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Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

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ÍNDICE

1. MARCO REGULATORIO ............................................................ 6

1.1. ESQUEMA NORMATIVO MERCADO DE VALORES

COLOMBIANO ...................................................................................... 6

1.1.1. RESUMEN ESQUEMA NORMATIVO – MERCADO DE

VALORES COLOMBIANO Y REGIMEN DE INVERSIÓN EXTRANJERA. 6

1.1.2. NORMAS APLICABLES A LA INVERSIÓN EXTRANJERA EN

COLOMBIA ................................................................................................. 11

1.1.2.1. DECRETO 2080 DE 2000 – RÉGIMEN DE INVERSIÓN

EXTRANJERA .......................................................................................... 11

1.1.2.2. CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN 83 .......... 13

1.2. ESTRUCTURA DE SUPERVISIÓN Y REGULACIÓN EN EL

MERCADO COLOMBIANO ................................................................ 15

1.2.1. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ............. 15

1.2.2. BANCO DE LA REPÚBLICA – BRC (BANCO CENTRAL

COLOMBIANO) .......................................................................................... 16

1.2.3. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA – SFC 17

1.2.4. AUTORREGULADOR DEL MERCADO DE VALORES – AMV

18

2. INFRAESTRUCTURA DEL MERCADO DE VALORES

EN COLOMBIA................................................................................ 20

2.1. RESUMEN INFRAESTRUCTURA DEL MERCADO DE VALORES

EN COLOMBIA ..................................................................................... 20

2.2. ENTIDADES DE INFRAESTRUCUTURA DEL MERCADO ................ 21

2.2.1. BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA S.A. – BVC ................ 21

2.2.2. INFOVALMER PROVEEDOR DE PRECIOS PARA

VALORACIÓN S.A. ..................................................................................... 25

2.2.3. SET ICAP FX S.A. ....................................................................... 27

2.2.4. DERIVEX ..................................................................................... 28

2.2.5. DECEVAL .................................................................................... 29

2.2.6. BANCO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA – BRC ............. 32

2.2.7. CAMARA DE RIESGO CENTRAL DE CONTRAPARTE DE

COLOMBIA –CRCC .................................................................................... 36

2.2.8. CÁMARA DE COMPENSACIÓN DE DIVISAS – CCD .......... 37

3. MERCADO DE CAPITALES EN COLOMBIA Y

VEHICULOS DE INVERSIÓN ...................................................... 38

3.1 MERCADO DE RENTA VARIABLE ..................................................... 38

3.1.1 MERCADO LOCAL DE RENTA VARIABLE ................................. 38

3.1.2. MERCADO GLOBAL COLOMBIANO ...................................... 51

3.2. MERCADO DE RENTA FIJA .................................................................... 55

3.3 MERCADO DE DERIVADOS ............................................................... 68

3.3.1. MERCADO DE DERIVADOS FINANCIEROS ESTANDARIZADOS

...................................................................................................................... 68

3.3.2. MERCADO DE DERIVADOS SOBRE COMMODITIES

ENERGÉTICOS............................................................................................. 85

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3.4. MERCADO DE DIVISAS ..................................................................... 89

3.5. MERCADO INTEGRADO LATINOAMERICANO – MILA..................... 92

3.6. VEHÍCULOS DE INVERSIÓN EN EL MERCADO COLOMBIANO ....... 95

3.6.1. FONDOS DE INVERSIÓN COLECTIVA – Collective

Investment Schemes ................................................................................. 95

4. EVENTOS CORPORATIVOS Y POLÍTICAS PARA

INFORMACIÓN RELEVANTE ..................................................... 98

4.1. DERECHOS DE LOS INVERSIONISTAS EN EL MERCADO DE

VALORES Y MECANISMOS PARA EJERCERLOS ............................ 98

4.2. ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS ...................................................... 102

4.3. PRÁCTICAS DE EVENTOS CORPORATIVOS - EC ........................ 104

4.4. POLÍTICAS PARA INFORMACIÓN RELEVANTE Y ESTADOS

FINANCIEROS - EMISORES ............................................................. 108

5. GUÍA PARA EL INVERSIONISTA EXTRANJERO EN

COLOMBIA .....................................................................................111

5.1. PROCESO OPERATIVO DE ACCESO AL MERCADO .................... 111

5.1.1. MODELO DE CUSTODIO GLOBAL ...................................... 111

5.1.2. MODELO CON EL BROKER LOCAL ACTUANDO COMO

CUSTODIO ................................................................................................ 119

5.2. MECANISMOS DE ACCESO A LOS MERCADOS

COLOMBIANOS ................................................................................. 121

5.2.1. ESQUEMA DE ACCESO A LA BVC - DMA ......................... 121

5.2.2. INFORMACIÓN DE MERCADO (Market Data) .................. 123

INFORMACIÓN DE CONTACTO FIRMAS

COMISIONISTAS DE BOLSA LOCALES (BROKERS) ....... 124

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INTRODUCCIÓN

El desarrollo que ha tenido el mercado de valores colombiano

durante los últimos años, unido a la estabilidad macroeconómica y

buenas perspectivas de crecimiento que ha alcanzado el país en

medio de uno de los periodos de crisis más fuertes que han tenido

los mercados internacionales en los últimos tiempos, ha llevado a que

un mayor número de inversionistas internacionales se sientan atraídos

por las oportunidades que el mercado colombiano puede ofrecerles.

Al mismo tiempo, el país ha desarrollado profundas modificaciones

en su marco normativo con el objetivo de adaptarlo a las mejores

prácticas internacionales, y adicionalmente, ha complementado la

infraestructura de los mercados locales, para así poder ofrecer a los

inversionistas locales e internacionales agilidad, eficiencia y seguridad

en el desarrollo de las negociaciones.

La Bolsa de Valores de Colombia – BVC consciente de la necesidad

de promover la inversión internacional en los mercados locales,

desarrolló el documento “Perfil del Mercado Colombiano y Guía

para el Inversionista

Extranjero”. Este documento dirigido a los inversionistas y demás

agentes que participan en los mercados internacionales, pretende

describir de manera completa el mercado de valores colombiano y

los procesos que estos deben llevar a cabo para realizar operaciones

en nuestro mercado.

El documento se encuentra dividido en cinco partes.

En la primera sección se presenta una visión general del marco

regulatorio del mercado de valores y las normas relativas al proceso

de inversión extranjera en Colombia. Además, se ilustra la estructura

de regulación y supervisión del mercado.

En la segunda sección se presenta la infraestructura del mercado de

valores. En particular se realiza una descripción sobre las distintas

entidades que participan en la cadena de valor y los

productos/servicios que cada una ofrece en los distintos mercados.

En la tercera sección se describe a profundidad las características de

cada uno de los mercados que componen el mercado de valores

colombiano: Renta Variable, Renta Fija, Derivados – Financieros y

Energéticos -, Divisas y el Mercado Integrado Latinoamericano -

MILA.

Para cada uno de los mercados mencionados se explican los

productos que se negocian, las operaciones disponibles, los

mecanismos de adjudicación en el mercado primario, y las principales

características de los mercados secundarios (transaccionales y/o

Registro): escenarios, reglas y horarios de negociación, índices de

referencia, entidades participantes, esquemas de liquidez, etc.

Finalmente se describen los procesos de compensación y liquidación

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de operaciones y los modelos de administración de riesgos que se

aplican a todo lo largo el proceso (riesgo de contraparte, riesgo de

liquidez y riesgos de mercado, principalmente).

En el cierre de la tercera sección describe dos de los principales

vehículos de inversión con los cuales cuenta el mercado colombiano:

las carteras colectivas, hoy denominadas Fondos de Inversión

Colectiva y el Fondo Bursátil IShares COLCAP® – este último replica

el comportamiento del índice de referencia del mercado de acciones

colombiano COLCAP.

En la cuarta sección se explican los derechos que consagra la ley

colombiana a los accionistas de las empresas listadas, los mecanismos

para realizar la citación a asambleas generales y los procedimientos

para ejercer el derecho a voto. Adicionalmente, se presentan los tipos

de eventos corporativos, los mecanismos de difusión al mercado y las

políticas para el pago de dividendos e intereses a los inversionistas

según el depósito donde se encuentren custodiados los títulos. Se

describe igualmente las empresas que se encuentran obligadas a

reportar información relevante, los hechos que deben ser reportados

y los mecanismos de divulgación existentes.

En la quinta sección de este documento se especifica el proceso de

alistamiento que deben llevar a cabo los inversionistas internacionales

para iniciar operaciones en el mercado local y las entidades, tanto

locales como externas, que intervienen en este proceso. Además se

explica el flujo operativo que se debe desarrollar al momento de

realizar operaciones de compra y/o venta de valores en el mercado

local.

Por último, se presentan los mecanismos de acceso (Direct Market

Access - DMA-) que se encuentran disponibles para facilitar el

ingreso directo por parte de los inversionistas internacionales a los

mercados administrados por la Bolsa, y los medios a través de los

cuales los inversionistas pueden acceder a la información del

mercado colombiano en línea – DMA.

La Bolsa de Valores de Colombia espera que esta cartilla sea una

herramienta de gran utilidad tanto para los inversionistas extranjeros

como para sus contrapartes locales, y que esta iniciativa se sume a

los planes que se vienen desarrollando desde los distintos ámbitos,

tanto públicos como privados, para lograr un mercado de valores

liquido, integrado a los mercados financieros internacionales y al

servicio del desarrollo del país.

Cualquier inquietud o comentario sobre esta cartilla no dude en

comunicarse con nuestra Oficina de Investigación y Análisis de la BVC

al correo [email protected]

Cordialmente,

Bolsa de Valores de Colombia

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1. MARCO REGULATORIO

1.1. ESQUEMA NORMATIVO MERCADO DE VALORES COLOMBIANO

1.1.1. RESUMEN ESQUEMA NORMATIVO – MERCADO DE VALORES COLOMBIANO Y REGIMEN DE

INVERSIÓN EXTRANJERA

1. Constitución política de

Colombia de 1991

El artículo 189 establece el marco de las atribuciones con el cual el Presidente de la República ejerce la

inspección, vigilancia y control sobre las personas que realicen actividades financiera, bursátil,

aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos

captados del público.

El artículo 371 establece que el Banco de la República ejercerá las funciones de banca central y señala

las funciones básicas del Banco de la República dentro de las cuales se encuentra la de regular la

moneda, los cambios internacionales y el crédito. El artículo 372 establece que la Junta Directiva del

Banco de la República será la autoridad monetaria, cambiaria y crediticia.

Mayor Información:

http://wsp.presidencia.gov.co/Normativa/Documents/ConstitucionPoliticaColombia_20100810.pdf

2. Ley del mercado de valores –

ley 964 de 2005

Esta ley dicta normas generales para el mercado de valores y se señala los objetivos y criterios a los

cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para regular las actividades de manejo, aprovechamiento e

inversión de recursos captados del público que se efectúen mediante el mercado público de valores.

Mayor Información: http://www.secretariasenado.gov.co/

3. Estatuto orgánico del sistema

financiero colombiano

Este estatuto regula las actividades de las entidades del sector financiero y asegurador que se

encuentran bajo la vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, establece las facultades del

gobierno para reglamentar la actividad, contiene el régimen sancionatorio y salvamento de éstas.

Mayor Información:

http://www.superfinanciera.gov.co/Normativa/NormasyReglamentaciones/estatuto.htm

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4. Ley orgánica del Banco de la

República - Ley 31 de 1992

Esta ley establece las normas a las que deberá sujetarse el Banco de la República para el ejercicio de sus

funciones y le otorga facultades al Gobierno Nacional para señalar el régimen de cambio internacional.

Mayor Información: http://www.banrep.gov.co/reglamentacion/

5. Ley marco de cambios

internacionales - ley 9 de 1991

A través de esta ley se dictan normas generales a las que deberá sujetarse el Gobierno Nacional para

regular los cambios internacionales.

Mayor Información: http://www.banrep.gov.co/reglamentacion/rg_regimen8.htm

6. Decreto 2555 de 2010 - decreto

único del mercado de valores

En este decreto se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del

mercado de valores y se dictan otras disposiciones. Este Decreto es objeto de constantes modificaciones

con el fin de ajustarlo a la dinámica propia del mercado de valores

Mayor Información: http://www.minhacienda.gov.co/

7. Decreto 2080 de 2000 -

régimen de inversión extranjera

Este decreto regula en su integridad el régimen de inversiones de capital del exterior en el país

(Inversión Extranjera Directa e Inversión de Portafolio) y el régimen de las inversiones colombianas en el

exterior.

Mayor Información: http://www.minhacienda.gov.co/

8. Decreto 1735 de 1993 A través de este decreto se dictan normas en materia de cambios internacionales.

Mayor Información: http://www.banrep.gov.co/reglamentacion/

9. Resolución Externa 4 de 2009 A través de esta Resolución Externa la Junta Directiva del Banco de la República expide regulaciones en

materia cambiaria (Sistemas de Negociación y Registro de Divisas).

Mayor Información: http://www.banrep.gov.co/normatividad/cambiaria

10. Resolución Externa 8 de 2000 A través de esta Resolución Externa la Junta Directiva del Banco de la República compendia el régimen

de cambios internacionales.

Mayor Información: http://www.banrep.gov.co/normatividad/cambiaria

11. Manual de cambios

internacionales – circular DCIN

–83 - BRC.

Esta circular contiene los procedimientos para efectuar la canalización de las divisas y el registro de la

inversión extranjera - directa y de portafolio – ante el Banco de la República y así mismo el régimen

para las inversiones colombianas en el exterior.

Mayor Información: http://www.banrep.gov.co/normatividad/cambiaria

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12. Circular básica contable y

financiera– circular externa 100

de 1995 - SFC

En esta circular se reúnen los diferentes instructivos que actualmente se encuentran vigentes en materia

prudencial, contable y financiera que no están expresamente reglados en el Plan Único de Cuentas, así

como los requerimientos de información que las entidades vigiladas deben reportar a la

Superintendencia Financiera de Colombia.

Mayor Información: http://www.superfinanciera.gov.co/

13. Circular básica jurídica – circular

externa 029 de 2014 - SFC

Mediante esta circular se reexpidió la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 007 de 1996), actualizando

su contenido con la normatividad y con los pronunciamientos jurisprudenciales vigentes en materia

financiera, aseguradora y del mercado de valores. La Parte III se refiere al Mercado des intermediado y

contiene las instrucciones aplicables a los emisores de valores; a las entidades y actividades del mercado

de valores; así como lo relacionado con el Sistema Integral de Información del Mercado de Valores

(SIMEV) y con los Fondos de Inversión Colectiva (FIC). Esta Circular fue recientemente modificada

mediante Circular Externa No. 14 de 2015.

Mayor Información: http://www.superfinanciera.gov.co/

14. Estatuto Tributario El estatuto tributario compila las reglas sustantivas que rigen diferentes asuntos relacionados con los

impuestos colombianos (por ejemplo ingreso, ganancias de capital e impuestos complementarios,

dividendos, retención en la fuente, etc.) y los procedimientos administrativos relativos a tales impuestos y

retenciones. Mayor información: http://www.secretariasenado.gov.co/

15. Reglamentos sistemas de

negociación, compensación y

liquidación.

MERCADO DE RENTA VARIABLE: Reglamento General de la Bolsa de Valores de Colombia.

Este reglamento contiene las normas generales sobre la inscripción de valores que podrán ser

negociados en los sistemas que administra la Bolsa Valores de Colombia, la vinculación de las sociedades

comisionistas de bolsa y personas vinculadas a estas, así mismo las reglas generales que rigen el

funcionamiento de las operaciones sobre valores de renta variable, su compensación y liquidación

(Cumplimiento), y la forma en que la bolsa hará efectivas las garantías otorgadas para respaldar las

operaciones. Adicionalmente, este reglamento establece las reglas de funcionamiento de los sistemas de

negociación de valores del extranjero.

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MERCADO DE DERIVADOS: Reglamento Mercado de Derivados

Este reglamento establece las normas generales que regulan la negociación de contratos de derivados o

instrumentos financieros derivados (IFD) que tengan la condición de ser estandarizados, además las

normas relativas al registro de operaciones realizadas por fuera del sistema, así mismo las reglas de

admisión de miembros en el mercado previamente autorizados por la Cámara de Riesgo Central de

Contraparte (CRCC).

MERCADO DE RENTA FIJA: Reglamento del Sistema Centralizado de operaciones de

negociación y registro – MEC Mercado Electrónico Colombiano

Este reglamento establece las normas generales sobre la negociación de valores distintos a acciones y

bonos convertibles en acciones inscritos en la Bolsa, en el sistema centralizado de negociación y registro

MEC, establece los procedimiento para el registro de operaciones realizadas por fuera de los sistemas de

negociación de la bolsa (Mercados OTC), la admisión de afiliados al sistema y la inscripción de sus

funcionarios.

Mayor Información:

http://www.bvc.com.co/pps/tibco/portalbvc/Home/Regulacion/Sistemas_Administrados/

COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONES, CUSTODIA Y ADMINISTRACIÓN DE

VALORES:

Reglamento De Operaciones - DECEVAL

Este reglamento regula las relaciones entre el depósito DECEVAL y sus Depositantes Directos,

Depositantes Indirectos y otros depósitos centralizados de valores locales o internacionales, con los

sistemas de negociación o registro y otros sistemas de compensación y liquidación, con motivo de los

contratos que se celebren en desarrollo de los servicios de custodia, administración, compensación,

liquidación y las funciones de certificación sobre los valores anotados en cuenta.

Mayor Información: http://www.deceval.com/

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REGLAMENTO DEL DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES DCV – BANCO DE LA REPÚBLICA

Este reglamento desarrolla las normas generales sobre las actividades de depósito, custodia y

administración de valores mediante anotaciones en cuenta efectuadas como registros electrónicos, así

como la compensación y liquidación de operaciones sobre valores que desarrolla el DCV.

Mayor Información: http://www.banrep.gov.co/reglamentacion/rg_dcv.htm

REGLAMENTO DE LA CAMARA DE RIESGO CENTRAL DE CONTRAPARTE

Este reglamento regula el funcionamiento de la Cámara de Riesgo Central de Contraparte de Colombia

S.A., y del Sistema de Compensación y Liquidación de Operaciones que administra la Cámara. En este se

desarrollan los lineamientos sobre las funciones y las obligaciones de la Cámara, el proceso de

compensación y liquidación de operaciones, las relaciones con los miembros de la Cámara, con los

agentes custodios y agentes de pago y con los terceros. Además se presentan los principios del sistema

de administración de riesgos que administra la Cámara, las garantías, los límites de operación de los

miembros y el procedimiento para el manejo de incumplimientos.

Mayor Información: http://www.camaraderiesgo.com/index.php?option=com_docman&Itemid=84

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1.1.2. NORMAS APLICABLES A LA INVERSIÓN EXTRANJERA EN COLOMBIA

1.1.2.1. DECRETO 2080 DE 2000 – RÉGIMEN DE INVERSIÓN EXTRANJERA

ALCANCE Este decreto constituye el Régimen de Inversiones Internacionales del país y regula en su integridad el régimen de

inversiones de capital del exterior en el país y el régimen de las inversiones colombianas en el exterior. Todas las

disposiciones en materia de inversiones internacionales deberán ceñirse a las prescripciones contenidas en este

decreto, sin perjuicio de lo pactado en los tratados o convenios internacionales vigentes. Se consideran como

inversiones internacionales sujetas a este decreto:

1. Las inversiones de capital del exterior en territorio colombiano incluidas las zonas francas colombianas, por

parte de personas no residentes en Colombia, y

2. Las inversiones realizadas por un residente del país en el extranjero o en zona franca colombiana.

Artículo 2º del Decreto 1735 de 1993 define a los residentes como las personas naturales que habitan en el

territorio colombiano las entidades de derecho público, las personas jurídicas, incluidas las entidades sin ánimo de

lucro, que tengan domicilio en Colombia y las sucursales establecidas en el país de sociedades extranjeras. Se

consideran como no residentes las personas naturales que no habitan dentro del territorio nacional, y las personas

jurídicas, incluidas las entidades sin ánimo de lucro que no tengan domicilio dentro del territorio nacional.

Tampoco se consideran residentes los extranjeros cuya permanencia en el territorio nacional no exceda de seis

meses continuos o discontinuos en un período de doce meses.

JERARQUIA

NORMATIVA

Decreto emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Comercio Exterior.

TEMAS QUE

DESARROLLA

Régimen general de las inversiones de capital del exterior en el país

­ Principio de igualdad de trato

­ Definiciones sobre inversiones de capital del exterior

­ Inversionista de capital del exterior.

Modalidades de las inversiones de capital del exterior

Destinación, forma de aprobación y registro de las inversiones de capital del exterior

Derechos cambiarios y otras garantías de las inversiones de capital del exterior

Calificación de inversionistas y empresas

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Solución de controversias, sanciones y controles

Regímenes especiales de las inversiones de capital del exterior

­ Sector financiero

­ Sector de hidrocarburos y minería

Régimen general de la inversión de capital del exterior de portafolio

­ Definición y entidades autorizadas para realizar el rol de Administrador local.

­ Obligaciones de los administradores locales.

Régimen general de las inversiones colombianas en el exterior.

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1.1.2.2. CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN 83

ALCANCE Esta circular contiene los procedimientos para efectuar la canalización de las divisas y el registro de las

inversiones extranjeras directa y de portafolio, inversiones colombianas en el exterior y las inversiones

financieras y en activos en el exterior. Esta circular desarrolla los procedimientos para el registro

obligatorio ante el Banco de la República de Colombia de inversiones extranjeras en Colombia e

inversiones colombianas en el exterior que se deriva del Decreto 1735 de 1993.

JERARQUIA NORMATIVA Circular Reglamentaria emitida por el Banco de la República

TEMAS QUE DESARROLLA

Forma de presentación, diligenciamiento y responsabilidades derivadas a partir de la declaración de

cambio.

