

d. Solicitar informes a los integrantes de los equipos de las especialidades para sistematizarlos y remitirlos al responsable de la IEPC-PEC.

Artículo 11. (Conformación de los equipos de las especialidades). Los equipos de las especialidades están conformados por todas y todos las y los docentes que regentan las Unidades de Formación. Se reconocen los siguientes equipos:

a. Equipos conformados por el espacio de formación general y formación especializada por año de gestión (1º, 2º, 3º, 4º y 5º) de cada especialidad.

Artículo 12. (Responsabilidades y atribuciones de los equipos de las especialidades).

I. Los equipos de las especialidades tienen como responsabilidad la planificación, organización, ejecución, acompañamiento, seguimiento, coordinación y evaluación del proceso de la IEPC- PEC.

II. Las atribuciones de los equipos de las especialidades son:a. Elaborar el Plan de la IEPC-PEC de cada especialidad. b. Coordinar con las instancias pertinentes para la

concreción de la IEPC-PEC.

Page 342: Compendio de Normativa

342

c. Orientar, apoyar e integrar a las y los estudiantes en el proceso de la IEPC-PEC.

d. Orientar y coordinar con directoras, directores, las y los docentes guía de las instituciones educativas de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial.

e. Interactuar con la comunidad, para la toma de decisio-nes consensuadas, en todo el proceso de la IEPC-PEC.

f. Elaborar informes a las instancias que competen a su función.

g. Valorar y evaluar el proceso académico comunitario de la participación de las y los estudiantes en la implementación de la IEPC-PEC y su participación.

CapÍTULO IVactores de la investiGación y producción de

conocimientos y la práctica educativa comunitaria

Artículo 13. Se constituyen en actores de la IEPC-PEC:

a. La comunidadb. Instancias de participación social comunitariac. Estudiantes de las ESFM y UA d. Docentes de las ESFM y UA e. Equipo de la IEPC-PEC f. Estudiantes de las Unidades Educativas y Centros de

Educación Alternativa y Especial de los Subsistemas de Educación Regular y, Educación Alternativa y Especial.

g. Docentes guía de las Unidades Educativas y Centros de Educación Alternativa y Especial de los Subsistemas correspondientes.

h. Directores Departamentales i. Directores Distritalesj. Directores de las Unidades Educativas y Centros de

Educación Alternativa y Especial de los Subsistemas correspondientes

k. Aliados estratégicos comunitarios (Municipios y otros).

Page 343: Compendio de Normativa

343

Artículo 14. (La Comunidad). La Comunidad, como actora de la IEPC-PEC, es la fuente viva de conocimiento, porque ahí se genera un aprendizaje vivencial, práctico y real, a partir de procesos de intraculturalidad e intercultu-ralidad. La Investigación Educativa y Producción de Conocimientos y la Práctica Educativa Comunitaria se enriquece con ello, haciendo pertinentes los apren-dizajes de los beneficiarios de los procesos educativos.

Artículo 15. (Instancias de Participación Social Comunitaria). Las instancias de Participación Social Comunitaria se constituyen en actores importantes de la IEPC-PEC porque junto a los padres de familia, los vecinos y otros actores, aportan saberes, conocimientos, valores y prin-cipios de la organización local y contribuyen a la calidad de la educación con vocación de servicio, compromiso social, solidaridad, reciprocidad y complementariedad.

Artículo 16. (Estudiantes de las Escuelas de Formación de Maes-tros y Maestras y Unidades Académicas).

I. Las y los estudiantes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y las Unidades Académicas, como parte activa de la comunidad educativa, son personas con formación técnico-humanística, integral y holística.

II. Se desempeñan en el marco de los principios y valores so-ciocomunitarios, con autodeterminación ideológica, polí-tica, económica y cultural, con visión intracultural, inter-cultural, plurilingüe, con pensamiento crítico y propositivo, con capacidad de liderazgo e interacción con la comunidad.

III. Están comprometidos con la problemática local y nacional para contribuir de manera significativa a los procesos de transformación y desarrollo para el Vivir Bien.

IV. Aplican y crean tecnologías propias y apropiadas en todos los ámbitos de la vida, de manera integral, en la producción mate-rial e intelectual en armonía con la Madre Tierra y el Cosmos,

Page 344: Compendio de Normativa

344

liderando el proceso de diagnóstico, formulación, implemen-tación, seguimiento y evaluación de los proyectos sociocomu-nitario productivos y otros para transformar la realidad.

Artículo 17. (Estudiantes de las Unidades Educativas y Centros de Educación Alternativa – Especial de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial). Las y los estudiantes de las Unidades Educativas y Centros de Educación Alternativa y Especial de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial, en el marco del respeto, trato digno y sin discriminación alguna, son los beneficiarios directos y protagonistas de los procesos de implementación de la IEPC-PEC.

Artículo 18. (Docente guía de las Unidades Educativas de los Sub-sistemas Regular, Alternativo y Especial). El/La do-cente – guía, específicamente designado/a y asignado/a por la Dirección de la institución educativa anfitriona, es el/la acompañante de la gestión pedagógica/andragó-gica que desarrollan los y/o las estudiantes de la ESFM y UA durante la permanencia en la institución educativa.

Artículo 19. (Directores/as de las Unidades Educativas de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial). Las y los directores de las Unidades Educativas y centros de educación alternativa - especial, como aliados estratégicos de la gestión comunitaria y la gestión de aula/taller dentro del proceso de implementación de la IEPC-PEC y en su condición de autoridad, abren los espacios para la concreción de la IEPC-PEC asumiendo un rol de articulador intercultural del proceso dialéctico de complementariedad entre Escuela - Comunidad y las ESFM y UA.

Artículo 20. (Docentes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas).

Page 345: Compendio de Normativa

345

Las y los docentes de las Escuelas de Formación de Maestras y Maestros y las Unidades Académicas, a más de cumplir con las obligaciones que le confiere el presente reglamento, en el marco de la comunicación dialógica, intercultural e intercientífica, orientan y acompañan a los y las estudiantes en todo el proceso de la IEPC-PEC, apoyando el desarrollo de un trabajo planificado de los procesos educativos integrales y holísticos (práctica-teoría-valoración y producción) para la mejora continua de la IEPC-PEC.

Artículo 21. (Equipo de la IEPC-PEC). Es el órgano operativo ins-titucional que gestiona y dinamiza los procesos de la In-vestigación educativa y producción de conocimientos y la Práctica Educativa Comunitaria, de manera holística.

Artículo 22. (Aliados estratégicos comunitarios). Son personas, instituciones y/u organizaciones públicas o privadas que trabajan en el ámbito educativo y/o productivo, que están interesadas y predispuestas a trabajar con los proyectos sociocomunitario productivos y contribuir con recursos.

CapÍTULO Vespacios de la investiGación educativa y producción de conocimiento y práctica educativa comunitaria

Artículo 23. (Espacios). Los espacios de la IEPC-PEC son aquellos escenarios de concreción de la IEPC-PEC, en los que las y los estudiantes de las ESFM y UA desarrollan las etapas y fases establecidas en el proceso. Estos espacios son:

a. Las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas.

b. Las Unidades Educativas, Centros Educativos de Adultos y Centros de Educación Especial de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial y centros multisectoriales, públicas,

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privadas y de convenio. Escuelas deportivas, Institutos Téc-nicos Las Unidades de Producción Estatal y Privada y otros.

c. Las comunidades del área urbana, comunidades de los pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y otras formas de organización comunitaria.

d. Instituciones gubernamentales y no gubernamentales, como espacios de acción educativa y de servicio social.

Artículo 24. (Incorporación). En sujeción a las Resoluciones Ministeriales (R.M. 0011) que norman la gestión educativa anual, las Unidades Educativas de los Subsistemas Regular, Alternativo - Especial, Fiscales, de Convenio y Privadas están obligadas a incorporar a los y las estudiantes que realizan la IEPC - PEC.

Artículo 25. (Coordinación). Los espacios comunitarios para la IEPC - PEC son coordinados y definidos entre los responsables de las ESFM y UA y la representación de las comunidades.

CapÍTULO VIetapas, Fases y procesos de la investiGación y producción

de conocimientos y la práctica educativa comunitaria

Artículo 26. (Integración de Etapas y Fases). La Investigación Educativa y Producción de Conocimientos y la Prác-tica Educativa Comunitaria se realiza en cinco etapas y tres fases, correlativas e interdependientes a cada año de la formación inicial de maestras, maestros, y un solo proceso continuo, desde primero hasta quinto año, de forma articulada e integrada entre la familia, comuni-dad, institución educativa y Estado. El desarrollo de las etapas responderá a la realidad y dinámica de cada ESFM y especialidad.

1. Esta resolución se emite en cada gestión.

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Artículo 27. (De las Etapas). Entendidas éstas como partes del proceso de la formación inicial del y la maestra, que se realiza cada una en un año lectivo:

a) Primera etapa, en el primer año se recogerá información (socio política, económica, social, educativa, lingüística y otras que se viesen necesarias) de las prácticas de las colec-tividades diversas para afianzar procesos intra e intercultu-rales, en y de la comunidad, los aportes de cada unidad de formación y su integración en un plan conjunto. Como pro-ducto de las experiencias de la IEPC-PEC y en base al análi-sis, interpretación de la información recogida y la reflexión de problemas, se elaborarán informes de estudio de contexto.

b) Segunda etapa, en el segundo año, con la información obte-nida en la anterior etapa se plantean tareas educativas que po-sibiliten reflexionar y comprender los procesos formativos y pedagogías vivas del contexto. En este año se elaborarán ensa-yos científicos de la problemática socioeducativa comunitaria u otros informes (incidiendo en la relación comunidad – ins-titución y aula/taller) a partir del análisis e interpretación de la información y de la reflexión crítica de los problemas para su organización como problemáticas de gestión y de aula/ta-ller, identificando los ámbitos de acción de los problemas.

c) Tercera etapa, en el tercer año, las y los estudiantes elaboran una planificación, un proyecto y otras acciones que respondan a las problemáticas Educativas Socio – comunitarias, empleando metodologías participativas, a partir de la realización de un diagnóstico educativo, en el que las Unidades de Formación Académica de su especialidad fortalecerán: la planificación didáctica, la formación científica de la especialidad y la elaboración de materiales educativos. Los productos serán Proyectos Educativos Socioproductivos u otros informes de investigación.

d) Cuarta etapa, en el cuarto año, las y los estudiantes, a par-tir de las experiencias educativas socio – comunitarias y de acuerdo a la opción de egreso elegida (Proyecto Socioco-

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munitario Productivo, Tesis Educativa Comunitaria, Pro-yecto de Fortalecimiento a Programas Regionales del Sector Educativo - PFPRSE, Sistematización de Experiencias Edu-cativas), planifican integral y participativamente procesos educativos en el marco del Modelo Educativo Sociocomuni-tario Productivo para transformar la realidad con la comu-nidad en la que desarrollan y aplican la IEPC-PEC. En esta etapa, las y los estudiantes elaborarán su perfil de egreso2.

e) Quinta etapa, en el quinto año, las y los estudiantes orien-tarán críticamente procesos educativos en el marco del Mo-delo Educativo Sociocomunitario Productivo para transfor-mar la realidad con la comunidad en la que desarrollan y aplican la IEPC-PEC, de acuerdo a la opción de egreso ele-gida (Proyecto Sociocomunitario Productivo, Tesis Educa-tiva Comunitaria, Proyecto de Fortalecimiento a Programas Regionales del Sector Educativo - PFPRSE, Sistematización de Experiencias Educativas). De esta manera, se devolverá a la sociedad los productos finales de graduación.

Artículo 28. (De las Fases). Entendidas como las diferentes situacio-nes o aspectos que presentan cada una de las etapas de la Investigación Educativa y Producción de Conocimien-tos y la Práctica Educativa Comunitaria. En este sentido cada fase, en cada una de las etapas de la IEPC-PEC, está constituida de manera integral por: la gestión, la prácti-ca en la comunidad y en la institución educativa.

a) La fase de gestión es el proceso de la IEPC-PEC realizado en espacios de las ESFM y UA entre estudiantes, de las diferentes especialidades y niveles, y los docentes de cada unidad de formación en el que interactúan mutuamente ejecutando diversas tareas, procedimientos, recibiendo orientaciones, organizando la IEPC-PEC para la comunidad e institución educativa.

2. Ver Reglamento de Modalides de Graduación para optar el Titulo de Maestra/o con grado de Licenciatura.

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b) La fase de práctica en la comunidad es el proceso de la IEPC-PEC que se realiza en las diversas comunidades del entorno en el que se encuentran las instituciones educativas, donde se establecen contactos con las diferentes instituciones y or-ganizaciones, en las que identifican valores, saberes, conoci-mientos, problemas, necesidades, demandas, potencialidades productivas y otros, para transformarlas y/o fortalecerlas.

c) La fase de la práctica en la Institución Educativa es el pro-ceso de la IEPC-PEC que se efectúa en las Unidades Edu-cativas y centros de educación alternativa y especial, entre estudiantes de las ESFM y UA, los estudiantes de las Uni-dades Educativas de los Subsistemas Regular y Alternativo – Especial, las instancias de participación comunitaria en educación, el personal docente, administrativo y de servicio.

Estas fases se desarrollan en todas las etapas del proceso formativo. Cuenta con una determinada carga referencial (horas/tiempo) exclusivas para la práctica en Unidades Educativas (UE), Centros de Educación Alternativa (CEA´s) y Centros de Educación Especial (CEE), de manera ascendente para 1ro, 2do, 3ro, 4to y 5to año de formación, de acuerdo al siguiente cuadro:3

Etapas

Fases Horas/Tiempo Exclusivo para Insti-tuciones Educativas UE – CEAS y otros3Gestión Comuni-

dad

InstitucionesEducativas UE –

CEAS y Otros

Primeraño

Permanente –Pueblos Indígenas, comunidades rurales y/o urbanas

40 hrs.2 semanas

Segundoaño

Permanente –Pueblos Indígenas, comunidades rurales y/o urbanas

60 hrs.3 semanas

3. Esta columna, que contiene 600 horas reloj distribuidas por etapas, corresponde exclusivamente a la formación del maestro en la Institución Educativa para afianzar su formación pedagógica integral y holística.

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Terceraño

Permanente –Pueblos Indígenas, comunidades rurales y/o urbanas

100 hrs.5 semanas

Cuartoaño

Permanente –Pueblos Indígenas, comunidades rurales y/o urbanas

160 hrs.2 meses

Quintoaño

Permanente –Pueblos Indígenas, comunidades rurales y/o urbanas

240 hrs.3 meses

Las fases de la IEPC – PEC se desarrollan en el proceso formativo de toda la gestión académica, tanto en la fase de gestión, comunidad e instituciones educativas.

600 horas reloj

CapÍTULO VIIevaluación investiGación educativa y producción de conocimientos y la práctica educativa comunitaria

Artículo 29. (La Evaluación de la IEPC-PEC). La evaluación, en razón del significado curricular que tiene la IEPC-PEC en el proceso de formación inicial de maestras/os, su concepción, principios, características y el papel articulador que cumple entre las Unidades de Formación de las especialidades y la realidad, se rige por el Reglamento de Evaluación del Proceso Formativo de las/los estudiantes.

Artículo 30. (Características de la evaluación de la IEPC-PEC).- La evaluación del proceso formativo de las y los estu-diantes se realiza en todas las etapas, fases y espacios de la IEPC-PEC, con instrumentos y estrategias ade-cuadas e idóneas planificadas por cada ESFM y UA.

CapÍTULO VIIIde los derechos, obliGaciones y prohibiciones de los actores de la investiGación educativa y producción de conocimientos y la práctica educativa comunitaria

Artículo 31. Los actores de la IEPC-PEC tienen los siguientes dere-chos:

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I. Representante de la comunidada. Participar en la elaboración del Proyecto de Gestión Ins-

titucional Comunitario, en lo referente a la IEPC-PEC.b. Proponer temáticas de necesidad educativa en la comu-

nidad para su tratamiento en la IEPC-PEC.c. Realizar el seguimiento y valoración conjunta con los

otros actores de la planificación e implementación de la IEPC-PEC.

