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a COI{SEJERIA O€ MEOO AMAEITE Y OAOE|IAC|O|i O€t TERFÍOF|() Gomunldad de tadrid o.allñc: Exp.: ACIC-üO-AAI - 2. 036114 t0.Am{0032.1106 Undad AdminElraüva AREA OE CONTROL INTEGRADO OE tA CONTAMINACION RESOLUCÉN OE LA DIRECC|ÓN GENERAL DE EVATUAC!ÓN Ai'BIENTAL DE LA COÍTIUNIDAD DE ÍIIADRID, POR LA OUE SE ¡IODIFICA DE OFICIO Y SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA AUTORIZACÉN AÍ¡IBIENTAL INTEGRADA OfORGADA A LA EÍ¡IPRESA KATAFORESIS MADRID, S.A" CON CIF A78625100, PARA UNA INSTALACIÓN DE TRATAÍúIENTO Y REVESTITENTO DE fUIETALES (APUCACÉN DE PINTURAS), UBICADA EN EL TÉRilINO ÍIIUNICIPAL OE SAN FERNANDO DE HENARES. La aclrvdad d*arollada por IGTAFORESIS MADRID, S.A se corresponde con el Cl,lAE-2009: 256'l "Tretam¡entos y revesümientos de metales', y cons|ste en la aplicaoón de p¡ntura mediante el proceso de cataforess sotre piezas metálcas. De acuerdo con la documentación aportada por el t¡tular, la instalac¡ón está ubicada en Calle Mar Meditenáneo, 10, d€l térm¡no municipal de San Fernando de Henares, conespondiente a las s[uientes frncas: F¡nG¡ L¡bro Tomo Fol¡o Reterencb cataEtral R.gblro 233É 170 1062 127 7985335VK5778N00011X San F€rnando de Henares ANTECEDENTES DE HECHO Prlmero. De acuerdo con los antecedenles que obran en el procedtmento administrahvo no ACIC-AA|-2 036/06. con fecha 25 de abril de 2008 se emite Resolución de la D¡recctón General de Evaluación Ambiental, por la qt¡e se otorga la Autonzación Ambental Integrada (en adelante AAl) y se formula la Declaraoón de lmpacto Ambental de las nstalac¡ones de la empresa KATAFORESIS MADRID, S.A., uHcadas en el térmtno municipal de San Femando de Henares. En dicha Resoluc¡ón se ¡ntegra el procedrmento de Evaluac¡ón de lmpacto AmbÉntal ¡ealizado para la amplac¡ón de la inslalac¡ón. a parür del estudio de impacto amhental presentado en la solicitud de AAl. cuyo contenido está conforme a lo estaHecdo en la Ley 2t2002, de 19 de junio, de evaluackln anbiental de la Co¡nunidad de Madnd. Segundo. Con fecha 24 de sept¡embre de 2009 se emite Resolución de la Dreccrón General de Evaluackln Arnbiental por la que se modifica la Ml. Tercero. El titular presentó el informe prelimnar de suelos, con fecha 13 de nov¡embre de 20fft, y la ca¡ac'.eritr'ec¡ón analltrca inrcral del suelo, con fecha 21 de mayo de 2007. P4ma I d6 37

COI{SEJERIA O€ MEOO Y OAOE|IAC|O|i O€t de tadrid

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a

COI{SEJERIA O€ MEOO AMAEITEY OAOE|IAC|O|i O€t TERFÍOF|()

Gomunldad de tadrid o.allñc:

Exp.: ACIC-üO-AAI - 2. 036114t0.Am{0032.1106

Undad AdminElraüvaAREA OE CONTROL INTEGRADO

OE tA CONTAMINACION

RESOLUCÉN OE LA DIRECC|ÓN GENERAL DE EVATUAC!ÓN Ai'BIENTAL DE LACOÍTIUNIDAD DE ÍIIADRID, POR LA OUE SE ¡IODIFICA DE OFICIO Y SE APRUEBAEL TEXTO REFUNDIDO DE LA AUTORIZACÉN AÍ¡IBIENTAL INTEGRADAOfORGADA A LA EÍ¡IPRESA KATAFORESIS MADRID, S.A" CON CIF A78625100,PARA UNA INSTALACIÓN DE TRATAÍúIENTO Y REVESTITENTO DE fUIETALES(APUCACÉN DE PINTURAS), UBICADA EN EL TÉRilINO ÍIIUNICIPAL OE SANFERNANDO DE HENARES.

La aclrvdad d*arollada por IGTAFORESIS MADRID, S.A se corresponde con elCl,lAE-2009: 256'l "Tretam¡entos y revesümientos de metales', y cons|ste en la aplicaoónde p¡ntura mediante el proceso de cataforess sotre piezas metálcas.

De acuerdo con la documentación aportada por el t¡tular, la instalac¡ón está ubicada enCalle Mar Meditenáneo, 10, d€l térm¡no municipal de San Fernando de Henares,conespondiente a las s[uientes frncas:

F¡nG¡ L¡bro Tomo Fol¡o Reterencb cataEtral R.gblro

233É 170 1062 127 7985335VK5778N00011X San F€rnando deHenares

ANTECEDENTES DE HECHO

Prlmero. De acuerdo con los antecedenles que obran en el procedtmento administrahvono ACIC-AA|-2 036/06. con fecha 25 de abril de 2008 se emite Resolución de la D¡recctónGeneral de Evaluación Ambiental, por la qt¡e se otorga la Autonzación AmbentalIntegrada (en adelante AAl) y se formula la Declaraoón de lmpacto Ambental de lasnstalac¡ones de la empresa KATAFORESIS MADRID, S.A., uHcadas en el térmtnomunicipal de San Femando de Henares.

En dicha Resoluc¡ón se ¡ntegra el procedrmento de Evaluac¡ón de lmpacto AmbÉntal¡ealizado para la amplac¡ón de la inslalac¡ón. a parür del estudio de impacto amhentalpresentado en la solicitud de AAl. cuyo contenido está conforme a lo estaHecdo en laLey 2t2002, de 19 de junio, de evaluackln anbiental de la Co¡nunidad de Madnd.

Segundo. Con fecha 24 de sept¡embre de 2009 se emite Resolución de la DreccrónGeneral de Evaluackln Arnbiental por la que se modifica la Ml.

Tercero. El titular presentó el informe prelimnar de suelos, con fecha 13 de nov¡embrede 20fft, y la ca¡ac'.eritr'ec¡ón analltrca inrcral del suelo, con fecha 21 de mayo de 2007.

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OIRECCIó G€NÉRAL OE 6/ALUACIÓI{ AfIBENT^L

Cuarto. Con fecfra 2 de septiembre de 2013, se emite Resolucón de la DrrecoónGeneral de Evaluacón Ambiental, por la que de conformidad con la D¡sposicrónlransftoria primera de la Ley 1tr2002, cle 1 cte ¡ul¡o. modrficada por la Ley 5f2013, cle 11

de pno, por ta que se modtfaa la Ley 1612002. de 1 de iul¡o, de prevencón y controlntegtados de la contamnacian y la Ley 2t2011, de 28 de ¡ulio, de resrduos y slrerosconiamnados, se actueliza la AAl respecto a las exigenoas de la Direct¡va 2ü O0VUE

Ou¡nto. Rgel¡zado el trámfe de audrencia de la propuesta de Resolucrón de AAl, no sehan reobrdo alegaoones por parle del t¡tular.

FUNOAIIENTOS DE DERECHO

Pf¡mefo. De conformrdad con el arttculo 9 de la Ley 162002, de 1 de iulo, de prevenc¡Óny conttd ¡nteg'ados de la conlam,nac¡ón, modif¡cada por la Ley 512013' de 11 de ¡uno, |ainstalaoón dé referencia requieren AAl para su explolacrón, dado que su acirvdad está¡nclu¡da en el epígrafe 2 6 del Anexo 1 de la ctada Ley

Segundo. La nstalac¡ón se encuenlra induida en el ámbrto de aplicaoón del RealDeóreto 912@5, de 14 cle enerc, pot el que se establece Ia relactón de acüvidadespotenc,almente contdm¡nantes del suelo y los c/iterios y eslándares para la declancónde suelos contam,nados.

Te¡cero. La instalación no se encuentra lnclukJa en el ámbrto de apltcaoón del RealDecreto 1254/1999, de 16 de pna, por el que se aprueban med¡das de contrcl de losrresgos ,nñeren¿es a los acc¡dentes gÍaves en los que inteMengan sustanc/€.s peligrosas.

Cuafto La fngtalación se encuentfa lncluiJa en el ámbrto de apliCaciótt del Real Decreto117f2003 de 31 de enero, sobre hmitacfut de emisiones de compueslos oryánicosvdátiles deüdas al uso de d¡solventes en determnada actividades.

Oú¡nto. De confo¡mdad con el añícuto 25 de la Ley 1t2@/ de 1 de iula, se revisa deofrcio la AAl para adaptarlá a la legrslaoón sectorial siguiente: Real Decreto 13672007'por et que se desaftolla la Ley del rutdo, en b relerente a zonificación ac(tst¡ca, o$etMosde catdad y emisimes acúsloas (una vez derogado el Decreto 7U1999' de 27 de mayo'de ta Comundad de Madr¡d); Real Decreto 10A12011, por el qu7 se actual¡za el calálogode actuidades potencialmente antaminadoras de la almósfera y se es¿aÓrecend,sposic,on€s para su aphcaaón, y Ley 22nU1, de 28 de iulio, de Resduos y Sue/osContaminados

En el e¡ercicio de las competenc¡a3 que coresponden a la Dirección General deEvatuac¡ón Amb|ental, de confomdad con el Oecrelo 11nü3, de 14 de febrcro, delConse¡o de Gobiemo, por el que se esfaóreoe ra estrudun oryánica de la Conse¡erla cleMed,o Ambiente y Qrdenación del Tenitqio, a le v¡sta de los antenores anlecedentes dehecho y lundamántos de derecho, asl como la propuesta técnica del Area de ControlIntegrado de la Contaminación elevada por la Subdirección General de lmpactoAmhental, esta Direcc¡ón General de Evaluación Ambiental,

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I

CO S€JEHA 0€ MEOO Al,SlEifrEY OAOE¡ACIO'{ OCL f€RAIIORr)

Comunldad de tadrid orREcoó cE¡ERAt- o€ EVALU ctó alaENfAL

RESUELVE

Primero. Modifcar de ofcio y refundir en un solo texto la AAl, otorgada a lasinstalacones med¡ante Resoluc¡ón de 25 de abril de 2008, y las Resoluciones de 24 desept¡embre de 2009 y 2 de septiembre de 20'13, por las que se modif¡ca la AAl,integrando todas las condroones establecidas en los Anexos I y ll de esta Resolución:

ANEXO I Prescrlpc¡on$ técnlcas y valores limite de emlslón.ANEXO l! Sistemas de control.

En el caso de existir d¡screpanoas entre las medidas descritas lanlo en la documentaciónde la solic¡tud como en las d¡stinlas modificaciones, recogidas de forma resumirja en elAnexo lll y las condic¡ones establecidas en la presente Resolucón (recogidas en tosAnexos I y ll), prevalecerá lo dispuesto en ésta rlltrma

ó

Segundo. Dejar sln efecto a partir de la fecha de esta Resolucón, la Resolución de 25de abr¡f de 2008, y sus Resoluciones de modificacón de 24 de sepl€mbre de 2@9 y 2 desepl¡embre de 2013.

Tercero. Adaptar la AAI a la nueva normaliva sectorial vigente aplicable a lasrnstalaciones, en materia de almósfera, ruidos y residuos.

Cua¡to. Conglderar qug la AAl se encuentra actualzada, de conformdad con laDisposición trans¡toria primera de la Ley IQ@z de I de pho, modifrc€da por la Ley5t2013, cle 11 de junio.

Ou¡nto Daf por cumplimentado el trámlte establ€cido en los articuloa 3.'l y 3.3 delRúl [tecreto 9/2@5, de 14 de enerc, por el que & establece la relac¡ón de actNdadespotenclalmenle conlam¡nantes del suelo y ,os otlerios y estándares para la declaraciónde sue/os contaminados, pa¡a el emplazamiento donde se ubica le actrvidad deblendo el 'trlular realEar los info¡mes periódicos d€ siluac¡tn y otras condiciones eslablecidas en laAAI.