Operaciones cambiarias realizadas con el Banco de la República que se exceptúan de la obligación

de presentación de declaración de cambio.

Procedimiento para la canalización de las divisas y el registro de las declaraciones de cambio por

cada una de las siguientes operaciones:

­ Operaciones derivadas de procesos de importaciones y exportaciones de bienes.

­ Operaciones derivadas de endeudamiento externo.

Créditos otorgados por no residentes a residentes – créditos pasivos.

Créditos otorgados por residentes a no residentes – créditos activos.

­ Operaciones de compra o venta de avales y garantías en moneda extranjera.

­ Inversiones internacionales de capital, inversiones financieras e inversiones en activos en el

exterior:

Definición de inversiones internacionales, obligaciones de registro y forma de

canalización de divisas.

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Inversiones de Capital del Exterior en Colombia:

Inversión Directa.

Inversión de Portafolio.

Inversiones colombianas directas en el exterior.

Inversiones colombianas financieras y en activos en el exterior.

Cuentas de compensación en el exterior para residentes: funcionamiento y obligaciones de registro e

información.

Requerimientos sobre las operaciones de cambio generadas por usuarios de zonas francas.

Generalidades sobre operaciones del mercado cambiario.

Formularios, Instructivos y Anexos.

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1.2. ESTRUCTURA DE SUPERVISIÓN Y REGULACIÓN EN EL MERCADO COLOMBIANO

1.2.1. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Dirección Carrera 8 No. 6 – 64 Bogotá D.C

Teléfono (+57 1) 3 81 17 00

Página WEB http://www.minhacienda.gov.co

Funciones Generales Este ministerio coordina la política macroeconómica; define, formula y ejecuta la política fiscal del país;

incide en los sectores económicos, gubernamentales y políticos; y gestiona los recursos públicos de la

Nación, desde la perspectiva presupuestal y financiera, mediante actuaciones transparentes, personal

competente y procesos eficientes, con el fin de propiciar: Las condiciones para el crecimiento económico

sostenible, y la estabilidad y solidez de la economía y del sistema financiero; en pro del fortalecimiento

de las instituciones, el apoyo a la descentralización y el bienestar social de los ciudadanos

Competencia Regulatoria Definir, formular y ejecutar la política económica del país, los planes generales, programas y proyectos

relacionados con ésta, así como la preparación de las leyes y decretos, y la regulación en materia fiscal,

tributaria, aduanera, de crédito público, presupuestal, de tesorería, cooperativa, financiera, cambiaria,

monetaria y crediticia, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a la Junta Directiva del Banco de la

República y las que ejerza a través de organismos adscritos o vinculados para el ejercicio de las

actividades que correspondan a la intervención del estado en las actividades financieras, bursátil,

aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos

del ahorro público y el tesoro nacional de conformidad con la Constitución Política y la Ley.

Particularmente, para el caso de la regulación en materia financiera el Ministerio cuenta con un

organismo del orden nacional, la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera

URF, organismo encargado de la preparación de la normativa para el ejercicio de la facultad de

reglamentación en materia cambiaría, monetaria y crediticia y de las competencias de regulación e

intervención en las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquiera otra relacionada con el

manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público, para su posterior expedición

por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Page 16: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

1.2.2. BANCO DE LA REPÚBLICA – BRC (BANCO CENTRAL COLOMBIANO)

Dirección Carrera 7 No. 14-78, Bogotá D.C

Teléfono (571) 343 1111 de Bogotá

Página WEB http://www.banrep.gov.co

Funciones Generales Emisión de moneda legal

Funciones de crédito del Banco de la República

Banquero de bancos

Funciones cambiarias

Administración de las reservas internacionales

Banquero, agente fiscal y fideicomisario del Gobierno

Promotor del desarrollo científico, cultural y social

Informe de la Junta Directiva al Congreso de la República

Competencia Regulatoria

La Ley 31 de 1992 le atribuye al Banco de la República la función de diseñar y determinar el manejo de

la política cambiaria, de común acuerdo con el Ministro de Hacienda y Crédito Público.

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1.2.3. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA – SFC

Dirección Calle 7ª No. 4-49

Teléfono (571) 5940200 – 5940201

Página WEB http://www.superfinanciera.gov.co/

Funciones Generales

La Superintendencia Financiera de Colombia es un organismo técnico adscrito al Ministerio de

Hacienda y Crédito Público, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio

propio.

La misión de la SFC es preservar la confianza pública y la estabilidad del sistema financiero; mantener

la integridad, la eficiencia y la transparencia del mercado de valores y demás activos financieros; y velar

por el respeto a los derechos de los consumidores financieros y la debida prestación del servicio.

La SFC ejercerá las funciones establecidas en el Decreto 2739 de 1991 y demás normas que la

modifiquen o adicionen, el Decreto 663 de 1993 y demás normas que lo modifiquen o adicionen, la

Ley 964 de 2005 y demás normas que la modifiquen o adicionen, las demás que señalen las normas

vigentes y las que le delegue el Presidente de la República.

Competencia Regulatoria

El Presidente de la República, de acuerdo con la ley, ejercerá a través de la Superintendencia Financiera

de Colombia, la inspección, vigilancia y control sobre las personas que realicen actividades financiera,

bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de

recursos captados del público.

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1.2.4. AUTORREGULADOR DEL MERCADO DE VALORES – AMV

Dirección Calle 72 # 10 - 07 Oficina 1202

Teléfono (+57 1) 607 1010

Página WEB http://www.amvcolombia.org.co/index.php

Funciones Generales El Autorregulador del Mercado de Valores – AMV es una corporación de carácter privado sin ánimo de

lucro, de carácter nacional, que se rige por la Constitución, las normas civiles, la Ley 964 de 2005 y las

normas que la desarrollan, por sus estatutos y reglamentos y por los principios que se aplican a los

organismos de autorregulación. Autorizado por la SFC para actuar como organismo autorregulador.

La autorregulación comprende el ejercicio de las siguientes funciones:

a) Función normativa: Consistente en la adopción de normas para asegurar el correcto funcionamiento

de la actividad de intermediación;

b) Función de supervisión: Consistente en la verificación del cumplimiento de las normas del mercado de

valores y de los reglamentos de autorregulación;

c) Función disciplinaria: Consistente en la imposición de sanciones por el incumplimiento de las normas

del mercado de valores y de los reglamentos de autorregulación.

Es función de AMV proteger los derechos de los inversionistas y fortalecer el capital reputacional de los

miembros adscritos.

Al Autorregulador se deben vincular diferentes personas o entidades relacionadas con el mercado de

valores en alguna de las siguientes calidades de miembros:

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- Miembros: Son las personas jurídicas que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de

Agentes del Mercado de Valores como intermediarios de valores, o las personas naturales que

sean intermediarios de valores debidamente registrados y sean aceptados como miembros por

parte del Autorregulador una vez cumplan con los requisitos establecidos para tal efecto.

- Asociados Voluntariamente: Son aquellas personas que si bien no son intermediarios de valores,

las actividades propias de su objeto y su condición de miembros de sistemas transaccionales o

de registro les exige la obligación de autorregularse.

Competencia Regulatoria AMV desarrolla las actividades normativas, de supervisión y disciplinarias en relación con las actuaciones

de los intermediarios de valores, tanto en los sistemas de negociación como en el mercado mostrador,

así como en relación con las demás actuaciones propias de la actividad de intermediación, incluyendo las

relaciones de los intermediarios con sus clientes, siempre y cuando los intermediarios sean miembros de

AMV.

La Dirección de Regulación de AMV es la encargada de realizar estudios con base en los cuales se

redactan las propuestas normativas que cobijan a los intermediarios de valores. Lo anterior con el fin de

propender por la integridad y calidad del mercado, el cumplimiento de las obligaciones generales de los

intermediarios de valores, la adecuada administración de conflictos de interés de los intermediarios y sus

regímenes de inversiones, el debido cumplimiento de los deberes frente a terceros y/o clientes, así como

para proteger al mercado frente a esquemas defraudatorios como lo son el uso de información

privilegiada, la manipulación del mercado y la implementación de esquemas de estafas entre otros.

Page 20: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

2. INFRAESTRUCTURA DEL MERCADO DE VALORES EN COLOMBIA

2.1. RESUMEN INFRAESTRUCTURA DEL MERCADO DE VALORES EN COLOMBIA

La cadena de valor del mercado colombiano se compone de las entidades, los mercados y los procesos que permiten ofrecer a los

inversionistas locales y extranjeros no residentes: eficiencia y agilidad en la realización de las negociaciones, certeza y trazabilidad en el

proceso de cumplimiento de operaciones y seguridad sobre la custodia de los valores anotados en cada una de sus cuentas.

RENTA VARIABLE RENTA FIJA DIVISAS DERIVADOS

FINANCIEROS

DERIVADOS

ENERGÍA

NEGOCIACIÓN:

Transaccional

Registro - OTC

NO PERMITIDO

COMPENSACIÓN

LIQUIDACIÓN

CUSTODIA

Page 21: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

2.2. ENTIDADES DE INFRAESTRUCUTURA DEL MERCADO1

2.2.1. BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA S.A. – BVC

Fecha de Constitución 3 de Julio de 2001

Dirección Sede Principal Bogotá: Carrera 7 No. 71-21 Torre B Piso 12. Edificio BVC.

Regional Medellín: Carrera. 43A No. 1-50 Local 301, Torre BVC - San Fernando Plaza

Regional Cali: Calle 22 No. 6AN – 24 Edificio Santa Mónica Central, Piso 2, Oficina 203

Teléfono Sede Principal Bogotá: (571) 3139800

Regional Medellín: (574) 3112244

Regional Cali: (572) 6672727

Página Web www.bvc.com.co

Productos Ofrecidos en

el Mercado de Valores

La Bolsa de Valores de Colombia – BVC es una sociedad anónima listada en el mercado de acciones

administrado por esta misma entidad. Su función principal es promover el crecimiento del mercado de

capitales colombiano a través de la consolidación de la infraestructura adecuada para el desarrollo de

los distintos mercados, la generación de nuevos productos, la ampliación de la base de inversionistas y

la vinculación de nuevos emisores al mercado.

1 La Información sobre las entidades distintas a la BVC y sus Controladas – Set Icap FX y Derivex – que se presenta en este documento corresponde a la información pública disponible en la página web de cada entidad.

Page 22: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

PRODUCTOS

MERCADO DE RENTA VARIABLE

Descripción: En este mercado se negocian las acciones locales, acciones del extranjero listadas en la

Bolsa de Valores de Colombia a través del Mercado Global Colombiano (MGC), o aquellas autorizadas

bajo los acuerdos del Mercado Integrado Latinoamericano (MILA), los derechos de suscripción y otros

papeles que por sus características se asemejan a los anteriormente mencionados. Igualmente se

negocian las operaciones de liquidez sobre acciones como son los Repos y los préstamos de valores

(TTV)

Plataforma: X-Stream. Proveedor: NASDAQ OMX.

Para mayor información sobre el mercado de acciones véase numeral 3.1

MERCADO DE RENTA FIJA: MERCADO ELECTRÓNICO COLOMBIANO - MEC

Descripción: El MEC permite la realización de operaciones sobre títulos de deuda pública o deuda

privada y ofrece el mecanismo de registro de operaciones realizadas por fuera del sistema de

negociación (Mercado OTC), celebradas entre las entidades afiliadas al sistema y/o las entidades

afiliadas con terceros no afiliados.

El MEC también ofrece mecanismos para la colocación de valores de renta fija en el mercado primario,

a través de metodologías como subasta holandesa, bookbulding y demandas en firme.

El MEC incorpora los servicios de compensación y liquidación de las operaciones celebradas y/o

registradas, y adicionalmente la administración de las garantías constituidas por parte de los afiliados

para las operaciones que así lo requieran, de acuerdo con la normatividad vigente.

Page 23: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Plataforma: SIOPEL. Proveedor: Mercado Abierto Electrónico – MAE.

Para mayor información el sobre mercado de renta fija véase numeral 3.2

MERCADO DE DERIVADOS

Descripción: La BVC administra el mercado de Instrumentos Financieros Derivados y Productos

Estructurados estandarizados que tengan la calidad de valor y que se encuentren inscritos en el

Sistema, a través del cual, se realiza la negociación y registro de los mismos. Las operaciones sobre

dichos valores son compensadas y liquidadas a través de la Cámara de Riesgo Central de Contraparte

de Colombia (CRCC).

Los Intermediarios deben encontrarse vinculados a la CRCC para poder iniciar operaciones en este

mercado.

Plataforma: X-Stream. Proveedor: Nasdaq OMX.

Para mayor información sobre el mercado de derivados estandarizados véase numeral 3.3.1

SERVICIOS DE ACCESO ELECTRÓNICO - SAE

Descripción: El SAE es un sistema de información en línea especializado. Este servicio permite

entregar la información de órdenes, operaciones, índices y estadísticas de resumen de los mercados

administrados por la BVC.

Page 24: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Adicionalmente el SAE ofrece servicios de ruteo de órdenes hacia los mercados y servicios de

automatización para los procesos de compensación y liquidación de operaciones, y envío a los

depósitos para cumplimiento.

La integración de estos servicios permite a las entidades vinculadas ofrecer a sus clientes mecanismos

de enrutamiento de órdenes E-trading, bajo un esquema de conexión DMA1 o esquema intermediado,

donde el afiliado es el encargado de establecer la conexión entre su tercero y los sistemas

administrados por la BVC.

Clientes Habilitados: Los servicios de información sobre los mercados administrados por la BVC se

ofrecen a entidades internacionales y nacionales, agencias de información y noticias y cualquier otra

entidad interesada un utilizar la información de la BVC.

Los servicios de enrutamiento de órdenes y automatización de procesos son ofrecidos a las entidades

vinculadas a los distintos mercados administrados por la BVC.

Sistema: El SAE basa su funcionamiento en una Arquitectura Orientada a Servicios (SOA). bajo un

protocolo de estándares internacionales denominado FIXML 5.0.

Horarios de Funcionamiento:

Los servicios de información y enrutamiento de órdenes están disponibles en los mismos horarios en

los cuales se encuentran abiertos cada uno de los mercados administrados.

Los servicios de automatización del proceso de compensación, liquidación y cumplimiento de

operaciones se encuentran disponibles entre las 7:00 a.m. y las 10:00 p.m.

Page 25: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

2.2.2. INFOVALMER PROVEEDOR DE PRECIOS PARA VALORACIÓN S.A.

Fecha de Constitución 23 de diciembre de 2010

Dirección Sede Principal Bogotá: Carrera 7 # 71 – 21 Torre B Oficina 403

Teléfono Sede Principal Bogotá: (571) 6070071

Página Web www.infovalmer.com.co

Productos Ofrecidos en

el Mercado de Valores

INFOVALMER provee diariamente información de valoración para más de 45.000 activos financieros

incluyendo: acciones, instrumentos de renta fija local e Internacional, derivados y productos estructurados.

Los precios se calculan mediante la aplicación de metodologías de valoración propias, no objetadas por la

Superintendencia Financiera de Colombia.

PRODUCTOS

RENTA FIJA LOCAL

Descripción: Precios para valoración de todos los instrumentos de renta fija negociados en Colombia.

Incluye información para TES, Bonos, CDTS, Titularizaciones, entre otros.

RENTA FIJA INTERNACIONAL

Descripción: Precios para valoración de instrumentos de renta fija negociados fuera de Colombia.

RENTA VARIABLE LOCAL

Descripción: Precios para valoración del mercado accionario local colombiano, MILA y MGC.

Page 26: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

RENTA VARIABLE INTERNACIONAL

Descripción: Precios para valoración del mercado accionario negociado fuera de Colombia.

DERIVADOS OTC

Descripción: Información para valoración de Swaps, Opciones, Forwards y otros derivados OTC.

PRODUCTOS ESTRUCTURADOS

Descripción: Precios para valoración de notas estructuradas.

VALORACIÓN DE FONDOS DE CAPITAL PRIVADO

Descripción: Precios de valoración para los activos que hacen parte de los fondos de capital privado.

HERRAMIENTA PARA GESTIÓN DE RIESGO

Descripción: plataforma tecnológica para la gestión integral de portafolios que incluye valoración, gestión

y control de riesgos, reportes e integración con sistemas contables.

Page 27: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

2.2.3. SET ICAP FX S.A.

Fecha de Constitución 17 de enero de 2003

Dirección Sede Principal Bogotá: Carrera 11 # 93-46 Oficina 403

Teléfono Sede Principal Bogotá: (571) 7427777

Página Web www.set-fx.com

Productos Ofrecidos en

el Mercado de Valores

SET ICAP FX S.A. es la sociedad que administra el Sistema Electrónico de Transacciones, Registro e Información

del Mercado de Divisas Set-FX y del Sistema Híbrido o Mixto de Negociación y Registro de Operaciones sobre

Divisas ICAPCO-Divisas.

SET ICAP FX S.A. se encarga de promover el mercado cambiario en Colombia y el desarrollo de herramientas de

valor agregado para los agentes participantes.

PRODUCTOS

MERCADO DÓLAR SPOT – NEXT DAY

Descripción: Herramienta para la negociación electrónica y negociación mixta de operaciones de contado

del mercado de divisas Peso-Dólar, con cumplimiento para el mismo día o para los días subsiguientes

(Next Day t+1, t+2 o t+3).

MERCADOS FORWARD

Descripción: Herramienta para la negociación electrónica y negociación mixta de operaciones de

derivados OTC de divisas Peso-Dólar.

Page 28: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

MÓDULO DE REGISTRO DE OPERACIONES DE DIVISAS

Descripción: Herramienta para el registro de operaciones sobre cualquier divisa tanto de contado como

derivados, entre dos Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC) o entre un IMC y sus clientes.

SISTEMAS

SET-FX: Sistema electrónico de negociación, registro e información del mercado de divisas SET-FX.

Proveedor de la plataforma: Datatec.

ICAP-CO DIVISAS: Sistema Híbrido o Mixto de Negociación y Registro de Operaciones sobre Divisas.

Para mayor información sobre el mercado de divisas véase numeral 3.4

2.2.4. DERIVEX

Fecha de Constitución 2 de Junio de 2010

Dirección Sede Principal Bogotá: Carrera 7 No 71-21 Torre B, oficina 403

Teléfono Sede Principal Bogotá: (571) 6074848

Página Web www.derivex.com.co

Productos Ofrecidos en

el Mercado de Valores

Derivex es la sociedad administradora del sistema de negociación de derivados estandarizados de commodities

energéticos, que busca ofrecer al mercado productos de cobertura e inversión sobre dichos derivados.

Page 29: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

PRODUCTOS OFRECIDOS

MERCADO DE FUTUROS SOBRE ELECTRICIDAD

Descripción: Contrato de Futuro sobre electricidad mensual (ELM) y Contrato Mini de Futuro de

Electricidad (ELS).

Plataforma: X-Stream. Proveedor: NASDAQ OMX.

Para mayor información sobre el mercado de derivados sobre commodities energéticos véase

numeral 3.3.2

2.2.5. DECEVAL

Fecha de Constitución 17 de Noviembre de 1992

Dirección Sede Principal Bogotá: Calle 24A # 59 42 Torre 3 Oficina 501

Teléfono Sede Principal Bogotá: (571) 3765460

Página Web www.deceval.com

Productos Ofrecidos en

el Mercado de Valores

Deceval es un Depósito Centralizado de Valores, cuya principal función es recibir en depósito para su custodia,

administración, compensación y liquidación de operaciones, cualquier tipo de valor. En el sistema de depósito en

Colombia cada inversionista tiene una cuenta creada directamente en el depósito, administrada directamente o a

través de un intermediario o depositante directo según el caso.

Page 30: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

PRODUCTOS:

CUSTODIA DE VALORES INSCRITOS EN EL REGISTRO NACIONAL DE VALORES

Descripción: Inmovilización de títulos físicos en bóvedas de alta seguridad, emitiendo una constancia de

depósito, lo que habilita el título para ser negociado en el mercado de valores.

Clientes Habilitados: Los depositantes directos son las entidades vigiladas por la SFC, las entidades

públicas, las entidades emisoras inscritas en el RNVE que hayan celebrado un contrato de depósito con

Deceval.

ADMINISTRACIÓN DE TÍTULOS VALORES

Descripción: Por encargo de los Depositantes directos, Deceval gestiona ante los emisores el cobro de los

rendimientos, del capital o de los dividendos y abona a las cuentas indicadas. Adicionalmente, Deceval

adelanta la suscripción de los derechos preferenciales en nuevas emisiones.

Clientes Habilitados: Depositantes Directos ante Deceval.

ANOTACIÓN EN CUENTA DE LAS TRANSFERENCIAS DE TÍTULOS VALORES EN DEPÓSITO.

Descripción: A partir de la información sobre operaciones transmitida por los sistemas de negociación y

registro, Deceval realiza el cargo y/o abono en las cuentas de sus titulares, aplicando el principio de

anotación en cuenta y adelanta la compensación financiera (entrega contra pago o libre de entrega)

según se disponga.

Clientes Habilitados: Depositantes Directos ante Deceval.

Page 31: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

EMISIONES DESMATERIALIZADAS

Descripción: Deceval custodia el título global representativo de la emisión y realiza el registro de la

misma en cuentas de depósito, además, abona mediante anotación en cuenta las colocaciones

individuales o suscripciones primarias en cabeza de los beneficiarios reales.

Clientes Habilitados: Clientes habilitados como emisores ante el RNVE.

SISTEMA DE REGISTRO OPERACIONES OTC

Descripción: Este sistema permite el registro de las operaciones realizadas entre contrapartes autorizadas

en el mercado OTC.

Clientes Habilitados: Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia que de

acuerdo con su régimen legal, estén autorizadas u obligadas a realizar operaciones a través de sistemas

de negociación y registro de valores y que realicen el proceso de vinculación a este sistema.

