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1 SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD CENTRO ORIENTE E.S.E APOYO – GESTIÓN DE CONTRATACION FORMATO ANEXO TECNICO CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS CÓDIGO: AP-IA-FT-042 VERSIÓN: 01 FECHA: 2021-08-02 ANEXO TÉCNICO Objeto: “CONTRATAR EL SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS NECESARIOS QUE SE REQUIEREN PARA DAR ATENCIÓN A LOS USUARIOS DE LA SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD CENTRO ORIENTE E.S.E” 1. DESCRIPCIÓN GENERAL 1.1. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE Que, las Empresas Sociales del Estado de Bogotá D.C., constituyen una categoría especial de entidades públicas descentralizadas del Orden Distrital, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creadas mediante los Acuerdos No. 13 y 17 de 1997 y 11 de 2000 del Concejo de Bogotá D.C., adscritas a la Secretaría Distrital de Salud, encargada de garantizar la promoción, protección, exigibilidad del derecho a la salud a partir del reconocimiento de las realidades territoriales y diversidades poblacionales de todas y todos los habitantes de Bogotá D.C. Que, adicional a lo anterior, se elaboró en el año 2016 la reorganización del Sector Salud de Bogotá D. C. ordenado mediante Acuerdo No. 641 de 2016 del H. Concejo de Bogotá D.C., siendo su objeto la fusión de las E.S.E. adscritas a la Secretaría Distrital de Salud en Subredes Integradas de Servicios de Salud, para el presente caso, la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. Que, en este orden de ideas, la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. está sometida al régimen de la Ley 100 de 1993 y sus modificaciones contenidas en la Ley 1122 de 2007,1438 de 2011, lo establecido en el Estatuto de Contratación adoptado por Acuerdo No. 27 de 20 de septiembre de 2017 y el Manual de Contratación, aprobado por la Resolución Interna N°794 del 19 de diciembre de 2017 y se reglamenta el Comité Asesor de Contratación. Que, el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, establece que las entidades que por disposición legal cuenten con un régimen contractual distinto al general de Contratación de la Administración Pública, aplicará, en desarrollo de su actividad contractual y acorde con su régimen legal especial, los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política respectivamente, según sea el caso y estarán sometidas al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previstos legalmente para la contratación estatal. Que, del mismo modo, la Ley 1474 de 2011, “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública” es aplicable a la actividad contractual de las E.S.E. Que, por ser la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. una Entidad Pú- blica de categoría especial, descentralizada del Orden Distrital, y adscrita a la Secretaría Distrital de Salud y parte integrante, de conformidad a la Constitución Política de Colombia en lo referente a sus artículos 209 y 211, debe realizar sus funciones en desarrollo de los principios de morali- dad, eficacia, celeridad, entre otros y mediante la delegación de funciones. Que, sumado al ordenamiento jurídico aplicable para esta Entidad, respecto de ser de régimen especial, conforme a lo dispuesto por la Ley 100 de 1993 y sus modificaciones contenidas en la Ley 1122 de 2007,1438 de 2011, y especialmente lo establecido por la Resolución No. 152 del dieciocho (18) de marzo de 2019, la cual modificó la Resolución No. 794 de 2017, con la cual la Entidad adoptó el Manual de Contratación, es factible adelantar la presente Contratación.

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SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD CENTRO ORIENTE E.S.E

APOYO – GESTIÓN DE CONTRATACION

FORMATO ANEXO TECNICO CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS

CÓDIGO: AP-IA-FT-042

VERSIÓN: 01

FECHA: 2021-08-02

ANEXO TÉCNICO Objeto: “CONTRATAR EL SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS NECESARIOS QUE SE REQUIEREN PARA DAR ATENCIÓN A LOS USUARIOS DE LA SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD CENTRO ORIENTE E.S.E”

1. DESCRIPCIÓN GENERAL

1.1. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE

Que, las Empresas Sociales del Estado de Bogotá D.C., constituyen una categoría especial de entidades públicas descentralizadas del Orden Distrital, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creadas mediante los Acuerdos No. 13 y 17 de 1997 y 11 de 2000 del Concejo de Bogotá D.C., adscritas a la Secretaría Distrital de Salud, encargada de garantizar la promoción, protección, exigibilidad del derecho a la salud a partir del reconocimiento de las realidades territoriales y diversidades poblacionales de todas y todos los habitantes de Bogotá D.C. Que, adicional a lo anterior, se elaboró en el año 2016 la reorganización del Sector Salud de Bogotá D. C. ordenado mediante Acuerdo No. 641 de 2016 del H. Concejo de Bogotá D.C., siendo su objeto la fusión de las E.S.E. adscritas a la Secretaría Distrital de Salud en Subredes Integradas de Servicios de Salud, para el presente caso, la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. Que, en este orden de ideas, la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. está sometida al régimen de la Ley 100 de 1993 y sus modificaciones contenidas en la Ley 1122 de 2007,1438 de 2011, lo establecido en el Estatuto de Contratación adoptado por Acuerdo No. 27 de 20 de septiembre de 2017 y el Manual de Contratación, aprobado por la Resolución Interna N°794 del 19 de diciembre de 2017 y se reglamenta el Comité Asesor de Contratación. Que, el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, establece que las entidades que por disposición legal cuenten con un régimen contractual distinto al general de Contratación de la Administración Pública, aplicará, en desarrollo de su actividad contractual y acorde con su régimen legal especial, los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política respectivamente, según sea el caso y estarán sometidas al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previstos legalmente para la contratación estatal. Que, del mismo modo, la Ley 1474 de 2011, “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública” es aplicable a la actividad contractual de las E.S.E. Que, por ser la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. una Entidad Pú-blica de categoría especial, descentralizada del Orden Distrital, y adscrita a la Secretaría Distrital de Salud y parte integrante, de conformidad a la Constitución Política de Colombia en lo referente a sus artículos 209 y 211, debe realizar sus funciones en desarrollo de los principios de morali-dad, eficacia, celeridad, entre otros y mediante la delegación de funciones. Que, sumado al ordenamiento jurídico aplicable para esta Entidad, respecto de ser de régimen especial, conforme a lo dispuesto por la Ley 100 de 1993 y sus modificaciones contenidas en la Ley 1122 de 2007,1438 de 2011, y especialmente lo establecido por la Resolución No. 152 del dieciocho (18) de marzo de 2019, la cual modificó la Resolución No. 794 de 2017, con la cual la Entidad adoptó el Manual de Contratación, es factible adelantar la presente Contratación.

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APOYO – GESTIÓN DE CONTRATACION

FORMATO ANEXO TECNICO CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS

CÓDIGO: AP-IA-FT-042

VERSIÓN: 01

FECHA: 2021-08-02

1.2. PRINCIPIOS QUE LA ORIENTAN Con observancia de los principios consagrados en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, Título II del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en los estatutos de contratación de la Subred, en especial los de buena fe, calidad, celeridad, responsabilidad, publicidad, selección objetiva, transparencia, economía e igualdad.

2. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD

La adquisición de medicamentos es esencial para la prestación del servicio de salud a los usuarios garantizando así el cumplimiento de las normas de bioseguridad, protocolos y guías establecidas por la institución constituyen una obligación de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E., para con sus beneficiarios, para la prestación de servicios de salud con calidad, dando cumplimiento de las normas legales y así como lo establecido en la Ley 1751 de 2015. La Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E., considera necesario y oportuno contratar el suministro de medicamentos con una empresa, que cumpla con todas las exigencias de ley para las empresas que se dedican a esta actividad y que ofrezca un servicio ágil y oportuno, incluyendo personal calificado y capacitado para atender la demanda de servicios de la población de las localidades de Rafael Uribe Uribe, San Cristóbal, Antonio Nariño, Mártires, Santafé y La Candelaria. Por tal motivo, se requiere contratar el suministro de los medicamentos que quedaron desiertos de la invitación a cotizar IC-085-2021 publicada por SECOP II, entre otros medicamentos de baja rotación que se encuentran sin contrato y se requieren para el tratamiento de los pacientes, especialmente a la atención de pacientes con diagnóstico de COVID-SARS-19, para poder brindar una atención integral a los usuarios y así poder garantizar el tratamiento necesario para la terapia de los pacientes de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E.