II. Estudiantes de las Escuelas de Formación de Maestros/os y Unidades Académicasa. Conocer, oportuna e íntegramente, la normativa

institucional.b. Conocer el Reglamento de evaluación del proceso

formativo.c. Recibir preparación y apoyo pedagógico profesional de

los docentes que guían su formación en las ESFM y UA, para un desenvolvimiento coherente y pertinente en las Unidades Educativas de los Subsistemas Regular y Al-ternativo y la comunidad.

d. A ser asignada (o) a uno de los espacios de la IEPC-PEC4 de acuerdo a la especialidad y recibir un trato cordial y respetuoso, dentro del marco de las relaciones humanas y profesionales para desenvolverse en un clima institucional adecuado y de empatía.

e. Informar a la autoridad superior de la Institución o responsable de la comunidad en donde desarrolle la IEPC-PEC y al equipo de docentes de la ESFM y UA, cuando considere que las instrucciones recibidas no guardan relación con las normas establecidas para la IEPC-PEC, la ética profesional o las buenas costumbres.

f. Para casos excepcionales (embarazos, temas de salud y otros), se tomará en cuenta el Reglamento de Convivencia y Permanencia Estudiantil.

4. Tomar en cuenta el idioma originario que domina el estudiante para la asignación de los espacios de la IEPC-PEC.

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III. Docente guía de las Unidades Educativas y Centros de Educación Alternativa y Especial de los Subsistemas Re-gular y Alternativo – Especiala. Conocer y estar informado sobre la normativa vigente,

el plan, y todo el proceso de la IEPC-PEC.b. Conocer con anticipación al o los estudiantes asignados

a la IEPC-PEC en un determinado curso y nivel.c. Aportar con ideas y soluciones a problemáticas

específicas referidas a la IEPC-PEC de las ESFM y UA.d. Coordinar con los y las estudiantes y representante de la

comunidad sobre las actividades en las diferentes fases y etapas de la implementación de la IEPC-PEC.

e. Recibir un trato respetuoso y cortés por parte de las autoridades, docentes y los/las estudiantes de las ESFM y UA.

IV. Equipo de docentes de las Escuelas Superiores de Forma-ción de Maestras y Maestros y Unidades Académicasa) Participar en la planificación, seguimiento y evaluación

de la IEPC-PEC.b. Ser informado adecuadamente y con el debido tiempo

del proceso académico administrativo de las Unidades Educativas de los Subsistemas Regular, Alternativa y Especial, de los responsables de la comunidad y de los y las estudiantes asignados/as, para un adecuado acompañamiento y seguimiento en la IEPC-PEC.

c. Ser recibido con respeto y cordialidad por la Dirección, personal docente y administrativo de las Unidades Educativas de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial, así como por el responsable de la comunidad.

V. Directores/as de las Unidades Educativas y Centros de Educación Alternativa - Especial de los Subsistemas Re-gular, Alternativa y Especial y otrosa. Conocer el Proyecto de Gestión Institucional, en lo

referente a la IEPC-PEC.

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b. A ser informado/a sobre los y las estudiantes asignados a la Institución Educativa.

c. Participar en la selección de problemas que permitirán la elaboración del Proyecto Educativo Socioproductivo.

d. Estar en interacción permanente con el equipo de docentes de la IEPC-PEC, para un seguimiento y evaluación adecuados.

e. A recibir un trato respetuoso por parte del equipo de docentes de las ESFM y UA y autoridades institucionales.

VI. Equipo de la IEPC-PECa. Proponer políticas institucionales referentes a la

Investigación Educativa y Producción de Conocimientos y la Práctica Educativa Comunitaria.

b. Establecer, revisar y proponer modificaciones a la normativa que orienta el desarrollo de la IEPC-PEC.

c. Coordinar con las autoridades institucionales, Directo-res de Unidades Educativas y Centros de Educación Al-ternativa y Especial de los Subsistemas Regular, Alter-nativo y Especial y los responsables de la comunidad la planificación, ejecución y evaluación de la IEPC-PEC.

Artículo 32. Los actores de la práctica educativa comunitaria tie-nen las siguientes obligaciones:

I. Representante de la comunidada. Coadyuvar en la planificación, implementación y

valoración de la IEPC-PEC.b. Promover espacios de interrelación entre los actores de

la IEPC-PEC y la comunidad.c. Apoyar en el desarrollo de la IEPC-PEC en la Unidad

Educativa de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial y la comunidad.

d. Concertar espacios de diálogo frente a cualquier dificultad emergente de la IEPC-PEC en la comunidad.

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e. Cumplir con los procedimientos administrativos requeridos por las ESFM y UA.

f. Hacer cumplir los tiempos planificados para el desarrollo de la IEPC-PEC.

II. Estudiantes de las ESFM y UAa. Cumplir la normativa institucionalb. Presentarse en el lugar de la IEPC-PEC con una

anticipación de 5 minutos como mínimo, llevando consigo todos los materiales didácticos y/o instrumentos de aplicación.

c. Presentarse en la Institución Educativa, del Subsistema Regular, Alternativa y Especial asignada al responsable de la comunidad 3 días antes de iniciar la IEPC-PEC. En la planificación de la IEPC-PEC tomar en cuenta la diferencia que existe entre las realidades del área rural y urbana (de acuerdo a la etapa y horas/tiempo exclusivo).

d. Cumplir los reglamentos internos de la Institución Educativa de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial y respetar las normas de convivencia de la comunidad.

e. Asistir con puntualidad a las reuniones u otras actividades programadas por la Institución Educativa de los Subsistemas Regular y Alternativo o la comunidad, vinculadas a la IEPC-PEC.

f. Presentarse a las actividades curriculares y co – curriculares demostrando responsabilidad, diligencia, disciplina, lealtad, discreción en el vestir y ética profesional durante el proceso de la IEPC-PEC.

g. Coordinar con el/la docente guía asignado o con la dirección de la Institución Educativa de los Subsistemas Regular y Alternativo – Especial o según corresponda, para la planificación, organización, desarrollo y evaluación de la práctica, en las diferentes etapas.

h. Al ingreso al desarrollo de la IEPC-PEC, presentar, al docente guía, Director de la Institución Educativa

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de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial y/o representante de la comunidad la planificación correspondiente de la IEPC-PEC, los planes diarios y/o semanales de las actividades programadas en las fases correspondientes de la Etapa.

i. Asumir la preparación científica y técnico – pedagógica adecuada y oportunamente para cada una de las fases de la Investigación Educativa y Producción de Conocimientos y la Práctica Educativa Comunitaria.

j. Presentar las fichas o instrumentos de registro de evaluación de la IEPC-PEC, en la fase correspondiente, al docente guía, para su calificación y visto bueno del director(a).

k. Mantener la comunicación permanente con el equipo de docentes de especialidad y de la IEPC-PEC de la ESFM y UA.

l. Portar la Carpeta de IEPC-PEC, con la documentación correspondiente, en forma ordenada.

m. No faltar ni abandonar a las fases de la IEPC-PEC, bajo ningún pretexto, salvo casos de extrema urgencia o emergencia establecidos en el Reglamento de licencias.

n. Llevar un diario de la IEPC-PEC en todas las fases y etapas.

III. Docente guía de las Unidades Educativas, Centros de Educación Alternativa y Centros de Educación Especial de los Subsistemas Regular, Alternativa y Especial.a. Establecer un clima de respeto y profesionalismo con

los y las estudiantes.b. Apoyar en el proceso de formación académica y de

valores socio comunitarios a los futuros docentes.c. Ser observada(o) durante el desarrollo de actividades de

la estrategia formativa.d. Solicitar a los estudiantes las planificaciones, escribir

las observaciones y las sugerencias para superar las mismas.

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e. Asignar las actividades de la IEPC-PEC a los estudiantes ya sea dentro del aula o la comunidad, tomando en cuenta la factibilidad y los recursos necesarios para llevarlas a cabo.

f. Evaluar el proceso de la IEPC-PEC en los marcos del reglamento de evaluación del proceso formativo.

g. Estar en permanente contacto con el docente de los equipos de la ESFM y UA.

h. Comunicar al Director de la Institución Educativa de los Subsistemas Regular y Alternativo – Especial y al docente de la ESFM y UA, las ausencias o abandono del estudiante en la etapa o fase de la IEPC-PEC, en el plazo de 24 horas.

IV. Equipos de docentes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestros y Maestras y Unidades Académicas a. Formar parte de los equipos IEPC-PEC.b. Asistir a las reuniones programadas por los responsables

de los equipos de docentes para la planificación, la ejecución y evaluación de la IEPC-PEC.

c. Asistir y participar a las Unidades Educativas y comunidades donde se desarrollan las diferentes etapas y fases de la IEPC-PEC.

d. Apoyar y orientar permanentemente a los y las estudiantes durante el desarrollo de las actividades de la IEPC-PEC.

e. Mantener relaciones de respeto y cordialidad con los actores de la IEPC-PEC.

f. Informarse en las Unidades Educativas y la Comunidad sobre el desenvolvimiento de los y las estudiantes en cada etapa y fase de la IEPC-PEC.

g. Informar al equipo de la IEPC-PEC sobre los aciertos y las dificultades encontradas en el proceso de implementación de la IEPC-PEC.

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V. Directores/as de las Unidades Educativas y Centros de Educación Alternativa de los Subsistemas Regular, Alternativa y Especiala. Permitir el ingreso a los y las estudiantes de las ESFM y

UA para la realización de las distintas etapas y fases de la IEPC-PEC.

b. Establecer un clima de aceptación y aprendizaje permanente entre los estudiantes, los docentes guía y la comunidad.

c. Articular y abrir espacios para la práctica entre la escuela, la comunidad y las ESFM y UA.

d. Realizar el seguimiento a los y las docentes guía, responsables de la comunidad y estudiantes para establecer aciertos y dificultades en el proceso de implementación de la IEPC-PEC.

e. Informar a los equipos de docentes de la ESFM y UA respecto al comportamiento y desenvolvimiento de los y las estudiantes.

f. Informar al equipo de la IEPC-PEC de las ESFM y UA sobre la asistencia de los docentes asignados para realizar el seguimiento.

VI. Equipo de la IEPC-PECa. Establecer, revisar y proponer modificaciones a la

normativa específica que orienta el desarrollo de la IEPC-PEC.

b. Orientar y sugerir modificaciones para una adecuada interrelación entre la práctica y la investigación en la IEPC- PEC.

c. Autorizar y/o sugerir los espacios de práctica donde se realice la IEPC-PEC en coordinación con los equipos de docentes de las ESFM y UA.

d. Establecer los instrumentos de seguimiento y evalua-ción para las diferentes etapas y fases de la IEPC-PEC.

e. Establecer mecanismos de seguimiento y control para los docentes de las ESFM y UA asignados a la IEPC-PEC.

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f. Promover talleres con los Directores, docentes y res-ponsables de la comunidad para informar sobre el pro-ceso que deben seguir las actividades en la IEPC-PEC.

g. Promover encuentros con los Directores, docentes y responsables de la comunidad para recoger inquietudes, evaluar y plantear propuestas de solución.

Artículo 33. Los actores de la Práctica Educativa Comunitaria tie-nen las siguientes prohibiciones:

I. Responsable de la comunidada. Interferir en el desarrollo académico de la IEPC- PEC

en la comunidad y la Institución Educativa de los Subsistemas Regular y Alternativo- Especial.

b. Asumir actitudes de autoritarismo con los otros actores de la IEPC-PEC.

II. Estudiantes5 de las Escuelas Superiores de Formación de Maestros y Maestras, Unidades Académicas y Universi-dad Pedagógica a. Ausentarse o abandonar las actividades programadas

por la IEPC-PEC sin previo aviso, ya sea al equipo de docentes de la ESFM y UA, docente guía, la dirección de la Institución Educativa de los Subsistemas Regular y/o Alternativo – Especial o al representante o autoridad de la comunidad, excepto en situaciones de fuerza mayor o caso fortuito respaldados con la documentación pertinente.

b. Participar en actos sociales donde se consuman bebidas alcohólicas, dentro y en el entorno de la Unidad Educati-va de los subsistemas regular y alternativo o comunidad.

c. Presentarse en estado de ebriedad en la comunidad o la Institución Educativa.

5. En complementación con el Reglamento de Convivencia y Permanencia Estudiantil en las ESFM

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d. Realizar la IEPC-PEC en Unidades Educativas de los subsistemas regular y alternativo – especial en las cuales el o la docente guía sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad.

e. Promover y llevar a cabo actividades extracurriculares (excursiones, fiestas, etc.) no programadas por la Institución Educativa de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial o la comunidad.

f. Cobrar dinero por cualquier tipo de actividades y mate-riales no contemplados en la planificación didáctica.

g. Acosar a estudiantes de las Instituciones Educativas de los Subsistemas Regular y Alternativo – Especial y/o comunidad donde se realiza la IEPC-PEC.

h. Alterar la información emitida por el docente guía, la Institución Educativa de los Subsistemas Regular y Alternativo – Especial y la comunidad, referidas a calificaciones y/o suplantación de firmas.

III. Docente guía de las Unidades Educativas, Centros de Educación Alternativa y Especial de los Subsistemas Regular y Alternativo – Especiala. Asignar prácticas o actividades en la comunidad que

resulten onerosas para los y las practicantes.b. Solicitar a los practicantes la compra de material

didáctico, bibliográfico o deportivo para el curso.c. Obligar a los y las practicantes a agasajar a sus

estudiantes de las Instituciones Educativas de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial.

d. Asignar a los y las practicantes tareas propias de su desempeño como docente de aula en la Institución Educativa de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial.

e. Proponer a los y las practicantes la realización de fiestas y el consumo de bebidas alcohólicas.

f. Recibir obsequios por parte de los practicantes de la IEPC-PEC.

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IV. Equipos de docentes de las Escuelas Superiores de For-mación de Maestras y Maestros, Unidades Académicas y Universidad Pedagógicaa. Actuar sin coordinación con los docentes de las otras

Unidades de Formación.b. Tomar decisiones sin consultar al equipo de docentes de

las especialidades y a la Dirección de la Unidad Educati-va de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial.

c. Enviar a los estudiantes a los espacios de la IEPC-PEC sin antes haber tomado contacto con las autoridades y/o responsables.

d. Modificar las listas de asignación a las Unidades Educativas y a la comunidad de acuerdo a preferencias y simpatías con los estudiantes.

e. Transgredir normas institucionales durante el desarrollo de la IEPC-PEC.

V. Directores/as de las Unidades Educativas y Centros de Educación Alternativa y Especial de los Subsistemas Regular y Alternativoa. Obligar a los y las estudiantes de las ESFM y UA la com-

pra de material didáctico y/o deportivo y de otra índole que no sean pertinentes al proyecto de la IEPC-PEC.

b. Obligar a los y las estudiantes de las ESFM y UA a asistir a eventos que no formen parte del proceso de la IEPC-PEC.

c. Autorizar la realización de fiestas u otro tipo de actividades donde se consuman bebidas alcohólicas.

VI. Equipo de la IEPC-PECa. Firmar acuerdos interinstitucionales de manera

inconsulta con las autoridades de las ESFM y UA.b. Tomar decisiones unilaterales en la planificación,

seguimiento y valoración de la IEPC-PEC.c. Actuar sin coordinación con los docentes de las otras

Unidades de Formación.

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CapÍTULO IXFaltas y sanciones de los actores de la investiGación educativa y producción de conocimientos y la práctica educativa comunitaria

Artículo 34. (Definición de faltas). Faltas disciplinarias son aquellas acciones cometidas por las y los actores de las ESFM y UA (Directivos, Coordinadores académicos/as, Coordinador y Equipo de la IEPC-PEC y estudiantes) en el proceso de la IEPC-PEC y que infringen la CPE, la Ley de la Educación “Avelino Siñani – Elizardo Pérez”, normas legales conexas y el presente reglamento.