AGENCIA NUMERADORA NACIONAL - ANNA

Descripción: La SFC autorizó a Deceval a realizar la función de Agencia Numeradora Nacional mediante

resolución 01832 de octubre 17 de 2006. A partir de esta resolución, el Deceval es la entidad encargada

de controlar y asignar en Colombia el código ISIN y CFI a las emisiones de valores de acuerdo a la

metodología ANNA, las cuales fueron estandarizadas a través de ICONTEC con las normas 4064, 3271 y

5538.

Clientes Habilitados: Clientes habilitados como emisores ante el RNVE.

Page 32: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

2.2.6. BANCO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA – BRC

Fecha de Constitución Mediante la ley 25 de 1923 se creó el Banco de la República.

Dirección Sede Principal Bogotá: Carrera 7 No. 14-78, Bogotá D.C

Teléfono Sede Principal Bogotá: (571) 343 1111

Página Web http://www.banrep.gov.co

Productos Ofrecidos en

el Mercado de Valores

El Banco de la República ofrece al sistema financiero colombiano sistemas de pagos y servicios bancarios a través

de la subgerencia de Operación Bancaria.

PRODUCTOS

SERVICIOS ELECTRÓNICOS DEL BANCO DE LA REPÚBLICA – SEBRA

Los servicios ofrecidos a través del Sistema SEBRA se pueden clasificar en tres categorías:

Operativos

Informativos

Otros

Page 33: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Servicios Operativos

A través del sistema SEBRA los intermediarios financieros tienen acceso a los siguientes servicios:

La transferencia electrónica de fondos.

Las operaciones con títulos del Banco de la República o del Gobierno Nacional a través de DCV.

Operaciones "repo" entre intermediarios financieros.

Operaciones "Repo" del Banco de la República.

Servicio de Cuentas de Depósito.(CUD)

Servicio Electrónico de negociación (SEN).

Compensación electrónica de Cheques (CEDEC)

Compensación Electrónica Nacional Interbancaria (CENIT)

Servicios Informativos

El sistema SEBRA cuenta con servicios informativos que dan acceso a diferentes carteleras donde las áreas del

Banco publican información de interés para el sector financiero, como circulares reglamentarias, resoluciones de la

Junta Directiva, información monetaria, y manuales e instructivos entre otros.

Otros Servicios

El sistema también presta el servicio de transferencia de archivos vía Internet para el intercambio de información

estadística. Actualmente este servicio se utiliza para recibir la información de las declaraciones de cambio que los

intermediarios del mercado cambiario presentan ante el Banco de la República, a través de las cuales se conoce el

comportamiento de las compras y ventas de divisas por los diferentes conceptos y también se utiliza para la

recepción de información estadística para Estudios económicos y Reservas.

Page 34: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

SISTEMA ELECTRÓNICO DE NEGOCIACIÓN – SEN

Descripción: El Sistema Electrónico de Negociación -SEN- es el Sistema de Negociación y de Registro de

Operaciones sobre Valores de deuda pública administrado por el Banco de la República. Entre los productos

ofrecidos se encuentran la negociación y registro de operaciones de compraventa al contado o a plazo,

operaciones de Reporto o Repo, operaciones Simultáneas y operaciones de Transferencia Temporal de

Valores (TTV) con títulos de deuda pública interna o externa.

Para mayor información sobre el sistema SEN véase numeral 3.2 – Mercado Secundario

OPERACIONES DE SUBASTAS EN MERCADO PRIMARIO DE TES CLASE B

Descripción: Es el procedimiento de subasta que se desarrolla entre las entidades habilitadas para participar

en la suscripción primaria de títulos TES clase B y el Banco de la República como administrador de las

emisiones de los mismos.

Para mayor información sobre los mecanismos de colocación deuda pública véase numeral 3.2 –

Mercado Primario

Sistema: Las ofertas de los Agentes Colocadores son recibidas vía sistema SEBRA.

SISTEMA DE CUENTAS DE DEPÓSITO - CUD

Descripción: El Sistema CUD – Cuentas de Depósito, es el sistema de pagos de alto valor del país

administrado y operado por el Banco de la República, que provee a las entidades participantes autorizadas el

servicio de transferencias y registro de operaciones de fondos entre Cuentas de Depósito a nombre propio o

Page 35: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

a nombre de sus clientes, con el fin de liquidar obligaciones derivadas de transacciones tales como la compra

venta de títulos valores, compraventa de divisas, préstamos interbancarios, traslado de impuestos y

compensación de cheques, entre otros.

El Sistema funciona bajo un esquema de liquidación bruta en tiempo real, en el cual las instrucciones de

traslado de dinero y cumplimiento de operaciones se procesan en forma continua a lo largo del día, una a

una (en forma bruta) en el instante mismo en que sean reportadas al Banco de la República y se cumplen

inmediatamente (tiempo real), sujetas a disponibilidad suficiente de saldos en la cuenta de depósito del

agente ordenante.

Horarios: Las transferencias de fondos se pueden realizar entre las 7:30 a.m. y las 8 p.m.

DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES - DCV

Descripción: El Depósito Central de Valores del Banco de la República – DCV, es un sistema diseñado para el

depósito, custodia y administración de títulos valores en forma de registros electrónicos (desmaterializado). El

depósito del Banco de la República puede tener en administración los títulos que emita, garantice o

administre el propio Banco y los valores que constituyan inversiones forzosas o sustitutivas a cargo de las

entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, distintos de

acciones.

El depositante directo es aquella persona jurídica aceptada como titular de cuenta por títulos en posición

propia o en posición de terceros e indirecto aquella persona natural o jurídica aceptada como titular de una

subcuenta, a través de alguno de los depositantes directos.

Horario: Lunes a viernes 7:00 AM a 7:00 PM

Page 36: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

2.2.7. CAMARA DE RIESGO CENTRAL DE CONTRAPARTE DE COLOMBIA –CRCC

Fecha de Constitución 12 de Junio de 2008

Dirección Sede Principal Bogotá: Carrera. 11 No. 71-73 Of. 1201, Bogotá D.C

Teléfono Sede Principal Bogotá: (571) 5953434

Página Web http://www.camaraderiesgo.com/

Productos Ofrecidos en

el Mercado de Valores

La Cámara de Riesgo Central de Contraparte de Colombia es una entidad privada bajo inspección de las SFC

cuyo objeto social principal es la prestación del servicio de compensación como contraparte central de

operaciones, con el propósito de reducir o eliminar los riesgos de incumplimiento de las obligaciones derivadas

de las mismas.

PRODUCTOS

Descripción: Compensación y liquidación como contrapartida central para los siguientes productos:

o Contratos de derivados negociados o registrados a través del Mercado de Derivados que administra la

BVC y el mercado de derivados sobre commodities energéticos que administra Derivex.

Clientes: Las entidades participantes pueden hacer parte de la CRCC S.A bajo cualquiera de las siguientes

modalidades: Miembro Liquidador (General o Individual), Miembro no Liquidador o Terceros.

Para mayor información sobre las modalidades de vinculación a la CRCC véase el numeral 3.3.1 –

CyL de Operaciones

Page 37: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

2.2.8. CÁMARA DE COMPENSACIÓN DE DIVISAS – CCD

Fecha de Constitución 13 de Octubre 2006

Dirección Sede Principal Bogotá: Carrera 7 No 80-49 Of. 503

Teléfono Sede Principal Bogotá: (571) 7421111

Página Web www.camaradivisas.com

Productos Ofrecidos en

el Mercado de Valores

La Cámara de Compensación de Divisas de Colombia S.A. es un administrador de un sistema de compensación y

liquidación de operaciones en moneda extranjera.

PRODUCTOS OFRECIDOS

COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONES SOBRE COP/USD

Descripción: La CCD apoya la compensación y liquidación sin ser contraparte central de las operaciones

cambiarias de contado entre Intermediarios del Mercado Cambiario – IMC, con cumplimiento en T+0, T+1

y T+2, realizadas o registradas en el sistema SET-FX. La CCD administra las garantías constituidas por los

IMCs, realiza la recepción y aceptación de operaciones del mercado cambiario y lleva a cabo la

compensación multilateral de las operaciones a partir del neto de las posiciones de cada uno de los IMCs.

Para la gestión del riesgo de incumplimiento cuenta con proveedores de liquidez y otros anillos de

seguridad.

Para mayor información sobre el proceso de compensación y liquidación desarrollado por la CCD en

el mercado de divisas véase numeral 3.4 – CyL de Operaciones.

Page 38: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

3. MERCADO DE CAPITALES EN COLOMBIA Y VEHICULOS DE INVERSIÓN

3.1 MERCADO DE RENTA VARIABLE

3.1.1 MERCADO LOCAL DE RENTA VARIABLE

Productos Negociados Listado de Productos:

o Acciones ordinarias, preferenciales y privilegiadas (con beneficios temporales adicionales)

o Derechos de suscripción para emisiones primarias

o Fondos Bursátiles (ETF)

Operaciones Habilitadas:

o Compraventas definitivas

o Repos (solo para instrumentos habilitados)

o Transferencia Temporal de Valores

Sistema de Identificación

o ISIN: Código genérico con el que se identifica la especie y sus características financieras

o Nemotécnico: Identificación de la especie en el sistema transaccional

Mercado Primario Mecanismos de Colocación

o Proceso de Ofertas Públicas a precio fijo.

o Proceso de Ofertas Públicas a través de Construcción de Libro de Ofertas (BookBuilding).

o Mecanismo de estabilización de precios (Decreto 2510 de 2014)

Page 39: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Mercado Secundario

-------------------------------

Mercado Transaccional

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

o Escenario de Negociación: Bolsa de Valores de Colombia

o Entidades Habilitadas: Sociedades Comisionistas de Bolsa.

o Metodologías de Negociación:

o Sesiones de Negociación: El sistema de negociación de acciones se encuentra dividido por

Ruedas:

Compraventa Contado:

Instrumentos líquidos:

Desde el segundo domingo en Marzo hasta el primer domingo en Noviembre:

Preparación para la Apertura (8:15 a.m. – 8:30 a.m.) Hora Local

Mercado continuo con control de precios (8:30 a.m. – 2:55 p.m.) Hora Local

Subasta de cierre (2:55 p.m. – 3:00 p.m.) Hora Local

Desde el primer domingo en Noviembre hasta el segundo domingo en Marzo:

Preparación para la Apertura (9:15 a.m. – 9:30 a.m.) Hora Local

Mercado continuo con control de precios (9:30 a.m. – 3:55 p.m.) Hora Local

Subasta de cierre (3:55 p.m. – 4:00 p.m.) Hora Local

Page 40: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Instrumentos no líquidos:

Desde el segundo domingo de Marzo hasta el primer domingo de Noviembre

Subasta de apertura por precio de equilibrio (8:30 a.m. – 9:00 a.m.) Hora Local

Periodo de subastas: (9:00 a.m. – 2:30 p.m.) Hora Local

Durante el periodo de Subastas de realizarán 11 subastas continuas de 29 minutos

con cierre aleatorio de +/- 60 segundos.

Subasta de cierre por precio de equilibrio (2:30 p.m. – 3:00 p.m.) Hora Local

Desde el primer domingo de Marzo hasta el primer domingo de Noviembre

Subasta de apertura por precio de equilibrio (9:30 a.m. – 10:00 a.m.) Hora Local

Periodo de subastas: (10:00 a.m. – 3:30 p.m.) Hora Local

Durante el periodo de Subastas de realizarán 11 subastas continuas de 29 minutos

con cierre aleatorio de +/- 60 segundos.

Subasta de cierre por precio de equilibrio (3:30 p.m. – 4:00 p.m.) Hora Local

Exchange Traded Funds – ETF

Desde el segundo domingo en Marzo hasta el primer domingo en Noviembre:

Preparación para la Apertura (8:15 a.m. – 8:30 a.m.) Hora Local

Mercado continuo sin control de precios (8:30 a.m. – 2:55 p.m.) Hora Local

Subasta de cierre (2:55 p.m. – 3:00 p.m.) Hora Local

Desde el primer domingo en Noviembre hasta el segundo domingo en Marzo:

Preparación para la Apertura (9:15 a.m. – 9:30 a.m.) Hora Local

Mercado continuo sin control de precios (9:30 a.m. – 3:55 p.m.) Hora Local

Subasta de cierre (3:55 p.m. – 4:00 p.m.) Hora Local

Page 41: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Repos:

Desde el segundo domingo en Marzo hasta el primer domingo en Noviembre:

Preparación para la Apertura (8:15 a.m. – 8:30 a.m.) Hora Local

Mercado continuo sin control de precios (8:30 a.m. – 3:00 p.m.) Hora Local

Desde el primer domingo en Noviembre hasta el segundo domingo en Marzo:

Preparación para la Apertura (9:15 a.m. – 9:30 a.m.) Hora Local

Mercado continuo sin control de precios (9:30 a.m. – 4:00 p.m.) Hora Local

Préstamo de valores – TTV’S:

Desde el segundo domingo en Marzo hasta el primer domingo en Noviembre:

Preparación para la Apertura (8:15 a.m. – 8:30 a.m.) Hora Local

Mercado continuo sin control de precios (8:30 a.m. – 6:00 p.m.) Hora Local

Desde el primer domingo en Noviembre hasta el segundo domingo en Marzo:

Preparación para la Apertura (9:15 a.m. – 9:30 a.m.) Hora Local

Mercado continuo con control de precios (9:30 a.m. – 6:00 p.m.) Hora Local

o Criterios de Calce por Sesión y Criterios de Orden en el Libro de la Profundidad:

Sesión de Mercado Continuo: Se aplica la metodología de criterio de calce automático

sobre las mejores órdenes de compra y venta compatibles en el libro público de órdenes,

priorizando ante igualdad en los precios según la orden más antigua.

Sesiones de Subastas: Se aplica la metodología de calce por precio de equilibrio sobre las

órdenes que se mantengan al momento del cierre de las subasta. El precio de equilibrio se

establece en función del nivel o precio que maximice la cantidad adjudicada.

Page 42: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

o Sistemas de Control de Precios – Subastas de Volatilidad: Este mecanismo permite

establecer parámetros para el ingreso de órdenes de acuerdo con unos límites superior e

inferior calculados automáticamente por el sistema de la BVC a partir del precio de

referencia durante la sesión de mercado continuo.

Para el caso de Especies clasificadas como Instrumentos Líquidos, de acuerdo a la

volatilidad existen tres grupos de rangos de precio, así:

Grupo 1: 6.5%

Grupo 2: 7.5%

Grupo 3: 10%

Para el caso de Especies clasificadas como Instrumentos Líquidos, asociadas a otras

condiciones de precio, así:

Grupo 4: 100%

Para el caso de Especies que se negocien en la Rueda Mercado Global Colombiano y Otros

Instrumentos de Renta Variable, el rango será del 10.0%

Las especies clasificadas como instrumentos no líquidos no tienen asignados rangos de

precios.

Precio de Referencia: Es el precio de cierre del día anterior o el precio de adjudicación o

de equilibrio resultante de la última subasta de volatilidad durante el día.

Si durante el mercado continuo se genera una posible operación sobre uno de los límites

(superior o inferior), el sistema suspende temporalmente la negociación del activo y

convoca a una subasta, denominada subasta de volatilidad, para definir el nuevo precio

de referencia para la acción. La subasta de volatilidad tiene una duración de 2 minutos y

medio con cierre aleatorio durante los últimos 30 segundos.

Page 43: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Al cierre de esta subasta, el sistema determina el precio al cual se adjudica la mayor

cantidad de acciones (precio de equilibrio) y este precio se convierte en el nuevo precio de

referencia para el resto de la jornada de negociación, a no ser que se origine una nueva

subasta de volatilidad antes del cierre del día. Si la subasta no genera operaciones, el

precio de referencia y los límites de negociación son restaurados a los valores iniciales.

No existe ningún mecanismo que permita la suspensión de la negociación de una acción

debido a la variación de su precio. La BVC solamente suspenderá la negociación de una

acción por solicitud directa de la Superintendencia Financiera de Colombia – SFC.

Marcación de precio

El Sistema considerará que una Orden o una Operación de Contado celebrada en este

marca precio, cuando su monto iguala o supera el equivalente a a veintitrés mil (23.000)

Unidades de Valor Real (UVR’s). Para el cálculo y actualización anual de dicho monto, la

Bolsa utilizará el valor de la UVR del 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al

que se procede actualizar. Dicho monto será aplicable a todas las Especies inscritas en

Bolsa y regirá para todo el año calendario correspondiente.

Suspensión de la rueda de acciones

La BVC suspenderá durante 30 minutos las ruedas de negociación cuando el precio del

índice COLCAP presente una reducción mayor al 10% respecto a su nivel de cierre del día

anterior. Una vez terminado el periodo de suspensión, las ruedas de negociación son

reanudadas. Si posterior a la reanudación se vuelve a presentar un descenso del 5% en

este índice, se suspenderá la negociación hasta el día siguiente.

Page 44: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Periodo Ex dividendo:

La duración del periodo ex dividendo es de cuatro (4) días hábiles bursátiles inmediatamente

anteriores a la fecha del pago del dividendo.

o Unidades de Variación de Precios: La variación mínima por acción es definida por la BVC

dependiendo del precio del instrumento a partir de los siguientes rangos:

o Criterios de Revelación de Contrapartes: Mercado ciego durante los procesos de

negociación, compensación y liquidación de operaciones.

Ventas en corto: Es aquella venta de valores en la cual el vendedor no tiene la propiedad de los

valores objeto de la operación al momento de la misma. En todo caso, a más tardar el mismo día de

la celebración de la venta en corto el vendedor deberá haber realizado las operaciones que sean

necesarias para no dejar descubierta la venta en corto y asegurar así la posterior liquidación de la

misma. Las SCB podrán realizar operaciones de ventas en corto por cuenta propia o por cuenta de

terceros sobre las especies autorizadas por la BVC.

El precio de las órdenes de venta en corto que ingresen al Sistema deberá ser como mínimo igual al

último precio de negociación registrado en Bolsa y que haya marcado precio. En caso que no exista

un precio de negociación que haya marcado precio durante el día, el Sistema rechazará el ingreso de

la orden.

Page 45: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Transferencia Temporal de valores: La Transferencia Temporal de Valores (TTV) es una operación

transaccional disponible para todas las especies de renta variable (acciones y fondos bursátiles - ETF).

Colombia no dispone de un mercado OTC para la renta variable y sólo las Sociedades Comisionistas

de Bolsa (SCB) tienen acceso directo a este mercado. Tanto el originador como el receptor de una

operación TTV deben firmar un contrato estándar con sus respectivas SCB. Este contrato contiene las

condiciones mínimas para la operación y están definidas en el Anexo 43 de la Circular BVC.

La operación inicial de la TTV se puede cumplir en T+0, T+1, T+2 o T+3 y la operación de regreso

hasta T+365 días. El anticipo unilateral (Recall) de una TTV debe establecerse desde la negociación y

es permitida para este tipo de operaciones. Las garantías permitidas como colateral en una operación

TTV son: Dinero en efectivo, acciones y TES del gobierno o una combinación de estas. La BVC maneja

el Sistema de Administración de garantías (SAG), el cual permite a las SCB consultar el estado de las

garantías entregadas al sistema de compensación y liquidación que administra la Bolsa y que se

encuentran asignadas al cumplimiento de las Operaciones TTV. Los colaterales son inmovilizados por

parte de la BVC y el efectivo asignado como garantía no genera ninguna tasa de interés o beneficio.

Los originadores y receptores de la TTV pueden definir el colateral (garantía) que respaldará la

operación desde el sistema de negociación. Si el receptor desea sustituir la garantía anteriormente

asignada a la operación, deberá ser aprobada por parte del originador. La BVC cuenta con un módulo

de riesgo de contraparte que permite a la SCB originadora restringir las contrapartes y especies con

las que no quiere operar.

Esquema de Formadores de Liquidez: Implementado a partir del 22 de enero de 2014, con el ánimo

de incrementar la liquidez del mercado de renta variable y contribuir a la profundidad del mercado. A

través de este mecanismo las sociedades comisionistas de bolsa se pueden desempeñar como

formadoras de liquidez de los valores inscritos en: (i) La Bolsa y en el Registro Nacional de Valores y

Emisores o, (ii) en sistemas de cotización de valores del extranjero.

Page 46: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

--------------------------------

Mercado de Registro

--------------------------------

Índices de Referencia del

Mercado de Renta Variable

La BVC ha diseñado un modelo para desarrollar el programa de Formadores de Liquidez utilizando los

mecanismos establecidos en el Decreto 2555 de 2010, a saber: (i) Fondos propios del Formador de

Liquidez sin contrato con el emisor, (ii) Fondos propios del Formador de Liquidez con contrato con el

emisor bajo el esquema de incentivos y, (iii) Fondos del Emisor a través de un contrato de fiducia

mercantil.

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

o El mercado de registro no está habilitado para el mercado secundario de acciones.

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Familia de índices de Capitalización COLEQTY, esta familia de índices provee una serie de referencias al

mercado accionario local, se compone por un conjunto de índices establecidos según la liquidez de las

acciones, tamaño de los emisores, entre otras características.

Los índices que hacen parte de la familia COLEQTY son:

COLCAP es un índice general que refleja las variaciones de los precios de las veinte (20)

acciones más liquidas inscritas en la Bolsa, donde el valor de la capitalización bursátil ajustada

de cada compañía determina su nivel de ponderación. Cuando dos o más acciones de un

mismo emisor se encuentren dentro de las 20 más liquidas, se incluirá la que tenga mejor

liquidez según la función de selección. La definición de los activos que hacen parte del índice

se realiza de forma anual, mientras que el rebalanceo de los componentes se realiza de forma

trimestral. La participación máxima por emisor es del 20%

El COLCAP es el indicador de referencia oficial para el mercado de acciones colombiano.

El COLEQTY Determina el universo de acciones seleccionables para cualquier índice de renta

variable que comparte su metodología de selección. El criterio de selección basado en la

función de selección, donde el volumen pesa el 80%, la frecuencia el 15% y la rotación el 5%. La

participación de cada acción dentro la canasta está determinada por su capitalización bursátil

ajustada. La canasta está compuesta por 40 acciones.

