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Esta Casación Laboral 7647-2014 TACNA establece que la existencia de contrato escrito, es una formalidad ad solemnitatem, es decir es aquella que no se puede subsanar en los contratos modales a plazo fijo. En este caso la demandante inicia la prestación de servicios sin suscribir contrato alguno, sino hasta después de dos meses, ello torna automáticamente a la relación laboral en una de tiempo indeterminado (COMPILADOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
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Compilador: José María Pacori Cari - Profesor De. Administrativo Universidad La Salle - Corporación Hiram Servicios Legales
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