Artículo 35. (Clasificación). Las faltas disciplinarias se clasifican en leves, graves y muy graves.

Artículo 36. (Leves). Son faltas leves:

a. El desorden6 o la negligencia7 en la IEPC-PEC. b. La inasistencia a reuniones de carácter educativo o de

gestión curricular convocadas por el Director/a o docentes guías, las mismas debidamente planificadas y programas, salvo casos excepcionales debidamente documentados.

c. El incumplimiento a las observaciones o recomendaciones documentadas realizadas por el docente Guía, Director/a de la Unidad Educativa y/o Centros de Educación Alternativa y Especial de los Subsistemas Regular, Alternativo y Espe-cial o responsable de la comunidad.

d. La falta de respeto e intolerancia con el personal de la Unidad Educativa y Centros de Educación Alternativa de los Subsis-temas Regular, Alternativo y Especial, la comunidad, institu-ción u organización social, donde se realiza la IEPC-PEC.

6. Se entiende por desorden a la desorganización de la carpeta, falta de planificación7. Se entiende por negligencia al abandono de las tareas planificadas o realizadas a desgano

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Artículo 37. (Graves). Son faltas graves:

a. La reincidencia de las faltas leves. b. La impuntualidad en la asistencia a las prácticas en la

Institución Educativa de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial, comunidad, institución u organización social.

c. La indisciplina manifiesta y la resistencia a disposiciones superiores.

d. La presentación inoportuna o no presentación de la documentación, planificación y materiales respectivos de las prácticas al docente guía y/o al Director de la Unidad Educativa/Centro de Educación Alternativa de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial y/o a los equipos docentes de las ESFM y UA.

e. La reiterada resistencia a las sugerencias y recomendaciones del docente guía, Director de la Unidad Educativa/Centro de Educación Alternativa y Especial de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial y/o al equipo docente de las ESFM y UA.

f. El consumo de cigarrillos o de cualquier otra sustancia nociva en los ambientes educativos.

g. La no devolución de bienes bajo inventario utilizados para la PEC de propiedad de la Unidad Educativa/Centro de Educación Alternativa de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial, de las ESFM y UA y/o comunidad.

h. La simulación de enfermedad o actitudes engañosas para obtener licencias u otras ventajas durante la PEC, de manera oral o presentando certificados y/o documentos falsos.

Artículo 38. (Graves). Son faltas muy graves:

a. La reincidencia a las faltas graves. b. La inasistencia y el abandono injustificados de la IEPC-

PEC, de acuerdo a lo planificado y programado.c. La organización o asistencia a fiestas o reuniones con consu-

mo de bebidas alcohólicas, en la Unidad Educativa y Centros

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de Educación Alternativa y Especial de los Subsistemas Regu-lar, Alternativo y Especial, las ESFM y UA, y/o comunidad, en las diferentes fases durante la realización de la IEPC-PEC.

d. La presencia en estado de ebriedad en la Unidad Educativa/Centro de Educación Alternativa de los Subsistemas Regu-lar, Alternativo y Especial, las ESFM, UA, y/o comunidad.

e. Las relaciones indecorosas de pareja entre practicantes, con el personal de la Unidad Educativa y Centros de Educación Alternativa de los Subsistemas Regular, Alternativo y Espe-cial, de la institución.

f. La provocación o sostenimiento de reyertas entre practican-tes o con el personal de la Unidad Educativa y Centros de Educación Alternativa y Especial de los Subsistemas Regu-lar, Alternativo y Especial o de la comunidad.

g. El expendio, incitación o consumo de bebidas alcohólicas, drogas y/o sustancias nocivas a la salud en la Unidad Educativa/Centro de Educación Alternativa de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial y/o en la comunidad donde se realiza la IEPC-PEC.

h. Acoso sexual e intimidación física o psicológica a estudian-tes, sin perjuicio de seguir la acción penal correspondiente.

i. Sobornar al personal de las ESFM y UA, Unidad Educativa y Centros de Educación Alternativa de los Subsistemas Regular, Alternativo y Especial o comunidad, para conseguir calificaciones a su favor.

j. Maltrato y/o discriminación a los estudiantes o personas relacionadas con la IEPC-PEC. De acuerdo a la ley 045 y su reglamentación.

k. El plagio parcial o total en la planificación o realización de los trabajos de investigación de la IEPC-PEC.

Artículo 39. (Sanciones). Se aplicarán las sanciones conforme a las tipificaciones de las faltas.

a) Sanciones por faltas leves:- Amonestación verbal en privado.

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- Amonestación escrita (memorándum) con copia en el kárdex personal.

b) Sanciones por faltas graves:- Suspensión de la IEPC- PEC con reprobación de la

gestión.c) Sanciones por faltas muy graves:

- Expulsión definitiva de la ESFM y UA previo proceso disciplinario, pasando a la justicia ordinaria en caso de constituirse en delito penal.

CapÍTULO Xdisposiciones transitorias

Artículo 40. (Vigencia). El presente reglamento entrará en vigen-cia a partir de su aprobación y publicación por el Mi-nisterio de Educación.

Artículo 41. (Reglamento Interno). Los Reglamentos Internos de cada ESFM y UA son de carácter complementario y no podrán contravenir al presente Reglamento.

Artículo 42. (De los aspectos no contemplados). Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento serán regulados por la Dirección General de Formación de Maestros, dependiente del Viceministerio de Educación Superior de Formación Profesional del Ministerio de Educación.

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Evaluación del

Proceso Formativo de las

Reglamento de

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CapÍTULO Idisposiciones Generales

Artículo 1. (Objeto). El Reglamento de Evaluación del Proceso Formativo1 de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros (ESFM) tiene por objeto re-gular la evaluación del proceso formativo de las y los estudiantes en su formación integral y holística.

Artículo 2. (Marco Legal). El presente Reglamento se basa y se interrelaciona con las siguientes disposiciones legales:

a. Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. b. Ley de la Educación N° 070 “Avelino Siñani - Elizardo

Pérez”.c. D.S. 0156, que crea el Sistema Plurinacional de Formación

de Maestras y Maestros. d. El Currículo Base del Sistema Educativo Plurinacional.e. El Currículo del Sistema Plurinacional de Formación de

Maestros. f. Los Lineamientos de la Investigación Educativa y

Producción de Conocimientos (IEPC) - Práctica Educativa Comunitaria (PEC) y su reglamento procedimental.

g. Ley 045 Contra el Racismo y toda forma de Discrimina-ción.

h. Ley contra el Consumo y Expendio de Bebidas Alcohólicas del 11 de julio del 2012.

i. Reglamento General de las ESFM.j. Reglamento de Convivencia y Permanencia Estudiantil en

las ESFM.

1. Es un campo de construcción de valores, conocimientos, prácticas y desarrollo de productos donde docentes, estudiantes y organizaciones sociales, de manera integral, comunitaria y productiva, desarrollan estrategias pedagógicas y didácticas para la solución de necesidades y problemáticas regionales que contribuyan a la construcción del Estado Plurinacional y el Vivir Bien.

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k. Reglamento de Licencias, Reincorporaciones y Transferencias en las ESFM.

l. Reglamento de creación, conformación y funcionamiento de los Consejos Educativos de las Escuelas Superiores de Formación de maestras y maestros

m. Y otras normativas vinculadas al presente Reglamento.

Artículo 3. (Alcance y Contenido). El Reglamento es de alcance institucional, en el que están comprendidos directivos, docentes, personal administrativo y estudiantes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y las Unidades Académicas. Asimismo, el presente documento comprende los siguientes contenidos:

I. Disposiciones generalesII. Concepción, objetivos, características y momentos de la

evaluación del proceso formativoIII. Criterios para la evaluación del proceso formativoIV. De los métodos, técnicas e instrumentos de evaluación del

proceso formativoV. La escala de valoración y calificaciónVI. De la comunicación y publicación de los resultados del

proceso formativoVII. De los niveles de responsabilidad, funciones y obligacio-

nesVIII. De los derechos, deberes y sancionesIX. De la apelaciónX. Disposiciones transitorias y vigencia

Artículo 4. (Ámbito de Aplicación). El presente Reglamento es de aplicación obligatoria en las Escuelas Superiores de Formación de Maestras/os y Unidades Académicas del Estado Plurinacional de Bolivia.

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CapÍTULO IIconcepción, objetivos, características y momentos de

la evaluación del proceso Formativo

artículo 5. (Concepción).

I. La Evaluación, concebida en el Modelo Educativo Socioco-munitario Productivo, es un componente del proceso for-mativo que valora, evalúa y califica, de manera comunitaria el nivel de formación integral, holístico y productivo de las y los estudiantes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas. Se enmarca en los objetivos y criterios de evaluación del Currículo del Sistema Plurinacional de Formación de Maestros, aplicando métodos, técnicas e instrumentos de evaluación.

II. La evaluación integral comprende2:a) El SER, vinculada a la práctica y vivencia de princi-

pios, valores, espiritualidades e identidades socio-cul-turales.

b) El SABER, de los saberes, conocimientos, teorías y conceptos pertinentes para contribuir a la transformación de la realidad.

c) El HACER, a la aplicación y producción de conocimientos, la capacidad creativa, la experimentación y la producción tangible e intangible.

d) El DECIDIR, valorando la capacidad de toma de decisiones en consenso y con compromiso social para la transformación del vivir bien.

III. La evaluación holística comprende la relación con la comunidad, la naturaleza y el cosmos a través de la IEPC–PEC.

2. Es la valoración cuantitativa y cualitativa que se realiza de manera comunitaria, cíclica y permanente a lo largo del proceso de desarrollo de las Unidades de Formación vinculadas con la IEPC-PEC, en busca de contribuir en la construcción del Estado Plurinacional y el Vivir Bien.

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Artículo 6. (Objetivos). La evaluación del proceso formativo en las Escuelas Superiores de Formación de Maestras/os y Unidades Académicas cumple dos objetivos:

a. Realizar el Seguimiento y acompañamiento en la formación pedagógica• Evaluacióndiagnósticainicial• Evaluaciónprocesualformativa • Evaluacióndeproductoyresultados

b. Acreditar la promoción de las y los estudiantes como resultado de los incisos desarrollados en el numeral 1.

Artículo 7. (Características). La evaluación del proceso formativo se caracteriza por ser:

a. Integral, porque valora el desarrollo de las dimensiones del ser, saber, hacer y decidir de manera interdependiente en el proceso formativo de los saberes y conocimientos en los campos y áreas durante el desarrollo de su formación académica.

b. Holística, porque valora la comprensión del todo, la con-vivencia armónica y complementaria con la madre tierra (naturaleza), el cosmos y la dimensión espiritual de la vida.

c. Científica, porque se basa en la aplicación de métodos, técnicas, procedimientos e instrumentos, que reportan información para su análisis, interpretación, comproba-ción y registro del proceso formativo logrado.

d. Dialógica, porque promueve la comunicación horizon-tal, bi-direccional, intercultural e inter-científica, entre todos los actores de la comunidad educativa.

e. Reflexiva y autocrítica, porque permite concienciar colectiva y responsablemente los esfuerzos dedicados al proceso formativo.

f. Comunitaria – productiva, porque las y los actores de la comunidad educativa, a través de la Investigación Educativa y Producción de Conocimientos - Práctica

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Educativa Comunitaria IEPC-PEC, participan en la valoración de los procesos formativos de las y los estudiantes de la ESFM y UA.

g. Orientadora, porque brinda información oportuna y pertinente para la toma de decisiones que coadyuva a una reorientación de la metodología en el proceso formativo (diagnostica, procesual y de producto), a los actores que participan en y del proceso formativo en el aula/taller, la comunidad, la Institución Educativa de los Subsistemas de Educación Regular, Alternativa y Especial y otras.

h. Flexible, porque la evaluación debe adecuarse a las carac-terísticas culturales y lingüísticas de las y los estudiantes, a los objetivos y contenidos curriculares de las Unidades de Formación, al proyecto de la especialidad, la IEPC-PEC, currículo regionalizado y otros aspectos formativos.

i. Permanente, porque se realiza durante el proceso formativo de manera cíclica en sus distintos momentos: al inicio, durante y al final para dar seguimiento y continuidad en la formación de manera que los resultados no se conozcan sólo al final.

j. Transparente, porque los procesos de evaluación y gene-ración de información se desarrollan de manera comu-nitaria, participativa, responsable, imparcial y pública.

k. Sistémica, porque articula los tres momentos de la evaluación: diagnóstica, procesual y de producto.

l. Complementaria, porque integra la valoración comuni-taria y la autovaloración en todo el proceso formativo.

m. Es Promocional, porque promueve la promoción de una Unidad de Formación y de un año a otro, de acuerdo al logro de los objetivos, resultados y productos diseñados en cada especialidad.

Artículo 8. (Momentos de la evaluación). La evaluación consta de tres momentos significativos: 1) la evaluación inicial-diagnóstica, 2) la evaluación procesual-formativa y 3) la evaluación de producto y resultados.

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Artículo 9. (Evaluación inicial-diagnóstica).

I. Es un conjunto de acciones de constatación y valoración de la situación inicial en el proceso formativo, que permite valorar de manera integral y holística al o la estudiante al iniciar un nuevo proceso formativo.

II. En función de la información obtenida se enriquece y adecua las diversas estrategias y metodologías en el proceso formativo y los criterios cualitativo - cuantitativos de la evaluación, según las características de las y los estudiantes.

Artículo 10. (Evaluación procesual-formativa).

I. Es la valoración continua del desarrollo integral (ser, saber, hacer y decidir) y holístico (desde lo espiritual, la naturaleza y el cosmos) en el proceso formativo.

II. Se caracteriza por obtener información sistemática, oportuna, permanente y preventiva del proceso formativo para la toma de las siguientes decisiones:a. Orientar oportunamente a las y los estudiantes en las

dificultades encontradas en los procesos formativos.b. Posibilitar la mejora del proceso didáctico y

metodológico. c. Verificar, a través de técnicas e instrumentos, el nivel de

desarrollo integral de las y los estudiantes.d. Emitir juicios valorativos indicando el nivel progresivo del

desarrollo del proceso formativo de las y los estudiantes.

Artículo 11. (Evaluación de producto y resultados). Es la valoración final, acumulativa, integral y global del producto o resultado tangible e intangible del proceso formativo.

Esta evaluación permite:

a. Conocer y valorar el logro de los objetivos holísticos planteados en la IEPC – PEC para el proceso formativo.

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b. Conocer y valorar el logro de los objetivos holísticos planteados en el Proyecto Educativo Socioproductivo en sus diferentes etapas y fases.

c. Conocer y valorar el logro de los objetivos holísticos planteados para la gestión institucional, la comunidad y de aula/taller.

d. Conocer y valorar el logro de los objetivos holísticos del proceso formativo al concluir cada unidad de formación y al final de un determinado periodo.

e. Valorar de manera periódica3 (bimestral, trimestral y/o semestralmente) el desarrollo de los productos y resultados tangibles o intangibles.

f. Establecer la promoción o reprobación de una Unidad de Formación y de un año a otro, de acuerdo al logro de los objetivos, resultados y productos diseñados en cada especialidad.

Artículo 12. Los productos que facilitan la evaluación de la última etapa son:

a. Informes de estudio de contexto.b. Ensayos científicos de la problemática socioeducativa

comunitaria.c. Documento de desarrollo de los Proyectos Sociocomunita-

rios Productivos.d. Informes de investigación. e. Artículos científicos.f. Textos pedagógicos.g. Sistematizaciones.h. Clases/talleres compartidas, abiertas y públicasi. Perfiles de modalidades de graduación (para cuarto

año).

3. De acuerdo al proyecto educativo o tema generador desarrollado en la especialidad.

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Capítulo IIICriterios para la Evaluación del Proceso Formativo

Artículo 13. (Concepto).

I. Los criterios para la evaluación son indicadores de valoración en las dimensiones del ser, saber, hacer y decidir, que orientan el proceso formativo.

II. Responden a un enfoque pedagógico descolonizador, intra e intercultural, socio-comunitario productivo, en el que se valora la participación comunitaria y personal en el proceso, en el aula/taller y otros espacios comunitarios.