Page 47: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

El COLSC es un índice que está compuesto por las 15 acciones de las empresas más pequeñas

en capitalización bursátil que hacen parte del COLEQTY, donde la participación de cada acción

dentro del índice es determinada por el flotante de cada una de las especies.

El COLIR es un índice que está compuesto por las acciones de las empresas que cuentan con el

Reconocimiento Emisores – IR (o “Reconocimiento IR”) en los términos de la Circular Única BVC

y que hacen parte del COLEQTY, donde la participación de cada acción dentro del índice es

determinada por el flotante de cada una de las especies. El número de acciones del índice es

variable

Procesos de

Compensación y

Liquidación de

operaciones

Proceso de Compensación y Liquidación: El proceso de compensación y liquidación se realiza a través

del sistema de compensación y liquidación administrado por la Bolsa de Valores de Colombia y por el

Deposito Centralizado de Valores Deceval (DVL).

o Entidades Participantes:

Bolsa de Valores de Colombia: realiza la compensación de las operaciones realizadas en el

sistema negociación y provee la infraestructura con la cual se envía la información de

liquidación al depósito.

Deceval (DVL): es quien realiza la anotación en cuenta de las acciones.

Sociedades Comisionistas de Bolsa: son las encargadas de realizar el proceso de

complementación de la operación asignándole el cliente final a cada operación y autorizan

el envío al depósito para el cumplimiento de las operaciones.

Banco de la Republica: administra y opera el sistema de pagos de alto valor del país CUD –

Cuentas de Depósito - sistema por el cual se realiza la transferencia los fondos en el

cumplimento de la operación.

Page 48: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

o Descripción del Proceso:

En T+0:

Una vez se realiza la operación en el sistema de negociación, esta se ve reflejada en el

sistema de Back-Office de la BVC

La SCB realiza la complementación o asignación del cliente final a la operación para

autorizar el traslado de los fondos o de los títulos.

En T+3:

BVC envía la información del cumplimiento al DVL

DVL valida la información recibida y acepta la operación.

Al final del día se realiza la liquidación de los saldos a favor o en contra (Neteo) de las SCB

para determinar el monto en dinero a transferir, si hay lugar, y realizar la transferencia de

los títulos en bruto a la cuenta del vendedor de forma simultánea (Cumplimiento DVP).

Esta operación se puede realizar de forma anticipada a la fecha establecida según acuerdo

entre las partes o en casos excepcionales se puede extender el plazo de entrega a T+4, sin

embargo la parte solicitante podría asumir costos adicionales

No existe una cámara de riesgo central de contraparte.

Horario de cumplimiento: Operaciones Compraventa hasta las 3:00 p.m.

Operaciones Repo hasta las 7:00 p.m.

Se podrá extender el horario de cumplimiento por solicitud directa de la SCB pero sujeto a

unos cobros adicionales.

Page 49: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

-------------------------------

Mecanismos de

Administración de Riesgos

de Contraparte

-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Para las operaciones de Repos en acciones, la BVC cuenta con un sistema de administración de garantías

que comprende el cálculo de las garantías exigidas por cada operación y los ajustes que correspondan de

acuerdo a la valoración de mercado, para un horizonte de 3 días al 99% la asignación de las mismas a las

operaciones correspondientes, así como los procedimientos para su sustitución y devolución.

La constitución de las garantías es dinámica y busca cubrir los cambios en las condiciones de mercado

para un horizonte de tres (3) días. Las garantías se definen de modo que cubran la variación de precio al

99% de confianza en escenarios de estrés.

El proceso de constitución y ejecución de garantías es el siguiente:

Día 1: Variación en los precios que genera un llamado a margen.

Día 2: El afiliado tiene hasta el final del día para constituir las garantías y cumplir con el llamado a margen. Si

al final no se han constituido las garantías, el cliente y el afiliado se declaran incumplidos.

Día 3: La BVC podrá ir al mercado a liquidar las garantías para responder frente a la contraparte de la

operación incumplida.

Page 50: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Impuestos IMPUESTO DE RENTA

Retención en la fuente

Dividendos:

o 0% para los dividendos provenientes de utilidades gravadas de la sociedad que paga el dividendo.

33% sobre dividendos decretados a una persona no declarante, cuando las utilidades de la compañía

que paga el dividendo no estuvieron sujetas al impuesto.20% sobre dividendos decretados a un

declarante, cuando las utilidades de la compañía que paga el dividendo no estuvieron sujetas al

impuesto.

La retención en la fuente es practicada por la sociedad emisora y tiene el carácter de impuesto definitivo en los

no declarantes. En los demás casos se considera un anticipo del impuesto de renta.

Ganancias de Capital

o 0% sobre las utilidades provenientes de la enajenación de acciones listadas en la Bolsa de Valores de

Colombia.

Comisiones

Las comisiones por concepto de transacciones en bolsa están sujetas a una tarifa de retención en la fuente del 3%.

Este impuesto aplica a comisionistas de bolsa.

Impuesto de Renta

Dividendos:

Los ingresos por dividendos originados en utilidades que ya pagaron impuesto sobre la renta no constituyen

un ingreso gravable para efectos del impuesto sobre la renta.

Page 51: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Ganancias de Capital:

0% si el total de ventas no supera el 10% de las acciones en circulación de la sociedad emisora en un mismo

período fiscal; si supera este porcentaje el inversionista paga el impuesto pleno en su declaración de renta

sobre la ganancia de las ventas que excedan este porcentaje.

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO – IVA

Las comisiones pagadas a las SCB por la realización de operaciones en el mercado de acciones están gravadas

por impuesto del IVA con una tasa del 16%

3.1.2. MERCADO GLOBAL COLOMBIANO

Productos Negociados El Mercado Global Colombiano es un sistema de carácter transaccional de cotización de valores extranjeros,

donde participa una SCB como patrocinadora de dichos valores. Este mercado permite la realización de

operaciones sobre valores extranjeros de renta variable listados en Bolsas Internacionales a través del

mercado local.

Listado de Productos:

o Acciones listadas en mercados del extranjero

o ETF listados en mercados del extranjero

Page 52: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Operaciones Habilitadas:

o Compraventas

Sistema de Identificación:

o ISIN: Código genérico con el que se identifica la especie y sus características financieras.

o CFI: Código de Instrumento Financiero.

o Nemotécnico: Identificación en el mercado de origen.

Mercado Primario

No aplica

Mercado Secundario

-------------------------------

Mercado Transaccional

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

o Escenario de Negociación: Bolsa de Valores de Colombia

o Entidades Participantes

o Sociedades Comisionistas de Bolsa: intermediario del mercado ante el inversionista

o Sociedad Comisionista Patrocinadora: agente patrocinador encargado de realizar el

listado de las acciones extranjeras ante la BVC y de generar los mecanismos para proveer

al mercado colombiano de toda la información relevante generada por el emisor en su

mercado de origen.

o Bolsa de Valores de Colombia: proveedor de la infraestructura del mercado y

administrador del registro de valores extranjeros.

o Deceval: Responsable por registro de cuentas y custodia de acciones extranjeras.

o Custodio Internacional: A cargo de la entrega de acciones al final de la liquidación y

compensación en Colombia

Page 53: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Metodologías de Negociación:

o Sesiones de Negociación:

Desde el segundo domingo en Marzo hasta el primer domingo en Noviembre:

Preparación para la Apertura (8:15 a.m. – 8:30 a.m.) Hora Local

Mercado continuo con control de precios (8:30 a.m. – 2:55 p.m.) Hora Local

Subasta de cierre (2:55 p.m. – 3:00 p.m.) Hora Local

Desde el primer domingo en Noviembre hasta el segundo domingo en Marzo:

Preparación para la Apertura (9:15 a.m. – 9:30 a.m.) Hora Local

Mercado continuo con control de precios (9:30 a.m. – 3:55 p.m.) Hora Local

Subasta de cierre (3:55 p.m. – 4:00 p.m.) Hora Local

o Criterios de Calce por Sesión y Criterios de Orden en el Libro de la Profundidad:

Aplican los mismos criterios de calce automático para el mercado continuo, y calce por

precio de equilibrio para la subasta de cierre y las subastas de volatilidad que se

describieron para el mercado local. Las operaciones se realizan en pesos colombianos.

o Sistemas de Control de Precios: Este mercado permite establecer parámetros de

ingreso de órdenes con unos límites superior e inferior del 10%, calculados

automáticamente por el sistema de la BVC a partir del precio referencia.

Si durante el mercado continuo se genera una posible operación sobre uno de los

límites (superior o inferior), el sistema suspende temporalmente la negociación del

activo y convoca a una subasta de volatilidad que tiene el mismo funcionamiento ya

descrito para el mercado de acciones local.

Page 54: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

--------------------------------

Mercado de Registro

--------------------------------

o Unidades de Variación de Precios: aplican los mismos criterios que para el mercado

local.

Criterios de Revelación de Contrapartes: Mercado ciego durante los procesos de negociación,

compensación y liquidación de operaciones.

Esquema de Formadores de Liquidez: Implementado a partir del 22 de enero de 2014, con el

ánimo de incrementar la liquidez y contribuir a la profundidad del mercado. A través de este

mecanismo las sociedades comisionistas de bolsa se pueden desempeñar como formadoras de

liquidez de los valores inscritos en: (i) La Bolsa y en el Registro Nacional de Valores y Emisores o,

(ii) en sistemas de cotización de valores del extranjero.

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No se encuentra habilitado el mercado de registro en el Mercado Global Colombiano

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Procesos de Compensación

y Liquidación de

operaciones

--------------------------------

Mecanismos de

Administración de Riesgo

de Contraparte

Proceso de Compensación y Liquidación: Todas las operaciones de contado en el MGC deberán ser

cumplidas en T+3 hasta las 3:00 pm hora Colombia.

o Descripción del Proceso: El proceso de compensación y liquidación de operaciones en el

Mercado Global Colombiano se realiza bajo el mismo procedimiento descrito para las

acciones del mercado local.

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Ninguno

Page 55: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

3.2. MERCADO DE RENTA FIJA

Productos Negociados Listado de Productos:

Los instrumentos que pueden ser negociados en el mercado de renta fija son:

o Deuda Pública

Títulos de Tesorería (TES): títulos emitidos por el Gobierno Nacional en pesos o unidades de valor real

(UVR) indexados a tasas fijas. Los TES Clase B son de estructura bullet con cupones anuales. Se pueden

negociar los intereses de forma independiente al capital (Stripping).

TIDIS: títulos emitidos por el Gobierno Nacional cuya finalidad es la de servir como instrumento de pago

para la devolución de impuestos.

CERT: Los CERTS son títulos valores expedidos como incentivo a favor de los exportadores mediante el

cual se realiza una devolución parcial o total de los impuestos que el exportador debe pagar para realizar

una exportación.

o Deuda Privada

1. Aceptaciones bancarias.

2. Bonos corporativos a tasa fija o tasa variable indexados a índices de referencia como DTF, IPC, e

IBR.

3. Certificados de Depósito a término CDTs.

4. Papeles comerciales.

5. Titularizaciones.

6. Bonos convertibles en acciones.

Page 56: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Operaciones Autorizadas:

- Operaciones de compraventa definitivas a contado (hasta T+3) y a plazo (mayor a T+3). La convención

del ciclo de liquidación para operaciones de contado es T+0.

- Operaciones de fondeo: simultáneas y repos.

- Operaciones de transferencia temporal de valores.

Sistema de Identificación

Los sistemas de negociación de renta fija tienen un sistema de codificación para identificar los títulos por

medio de nemotécnicos, sin embargo para el cumplimiento se utiliza el ISIN.

Familia de Índices COLTES

La familia de índices COLTES fue creada en el 2012, provee una serie de referencias del mercado de deuda

pública. La familia se compone por índices establecidos según la moneda en que se emiten los títulos y el

plazo a vencimiento de los mismos. Los índices que hacen parte de esta familia son:

COLTES Tasa Fija

• Establece el universo de bonos seleccionables para los demás índices de tasa fija en pesos. Incluye

todas las referencias de los títulos TES B en pesos con vencimiento mayor a 1 año.

COLTES Corto Plazo

• Incluye todas las referencias del índice COLTES tasa fija con vencimiento entre 1 año y 5 años.

COLTES Largo Plazo

• Incluye todas las referencias del índice COLTES tasa fija con vencimiento mayor a 5 años.

COLTES UVR

• Establece el universo de bonos seleccionables para los índices de tasa fija en UVR que se creen.

Incluye todas las referencias de los títulos TES B en UVR con vencimiento mayor a 1 año.

Page 57: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Mercado Primario Mecanismos de Colocación

Deuda Corporativa:

Los mecanismos de colocación son:

1. Colocación directa por el emisor en el mercado.

2. Underwriting a través de los mecanismos de colocación en firme, colocación garantizada o colocación al

mejor esfuerzo.

Previo a la realización de la oferta de los valores de deuda corporativa al mercado, la calidad crediticia de la

emisión de títulos debe evaluada por una Agencia Calificadora de Riesgo radicada en el país y aprobada

por la Superintendencia Financiera de Colombia. Existen 3 agencias calificadoras de riesgo en Colombia: BRC

Investor Services S.A, Fitch Ratings Colombia S.A. y Value and Risk Rating. S.A.

Deuda Pública:

Los títulos de deuda pública emitidos por el Gobierno Nacional son colocados a través de subastas

administradas por el Banco de la República y en la cual sólo pueden participar las entidades autorizadas

como Creadores de Mercado o Aspirantes a Creadores de Mercado por parte del Ministerio de Hacienda y

Crédito Público.

La condición de Creador de Mercado o Aspirante a Creador de Mercado la concede el Ministerio de

Hacienda y Crédito Público (Dirección General de Crédito Público) por un año calendario.

El número máximo de participantes en el programa de creadores de mercado para títulos de deuda pública

es de veinte (20) entidades, agrupados en dos categorías: Creadores de Mercado y Aspirantes a Creadores

de Mercado.

Participación mínima en mercado primario: Los Creadores de Mercado deben participar en mínimo el 4.5%

Page 58: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

de las adjudicaciones del mercado primario de TES Clase B, el porcentaje mínimo es fijado por la Dirección

General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en cada

vigencia.

Mecanismos de Adjudicación

Deuda Corporativa:

1. Subasta holandesa.

2. Demanda en Firme.

Deuda Pública:

El proceso de subasta holandesa es el mecanismo a través del cual se lleva a cabo la colocación de TES

Clase B en el mercado primario.

Programación de Subastas Primarias de TES

TES de tasa fija en pesos: 5, 10, y 15 años: Miércoles de la segunda y cuarta semana monetaria del mes.

TES de tasa fija en UVR 4 y 8 años: Miércoles de la primera y tercera semana monetaria de cada mes.

Se entiende por primera semana monetaria del mes aquella que incluya por lo menos tres días hábiles del

mes que inicia (Día hábil: Aquel en el cual el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Banco de la

República prestan sus servicios)

Page 59: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Mercado Secundario –

Negociación

-----------------------------

Sistema Transaccional

Mercado Electrónico

Colombiano

MEC - BVC

Escenarios de Negociación:

Mercado Electrónico Colombiano (MEC) – BVC: Permite la negociación de títulos de deuda pública y deuda privada.

Sistema Electrónico de Negociación (SEN) – BRC: Permite la negociación de títulos de deuda pública únicamente.

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Metodologías de Negociación:

o Sesiones de Negociación: Mercado continuo durante todo el horario de negociación.

o Horarios de negociación:

Compraventas con cumplimiento en T+0 de 8:00 a.m. a 3:40 p.m.

Compraventas con cumplimiento mayor a T+0 de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Repos, Simultáneas de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Transferencia Temporal de Valores de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.

o Sistemas de Control de Precios: no existe ningún control sobre precios de negociación.

o Unidades de Variación de Precios: La negociación se realiza por precio con una variación mínima de

0.001 para todos los títulos.

o Criterios de Calce:

-Operaciones compraventa: calce automático que establece preferencia a la oferta contraria de mejor

precio o tasa. A igualdad de precio o tasa se establece preferencia a la oferta más antigua.

-Operaciones simultáneas, repos y TTVs: calce voluntario, los usuarios pueden seleccionar cuál de las

ofertas agredir. A igualdad de condiciones (especie negociada, cantidad y plazo) pero diferente precio

o tasa el sistema genera el calce con la mejor oferta. Adicionalmente, si los precios o tasas son

iguales, el sistema genera el calce con la oferta más antigua.

Page 60: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

-----------------------------

Sistema Transaccional

Sistema Electrónico de

Negociación

SEN - BRC

o Tipos de Órdenes: Límite, GTC (Good Till Cancel), IOC (Inmmediate or Cancel), GTD (Good Till Date),

Oferta de puntas (spread).

Criterios de Revelación de Contrapartes: Sistema semi-ciego: ciego en negociación, contraparte visible en

compensación y liquidación.

Esquemas de Creadores de Mercado: no hay esquema de creadores de mercado

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Entidades Participantes:

Banco de la República: Administrador del Sistema SEN

Primer Escalón: Sólo participantes del programa de Creadores de Mercado y Aspirantes a Creadores de

Mercado Segundo Escalón: Pueden participar todas las entidades definidas como Agentes del

Reglamento de Operación del SEN.

Metodologías de Negociación:

o Sesiones de Negociación: Mercado continuo durante todo el horario de negociación.

o Horarios de negociación:

Primer Escalón:

Compraventas con cumplimento T+0 (Rueda CONH): de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.

Compraventas con cumplimento T+1 a T+3 (Rueda CTM0): de 9:00 a.m. a 3:40 p.m.

Operaciones Simultáneas (Rueda SIML): de 8:00 a.m. a 3:40 p.m.

Segundo Escalón:

Compraventas (Rueda CVSE): de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.

Simultaneas, repos e Interbancarios (Rueda DINE): de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.

Page 61: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

o Sistemas de Control de Precios: no existe ningún control sobre precios de negociación y registro.

o Unidades de Variación de Precios: la variación mínima en los precios para todos los títulos es de 0.001.

o Criterios de Calce y Ordenamiento de Ofertas: Calce automático al mejor precio o tasa. A igualdad de

precio o tasa el sistema realiza el calce con la oferta más antigua. Ordenamiento de las ofertas por

precio y por orden de llegada.

o Tipos de Órdenes: FOK (Fill or Kill), GTC (Good Till Cancel), GTS (Good ‘till Specific), COT (Cotización).

Criterios de Revelación de Contrapartes:

Primer Escalón: Ciego en negociación, compensación y liquidación.

Segundo Escalón: Semi-ciego: ciego en negociación, contraparte visible en compensación y liquidación

Esquemas de Creadores de Mercado:

El objetivo del Programa de Creadores de Mercado para títulos de Deuda Pública es fomentar unas

adecuadas condiciones de financiación para la Nación en el mercado de capitales por medio del desarrollo

del mercado de títulos de Deuda Pública.

El programa cuenta con la dirección de la Nación (Ministerio de Hacienda y Crédito Público) en su calidad

de emisor, el Banco de la República como agente administrador y la Superintendencia Financiera de

Colombia en el ejercicio de sus competencias.

El creador deberá tener ofertas de compra y venta en el sistema de negociación como mínimo el setenta

por ciento (70%) del tiempo que permanezca abierto el mercado de deuda pública durante la semana con

el fin de garantizar la liquidez del mercado secundario.

Page 62: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

-----------------------------

Reglas Mercado de

Registro

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Escenarios para Registro de Operaciones

Mercado Electrónico Colombiano – BVC: Registro de operaciones sobre títulos de deuda pública o privada.

Sistema Electrónico de Negociación – BRC: Registro de operaciones sobre títulos de deuda pública.

Deceval - Sistema de Registro: Registro de Operaciones sobre títulos de deuda pública o privada.

Metodologías para el Registro de Operaciones

Se deben registrar las operaciones realizadas en el mercado OTC en alguno de los sistemas de registro de

operaciones autorizados por la Superintendencia Financiera de Colombia, dentro de los 15 minutos

siguientes a la realización de la operación.

Horarios de Registro

MEC – BVC: Registro todo tipo de operaciones de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.

SEN – BRC: Todo tipo de operaciones: de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

Sistema de Registro – Deceval: Todo tipo de operaciones: de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.

Proceso de

Compensación y

Liquidación - CyL –

-----------------------------

CyL Operaciones

Mercado MEC – BVC

------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Entidades Participantes:

BVC: Administrador del Sistema de negociación y registro MEC donde se compensan y liquidan las

operaciones.

Deceval (DVL): Agente encargado de realizar los procesos de compensación y liquidación de operaciones

mediante el sistema de anotación en cuenta para los títulos de deuda privada principalmente.

Page 63: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

DCV: El Depósito Central de Valores del Banco de la República realiza los pagos y la compensación y

liquidación de operaciones únicamente para los títulos de deuda pública.

CUD: Sistema del Banco Central colombiano a través del cual se realiza la transferencia de fondos en el

proceso de liquidación.

Otros sistemas de negociación y rgistro de valores: Entidades que están autorizadas por la Superintendencia

Financiera de Colombia para operar como sistemas de negociación y registro de valores. Dichas entidades

realizan la compensación y liquidación de operaciones en el sistema de compensación y liquidación de la

BVC.

Descripción del Proceso de CyL:

El proceso de compensación y liquidación para operaciones transadas o registradas en MEC permite

establecer las obligaciones de entrega de valores y transferencia de fondos de las contrapartes en el

sistema de compensación y liquidación. Asimismo, permite el cumplimiento de las obligaciones

provenientes celebradas y registradas en el MEC en el cual se realiza la entrega de valores y la

transferencia de valores entre las contraparte que participan en la operación.

En el día de liquidación, la BVC envía las operaciones al depósito correspondiente (DCV, DVL).