Sexto Dejar sln efeclo, en su c¿rso, las Aulor¡zac¡ones e Inscnpc¡ones R€g¡slrales ques€ hub¡€ran otorgado al tilular en materia de vertidos a la red de saneamiento, y deproducción y gestión de resduos, excluida la de transportista, con anterior¡dad alotorgamiento de la AA¡. lgualmente, se deian stn efeclo las condicbnes que se hubieraneslablecijo en las Resoluciones de Evaluación Amb¡enlal o de Calificación Amb€nlalprevias a la AAl.

Séptimo Revlsar las oondiciones de la AAl en 9l plazo de cualro años a parlr de lapublicación de la decisiln sobre hs conclus¡on€s relat¡vas a las Mepres TécnrcasDisponibles (MTDs) de la pr¡ncipal aclivilad de la instalación, y en su defecto cuando losavances €n las me¡ores técnicas disponibles pgmitan una reducción sQnifrcativa de lasem¡s¡ones.

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OIRECCiÓN GEIIERA! OE EVATUACIóII AXBIEN¡AI.

A estos efectos, a Instancta de la autondad competente, el tilular presenlará a esiaDireccrón General toda la información necesaria para la revisión de las condiciones dela Autorizaclón, con anclusiSn de los resulüados de los controles de los drferentesámbrtos y otros datos, que permatan 'una @mparación del funcionam¡ento de laInstalac¡óñ con las me¡ores técn¡cas dispon¡bles descttas en la decisión sobre lasconclusiones relat¡vas a las MTDS aphcables y con los niveles de em¡sión asoc¡ados'

Octavo. Comunlca¡ que, en caso de realizafse elguna modúicación en las instalacioneso en su proceso produclivo, Se deberá notiftcar esta intención a la Conse¡€rla de MedioAmb¡ente y Ordenac¡ón del Temtorio, con el Rn de determrnaf si la modtfrcaoón €s o nosustanc¡al. St se deteminara que la modif¡Cación es sustanciel, se deberá sollc¡tar nuevaAAI

En cualquier caso, la Ml po<trá sef revrsada de of¡cio, cuando concuran algunas de lascircunslancias especúcadas en la nofmat¡va vigente relahva a la prevenoón y controlrntegrado de la contaminac¡ón.Noveno. Revoca¡ la AAl cuando concura una de las shulentes c¡rcunslanoas:

. La declaración de @ncurso de acreedores de ]GTAFORESIS MADRIO' S.A.

. Exhnción de la personalidad iurid¡ca de la empr€sa

' Cuando desaparecieran las c¡rcunstancias que motvaron el otorgamEnto de laAAI.. Como consecuenc¡a del ncumpl¡m¡ento grave o re¡terado de las cOndiciones de lapresente Resolución.

Décimo. Otorgar la Auto¡ización Amb¡ental Integrada a los únicos €fectos de la ¿ey16r2N2, de 1 de iulio, de prevención y control ¡nlegrados de la conlam¡naqón,modrficada por Ley 5r2ü 3, de 11 de iunio, sln pe0uE¡o de las demás l¡cencias' p€rmrsosy autorizaoones que. legal o reglamentafiamente, sean exlg¡bles para el desanollo de laactiv¡dad.

undéclmo. Incluir la ¡nstalac¡ón por pafte del órgano comp€tente, en un Programa cle

hspecc¡ón medtoamb¡entat, de acuerdo con el análisis de sus efeclos ambientalesrelevanles. De acl¡erdo a la nomaüva de prevención y conlrol ¡ntegrado de lacontam¡nac¡ón, se hará priblico el informe de la actuación realzada.

Duodócimo. Considerar infracción admnishatva en mater¡a de Crevenc¡ón y conlrolintegrados de la contaminación, el incumpl¡m¡ento del condiclonado de la AAl según e¡

artlcufo 30 de la Ley 1ffi002, de 1 de iulio, de prevención y control integ,'ados de Iacontaminación, pudrendo dar lugar a la adopción de las medldas de Disciplina Amb|entalcontempladas en los articulos 31 y srguigntes del fflulo lV de la referiJa Ley.

fguafmente, ef ¡ncumpl¡m¡ento de las oil¡gaciones que impone la Ley 26r2(n7, de 23 deoctubre, de Responsab,lided Amb¡ental, dará hlgar a todas o a algunas de las sanoonescontempladas en el artfculo 38 de la citada Ley.

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co.'rsEJ€en o€ MEoo Ai¡arÉfltEY OAOE {AC|O]{ O€l TERRfÍOAO

Gomunidad de tadrld otREccró¡{ G€¡{ERA! o€ EvALuActói¡ A¡rBrEr'¡lAr

Conlra esta Resolución, que no pone fin a la vfa admrnistratrva, podrá interponerserecurso de alzada ante sl Exc€lentís¡mo Sr. Consejero de Medro Ambiente y Ordenacióndel Tenitorio, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de su nolificación, sinperjuicio de poder ejercitar cualquier otro gue est¡me perlinente en defensa de susderechos, de conformidad con el arliculo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de nov¡embre, deRéEmen Jurldico de las Administraciones P(tblicas y del Procedimiento Adm,n¡slrat¡voComtrn.

Madnd, 17 de febrero de 2014

EL DIRECTEV

Fdo.: Manano(l,lor¡bram|erlod€ oct bre. d€l

T(ATAFIORESIS MADRID, S.A.Mar Meditemineo, l028830 San Fernando de Henares (Madrid)

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l.

1.1.

otREcclót{ GEI{ERA! OE E\TAUACIÓi| AfilBlEtlrAL

ANEXO I

PRESCRIPCIONES TÉCMCAS Y VATORES tiftIITE OE EiIISIÓN

1.2.

Se presenbrá anualmenle una relación de los pnncipales produclos gulm¡cos

empleados en el proceso de fablicación y en procesos auxiliares (mantenim¡ento,opéraciones de limpieza etc.), indicando las cantidades empleadas. el proceso en elque se utrlizan, la produccrón total obtenda, ad¡untándose las Fichas de Datos deSegundad (FDS) actualizadas de lodos aguellos productos quimrcos que seemóben por pnmera vez, segrin el modelo €stiablec¡do en el Reglamentg C,E, !1:19ó7/200:6, dá P*lamento Eitropeo y del Consh, de 19 de diciembre de 2006'retahvo al registro, la evaluación, la autuización y la rcstncc¡ón de ,as suslancias ypreparados gul micos (RE ACH).

Si para algunas de las sustanc¡as empleadas o produs¡das se concluyera que serequrere uáa autonzación expresa, de acuerdo con el Título Vll del Reglamento.CEno'1907/2006, el l¡tular estará obhgado a declarar los proc€sos en los que ¡nleMenela suslancra y las medidas específicas de control.

2. CONDICIONES RELAfIVAS AL VERTIDO DE AGUAS RESIDUALES

2.1. Todos los efluenles y condensados gue Se originen en la linea de tratamiento desuperficies serán conducidos a la planta de lratamaento fis¡co-guimaco de efluentes yfatados preuament€ a su vertdo al sBtema integral de saneamienlo. No seproducirán, en ntngún caso, verttdos directos de aguas de proce-so al Sistemaintegral de Saneamienlo sin paso previo por la planta de tratam¡ento flstco{ulmrco

2.2. Se ¡ealiza¡á un regislro de los volrlmenes de efuente tralados en la depuradora de lainslalaoón (tndicando canldades y fechas) y de todos los consumos de sustanc¡asquimicas uúfizados en el proceso de depuración. En dtcho registro se indlcará lacantidad y composicirJn quimica de los reac{avos ut¡lEados.

2.3. No se llevafá a cabo n¡nguna actN¡dad de proceso o mantenim¡enlo, así como ningúnalmac€namtenlo de produclos qulmicos, €n puntos próximos a los sumlderos de lared de pluvtales. En caso de ller¡arse a cabo alguna aclMdad que pueda or¡ginarriesgo áe derames en la proximidad de ta red de elacuación de pluuales, lossum-irJeros afectados p€rmanecerán sellados, de forma que se garanlice que nmgúnvertido originado en diohas áreas sea Conducido directaments al s¡stema ¡ntegral desaneamienlo, stn control Previo.

2.4. Los vertidos realizados por las inslaleciones se a¡ustarán a las condicionesestabfecdas en la Ley ,0/1993. de 26 de octubrc, sobre vedidos liqu¡dosindustr¡ales at Sistema tntegra ae Saneamiento, modif¡cado por el Dec],,eto 57eY5'de 30 de juno, por el gue * rev,san ,os Anexos de la Ley 10/1993' de 26 cle

octuÚe.

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@t{süEFrA o€ }/l€o|o aM&ErfEY OROCi¡ACON O€L ¡EFBTORÍ)

Gomunidad de tadrld otREcclóar GEiTERAL OE E\rHU¡Cró¡ n¡eE¡r¡r

2.5. Queda prohibklo verter al Sistema Integral de SaneamEnto (SlS) los compueslos ymatenas que de forma enumerat¡va quedan agrupados, por similitud de efectos, enef Anexo l: 'Vertidos Prch¡bidos'dela Ley 10/1999, de 26 de octuúe, modfrcadopor el Decreto 57t2005, de 30 de junb, asi como los ve¡trdos radroactivos.

Asimismo conforme al artlculo 6 de la Ley 10/1993, de 26 cte octubre, quedaprohibda la d¡lución de los vertidos con el fin de consegurr niveles de concentracrónque posibil¡ten su evacuación al SlS.

2.6. Los vertrdos que se tr¡corporan al SlS, deberán cumplir los valores máximos¡nslanláneos (VMl) de los parámetros recogidos en ta Ley 10/1999, de 26 de@tuMe, y en el Decreto 57/2005, de 30 de juno. Los VMI serán aplc€bles tanto alos controles de vertdo real¡zados pof el titular sobr€ muestras Compueslas, como alas inspecc¡ones realEadas por la administración sobre muestras simples ocompuestas.

2.7. Los puntos de vert¡do al SIS de las inslalaciones son los ¡ndrcados a continuación..CuaQuier modrlicacirJn del número de puntos d€ verl¡do y/o del s¡stema dedepuración preüo al vert¡do, deberá ser comunicada a la Dirección General deEvaluación Ambiental:

iufi;ü;r' .' Vrrüdo : :¡.

1De proceso

Saniüano sl

2 Sanrta¡bPluvial NO

2.8. El vertido ceracterfstrco, a efeclos de camb¡os sustancta¡€s en la composEión delverl¡do, expresado como valofes medios. es el stgu|ent€:

:-;.l

!r

e

...Un¡dad

pH 7.4

Conductvidad 1500 . ps/cm

T€mp€ralura oc

DBOs 361 mg/l

DOO 700 mgfl

Sólidos en Suspensitn 't 15 mg/l

Ac€¡les y g[esás a),0 mg/l

Cloruros 200 mgú

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OIRECG|ó GEIIERA OE EVAIUACIÓN MBET¡TA!

,i.,1,i.l-

_l;iri.-:;.i. .:. : -Íf$:lild.d

Delergenles totáles 3,0 mgn

Toxrc¡dad 2,O Equitox/m3

PAH < 1,4 l¡9/l

Hdrocarburcs lolahs 2.2 mg/l

Estaño <1 mg/l

H|ero 2,O mg/l

Mariganeso 0,E:l mg/l

Níquel 1,0 mg/l

Ztíc 0,60 mg/l

Fósforo total 8,0 mg/l

Nrtrógeno tolal 26,9 mg/l

La comprobación de los cambros €n la composic¡ón del veftido ceract€fistEodeclarado, se realizará a part¡r de los resultados del análisis de una mueslracompuesta obtenrda de acuerdo con lo establecdo en el Decreto 6A1994' de 16 dejunio, por e! que se eslabrecen normas complementañas parc la carúterhac,ón de,os vertidos ,ndusf,ares a, sr:sferna de sanearn¡ento.