3. OBJETO A CONTRATAR, ESPECIFICACIONES E IDENTIFICACION DEL CONTRATO A CELEBRAR.

3.1. Objeto

CONTRATAR EL SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS QUE SE REQUIEREN PARA DAR ATENCIÓN A LOS USUARIOS DE LA SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD CENTRO ORIENTE E.S.E. 3.2. Modalidad de Contratación De conformidad con la Resolución No. 152 del 18 de marzo de 2019 a través de la cual se adopta el Manual de Contratación y conforme al Estatuto de Contratación contenido en el Acuerdo 027 del 20 de septiembre de 2017 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro oriente E.S.E. En consideración al valor estimado del contrato, la modalidad de selección del contratista, será la de Invitación a Cotizar, teniendo en cuenta lo dispuesto en el numeral 9.2 y 9.2.1 del artículo 9 del Estatuto de Contratación de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E, el cual señala que por esta modalidad se celebrarán los contratos que no superen el 0.3% del presupuesto aprobado por el CONFIS DISTRITAL para la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E.

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CÓDIGO: AP-IA-FT-042

VERSIÓN: 01

FECHA: 2021-08-02

3.3. Descripción del Bien y/o Servicios

No CODIGO DESCRIPCION UNIDAD DE

MEDIDA CONCENTRACION

CONSUMO PROMEDIO

1 SIN CODIGO ACETAMINOFEN + HIDROCODONA

325 MG + 5 MG TABLETA TABLETA 325 MG + 5 MG 1

2 SIN CODIGO ACETILCISTEINA (N-ACETILCIS-

TEINA) 100 MG POLVO PARA SOLU-CION ORAL

POLVO PARA SOLUCION

ORAL 100 MG 1

3 122MR122942 ACETILCISTEINA 2 G /100 ML JA-

RABE FRASCO 150 ML SOLUCION

ORAL JARABE 2 G/100 ML 1

4 122MS112998 ACETILCOLINA 20 MG /2 ML POLVO LIOFILIZADO PARA SOLUCION IN-

TRAOCULAR

POLVO LIOFILI-ZADO PARA

SOLUCION IN-TRAOCULA

20 MG / 2 ML 1

5 122MS112999 ACICLOVIR 3% UNGUENTO OFTAL-

MICA TUBO X 10 G UNGUENTO 0,03 3

6 122MV045046 ACIDO ACETICO 3% SOLUCION

FRASCO 30 ML FRASCO 0,03 1

7 122MV043165 ACIDO ACETICO 3% SOLUCION TO-

PICA FRASCO 500 ML SOLUCION TO-PICA FRASCO

0,03 3

8 122MJ035024 ACIDO AMINOSALICILICO GRANU-

LADO 1 G SOBRE GRANU-

LADO 1 G 1

9 122MV043038 ACIDO FOLINICO 15 MG TABLETA SOLUCION IN-

YECTABLE 15 MG 1

10 122MV043044 AGUA ESTERIL PARA INYECCION 50

ML BOLSA 50 ML 3

11 122MV043048 ALCOHOL ETILICO 96 % SOLUCION

INYECTABLE 5ML SOLUCION IN-

YECTABLE 0,96 2

12 122MM082677 ALENDRONATO 10 MG TABLETA TABLETA 10 MG 1

13 122MA071992 ALGINATO DE SODIO 2.5 % SUS-

PENSION ORAL SUSPENSION

ORAL 2.5 % 1

14 122MM082680 ALOPURINOL 300 MG TABLETA

ORAL TABLETA 300 MG 3500

15 122MN012728 ALPRAZOLAM 0.25 MG TABLETA TABLETA 0.25 MG 500

16 122MC063094 ALPROSTADIL 20 MCG / ML SOLU-CION INYECTABLE AMPOLLA 1 ML

SOLUCION IN-YECTABLE- AM-

POLLA 20 MCG 3

17 122MR122946 AMINOFILINA 240 MG/10 ML SOLU-CION INYECTABLE AMPOLLA 10 ML

SOLUCION IN-YACTABLE-AM-

POLLA 24 MG/ ML 1

18 122MC062238 AMIODARONA 150 MG/3 ML SOLU-

CION INYECTABLE IM-IV AMPOLLA 3 ML

SOLUCION IN-YACTABLE-AM-

POLLA 150 MG/ 3 ML 350

19 122MJ032454 AMPICILINA 1 G POLVO PARA SOLU-

CION INYECTABLE VIAL SOLUCION IN-

YECTABLE 1 G 3000

20 122MV043054 AZUL DE METILENO 20 ML GOTAS FRASCO GO-

TERO 20 ML 3

21 122MC062248 BETAMETIL DIGOXINA 0.6 MG/ML

SOLUCION ORAL FRASCO GOTERO 10 ML

FRASCO GO-TERO

0.6 MG/ML 20

22 122MN012738 BIPERIDENO LACTATO 5 MG/ ML

SOLUCION INYECTABLE SOLUCION IN-

YECTABLE 5 MG / ML 1

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VERSIÓN: 01

FECHA: 2021-08-02

No CODIGO DESCRIPCION UNIDAD DE

MEDIDA CONCENTRACION

CONSUMO PROMEDIO

23 SIN CODIGO

BUDESONIDA + FORMOTEROL (200 + 6) MCG POLVO PARA ADMINIS-

TRACION BUCAL CON DIS/120 DO-SIS

POLVO PARA INHALACION

BUCAL (200 + 6) MCG 1

24 122MR122955 BUDESONIDA 0.5 MG/ML SUSPEN-SION PARA NEBULIZAR FRASCO 2

ML

POLVO PARA ADMINISTRA-CION BUCAL

0.5 MG/ ML 70

25 122MA072009 CALCIO CARBONATO 600 MG + VI-TAMINA D 125 UI TABLETA RECU-

BIERTA TABLETA 600 MG + 125 UI 50

26 122MA072018 CALCIO CARBONATO 750 MG + VI-

TAMINA D3 0.0025 MG SUSPENSION ORAL FRASCO 180 ML

SUSPENSION ORAL

750 / 300 MG 50

27 122MA072057 CALCIO GLUCONATO 10 % SOLU-

CIÓN INYECTABLE AMPOLLA 10 ML SOLUCION IN-

YECTABLE 10 ML 3500

28 122MN012746 CARBAMAZEPINA 100 MG/5ML SUS-

PENSION ORAL FRASCO 120ML SUSPENSION

ORAL 100 MG /5 ML 300

29 SIN CODIGO CARBOPLATINO 450 MG POLVO LIO-FILIZADO PARA RECONSTITUCION

O SOLUCION INYECTABLE

POLVO LIOFILI-ZADO PARA

SOLUCION IN-YECTABLE

450 MG 1

30 122MJ032469 CASPOFUNGINA 50 MG POLVO LIO-FILIZADO PARA SOLUCION INYEC-

TABLE

POLVO LIOFILI-ZADO PARA

SOLUCION IN-YECTABLE

50 MG 180

31 122MJ032476 CEFEPIMA 1 G POLVO PARA SOLU-CION INYECTABLE MARCA INNOVA-

DORA

POLVO LIOFILI-ZADO PARA

SOLUCION IN-YECTABLE

1 G 200

32 122MJ032478 CEFRADINA 500 MG TABLETA TABLETA 500 MG 3

33 122MS115085 CICLOPENTOLATO CLORHIDRATO 10 MG/ ML 1% SOLUCION OFTAL-

MICA FRASCO 15 ML

SOLUCION OF-TALMICA

10 MG/ ML 1% 3

34 122MJ035022 CICLOSERAMINA 250 MG CAPSULA VIAL 250 MG 250

35 122MJ032484 CIPROFLOXACINA 5 G/100 ML SUS-

PENSION ORAL SUSPENSION

ORAL 5 G/100 ML 1

36 122ML132646 CITARABINA 100 MG POLVO LIOFILI-

ZADO PARA SOLUCION INYECTA-BLE

POLVO LIOFILI-ZADO PARA SOLUCION

INTYECTABLE

100 MG/ML 1

37 122MJ032492 CLARITROMICINA 500 MG TABLETA TABLETA 500 MG 4000

38 122MJ033155 CLOFAZIMINA 100 MG CAPSULA CAPSULA 100 MG 500

39 122MN012755 CLONAZEPAM 1 MG/ML SOLUCION

INYECTABLE IV-IM SOLUCION IN-

YECTABLE 1 MG/ML 40

40 122MG102369 CLOTRIMAZOL 100MG OVULO O TA-

BLETA VAGINAL BOLSA 100 MG 1200

41 122MD052339 COLAGENASA 120 IU/100 G UN-

GÜENTO UNGUNTO TO-

PICO 120 UI/100 G 1

42 122MD052340 COLAGENASA 80 UI/ 100 G UN-

GUENTO UNGUNTO TO-

PICO 80 UI/ 100 GR 1

43 122MS113007 CROMOGLICATO DE SODIO 2 % SO-LUCION OFTALMICA FRASCO GO-

TERO X 5 ML

SOLUCION OF-TALMICA

2 MG/ML (2%) 15

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FORMATO ANEXO TECNICO CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS

CÓDIGO: AP-IA-FT-042

VERSIÓN: 01

FECHA: 2021-08-02

No CODIGO DESCRIPCION UNIDAD DE

MEDIDA CONCENTRACION

CONSUMO PROMEDIO

44 122MS113008 CROMOGLICATO DE SODIO 2% SO-LUCION NASAL FRASCO GOTERO X

5 ML

SOLUCION NA-SAL FRASCO

GOTERO 2 MG/ML (2%) 30

45 122MS113009 CROMOGLICATO DE SODIO 4 % SO-LUCION NASAL FRASCO GOTERO 5

ML

SOLUCION NA-SAL FRASCO

GOTERO 4 MG/ML (4%) 3

46 122MD052341 CROTAMITON 10% LOCION TOPICA

30 ML LOCION TO-

PICA FRASCO 0,1 MG 15

47 SIN CODIGO DAPAGLIFOZINA 10 MG TABLETA

RECUBIERTA TABLETA RCU-

BIERTA 10 MG 20

48 SIN CODIGO DAPSONA 100 MG TABLETA TABLETA 100 MG 50

49 122MN013194

DEXMEDETOMIDINA 400 MCG/ 100 ML EN CLORURO DE SODIO AL 0.9% SOLUCION INYECTABLE PREMEZCA

BOLSA 100 ML

SOLUCION IN-YECTABLE

PREMEZCLA BOLSA

400 MCG/ 100 ML 10

50 SIN CODIGO DEXTROSA 5% EN AGUA DESTI-

LADA X 250 ML BOLSA * 250ML 0,05 500

51 SIN CODIGO DEXTROSA 5% EN SOLUCIÓN SA-

LINA 0,9% X 500ML BOLSA 0,05 400

52 122MN012763 DIAZEPAM 10 MG TABLETA TABLETA 10 MG 200

53 122MJ032504 DIDANOSINA 400 MG CAPSULA CAPSULA 400 MG 1

54 122MR123123 DIFENHIDRAMINA CLORHIDRATO 10 MG/ML SOLUCIÓN INYECTABLE

SOLUCION IN-YECTABLE

10 MG/ML 1

55 122ML133106 ECULIZUMAB 300 MG/ 30ML (10

MG/ML) SOLUCION PARA INFUSION INTRAVENOSA

SOLUCION PARA INFUSION

300 MG/ 30ML 1

56 122MB092156 ENOXAPARINA SODICA 20 MG/0 2ML INYECTABLE MARCA INNOVADORA

DISPOSITIVO PRELLENADO - SOLUCION IN-

YECTABLE

20 MG/ 0.2 ML 400

57 122MB092159 ENOXAPARINA SODICA 80 MG/0.8ML SOLUCION INYECTABLE MARCA IN-

NOVADORA

DISPOSITIVO PRELLENADO - SOLUCION IN-

YECTABLE

80 MG / 0.8 ML 400

58 122MB092162

ESTREPTOQUINASA 1.500.000 UI POLVO LIOFILIZADO PARA RE-

CONSTITUIR A SOLUCION INYECTA-BLE

POLVO LIOFILI-ZADO PARA

SOLUCION IN-YECTABLE

1.500.000 UI 1

59 122MB092163

ESTREPTOQUINASA 750.000 UI POLVO LIOFILIZADO PARA RE-

CONSTITUIR A SOLUCION INYECTA-BLE

POLVO LIOFILI-ZADO PARA

SOLUCION IN-YECTABLE

750.000 UI 1

60 122MN012775 ETOMIDATO 20 MG/ 10 ML SOLU-

CION INYECTABLE SOLUCION IN-

YECTABLE 20 MG/10ML 20

61 SIN CODIGO FACTOR DE CRECIMIENTO EPIDER-MICO RECOMBINANTE HUMANO 75

MCG SOLUCION INYECTABLE

SOLUCION IN-YECTABLE

75 MCG 1

62 122MN012777 FENITOINA 100 MG CAPSULA MOLE-

CULA ORIGINAL CAPSULA 100 MG 1000

63 122MG102375 FERMENTOS LACTICOS VIVOS LIO-

FILIZADOS 1 G X 5 ML

POLVO LIOFILI-ZADO PARA

SUSPENSION 1G 1

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APOYO – GESTIÓN DE CONTRATACION