Los mecanismos de compensación y liquidación de operaciones en el sistema son los siguientes:

Entrega contra pago: Las operaciones son compensadas y liquidadas mediante la transferencia

simultánea de fondos y títulos entre comprador y vendedor por cada transacción (DVP bruto)

Entrega libre de pago: Es la entrega que se hacen las partes intervinientes en una transacción del

valor objeto de la operación por instrucción electrónica dada por la BVC a otro sistema de

Page 64: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

-----------------------------

CyL Operaciones

Mercado SEN – BRC

compensación y liquidación autorizado para el efecto, y del pago del precio en forma directa entre

las partes intervinientes bajo su cuenta y riesgo.

Las operaciones son compensadas y liquidadas mediante la transferencia simultánea de fondos y

títulos entre comprador y vendedor por cada transacción. Este mecanismo de compensación y

liquidación solamente es aplicable para operaciones que se realicen en el mercado primario y se

realicen de manera simultánea con otras operaciones como sustituciones de deuda o recompras con

pago a partir de una nueva subasta entre otras.

CyL de operaciones provenientes de otros sistemas de negociación y registro:

El sistema de compensación y liquidación de la BVC está habilitado para la compensación y liquidación de

operaciones negociadas y registradas en otros sistemas de negociación y registro de valores de acuerdo a la

reglamentación vigente de la BVC. El proceso de compensación y liquidación de dichas operaciones

mantiene el esquema actual de la compensación y liquidación en la BVC.

--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Entidades Participantes:

SEN: Sistema transaccional y de registro del Banco de la República de Colombia.

DCV: Depósito Central de Valores del Banco de la República de Colombia y agente liquidador para títulos

de deuda pública

CUD Sistema del Banco Central colombiano a través del cual se realiza la transferencia de fondos en el

proceso de liquidación.

CRCC: Cámara de Riesgo Central de Contraparte: Es la entidad encargada de la compensación y liquidación

de las operaciones simultáneas que se celebren en el Primer Escalón del SEN.

Page 65: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

-----------------------------

Mecanismos para

Administración de

Riesgos de Contraparte -

MEC

Descripción del Proceso de CyL:

La compensación de las operaciones celebradas o registradas en el SEN se realizará cada vez que se

produzca un cierre y serán liquidadas en un sistema de compensación y liquidación autorizado por la

Superintendencia Financiera de Colombia en la fecha de cumplimiento mediante mecanismo de entrega

contra pago.

Una vez el DCV recibe la información de las operaciones del SEN, consulta el saldo en la cuenta de depósito

de las contrapartes y si encuentra los saldos realiza la transferencia afectando las cuentas de depósito y/o

de títulos. Los agentes deben contar con una cuenta de depósito en el CUD para la liquidación de las

operaciones generadas en SEN.

-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Para las todas las operaciones generadas en el MEC, los afiliados cuentan con un sistema de cupos de

contraparte. El sistema es centralizado y permite a las entidades autorizadas para operar limitar los riesgos

de precio (Price) y de pago (Settlement) asociados al eventual incumplimiento de una transacción por la

contraparte mediante la fijación de cupos máximos de operación con cada uno de los demás entidades

inscritas en el sistema.

Los cupos son consultados antes de efectuarse cada operación y son actualizados automáticamente cada

vez que se efectúa un cierre. La insuficiencia de cupo otorgado por una entidad a su contraparte impide

que esta pueda realizar la transacción.

Para las operaciones a plazo mayor a T+3, la BVC exige adicionalmente la constitución de garantías. La

administración de garantías (constitución, sustitución y liberación), se realiza mediante el sistema SAG

administrado por la BVC.

Los cupos se desafectarán con la liquidación o anulación de las operaciones.

Page 66: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

-----------------------------

Mecanismos para

Administración de

Riesgos de Contraparte -

SEN

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Primer Escalón: No requiere la afectación de cupos de contraparte para los Creadores de Mercado y

Aspirantes a Creadores de Mercado.

Segundo Escalón: Se afecta cupos de contraparte para los Creadores de Mercado, Aspirantes a Creadores de

Mercado y otros agentes inscritos al SEN.

Impuestos

IMPUESTO DE RENTA

Retención en la fuente

Intereses o Cupones:

La tasa de retención en la fuente es del 4%. Durante el primer periodo de rendimientos, la retención se

practica sobre la diferencia entre el resultado que se obtiene de adicionar al valor nominal del título, el valor

total de los intereses del período en curso a la tasa facial del mismo, y el precio de compra del título, dividida

esta diferencia por el número de días contados desde su adquisición hasta el próximo pago de intereses y

multiplicado este resultado por el número de días de tenencia del título durante el mes.

Durante los demás periodos de rendimientos, la retención en la fuente se aplica sobre el valor total de los

intereses del período, a la tasa facial del título, dividido por el número de días de dicho período, multiplicado

por el número de días de tenencia del título durante el mes.

La retención en la fuente será practicada por el depósito de valores o el administrador de la inversión de

capital del exterior de portafolio, tratándose de inversionistas del capital del exterior de portafolio.

Operaciones repo, simultaneas y transferencia temporal de valores:

La tarifa de retención en la fuente aplicable a estas operaciones será del dos punto cinco por ciento (2.5%).La

base de retención en la fuente será el valor neto resultante de los pagos girados o los abonos en cuenta

hechos, directa o indirectamente, a favor y en contra del adquirente inicial para el caso de las operaciones de

reporto o repo y simultáneas, y del originador en el caso de las operaciones de transferencia temporal de

valores.

Page 67: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Ganancias de Capital

La tasa de retención en la fuente es del 4%. Durante el primer periodo de rendimientos del título, la retención

se practica al tenedor del título sobre el valor de la diferencia entre el precio de enajenación y el resultado

que se obtenga de adicionar al precio de compra del título, los rendimientos causados linealmente desde su

adquisición hasta el momento de la enajenación.

Durante alguno de los siguientes periodos de rendimientos, la retención se aplica al tenedor del título sobre

el valor de la diferencia entre el precio de enajenación y el resultado que se obtenga de adicionar al valor

nominal, los intereses causados linealmente desde el último pago de intereses hasta la fecha de enajenación.

Comisiones en operaciones realizadas en el mercado de capitales

Las comisiones por concepto de transacciones en bolsa están sujetas a una tarifa de retención en la fuente

de 3%. Este impuesto aplica a comisionistas de bolsa.

Impuesto de renta

Los ingresos por intereses o ganancias de capital son sujetos al impuesto de renta y deben ser reportados en

la declaración de renta donde para el cálculo del impuesto se debe tomar el valor total de los ingresos y

ganancias, se le aplica la tasa impositiva según corresponda y se descuenta el valor pagado como retención

en la fuente.

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO – IVA

Las comisiones pagadas a las SCB por la realización de operaciones en el mercado de acciones están

gravadas por impuesto del IVA del 16%

Page 68: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

3.3 MERCADO DE DERIVADOS

3.3.1. MERCADO DE DERIVADOS FINANCIEROS ESTANDARIZADOS

Productos

Negociados

Listado de Productos:

Futuro TES

S

(corto

plazo),

M

(mediano

plazo),

L

(largo plazo)

Futuro Bono

del Gobierno

Referencia

Especifica

(T15-T16-T18-

T19-T20-T22-

T24-T26-T28-

T30)

Futuros USD

FX

Futuros

Acciones

Futuro sobre

índice

COLCAP

Futuros

sobre

Inflación

Futuro

sobre

tasa

IBR

Activo

Subyacente

Canasta TES

(Bonos del

gobierno)

Bono del

gobierno

Individual

TRM (Tasa de

cambio

representativa

del mercado)

ECOPETROL -

PFBCOLOM -

PREC –

PFGRUPOSUR

A - ÉXITO -

NUTRESA -

GRUPO

ARGOS -ISA -

PFAVAL –

CEMENTOS

ARGOS – PF

CEMENTOS

ARGOS -

GRUPOSURA

Precio del

índice

COLCAP

Variación

mensual del

índice de

precios al

consumidor

Compos

ición de

tasas

IBR

overnig

ht

Page 69: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Tamaño y

unidad de

negociació

n

COP

250.000.000

COP

250.000.000

TRM USD

50.000

TRS USD

5.000

1000 acciones COP 25.000

por punto de

índice

COP

250.000.000

COP

500.000.

000

Generación

de

contratos

Ciclo

Mensual

(2

vencimientos)

Ciclo

Trimestral

(2

vencimientos)

Total: 4

vencimientos

Ciclo Mensual

(2

vencimientos)

Ciclo Trimestral

(2

vencimientos)

Total: 4

vencimientos

Ciclo Mensual

(2

vencimientos)

Ciclo

Trimestral

(4

vencimientos)

Total: 6

vencimientos

Ciclo

Trimestral

Marzo

(4

vencimientos)

H, M, U, Z

Total: 4

vencimientos

Ciclo

Trimestral

Marzo

(4

vencimientos)

H, M, U, Z

Total: 4

vencimientos

Ciclo

Mensual (3

vencimientos)

Total: 3

vencimientos

6

contrat

os de

1-3-6-

9-12-18

meses

Tick de

precio

0.005 0.005 0.1 1-5 0.5 0,01 0,0010

Método de

Liquidación

Entrega Física Liquidación

financiera

Liquidación

financiera

* Entrega

Física (ECO-

PFB-PRE-GRU)

* Liquidación

financiera (los

demás)

Liquidación

financiera

Liquidación

financiera

Liquidac

ión

financie

ra

Último día

de

negociació

n

Un día hábil

antes del

primer

viernes del

mes de

vencimiento

Un día hábil

antes del

primer viernes

del mes de

vencimiento

Segundo

miércoles del

mes de

vencimiento

Entrega: Tres

días hábiles

antes del día

vencimiento.

Financiera: día

de venciento.

Tercer

viernes del

mes de

vencimiento

Quinto día

de cada mes

de

vencimiento

Page 70: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Día de

vencimient

o del

contrato

Primer

viernes de

cada mes de

vencimiento

Primer viernes

de cada mes

de vencimiento

Segundo

miércoles de

cada mes de

vencimiento

Entrega:

Cuarto

miércoles del

mes de

vencimiento.

Financiera:

tercer viernes

del mes de

vencimiento.

El mismo día

del último

día de

negociación

Un día hábil

después del

último día de

negociación

En 1-3-

6-9-12-

18

meses

Garantía*

*Sujeto

CRCC

S=2%;

M=3,5%;

L=5%

1% - 8% 8% 11% - 25% 12% 0,5% 0,1%-

0,7%

Tickers de

Bloomberg

TEL: TELA

Comdty

TEM: TESA

Comdty

TES: TECA

Comdty

TTFIT10281015:

UTTA Comdty

TFIT07150616:

TDRA Comdty

TFIT06211118:

TNTA Comdty

TFIT06110919:

TBTA Comdty

TFIT15240720:

TUOA Comdty

TFIT10040522:

TETA Comdty

TFIT16240724:

TITA Comdty

TFIT15260826:

TEAA Comdty

TRM:

TRSA

CURNCY

TRS:

TRWA

CURNCY

ECOPETL=

(H/M/U/Z)5

CB Equity

PFBCO=

(H/M/U/Z)5

CB Equity

PREC=

(H/M/U/Z)5

CB Equity

PFG=

(H/M/U/Z)5

CB Equity

EXI=

(H/M/U/Z)5

CB Equity

NUT=

CAPA Index CPAA Index IBRA

Comdty

Page 71: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

TFIT16280428:

TKAA Comdty

TFIT16180930:

TEPA Comdty

(H/M/U/Z)5

CB Equity

ISA=

(H/M/U/Z)5

CB Equity

PFA=

(H/M/U/Z)5

CB Equity

CEM=

(H/M/U/Z)5

CB Equity

GGRA=

(H/M/U/Z)5

CB Equity

GRU=

(H/M/U/Z)5

CB Equity

PCE=

(H/M/U/Z)5

CB Equity

Time Spreads: El Time Spread es una funcionalidad mediante la cual se pueden operar dos vencimientos

simultáneamente. La compra del contrato de spread implica una compra del contrato de vencimiento más cercano y

una venta simultánea en el contrato de vencimiento más lejano. El contrato de spread se cotiza como el diferencial de

precios.

Sistema de Identificación

Nemotécnicos: Son códigos alfanuméricos asignados por la Bolsa para identificar cada uno de los Contratos de

Derivados.

Page 72: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

-------------------

Mercado

Transaccional

-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Escenario de Negociación: Bolsa de Valores de Colombia

Entidades Participantes:

Miembros: Persona jurídica que ha sido aceptada por la Bolsa como participante del Mercado de Derivados y por lo

tanto accede directamente al Sistema para la celebración o registro de operaciones, ya sea que las mismas las efectúe

por cuenta propia, por cuenta de terceros, o por cuenta de los fondos de inversión colectiva, portafolios o fondos

que administre, según su régimen legal se lo permita.

La negociación o registro de operaciones sobre los contratos derivados pueden ser realizadas por los miembros que

se encuentran habilitados para negociar el activo subyacente en los mercados de contado: TES, Tasa de Cambio

Peso/Dólar, Índices de Acciones, Acciones Individuales y Tasa IBR. Los derivados sobre tasa de interés e inflación son

parte de la familia de derivados de tasa de interés.

MIEMBROS LIQUIDADORES

• Acceso directo a los mercados

• Contraparte directa de la CRCC (Cámara de Riesgo Central de Contraparte)

• Responsables de administrar el riesgo propio, de los Miembros no Liquidadores y de los Terceros a quienes

prestan el servicio de compensación y liquidación

MIEMBROS NO LIQUIDADORES

• Acceso directo a los mercados

• Contraparte indirecta de la CRCC

• Responsables de administrar el riesgo propio y de los terceros por quien compensan y liquidan operaciones

ante su Miembro Liquidador

Page 73: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

TERCEROS

• Personas naturales o jurídicas que acceden al mercado y a los servicios de la CRCC a través de los Miembros de

la BVC.

• Responsables de cumplir con las obligaciones de compensación y liquidación ante el Miembro a través del cual

acceden al mercado y a la CRCC.

Metodologías de Negociación:

o Sesiones de Negociación: Apertura, Mercado Continuo, Cierre.

Instrument

o

Sesión

Futuros

sobre TES/

Futuro Bono

del Gobierno

Referencia

Especifica

Futuros USD

FX

Futuros

sobre

acciones /

COLCAP

Futuros

sobre

inflación

Futuro sobre

tasa IBR

Overnight

Indexed

Swap

Subasta de

apertura

8:00 a.m. a

8:05 a.m.

Cierre

Aleatorio:

+/-60

segundos

8:00 a.m. a

8:05 a.m.

Cierre

Aleatorio:

+/-60

segundos

8:00 a.m. a

8:05 a.m.

Cierre

Aleatorio:

+/-60

segundos

8:00 a.m. a

8:05 a.m.

Cierre

Aleatorio:

+/-60

segundos

8:00 a.m. a

8:05 a.m.

Cierre

Aleatorio:

+/-60

segundos

Page 74: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Mercado

Abierto

Fin de la

Subasta de

Apertura

hasta:

12:59 p.m.

Fin de la

Subasta de

Apertura

hasta:

3:59 p.m.

Fin de la

Subasta de

Apertura

hasta:

3:59 p.m. EST

Fin de la

Subasta de

Apertura

hasta:

12:59 p.m.

Fin de la

Subasta de

Apertura

hasta:

12:59 p.m.

Subasta de

Cierre

12:59 p.m. a

1:00 p.m.

Cierre

Aleatorio:

+/-30

segundos

3:59 p.m. a

4:00 p.m.

Cierre

Aleatorio:

+/-30

segundos

3:59 p.m. a

4:00 p.m. EST

Cierre

Aleatorio:

+/-30

segundos

12:59 p.m. a

1:00 p.m.

Cierre

Aleatorio:

+/-60

segundos

12:59 p.m. a

1:00 p.m.

Cierre

Aleatorio:

+/-30

segundos

Sistemas de Control de Precios.

- Parámetro de Barrido (PB) = Número máximo de ticks de distancia del mejor bid/offer al que puede ser

ingresada una orden contraria compatible para controlar el precio de entrada y la longitud precio de un barrido

de mercado.

- Límite de Barrido = Parámetro de Barrido * Valor Tick

Page 75: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Contrato Parámetro

de Barrido

Límite de

Barrido

TESM/ Bonos individuales

mediano plazo 600 3

TESS / Bonos individuales

corto plazo 300 1.5

TESL / Bonos individuales

largo plazo 720 3.6

TRM 500 50

T15 300 3

T16 600 6

T18 600 6

T19 600 6

T20 720 7.2

T22 720 7.2

T24 720 7.2

T26 720 7.2

T28 720 7.2

T30 720 7.2

ECO 158 158

PFB 205 1025

PRE 382 1910

PFG 153 765

EXI 155 775

NUT 140 700

GRA 134 670

ISA 45 225

Page 76: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

PFA 27 27

CEM 278 278

GRU 153 765

PCE 278 278

COL 120 60

I01 500 5

I03 500 5

I06 500 5

I09 500 5

I12 500 5

I18 500 5

- Precio de referencia tenido en cuenta para el control de precios es:

1. Precio de la mejor orden contraria

2. Precio de la última operación

3. Precio de referencia (precio de liquidación del día anterior)

Criterios de Calce por Sesión y Criterios de Orden en el Libro de la Profundidad:

Sesión de Mercado Continuo: Se aplica la metodología de criterio de calce automático sobre las mejores

órdenes de compra y venta compatibles en el libro público de órdenes, priorizando la orden más antigua de

mejor precio.

Sesiones de Subastas: Se aplica la metodología de calce por precio de equilibrio sobre las órdenes que se

mantengan al momento del cierre de las subasta. El precio de equilibrio se establece en función del nivel o

precio que maximice la cantidad adjudicada.

Page 77: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Tipos de órdenes:

• Límite

• Mercado

• Mercado por lo Mejor

• Fill or Kill

• Fill and Kill

• Cantidad Mínima

Criterios adicionales:

Visible: Ingresa a la rueda mostrando solo un porcentaje de su cantidad total, mínimo 20%.

Stop: La orden stop se activa al precio indicado, solo cuando en la rueda hayan ordenes que igualen o

superen el precio señalado como “Stop price”.

Seguimiento: El precio de la orden cambiará de acuerdo con los cambios que tenga el precio de la especie

seleccionada

Duraciones de las órdenes:

• Día

• Hasta Cancelación

• Hasta Fecha

• Hasta Hora

• Inmediata

• Sesión

Criterios de Revelación de Contrapartes: mercado ciego en negociación, compensación y liquidación.

Page 78: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

-------------------

Mercado de

Registro

Esquemas de Creadores de Mercado: Establecidos y activos para los futuros de TES y el futuro de COLCAP.

En los esquemas de creadores de mercado las entidades se comprometen a contribuir con la liquidez de los

instrumentos, cotizando constantemente puntas de compra y venta teniendo en cuenta las siguientes condiciones:

1. Permanencia mínima de cotización en pantalla

2. Cotización simultánea de diferentes contratos o vencimientos.

3. Niveles máximos de spread Bid – Offer de cotización teniendo en cuenta un máximo definido para el

programa.

4. Número de contratos cotizados mínimos definidos por el programa.

La BVC evalúa diariamente a las entidades participantes el cumplimiento de las obligaciones y a partir de una puntuación

definida calcula un ranking periódico el cual es informado al público en general mensualmente.

--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Escenario de Registro: Bolsa de Valores de Colombia.

Entidades Participantes: Para el registro de operaciones sobre contratos derivados se encuentran habilitadas las mismas

entidades que en el sistema transaccional.

Page 79: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Sesiones de Registro:

Instrumento

Sesión Futuro sobre

TES

Futuros USD

FX

Futuros sobre

acciones /

COLCAP

Futuro

sobre

inflación

Futuro

sobre tasa

IBR

Overnight

Indexed

Swap

Registro 8:00 am hasta

4:00 p.m.

8:00 a.m.

hasta 4:00 pm

N.A 8:00 a.m.

hasta 4:00

pm

8:00 a.m.

hasta 4:00

pm

Procesos de

Compensación y

Liquidación de

operaciones

Proceso de Compensación y Liquidación:

o Entidades Participantes:

Compensación: Cámara de Riesgo Central de Contraparte de Colombia (CRCC)

Liquidación: CRCC, Deceval y DCV-CUD

Page 80: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

-------------------

Mecanismos de

Administración

de Riesgos de

Contraparte

o Descripción del Proceso:

Diariamente la CRCC realiza la liquidación de pérdidas y ganancias a los participantes que hayan negociado durante el

día o tengan posiciones abiertas. Posteriormente, la CRCC comunica el resultado de la compensación a los

participantes y procede a debitar o abonar las pérdidas o ganancias realizadas a través de las cuentas CUD de los

miembros liquidadores.

Administración de Riesgos de Contraparte: Cámara de Riesgo Central de Contraparte de Colombia

ESTRUCTURA DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS

La estructura de administración de riesgos en la Cámara se compone de cuatro mecanismos: los procedimientos para

Page 81: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

asegurar la calidad de sus Miembros Liquidadores, los procedimientos de control de riesgos en el ciclo diario de las

operaciones, sus recursos financieros y los procedimientos en caso de incumplimiento.

PROCEDIMIENTOS PARA ASEGURAR LA CALIDAD DE UN MIEMBRO LIQUIDADOR

La Cámara cuenta con dos mecanismos para asegurar la calidad de sus Miembros Liquidadores. Tales mecanismos son

el establecimiento de requisitos de participación que determinen la solvencia y capacidad operativa de los Miembros

Liquidadores y los procesos de seguimiento sobre el cumplimiento permanente de estos requisitos con el propósito

de prever el deterioro de la situación financiera o capacidad operativa de los mencionados miembros.