En funcirSn de los resu¡tados de las anallücas que se lleven a cabo eñ €lsegu¡mEnlo y control del \€rtdo establecido en la AAl, se conskJerará la mclusón oexclusión de parámetros al vertldo cafacterlstico de la acl¡vidad.

Los valores del veft¡do c€racteflsl¡co no conshluyen, en n¡ngún caso, valores llmitede ve¡iido.

2.9. Los controles de \rerlkto se fealizarán en la afqueta de registro de efluentes d€ lague drspone la ¡nstalac¡ón para la evacuackln de sus vert¡dos al SlS, conforme a loindrcado en el articulo 27 de la Ley 1U1993, de 26 de octubrc.

2.10. Conforme al arllculo 16 de la Ley 1U1993, de 26 de octubrc. se deberán adoptarlas medidas adecuadas para eutar vert¡dos accdenta¡es de elluentes que puedanser potencialmente pehgrosos para ¡a seguridad de las personas. el medio ambiente'las ¡nstalaciones de la depuradora de aguas residuales y/o la propia red dealcantar¡llado.

2.11. Dado que en el \€rtdo caracterfsfico declarado por el l¡tular' no s€ aporlan datos detodas las suslanoas peligrosas a las gue se rel¡ere el Anexo lV del Real DeüetogO7f2OO7, de 6 de jutio, por el que I a$ueba e! Reglam*to de la PlanihcaciónHdrológ¡ca. suscept¡bl6 o no de s€r elmlnadas en la EDAR de Casaquemada,

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COtagEJEHA O€ ti¡€OO AMA€]{IEY O€ftc¡Aco¡ o€L ¡ERFffoFro

Gomunldad de tadrld orR€cc|ó¡{ cEirEi^r oE arAluAcró A¡rBrEi|f r-

cuya presencia en el vertido podrla dar lugar a que no se pudiera asegurar elcumplimiento de los valor€s l¡m¡le de emisión establecidos para el vertido a caucepublco de la Estac¡ón Depuradora, se evitará el uso en la industria de productos queconlengan SustancEs pel¡grosas no declaradas en el verldo caraclerístrco.

3.

3.f.

CONDICIONES RELATIVAS A LA ATilÓSFERA

De acuerdo con el Rea/ Dec¡eto 10U2011, de 28 de enero, por el que & actuahzael Catálqo de Actfu¡dades Potencialmenle Contaminadqas de la Atmósfera y seestadecen las d¡sposiciones básicas para su aplicación, los focos de emis¡ones a laatmósfera de la rnstalaclln se catalogan de la sQuiente forma:

Cuahuier modificación del nrlmero de focos, sislemas de depuración de gases oaumento signifrcatirc del caudal de generación de emisiones, deberá sercomunicada a la Consejerfa de Medio Ambrente y Ordenación del Tenito¡io.

El combustible a uülizar en la instalaciin seÉ gas natural.

d

iÍü';,i.$:;j..r;Poo,. " ; i.'!J:r--; . : {

m {. s¡stemaiitepuraclOnisto[o] {dldtñi1 FI

Foco 1. Calde'a (b c¡¡lent¡¡mEntooare d€3€noras6 v bsfalaoón c 03 01 03 (xt 593 S¡ No

Foco 2. Quemador del llomo d€pol¡med¿ación c 03 0t 06 03 465 S¡ No

Foco 3: Cald€É de cal€nlamtentodól of6 de3€ncasó c 03 0r 03 ql ¡165 s¡ No

Foco a: E¡tracoóo d€s€ngrasadooor ago€f$ón B 04 02 10 05 si No

Foco 5: Exlraccür des€ngEsadooo¡ imeaión I 04 02 10 05 si No

Foco €: Ex|raccióo do adaradooon aqua desrninerali¿ada Sr No

Foco 7: Elracoóo homo daml¡merizáci&l c 03 02 05 !0 Sr NO

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i.{cCuractOn;gr.úr*'1''ft[&iblFoco E: Cakl€ra d€ cal€faoclrode le na!€ 03 0r 03 03 233 Sr No

3.3.

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3.4.

olREccló¡{ oEa{ERA! OE EVAIU CIÓN AfÚBEr¡TAl-

se deberán cumplir los s¡guientes valofes límtte de emisión (VLE) en los focos deemisktn de gases, como valores medios diarios expresedos en cond¡cionesnormafes de óresión y temperatura del gas seco (101'3 kPa, 27915K\. refendos.aun porcentaje de oxfgeno del 3 % en los focos 1,2 y 3, y a condiciones reales defunc¡onamrento en el Foco 7.

Los velores limtte de los parámetrOs de combusllón se hen eslablecido á en func¡ón de lO

establecido €n la normaúva vigente en ofas comun¡dad€s autónomas pala ¡nstalac¡o¡esde combustón de menos de 50 MW de potenoa térmba Et valor.llmite para el foco 7 se

coÍesponde con lo establec¡do en el RD 1172j003' de 31 de enero, de COVs

3.5. En cumplimiento del Rea, Decreto 117n008.|a instalac¡ón deberá cumplir con elvafor llmite de em|siones difusas del 25oa (en relación con los disolventes deentrada en el proceso). Para su estimacirSn se realizará, anualmente. el cálculo deld¡solvente consumido. El año que dicf¡o consumo sea supeíor a 5 toneladas, seÍealzará el Ptan de c'estión de Drsolventes tial como se eslableca en el Anexo lvdel Real Decreto 117t2003, de 31 de enero, sobre l¡mitaaión de emisiones decornpuelos ügánlcos volátites deb¡das al uso de dtslventes en determtnadasaclpüades. Poi el contrario, el año que el consumo total de drsolventes no superelas 5 toneladas, no será necesar¡o realizar el Plan de Gestión de Disolv€ntes, nicalcular las emasiones difusas.

3.6. Los focos de emsón ex¡stentes, a efeclos del Real Decrelo 100nü1, de 28 deenero, a los cuales se les hayan establec¡do controles, deberán estaracondtconados para la toma de muestras y análisis de contaminantes, conforme aet Anexo lll de É Orden de 18 de octubre de 1976, sobre prevencir5n y control de lacontaminación atmosfénca industrial'

No obslante lo anterior, una vsz se apfuebg la ,nstrucc¡ón Técnica ITAÍM-E-EC-02: 'Adecuaaon de fwos eslacrbnaaos canahzados para la medición de lasernisrones', publicadas en la página web: !4U4,@, los focos d€ emis¡ónex6tenles eñ bs instalacrones déberán adaptarse a los requisitos eslablecidos en|a m|sma

3.7. Se deb€rá d¡sponer de un plan de manlen¡mpnto ádecuado de las ¡nslalaciones yde los equipos que genefen emisior¡es a la almósfe¡a. En este plan deberán guedafrefle¡adas las lareaJa reelizar, el responsable de su e¡ecuc¡ón y su pef¡od¡cidad, lascua3es'eslarán basadas en las instrucciones del fab¡icante y la propia exper¡enoaen la operacón de los mencionados s¡stemas. La realización de estas üareas demantenimiento deberá quedar reflejada en el registro de controles a la atmósfera

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cot{s€.JERrA 0€ M€oro a lB|ENrEY ORO€atACrOat O€l ¡€RF|IO€()

Gomunldad de tadrid otREcctó¡ cE¡tERAt o€ EvAruactó a¡BtEa{tAL

cot¡olcpnes ee¡¡gRltes eH tes open¡c¡ot¡gs oe pnooucc¡óH oeRESTDUOS

La aclfv¡dad se desanollará conforme a lo establecido en la ¿ey 2212011, de 28 de¡ulo, de Resrduos y Sue/os Contamtnados.la Ley t2003, de 20 de marzo de 2003,de Residuos de la Comunidad de Madñd, su nomatva de desarrollo y la AAl.

La actividad se den¡ñcará en todo momenlo, en lo referenle a la produccón deresduos, con el número de dentificación asQnado (AAlritDrPllr08057),utlizándose asimismo como klentficadores del centro el nrlmero de ¡dent¡f¡ceciónmedioambrental (NlftA: 28{lü107600) y como procesos (NP) a los que se asooacada trpo de resrduo, los señalados en la prese¡rte Resolución.

4.3. PROCESOS GENERADORES DE RESIDUOS

Como coosecuence de su actv¡dad, la rnstalación desarrolla una serie de procesosgeneradores de residuos que se enume€n a conünuaoón.

Los procesos pueden generar con ceráder eventual otros residuos noexpresamente contemplados, que se rnclurrán en la Memoria Anual de Actividadesde producción de residuos Los residuos se codficarán de conform¡ded coe la ListaEuropea de Residuos publ¡cada medrante laOrden MAM 342@/ de ScETebrero,por la que se publrcan las operaciones de valonzdc¡ón y eliminaaón de readuós y lahsta europea de ,esrdr/os.

¡0.3.1. Re¡lduocpollg.o3og

Los resduos pelgrosos generados en cada proceso de la ¡nstalac¡ón son lossrguEntes.

4.1.

4.2.

5

Descrlplón

TODOS FITRO PRENSA

Lodos de lralamEnlo fl3|co-qufmrcos que @nhenen susüanqas pehgrosas

15 01 10 Envas€s que conten€n restos de suslanc¡as pelqroses o €stán contammados por ellas

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olREcclÓ oaneRAL oE EVALUACIÓI{ AtlBlEl{lAL

.I.,I. OPERACIONES DE PRODUCC!ÓN DE RESIDUOS

1.4.1. Cualqurer modúcación en cuanto a pfocesos, ttpologías de los fes¡duosproductdos, fomas de agrupam¡ento, pretratamiento o tratam|ento '¡n srtu' de losm6mos, diferentes a los reler¡dos en le documentac¡ón aportada Para laobtenc¡ón de la presente autonzación, serán comunlcados a la D¡recoón Generalde Evaluacón Amb¡ental

1.4.2. De acuerdo con la legrslación vigente en materia de resduos pel€rosos, el tltularde la Inslalactón está oblgado a llevar a cabo alguna de las operacionessqu|entes:

a) Reallzar el tratamBnto de los resduos por s¡ mismo.b) Encargar el tratamiento de sus residuos a una entldad o empresa, reglstrada

conlorme á lo establecdo en le Ley 2212011 ' de 28 de ¡uhoc) Entregar los res¡duos para su tratamiento, á una entidad pública o pnvada de

rec€ida de resduos, ¡ncludas las entdades de economía social, para sutratamrento.

Drchas operac¡ones deberán ecredltarse documentalmente

4.4.3. De conformrdad con la leg¡slación vtgente en mater¡a de producoón de fesduos,el trtular está obligado a:

a) Dar pnorrdad a la prevenoón en la generación de residuos, asi como a lapreparación para su reutil¡zación y reoclado. En caso de generación deresduos cuya reuttlzacr.ón o reoclado no sea poslble, éstos se destlnarán avalorrzación s¡empre que sea posible, evitando su eliminaoón.

b) Sumrnistrar a las empresas aulorEadas para llevar a cabo la gestión deresiduos la ¡nfomac¡ón necesaria para su adecuado tralamento yehminación.

c) Proporcionar a las Ent¡dades Locales informac¡ón sobre los residuos gue lesentreguen cuando Presenten caraclefistrcas especiales, gue puedan produclrtrastomos en el trañporte, recogida, valor¡zación o el¡m¡nac¡ón

d) lnfomar Inmed¡atamente a la adm¡nlstraoón amb|ental cornpetenle en cesode desaparictón, péfdda o escape de restduos peligrosos o de aquellos quepor su naluraleza o aentadad puedan dañar el medio amfienle.

e) Mantener los resduos almacenados en cond¡ciones adecuadas d€ higiene yseguridad mtenlras se encuentren en su poder,

f) No mezclar nr drluir los resduos peligrosos con otras categorias de residuospétgrosos ni con ofos resduos, sustanoas o mater¡algs Los acelles usadosde dFt¡ntas caracterlsticas cuando sea técnlcamente lactible yeconómrcamente viable. no se mezclarán entre ellos ni con otros resduos osustanc¡as, si drcha mezcla lmpide su tralamiento.

g) Almacenar, envasar y etqr¡etar los res¡duos pellgrosos en el lugar deproducción antes de su recogida y transporle con areglo a las normasaplicables.