FORMATO ANEXO TECNICO CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS

CÓDIGO: AP-IA-FT-042

VERSIÓN: 01

FECHA: 2021-08-02

No CODIGO DESCRIPCION UNIDAD DE

MEDIDA CONCENTRACION

CONSUMO PROMEDIO

64 SIN CODIGO FILGRASTIM RECOMBINANTE 300

MCG SOLUCION INYECTABLE SOLUCION IN-

YECTABLE 300 MCG 10

65 SIN CODIGO FLUCONAZOL 1 G/ 100 ML SUSPEN-

SION ORAL POR 100ML. SUSPENSION

ORAL 1 G / 100 ML 10

66 122MJ032523 FLUCONAZOL 200 MG/ 100ML SOLU-

CION INTRAVENOSA. AMPOLLA 200 MG / 100 ML 800

67 122MS113016 FLUORESCEINA SODICA 10% SOLU-

CION INYECTABLE SOLUCION IN-

YECTABLE 0,1 MG (10 %) 1

68 122MS113017 FLUORESCEINA SODICA 2% SOLU-

CION OFTALMICA SOLUCION OF-

TALMICA 0,02 MG (2 %) 1

69 122MS113018 FLUOROMETOLONA 0.1% SUSPEN-

SION OFTALMICA SUSPENSION OFTALMICA

0,001MG 1

70 SIN CODIGO FLUTICASONA PROPIONATO 50

MCG FRASCO PARA INHALACION

50 MCG 1

71 122MV043059 FOLINATO DE CALCIO 15 MG TA-

BLETA SOLUCION IN-

YECTABLE 15 MG 3

72 122MV043060 FOLINATO DE CALCIO 200 MG/20ML

SOLUCION INYECTABLE SOLUCION IN-

YECTABLE 200 MG /20 ML 3

73 SIN CODIGO FOSFAMIDA 1G POLVO PARA RE-

CONSTITUCIÓN

POLVO LIOFILI-ZADO PARA RE-CONSTITUCION

1 G 1

74 122MB092173 FOSFATO DIBASICO DE POTASIO

7.75 G/FOSFATO MONOBASICO DE POTASIO 1.5 G 50ML

SOLUCION IN-YECTABLE VIAL

7.75 G / 1.5 G 100

75 122MV043066

FOSFATO MONOSODICO Y DIBA-SICO DE SODIO FOSFATO MO-

NOPOTASICO FOSFORO 250 MG TA-BLETA

TABLETA 250 MG 100

76 122MB092176

FUMARATO FERROSO 330 MG+ACIDO FOLICO 1 MG+ACIDO ASCORBICO 100 MG CAPSULA

DURA

CAPSULA DURA 330 MG + 1 MG +

100 MG 3

77 122MG102377 FURAZOLIDONA 100MG TABLETA TABLETA 100 MG 3

78 122MJ032527 GANCICLOVIR 500MG POLVO IN-

YECTABLE VIAL

POLVO LIOFILI-ZADO PARA

SOLUCION IN-YECTABLE

500 MG 400

79 SIN CODIGO GENTAMICINA (SULFATO) 1% (0.1G/100G) CREMA TOPICA

TUBO*40G

CREMA TOPICA TUBO*40G

1% (0.1G/100G) 1

80 122MJ032529 GENTAMICINA (SULFATO) 20

MG/2ML SOLUCION INYECTABLE SOLUCION IN-

YECTABLE 20 MG / 2 ML 100

81 122MS113019 GENTAMICINA 0.3 % UNGUENTO

OFTALMICO TUBO 10 G UNGÜENTO OF-

TALMICO 0.3 % 250

82 122MS113020 GENTAMICINA 0.3% 10 ML SOLU-

CION OFTALMICA ESTERIL SOLUCION OF-

TALMICA 0.3% 3

83 122MR122950 GLICOPIRRONIO BROMURO 50 MCG

CAPSULA CAPSULA 50 MCG 3

84 122MC062289 HIDRALAZINA CLORHIDRATO 25 MG

TABLETA TABLETA 25 MG 50

85 SIN CODIGO HIDROXIPROGESTERONA CA-

PROATO 250 MG/ML SOLUCION IN-YECTABLE

SOLUCION IN-YECTABLE

250 MG / ML 100

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7

SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD CENTRO ORIENTE E.S.E

APOYO – GESTIÓN DE CONTRATACION

FORMATO ANEXO TECNICO CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS

CÓDIGO: AP-IA-FT-042

VERSIÓN: 01

FECHA: 2021-08-02

No CODIGO DESCRIPCION UNIDAD DE

MEDIDA CONCENTRACION

CONSUMO PROMEDIO

86 SIN CODIGO HIERRO CARBOXIMALTOSADO SO-LUCION INYECTABLE 500 MG/10ML

VIAL

SOLUCION IN-YECTABLE

500 MG/10ML VIAL 30

87 122MM082689 IBANDRONICO ACIDO 150 MG TA-

BLETA TABLETA 150 MG 30

88 122MM085044 IBUPROFENO 100 MG/ 5 ML SUS-PENSION ORAL FRASCO 120 ML

SUSPENSION ORAL

100 MG/ 5 ML 3

89 122MR125300 INDACATEROL 150 MCG POLVO PARA INHALACION (CÁPSULA

DURA) CAPSULA DURA 150 MCG 20

90 SIN CODIGO INMUNOGLOBULINA ESPECIFICA CONTRA CITOMEGALOVIRUS 10%

/50ML

SOLUCIÓN IN-YECTABLE

10 %/ 50ML 1

91 122MJ032540 INMUNOGLOBULINA HUMANA IGG

2.5 G/50 ML SOLUCION INYECTABLE SOLUCIÓN IN-

YECTABLE 2.5 G/ 50 ML 1

92 122MJ035224 INMUNOGLOBULINA IGG 96% CON-TRA CITOMEGALOVIRUS SOLUCION

INYECTABLE VIAL 10ML

SOLUCIÓN IN-YECTABLE

0,96 1

93 122ML132656 INTERFERON ALFA 2B 10.000.000 IU

SOLUCION INYECTABLE X 1 ML SOLUCIÓN IN-

YECTABLE 10.000.000 UI 1

94 122ML132657

INTERFERON BETA-1B 0.25MG (EQUIVALENTE A 8.000.000 UI / ML) POLVO PARA SOLUCION INYECTA-

BLE

POLVO LIOFILI-ZADO SOLU-

CION INYETA-BLE

0.25MG (8.000.000 UI)

1

95 122MJ032549 KETOCONAZOL 100 MG/ 5ML (2%)

SUSPENSION ORAL SUSPENSION

ORAL 100 MG/5 ML (2%) 1

96 SIN CODIGO KETOROLACO 30 MG/ML SOLUCIÓN

INYECTABLE AMPOLLA 1ML SOLUCIÓN IN-

YECTABLE 30 MG/ML 3

97 122MN012807 LAMOTRIGINA 100 MG TABLETA

MARCA INNOVADORA TABLETA 100 MG 50

98 122MA072075 L-CARNITINA SUSPENSION ORAL

FRASCO 473 ML – 500ML SUSPENSION

ORAL 473-500 ML 3

99 122ML132659 LEUPROLIDE ACETATO 22.5 MG

POLVO LIOFILIZADO PARA ADMINIS-TRACION SUBCUTANEA

POLVO LIOFILI-ZADO PARA

SOLUCION IN-YECTABLE

22.5 MG 1

100 122MJ035021 LEVOFLOXACINA 250 MG TABLETA TABLETA 250 MG 1500

101 122MJ032556 LEVOFLOXACINA 500 MG TABLETA TABLETA 500MG 100

102 122MN012829 LIDOCAINA CON EPINEFRINA 1% SOLUCION INYECTABLE 10 ML

TABLETA 0,01 MG (1%) 20

103 122MN012831 LORAZEPAM 1 MG TABLETA TABLETA 1 MG 7000

104 122MN012832 LORAZEPAM 2 MG TABLETA TABLETA 2 MG 30000

105 122MC062298 LOSARTAN 50 MG TABLETA TABLETA 50 MG 300000

106 122MA072079 MAGNESIO 350 MG + ZINC 10 MG

TABLETA TABLETA 350 MG + 10 MG 100

107 122MP022924 MEBENDAZOL 100 MG/5ML (2 %)