CICLO DIARIO DE CONTROL DE RIESGOS

La compensación y liquidación de operaciones a través de la Cámara tiene riesgo de contraparte cero, gracias a la

ejecución diaria de un ciclo de control de riesgos que monitorea durante cada sesión el comportamiento de

posiciones de sus Miembros Liquidadores, Miembros Negociadores No Liquidadores y Clientes. Dicha gestión combina

la solicitud de diferentes tipos de garantías con un esquema de límites conocido como el modelo MEFFCOM II

inspirado en la metodología SPAN. Este ciclo le permite a la Cámara limitar o eliminar la posibilidad de pérdidas en

caso de presentarse el incumplimiento de algún Miembro Liquidador y contar con recursos suficientes para soportar

dichas pérdidas.

El esquema de garantías y límites asegura la protección de la Cámara ante los riesgos de contraparte y liquidez de

cada sesión se define de la siguiente manera:

Garantías Ordinarias

Las garantías ordinarias tienen como objetivo cubrir a la Cámara ante el incumplimiento de sus Miembros

Liquidadores o de sus Miembros Negociadores No Liquidadores o de sus Clientes, causado por movimientos en los

precios de los instrumentos financieros que se compensan y liquidan a través de ella. La Cámara discrimina la

exigencia de garantías ordinarias entre garantías iniciales y garantías diarias.

Page 82: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Garantías Iniciales

Los Miembros Liquidadores deberán depositar garantías iniciales mínimas con carácter previo a la aceptación de la

primera operación en la CRCC. Estos montos podrán ser distintos sí el Miembro Liquidador actúa sólo por cuenta

propia a sí actúa adicional o exclusivamente por cuenta de otros participantes.

Garantías Diarias

Estas garantías cubrirán el riesgo de cada nueva transacción que se celebre durante el día. Serán estimadas por la

CRCC para las cuentas propias de los Miembros y las de sus Clientes y serán asignadas durante el día a las posiciones

derivadas de las operaciones aceptadas y registradas de acuerdo con los procedimientos establecidos. La Cámara

requerirá estas garantías a través del Miembro Liquidador, quien es responsable de su constitución en tiempo y forma

establecidos.

Garantías Extraordinarias

Las garantías extraordinarias consisten en un monto adicional a las garantías diarias requeridas ante circunstancias

excepcionales, que afecten de forma inesperada el comportamiento de los precios de los instrumentos compensados

en la Cámara durante la sesión de negociación. El propósito de estas garantías es recuperar el nivel adecuado y

suficiente para cubrir el riesgo de incumplimiento a los que estaría expuesta la Cámara en un nuevo escenario de

volatilidad de precios.

Límites

Además del esquema de garantías, la Cámara también controla durante la sesión de negociación su exposición de

riesgo usando dos tipos de límites, los cuales le permiten ejercer control sobre el ritmo de la acumulación de

posiciones de sus Miembros Liquidadores.

Límite Operativo Diario

El objetivo de establecer un límite operativo diario es restringir el nivel de exposición de la Cámara entre el momento

de la toma de posiciones hasta el momento en que se ejecuta el depósito de garantías diarias. Este límite restringe la

capacidad de operación de cada Miembro Liquidador y de los participantes que ampara durante la sesión de nego-

Page 83: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

ciación. El límite se libera en la medida en que el Miembro Liquidador incremente voluntariamente el nivel de

garantías.

Límite a la Posición Abierta

La Cámara asigna un límite máximo al riesgo de la posición abierta con el fin de evitar la acumulación del riesgo de

contraparte y liquidez que supone la toma permanente de posiciones por parte de sus Miembros Liquidadores. Por lo

tanto, un Miembro Liquidador no puede tener una posición abierta total que genere, bajo las condiciones extremas en

la variación de precios, un monto de solicitud de garantías extraordinarias por un valor superior a un porcentaje dado

de su patrimonio técnico.

Recursos de la Cámara

Los criterios de participación, los límites a las posiciones y el esquema de garantías definidos en las secciones

anteriores ofrecen un alto grado de protección a los riesgos de contraparte y liquidez que enfrenta la Cámara. Sin

embargo, la Cámara buscará asegurar mediante la creación de fondos de salvaguarda y la disposición permanente de

un nivel adecuado de recursos propios, fuentes adicionales para cubrirse y garantizar su eficiencia operativa.

FONDO DE SALVAGUARDA

La CRCC se encuentra estructurando este tipo de fondo, en el cual la suma total aportada por los participantes se

emplea solidariamente para hacer frente al riesgo residual generado por el incumplimiento de un participante que

supere los demás anillos de seguridad de la Cámara. (El fondo todavía no está disponible).

PATRIMONIO Y RECURSOS PROPIOS DE LA CÁMARA

En última instancia, los recursos propios y el patrimonio de la Cámara deben soportar la pérdida residual ocasionada

por el incumplimiento de alguno de sus Miembros Liquidadores.

En cumplimiento de las recomendaciones internacionales, los recursos propios y el patrimonio deberán ser suficientes

para cubrir la exposición al riesgo más grande entre los Miembros Liquidadores de la Cámara, debido a que la mayor

exposición será la exposición del Miembro Liquidador que una vez efectuadas las pruebas de estrés, presente las

mayores pérdidas en caso de ser necesario cerrar su posición.

Page 84: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Procedimientos en Caso de Incumplimiento

Se establecen los procedimientos detallados para proseguir en caso de incumplimiento de un participante del

mercado. Estos procedimientos hacen parte del modelo de gestión de riesgo de la Cámara.

Impuestos Retención en la fuente: No existe retención en la fuente para inversionistas no residentes.

Impuestos sobre ganancias de capital: Los inversionistas no residentes no tienen que pagar impuestos sobre

ganancias de capital en derivados relativos al mercado accionario. Para otros instrumentos, los no residentes

deberán pagar ganancias de capital al 14% siguiendo las siguientes condiciones:

o La base gravable se establece al final de cada mes a través del neteo de la posición diaria a mercado de

todos los contratos con posiciones abiertas durante el mes correspondiente.

o La base gravable de un mes puede ser neteada contra la base negativa mensual de cualquier mes precedente.

o En caso de posiciones de derivados con liquidación por entrega del activo subyacente llevados a la entrega,

se puede compensar la base gravable del derivado con la base gravable resultante de la entrega del activo

subyacente.

o Cada miembro de la Cámara o el custodio para inversionistas no residentes es responsable por la recolección

el impuesto del inversionista.

o El inversionista no residente podrá deducir de su base gravable los gastos por administración y custodia

pagados por su inversión en cualquier mercado. Otros gastos del inversionista, como el efecto de la tasa de

interés en la base gravable de capital expresada en dólares americanos, no es deducible. Se le aconseja a los

inversionistas no residentes implementar instrumentos de cobertura de tasa de cambio en el mercado local

para optimizar su base grabable de capital, particularmente el uso del futuro sobre la TRM.

Page 85: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

3.3.2. MERCADO DE DERIVADOS SOBRE COMMODITIES ENERGÉTICOS

Mercado

Primario

NA

Mercado

Secundario

--------------------

Mercado

Transaccional

-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Escenario de Negociación: DERIVEX. Plataforma X-Stream. Proveedor: NASDAQ OMX. Mercado administrado por

DERIVEX.

Entidades Participantes:

Miembros: Persona jurídica que ha sido aceptada por Derivex como participante del Mercado de Derivados Estandarizados

sobre Commodities Energéticos y por lo tanto accede directamente al Sistema para la celebración o registro de

Operaciones, ya sea que las mismas las efectúe por cuenta propia, por cuenta de terceros, o por cuenta de las carteras

colectivas, portafolios o fondos que administre, según su régimen legal se lo permita.

Las condiciones y responsabilidades que se aplican para los Miembros Liquidadores, Miembros no Liquidadores y Terceros

son las mismas que se aplican para el mercado de derivados financieros de la BVC.

Metodologías de Negociación: Sesiones de Negociación: Electrónica, de Registro y Mixta.

Page 86: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Instrumento

Sesión de Negociación

Electrónica

Futuro de electricidad

Mensual

- Subasta de

Apertura

8:45 a.m. a 9:00 a.m.

Cierre Aleatorio:

+/-1 minuto

- Mercado Abierto Fin de la Subasta de

Apertura hasta

11:00 am

- Subasta de Cierre 11:00 a.m. a 11:15 a.m.

Cierre Aleatorio:

+/-1 minuto

Sesión de Registro

- Durante sesión de

negociación

electrónica

8:45a.m. a 11:15 a.m.

Cierre Aleatorio:

+/- 1 minuto

Page 87: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

- Después de la

sesión de

negociación

eléctrónica

11:15 a.m. a 11:45 a.m.

Cierre Aleatorio:

+/-1 minuto

Sesión Mixta

9:00a.m. a 11:00 a.m.

Criterios de Calce por Sesión y Criterios de Orden en el Libro de la Profundidad:

Sesión de Mercado Continuo: Se aplica la metodología de criterio de calce automático sobre las mejores órdenes de

compra y venta compatibles en el libro público de órdenes, priorizando ante igualdad en los precios según la orden

más antigua.

Sesiones de Subastas: Se aplica la metodología de calce por precio de equilibrio sobre las órdenes que se mantengan

al momento del cierre de las subasta. El precio de equilibrio se establece en función del nivel o precio que maximice

la cantidad adjudicada.

Sesión de Negociación Mixta: Derivex transmite a todos los Miembros, telefónicamente y a viva voz, en igualdad

de condiciones, las Posturas, Agresiones, Aceptaciones, modificaciones o retiro de las mismas. La imputación de

las operaciones se hace mediante confirmación de la información efectuada por los Miembros. Derivex envía la

información a cada una de las contrapartes para que sean ellos quienes confirmen la información de la operación

objeto de imputación en el Sistema.

Page 88: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Tipos de ordenes:

• Límite

• Mercado

• Mercado por lo Mejor

• Fill or Kill

• Fill and Kill

• Cantidad Mínima

Criterios adicionales:

Visible: Ingresa a la rueda mostrando solo un porcentaje de su cantidad total, mínimo 20%.

Stop: La orden stop se activa al precio indicado, solo cuando en la rueda hayan ordenes que igualen o

superen el precio señalado como “Stop price”.

Seguimiento: El precio de la orden cambiará de acuerdo con los cambios que tenga el precio de la

especie seleccionada.

Duraciones de las órdenes:

• Día

• Hasta Cancelación

• Hasta Fecha

• Hasta Hora

• Inmediata

• Sesión

Criterios de Revelación de Contrapartes: mercado ciego en negociación, compensación y liquidación.

Page 89: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Procesos de

Compensación y

Liquidación de

operaciones

Proceso de Compensación y Liquidación: Se replica la estructura del mercado de derivados financieros administrado

por la BVC, donde participan los miembros liquidadores y la Cámara de Riesgo Central de Contraparte de Colombia -

CRCC.

Impuestos Impuesto de retención en la Fuente: las utilidades de las transacciones estarán sujetas a un impuesto del 3,5% de

retención en la fuente para inversionistas locales. Inversionistas no residentes pagan un 14% neto por las ganancias

de cualquier otra inversión.

3.4. MERCADO DE DIVISAS

Productos Negociados Operaciones de Mercado Spot

Operaciones Next-Day (T+1)

Operaciones Next-Day (T+2)

Operaciones Next-Day (T+3)

Forwards

Swaps

Opciones

Mercado Primario

N/A

Page 90: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Mercado Secundario

---------------------------

Mercado Transaccional

--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Escenarios de Negociación: Sistema Electrónico Transaccional y Registro del mercado de divisas SET-

FX y Sistema Híbrido o Mixto de Negociación y Registro de Operaciones sobre Divisas ICAPCO-

Divisas.

Entidades Participantes: Intermediarios de Mercado Cambiario (IMC), definidos como tal en el

estatuto Cambiario Colombiano (Resolución Externa 8 de 2000) por el Banco de la República.

Bancos

Compañías de Financiamiento

Sociedades Comisionistas del Bolsa

Corporaciones Financieras

Entidades Especiales

DTN – Ministerio de Hacienda

Financiera Energética Nacional

Banco De La República

Metodologías de Negociación

o Sesiones de Negociación: Mercado Continuo

o Sistemas de Control de Precios: N/A

o Unidades de Variación de Precios: Centavos de dólar

o Criterios de Calce: Calce voluntario

o Orden de la Profundidad: Mejor precio y orden de llegada

o Criterios de Revelación de Contrapartes: Mercado Semi-ciego, ciego en negociación y

contraparte visible en la compensación y liquidación.

o Esquemas de Creadores de Mercado: N/A

Page 91: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

---------------------------

Mercado de Registro

-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Mercado de Registro:

Habilitado (8:00AM – 6:00PM)

Escenarios de Registro: Sistema Transaccional y Registro del mercado de divisas SET-FX. Según la

Resolución Externa 4 de 2009 del Banco de la República, así como la Circular DODM317, todas las

operaciones cambiarias realizadas por los IMC para cualquier tipo de cambio (contado o derivados)

deben ser registradas en un sistema autorizado por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Procesos de

Compensación y

Liquidación de

operaciones

Operaciones Mercado Spot y Next Day (T+1), (T+2) y (T+3)

o Entidades Participantes: Cámara de Compensación y Liquidación de Divisas

o Descripción del Proceso: DVP, neteo multilateral

1. Entrega de garantías a la CCD. (7:00AM – 8:00AM)

2. Recepción y aceptación de operaciones por parte de la CCD, entrega de garantías

adicionales a la CCD. (8:00AM – 1:00PM)

3. Ventana final de aceptación de operaciones. (1:00PM – 1:25 PM)

4. Hora de inicio de pago de la Compensación (1:25PM – 1.30 PM)

5. Pago de la Obligación Multilateral. (1:30PM – 2:30PM)

6. Pago del Derecho Multilateral. (2:30 Pm – 4:00PM)

Operaciones Forward

o Entidades Participantes: Cámara de Riesgo Central de contraparte

o Descripción del Proceso: La Cámara de Riesgo Central de Contraparte desarrolla el mismo

proceso que lleva a cabo para la compensación y liquidación de derivados financieros

estandarizados explicado en el numeral 3.3.1

Page 92: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Impuestos

Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Las operaciones de compra venta de divisas y las operaciones sobre instrumentos derivados no están

sujetas a IVA

Impuesto de retención en la Fuente: las utilidades de las transacciones Forward (Non-Delivery)

estarán sujetas a un impuesto del 3,5% de retención en la fuente.

3.5. MERCADO INTEGRADO LATINOAMERICANO – MILA

Productos Negociados

Entidades participantes: Mercados de Acciones de Chile, Perú y Colombia.

Operaciones habilitadas: Compraventas de Acciones inscritas en cada una de las bolsas participantes y de

otros valores de renta variable tales como (ETF´s, ADR´s y unidades de fondos).

Sistema de Identificación: Los valores se identifican según el sistema definido en el país de origen.

Mercado Primario

Las colocaciones primarias de acciones se encuentran habilitadas en el marco del MILA.

Mercado Secundario –

Negociación

Mercado Transaccional:

Entidades Participantes: Bolsa de Valores de Colombia – BVC , Bolsa de Comercio de Santiago- BCS,

Bolsa de Valores de Lima- BVL y los intermediarios vinculados a cada una de las bolsas participantes.

Mecanismo de Negociación: Intermediarios miembros de las bolsas de valores vinculadas al MILA

pueden adquirir y vender acciones en las otras bolsas a través del mecanismo de enrutamiento

Page 93: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

intermediado, donde a partir de la firma de un convenio con un intermediario local, el intermediario

extranjero obtiene el acceso directo al mercado extranjero participante.

Los intermediarios locales pueden generar varios convenios para poder tener acceso a los mercados

extranjeros participantes. Sin embargo, antes de realizar el enrutamiento de una orden hacia los otros

mercados, el intermediario deberá informar en el sistema el convenio a través del cual se realizará el

enrutamiento hacia el mercado externo.

Todas las obligaciones derivadas de las operaciones que generen los intermediarios extranjeros en el

mercado local, serán asumidas por el intermediario local a través del cual se llevo a cabo el

enrutamiento de la orden.

Reglas de Negociación: Cada bolsa administra su propio mercado, por lo cual la negociación se realiza

bajo las reglas del mercado donde estén listados los valores. (horarios, sesiones de mercado, criterios de

calce, tick de precios, etc.).

Mercado de Registro: Ningún mecanismo de registro de operaciones está habilitado en el marco del

MILA

Procesos de

Compensación y

Liquidación de

operaciones

Proceso de Compensación y Liquidación

Entidades Participantes: Depósitos centrales de valores de cada uno de los países participantes en el

MILA

(DCV-Chile, CAVALI – Perú y Deceval – Colombia), Intermediarios locales y Extranjeros.

Descripción del Proceso: Las operaciones realizadas por el intermediario extranjero son liquidadas por

el intermediario local a través del cual se realizó el enrutamiento de la orden hacia este mercado. El

movimiento de fondos y la orden de transferencia de valores hacia el depósito local, es realizada por el

intermediario local según lo convenido con el intermediario extranjero.

Page 94: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

La compensación y liquidación de fondos y valores se realiza por las entidades que están a cargo de

estas tareas, de conformidad con la legislación del país de origen. Los principios de incondicionalidad,

irrevocabilidad y finalidad son aplicables en cada mercado participante, de acuerdo con las mejores

prácticas internacionales previstas para la aplicación y desarrollo de dichos principios y conforme a la

legislación de cada país.

Con respecto a las operaciones que requieran que el intermediario local tenga los fondos necesarios

para liquidar la operación, si este proceso requiere el envió de divisas por parte del intermediario

extranjero, todos los procesos asociados a la canalización de los recursos a través de los mercados

cambiarios de cada país, deberá ser coordinado por los intermediarios local y extranjero, por fuera de

los mecanismos definidos para el MILA.

La custodia de la emisión de los valores se mantiene en el depósito del país donde se encuentra

registrada la emisión. El depósito local posee una cuenta ómnibus a favor del depósito extranjero y

ésta refleja los valores que los intermediarios extranjeros han adquirido en el marco del mercado MILA.

Este comportamiento es recíproco entre los depósitos participantes. A partir de los saldos informados

por el depósito local, el depósito extranjero es el encargado de realizar la desagregación a nivel de

intermediario o cliente final en cada uno de los países según la reglamentación aplicable.

Los depósitos locales y extranjeros compartirán la información de los movimientos realizados por los

clientes finales, con el objetivo de que el depósito local pueda realizar el cobro de los impuestos sobre

ganancias de capital a que haya lugar según la normatividad local.

Administración de Riesgos de Contraparte: Los intermediarios locales pueden limitar el nivel de

exposición con los intermediarios extranjeros en el mercado local por medio de un sistema de cupos

diarios de contraparte proporcionado por la bolsa local.

Page 95: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Impuestos Impuestos: Los impuestos sobre dividendos y ganancias de capital que se aplican en el marco del acuerdo del

MILA son los mismos a los cuales están sujetos los inversionistas extranjeros en cada uno de los tres países.

Para mayor información sobre los impuestos que deben pagar los inversionistas extranjeras en Colombia

por inversiones en el mercado de acciones, véase la descripción del mercado de acciones en el numeral

3.1.1 y el proceso para la inversión de inversión extranjera en Colombia en el numeral 5 Guía de esta

cartilla.

3.6. VEHÍCULOS DE INVERSIÓN EN EL MERCADO COLOMBIANO

3.6.1. FONDOS DE INVERSIÓN COLECTIVA – Collective Investment Schemes

Descripción

Todo mecanismo o vehículo de captación o administración de sumas de dinero u otros activos, integrado con

el aporte de un número plural de personas determinables una vez el fondo entre en operación, recursos que

serán gestionados de manera colectiva para obtener resultados económicos también colectivos.

Las características de cada cartera están definidas en su propio reglamento. Este reglamento determina entre

otros aspectos las políticas que se emplearán para su funcionamiento, el tipo de inversiones que se efectuarán

con los recursos que aporten los copartícipes, así como información importante en correspondencia con su

operación.

Cada administrador de un fondo de inversión colectiva, tiene la obligación de registrar todas las condiciones

de gestión del portafolio en un prospecto, documento que debe ser entregado al inversionista antes de su

vinculación y que contiene información general, económica y operativa de la cartera colectiva.

Page 96: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Entidades

Administradoras

Los fondos de inversión colectiva pueden ser administradas por:

sociedades comisionistas de bolsa

sociedades fiduciarias

sociedades administradoras de inversión

Clasificación Fondos

de Inversión Colectiva

Descripción

Los fondos de inversión colectiva se clasifican de acuerdo con el término o periodo de permanencia del

inversión:

Abiertos: Son aquellos fondos de inversión colectiva en los cuales la sociedad administradora está obligada a

redimir las participaciones de los inversionistas en cualquier momento, durante la vigencia del mismo. En el

reglamento podrán acordarse pactos de permanencia mínima para la redención de participaciones de los

inversionistas, caso en el cual deberá establecerse el cobro de penalidades por redenciones anticipadas, las

cuales constituirán un ingreso para el respectivo fondo.

Cerrados: Son aquellos fondos de inversión colectiva en los que la sociedad administradora de fondos de

inversión colectiva únicamente está obligada a redimir las participaciones de los inversionistas al final del plazo

previsto para la duración del fondo de inversión colectiva. Podrán crearse fondos de inversión colectiva

cerrados en los cuales se establezcan plazos determinados para realizar la redención de las participaciones, los

cuales deberán estar previamente determinados en el reglamento, el plazo mínimo será de treinta días.

Los ETF (Exchange Trading Funds) o Fondos Bursátiles son fondos de inversión colectiva cuyo objeto consista en

replicar o seguir un índice nacional o internacional, mediante la constitución de un portafolio integrado por algunos o

todos los activos que hagan parte de la canasta que conforma dicho índice.

El Fondo Bursátil Ishares COLCAP busca obtener resultados de inversión que correspondan al retorno de precio del

índice COLCAP.

Page 97: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

1 A medida que aumenten los activos bajo administración, está permitido optimizar el seguimiento del fondo.

Page 98: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

4. EVENTOS CORPORATIVOS Y POLÍTICAS PARA INFORMACIÓN RELEVANTE

4.1. DERECHOS DE LOS INVERSIONISTAS EN EL MERCADO DE VALORES Y MECANISMOS

PARA EJERCERLOS

Los temas que se describen a continuación han sido tomados de la guía para inversionistas en emisores de valores publicada por la

Superintendencia Financiera de Colombia en su página Web.