III. Los criterios básicos de evaluación que orientaran el desa-rrollo curricular de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas son:

Criterios de Evaluación

Valoración del SER •Asunción de valores morales, espirituales, éticos y cívicos

sociocomunitarios. •Desarrollodepensamientocrítico,autocritico,creativoypropositivo.•Expresiónde la identidad cultural comunitaria, familiar, personal, en

procesos de intra e interculturalidad.•Relaciones de responsabilidad, respeto, solidaridad, reciprocidad y

complementariedad con los demás, la madre tierra y el cosmos.•Actitudesinvestigativasydetrabajocomunitario•Responsabilidad y compromiso con el rol docente y transformación

social.

Valoración del SABER•Desarrollo de saberes y conocimientos propios y de otras culturas

(pedagógicos, gestión educativa y de especialidad).•Desarrollodecapacidadescomunicativasutilizandodiversoslenguajes.

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•Capacidaddearticularlaeducaciónaltrabajodeacuerdoalosintereses,necesidades y vocaciones productivas y potencialidades, locales, regionales y nacionales.

•Decodifica la ciencia, el pensamiento, el conocimiento y pedagogía“colonial única” y construye teorías pedagógicas a partir del pluralismo epistemológico descolonizador.

Valoración del HACER

•Usalalenguaoriginaria,elcastellanoyunaextranjeracomomediodecomunicación, interacción y producción de conocimientos en diferentes situaciones y contextos.

•Recupera, recrea, desarrollar y difunde las tecnologías, ciencia, arte,valores éticos biocosmocéntricos y saberes de los pueblos.

•Sistematizasaberesyconocimientosdelacomunidad.•Elaborayejecutaproyectoseducativossocioproductivosdeacuerdoa

los intereses, necesidades y vocaciones productivas y potencialidades, locales, regionales y nacionales.

•Planifica y gestiona con los diferentes actores de la comunidad laejecución de proyectos socioeducativos.

•Planteayresuelveproblemasdelaespecialidad.

Valoración del DECIDIR

•Asume con responsabilidad acciones: propias y con la comunidadeducativa (familia y Unidad Educativa, La ESFM - UA y otras instituciones).

•Resuelveconsensibilidadsocialsituacionesconflictivasyproblemáticasen relación con la realidad y la vida.

•Disposiciónaejecutardiversasactividadesdeformaciónreciprocaconiniciativa propia y autónoma.

•Tomadecisionesorientadasalvivirbien,apartirdeunalecturacríticade la realidad con pertinencia en tiempo y espacio.

•Propone procesos de innovación y producción de conocimientos enel marco de su especialidad, asumiendo postura descolonizadora y despatriarcalizadora.

artículo 14. (Concreción). Los criterios de evaluación citados anteriormente deben ser especificados en cada una de las ESFM y UAs, de acuerdo a los planes anuales de las especialidades, los Proyectos Educativos Socioproductivos y/o temas generadores.

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CapÍTULO IVde los métodos, técnicas e instrumentos de evaluación

del proceso Formativo

artículo 15. (Concepto).

I. Los métodos, técnicas e instrumentos de evaluación – establecidas en el Sistema de Evaluación del Currículo Base del Sistema Educativo Plurinacional y el Currículo de Formación de Maestras y Maestros – son procedimientos y dispositivos pedagógicos que se utilizan en la evaluación del proceso formativo.

II. La elaboración y aplicación de las técnicas e instrumentos de evaluación del proceso formativo tomando en cuenta las cuatro dimensiones del ser humano (SER, SABER, HACER Y DECIDIR) y deben ser seleccionados y utilizados de acuerdo a la especialidad.

III. Se define la técnica como el procedimiento mediante el cual se llevará a cabo la evaluación del proceso formativo. Constituye el “cómo” evaluar.

IV. El instrumento es el medio con el que el docente obtendrá la información del proceso formativo. Constituye el “con qué” evaluar.

artículo 16.

I. En las ESFMs y UAs se aplicarán las siguientes técnicas e instrumentos de evaluación:

Técnicas Instrumentos

De consulta

•Laentrevista•Laautoevaluación•Co-evaluación•Hetero-evaluación

•Guíadeentrevista•Cuestionarios•Escalasdeobservación(fichas)•Listasdecontrol•Registroanecdótico

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•Registrodediálogooral•Debate•Registrosdehabilidadesprácticas

De resolución de problemas•Pruebasdeensayo•Pruebasescritas•Pruebasdelibroabierto•Estudiosdecaso•Pruebade control de calidaddepro-

ducto•Dilemasmorales4

De elaboración de productosGuías•Proyectos•Sistematizaciones•Monografías•Ensayos•Reportesdeinvestigación•Perfilesdegraduación

Informes de:•Asambleas•Resolucióndeproblemas•Produccionesmaterialesyotros•Investigacionesfocalizadas•Portafoliopedagógico•Fichasbibliográficas

De observación•Listasdecotejooverificación•Guíadeobservación•Registrosanecdóticos•Escalasdeevolución•Registrosdeobservación(participación,

manejo de materiales, saberes, etc.)•Diariodecampo

4. presentan situaciones conflictivas extraídas de la vida diaria y al estar basados en hechos reales y cercanos se ve favorecida la identificación con los mismos

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Propios de la comunidadEvaluación de la comunidad •Actas

•Diálogocomunitario•Protocolo•Socialización de los productos en el

entorno sociocomunitario constatan-do su utilidad social y la valoración positiva de la comunidad hacia ellos

•Observacionesalosproductos•Informes

CapITULO Vde la escala de valoración y caliFicación

Artículo 17. (Valoración y Calificación). La escala de valoración y calificación del proceso formativo es cualitativa y cuantitativa de 1 a 100 puntos:

Nomenclatura Valoración Cualitativa Calificación Cuantitativa

Aprobado Desarrollo Pleno (DP) 90 a 100 puntos

Aprobado Desarrollo Optimo (DO) 80 a 89 puntos

Aprobado Desarrollo Adecuado (DA) 70 a 79 puntos

Aprobado Desarrollo Suficiente (DS) 60 a 69 puntos

Reprobado Desarrollo Insuficiente (DI) 1 a 59 puntos

Artículo 18. (Valoración de las dimensiones). Cada una de las dimensiones será valorada sobre 25 puntos y la sumatoria de las cuatro dimensiones equivale a 100 puntos.

Artículo 19. (Asignación de puntaje). En cada Escuela Superior de Formación de Maestras/os y Unidades Académicas se realizará la asignación de puntajes específicos a cada uno

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de los criterios definidos en las cuatro dimensiones, en función del Proyecto Sociocomunitario, temas genera-dores y los objetivos del plan anual de la especialidad.

Artículo 20. (Evaluación comunitaria). El equipo de IEPC-PEC evaluará tomando en cuenta el desarrollo integral y holís-tico de los procesos formativos, articulando las diferentes Unidades de Formación de cada año y por especialidad.

Artículo 21. (Evaluación Individual). El o la docente de la Unidad de Formación es responsable de la valoración - evaluación individual en cada una de las especialidades en el marco de las cuatro dimensiones, tomando en cuenta lo planificado en el equipo de la IEPC-PEC.

Artículo 22. (Calificación mínima de aprobación). En la evaluación del proceso formativo de la Unidad de Formación, la calificación mínima de aprobación es de 60 puntos. Por tanto, se consideran aprobados las y los estudiantes que alcancen de 60 a 100 puntos.

Artículo 23. (Promoción). Las y los estudiantes que aprueben el total de las Unidades de Formación programadas en la gestión, son promovidos al curso inmediato superior. En el caso de los estudiantes que reprueben Unidades de Formación, se procederá de acuerdo al artículo 25.

Artículo 24. (Reprobación de Unidades de Formación). Las y los estudiantes que obtengan la calificación igual o menor a 59 puntos, en cualquier Unidad de Formación, se consi-deran que poseen desarrollo insuficiente.

Artículo 25. (Pérdida de año).

I. El o la estudiante que repruebe en tres Unidades de Forma-ción en la primera instancia pierde el año o dos Unidades de

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Formación en la evaluación de segunda instancia, pierde el año. También pierde el año el o la estudiante que repruebe cualquiera de las Unidades de Formación en arrastre.

II. La pérdida de año inhabilita al o la estudiante para pasar al curso inmediato superior, debiendo previamente repetir todas las Unidades de Formación reprobadas.

Artículo 26. (Segunda instancia).

I. La segunda instancia es la posibilidad que se otorga al o la estudiante de presentarse a rendir una prueba de suficiencia en un máximo de dos Unidades de Formación reprobadas en primera instancia. La segunda instancia permite al o la estudiante, de acuerdo a la calificación que obtenga, aprobar o reprobar aquellas Unidades de Formación en la que rindió la prueba.

II. El puntaje mínimo de habilitación a la evaluación de segunda instancia, es de 45 puntos. La nota de aprobación, en la segunda instancia, es igual o mayor a 60 puntos.

Artículo 27. (Evaluación de segunda instancia). La segunda instancia no tiene previsto procesos de reforzamiento, debido a la naturaleza de las Escuelas Superiores de Formación de Maestros. Por tanto, es responsabilidad del o la estudiante prepararse para la evaluación de esta instancia, que deberá ser tomada por el o la docente de la Unidad de Formación, siete días hábiles, posterior a la publicación de los resultados de la evaluación final.

Artículo 28. (Arrastre). La no aprobación de una Unidad de Formación en segunda instancia posibilita el arrastre de la misma.

Artículo 29. (Definición de Arrastre). El arrastre es una instancia que otorga, a la o el estudiante, la oportunidad de cursar en el año inmediato superior la Unidad de

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Formación reprobada en segunda instancia. El arrastre no perjudica que el o la estudiante curse la totalidad de las Unidades de Formación de la gestión académica inmediata superior siempre y cuando las Unidades de Formación reprobadas no se constituyan en prerrequisito.

Artículo 30. (Prerrequisito). Se entiende por prerrequisito la secuencia y continuidad de una Unidad de Formación con la siguiente, dentro del Espacio de Formación General o Especializada, según establezcan las Mallas Curriculares de la especialidad.

Artículo 31. (Obligatoriedad de aprobación del arrastre). El o la estudiante debe aprobar en la gestión la o las Unidades de Formación de arrastre para pasar al curso inmediato superior; en caso de reprobación, se producirá la pérdida de año.

Artículo 32. (Modalidades de arrastre). Con el fin de garantizar una educación de calidad basada en un proceso formativo pertinente y relevante, se establecen dos modalidades de arrastre:

a. Modalidad de arrastre con clases presenciales. En esta modalidad de arrastre el o la estudiante tiene la obligatoriedad de asistir a clases, cuando exista el curso inmediato inferior.

b. Modalidad de arrastre por tutoría. Es aplicable para estudiantes que cuando no se cumpla el mínimo requerido de estudiantes para la constitución de un curso en la Unidad de Formación respectiva. En esta modalidad la Dirección Académica de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros realizará la programación correspondiente y el seguimiento respectivo.

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Artículo 33. (Tutoría). La tutoría es el acompañamiento personali-zado efectuado por un o una docente a la formación de los y las estudiantes que cursan Unidades de Formación de arrastre. Se constituye en una modalidad de arrastre extraordinario aplicable sólo a los y las estudiantes que, por la no apertura de los primeros cursos en las gestiones que se dieren en todas las Escuelas Superiores y Unida-des Académicas formadoras de maestras y maestros del Estado Plurinacional de Bolivia, no tienen curso inme-diato inferior o cuando no se cumpla el mínimo requeri-do de estudiantes en la Unidad de Formación respectiva del curso inmediato inferior.

Artículo 34. (Características de las tutorías). La organización, seguimiento y control de las tutorías estará a cargo de la Dirección y/o coordinación Académica y se efectuará en cumplimiento de las siguientes características:

a. Se asignará a docentes de la Unidad de Formación General y/o especialidad.

b. Se constituirán con un máximo de 10 estudiantes por docente, quien deberá efectuar una planificación que contenga: • Selección y organización de los contenidos a ser

abordados.• Actividades o estrategias de aprendizaje – enseñanza,

vinculadas a Proyectos y/o temas generadores.• Recursoseducativos.• Evaluacióndelprocesoformativo.

c. Deberán cumplir un 80% de los contenidos programados y un 50% de la carga horaria establecida en la malla.

Artículo 35. (Obligatoriedad de participación en las activida-des programadas para las tutorías). Por las carac-terísticas especiales que tiene la tutoría, se establece que los y las estudiantes que tengan arrastres bajo esta

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modalidad deberán participar obligatoriamente en las sesiones de seguimiento y control de acuerdo a lo pro-gramado.

Constituye un requisito para la aprobación de la Unidad de Formación en arrastre bajo la modalidad por tutoría, la asistencia a las sesiones u otras formas de seguimiento y control en un porcentaje mínimo del 85% de las actividades definidas por el docente tutor.

Artículo 36. (De la reprobación de la Unidad de Formación de arrastre). Si el o la estudiante reprueba la Unidad de Formación de arrastre cualquiera sea la modalidad, pierde el año en la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas automáti-camente.

Artículo 37. (Aprobación del perfil del trabajo de grado). Las/los estudiantes que no tengan aprobado su perfil de trabajo de grado en la modalidad de graduación elegida no podrá inscribirse a quinto año de formación.

Artículo 38. (Asistencia obligatoria). Por la naturaleza del Enfoque y el Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo, se establece que la asistencia de los y las estudiantes a las diferentes actividades de desarrollo curricular en las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros es obligatoria.

Constituye un requisito para la aprobación de la Unidad de Formación la asistencia en un porcentaje mínimo del 85% de días de clases/taller programados y trabajados en la gestión.

Artículo 39. (Entrega de documentos). El o la Maestra de la Unidad de Formación, una vez corregidos los trabajos o pruebas,

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obligatoriamente deberán devolver al o la estudiante el original para su verificación. Una vez verificado, el o la estudiante entregará el examen para fines de control y archivo a la docente.

Artículo 40. (Certificado de calificaciones). El o la estudiante podrá solicitar la otorgación de Certificado de calificaciones, a la conclusión de cada gestión. La Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas deberán entregar al o a la estudiante en un plazo no mayor a 20 días hábiles después de concluir la gestión correspondiente, con la reposición de costos según lo establecido en los valorados.

Artículo 41. (Pérdida de matrícula). La pérdida de matrícula impli-ca perder todos los derechos y obligaciones que confiere la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maes-tros y Unidades Académicas al o la estudiante, dejando de ser estudiante regular.

Los y las estudiantes pierden matrícula en el caso de pérdida de dos gestiones continuas o discontinuas.

CapÍTULO VIde la comunicación y publicación de resultados

del proceso Formativo

Artículo 42. (Comunicación de evaluación de proceso). Los resultados de la evaluación de proceso de las Unidades de Formación y la IEPC-PEC deberán ser comunicados de manera permanente y publicados por las/os docentes de las ESFM y UA en el plazo máximo de 48 horas siguientes a la aplicación de las pruebas y/o trabajos. Asimismo, el o la docente debe enviar, en el plazo establecido, una copia impresa y digital a la Dirección Académica y otra copia a Kardex.

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Artículo 43. (Comunicación de resultados finales). Los resultados finales de los procesos de evaluación de las Unidades de Formación y la IEPC-PEC deberán ser publicados por las los docentes de las ESFM y UA en el plazo máximo de 72 horas siguientes a la aplicación de las pruebas y/o pre-sentación de productos finales. Asimismo, el o la docente debe enviar, en el plazo establecido, una copia impresa y digital a la Dirección Académica y otra copia a Kardex.

Artículo 44. (Entrega de documentos por Unidad de Formación). Los equipos de la IEPC – PEC y de docentes una vez corregidos las pruebas y/o trabajos, obligatoriamente deben, en un plazo no mayor a 48 horas, devolver al o la estudiante el original para su verificación. Una vez verificado, el o la estudiante devuelve las evidencias de evaluación al equipo. En caso de alguna observación justificada por el o la estudiante, el docente deberá rectificar la calificación.