4.1.1. El trempo de almacenam¡ento de residuos pefgrosos no será nunca super¡or elos seis meses, saho auto¡izaoón expresa por parte de esta Conseiería, por

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CoI{S€JER]A.DE MEO|o AMAETTEY OF€]{ACIOI{ OEI IEFSIOEO

Gomunidad de tadrld OIRECCIÓII GEIIEMI- DE E\'ALUACIÓII AIBIE TAI-

causas debdamente luslrficadas y sEmpre gue se garanhce la proleccrón de lasalud humana y el medro ambente.

4.4.5. El trempo de almacenamiento de los resduos no pel€rosos en el lugar deproduccrón será inferior a dos años cuando se destnen a valor|zecrón y a un añocuando se destinen a eliminación. Los plazos empezarán a computar desde quese ¡nrcie el depósito de resrduos en el lugar de almacenamienlo.

4.4.6. Los resduos pelqrosos se almacenarán en envases estancos y cerados,protegidos de las condic¡ones clamatológicas. Aquellos enveses que contenganresiduos susceplibles de generar derrames deberán agruparse sobre superfrc¡espaümentadas impermeables y dentro de cub€tos o bande¡as de segundad Enningiin caso obslaculzarán el tráns o ni el aooeso a los equipos de segundad

4.4.7. No se podrán alma@nar sobr€ el mÉmo cubelo resrduos ancompatibles cuyamei¿cla aumente sus riesgos asociados o dif¡culte operaciones de gesl¡ónposterioreg. :

4.4.E Los ¡esiduos domésl¡cos generados se geshonarán rndepende nlemente de los¡esduos andusfrales producrdos por la aciividad ¡ndustnal El resto de resduosno peligrosos serán gestDnados adecuadamente de acuerdo a su naturaleza ycomposación, y a los pnnc¡fios de ierarguia establecrdos en la legislacrón v¡genleen matena de resduos.

4.4.9. Todos los efluenteg que qonter€en sustancias tóx¡cas o peligrosas que puedangenerarse en las operaciones de mantenimiento de maquinaria o taller seráng€slionados como residuos pelgrosos o enviados a la depuradora de lainslalac¡ón. En nrngún caso s€ incorporarán efluentes procedentes de laectav¡dad de estas áreas a la rgd de ganeam¡ento de las ¡nstalacones

4.4.'10. En caso de lraslado de los resduos a otras comunidades autónomes deberáo.rmpfirse con lo eelablecirjo en €l articulo 25 de la Ley 22t2011, de 28 cle plio'Asl mismo, en el caso de que los residuos generados se deshnen a otros pafsess€ estiará a los dispr¡esto en el articulo 26 de la Ley 272011, de 28 de iulio y alReglamento (CE) N 101312006 det Padamento Europeo y del Conselo, de I 4 dejun¡o y dernás nomatrva citada €n el ref€r¡Jo artlculo

4.¡0.'f l. Se deberá cumplir con lo establecdo en la Ley 11/1997, de 24 de ab¡il, deEnvases y Resrduos de Envases.

[email protected]. La act¡v¡dad se desa¡rollará dc acucrdo a lo estableciJo enla Ley 37f2003, de 17

de novlembre, del Ruiclo y el Real Deqeto '136712007, de 19 de octubre, por el guese desardla la Ley 37f2@3, de 17 de noviembre, del Ruiclo, en lo relerenle azonifrcac¡ón ú(/,st¡ca, objetuos cle calidad y emrsrones acúsl,cas.

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6.

6.t

OIRECCIÓII GENERAL OE B/AIUACIÓi¡ AÍNBIEI{ÍAL

Dado gue en la zona donde se encuentra ubicada la Instalaclón hay un predomlnlode uso del suelo ¡ndustriá|, el t¡tular deberá adoplar las medrdes necesarias pafa notransm¡trr al medto embiente exterior nNeles de ruido supenofes a los expresadosen la srgu|ente tabla. establec¡dos como valores de referencia aplcable9, evaluadosconlorme a los procedimienlos del Anexo lV del Real Decreto 136712007.

CONDICIONES RELATVAS AL SUELO

Los productos gulmicos (matenas primas y/o auxiliares, reslduos, etc ) que seencuentren en fáse líquida, deberán uhcarse sobre cubetos de segundad guegaranticen la recogda de posibles denames Los sastemas de contenoón (cubetosóe retencrón, arquétas de segundad, elc.) no podrán elbergar nlngl¡n oyo líqurdo, ninrngún elemento gue dtsmrnuya su capac¡dad, de manera gue quede dispontble sucapaodad total de retenctón ante un eventuel dename.

En ningún caso se acumularán sustanctas pel¡grosas y/o residuos de cualqu¡ef tapo,

en áreas no pavtmentadas que no estén acondtcronadas para tal fln.

Se deberá disponer de un "Programa de ¡ñpecc¡ón vlsual y mantenimiento' queasegure la rmpermeatilizaoón y estanqueidad del pavimento en las s¡gu¡entesáfeas:

. Zona de la nave que cont¡ene las líneas de tralamlenlo.. Zona de la nave que cont¡ene el slstema de depuraoón dg las aguas.

. Zonas en las que se almacenan productos qulmicos y resduos peligrosos.

. Cubetos de retención de los almacenam|entoe de combusttble y de sustanctaspelrgrosas. Zona de carga y descarga de camiones.. Zonas do¡rde se real¡za manten¡m¡ento o llmp|eza de los vehlculoe o maquinana.

Las operactones de mantenimaento de este programe quedarán reg¡strades en elfegistro emtiental que se describ€ en el Anexo ll de esta Resoluc¡ón, en unápertado especifico de'mantentmienlo'.

6.4. Se deberá d¡sponer de ?rotocolos de actuec¡ón' en caso de posibles derames desuslanqas quimicas o residuos p€ligrosos en la ¡nstelac¡ón. Cualquter derrame ofuga que se produzca de tales sustancias deberá recogerse ¡nmediatamente, y elresultado de esta recogda se gestionará adecuadamente de aqjerdo a sunaluraleza Y composrclón.

lnd¡ce Lx¡o.n podrá superar en 5 dB los

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COI{SEJERA OE M€OO Ar,lBlEll¡EY ORO€ ACtóa{ O€L TEnnrrOArO

Gomunidad de tadrid OIRECCIO¡{ OE ERAL oE EVALUACIó AmaENTAL

6.7.

Tanto el "Programa de inspeccftln v¡sual y mantenimento" como los "Protocotos deactuación' deberán permanecer en la Instalac¡ón a drsposraón de la adm¡nistraciónpara inspección ofroal.

En ceso de amplación o clausura de la actvidad, procederá a not¡frcar los hechos aesta Consejerla, a fn de gue detemrne los contenidos min¡mos del rnforme que, enapficación def artículo 3.4 del Rea, Decreto 92005, de 14 de enerc. debapresentarse.

En caso de derame. fuga o verlido acodental que pudrera pfoductr lacontamrnaoón del suelo, el trtular de la ¡nstalac¡ón deberá regrstrar este hecho yrcaltr,er la caractenzacrón analitica del suelo en la zona ootenc¡almente afectada.incluyendo la posible afeccón a las aguas subteránéas, dada la conex¡ón entreambos medios. En caeo de gue las concentracones de contemnantes superen losNivefes Genéricos de Relerencia, establec¡dos en el Real Decreto 912005. de 14 deenero, se deberá ¡ealizar además una evaluactón de nesgos

Los almacenampntos de productos quimicos cumplirán con los requsrtosestabf€c¡dos en el Rea, Decreto 379i12001, de 6 de abril, por el que se aprueba elReglamento de almacenamiento de üoduclos qulmnos y sus inslruccionestécncas. Tales crrcunstanoas deberán no0fcarse a la Dlrecoón Generel deEvaluackin Ambpntal

Lag ingtalac¡ones deberán drsponer de protocolos de aduaoón pafa todas aquellass¡tuac¡oneg en que por accidente o fallos de funcpnam¡ento de la instalac¡ón, seproduzcan:

o Verlidos al sFtema Inlegrel de saneamEnto que contenga alguna de lassuslanc¡as recogidas en el Ansxo I del Decrelo 57/2005, por el gue semodilican los Anexos de la Ley 10/1993, de 26 de octubre, o qr¡e presenlencon@nlracones superores a las establecidas como máximas en su Anexo ll,y como corcecuencra sean capaces de ongnar siluaoones de r¡esgo pafa laspergonas, el med¡o amb¡ente o cl gislema Integral de saneamrento.

o Emisiones a la atmósfera no controladas o que presenten concentrac@nespor enc¡ma de los VLE de la AAl.

r Vertdos al suelo de sustanc¡as p€lagrosas o olalquier otro inc¡dente quepudiera afeclar n€gatNamente a su caldad y/o a la de las aguas subGnáneas

Una vez se produzcan los vertidos o emrsones al medio (s¡stema Inlegral desan€am¡€nlg atmósfera y/o suelo), el t¡tular utilizará todos los medos drsponibles asu alcance para reduc¡r al máximo sus efeclos

6.5.

7.

7.1.

_5

'J

7.2.

Págna 15 dc 37

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7.3.

orREcctÓfl GENERAL O€ EV LUAC|ó{ Af{BlE rA|.

Los hechos antenores deberán ser regtstrados y comunicados a la conserefía deMed¡o Ambrente y ordenaoón del ferntor¡o de la comunrdad de Madrid por la viamás rápirja (No Fáx 91 4* 29 77 y 91 438 29 96), con obreto de ev ar o reduclr almfn¡mo los daños que puderan causafse.

En caso de vertrdos accdentales al sastema ¡ntegfal de saneamiento, s€ deberácomun¡caf ufgentemente esta c¡rcunstanoa al Ente Gestor de la explotación de laEstacrón Deñradora de Aguas Resduales de Casaguemada (¡ledlante env-¡o d€fax af no: 9i 545 f 4 2S) Aé¡mismo, de acuerdo a lo indrcado en la Ley 10/1993' de26 de octubre, se deberá remitr al Ente Gestor un ¡nforme detallado del accdente

sin pefiutoo de la sanoón que según la legislaoón especif¡ce proceda.en casodernfrjcobn, el t¡tutar deberá reparar el daño ceusado o, en su defeclo, indemnizar losdaños y per¡urcios ocasionados por el accdenle o fallo de funcionamienlo de larnstalaoón

En las srtuaciones de emergencia gue ¡rdieran denvarse de la explotación de las¡nstafacfon€s, se acluará segrln lo drspueslo en la Ley 2/1985, de 21 de enero,sobre proteaún crvL y su nomativa de desarollo.

Según se estabfece en los arlículos 9, 17 y 19 dele Ley 2il2007' de 23 de octubrc,de-Responsabitidad Medioambiental, se debefán adoptaf y eiecutar las medidas depreveni¡ón, ev acrón y reparación de daños medioambrentales y a sufiagar suscostes, cualqu¡era que sea la cuantía

No será necesano tram[ar las actuaoones previstas en la ley de ResponsabihdadMedioambpntal, si por aplcación de otras leyes se hubiera conseguido.laprevención, ev¡tación' y/o reparación de los daños medioambientales a costa délresponsable

En caso de cese de la actMdad, bien de fo¡ma temporal por tiempo superior a 1

año. b|en de mane¡a deiniliva, pero no se prodqera el desmantelam¡ento n| parc¡al

nr total de las Inslalaciones, se deberá presentar una "Memoria de cese deectivkJad', que ncluya al menos log s¡gu¡entes asp€ctos

a) Carácter del c€se de la acl¡vidad: Temporal o definitivo, Indicando en su casopor cuánto tiempo permanecerán las tnstalaciones sln actMdad.

b) Informaoón sobre cómo se retirarán de las instalac¡ones todas las matenaspnmas, productos trnales y/o excedentes de combustibles.

c) Información sobre cómo y quién gestronará todos los residuos y subproductosex¡stenles en las Instalacaones.

d) tnformacrón sobre las labores de l¡mpeza tanto de las lnslalacones como delos srstemas de depuración er¡stenles'

e) Plazos prev¡stos pera la realEación de todas las operadones anter¡ores.f) Prev¡sión sobre cuándo se iniciará, en su caso, el desmentelamEnto de las

¡nstalaciones

7,4.