Derechos generales de

los inversionistas en el

mercado de valores

---------------------------

Derechos políticos de

los accionistas

a. Recibir un trato equitativo por parte de los administradores y demás funcionarios de la entidad emisora.

b. Tener acceso oportuno, en igualdad de condiciones, a toda la información que resulte relevante para la

adopción de sus decisiones de inversión, ya sea comprar, vender o mantener los títulos respectivos.

c. Derecho a que un número plural de accionistas que represente, cuando menos, el cinco por ciento (5%) de

las acciones suscritas, presenten propuestas a las juntas directivas de las sociedades inscritas, las cuales

deberán considerarlas y responderlas por escrito a quienes las hayan formulado, indicando claramente las

razones que motivaron las decisiones. En todo caso tales propuestas no podrán tener por objeto temas

relacionados con secretos industriales o información estratégica para el desarrollo de la compañía. (artículo

40 Ley 964 de 2005)

-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

a. Participar con voz y voto de las deliberaciones sociales.

b. Inspeccionar los libros y papeles de la sociedad en las hipótesis previstas en la ley y en los estatutos

(Derecho de Inspección: de acuerdo con el numeral 4º del artículo 379 del Código de Comercio, cada

acción confiere a su propietario, entre otros derechos, el de inspeccionar libremente los libros y papeles

sociales dentro de los quince (15) días hábiles anteriores a la reunión de la asamblea general de accionistas

en el que se consideren los estados financieros de fin de ejercicio).

c. Ser convocados a las reuniones del máximo órgano social.

Page 99: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

---------------------------

Derechos de los

accionistas con

contenido económico

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

a. A recibir una parte proporcional de los beneficios sociales establecidos por los balances de fin de ejercicio,

con sujeción a lo dispuesto en la ley o en los estatutos.

b. A recibir una parte proporcional de los activos sociales al tiempo de la liquidación y una vez pagado el

pasivo externo de la sociedad.

c. A suscribir preferentemente en cada emisión de acciones, salvo que los estatutos o la asamblea de

accionistas establezcan lo contrario.

d. A retirarse de la sociedad y obtener el reembolso anticipado de su participación, en los casos previstos en

la ley (Derecho de Retiro: En virtud de este derecho los accionistas o asociados ausentes o disidentes, en

los casos previstos en la ley, tienen la facultad de separarse anticipadamente de la sociedad, lo cual implica

que, en dado caso, les sean reembolsados sus aportes. Procede en los casos en que se vaya a considerar

una fusión, transformación o escisión que imponga a los socios una mayor responsabilidad o se cause una

desmejora en sus derechos patrimoniales, o por la cancelación voluntaria de la inscripción en el Registro

Nacional de Valores y Emisores y/o en bolsa)

El socio que haya ejercido el derecho de retiro y que se le hubiere reembolsado algún valor por sus

acciones, se hace responsable por las obligaciones que hubiesen sido contraídas por la sociedad hasta la

fecha de inscripción del retiro en el registro mercantil. Dicha responsabilidad es subsidiaria, limitada hasta

el valor del reembolso y cesará cuando haya transcurrido un año a partir de la inscripción del retiro.

e. A enajenar libremente sus acciones, salvo que exista derecho de preferencia para la suscripción.

Page 100: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

---------------------------

Mecanismos de

protección de los

Derechos de los

inversionistas

--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

- Cuando un inversionista del mercado de valores considere que sus derechos han sido vulnerados puede

acudir ante la Superintendencia Financiera de Colombia, y específicamente al Superintendente Delegado para

Emisores, Portafolios de Inversión y Otros Agentes, a presentar la solicitud respectiva, ya sea como consulta,

como queja o en cualquier otra forma que considere pertinente en ejercicio de derechos de petición (numerales

12, 15 y 25 del literal A. del artículo 11.2.1.4.51. del Decreto 2555 de 2010). Las quejas que se formulen por

escrito ante la Superintendencia Financiera de Colombia deberán presentarse con el lleno de los requisitos

señalados para el ejercicio del derecho de petición.

- La cancelación de la inscripción de una acción en la bolsa de valores y en el Registro Nacional de Valores y

Emisores (RNVE) exige que la asamblea de accionistas apruebe dicha cancelación y, en el evento en que la

decisión respectiva fuere tomada por una mayoría de los votos presentes en la reunión, será necesario que los

accionistas que votaron en favor de la misma promuevan una oferta de adquisición sobre las acciones de

propiedad de los accionistas ausentes o disidentes de dicha reunión. (Artículo 5.2.6.1.2. del Decreto 2555 de

2010). Este procedimiento permite que los accionistas ausentes o disidentes vendan su participación en la

sociedad a través de un mecanismo bursátil propio de las acciones que se encuentran inscritas en bolsa de

valores. Este procedimiento debe respetar los términos y condiciones previstos en la Ley 222 de 1995 para el

ejercicio del derecho de retiro de los accionistas ausentes o disidentes de tal decisión. Los accionistas que en la

reunión de la asamblea voten a favor de la cancelación de la inscripción de las acciones en la bolsa y en el

RNVE no tendrán derecho a las medidas de protección señaladas.

- En los casos de cambio en el control accionario del emisor, se establece como medida de protección para

los accionistas minoritarios, la obligatoriedad para quienes pretendan adquirir un porcentaje de control en una

sociedad con acciones inscritas en bolsa de realizar una oferta pública de adquisición, permitiendo así que los

accionistas minoritarios puedan vender en ese momento su participación, en las mismas condiciones en las

cuales las enajenan los accionistas mayoritarios (artículo 6.15.2.1.1. del Decreto 2555 de 2010)

Page 101: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

- Procedimiento de carácter jurisdiccional para la protección de los accionistas minoritarios por parte de la

Superintendencia Financiera de Colombia, el cual procede a solicitud de parte, cuando éstos consideren que sus

derechos han sido lesionados por la asamblea general de accionistas, por la junta directiva o por los representantes

legales de la sociedad. (Artículo 141 y 142 de la Ley 446 de 1998 incorporados en el artículo 326, numeral 8 del

Estatuto Orgánico del Sistema Financiero). Para acudir ante la Superintendencia Financiera de Colombia es necesario,

en primer lugar, que el demandado sea un emisor de valores; en segundo lugar, que la parte actora sea uno o más

accionistas con el diez por ciento (10%) o menos de las acciones en circulación y, en tercer lugar, que los accionistas

demandantes no tengan representación dentro de la administración del emisor demandado. Previa evaluación de los

hechos en que se fundamenta la petición de los accionistas minoritarios y la determinación de las circunstancias, la

Superintendencia Financiera de Colombia podrá adoptar las medidas que tiendan a evitar la violación de los derechos y

el restablecimiento del equilibrio y el principio de igualdad de trato entre las relaciones de los accionistas.

Requisitos de Registro

En el mercado Colombiano los valores son desmaterializados. No hay entregas físicas, las acciones se registran a

nombre del beneficiario final.

Page 102: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

4.2. ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS

Asambleas de

Accionistas

Las reuniones ordinarias de la Asamblea General de Accionistas se llevan a cabo por lo menos una vez al año,

en las fechas señaladas en los estatutos sociales y a falta de estipulación, dentro de los tres meses siguientes

al cierre de cada ejercicio social (diciembre 31). También se puede convocar a reuniones extraordinarias de la

Asamblea General de Accionistas cuando lo exijan las necesidades imprevistas o urgentes de la sociedad, de

acuerdo a lo establecido en los estatutos. La Asamblea deliberará con un número plural de socios que

represente, por lo menos, la mitad más una de las acciones suscritas, sin perjuicio que estatutariamente se

pueda pactar un quórum diferente.

Las reuniones de las Asambleas de Accionistas se llevan a cabo en el domicilio principal del emisor,

generalmente en las principales ciudades de Colombia.

La convocatoria a las reuniones ordinarias de la Asamblea General de Accionistas se debe realizar con una

antelación mínima de 15 días hábiles (Art 424 Código de Comercio), mediante aviso publicado en un diario de

circulación nacional. En la convocatoria el emisor deberá informar el orden del día, la fecha, lugar y la hora en

que se realizará la reunión, así como también deberá informarlo a la Superintendencia Financiera de Colombia

y a la BVC. Lo anterior, sin perjuicio de las recomendaciones del Código País relacionadas con la información

puesta a disposición de los accionistas con ocasión a las reuniones del máximo órgano social.

Para el caso de las reuniones extraordinarias de la Asamblea de Accionistas, la convocatoria se debe realizar,

en principio, con una antelación de 5 días comunes, sin perjuicio que los estatutos de la Compañía puedan

disponer un plazo mayor para tal convocatoria.

Derechos Políticos

Voto

Uno de los derechos que las acciones ordinarias confieren a su titular, es el derecho a votar en la Asamblea.

Las acciones preferenciales otorgan el derecho a voto en el evento que la Asamblea así lo disponga. Las

sociedades por acciones pueden emitir acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto, las cuales

Page 103: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

tienen el mismo valor nominal de las acciones ordinarias y no pueden representar más del 50% del capital

suscrito. (Art.41 Ley 222/95).

Están facultados para ejercer el derecho de voto los accionistas que se encuentren registrados en el libro de

accionistas de la sociedad. El peso del voto de cada accionista corresponde a su porcentaje de participación en

el capital social y cada acción corresponde a un voto.

No hay restricciones de voto que afecten a los inversionistas locales o extranjeros.

Mecanismos de

Votación

Para ejercer el voto se requiere asistencia a la Asamblea. En Colombia sólo el beneficiario final de las

acciones, sus representantes legales (en el caso de las personas jurídicas o personas legalmente incapaces) o

sus apoderados pueden asistir a las Asambleas.

Proceso para

Otorgamiento de

Poderes en

Asambleas

El poder debe ser otorgado por escrito identificando al apoderado y de ser necesario, la persona que podría

sustituir a dicho apoderado. El poder debe indicar la fecha o fechas de la reunión o reuniones para las cuales

se confiere el poder y se deben acreditar los demás requisitos que se señalen en los estatutos de la sociedad.

(ART.184 Código de Comercio). El poder debe ser firmado por el titular de las acciones y no requiere ningún

tipo de autenticación frente a alguna autoridad.

Page 104: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

4.3. PRÁCTICAS DE EVENTOS CORPORATIVOS - EC

Tipos de EC

Dividendos en efectivo y/o acciones, fusiones y adquisiciones, splits, suscripción de derechos, ofertas públicas,

emisiones de acciones, emisiones de bonos, pago de intereses, entre otros.

Fuentes de

Información

sobre EC

La información relevante de los emisores y en particular la información relacionada con los eventos corporativos

puede ser consultada por los inversionistas en los siguientes vínculos:

Superintendencia Financiera de Colombia:

www.superfinanciera.gov.co

Bolsa de Valores de Colombia BVC: Boletines diarios:

www.bvc.com.co/pps/tibco/portalbvc/Home/Mercados/boletines?action=dummy

Fechas de Pago

La Asamblea General de Accionistas tiene libertad para establecer las fechas de pago de dividendos.No

obstante, las utilidades se deben pagar dentro del año siguiente a la fecha en que se decreten. (Art 156 Código

de Comercio).

La costumbre de los emisores en Colombia es realizar pagos trimestrales o un único pago anual.

Periodos Ex

dividendo

Se entenderá que una transacción sobre acciones se realizó en período o fecha “ex dividendo”, cuando la misma

se registra entre el primer día hábil de pago de dividendos de las respectivas acciones y los diez (10) días

hábiles bursátiles inmediatamente anteriores a tal fecha.

Los dividendos de las acciones que se negocien en el periodo “ex-dividendo” pertenecerán al vendedor.

Procedimientos Para

Pago De Dividendos

e Intereses

Page 105: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

------------------------

Procedimiento

DECEVAL

------------------------

Procedimiento

DCV

-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Los emisores efectúan el pago de los dividendos mediante transferencia electrónica de fondos a la cuenta de

depósito para administración de valores abierta por Deceval en el CUD del Banco de la República, bien sea

directamente o a través de un Banco Liquidador y que representen rendimientos, dividendos o capital.

Dichas sumas se pondrán a disposición de Deceval a más tardar el mismo día del vencimiento, antes del cierre

bancario.

El Deceval lleva a cabo los pagos mediante abono a los tenedores de valores emitidos por el respectivo emisor

a través de los Depositantes Directos (intermediarios). En el evento que por situaciones ajenas a Deceval no se

pudieran trasladar los recursos y no fuera posible su entrega el mismo día del vencimiento por hechos

imputables al emisor, este último deberá asumir cualquier costo que se incurra deberá ser asumido por éste.

Los pagos a los Depositantes Indirectos (inversionistas) se canalizarán por intermedio de los Depositantes

Directos (intermediarios). El Depositante Directo deberá efectuar la transferencia de los recursos el mismo día en

que fueren recibidos.

Tratándose de valores en custodia internacional en los custodios, depósitos de valores de otros países o

depósitos internacionales de valores, el ejercicio de los derechos patrimoniales será ejercido por el Deceval a

través de estos últimos y los pagos recibidos se canalizarán a los Depositantes Directos (inversionistas) mediante

pago en cuentas de depósito de fondos en el exterior conforme a la legislación cambiaria vigente. Será

responsabilidad del Depositante Directo el registro de las cuentas de fondos abiertas en el exterior para este

propósito.

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

El DCV lleva a cabo el pago del capital y los rendimientos de los títulos cuando éstos llegan al vencimiento. El

DCV efectúa la liquidación el día de exigibilidad o el siguiente día hábil en los casos en que éste coincida con

un fin de semana o día festivo.

Page 106: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Para los depositantes directos (inversionistas) existen tres medios de pago definidos:

1. Abono en cuenta de depósito, para quienes tienen cuenta en el Banco de la República.

2. Pago electrónico para quienes registren en el Banco de la República una cuenta de ahorros o cuenta

corriente en alguno de los bancos del país.

3. Pago en cheque para quienes no cuentan con ninguna de las anteriores. A los depositantes indirectos el

pago se efectúa a través del depositante directo que los representa en el DCV.

El DCV practica la retención en la fuente a que haya lugar en cada uno de los pagos de acuerdo con las normas

vigentes y actualiza sus registros sobre constancias de retención o de enajenación.

El pago está condicionado a que el emisor del título provea oportunamente los recursos correspondientes a los

vencimientos de capital o rendimientos de los títulos. Si en algún momento los recursos ubicados son

insuficientes, el DCV llevará a cabo los pagos en el orden en que se encuentren en su base de datos hasta

donde lo permitan los recursos disponibles y seguirá pagando en el mismo orden en la medida en que se

reciban nuevos recursos del emisor.

Pago de Intereses: El pago de intereses al vencimiento periódico se produce al final de cada uno de los

períodos. El DCV liquida los rendimientos de acuerdo con la definición que haya hecho el emisor de los títulos.

Si el título que genera el pago se encuentra otorgado en Repo o en garantía los rendimientos se pagarán al

depositante que entregó el título (quien actuó como vendedor). No obstante, si se trata del último período de

rendimientos y el título está otorgado en garantía los rendimientos se pagarán a favor del beneficiario de la

garantía.

Amortización de Capital: Para los títulos cuyo capital es amortizable por cuotas, el DCV liquida la cuota de

capital y los rendimientos al vencerse cada uno de los períodos, de acuerdo con la definición que haya

hecho el emisor de los títulos. Si el título que genera el pago se encuentra otorgado en Repo o en garantía,

el capital y los rendimientos se pagan al depositante que recibió el título (quien actuó como comprador). Al

realizar el pago de cada cuota de capital el saldo en circulación disminuye y esa variación se ve reflejada en

Page 107: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

el extracto de títulos. De esta forma, al realizar el último pago, el título saldrá de circulación y el depositante

no podrá ordenar ninguna transacción sobre el título, incluso en el evento en que el emisor no haya situado

los recursos.

Capitalizaciones: En el caso en que el emisor del título haya establecido que al vencimiento del período de

rendimientos el pago se realice como un incremento en el capital, se siguen los mismos lineamientos que

para un pago de intereses normal, con la diferencia que no se requiere ubicación de recursos por parte del

emisor. El saldo del título aumenta y dicho movimiento se ve reflejado en el extracto de títulos del

depositante. Si el título que causa la capitalización se encuentra en Repo o en los rendimientos, se

capitalizan al depositante que entregó el título (quien actuó como vendedor).

Pago al Vencimiento: Cuando el título llega al vencimiento definitivo, el DCV lleva a cabo la liquidación y

pago de intereses de acuerdo con las condiciones definidas por el emisor. Si por alguna razón el emisor no

provee los recursos, el DCV se abstiene de pagar y el título se saca de circulación ya que ha llegado al final

de su vigencia. Lo anterior significa que una vez un título llegue a su vencimiento, el depositante no puede

ordenar ni realizar operaciones sobre el mismo, aún en los casos en que el emisor no le haya pagado. Si

sobre el título que vence se encuentra vigente una garantía, el DCV efectúa el pago a quien recibió la

garantía, es decir a quien actuó como comprador. Cuando al depositante o beneficiario del pago se le ha

inscrito algún embargo de autoridad judicial, el DCV procede a liquidar el título y colocar los recursos a

disposición de la autoridad que ordenó el embargo o de quien dicha autoridad determine.

Page 108: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

4.4. POLÍTICAS PARA INFORMACIÓN RELEVANTE Y ESTADOS FINANCIEROS - EMISORES

Obligación de

Reporte

Todo emisor de valores deberá divulgar, en forma veraz, clara, suficiente y oportuna al mercado, a través de la

Superintendencia Financiera de Colombia, en la forma establecida en el Artículo 5.2.4.1.5 del decreto 2555, toda

situación relacionada con él o su emisión que habría sido tenida en cuenta por un experto prudente y diligente al

comprar, vender o conservar los valores del emisor o al momento de ejercer los derechos políticos inherentes a

tales valores.

Todas las entidades emisoras inscritas en el RNVE deberán remitir a la Superintendencia Financiera de Colombia los

estados financieros de períodos intermedios y demás información que para el efecto establezca la misma, con la

periodicidad y en los términos y condiciones que ella determine. Los estados financieros de períodos intermedios

deberán elaborarse como mínimo cada tres (3) meses. (Artículo 5.2.4.1.3 del decreto 2555)

Hechos que deben

ser reportados

El Decreto 2555 de 2010 en el artículo 5.2.4.1.5. incorpora una lista enunciativa de los hechos que deben ser revelados

como información relevante, no obstante se relacionan algunos casos puntuales a continuación:

Situación Financiera Contable:

1. Cualquier operación o acto que origine variaciones iguales o superiores al cinco por ciento (5%) en el valor

total de los activos, pasivos, ingresos operacionales, utilidad operacional, utilidad antes de impuestos,

aumentos o disminuciones de capital, inversiones, adquisiciones, garantías, avales o prendas entregadas o

recibidas, daciones en pago, donaciones y aportes hechas por la Sociedad.

2. Variación en el número de acciones en circulación, aprobación de distribución de dividendos por parte de

la asamblea general de accionistas, modificación de estados financieros transmitidos previamente al

Registro Nacional de Valores y emisores – RNVE, cambios en las políticas contables y reclasificación de las

inversiones.

Situación jurídica:

1. Eventos corporativos como: convocatorias asambleas, decisiones relevantes de la asamblea de accionistas,

Page 109: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

reformas estatutarias, nombramientos y remociones, cambios en la situación de control, cambios en la

composición accionaria igual o superior a 5%, readquisición de acciones y acuerdos entre accionistas.

2. Sanciones como: cancelación de inscripción de valores en la RNVE o en bolsa de valores, procesos judiciales

y administrativos, sanciones al emisor o a sus administradores.

3. Otorgamiento o cancelación de concesiones o licencias; y celebración, modificación o terminación de

contratos que establezcan restricciones relevantes para el emisor.

Situación comercial y laboral:

2 Cambios en la actividad principal; reorganizaciones empresariales tales como fusiones, transformaciones,

adquisiciones, escisiones, cesión de activos pasivos y contratos, o segregaciones.

3 Introducción de nuevos productos y servicios o su retiro del mercado; otorgamiento, cancelación u

oposición a derechos de propiedad industrial tales como marcas, patentes, licencias o permisos de

explotación u otros desarrollos.

4 Cierre temporal o permanente de plantas de producción, cualquier situación laboral relevante como

huelgas, pactos colectivos, convenciones, entre otros.

Situaciones de crisis empresarial:

Cualquier evento que pueda conducir a alterar la continuidad de la entidad o llevarla a su disolución y

liquidación, tomas de posesión, incumplimiento de obligaciones, siempre y cuando tales obligaciones

representen no menos del cinco por ciento (5%) del pasivo corriente de la entidad.

Emisión de valores:

La emisión de valores en Colombia y en el extranjero, y los hechos relacionados con las emisiones de

valores en circulación, incluyendo, entre otros: la autorización del órgano competente; cambios en el valor

nominal de las acciones; división de acciones; prepagos o redenciones anticipadas; cambios en los derechos

de los tenedores de los valores; modificaciones a las calificaciones de riesgo del respectivo valor;

Page 110: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

modificaciones en los plazos u otras condiciones de los títulos; cancelación de la inscripción de los valores

en bolsa o en el RNVE y demás eventos relevantes relacionados con la emisión respectiva.

Mecanismos de

Divulgación

La información relevante deberá ser divulgada a través de la página web de la Superintendencia Financiera de

Colombia, inmediatamente se haya producido la situación o una vez el emisor haya tenido conocimiento de ésta,

cuando ésta se hubiere originado en un tercero. En todo caso, la información deberá contener una descripción

detallada de la situación relevante.

Ningún emisor podrá divulgar a través de medios masivos de comunicación información sobre situaciones objeto de

información relevante, sin que previa o concomitantemente tal información se haya revelado al mercado por los

mecanismos propios de divulgación de la información relevante.