Artículo 45. (Entrega de documentos comunitarios). El equipo de IEPC – PEC y docentes una vez corregidas las pruebas y/o productos finales, obligatoriamente debe, en un plazo no mayor a 72 horas, devolver al o la estudiante el original para su verificación. Una vez verificado, el o la estudiante devuelve las evidencias de evaluación al equipo.

CapÍTULO VII de los niveles de responsabilidad, Funciones y obliGaciones

artículo 46. (De los Niveles de Responsabilidad). Son niveles de responsabilidad del proceso de evaluación:

a. Interna, la Dirección y/o Coordinación Académica, el equipo de docentes de la IEPC-PEC y estudiantes de las

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Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas.

b. Externa, el docente guía y/o facilitador de la Unidad Educativa de los subsistemas Regular, Alternativa y Especial, y el representante de la comunidad.

Artículo 47. (De la Dirección y/o Coordinación Académica). Es la instancia responsable de la planificación, organización, ejecución, seguimiento y acompañamiento de la evaluación del proceso formativo en la etapa inicial - diagnostica, procesual – formativa y de producto - resultados, en las ESFM y UA.

Sus funciones son:

a. Planificar los procesos de evaluación regidos por el princi-pio de continuidad.

b. Visar la planificación, elaboración y aplicación de los instrumentos de evaluación presentados por el equipo de la IEPC- PEC y velar por su cumplimiento.

c. Realizar seguimiento y acompañamiento a la ejecución de la evaluación de acuerdo a los objetivos, características y procesos evaluativos enunciados en el presente Reglamento.

d. Resolver los reclamos y apelaciones de las y los estudiantes sobre su evaluación del proceso formativo de acuerdo al presente Reglamento.

e. Resolver, en caso de apelación, los reclamos fundamentados de las y los estudiantes que presentaren a consideración de la Comisión de Apelación.

f. Organizar, las Comisiones de Apelación que se consideren necesarias para resolver en instancia de apelación los casos fundamentados solicitados por las y los estudiantes.

g. Firmar con los miembros de la Comisión de Apelación las resoluciones de apelaciones para incorporar al historial académico del o de la estudiante.

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h. Garantizar la comunicación y publicación de los resultados de la evaluación del proceso formativo en los plazos establecidos.

i. Verificar y garantizar que el certificado de calificaciones sea entregado al o la estudiante en un lapso no mayor de 20 días hábiles, una vez, finalizada la gestión académica a solicitud del interesado.

Artículo 48. (Del equipo de la IEPC-PEC). El equipo de la IEPC-PEC de las ESFMs y UAs son responsables directos de la evaluación del proceso formativo, asumiendo los objetivos, características, métodos, técnicas e instrumentos de evaluación propuestos en el presente Reglamento de acuerdo al Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo.

Su función es:

a. Informar oportunamente a las y los estudiantes el sistema de evaluación a implementarse, en estricta relación con lo dispuesto en el presente Reglamento y las normas comple-mentarias establecidas (Reglamento de la IEPC-PEC).

b. Planificar, elaborar y aplicar los métodos de evaluación del proceso formativo y velar por su cumplimiento.

c. Diseñar, elaborar y aplicar técnicas e instrumentos de evaluación del proceso formativo de acuerdo a criterios de objetividad, confiabilidad, validez, transparencia e imparcialidad, en concordancia con las estrategias y criterios establecidos por el equipo de la IEPC – PEC.

d. Socializar las técnicas e instrumentos de evaluación a las respectivas instancias definidas en el plan de la IEPC – PEC.

e. Orientar y realizar los ajustes necesarios en la elaboración de los instrumentos de evaluación para la aplicación de los mismos de manera contextualizada y pertinente.

f. Recoger, centralizar y sistematizar la información del proceso evaluativo de cada estudiante, por el docente y el equipo de la IEPC-PEC.

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g. Realizar seguimiento y acompañamiento a la ejecución de la evaluación de acuerdo a los objetivos, características y procesos evaluativos enunciados por el equipo IEPC - PEC.

h. Recibir y absolver las consultas y/o reclamos de las y los estudiantes sobre el proceso evaluativo, antes del procesamiento de los Registros.

i. Publicar los resultados de evaluación en todas sus fases, en lugares y condiciones que garanticen el acceso a dicha información por parte de las y los estudiantes.

j. Desarrollar acciones de retroalimentación permanente del proceso formativo de acuerdo a los resultados obtenidos por el estudiante en el proceso de evaluación.

k. Presentar a las instancias correspondientes el Registro de Asistencia y Evaluaciones sin errores ni enmiendas y debidamente firmados, según el cronograma establecido en el Calendario Académico de la ESFM y UA.

Artículo 49. (Responsabilidad del o la docente de Unidad de For-mación). Es la o el responsable de la planificación, or-ganización, ejecución, seguimiento y acompañamiento de la evaluación del proceso formativo en la etapa inicial - diagnostica, procesual – formativa y de producto – re-sultados. Por la naturaleza formativa Sociocomunitario Productivo y las actividades integrales y holísticas de la formación de maestras y maestros, el acompañamiento docente a la IEPC-PEC es de carácter obligatorio en el 100% de las jornadas planificadas, programadas y defi-nidas al inicio de gestión por el equipo de la IEPC-PEC.

Artículo 50. (Responsabilidades del o la docente guía de la Unidad Educativa, Centros de Educación Alternativa y Centro de Educación Especial).

I. La y/o el docente guía de la Unidad Educativa y Centros de Educación Alternativa y Especial de los Subsistemas Regular, Alternativa y Especial, tiene responsabilidad plena

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en la evaluación de los estudiantes en lo que se refiere a los ámbitos de su competencia definidas en la IEPC – PEC y su reglamento procedimental.

II. El/la docente guía llena los registros y formularios de calificación emanados del equipo de la IEPC – PEC para cada uno de las y los estudiantes que estén bajo su tuición. Además adjunta un informe circunstanciado sobre el desempeño de cada uno de las y los estudiantes.

Artículo 51. (Responsabilidades del Representante de la Comunidad). El o la representante de la comunidad realiza informes sobre el proceso de la IEPC – PEC en el ámbito de la comunidad a la que representa y llena los instrumentos de seguimiento que le sean entregados.

CapÍTULO VIIIde los derechos, deberes y sanciones

Artículo 52. (Derechos de las y los estudiantes). Son derechos de las y los estudiantes durante el proceso de evaluación:

a. Conocer, plena e íntegramente, el presente reglamento.b. Ser comunicados, al inicio de las actividades lectivas de

cada año, sobre los alcances, características, procedimientos e instrumentos que se utilizarán en las evaluaciones de cada Unidad de Formación y la IEPC- PEC.

c. Ser evaluados de acuerdo a lo establecido por el presente Reglamento.

d. Ser informados continua y oportunamente sobre los resultados obtenidos.

e. Solicitar, en caso de que el o la estudiante no hubiera podido participar en alguna evaluación presencial, al o la docente, en un plazo no mayor a 72 horas y previa justificación, la reprogramación de la evaluación

f. Acceder a evaluación de segunda instancia, de acuerdo a lo previsto en el presente Reglamento.

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g. Apelar los resultados de la evaluación, cuando considere que la misma no es justa, debidamente justificada y respal-dada.

Artículo 53. (Deberes de las y los estudiantes). Son deberes de las y los estudiantes, en relación con el proceso de evaluación:

a. Cumplir estrictamente con las disposiciones contenidas en el presente Reglamento.

b. Presentarse a las actividades de evaluación debidamente preparados y en las fechas programadas y/o consignadas en la programación en cada Unidad de Formación y la IEPC – PEC.

c. Cumplir con las orientaciones y recomendaciones que formulen las y los docentes de acuerdo a las deficiencias y limitaciones que se detecten, en aras de un mejor desarrollo de su proceso formativo.

d. Recabar oportunamente su certificado de notas del año académico.

e. Participar en los procesos de formación y actividades comunitarias con responsabilidad.

f. Cursar y aprobar todas las Unidades de Formación progra-madas en cada una de las gestiones.

Artículo 54. (Asistencia obligatoria en la IEPC y PEC en la comunidad). Por la naturaleza formativa sociocomunitaria productiva y las actividades integrales y holísticas de la formación de maestras y maestros, la asistencia de estudiantes y docentes a éstas es de carácter obligatoria en el 100% de las jornadas planificadas, programadas y definidas al inicio de gestión por el equipo de la IEPC-PEC. Se otorgará el permiso correspondiente sólo en casos excepciones (embarazos, accidentes, cirugías y otros) con respaldo documentado.

Artículo 55. (Faltas y Sanciones para las y los estudiantes). Las y los estudiantes que incurrieren en faltas, durante el

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proceso formativo, serán pasibles a sanciones, según la tipificación de faltas establecidas en el Reglamento correspondiente, disposiciones legales en vigencia y el reglamento procedimental de la IEPC - PEC.

Artículo 56. (Faltas y Sanciones para las y los docentes). Las y los docentes que incurrieran en faltas comprobadas emergentes del proceso formativo, serán sometidos a proceso disciplinario de acuerdo al reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio en vigencia y el reglamento procedimental de la IEPC - PEC.

CapÍTULO IXde los reclamos y la apelación

Artículo 57. (Apelación). La apelación es el recurso que permite al o la estudiante presentar a la Dirección y/o Coordinación Académica la objeción de los resultados sobre la evaluación del proceso formativo considerados injustos para el análisis, ratificación, modificación o revocatoria y que no fueron resueltos por el equipo de la IEPC - PEC.

Artículo 58. (Primera Instancia ). El equipo de la IEPC Y PEC re-solverá la objeción fundamentada presentada por escrito por él o la estudiante en el plazo de 48 horas después de haber recibido la solicitud.

Artículo 59. (Plazo de Apelación). Las y los estudiantes podrán apelar ante la Dirección y/ o Coordinación Académica, en un plazo no mayor a los tres días hábiles de haber conocido oficialmente los resultados de la evaluación, siempre y cuando existan observaciones de fondo y debidamente fundamentadas.

Artículo 60. (Comisión de Apelación). La Dirección y o Coordinación Académica de las ESFM y UAs

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conformarán la comisión de apelación con carácter especial y de actuación pública. La Comisión de Apelación estará conformada por:

a. Director/a o Coordinador/a Académico/a o el/la Coordina-dor de la IEPC-PEC como presidente

b. Dos maestros o maestras del equipo de la IEPC – PEC de la especialidad, con derecho a voz y voto.

c. Dos representantes de estudiantes, uno de la especialidad y otro de la Federación de Estudiantes, ambos con derecho a voz y voto.

Los cinco integrantes de la Comisión de Apelación deben estar exentos de problemas anteriores con él o la estudiante en apelación y no tener vínculos de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad.

Artículo 61. (Atribuciones de la Comisión de Apelación). Conocer la apelación y convocar a las partes involucradas con el propósito de revisar las evaluaciones cuestionadas, para ratificar o modificar la calificación asignada, en un plazo no mayor a 5 días hábiles de haber conocido la apelación.

Artículo 62. (Inapelabilidad). Las decisiones de la Comisión de Apelación son inapelables.

Capítulo XDisposiciones Transitorias y Vigencia

Artículo 63. (Vigencia). El presente reglamento entrará en vigencia a partir de su aprobación y publicación por el Ministerio de Educación.

Artículo 64. (Reglamento Interno). Los Reglamentos Internos de cada ESFM y UA son de carácter complementario y no podrán contravenir al presente Reglamento.

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Artículo 65. (De los aspectos no contemplados). Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento serán regulados por la Dirección General de Formación de Maestros, dependiente del Viceministerio de Educación Superior de Formación Profesional del Ministerio de Educación.

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Modalidades de

Graduación de las

Reglamento de

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397

CapÍTULO Ide las disposiciones Generales

Artículo 1. (Objeto). El presente reglamento establece condiciones, requisitos y normas para la elaboración y defensa del trabajo de grado; conclusión de estudios; certificación de egreso y trámite de extensión del título en provisión nacional, a los que se sujetarán las y los estudiantes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestros y Unidades Académicas del Estado Plurinacional de Bolivia.

Artículo 2. (Alcance). Las disposiciones contenidas en el presente reglamento son de aplicación en las Escuelas Superiores de Formación de Maestros (ESFM) y Unidades Académicas (UA) del Estado Plurinacional de Bolivia.

Artículo 3. (Bases Legales). El presente documento se respalda en las siguientes normas legales:

Ley de la Educación N° 070 “Avelino Siñani - Elizardo Pérez”

D.S. Nº 0156, de Creación del Sistema Plurinacional de Formación de Maestros.

D.S. Nº 1318, de Organización y Funcinamiento del PNP y su Reglamento Operativo.

El Currículo Base del Sistema Educativo Plurinacional. El Currículo del Sistema Plurinacional de Formación de

Maestros. Los Lineamientos de la Investigación Educativa y

Producción de Conocimientos (IEPC) - Práctica Educativa Comunitaria (PEC) y su Reglamento.

Reglamento de Evaluación de los Procesos Formativos en las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas.

Las Resoluciones Ministeriales 114/2013 y 130/2013

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CapÍTULO IIde la deFinición y modalidades de Graduación

Artículo 4. (Definición). Son formas bajo las cuales se agrupan las actividades académicas, que tienen por objeto dar prueba de la formación de la o el futuro maes-tro dentro del Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo, así como de las destrezas investigativas propias del nivel académico de Licenciatura y los aportes a la producción de saberes y conocimientos; difieren entre sí por sus características, énfasis en aspectos teóricos y prácticos, o en la metodología empleada.

Artículo 5. (Modalidades de Graduación). Se reconocen cuatro modalidades de graduación:

a. Tesis Educativa Comunitaria de gradob. Proyecto socio-comunitario productivoc. Sistematización de experiencias educativasd. Proyecto de fortalecimiento a programas regionales del

sector educativo

Artículo 6. (Características).

a. Asumen la forma comunitaria de elaboración y socialización del trabajo de grado, porque el proceso formativo comunitario es esencia del modelo Educativo Sociocomunitario Productivo, según la Ley de Educación Avelino Siñani - Elizardo Pérez.

b. Los temas del trabajo de grado deben responder a las problemáticas y las necesidades macro a las que responde el Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo:i Emancipación de la dependencia económicaii Revalorización y reconstitución de los saberes y

conocimientos de los pueblos indígena originarios.

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iii Superación de la condición colonial y neocolonial en la educación

iv Ruptura con la educación cognitivista y desarraigada.c. Propician la reflexión dialógica comunitaria entre

las comunidades y los equipos conformados para el desarrollo del trabajo de grado vinculando los problemas socioeducativos de las comunidades con los procesos de educación socio-crítica.

d. Las modalidades se basan en procesos de investigación socio crítica y comunitaria.

e. Las modalidades de graduación se desarrollan y socializan en Equipos Comunitarios del Trabajo de Grado (ECTG).

f. Las modalidades de graduación se implementarán en función al contexto institucional de la ESFM (s) y UA(s) y la definición del tema del trabajo de grado responde a un proceso de reflexión colectiva de estudiantes, maestras/os y la comunidad, que se desarrolla durante el proceso formativo con la IEPC-PEC.

Artículo 7. (La organización de los equipos comunitarios del trabajo de grado).

I. El número de componentes del Equipo Comunitario de Trabajo de Grado (ECTG) es variable, pudiendo estar conformado por 2 ó 3 estudiantes; aspecto que depende de la temática, complejidad, participación de estudiantes de diferentes especialidades y otros relacionados con el trabajo por desarrollar.

II. Los ECTGs pueden ser conformados de manera interdisciplinaria (dentro de la misma especialidad) o interespecialidad (de distintas especialidades).

III. El Equipo Comunitario de Trabajo de Grado (ECTG) podrá estar conformado por 2 estudiantes de la misma especialidad o de distintas especialidades.

IV. El número de componentes del Equipo Comunitario de Trabajo de Grado (ECTG) estará conformado por 3

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estudiantes cuando por lo menos uno de sus integrantes sea de una especialidad distinta. También, los tres integrantes pueden ser de diferentes especialidades.