7.5.

7.6.

7.7.

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cor{s€JERr,A o€ r¡€oro a aE}{rEY oFO€]{ACroat ocL rERFloRro

Gomunldad de tadrid otREcc|óN GE ERAL oE EvatuActóN a¡B|Et|l L

La 'Memoria de cese de actavidad' deberá presentarse ante esta Dirección General,con una anlelacrón de al menos 2 meses, a la fecha preusta de cese de aclividad.

8.2. En caso de clausura de las ¡nstralaciones, y dado que el proyecto dedesmanlelamiento de las instalaqones es uno de los supueslos ¡ncluidos en elAnexo fV (eplgrafe 721 de la Ley 212002, de 19 de jun¡o, de Evaluac¡ón Amb¡entalde la Comunidad de Maclrid,la empresa deberá remilir a esta Conseierla de MedioAmb¡ent€ y Ordenación del Territorio, una Memoria Ambiental, con objelo d€someter la misma a estud¡o cr¡so por caso, tal y como se establece en el art¡culo 5de la crtada L€y.

La Memoria Amb|ental de Clausura deberá presenlarse con una antelacón mín¡made d¡ez meses al anicio de la fase de ciere dgfnit¡vo de le instalacÉn o con laantelac¡(tn suf¡ciente, una vez se tenga conocimiento del cierre defrnitryo, y deberá¡ncluir al menos los s¡guaentes aspectos:

Secuencia de desmonta¡es y derrumbes.Medidas desünadas a rgtirar, confoler, contener o reducir las sustancias oproductos peligrosos, para que ten¡endo en cuenta su uso actual o fuluro. elemplazamrento ya no suponga un riesgo sEnrfrcahvo para la salud humana nlpara el med¡o ambrenle.Residuos generados en cada fase, rndrcando la cant¡dad producda, forma dealmacenam¡enlo temporal y gestor de residuo que se ha)¡a prev¡sto en funci5nde la tipolog¡a y peligrosidad de los mismos.Se debeÉ lener en cuenta la preferencia de la reutrl¡zac¡ón frenle al rec¡clado,de ésle frente a la !€lorización y d€ ésta úllima fr€nte a la elim¡nadón a la horade elegir el destino final de los residuos generados.lnforme de situación del suelo al ciene o clausura de la instalaoón, de acuerdo@n los contendos esüablecidos por esta Corse¡erfa en la págna web.www.madrkl.org, en aplicación del arlfculo 3.4. del Real Decreto 92005, de 14de enero, y cuyo objgt¡vo es delectrar s¡ existe o no afección a la calidad delsuelo medianle caracter¡zación analitica y, en caso afirmalivo, eslablecer losplanes d€ segu¡miento y conlrol de la mrsma o evaluar los nesgos para lasalud humana y/o los ecos¡stemas, según los usos previslos en elemplazam|ento.f) Informe de s¡tuac¡ón de las aguas subterráneas al cierre o clausura de lainstalación, que incluya su caracterización analílica.

En función de los resultados de eslos informes, la Consejerla de MedioAmbbnte y Ordenaci5n del Temtono adoplará, en su caso. las meddas quecons¡dere oportunas.

El Plan ha de contemplar que, durante el desmantelamiento, se tendrán €n o.¡entalos principios de resp€to al medio amb¡ente comunes a toda obra oul, como sonevitar la emiskln de polr¡o, ruiJo, \rerl¡dos de maquinaria por mantenimiento, etc.

. Se conskJerará una inf¡acclln el proceder al cierre de la instalación ncumpliendolas condiciones establec¡das relativas a la contam¡nación del suelo y de las aguassublenáneas, de acuerdo con el arlfculo 3.i dEl artfculo 30 de la Ley 1612@2, de ade julo, modificada por la Ley 12013, de f I de junio.

a)b)

c)

d)

e)

¡

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OIRECCIó GENERAL OE EVALUACÉ AXSIENÍAL

ANEXO II

SISTEMAS OE CONTROL

1. ASPECTOSGENERALES

l.l. De acuerdo con el Real Decreto ú8t2007, de 20 de abnl' por e/ gue se regula etsurninistro de nlqmación soDre ernisirnes del Reglamento E PRIR y de lasautu¡zaciones ambientales integradas, anualmente se deberán notificar los datosde emisión (referidos al año anterior) de las sustanoas conlaminantes al aire, alsuelo y al agua y la lransferenc¡a de resduos fuera de la instalación.

Para ello se dspone de una 'Guía para la ¡mplantackin del E-PRTR" en la web'

!a4a,g!]@g del actual M¡nEleno de Agncultura, Alimentacirln y Medto Ambiente'fondo documental". "Documento PRTR". en donde se espeofican las suslanc¡as anotú¡car según el medao (aire, agua y suelo) y la transferencE de residuos fuera defa instafacidn. deb¡éndose teneren cuenta los Anexos del Real Decreto 50il2007,de 20 cle abnl.

1.2. Se deberán comunrcar a la conseFría de Medio Ambiente y ordenación delTemtono las fechas de realización de los cont¡oles de verlidos, ru¡dos y de lasemtsiones atmosféncas, con una antelac¡¡'n mfnima de 15 dfas naturales, med¡anteconeo electrónco a las direcc¡ones: resoonsabihdad [email protected] yseourm|ento.amb¡ental@madrid oro.

1.3. Tocla la infOrmación sobre los controles recog¡da en.está R€solución, será rem¡tdaa esta DireccirJn General de Evaluac¡ón Amb¡enlal, A¡ea de contfol Integrado de laConlaminación.

.1.4. En fundón de tos resullados que se obtef€an en los dfefentgs controles soliclladosen ta AAI se podrá modifrcar su periodic¡dad o sus ceracterístlcas o' en su caso,requenr medidas complementaries de protección ambiental que fueran prec¡saspara garantizar el cumpl¡miento de lo esiablecido en la presgnte Resoluoón.

Se r€g¡slrarán los @nsumos mensuales en la mstalación, de: agua deabastecimiento, energía eléctr¡ca y combustlbles.

Anualmente y antes del I de rrxl.zo, se remrlirá el registro de los consumo€mensuales, Junto con las facturas de las empresas sumln¡stradoras, así como laproducción anual de la achvidad corespondiente al año anterior'

Cualqurer mriacirln (¡ncremento o desc€nso), respecto á bs datos del año antefior,superior al 3OoÁ lanlo en el @nsumo de matefies pr¡mas, agua de abastec¡mienlo'eneqía eléctnca. combr¡slibles y/o como en la p¡oducción de la insüalac¡ón' deberá¡usLfrcerse.

2.1.

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COIISÜCRIA OE MEOO AT6|€¡IIEY OAO€]{^Crof{ O€L rERnf¡OfiD

Gomunldad de taddd orREccÉ GENERAL oE EvaLUActóN AHe|ENtaL

3. CONTROLDEVERTIDOS

3.1. Los controles de vertdo de aguas reslduales se real¡zarán a trevés de organtsmosacreditados por ENAC o por una Entidad de Acred¡tación fimante de los Acuerdosde Reconocimrenlo Mutuo eslablecidos a nlvel lnternaaonal entre entidades deacred acrón, en la norma UNE-EN ISO/IEC 17020, c0riteflos generales para elfuncionamiento de diferentes lipos de organrsmos que realizan tnspecoónr, para laslabores de rnspección medioambental en el campo de aguas resduales.

3.2. Los controles del vert¡do se realzarán en rornadas en las gue las condiciones defuncionamiento de las ¡nslalaciones y, en su caso, de su sistema de depuractón,sean representativas tanto del proceso productivo como de su verttdo

3.3. El tipo de muestra, la penodiodad y parámetros a analizar en los controles delverl¡do, €n cada uno de los pr¡ntos de v€rtdo, serán, al menos, los s¡gu¡entes

_l

(') se

I Compuesta Semestral

pH (')ConduclMdad (')T€rnperatura (')DBOsDOOSólidos en SuspensónAce es y grasasClorurosDetergenles tolalesTox|cdadPAHHirrocarburos totalesEslañoHEfroManganesoNlquelZincFósforo tolalNifóqeno total

2 Puntual Anual

DOODBOcSól¡dos en suspensrónAceites y grasasDetergentes lotelesBTEX

nAdicronalmente a lo3 parámetros anteriores deberán analiza¡se todos los equellosque sean representat¡vos de la contaminación propia de la acltvrdad produclva.

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3.6.

olREcclÓ¡{ GEIIERAL OE EVAI-UACIÓII AlllBlEl{¡AL

La muestra compuesta se obtendrá a paft¡r de suces¡vas submuestras tomadasceda 30 mrnutos, durante un perlodo de th

El volumen de cada una de las submuestras que ge añadlrá para fomar la muestracompuesta, será proporc¡onal et caudal de vert¡do er¡stente en el momento en elque fué tomada la submuestra

En aquellos casos en los gue la muestra compr¡esta se obtenga a parllr dealicuotas en lunción del ttempo, el informe de control del verldo debefá fecoger lasofcunstancras que ¡mpositúlrtafon la tome de la muestra compuesta en función delcaudal.

Los enál¡sas de todos los parámetros a determinar sobre las muestfas de vert¡do,salvo los parámetros marcados como ln S¡tu", deberán realizarse en laboratofios deensayo acred¡tados en la norma UNE EN ISO/IEC 17025, nRequsrlos generalesrefatMos a la competencia de los laboralorros de enseyo y caltbraciónr, pera cadauno de los correspondrentes ensayos Los ensayos "in s¡tu" deberán real¡zarse poruna enüdad de inspeccrón ao€ditada, para tales parámetros, en la norma UNE-ENtso/tEc 17020

En el info¡me de control del vert¡do deberán rec€erse, entre otras, las condicionesde funoonamiento ex|stentes durante la toma de muestras, tanto de la Inslalaclóncomo, en su caso, del ststema de depuracir5n, el caudal d¡er¡o (m3/dla) y ceudalmedio horario (m3n), asl como las c9ndlciones amb¡enlales exrstentes durente elconlrol de verldos.

Las rnstalaciones deberán dtsponer de un reglstro amb¡ental de vert¡dos en el quese reco¡an

¡ Los resultados de los control$ de vertdo realizadosr La relaoón de las labores de manten¡mlento realizadas en la ¡nstalacrón.. La relac¡ón completa de las tnodencras que se hayan produc¡do y una

valoraoón de la eftcacia de los sstemas de alama y control que hutieranintervendo (Se entendefá por ¡ncidencra cualquFr situaoón anómala, aexcepc¡ón de los vertidos provocados por acc¡dente, para los cuales seprocederá s€ún lo espec¡flcado en el apertado 7 del Presente Anexo l)

Tanto este registro ambiental, corno los informes de control de vertdos,permanecerán en la rnstalación a drsposrcrón de la admrnistración para mspecciónofrcial y deberán conservarse al menos durente cnco años'

De confomidad con el apartado 3 del artfculo 8 de la Ley 16n002' del cle iul¡o. sedeberán notmcar anualmente los datos de verldos cor€spondlenles a larnstelación, para su inclustón en el Regrstro PRTR-Españá. A efectos de lanotfrcacrón al Reg¡stro PRTR-España se util¡zarán los datos obtenidos en lasanal¡t¡cas penódrcas de control del vertrdo contempladas en la AAl, induyendo lascafgas contam¡nantes coffespondientes a los dos verlidos.

3.7.

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COI¡S€JEFI,A OE ti¡EOO AI¡€EI{IEY OoOÉN CO OÉL ¡EFnffOñrO

Gomunldad de tadrld otREcctóat GE ERAL o€ ÉvaluActót{ AxBtEN¡At-

4. coNTRoL DE EilIsIoNEs A LA AT¡IÓSFERA

Anualmente se calcularán los disolventes consumidos. tenEndo en cuenle el lacant¡dad utilizada y el porcentaF en gue se encuenran €n. restnas lqantes, pastade pigmento, ad¡t¡vos, o en estado puro, las stgu|entes sustanctas. Hexrlglcol yButdglrcol.