SUSPENSION ORAL X 30 ML SUSPENSION

ORAL 100 MG/5 ML (2%) 30

108 122MP022923 MEBENDAZOL 100 MG TABLETA TABLETA 100 MG 2000

109 122MG102387 MEDROXIPROGESTERONA ACE-TATO 50 MG /ML SUSPENSION IN-

YECTABLE 3ML

SUSPENSION INYECTABLE

50 MG/ ML 450

110 122MV043052 MEGLUMINA ANTIMONIATO 1.5 G/ 5

ML SOLUCION INYECTABLE SOLUCIÓN IN-

YECTABLE 1.5 G/M 5

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8

SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD CENTRO ORIENTE E.S.E

APOYO – GESTIÓN DE CONTRATACION

FORMATO ANEXO TECNICO CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS

CÓDIGO: AP-IA-FT-042

VERSIÓN: 01

FECHA: 2021-08-02

No CODIGO DESCRIPCION UNIDAD DE

MEDIDA CONCENTRACION

CONSUMO PROMEDIO

111 122MM082695 MELOXICAM 0.3 MG/ML (0.03%) SO-LUCIÓN OFTALMICA FRASCO 5 ML

SOLUCION OF-TALMICA

0.3 MG / ML (0.03 %)

1

112 122MJ032567 MEROPENEM 1 G POLVO PARA SO-

LUCION INYECTABLE

POLVO LIOFILI-ZADO PARA

SOLUCION IN-YECTABLE

1 G 4000

113 122MJ032566 MEROPENEM 500 MG POLVO PARA SOLUCION INYECTABLE MARCA IN-

NOVADORA

POLVO LIOFILI-ZADO PARA

SOLUCION IN-YECTABLE

500 MG 1000

114 122MA073167 METFORMINA 850 MG + LINAGLIP-

TINA 2.5 MG TABLETA TABLETA 850 MG + 2.5 MG 20

115 122MM082698 METOCARBAMOL 1 G/ 10 ML SOLU-

CION INYECTABLE SOLUCIÓN IN-

YECTABLE 1 G/ 10 ML 50

116 122MN012840 MIDAZOLAM 5 MG /5 ML SOLUCION

INYECTABLE AMPOLLA DE 5 ML SOLUCIÓN IN-

YECTABLE 5 MG/5ML 5000

117 122MN012841 MIDAZOLAM 5 MG /5 ML SOLUCION INYECTABLE MARCA INNOVADORA

SOLUCIÓN IN-YECTABLE

5 MG/5ML 1000

118 122ML135355 MILTEFOSINA 50 MG CAPSULA CAPSULA 50 MG 70

119 122MG102392 MISOPROSTOL 25 MCG TABLETA

VAGINAL TABLETA VAGI-

NAL 25 MCG 100

120 122MR122968 MOMETASONA FUROATO 0.05% SO-LUCION PARA NEBULIZAR FRASCO

10 G

SOLUCION PARA NEBULI-

ZACION 0.05% 3

121 122MJ032572 NALIDIXICO ACIDO 50 MG/ ML

FRASCO 120ML SUSPENSION ORAL SUSPENSION

ORAL 50 MG/ML 1

122 122MC062329 NICOTINICO ACIDO 100 MG TA-

BLETA TABLETA 100 MG 50

123 122MC062311 NIFEDIPINO 10 MG CAPSULA CAPSULA 10 MG 30

124 SIN CODIGO NIMODIPINO 10 MG/ 50 ML SOLU-CION INTRAVENOSA FRASCO X

50ML

SOLUCION IN-YECTABLE

10 MG / 50 ML 30

125 122MP022931 NITAZOXANIDA 100 MG / 5 ML

POLVO PARA RECONSTITUIR A SO-LUCION ORAL FRASCO PARA 30 ML

POLVO LIOFILI-ZADO PARA RE-

CONSTITUIR 100 MG / 5 ML 3

126 122MJ032578 NITROFURANTOINA 5 MG/ML SUS-

PENSION ORAL SUSPENSION

ORAL 100000 UI 3

127 122MJ032579 NITROFURANTOINA 50 MG TABLETA TABLETA 50 MG 20

128 122MD052336 NITROFURAZONA 0.2% /40G UN-GUENTO TOPICO TUBO X 40G

UNGÜENTO TO-PICO

0,002 MG ( 2%) / 40 G

3

129 122MG102394

NORETISTERONA ENANTATO 50MG + ESTRADIOL VALERATO 5MG SO-LUCION INYECTABLE AMPOLLA 1

ML

SOLUCION IN-YECTABLE

(50 MG/5 MG) 800

130 SIN CODIGO ONDANSETRON 8 MG TABLETA TABLETA 8 MG 10

131 122MN013166 OXCARBAZEPINA 600 MG TABLETA TABLETA 600 MG 4

132 122MG102395 OXIBUTININA 5MG/5ML JARABE 120

ML SOLUCION

ORAL JARABE 5 MG/ 5 ML 3

133 122MH142426 OXITOCINA 5 UI/ML SOLUCION IN-

YECTABLE SOLUCION IN-

YECTABLE 5 UI / ML 300

134 SIN CODIGO PALIPERIDONA 75 MG AMPOLLA

SOLUCION INYECTABLE

SOLUCION IN-YECTABLE AM-

POLLA 75 MG 50

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9

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APOYO – GESTIÓN DE CONTRATACION

FORMATO ANEXO TECNICO CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS

CÓDIGO: AP-IA-FT-042

VERSIÓN: 01

FECHA: 2021-08-02

No CODIGO DESCRIPCION UNIDAD DE

MEDIDA CONCENTRACION

CONSUMO PROMEDIO

135 122MA072102 PANTOPRAZOL 40 MG POLVO LIOFI-LIZADO PARA SOLUCION INYECTA-

BLE

POLVO LIOFI-LIADO PARA

SOLUCION IN-YECTABLE

40 MG 3

136 122MJ032590

PENICILINA G PROCAINICA 400.000 UI POLVO LIOFILIZADO PARA RE-

CONSTITUIR A SOLUCIÓN INYECTA-BLE

POLVO LIOFI-LIADO PARA

SOLUCION IN-YECTABLE

400.000 UI 50

137 122MD052354 PEROXIDO DE HIDROGENO 50%

FRASCO FRASCO 0,5 MG 35

138 122MA073144 PICOSULFATO SÓDICO MONOHI-DRATO 7.5 MG SOLUCION ORAL

FRASCO 15 ML

SOLUCION ORAL FRASCO

7.5 MG 1

139 122MP022934 PIPERAZINA HEXAHIDRATO 20

G/100 ML (20%) SOLUCION ORAL SOLUCION

ORAL 20 G/100 ML (20%) 3

140 122MN012859 PIPOTIAZINA PALMITATO 25 MG/1

ML SOLUCION INYECTABLE SOLUCION IN-

YECTABLE 25 MG/1ML 9

141 122MJ035020 PIRAZINAMIDA 400 MG TABLETA TABLETA 400 MG 950

142 122MP024911 PIRIMETAMINA 1 MG/ML SUSPEN-

SION ORAL FRASCO 60 ML SUSPENSION

ORAL 1 MG/ML 1

143 122MM082705 PIROXICAM 0.5% GEL TUBO 40 G

USO TOPICO GEL TUBO * 40

G 0.5 % 1

144 122MP023093 PRAZIQUANTEL 600 MG TABLETA TABLETA 600 MG 10

145 122MP025209 PRIMAQUINA 5 MG TABLETA TABLETA 5 MG 90

146 SIN CODIGO PROPOFOL 1% /50ML EMULSION IN-

TRAVENOSA VIAL DE 50ML EMULSION IN-TRAVENOSA

1 % / 50 ML 500

147 122MS113029 RANIBIZUMAB 10 MG / ML (2.3 MG / 0.23 ML) SOLUCION INYECTABLE

SOLUCION IN-YECTABLE

10 MG / ML (2.3 MG / 0.23 ML)

1

148 122MN012873 REMIFENTANILO CLORHIDRATO 5

MG SOLUCION INYECTABLE SOLUCION IN-

YECTABLE 5 MG 500

149 122MD052359 RETINOICO ACIDO 0.05 % CREMA

TOPICA CREMA TOPICA 0,0005 1

150 SIN CODIGO RIFAMICINA (10 MG/ ML) SOLUCION

TOPICA/FRASCO10ML SOLUCION TO-

PICA 10 MG / ML 3

151 122MJ032601 RIFAMPICINA 2% POLVO PARA SUS-

PENSION ORAL POLVO PARA SUSPENSION

0,02 MG (2 %) 3

152 122MJ032602 RIFAMPICINA 300 MG CAPSULA CAPSULA 300 MG 80

153 122MN012880 RISPERIDONA 4 MG TABLETA TABLETA 4 MG 100

154 122MJ032607 SAQUINAVIR 500 MG TABLETA TABLETA 500 MG 30

155 122MP022938 SECNIDAZOL 500 MG TABLETA TABLETA 500 MG 30

156 122MG105233 SILDENAFIL 25 MG TABLETA TABLETA 25 MG 100

157 122MA072117 SIMETICONA 125 MG TABLETA MAS-

TICABLE SABOR MENTA TABLETA MAS-

TICABLE 125 MG 20

158 SIN CODIGO

SOLUCION DE PEG + ELECTROLI-TOS POLIETILENGLICOL 1G POLVO PARA RECONSTITUIR A SUSPEN-

SION ORAL

POLVO LIOFILI-ZADO PARA

SUSPENSION ORAL

1 G / 100 ML 1

159 SIN CODIGO SUCCINILCOLINA 40 MG /2ML SOLU-

CION INYECTABLE SOLUCION IN-

YECTABLE 40 MG /2ML 20

160 122MV045301 SUGAMMADEX 200 MG/ 2 ML SOLU-

CION PARA INYECCIÓN I.V SOLUCION IN-

YECTABLE 200 MG/ 2 ML 10

161 122MA072121 SULFASALAZINA 500 MG TABLETA TABLETA 500 MG 650

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FORMATO ANEXO TECNICO CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS

CÓDIGO: AP-IA-FT-042

VERSIÓN: 01

FECHA: 2021-08-02

No CODIGO DESCRIPCION UNIDAD DE

MEDIDA CONCENTRACION

CONSUMO PROMEDIO

162 122MA073158 SULFATO DE MAGNESIO 10% SOLU-

CION INYECTABLE AMPOLLA SOLUCION IN-

YECTABLE 0,1 MG 4000

163 122MM082709 SUXAMETONIO CLORURO 40

MG/2ML SOLUCION INYECTABLE SOLUCION IN-

YECTABLE 40 MG/ 2 ML 7

164 122MB092225 TENECTEPLASA 10.000 UI (50 MG) POLVO PARA SOLUCION INYECTA-

BLE MARCA INNOVADORA

POLVO LIOFILI-ZADO PARA

SOLUCION IN-YECTABLE

10.000UI (50 MG) 15

165 SIN CODIGO TERAZOSINA 5 MG TABLETA TABLETA 5 MG 10

166 122MR122994 TERBUTALINA SULFATO 0.5 MG / ML

SOLUCION INYECTABLE SOLUCION IN-

YECTABLE 0,5 MG/ ML 10

167 122MR122995 TERBUTALINA SULFATO 1.5 MG

/5ML SOLUCION ORAL SOLUCION

ORAL 1.5 MG/ 5 ML 10

168 122MJ032609 TETRACICLINA HCL 500 MG CAP-

SULA CAPSULA 500 MG 400

169 122MP022940 TINIDAZOL 1 G/5 ML (20%) SUSPEN-

SION ORAL X 15 ML SUSPENSION

ORAL 1 G / 5 ML (20%) 10

170 122MN012895 TIOPENTAL SODICO 1 G POLVO LIO-FILIZADO PARA SOLUCION INYEC-

TABLE

POLVO LIOFILI-ZADO PARA IN-

YECCION 1 G 120

171 122MV043086 TIOSULFATO DE SODIO 20% SOLU-

CION INYECTABLE SOLUCION IN-

YECTABLE 0.2 MG (20%) 3

172 122MJ032612 TOBRAMICINA 300 MG/4ML SOLU-

CION PARA NEBULIZAR AMPOLLA 300 MG/ 4 ML 10

173 SIN CODIGO VALPROATO DE MAGNESIO 200 MG

TABLETA TABLETA 200 MG 50

174 122MN012908 VALPROATO DE MAGNESIO 500 MG

TABLETA TABLETA 500 MG 50

175 122MN012907 VALPROATO DE MAGNE-

SIO200MG/40MLSOL ORALFRASCO 40ML

SOLUCION ORAL

200MG/40ML 20

176 122MN012911 VALPROICO ACIDO 500 MG/5 ML SO-

LUCION INYECTABLE SOLUCION IN-

YECTABLE 500 MG / 5 ML 1500

177 122MJ032631 VANCOMICINA CLORHIDRATO

250MG CAPSULAS DURAS CAPSULAS DU-

RAS 250 MG 50

178 122MC065065 VERNAKALANT 20 MG/ ML SOLU-

CION INYECTABLE FRASCO 25 ML SOLUCION IN-

YECTABLE 20 MG/ ML 10

179 122MA075293 VILDAGLIPTINA 50 MG TABLETA TABLETA 50 MG 50

180 122ML132676

VINCRISTINA SULFATO 1MG/ML POLVO LIOFILIZADO PARA RE-

CONSTITUIR A SOLUCION INYECTA-BLE

POLVO LIOFILI-ZADO PARA

SOLUCION IN-YECTABLE

1 MG/ML 10

181 122MA072130 VITAMINA D3 1000 UI CAPSULAS DE

GELATINA BLANDA CAPSULAS 1000 UI 300

182 122MA072131 VITAMINA D3 2000 UI / 80 MG MAG-

NESIO TABLETA MASTICABLE TABLETA MAS-

TICABLE 2000 UI + 80 MG 50

183 122MB092232 WARFARINA SODICA CRISTALINA

2.5 MG TABLETA TABLETA 2.5 MG 100

184 122MB092233

WARFARINA SODICA CRISTALINA 5 MG TABLETA CON BIOEQUIVALEN-CIA DEMOSTRABLE VS MARCA IN-

NOVADORA

TABLETA 5 MG 500

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11

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FORMATO ANEXO TECNICO CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS

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3.4 ESPECIFICACIONES TECNICAS Las especificaciones técnicas básicas (principio activo, concentración y forma farmacéutica) se encuentran descritas en el Anexo No. 5 - Anexo Técnico y son condiciones de obligatorio cum-plimiento. NO se debe cambiar de formato del Anexo No. 5 - Anexo Técnico o presentar en otro tipo de plantilla o formato diferente. Este ANEXO debe ser diligenciado con LETRAS MAYÚSCULAS y cuando corresponda a unidades de medida debe cumplir con la gramática correspondiente de la unidad gramo (g) mililitro (mL) etc. El formato del Anexo No. 5 - Anexo Técnico tiene un campo relacionado con el registro sanitario el cual debe ser diligenciado de acuerdo a cada Registro Sanitario y sus resoluciones modifica-torias vigentes. 3.4.1 FICHA TÉCNICA DE LOS PRODUCTOS Cada producto ofertado debe tener su respectiva ficha técnica, así como documentos que avalen la calidad del mismo y puede ser solicitado en cualquier parte del proceso contractual y precon-tractual, en la cual se especifique las siguientes características: 3.4.2 ENVASES

a. PRODUCTOS INYECTABLES Corresponden a: Soluciones, suspensiones y polvos para reconstituir para inyección. En todos los casos el material de envase debe garantizar la estabilidad durante su vida útil y el diseño y calidad deben ser adecuados para garantizar la esterilidad y seguridad durante su aplicación. Para el caso de gotas y suspensiones oftálmicas, la dosificación por gotas debe estar de acuerdo con los estándares internacionales (límite entre 50 - 70 mcL/gota; 20 gotas = 1 mL = 50mcL). Para los envases de estas formas farmacéuticas las leyendas impresas o rótulos deben registrar la información exigida por el Ministerio de Salud (Decreto 677 de 1.995). En el caso de leyendas pirograbadas, lo mismo que para los inyectables que no vienen pirogra-bados, en donde el tamaño del envase no permite consignar toda la información, como mínimo debe registrarse:

• Nombre genérico y concentración.

• Nombre comercial, si es el caso.

• Cantidad contenida.

• N° de Registro Sanitario.

• N° de lote.

• Fecha de vencimiento.

• Vía de Administración.

b. TABLETERIA Y REEMPAQUE DE SOLIDOS Las formas farmacéuticas solidas presentadas en blíster deben tener facilidad en el corte o mo-dificación para la entrega en dosis unitaria, implica lo anterior que no se tendrán en cuenta en la

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FORMATO ANEXO TECNICO CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS

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FECHA: 2021-08-02

evaluación técnica las que presenten dificultades a la hora del reempaque, ya que esto puede generar perdida en las unidades farmacéuticas o averías que, por seguridad al paciente se ex-pondría el medicamento generando un riesgo en la atención al paciente. 3.4.3 CIERRE DE SEGURIDAD Todos los envases de los productos deberán estar protegidos con un sistema de seguridad que garantice que el envase no ha sido abierto y que el producto no ha sido adulterado. Se exceptúan los que por su naturaleza o diseño no requieren dichos cierres de garantía. 3.4.4 CÓDIGO DE BARRAS Cada uno de los medicamentos entregados a la Subred, durante la ejecución de los contratos que se deriven de la presente Invitación a Cotizar, deben estar contramarcados en el envase primario con el CÓDIGO DE BARRAS, el cual permitirá determinar la trazabilidad del producto durante la cadena de Adquisición y uso del medicamento al identificar la fecha de vencimiento y el N° de lote de fabricación del producto. Los medicamentos deben estar contramarcados en el empaque con los códigos de barras y es de carácter obligatorio para los medicamentos que se entreguen. 3.4.5 EMPAQUES Los empaques deben ser en la caja de cartón, cartón cartulina o plástico termo-encogible. El tipo y la calidad del material del empaque deben ser adecuados para proteger el producto en las condiciones extremas de temperatura y humedad de las distintas regiones del país, así como durante el transporte, almacenamiento y uso del producto. La Subred, prefiere el empaque individual o por tratamiento para sus diferentes medicamentos. La información contenida en el rótulo o leyenda pre impresa de los empaques, debe contener como mínimo: ✓ Nombre genérico, forma farmacéutica y concentración. ✓ Nombre comercial, si lo tiene. ✓ No. de lote. ✓ Fecha de fabricación. ✓ Fecha de vencimiento. ✓ Cantidad contenida. ✓ Composición y concentración. ✓ No. de Registro Sanitario. ✓ Condiciones de uso. ✓ Condiciones de almacenamiento. ✓ Contraindicaciones y advertencias de acuerdo con el Registro Sanitario. ✓ Titular del Registro Sanitario o Logo- símbolo / Laboratorio fabricante. ✓ La banda verde y leyenda Medicamento esencial (si es el caso). ✓ La Banda Violeta y leyenda "Medicamento de Control Especial (si es el caso).

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13

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3.4.6 EMBALAJES Los embalajes deben ser en caja de cartón o nevera según las condiciones de almacenamiento del producto. La cantidad debe ser tal que garantice la calidad del producto y facilite su manipulación durante el almacenamiento, distribución y despacho, sin riesgo de daño por la presión interna del conte-nido. El número de envases y empaques debe ser uniforme en cada embalaje. El tipo y la calidad del material del embalaje deben ser adecuados para proteger el producto en las condiciones extre-mas de temperatura y humedad de las distintas regiones del país. En un mismo embalaje no deben venir productos diferentes. La información en el rótulo o leyenda pre impresa de los embalajes, debe contener como mínimo:

• Nombre genérico, forma farmacéutica y concentración.