V. El ECTG, se conforma en 4to. año de formación, previa a la planificación, presentación y defensa del perfil del trabajo de grado.

VI. Las y los estudiantes para ser considerados como miembros efectivos del ECTG, tienen la obligación de desarrollar de forma comunitaria todas las etapas del perfil del trabajo de grado y del informe final.

VII. La o el estudiante que quedase al margen del trabajo co-munitario del ECTG, por inasistencias o irresponsabilidad, queda postergado en el desarrollo del trabajo de grado hasta la siguiente gestión, en la que conformará un nuevo ECTG.

Artículo 8. (De las etapas del trabajo de grado). El trabajo de grado se desarrolla en cuatro etapas:

a. Elaboración del perfil del trabajo de gradob. Ejecución del trabajo de gradoc. Redacción del informe finald. Socialización comunitaria y pública de los resultados

Artículo 9. (Elección de la modalidad de graduación).

I. Las y los estudiantes eligen una de las modalidades de graduación en 3er. año de formación.

II. Las y los estudiantes desarrollan el perfil de modalidad de graduación durante el 4to. año de formación.

III. La responsabilidad de levantar el registro de la opción elegida por las y los estudiantes es de los docentes de Investigación Educativa y Producción de Conocimientos, quienes elevarán un informe a la Coordinación y el equipo de la IEPC-PEC. La coordinación y el equipo de la IEPC-PEC deberán coadyuvar y acompañar el desarrollo y conclusión de la modalidad de graduación.

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IV. En la Carpeta de IEPC-PEC, debe quedar registrada la modalidad de graduación y la conformación del Equipo Comunitario de Trabajo de Grado.

V. De acuerdo a lo establecido en el Reglamento operativo del Decreto Supremo Nº 1318, las y los estudiantes que de forma voluntaria y no remunerada participen en procesos de alfabetización y post-alfabetización, podrán articular dicha experiencia a las siguientes modalidades de graduación:• Sistematizacióndeexperienciaseducativas• Proyectode fortalecimiento aprogramas regionalesdel

sector educativo

Artículo 10. (Del tiempo). La elaboración del trabajo de grado se desarrollará desde el cuarto año hasta el quinto de formación.

CapÍTULO IIIde la tesis educativa comunitaria de Grado

Artículo 11. (Definición). La tesis de grado es una investigación de carácter comunitario y científico, sostenido en el paradigma socio-crítico, que aporta al conocimiento de un problema de la educación boliviana en el marco de las especialidades de la formación inicial de maestras y maestros.

Artículo 12. (Etapas). Las etapas del proceso de elaboración de la tesis de grado son:

a. Perfil de la tesis de gradob. Ejecución del proceso investigativoc. Redacción del informe de la tesisd. Socialización comunitaria pública

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Artículo 13. (El perfil de la tesis de grado).

I. El perfil de tesis de grado se desarrolla en cuarto año de formación y en el contexto de los procesos de IEPC-PEC.

II. Los componentes básicos del perfil de tesis son: • Introducción(Descripcióndelcontexto,constitucióndel

equipo comunitario, tema de investigación y objetivo/s)• Planificacióndela investigacióneducativa(Descripción

y focalización de la situación problemática, planificación del diagnóstico, pregunta/s de investigación, método)

• Cronogramadeactividades• Bibliografía

III. La aprobación del perfil de tesis de grado por el equipo de la IEPC-PEC de la especialidad o las especialidades es prerrequisito y condición habilitante para la promoción al quinto año de formación (en concordancia con el Art. 37 del Reglamento de Evaluación del Proceso Formativo en las ESFMs y UAs).

Artículo 14. (La ejecución del proceso investigativo).

I. La ejecución del proceso investigativo se realiza durante el quinto año de formación y bajo el acompañamiento y orientaciones del equipo comunitario de especialidad.

II. La evaluación de esta etapa se realiza sobre el informe de tesis, según el régimen de evaluación y calificación prescrito por el presente reglamento y está a cargo del equipo comunitario de especialidad.

III. La aprobación de esta etapa es condición para la promoción del quinto año de formación.

Artículo 15. (Estructura del informe final1). La estructura del informe final es la siguiente:

1. La presente estructura es referencial, en este proceso no existe una receta pero si debe respetarse un orden en la presentación del informe.

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1. INTRODUCCIÓN1.1. Descripción del contexto (Realidad: histórico, social,

geográfico, cultural y lingüístico, productivo de la comunidad)

1.2. Constitución del equipo comunitario1.3. Tema de investigación1.4. Objetivos

2. PLANIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN2.1. Focalización y descripción de la situación problemática2.2. Diagnóstico de la situación (colonialidad con mirada

crítica)• Preguntasdeinvestigación• Objetivos• Áreadeanálisis

2.3. Planificación de la acción (cronograma)

3. FUNDAMENTACIÓN METODOLÓGICA3.1. Enfoque metodológico3.2. Tipo y procedimientos de investigación3.3. Técnicas e instrumentos

4. DESARROLLO DE LA ACCIÓN4.1. Organización del trabajo en equipo4.2. Puesta en marcha de la acción4.3. Recogida de la información 4.4. Organización de la información4.5. Análisis e interpretación de la información

5. SOCIALIZACIÓN DE LOS RESULTADOS5.1. Aportes vinculados a la práctica e innovación pedagó-

gica5.2. Aportes vinculados a la comunidad5.3. Aporte teórico en la producción de conocimientos5.4. Valorización de los saberes y conocimientos

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6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONESConclusionesRecomendaciones

BIBLIOGRÁFIA

ANEXOS

Las citas, notas, cuadros, referencias bibliográficas y otras, se realizan según documento adjunto al presente reglamento.

Artículo 16. (La socialización comunitaria y pública de la tesis de grado). La socialización de la tesis de grado es de carác-ter comunitaria y pública; se evalúa y califica según las normas establecidas en el presente reglamento.

CapÍTULO IVdel proyecto sociocomunitario productivo

Artículo 17. (Definición). El proyecto sociocomunitario producti-vo es un conjunto de acciones planificadas para con-seguir una meta previamente establecida de manera comunitaria. Todo proyecto, posee una estructura di-vidida en fases que permiten alcanzar la meta u objeti-vo establecido. En los procesos formativos, el proyecto sociocomunitario productivo es considerado un tra-bajo de grado de carácter comunitario que genera un proceso dinámico, participativo y de consenso con los actores de la comunidad, orientado a la transforma-ción de la realidad y a dar respuestas a las necesidades, problemáticas y actividades productivas del contexto, vinculadas con las especialidades de la formación ini-cial de maestras y maestros.

Artículo 18. (Etapas). Las etapas del proceso de elaboración del proyecto sociocomunitario productivo son:

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a. Perfil del proyectob. Ejecución del proceso investigativoc. Redacción del informe del proyectod. Socialización comunitaria pública

Artículo 19. (Estructura perfil). La estructura del perfil del Proyecto Sociocomunitario Productivo es la siguiente:

1. INTRODUCCIÓN1.1. Descripción del contexto 1.2. Aproximación a la realidad socioeducativa (Diagnósti-

co de necesidades)1.3. Priorización de necesidad, interés o problemática.1.4. Información y análisis (Fundamentación del problema

desde la teoría y los saberes de la comunidad)1.5. Validación de la información con los actores sociales o

comunidad y toma de decisiones del tema del proyecto1.6. Conformación de equipo comunitario

2. PLANTEAMIENTO DEL PROYECTO

2.1. Denominación del proyecto 2.2. Planteamiento y formulación del problema2.3. Marco Lógico o estructura 2.4. Objetivo (s)2.5. Relevancia educativa y comunitaria 2.6. Productos esperados 2.7. Plan de acción: Actividades y tareas (En gestión: comu-

nitaria, institucional y de aula/taller)2.8. Definición de la estrategia/s técnicas e instrumentos2.9. Asignación de responsabilidades2.10. Recursos materiales y económicos 2.11. Cronograma

Artículo 20. (La ejecución del proceso investigativo).

I. La ejecución del proceso investigativo se realiza durante el quinto año de formación y bajo el acompañamiento y

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orientaciones del equipo comunitario de la especialidad o las especialidades.

II. La evaluación de esta etapa se realiza sobre el informe del proyecto, según el régimen de evaluación y calificación prescrito por el presente reglamento y está a cargo del equipo comunitario de especialidad o especialidades.

III. La aprobación de esta etapa es condición para la promoción del quinto año de formación.

Artículo 21. (Estructura del informe final2). La estructura del informe de los proyectos Sociocomunitarios productivos es la siguiente:

1. INTRODUCCIÓN1.1. Descripción del contexto 1.2. Aproximación a la realidad socioeducativa1.3. Información y discusión 1.4. Validación de la información con los actores sociales o

comunidad1.5. Toma de decisiones del tema del proyecto 1.6. Conformación de equipo comunitario

2. PLANTEAMIENTO DEL PROYECTO2.1. Denominación del proyecto 2.2. Objetivo holístico2.3. Relevancia educativa y comunitaria 2.4. Productos esperados2.5. Actividades y tareas 2.6. Definición de la estrategia/s técnicas e instrumentos 2.7. Asignación de responsabilidades 2.8. Recursos materiales y económicos 2.9. Cronograma

2. La presente estructura es referencial, en este proceso no existe una receta pero si debe respetarse un orden en la presentación del informe.

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3. DESARROLLO DEL PROYECTO Y RESULTADOS3.1. Puesta en marcha de la planificación 3.2. Acopio de la información del proceso de ejecución3.3. Organización y valoración de los resultados de la

información3.4. Informe de resultados del proyecto

4. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES4.1. Conclusiones4.2. Recomendaciones

BIBLIOGRÁFIA

ANEXOSLas citas, notas, cuadros, referencias bibliográficas y otras, se realizan según documento adjunto al presente reglamento.

Artículo 22. (La socialización comunitaria pública). La socialización del Proyecto Sociocomunitario Productivo es de carácter público; se evalúa y califica según las normas establecidas en el presente reglamento.

CapITULO Vde la sistematización de experiencias educativas

Artículo 23. (Definición). La sistematización de experiencias es un proceso investigativo de interpretación crítica, acumulativa, permanente, cuya esencia es la producción de nuevos conocimientos a partir del desarrollo socioeducativo comunitario, productivo e innovador de una o varias experiencias desarrolladas por actores de la comunidad educativa (docentes guía, estudiantes, comunidad y otros) en un tiempo y contextos determinados, y relacionados con las especialidades de la formación inicial de maestras y maestros.

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Artículo 24. (Etapas). Las etapas del proceso de elaboración de la sistematización de experiencias son:

I. Perfil de la sistematización de experienciasII. Ejecución del proceso de sistematizaciónIII. Redacción del informe de la sistematización de experienciasIV. Socialización comunitaria pública

Artículo 25. (El perfil de la sistematización de experiencias edu-cativas).

I. El perfil de sistematización de experiencias se desarrolla en el cuarto año de formación y en el contexto de los procesos de IEPC-PEC y del Plan Estratégico Institucional Comunitario.

II. Los componentes básicos del perfil de la sistematización de experiencias son: • Introducción (Descripción del contexto, constitución

del equipo comunitario, tema de sistematización, objeto de sistematización, enfoque de la sistematización, ejes de la sistematización, relevancia de la sistematización y objetivos)

• Planificaciónymetodologíadelasistematizacióndeex-periencias (Actividades preparatorias: sensibilización, motivación, capacitación y empoderamiento del propó-sito de la sistematización), asignación de roles y tareas de los actores, técnicas e Instrumentos, materiales y equipos

• Cronogramadeactividades• Socializaciónyaprobacióndelplan• Bibliografía

III. La aprobación del perfil de sistematización de experiencias por el equipo comunitario de especialidad, es prerrequisi-to y condición habilitante para la promoción al quinto año de formación (en concordancia con el Art. 37 del Regla-mento de Evaluación del Proceso Formativo en las ESFM y UA).

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Artículo 26. (La ejecución del proceso de sistematización).

I. La ejecución del proceso de sistematización se realiza du-rante el quinto año de formación y bajo el acompañamiento y orientaciones del equipo comunitario de la especialidad o las especialidades.

II. La evaluación de esta etapa se realiza sobre el informe de la sistematización de experiencias, según el régimen de evaluación y calificación prescrito por el presente reglamento y está a cargo del equipo comunitario de especialidad.

III. La aprobación de esta etapa es condición para la promoción del quinto año de formación.

Artículo 27. (Estructura del informe final3). La estructura del informe final de la Sistematización de Experiencias es la siguiente:

1. INTRODUCCIÓN1.1. Antecedentes. Referentes práctico – teóricos de la

sistematización.1.2. Descripción del contexto1.3. Constitución del equipo comunitario de sistematiza-

ción1.4. Objeto de sistematización1.5. Enfoque de la sistematización (socio comunitario

productivo)1.6. Ejes de la sistematización. 1.7. Importancia / relevancia de la sistematización1.8. Objetivos 1.9. Metodología1.10. Síntesis del contenido (documento)

3. La presente estructura es referencial, en este proceso no existe una receta pero si debe respetarse un orden en la presentación del informe.

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2. DESARROLLO DE LA SISTEMATIZACIÓN DE LA EX-PERIENCIA

2.1. Presentación de la experiencia.2.2. Deconstrucción (Descripción analítica de la experien-

cia)2.2.1. Proceso histórico2.2.2. Información relevante

2.3. Introspección (Análisis crítico reflexivo de la experien-cia)

2.4. Lecciones aprendidas2.5. Prospección - Proyección

3. CONCLUSIONES Y SUGERENCIAS

4. SOCIALIZACIÓN Y DIFUSIÓN DE LA SISTEMATIZA-CIÓN DE LA EXPERIENCIA

4.1. Presentación pública del trabajo4.2. Discusión pública.4.3. Aprobación4.4. Publicación

FUENTES DE INFORMACIÓN- Fuente Primaria- Fuente Secundaria

ANEXOSLas citas, notas, cuadros, referencias bibliográficas y otras, se realizan según documento adjunto al presente reglamento.

Artículo 28. (La socialización comunitaria pública). La socialización del Proyecto Sociocomunitario Productivo es de carácter público; se evalúa y califica según las normas establecidas en el presente reglamento.

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CapÍTULO VIproyecto de Fortalecimiento a proGramas reGionales

del sector educativo

Artículo 29. (Definición). El Proyecto de fortalecimiento a programas regionales del sector educativo es un instrumento de gestión participativa que responde a su contexto, orientado a dinamizar la acción educativa en el mismo, a partir de la intervención y apoyo en procesos pedagógicos. La esencia está en el diseño de proyectos educativos sociocomunitarios productivos que estarán estratégicamente articulados al fortalecimiento de programas regionales, con alcance e incidencia en la resolución de las demandas e intereses educativos de la comunidad, preferentemente relacionados con las especialidades de la formación inicial de maestras y maestros.

Artículo 30. (Etapas). Las etapas del proceso de elaboración del Proyecto de fortalecimiento son:

a. Perfil del proyecto de fortalecimiento b. Ejecución del proceso investigativoc. Redacción del informe del proyecto de fortalecimiento d. Socialización comunitaria pública

Artículo 31. (El perfil del Proyecto de fortalecimiento a programas regionales del sector educativo).

I. El perfil de Proyecto de fortalecimiento se desarrolla en el cuarto año de formación y en el contexto de los procesos de la IEPC-PEC y del Plan Estratégico Institucional Comunitario.