En el año en gue superen los 5.000 kg de las sustanoas menc¡onadas en elapartado anter¡or, se realizará y fem trá un nforme si¡uiendo la metodologiaestabfec¡da en el ?nexo lV. Plan de Gestrón de dtsolventes" del Rea/ Decrcto117f2003, de 31 de enero, pa¡e determinar las emFrones de COVs en lasinstalaciones, canalzadas y drfusas Este informe perm rá determtnar €lcumplim¡ento de los valores llmite de em¡srones d¡fusas eslablecirjo

Los datos gue se incluyan y aporl€n en la realizactón del Plan de Gest¡ón dedrsolventes deberán ser iustifrados mediánte la presentaoón de registros. Estosreg¡gtro9 podrán ser albaranes de compra d9 materias con contenido endisolventes, f¡chag de seguridad con los porcentajes de dtgolvenles, peso molecularmed|o y número de carbonos de los compuestos orgánicos volátiles que contienen,albaranes de relrrada de res¡duo9 con dsolventes, contenkjo de d¡solventes en losresiduos, lnfo¡me de emisiongs a la atrnósfera con datos de caudal y concenlraoónde emisiones de Compuestos Orgánicos Volátdes Es decrr, se debgrán entregarregrslros con los cuales poder determ¡nar la cantidad de doolvente existénte encada uno de los flu¡os de entrada y salida de dtsolventes en los procesos que sellevan a cabo en las nslalaoones

En el caso de no lenerse que real¡zar Plan de Geslión de Disolventes, sejustificarán €ualmenle los consumo€ de drsolventes del año en cuest¡óndocumenlalmente.

Se realizará con la periodrcirJad gue se ¡ndica a conttnuaoón, a través de organrsmoacredrlado por El,lAC, o acreditado por una Entkjad de AcredilacÉn Ímante de losAcuerde de Reconocrmrento Mutuo estableckJos a n¡vel intemácional enlreentk ades de aoeditacftJn, pera las labores de rnspeccrón medroambpntal en elcampo de atmóefe¡a, un control de lo9 locog de emrsón que ncluya, al menos, losparámelros que se ¡ndrcan en la tabla del sigu¡ente apartado, con la frecuencra yduración estableqda.

Los conholee per¡ódrcos de emisión sc real¡zarán de acuerdo a los cnlerros defrecuencia y núr¡€ro de loma de mu6tras gue se eslablecen en la siguFnte tablaLas mediciones se real¡zarán en parlodos de una hora, representaüvos del procesoproductrvo al que están asociados:

4,1,

4.2.

5

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otRÉcctó GEIER L OE EVAIUACIÓi| AfilBlEl'llAL

4.7. Los muestreos y anál¡sts de los contaminantes se llevarán a cabo con areglo a lasnormas cEN tan pronto se dtsponga de ellas En caso de no drsponer de nofmascEN, se aplicarán las normas lso u otras nofmas nac|onales o ¡ntemacionales, y

en ausenoa de éstas, olros mélodos alternativos que estén vahdados, oacredatados, stempre que garanticen la Obtención de datos de caldad crentífrceequ'alente Los

'mueitreo! y anál¡sis de monóxido de carbono y óxidos den'irógeno podrán llevarse a cabo con arfeglo a normas CEN o med€nte otfasmetddologias, siempre y cuando se encuentfen acrediladas por una entidad deacredrtactón.

No obstante lo antef¡of, una vez s€ apruebe la Instrucción fécnica ATful-E-ECo3."Metodologta para ta medrcbn de tas emis,ones de focos eslactonanoscanalzadód, pubt¡caOa en la web www.madrid oro, los muestreos y análisis de losconlaminantes se llevarán a cabo confome a lo establecdo en la m¡sma'

4.8. Una vez aprobada la Instrucc¡ón Técnica ATM-E-EAo4. 'Determinaqón de Iarepresenlativ¡dad de tas med,c¡ones penódbas y valuaáón de los ¡esulladosionteni6 del nformd, pub¡cada en la web www madr¡d ofo, las medtcones y losinformes de los controles deberán real¿alse conforme a la misma'

4.9. El titular deb€rá disponer de un regislro con e¡ conlenkjo establecido en el arlículo Idel Reat Decrelo rcono|l, de 28 de enero. Este registro, asl como los infofmes decontrol de emFtones atmosféricas, pefmanecefán en le ¡nstalac¡ón a dFpos¡c¡ón dela admtnrstfac¡ón para rnspecc¡ón ofrcial y deberán consefvarse al menos duranledrez eños

4.10. De conformidad con el apartado 3 del articulo 8 <le la Ley 1ü2002 y el apartado 1'1

del pfesente Anexo ll, se deberán notif¡car anualmente los datos de emasonesatmosféncas coffespondientes a la ¡nstalaoón, Para su Inclus¡ón en el RegistroPRTR-España A efectos de la notificacrón al RegBtro PRTR-España se utiltzaránlos datos obtenirjos en las analít|cas de control de les em¡s¡ones contempladas enla AAl Los datos a notificaf en el Regstro PRÍR deberán contener la suma de lasem|sones de todos los focos para cada uno de los contaminantes.

4.1t. La nolifrcación de em¡s¡ones debe realizarse anualmente, eunque pof la frecuencaaestablecda en esta Autorizec¡ón alguno€ años no será necesano reahzar medldasreales. En esos años, las em|spnes se notiflcarán en base e las del último año quehayan realizado medidas, not¡ficando en el PRTR las emas¡ones como 'esllmadas"

PERIOOICO TRIENAL(3 íred¡das da I hora)Focos no 1, 2 y 3

PERIÓDICO TRIENAL(3 medd$ de I hora)

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cor{s€J€FrA o€ M€oo at¡|gr€]{rEY OROE¡|AC|OT{ O€L lERFffOÍlO

Comunidad de tadrld DIRECCIÓ cE EnA! oE EVAI-UAGIÓ A¡BIE ¡A!

en lugar de 'medidas', y en descripción de la est¡mac¡ón: 'Estimadas en base amed¡c¡ones de otros años'.

5.1.

5. CONTROL DE LAPRODUCCIÓN DE RESIDUOS

Se dispondrá de un archtvo flsico o telemático donde s6 reco¡a por ordenoonológico la cantidad. naturaleza, origen, deslino y método de tralamiento de losresiduosi cuando proceda, se inscribrá tambrén el med¡o de transporte y lafrecuencia de recogida.

En el Archirc cronológico se rncorporará la ¡nfomaci'n conlenida en la acredtlaoóndocumental de las operaciones de producctón y gestón de residuos. Así mrsmo, enel caso de que los residuos se desl¡nen a eliminacitn en vertedero, se contemplaráen el archvo la rnformación de caracterizac¡ón básica de dichos residuos

Dicho Archrvo deberá conservarse durante al menos 3 años, y permanecer en elcentro productor a drspos¡ción de esta Consejeria de Medio Ambiente y Ordenacióndel Temtoío, junto con los documentos de acepüaoón de las instalaqones detratamento, los documentos de control y segumento a qu€ se feflere el artículo 35del Real Decreto 833/1988, otros documentos de rdent¡f¡cacÉn de los resrduos, asícomo el resto d6 documentacrón acredita[va de la entrega de los res¡duos,realizada conforme a ¡o est¡pulado en el artículo 17 de la Ley 22/2011, cle 28 clejulio.

Se ehborará y rem¡tirá anualmente una Memoria Anual de Acl¡vidades en la que seespecificarán, como mlnrmo, el origen y canl¡dad de lodos los residt¡os produc¡dos(p€ligrosos y no pelQrosos, por separado), ¡a naluraleza de los mismos. operaciónde tratamiento del residuo (D/R). el desl¡no final, y la relaoón de aquellos que seencuenlfen almacenados t€mporalm€nte, así como las incidencias ocur¡das,rncluyendo aquellos no recogidos en la presente Resolucón por no ser previsible suproduccltn, debiendo justrfrcarse cuahu¡er variación supedor al 30o/o (incremento odescenso) resp€cto a los datos de produccón de resduos del año anter¡or.

La Memoria Anual de Acliudades deberá presenlarse antes del 1 d€ marzo del añoconespondiente a la notificación de los datos del PRTR. y se uhl¡zará.comodocumento base para la nolificación de los datos sobre resduos en el citadoreg¡slro.

6. @!!RoLpEE!'!99!¡

6.1. En el plazo máximo de seis meses a @ntar desde la notficación de la presenleResolución, se deberá realizar y entr€gar en la DirecclJn General de EvaluaoónAmbiental. un Estudio de rudo con el fin de comprobar los niveles de inmisión de laact¡vidad, adoptándose poslenomente las medidas corectoras pertinentes parareducir los n¡veles de ruido generados, en e¡ caso de superarse los valores derefe¡encia r€cogkJos en el aparlado 5.2 del Anero l.

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6.2.

OIRECCIó OEI{ERAL OE EVALUACIÓ A¡AE¡¡AL

El estudio de ruido (medrción de ru¡do y ta emisión del informe correspondpnte)deberán se¡ realizadas por una Organizackln acredtlada, b¡en por la EntidadNacronal de Acred¡tación (ENAC). bien por una Ent¡dad de Acreditec¡ón f¡mante delos Acuerdos de Reconoc¡m¡ento Mutuo esteblecidos a nivel intemacional enlreentidades de acreditacrón, para la Norma UNE-EN ISO/IEC 17025, en el ámbito de'Rurdo Ambrental'y Nola Técnica 4$Rev1, en cuyo alcance y en relac¡ón a lamelodologla a llevar a cabo durant€ hs actuac¡ones, se recoia la nomativa deaplicación: Real Deqelo 1367/2007, de 19 cle octubre, pr el gue se desanolla laLey 37/2N3, de 17 de noviembre, clel Ruido, en lo rcferente a zontf,cac¡ón acúshca,ob¡etlos de calidad y en isiones adisricas

La metodología del esMro deberá ser acorde a lo ¡ndicado en al Anexo lV del RealDecreto ,367/2007, de 19 de octubrc, y, en caso de detectarse superación de losvalores llmit€ recogidos en el aparlado 5 del Anexo I de esta Resolución. el hlularincluirá una propuesta de medidas corectoras ¡unto a cronograma de actuadones,que será revisada y aprobada por esta Consejeria.

7. @N',IROL pEL SUELO

7.1. Antes de abri¡ de 2016, se deberá presentar el Informe penódico de situación desuefos, a que se refiere el articulo 3.4. del Ree, Decreto 912005, de 14 de enero,cuyo contenkJo se a¡uslará al fomulafio eslableciJo por esta Conseiería en hpágrna web. http:/ M

^¡/ madrid.org, incluyendo los reg¡slros de verlidos

acc¡dentales ocunkjos desd€ la concesún de la AAl hasla la fecha, que pudieranhaber dado lugar a la conlaminacittn del suelo y. en caso de gue se hayanproducido tales verlidos, los resultados de la caraclenzactón analíttca del sueloreahzada en la zona potenc¡alment€ afectada.

Una vez se revise d¡cho Infome periódico de siluac¡ón de suelos se determinará laperiodicrdad con la que habrá de presenlarse el siguiente Informe periódtco destluación de suelos, asi como la próxima caractenzaoón analltica.

7.3 Con la pedodicida<! gue en cada c¡¡so @nesponde, se real¡zará la reustón ymantenimiento de los almacenam¡ento6 de productos qulmicos conforme a loindicado en el Rea, Decreto 3792001, cle 6 cle afuil, por el que se aqueba elReglamento de almacenamtento de $oduclos qulmicos y sus insfruccronestécn,cas cunplementuras. Una vez reahzada la revisión, el titular deberá remttlr aesta Dirección General de Evaluación Amb|enlal la copn del cert¡f¡cadoconesponda€nte.

6.3.