• Nombre comercial si lo tiene.

• N° de lote.

• Fecha de vencimiento

• Cantidad contenida.

• Proveedor Para los productos que requieren refrigeración el proveedor debe garantizar la conservación de la cadena de frío hasta el momento de su entrega a la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E., utilizando el sistema de control de temperatura. En la propuesta se debe especificar el número de empaques contenidos por embalaje. 3.5 Información del contrato a celebrar 3.5.1 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA a. Cumplir con el objeto contractual en las condiciones propuestas en la oferta y aceptadas por

las partes; así mismo colaborar con LA SUBRED para que el contrato se desarrolle dentro de los parámetros de idoneidad, oportunidad, calidad, eficacia, eficiencia y economía.

b. Cumplir y acatar las sugerencias y recomendaciones del supervisor del contrato, dentro del plazo estipulado o acordado, así como desarrollar las actividades de presentación de los in-formes y respuestas inherentes a las actividades realizadas y contratadas y que son de obli-gatorio cumplimiento por parte de LA SUBRED ante los entes de control y las diferentes ins-tituciones a las cuales se les deba rendir información oportunamente, cuando a ello hubiere lugar.

c. Permitir la supervisión del contrato a la persona que LA SUBRED designe para el efecto. d. Pagar toda clase de impuestos, tasas y contribuciones de orden nacional, departamental y/o

distrital que se causen con ocasión del contrato, así como las retenciones a que haya lugar. e. Realizar LA ADQUISICIÓN en óptimas condiciones de calidad otorgando a la Entidad la ga-

rantía respectiva. f. Informar oportunamente de cualquier petición o amenaza de quien, actuando por fuera de la

ley, pretenda obligarlo a hacer u omitir algún acto u ocultar hechos que afecten los intereses de la Subred.

g. Cumplir con el objeto del contrato, con plena autonomía técnica y administrativa y bajo su propia responsabilidad, por lo tanto, no existe ni existirá ningún tipo de subordinación, ni

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vínculo laboral alguno del contratista con la Subred, ni de ésta última con las personas que el contratista delegue para el desarrollo del contrato.

h. Afiliar, asumir, reconocer, pagar y acreditar, que se encuentra al día en el pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda. Este requisito deberá acreditarse de ma-nera previa para la realización de cada pago derivado de la contratación.

i. Constituir las garantías solicitadas por la Entidad cuando a ello hubiere lugar; así mismo obrar con la mayor diligencia y sin dilaciones injustificadas en el perfeccionamiento y legalización del contrato y/o sus modificaciones, so pena que la Entidad retenga el pago de los servicios prestados hasta tanto se verifique el cumplimiento del presente numeral.

j. Realizar las actividades encomendadas relacionadas con las políticas de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E respecto al proceso de acreditación y certificación en Sistema de Gestión de Calidad.

k. Las demás necesarias para el cumplimiento del objeto contractual contenidas en este con-trato y las de su propia naturaleza.

3.5.2 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA

El proponente que cumpla con el objeto del contrato requerido por la E.S.E, deberá cumplir las siguientes obligaciones específicas: a. Realizar la entrega de los medicamentos de forma oportuna y completa, con la calidad, las

especificaciones técnicas y en la fecha, lugar y hora requeridas por el Supervisor del Contrato.

b. Asumir los gastos de transporte, embalaje y logística requeridos para la entrega de los productos en el lugar que solicite el supervisor del contrato.

c. Realizar la entrega en el embalaje correspondiente de acuerdo al tipo de producto y recomendaciones del fabricante, e identificado con el Nombre del producto, cantidad, unidad de medida, lote y fecha de vencimiento, como información mínima requerida.

d. Entregar durante la ejecución del contrato los medicamentos que fueron ofertados con las mismas especificaciones técnicas relacionadas en la oferta; en caso de presentarse alguna modificación se informará por escrito, con la respectiva justificación al supervisor del contrato.

e. Presentar un listado de la(s) plantas(s) de las cuales vaya a distribuir los productos a la E.S.E. que contendrá: Dirección, teléfono, persona de contacto y vehículos de distribución permitiendo a la E.S.E realizar auditoría técnica a sus instalaciones con el fin de verificar la eficiente ejecución del contrato. El hallazgo por parte del equipo auditor de una no conformidad en el almacenamiento, disposición, presentación, vencimiento y conservación de los insumos o medicamentos, o la ocurrencia de un evento adverso en el paciente a quien se le administra el medicamento, será motivo de investigación por parte del Contratante, quien tomará las decisiones según corresponda en cada caso.

f. Garantizar cambio del medicamento cuando no se alcance a consumir antes de la fecha de expiración, la Subred dará aviso por escrito al contratista con mínimo tres (3) meses de anticipación a su vencimiento, también especificando el cambio del 70% de la cantidad contratada dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de notificación y hasta por 6 meses después de liquidado el contrato

g. Realizar los cambios que sean necesarios cuando los productos no cumplan con los criterios de calidad, referencia, presentación y condiciones técnicas requeridas por el supervisor del contrato o cuando se encuentre defectuoso, el cambio debe realizarse dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación de la novedad.

h. Asumir durante el periodo contractual la garantía y el remplazo a sus expensas, sin costo alguno para la E.S.E.de los productos que resulten con fallas de calidad o con defectos de

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producción, incluido el margen de error del proceso de producción y que será reconocido mediante notas crédito con el valor de la unidad farmacéutica suministrada que fue averiada.

i. Atender todos los requerimientos y solicitudes realizadas por el Supervisor del contrato j. Garantizar la entrega de toda la información que le sea solicitada en relación con la ejecución

del contrato, facilitando el acceso a sus instalaciones y vehículos para efectuar las verificaciones que sean del caso, a través del personal idóneo que la E.S.E designe.

k. Atender con un tiempo máximo de 24 horas, las solicitudes eventuales o imprevistos que lo requiera.

l. Realizar la distribución en los sitios asignados de la subred y en las cantidades especificadas de acuerdo con las condiciones de empaque y embalaje del producto manteniendo sus condiciones de calidad

m. Suministrar las fichas técnicas y los registros sanitarios de los insumos utilizados en el proceso y requeridos por la E.S.E.

n. Garantizar el adecuado almacenamiento, conservación y distribución de los productos solicitados, según la normatividad vigente.

o. Informar al supervisor del contrato sobre cualquier modificación o irregularidad que afecte el normal desarrollo del objeto contractual.

p. Presentar copia del Acta de la última visita realizada por la INVIMA a la planta de producción, donde se emite concepto Favorable para su funcionamiento. Si durante la ejecución del contrato el INVIMA revoca la certificación para el desarrollo del proceso, el Contratista deberá reportarlo por escrito a la E.S.E., en un término máximo de tres (3) días hábiles siguientes a la radicación de la novedad por parte del Ente Territorial.

q. Exonerar a la E.S.E de toda responsabilidad civil, penal, comercial y contractual por las fallas que presente el contratista en el desarrollo de la ejecución del contrato. En caso de requerimientos o demandas por algún tipo de afectación a la vida o a la salud de los pacientes o al personal de salud, el contratista deberá responder por sus acciones y omisiones, al igual que por las secuelas que se generen de un producto entregado a la E.S.E.

r. Realizar las actividades del contrato, a través de su personal, con plena autonomía técnica, financiera, científica y administrativa. Queda expresamente consignado que el presente contrato no genera vinculo ni relación laboral entre las partes contratantes.

s. Establecer mecanismos que le permitan recibir y responder las sugerencias, quejas y reclamos que se presenten en desarrollo del contrato y establecerá las medidas correctivas pertinentes.

t. Cumplir con la afiliación y pago de los aportes al sistema de seguridad social de conformidad con lo establecido en las leyes 100 de 1993, 789 de 2002, Decretos 2170 de 2002 y 1703 de 2002, del personal que prestará el servicio en desarrollo del contrato suscrito en los montos señalados por la ley, entregando copia de los soportes adjunto con la factura al supervisor del contrato.

u. Mantener los precios mínimos por el plazo del contrato, es decir se obliga a mantener la oferta económica mínima durante dos (2) meses y/o hasta agotar presupuesto, contado desde la firma del acta de inicio del contrato.

v. En caso de desabastecimiento de algún producto, el proveedor se compromete a proporcionar alternativas que cumplan y correspondan con las características técnicas del producto contratado.

w. Las demás que se requieran de acuerdo con la naturaleza del objeto del contrato o por requerimiento del Supervisor del contrato

3.5.3 OBLIGACIONES DE LA SUBRED CENTRO ORIENTE E.S.E. a. Ejercer el control sobre el cumplimiento de la ejecución y del objeto del contrato a través del

supervisor designado. b. Pagar el valor del contrato conforme a lo estipulado en el numeral 7 del presente anexo.