II. Los componentes básicos del perfil del proyecto de fortalecimiento son:

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INTRODUCCIÓN

1. DIAGNÓSTICO Y PREPARACIÓN1.1. Descripción del Proyecto de fortalecimiento1.2. Análisis de la situación de ejecución de los

componentes del Proyecto de fortalecimiento1.3. Identificación de las necesidades de fortalecimiento 1.4. Priorización del proyecto a ser fortalecido o

necesidad a ser atendida1.5. Descripción del contexto relacionado con los

proyectos a ser fortalecidos1.6. Información y análisis (Fundamentación del pro-

blema desde la teoría y los saberes de la comunidad)1.7. Documento jurídico y aprobación del proyecto por

la Institución gubernamental o no gubernamental establecida en la región

2. AJUSTE O ELABORACIÓN DE PROYECTOS PRIORIZADOS

2.1. Validación de la información con los actores sociales o comunidad y toma de decisiones del tema del proyecto

2.2. Denominación del proyecto (título)2.3. Objetivo (s)2.4. Relevancia educativa y comunitaria 2.5. Marco Lógico o estructura según la Institución con la

que se trabaje2.6. Conformación de equipo comunitario y asignación de

responsabilidades2.7. Cronograma2.8. Presupuesto2.9. Sistema de evaluación y monitoreo2.10. Fuentes de información

III. La aprobación del perfil del Proyecto de fortalecimiento, elaborado por el equipo comunitario de especialidad/es, es prerrequisito y condición habilitante para la promoción al

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quinto año de formación (en concordancia con el Art. 37 del Reglamento de Evaluación del Proceso Formativo en las ESFMs y UAs).

Artículo 32. (La ejecución del proceso investigativo).

I. La ejecución del proceso investigativo se realiza durante el quinto año de formación y bajo el acompañamiento y orientaciones del equipo comunitario de la especialidad o las especialidades.

II. La evaluación de esta etapa se realiza sobre el informe del Proyecto de fortalecimiento, según el régimen de evaluación y calificación prescrito por el presente reglamento y está a cargo del equipo comunitario de especialidad o especialidades.

III. La aprobación de esta etapa es condición para la promoción del quinto año de formación.

Artículo 33. (Estructura del informe final). La estructura del informe final del Proyecto de fortalecimiento es la siguiente:

DATOS REFERENCIALESIdentificación del proyectoBeneficiarios

INTRODUCCIÓN

1. ETAPA DE PREPARACIÓN, ORGANIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN

1.1. Contexto1.2. Origen y problema abordado1.3. Objetivos específicos y estrategia operativa2. ETAPA DE EJECUCIÓN2.1. Desempeño del Proyecto (elementos programados y

ejecutados)

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3. RESULTADOS E IMPACTOS3.1. Resultados del proyecto y participación de los

beneficiarios3.2. Evaluación y análisis de impacto3.3. Experiencias adquiridas3.4. Conclusiones y recomendaciones

4. FUENTES DE VERIFICACIÓN

ANEXOSAnexo 1 Estado financiero del proyectoAnexo 2 Estado de flujo de fondos del proyecto

Las citas, notas, cuadros, referencias bibliográficas y otras, se realizan según documento adjunto al presente reglamento.

Artículo 34. (La socialización comunitaria pública). La socialización del Proyecto Educativo Sociocomunitario Productivo es de carácter comunitario público; se evalúa y califica según las normas establecidas en el presente reglamento.

Artículo 35. (Proceso de acompañamiento a los ECTGs).

I. Los docentes del equipo de IEPC-PEC de la especialidad están obligados a realizar orientación y acompañamiento a los equipos comunitarios de trabajo de grado.

II. La o el Coordinador de Especialidades y la o el docente de la Unidad de Formación de IEPC, en coordinación con el equipo de especialidad o especialidades, designará al docente acompañante en función del perfil profesional y las responsabilidades académicas de los docentes del equipo de IEPC-PEC.

III. El proceso de acompañamiento a los ECTGs debe ser realizado a lo largo de todas las etapas de las diferentes modalidades de graduación.

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IV. Se reconoce, al menos, una hora semanal de acompañamiento en la carga horaria de la o el docente para el desarrollo responsable de esta actividad.

CapÍTULO VIIevaluación comunitaria del trabajo de Grado

Artículo 36. (Carácter comunitario de la evaluación).

I. La evaluación de las modalidades de egreso se circunscribe bajo la concepción y características del Reglamento de Evaluación del Proceso Formativo en las Escuelas Superiores y Unidades Académicas de Formación de Maestras y Maestros del Estado Plurinacional de Bolivia.

II. Por lo tanto, en razón de la concepción y características, las diversas modalidades, en sus etapas y fases respectivas, son evaluadas por los equipos de IEPC-PEC de especialidad, por los equipos comunitarios conformados por los actores de la IEPC-PEC y por lo equipos comunitarios de evalua-ción.

III. Los equipos comunitarios de evaluación califican los productos, acreditan la promoción a la etapa siguiente y son designados por la autoridad competente de cada ESFM o UAs.

Artículo 37. (Conformación de los equipos comunitarios de eva-luación).

I. Se conforman los siguientes equipos comunitarios para la evaluación de los productos de las modalidades de egreso, en sus diversas etapas:a. El equipo comunitario de la evaluación del perfil de

modalidad de egreso, conformado por 1 docente de la especialidad, 1 docente de formación general y 1 representante de la comunidad o unidad educativa. En caso extraordinario de no contar con el representante

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de la comunidad o unidad educativa, debe participar un docente de investigación.

b. El equipo comunitario de la evaluación del informe final de la modalidad de egreso, por su carácter procesual, está conformado por 2 docentes de la especialidad y 1 docente de formación general.

c. El equipo comunitario de la evaluación de la socialización pública, conformado por 1 docente de la especialidad, 1 docente de formación general, 1 representante de la comunidad y 1 representante de la institución educativa. Los dos últimos se definirán en función de la modalidad del trabajo de grado.

II. El equipo comunitario de evaluación ejercerá sus funciones mínimamente con el 50%más uno de sus miembros.

Artículo 38. (Evaluación del perfil de egreso).

I. El perfil de egreso es evaluado por equipos comunitarios de evaluación, conformados para cada una de las modalidades de egreso.

II. La conformación de los equipos comunitarios de evaluación del perfil son sugeridos por el equipo de IEPC-PEC de cada es-pecialidad y designados por la o el coordinador de IEPC-PEC.

III. Los criterios de evaluación son:a. En la dimensión del ser: la pertinencia y el efecto

transformador de la propuesta respecto los principios, bases y objetivos del Sistema Educativo Plurinacional.

b. En la dimensión del saber: la relación entre práctica, teoría, valoración y producción tanto de los contenidos de la especialidad como de la lógica investigativa.

c. En la dimensión del hacer: la originalidad, inventiva, per-tinencia metodológica e impacto positivo para potenciar los procesos de cambio educativo que se implementan.

d. En la dimensión del decidir: compromiso y recepción positiva por la comunidad y relación propositiva con las tareas educativas y productivas de la comunidad.

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IV. Los equipos comunitarios de evaluación de los perfiles de las diversas modalidades evalúan en base al informe del docente de la Unidad de Formación IEPC IV, el documento presentado por el equipo de proponentes del perfil y la presentación oral del mismo.

V. La decisión de los equipos de evaluación de los perfiles es: o bien aprobación sin observaciones, lo que significa que pasa a la etapa de ejecución; o bien aprobación con correcciones, lo que significa que pasa a segunda instancia; o bien reprobación, lo que significa que debe repetirse en la gestión siguiente la Unidad de Formación IEPC IV.

VI. La decisión final de los equipos comunitarios de evaluación de los perfiles debe consignarse en un acta preparada para el efecto, llenar la ficha de calificación y firmar en la boleta de calificación de la Unidad de Formación IEPC IV.

Artículo 39. (Evaluación del informe final de la modalidad de egreso).

I. Los informes finales de cada equipo comunitario de estudiantes, en cada una de las modalidades de egreso, deben entregarse a la Coordinación de la IEPC-PEC al finalizar el quinto año de formación y en el tiempo que estipulare dicha coordinación.

II. La evaluación consistirá en la lectura de los informes finales realizada por los equipos comunitarios de evaluación de cada una de las modalidades de egreso y designados para el efecto por la coordinación de la IEPC-PEC.

III. Los equipos comunitarios de evaluación emitirán un acta informe detallado y fundamentado de la lectura, donde se consigne la calificación y la aprobación o no, para pasar a la fase de socialización pública4 bajo las siguientes opciones:

4. Se debe aclarar que esta comisión debe orientar el proceso de construc-ción del trabajo final, de forma que se llegue a la socialización con un do-cumento sólido.

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a. Aprobación y su respectiva calificación que habilita pasar a la fase de socialización comunitaria pública

b. Aprobación con correcciones. En este caso debe señalarse con precisión las correcciones y el tiempo estipulado para su realización.

c. Reprobación. En este caso las y los estudiantes deben volver a realizar todo el ciclo de ejecución, repitiendo el quinto año de formación.

IV. Los criterios de evaluación son:a. En la dimensión del ser: Componente crítico y

transformativo respecto de sus fundamentos, efectos prácticos y resultados socioproductivos.

b. En la dimensión del saber: profundidad científica, coherencia y calidad investigativa, actualidad y pertinencia de los saberes respecto del Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo.

c. En la dimensión del hacer: credibilidad investigativa, procesual y de los resultados y manejo adecuado de los lenguajes usados y de las normas de redacción y registro de fuentes.

d. En la dimensión del decidir: compromiso con la comuni-dad y efectos socio productivos en el entorno del trabajo.

Artículo 40. (Evaluación de la socialización comunitaria pública).

I. La evaluación de la socialización comunitaria pública está a cargo de los equipos comunitarios de evaluación designa-dos para cada modalidad de egreso, por la Dirección Acadé-mica a sugerencia de la Coordinación de la IEPC-PEC.

II. El proceso de evaluación de la socialización comunitaria pública tiene los siguientes momentos:a. Exposición oral del equipo comunitario del trabajo de

grado durante 30 minutos.b. Controversia entre el equipo comunitario del trabajo

de grado y los miembros del equipo comunitario de evaluación.

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c. Informe de la calificación al equipo comunitario de trabajo de grado.

Artículo 41. (Responsabilidad del equipo comunitario evalua-dor).

a. Iniciar y cerrar el acto de socialización del trabajo de grado.b. Deliberar de manera reservada y emitir la calificación

final cualitativa y cuantitativa que tendrá el carácter de inapelable, concluido el acto de socialización.

c. Asistir y permanecer durante la socialización del trabajo de grado de forma obligatoria.

d. La elaboración del acta y llenado de las fichas de evaluación son de exclusiva responsabilidad del secretario del Equipo Comunitario Evaluador.

e. Los miembros del Equipo Comunitario Evaluador necesariamente deben firmar el Acta y las planillas de evaluación antes de retirarse de la sala del evento.

f. Solo en casos excepcionales y debidamente justificados el Equipo Comunitario de Evaluación suspenderá el acto de defensa y fijará una nueva fecha dentro del calendario establecido para la gestión.

g. El equipo sesionará por mayoría de sus miembros.h. El equipo comunitario evaluador informará a las y los

estudiantes el resultado final.

Artículo 42. (Criterios de evaluación).

I. Los criterios de evaluación son:a. En la dimensión del ser: Actitud autocrítica, valoración

propositiva del entorno de transformación socioeducativa productiva y correspondencia con el modelo sociocrítico.

b. En la dimensión del saber: exposición pertinente y fundamentada de los saberes de la especialidad y del sustento metodológico propio de la modalidad de egreso asumida.

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c. En la dimensión del hacer: calidad, fidelidad y creatividad de los recursos, medios y lenguajes utilizados en la exposición. Practicidad y resultados concretos sobre la realidad intervenida.

d. En la dimensión del decidir: asunciones político educativas liberadoras, descolonizantes y de compromiso con el mundo de vida de la comunidad.

II. En concordancia con el Reglamento de Evaluación del Proceso Formativo de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas, los puntajes asignados a cada una de las dimensiones corresponde al 25% sobre 100.

Dimensión Ser Saber Hacer Decidir Total

Puntaje 25 25 25 25 100

Artículo 43. (Escala de calificación).

I. La nota final alcanzada por los postulantes será valorada de acuerdo a la siguiente escala:

Puntaje Valoración Observaciones

Hasta 59 puntos Insuficiente Reprobado y/o postergado

De 60 a 69 Suficiente Aprobado

De 70 a 79 Adecuado Aprobación plena

De 80 a 89 Óptimo Aprobación con felicitaciones

De 90 a 100 Pleno Aprobado con mención honorífica y recomendación de publicación

II. En caso de que los postulantes no logren 60 como nota mínima de aprobación, la condición de postergado

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significa que tienen la opción a una segunda oportunidad para su presentación. Si en la segunda oportunidad no alcanza el puntaje de 60 se considera reprobado y deberán DESARROLLAR Y PRESENTAR una nueva investigación comunitaria COMO ÚLTIMA OPCIÓN.

III. La calificación de la Socialización Comunitaria Pública es de carácter comunitario e individual, se evalúa cada una sobre 100 puntos. El puntaje final es el resultado del promedio de ambas.

Artículo 44. (Carácter inapelable de la calificación de los equipos comunitarios). La calificación de los equipos comunitarios de evaluación en las distintas etapas y diversas modalidades es irrevisable e inapelable y deberá ser realizada en consenso o, en último caso, por promedio entre las calificaciones de los miembros presentes en la sesión de evaluación.

CapÍTULO VIIIpresentación Formal del trabajo de Grado

artículo 45. (Uso de las lenguas).

I. En el informe final del trabajo de grado, se podrá hacer uso de una de las lenguas oficiales del Estado Plurinacional de Bolivia de acuerdo al contexto y las lenguas que se impartieron en la ESFM y UA.

II. Si el trabajo de grado se presenta en lengua castellana el resu-men ejecutivo se redactará en lengua originaria y viceversa.

III. La redacción del trabajo deberá utilizar lenguaje claro, adecuado y preciso.

artículo 46. (Extensión del trabajo de grado).

I. En las cuatro modalidades de graduación, por tratarse de investigaciones cualitativas, no presentan exigencia de la cantidad de hojas de mínimo ni máximo, por esta razón la

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extensión de páginas del informe final del trabajo de grado podría estar en el margen de 50 a 70 páginas substanciales, sin considerar índice y anexos.

II. Los cuadros, tablas, gráficos, figuras y otros complementa-rios que tengan directa relación con el tema del trabajo de investigación son considerados anexos.

Artículo 47. (Formatos de presentación). El informe final del trabajo de grado debe ser presentado en formato de texto escrito, texto virtual y, tomando en cuenta las características específicas de cada modalidad de graduación y la especialidad, otro formato alternativo.

Artículo 48. (Aspectos formales del informe final escrito).

I. El formato escrito para presentación del informe final del trabajo de grado se encuentra en el (Anexo 1). El mismo puede ser adecuado en cada as ESFM(s) y UAs en correspondencia con la especialidad.

II. El sistema de citas, notas, cuadros, referencias bibliográficas y otros se encuentra establecido en el Anexo 2 del presente reglamento.

CapÍTULO IXsocialización comunitaria pública del trabajo de Grado

Artículo 49. (Requisitos). Para habilitarse a la socialización pública las o los postulantes deberán cumplir y presentar los siguientes requisitos:

a. Informe final del Equipo Comunitario de Evaluación del trabajo final

b. Certificado de aprobación del Taller Complementario de Lengua Originaria

c. Historial académico en el que se verifique el cumplimiento del Plan de Estudios

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d. Certificado de no adeudo por prestamos de libros otorgado por la biblioteca y equipo de bienes - servicios y otros.

e. Formulario de solicitud de trámite interno.

Artículo 50. (Formularios y valores). Las y los estudiantes deben adquirir los siguientes formularios y valores:

I. Formulario de solicitud de trámite interno 2 Bs.-

II. Derecho a defensa de la modalidad de graduación elegida:a) Primera Opción 100 Bs.-b) Segunda Opción 200 Bs.-c) Tercera Opción 300 Bs.-

III. Historial académico 30 Bs.-

IV. Certificado de no adeudo 5 Bs.-

V. Carátula de Defensa Pública del Trabajo de Grado (3 ejemplares) 15 Bs.-

Artículo 51. (Procedimientos administrativos previos al egreso). Las y los estudiantes seguirán los procedimientos administrativos establecidos en la normativa interna de cada ESFM y UA.