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ii

COI{S€J€FIA OÉ t¡€f¡|o Al,€ENfEY ORO€¡ráCrOr{ 0€L tEenÍOAO

Gomunidad de tadrid orREccróN oENERAL oE E\raLUAcró AÍ8|E'|TAL

g. co¡¡rnol oe tAs ¡cu¡s susrcRnÁNers

8.1. Evaluada la pos¡b¡lidad de contamrnaoón de las aguas subtenáneas en elemplazam¡ento de la inslalac¡ón, no ge cons¡dera neoesano soltotar controlpenódico de las aguas subtenáneas.

9. REGISTRO Y REiI|s|ÓN OE CONTROLES. INFORITIES Y ESTUDIOS

9.1. Todos los cont¡oles, informes, estudps y reg¡stros secloriales requerdos en la AAlse recogerán en un únrco regrstro emb¡ental que deberá estar a digposición de laadminslraoón junlo con la AAl, a partr de la realizacrón de los primeros controles

9.2. Los controles, ¡nfomes y esludios sol¡citados en la Ml deberán ser rem rdos a estaDirecc¡ón Gene¡al en los plazos y con las periodrcidades que se rndrcan aconl¡nuacún. De todos ellos deberán presentarse 4 eiemola¡es en fometo CD:

9.2.1. En el plazo de sels meses desde la notificaclón do la presente Resolución- Estud¡o de Ruirjos de acuerdo a la Ley 3712003, de 17 de nov¡embre, del

Rutdo.

9.2.¿ Con perlodicidad semestral:- Informe de control de vertidos de aguas residuales del proceso ¡unto al

¡nlorme de laboratono de la entdad acreditada

9.2.1. Con perlodlcldad anual:- Producción y consumo anual de: agua de abagtec¡mrento, energfa eléctr¡ca y

combustrbles- lnforme anual de control de emsiones atmosfér¡cas Junto a los resultados de

lo9 análisis por la ent¡dad acred¡teda,- Informe de control de vert¡dos do aguas residuales de per¡odicidad anual- Informe anual para la not¡frcaoón en el regslro PRTR-España.- Memona Anual de AdN¡dades de producc¡ón de residuos.

9.2.2. Doc me3cc antos del ce3c dc l¡ acüvldad sln desmantelamlento delnstalaclón:

- Memoria de c€se de aclrvdad.

9.¿3. Cuando en cada caso corresponde- Certfrcado de reviskin de las instalaciones de almacenampnto de produclos

quimtcos

9.2.,0. En el año 2016- Informe penódrco de la situaciln del suelo

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O¡RECCIÓ!| GENERAL O€ B'ALUACIÓN AIIBIEI{IAL

ANEXO lll

DESCRIPC6N DE LAS INSTALACIONES

f . DESCRIPC|ÓN DE LAS INSÍALACIONES

Las Instalaciones se encuentran ubtcadas en la c/ Mar Mediterráneo, 10, dentro delPolígono Industrel de San Fernando de HenareE Las Coordenadas UTM de localzac¡ónde lá ¡nstalación son las sigupntes' UTMx.457 594: UTMv: 4.478 541

La ptanta industrial está uticada en tres parcelas, cg-n qÍta superl¡c¡e total de 5.051 m2,

stendo la superftcre total útil de edrfrcacrón de 4.783,09 m'

La drstribucrón de las d¡st¡ntas áreas dE pfoducc¡ón se dMde en dos zonas La primera, ata ¡zquErda (acceso Avenda de cas¡lla. 17-19), está dedrcada al almacenam¡ento tanto¿e püzas para tratar como de p¡ezas tfatadas. La segunda, a la derecha (acceso desdeMai Medrterráneo, 1O), es la zona donde se desafrolla la actMdad princ¡pal y donde sefeciben desde el almacén las piezas gue serán raladas y los productos quimicos queforman parte del proceso de cataforesis En esta segunda zoná s9 encuentran ublcadostanto los egu¡pos propios del proceso Indwtf¡al como aquellos consderedos comoserytctos aux¡ltares (atre comprrmdo, caldera de proceso y planta de tratamEnlo deaguas residuales).

Oroanización

-. M Empleados: 24- Diasdetrabqo.22Omáximo- Tumos: 2 turnG solapados de 8 horas. con producc¡ón dlaria de 11 30 horas

2. ACÍIVIDADES PRINCIPALES: PROCESO PRODUCTIVO

2.1. De3cr¡pc¡ón proce3o

El otieto de la aciivrdad desanollada es la aplicaoón de plntura medlanle el proceso decatafóres¡s sobre piezas metálicas, mayoritariamenle de acero, de divergos tamaños.

Se p{¡ede d¡v¡d¡r la fase de ptntado, realizado mediante catafores¡s, en las slgu|entssetapas'

- Pretratem¡ento, dtvtdtdo en'

o Desengrase por rnmersión con soltrción alcel¡na y tens¡o€ctlvo: _.aptcacónmediañte inniersrón de un detergente Industrial que ayuda a eliminar lasimpurezas que llevan las P|ezas

o Af¡nado de capa o actpación' baño medrante aspersión de ¡es p¡ezas con unasoluc¡ón a base de gales de tttanao.

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I¡i

COI{SE.EñI,A OE M€O|o IAIEÍÍEY OeO€¡t CrO¡ D€L TERR|IOAO

Gomunldad de taddd otREccróN oE|{ERA! o€ Ev t-uActór| arBtENfAL

Después de la aclivación existe un lavado poi aspersión con agua de ta red parae¡m¡nar el exceso de productos desengrasanles.

o Fosfatacón' aplicación por aspeaión sobre la superfroe de las ptezas de unestrato microcristalno constilu¡do por fosfatos m¡¡fos de hieno y otros metales(zinc, manganeso y nfguel). Esta fosfatac¡ón trene lugar €n cal|enle.

Después de la fosfataoón ex¡ste un lavado por aspersión con agua industrialdesm¡neralzada para eltmtnar el exceso de sales.

Cataforesis. P¡ntado de las prezas medrante proceso electrollüco, en el cual, unaresrna h¡drosoluble, en solución acuosa, se disocia en radhales (anónrcos ycatión¡cos) conten¡dos en la molécula de la resina Estos bajo la acc¡ón de un campoeléclrico de corlenle contnua m¡gran al cátodo (catafores¡s) y, neutralzando sucarga, coagulan al estado de resina rnsoluble, que se depostta sobre el con¡untoeléclncamente conductor

Lavado con aoua ultrafiltrada El¡m¡nacft'n de la mayor parte de las partículas de .

p¡nlura no depos¡tadas.

Lavado con aoua des¡on¡zada' Eliminación de la mayor parte de las partículas dedntura no depos¡tadas. Egla agua e9 recirculada.

Pohmer¿aoón: Horneedo de la película mediante cocción en un homo lúnel a unatemperalura de 170-180 oC y durante 2540 minutos

Pá9tna27 de t7

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OIRECCIóN CE¡IERAL OE EVALUACIÓN AÍIEIENÍAL

' 2.z.llaterlas pfamar uüllzadas en el p.ocg3o productivo y proc63o3 euxll¡are3

Totat Matenas 69.839 Kg

2 800 h¡dróxdo sódrco

IcoE(U

ooo.É.o|,ot!o4

275 Ahurl alcoxrlado

75 Sales de Trtanio

6 000 Acido bsfórro Sales deZn,Mn,Nl

1240 Aodo fosfórico

1.275 Nrlnto sódrco

75 H¡dróxdo sódrco

40 800 Resrna epoÍ / hexrlgl|col ott.g.94cg(,(,!gA

1r.380 Orspersrón de prgm€nto.Negro de humo BuhlglEol

7002-butoxrelanol / etermonobutllrco deleldbnol¡col

540 Acdo LáctEo

260 Hex ghcol y Butlgl|col

2 ff¡g Sulfalo de alúmna

€c

'if;

1 680 Hdróxdo cálcrco

500 PolreleclrolÍo

200 HDocloflto sódEo

P4ma 28 de 37

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COI{SEJERIA 0€ üEOIO A¡t¡8|EítEY Of,O€t{ACOl| O€L TEnHÍOHO

Gomunldad de tadrld orREccról| GEN€RAL o€ EvALuAcróN AfrtatENTAr

2.3. Disolventeg consum¡dog

De acuerdo con los datos de productos uttlizados en el año 2013, el consumo dedisolventes orgánicos en este año ha sdo el stguaente

2.4. Productoe finaleg

2.5. Abastoc¡miento de agua

2.6. Rgcu]!o! energóüco!

2.6.1. Tipo de fuente3 en€rgóticas uüllzadas y consumo

o Energía eléctr¡ce'

- Potencia rnstalada. 225 kW

-;iffi i.,'. K9 de5: dlsolvente

Hexilglcol en hgante 40.800 kg 2o/o 816 kg/año

Butlglicol en pasla 11380 12.5o/o 1.422kglaño

Hexrlgftcol - butlglrcol en adrtrvo 260 80% 208 kg/año

Bul¡lgl¡col nrro 700 1000Á 700 kg/año

TOTAL 3.145 kg/año

- Uso ndwlnal Lfnea de prelratamiento(desengrase-fosfatado) y fatamiento delas p¡ezas mediante cataloresF y en elsbtema contra mcendros.

- Uso sanrtaro en aseos y vesluanos del

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olREcclÓN cEi¡ERA! O€ A/ LUACIÓi| Ai|A|ENIAL

- Consumo energla anual medior: 515 000 kWh

Combust¡bles

(') Dato calculado en base a la ¡nfo¡maoón sumnistrade delperrodo 2009-2012

2.6.2. Instalac¡ones de combusüón

2.7. Almacenamiento

En la nave donde se pfoduce el recubnmtento electrolíttco se uhca la zona dealmacenamiento pftncDal de productos químlcos, donde se almacenan todas las matefiaspfimas y auxrliares almacenadas en ganafas o sacos. El lgante y la pasta del pigmento

se almacenan en depósrtos de 10 y I m' respeclivamente.

El almecenamiento del resduo pnncipal generado por la ac'tividad, lo3 lodosdeshtdratados pfocedentes del proceso de depuración de los efluentes, se almacenan enla nave cont¡gua, junto al depós¡to de almecenamiento del gasóleo. En esta nave sealmacenen también las piezas tratadas y s¡n tratar.

I Oato calculi¡do €n bes€ a b nlormaoÓn sumnbttsda para el p€tiodo 20ü¡2012'

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cot{s€JERTA 0E MCOO A AC rEY ORO€N COfi O€r TEaHTOA|o

Gomunldad de tadrid orREccÉN c€ ER L oE Ev t-uAcróN alrorEr{fAl

3. ANÁL|s|s DE LA CARGA CONTAIIINANTE DE LA ACTIVIDAD

3.1. Emislones a la atmósfera

Las pnncipales emrsiones gue presenta la activdad desarrollada en las instalaoones sonlas s¡guentes.

- Gases de combusfón, procedentes de las calderas de calenlamiento de losbaños y el horno de polimedzación, que utilizan gas natural cofiio combuslrble

- Vapores alcalnos de las ettracc¡ones de las cr¡bas de desengrase alcahno- Compuestos orgánicos volátiles, derivados del homo de polrmerizado de la

prntufa.

La relación de focos de emisión presentes en la instalación es la siguente.

..-fi

"'F"¿ tffi [:l.ih¡"'ñriia""r.: ":'imlúdo!'; t'-' '-;' ;;:.

ISalida del quemadorcaldera de calentamrentopaÉ desengfase ytosfaüación

Desengrase y fosfalacrón CO, NOx, SO2

2 Salida quemador homopohmcmac|Ón

Curado y polmeri¿ac¡ón dep¡ezas

CO, NOx, SO¿,

3Salda quemador calderade cahnüamiento del pfe-desengrase

Oesengrase CO, NOx, SO¿

4 Extraccrón desengrGadopor aspersÉn Oesengras€ de p¡ezas Vapores alcalrnos

5 Extracc6n desengr6adopor hmel3|Ón Oesengrase de pezas Vapores alcalinos

6 Effaccrón de aclarado conAD Lavado de ptezas Vapores ácrdos

Exlracctón hoffio depolrÍ€madón

Curado y polmerizackin depiezas

cov

I CeH€ra de calefección CO, NOx. SO¿

3.2. Emlslonos ds ru¡dos y vlbraclonec

Las fuentes polenciales de generaoón de ruido se concentran por un lado, en la zona deproceso, donde principalmente se denvan del funoonamiento de la planta de depuraoónde aguas residuales, y por otro lado, la zona de la nave de almacén donde los focosprincpaleg son las careüllas y maquinaña auxiliar y la zona de carga-descarga de laspiezas metálcas. El horano de máxima generación de ru¡do tiene lugar durante el turnode lrabajo.