Así mismo, de ser dado a conocer cualquier hecho susceptible de ser comunicado como relevante por un medio masivo

de comunicación, el emisor deberá informar al mercado sobre su veracidad por los medios dispuestos para el suministro

de información relevante.

Page 111: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

5. GUÍA PARA EL INVERSIONISTA EXTRANJERO EN COLOMBIA

5.1. PROCESO OPERATIVO DE ACCESO AL MERCADO

El objetivo de esta sección es describir el proceso que deben realizar los inversionistas extranjeros, a quienes llamaremos c lientes finales, para

realizar inversiones en el mercado de capitales colombiano. La información suministrada es suficiente para que el cliente pueda crear un

checklist de las actividades que debe realizar para invertir en Colombia. De forma complementaria, se explicarán los pasos que deben seguir

los diferentes agentes dentro del proceso cumpliendo con la regulación colombiana.

Existen dos modelos diferentes que pueden ser utilizados por los clientes finales para hacer inversiones en Colombia. En el primer modelo,

custodios globales y brokers internacionales ofrecen a los clientes finales acceso a los mercados locales a través del mismo mecanismo que

es utilizado para realizar inversiones simultáneamente en diferentes países. En el segundo modelo, el cliente final tiene contacto directo con

un bróker local, quien está habilitado de igual forma para funcionar como administrador local, para representar el cliente final en los

mercados locales y para llevar a cabo todas las transacciones. Incluso cuando solo estos dos modelos son ampliamente descritos en las

secciones siguientes, podría haber combinaciones de ambos teniendo en cuenta el número de participantes dentro del proceso de acceso al

mercado.

5.1.1. MODELO DE CUSTODIO GLOBAL

Entidades

Participantes

Administrador Global

Para invertir en el mercado colombiano, en primer lugar, los clientes finales deben contar con un custodio global, quien

es la entidad designada por el cliente final para administrar la operación, recibir y custodiar valores, realizar la entrega y

para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la compensación y liquidación de las operaciones. El custodio

representa al cliente final y asume su responsabilidad frente a la operación. Lo anterior se define bajo un acuerdo de

servicios celebrado entre ambas partes, en el cual se establecen las funciones tanto administrativas como operativas

ofrecidas por el custodio, así como las tarifas de operación.

Page 112: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Custodio local

El custodio global necesita de un administrador local para que lo represente y ejecute toda la operación dentro del

mercado local. Entre ambos agentes debe existir un acuerdo de servicios donde se define todo el proceso de la

operación. Dentro del proceso de vinculación, una vez definido el acuerdo de servicios entre ambas entidades, el

administrador local le crea una identificación tributaria al cliente final, una cuenta bancaria de compensación y

liquidación, una cuenta dentro de los depósitos (DECEVAL y DCV) y una cuenta dentro de la cámara de riesgo central de

contraparte. La identificación tributaria o NIT permite identificar al cliente durante toda la operativa dentro del mercado

local. De acuerdo con lo anterior, el cliente final tiene cuentas abiertas con su NIT dentro del mercado de capitales

colombiano.

Es importante mencionar que el administrador local realiza el recaudo de los impuestos generados por la operación y los

reporta mensualmente ante la entidad competente dentro de Colombia (DIAN). El administrador local responde

solidariamente por el cliente final. Del mismo modo, el administrador local es el encargado de realizar los reportes de los

movimientos de las divisas frente al Banco de la República y es el responsable de representar los derechos políticos

adquiridos por el cliente final generados por la compra de títulos valores.

Brokers (internacional y local)

El cliente final debe contar con un bróker internacional quien realiza las operaciones de compra y venta de activos locales

utilizando un bróker local. Ambos brokers deben tener un acuerdo de servicios, en el cual se definirá las condiciones

mediante las cuales se llevará a cabo la operativa de compra y venta de los activos. Para llevar a cabo la operación, es

necesario que el cliente final cuente con un administrador local quien es responsable de realizar toda la operativa. El broker

local y el administrador local deben establecer los términos de comunicación entre las entidades con el fin de realizar el

cumplimiento de las operaciones. Una vez se haya terminado el proceso de vinculación con el custodio global y el broker

internacional, el cliente final está en condiciones de realizar operaciones dentro del mercado local.

Page 113: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Descripción

del Proceso

Flujo Operativo

Bróker Int.

Custodio Global Cliente Final

Bróker local.

Administrador LocalS.FIDU

SAISCB.

BANCOIMC

DVL

DCVCTA BANCARIA

C Y L

1

2

3

DIAN

4

6

7

810

11

12

Ext.

Col

13 A, B

9

5

14

Administrador Local

•Responsabilidad Cambiaria

Declaración de cambio (F4) –Reg.

Inv extranjera.

•Responsabilidad Tributaria.

•Deber de información y reporte a

demás entes de control.

15 A, B

16 A, B

17 A, B

18 A, B

Pasos del Proceso Los siguientes pasos describen el proceso de principio a fin. Un cliente no tiene que completar

el proceso desde el comienzo debido a la existencia de brokers globales y locales y custodios que ya han

implementado el modelo para sus clientes. En ese caso el cliente deberá seguir del paso 6 en adelante.

1. El custodio global contacta al custodio local manifestando su interés por operar en el mercado Colombiano.

El custodio local remite los siguientes documentos para su vinculación:

Contrato de Administración

SLA: Acuerdo de niveles de servicio.

Documento Fees.

Page 114: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

2. El cliente final y el custodio global firman su contrato de operación. Generalmente el cliente final no conoce a su

custodio local.

3. Cierre del negocio entre el custodio global y el local.

4. El custodio local procede a efectuar trámites de asignación de NIT para ese nuevo inversionista extranjero ante la

DIAN.

5. Apertura de cuentas de depósito DVL y DCV, una Cuenta Bancaria y Cuenta de CyL en la CRCC.

6. Custodio local comunica al custodio global que su cliente final ya puede operar.

7. El cliente final proporciona orden de compra y/o venta de títulos negociados en el mercado Colombiano al bróker

internacional.

8. Broker internacional transmite la orden que le ha generado el cliente extranjero a bróker local y éste la ejecuta.

9. Entre el broker local y el custodio local establecen contacto comercial.

10. Una vez que ejecuta la orden impartida, el broker local le notifica al internacional.

11. Bróker internacional informa al cliente extranjero de la ejecución exitosa de la orden en el mercado local.

12. El inversionista final le notifica a su custodio global que se ha cerrado una operación en su nombre en el mercado

colombiano.

13. A (compra): custodio global notifica al local que se efectuó la operación de compra para el cliente final.

Page 115: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

B (venta): custodio global notifica al local que se efectuó la operación de venta para el cliente final.

14. Broker local contacta al custodio local para notificarle que tienen una operación de compra / venta pendiente por

cumplir. El custodio local valida las condiciones de negociación reportadas por custodio global a través de un

sistema llamado SWIFF, lo que permite hacer matching de la información.

15. A El custodio global hace operación cambiaria con un IMC, dicha operación puede ser de tres formas:

El broker local negocia con el IMC

El custodio local negocia con el IMC

El custodio global negocia con el IMC.

B: NO aplica.

16. A: El IMC entrega COP al custodio local.

B: Para venta: NO aplica.

17. A: el broker local entrega los títulos y el custodio local entrega los COP de la operación, “cumplimiento DVP”.

B: el broker local entrega efectivo COP y el custodio local entrega los títulos de la operación y “cumplimiento DVP”.

El cliente final puede tomar la decisión de reinvertirlos o repatriarlos. No obstante, los recursos solo podrán

permanecer en COP para efectos de compensación, liquidación o garantía del mercado de Derivados

estandarizados.

18. A: No aplica

B: si se deciden repatriar los recursos, el custodio global negocia con el IMC, la tasa de cambio.

Marco

Tributario

Para inversionistas no residentes la retención en la fuente actúa como un impuesto final sobre la renta como regla

general. La reciente reforma tributaria (Ley 1607 de 2012) declaró lo siguiente en este sentido:

Para la determinación del impuesto sobre la renta respecto de las utilidades obtenidas por las inversiones de capital del

Page 116: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

exterior de portafolio, independientemente de la modalidad o vehículo utilizado para efectuar la inversión por parte del

inversionista, se aplicarán las siguientes reglas:

1. Los inversionistas de capital del exterior de portafolio son contribuyentes del impuesto sobre la renta y

complementarios por las utilidades obtenidas en el desarrollo de sus actividades.

2. El impuesto a su cargo será pagado íntegramente mediante las retenciones en la fuente que le sean practicadas al final

de cada mes por parte del administrador/custodio de este tipo de inversiones, o la entidad que haga sus veces.

3. Cualquier otra entidad distinta del administrador/custodio de la inversión que realice pagos, directa o indirectamente, a

los inversionistas de capital del exterior de portafolio, se abstendrá de efectuar la retención en la fuente que

correspondería practicar de conformidad con las normas generales previstas en la legislación tributaria colombiana.

Cuando los ingresos correspondan a dividendos gravados, la retención en la fuente será practicada por la sociedad

pagadora del dividendo al momento del pago o abono en cuenta, en cuyo caso la tarifa de retención será del 25%.

4. La base para practicar la retención en la fuente será la utilidad obtenida por el inversionista durante el respectivo mes.

La utilidad será la diferencia entre los resultados definidos en los siguientes literales y el valor de los gastos netos de

administración realizados en Colombia. Los resultados se determinarán de la siguiente forma:

a) En el caso de la negociación de instrumentos financieros derivados, los resultados se determinarán como el valor neto

resultante de los pagos girados o los abonos en cuenta hechos, a favor y en contra, directa o indirectamente al

inversionista, por la liquidación y cumplimiento de todos los instrumentos financieros derivados que se hayan vencido o

liquidado en el periodo gravable. En el caso de las permutas financieras o swaps, los resultados que se obtengan antes

del vencimiento que correspondan a la liquidación de cada uno de los flujos del respectivo instrumento, hacen parte de

la base gravable del periodo en el que se pagan o abonan en cuenta.

b) En el caso de títulos con rendimientos y/o descuentos, los resultados tanto para las posiciones en portafolio como

Page 117: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

para la enajenación de los títulos corresponderán a los rendimientos determinados de conformidad con el procedimiento

establecido en la normativa vigente para retención en la fuente sobre rendimientos financieros provenientes de títulos de

Renta Fija previsto para residentes.

c) En el caso de las operaciones de reporto o repo, las operaciones simultáneas y las operaciones de transferencia

temporal de valores, la retención en la fuente será de 2,5% la cual se practicará exclusivamente al momento de la

liquidación final de la respectiva operación y el resultado se determinará como el valor neto resultante de los pagos

girados o los abonos en cuenta hechos, directa o indirectamente, a favor y en contra del inversionista.

d) Para todos los demás casos no previstos de manera específica, los resultados serán el valor neto resultante de los

pagos girados o los abonos en cuenta hechos directa o indirectamente, a favor y en contra del inversionista, en desarrollo

de la respectiva operación.

Se exceptúan de la práctica de la retención en la fuente a cargo del administrador o quien haga sus veces, todos los

ingresos que no constituyan renta ni ganancia ocasional, las rentas exentas y los dividendos gravados, que sean

percibidos directa o indirectamente por el inversionista del exterior en sus inversiones de capital de portafolio.

e) La tarifa general de retención en la fuente será del 14% siempre que el inversionista de capital de portafolio del

exterior esté domiciliado en una jurisdicción que no esté calificada por el Gobierno Nacional como Paraíso Fiscal. En caso

contrario, la tarifa general de la retención en la fuente será del 25%.

5. Las retenciones en la fuente practicadas de conformidad con las reglas anteriores constituirán el impuesto definitivo a

cargo de los inversionistas antes mencionados. En este caso, los inversionistas no estarán obligados a presentar una

declaración de impuestos.

La declaración del impuesto sobre la renta y complementarios que deben presentar los inversionistas extranjeros de

portafolio por las utilidades obtenidas en la enajenación de más del 10% de las acciones en circulación de una sociedad,

inscritas en una bolsa de valores colombiana y de las cuales sea titular un mismo beneficiario real, se encuentra sujeta a

Page 118: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

una tarifa del 33%. Para el efecto, el administrador/custodio presentará la declaración correspondiente por cuenta y en

nombre del inversionista.

Las pérdidas sufridas por el inversionista en un mes, cuya deducibilidad no esté limitada para los residentes de

conformidad con las normas generales, podrán ser amortizadas con utilidades de los meses subsiguientes. Las

retenciones que resulten en exceso en un período mensual podrán ser descontadas de las que se causen en los meses

subsiguientes, dentro de los doce (12) meses siguientes.

Las pérdidas sufridas por el inversionista, acumuladas a 31 diciembre de 2012, podrán ser amortizadas con las utilidades

del año gravable 2013. Las pérdidas que no se amorticen durante dicho año, no podrán ser amortizadas en períodos

posteriores.

Las disposiciones enunciadas serán aplicables en su totalidad a los fondos de inversión de capital extranjero que se

encontraran autorizados y en funcionamiento con anterioridad a la fecha de expedición del Decreto número 4800 de

2010.

El administrador o la entidad que haga sus veces, estará obligado a suministrar a la Dirección de Impuestos y Aduanas

Nacionales la información de los inversionistas de capital del exterior de portafolio que esta requiera para estudios y

cruces de información, en nombre y por cuenta del inversionista del exterior.

* Tratamiento reglamentado por el artículo 18-1 del Estatuto Tributario

El inversionista no residente podrá deducir de su base gravable los gastos por administración y custodia pagados por su

inversión en cualquier mercado. Otros gastos del inversionista, como el efecto de la tasa de interés en la base gravable de

capital expresada en dólares americanos, no es deducible. Se le aconseja a los inversionistas no residentes implementar

instrumentos de cobertura de tasa de cambio en el mercado local para optimizar su base grabable de capital,

particularmente el uso del futuro sobre la TRM.

Page 119: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

5.1.2. MODELO CON EL BROKER LOCAL ACTUANDO COMO CUSTODIO

Participantes

Clientes

Para invertir en el Mercado colombiano los clientes finales deben contactar un broker local que es la entidad

designada por el cliente final para administrar la operación, recibir y custodiar los valores, realizar la entrega y

garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la compensación y liquidación de operaciones. El

broker local, actuando como administrador local, representa al cliente final y asume la responsabilidad por la

operación. Ambas partes firman un contrato de servicios a ejecutarse una vez que las funciones operativas y las

tarifas hayan sido fijadas.

Bróker Local

El broker local representa al cliente final mientras que opera en el mercado local. Entre el broker y el cliente final

se suscribe un acuerdo de servicios donde se define todo el proceso de operación. Una vez se ha firmado el

acuerdo, el broker local actuará como administrador local para las inversiones realizadas por el cliente final en

Colombia. El broker local le crea al cliente final una identificación tributaria (llamada NIT) la cual permite identificar

al cliente durante toda la operativa dentro del mercado de capitales colombiano. Luego el broker local abrirá una

cuenta bancaria de compensación y liquidación, otra dentro de los depósitos (DECEVAL y DCV) y finalmente una

con la cámara de riesgo de contraparte CRCC.

El broker local realiza el recaudo de los impuestos generados por la operación y los reporta mensualmente a la

DIAN. El bróker local responde solidariamente por el cliente final. El broker local realiza la compra venta de activos

en los mercados colombianos. Similarmente, si el broker local es el responsable de realizar las transacciones en

divisas para el cliente final, deberá reportar estas transacciones al Banco de la República. El broker local es también

responsable de representar los derechos políticos adquiridos por el cliente final generados por la compra de

títulos valores.

Page 120: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Descripción del

Proceso

Flujo Operacional

• Pasos del Proceso:

El proceso operacional es básicamente el mismo que en el modelo de Custodio Global. La principal diferencia es que

el bróker local es la entidad encargada de llevar a cabo todas las actividades realizadas por el custodio global y el

banco IMC en el modelo de custodio global.

Page 121: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

En cualquiera de los casos, el cliente puede elegir contactar otro intermediario para realizar las operaciones en

divisas. Este intermediario será responsable del envío de fondos al broker local para liquidar las operaciones, y

reportarlas al Banco de la República.

5.2. MECANISMOS DE ACCESO A LOS MERCADOS COLOMBIANOS

5.2.1. ESQUEMA DE ACCESO A LA BVC - DMA

Descripción

En la actualidad los intermediarios del mercado colombiano son las únicas entidades autorizadas para acceder directamente

a los sistemas de la BVC. Por tal motivo, en el caso en el que un inversionista quiera acceder a los mercados administrados

por la BVC ya sea por vía telefónica o electrónica, deberá contactar a estos intermediarios. Algunos intermediarios cuentan

ya con sistemas de administración de órdenes electrónicas (OMS – Order Management Systems). Para mayor información,

diríjase a www.bvc.com.co/intermediarios

Proceso de

Conexión

Estos procesos son establecidos por cada uno de los intermediarios del mercado colombiano. El diagrama general del

proceso de conexión a los OMS de los intermediarios se presenta a continuación:

DMA 1 (Ruteo automatizado de órdenes)

Page 122: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

DMA 2 (Ruteo automatizado de órdenes a través de la infraestructura de un tercero)

Buy Side Motor de Calce

Intermediario

Órdenes

Notificación

Órdenes

Notificación

Sell Side

OMS

Page 123: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

Productos

Disponibles

Dependiendo del intermediario del mercado colombiano a través del cual acceda a la BVC, se ofrecerán productos de ruteo

de órdenes para los mercados de Renta Variable, Renta Fija o Derivados.

5.2.2. INFORMACIÓN DE MERCADO (Market Data)

Descripción Como elemento importante para la toma de decisiones de inversión, se ofrece la información en línea o con retraso de 20

minutos de los mercados administrados por la BVC.

Proceso de

Conexión

La conexión para la recepción de información de mercado, se puede hacer a través de un vendor de información o a través

de conexión directa con la BVC.

Los vendors que actualmente se encuentran conectados a la BVC se pueden encontrar en el siguiente link:

http://www.bvc.com.co/pps/tibco/portalbvc/Home/ComisionistasyAfiliados/Productos+y+Servicios/Informacion?action=dummy.

Para obtener información acerca de una conexión directa con la BVC, por favor comuníquese con el equipo Comerc ial de la

BVC en el correo [email protected]

Productos

Disponibles

La información suministrada por la BVC incluye datos completos de las ofertas y operaciones de los mercados de Renta

Variable, Renta Fija y Derivados, así como información sobre los instrumentos inscritos en cada uno de los mercados.

Page 124: Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

INFORMACIÓN DE CONTACTO FIRMAS COMISIONISTAS DE BOLSA LOCALES (BROKERS)

SCB TELÉFONO DIRECCIÓN CIUDAD E-MAIL

ACCIONES Y VALORES 571 - 3257800 Calle 72 # 7 - 46/64, Piso 11 Bogotá www.accivalores.com

ADCAP COLOMBIA 574 - 3105700 Carrera 43A #1-150 Piso 12 Torre BVC Medellín www.ad-cap.com.co

AFIN 571 - 6372055 Carrera 14 B # 106 - 50 Bogotá www.afin.com.co

ALIANZA VALORES 571 - 6447730 Avenida 15 # 100-43, Piso 6 Bogotá www.alianzavalores.com.co

BBVA VALORES COLOMBIA 571 - 3077018 Carrera 9 # 72 - 21, Piso 9 Bogotá www.bbva.com.co

BTG PACTUAL COLOMBIA 574 - 4484300 Carrera 43A No.1 - 50, Torre 2, Piso 10 Medellín www.btgpactual.com.co

CASA DE BOLSA 571 - 6062100 Carrera 7 # 33 - 42 Bogotá www.casadebolsa.com.co

CIA. DE PROFESIONALES DE BOLSA 571 - 6463330 Calle 93 B # 12 - 18, Piso 4 y 5 Bogotá www.profesionalesdebolsa.com

CITIVALORES 571 - 6384100 Carrera 9A # 99 - 02, Piso 3 Bogotá www.citibank.com.co

COMPASS GROUP 571 - 7486090 Carrera 7 # 113 - 43, Oficina. 1508 Bogotá www.cgcompass.com

CORREDORES DAVIVIENDA 571 - 3123300 Carrera 7 # 71 - 52, Torre B, Piso 16 Bogotá www.corredores.com

CREDICORP CAPITAL COLOMBIA 571 - 3394400 Calle 34 # 6-65 Bogotá www.credicorpcapital.com

GLOBAL SECURITIES 571 - 3138200 Carrera 7 # 71 - 21, Torre A, Oficina 601 Bogotá www.globalcdb.com

HELM COMISIONISTA DE BOLSA 571 - 3394540 Carrera 7 # 27 - 18, Piso 21 Bogotá www.grupohelm.com

LARRAIN VIAL COLOMBIA 571 - 3258030 Carrera 7 # 71 - 21, Torre B, Piso 10 Bogotá www.larrainvial.com

OLD MUTUAL VALORES 571 - 6584000 Avenida 19 # 109A - 30 Bogotá www.oldmutual.com.co

SCOTIA SECURITIES (COLOMBIA) 571 - 5219100 Carrera 7 # 114-33 Piso 9 Bogotá www.colpatria.com

SERFINCO 574 - 4443522 Carrera 43A # 1 - 50, Torre 1, Piso 11 Medellín www.serfinco.com.co

SERVIVALORES GNB SUDAMERIS 571 - 3160000 Carrera 7 # 75 - 85/87, Piso 3 Bogotá www.servivalores.gnbsudameris.com.co

ULTRABURSATILES 571 - 3121219 Carrera 7 # 73 - 55, Piso 1 Bogotá www.ultrabursatiles.co

VALORALTA 571 - 3138888 Calle 78 # 10-71 Bogotá www.valoralta.com.co

VALORES BANCOLOMBIA 574 - 6048961 Carrera 48 # 26-85 Torre Sur Piso 6 Medellín www.valoresbancolombia.com