CapÍTULO Xextensión del diploma académico

Artículo 52. (Obtención del grado académico). Para acceder al grado académico de MAESTRA O MAESTRO CON GRADO ACADÉMICO DE LICENCIATURA en las diferentes especialidades el o la estudiante deberá haber concluido satisfactoriamente los planes de estudios correspondientes, cumplir con una de las

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modalidades de graduación y con todos los requisitos establecidos; además de realizar los trámites previos correspondientes.

Artículo 53. (Diploma académico). El Diploma Académico será otorgado por la Escuela Superior de Formación de Maestros del Estado Plurinacional de Bolivia a la conclusión del plan de estudios y la aprobación de la modalidad de graduación respectiva.

Artículo 54. (Descripción del diploma académico). Se otorga el Diploma Académico de acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 114/2013 y 130/2013.

Artículo 55. (Rótulo del diploma académico).

Maestra (o) de Educación (con especificación de la especialidad)

Grado académico: Licenciatura

Artículo 56. (Requisitos). Los requisitos que habilitan a las y los estudiantes para la extensión del Diploma Académico son:

a. Acta de la aprobación de la Socialización del Trabajo de Grado

b. Fotocopia legalizada del Título o Certificado de Bachiller. Para extranjeros el documento equivalente, visado por el Cónsul de Bolivia en el país de origen.

c. Resolución Académicad. Certificado de nacimiento actualizado. Original y fotoco-

pia. Para extranjeros, el documento equivalente visado por el Cónsul de Bolivia en el país de origen.

e. Carnet de identidad. Fotocopiaf. 3 fotografías 3x4 con fondo rojo

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Artículo 57. (Procedimientos administrativos para la obtención del Diploma Académico). Las y los estudiantes seguirán los procedimientos administrativos de acuerdo a lo siguiente:

a. Para la obtención del Diploma académico se solicitará mediante FORMULARIO DE SOLICITUD VALORADO, dirigido a Dirección Académica de la ESFM, acompañando los requisitos establecidos en el Art.56 del presente reglamento.

b. Dirección académica. Es la responsable de emitir las resolu-ciones académicas de extensión del Diploma Académico.

Artículo 58. (Valores para la obtención del diploma académico). Las y los egresados deberán realizar el pago de los siguientes valores:

Formato valorado del Diploma Académico 100 Bs

Formulario de trámite interno 2 Bs

Total 102 Bs

CapÍTULO XItrámite de extensión del título en provisión nacional

Artículo 59. (Trámite del título en provisión nacional). El Título en Provisión Nacional es el documento oficial otorgado por el Ministerio de Educación a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia, previo cumplimiento de los requisitos establecidos para el efecto.

Artículo 60. (Rótulo del título en provisión nacional). De acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Educación del Estado Plurinacional de Bolivia y en conformidad con

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la Resolución Ministerial Nº 114/2013 y 130/2013 es:

Maestra (o) de Educación (con especificación de la especialidad)

Grado académico: Licenciatura

CapÍTULO XIIdisposiciones transitorias

Artículo 61. (Vigencia). El presente reglamento entrará en vigencia a partir de su aprobación y publicación por el Ministerio de Educación.

Artículo 62 . (Reglamento Interno). Los Reglamentos Internos de cada ESFM y UA son de carácter complementario y no podrán contravenir al presente Reglamento.

Artículo 63. (De los aspectos no contemplados). Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento serán regulados por la Dirección General de Formación de Maestros, dependiente del Viceministerio de Educación Superior de Formación Profesional del Ministerio de Educación.

ANEXO 1

ASPECTOS FORMALES PARA LA PRESENTACIÓN DEL TRA-BAJO DE GRADO EN FORMATO ESCRITO

1. La letra a usarse en los informes finales es Arial 112. El espacio interlineal es uno y medio 1,53. El tamaño de la hoja carta4. Los márgenes de cada hoja tamaño carta deberán ser los

siguientes:• Margensuperior2,5cm.

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• Margeninferior2,5cm.• Margenderecho2,5cm.• Margenizquierdode3.5cm.

5. La carátula deberá tener las siguientes características:

PARTE SUPERIOR CENTRADO

Nombre de la Escuela Superior de Formación de Maestros (Letra Grande Nº 18)Nombre de la Unidad Académica (Letra mediana Nº 16)Logo de la ESFM en el lado izquierdo

PARTE MEDIA CENTRADO

Título del trabajo de grado (Letra Nº 14 y mayúscula)

Modalidad de graduación (Ejemplo: “Tesis de grado presentada para optar el Título de Maestra/o con grado de Licenciatura en Educación Primaria Comunitaria Vocacional” Letra Nº 12)

Nombre de la/el postulante (Letra Nº 12)

PARTE INFERIOR CENTRADO

Lugar, mes y año (Letra Nº 12)

6. La numeración de páginas debe ser en la parte central e inferior. La numeración de dedicatorias, agradecimientos, resumen e índice debe ser en números romanos y la del cuerpo principal, desde introducción hasta bibliografía, es en números arábigos. Los anexos no tienen numeración de página, se indica solamente, el número de anexo que corresponde.

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ANEXO 2

EL SISTEMA DE: (citas, notas, cuadros, referencia bibliográfica, etc.)

Para la presentación formal del trabajo de grado se deben conside-rar las normas APA y los propuestos por el Programa de Investiga-ción Estratégica en Bolivia PIEB.

Ejemplos de las Normas APA

Los siguientes son algunos de los usos más frecuentes de las Normas APA en la redacción de Trabajos de Grado:

Citas dentro del texto

Al citar un trabajo que tiene un solo autor, se usa el apellido y el año de publicación dentro de paréntesis y separado por una coma.

Ej.: En un reciente estudio acerca del impacto de la industria de la telenovela en Latinoamérica (Mazziotti, 1996) se dice que…

Si ya se ha indicado el nombre del autor en el texto se usa tan solo el año de publicación dentro de paréntesis.

Ej.: Nora Mazziotti (1996) afirma que en América Latina…

Si se cita un trabajo con dos autores, hay que nombrar ambos autores cada vez que la referencia aparezca en el texto.

Ej.: La soledad está inversamente relacionada con la competen-cia comunicativa (Reinking & Bell, 1991)

Si el trabajo tiene menos de seis autores, es necesario nombrarlos a todos la primera vez y las siguientes veces se usa sólo el nombre del primer autor seguido de “et al.” Y el año

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Ej.: Los comportamientos indeseables dentro del aula de clase han sido estudiados (Kearney, Plax, Hays, & Ivey, 1991)

Los comportamientos indeseables en el aula son tres: incompe-tencia, indolencia y irreverencia (Kearney et al., 1991)

Si el trabajo tiene más de seis autores, se usa tan solo el apellido del primer autor seguido de “et al.” y el año.

Ej.: La aprehensión de la comunicación tiene muchas ramifica-ciones (Beltrán et al., 1981)

Si se incluye una cita textual o se está hablando de una parte específi-ca de la fuente, se pone(n) el(los) número(s) de página después del año.

Ej.: “La falta de éxito en la carrera podría bajar el valor del hombre en las relaciones de trabajo” (Pinto & Marín, 1991: 368).

Referencias de material publicado, películas y comunicaciones orales

Artículo de enciclopedia

Begman, P. G. (1993). Relatividad. En La nueva enciclopedia Británica (Vol. 26, pp. 501-508). Chicago: Enciclopedia Británica.

Si el artículo no tiene autor la referencia comenzará con el nombre del artículo seguido por la fecha de publicación entre paréntesis.

Artículo de periódico con un autor y paginado discontinuo

Gómez, A. (1993, Septiembre 30). El Personismo y las nuevas tecnologías de la comunicación. Página 7, pp. A1, A2.

Si un artículo no tiene autor hay que comenzar la referencia con el título del artículo y la fecha de publicación.

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Artículo de revista o publicación periódica

Forma básica

Autor/Editor. (Año de publicación). Título del artículo: Subtítulo del artículo. Nombre de la revista o publicación periódica, Volumen, (Número), páginas.

Un solo autor

Lacayo, R. (22 de abril de 1991). Calentamiento Global: Nuevas repercusiones. La Razón, 13, 14.

Dos autores

Torrico, D. W., & Rivero, M. (1991). La investigación de la comunicación: Métodos y técnicas cualitativas. Apuntes comunicacionales, 39 (3), 351-357.

Libro con autor y libro con editores

Forma básica

Autor/Editor. (Fecha de publicación). Título: Subtítulo. (Edición). Lugar de publicación: Editorial.

Libro con un autor

Cornejo, A. H. (1980). La estructura organizacional de una empre-sa. Quito: Tintají.

Artículo con dos autores en un libro editado

Gonzales, T. L., & Brophy, J. E. (1986). Efectos escolares. En M. C. Wittrock (Ed.), Manual de investigación sobre la enseñanza (3era. Ed., pp. 570-602). New York: Macmillan.

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Tesis de doctorado inédita

Wilfley, D. E. (1989). Análisis interpersonal de la bulimia: peso nor-mal y obesos. Tesis de doctorado inédita, University of Missouri, Columbia.

Película

Lehman, E. (Productor), & Nichols, M. (Director). (1966). Quién teme a Virginia Woolf [Película]. Burbank, CA: Warner Brothers.

Video/DVD

Kurosawa, A. (Director). (1950). Rashomon [cassette de video]. Embajada, 1986.

Programa de televisión

Crystal, L. (1993, octubre 11). La hora de las noticias. New York and Washington, DC: Public Broadcasting Service.

Conversaciones personales, cartas, conversaciones, etc. (Fuentes vivas)

Comunicaciones no publicadas no deben ser listadas en las referencias debido a que no pueden ser consultadas por los lectores, por lo cual sólo se nombran en el texto del trabajo que se está realizando. Es necesario incluir al lado de la cita la persona que suministra la información, el medio y la fecha.

Ej.: La pertinencia y gravedad de la situación hacen necesario el uso de medidas extremas de aplicación inmediata. (M. Serrano, conversación telefónica, Junio 29, 2000).

De igual manera se podrá hacer referencia a información obteni-da en conversaciones personales y entrevistas grabadas. Si la infor-

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mación se obtuvo por correo electrónico, se referirá de la siguiente manera:

Ej.: No hay seguridad de que la tendencia se mantenga a lo largo del tiempo. (H. García, comunicación personal, correo-e, Junio 22, 2002).

Material electrónico

World Wide Web (WWW) y textos electrónicos

Pellegrino, Joseph. (1998, 16 de diciembre) Biblioteca mundial de la poesía [Página principal]. Consultado el 4 de octubre de 1999 de la World Wide Web: http://www.english.eku.edu/pellegrino/default.htm

Bryant, P. (1999). Biodiversidad y conversación. [Libro en línea]. Consultado el 4 de octubre de 1999 de la World Wide Web: http://darwin.bio.uci.edu/~ sustain/bio65/Titlpage.htm

•Escribir“SinFecha”cuandolafechanoestédisponible.

Publicación periódica

Kutner, L. A. (1994). Los curanderos de las profundidades [Resumen], American Health, 5 (11), [Online]. Disponible: OCLC FirstSearch/MEDLINE/95-1847365 [1995, junio 13].

Archivos de video y de audio

Edwards, J. y Lowery, J. (Productores y directores). (s.f.) Medita-ción [Video en línea]. Disponible: http://www.spiritweb.org/Spirit/audiovideo-archive-topic-yoga.html [Consulta: 1998, Febrero 20].

US Enviromental Protection Agency. (1997). Ozono: Doble problema [Video en línea]. Disponible: http://www.epa.gov/oar/oaqps/ozvideo/ozone288full.htm [Consulta: 1998, Febrero 21].

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NASA. (1997). Reunión informativa sobre la fase III del proyecto de prueba de existencia de vida Lunar-mars [Audio en línea]. Disponi-ble: http://www.nasa.gov/sts-85/images/ [Consulta: 1998, Marzo 2].

Fotografías y representaciones gráficas

Ministerio del Ambiente. Servicio Autónomo de Geografía y Cartografía Nacional (1995). Mapa físico de la República de Venezuela [Mapa a escala 1:600.000]. Caracas: Autor.

Pillsbury, H. y Johns, M. (1988). Sinusitis [Serie de 54 Diapositivas con guía]. Washington, DC: American Academy of Otolaryngology.

González, F. (1997). Vivienda piaroa [Fotografía]. En Atlas Práctico de Venezuela: Amazonas (No. 2, p. 9). Caracas: El Nacional/Cartografía Nacional.

Objetos artísticos, tecnológicos y culturales

Van Gogh, V. (1888). Entrada a los jardines públicos en Arles [Pintura]. New York: Metropolitan Museum of Art.

Barrios, A. (1952). Mural [Mosaico]. Caracas: Universidad Central de Venezuela.

Cirigliano, Z. y Morales, M. (Coords.). (1997). Apoyos para la enseñanza en matemáticas y ciencias naturales en la Primera Etapa de Educación Básica. [Materiales y juegos educativos]. (Disponible: Departamento de Educación Integral, Escuela de Educación, Universidad Católica Andrés Bello, Caracas).

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PARTICIPACIÓN EN LA ELABORACIÓN DEL COMPENDIO NORMATIVOPARA LAS ESCUELAS SUPERIORES DE FORMACIÓN DE MAESTRAS Y MAESTROS

FECHA/LUGAR ACTIVIDADES* PARTICIPANTES

18-19/11/09Cocha-bamba

Taller de Organización de Normati-vas para las ESFM/UA

Directivos de las ESFM/UA, equipo técnico del M.E.

7-9/07/10Cocha-bamba

Taller de Construcción de Instru-mentos Normativos para la Gestión Educativa en las ESFM/UA

27 Directores Académicos de las ESFM/UA, equipo técnico del M.E.

20-21/04/11Cochabamba

Taller de Socialización y Validación del Marco Normativo del Sistema Anualizado de las ESFM/UA

Directores académicos, delegados de estudiantes y FEFOMs de cada ESFM/UA, equipo técnico del M.E.

02/07/11Cocha-bamba

Taller de Socialización del Currícu-lo con Estudiantes Representantes de las ESFM/UA

Docentes, estudiantes de las ESFM/UA, equipo técnico del M.E.

14-16/08/11Tarija Taller Elaboración del PEIC

Directivos, Confederaciones de Maestros y Estudiantes de cada ESFM/UA, equipo técnico del M.E.

18-20/09/2012 Tarija

Taller de Gestión Institucional Comunitaria: Definición del Marco Normativo

Directores de las ESFM/UA, CTEUB, CONMERB, CEFOM-B, equipo técnico del M.E.

9-11/09/2012 Cocha-bamba

Encuentro Nacional para la Pre-sentación del Marco Normativo para las ESFM/UAs (Compendio Normativo para la Formación Inicial de Maestras y Maestros)

Directivos de las ESFM/UA, CE-FOM- B,CTEUB, CONMERB, equipo técnico del M.E.

11-13/04/13 La Paz

Taller de Socialización de Regla-mentos con la CEFOM-B (regla-mentos académicos y de gestión)

CEFOM-B, Federaciones de es-tudiantes de todas las ESFM/UA, equipo técnico del M.E.

2-3/05/13 La Paz

Taller de Socialización de los Reglamentos para las ESFM/UA

Directivos de las ESFM/UA, equipo técnico del M.E.

03/05/13La Paz

Remisión del Reglamento de Evaluación en el proceso formativo y Reglamento para la aplicación de la Práctica Educativa Comunitaria

Dirección Ejecutiva de la CEFOM – B, equipo técnico del M.E.

2-6/05/13Cocha-bamba

Taller de aplicabilidad de la IEPC-PEC con relación a la normativa vigente (Reglamento ajustado)Reglamento de las modalidades de graduación

Docentes de la IEPC-PEC, Direc-tores Académicos, Coordinadores, equipo técnico del M.E.

31/05/13La Paz

Reunión de socialización y ajustes al Marco Normativo de las ESFM/UA

CEFOM – B, equipo técnico del M.E.

* Principales actividades de socialización y participación en la construcción de lanormativa para las ESFM (no incluye intercambio de correspondencia ni reuniones).

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