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c. Exigir a través del supervisor del contrato los comprobantes de aportes al Sistema General de Seguridad Social, pensión y parafiscales.

d. Cancelar el valor pactado de conformidad con lo establecido en la cláusula cuarta y quinta del presente contrato.

e. Proveer la información que requiera el contratista para el adecuado desarrollo del contrato. 3.5.4 SUPERVISIÓN El control, vigilancia y supervisión del presente contrato por parte de la SUBRED será ejercida por quien designe la Gerencia de la Subred mediante comunicación escrita. En consecuencia, ejercerán sus obligaciones conforme a lo establecido en el Manual de Contratación y Manual de Supervisión de la Subred, para el caso de la Entidad, y ambos estarán obligados a vigilar permanentemente la ejecución del objeto convenido. Deberán realizar un seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico sobre el cumplimiento del objeto del contrato, en concordancia con el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011.

4. PLAZO ESTIMADO Y LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.

4.1. PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo del contrato es de Dos (2) «meses» y/o hasta agotar presupuesto, cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución, contado a partir de la suscripción del Acta de Inicio correspondiente. 4.2. LUGAR DE EJECUCIÓN Las actividades que se adelanten en cumplimiento del contrato se desarrollarán en la ciudad de Bogotá D.C., en los servicios y sedes correspondientes a cada una de las Unidades que conforman la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E.

5. JUSTIFICACION DE LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN

De conformidad con el objeto, cuantía y naturaleza del contrato a suscribir, los factores de escogencia del proceso son: 5.1 CRITERIOS HABILITANTES

A. Para la verificación de la capacidad técnica se tendrá en cuenta el cumplimiento de los requisitos habilitantes establecidos en el presente proceso. A esta evaluación NO se le asignará puntaje, su resultado será HABILITADO o NO HABILITADO. Para la evaluación técnica de selección del proveedor se deben presentar los siguientes soportes:

ÍTEM DESCRIPCIÓN CUMPLE

/ NO CUMPLE

1

Diligenciar los datos solicitados en el Anexo Técnico de los ítems ofertados (Registro Sanitario con su fecha de vencimiento, CUM, titular del registro, Fabricante y condiciones de almacenamiento (sin añadir filas o columnas), de cada uno de los medicamentos ofertados en el presente proceso de contratación.

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2

Presentar carta del Representante legal o quien haga sus veces en la cual se especifique cambio del medicamento cuando no se alcance a consumir antes de la fecha de expiración, la Subred dará aviso por escrito al contratista con mínimo tres (3) meses de anticipación a su vencimiento, también especificando el cambio del 70% de la cantidad contratada dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de notificación y hasta por 6 meses después de liquidado el contrato.

3

Presentar copia de la última visita realizada por la secretaria de Saludo quien haga sus veces, para verificar capacidad, condiciones, almacenamiento a la planta principal, en el cual se emita concepto favorable para su funcionamiento, en caso que le aplique.

4

Presentar carta firmada por el Representante legal en la que certifique la existencia de bodega de Almacenamiento y Distribución en Bogotá o Cundinamarca con copia de última acta de inspección vigilancia y control, expedida por la Secretaria de Salud o quien haga sus veces.

5

Presentar carta suscrita por el Representante legal donde se especifique: El tiempo de respuesta, para entrega de pedidos, sin restricción del monto. Vehículos de transporte, especificando cantidad y tipo de vehículos (carro, moto) Capacidad instalada y plan de contingencia en caso de falla en la cadena de distribución. Garantizar la estabilidad y calidad de los productos ofertados. Garantizar en caso de desabastecimiento de algún producto, se compromete a proporcionar alternativas que cumplan y correspondan con las características técnicas del producto contratado.

6 Presentar carta del Representante legal en la cual se relacione el nombre y teléfono de la persona de contacto del programa de Farmacovigilancia.

7 Adjuntar registro Sanitario de cada uno de los medicamentos ofertados en el presente proceso de contratación.

8

Experiencia del Proponente Acreditar experiencia en los últimos CINCO (05) años en contratos cuyo ob-jeto u obligaciones, sean iguales o similares al objeto a contratar; para lo cual deberán presentar MÁXIMO CINCO (05) CERTIFICACIONES expedidas por las entidades contratantes (públicas o privadas) de contratos terminados y/o liquidados relacionados con el objeto y que se encuentren soportados, las cuales deben indicar como mínimo: a. Nombre o razón social del contratante b. Nombre o razón social del contratista c. Fecha de iniciación y de terminación del contrato (si aplica) d. Objeto del contrato e. Valor del contrato f. Cumplimiento del contrato Certificaciones de experiencia, que sean iguales o superiores al presupuesto oficial establecido para el presente proceso. Este requisito se podrá acreditar con la sumatoria de las certificaciones allegadas por el proponente.

Nota: la no presentación de estos documentos dará lugar a la no habilitación técnica de la oferta.

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5.2. CRITERIOS PONDERABLES O DE PUNTAJE 5.2.1 Aspectos Técnicos Los siguientes valores agregados cuentan con unos puntajes ponderables que se tendrán en cuenta en la evaluación técnica:

DESCRIPCION VALOR

El oferente deberá presentar carta suscrita por el representante legal, donde se compromete a enviar 100.000 stickers o adhesivos de identificación de los medi-camentos con nombre y aspecto parecido, de acuerdo con lo establecido en la subred con el fin de contribuir a la disminución de errores de Dispensación. Adhesivo 1.5 cm x 1.5 cm

5

El oferente deberá presentar carta suscrita por el representante legal, donde se compromete a enviar 100.000 stickers o adhesivos de identificación de los medi-camentos de alto riesgo. Adhesivo 1.5 cm x 1.5 cm

5

El oferente deberá presentar carta suscrita por el representante legal, donde se compromete a brindar programas de capacitación continuada y entrenamiento para el personal de la Subred en temas relacionados con todos los procesos del servicio farmacéutico.

5

PUNTAJETOTAL 15

6. SOPORTE QUE PERMITA LA TIPIFICACION, ESTIMACION Y ASIGNACION DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONOMICO DEL

CONTRATO.

Los riegos pueden ser definidos como un evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución de un contrato. Será previsible en la medida que el mismo sea identificable y cuantificable en condiciones normales. A continuación, en el siguiente cuadro se establecerá la tipificación y estimación del riesgo para el presente proceso: VER Anexo– Matriz de Riesgos

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7. Forma de Pago La Subred Centro Oriente ESE, cancelará al contratista el valor de lo adquirido, dentro de los noventa (90) días siguientes contados a partir de la entrega de los medicamentos y previa presentación de la correspondiente factura, ingreso de almacén y certificación del supervisor del contrato la cual deberá acompañarse de la acreditación de pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud – Pensión – Riesgos Laborales. Los pagos a que se obliga la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E., estarán sujetos a la disponibilidad de recursos efectivos en tesorería. PARÁGRAFO: Para efectuarse el último pago equivalente al diez (10%) por ciento, deberá entregarse Informe final de Supervisión y Acta de Liquidación del mismo. Bogotá D.C., fecha: 15/09/2021. Atentamente,

ORIGINAL FIRMADO _________________________________________

ALEXIS ORJUELA ANGULO Químico Farmacéutico

Abastecimiento de medicamentos Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E.

Actividad Nombre Cargo Firma

Elaboró: María Fernanda Guzmán Niño Química Farmacéutica

Revisó: Alexis Orjuela Angulo Químico Farmacéutico

Aprobó: Claudia Silenia Niño Rey Director Complementarios