3lPáf¡na 3t d6 37

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OIRECCIó|| GENERAL OE Er/ALUAc|ót| AXBIEIIfAL

3.3. Generaclón de aguas residualesLas aguas residuales generadas por el desanollo de la actavidad son de tres tlpos:

- Aguas de proceso, tratadas en depuradora prevta al vErtido al SIS- Aguas sanitanas- Aguas pluvtales

3.3.'1. Puntos de ve¡tldo.

Pdriü':: de,:":.

verdüü'j

. ?tg., .. a!?¡..:f':..if

1

Procesosl

(Ver Sstemadepuraci{in)

.pH. Conductv¡dad. DOO. OBO¡. Sóldos enSuspensrón. Acertes y g€sas. Mangeneso. Nfquel. Hiero. Detergentes totales. Hdrocarburos totales. Fóeforo totald N rógeno total. Ztrc. Eslaño. ToxÉ¡dad. Cloruro3. BTEX

SFtemá IntegralSaneamtento

Destrno fnalEDAR Municipal'Gasaquemada'

Aguas San anas(Nave Proceso) No

r pül. DQO. DBOS. Sólidos enSusoensrón

2Aguas sanúarias yplwiales(Nave almacén)

No

.pH. DOO. DBOs. Sól¡dos enSusoens¡ón

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COI{SCJEFA O€ ti¡EOIO AttlaEfifEY OnOE ACTOaT O€L lERn|rOF|o

Gomunldad de tadrld otREcctót{ c€ ERAL oE EvALUActót¡ AxBtE ¡laL

3.4. Generaclón de Residuog

3.¿L1. Reclduos Pellgrotoe

3.4.¿ Residuos No Peligrosos

Plásticos 20 01 39 1 500

Cartones 20 01 01 2.500

Madera 2001 38 2fiChatera 2001 40 5{X)

año

3.5. Contam¡naclón de suelo y las egues subte¡ráneas

El impacto potenc¡al de la actividad sobre el suelo y las aguas subtenáneas proviéne delas frltraciones de los posbles de¡rames y fugas que puedan realizarse en las zona deproducción (fatamento superficial de pezas), zona de tralamiento físico{ulmico de lasagues resduales, zona de almacenamento de sustancras pelqrosas (almaén deproduclos quimicos y resHuos) y el tanque de almacenamiento de combustrble, sr elpav¡mento o cubelos de retenoón enslenles en estas áreas no se encontraracorreclamente ¡mpermeahl¡zado.

.0. TÉCMCAS DE PREVENCóN Y CONTROL DE LA CONTAilIINACIÓN

4.1. Em¡r¡one3 atmo3térlcar

Se uülea gas natural como combuslible en los equrpos de combuslrón.

Las cubas de tratamiento superfic¡al de las ¡iezas están cub¡ertas para mmrmizar lasem¡spnes difusas al interror de la nave.

r)

5

Depuración físico-químicade efluentes de tratamEnto

Mantenrm|ento 1501 10

(') Dalo calculado en base a la información para el penodo 2008-2012

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OIRECCÉN GENERAT O€ EVALUACÉT¡ AÍÚBIETIIAL

4.2. Vert¡doe llquidog

Las d¡süntas etapas de las que se compone la depuración d€ los efluentes generados enel proceso se resumen en los s¡f¡uientes Pasos'

- Recogda de efluentes. Las aguas del pre-fatamlenlo se recogen en e¡ foso 1.y sedosifióan a la depuradora con un caudel de I 500 a 2.500 Uh Cuando se reahzanoperac¡ones de vaciado de baños o veftdos erfremadamente ácdos o alcahnosse pasan al depósito de ieserva, para desde alll ser enviados a tratar a razón de100 a 200 l/h. Las aguas de lavado del proceso de Cataforesis se recogen en elfoso 2 de donde pasan a depurar a razón de 300'700 l/h

- Coagutación: La primera elapa conslste en formar pequeños coágulos,adc¡onando cloruro fénico Medlante ácdo clorhídrico se füa el pH a 5,5 t 0'5

- Separación de aceile. En esta etapa, el aceile no emulsionado se separa por

drferencia de densrdad, quedando en la parte supefior, donde es el¡minadomed¡ante una válvula de salida

- Neutrahzacón: Se realiza medrante la adiccrón de d¡solución de hkjróxido cálcrco.hasta alcanzar pH 8,2 t0.5 rdeal para preclpltar los metales pesados en forma dehhróxrdos

- Flocutac¡ón La prectdtacrón de metal$ p6ado6 se favorece por la ancofporac¡ónde un floculante (poftelectrolito) gue aclfua la formac¡ón de llóculos' queposter¡ofmente serán separados por gravedad.

- Decantac,ón En el decantador laminar se separan los llóculos formados (guedanen el fondo) y el agua l¡mp¡a sale por la parte supenof en condfuiones de serenviada a la red de seneamaento.

- Espesado de lodos. Los lodos separad6 en la decantac¡ón se envían a unespesador, de forma crlindrir:o-cónice, en cuya parie ¡nlerior se concentran paraser enviados posteraormente el f¡ltro prensa.

- Fürado en fittro prensa En egla úlüma fase los lodos son prensados a una pres6nde 200 kg/on2 donde quedan fomando una lorta". El agua resultante se .reenvfaal decantador, m¡entras que la torta sólida se extrae con una f¡ecuencia de 1 a 3dias y se envia a un gestor autonzado de restduos pel¡grosos

Los denames producdos durante el proceso son recogidos Por un sistema decanahzac¡ones que derivan tOdos los derames y reboses haoa la planta de fatam¡entode efluentes Industnales (solo los vertidos rndust¡iales del pro@so de tratamiento soncondgcrdos y depurados hacla la depJradora).

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.-

ü

4

COIIS€JERA OE i¡EOIO AMBIE¡|ÍEY OnO€NACO OEt ¡EFnt¡OFtO

Gomunidad de tadrld orREccrór{ GE¡{ERAL o€ EvA|.uAoó am8tE T L

4.2.1. P¡oductos qulmlcos empleados en el tratamlento de depuraclón

¡1.3. Contamlnaclón del suelo y lae ¡gúa3 subtcrráneag

La nave de tratamBnto superficial, la zona de almacenam¡ento de productos químicos yel almacén general están pavimenlados con hormrgón recut ierlo con prnturaimpermeabrlizante.

En la zona de almacenamtento de productos quimEos ex¡slen cubetos de recogrda dederames o fugas de los almacenamentos, al rgual que ocure con el depósito dealmacenam¡ento de gasóleo

Se ha realÉado caraclerizaoón analitica de suelos, no en@ntrándose contaminaoón enel suelo n subsuelo Los mueslreos no alcanzaron el nNel freát¡co por encontrarse amucha profundrdad

5. APLICACIÓN DE LAS ilEJORES TECMCAS DISPONIBLES

Entre las medidas adoptadas por el t¡tular en el drseño y desarollo del proyecto quepueden conoderarse Me¡ores Técnicas Disponrbles segr¡n el documento de referencpBREF 'Rgference Document o¿ Eesl Ava,lable Techn¡ques tot lhe Suface Trealmenl ofMetals and P/asfbs' (Agosto 2006), aplicadas al proceso de tralamEnto de cataforesrs,pueden rndrcarse:

MTD aplicadas al t¡atamEnlo d€ sustancias pelqrosas.. ldenüfrcacrón de sustanc¡as peligrosas y las rutas de transporle mterno en las¡nglelac¡ones.. Disponer de áreas denlificadas de riesgo por denames químrcos uttlzandomateriales que garant|cen la impermeabfkJad y estanqueidad.

MTD aplhadas al almacenam¡ento de sustanc¡as guim¡cas y productos:. Almacenam¡ento s€perado de ácidos y bases.. Reducc¡ón del nesgo de incendps almacenando de manera separada guslanctasinflamables y agentes oxdantes

sumlnfstrada para el penodo 20ffi-2012.

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OIRECCTóN GEIIERAL D€ EVALUACIÓ¡I AÍIEIEI{ÍAL

. Preven¡r la conosión de reoptentes de almecenamiento, tuberfas y srstemas decontrol.

MTD aplicadas a la eficienoa energélFe:. Reducrr la superfioe libre sobre las cubas de tratam¡ento (medlante el empleo de

tapas que cubran la parte supeñclal en contacto con el aio.. Mrnrmizar la energia usada para calentar y enft¡ar las soluc¡ones de proceso. Mrnrmizar las ¡Érdrdas de con¡ente elédrica en los procesos electroquímlcos. Trabajar con el baño en las condio¡ones óptimas de funoonamento (composición,

concenlractón, temperatura, pH, conductrvrdad, etc.), mantenrendo las solucionesen sus parámelros de tfabaio corectos.

MTD aptcadas e la gestón del proceso:

. Reducir la v¡scostdad opttmizando las propredades de la solucón del proceso.

. Reducir el consumo de agua utilEando en¡uagues múltlples o asperstones. Incrementar la vida de los baños y mantener su cahdad.. Ev¡tar el desengrase med¡ante soluoones cianuradas, sustrtulr los c¡anuros decobre o zinc uttl¡zando soluc¡ones alcallnas.. A¡slamrento de la línéa de tratamiento electrol¡t|co det resto de las nstalaciones dela planta.

MTO aplcadas a la gestión de residuos:

. ldenltficactón y segregación de resduos y vertidos líquidos para facrl[ar larecuperaoón de materiales.

MTD aplicadas a la gestrón de ru|dos. Reducir las emlslones de rudo donde los impactos sean signíicativos, emp¡eando

meddas de control como el cErre de puertas y ajustar los horanos de entrega' yla Instalación de s enciadores para grandes ventrladores, uso de aislantesacústicos

6. DESCRIPCÉN DEL ÍÚEDIO RECEPfOR

El entamo de la ubicac¡ón de las ¡nstalaciones está clasncado como induslrial Las zonasresrdenciales más próxrmas se encuentfan el este de la nslalación a una dlstanclaaproxrmada de 2 km (núcleo urbano de Toffe¡ón de Ardoz). El centro urbano de SanFernando de Henares se encuentra aproxlmedemente a 4 km al oeste

La zona se locahza en el séctor centro oíental de la Cuenca lvleso-Terciaria del Ta¡oDesde el punto de vrsta geomorfológico, destacan los rel¡eves escalonados de lasterrazas dejadas por los ríos Henares, Torote y Camermilla

Los matenales geológicos alloranles se d¡vden en do9 dominps fundamentales' elpnmero lo constrtuyen mater¡ales neógenos, y el segundo está formado por matenalescuaternanos de los grandes sFtemas de tefrazas del río Henar€s y, en menor medlda, delos aroyos Torote y Camamtlle.

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Er*"'******rr*Gomunldad de tadrld. OIRECCIÓN GEIIERAL OE EVAIUACIÓN AMBIETIÍAL

,'

t

La zona de localización de la fábrica se encuentra próxima al rio Henares Además deeste cauce, existen tres aroyos importantes en la margen derecha. Se tratan de losarroyos Camarm¡lla, Torote y Bañuelos

La instalación se encuentra incluida en la Masa de Agua Subteránea 030.006Guadalajara. En la zona se caracteízan malenales cuaternanos de aluvnles formadospor gravas, arenas, limos y arcillas, sobre materiales tercrarros de fac¡es intermedias det¡ansrcón, formados por bandas de arcillas y mafgas, margo-calizas, calizas, silex,sep|ol¡les y nrv€les arenosos.

La instalac¡ón se encuentra fuera de cualquier espacio natural protegdo, estando los máspróxrmos local¡zados el sureste de la instalacrón a unos 700 metro (LlC 'Végas, Cuestasy Páramos del Sureste" y ZEPA 'Cortados y cantiles de los rlos Jarema y Manzanares')

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